006bases de mantenimineto rutinario junin.doc

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 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JUNIN  ADJUDICACION DIRECT A SELECTIV A Nº 006-2011- MPJ/CE-ADS INSTITUTO VIAL PROVINCIAL JUNIN BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 006-2015-MPJ/CE-ADS I CONVOCA TORIA CONTRATACION DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO RUTINARIO DE CAMINOS VECINALES: ÓNDORES – CHUECO (2700 !M"

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Mantenimiento rutinario Junin.

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUPACA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JUNIN

ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 006-2011-MPJ/CE-ADS

INSTITUTO VIAL PROVINCIAL JUNIN

BASES ADMINISTRATIVAS

ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 006-2015-MPJ/CE-ADSI CONVOCATORIA

CONTRATACION DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO RUTINARIO

DE CAMINOS VECINALES:

NDORES CHUECO(27+00 KM)

FINANCIADO CON LAS TRANSFERENCIAS DE RECURSOS ORDINARIOS Y FONCOMUN DE LOS GOBIERNOS LOCALES PARA EL MANTENIMIENTO RUTINARIO

JUNIN PERU

2015SECCIN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

(ESTA SECCIN NO PUEDE MODIFICARSE EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD, SALVO AQUELLAS DISPOSICIONES QUE EXPRESAMENTE SE INDIQUE EN LAS BASES QUE PUEDEN SER INCLUIDAS Y/U OMITIDAS)

CAPTULO I

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

1.1 CONVOCATORIA

Se efectuar de conformidad con lo sealado en el Artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

1.2 BASE LEGAL

Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Decreto Legislativo N 1017 Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

Decreto Supremo N 184-2008-EF Aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.

Decreto Supremo N 021-2009-EF Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Decreto Supremo N 140-2009-EF Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Directivas de OSCE. Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.

Cdigo Civil.

Decreto Supremo N 007-2008-TR, Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

Decreto Supremo N 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.

Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (01) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artculo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber acreditar estar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado.

MUY IMPORTANTE:

Para participar de un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe. Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razn social (persona jurdica), nmero de RUC, domicilio legal, telfono.

De acuerdo con lo establecido en el artculo 52 del Reglamento, la persona natural o jurdica que desee ser notificada electrnicamente, deber consignar una direccin de correo electrnico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificacin a travs del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a travs del SEACE.

1.4 FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un perodo mnimo de tres (3) das hbiles contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

1.5 ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisin que tome el Comit Especial, con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, y a los correos electrnicos de los participantes que as lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en los Artculos 54, 55,56 y 57 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

La absolucin de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarn como parte integrante de sta y del Contrato.

MUY IMPORTANTE:

No se absolvern consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6ELEVACIN DE OBSERVACIONES A LA ENTIDAD

De conformidad con el artculo 28 de la Ley, los observantes tienen la opcin de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al Titular de la Entidad, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE, siempre que el valor referencial del proceso sea menor a trescientas (300) Unidades Impositivas Tributarias.

Dicha opcin no slo se originar cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comit Especial, sino adems, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado contina siendo contrario a lo dispuesto por el Artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulacin de consultas y/u observaciones, tendr la opcin de solicitar la elevacin de las Bases cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisin adoptada por el Comit Especial es contraria a lo dispuesto por el Artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones y del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin.

El plazo que tiene el Titular de la Entidad para emitir y notificar el pronunciamiento a travs del SEACE ser no mayor de ocho (8) das hbiles. Este plazo es improrrogable y ser contado desde la presentacin de la solicitud de elevacin de Bases.

La competencia del Titular de la Entidad para emitir el Pronunciamiento sobre las observaciones a las Bases es indelegable.

1.7 INTEGRACIN DE LAS BASES

El Comit Especial integrar las Bases como reglas definitivas del presente proceso de seleccin, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si stas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

Las Bases Integradas, de ser el caso, debern contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comit Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el Titular de la Entidad.

Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artculos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el Artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8 FORMA DE PRESENTACIN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS

Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de las propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin efectuada por traductor pblico juramentado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisin de la presentacin del documento o su traduccin no es subsanable.Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos, llevarn el sello y la rbrica del postor y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un proceso de seleccin

NOTA 1 PARA EL COMIT ESPECIAL:

En caso de convocarse segn relacin de tems, deber incluirse lo siguiente:

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos. 1.9 ACTO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS

En caso que la presentacin de propuesta se realice en ACTO PBLICO, deber considerarse lo siguiente:

El acto pblico se realiza, cuando menos, en presencia del Comit Especial, los postores y con la participacin de Notario o Juez de Paz, en los lugares donde no exista Notario.

Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 01). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal (Formato N 01).

El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante.

Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor.

El Comit Especial comprobar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser as, devolver la propuesta, tenindola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

De presentarse situaciones de subsanacin de la propuesta tcnica, se proceder de acuerdo al Artculo 68 del Reglamento.

Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas.

Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen.

En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deber considerarse lo siguiente:

Los participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en la direccin, en el da y horario sealados en las Bases, bajo responsabilidad del Comit Especial.

En el caso que la propuesta del postor no fuera admitida, el Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE, debiendo devolverse los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

En caso de la descalificacin de propuestas, el Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE.

1.10 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente:

a) La oferta econmica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

b) Garanta de seriedad de oferta

NOTA 2 PARA EL COMIT ESPECIAL:

En caso de convocarse segn relacin de tems, deber incluirse lo siguiente: Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.

1.11 EVALUACIN DE PROPUESTAS

La evaluacin de propuestas se realizar en dos (02) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.

Los mximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:

Propuesta Tcnica

: 100 puntos

Propuesta Econmica

: 100 puntos

1.11.1 Evaluacin Tcnica

Se verificar que la propuesta tcnica contenga los documentos de presentacin obligatoria y cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.

Slo a aquellas propuestas admitidas, el Comit Especial les aplicar los factores de evaluacin previstos en las Bases y asignar los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

1.11.2 Evaluacin Econmica

Si la propuesta econmica excede el valor referencial ser devuelta por el Comit Especial, tenindose por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley.

La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

Pi = Om x PMPEOi

Donde:

i = Propuesta

Pi = Puntaje de la propuesta econmica i

Oi = Propuesta econmica i

Om = Propuesta econmica de monto o precio ms bajo

PMPE = Puntaje mximo de la propuesta econmicaNOTA 3 PARA EL COMIT ESPECIAL:

En caso de convocarse bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, deber incluirse la siguiente disposicin: El Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

NOTA 4 PARA EL COMIT ESPECIAL: Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento deber incluirse lo siguiente: La propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

1.12OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROEn caso que el otorgamiento de la buena pro se realice en ACTO PBLICO, deber incluirse lo siguiente:

El Comit Especial har de conocimiento de los postores, a travs de un cuadro comparativo, el puntaje obtenido en las propuestas tcnicas y su correspondiente orden de prelacin, indicando adems las propuestas descalificadas, de ser el caso.

A continuacin, el Notario proceder a la entrega al Comit Especial de los sobres que contienen las propuestas econmicas. El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases.

La evaluacin de las propuestas econmicas, as como la determinacin del puntaje total, se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

El Presidente del Comit Especial anunciar la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a travs del cuadro comparativo.

En el supuesto que dos (02) o ms propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el Artculo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o juez de paz), por todos los miembros del Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro, se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario.

No obstante lo precedido, el otorgamiento de la buena pro ser publicado el mismo da en el SEACE.

En caso que el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO deber incluirse lo siguiente:

El Comit Especial consolidar en un cuadro comparativo, el puntaje obtenido en las propuestas tcnicas y su correspondiente orden de prelacin, indicando adems las propuestas descalificadas, de ser el caso.

A continuacin, el Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases.

La evaluacin de las propuestas econmicas, as como la determinacin del puntaje total, se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

El Presidente del Comit Especial anunciar la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a travs del cuadro comparativo.

Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita por todos los miembros del Comit Especial.

En el supuesto que dos (02) o ms propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el Artculo 73 del Reglamento.

El otorgamiento de la Buena pro se publicar y se entender notificado a travs del SEACE, el mismo da de su realizacin, bajo responsabilidad del Comit especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de cada factor de evaluacin. Adicionalmente, se podr notificar a los correos electrnicos de los postores de ser el caso.

