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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE JAMAY

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MANUAL DE

ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONES

DEL

SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL

DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE JAMAY

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE JAMAY, JALISCO 2012-2015

CONTENIDO

1. PRESENTACIÓN………………………………………………………………………………………………………..04

1.1 Introducción………………………………………………………………………………………………………041.2 Justificación……………………………………………………………………………………………………….04

2. NORMATIVIDAD…………………………………………………………………………………………………….....05

3. FILOSOFÍA………..……………………………………….…….….....................................................................26

3.1 Misión………..…………………………………..…………......................................................................263.2 Visión………….…………………………….……………..…………………………………………………………263.3 Valores………….………………………….………….…..…………………………………………………………26

4. ORGANIGRAMA……………………………………………………...................................................................27

5. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL................................................................................................28(OBJETIVOS Y FUNCIONES POR ÁREA)

5.1 El Patronato……………………………………………………………………………………………………….28

5.2 Presidencia DIF MUNICIPAL………………………………………………………………………………28

5.3 Dirección General………………………………………………………………………………………………29

5.4 Secretaria General……………………………………………………………………………………………..30

5.5 Contabilidad………………………………………………………………………………………………………32

5.6 Transparencia……………………………………………………………………………………………………32

5.7 Recursos humanos………………………………………...................................................................33

5.8 Tecnología y Sistemas de Información………………………………………………………………35

6. SERVICIO DE ASISTENCIA SOCIAL……………………………………………………………………………………..36

6.1 Trabajo Social……………………………………………………………………………………………………367. JURIDICO…………………………………………………………………………………………………………………………..37

7.1 procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia………………………………………….37

8. ATENCION PSICOLOGICA…………………………………………………………………………………………………..38

8.1Terapias Psicológicas…………………………………………………………………………………………38

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9. PROGRAMAS DE ASISTENCIA ALIMENTARIA…………………………………………………………………………40

9.1 Sub programa: PROGRAMA DE AYUDA ALIMENTARIA DIRECTA (PAAD)………………409.2 Sub programa: NUTRICION EXTRAESCOLAR (PROALIMNE)…………………………………..429.3 Sub programa: NUTRICION ESCOLAR (DESAYUNOS ESCOLARES)………………………..…45

10. PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR……………………………………………………………………47

10.1 Sub programa: ESCUELA COMUNITARIA ACTIVA DE PADRES DE FAMILIA (ECAPAF).47

10.2 Sub programa: ASISTENCIA INVERNAL………………………………………………………………….48

10.3 Sub programa: ATENCION A POBLACION EN CONDICIONES DE EMERGENCIA………48

10.4 Sub programa: FORTALECIMIENTO DEL MATRIMONIO………………………………………..49

10.4.1 CURSO PREMATRIMONIAL CIVIL…………………………………………………………………………50

10.4.2 SESIONES DE AVENENCIA…………………………………………………………………………………….51

11. PROGRAMA DE PROTECCION A LA INFANCIA……………………………………………………………………….52

11.1 Sub programa: PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES DEL ADOLESCENTE Y SU FAMILIA (PREVERP)………………………………………………………………………………………………………………….52

11.1.1 RED DE DIFUSORES INFANTILES…………………………………………………………………………53

11.2 Estrategia: PROGRAMA DE PREVENCION Y ATENCION INTEGRAL DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES (PAIDEA)…………………………………………………………………………………………………………54

11.3 Práctica: BUEN TRATO A LA FAMILIA……………………………………………………………………56

11.4 PROGRAMA EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL (ESI)………………………………………………57

12. PROGRAMA DE DESARROLLO INTEGRAL DEL ADULTO MAYOR…………………………………………..58

12.1 Sub programa: CENTROS DE DIA…………………………………………………………………………..…….59

12.2 Sub programa: COMEDOR ASISTENCIAL PARA ADULTOS MAYORES EN DESAMPARO..61

13. Sub programa: ATENCIÓN DE PRIMER NIVEL DE LA DISCAPACIDAD…………………………………..62

14. TALLERES DE CAPACITACION Y RECREACION……………………………………………………………………..64

14.1 COORDINACION DE TALLERES……………………………………………………………………………..64

15. SERVICIOS GENERALES………………………………………………………………………………………………………..65

15.1 TRANSPORTES……………………………………………………………………………………………………….65

15.2 INTENDENCIA………………………………………………………………………………………………………..66

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TRABAJO INTERINSTITUCIONAL……………………………………………………………………………………………….67

1. PRESENTACIÓN

Para el DIF de Jamay Jalisco, la organización, es muy importante, pues de ello depende que el funcionamiento de DIF tenga un excelente servicio para el municipio de Jamay.

El presente manual ha sido diseñado por y para el DIF de Jamay, para que por medio de este se obtenga una buena organización y estructura óptima.

1.1 INTRODUCCIÓN

El presente manual fue elaborado conforme a principios y normas, de organización el cual tiene como propósito principal la definición de la estructura Organizacional, organigrama, objetivos y funciones de cada Área del DIF de Jamay.

El manual fue desarrollado tomando como base a la estructura organizacional. Contando con la participación de todas las unidades orgánicas que integran el DIF Municipal.

Dicho manual también cumplirá con la función de instrumento informativo y de consulta con el fin de que las personas puedan familiarizarse con la estructura orgánica, ya que la información presentada es de fácil entendimiento y verificación para comprobar que tiene un fundamento legal y una razón de ser. Ya que dicho manual presenta con claridad las funciones y responsabilidades de todas y cada una de las áreas que integran al DIF Municipal y así evitar la duplicidad de tareas y la confusión a la hora de ejecutar sus funciones.

1.2 JUSTIFICACIÓN

Este manual es creado para dar a conocer a quien lo requiera o esté interesado, la organización con la que cuenta el DIF Municipal mostrando en ello la estructura de cada dependencia, las funciones que cumplen cada uno de ellos, tomando como base, su misión, qué es la razón de ser de cada unidad orgánica, su visión, que representa los logros que se quieren alcanzar y sus objetivos, siendo estos las actividades en las que se trabaja y lo que se quiere obtener de estas.

Una de las grandes necesidades de nuestros tiempos es la obtención y la mejora de resultados, para que nuestras familias estén integradas en todos los ámbitos tanto económicos y sociales, proporcionar a nuestros adultos mayores bienestar, que sean aceptados ante la sociedad y así brindarles apoyo de autocuidado. Evitando así el desperdicio de tiempo, esfuerzo y recursos, obteniendo con ello la creación de documentos administrativos que faciliten y mejoren el funcionamiento de las actividades y operaciones que se llevan a diario en la institución, logrando así dejar un testimonio de

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cada día en las Administraciones siguientes de los servicios que el DIF Municipal de Jamay, Jalisco proporcione.

2. NORMATIVIDAD

Enrique Álvarez del Castillo, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber:

Que por la Secretaría del H. Congreso del Estado se me ha comunicado el siguiente:

DECRETO

Número 13120. El Congreso del Estado decreta:

Artículo 1.°. Se crea un Organismo Público Descentralizado de la Administración Municipal con personalidad Jurídica y Patrimonio propio, que se denominará Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del municipio de Jamay, Jalisco, con domicilio en el poblado de su Cabecera.

Artículo 2.°. Los objetivos del Sistema Municipal serán:

I. Asegurar la atención permanente a la población marginada, brindando servicios integrales de asistencia social, enmarcados dentro de los programas básicos del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Jalisco, conforme a las normas establecidas a nivel Nacional y Estatal;

II. Promover en el municipio los mínimos de bienestar social y el desarrollo de la comunidad, para crear mejores condiciones de vida de los habitantes del municipio;

III. Fomentar la educación escolar y extraescolar e impulsar el sano crecimiento físico y mental de la niñez;

IV. Apoyar y fomentar la nutrición y las acciones de medicina preventiva dirigidas a los lactantes, y en general a la infancia, así como a las madres gestantes.

V. Propiciar la creación de establecimientos de asistencia social, en beneficio de menores en estado de abandono, de ancianos, y de los minusválidos sin recursos;

VI. Investigar la problemática del niño, la madre y la familia, a fin de proponer las soluciones adecuadas;

VII. Prestar dentro de las posibilidades del Ayuntamiento, en forma organizada y permanente, servicios de asistencia y jurídica y de orientación social a los menores, ancianos, minusválidos sin recursos, y a las familias, para atención de los asuntos compatibles con los objetivos del sistema.

VIII. Coordinar todas las tareas que en materia de asistencia social realicen otras Instituciones del municipio;

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IX. Procurar, permanentemente la adecuación de los objetivos y programas del Sistema Municipal con los que lleve a cabo del DIF Estatal, a través de acuerdos,

convenios o cualquier figura jurídica, encaminados a la obtención del bienestar social; y

X. Los demás que le encomienden las leyes.

Artículo 3.° El Patrimonio del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, del municipio de Jamay, Jalisco se integrará con:

I.Los derechos y bienes muebles e inmuebles que actualmente posee;

II.Los bienes muebles o inmuebles que los gobiernos Federal, Estatal y Municipal, le destinen;

III. Los subsidios, subvenciones, aportaciones y demás ingresos provenientes de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal para el cumplimiento de sus objetivos;

IV. Las aportaciones, donaciones, legados y demás liberalidades que reciba de instituciones públicas o personas físicas o morales;

V. Los rendimientos y las recuperaciones que obtenga de la inversión de los recursos a que se refieren las fracciones anteriores, como los bienes o recursos que por cualquier otro título adquiera;

VI. Las concesiones, permisos, licencias y autorizaciones que se le otorguen, en los términos de la Ley Orgánica Municipal;

VII. Todos los derechos y obligaciones del sistema que entrañen utilidad económica y sean susceptibles de estimación pecuniaria; y

VIII. En general, los demás bienes, derechos e ingresos, que obtenga por cualquier título legal.

Artículo 4.° Las autoridades del sistema serán:

I. El Patronato;

II. La Presidencia del Patronato; y

III. La Dirección General.

Podrá contar, además, con las unidades técnicas y de administración que sean necesarias, organizadas en llevar a cabo los programas y servicios en toda la municipalidad.

Artículo 5.° El Patronato será la máxima autoridad del sistema y se integrará con un Presidente, que será designado por el Presidente Municipal; con los vocales que serán los

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titulares de la Secretaría del Ayuntamiento Regidor comisionado de asistencia social, el Representante de los Servicios Coordinados de Salud Pública, uno de los Servicios Médicos Municipales, un Representante del Sector Agrario, un Representante de Instituciones Privadas dedicadas a la Asistencia, que funcionen

en el municipio; además con el Titular de la Tesorería Municipal, que será el Tesorero, y Representantes de Organizaciones cuya participación considere conveniente el Cabildo. Los miembros del Patronato serán substituidos en sus ausencias, por los Representantes que al efecto se designen.

El Director General del Sistema será Secretario Ejecutivo y concurrirá a las sesiones con voz, pero sin voto. Los miembros del Patronato no percibirán retribución alguna.

Artículo 6.° El Patronato celebrará sesiones ordinarias cada tres meses y, extraordinarias, cuando la Presidencia del mismo lo estime necesario. Para la celebración de las sesiones será necesaria la asistencia de cuando menos cinco de sus miembros y las resoluciones se adoptarán por mayoría de votos. La presidencia tendrá voto de calidad, en caso de empate.

Las sesiones ordinarias se celebrarán en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año, en las fechas y con las formalidades que al efecto disponga la Presidencia del Patronato.

Artículo 7.° Corresponde al Patronato:

I. Dictar las normas generales para la planeación y ejecución de los servicios;

II. Ejercer la vigilancia adecuada sobre el patrimonio del organismo;

III. Nombrar y remover, con la aprobación del Presidente Municipal, al Director General;

IV. Estudiar y aprobar el presupuesto de cada ejercicio anual;

V. Conocer y aprobar, en su caso, las cuentas de la Administración;

VI. Expedir el Reglamento Interior del Sistema y dictar normas o disposiciones de carácter general, necesarias para la organización y funcionamiento técnico y administrativo adecuado del mismo.

VII. Conocer de todos los asuntos que, de acuerdo a sus funciones, le sean sometidos; y

VIII. En general, conocer de los asuntos que no sean de la exclusiva competencia de otras autoridades del sistema.

Artículo 8.° Son facultades de la Presidencia del Patronato:

I. Dirigir los servicios que debe prestar el sistema;

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II. Hacer ejecutar las obras que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del sistema;

III. Coordinar el desarrollo de las actividades del sistema, señalando los procedimientos idóneos para su ejecución, mediante los acuerdos pertinentes;

IV. Vigilar que los acuerdos del Patronato sean cumplidos fielmente, y otorgar poderes generales o especiales al Director General del Sistema, en los términos del Título Noveno de la Parte Segunda del Libro Cuarto, del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Jalisco;

V. Realizar los estudios presupuestarios y ejercer la vigilancia de aplicación del presupuesto;

VI. Rendir los informes que el DIF Estatal, le solicite; y

VII. Rendir anualmente, en la fecha y con las formalidades que el Patronato señale, el informe general de las actividades del sistema, así como las cuentas de su Administración.

Artículo 9.° Corresponde a la Dirección General del Sistema:

I. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y disposiciones emanados del patronato y de la Presidencia.

II. Expedir los nombramientos del personal del sistema, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables;

III. Dirigir el funcionamiento del sistema, en todos sus aspectos, y ejecutar los programas requeridos para el cumplimiento de sus objetivos;

IV. Proponer al Patronato, o a la Presidencia del mismo las medidas que estime más indicadas, para la ejecución de los planes y objetivos del sistema;

V. Someter a la consideración del Patronato el presupuesto correspondiente de cada ejercicio anual;

VI. Rendir los informes y cuentas parciales, que el Patronato le solicite;

VII. Formular, ejecutar y controlar la aplicación del presupuesto del sistema, en los términos del presente Ordenamiento y demás disposiciones legales aplicables;

VIII. Suscribir los convenios de coordinación, o de otra naturaleza, para el cumplimiento de los objetivos del sistema;

IX. Celebrar los actos jurídicos y de administración y de dominio necesarios para el funcionamiento del Sistema, con las facultades y limitaciones que fije la Presidencia del Patronato, en los términos de la frac. IV del artículo anterior.

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Para gravar o enajenar los inmuebles del sistema, se requerirá autorización del H. Congreso del Estado, a iniciativa del Ayuntamiento; y para gravar o enajenar los bienes muebles, autorización de la mayoría absoluta de los miembros del Patronato.

X. Suscribir títulos de crédito con arreglo a las disposiciones legales aplicables, previa la autorización de la Presidente del Patronato;

XI. Representar al sistema, como mandatario general para pleitos y cobranzas, con todas las facultades generales y las que requieren cláusula especial conforme a la Ley;

XII. Desistirse del juicio de amparo, substituir y delegar en uno o más apoderados, para que ejerzan, individual o conjuntamente, los mandatos generales para pleitos y cobranzas; y, en general, ejercer los actos de representación y mandato, que para el mejor desempeño de su cargo se le encomienda; y

XIII. Desempeñar las demás funciones que el presente ordenamiento señale, las que el Reglamento Interior indique o aquéllas que por disposición, acuerdos generales o concretos del Patronato o de la Presidencia, le competan.

Artículo 10.° Para ser Director General del Sistema, se requiere ser mexicano por nacimiento, en ejercicio de sus derechos y ser mayor de edad el día de la designación.

