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CEO MOGÁN 2020-2021 PLAN CONVIVENCIA

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CEO MOGÁN2020-2021

PLAN

CONVIVENCIA

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PLAN DE CONVIVENCIACEO MOGÁN

INDICE

1. Justificación..................................................................3

2. Principios y metas............................................................5

3. Diagnóstico de la convivencia en el Centro.................................7

4. Objetivos generales: priorización y planificación...........................9

5. Normas de convivencia y su gestión.......................................16

6. Estrategias para favorecer la convivencia................................30

7. Protocolos para la gestión de conflictos...................................40

8. Protocolo para el absentismo del alumnado...............................48

9. Ausencias del profesorado.................................................49

10. Protocolo de actuación en los supuestos casos de acoso................50

11 Propuesta para el presente curso.........................................56

12. Dinamización, difusión y evaluación del plan.............................58

13. Plan de formación.........................................................59

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1. JUSTIFICACIÓN

• La elaboración del Plan de Convivencia es el resultado del consenso y la implicaciónde todos los sectores que formamos la Comunidad Educativa (profesorado, familias yalumnado) para el fomento de una buena convivencia en el centro.• No consideramos los aspectos de convivencia sólo como aspectos organizativos sino

además como contenidos a desarrollar como parte de la formación del alumnado. Se debetener en cuenta la convivencia y la participación como parte del aprendizaje.• No consideramos la convivencia como una mera aplicación de medidas correctoras,

sino como un fin educativo a trabajar. La convivencia es un objetivo formativo en sí mismo yfundamental en todo proceso educativo. Para conseguir una buena convivencia en el centro ypara lograr un clima participativo y democrático es necesario potenciar estas conductas.Para ello se fomenta la participación a través de la asamblea de clase, de la elección dedelegado/a y subdelegado/a en representación de la clase, de la Junta de Delegados/as, departicipar en el Consejo Escolar, etc. Además, deben desarrollarse en el alumnado una seriede valores y habilidades de comunicación y de relación social.• El conflicto es inherente a la vida en común de las personas. Es algo normal en toda

sociedad libre y democrática. Debe entenderse como algo positivo para desarrollar la laboreducativa y, sobre todo, servir como medio de aprendizaje la búsqueda de alguna solución alconflicto de forma democrática, dialogada y pacífica, manteniendo una cierta armonía en lasrelaciones entre las personas.• Aunque haya una buena gestión global de la convivencia, los problemas aparecerán,

porque son propios de cualquier sistema de relaciones humanas, pero la prevencióncontribuye a reducirlos. Cuando sea necesaria una corrección tendrá un propósito formativo,de modo que se garantice tanto el buen funcionamiento general como la socializaciónordenada y autónoma del individuo cuya conducta requiera la aplicación de medidasdisciplinarias. La disciplina debe favorecer objetivos educativos estimulando cambioscognitivos, emocionales y conductuales.• El DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito

educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias establece en su Artículo 40 que loscentros docentes elaborarán un Plan de Convivencia en el que se concreten las normas deconvivencia o pautas sociales reconocidas como necesarias por la comunidad educativa paramantener un clima de convivencia escolar adecuado. En el mismo se deberá indicar lasformas en que cada uno de sus miembros debe y puede actuar para relacionarse de formapositiva velando por el respeto, la integración, la aceptación y participación activa delalumnado, profesorado, familias y personal de administración y servicios. Asimismo, en elmismo Decreto se establece el procedimiento de elaboración del Plan de Convivencia.

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• La elaboración del Plan de Convivencia del CEO de Mogán parte de un proceso dereflexión democrática de todos los sectores que componen la comunidad educativa con el finde educar íntegramente al alumnado y establecer estrategias preventivas o de intervenciónque contribuyan a la mejora de la convivencia. El Plan de Convivencia supone un pasofundamental y del todo necesario.• El Plan de Convivencia está basado en las siguientes consideraciones:a) La educación ha de ir más allá de la mera adquisición de unos conocimientos, hábitos y

técnicas de los distintos campos del saber. Por tanto, ha de extenderse y proporcionar a laspersonas la capacidad de asumir sus deberes y ejercer sus derechos dentro de los principiosdemocráticos de la convivencia, basados en el respeto a la libertad de los demás.

b) La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1, entrelos principios inspiradores del sistema educativo español, la educación para la prevención deconflictos y para la resolución pacífica de estos, así como la no violencia en todos losámbitos de la vida personal, familiar y social.

c) La citada Ley Orgánica fija en su artículo 2, apartado 1, letra c), como uno de los finesdel sistema educativo, la educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro delos principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y suresolución pacífica. Asimismo, se inspira, entre otros, en el principio de consideración de lafunción docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento socialdel profesorado y el apoyo a su tarea. De acuerdo con dicha Ley, las Administracioneseducativas velarán por que el profesado reciba el trato, la consideración y el respetoacordes con la importancia social de la labor docente. Para ello, dichas Administracionesprestarán una atención prioritaria a la mejor de las condiciones en que el profesoradorealiza su trabajo y al estímulo de una creciente consideración y reconocimiento social de lafunción docente. El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.

d) La escuela no es una institución coercitiva sino educativa. Lo que ha de importar a laescuela es el aprendizaje de la convivencia basada en el respeto, en la justicia y en lasolidaridad. Una de las formas de mejorar la convivencia (probablemente la más eficaz) esaumentar y enriquecer la participación. Aquello que se considera propio, se defiende y serespeta. La norma que es consensuada porque nace del acuerdo entre todos, se cumple y sevalora.

e) La convivencia en los centros educativos es un hecho complejo que depende de unaserie de factores procedentes de distintos ámbitos, no se debe caer en la trampa desimplificar un hecho complejo ni reducirlo al ámbito de la escuela, pero tampoco podemosescudarnos en este hecho como excusa para no intervenir, ya que la educación que sepretende desde el ámbito escolar, sí puede ser un motor que transforme determinadosaspectos de la vida social de nuestro alumnado.

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Lo que sucede en el ámbito escolar se ve influenciado, al menos, por los siguientesfactores:

● El tipo de sociedad en la que se desenvuelve nuestro alumnado, (anteponer los valoresindividuales a los sociales, sociedad del consumo,) y la cultura y los valores subyacentes quese transmiten desde el contexto social (conformismo social, individualismo competitivo,principio de rentabilidad,…)

● El entorno familiar y los valores que se transmiten en el mismo, tanto de formaexplícita como implícitamente

● Los medios de comunicación y su influencia en los modelos de comportamiento antedeterminadas situaciones, así como sus propuestas de resolución de conflictos, o los valoresy contravalores que transmite…

● La cultura o el entorno escolar, en el que se producen contradicciones evidentes entrelo que se dice desde el currículo explícito y lo que se vive desde la organización escolar, en larelación profesorado-alumnado, en los tratos desiguales entre el alumnado por razones deedad, sexo o características específicas, o en el sentido que adquieren valores como laresponsabilidad, el respeto, la justicia…

● El alumnado, con sus características personales debidas, entre otros factores, a supersonalidad, su edad, sus situaciones particulares, etc.

La finalidad de las normas de convivencia es la de mantener un clima escolar adecuado enlos centros docentes mediante el desarrollo de los procesos educativos que faciliten laeducación del alumnado en los valores del respeto a los derechos humanos, que propicien elejercicio de una cultura ciudadana democrática que permita la adquisición del compromiso desu defensa por parte de la comunidad educativa.

El incumplimiento de una norma produce un conflicto de convivencia ya que causa un dañodirecto o indirecto a los miembros de la comunidad educativa. A este respecto, la asunciónde responsabilidades parte de la gestión del conflicto, así como de la consecuentereparación responsable del daño causado.

2. PRINCIPIOS Y METASExiste hoy un amplio consenso sobre el hecho de que, en el contexto socioeducativo

actual, los modelos meramente sancionadores resultan claramente insuficientes einadecuados para la gestión de los conflictos y la mejora de la convivencia en nuestroscentros educativos. No basta con tener y aplicar medidas de carácter sancionador para losproblemas de disciplina; por el contrario, en el marco de los principios del modelo educativode la Consejería de Educación cobra especial importancia el carácter educativo de lasactuaciones y medidas que, en relación con la convivencia, son desarrolladas en los colegios e

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institutos a través del currículo, los procesos de enseñanza-aprendizaje, la organización delcentro, la acción tutorial, los distintos planes y programas educativos, etc.

Ese marco nos sitúa ante la necesidad de desarrollar un modelo de convivencia y climaescolar integrado, en el cual los centros educativos estén implicados en el reto de crearespacios de convivencia democráticos.

En el marco de ese modelo, el Plan de Convivencia de Centro es el documento que recogelas medidas necesarias que articula el propio centro para el fortalecimiento de laconvivencia en el mismo, de forma que se mejore el clima que debe presidir las relacionesentre los diferentes miembros de la comunidad educativa y se fomente la prevención yresolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

El Plan de Convivencia de centro debe propiciar, si así se considera necesario, cambios enlos modelos de organización escolar, en los procesos de enseñanza-aprendizaje, en las pautasde actuación del profesorado, en la formación de este y del alumnado, en las relaciones conlas familias y con la comunidad, es decir, en el contexto general de los centros escolares,orientados a la adquisición y ejercicio de los valores propios de una sociedad democrática.

La elaboración del Plan de Convivencia no debe entenderse como una tarea burocrática arealizar en los centros docentes, sino que debe de aprovecharse esta oportunidad parapropiciar la reflexión conjunta sobre uno de los objetivos más importantes que tiene elsistema educativo, enseñar a convivir y ser persona, desarrollando una competencia tanbásica del individuo como es la social y ciudadana. Se trata de crear un documentoverdaderamente útil, realista, dinámico y adaptado a las peculiaridades y necesidades delcentro, que ayude a mejorar el entramado de relaciones que en toda comunidad educativa seestablecen y a mejorar, en definitiva, la vida social del centro.

Los Planes de Convivencia tienen por lo tanto un carácter tanto preventivo comoformativo, en la medida que estamos educando en valores democráticos a los futurosciudadanos. El Plan pretende crear en el centro una convivencia basada en el respeto, eldiálogo y la colaboración, haciéndolo compatible con el cumplimiento de las normas y laaplicación de medidas correctoras (derechos y deberes).

En el marco de los principios y fines de la educación establecidos en la Ley Orgánica2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, parala mejora de la calidad educativa, los principios que informan el presente marco legal lossiguientes:

a. La educación en el ejercicio de valores que favorezcan la responsabilidad, la tolerancia,la igualdad y el respeto.

b. El respeto por los derechos y deberes de todos los componentes de la comunidadeducativa y la garantía de su protección y defensa.

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c. Igualdad, en el sentido de que todo el alumnado tiene los mismos derechos y deberesbásicos sin más distinciones que las derivadas de su edad y de las enseñanzas que seencuentren cursando.

d. El desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje en un clima de respeto mutuo.e. La importancia de la acción preventiva como garantía para la mejora de la convivencia

escolar.f. La autogestión de conflictos como una oportunidad para la formación, de modo que los

centros docentes establezcan sus propios procedimientos de resolución de conflictos queplasmarán en el plan de convivencia.

g. La participación activa de la comunidad educativa en la elaboración, control delcumplimiento y evaluación de las normas de convivencia del centro, y la del profesorado yalumnado en las normas de aula.

h. La corresponsabilidad de los miembros de la comunidad educativa para conseguir unclima escolar adecuado.

i. El reconocimiento de la autoridad del profesorado para un correcto desarrollo delproceso educativo. La necesidad de una colaboración e implicación de los representanteslegales del alumnado en la función tutorial del profesorado.

j. La relevancia de los órganos colegiados y de los equipos directivos de los centros en elimpulso de la convivencia y en el tratamiento de los conflictos.

k. La inclusión e integración de culturas, considerando que la diversidad es una condiciónbásica del ser humano, siempre que se respeten los valores constitucionales.

l. La colaboración con los centros educativos de las instituciones y agentes sociales,especialmente los de su entorno.

m. El compromiso de la Administración educativa de establecer las líneas de colaboracióny coordinación necesarias con otras Administraciones, instituciones y medios decomunicación para desarrollar actuaciones dirigidas al conjunto de la ciudadanía.

Los procedimientos para gestionar los conflictos se regirán por los principios deoportunidad, intervención mínima, graduación y proporcionalidad, teniendo siempre presenteel superior interés del alumnado.

La finalidad de las medidas correctoras será esencialmente educativa. El cumplimiento dedichas medidas se integrará en la práctica educativa contribuyendo al desarrollo de lascompetencias básicas social y ciudadana y de autonomía e iniciativa personal.

3. DIAGNÓSTICO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTROEl enfoque de la convivencia en nuestro centro necesita tener unas líneas de actuación

claras y definidas que permitan abordar la realización de un plan de convivencia queclarifique y defina de manera coherente una hoja de ruta común a seguir cuando se planteensituaciones conflictivas.

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3.1 Características del centro y de su entorno El centro se encuentra ubicado en Mogán (casco), cerca de los principales servicios, tales

como: Ayuntamiento, Policía Local, Farmacia, Consultorio, etc. Es receptor de alumnado deVeneguera, Playa de Mogán (centros incompletos que atienden a un alumnado que abarcadesde Infantil hasta 4º de Primaria, para el caso de Veneguera, y hasta 6º de Primaria enPlaya de Mogán) y del resto del Barranco de Mogán y casco.

El entorno socio–económico está basado fundamentalmente en la actividad turística y laconstrucción y, en menor medida, en la agricultura y la pesca; es decir que los sectoresproductivos mayoritarios son: el terciario y el primario, siendo el secundario prácticamentenulo.

El nivel cultural es medio.Por lo general, no existen, en la actualidad, problemas graves de integración social y

convivencia entre los alumnos.

3.2 Diagnóstico de la convivenciaLas características de la población y los factores socioeconómicos y culturales del

municipio determinan qué tipo de conflictos más usuales se presentan en nuestro Centro.Por lo general contamos con familias con un nivel económico medio. El nivel de estudios

también es medio.Por lo general la mayoría de los problemas que se presentan son faltas disciplinarias de

carácter leve. Un bajo porcentaje de alumnado comete faltas graves y excepcionalmentehay alguna gravemente perjudicial para la convivencia del Centro.

Entre las faltas de carácter leve cometidas por el alumnado predominan las referentes ainterrumpir el normal desarrollo de las clases y el incumplimiento de las obligacionesacadémicas (básicamente no realizar las tareas). Este tipo de faltas es una de las primerascausas del elevado fracaso escolar existente entre el alumnado de ESO.

Entre las principales dificultades existentes para resolver los problemas de disrupción enel aula destacan:

• Existen alumnos con muy pocas expectativas de aprobar y un alto grado dedesmotivación.

• Familias que no se implican los suficiente para que el alumnado realice sus tareas y dé alos estudios la importancia que tienen.

• A parte de casos puntuales, como norma general podemos definir como bastante buenaslas relaciones existentes entre los miembros de los diferentes sectores de la comunidadescolar: familias, alumnado, profesorado y PAS. Esto facilita que la mayoría de los conflictosque surgen entre ellos se solucionen por la vía del diálogo.

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En la actualidad el clima de convivencia en el centro es relativamente bueno. No seobservan graves problemas, apareciendo de vez en cuando, principalmente en los primeroscursos de la ESO. Podemos concretar:

El clima general de convivencia en el centro es bueno y satisfactorioprincipalmente en 3.º y 4.º de la ESO, a diferencia de lo que ocurre con los niveles de 1.º y2.º.

Con relación al alumnado, los conflictos que suelen producirse principalmente en1.º y 2.º de la ESO de forma puntual son:

Faltas de respeto (insultos o peleas entre iguales) o trato poco correcto entrecompañeros.

Daños a las instalaciones (pintura en los baños o mesas, mal uso de los materiales deaseo de los baños, tirar desperdicios en los patios, romper el mobiliaria de las aulas.)

La relación entre alumnado y profesorado se desarrolla, en general, de formacordial y respetuosa, siendo los problemas más frecuentes en este caso:

Faltas de atención y respeto, distracciones y falta de aplicación para realizar lastareas de clase propuestas por el profesorado.