1.13 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento.

El consentimiento de la Buena Pro se publicar en el SEACE al da siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

1.14 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo indicado.

CAPTULO II

SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

2.1Recurso de apelacin

A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato.

El recurso de apelacin se presentar ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin que se impugna, y ser conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.

Con independencia del valor referencial del proceso de seleccin, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal Contrataciones del OSCE.

El Tribunal ser competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de seleccin de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratacin pblica.

2.2Plazos de interposicin del recurso de apelacin

La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar. CAPTULO III

SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

3.1. DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deber, dentro del plazo de dos (2) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgndole el plazo establecido en las Bases, el cual no podr ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) das hbiles, dentro del cual deber presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentacin requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento.

NOTA 5 PARA EL COMIT ESPECIAL:

Las Entidades podrn citar al ganador de la buena pro a travs del SEACE. En caso que la Entidad opte por esta forma de notificacin deber consignarse el siguiente prrafo:

La citacin al postor ganador de la buena pro para la suscripcin del contrato se notificar de manera electrnica a travs del SEACE. Es responsabilidad del postor el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE.

El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artculo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Garanta por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin (salvo casos de excepcin) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.

3.2VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepcin de la orden de servicio. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago.

3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTAS

Las garantas que debe presentar el contratista debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa bajo el mbito de supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estn consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

3.4 DE LAS GARANTAS

3.4.1GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

3.4.2GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIASEn caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparacin o actividades afines, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.3.5 EJECUCIN DE GARANTAS

Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

3.6. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicacin de penalidades por retraso injustificado en la atencin del servicio y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los Artculos 165 y 168 del Reglamento.

De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

3.7 ADELANTOS

NOTA 6 PARA EL COMIT ESPECIAL:

Deber incluirse las disposiciones de este numeral slo en el caso que la Entidad haya previsto la entrega de adelantos:

Se podr establecer adelantos directos al contratista, los que en ningn caso excedern en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original.

La entrega de adelantos se har en la oportunidad establecida en las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en dicha oportunidad, el contratista tiene derecho a solicitar prrroga del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, siempre que sta afecte realmente el plazo indicado.

3.8 PAGOS

La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la realizacin del servicio.

La Entidad podr realizar pagos peridicos al contratista por el valor de los servicios contratados en cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estn fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la existencia de la prestacin de los servicios. Las Bases podrn especificar otras formas de acreditacin de la obligacin. Los montos entregados tendrn el carcter de pagos a cuenta.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

Plazos para los pagos

La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos recibidos.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.3.9 DISPOSICIONES FINALES

Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

SECCIN ESPECFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

(En esta seccin la Entidad deber completar la informacin exigida de acuerdo a las instrucciones indicadas)ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 006-2015-MPJ/CE-ADSCAPTULO I

GENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JUNINRUC N: 201776539601.2. DOMICILIO LEGAL

Jr. AYACUCHO N 125 129, Provncia de JUNIN, Departamento de Junn, Telefono N 064 - 344224.

1.3. OBJETO DE LA CONVOCATORIAContratar a una pequea o microempresa para que preste el servicio de Mantenimiento Rutinario por Resultados del Camino Vecinal para, el Tramo: NDORES - CHUECO que fueron transferidos por PROVIAS DESCENTRALIZADO al IVP JUNIN, de conformidad al siguiente detalle:

DISTRITOTRAMO/PROGRESIVADENOMINACIN

NDORES27+00 kmNDORES - CHUECO

1.4. VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/ 85,003.60 (ochenta y cinco mil tres con 60/100 NUEVOS SOLES), incluido los impuestos de Ley. El valor referencial ha sido calculado al mes de ENERO del 2011.Valor Referencial

S/ 85,003.60 (ochenta y cinco mil tres con 60/100 NUEVOS SOLES)

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

El Mantenimiento a que se refieren las presentes Bases se financiar con Recursos Ordinarios y Aportes de los Gobiernos Locales.1.6. DE LOS PARTICIPANTES

Son requisitos para ser postor:

a)Haberse inscrito como participante en el presente proceso de seleccin.b)No estar incluido en el Registro de Proveedores Inhabilitados de SEACE, para contratar con el Estado.