Artículo 11. El Sistema contará con las unidades técnicas y de Administración que sean determinadas por las Autoridades del mismo, y en coordinación con el Sistema Estatal.

Artículo 12. Para el más eficaz cumplimiento de sus objetivos, el Sistema celebrará los convenios de coordinación necesarios, con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del estado de Jalisco, así como con instituciones análogas.

Artículo 13. El sistema, independientemente de la comunicación permanente que sostenga con las instituciones que se indican en el artículo anterior, asistirá a las reuniones regionales que sean necesarias para el desarrollo coordinado de sus actividades.

Artículo 14. Las relaciones de trabajo entre el Sistema y sus trabajadores se regirán por la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus municipios. Serán empleados de confianza: el Director General, el Subdirector y los Contadores, así como quienes tengan a su cargo labores de inspección y vigilancia, y los demás que señale la Ley.

Artículo 15. La vigilancia financiera y administrativa, así como la práctica de auditorías en el sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de este municipio estará a cargo del h. Congreso del Estado, por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda.

TRANSITORIO

Único. Este Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco.

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Salón de Sesiones del Congreso del Estado

Guadalajara, Jal., a 7 de marzo de 1988

Diputado Presidente

Lic. Antonio Álvarez Esparza

Diputado Secretario

Ma. del Rocío Corona Nakamura

Diputado Secretario

Víctor Atilano Gómez

Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, a los once días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y ocho.

El Gobernador Constitucional del Estado

Lic. Enrique Álvarez del Castillo

El Secretario General de Gobierno

Lic. Héctor F. Castañeda Jiménez

APROBACION: 7 DE MARZO DE 1988.

PUBLICACION: 22 DE MARZO DE 1988. SECC. II.

VIGENCIA: 23 DE MARZO DE 1988.

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Enrique Álvarez del Castillo, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber:

Que por la Secretaría del H. Congreso del Estado, se me ha comunicado el siguiente

DECRETO

Número 13114.- El Congreso del Estado decreta:

LEY SOBRE EL SISTEMA ESTATAL DEASISTENCIA SOCIAL

CAPITULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Las disposiciones de la presente ley son de orden público e interés social y tienen por objeto:

I. Establecer las bases de un Sistema Estatal de Asistencia Social, que promueva la prestación de los servicios de asistencia social a que se refieren la presente ley, la Ley Estatal de Salud y los demás ordenamientos legales aplicables;

II. Coordinar las acciones de los organismos que en el Estado presenten los servicios de asistencia social; y

III. Garantizar la concurrencia y colaboración de los gobiernos Federal, Estatal y municipales, así como la participación de los sectores social y privado, en la prestación de los servicios de asistencia social.

Cuando en ésta ley se haga mención a los servicios de asistencia social, se entenderá hecha a los servicios de salud en materia de asistencia social.

Artículo 2.- Para los efectos de esta ley, se entiende por asistencia social, el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que ayuden a impulsar el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.

Artículo 3.- El Gobierno del Estado, en forma prioritaria, proporcionará servicios de asistencia social encaminados al desarrollo integral de la familia y, además, a apoyar en su formación y subsistencia a individuos con carencias familiares esenciales no superables en forma alguna por ellos mismos.

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Los ayuntamientos de la entidad, o en su caso, los organismos destinados a la asistencia social a nivel municipal prestarán estos servicios dentro del ámbito de su jurisdicción, en coordinación con el Estado, previa la celebración de los convenios a que se refiere el artículo 8 de la Ley Estatal de Salud.

Artículo 4.- Los servicios públicos de salud en materia de asistencia social que se presten a la población en general, a nivel estatal o municipal, por las instituciones públicas de asistencia social y las de carácter social y privado existentes o que se lleguen a crear, se regirán y tendrán la competencia que señalen sus ordenamientos específicos y, en lo no previsto, se aplicará supletoriamente la presente ley.

Las instituciones señaladas en el párrafo anterior subsistirán, dentro del ámbito de su competencia, prestando sus servicios de asistencia social, correspondiendo al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Jalisco, ser el coordinador en el Estado de la prestación de los servicios de salud en materia de asistencia social, en los términos de lo dispuesto por el artículo 12, de esta ley.

Artículo 5.- Para los efectos de esta ley, se consideran servicios básicos de salud, en materia de asistencia social, los siguientes:

I. La atención a personas que, por sus problemas de invalidez, minusvalía, incapacidad o indigencia, se vean impedidas para satisfacer sus requerimientos básicos de subsistencia y desarrollo;

II. La atención en establecimientos especializados a menores y ancianos en estado de abandono o desamparo;

III. La promoción del bienestar del senescente y el desarrollo de acciones de preparación para la senectud;

IV. El ejercicio de la tutela de los menores, en los términos de las disposiciones legales aplicables;

V. La prestación de servicios de asistencia jurídica y de orientación social, especialmente a menores, ancianos, inválidos, minusválidos, incapaces o indigentes sin recursos;

VI. La realización de investigaciones sobre las causas y efectos de los problemas prioritarios de asistencia social;

VII. El apoyo a la educación y capacitación para el - trabajo de las personas con carencias socioeconómicas;

VIII La prestación de servicios funerarios a personas indigentes;

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IX. La prevención de invalidez, minusvalía, incapacidad o indigencia y su rehabilitación en centros especializados;

X. La orientación nutricional y la alimentación complementaria a personas de escasos recursos, y a la población de zonas marginales;

XI. La promoción del desarrollo, el mejoramiento y la integración social y familiar de la población con carencias, mediante la participación activa y organizada de acciones que se lleven; a cabo en su propio beneficio;

XII. El desarrollo comunitario en localidades de zonas social y económicamente marginadas;

XIII.El establecimiento y manejo del Sistema Estatal de Información Básica en materia de asistencia social;

XIV. La colaboración y auxilio a las autoridades laborales y competentes, en la vigilancia y aplicación de la legislación laboral relativa a los menores;

XV. El fomento de acciones de paternidad responsable, que propicien la preservación de los derechos de los menores a la satisfacción de sus necesidades;

XVI La prestación de servicios médicos a personas que no cuenten con el beneficio de la seguridad social, ni capacidad económica para hacer frente a dichas necesidades; y

XVII. Los demás que tiendan a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan al individuo su desarrollo integral.

Artículo 6.- Se consideran acciones básicas de salud en materia de asistencia social, de atención local, las siguientes:

I. La administración del patrimonio de la beneficencia pública;

II. La promoción, supervisión, vigilancia y evaluación de las instituciones de asistencia privada;

III. Aquellas que por sus características requieran de atención especial en la localidad; y

IV. Las demás que establezcan otras leyes aplicables.

Artículo 7.- Son sujetos, de manera preferente, a la recepción de los servicios de asistencia social, en los términos de la presente ley, las siguientes personas:

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I. Menores en estado de abandono, desamparo, - desnutrición u objeto de maltrato;

II. Menores infractores, en lo referente a su atención integral y reintegración a la sociedad;

III. Alcohólicos y farmacodependientes;

IV. Mujeres en período de gestación, lactancia, en estado de indigencia o carentes de recursos económicos;

V. Ancianos en desamparo, incapacidad, marginación u objeto de maltrato.

VI. Inválidos, minusválidos o incapaces por causa de ceguera, debilidad visual, sordera, debilidad auditiva, mudez, problemas de lenguaje, alteraciones del sistema neuro- músculo-esquelético, deficiencias mentales, u otras deficiencias;

VII. Indigentes;

VIII Personas que, por su extrema ignorancia, requieran de servicios asistenciales;

IX. Víctimas de la comisión de delitos, en estado de abandono;

X. Familiares que dependan económicamente de quienes se encuentren detenidos por causas penales y queden en estado de abandono;

XI. Habitantes del medio rural o urbano marginados, que carezcan de lo indispensable para su subsistencia; y

XII. Las afectadas por un desastre.

Artículo 8.- El Sistema Estatal de Asistencia Social, que forma parte del Sistema Estatal de Salud, lo integran las dependencias y entidades de la administración pública tanto estatal como municipal, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios de asistencia social.

Artículo 9.- Los integrantes del Sistema Estatal de Asistencia Social contribuirán al logro de los siguientes objetivos:

I. Garantizar la extensión cuantitativa y cualitativa de los servicios, preferentemente en las regiones menos desarrolladas, y a los grupos más vulnerables;

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II. Definir criterios de distribución de universos de usuarios, de regionalización, de escalonamiento de los servicios, así como de universalización de cobertura; y

III. Establecer y llevar a cabo, conjuntamente, - programas interinstitucionales que aseguren la atención integral de los grupos sociales más vulnerables.

Artículo 10.- Corresponde al titular del Poder Ejecutivo del Estado, como autoridad

local en materia de salubridad general, en los términos de la Ley Estatal de Salud y con base a las normas técnicas que al efecto establezca la Secretaría de Salud y Bienestar Social, organizar, coordinar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salud, en materia de asistencia social, dentro de su jurisdicción territorial.

Artículo 11.- El titular del Poder Ejecutivo del Estado, en los términos del artículo anterior, a través del organismo a que se refiere el artículo 12, de esta ley, en su carácter de autoridad sanitaria estatal, tendrá respecto de la asistencia social, como materia salubridad general, las siguientes atribuciones:

I. Coordinar el Sistema Estatal de Asistencia Social;

II. Supervisar la aplicación de las normas técnicas que rijan la prestación de los servicios de salud en materia de asistencia social, así como la difusión y adecuación de las mismas, entre los integrantes del Sistema Estatal de Salud;

III. Vigilar el estricto cumplimiento de esta ley, así como las disposiciones que se dicten con base a ella, sin perjuicio de las facultades que en la materia competan a las dependencias y entidades de la administración pública federal;

IV. Evaluar la prestación de los servicios asistenciales;

V. Apoyar la coordinación entre las instituciones que presten servicios de asistencia social y las educativas, para formar y capacitar recursos humanos en la materia;

VI. Promover la investigación científica y tecnológica que tienda a desarrollar y mejorar la prestación de los servicios asistenciales en materia de salubridad general;

VII. Coordinar un Sistema Estatal de Información, en materia de asistencia social;

VIII Coordinar a través de los acuerdos respectivos con los municipios, la prestación y promoción de los servicios de salud, en materia de asistencia social;

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IX. Concertar acciones con los sectores social y privado mediante convenios y contratos en los que se regulen la prestación y promoción de los servicios de salud en materia de asistencia social, con la participación que corresponda a las dependencias o entidades del Gobierno Federal, del Estado y de los municipios;

X. Realizar investigaciones sobre las causas y efectos de los problemas prioritarios de asistencia social; y

XI. Las demás que le otorguen las leyes aplicables.

CAPITULO SEGUNDO

DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE JALISCO

Artículo 12.- El Estado contará con un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se denominará Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Jalisco, el cual será el organismo rector de la asistencia social y el que tendrá los siguientes objetivos:

I. La coordinación del Sistema Estatal de Asistencia Social;

II. La promoción y prestación de los servicios de asistencia social que le asigne la presente ley;

III. La realización de las acciones que establece esta ley y las demás disposiciones legales aplicables, en el ámbito de su competencia; y

IV. La promoción de la interrelación sistemática de acciones que lleven a cabo las instituciones públicas y privadas en esta materia.

Cuando en esta ley se haga mención al organismo, se entenderá hecha al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Jalisco.

Artículo 13.- El organismo, para el logro de sus objetivos, debe realizar las siguientes funciones:

I. Promover y prestar servicios de asistencia social;

II. Apoyar el desarrollo de la familia, y de la comunidad;

III. Realizar acciones de apoyo educativo para la integración social y de capacitación para el trabajo a los sujetos de asistencia social;

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IV. Coordinar las funciones relacionadas con la beneficencia pública y la asistencia privada en el Estado, así como proponer programas de asistencia social, que contribuyan al uso eficiente de los bienes que lo componen;

V. Promover e impulsar el sano crecimiento físico, mental y social de la niñez;

VI. Fomentar, apoyar, coordinar y evaluar las actividades que lleven a cabo las instituciones de asistencia o asociaciones civiles, y todo tipo de entidades privadas cuyo objeto sean la prestación de servicios de asistencia social, sin perjuicio de las atribuciones que al efecto correspondan a otras dependencias;

VII. Operar establecimientos de asistencia social en beneficio de menores en estado de abandono, de ancianos desamparados y de minusválidos sin recursos;

VIII Llevar a cabo acciones en materia de prevención de invalidez, minusvalía o incapacidad y de rehabilitación de inválidos en centros hospitalarios, con sujeción a las disposiciones aplicables en materia de salud;

IX. Realizar estudios e investigaciones sobre asistencia social, con la participación, en su caso, de las autoridades asistenciales del Gobierno del Estado y de los municipios;

X. Realizar y promover la capacitación de recursos humanos para la asistencia social;

XI. Operar el Sistema Estatal de Información Básica en materia de asistencia social a que se refiere la fracción VII, del artículo 11, de esta ley;

XII. Prestar servicios de asistencia jurídica y de orientación social a menores, ancianos y minusválidos, inválidos o incapaces, carentes de recursos económicos;

XIII Apoyar el ejercicio de la tutela de los in- capaces, que corresponda al Estado, en los términos de la ley respectiva;

XIV. Poner a disposición del Ministerio Público los elementos a su alcance, en la protección de incapaces y en los procedimientos civiles y familiares que les afecten, de acuerdo con las disposiciones legales correspondientes;

XV. Realizar estudios e investigaciones en materia de invalidez, minusvalía e incapacidad;

XVI. Participar en programas de rehabilitación y educación especial;

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XVII. Proponer a las autoridades correspondientes la adaptación o readaptación de equipamiento urbano, que fuere necesario para satisfacer los requerimientos y autonomía de los inválidos y minusválidos; y

XVIII. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables en la materia.

Artículo 14.- En casos de desastre, el organismo, en el ámbito de su competencia, sin perjuicio de las atribuciones que en auxilio de los damnificados lleven a cabo otras dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, promoverá la atención y coordinación de las acciones de los distintos sectores sociales que actúen en beneficio de aquellos.

Artículo 15.- El organismo promoverá el establecimiento de centros y servicios de rehabilitación somática, psicológica, social y ocupacional, para las personas que sufran cualquier tipo de invalidez, minusvalía o incapacidad, así como acciones que faciliten la disponibilidad y adaptación de prótesis, órtesis y otras ayudas funcionales.

El organismo establecerá una vinculación sistemática entre los servicios de rehabilitación que preste y los que proporcionen otros establecimientos del sector salud y de los sectores social y privado.

Artículo 16.- El patrimonio del organismo se integrará con:

I. Los bienes muebles e inmuebles que sean de su dominio;

II. Los subsidios, subvenciones, aportaciones, bienes y demás ingresos que las dependencias y entidades del Gobierno Federal, Estatal y Municipal, le otorguen;

III. Las aportaciones, donaciones y demás liberalidades que reciba de personas físicas o morales;

IV. Los rendimientos, recuperaciones, bienes, derechos y demás ingresos que le generen sus inversiones, bienes y operaciones;

V. Las concesiones, permisos, licencias y autorizaciones que se le otorguen conforme a la ley; y

VI. Los demás bienes, derechos e ingresos que obtenga por cualquier título.

Artículo 17.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos que le competen, el organismo contará con los siguientes órganos de gobierno:

I. El Patronato;

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II. La Presidencia del Patronato;

III. La Dirección General; y

IV. Las unidades técnicas y de administración que determinen las autoridades del mismo, y que se autoricen en su presupuesto de egresos.