Las relaciones entre el profesorado se desarrollan dentro de un ambientegeneral de compañerismo, profesionalidad, coordinación y actuaciones individualistas porfalta de horas habilitadas para la coordinación docente (utilizadas en el plan desustituciones cortas).

4. OBJETIVOS GENERALES: PRIORIZACIÓN Y PLANIFICACIÓNEste plan pretende alcanzar una serie de objetivos que interrelacionan unos con otros. Es

imposible establecer una priorización ya que la consecución de unos depende del grado dedesarrollo de otros. Dichos objetivos son:

Conseguir la integración de todo el alumnado sin discriminación por razón de raza,sexo, edad, etc.

Implicar a la comunidad educativa en los procesos de reflexión y acción que ayuden aprevenir conflictos de convivencia en el centro, eliminar la agresividad y la violencia en lasrelaciones personales y buscar la solución de los conflictos por medio de la reflexión y eldiálogo

Potenciar un uso correcto del lenguaje, dando las gracias, pidiendo por favor,saludando al entrar, despidiéndose al salir…

Respetar y valorar las producciones y trabajos realizados por todos los alumnos yalumnas del centro.

Promover el uso del lenguaje no sexista.

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Fomentar la participación de todos los alumnos y alumnas en las actividadesextraescolares y complementarias.

Fomentar los valores, las actitudes y las prácticas que permitan mejorar el grado deaceptación y cumplimiento de las normas de organización, convivencia y disciplina de nuestroCentro, avanzando en el respeto a la diversidad, la dignidad, integridad e intimidad de todoslos miembros de la comunidad educativa y en el fomento de la igualdad entre hombres ymujeres, evitando todas las manifestaciones de violencia, especialmente de la violencia degénero y de las actitudes y comportamientos xenófobos y racistas.

Fomentar la existencia de actividades, espacios y tiempos comunes para facilitar laconvivencia entre el alumnado, cimentando las relaciones personales en el respeto mutuo, lacomprensión, la solidaridad y la interiorización de las normas de convivencia.

Respetar las normas de convivencia establecidas en el Centro, así como los hábitossociales y buenos modales que rigen las relaciones interpersonales.

Proveer a los órganos de gobierno y al profesorado instrumentos y recursos enrelación con la promoción de la cultura de paz, la prevención de la violencia y la mejora de laconvivencia en el centro.

Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de unaadecuada convivencia escolar y sobre los procedimientos para mejorarla. Concienciar alalumnado de la importancia que tiene asumir un papel activo en la toma de decisiones y en elestablecimiento de las reglas de juego democráticas.

Fomentar las actitudes y las prácticas que permitan mejorar el grado de aceptación ycumplimiento de las normas y avanzar en el respeto a la diversidad y en el fomento de laigualdad entre hombres y mujeres.

Facilitar la prevención, detección, tratamiento, seguimiento y resolución de losconflictos que pudieran plantearse en el centro, y aprender a utilizarlos como fuente deexperiencia de aprendizaje.

Facilitar la mediación para la resolución pacífica de los conflictos. Para lograr esteobjetivo, se creará un equipo de Mediación, tal como se propone en el artículo 47 delDecreto114/211 de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito educativo dela Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 108, de 2 de junio de 2011).

Facilitar a los órganos de gobierno y al profesorado instrumentos y recursos, asícomo procedimientos ágiles y sencillos cuando se haga necesaria la corrección deactuaciones contrarias a la convivencia y la adopción de sanciones.

Fomentar la implicación de las familias:• Implicar a los padres en la tarea respecto a las actividades de apoyo y refuerzo en el

aprendizaje de sus hijos.• Informar a los padres sobre la necesidad de crear en sus hijos hábitos saludables

para el desarrollo de una convivencia sana dentro de las aulas.

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• Realizar actividades en colaboración con otras instituciones para ayudar a los padresa resolver problemas educativos de sus hijos.• Motivarlos a pensar en el centro como algo propio asumiendo responsabilidades para

el cuidado y mantenimiento de los espacios comunes. Mejorar las relaciones entre todos los miembros de la comunidad educativa:• Mejorar y ampliar los canales de comunicación entre todos los miembros de la

Comunidad Educativa de modo que sea más activa la colaboración y la participación de todos.• Organizar de forma conjunta toda la Comunidad Educativa actividades culturales o

lúdicas que fomenten el conocimiento, respeto y la tolerancia hacia nuestra ComunidadEducativa.• Comprometerse e implicarse en el empleo de materiales, buen uso del agua, reciclado.• Implicar a todos los sectores de la comunidad educativa (familias, alumnado,

profesorado, …) en la difusión, aplicación y seguimiento del Plan de Convivencia, previendo yresolviendo los conflictos dentro y entre los distintos sectores de la Comunidad Educativa.

La relación con la Asociación de Madres y Padres del Centro debe ser un contacto muyfluido y fructífero. Las buenas relaciones entre el AMPA y el equipo directivo del centroconllevan a propiciar una colaboración muy importante, tanto en cuestiones organizativas,como en actividades culturales, extraescolares y complementarias.

El CEO colaborará con el AMPA poniendo a su disposición sus instalaciones y materiales,difundiendo sus informaciones y transmitiéndole toda la información relevante sobre la vidadel centro.• Relaciones con las familias a través de los tutores/as. El trabajo que se realiza en las

tutorías tiene que llevar asociado un contacto continuo con las familias del alumnado, a lasque se debe informar de su evolución escolar, así como reclamar su imprescindiblecolaboración y apoyo cuando surjan problemas derivados de la convivencia. Hay que decirque, en su gran mayoría, las familias colaboran con el CEO en todo lo que se refiere alrespeto a las normas, aunque un número muy pequeño de familias no manifiestan ese gradode colaboración deseable.• Programas de acogida de padres y madres. A principio de curso se realizará las

reuniones informativas que la ley tiene previstas para acoger a las familias del alumnado ysuministrarles las informaciones pertinentes sobre el centro, el curso, el grupo y losestudios que realizarán sus hijos/as. También sería interesante elaborar un PROGRAMA DETRÁNSITO que se dirija de forma especial a los alumnos/as que ingresan en primero de laESO. Dentro de este programa debe tener una especial incidencia las reuniones con lospadres/madres de estos alumnos/as.• Informaciones generales dirigidas a las familias en soporte papel y en soporte web.

Sería conveniente que el centro realice un gran esfuerzo por utilizar toda clase de recursosque sean necesarios para acercar aún más la información relativa a la vida del centro a las

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familias. Potenciar el uso de la página web y del Ekade, sería de gran utilidad, así como delos correos electrónicos de contacto que deben aparecer en la misma, para facilitar unacomunicación fluida y el acercamiento de padres/madres. Las informaciones de relevancia serealizarán por medio de cartas personalizadas dirigidas a los padres/madres. En el caso dela comunicación de problemas de convivencia se recurrirá si fuera necesario al burofax comomedio más fehaciente.• Se propiciará la participación de todos los sectores de la comunidad educativa en la

celebración de determinados eventos, como la entrega de orlas de graduación al alumnadoque culmina estudios, así como otras actividades (Navidad, Día de la Paz, Carnaval,conmemoraciones diversas...) que generan una mayor vinculación y compromiso de todos ytodas al Proyecto Educativo del centro. Se trata de momentos gratos que sirven para abrirlazos y cauces.• Contacto del Departamento de Orientación con las familias. Se referirá a cualquier

contacto que sirva para mejorar el éxito escolar del alumnado, informar y asesorar sobremedidas de atención a la diversidad y relativas al asesoramiento sobre la orientaciónacadémica y profesional. Además, se prestará especial atención a las familias del alumnadoque presenta N.E.A.E. o alguna otra característica que precise seguimiento orientador.

Prevenir los conflictos:• Valorar y fomentar el diálogo como vía de resolución de conflictos.• Fomentar las relaciones interpersonales entre niños y niñas desde la Educación

Infantil.• Conocer a los demás para ponerse en su lugar y así crear cauces de comunicación y

colaboración.• Llevar a cabo estrategias comunes del profesorado de cara a gestionar los conflictos

entre los alumnos, establecer cauces adecuados para resolver los conflictos y pautas decoordinación entre los distintos estamentos (padres, profesores, alumnos…).• Reclamar recursos para la formación del profesorado, de las familias y demás

agentes educativos en resolución de conflictos, negociación… • Dar prioridad a aquellas actuaciones preventivas destinadas al conocimiento previo de

los derechos y deberes de todos los miembros de la comunidad educativa y de las normasnecesarias para una convivencia pacífica y respetuosa.•  Favorecer la detección, tratamiento, seguimiento y resolución pacífica y educativa

de los conflictos que se presenten, tomando en consideración las emociones y sentimientosde las personas a través del diálogo y la conversación, para la mejora de las relacionespersonales, y aprender a utilizarlos como fuente de experiencia de aprendizaje.• Proceder ante los problemas de conducta siguiendo unos principios de actuación

coherente que orienten las intervenciones de todos los profesores y profesoras, evitandocontradicciones que desorienten a los alumnos y las alumnas.

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4.1 Acciones previstas para la consecución de los objetivosa. Organizativas y curriculares a nivel general  - Conocer el Plan por parte de todos los sectores de la comunidad educativa para su

aplicación, seguimiento y evaluación, a través de las distintas reuniones de los órganoscolegiados y de carácter pedagógico, reuniones de padres y AMPA.

- Disponer de un buzón a disposición de los alumnos y de las familias para que los alumnoscon temores a posibles represalias puedan comunicar al centro las presuntas situaciones demaltrato, agresiones, acoso, intimidación, etc.

- Organizar el “Día Escolar de la No Violencia y la Paz”. Se organizarán actividadesrelacionadas con las normas de convivencia, difusión y debate de los Estatutos Europeospara los centros educativos democráticos sin violencia, la igualdad real y efectiva entrehombres y mujeres, derechos y deberes, los derechos humanos, etc.

- Incidir en la mejora de la vigilancia en el recreo, en los cambios de clase y en lasentradas y salidas.

- Organizar campañas de limpieza y embellecimiento del Centro y funcionamiento de la“Patrulla verde”.

- Adaptar el currículo y programaciones al nivel del alumnado, teniendo en cuenta suscapacidades y en entorno sociofamiliar. (agrupaciones específicas de apoyo o refuerzo,talleres, compensatoria, etc.)

- Incluir en las programaciones de los equipos docentes y programaciones didácticasactividades para trabajar en el alumnado la formación en actitudes, valores y normas queforman parte de los contenidos curriculares de las asignaturas, áreas y materias.

- Formular propuestas en el ciclo, ámbitos, CCP y en el Claustro para la mejora de laconvivencia en el centro y detectar posibles conductas problemáticas.

- Continuar incluyendo en las programaciones didácticas, de actividades de recuperación,refuerzo y profundización para atender a la diversidad y prevenir el fracaso escolar.

- Planificar en las programaciones didácticas situaciones de “aprendizaje cooperativo”.Dichos aprendizajes mejoran la convivencia, ayudan a crear un clima positivo en el aula y danrespuesta a la diversidad de los alumnos.

b. Realizar las actividades propuestas en el Plan de Acción Tutorial, con respecto alos alumnos, a las familias y al propio centro.- Debate y discusión de las Normas de Convivencia en cada tutoría (2ª quincena de

septiembre)- Elaboración de las normas que van a regir la marcha de la clase basadas en las normas

generales de convivencia del Centro y publicación de estas en el aula.

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- Por lo menos una vez al mes, y siempre que se considere oportuno, comentar lamarcha de la convivencia y poner en marcha todo aquello que potencie las buenas arelaciones del grupo y de la clase.

a. Programar ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES destinadas a fomentar laconvivencia entre el alumnado del centro.

b. Fomentar la colaboración de los padres y madres con el centro para preveniry abordar las posibles situaciones contrarias a las normas de convivencia, alteracionesdel comportamiento, acoso e intimidación a través de:

-Cuestionarios de padres.-Reuniones de padres.-Informes de Evaluación.-Entrevistas individuales.-Realizar reuniones con los padres del grupo cuando la situación lo requiera.e Colaborar con el Equipo de Orientación cuando el caso y/o los procedimientos deactuación lo requieran.f A nivel del profesorado (equipos docentes)En la Sesión de Evaluación Inicial detectar no solamente problemas de aprendizaje sino

también posibles problemas de integración, adaptación, problemas de conducta, acoso eintimidación para poder abordarlos tanto a nivel individual como grupal. En las Sesiones deEvaluación ordinarias se tomarán acuerdos no sólo del proceso de enseñanza-aprendizajesino también del incumplimiento normas de convivencia, alteraciones del comportamiento,acoso e intimidación tanto individual como colectivo con la finalidad de llevar a cabo unaintervención inmediata, con el acuerdo conjunto de todos los profesores del grupo, paraactuar con los mismos criterios en el aula.

Asimismo, se implicará en el desarrollo de las actuaciones y procedimientos previstos enel Plan (Protocolo de SEGUIMIENTO DE CONDUCTA). Comunicarán de forma inmediata a laJefatura de Estudios y/o al Tutor de los incumplimientos de las normas de convivencia,alteraciones del comportamiento, acoso e intimidación que observen en el alumnado.

g Equipo de apoyo y orientación.-Realizar propuestas para la mejora y aplicación del Plan.-Asesorar, en el caso de que la problemática lo requiera, en los procedimientos de

alteraciones del comportamiento, acoso e intimidación.-Participar, siempre que sea posible, en las sesiones de evaluación inicial y ordinaria.-Pondrá a disposición de los tutores, en la medida de lo posible, materiales, cuestionarios,

documentos, bibliografía, etc. para llevar a cabo las actividades del Plan.-Cooperar en la relación tutores familia.-Realizará entrevistas individuales con los alumnos y/o con los padres siempre que la

ocasión lo requiera y ellos lo soliciten o a propuesta de los equipos docentes. A partir de ello,

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realizar las adaptaciones curriculares oportunas contemplando las mismas: (responsables,metodología, actividades, temporalización, espacios, recursos y materiales).

Crear la figura del tutor afectivo y del profesor mediador.h Familias.

- Conocer el Plan a través de:-Entrevistas con el tutor.-Reuniones con los padres y madres-Participando en el Consejo Escolar y/o reuniones del AMPA.-Estar informados de la existencia de un buzón de sugerencias a disposición de los

alumnos y familias por si las circunstancias lo requieren.-Informar al tutor si sus hijos sufren alguna alteración del comportamiento o situaciones

de acoso e intimidación para actuar rápidamente y evitar posibles daños en el desarrollo dela personalidad de sus hijos.

-Colaborar con el centro en las medidas impuestas a sus hijos en el caso deincumplimiento de las normas de convivencia, acoso, agresión e intimidación con la finalidadde modificar dichas conductas y favorecer un desarrollo positivo de la personalidad de sushijos.

-Colaborar con el tutor de sus hijos y el centro en cuantas cuestiones se les soliciten. i Personal no docente.

-Informar al Equipo Directivo de cualquier situación que observen de conductasdisruptivas, agresiones, acoso e intimidación, alteraciones del comportamiento, etc. para suinmediata intervención.

j Asociación de padres y madres.- Dará a conocer a todos sus miembros el Plan de Convivencia. (Junta Directiva en la

Asamblea General).- Potenciará la participación de los padres en la vida del centro.- Organizará, si es posible, charlas, debates, etc. sobre temas educativos:-Convivencia y comunicación.-Educar en la responsabilidad y en la tolerancia.-Relaciones padres e hijos.-Aprender a controlarse, poner límites y tolerar los fracasos.-Acoso e intimidación y estrategias para abordarlo.-Adolescencia y juventud.-Resolución de conflictos.K Relaciones con otras instituciones.

-Ayuntamiento.-Servicios Sociales. Protección de menores.-Organizaciones no gubernamentales.