Los postores se presentarn con el nombre completo o razn social que figura en su correspondiente Escritura de Constitucin. Los consorcios se presentarn conforme a su denominacin consignada en el Compromiso de Consorcio, documento que constituye la promesa formal del consorcio.

1.7. SISTEMA DE CONTRATACION

El presente proceso se rige por el sistema a suma alzada de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

1.8. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL

El plazo para la prestacin de los Servicios es 10 MESES calendario, contados a partir de la fecha de entrega del camino vecinal a mantener.

1.9. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El requerimiento est definido en el Captulo IV de las presentes Bases.

1.10. BASE LEGAL

Ley N 28411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto Ley N 29289, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ejercicio Fiscal de 2011 y normas complementarias.

D L. N 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante La Ley D.S N 184-2008-EF que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante El Reglamento D.S N 021-2009-EF Modificacin de diversos Artculos de El Reglamento

Decreto de Urgencia N 014-2009 Modifican la fecha de entrada en vigencia de La Ley, su Reglamento y el Reglamento de de Organizacin y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado SEACE, y establece medidas extraordinarias en materia presupuestaria y Contrataciones Pblicas.

Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General

Ley N 27806 - Ley de Transparencia Acceso a la Informacin Pblica

Ley N 28015 Ley de Formalizacin y Promocin de la Pequea y Microempresa

Ley N 27633 Ley de Promocin Temporal del Desarrollo Productivo Nacional

Ley N 26162 Ley del Sistema Nacional de Control

Resoluciones de Alcalda N 0037-2011-MPJ/A, de conformacin del Comit Especial permanente de contrataciones y adquisiciones para los procesos de Adjudicacin Directa Selectiva de la Municipalidad Provincial de JUNIN.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.CAPITULO II

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

Convocatoria17/02/2015

Registro de Participantes 18/02/2011 al 25/02/2015

Formulacin de Consultas y Observaciones18/02/2011 al 20/02/2011

Absolucin de Consultas y Observaciones21/02/2011

Integracin de Bases24/02/2011

Presentacin de Propuestas02/03/2011

Mesa de Partes 3er piso del Palacio Municipal de 8:00 a.m. horas a 12.30 p.m. horas.