Artículo 18.- El Patronato es la máxima autoridad del organismo y se integra por un

Presidente, quien será designado por el Ejecutivo del Estado, y por diez vocales que serán los titulares de la Secretaría General de Gobierno de las secretarías de Promoción y Desarrollo Económico, de Educación y Cultura, de Salud y Bienestar Social, y del Instituto Jalisciense de Asistencia Social; dos representantes de instituciones privadas dedicadas a la asistencia social; un representante de cada una de las dos centrales obreras mayoritarias en el Estado; y un representante de la Liga de Comunidades Agrarias y Sindicatos Campesinos del Estado.

El Tesorero del Patronato lo será el titular de la Secretaría de Finanzas del Estado.

El Director General será el Secretario Ejecutivo y concurrirá a las sesiones con voz, pero sin voto.

Artículo 19.- El Patronato tendrá las siguientes facultades:

I. Planear y dirigir los servicios que debe prestar el organismo;

II. Dictar las normas generales para la planeación y ejecución de los servicios;

III. Estudiar y aprobar el presupuesto correspondiente a cada ejercicio anual;

IV. Conocer y aprobar, en su caso, las cuentas de la administración;

V. Expedir el reglamento interior del sistema, así como aquellas normas o disposiciones de carácter general necesarias para la organización funcionamiento técnico y administrativo adecuado del mismo;

VI. Emitir opinión sobre los planes de labores, presupuestos, informes y estados financieros anuales del organismo;

VII. Contribuir a la obtención de recursos que permitan el incremento del patrimonio del organismo;

VIII Aprobar los planes de trabajo, presupuestos, informes de actividades y estados financieros; y

IX. Las demás que sean necesarias para el ejercicio de las facultades anteriores.

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Artículo 20.- El Patronato celebrará dos sesiones ordinarias al año, y extraordinarias, cuando la presidencia del mismo lo estime necesario. Para la celebración de las sesiones se requerirá la asistencia, cuando menos, de la mitad más uno de sus miembros, y las resoluciones se adoptarán por mayoría de votos. La presidencia tendrá voto de calidad en caso de empate.

Artículo 21.- La presidencia tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

I. Representar al organismo, con las facultades que establezcan las leyes, para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, pudiendo delegar esta última facultad al Director General;

II. Ejecutar los acuerdos del Patronato y las acciones que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del sistema;

III. Coordinar el desarrollo de las actividades del sistema, señalando al efecto los procedimientos para su ejecución, mediante los acuerdos correspondientes;

IV. Aprobar el reglamento interior, el organigrama general del organismo y los manuales administrativos del sistema;

V. Aprobar la aceptación de herencias, legados, donaciones y demás liberalidades;

VI. Aprobar los convenios de coordinación que hayan de celebrarse con dependencias y entidades públicas y privadas;

VII. Nombrar y remover, previa aprobación del Gobernador del Estado, al Director General;

VIII Convocar al Patronato a sesiones ordinarias y extraordinarias;

IX. Elaborar y proponer los reglamentos que se requieran en la materia, observando su estricto cumplimiento;

X. Rendir anualmente el informe general de actividades del organismo, así como las cuentas de su administración; y

XI. Las demás que sean necesarias para el ejercicio de las facultades anteriores.

Artículo 22.- La presidencia, previo el conocimiento y opinión del Patronato, podrá integrar los comités técnicos necesarios para el estudio y propuesta de mecanismos que aseguren la coordinación interinstitucional en la atención de las tareas asistenciales. Estos comités estarán formados por los representantes que al efecto designen las dependencias y entidades competentes.

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Artículo 23.- Para ser Director General del organismo, se requiere ser mexicano por nacimiento; poseer título profesional, y contar con experiencia en materia administrativa y de asistencia social.

Artículo 24.- El Director General tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

I. Ejecutar los acuerdos y disposiciones del Patronato y de la presidencia;

II. Presentar al conocimiento y aprobación de la presidencia los planes de presupuestos, informes de actividades y estados financieros del organismo, así como los comentarios que estime pertinentes a los reportes, informes y recomendaciones que al efecto formule la Contraloría del Estado.

III. Designar, con aprobación de la presidencia, a los servidores públicos del organismo; expedir o autorizar la expedición de nombramientos del personal y llevar las relaciones de trabajo de acuerdo con las disposiciones legales;

IV. Planear, dirigir y controlar el funcionamiento del organismo, con sujeción a las instrucciones de la presidencia;

V. Celebrar convenios, contratos y actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del organismo;

VI. Actuar, en representación del organismo, con facultades generales para actos de administración, para pleitos y cobranzas, así como aquellos que requieran cláusula especial conforme a las leyes;

VII. Formular, ejecutar y controlar el presupuesto del organismo en los términos de este ordenamiento y demás disposiciones legales aplicables; y

VIII Las demás que sean necesarias para el ejercicio de las anteriores.

Artículo 25.- La vigilancia financiera y administrativa, así como la práctica de auditorías en el organismo estará a cargo de la Contraloría del Estado, en los términos y para los efectos del artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, sin perjuicio de la intervención que le corresponda a la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado.

Artículo 26.- Las relaciones de trabajo entre el organismo y sus servidores, se sujetarán a la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus municipios.

Los servidores públicos del organismo serán incorporados al régimen de seguridad social que corresponda a los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado.

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CAPITULO TERCERO

DE LA COORDINACION Y DE LA CONCERTACION

Artículo 27.- Con el propósito de asegurar la adecuada coordinación de acciones en el ámbito de la prestación de los servicios de salud, en materia de asistencia social, y de favorecer prioritariamente a los grupos sociales más vulnerables, el Gobierno del Estado, con la participación del organismo, celebrará los convenios o acuerdos para la coordinación de acciones a nivel estatal o municipal, con las entidades y dependencias de la administración pública federal, en los términos de la Ley de Planeación, de la Ley General de Salud y demás ordenamientos legales aplicables.

Artículo 28.- En la prestación de servicios y en la realización de acciones, el organismo actuará en coordinación con las dependencias y entidades del Gobierno del Estado y de los municipios, según la competencia que a éstas otorguen las leyes.

Artículo 29.- Con el objeto de ampliar la cobertura y la calidad de los servicios de salud, en materia de asistencia social, a nivel estatal y municipal, el Gobierno del Estado, a través del organismo, promoverá la celebración de convenios entre éste y los ayuntamientos de la entidad, a fin de:

I. Establecer programas conjuntos;

II. Promover la conjunción de los dos niveles de gobierno en la aportación de recursos financieros;

III. Distribuir y coordinar acciones entre las partes, de manera proporcional y equitativa;

IV. Proponer programas para el establecimiento y apoyo de la beneficencia pública y la asistencia privada, estatal o municipal, sin perjuicio de lo que al respecto establezcan otros ordenamientos legales de la materia; y

V. Fortalecer el patrimonio de los sistemas municipales para el desarrollo integral de la familia.

Artículo 30.- El Gobierno del Estado, a través del organismo, promoverá ante los

ayuntamientos de la entidad, el establecimiento de mecanismos idóneos que permitan una interrelación sistemática, a fin de conocer las demandas de servicios básicos de salud en materia de asistencia social, para los grupos sociales más vulnerables y coordinar su oportuna atención.

Artículo 31.- El organismo recomendará y promoverá el establecimiento de instituciones similares a éste, en los municipios.

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En aquellos municipios donde existan organismos similares a éste, o se llegaren a instituir, el organismo les prestará apoyo y colaboración técnica y administrativa, en materia de asistencia social, en los términos de los convenios respectivos.

Artículo 32.- El Gobierno del Estado y el organismo, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán que las dependencias y entidades del Estado y de los municipios destinen los recursos necesarios a los programas de servicios de salud, en materia de asistencia social.

Artículo 33.- El Gobierno del Estado, a través del organismo, en el ámbito de su competencia, celebrará convenios o contratos para la concertación de acciones de asistencia social con los sectores social y privado de la entidad, con objeto de coordinar su participación en la realización de programas de salud en materia de asistencia social, que coadyuven a la realización de los objetivos a que se refiere esta ley, sin perjuicio de lo que al respecto dispongan otros ordenamientos legales respectivos.

Artículo 34.- El Gobierno del Estado, a través del organismo, promoverá la organización y participación activa de la comunidad en la atención de aquellos casos de salud que, por sus características, requieran de acciones de asistencia social basadas en el apoyo y solidaridad social, así como el concurso coordinado de las dependencias y entidades públicas, específicamente, en el caso de los grupos sociales más vulnerables.

El Gobierno del Estado y el organismo pondrán especial atención en la promoción de acciones de la comunidad en beneficio de menores en estado de abandono, minusválidos, inválidos e incapaces física y mentalmente.

Artículo 35.- El Gobierno del Estado, directamente a través del organismo, promoverá la organización y - participación de la comunidad para que, en base al apoyo y a la solidaridad social, coadyuven en la prestación de servicios asistenciales para el desarrollo integral de la familia.

Dicha participación se realizará a través de las siguientes acciones:

I. Promover hábitos de conducta y de valores que contribuyan a la protección de los grupos más vulnerables, a su superación, y a la prevención de invalidez;

II. Incorporar auxiliares voluntarios en la realización de tareas básicas de asistencia social y participación de determinadas actividades de operación de servicios de salud, en materia de asistencia social, bajo la dirección y control de las autoridades correspondientes;

III. Notificar de la existencia de personas que requieran de asistencia social, cuando éstas se encuentran impedidas de solicitar auxilio por sí mismas;

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IV. Formular sugerencias para mejorar los servicios de asistencia social; y

V. Realizar actividades que coadyuven a la protección de la salud, en materia de asistencia social.

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO.- Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco.

ARTICULO SEGUNDO.- Se deroga el decreto de fecha nueve de febrero de mil novecientos setenta y siete, publicado el día diez del mismo mes y año, en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco, por el que se rige el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Jalisco, así como las demás disposiciones que se opongan a lo dispuesto por esta ley.

ARTICULO TERCERO.- Queda subsistente la legislación estatal aplicable en materia de asistencia social, en lo que no contravenga a la presente ley.

ARTICULO CUARTO.- El organismo a que se refiere el artículo 12, de esta ley, es el subrogatorio de todos los derechos y obligaciones del organismo del mismo nombre, cuyo decreto de creación se deroga en el artículo segundo transitorio de este decreto, por lo que pasa a su favor el patrimonio con que actualmente cuenta el mismo.

ARTICULO QUINTO.-Los servidores públicos del organismo denominado "Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Jalisco" a que se hace referencia en el artículo segundo transitorio de esta ley, conservarán todos sus derechos y obligaciones derivados de las relaciones de trabajo.

Salón de Sesiones del Congreso del EstadoGuadalajara, Jalisco, a 1 de marzo de 1988

Lic. Antonio Álvarez EsparzaDiputado Presidente

Rocío Corona NakamuraDiputado Secretario

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Juan Aguirre ArámbulaDiputado Secretario

Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, a los tres días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y ocho.

Lic. Enrique Álvarez del CastilloGobernador Constitucional del Estado

Lic. Héctor F. Castañeda JiménezSecretario General de Gobierno

LEY SOBRE EL SISTEMA ESTATAL DE ASISTENCIA SOCIAL

APROBACION: 1 DE MARZO DE 1988.

PUBLICACION: PERIODICO OFICIAL EL ESTADO DE JALISCO, 5 DE MARZO DE 1988. SECCION II.

VIGENCIA: 6 DE MARZO DE 1988.

TABLA DE REFORMAS Y ADICIONES

DECRETO NUMERO 13872. Reforma los artículos 10, 18, 24, fracción II y 25, publicado en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco, el día 7 de abril de 1990.

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3. FILOSOFIA DE LA DEPENDENCIA

3.1 MISIÓN:

En Sistema DIF Jamay, Somos un organismo público descentralizado que asiste y ofrece servicios a personas y familias que se encuentran en riesgo, que son vulnerables o están en desventaja del resto de la población.

Nuestra Misión, es: ser el organismo público rector de la Asistencia Social, con perspectiva de valores familiares, que impulsen líderes solidarios con los grupos más vulnerables a través de programas y redes de apoyo; para fortalecer el desarrollo integral y el bien común.

3.2 VISIÓN:

Ser una institución humanista, fuerte y a la vez sensible a las necesidades sociales, y que atienda a la gente con calidad y calidez, que permeé en la familia valores a través de una organización confiable, con líderes transformadores de la Asistencia Social.

3.3 VALORES:

AMOR: Como institución exteriorizar la virtud que representa toda la bondad, compasión y afecto que debe existir en el ser humano vulnerable.

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RESPETO: Brindarle un buen trato al usuario que solicite información sobre programas y apoyos de una manera respetuosa, protegiéndolas contra cualquier intención de daño o abuso por otras partes.

HONESTIDAD: Que la relación entre las personas se desenvuelva en un ambiente de confianza y armonía, garantizando respaldo, seguridad y credibilidad en las personas.

HONRADES: respetar el derecho y bienes de los demás, así como a la integridad moral y física de las personas, tanto de la sociedad como del personal que labora en la institución de Sistema DIF Jamay, procurando que cada quien tenga lo que le pertenece.

PROFESIONALISMO: de acuerdo con las capacidades, conocimientos y habilidades que se han obtenido. Actuar con moral y ética cumpliendo con el deber en cualquier situación y realidad.

4. ORGANIGRAMA

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5. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

OBJETIVOS Y FUNCIONES POR ÁREA

5.1 El PATRONATO

Objetivo:

Celebrará sesiones ordinarias cada tres meses y, extraordinarias, cuando la Presidencia del mismo lo estime necesario. Para la celebración de las sesiones será necesaria la asistencia de cuando menos cinco de sus miembros y las resoluciones se adoptarán por mayoría de votos. La presidencia tendrá voto de calidad, en caso de empate. Las sesiones ordinarias se celebrarán en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año, en las fechas y con las formalidades que al efecto disponga la Presidencia del Patronato.

Funciones:

1. Dictar las normas generales para la planeación y ejecución de los servicios;2. Ejercer la vigilancia adecuada sobre el patrimonio del organismo;3. Nombrar y remover, con la aprobación del Presidente Municipal, al Director

General;4. Estudiar y aprobar el presupuesto de cada ejercicio anual;5. Conocer y aprobar, en su caso, las cuentas de la Administración;6. Expedir el Reglamento Interior del Sistema y dictar normas o disposiciones de

carácter general, necesarias para la organización y funcionamiento técnico y administrativo adecuado del mismo.

7. Conocer de todos los asuntos que, de acuerdo a sus funciones, le sean sometidos; y

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8. En general, conocer de los asuntos que no sean de la exclusiva competencia de otras autoridades del sistema.

5.2 PRESIDENCIA DIF MUNICIPAL

Objetivo:

Vigilar y aprobar la ejecución de los acuerdos, proponiendo a el Patronato las disposiciones y reglamentos necesarios para el funcionamiento del Sistema facilitando el desarrollo y rindiendo anualmente el informe general de actividades del Organismo Municipal a fin de brindar asistencia social a la población vulnerable que le permita de alguna forma integrarse a la sociedad como persona, con capacidades y facultades para mejorar su entorno familiar y social.

Funciones

1. Dirigir los servicios que debe prestar el sistema2. Cumplir los objetivos del sistema3. Vigilar los acuerdos del patronato4. Otorgar los poderes generales y especiales al Director(a) General.5. Vigilar la aplicación del presupuesto6. Rendir informes al trimestre al patronato y anuales.