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-Servicios sanitarios de la zona.-Instituciones de la localidad

5. NORMAS DE CONVIVENCIA Y SU GESTIÓN• Las actitudes a desarrollar y la organización del centro en materia de convivencia

deberán basarse en las siguientes Normas generales de convivencia del Centro: 5.1 Con respecto al alumnado:• Asistencia a clase y justificar adecuadamente (utilizando el documento oficial del

Centro) las faltas de asistencia en los siguientes tres días lectivos posteriores a laincorporación al Centro.• Ser puntual en las actividades académicas.• No abandonar el Centro hasta la finalización de las clases, salvo autorización expresa

del profesor de guardia, algún miembro del equipo directivo, y siempre acompañado de unmayor perfectamente identificado y autorizado para ello.• Permanencia y actitud en el aula • El alumno permanecerá en el aula asignada durante las horas de clase, excepto

aquellas que requieran desplazamiento, como talleres, aula de informática, etc. (El alumnadodeberá esperar a que el profesorado los recoja en su aula para poder desplazarse a otrasdependencias), salvo si tiene la correspondiente autorización de algún profesor/a (para ellodeberá ir acompañado con la correspondiente tarjeta del profesorado).• Mantener limpia la clase en general y las mesas e instalaciones del aula realizando la

limpieza adecuada del puesto al finalizar la clase.• Colocar las herramientas/material en su lugar correspondiente después de su uso.• Respetar los trabajos, en proceso de realización, de compañeros del curso o de otros

cursos. No cambiarlos de lugar y cuidar de su conservación.• Deberá respetar y defender, responsable y solidariamente, el ejercicio del derecho

al estudio de sus compañeros, evitando, entre otras actitudes, perturbar el desarrollo de laclase con ruidos, conversaciones, movimientos y gestos inoportunos.• Respetará el turno de palabra durante las clases. Para intervenir se pedirá la palabra

levantando el brazo, y se hará uso de ella cuando lo indique el/la profesor/a o quien dirija ladinámica de la clase.• Ocupará el sitio asignado o, en su caso, el determinado en cada momento por el

profesor o profesora, sentándose adecuadamente en las sillas y guardando en todo momentouna actitud correcta.• Realizará las actividades que proponga el profesorado, seguirá sus orientaciones en el

proceso de enseñanza aprendizaje y participará en las actividades de clase con interés.

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• Llevará a clase los materiales de trabajo de acuerdo con las indicaciones del profesorde cada asignatura.• Dejar en casa los teléfonos móviles, reproductores de música, cámaras, y en general

cualquier dispositivo electrónico que pueda ocasionar distracciones e interrupciones enclase, o pueda atentar contra el derecho a la intimidad y la propia imagen de las personas. ElCentro no se hará responsable del extravío o sustracción de estos si, a pesar de laprohibición de traerlos al centro, algún alumno-a los trajera.• Aunque haya sonado el timbre, la clase no concluirá hasta que el docente así lo

determine.• Para acceder al aula (si la clase ya ha comenzado), o a cualquier otra dependencia, hay

que llamar y solicitar permiso para entrar. Sólo podrá hacerlo cuando el profesor lo hayaautorizado.• En la realización de exámenes, los alumnos permanecerán en el aula hasta la

conclusión de la clase, no pudiendo bajo ninguna excusa abandonar la misma.• Respecto a los recreos y los intervalos de cambios de clase .• Ningún alumno podrá abandonar el Centro durante las horas lectivas, ni en el recreo

sin la correspondiente autorización.• Durante los recreos los alumnos no podrán permanecer en aulas o pasillos. Los

profesores que tengan clase a cuarta hora cerrarán las aulas y no se permitirá el acceso aledificio por parte del profesor de guardia excepto para ir a los baños.• Los intervalos entre clase y clase serán utilizados por el alumnado para desplazarse a

otras aulas ordenadamente.• No se permitirá la salida al baño ni a primera ni a quinta hora.

• Relaciones con los demás miembros de la comunidad educativa • Tratar de forma correcta y considerada a los compañeros, no permitiéndose, en

ningún caso, el ejercicio de violencia física o verbal.• Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y éticas, así como la

dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.• Practicar la tolerancia, rechazando todo tipo de discriminación por razón de

nacimiento, raza, sexo, orientación sexual o por cualquier otra circunstancia personal osocial.• Ejercer la solidaridad y practicar el compañerismo.• Tratar de forma correcta y considerada a todos los miembros de la comunidad

educativa.• Mostrar el máximo respeto y consideración a la autoridad y orientaciones del

profesorado.

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• Mostrar el máximo respeto y consideración al PAS (Personal Administrativo y deServicios) y atender en todo momento sus indicaciones.• Respetar las pertenencias de los compañeros y demás miembros de la comunidad

educativa.• Respecto al uso de materiales e instalaciones • El alumnado deberá hacer un uso adecuado y respetuoso de las instalaciones,

mobiliario y materiales del Centro, evitando su deterioro.• El alumnado prestará una especial atención al uso adecuado y respetuoso del

equipamiento informático del Centro.• El alumnado beneficiario del programa de gratuidad de libros de texto cuidará de la

adecuada conservación de dichos materiales, siendo responsable en caso de deterioro.• El alumnado sólo podrá hacer uso de aquellas instalaciones o materiales del Centro

que correspondan al desarrollo de cada materia y, ocasionalmente, aquellas otras para lasque haya obtenido la oportuna autorización por parte del profesorado.• Ningún miembro de la comunidad educativa puede apropiarse de bienes, objetos o

documentos del Centro educativo.• Respecto a la higiene y seguridad • El alumnado sólo debería ingerir alimentos y/o bebidas durante el recreo en los

diferentes patios o lugares habilitados para ello. Se fomentará evitar el consumo degolosinas, aperitivos y refrescos hipercalóricos, contrarios a una dieta saludable y a unaadecuada salud bucodental. En ningún momento podrá comer dentro del aula, salvo en el casodel alumnado con enfermedades como la diabetes.• El alumnado cuidará de la higiene de cualquier zona del Centro, evitando escupir,

ensuciar las paredes, arrojar agua, papeles, bolsas de plástico, envoltorios, latas de refrescoo basura al suelo, depositando cada tipo de residuo, en especial el papel, en las papelerashabilitadas para su posterior reciclado.• Está totalmente prohibido fumar en cualquier dependencia del Centro.• Está prohibido el consumo de alcohol o cualquier tipo de droga.• Acudir al Centro adecuadamente vestidos y aseados, por respeto al resto de los

miembros de la comunidad educativa.• Queda prohibido el uso de gorra y/o visera dentro del aula y demás instalaciones

interiores del Centro.• Está terminantemente prohibido traer al Centro ningún tipo de utensilio, arma o

sustancia que pueda entrañar algún peligro para la integridad física de los miembros de lacomunidad educativa.

• Autenticidad documental y testimonial • Todo el alumnado está obligado a garantizar la autenticidad de la documentación o de

los trabajos que presente, evitando la copia fraudulenta, la apropiación indebida, el plagio, o

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la falsificación de documentos, especialmente cuando de ellos derive la valoración académicadel alumno.• Está obligado a garantizar la autenticidad de la documentación que presente al

Centro como justificantes de cualquier tipo de incidencia en la asistencia al Centro, así comola información que facilite al personal del Centro, no pudiendo en ninguna circunstanciasuplantar a nadie ni identificarse con el nombre de otra persona.

• Cumplimiento de las medidas correctoras • El alumnado está obligado a cumplir las medidas correctoras o reparadoras que

impongan los órganos competentes, una vez hayan sido informados sus padres o tutoreslegales y que correspondan a la gravedad de la infracción de normas que haya cometido.

5.2 Respecto al profesorado• Asistir con puntualidad a las clases, reuniones y las distintas actividades

contempladas en su horario personal.• Colaborar de forma activa en el cumplimiento de las normas de convivencia del Centro

y en la comunicación y corrección de su incumplimiento.• Tratar a todos los miembros de la comunidad educativa, y en especial al alumnado con

el máximo respeto y amabilidad.• Respetar la personalidad de cada alumno, escucharlo e intentar comprenderlo/a y

ayudarle.• Atender a la diversidad del alumnado en la medida de lo posible y siempre que cuente

con las condiciones mínimas adecuadas de tiempo y de ambiente de trabajo en el aulaadaptando las explicaciones y actividades a sus necesidades.• Atender a las familias que lo requieran en el horario establecido al efecto.• Controlar la asistencia del alumnado a clase, utilizando como medio oficial el Pincel

Ekade, así como realizar cualquier tipo de anotación o incidencia que estime oportuno.• Colaborar con los profesores tutores, trasladándoles con diligencia la información

que se les demande.• Corregir las pruebas y ejercicios sin demoras y analizar los resultados con sus

alumnos/as.• Cumplir con las labores asignadas en otros documentos del Centro referentes a las

funciones de guardia, función tutorial o funciones de Jefatura de Departamento.• Y cualquier otro que se establezca en el NOF

5.3 Respecto a las familias• Velar por la asistencia diaria y puntual de sus hijos a clase.• Proporcionar a sus hijos, en la medida de sus posibilidades, los recursos y las

condiciones necesarias para su mejor aprovechamiento académico.

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• Estimular a sus hijos para que estudien y realicen sus tareas escolares.• Participar activamente en las reuniones a las que se convoque y en las actividades que

el centro organice para la mejora del rendimiento escolar de sus hijos.• Conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos, participar en el mismo y

apoyarlo, para ello es fundamental tener contactos frecuentes con los profesores tutoresde estos.• Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el Centro, y la autoridad y las

indicaciones educativas del profesorado, de manera muy especial deben evitar desautorizaral profesorado en presencia de sus hijos.• Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.• Cuidar de que sus hijos, si son beneficiarios del programa de gratuidad, conserven

adecuadamente los libros de texto, u otros materiales de dicho programa.

5.3.1 Normas del Programa de gratuidad de libros de texto• Al principio de curso el Centro entregará un pack de libros u otros recursos

establecidos (Tablet, libros digitales, etc) a los alumnos que estén acogidos al programa degratuidad, así como el correspondiente recibo de entrega, que será debidamentecumplimentado y firmado.• Los materiales del programa de gratuidad deben cuidarse y conservarse en buenas

condiciones de uso. Es obligatorio forrarlos y no se podrá escribir ni realizar cualquier tipode anotación en ellos.• La revisión del estado de conservación de los libros, u otros materiales podrá

llevarse a cabo a lo largo del curso, siempre que lo requiera el tutor/a.• Concluido el curso escolar, los libros de texto serán reintegrados y depositados por

el alumno en el Centro para su revisión y posterior utilización por otro alumno en el siguientecurso. El alumnado que superen el curso en junio entregarán los mismos en la fecha y horaque se estipule al efecto, mientras que los que no lo hagan, lo harán posteriormente enseptiembre.• Los responsables legales del alumno/a deberán reponer el libro extraviado o cualquier

otro recurso (tablets, …) o deteriorado de forma culpable o malintencionada. Esta reposicióndebe hacerse en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la comunicación por escritoque recibirá desde el Centro, de no ser así, el alumno podrá ser sancionado por el ConsejoEscolar, con la exclusión del programa de gratuidad.

5.3.2 Normas para el uso de los equipos informáticos 5.3.2.1 Normas para los alumnos

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La responsabilidad del estado de los pupitres y de las estaciones de trabajo recaerásobre los alumnos o alumnas que tienen asignada su utilización en cada momento. Cadareparación derivada de un mal uso de estos elementos será por cuenta de sus usuarios/as.

Queda prohibido cualquier cambio de puesto de trabajo que no está autorizado por elcorrespondiente tutor. Sólo el profesor/a responsable en cada momento del aula, podrácambiar puntualmente la ubicación del alumnado por razones pedagógicas o disciplinarias.

Al comenzar cada sesión, el alumno realizará un reconocimiento visual del ordenador yde su mesa de trabajo.

Si en el reconocimiento inicial, al inicio de una sesión de trabajo con ordenadores o enel transcurso de esta se observara alguna anomalía, deberá comunicarse inmediatamente alos responsables de aula, que tramitarán el parte correspondiente.

La situación normal de los ordenadores es encendido y tanto para el inicio de unasesión de trabajo como para su finalización se seguirán las indicaciones del profesorresponsable.

Queda prohibida la manipulación del equipo informático que nos corresponde sin laautorización de la profesora o profesor responsable.

Queda prohibida la manipulación no autorizada de cualquier equipo distinto del denuestro puesto de trabajo.

En ningún caso se permitirá la navegación libre por Internet. En caso de necesidad,deberá contar con la autorización del profesor/a, se podrán utilizar los ordenadores comoherramienta de estudio, investigación o lectura de periódicos y revistas digitales.

El uso del ordenador será siempre con fines didácticos y a criterio del profesor/aresponsable.

No está permitido el almacenamiento de información ilegal u ofensiva.

5.3.2.2Normas para el profesorado• El profesorado fomentará el uso responsable de los medios informáticos del Centro

por parte del alumnado.• El profesorado deberá cumplimentar la hoja de registro del Aula Medusa.• El profesorado velará por que el alumnado cumpla las normas relacionadas con el uso

de los medios del centro.• Todo el profesorado prestará especial atención al respeto por parte del alumnado de

la ocupación del puesto asignado.• El profesorado deberá cuidar los medios informáticos del centro (deberá apagar los

portátiles antes de cerrarlos) El resto de LA NORMAS, así como los derechos y deberes de los miembros de la

comunidad educativa han sido extraídos del Decreto 114/2011 de 11 de mayo

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5.4 Derechos, deberes y obligaciones de la Comunidad EducativaEste apartado se desarrolla según el Decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se

regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias. BOC nº108 02/06/11

5.4.1 Derechos del alumnadoDerecho a una formación integral.El alumnado tiene el derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno

desarrollo de su personalidad y que se concreta en:a. La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los

principios democráticos de convivencia.b. La adquisición de habilidades, capacidades, competencias y conocimientos que le

permitan integrarse personal, laboral y socialmente.c. El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y académico.d. La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar decisiones de

acuerdo con sus aptitudes y capacidades, de manera especial del alumnado con dificultadesfísicas, psíquicas o con carencias sociales o culturales.

e. El aprendizaje de métodos no violentos en la resolución de conflictos y de modelos deconvivencia basados en la diversidad y en el respeto a la igualdad entre mujeres y hombres.

Derecho al respeto.El alumnado tiene derecho a que se respete su identidad, integridad y dignidad

personales por todos los miembros de la comunidad educativa. Este derecho implica:a. La protección contra toda agresión física, verbal, psicológica, moral y social. La no

discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social,orientación e identidad sexual, convicciones políticas, morales o religiosas, así como pordiscapacidades físicas o psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal osocial.

b. La existencia de unas condiciones adecuadas de seguridad, higiene y salud en el centro.c. La confidencialidad en sus datos personales, sin perjuicio de las comunicaciones

necesarias con la Administración educativa y la obligación que hubiere de informar a otrasAdministraciones o autoridades, en los casos así previstos.

Derecho a la evaluación objetiva del aprendizaje.1. El alumnado tiene el derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean

valorados y reconocidos, conforme a criterios objetivos.2. El alumnado, así como sus familias, tienen derecho a conocer, al inicio de curso, los

criterios de evaluación, calificación, promoción y titulación establecidos por el centro.3. El alumnado mayor de edad o sus representantes legales, en caso de minoría de edad

de aquel, tienen derecho a recibir información por el profesorado en lo relativo a las

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valoraciones sobre su aprovechamiento académico, la marcha de su proceso de aprendizaje ylas decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso.

4. El alumnado, podrá reclamar contra las decisiones y calificaciones académicas que seadopten como resultado del proceso de evaluación conforme al procedimiento legalmenteestablecido. En caso de menores con incapacidad o de menos de 12 años, lo podrán hacer susfamilias.

Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro.El alumnado tiene derecho a participar en la vida del centro y en su funcionamiento en los

términos establecidos en el presente Decreto, y en el resto de la normativa educativa. Estederecho implica:

a. El aprendizaje activo en el ejercicio de la participación democrática, como contribuciónal desarrollo de las competencias básicas sociales.

b. La participación de carácter individual y colectivo mediante el ejercicio de losderechos de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de alumnos y alumnas, y derepresentación en el centro, a través de sus delegados o delegadas, y de sus representantesen el Consejo Escolar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

c. La elección, mediante sufragio directo y secreto, de sus representantes en el ConsejoEscolar y de los delegados o delegadas de grupo, que constituirán la Junta de delegados odelegadas. Los delegados, delegadas y representantes del alumnado en el Consejo Escolartienen derecho a no ser sancionados en el ejercicio de sus funciones como portavoces en lostérminos de la normativa vigente.

d. La manifestación de sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad, sinperjuicio de los derechos de los miembros de la comunidad educativa y del respeto que, deacuerdo con los principios y derechos constitucionales, merecen las personas y lasinstituciones.

e. La información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad educativa engeneral, en los términos previstos en la normativa de desarrollo y las normas de convivenciadel centro.