Evaluacin de Propuestas02/03/2011

Otorgamiento de la Buena Pro (a travs del (SEACE)02/03/2011

2.2. CONVOCATORIASe efectuar de conformidad con lo sealado en el Artculo 50 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma. 2.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASESEl registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (01) da despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artculo 53 del Reglamento.Los participantes se registran en Caja de la MPJ, previo pago de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), a ser cancelados en efectivo en la Ventanilla de Caja de la Municipalidad Provincial de JUNIN, sito en la Jr. AYACUCHO N 125-129, Distrito de JUNIN.El horario de atencin es de 08:00 a 12.30 horas y de 14:00 a 17:30 horas, de lunes a viernes.Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin, razn social (persona jurdica), nmero de RUC, domicilio legal, telfono y direccin de correo electrnico.De acuerdo con lo establecido en el artculo 25 del Reglamento, la persona natural o jurdica que desee ser notificada electrnicamente, deber consignar una direccin de correo electrnico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. 2.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASESLas consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo de tres (03) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artculo 55 del Reglamento.Se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, sito en Jr. AYACUCHO N 125-129, Provincia de JUNIN, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 8:00 P.M. horas a 17:30 P.M. horas, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 006-2011-MPJ/CE-ADS pudiendo acompaar opcionalmente un cd conteniendo las consultas y/u observaciones.MUY IMPORTANTE, no se absolvern consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.2.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisin que tome el Comit Especial, con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, en la sede de la Entidad y a los correos electrnicos de los participantes que as lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artculo 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.La absolucin de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarn como parte integrante de sta y del Contrato. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL SEACELos observantes tienen la opcin de solicitar que las bases y los actuados del proceso sean elevados al SEACE, dentro de los tres (3) das siguientes al vencimiento del trmino para absolverlas. Dicha opcin no slo se originar cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comit Especial, sino, adems, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado contina siendo contrario a lo dispuesto por el Artculo 58 del reglamento la ley de contrataciones del estado, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulacin de consultas y/u observaciones, tendr la opcin de solicitar la elevacin de las Bases al SEACE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisin adoptada por el Comit Especial es contraria a lo dispuesto por el Artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin.El Comit Especial incluir en el pliego de absolucin de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisin de actuados.El participante presentar al Comit Especial el comprobante de pago, Voucher o papeleta de depsito correspondiente al pago de la tasa prevista en el Texto nico de Procedimientos Administrativos de SEACE.2.6. MEDIOS ELECTRNICOS DE COMUNICACINLos participantes que soliciten ser notificados electrnicamente, debern consignar una direccin de correo electrnico y mantenerla activa, a efectos de las notificaciones a que hubiere lugar.INTEGRACION DE LAS BASESEl Comit Especial integrar las Bases como reglas definitivas del presente proceso de seleccin, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra va, ni modificadas por autoridad administrativas alguna.Las Bases Integradas, de ser el caso, debern contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comit Especial.Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y SELECTIVA en el SEACE, conforme lo establecen los Artculos 59 y 60 del Reglamento. 2.7. OBLIGACIONES EN CASO DE CONSORCIO2.7.1 Podrn participar distintos postores en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurdica diferente. Para ello, ser necesario acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio, sin embargo, sta se perfeccionar luego del otorgamiento de la buena pro y antes de firmar el contrato; cada empresa sealar su nombre o razn social exactamente como figura en su correspondiente testimonio de constitucin y deber cumplir con lo siguiente:a)Ninguna empresa participante podr formar parte de ms de un consorcio y los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales.

b) Las partes del consorcio no deben estar incluidas en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado.

c) Los Postores que forman un consorcio debern presentar un Contrato de Promesa Formal de consorcio, que contenga cuando menos la informacin siguiente:

que contenga cuando menos la informacin siguiente:

c.1Empresas que forman el Consorcio y domicilio Legal del consorcio.

c.2Designacin del representante o apoderado comn, con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postores y del contrato hasta la liquidacin del mismo.

c.3Porcentaje de participacin de cada empresa.

c.4Declaracin expresa de responsabilidad solidaria.

c.5Compromiso de no modificar los trminos del Contrato de Consorcio hasta la conformidad de los servicios del contrato.2.7.2 En caso que un Postor con promesa de consorcio obtenga la Buena Pro, deber formalizar su compromiso segn lo dispuesto por el SEACE en la Directiva N.003-2003-SEACE/PRE, aprobado por Resolucin N 063-2003-SEACE/PRE.2.7.3 El Consorcio que obtenga la Buena Pro, debe obtener el nmero de RUC (Registro nico de Contribuyentes), como condicin previa e ineludible para la firma del contrato.2.7.4 Las empresas integrantes del Consorcio asumen la total responsabilidad solidaria en el orden tcnico, econmico y legal de los servicios, sin que ella se limite por el porcentaje de participacin.2.7.5 Queda claramente entendido que la recepcin de los Servicios no libera de responsabilidad individual y solidaria de los integrantes del Consorcio, por destrucciones, por vicios ocultos o ruinas sobrevinientes.PRESENTACIN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarn en dos sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la Adjudicacin Directa Selectiva N 006-2011-MPJ/CE-ADS.Las Propuestas debern ser presentadas, dentro de los sobres que tendrn el rtulo que a continuacin se describe y mediante un representante de la Empresa, facultado por carta poder simple, que se entregar a la mano y no podr estar introducido en los sobres:

Los sobres estarn cerrados, con indicacin visible de la Razn Social del Postor que la presenta y el nmero de la Adjudicacin Directa Selectiva.

La Propuesta se presentar en dos (2) sobres denominados:"Primer Sobre: Propuesta Tcnica" y "Segundo Sobre: Propuesta Econmica". Cada uno de los referidos sobres contendr la propuesta en original y dos copias. Los tres ejemplares debern contar con una etiqueta con la indicacin ORIGINAL" o COPIA, segn sea el caso y tener un ndice y estar foliados correlativamente e indicados con los mismos ttulos, ordenado en la misma secuencia y visado por el representante legal del Postor en todas sus pginas, no debiendo contener borrones o correccin alguna.