5.3 DIRECCION GENERAL

Objetivo:

En esta área el propósito es planear, dirigir y controlar el funcionamiento del Sistema DIF Municipal cumpliendo con lo establecido en la Ley de Asistencia Social, dirigida a los grupos más vulnerables, a través de una estructura bien organizada, enfocada a efectuar la visión, misión y objetivos de la administración con apego a el presupuesto autorizado y a las indicaciones de presidencia y patronato. En coordinación con el Sistema para el Desarrollo integral de la Familia del Estado de Jalisco, así como instituciones análogas, Para el más eficaz cumplimiento de sus objetivos.

Funciones

1. Cumplir los acuerdos del patronato y la presidencia para lograr los objetivos del DIF.

2. Supervisar que el programa de trabajo del DIF Municipal se esté cumpliendo.3. Realizar actividades extras para cumplir con el objetivo asistencial.4. Coordinar la elaboración del directorio de las instancias factibles de obtener

apoyos tanto públicos como privados para la ejecución de los programas y proyectos de asistencia social.

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5. Promover la participación de instituciones públicas y privadas en el desarrollo de los programas y proyectos DIF.

6. Realizar evaluaciones periódicas de los programas, proyectos y servicios que el DIF municipal ofrece a la sociedad.

7. Elaborar el programa anual del trabajo del DIF municipal conjuntamente con la subdirección general de operación.

8. Formular el presupuesto anual del DIF municipal, en coordinación con la subdirección general de operación para la ejecución de los diferentes programas asistenciales.

9. Celebrar los convenios, contratos y actos jurídicos que se requieren para su buen funcionamiento y actúa como apoderado del mismo con facultades legales y administrativas.

10. Difundir los programas y proyectos del DIF municipal para que la gente conozca lo que se ofrece.

11. Gestionar recursos y servicios ante instituciones públicas y privadas.12. Promover la coordinación con el DIF Estatal para la operación de programas y

proyectos.13. Dirigir el funcionamiento del sistema DIF en todos sus aspectos.14. Proponer al patronato las medidas necesarias para la ejecución de planes y

objetivos del sistema.15. Elaborar informe del gasto mensual del subsidio otorgado, entregarlo a la

Presidencia.16. Organizar eventos especiales que se lleven a cabo en el transcurso del año.17. Atención y apoyos otorgados a personas solicitantes, a través del área de trabajo

social.18. Visitar comunidades, atender sus problemáticas y dirigir programas alimentarios

como PAAD, Desayunos Escolares y PROALIMNE o algunos otros servicios de los que proporciona DIF MUNICIPAL.

19. Realizar actividades del Programa de Asistencia Alimentaria.20. Llevar a cabo los programas de Plan de Invierno y demás Programas Asistenciales

que DIF del ESTADO nos asigne a los municipios.21. Comprar anualmente despensa correspondiente al grupo PROALIMNE.22. Asistir a conferencias, capacitaciones que solicite DIF Jalisco.23. Entregar documentación y papelería a tiempo en DIF Jalisco en la ciudad de

Guadalajara.24. Presentar su informe trimestral de actividades realizadas.25. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta.26. Realizar las compras necesarias para el comedor asistencial.

5.4 SECRETARIA GENERAL

Objetivo:

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Área donde se Recibe por primera vez al usuario, con amabilidad, cortesía y respeto, informando y derivando al área correspondiente donde lo podrán orientar y asesorar según el caso y necesidad que exponga cada usuario. De igual manera se le informa la documentación que necesita para el trámite que requiere.

Mantener y cuidar la buena imagen de la Dirección General a través de la organización de agenda, reuniones y documentos.

Funciones

1. Ser el primer contacto con las personas que llegan a DIF Municipal de forma amable.

2. Organizar de los archivos de la oficina.

3. Apoyar el área contable cuando se requiera.

4. Capturar a diario la información en SIEM-DIF de los servicios que se otorgan en DIF Jamay.

5. Expedición de Credenciales para personas con discapacidad, plan venerable, INAPAN, etc.

6. Canalizar los casos que llegan al DIF al departamento que lo requiera.

7. Entregar las fichas de consultas y llevar en agenda las citas para las consultas.

8. Realizar oficio de traslados a teletón, hospital civil, laboratorios, instituto de cancerología, etc. Los días lunes y viernes de cada semana.

9. Llenar las solicitudes y el registro de los bienes en comodato (sillas de rueda, andaderas, muletas, etc.)

10. Capturar la información que le sea indicada relacionada a los trámites que la institución tenga que realizar como convenios u otros.

11. Recibir las llamadas telefónicas derivándolas al área que le corresponda, llevando un registro de los recados recibidos.

12. Recibir la correspondencia que llegue a la institución, derivándola está a la Dirección General y a cada una de las áreas que le corresponda.

13. Enviar la correspondencia.

14. Registrar apoyos solicitados en el sistema de información SIEM-DIF.

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15. Coordinación y apoyo con la Dirección General en los programas del sistema DIF Municipal.

16. Apoyo en la creación de formatos para tener los registros ordenadamente.

17. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.

18. Presentar su informe trimestral de actividades realizadas.

19. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta, Dirección General o Subdirección General.

5.5 CONTABILIDAD

Objetivo:

Proporcionar información de hechos económicos, financieros y sociales suscitados en el Sistema; de forma continua, ordenada y sistemática.

Funciones:

1. Registrar todos los ingresos, egresos y operaciones del Sistema, conforme a las normas y lineamientos establecidos en la Nueva Ley General de Contabilidad Gubernamental (CONAC)

2.-Elaborar y analizar los estados financieros y de resultados del Sistema, para conocer la situación financiera mensual y declaraciones informativas.

3.-Elaborar y registrar el patrimonio del Sistema conforme a los lineamientos y normas del CONAC.

4.-Verificar que los documentos comprobatorios de egresos reúnan los requisitos contables, fiscales y legales correspondientes, a fin de asegurar su legitimidad.

5.- Presentar pagos de impuestos retenidos en tiempo y forma.

6.-Elaborar conciliaciones bancarias de las cuentas de cheques y estados financieros mensuales.

7.-Proporcionar información y atender las auditorías practicadas por parte de la Contraloría del Estado, Auditoria Superior, DIF Jalisco.

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8.-Elaborar, integrar y presentar los informes y reportes derivados de la función de contabilidad a la Dirección General en tiempo y forma.

9.-Elaborar cheque para el pago de los compromisos que haya adquirido el Sistema por instrucciones de la Dirección General.

10.-Recibir y depositar a la cuenta de cheques del Sistema las cuotas de recuperación.

11.-Atender las comisiones encomendadas por la Dirección de Administración.

5.6 TRANSPARENCIA

Objetivo:

Publicar y transparentar toda la información de carácter público que se genere, se posea o administre, de acuerdo a la clasificación de información correspondiente.

Funciones:

1.-Administrar y actualizar la página del lugar donde se publique la información fundamental.

2.-Llevar el registro y estadísticas de las solicitudes de información pública.

3.-Requerir y recabar de las áreas internas la información pública de las solicitudes.

4.-Informar al titular de Sistema y al ITEI sobre la negativa de los encargados de las

Oficinas del Sistema para información pública de libre acceso.

5.-Promover la cultura de la transparencia y el acceso a la información pública.

6.-Recibir y resolver las solicitudes de información y desahogar el procedimiento respectivo, así como enviar al ITEI las que no le corresponden.

7.-Tener a disposición del público formatos para presentar solicitudes de información, en las vías y formatos correspondientes.

5.7 RECURSOS HUMANOS

Objetivo:

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Administrar y proporcionar de acuerdo a normas a las diferentes áreas que conforma el Sistema para el cumplimiento de su misión, visión y metas. Fomentar el crecimiento humano y profesional a través de programas de capacitación y adiestramiento, así como reclutar, administrar y supervisar a los prestadores de servicio social que apoyan a las diversas áreas del Sistema.

Funciones:

1.-Vigilar y supervisar el cumplimiento de leyes, reglamentos, normas y demás disposiciones legales en materia laboral de las condiciones generales de trabajo aplicables a los trabajadores adscritos al Sistema.

2.-Crear y fortalecer el equipo de instructores internos y externos del Sistema.

3.-Establecer y operar las políticas, normas y sistemas para la administración y desarrollo de los recursos humanos y las relaciones laborales del Sistema.

4.-Analizar, desarrollar y actualizar las normas y políticas que regulen a los prestadores de servicio social y las prácticas profesionales.

5.-Elabora y procesar los documentos pertinentes para el control del servicio social.

6.-Laborar, integrar y operar el plan general de capacitación y desarrollo de los recursos humanos del Sistema.

7.-Administrar el otorgamiento y difusión de las prestaciones económicas y contractuales, así como los servicios educativos, médicos, recreativos que correspondan al personal del Sistema.

8.-Designar, en el ejercicio de sus atribuciones, los lineamientos y políticas dictadas por la Dirección General

9.-Resolver y conciliar todo conflicto o discrepancia que se presente entre los empleados, tratando solucionar todas las dificultades que surjan de la relación laboral o de la aplicación de las condiciones generales de trabajo así como informar y orientar al personal en el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

10.-Elaborar y efectuar el pago de remuneraciones y prestaciones al personal de manera oportuna y directa llevando el control y comprobación de nómina.

12.-Establecer el procedimiento correspondiente para la tramitación de altas, bajas, incapacidad o muerte del personal del Sistema ante las instancias correspondientes.

13.-Inspeccionar y mantener actualizada la plantilla de personal de acuerdo a la estructura orgánica del Sistema en coordinación con la Dirección Administrativa.

14.-Conservar el control de asistencia, vacaciones, permisos incapacidades y demás aspectos relativos a la administración y control del personal.

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15.-Validar las solicitudes de crédito a los servidores públicos del Sistema y dar seguimiento en coordinación con la Dirección Administrativa según la normatividad establecida.

16.-Elaborar los gafetes con códigos de barras para identificación y control de asistencias del personal al Sistema.

17.-Elaborar los contratos individuales por tiempo determinado, indeterminado, servicios especiales, independientes de los trabajadores del Sistema.

18.-Proporcionar a los trabajadores, los útiles, herramientas, uniformes, equipo y

Materiales necesarios para la ejecución de trabajo.

19.-Informar oportunamente a la Dirección Administrativa avances y cumplimiento de las acciones y responsabilidades asignadas.

20.-Las demás que en el ámbito de su competencia le delegue la superioridad.

5.8 TECNOLOGIA Y SISTEMAS DE INFORMACION

Objetivo:

Proporcionar y mantener la infraestructura de hardware, software y telefonía que el Sistema requiere, así como llevar el mantenimiento y actualización permanente a los sistemas existentes.

Administrar la red de voz y datos, servidores y demás dispositivos, así como brindar todo el apoyo y asesoría a todas las áreas del Sistema para resolver cualquier problema relacionado con el equipo de cómputo. Y mantener actualizado el sitio Web del Sistema.

Funciones:

1.-Asesorar, coordinar y supervisar la adecuada compra y/o implementación de equipo de cómputo y su software en todas las áreas del Sistema, para apoyar la modernización y sistematización de la información.

2.-Desarrollar e implementar software a la medida de las necesidades específicas de las áreas del Sistema, determinando anticipadamente viabilidad y prioridad de cada proyecto para aumentar su eficiencia y rentabilidad de sus procesos.

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3.-Administrar la red y sus servidores, controlar la asignación, uso inventario y funcionamiento de todo el equipo de cómputo del Sistema, a través del mantenimiento diario, preventivo y conectivo para asegurar el buen funcionamiento de los sistemas en beneficio del personal y de los usuarios.

4.-Supervisar el desarrollo de los sitios web del internet y la página web internet del Sistema, con el fin de tener presencia en internet y mantener a la población informada.

5.-Recibir y analizar las peticiones de modificaciones a los sistemas actuales y de nuevos sistemas de las diferentes áreas, priorizando los trabajos de acuerdo a las necesidades del Sistema.

6.-Diseñar, actualizar y administrar el sistema Web (internet) oficial, en cuanto a las distintas áreas del Sistema con la finalidad de contar con un sitio de difusión al público en general, donde se pueda obtener información acerca del Sistema y cada uno de sus programas asistenciales.

7.-Asesorar, orientar y apoyar a los usuarios de las distintas áreas del Sistema en cuanto a la utilización del Office: Word, Excel, Power Point, manejo de equipo de video proyección (caño y lap-top), a fin de cumplir con la función primordial de la Dirección, que es el brindar asesoría y apoyo al usuario, que faciliten el cumplimiento de sus metas en la modernización de sus procesos y comunicaciones.

6. SERVICIO DE ASISTENCIA SOCIAL

6.1 TRABAJO SOCIAL

Objetivo:

En esta área se otorga a los usuarios apoyo asistencial mediante la detección, investigación y tratamiento psicosocial de las necesidades sociales individuales, grupales, familiares y de la comunidad. Gestiona los recursos humanos y organizativos, contribuyendo así a la administración de las prestaciones de apoyos y servicios, su distribución, y la protección de la población de toda clase social, según los derechos sociales reconocidos y los que se puedan demandar o generar.

El trabajador social trata de prevenir la constante reproducción de la marginalidad, la exclusión social, la pobreza y la desintegración social, a través de una labor educacional que ayude a las personas y los grupos sociales a hacer uso de las oportunidades que existen a su disposición. Orientándoles para la toma de decisiones y asunción de responsabilidades. De igual manera interviene como mediador en la resolución de los conflictos que afectan a las familias y los grupos sociales en el interior de sus relaciones y con su entorno social. Mediante el diseño, el desarrollo y la ejecución de planes, programas y proyectos sociales.

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 El trabajador social contribuye al bienestar y posibilita la integración social de aquellas personas y colectivos que por razones personales o sociales se encuentran en una situación de desventaja social.

Funciones

1. Prestar atención a los usuarios y proporcionar orientación familiar a los casos que así lo requieran.

2. Realizar solicitud de atención por primera vez y proporcionar soluciones a las peticiones de los usuarios.

3. Programar y realizar estudios socioeconómicos e investigaciones de campo.4. Realizar visitas domiciliarias y elaboración de reportes de los casos atendidos.5. Realizar derivaciones o canalizaciones a las diferentes áreas de DIF MUNICIPAL

o instituciones públicas, así como hospitales, CRI, Teletón, UBR(unidades básicas de rehabilitación), laboratorios, entre otros.

6. Capturar a diario la información en SIEM-DIF de los servicios que se otorga en DIF Jamay.

7. Coordinación con el área de Psicología y Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia para otorgar atención psicológica individual, en pareja o familiar, orientación y asesoría legal.

8. Coordinación con el área de los Programas Alimentarios que DIF ESTATAL ofrece a los municipios como Despensas, PROALIMNE y Desayunos Escolares dirigidos a las personas más vulnerables.

9. Coordinar y promover acciones de Asistencia Social, en los casos de violencia intrafamiliar, abuso sexual, etc.

10. Promover y estimular los vínculos familiares.11. Gestionar y canalizar casos urgentes (SICATS), dando seguimiento a los casos

hasta dar una solución.12. Asesoría en el ámbito familiar13. Planeación y programación de pláticas informativas en coordinación con la

persona encargada de red juvenil, 3ra edad, cosquillitas, etc.14. Gestionar medicamentos, estudios médicos especializados, despensas, aparatos

auditivos o lo que sea necesario para proporcionar soluciónes a las necesidades y peticiones de los usuarios.

15. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.16. Presentar su informe trimestral de actividades realizadas.17. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta, Dirección

General.