Derecho a la manifestación de la discrepancia.1. El alumnado tiene derecho a la manifestación de la discrepancia ante decisiones o

acontecimientos relacionados con la vida escolar. Las discrepancias, cualquiera que sea sumotivación, alcance y contenido, serán puestas en conocimiento de la dirección del centro, através de los delegados o delegadas de cada grupo, para que adopten las medidas quecorrespondan.

2. El plan de convivencia del centro regulará el procedimiento que permita el ejercicio deeste derecho. La dirección del centro pondrá en conocimiento del Consejo Escolar los casos

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que deriven en una propuesta de inasistencia a clase por parte del alumnado para que actúecomo garante del cumplimiento del procedimiento regulado.

3. Las decisiones colectivas de inasistencia a clase sólo podrán afectar al alumnado apartir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria. Estas no tendrán laconsideración de falta de conducta ni serán objeto de medida prevista en el Título IV deeste Decreto, cuando hayan sido el resultado del ejercicio del derecho de reunión y seancomunicadas previamente a la dirección del centro. En cualquier caso, el centro deberágarantizar el derecho de quienes no deseen secundar la inasistencia a clase, y a permaneceren el mismo debidamente atendidos por el profesorado correspondiente.

Derecho del alumnado menor a la atención inmediata.El alumnado menor de edad o con incapacidad tiene derecho a la protección en el ámbito

escolar. Entre otros este derecho comprende el conjunto de medidas y actuacionesdestinadas a prevenir e intervenir en situaciones de riesgo y de desamparo en las quepuedan involucrarse, tendentes a garantizar su desarrollo integral y a promover una vidanormalizada, primando, en todo caso, su interés todo ello de acuerdo con lo previsto en losartículos 17 y 19 de la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención integral a los menores.

Derecho a la igualdad de oportunidades.El alumnado tiene derecho a recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las

carencias y desventajas de tipo personal, familiar, de género, económico, social y cultural,especialmente en el caso de presentar necesidades específicas de apoyo educativo. LaConsejería competente en materia de educación promoverá las ayudas y subvencionesprecisas para compensar dichas carencias del alumnado mediante una política de becas yservicios de apoyo que favorezcan el acceso o la continuidad del alumnado en los distintosniveles educativos, en un marco de igualdad de oportunidades impulsando, en su caso, laadjudicación de plazas en residencias escolares.

Derecho a la protección social.1. En el ámbito educativo, el alumnado tiene derecho a la protección social, en los casos de

infortunio familiar o accidente.2. Independientemente de los derechos que les asisten en virtud de la legislación en

materia de sanidad y de seguridad social, la consejería competente en materia de educaciónestablecerá las condiciones académicas y económicas adecuadas para que el alumnado quesufra una adversidad familiar, un accidente o una enfermedad prolongada no se veaimposibilitado para continuar y finalizar los estudios que se encuentre cursando o paraacceder a estudios posteriores.

3. El alumnado de centros sostenidos con fondos públicos, de educación primaria oeducación secundaria obligatoria que como consecuencia de enfermedad o accidente tengaimpedida su asistencia al centro educativo, tiene derecho a recibir atención educativa

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domiciliaria u hospitalaria, en las condiciones que establezca la consejería competente enmateria de educación.

5.4.2 Deberes del alumnadoDeber de estudio y de asistencia a clase.1. El estudio es un deber básico del alumnado, que comporta el desarrollo y

aprovechamiento de sus aptitudes personales y de los conocimientos que se impartan.Este deber básico, que requiere del esfuerzo, de la disciplina y de la responsabilidad por

parte del alumnado, se concreta en las siguientes obligaciones:a. Mantener una actitud participativa, activa y atenta en clase sin interrumpir ni alterar

el normal funcionamiento de las clases.b. Asistir al centro educativo con el material y equipamiento necesarios para poder

participar activamente en el desarrollo de las clases.c. Respetar el ejercicio del derecho y el deber al estudio del resto del alumnado.d. Realizar las actividades encomendadas por el profesorado en el ejercicio de sus

funciones docentes.2. El alumnado tiene, asimismo, el deber de asistir a clase con puntualidad, sin ausencias

injustificadas, y respetando el procedimiento y horario de entrada y salida, aprobado por elcentro.

Deber de respeto al profesorado.El alumnado tiene el deber de respetar al profesorado y de reconocer su autoridad, tanto

en el ejercicio de su labor docente y educativa como en el control del cumplimiento de lasnormas de convivencia y de la de organización y funcionamiento del centro.

Deber de respeto a la comunidad educativa.El alumnado tiene el deber de respetar el ejercicio de los derechos y las libertades de los

miembros de la comunidad educativa, que se concreta en las obligaciones siguientes:a. Respetar la identidad, la integridad, la orientación sexual, la dignidad y la intimidad de

los miembros de la comunidad educativa.b. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales de la

comunidad educativa.c. No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento,

raza, sexo, lengua o por cualquier otra circunstancia personal o social.Deber de respetar las normas de convivencia.El alumnado tiene el deber de conocer y respetar los valores democráticos de nuestra

sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente. En el centro, este deber se concretaen el respeto de las normas de organización y funcionamiento y de las normas de convivenciaque apruebe el Consejo Escolar del centro. Conlleva, entre otras, las obligaciones siguientes:

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a. Participar y colaborar en la promoción de un adecuado ambiente de convivencia escolar,así como conocer y respetar las normas de convivencia y el plan de convivencia del centro.

b. Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y recursos educativosdel centro.

c. Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y recursos educativosdurante la realización de las actividades extraescolares o complementarias.

d. Respetar los bienes y pertenencias de los miembros de la comunidad educativa.e. Respetar y cumplir las decisiones de los órganos unipersonales y colegiados del centro,

sin perjuicio de hacer valer sus derechos cuando considere que alguna de las decisionesvulnere alguno de ellos, de acuerdo con el procedimiento que se establezca.

f. Responsabilizarse de las comunicaciones que se establezcan entre la familia y el centroeducativo. El término familia comprende al padre, madre o persona o institución que ejerzala tutela del alumno o alumna.

g. Respetar lo establecido en las normas de convivencia respecto a los usos adecuados delas tecnologías de la información y comunicación.

Deber de colaborar en la obtención de información por parte del centro.El alumnado debe colaborar en la obtención por parte del centro docente de los datos

personales necesarios para el ejercicio de la función educativa. Dichos datos podrán hacerreferencia al origen y ambiente familiar y social, a características o condiciones personales,al desarrollo y resultado de su escolarización, así como a aquellas circunstancias cuyoconocimiento sea necesario para la educación y orientación del alumnado.

5.4.3 Derechos de las familiasDerecho a participación y recibir informaciónLas familias tienen el derecho a participar en los procesos educativos de sus hijos, en los

términos que normativamente se establezcan, así como a estar informados sobre suprogreso e integración socioeducativa, a través de la información y aclaraciones quesoliciten, de las reclamaciones que formulen, y del conocimiento o intervención en losprocesos de resolución de conflictos.

Derecho a ser oídos en las decisiones que afecten a sus hijos e hijas o pupilos.Las familias tienen derecho a ser oídas en aquellas decisiones que afecten a la orientación

personal, académica y profesional de sus hijos e hijas o menores bajo tutela, sin perjuicio dela participación señalada en el artículo anterior y a solicitar, ante el Consejo Escolar delcentro, la revisión de las resoluciones adoptadas por la dirección frente a conductas de sushijos, hijas o pupilos que perjudiquen gravemente la convivencia.

Derecho a participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro.Las familias tienen derecho a participar en la organización, funcionamiento, gobierno y

evaluación del centro educativo, a través del Consejo Escolar y mediante los caucesasociativos legalmente reconocidos.

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5.4.4 Deberes de las familiasDeber de compromiso.a.-Como primeros responsables de la educación de sus hijos e hijas, a las familias, les

corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar las ayudas correspondientes ycolaborar con el centro para que el proceso educativo se lleve a cabo de forma adecuada.

b.- En los casos en los que sus familias rechacen la solicitud del centro para su implicacióny compromiso en la adopción de medidas necesarias en situaciones graves para su procesoeducativo, ante conflictos de convivencia provocados por sus hijos o hijas, la dirección delcentro pondrá en conocimiento de las autoridades educativas tal circunstancia para que seadopten las medidas adecuadas por quien corresponda, que permitan garantizar los derechosy deberes del alumnado. Cuando la conducta revista especial gravedad, la Administracióneducativa lo pondrá en conocimiento de las instituciones o autoridades públicascompetentes.

c. Las familias tienen el deber de asistir a las reuniones convocadas por el centro obuscar otros procedimientos que faciliten la comunicación, la información y los compromisosque adoptarán las familias ante las dificultades planteadas por el centro educativo.

Deber de conocer y participar en la evolución académica de sus hijos e hijas.a. Las familias tienen el deber de conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos

e hijas o menores bajo tutela.b. También tienen la obligación de estimular a sus hijos e hijas hacia el estudio e

implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y, en su caso, de su conducta.Así como garantizar la asistencia a clase y a las actividades programadas.

Deber de respeto de las normas del centro.a. Las familias tienen la obligación de respetar y hacer respetar a sus hijos e hijas o

menores bajo su tutela, las normas que rigen el centro escolar, las orientaciones educativasdel profesorado y colaborar especialmente en el fomento del respeto y el pleno ejercicio delos derechos de los miembros de la comunidad educativa.

b. Las familias deben colaborar en la obtención por parte del centro docente de los datospersonales necesarios para el ejercicio de la función educativa. Dichos datos podrán hacerreferencia al origen y ambiente familiar y social, a características o condiciones personales,al desarrollo y resultado de su escolarización, así como a aquellas circunstancias cuyoconocimiento sea necesario para la educación y orientación del alumnado.

5.4.5 Derechos del profesoradoDerecho al respeto personal.

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El profesorado tiene el derecho a ser respetado y a recibir un trato adecuado en elejercicio de sus funciones, así como a desarrollar su función docente en un ambienteeducativo adecuado, donde sean respetados sus derechos, especialmente el referido a laintegridad y dignidad personal.

Derecho a la autonomía.El profesorado tiene derecho a tomar las decisiones necesarias para mantener un

adecuado clima de convivencia durante las clases, así como en las actividadescomplementarias y extraescolares, según el procedimiento que se establezca en las normasde convivencia, con el fin de asegurar la actividad educativa.

Derecho a la formación permanente.El profesorado tiene derecho a recibir, por parte de la Administración educativa, la

formación en materia de convivencia que se establezca en la normativa específica, y en lostérminos establecidos en el artículo 102 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, deEducación.

Derecho a la consideración de autoridad pública.El profesorado tiene derecho a la consideración de autoridad pública en el desempeño de

la función docente con las potestades y protección jurídica reconocidas en el OrdenamientoJurídico.

Derecho a la protección legal y defensa jurídica.El profesorado tiene derecho al asesoramiento jurídico, a la defensa legal y a la

protección por parte de la Administración pública en los procedimientos que se sigan antecualquier orden jurisdiccional, así como, la cobertura de la responsabilidad civil, en relacióncon los hechos que se sigan como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones ocargos docentes, salvo en los casos de conflicto con la propia Administración de acuerdo conlo previsto en la normativa autonómica.

5.4.6 Deberes del profesoradoDeber de cumplimiento de las normas de convivencia y demás normativa del centro.El profesorado tiene el deber de cumplir las obligaciones establecidas por la normativa

sobre la convivencia escolar, lo establecido en el plan de convivencia y el resto de lanormativa del centro.

Deber de contribuir a la mejora de la convivencia escolar.a. El profesorado tiene el deber de contribuir a que las actividades del centro se

desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación, de libertad e igualdadpara fomentar en el alumnado los valores de la ciudadanía democrática.

b. El profesorado tiene el deber de mantener la disciplina y velar por el correctocomportamiento del alumnado, impidiendo, corrigiendo y poniendo en conocimiento de losórganos competentes todas aquellas conductas contrarias a la convivencia, de conformidad

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con lo dispuesto en este decreto y en las normas de organización y funcionamiento delcentro.

c. El profesorado tiene el deber de promover, organizar y participar en las actividadescomplementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros,especialmente de aquellas orientadas a mejorar el clima de convivencia escolar.

Deber de colaborar e informar a las familias.a. El profesorado tiene el deber de informar a las familias del alumnado de las normas de

convivencia establecidas en el centro, de los incumplimientos de estas por parte de sus hijose hijas, así como de las medidas educativas correctoras impuestas.

b. El profesorado tiene el deber de colaborar con las familias para proporcionar unaformación integral al alumnado. Asimismo, tiene el deber de atender en el ámbito escolar alas familias y al alumnado y, en su caso, el deber del ejercicio de la tutoría docente.

Deber de formarse.El profesorado tiene el deber de formarse en aspectos relacionados con la convivencia en

los centros docentes y en la resolución pacífica de conflictos, así como en el uso adecuadode las tecnologías de información y comunicación.

Deber de sigilo profesional.El profesorado tiene el deber de guardar reserva y sigilo profesional sobre toda aquella

información de que se disponga acerca de las circunstancias personales y familiares delalumnado sin perjuicio de la obligación de comunicar a la autoridad competente,administración educativa y sus servicios, las circunstancias que puedan implicar elincumplimiento de los deberes y responsabilidades establecidos por la normativa deprotección de menores.

5.4.7 Derechos del personal de administración y serviciosDerecho al respeto.El personal de administración y servicios tiene el derecho a recibir un trato adecuado, y a

ser valorado por la comunidad educativa y por la sociedad en general, en el ejercicio de susfunciones y a que sean respetados sus derechos, especialmente el referido a su integridad ydignidad personal.

Derecho a la defensa jurídica.El personal de administración y servicios tiene derecho a recibir defensa jurídica y

protección de la Administración pública en los procedimientos que se sigan ante cualquierorden jurisdiccional como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones, salvo en loscasos de conflicto con la Administración.

5.4.8 Deberes del personal de administración y serviciosDeber de colaboración y comunicación.El personal de administración y servicios, como parte de la comunidad educativa, tiene el

deber de implicarse en el proyecto del centro colaborando para establecer un buen clima de

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convivencia, comunicando a la dirección del centro cuantas incidencias perjudiquen laconvivencia en los centros docentes.

Deber de cumplimiento de la legislación de protección de datos de carácter personal,seguridad laboral y propiedad intelectual.

El personal de administración y servicios tiene el deber de cumplir lo previsto en lanormativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal, seguridadlaboral y de propiedad intelectual.

Deber de custodia y sigilo profesional.El personal de administración y servicios tiene el deber de custodiar la documentación

administrativa, así como guardar reserva y sigilo respecto a la actividad cotidiana del centroescolar.

6. ESTRATEGIAS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIACuando surgen incidencias relacionadas con el comportamiento y la actitud del alumnado

de la ESO éstas se anotan con puntual asiduidad en el libro de incidencias, no obstante, suregistro en forma de partes de incidencias acusa una disminución poco significativa; esdecir.

La acumulación de partes de incidencias en la jefatura de estudios ha venido provocandouna situación de colapso puesto que tardan en revisarse ralentizando los procesoscorrectivos ante el volumen de trabajo que soporta este cargo directivo.

El problema de agilizar la tramitación de los partes de incidencias está bastante lejos desolventarse y, lógicamente, la elaboración de este plan de convivencia adquiere unarelevancia crucial.

Aunque los problemas de convivencia son escasos, especialmente en las etapas de infantily primaria, sí es verdad que la obligatoriedad de la etapa educativa de la ESO en el centro,que abarca de los 12 a los 16 años comporta, junto a otros aspectos, la presencia en las aulasde un sector de alumnos que no encaja bien con las actuales propuestas educativas,generando a veces una cierta conflictividad. Esto nos está llevando a la reflexión de abordaralgún tipo de actuación específica para el próximo curso con este alumnado de los primeroscursos dentro de un paradigma global de integración en su clase.