Todos los documentos que contengan informacin esencial de las propuestas se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Los formatos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

SOBRE N 1 - PROPUESTA TECNICA:

Documentacin de presentacin obligatoria:

a) Copia Constancia de Inscripcin Vigente, en el Registro Nacional de Proveedores del SEACE, como PROVEEDOR DE SERVICIOS.b) Carta de presentacin o Declaracin Jurada de identificacin del Postor. (Anexo N 1) Cuando se trate de Consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados.c) Declaracin Jurada en la que el postor declare que su oferta cumple los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo IV de las Bases (Anexo N 2) d) Declaracin Jurada del postor de acuerdo al Artculo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado - Anexo N 03e) Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y el porcentaje de participacin. La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en las bases o en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumir que los integrantes del consorcio ejecutarn conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deber cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.

Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades. Segn Anexo N 04.f) Constancia de Visita de Campo, emitida y visada por la Gerencia del IVP-Junn y la Sub Gerencia de Inversin Pblica y Desarrollo Urbano y Rural. (se dar durante la etapa de inscripcin los das (24- para los tramos de Ulcumayo y 25 para los tramos de Junn y Ondores), hora 7.45 a.m.g) Constancia emitida por la Gerencia Municipal de no tener compromiso pendiente, contrato resuelto, intervenido econmicamente, o incumplimiento de contrato en la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JUNIN, la misma que podr solicitarse hasta un da despus del registro de participantes. En caso de presentarse en Consorcio, la exigencia ser extensiva a cada uno de los consorciados.FACTORES REFERIDOS AL POSTOR.

Experiencia en Mantenimiento rutinario vial

Doc.1: El postor acreditar su experiencia en el Mantenimiento Rutinario de Obras Viales, con uso intensivo de mano de obra, que ha desempeado, en los ltimos 8 aos, como: Contratista de Servicios de mantenimiento rutinario de Obras Viales. Debiendo adjuntar, para el caso de trabajos independientes, copias legibles de Contratos que haya tenido con los demandantes de los servicios. Solo se tomar en cuenta la experiencia de un mximo de diez (10) contratos o servicios realizados. En el caso de consorcios, las empresas que la integran adjuntarn copias simples legibles de sus contratos (Anexo N 05). Asimismo se tomar en cuenta el cumplimiento del servicio, el cual se evaluar en funcin al nmero de certificados o constancias que acrediten que aquel se efectu sin que haya incurrido en penalidades.Factores Referidos al Personal Propuesto.

Doc. 2: El Jefe del Mantenimiento Rutinario del camino vecinal puede ser una persona con nivel de Tcnico certificado en construccin, Ingeniero Civil (o Bachiller), indispensable con experiencia en manejo de personal y que tenga capacidad de programar y valorizar actividades propias de este trabajo. Deber adjuntar, su Currculum Vitae (Anexo N 6), Certificado de haber dirigido trabajos de Mantenimiento de vas o similares y Carta de compromiso, adjuntando copia de DNI. (Anexo N 7). Asimismo se encargar de realizar capacitaciones sobre el servicio de mantenimiento rutinario de caminos vecinales; dentro de los 30 primeros das de vigencia del Contrato, para el personal que realizar las labores de mantenimiento; debe adjuntarse carta compromiso o contrato firmado por la persona que realizar la capacitacin y la microempresa, el Jefe de Mantenimiento propuesto, podr hacerse cargo de un mximo de dos tramos siempre que sean cercanos o colindantes, De no presentar esta propuesta, el postor ser descalificado.Doc.3: Se presentar una relacin del personal mnimo que ejecutar el Mantenimiento Rutinario del camino vecinal, que para el presente caso es de 08 personas, cabe mencionar que se evaluar por el tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto para la ejecucin del servicio que se acreditar con constancias y/o certificados. Asimismo que necesariamente deben radicar dentro de las zonas colindantes al camino a mantener (Anexo N 08). Es exigible que el 10% redondeado al nmero entero inmediato superior, de este personal sean mujeres. Cada uno de ellos ser acreditado con copia simple de su DNI y un Certificado de Supervivencia y Domicilio expedido por la Autoridad Municipal, Legal o Comunal de la zona donde est ubicado, el tramo en mantenimiento (Anexo N 9). Estas condiciones de personal mnimo y del N de mujeres son imprescindibles y de carcter obligatorio para postular a esta Adjudicacin directa, la falta de un trabajador o ms, descalifica al postor.