7. JURIDICO

7.1 PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL MENOR Y LA FAMILIA

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Objetivo:

En esta área brindamos orientación y asesoría en materia legal y jurídica, analizando, redactando y tramitando documentos y/o expedientes, a fin de brindar apoyo y un óptimo servicio de asesoría legal y jurídica a los usuarios que acuden a la Institución en materia de Derecho Familiar.

En esta área se consulta, asiste y asesora a los usuarios en materia jurídica en las diferentes áreas del Derecho Familiar, según lo amerite el caso. De igual manera se tiene una gran preocupación por las familias con hijos que sufren la violencia intrafamiliar en el hogar y se pretende atender prioritariamente, contribuyendo a que se integren y se desarrollen en un ambiente más estable.

Analiza los expedientes e Instruye legalmente a los usuarios. Emitiendo opiniones acerca de cada caso, elaborando convenios entre las parejas que les beneficie a los hijos, interviene como mediador en la resolución de los conflictos que afectan a las familias y con su entorno social. Elabora informes respectivos y si el caso lo requiere se deriva o Canaliza a otras instituciones como son Consejo de Familia, Protección a la Infancia, Juez Municipal, Juez Civil, Juez Menor, Misterio Publico, Registros Civiles, etc.

De igual manera en esta área se contribuye en el fortalecimiento de los futuros matrimonios, al brindarles herramientas que les permitan enfrentar las problemáticas sociales actuales, a través de Cursos Prematrimoniales.

Funciones

1. Ofrece asesoría jurídica y especializada con calidad humana.2. Manejar los programas de Asesoría de Derecho Familiar (menores, mujeres,

hombres, ancianos, personas discapacitadas, etc., que se encuentren en desamparo).

3. Realizar trámites legales de cualquier índole que le compete al DIF.4. Capturar a diario la información en SIEM-DIF e los servicios que se otorga en DIF

Jamay.5. Coordinación con el área de trabajo social, Psicología y en los diferentes

programas que maneja DIF.6. Cabe señalar que antes de cualquier trámite judicial, se deberá realizar por parte

de las coordinaciones de trabajo social y Psicología las investigaciones y valoraciones psicológicas necesarias para que las acciones que se tramiten sean lo más acertadas posibles para la resolución favorable.

7. Buscar y tratar de lograr que desde un principio de toda problemática se de una reconciliación.

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8. Asesoría en trámites testimoniales para las personas (en su mayoría adultos mayores) que no cuenten con su registro de nacimiento.

9. Llevar a cabo el programa de cursos Pre-Matrimoniales.10. Presentar su informe trimestral de actividades realizadas.11. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.12. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta, Dirección

General.

8. ATENCION PSICOLOGICA

8.1 Terapias Psicológicas

Objetivo:

En el área de psicología se atiende a la población en general (niñas, niños, adolescentes, adultos, adultos mayores, discapacidad y grupos vulnerables) que presentan algunos problemas emocionales y de comportamiento: trastornos por angustia de separación, fobias escolares, evitación, retraimiento, aislamiento, ansiedad en diversas formas de manifestación, trastornos del ánimo como la depresión infantil, enuresis y encopresis, trastornos adaptativos, agresividad y rebeldía, entre otros problemas escolares y relacionados con el aprendizaje: trastorno del déficit de atención, que se puede con o sin hiperactividad. Que le afectan al individuo en su buen desarrollo integral y en su entorno social.

La atención psicológica puede ser individual, en pareja, familiar o en grupo, según la problemática que presenten las familias o los individuos.

En relación a los casos urgentes que se presentan donde la integridad se ha perjudicado de las niñas, niños, adolescentes, adultos mayores o discapacitados, se establece una coordinación con el área de trabajo social y jurídico (Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia), con la finalidad de investigar, buscar soluciones y conciliar a nuestras familias, tratando de lograr que desde un principio de toda problemática se de una reconciliación. Se realizan las valoraciones psicológicas necesarias para que las acciones que se tramiten sean lo más acertadas posibles para la resolución favorable de los casos.

Funciones

1. Brindar servicio de asistencia y orientación psicológica a las personas y familias que sufren de problemas emocionales.

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2. Ofrecer diversas terapias, talleres y programas para quien sufre depresión, problemas de conducta, baja autoestima, alcoholismo, drogadicción, problemas de pareja, abuso sexual, violación, perdida de un ser querido y/o de empleo entre otros.

3. Ofrecer diferentes áreas como: terapia individual, familiar, de pareja y grupal.4. Capturar a diario las información en SIEM-DIF de los servicios que se otorga en

DIF jamay.5. Valoración de Psicológicas (con la finalidad de determinar la problemática que vive

el usuario y darle así, el tratamiento apropiado y/o de ser necesario, canalizarle a la instancia adecuada).

6. Llevar a cabo el programa escuela comunitaria activa para padres de familia (ECAPAF). En el que se desarrollan grupos de escuela para padres en el municipio y sus localidades.

7. Apoyar al grupo de la 3ra. Edad en el taller de Gimnasia cerebral.8. Programa de atención integral del embarazo adolescente (PAIDEA). Con la

finalidad de prevenir y atender la problemática del embarazo adolescente.9. Impartir pláticas y talleres para las mujeres y los niños que sufren las

consecuencias.10. Coordinarse con la trabajadora social y abogada para los diferentes programas.11. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.12. Presentar informe trimestral de actividades realizadas.13. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta, Dirección

General o Subdirección General.

9. PROGRAMAS DE ASISTENCIA ALIMENTARIA

9.1 Sub programa: PROGRAMA DE AYUDA ALIMENTARIA DIRECTA (PAAD)

Objetivo:

Es un programa creado para apoyar a los sujetos vulnerables (niños, adolescentes con desnutrición, mujeres embarazadas en periodo de lactancia, adultos mayores, personas con discapacidad, y mujeres maltratadas y en abandono), que ganen menos de dos salarios mínimos, contribuyendo a mejorar su economía familiar y su alimentación, otorgándoles despensas con productos básicos y pláticas de orientación alimentaria que fomenten los buenos hábitos alimentarios. Con este programa coadyuvamos a mejorar su calidad de nutrición.

Requisitos:

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*Familias vulnerables que Ganan menos de 2 salarios mínimos generales del área geográfica de la región.

*Se integren por uno o más niños menores de 5 años.

*Estén compuestas por niños, niñas y adolescentes con desnutrición, deficiente desarrollo físico y mental, maltrato. Abandono, víctimas de cualquier tipo de explotación y migrantes.

*Exista una o más mujeres embarazadas o en período de lactancia.

*Se integre por uno o más ancianos.

*Exista una o más personas con discapacidad.

*Indígenas migrantes.

*Migrantes.

CORRESPONDABILIDAD DEL BENEFICIARIO

*entregar al encargado de despensas de DIF municipal la documentación correspondiente para integración de expediente (acta de nacimiento, curp, IFE o INE, comprobante de domicilio, certificado médico en el caso de personas con discapacidad, enfermedad o desnutrición).

*Responder con información verdadera la encuesta ENHINA que DIF DEL ESTADO nos indica.

* Las familias vulnerables beneficiadas con despensas tienen el compromiso de asistir a las pláticas mensuales de orientación alimentaria para continuar dentro del programa.

*Cubrir la cuota de recuperación.

*Participar en las actividades que DIF JALISCO nos señale como Concurso del Platillo, degustaciones, capacitaciones, etc.

Funciones

1. Aplicar la encuesta (ENHINA) que DIF del ESTADO indica para focalizar las familias más vulnerables que presenten inseguridad alimentaria.

2. Solicitar documentación al beneficiario para armar expediente.3. Presentar a DIF del ESTADO la encuesta (ENHINA) con documentación

correspondiente para su aprobación como inseguridad alimentaria segura, leve o moderada.

4. Una vez autorizadas las encuestas se capturan en los formatos que DIF JALISCO nos proporciona a través del programa SIEM-DIF ALIMENTARIA para formar los padrones.

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5. Posteriormente el padrón se presenta en las oficinas de DIF JALISCO para su revisión y autorización.

6. Una vez autorizado el padrón se expone a la vista a los usuarios en las instalaciones del DIF MUNICIPAL.

7. Se notifica a los beneficiarios que forman parte del padrón y se les asigna sus fechas de entrega mensual y sus pláticas de orientación alimentaria.

8. El encargado de alimentaria del DIF MUNICIPAL conformara Comités en cabecera municipal y comunidades en coordinación con Contraloría del Estado.

9. En la entrega de despensas el beneficiario firmara el padrón de entrega de despensas y pagara la cuota de recuperación de $10.00 m.n. (Diez pesos 00/100 m.n.)

10. Las despensas deberán entregarse en cabecera municipal y comunidades en los primeros 15 días del mes.

11. Lo recaudado en las despensas se depositara mensualmente y a tiempo en las cuentas bancarias que DIF JALISCO nos indique. Posteriormente el área de Finanzas nos expedirá una factura que compruebe el pago de dicho recurso.

12. Cada mes la encargada de alimentaria del DIF MUNICIPAL deberá entregar al área de alimentaria de DIF ESTATAL, el calendario de entrega de despensas en cabecera municipal y comunidades.

13. Cada mes la encargada de alimentaria de DIF MUNICIPAL, deberá impartir tema de orientación alimentaria a los beneficiarios, de igual manera se podrá coordinar con el centro de salud, medico municipal y nutriólogos.

14. En caso de bajas del padrón deberá notificar a DIF JALISCO para su conocimiento y solicitar la autorización para dar de alta a otras familias que cuentan con encuesta y presentan inseguridad alimentaria.

15. Cada mes DIF JALISCO enviara a DIF MUNICIPAL la despensa correspondiente la cual recibirá el encargado de alimentaria y confirmara que sea la cantidad que nos designa, la calidad, los cuidados al descargar y el acomodo en el almacén.

16. Mantendrá el almacén limpio, ordenado y contara con las tarimas necesarias para el acomodo de las despensas.

17. Hará entrega de despensas a domicilio solo en casos especiales como: personas con discapacidad, adultos mayores en abandono y desamparo que por alguna enfermedad no pudiera acudir por ella.

18. Deberá acudir a las capacitaciones que requiera DIF JALISCO. 19. Generar la participación de los beneficiarios del programa alimentaria en el día

mundial de la alimentación promovida por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, a través de conferencias, exposiciones, muestras de alimentos saludables y desfile en conjunto con el centro de salud, guarderías, kínder, etc.

20. Realizar los informes correspondientes a los programas de asistencia alimentaria que DIF JALISCO nos solicite y presentar informe trimestral de actividades realizadas a DIF MUNICIPAL.

21. actualización del padrón de beneficiarios.

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22. Llevar un archivo ordenado con toda la documentación oficial y hojas firmadas por el beneficiario de los compromisos y notificaciones con el programa.

23. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.24. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta y Dirección

General.

9.2 Sub programa: NUTRICION EXTRAESCOLAR (PROALIMNE)

Objetivo:

Este programa entrega mensualmente a los menores de 5 años no escolarizados, una ración de alimento que equivale a litros de leche semi descremada, 1/2 kilo de frijol, 1 kilo de harina de maíz nixtamalizada, medio kilo de avena y medio kilo de lenteja, siendo la porción ingesta por día por menor, haciéndola llegar como prioridad en la poblaciones que existe pobreza y vulnerabilidad, apoyando a la nutrición y desarrollo de los menores en la primera etapa de su vida.

Requisitos:

*Niños y niñas menores de 5 años no escolarizados que por su situación socioeconómica o de salud sean considerados en estado de riesgo de zonas indígenas rurales y urbanas marginadas del estado.

*Contar con valoración nutricional de la Secretaría de Salud y/o servicios médicos municipales.

*Estar inscritos en el padrón de beneficiarios.

*No recibir beneficios de otros programas alimentarios del DIF Jalisco.

CORRESPONSABILIDAD DEL PADRE O TUTOR DEL BENEFICIARIO

*entregar al encargado de PROALIMNE de DIF municipal la documentación correspondiente para integración de expediente (acta de nacimiento, curp, IFE o INE del padre o tutor, comprobante de domicilio, certificado médico del niño con peso y talla).

*Responder con información verdadera el estudio socioeconómico que DIF DEL ESTADO nos indica.

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* Los padres de los menores vulnerables beneficiados con PROALIMNE tienen el compromiso de llevar al niño o niña al control de peso y talla mensual, de igual manera deberá asistir al DIF MUNICIPAL a las pláticas mensuales de orientación alimentaria para continuar dentro del programa.

*Cubrir la cuota de recuperación.

*Participar en las actividades que DIF JALISCO nos señale.

Funciones

1. Aplicar el estudio socioeconómico que DIF del ESTADO indica para focalizar los niños más vulnerables que presenten desnutrición, sobre peso u obesidad, indígenas, niño de madre sola o por niñez.

2. Solicitar documentación al padre o tutor del beneficiario para armar expediente.3. Presentar a DIF del ESTADO el estudio socioeconómico con documentación

correspondiente para su aprobación. 4. Una vez autorizados los estudios socioeconómicos se capturan en los formatos

que DIF JALISCO nos proporciona a través del programa SIEM-DIF ALIMENTARIA para formar los padrones.

5. Posteriormente el padrón se presenta en las oficinas de DIF JALISCO para su revisión y autorización y aunado a este se presenta un proyecto de compra de una despensa de fruta y verdura al igual que un arbolito para su cultivo para cada niño beneficiario con el dinero recabado por la cuota de recuperación mensual de la leche.

6. Una vez autorizado el padrón se expone a la vista de los usuarios en las instalaciones del DIF MUNICIPAL.

7. Se notifica a los beneficiarios que forman parte del padrón y se les asigna sus fechas de entrega mensual y sus pláticas de orientación alimentaria y control de peso y talla.

8. El encargado de PROALIMNE del DIF MUNICIPAL conformara Comités en cabecera municipal y comunidades en coordinación con Contraloría del Estado.

9. En la entrega de PROALIMNE el padre o tutor del beneficiario firmara el padrón de entrega de leche y dotación de alimentos pagando la cuota de recuperación de $7.00 m.n. (Siete pesos 00/100 m.n.)

10. Las dotaciones de PROALIMNE deberán entregarse en cabecera municipal y comunidades en los primeros 15 días del mes.

11. Lo recaudado mensualmente de ENERO A SEPTIEMBRE en PROALIMNE se depositara en la cuenta de DIF MUNICIPAL para el pago de la compra de la despensa de fruta, verdura y de árbol para cultivo, que se entregara a cada uno de los beneficiarios del programa, y el resto el proveedor proporcionara un crédito de 3 meses a pagar en el mes de diciembre, expidiendo posteriormente las facturas correspondientes y así justificar el recurso aprobado en el proyecto.

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12. Cada mes la encargada de PROALIMNE del DIF MUNICIPAL deberá entregar al área de alimentaria de DIF ESTATAL, el calendario de entrega de leche en cabecera municipal y comunidades.

13. Cada mes la encargada de PROALIMNE de DIF MUNICIPAL, deberá impartir tema de orientación alimentaria a los padres o tutores de los beneficiarios, de igual manera se podrá coordinar con el centro de salud, medico municipal y nutriólogos.

14. En caso de bajas del padrón deberá notificar a DIF JALISCO para su conocimiento y solicitar la autorización para dar de alta a otros niños que cuentan con estudio socioeconómico y presentan desnutrición, sobrepeso u obesidad, indígena, niño de mujer sola o niñez.