La relación con las familias es buena, con reuniones de carácter particular en las horasfijadas en la programación. Es relevante la actuación de los tutores en la coordinación conlas familias.

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Las situaciones particulares que afectan a la convivencia y resolución de conflictos en elcentro suelen ser comentadas con la familia si procede algún tipo de intervención oinformación de la conducta.

Las experiencias que se han desarrollado este curso en el centro para favorecer laconvivencia las podemos resumir en lo siguiente:

Potenciar habilidades de comunicación en el alumnado para la mejora de laconvivencia en el centro.

Fomentar la tolerancia, la aceptación de la diversidad y la resolución de conflictosde forma pacífica.

Sensibilizar contra el maltrato entre iguales (acoso). Para ello se desarrollaránactividades y actuaciones en las horas de tutoría, sí fuera necesario se invitaría a personalespecializado.-Las tres principales vías para favorecer la convivencia son: la informativa, la preventiva y

la correctora.Vía InformativaEl Centro debe garantizar que todos los miembros de la Comunidad Escolar tendrán

conocimiento de las normas que rigen la convivencia. La acción tutorial y las reuniones con lasfamilias serán los ejes básicos para canalizar dicha información.

Vía preventivaEs obligación de todos los miembros de la Comunidad Escolar actuar ante conductas que

puedan desembocar en el deterioro de la convivencia, sea cual sea el origen. Para ello, cadaquién deberá hacer uso de las herramientas establecidas tanto en este documento como enel resto de los documentos de gestión oficial del Centro.

Mientras exista disponibilidad horaria y presupuestaria el proyecto “Aula de Convivencia”será el eje fundamental para las actuaciones preventivas.

La comisión de ConvivenciaTiene como objetivos:● Mejorar el clima de convivencia del Centro● Crear espacios nuevos para aprender a resolver los conflictos de manera pacífica,

reflexiva, dialogada y transformadora.● Generar confianza en medios alternativos a la permisividad violenta y a la expulsión.● Enseñar a reflexionar al alumno o alumna sobre las causas y consecuencias de su

conducta.● Establecer compromisos de actuación para la mejora de la vida escolar.● Permitir una mayor colaboración del profesorado con la Jefatura de Estudios en la

corrección de los alumnos y alumnas que incurren en conductas contrarias a las normas deconvivencia

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El número de profesores responsables de aula se asignará cada curso, en función de ladisponibilidad horaria, y se hará constar en la PGA.

La derivación de alumnos a la misma se podrá hacer por varias vías: a petición del tutor olos equipos educativos, a petición de jefatura de estudios o por iniciativa propia de losintegrantes del aula tras recabar información del alumnado.

Vía correctoraÁmbito de las conductas a corregir1. Se corregirán, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Plan de Convivencia, los actos

contrarios a las normas de convivencia realizados por el alumnado en el centro, tanto en elhorario lectivo, como en el dedicado a la realización de las actividades complementarias oextraescolares.

2. Asimismo, podrán corregirse las actuaciones del alumnado que, aunque realizadas porcualquier medio e incluso fuera del recinto y del horario escolar, estén motivadas odirectamente relacionadas con el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de susdeberes como tal.

Procedimiento de expediente disciplinario1. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro serán

corregidas mediante la aplicación de las medidas previstas en el artículo 67 (Decreto114/2011) previa la instrucción del correspondiente procedimiento disciplinario. Noobstante, el director o directora antes de iniciar el procedimiento intentará corregir laconducta mediante medidas aceptadas voluntariamente por el alumno o alumna o, en su caso,por sus familias. La aceptación de las medidas propuestas determinará que no se inicie elprocedimiento. No se aplicará esta posibilidad si la conducta es de las previstas en las letrasc), d) y e) del apartado 1 del artículo 64.

2. Corresponde al director o directora del centro incoar, por propia iniciativa o apropuesta del Equipo de gestión de la convivencia, los referidos expedientes al alumnado. Elacuerdo sobre la iniciación del procedimiento ordinario se adoptará en el plazo máximo detres días lectivos desde el conocimiento de los hechos.

3. La dirección del centro incoará expediente disciplinario haciendo constar:a. El nombre y apellidos del alumno o alumna.b. Los hechos imputados.c. La fecha en la que se produjeron los mismos.d. El nombramiento de la persona instructora y la posibilidad de su recusación.e. La posibilidad de medidas de carácter provisional que, en su caso, haya acordado el

órgano competente.f. La posibilidad de acogerse a la terminación conciliada del procedimiento según lo

establecido en el artículo 74 del presente Decreto.

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g. El derecho que asiste al alumnado a presentar alegaciones cuando se le traslade lapropuesta de resolución.

4. El acuerdo de incoación del expediente disciplinario debe notificarse a la personainstructora, al alumno o alumna presunto autor de los hechos y a sus familias, en el caso deque sea menor de edad. En la notificación se relatarán los hechos que se imputan y lassanciones que pudieran aplicarse, y se advertirá a las personas interesadas que, de noefectuar alegaciones en el plazo máximo de cinco días sobre el contenido del escrito deapertura del procedimiento, este continuará hasta su resolución, de acuerdo con latipificación de hechos imputados.

5. Sólo quienes tengan la condición legal de interesados en el expediente tienen derecho aconocer su contenido en cualquier momento de su tramitación.

Instrucción y propuesta de resolución1. La persona instructora del expediente, una vez recibida la notificación de

nombramiento y en el plazo máximo de cinco días lectivos, practicará las actuaciones queestime pertinentes y solicitará los informes que juzgue oportunos, así como las pruebas queestime convenientes para el esclarecimiento de los hechos. Para ello, recabará informes porescrito de los profesores o profesoras que fueran testigos de los hechos, testimonio de lapersona agraviada por la conducta infractora, en su caso, y las alegaciones que hubierapodido presentar el alumno o alumna presuntamente responsable de los hechos y, además, desu representante legal si fuera menor de edad.

2. Practicadas las anteriores actuaciones, la persona instructora formulará propuesta deresolución que se notificará a la persona interesada o a su representante legal si es menorde edad, concediéndoles audiencia en el plazo de tres días lectivos.

3. La propuesta de resolución deberá contener al menos:a. Los hechos imputados.b. La tipificación que a estos hechos se puede atribuir.c. Las alegaciones y testimonios de las personas afectadas.d. La valoración de la responsabilidad del alumno o de la alumna, con especificación, si

procede, de las circunstancias que pueden agravar o atenuar su acción.e. La medida educativa disciplinaria aplicable.f. La competencia de la persona que ejerce la dirección del centro para resolver.Resolución del procedimiento1. El procedimiento finalizará mediante resolución de la dirección del centro que podrá

contemplar la aplicación de medidas o el sobreseimiento del expediente. La resolucióndeberá producirse y notificarse en el plazo máximo de quince días lectivos desde la fecha deincoación de este, produciéndose la caducidad en otro caso, y contemplará, al menos, lossiguientes extremos:

a. Hechos probados.

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b. Circunstancias atenuantes y agravantes, en su caso.c. Medida aplicable.d Derecho que asiste a la persona interesada para interponer recurso de alzada en el

plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la medida aplicable, ante elDirector o Directora Territorial de Educación correspondiente, que resolverá en un plazo demáximo de tres meses, agotando la vía administrativa.

2. La resolución será notificada en el menor tiempo posible. Siempre que quedeconstancia, el alumnado o su familia, si es menor de edad, podrá manifestar en el momentode la notificación si acepta la medida adoptada. En cualquier caso, esta será inmediatamenteejecutiva.

3. Asimismo se podrá instar a las familias o a las instancias públicas competentes, a queadopten las medidas dirigidas a modificar las aludidas circunstancias personales, familiareso sociales cuando parezcan determinantes de su conducta.

Medidas cautelares1. Excepcionalmente, cuando sean necesarias para garantizar el normal desarrollo de las

actividades del centro, la dirección por propia iniciativa o a propuesta de la personainstructora podrá adoptar las medidas cautelares que estime convenientes, incluida laaplicación provisional de la medida propuesta.

Las medidas cautelares podrán consistir en el cambio temporal de grupo o en lasuspensión temporal de asistencia a determinadas clases, a determinadas actividadescomplementarias o extraescolares o de asistencia al propio centro, por un período máximode diez días lectivos o hasta la eficacia de la resolución del procedimiento. En el caso desuspensión de asistencia al centro, cuando esta supere los cinco días lectivos, la medida sólopodrá acordarse oído el Equipo de gestión de la convivencia. En todo caso, las medidascautelares adoptadas serán comunicadas al Consejo Escolar.

2. Una vez acordada la medida, el profesor o profesora que ejerza la tutoría académicacomunicará por escrito al alumno o alumna, y en caso de ser menor de edad también alrepresentante legal, las actividades, por áreas o materias, que debe realizar durante eltiempo que dure la medida, así como las formas de seguimiento y control que, en su caso,sean necesarias para su aprovechamiento, todo ello con el fin de garantizar el derecho a laevaluación continua.

Procedimiento de conciliación1. El procedimiento conciliado es la solución de un conflicto de convivencia que se puede

aplicar en cualquier momento, una vez iniciado el procedimiento disciplinario y en el que lapersona instructora propone un acuerdo para solucionar el conflicto a las partes, perosiempre que se formule antes de la propuesta de resolución del procedimiento disciplinario aque se refiere el apartado 2 del artículo 71 del presente Decreto.

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2. Cuando no haya conciliación, el procedimiento abierto podrá terminar con uncompromiso educativo firmado por el alumno o alumna que llevó a cabo la conducta contrariaa las normas de convivencia y, en caso de ser menor de edad, también por susrepresentantes legales. Este compromiso suspenderá la tramitación del procedimientodisciplinario. La falta de cumplimiento del compromiso educativo conllevará el levantamientode la suspensión del procedimiento disciplinario.

En este caso, la persona que lleve la instrucción del expediente podrá proponer a ladirección su terminación conciliada, siempre y cuando el alumno o alumna reconozca la faltacometida o el daño causado. En este procedimiento el alumnado infractor deberá, además dedisculparse, comprometerse a cumplir la medida que se determine, seguido de su realizaciónefectiva. Todo ello con la conformidad de su representante legal si el alumno o alumna esmenor de edad.

3. La resolución de un conflicto de convivencia a través del procedimiento conciliado sehará primando los principios previstos en este Decreto. A estos efectos, debe procurarseagotar cuantas medidas previas favorezcan la reconducción del conflicto y debe aplicarse lamedida más grave exclusivamente cuando haya resultado ineficaz la menos grave.

4. Queda excluida la aplicación del procedimiento de conciliación en los siguientessupuestos:

a. Cuando la gravedad del daño causado aconseje la separación absoluta de la víctima y desu agresor.

b. Cuando ya se haya hecho uso de este procedimiento con el alumno o alumna implicadopor dos veces en el mismo curso escolar.

c. Cuando haya habido un incumplimiento previo por parte del alumno o la alumna de unamedida por conducta gravemente perjudicial para la convivencia, con independencia de quesu imposición provenga de un expediente disciplinario ordinario o conciliado.

d. Cuando no se haya cumplido con lo acordado en un procedimiento conciliado anteriorpor causas imputables al educando expedientado.

5. La propuesta de aplicación del procedimiento conciliado interrumpe los plazos para latramitación del procedimiento disciplinario, de forma que, cuando no se alcanzare acuerdoconciliado, se podrá reanudar el cómputo del plazo que resta para la finalización ordinariadel procedimiento disciplinario en tramitación. Finalmente, el cumplimiento efectivo de loacordado en conciliación por las partes, supondrá la terminación y archivo del expedientedisciplinario.

Reparación de daños1. El alumnado que de forma intencionada o por uso indebido cause daños a las

instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y pertenencias de cualquiermiembro de la comunidad educativa, queda obligado a reparar el daño causado o a hacersecargo del coste económico de su reparación. Igualmente, quienes sustrajeren bienes del

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centro o de cualquier miembro de la comunidad escolar deberán restituir lo sustraído o suvalor económico, sin perjuicio de otras medidas correctoras que se puedan tomar.

2. Asimismo, cuando como consecuencia de las conductas contrarias a la convivencia,tipificadas en este Decreto, se produzca un daño físico o moral, este se reparará deacuerdo con lo apreciado en el expediente.

3. En todo caso, los representantes legales del alumnado, que causen los daños señaladosen el presente artículo, serán responsables civiles subsidiarios en los términos previstos enel artículo 1.903 del Código Civil.

4. Si no se pudiese determinar el alumno/a o el alumnado, responsable de un deterioroque se estime intencionado o negligente, o una sustracción, el coste de su reparación oreposición será sufragado por todo el alumnado que utilice esa clase.

5. En el caso anterior, si se tiene la certeza de que el deterioro lo ha realizado undeterminado grupo de alumnos/as, el coste de su reparación o reposición correrá a cargo dedicho grupo.

Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter leveLas conductas contrarias a la convivencia de carácter leve serán corregidas por el

profesorado del centro, y particularmente por el que imparte docencia directa al alumnado.En tal sentido, procurará agotar todas las medidas a su alcance, sin intervención de otrasinstancias, con una o varias de las siguientes:

a. Amonestación verbal tanto públicamente como de forma privada si es posible.b. Reflexión en lugar apartado dentro o fuera del aula (bajo la supervisión del

profesorado que aplica la medida) sobre la conducta inadecuada concreta y susconsecuencias.

c. Solicitar el reconocimiento de la inadecuación de la conducta, ante las personas quehayan podido resultar perjudicadas.

d. Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conductacorrectas.

e. Realización de alguna tarea relacionada con el tipo de conducta inadecuada.f. Compromiso escrito entre el profesor o profesora y el alumno o alumna.g. Amonestación en el sistema que determine la dirección del Centro, como los partes de

incidencia.h. Apercibimiento escrito con orientaciones para la superación del conflicto.i. Realización de trabajos educativos, en horario no lectivo, de tareas que contribuyan a la

reparación de los daños materiales causados o, si procede, a la mejora y desarrollo de lasactividades del centro docente siempre que dichas tareas tengan relación con la conductacontraria a la convivencia.

j. Privación del recreo: podrá ser impuesta por un profesor, por un tutor o por unmiembro del Equipo Directivo. Podrá ser motivada por una conducta contraria a las normas

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de convivencia en clase o en los tiempos de descanso. Esta corrección se realizará donde elprofesor corrector determine y se responsabilizará de ella. Dicha medida debe sernotificada al tutor.

k. Realización de tareas: podrán imponerse para su realización dentro y fuera del horariolectivo y contribuirán a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como areparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de loscentros docentes públicos. Esta corrección debe ser coordinada con el Jefe de Estudios.

l. Si un alumno llega tarde a clase será admitido/a pero tendrá el correspondienteretraso. La acumulación de cinco retrasos injustificados constituirá una conducta contrariaa la convivencia que se sancionará con amonestación verbal por parte del tutor, con laconsiguiente anotación en un parte de incidencias. Además se puede poner una sanción derecuperación del tiempo perdido en horario de recreo o fuera del horario lectivo.

m. La acumulación de cinco amonestaciones (interrupción del desarrollo de las clases,faltas leves de respeto a compañeros o profesores, no traer el material escolar o no realizarlas tareas para casa) serán sancionadas verbalmente por el tutor.

n. Si el alumno llegara a alcanzar las diez amonestaciones o diez retrasos se lescomunicará por escrito a los padres, además de citarlos en el Centro para mantener unaentrevista al respecto.

Las conductas contrarias a las normas de convivencia recogidas en este artículoprescribirán en el plazo de quince días naturales contados a partir de la fecha de sucomisión, excluyendo los periodos vacacionales establecidos en el calendario escolarprovincial.

Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter grave.1. Para la corrección de las conductas contrarias a la convivencia de carácter grave, la

dirección del centro o por delegación el Equipo de gestión de la convivencia, aplicará algunade las siguientes medidas:

a. Cambio de grupo o clase del alumno o alumna, con carácter temporal, durante el períodoque se establezca por el centro, o definitivo.

b. Suspensión del derecho de asistir a las clases de una o varias materias, o a participaren las actividades extraescolares y complementarias hasta la celebración de una entrevistacon los representantes legales en el caso de alumnado menor de edad, sin que la medidapueda exceder de tres días.

c. Suspensión del derecho a utilizar el servicio de comedor o el servicio de transporteescolar por un período máximo de tres días, cuando la conducta contraria a la convivenciahaya tenido lugar con ocasión de la utilización de los mencionados servicios.

d. Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares por un período queno podrá sobrepasar el final del trimestre académico en que haya tenido lugar la conducta

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corregida o, en caso de haber tenido lugar en el último mes del trimestre académico, el finaldel trimestre inmediatamente siguiente.

e. Suspensión del derecho a participar en las actividades complementarias que hayan detener lugar fuera del centro docente por un período que no podrá sobrepasar el final deltrimestre académico en que haya tenido lugar la conducta corregida o, en caso de habertenido lugar en el último mes del trimestre académico, el final del trimestre inmediatamentesiguiente, siempre que durante el horario escolar la alumna o alumno sea atendido dentro delcentro docente.

f. Suspensión del derecho a utilizar la biblioteca, el aula de nuevas tecnologías, ellaboratorio o cualquier dependencia del centro donde se realice una actividad docente porun período que no podrá sobrepasar el final del trimestre académico en que haya tenidolugar la conducta a corregir o, en caso de haber tenido lugar en el último mes del trimestreacadémico, el final del trimestre inmediatamente siguiente, cuando la conducta contraria ala convivencia haya tenido lugar con ocasión de la utilización de los mencionados servicios.

2. La suspensión de cualquier derecho de asistencia o participación en actividadesextraescolares o complementarias conlleva el tratamiento educativo y la custodia delalumnado garantizada dentro del centro.

3. La dirección del centro, oído el Equipo de gestión de la convivencia, podrá aplicar, si sedan circunstancias agravantes, las medidas de este apartado frente a las previstas en elapartado 1:

a. Suspensión del derecho de asistencia a las clases de una o varias áreas o materias porun período de tres a diez días lectivos, sin pérdida de la evaluación continua siempre que serealicen determinados deberes o trabajos bajo el control del profesor o profesora que sedesigne a ese efecto por el centro.

b. Suspensión del derecho de asistencia al centro docente por un período de tres a diezdías lectivos sin pérdida de la evaluación continua, siempre que se realicen determinadosdeberes o trabajos bajo el control del profesor o profesora que se designe a ese efecto porel centro.

c. Realización dentro o fuera del horario lectivo de un servicio a la comunidad educativacomo fórmula de reparación al daño causado. Esta medida no puede ser impuesta sinautorización de los representantes legales en el caso del alumnado menor de edad, yaceptada por el propio alumno o alumna si es mayor de edad.

d. Suspensión del derecho a beneficiarse de una medida de compensación de lasestablecidas en el centro por un período que no podrá sobrepasar el final del trimestreacadémico en que haya tenido lugar la conducta a corregir o, en caso de haber tenido lugaren el último mes del trimestre académico, el final del trimestre inmediatamente siguiente,cuando la conducta contraria a la convivencia haya tenido lugar con ocasión de la utilizaciónde los mencionados servicios.

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e. Imposición de mantenerse alejado de quien ha sido su víctima en una situación deacoso, durante el tiempo que se determine.

4. La dirección del centro garantizará el ofrecimiento de una mediación con la otra partedel conflicto. Cuando se acepta la mediación la aplicación de cualquier medida se paralizahasta la finalización de esta, que deberá incluir el cumplimiento del acuerdo alcanzado.

Medidas ante conductas que perjudican gravemente la convivencia.1. Las conductas que perjudican gravemente la convivencia en el centro docente serán

corregidas por el director o directora para lo que podrá contar con la asistencia del Equipode gestión de la convivencia, con la aplicación de una o varias medidas de las recogidas en elartículo anterior y, además, con cualquiera de las siguientes:

a. Suspensión del derecho de asistencia al centro docente por un período de once a veintedías lectivos sin pérdida de la evaluación continua, siempre que se realicen determinadosdeberes o trabajos bajo el control del profesor o profesora que se designe a ese efecto porel centro.

b. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o en lascomplementarias fuera del centro docente, o del derecho a utilizar el servicio de transporteescolar o el servicio de comedor, durante un período que puede llegar hasta la finalizacióndel año académico, cuando la conducta contraria a la convivencia haya tenido lugar conocasión de la realización de las mencionadas actividades o servicios.

c. Inhabilitación para cursar estudios en el centro en el que se cometió la conductagravemente perjudicial por el tiempo que reste hasta la finalización del curso escolar.

d. Inhabilitación definitiva para cursar estudios en el centro donde se cometió laconducta gravemente perjudicial. En este caso, el Consejo Escolar del centro podrá acordarla readmisión del alumno o alumna para el siguiente curso, previa petición y comprobación deun cambio positivo en su actitud.

2. En caso de que el alumno o alumna con medida de inhabilitación, curse las enseñanzasobligatorias, la Administración educativa le asegurará un puesto escolar en otro centrodocente sostenido con fondos públicos, en los términos que se determinen por orden de lapersona titular de la consejería competente en materia de educación respecto a losservicios complementarios. Si se trata de alumnado que siga enseñanzas no obligatorias, deno existir plazas se le facilitará en la modalidad

Equipo de gestión de la convivencia ComposiciónEl Equipo de Gestión de la Convivencia del CEO de Mogán se renovará anualmente y

figurará en la PGA. En cualquier caso estará formado por: La persona que ejerza el cargo de Jefatura de Estudios. La persona que ejerza el cargo de Jefe/a del Departamento de Orientación

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El profesorado responsable del Aula de Convivencia, propuesto cada año por lajefatura de estudios en función de la disponibilidad horaria asignada y de laformación en materia de convivencia (En la medida de lo posible, habrá unprofesor/a representando a la etapa de Primaria y otro/a a la de Secundaria)

Funcionesa. Asistir a la dirección del centro y al resto de la comunidad educativa en el

cumplimiento de lo establecido en este Plan de Convivencia.b. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para

prevenir la violencia, evitar el conflicto, mejorar la convivencia y el respeto mutuo y latolerancia en los centros docentes.

c. El tratamiento de los conflictos de convivencia mediante los procedimientosestablecidos en el presente Decreto, garantizando los principios de oportunidad,intervención mínima, proporcionalidad y superior interés del menor en sus actuaciones.

d. Participar en la redacción de la memoria final del centro analizando los problemasdetectados en la gestión de la convivencia.

e. Informar al Consejo Escolar sobre las actuaciones realizadas y hacer las propuestasque considere oportunas para la mejora de la convivencia en el centro.

Plan de reunionesEl Equipo de Gestión de la Convivencia se reunirá con carácter extraordinario siempre

que se considere necesario. Habrá reuniones de carácter ordinario siempre que se concedadisponibilidad horaria por parte de la Administración Educativa.

De existir disponibilidad horaria, se fijará una reunión semanal entre los miembros delEquipo. De no ser así, la jefatura de estudio trasladará la información directamente alresponsable del Aula de Convivencia.

7. PROTOCOLOS PARA LA GESTIÓN DE CONFLICTOSRELACIÓN DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y SUS MEDIDAS

CORRECTORAS SEGÚN DECRETO 114/2011Distintos tipos de conductasArt. 62.1. Conductas contrarias a la convivencia de carácter leve:a) La falta injustificada de puntualidad o de asistencia a las actividades programadas. Llega tarde reiteradamente a clase, (cuando un grupo de alumnos, incluido este, no ha

estado la hora anterior en el aula). Está fuera de clase al comienzo de una hora lectiva (cuando el grupo haya estado en

el aula en la hora anterior).b) Las actitudes, gestos o palabras desconsideradas contra los miembros de la comunidad

educativa.

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No atiende al profesor/a, habla o juega durante la clase (sin que perjudique elderecho al estudio de sus compañeros).

Molesta, discrimina o insulta a un compañero o compañera, o realiza bromas hirientesy vejatorias (de forma puntual, sin dilatarse en el tiempo).

c) Una conducta disruptiva aislada, siempre que no sea reiterativa. Come en clase o lugares no permitidos (sin alterar la actividad lectiva). Deteriora o ensucia instalaciones y/o material (tira papeles o envoltorios al suelo,

derrama agua, tira la silla, etc.).No tipificado: No entrega documentación a sus tutores legales.

Art. 63.1. Conductas contrarias a la convivencia de carácter grave.a) La desobediencia a los miembros del equipo directivo o a los profesores o profesoras,

así como al resto del personal del centro en el ejercicio de sus funciones, cuando vayanacompañados de actitudes, o expresiones insultantes, despectivas, desafiantes oamenazadoras.

Manifiesta indisciplina desobedeciendo las indicaciones del profesorado, o al personaldel centro en el ejercicio de sus funciones.

Falta de disciplina al incumplir las medidas correctoras impuestas. Desafiar la autoridad del profesorado.b) Los insultos o amenazas contra el alumnado o contra otros miembros de la comunidad

educativa cuando no estén señaladas como conducta que perjudica gravemente la convivenciaen el centro docente, así como los gestos o actitudes contra los demás miembros de lacomunidad educativa que puedan interpretarse inequívocamente como intentos o amenazasde agresión.

Falta de consideración y respeto al profesorado o personal del centro con palabras ogestos, adoptando una actitud desafiante.

Falta de respeto, coacción o intento de agresiones verbales o físicas a compañeros ocompañeras.

c) La reiterada y continuada falta de respeto al ejercicio del derecho al estudio de suscompañeros o compañeras.

Interrupción del normal desarrollo de las clases (hablar, hacer ruidos, comer, usar elmóvil u otro dispositivo electrónico).

d) La alteración del orden en cualquier lugar del centro, en el transporte escolar o en larealización de actividades fuera del centro, cuando no constituyan conducta gravementeperjudicial para la convivencia.

Alteración del desarrollo normal de las actividades del centro: hacer ruidos en lospasillos, deambular por estos en horario lectivo, etc.

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e) La discriminación por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil, orientaciónsexual, aptitud física o psíquica, estado de salud, cultura, religión, creencia, ideología ocualquier otra condición o circunstancia personal, económica o social, cuando no debaconsiderarse conducta que perjudique gravemente la convivencia.

f) La grabación, publicidad o difusión no autorizada de imágenes de los miembros de lacomunidad educativa, cuando ello resulte contrario al derecho a su intimidad, y no constituyauna conducta que perjudica gravemente la convivencia (siempre que no sean agresiones oconductas inapropiadas).

No tipificadas: Acumulación de faltas leves (reincidencia). Acumulación de faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad. Entrar en el centro tarde (salta la puerta del centro). Hurtos menores.

Art. 64.1. Conductas que perjudican gravemente la convivencia en el centrodocente.

a) Los actos explícitos de indisciplina o insubordinación, incluida la negativa a cumplir lasmedidas correctoras impuestas, ante los órganos de gobierno del centro docente oprofesorado en ejercicio de sus competencias.

Actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las actividadesdel centro.

b) Las expresiones que sean consideradas gravemente ofensivas contra los miembros dela comunidad educativa, verbalmente, por escrito o por medios informáticos, audiovisuales ode telefonía.

c) Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa quetengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se realicen contra el alumnadomás vulnerable por sus circunstancias personales, sociales o educativas.

d) El acoso escolar.e) La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa o la instigación

de dichas acciones.f) La incitación a actuaciones muy perjudiciales para la salud y la integridad personal de

los miembros de la comunidad educativa del centro docente como son, entre otras, elconsumo de drogas y bebidas alcohólicas, así como el uso, la posesión o el comercio de talessustancias.

Fumar.g) Provocar o involucrarse en altercados o conductas agresivas violentas que impliquen

riesgo grave de provocar lesiones.

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h) Cometer intencionadamente actos que causen desperfectos en instalaciones o bienespertenecientes al centro docente, a su personal, a otros alumnos y alumnas o a terceraspersonas, tanto de forma individual como en grupo.

El deterioro, causado intencionadamente, de las dependencias del centro o de sumaterial, o del material de cualquier miembro de la comunidad escolar.

i) La alteración del orden en cualquier lugar del centro, transporte escolar o en larealización de actividades fuera del centro que creen situaciones de riesgo para cualquiermiembro de la comunidad educativa.

j) La grabación, publicidad o difusión no autorizada de imágenes de los miembros de lacomunidad educativa, en el caso de agresiones o conductas inapropiadas.

k) La suplantación de personalidad y la firma en actos y documentos oficiales de la vidadocente.

Suplantación de la personalidad.l) Dañar, cambiar o modificar un documento o registro escolar, en soporte escrito o

informático, así como ocultar o retirar sin autorización documentos académicos. Falsificación o substracción de documentos y material académico.m) Cualquier otra conducta que suponga incumplimiento alevoso de los propios deberes

cuando atente de manera manifiesta al derecho a la salud, a la integridad física, a la libertadde expresión, de participación, de reunión, de no discriminación, o al honor, la intimidad y lapropia imagen de los demás miembros de la comunidad educativa o de otras personas.

Injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad escolar. Exhibir símbolos racistas, emblemas o manifestación de ideologías que preconicen

violencia, xenofobia o terrorismo.No tipificadasAcumulación de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.Incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad.

Prescripción de las conductas contrarias a la convivenciaArt. 61.1. Plazos de prescripción.Las conductas contrarias a la convivencia de carácter leve prescribirán a los quince días,

las contrarias a la convivencia de carácter grave al mes y las gravemente perjudiciales parala convivencia a los dos meses.

Medidas aplicables ante conductas contrarias a la convivenciaArt. 65.1. Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter leve.(Aplicables por el profesorado y los tutores)a) Reflexión en lugar apartado dentro del aula sobre la conducta inadecuada concreta y

sus consecuencias.

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b) Reconocimiento de la inadecuación de la conducta, ante las personas que hayan podidoresultar perjudicadas.

c) Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conductacorrectas.

d) Realización de alguna tarea relacionada con el tipo de conducta inadecuada.e) Compromiso escrito entre el profesor o profesora y el alumno o alumna.f) Apercibimiento verbal con posterior comunicación a la jefatura de estudios y a sus

familias en el caso de alumnado menor de edad.Medidas que serán específicamente adoptadas por el tutor o tutora del grupo del

alumnado que hubiese realizado la conducta:g) Apercibimiento escrito con orientaciones para la superación del conflicto.h) Realización de trabajos educativos, en horario no lectivo, de tareas que contribuyan a

la reparación de los daños materiales causados o, si procede, a la mejora y desarrollo de lasactividades del centro docente siempre que dichas tareas tengan relación con la conductacontraria a la convivencia.

i) Privación del tiempo de recreo durante el período que se establezca por los centros.

Medida extraordinaria para alumnado absentista o de conducta disruptiva (incluidaen las normas de organización y funcionamiento del centro).

(Aplicable por la junta de profesorado y el departamento de orientación. Habrá quecontar con el compromiso de la familia en la participación y control de funcionamiento.)

Parte de seguimiento que al alumnado al que se le aplique tendrá que recoger el lunes aprimera hora en jefatura y lo custodiará durante la toda la semana. El profesorado tendráque firmar cada hora lectiva, indicando la puntualidad, conducta y trabajo durante dichahora. Al final cada jornada tendrá que ser firmado por cualquier jefe de estudios y seráfirmado también por los tutores legales. El parte individualizado quedará archivado enJefatura de Estudios semanalmente.

Art. 66.1. Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter grave.(Aplicables por la dirección del centro o por delegación el equipo de gestión de la

convivencia)a) Cambio de grupo o clase del alumno o alumna, con carácter temporal, durante el período

que se establezca por el centro, o definitivo.b) Suspensión del derecho de asistir a las clases de una o varias materias, o a participar

en las actividades extraescolares y complementarias hasta la celebración de una entrevistacon los representantes legales en el caso de alumnado menor de edad, sin que la medidapueda exceder de tres días.