Factores Referidos al Servicio Ofertado.

Doc.4:De acuerdo a las Especificaciones tcnicas del presente proceso, el postor presentar:

Programacin de trabajo del periodo a contratar, mediante un diagrama de barras. Descripcin de las actividades que a su juicio son las ms importantes para garantizar la transitabilidad de la va con la eficacia y oportunidad de su mantenimiento rutinario, entre ellas: La conservacin del afirmado, limpieza de obras de arte, control de vegetacin, medio ambiente, etc. Incluye enfoque de gnero. Obligatoriamente una propuesta de capacitacin Tcnica, que se realizar dentro de los 30 primeros das de vigencia del Contrato, para el personal que realizar las labores de mantenimiento; debe adjuntarse carta compromiso o contrato firmada por la persona o institucin que realizar la capacitacin. De no presentar esta propuesta, el postor ser descalificado. Disponibilidad de maquinarias y herramientas mnimas propias o alquiladas (sustentado con copias de facturas, contratos y/o declaracin jurada).Documentacin de Presentacin Facultativa:a) Declaracin jurada de ser pequea o microempresa y/o asociaciones sin fines de lucro, segn Anexo N 10. En el caso de consorcios, cada empresa integrante deber presentar la Declaracin Juradab) Declaracin jurada de servicios prestados en territorio nacional, en aplicacin de la Ley N 27633, segn Anexo N 11. En el caso de consorcios, cada empresa integrante deber presentar la Declaracin Jurada.c) Copia simple de un mximo de 10 comprobantes de pago cancelado y/o contratos con su respectiva conformidad de culminacin de presentacin de servicios.SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONOMICA:

El Segundo Sobre, deber contener la siguiente documentacin:

Carta de Presentacin de la Propuesta Econmica (Anexo N 12).

En la Propuesta Econmica se adjuntar la estructura de costos referencial (Anexo N 13) Garanta de seriedad de oferta, ser del 1% del valor referencial, expedida por una entidad financiera de banca y seguros, bajo el mbito de supervisin de la Superintendencia de Banca y Seguros.

2.9. EVALUACIN DE PROPUESTAS

2.9.1 Posterior a la Recepcin de las Propuestas, el Comit Especial, en ACTO PRIVADO proceder a la apertura y evaluacin de los Documentos de dicha propuesta, cindose a los Criterios de Evaluacin Tcnica, establecidos en las presentes Bases.2.9.2 La evaluacin de las propuestas es integral, realizndose en dos (2) etapas. La primera es la evaluacin tcnica, cuya finalidad es calificar la calidad de la propuesta, y la segunda es la evaluacin econmica, cuyo objeto es calificar el monto de la propuesta econmica.2.9.3 Aclaracin y Confirmacin de Documentos.A efectos de confirmar la veracidad de la informacin consignada por los postores, el Comit Especial se reserva el derecho de dirigirse a los Organismos Pblicos y/o Privados que puedan aportar referencias sobre la forma cmo ha cumplido el postor y a clientes que aquellos hubieran citado o a cualquier otra fuente supletoria de informacin. En caso de verificarse la inexactitud de lo declarado, la propuesta ser desestimada, y el hecho ser informado al SEACE.2.9.4 Evaluacin TcnicaSe verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en el Captulo IV de las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.Slo a aquellas propuestas admitidas, el Comit Especial les aplicar los factores de evaluacin previstos en las Bases y asignar los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica y sern descalificados.