15. Cada mes DIF JALISCO enviara a DIF MUNICIPAL la leche y despensa correspondiente la cual recibirá el encargado del programa y confirmara que sea la cantidad que nos designa, la calidad, los cuidados al descargar y el acomodo en el almacén.

16. Mantendrá el almacén limpio, ordenado y contara con las tarimas necesarias para el acomodo de la leche y despensas.

17. Hará entrega de leche y dotación de despensa a domicilio solo en casos especiales como: personas con discapacidad o que por alguna enfermedad no pudiera acudir por ella a las instalaciones de DIF MUNICIPAL.

18. Deberá acudir a las capacitaciones que requiera DIF JALISCO. 25. Generar la participación de los beneficiarios del programa de alimentaria en el día

mundial de la alimentación promovida por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, a través de conferencias, exposiciones, muestras de alimentos saludables y desfile en conjunto con el centro de salud, guarderías, kínder, etc.

19. Realizar los informes correspondientes a los programas de asistencia alimentaria que DIF JALISCO nos solicite y presentar informe trimestral de actividades realizadas a DIF MUNICIPAL.

20. actualización del padrón de beneficiarios.21. Llevar un archivo ordenado con toda la documentación oficial y hojas firmadas por

el padre o tutor del beneficiario de los compromisos y notificaciones con el programa.

22. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.23. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta y Dirección

General.

9.3 Sub programa: NUTRICION ESCOLAR (DESAYUNOS ESCOLARES)

Objetivo:

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Contribuir a mejorar el estado de nutrición de las niñas y niños, promoviendo una alimentación correcta mediante un desayuno o comida escolar que le ayude a las niñas y niños tener buen aprovechamiento escolar.

Funciones

1. El encargado de desayunos escolares acudirá a las capacitaciones que requiera DIF JALISCO en el área de nutrición escolar, donde le informan los lineamientos del programa, le entregan los formatos actuales y lo asesoran para el llenado.

2. Se realiza reunión con los Directores de las escuelas para informar los lineamientos del programa, se le entrega los formatos actuales y se asesora para el llenado con los datos del menor.

3. Se establece una coordinación entre el Director de la escuela y el encargado de Desayunos Escolares de DIF MUNICIPAL para anotar a las niñas y niños con las siguientes vulnerabilidad como desnutrición, sobre peso u obesidad, indígena, niño de madre sola o por niñez.

4. Se le solicita a cada uno de los niños aptos para el programa copia de su CURP (documento importante que se requiere en el programa SIEM DIF para el registro del menor).

5. Los datos de las niñas y niños se capturan en el programa SIEM DIF ALIMENTARIA, en los apartados de cada una de las escuelas a la que pertenece.

6. Una vez capturados los datos de los niños, los padrones se envían a DIF ESTATAL para su revisión y autorización.

7. Los padrones de desayunos escolares una vez autorizados por DIF JALISCO, se publican en DIF MUNICIPAL y en la escuela a la que pertenece cada uno de ellos para notificar al padre que el niño es beneficiario de desayuno escolar y que deberá de acudir a recibirlo.

8. El encargado de desayunos escolares municipal conformara el comité de desayunos en coordinación con Contraloría del Estado.

9. El desayuno escolar tiene una cuota de recuperación por desayuno escolar frio o caliente de $0.50 (cincuenta centavos), por ración alimenticia, el cual deberá de pagar el padre diariamente, semanal, quincenal o como lo acuerde el comité de padres de familia de desayunos escolares. La cuota máxima que el padre o tutor deberá pagar es de $4.00 (cuatro pesos00/100 m.n.) a $6.00 (seis pesos 00/100 m.n.), para compra de insumos como complemento para la preparación de desayunos y comidas calientes.

10. El encargado de desayunos escolares municipal podrá supervisar y monitorear las escuelas en lo referente a entrega, cuotas y distribución de los desayunos escolares, conforme a normatividad y lineamientos.

11. El encargado de desayunos escolares municipal podrá supervisar y monitorear las escuelas que cuenten con cocinas menutre en lo referente a inventario y buen uso y mantenimiento de las instalaciones, conforme a normatividad y lineamientos.

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12. Se requerirá la coordinación entre DIF MUNICIPAL y PROTECCION CIVIL para la supervisión de las instalaciones de las cocinas menutre en las escuelas que reciben desayuno caliente en nuestro municipio y comunidades.

13. Cada mes DIF JALISCO enviara a DIF MUNICIPAL los productos que componen los desayunos escolares fríos y calientes los cuales recibirá el encargado del programa y confirmara que sea la cantidad que nos designa, la calidad, los cuidados al descargar y el acomodo en el almacén.

14. Mantendrá el almacén limpio, ordenado y contara con las tarimas necesarias para el acomodo de los productos de los desayunos.

15. Los desayunos escolares deberán entregarse a las escuelas de cabecera municipal y comunidades en los primeros 10 días del mes, haciendo entrega del recibo donde indicara la cantidad que se deberá pagar a DIF JALISCO, teniendo un plazo máximo de 10 días contando a partir de la fecha en que recibió la escuela para .recabar la cuota de recuperación que deberá entregar al encargado del programa de DIF MUNICIPAL.

16. Lo recaudado en los desayunos escolares se depositara mensualmente y a tiempo en las cuentas bancarias que DIF JALISCO nos indique. Posteriormente el área de Finanzas nos expedirá una factura que compruebe el pago de dicho recurso.

17. Cada mes la encargada de alimentaria del DIF MUNICIPAL deberá entregar al área de alimentaria de DIF ESTATAL, el calendario de entrega de desayunos escolares en cabecera municipal y comunidades.

18. Cada 6 meses la encargada de desayunos escolares de DIF MUNICIPAL deberá pesar y medir a los niños beneficiarios y capturar la información en el programa SIEM DIF alimentaria, notificando por medio de un oficio la captura de los pesos y tallas, viéndose ahí reflejados los avances del menor.

19. En caso de bajas o modificaciones del padrón deberá notificar a DIF JALISCO para su conocimiento y solicitar la autorización para dar de alta o modificar datos.

20. Realizar los informes correspondientes a los programas de asistencia alimentaria que DIF JALISCO nos solicite y presentar informe trimestral de actividades realizadas a DIF MUNICIPAL.

21. Cada ciclo escolar se deberá actualizar el padrón de beneficiarios.22. Llevar un archivo ordenado con la documentación que se requiere del

beneficiario.23. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.24. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta y Dirección

General.

10. PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR

Objetivo:

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Promover la integración familiar a través de acciones que contribuyan al fortalecimiento de las personas que la integran y el progreso de la comunidad. Colaborando en el desarrollo integral de la familia del municipio de Jamay Jalisco.

10.1 Sub programa: ESCUELA COMUNITARIA ACTIVA DE PADRES DE FAMILIA (ECAPAF)

Objetivo:

Apoya la integración de las familias, a través de la formación de multiplicadores que se encuentran en los municipios, donde se imparten sesiones y orientaciones a los padres, así como escuelas de padres donde se les otorgan las herramientas necesarias para llevar una convivencia sana y con valores, así como encontrar los elementos para la solución de problemas familiares. El Sistema DIF Estatal capacita a cada multiplicador a través del Diplomado en Orientación familiar y diversos cursos para su adecuada intervención que contribuya al fortalecimiento familiar. Con el fin de que promuevan, organicen, coordinen y den seguimiento a las acciones educativas de los padres de familia, para que puedan cumplir de manera eficaz, responsable y activa, con su misión formadora y educadora.

Funciones

1. Se atiende a través del área de Psicología y Trabajadora Social de Fortalecimiento Familiar de DIF JALISCO.

2. Impartición de temas de orientación quincenales a grupos de padres y madres de familia en cabecera municipal y comunidades.

3. Duración de curso 6 meses.4. Participación en los eventos del día de la familia en el municipio, region y en el

estado.5. Asistir a las capacitaciones o reuniones regionales y estatales.6. llevar listas de asistencias de los padres y madres que acuden al grupo.7. Capturar la información en el programa SIEM DIF JALISCO.8. Realizar informe mensual o trimestral de las actividades realizadas en el grupo

según lo solicite DIF JALISCO y DIF MUNICIPAL.9. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta y Dirección

General.

10.2 Sub programa: ASISTENCIA INVERNAL

Objetivo:

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Cada año el SISTEMA DIF JALISCO hace entrega de cobijas, sudaderas y bufandas a la población en condiciones de extrema pobreza y vulnerable como niños, mujeres, personas de la tercera edad y discapacitados, en estado de abandono a fin de apoyar a la prevención de enfermedades respiratorias.

Funciones

1. DIF JALISCO hace entrega de cobijas, sudaderas, bufandas a DIF MUNICIPAL para las personas más vulnerables de nuestra población.

2. Solicitando datos personales de los beneficiarios como nombre completo, fecha de nacimiento, sexo, domicilio, en formatos diseñados por DIF del estado.

3. Se hace entrega en las colonias y comunidades más vulnerables señalando el apoyo que se le otorgo y recabando las firmas de cada uno de los beneficiados.

4. Se hace entrega de las listas a DIF JALISCO en el área de APOYO A MUNICIPIOS acompañado de un oficio de entrega, dejando copia con firma de recibido en los archivos de las instalaciones de DIF MUNICIPAL.

10.3 Sub programa: ATENCION A POBLACION EN CONDICIONES DE EMERGENCIA

Objetivo:

Atender a las personas afectadas por un desastre o emergencia, que ha sufrido daño o perjuicio por desastres naturales, como terremotos, ciclones, huracanes, etc. tanto en su persona como en su patrimonio, quedando ésta o su familia sin alojamiento o vivienda, en forma total o parcial, permanente o temporal. DIF MUNICIPAL en coordinación con PROTECCION CIVIL atiende a la población por medio de albergues temporales, donde se les brinda alojamiento, alimentación y apoyo psicológico y de trabajo social, a fin de apoyarlos y ayudarles a pasar la situación de emergencia.

Funciones

1. Se establece una coordinación con DIF JALISCO, DIF MUNICIPAL, H. AYUNTAMIENTO Y PROTECCION CIVIL, A través de ACTA CONTITUTIVA.

2. Se ubican lugares e instalaciones seguras para albergues temporales en cabecera municipal y comunidades.

3. Se realiza el registro de los refugios en los formatos que PROTECCION CIVIL DE DIF JALISCO nos envía para anotar características, ubicaciones y capacidades de los refugios.

4. Se establece Coordinación con el área de trabajo social, psicología, jurídico, comedores asistenciales e intendencia, determinando comisiones para la atención integral de las personas damnificadas el tiempo que la contingencia lo requiera.

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5. Se les proporcionan a los damnificados atención médica, alimentos, catres, cobijas, ropa, productos de limpieza personal, etc.

6. En coordinación con el sistema de protección civil se realiza el recuento de las acciones y el cierre del mismo, realizando el acta de cierre.

7. Área donde se promueven y coordinan los centros de acopio y se reciben los suministros.

8. Emite un recibo de recepción de suministros.9. Recibe, clasifica y relaciona en peso, unidad y volumen lo recibido.10. Distribuye a la población afectada con los criterios de equidad, justicia e igualdad

los suministros entregados en coordinación con el sistema de protección civil.11. Se justifican los apoyos con el formato único por suministros del FONDEN, sin

errores ni correcciones.10. Realizar informe mensual o trimestral de las actividades realizadas en el grupo

según lo solicite DIF JALISCO y DIF MUNICIPAL.11. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta y Dirección

General.

10.4 Sub programa: FORTALECIMIENTO DEL MATRIMONIO

Objetivo:

Diseñar, ejecutar y monitorear acciones que fortalezcan el matrimonio, como fuente de estabilidad y progreso social en nuestro municipio.

10.4.1 CURSO PREMATRIMONIAL CIVIL

Objetivo:

Difundir acciones en materia de orientación matrimonial, que le ayuden a la pareja a formar una familia más unida. A través de pláticas, conferencias, encuestas, videos actividades que le ayuden a identificar su relación desde el noviazgo con su pareja, y así prevenir cualquier riesgo de violencia que pudiera ya tener su relación. Con el objetivo primordial de que los cónyuges fortalezcan sus relaciones matrimoniales.

Funciones:

1. Agendar los cursos prematrimoniales los martes de cada 15 días de 10:30 a.m. a 2:00 p.m., informando de las fechas al Registro Civil, para conocimiento de los usuarios.

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2. Atender a las parejas que acuden a los cursos prematrimoniales para recibir orientación matrimonial y así adquirir su constancia requisito solicitado por el registro civil.

3. Se les imparten talleres preventivos y platicas de orientación que les ayuda a los novios a fortalecer sus relaciones y crear una base fuerte de estabilidad y progreso para el desarrollo integral de su familia.

4. Se les imparten temas preventivos, para que identifiquen si existe en su relación de noviazgo situaciones de violencia.

5. Promueven el amor y el respeto entre la pareja, como base fundamental para una buena relación.

6. Se imparten pláticas de formación sexual humana, vida conyugal y noviazgo.

7. Derechos y obligaciones de la pareja.

8. Se imparte el curso prematrimonial con enfoque jurídico familiar.

9. Los cursos prematrimoniales serán impartidos por el área de trabajo social y jurídico de DIF MUNICIPAL.

10. Elaborar las constancias de asistencia al curso prematrimonial de los contrayentes registrados y con firmas correspondientes.

11. Las cuota de recuperación serán de $200.00 (doscientos pesos 00/100 m.n.) por pareja, que serán recibidos por el área de jurídico que expedirá un recibo de pago, entregando el original al usuario y dejando la copia para entregar mensualmente en el área de contabilidad.

12. Entrega de constancias de asistencia debidamente validadas por DIF Y el díptico vida de matrimonio.

13. Se capturan los datos de las parejas que asistieron al curso prematrimonial en el programa SIEM DIF.

14. Se evalúa curso impartido tomando acciones de mejora para los próximos.

15. Se realizaran los informes mensuales o trimestrales que DIF ESTATAL Y DIF MUNICIPAL requieran.

10.4.2 SESIONES DE AVENENCIA

Objetivo:

Brindar sesiones de avenencia para incidir en la resolución de conflictos conyugales, al fortalecimiento de la comunicación, lazos afectivos, valores del matrimonio e integración familiar.

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Funciones

1. Programar la fecha en que recibirá a la pareja.2. Reúnen la documentación requerida y acuden a DIF.3. Recibe al usuario con la documentación en original y copia: a) identificación

oficial de cada uno de los cónyuges; y b) acta de la solicitud de divorcio. Cubre la cuota de recuperación indicado a cambio del recibo correspondiente.

4. Recibe el comprobante de que se cubrió la cuota de recuperación en original.5. Se presentan con su nombre.6. Inicia la sesión de avenencia con la presentación del orientador y los cónyuges

que están en proceso de divorcio administrativo.7. Da a conocer el objetivo de la sesión y asimismo hace reflexionar a la pareja

acerca del motivo por el cual ellos solicitaron la sesión y porqué el Registro Civil los envió.

8. Propicia la reflexión en varios temas de la vida conyugal que aportaron a tomar la decisión de divorcio.

9. Interactúan con el orientador familiar formulando sus propias conclusiones.10. Propone alternativas que pueden tomar tanto para continuar con la relación

actual o bien prevenir situaciones que desfavorezcan el matrimonio, en futuras relaciones.

11. Registra el servicio proporcionado en el SIEM imprimiendo la constancia de la sesión de avenencia en original y en copia.