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c) Suspensión del derecho a utilizar el servicio de comedor o el servicio de transporteescolar por un período máximo de tres días, cuando la conducta contraria a la convivenciahaya tenido lugar con ocasión de la utilización de los mencionados servicios.

d) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares por un período queno podrá sobrepasar el final del trimestre académico en que haya tenido lugar la conductacorregida o, en caso de haber tenido lugar en el último mes del trimestre académico, el finaldel trimestre inmediatamente siguiente.

e) Suspensión del derecho a participar en las actividades complementarias que hayan detener lugar fuera del centro docente por un período que no podrá sobrepasar el final deltrimestre académico en que haya tenido lugar la conducta corregida o, en caso de habertenido lugar en el último mes del trimestre académico, el final del trimestre inmediatamentesiguiente, siempre que durante el horario escolar la alumna o alumno sea atendido dentro delcentro docente.

f) Suspensión del derecho a utilizar la biblioteca, el aula de nuevas tecnologías, ellaboratorio o cualquier dependencia del centro donde se realice una actividad docente porun período que no podrá sobrepasar el final del trimestre académico en que haya tenidolugar la conducta a corregir o, en caso de haber tenido lugar en el último mes del trimestreacadémico, el final del trimestre inmediatamente siguiente, cuando la conducta contraria ala convivencia haya tenido lugar con ocasión de la utilización de los mencionados servicios.

Art. 66.3. Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter gravecon agravantes.

(Aplicables por la dirección del centro, oído el equipo de gestión de la convivencia, si sedan circunstancias agravantes.)

a) Suspensión del derecho de asistencia a las clases de una o varias áreas o materias porun período de tres a diez días lectivos, sin pérdida de la evaluación continua siempre que serealicen determinados deberes o trabajos bajo el control del profesor o profesora que sedesigne a ese efecto por el centro.

b) Suspensión del derecho de asistencia al centro docente por un período de tres a diezdías lectivo sin pérdida de la evaluación continua, siempre que se realicen determinadosdeberes o trabajos bajo el control del profesor o profesora que se designe a ese efecto porel centro.

c) Realización dentro o fuera del horario lectivo de un servicio a la comunidad educativacomo fórmula de reparación al daño causado. Esta medida no puede ser impuesta sinautorización de los representantes legales en el caso del alumnado menor de edad, yaceptada por el propio alumno o alumna si es mayor de edad.

d) Suspensión del derecho a beneficiarse de una medida de compensación de lasestablecidas en el centro por un período que no podrá sobrepasar el final del trimestre

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académico en que haya tenido lugar la conducta a corregir o, en caso de haber tenido lugaren el último mes del trimestre académico, el final del trimestre inmediatamente siguiente,cuando la conducta contraria a la convivencia haya tenido lugar con ocasión de la utilizaciónde los mencionados servicios.

e) Imposición de mantenerse alejado de quien ha sido su víctima en una situación deacoso, durante el tiempo que se determine.

Art. 67.1. Medidas ante conductas que perjudican gravemente la convivencia.(Aplicables por el director o directora para lo que podrá contar con la asistencia del

equipo de gestión de la convivencia o de los equipos de mediación, con la aplicación de una ovarias medidas de las recogidas en el artículo anterior y, además, con cualquiera de las sedescriben a continuación.)

a) Suspensión del derecho de asistencia al centro docente por un período de once aveinte días lectivos sin pérdida de la evaluación continua, siempre que se realicendeterminados deberes o trabajos bajo el control del profesor o profesora que se designe aese efecto por el centro.

b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o en lascomplementarias fuera del centro docente, o del derecho a utilizar el servicio de transporteescolar o el servicio de comedor, durante un período que puede llegar hasta la finalizacióndel año académico, cuando la conducta contraria a la convivencia haya tenido lugar conocasión de la realización de las mencionadas actividades o servicios.

c) Inhabilitación para cursar estudios en el centro en el que se cometió la conductagravemente perjudicial por el tiempo que reste hasta la finalización del curso escolar.

d) Inhabilitación definitiva para cursar estudios en el centro donde se cometió laconducta gravemente perjudicial. En este caso, el Consejo Escolar del centro podrá acordarla readmisión del alumno o alumna para el siguiente curso, previa petición y comprobación deun cambio positivo en su actitud.

Art. 59.2. Circunstancias atenuantesa) El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.b) La reparación espontánea de los daños.c) La petición pública de excusas, estimadas como suficientes por las personas afectadas

que, en ningún caso, podrá suponer un acto de humillación o vejatorio hacia el alumnadoimplicado.

d) La falta de intencionalidad.e) La colaboración para la resolución pacífica del conflicto.f) El cumplimiento de un acuerdo de mediación por el cual la parte directamente dañada

da por solucionado el conflicto.

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Art. 59.3. Circunstancias agravantes:a) La premeditación.b) La reincidencia.c) La incitación a la realización de cualquier acto contrario a las normas de convivencia, ya

sea colectivo o individual.d) Alentar al daño, injuria u ofensa al alumnado menor de edad o recién incorporado al

centro, así como a todos aquellos que se encuentren en situación de indefensión.e) La concurrencia con la conducta concreta de vejación o discriminación por razón de

nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, orientación e identidad sexual, nivel social,convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas o psíquicas, ocualquier otra condición o circunstancia personal o social.

f) El incumplimiento de un acuerdo de mediación sobre el mismo conflicto.g) El uso inadecuado de medios audiovisuales.h) La difusión a través de redes sociales u otros medios de lo obtenido según el apartado

g).i) La alarma social ocasionada por las conductas perturbadoras de la convivencia con

especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso o intimidación aotro alumno o alumna.

EN NUESTRO CENTRO LAS MEDIDAS CORRECTORAS DE LAS CONDUCTASCONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA PODRÁN SER:

a) La amonestación privada y verbal del profesor, del tutor-a o de la jefa de estudios.a) Quedarse sin recreo.b) Quedarse a realizar tareas cuando haya terminado la jornada lectiva habitual.c) Acudir al centro por la tarde de 15:00 h a 17:00 h, para realizar actividades de

estudio.d) La amonestación por escrito del profesor, del tutor o del jefe de estudios y

comunicación a los padres o tutores.e) Realización de tareas, encomendadas por el jefe de estudios, de adecentamiento o

que contribuyan a reparar el daño causado, o a reponer el material del centro.f) Rectificación pública, cuando proceda.g) Restitución o reparación de las pertenencias sustraídas o dañadas.h) Suspensión por el jefe de estudios del derecho a participar en actividades

complementarias o extraescolares.i) Suspensión por el director del derecho de asistencia a determinadas clases o al

centro de uno a tres días.

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8, PROTOCOLO PARA EL ABSENTISMO DEL ALUMNADO8.1 Control de asistencia Este punto está basado en Resolución de 21 de junio de 2018, por la que se dictan

instrucciones de organización y funcionamiento dirigidas a los centros docentes públicos nouniversitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso 2018/19 y en elDECRETO 174/2018, de 3 de diciembre, de aprobación del Reglamento por el que se regulala prevención, la intervención y el seguimiento del absentismo escolar y del abandono escolartemprano en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias..

a) Los tutores de grupo, a principio de curso, darán cuenta de las normas sobrecontrol de asistencia al alumnado, a sus padres o representantes legales, reiterándoles laimportancia de la asistencia y puntualidad a clase. El informe de absentismo se debeincorporar a la memoria final . A tal efecto, podrán existir tutores de faltas, que podrándestinar la totalidad de sus horas complementarias disponibles a la realización de estasfunciones. En las actas de cada sesión de evaluación se dejará constancia del absentismo delalumnado.

a) Las faltas de asistencia de los alumnos las consignará todo el profesorado delcentro para ello deberá utilizar los medios oficiales, en nuestro caso es el Pincel Ekade.

b) La jefatura de estudios llevará a efecto el control de las faltas de asistencia, enestrecha colaboración con los tutores.c) La tutoría correspondiente, elaborará mensualmente un informe en que se

consignarán los alumnos absentistas, relacionando nombre y apellidos, domicilio, teléfono,edad, curso y grupo. Asimismo, el número de faltas no justificadas de cada uno, el períodoen el cual se han producido, las causas alegadas por los padres y, si fuese necesario, lasrazones que el centro considere como causantes de la inasistencia.d) La dirección del centro enviará al ayuntamiento correspondiente, durante la

primera quincena del mes siguiente, una copia de la relación del alumnado menor de edad, quesupere el porcentaje de faltas injustificadas . Asimismo, remitirá mensualmente a laInspección de Educación los datos del centro por nivel, curso, grupo y materia, recopilados(Certificación de Datos)e) Como medida complementaria para evitar el absentismo escolar, el profesorado

de primera hora de clase comprobará qué alumnado ha faltado a esa hora. La Jefatura deEstudios, advertirá de esta circunstancia a las familias a lo largo de la jornada escolar,mediante sms.

f) Los alumnos deberán justificar e informar sobre el motivo de sus faltas deasistencia al centro en impreso oficial firmado por sus padres o tutores y lo entregará altutor de su grupo en los tres días siguientes a su reincorporación a las clases. Laconsideración de falta justificada se decidirá conjuntamente por el tutor y el jefe deestudios.

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b) Si un alumno tiene necesidad de abandonar el centro en horario lectivo debe pedirpermiso por escrito, según modelo que se le facilitará en la secretaría, siendo responsablede su salida su padre, madre o tutor legal quien vendrá a recogerlo cumplimentando dichodocumento.

c) Cuando un alumno haya acumulado en un mes tres o más faltas injustificadas, eltutor informará a los padres de tal circunstancia.

d) En el caso de Secundaria se informará a las familias de los apercibimientos depérdida de evaluación continua. En el caso de perder dicha evaluación continua. Los ámbitosestablecerán los sistemas extraordinarios de evaluación para aquellos alumnos absentistas alos que sean de aplicación.

e) La jefatura de estudios, por delegación de la comisión de convivencia, informarápor escrito a los padres de la aplicación de lo previsto al respecto en el NOF

f) Las reclamaciones contra dicha medida se interpondrán ante la comisión deconvivencia.

8.2 Plan de actuación ante la pérdida de la evaluación continua.La actuación ante la pérdida de evaluación continua de un/a alumno/a se recoge en el NOF

8.3 Puntualidad

Profesores y alumnos acudirán con puntualidad a clase. Cuando un alumno llegue tardeentrará en clase y deberá recuperar ese tiempo fuera del horario lectivo (en el recreo)

8.4 Expulsiones.

La exclusión del alumnado de las aulas constituye un recurso excepcional, tan sólojustificable en beneficio del buen clima de trabajo de los compañeros de su grupo. Si unprofesor se ve en este caso, informará de tal incidencia al profesor de guardia y al tutor, enprimera instancia, y a la jefatura de estudios posteriormente, con mención expresa de lascircunstancias que motivaron la adopción de tal medida. Además, deberá cumplimentar unparte de incidencia.

En el caso de expulsar a un alumno toda la hora, deberá salir con las actividadespropuestas para el resto del grupo-clase.

9. AUSENCIAS DEL PROFESORADO. Cuando se produzca la ausencia de un profesor, los alumnos del grupo correspondiente

permanecerán en su aula con profesor de guardia u otro profesor nombrado para hacer lasustitución, quien se hará cargo de ellos. El alumnado deberá realizar las actividades que seencuentre en el “Banco de Actividades” y que previamente ha dejado el profesorado.

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Debemos recordar al alumnado que las horas libres NO EXISTEN.

10. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN LOS SUPUESTOS CASOS DE ACOSO A IntroducciónEste protocolo nos ofrece los pasos a seguir para actuar frente a un supuesto caso de

acoso escolar mediante la propuesta de ACTUACIONES INMEDIATAS (actuaciones acorto, medio y largo plazo). Es exclusivo para atender supuestos de acoso entre iguales ydentro del ámbito escolar. No es válido para otros supuestos de acoso escolar como: acosode profesorado hacia alumnado o alumnado hacia profesorado, ni acoso entre adultos.

Las relaciones entre iguales tienen un papel relevante en la socialización y losaprendizajes. Estas influencias generalmente son positivas, pero no siempre es así. Esta guíade actuación se plantea desde el principio de tolerancia cero a la violencia, con una claraactitud de firmeza ante ella y solo cobra sentido cuando se integra en una convivenciaescolar que avanza en el camino de cimentar una cultura de paz, mediante una convivenciademocrática, positiva y saludable.

La escuela debe favorecer los valores de responsabilidad, tolerancia, la igualdad y elrespeto por los derechos y deberes de todos los componentes de la comunidad educativa yla garantía de su protección y defensa.

El Plan de Convivencia de Centro nos puede ayudar a mejorar las relaciones personalesen el marco general de la escuela. En líneas generales se puede concretar en una gestióndemocrática del centro, la implementación de sistemas de resolución pacífica de conflictos,una metodología de enseñanza-aprendizaje que favorezca la cooperación entre elprofesorado y la importancia de la acción preventiva como garantía para la mejora de laconvivencia escolar.

B Definición del ACOSO ESCOLAREl decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito

educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que el acoso escolar es laintimidación y el maltrato entre escolares de forma repetida y mantenida en el tiempo, conla intención de humillar y someter abusivamente a una persona indefensa por parte de otraacosadora o de un grupo, a través de agresiones físicas, verbales y sociales con resultadosde intimidación psicológica y rechazo grupal

El acoso escolar presenta las siguientes características:✔ Es un tipo de violencia difícil de identificar. Permanece oculta casi siempre para laspersonas adultas, pero es bien conocida por el alumnado.

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✔ El acoso puede ser físico, psicológico o relacional.✔ Debe existir intencionalidad de hacer daño por parte de la persona o grupo queagrede.✔ Se aprecia una reiteración de los comportamientos abusivos a lo largo del tiempo.✔ Hay desequilibrio y abuso de poder que impide que la persona acosada pueda salir porsí misma de la situación Se acosa a alguien por tener un rasgo característico personal opeculiar (alumnado recién incorporado, de otra cultura, con defecto o un aspecto físicodiferente…), o por cualquier otra razón.✔ Quien lo sufre está en situación de inferioridad y tiene como consecuencia undeterioro en su integridad y sentimientos de inseguridad

Hablamos de acoso cuando:a) Cuando el maltrato es físico o psicológico.b) Cuando hay intención de causar daño por parte de la persona que agrede.c) Cuando se repite a lo largo del tiempo.d) Cuando hay un desequilibrio y abuso de poder que impide a la persona acosada salir

por sí misma de una situación que no ha provocado

¿En qué lugares suele ocurrir?✔ Durante el recreo y en los patios.✔ En la fila.✔ En baños, pasillos…✔ En el aula, cuando la profesora o el profesor se vuelven a la pizarra para dar unaexplicación, mientras se atiende a alguna alumna o alumno.✔ En los cambios de clase.✔ En los accesos(entrada/salida) del centro.✔ En el exterior del centro.✔ A través del teléfono móvil (mensajes, llamadas anónimas…).✔ A través de Internet, redes sociales, chat y correo electrónico.✔ Durante la realización de actividades complementaria y/o extraescolares.

El protocolo del CEO Mogán para la resolución de conflictos y detección eintervención sobre las situaciones de acoso escolar estará regido por la normativa educativaal respecto:✗ DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbitoeducativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.✗ ORDEN 27 DE JUNIO DE 2014 por la que se regula la gestión de conflicto deconvivencia por el procedimiento de la mediación.

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✗ Marco general de actuación ante un posible acoso escolar de la Consejería deEducación del Gobierno de Canarias.

C. Actuaciones inmediatasC.1.Fase de detección y acogida

A.Informar al director/aCuando algún miembro de la comunidad educativa tiene conocimiento de algún posible

caso de acoso escolar trasladará de forma inmediata esta información al director/a quien lavalorará para decidir activar el protocolo.

El director citará a la familia y le presentará al responsable que llevará a cabo lasactuaciones inmediatas del protocolo de actuación, ante un supuesto de acoso escolar.

B. Entrevista con quien ha informado el supuesto acosoLa persona referente se citará con la familia para la primera entrevista, en un plazo no

superior a dos días. La persona referente manifestará a la familia su preocupación por elproblema planteado y agradecerá a la familia de forma anticipada su confianza en el centroy su disposición para resolver de forma cooperativa la situación planteada.

C. Entrevista con la supuesta víctima de acoso.La persona referente con las debidas normas de precaución y confidencialidad se

entrevistará con la supuesta víctima de acoso para recoger toda la información /indicadores sobre el supuesto acoso y realizar valoración del daño.

D. Entrevista con alumnado que ha podido presenciar las situaciones de abuso o acosoLa persona referente con las debidas normas de precaución y confidencialidad se

entrevistará con los observadores pasivos o testigos de los hechos para recoger toda lainformación sobre el supuesto acoso.