12. Firman la constancia de la sesión de avenencia en la copia que les entrega el orientador matrimonial.

13. Tramita las firmas correspondientes en la constancia e imprime el sello oficial en la misma Firman en el libro de registro.

14. Registra en el libro correspondiente, el número de folio de la constancia, fecha de la celebración de la sesión, nombres, número de la identificación y firma de los interesados.

15. Recibe la constancia de la sesión de avenencia.16. Entrega la constancia a los interesados.17. Da por terminada la sesión de avenencia invitando a los interesados a que

continúen reflexionando acerca de la relación de pareja.18. Recibir el personal de Sistemas DIF municipales capacitaciones, en la

implementación y desarrollo de las sesiones de avenencia para el divorcio administrativo, con el propósito de estandarizar el proceso.

19. Las cuotas de recuperación al final de mes se entregaran al área de contabilidad.

20. Se realizaran los informes mensuales o trimestrales que DIF ESTATAL Y DIF MUNICIPAL requieran.

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11. PROGRAMA DE PROTECCION A LA INFANCIA

Objetivo:

Contribuir a la prevención y atención de la problemática social que enfrentan la infancia, la adolescencia y la juventud vulnerables en Jalisco, a través de la promoción y coordinación de programas y acciones que protejan su integridad y derechos.

Dirigir y facilitar los procesos de planeación e implementación de los subprogramas dirigidos a la infancia y a la adolescencia, mediante el subprograma Prevención de Riesgos Psicosociales del Adolescente y su Familia (PREVERP), Menores Trabajadores, Estrategias Especiales de la Infancia, en un marco de respeto a los derechos de niños, niñas y adolescentes, tanto a nivel municipal como estatal, a fin de prevenir y atender las condiciones que generan vulnerabilidad y marginación.

11.1 Sub programa: PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES DEL ADOLESCENTE Y SU FAMILIA (PREVERP)

Objetivo:

El programa está dirigido a menores de 8 a 18 años de edad, que presenten situación de riesgo, siendo aquellos que viven en situación de desventaja social, como desintegración familiar, adicciones, violencia, embarazo adolescente, deserción escolar, etc. Estas problemáticas son atacadas a través de acciones de prevención, como son pláticas y sesiones informativas, así como otorgar becas que apoyen a sus estudios y evitar la deserción, así como la atención psicológica a los menores y a sus familias, con la finalidad de disminuir los riesgos.

Funciones

1. Impartirles talleres formativos e informativos que le ayuden a la niña, niño o adolescente a elevar su autoestima, contribuyendo a prevenir los riesgos psicosociales que le perjudiquen.

2. Planeación y programación de talleres de arte y deportivos, que ayuden al menor a tener buen uso del tiempo libre y sea como incentivo para que mejore sus aprovechamiento escolar.

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3. Estar al pendiente de los talleres que se imparten, como canto, baile moderno, poesía, interpretación musical e innovar nuevas formas de trabajo y nuevos talleres.

4. Organizar y promover eventos municipales culturales y deportivos para niñas, niños y adolescentes.

5. Participar en los eventos regionales y estatales que DIF JALISCO nos indique.6. Organizar y planear reuniones mensuales con niños y padres de familia que

pertenecen a los padrones de PREVERP.7. Organizar con anticipación las pláticas y el material que se utilizara en los talleres

de prevención.8. Integrar un expediente por niño, con documentos oficiales como acta de

nacimiento, curp, boleta de calificaciones, comprobante de domicilio, estudio socioeconómico.

9. Solicitar la documentación a tiempo para TRAMITAR las becas PREVERP.10. Entregar a tiempo la comprobación del recurso de becas.11. Capturar a diario la información en SIEM-DIF de los servicios que se otorga en DIF

Jamay.12. Presentar su informe mensual y trimestral de actividades realizadas a DIF

JALISCO Y DIF MUNICIPAL.13. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.14. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta, Dirección

General.

11.1.1 RED DE DIFUSORES INFANTILES

Objetivo:

Según lo establecido en la convención sobre los derechos de los niños aprobada como tratado internacional de derechos humanos el 20 de noviembre de 1989. Donde se reconoce que los niños (seres humanos menores de 18 años) son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones. Además la convención es también un modelo para la salud, la supervivencia y el progreso de toda la sociedad.

Es por este motivo que el propósito principal de esta institución es brindar el apoyo con espacios de expresión y desarrollo de habilidades, educar el uso positivo del tiempo libre y fortalecer habilidades de protección para los riesgos psicosociales, con el fin de mejorar su formación humana y sus vínculos familiares para que en futuro tengamos adultos responsables, honestos y exitosos.

Funciones

1. Trabajar en conjunto con los programas de PREVERP, PAIDEA Y ESI, para crear un espacio de expresión libre.

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2. Coordinación con las áreas de trabajo social, procuraduría de la defensa del menor y la familia y psicología, para impartir orientación, asesoría legal y psicológica a las niñas, niños y adolescentes de nuestro municipio.

3. Trabajar en conjunto con las escuelas.4. Tener un Difusor infantil representante de nuestro municipio, que deberán

forzosamente estar integrados a un Programa del Sistema DIF.5. Los Difusores infantiles deberán tener constancia en el desarrollo de su trabajos,

proyectos y actividades realizadas las cuales estarán supervisadas por el Responsable Operativo del DIF MUNICIPAL.

6. Los DIFusores Municipales, serán apoyados por el Sistema DIF Municipal.7. Presentar su informe mensual o trimestral de actividades realizadas, a DIF

ESTATAL Y DIF MUNICIPAL.8. Capturar a diario la información en SIEM-DIF de los servicios que se otorga en DIF

Jamay.9. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.10. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta.

11.2 Estrategia: PROGRAMA DE PREVENCION Y ATENCION INTEGRAL DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES (PAIDEA)

Objetivo:

Promover acciones para reducir los factores de riesgo y mantener relaciones armónicas entre menores, adolescentes, padres de familia y su comunidad, desarrollando en ellos, habilidades de protección a través de modelos preventivos y actividades recreativas dirigidas, que busquen mejorar los estilos de vida de la población objetivo.

Prevenir los riesgos de exclusión social derivados del embarazo y la maternidad no planeados en la adolescencia, proporcionando en concordancia con sus características y bajo una perspectiva de género, la orientación y asistencia adecuada e integral que fomente una actitud responsable frente a su sexualidad, propiciando su incorporación a una vida plena y productiva.

Funciones

1. Impartirles talleres formativos e informativos que le ayuden a la madre adolescente a elevar su autoestima, contribuyendo a prevenir los embarazos y los riesgos psicosociales que le perjudiquen.

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2. Trabajar en conjunto con el departamento de Trabajo social, Psicología, procuraduría de la defensa del menor y la familia, Centro de Salud, Medico Municipal y COMUSIDA para impartir los talleres, platicas o terapias de prevención del embarazo.

3. Planeación y programación de talleres de arte y deportivos, que ayuden a las madres adolescentes a descubrir sus habilidades y capacidades, teniendo buen uso del tiempo libre y mejore su calidad de vida.

4. Estar al pendiente de los talleres que se imparten e innovar nuevas formas de trabajo y talleres.

5. Organizar y promover eventos municipales culturales y deportivos para las madres adolescentes.

6. Participar en los eventos regionales y estatales que DIF JALISCO nos indique.7. Organizar y planear reuniones mensuales con las madres adolescentes que

pertenecen a los padrones de PAIDEA.8. Organizar con anticipación las pláticas de prevención al embarazo, atención a

lactantes, entre otros, y el material que se utilizara en los talleres de prevención.9. Gestionar becas PAIDEA, para las madres adolescentes de cabecera municipal y

comunidades.10. Integrar un expediente por MADRE ADOLESCENTE, con documentos oficiales

como acta de nacimiento, curp, boleta de calificaciones en caso de ir a la escuela, comprobante de domicilio, estudio socioeconómico.

11. Solicitar la documentación a tiempo para TRAMITAR las becas de PAIDEA.12. Entregar a tiempo la comprobación del recurso de becas.13. Capturar a diario la información en SIEM-DIF de los servicios que se otorga en DIF

Jamay.14. Presentar su informe mensual y trimestral de actividades realizadas a DIF

JALISCO Y DIF MUNICIPAL.15. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.16. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta, Dirección

General.

11.3 Práctica: BUEN TRATO A LA FAMILIA

Objetivo:

El Buen Trato se refiere a prácticas y relaciones de amor y respeto que se tienen consigo mismo y con los demás para ser niñas, niños y adolescentes más felices, creativos y con mayor posibilidad de llevarse mejor con sus padres, hermanos, abuelos, amigos y todas las personas con las que convivimos.

Aquí encontrarás información, actividades y orientación para conocer, aprender y practicar 12 maneras, que también llamamos habilidades, de relacionarte y convivir

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en un ambiente lleno de armonía y seguridad, sintiéndote una persona protegida y acompañada:

1) Amando a mi familia y a mí mismo.

2) Conociéndome.

3) ¿Quién soy? ¿Qué tengo? ¿Dónde estoy? y ¿Qué puedo hacer?.

4) Escuchar y ser escuchado.

5) Convivir pacíficamente con mi familia, amigos y vecinos.

6) Compartiendo mis sentimientos y emociones.

7) Aprender a dar y recibir.

8) Ayudar a los demás.

9) Aceptar las ideas y opiniones de los demás.

10) Respetar los valores y reglas sociales.

11) Disfrutar la vida con una sonrisa.

12) Lograr lo que quiero en la vida.

13) Material para una Cultura del Buen Trato.

Funciones:

1. Esta práctica se realiza en DIF MUNICIPAL y en coordinación con las escuelas donde se realizan 2 grupos uno de padres y otro de hijos.

2. Se imparten los mismos temas al mismo tiempo, para que haya una práctica más coordinada de la comunicación y los valores entre padre e hijos.

3. Se llevan listas de asistencia de padres e hijos.4. Se previene con tiempo el material que se va a necesitar para las actividades que

se realizan en cada sesión.5. Se realiza durante 6 meses en 12 sesiones, 1 cada 15 días.6. Al finalizar la práctica de buen trato a la familia se realiza una clausura con los

padres que asistieron al curso y sus hijos.7. Al término de un grupo se apertura el siguiente para dar seguimiento a la practica

con la atención a otros niños y sus padres.8. Se informan las actividades a protección a la infancia de DIF JALISCO, enviando

informe al final del curso de los resultados obtenidos.9. Se informa a la dirección general de DIF MUNICIPAL del resultado de la práctica

de BUEN TRATO A LA FAMILIA.

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11.4 PROGRAMA EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL (ESI)

Objetivo:

El propósito de este programa es la atención de los niños y adolescentes, que son explotados sexualmente o están en riesgo, a través de un equipo de trabajo, responsable de atender esta problemática, en coordinación con protección a la infancia de DIF JALISCO.

Funciones:

1. Integrar un equipo de trabajo, responsable de atender a los niños de nuestro municipio y comunidades que sufren la explotación sexual infantil o están en riesgo, con el fin de atender los casos y prevenirlos.

2. Atender a los grupos de niños y adolescentes con talleres y pláticas de prevención.

3. Coordinación con trabajo social, psicología y procuraduría de la defensa del menor y la familia para atender estos casos.

4. Informar a PROTECCION A LA INFANCIA DE DIF JALISCO los casos urgentes.5. Canalizaciones a otras instituciones como lo son Medico Municipal, Ministerio

Público, Protección a la Infancia de DIF JALISCO, etc.6. Solicitar asesoría y orientación de los casos al programa ESI en PROTECCION A

LA INFANCIA DE DIF JALISCO. 7. Llevar una Listas de asistencias de los grupos que se manejan.8. Llevar los programas a las comunidades como San Miguel de la Paz, San Agustín

y Maltaraña.9. A través de los difusores infantiles, promover los valores y derechos de niñas,

niños y adolescentes. 10. Gestionar becas ESI, para las niñas, niños y adolescentes de cabecera municipal

y comunidades.11. Integrar un expediente por niño, con documentos oficiales como acta de

nacimiento, curp, boleta de calificaciones, comprobante de domicilio, estudio socioeconómico.

12. Solicitar la documentación a tiempo para TRAMITAR las becas de ESI.13. Entregar a tiempo la comprobación del recurso de becas.14. Presentar los informes mensuales o trimestrales a DIF JALISCO Y DIF

MUNICIPAL.15. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.16. Presentar su informe trimestral de actividades realizadas.17. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta, Dirección

General.

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12. PROGRAMA DE DESARROLLO INTEGRAL DEL ADULTO MAYOR

Objetivo:

Este programa tiene el propósito de tender las problemáticas sociales de la población de adultos mayores, promoviendo su integración familiar, social y laboral, así como una cultura de respeto y reconocimiento, a fin de elevar su calidad de vida.

Contribuyendo al mejoramiento de la salud física, psíquica y social, de los Adultos Mayores del Municipio de Jamay Jalisco, promoviendo su atención, recreación y fortalecimiento de las relaciones familiares e intergeneracionales y en DIF Municipales, Grupos Voluntarios y Asociaciones Civiles, brindándoles además varios beneficios a través de la Credencial Plan Venerable e INAPAM, talleres de arte y deportivos, con el enfoque de Perspectiva Familiar y Comunitaria.

Funciones

1. Atención a adultos mayores que solicitan apoyo a DIF MUNICIPAL, según su problemática.

2. Atención integral al grupo de la tercera edad conformado por los adultos mayores de nuestro municipio.

3. Solicitar a los adultos mayores que conforman el grupo documentación para expediente como acta de nacimiento, curp, IFE o INE, comprobante de domicilio actual y certificado médico.

4. Impartir pláticas de autoestima, nutrición y prevención de accidentes en el hogar.5. Planeación y programación de talleres de artes y deportivos como danza folklórica,

canto, tabla rítmica, atletismo, bisutería, pintura textil, etc.6. Derivaciones a la área de trabajo social, para realizar estudio socioeconómico y

valorar su problemática, apoyándole si asi lo requiere el caso con medicamentos, traslados, despensas, raciones alimenticias a través del comedor asistencial, apoyo psicológico o jurídico, canalizaciones, entre otros según su vulnerabilidad.

7. Derivaciones a las áreas de psicología y jurídico de DIF MUNICIPAL para atención psicología individual o grupal y asesorías legales.

8. Canalización a otras instituciones como CENTRO DE SALUD, MEDICO MUNICIPAL, ASOCIACION TRAS LA PESCA DE UNA ESPERANZA A.C., CRI, HOSPITAL CIVIL, INSTITUTO DE CANCEROLOGIA, PUERTA DE HIERRO, LABORATORIOS, HOSPITAL REGIONAL, SALME.

9. Coordinación con el programa de ayuda alimentaria directa de DIF JALISCO, COMEDORES ASISTENCIALES PARA ADULTOS MAYORES EN ABANDONO Y DESAMPARO.

10. Credencialización Plan Venerable e INAPAM en coordinación con recepción

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11. Se organiza el evento de la reina de la 3ra. Edad. Municipal, en coordinación con la Presidenta y Dirección General, participando posteriormente en el evento regional y estatal.

12. Se lleva a cabo la Jornada Cultural y Deportiva Municipal del Adulto Mayor, participando posteriormente en el evento regional y estatal.

13. Se invita a los adultos mayores a participa en los diferentes eventos culturales y deportivos regionales, estatales y nacionales que DIF ESTATAL E INAPAM nos requiere.