E. Puesta en marcha, en su caso , de una posible red de observadores y de protección delalumno alumna que recibe el acoso, asegurando la protección y el anonimato de quien sienteel acoso.

F. VALORACIÓN DEL SUPUESTO ACOSO ESCOLAR PARA DISPONER DE UNDIAGNÓSTICO INICIAL

En cualquier situación de acoso escolar deben coexistir tres criterios diagnósticosbásicos:

ü Desequilibrio de poder. Relación de dominio-sumisión.

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La víctima se encuentra en una situación de evidente inferioridad respecto alalumnado por el que es acosado. Siente miedo e indefensión. Son los otros los que manejanla situación y la víctima la sufre, sin saber cómo salir de ella o evitarla.

✔ Intencionalidad/Personalización.Las conductas de maltrato se dirigen específicamente, de forma intencionada, hacia la

víctima y no hacia cualquier otro compañero o compañera. La víctima siente que va o vanhacia su persona e informa que no se comportan así con otros compañeros o compañeras.Cuando no se confirma este criterio, porque la supuesta víctima informa que su agresor oagresora se porta así con la mayoría de la clase, que molesta a todo el mundo, podemos estarante un diagnóstico diferencial, en el que podemos descartar la existencia de acoso. Este esel criterio que nos permite, en ocasiones, descartar también a la supuesta persona agresoracomo tal y atenderla como alumno o alumna con trastornos de conducta y de relación. Enmuchas ocasiones, ya tiene informe de orientación.

✔ Cronicidad/repetición de conductas.Las conductas de maltrato se sufren de forma crónica, prácticamente a diario, y

suceden desde hace al menos un mes. En general, viene ocurriendo desde hace tiempo.La no existencia de uno de ellos nos lleva a descartar el acoso; debiéndose, entonces,

establecer el diagnóstico del tipo de conflicto de que se trate y proseguir la gestión delconflicto por otras vías disponibles para ello, en el plan de convivencia.

En caso de concluir que no es una situación de acoso escolar, la persona referente loargumentará en la reunión establecida en al fase siguiente.

C.2.Fase de análisis de la situación inicialA. Análisis de la situación preintervención

La persona referente se reunirá con la director el equipo de Gestión de la Convivencia,el tutor o tutora del alumno o alumna víctima de acoso y el/la orientador/a, y les aportarátoda la información disponible, argumentado su diagnóstico inicial.

Se analizará y valorará conjuntamente la situación, ajustando el procedimiento a seguiren cada caso particular a los principios de actuación para gestionar un conflicto (Decreto144/2011, art. 3 punto 2: principio de oportunidad, de intervención mínima, de graduación yde proporcionalidad, teniendo siempre presente el superior interés del alumnado).En caso de concluir que no se trata de una situación de acoso escolar, se cerrará esteprotocolo, y el conflicto se continuará atendiendo desde el equipo de gestión de laconvivencia.

En este caso, la última intervención del referente junto al director/a y el tutor otutora será una entrevista de “devolución a la familia” , explicándole que, después de evaluarla situación con su hijo o hija, se ha concluido que no se trata de una situación de acoso.

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Si se llega a la conclusión de que se trata de una situación de acoso escolar, seevaluará la necesidad de aplicar medidas urgentes, según lo expuesto en el apartadosiguiente:B. Opciones para aplicar medidas urgentes ante una situación de acoso escolar.

1) Cuando la situación es considerada grave, hay que tomar medidas urgentes einmediatas para garantizar la protección de la víctima, sin intervenir todavía con elalumnado que ejerce el acoso, reforzando las medidas de vigilancia en los lugares de riesgo,durante los cambios de clase, el recreo, en los vestuarios, el patio…

2) Cuando en el análisis realizado se desprende el temor de un agravamiento de lasituación, en cualquier momento, hay que asegurarle a la víctima el distanciamiento con elalumnado responsable del acoso, debiendo en un caso extremo, aplicarle medidasdisciplinarias cautelares, garantizando así su alejamiento de la víctima.

En Educación Primaria puede plantearse un cambio de grupo, con carácter temporal,de quien ejerce el acoso; y tomar las precauciones necesarias para evitar que coincidan encualquier otra ocasión (entradas, salidas, patio...).

En Educación Secundaria: se procederá a la suspensión temporal de asistencia alcentro, por un máximo de cuatro días (citándolos para la entrevista durante la fase deintervención).

3) Se le informará a la familia y se les llamará en uno o dos días para que vengan auna reunión en el centro, donde se les informará con detalle sobre el problema y se lessolicitará su cooperación con el fin de solucionarlo.

4) Cuando la situación es considerada muy grave, pudiendo constituir hechosdelictivos y el agresor o agresora es mayor de 14 años (tiene responsabilidad penal), hay queponer la situación en conocimiento del inspector/a de manera inmediata, quién valorará , sidebe trasladarse la información a la Sección de Menores de la Fiscalía.

5) Cuando la detección del acoso no la ha hecho la familia de la víctima,el tutor otutora, junto con el/la director/a y la persona referente, con la debida cautela, lesinformará de la situación detectada y de las medidas que se están adoptando. Además, seles orientará para que cooperen en la gestión pacífica del conflicto confiando en laintervención del centro, siendo la mayor preocupación para el acoso sufrido por su hijo ohija; y protegerlo garantizando su seguridad.

El director informará al inspector/a de la situación detectada y de los pasos que seestán dando.

C.3. Fase de intervención: diagnóstico y contención del acosoA. Sesión educativa con el grupo de alumnado observador

Esta sesión tiene la finalidad de sensibilizar al alumnado con el problema del acoso,propiciando su empatía hacia cualquier víctima, buscando su implicación como persona

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comprometida con la convivencia del centro, identificar a la víctima, contrastar la hipótesisde partida y confirmar el diagnóstico de acoso. También para identificar al alumnadoagresor y acordar las primeras medidas de protección a la víctima , a las que secomprometen de forma voluntaria.

Se les convocará de la manera más discreta posible. El tutor o tutora los acompañaráal lugar de la sesión. Se informará al tutor o tutora sobre el resultado de esta sesión y,también, de los compromisos asumidos para que pueda estar al tanto de ellos; o incluso,facilitarlos.Conclusiones de la sesión con alumno observador:

Diagnostico de acoso escolar confirmado: La clasificación del acoso escolar comoconducta contraria a la convivencia corresponde al equipo de gestión de la convivencia.

A partir de aquí, se continúa el protocolo iniciando las entrevistas siguientes con elalumnado que ejerce el acoso, en el tiempo más breve posible.

El diagnostico inicial no se confirma: Si se llega a la conclusión de que NO es unasituación de acoso escolar, se realizará otra entrevista con quien habíamos supuesto comovíctima de acoso. Se le informará que desde el centro se le quiere ayudar a resolver elconflicto que está viviendo, pero que debe ser el equipo de gestión de la convivencia quién leofrezca su ayuda, sin considerarlo un acoso escolar.

La última intervención del referente será una entrevista de “devolución a la familia”que se realizará junto al director/a y el tutor o tutora y en la que se informará del procesoseguido y de las conclusiones a las que se ha llegado.

B. Sesión Educativa con cada alumno o alumna que ha ejercido el acosoSe establecerá un orden para ir hablando con cada cual. Desde el considerado por la

víctima como menos responsable, hasta el percibido como máximo responsable o líder.El objetivo es PARAR el acoso.

C. Entrevista con cada familia del alumnado que ejerce el acosoLa persona referente cita a la familia y le solicita su cooperación para seguir

gestionando el conflicto desde un modelo responsabilizador y reparador.

D. Entrevista de devolución a la familia de la víctimaLa persona referente informarán a las familias de las actuaciones realizadas y el

resultado de las mismas.

C.4. FASE DE TOMA DE DECISIONESA. ANÁLISIS DE SITUACIÓN POSTINTERVENCIÓN

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Se realiza una reunión con la persona referente, participando el director, elEquipo de Gestión de la Convivencia, el tutor o tutora de alumno o alumna victima deacoso y la orientadora para analizar- evaluar cuál es la situación, después de finalizarcon las actuaciones inmediatas y disponer de un diagnóstico completo de la situación.

B. Plan de acompañamiento y seguimientoLa persona referente realizará un seguimiento y análisis de la evolución de caso

y fijará plazos para revisar la situación del mismo. El proceso finaliza cuando seconstata la efectividad de las medidas adoptadas. Se recomiendan evaluar la situaciónal menos durante tres meses.

C. Cierre de las actuaciones inmediatasEl director informará al inspector/a del resultado de las actuaciones realizadas

y del plan de seguimiento y acompañamiento acordado.

11 PROPUESTAS PARA EL PRESENTE CURSO:Modificar los protocolos de actuación en la sanción de las faltas disciplinarias en los

siguientes aspectos:a) Eliminar el excesivo número de barreras existentes en el proceso sancionador

para las faltas graves y muy graves estableciendo una línea de acción rápida y directaasumida por la dirección y la jefatura de estudios, teniendo que realizar para ello elprofesor/a con el que ocurre el incidente, el parte inmediato. Una vez se tenga estedocumento, se podrá reunir el equipo de gestión de la convivencia a la mayor brevedadposible, así como dar conocimiento verbal al Consejo Escolar y la posterior informaciónescrita en el siguiente Consejo Escolar que se convoque.

b) Utilizar el modelo de parte de incidencias elaborado el presente curso, además decomo parte en sí, también como documento para el seguimiento del proceso sancionador parafaltas leves o, graves y muy graves.– Establecer variaciones en la tipificación de faltas:a) Como faltas graves: La falta grave de respeto, verbalmente emitida hacia el profesorado, consistente en

insultos graves, comparaciones hirientes, etc. La reiteración de faltas leves producidas durante la misma hora de clase con el

mismo profesor. Por ejemplo: un alumno interrumpe la clase hablando en voz alta o riéndosey, a pesar de las advertencias del profesor, repite la misma conducta más de 10 veces a lolargo de esa hora.

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Plantearse, para el venidero curso escolar, la figura del tutor de faltas asignando enel horario de trabajo del profesor implicado 1 o 2 horas para que gestione la acumulación departes de incidencias evitando así, la prescripción de las faltas leves.

Herramientas más usuales que se usarán ante los conflictos que diariamente se abordanen el Centro.

Separación temporalCuando las advertencias verbales ante una conducta inadecuada no surtan efecto, el

alumno puede ser colocado fuera del aula por un periodo corto de tiempo (bajo la supervisióndirecta del profesor responsable del grupo). Esta medida dará al alumno la oportunidad dereflexionar sobre la necesidad de cambiar su actitud y evitar sanciones más graves.

AmonestaciónLa amonestación en un parte de incidencias supone un paso superior a la amonestación

verbal y a la adopción de alguna medida complementaria como puede ser el cambio de sitio ola invitación para reflexionar fuera del aula por un espacio corto de tiempo.

Toda amonestación debe venir acompañada de la correspondiente observación.La acumulación de amonestaciones dará lugar a la aplicación de otras medidas y puede

implicar el suspenso en la materia.Expulsión de claseEn el caso de falta grave o muy grave el alumno será derivado a Jefatura de Estudios

junto al modelo normalizado disponible para este fin, siempre que la docente que ejerce laJefatura de Estudios no tenga clase y pueda resolver la misma. En este caso, otro miembrodel profesorado, sin clase, pero con horario de obligada permanencia en el centro, se harácargo del mismo. Este modelo contemplará la fecha, hora, materia, profesor/a y motivo de lacorrección a juicio de éste/a. La expulsión de clase es una medida que sólo se aplicarácuando sea imprescindible para el normal funcionamiento de la clase o cuando la gravedaddel acto así lo precise y siempre que se dé lo anteriormente expuesto.

Privación del recreoSerá el mismo profesor quien se responsabilice del alumno o grupo de alumnos que son

sancionados, en algún espacio del centro adecuado y disponible (aula, biblioteca o sala devídeo). No obstante, está obligado a informar al tutor sobre la adopción de esta medida, porla vía más rápida que el profesor determine.

Se respetará el derecho a desayunar del alumno permitiéndole salir, al menos diezminutos antes del tiempo de finalización

Conductas referentes a negativa explícita a abandonar el aula, entrar a clase oacompañar al profesor/a de guardia.

Se solicitará la presencia de un cargo directivo u otro miembro del profesorado, sinclase, pero con horario de obligada permanencia en el centro.

Uso de dispositivos electrónicos dentro del aula

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Cualquier dispositivo electrónico del alumno ubicado en un lugar visible por al alumno sinconsentimiento expreso del profesor, será depositado en la Jefatura de Estudios. El mismono será devuelto hasta que los padres, madres o tutores legales del alumno (o el adulto enquien ellos deleguen) vengan al centro a retirarlo.

Retrasos reiteradosUna vez que el alumno está en el Centro tiene el derecho y la obligación de entrar a clase.

El profesor correspondiente anotará el retraso y será el tutor quien adopte las medidasoportunas para corregir estas faltas.

PeleasEl profesor que presencie una pelea debe dar la orden de poner fin a la misma de manera

inmediata. En caso de no lograrlo, requerirá la presencia del profesor de guardia o de otromiembro del profesorado, sin clase, pero con horario de obligada permanencia en el centro.

En cualquier caso, e independientemente del lugar y el momento donde tenga lugar lapelea, los alumnos implicados permanecerán con el profesor de guardia. Habrá que hacerparte de incidencia y avisar de inmediato a sus familias.

12. DINAMIZACIÓN, DIFUSIÓN Y EVALUACIÓN DEL PLAN Los mecanismos de seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia en el CEO Mogán,

sin excluir ningún otro procedimiento propio del centro que quedará reflejado en la memoriaanual del centro, se guiarán fundamentalmente por la normativa vigente elaborada por laConsejería de Educación, relativa al fomento de la convivencia en los centros docentes de laComunidad Autónoma Canaria en lo relativo a las actuaciones de seguimiento y de evaluación.

Para la adecuada difusión del Plan de Convivencia se utilizarán las siguientes estrategias:1. El Plan de Convivencia estará disponible desde el momento de su aprobación en la página

Web del Centro.2. Una versión impresa del Plan de Convivencia se ubicará en la Jefatura a disposición de

todo el que lo desee.3. Se publicará una guía que contenga un extracto del Plan de Convivencia

fundamentalmente las normas de convivencia y sus correcciones.4. Esta guía será objeto de difusión en las reuniones iniciales con los padres y madres.5. El Plan de Convivencia en general y la guía anterior en particular serán objeto de

análisis en clase en las horas de tutoría.Seguimiento y evaluaciónLos informes obtenidos por los profesores/as tutores/as a partir de los registros de

incidencias serán la base para el informe trimestral que desde la jefatura de estudios setrasladará a la Comisión de Convivencia, que lo analizará y valorará, realizando si procede laspropuestas de mejora que estime convenientes y dando cuenta de este al Consejo Escolar.

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La evaluación final del Plan de Convivencia se efectuará a través de una memoria que serealizará al final de cada curso escolar y que deberá ser aprobada en Consejo Escolar. Estamemoria será elaborada por el equipo directivo con las aportaciones que en su caso pudieranhacer la Comisión de Convivencia, Claustro de profesores, AMPA, Junta de Delegados yAsociación de Alumnos.

Revisión anualAl comienzo de cada curso escolar, será revisado el Plan de Convivencia con objeto de

analizar la evolución del estado de la convivencia en el centro e incorporar al mismo laspropuestas de mejora recogidas en la memoria del curso anterior.

La revisión anual del plan de convivencia deberá ser aprobada por el Consejo Escolar,incluida en el proyecto educativo del centro y remitida a la correspondiente DelegaciónProvincial de la Consejería de Educación antes de la finalización del mes de noviembre.

13. PLAN DE FORMACIÓNLa formación sobre la convivencia y resolución de conflictos pensamos que es

imprescindible para mejorar las pautas de actuación que potencien un clima favorable en elcentro. Es necesaria una formación específica para atender situaciones relacionadas con laconvivencia y la conflictividad.

Se hace necesario introducir la formación permanente del profesorado en el complejomundo de las relaciones interpersonales en el centro: habilidades sociales, resolución deconflictos, estrategias para fomentar la participación, intervención ante problemas deconducta, violencia en las aulas, maltrato entre compañeros, etc.

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