14. Participación de los grupos de adultos mayores en los desfiles del día 20 de noviembre.

15. Atención a los grupos de la tercera edad en las comunidades de San Miguel de la Paz, San Agustín y Maltaraña, ofreciendo cada uno de los servicios y talleres que están en establecidos en esta área del manual de organización y funciones.

16. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.17. Organizar los paseo o viaje al mar con los adultos mayores .18. Capturar a diario información en SIEM-DIF de los servicios que se otorga en DIF

Jamay.19. Presentar su informe trimestral de actividades realizadas.20. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta, Dirección

General.

12.1 Sub programa: CENTROS DE DIA

Objetivo:

Consiste en ofrecer a las personas de la tercera edad un espacio donde se les otorgan actividades recreativas y culturales, consultas médicas, apoyo psicológico y ración alimenticia, con la finalidad de ser parte importante para un desarrollo integral que dignifique su vejez.

Promoviendo su desarrollo autogestivo a través de actividades formativas y educativas que fortalezcan su desarrollo personal, lazos familiares y comunitarios, y por ende, brindar servicios de atención primaria integral de salud a adultos mayores que acuden a los centros de día para adultos mayores.

Funciones

1. Fomentar la salud integral de los adultos mayores mediante acciones preventivas y el auto cuidado, dándoles a conocer los factores de riesgo a la salud de manera individual y grupal, para lograr y mantener su estado óptimo de salud.

2. Promover y fortalecer el respeto a las personas de la tercera edad, a través de acciones para brindarles un trato digno que eleve su autoestima.

3. Propiciar en el Centro, espacios de comunicación para los grupos comunitarios y personas representativas de la tercera edad, a fin de orientarles e informarles sobre las necesidades de esta población.

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4. Difundir el modelo interdisciplinario establecido en el Centro para la atención de los ancianos, en las dependencias públicas y privadas del sector Salud.

5. Establecer acciones de coordinación con otras dependencias y áreas de DIF Jalisco, para la realización de proyectos de investigación con contenido gerontológico.

6. Participar en campañas diversas de salud para la tercera edad, tales como: Vacunación, detección de diabetes mellitus, hipertensión arterial, cáncer cérvicouterino, de mama, de próstata, etc. para su prevención y atención.

7. Brindar atención médica al adulto mayor a través de los siguientes niveles: • Prevenir la aparición de la enfermedad. • Limitar la extensión de la enfermedad. • Detectar la enfermedad en una fase precoz. • Actuar antes de que la función se deteriore más (fase no curable, pero en la que se pueda intervenir para limitar el grado de incapacidad).

8. Realizar acciones conjuntas con el resto de los programas, donde el adulto mayor en forma activa participe en la solución de sus necesidades básicas de salud, y de esta manera garantizar el acceso de esta población a una asistencia primaria integral de salud.

9. Propiciar la participación de grupos organizados, instituciones educativas, así como organismos públicos y privados, para apoyar las metas y propósitos de los programas de desarrollo y participación de la población de la tercera edad, con acciones de perspectiva familiar que fortalezcan los lazos intergeneracionales.

10. Promover, coordinar, realizar y dar seguimiento al establecimiento de convenios, acuerdos, redes de apoyo y atención, con instituciones diversas para beneficio de adultos mayores desamparados, como lo son: Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Secretaria de Educación Pública y Secretaría de Salud Jalisco.

11. Coordinar la detección, atención y canalización en caso necesario, a adultos mayores que requieran apoyos diversos por encontrarse en situación física, mental y social desfavorable, a fin de brindarles una mejor atención que se adecue a sus necesidades.

12. Evaluar las acciones de los Centros y sus programas en favor de los adultos mayores, e integrar informes para presentar los resultados y avances a las autoridades competentes, en el tiempo y forma requeridos.

13. Promover y difundir en los Centros de Día de cabecera municipal y “Don Felix Bañuelos” de la comunidad de San Miguel de la Paz, el respeto y atención de la sociedad hacia los adultos mayores, especialmente a los que carecen de los medios elementales para tener una vida digna por encontrarse en situación crítica de desamparo o marginación.

14. Brindar en los Centros de Día de cabecera municipal y “Don Felix Bañuelos” de la comunidad de San Miguel de la Paz, atención médica, psicológica y de trabajo social, de forma oportuna a adultos mayores en condiciones extremas y/o en estado físico- mental y social desfavorable, a fin de lograr y mantenerles un estado óptimo de salud.

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15. Presentar informes mensuales y trimestrales de las actividades que se realicen a DIF JALISCO Y DIF MUNICIPAL.

16. Realizar las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta y Dirección General

12.2 Sub programa: COMEDOR ASISTENCIAL PARA ADULTOS MAYORES EN DESAMPARO.

Objetivo:

En esta área se otorgan desayunos y comidas a adultos mayores en desamparo, mayores de 60 años que viven descuidados y en la soledad, contribuyendo a que tengan una buena alimentación y previniendo enfermedades. Además de relacionarse con otras personas, que le ayudan a seguir adelante y evitar las depresiones.

Se cuenta en nuestro municipio con dos comedores asistenciales uno en cabecera municipal y otro en la comunidad de San Agustín.

Funciones.

1. realización de un estudio socioeconómico por el área de trabajo social.2. Entrega de documentación oficial (acta de nacimiento, curp, IFE O INE,

comprobante de domicilio, certificado médico).3. Captura e integración del padrón del comedor asistencial de adultos mayores en

desamparo, autorizado por DIFJALISCO.4. Realizar tramite en DIF JALISCO de recurso económico para solventar los gastos

en alimentos para comedor asistencial.5. Mantener en buen estado las despensas que otorgue DIF Jalisco, guardarlas

ordenadamente y utilizar correctamente.6. Llevar acabo el menú que indica DIF Jalisco.7. Dar acomodo a las donaciones en especie y darles un correcto uso.8. Preparar los alimentos para las personas beneficiadas del padrón en el comedor

con higiene y seguridad.9. Las cocineras deberán traer mandil, cubre bocas y gorro como medidas de

higiene.10. Mantener limpias las áreas del comedor y la cocina.11. Otorgar los desayunos y comidas de los beneficiarios en el comedor asistencial de

adultos mayores equipado por DIF JALISCO.12. Otorgar los desayunos y comidas a los beneficiarios del comedor asistencial a

domicilio solo en caso de discapacidad, enfermedad o largas distancias de camino.

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13. Capturar a diario la información en SIEM-DIF y formatos de registro diario de la entrega de raciones alimenticias otorgadas por DIF MUNICIPAL.

14. Enviar el informe mensual a DIF JALISCO.15. Atención medica cada 6 meses.16. Coordinación con la área de trabajo social, psicología y jurídico para apoyos,

atención psicológica y asesoría legal.17. Apoyar en los eventos especiales del DIF municipal.18. Presentar su informe trimestral de actividades realizadas.19. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta, Dirección

General

13. Sub programa: ATENCIÓN DE PRIMER NIVEL DE LA DISCAPACIDAD

Objetivo:

Otorgar atención directa del área de trabajo social, psicología y jurídico a las personas con discapacidad, por medio de consultas psicológicas individuales o grupales, terapias, orientaciones y asesorías legales, así como actividades deportivas y recreativas, con la finalidad de darle herramientas para lograr su inclusión a la vida laboral, familiar y social.

Promoviendo la cultura de la discapacidad a través de cursos, eventos y firma de convenios con instituciones tanto públicas como privadas para promover su integración a la sociedad.

Proporcionar atención a niñas, niños y adolescentes con trastornos de conducta, por medio de terapias psicológicas individuales donde adquieran herramientas para evitar la deserción escolar, aunada a la orientación familiar con la finalidad de lograr su inserción a la vida escolar, familiar y social.

Derivar a centros y unidades de rehabilitación, a través de consultas con médicos especializados y terapias con ejercicios y aparatos, así como también tratamiento de acuerdo al caso.

Funciones:

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1. Atención por parte de trabajo social, realización de estudio socioeconómico, expediente con documentación oficial acta de nacimiento, curp, ife, comprobante de domicilio, certificado médico.

2. Derivación a las áreas de psicología, jurídico, programa de cosquillitas, credencialización para descuentos y apoyos en medicamentos.

3. Canalización de casos a trabajo social de DIF JALISCO (SICATS), ASOCIACION TRAS LA PESCA DE UNA ESPERANZA A.C. para rehabilitación, UBR LA BARCA, CRI, TELETON, SALME, LABORATORIO RIO, entre otros según el caso atendido.

4. Coordinación son los programas alimentarios como PAAD, PROALIMNE, DESAYUNOS ESCOLARES, para integrar a los beneficiarios que presenten alguna discapacidad y otorgarle despensa, leche, o desayuno en las escuelas, según el caso que se atienda.

5. Coordinación con instituciones como el SNE JALISCO, con la finalidad de capacitar a las personas a través de talleres para el autoempleo, o bolsa de trabajo para tener un empleo que le ayude a desarrollarse íntegramente en la sociedad.

6. Coordinación con el H. Ayuntamiento para otorgarle descuento en los pagos de agua y predial .

7. Traslados al CRI, TELETON, HOSPITAL CIVIL, INSTITUTO DE CANCEROLOGIA, LABORATORIOS, los días lunes y viernes de cada semana a usuarios que presentan alguna discapacidad.

8. Gestión para solicitar sillas de ruedas, bastones, andaderas, aparatos auditivos, operaciones de catarata, prótesis, pañales, leche, medicamentos y tratamientos de rehabilitación y de la misma manera otorgarlos a las personas que lo soliciten de acuerdo a su situación socioeconómica.

9. Realizar informes mensuales o trimestrales, según lo indique DIF ESTATAL Y DIF MUNICIPAL.

10. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta, Dirección General.

14. TALLERES DE CAPACITACION Y RECREACION

14.1 COORDINACION DE TALLERES

Objetivo:

Ofrecer a la población diversos talleres de capacitación que le ayuden a los niños, niñas y adolescentes, jóvenes, adultos, adultos mayores y personas con discapacidad, a adquirir conocimientos, habilidades y destreza necesaria que le permitan desempeñar diferentes oficios de transformación de materiales con calidad, normas de higienes y seguridad como panadería, repostería, gelatina

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artística, cocina, paletas de bombón, figuras de chocolate, peletería artesanal, corte y confección, velas aromáticas, bisutería elegante y fina, bisutería en chaquira y servicios de belleza, computación, inglés, etc. Con el fin de lograr elevar su autoestima y calidad de vida e integrarse a un área productiva. Así como para adquirir conocimientos necesarios para la utilización de herramientas de medición, mecánicas y equipos. Tomando en cuenta los recursos de la comunidad.

También se ofrecen talleres de recreación como danza folklórica, canto, guitarra, tabla rítmica, zumba, danza árabe, entre otros, con el objetivo de complementar la formación cultural y humanística de la población, que favorecen la salud y el bienestar de las personas.

Funciones

1. Programar talleres de capacitación y recreación.2. Programar fechas de inicio y término de talleres para organización de clausura y

entrega de reconocimientos.3. Establecer coordinación con el SNE JALISCO E IDEFT para impartición de

talleres de capacitación para el autoempleo y de formación para el trabajo.4. Realizar las inscripciones a los diferentes talleres de capacitación y recreación.5. Llevar un control de listas de asistencia y cuotas de recuperación.6. Hacer entrega mensual de las cuotas de recuperación de los talleres al área de

contabilidad.7. Organizar los cursos de verano con programación de fechas de inicio y término

para organizar la clausura y entrega de reconocimientos.8. Programar exposiciones artesanales y participaciones en eventos de los grupos de

talleres de recreación.9. Inventariar los talleres cada mes.10. Mantener las instalaciones limpias y en buen estado.11. Informar los faltantes en el inventario a Dirección general.12. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.13. Las demás funciones que de manera exprese le asigne la Presidenta, Dirección

General o Subdirección General.

15. SERVICIOS GENERALES

15.1 TRANSPORTES

Objetivo:

El chófer se encarga de trasladar al personal de DIF en cabecera municipal y las diferentes localidades a instituciones municipales, regionales o estatales para

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capacitaciones, entrega de documentación de los diferentes programas, recibir recursos o acudir a hospitales, clínicas, institutos de atención médica, laboratorios, Teletón y CRI para la atención a usuarios con alguna problemática de salud y eventos que DIF ESTATAL nos indica.

Apoyo en compras necesarias para DIF MUNICIPAL y en la descarga de los productos.

Apoyo al comedor asistencial en la entrega a domicilio de desayunos y comida a nuestros adultos mayores en abandono y desamparo, entrega de desayunos escolares a las escuelas y entrega de despensas a comunidades.

Otras de las funciones del chófer consisten en mantener en buenas condiciones el coche, hacerle un mantenimiento periódico y hacerlo lavar antes de cualquier servicio.

Funciones

1. Traslado del personal del DIF municipal cuando se requieran

2. Traslado de personal del Sistema DIF Municipal en eventos especiales, capacitación dentro o fuera del municipio.

3. Traslados al TELETON, CRI, HOSPITAL CIVIL, INSTITUTO DE CANCEROLOGIA, PUERTA DE HIERRO, LABORATORIOS, HOSPITAL REGIONAL, SALME, los LUNES y VIERNES de cada semana.

4. Traslados de USUARIOS VULNERABLES que necesiten acudir a algún asunto importante según su problemática y lo soliciten a DIF MUNICIPAL para su atención.

5. Apoyo en las compras para DIF MUNICIPAL y en la descara de los productos.

6. Entregar alimentos o dotación de los programas de asistencia alimentaria como el comedor asistencial para adultos mayores.

7. Trabajar en coordinación con al área de Alimentaria para la repartición de despensas, leche o desayunos escolares.

8. Ir a la ciudad de Guadalajara a entregar documentación, oficios, reportes, credenciales que sean necesarios.

9. Mantener limpio los automóviles y mantenerlos en buen estado.

10. Apoyo en cualquier departamento del DIF que se le requiera.

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11. Apoyar en los eventos especiales del DIF.

12. Presentar informe trimestral de actividades realizadas.

13. Las demás funciones que de manera expresa le asigne la Presidenta, Dirección General o Subdirección General.

15.2 INTENDENCIA

Objetivo:

En esta área se organiza, programa y supervisa la limpieza y conservación en perfecto estado de higiene de todas las áreas, pasillos y sanitarios del Sistema DIF municipal.

Informa acerca de los requerimientos, que se presenten en lo que se refiere a reparación, remodelación, construcción, mantenimiento, entre otros.

Funciones

1. Mantener en buen estado las instalaciones.

2. Conservar limpias cada una de las áreas de DIF MUNICIPAL

3. Apoyar en la limpieza del comedor asistencial.

4. Informar de lo que se requiere para el mantenimiento de cada una de las áreas.

5. Presentar su informe mensual de actividades realizadas.

6. Apoyar en los eventos especiales del DIF Municipal.

7. Las demás funciones que de manera exprese le asigne la Presidenta, Dirección General o Subdirección General.

TRABAJO INTERINSTITUCIONAL

AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE JAMAY

IMAJ: INSTITUTO MUNICIPAL DE ATENCION A LA JUVENTUD JAMAY

SNE JALISCO: SERVICIO NACIONAL DEL EMPLEO JALISCO

IDEFT: INSTITUTO DE FORMACION PARA EL TRABAJO

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COMUSIDA: COMITÉ MUNICIPAL DE PREVENCIÓN DEL VIH/SIDA 

CRI: CENTRO DE REHABILITACION INTEGRAL

TELETON centro de rehabilitación integral para niños.

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