2.9.5 Evaluacin Econmica

Si la propuesta econmica es menor al 90% o superior al 100% del valor referencial, se tendr por no presentada. La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica que sea menor de entre las que califiquen, posteriormente se proceder segn la comisin especial para el proceso si es que hubiera propuestas de igual valor (sorteo).2.9.6 Determinacin del Puntaje Total Una vez calificadas las propuestas durante la evaluacin tcnica y econmica se determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i

PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i

PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

c1= Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica, igual a 0.70c2 = coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica, igual a 0.302.10 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROSe otorgar la Buena Pro al postor que obtenga el mayor puntaje total. El otorgamiento de la Buena Pro se registrar en el SEACE en la fecha prevista en el calendario del proceso.

2.10.1Consentimiento del Otorgamiento de la Buena proEl consentimiento de la Buena Pro se registrar en el SEACE al da siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro. CAPITULO III

INFORMACIN ADICIONAL

3.1. TARIFA DE MANTENIMIENTO

El sector de mantenimiento de 26.400 kilmetros de longitud, ha sido clasificado de la siguiente manera:

Tipo I B: 0 kilmetros,

Tipo II B: 26.40 kilmetros,

Tipo III B: 0 kilmetros,El nivel de servicio determinado es: B

La regin geogrfica en que se encuentra el sector de mantenimiento es: SIERRA.

La tarifa aplicable para la Contratacin del Mantenimiento Rutinario, se genera en un promedio ponderado segn las longitudes de cada tipo de camino.TIPOLOGANIVEL DE SERVICIOLONGITUD

(Km.)PLAZO DEL CONTRATO

(meses)TARIFA

(Km. - mes)

(S/.)MONTO

MENSUAL

(S/.)MONTO

TOTAL

(S/.)

TIPO IB10 meses321.988,500.3685,003.60

TIPO II26.400

TIPO III

TOTAL26.40010 meses321.988,500.3685,003.60

3.2 DE LOS CONTRATOSUna vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, se proceder conforme a los plazos y procedimientos para suscribir el contrato que se establecen en el artculo 148 del Reglamento.El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artculo 139 del Reglamento.Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso. Copia de DNI del Representante Legal; Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa; Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. Copia del RUC de la empresa. Garanta de Fiel Cumplimiento.3.3 VIGENCIA DEL CONTRATOLa vigencia del contrato se extender desde la suscripcin del documento que lo contiene hasta el 31 de diciembre del 2011.3.4 DE LAS PLIZAS Y SEGUROS: El ganador de la Buena Pro de los Servicios de Mantenimiento Rutinario, deber obtener la Pliza de Seguros, a su propio costo y presentar antes de la segunda valorizacin copia de la Pliza y copia del pago de la misma por el periodo del contrato.Dicha pliza deber estar necesariamente endosada a favor de la Municipalidad.La pliza de seguros que presentar el postor ganador de la buena pro es la siguiente:Responsabilidad civil por daos materiales y/o personales hacia terceros y/o su personal, con una cobertura hasta US $ 100,000.00 de suma asegurada.3.5 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATOLa aplicacin de penalidades por retraso injustificado en la atencin del servicio requerido y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los Artculos 165 y 168 del Reglamento.3.6 FORMA Y CONDICIONES DE PAGO El pago se realizar en forma mensual previa conformidad de la unidad de Operaciones del IVPJ.La conformidad se otorgar en un plazo que no exceder de los diez (10) das de prestado el servicio y el pago se efectuar dentro del plazo de diez (10) das naturales computados desde la conformidad del servicio, conforme a lo establecido por el artculo 181 del Reglamento.Durante la vigencia del contrato los precios se mantendrn fijos y no estarn sujetos a reajuste alguno.3.7 DISPOSICIONES FINALESEl presente proceso se rige por las bases y lo que establece la Ley de Contrataciones del Estado, as como por las disposiciones legales vigentes.CAPTULO IV

REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

SERVICIO DE MANTENIMIENTO RUTINARIO EN CAMINOS VECINALES TRAMO: NDORES - PARI - UPAMAYO4.1. INDICADORES DE SERVICIO

El servicio de Mantenimiento que brindar la microempresa seleccionada ser de acuerdo al concepto de niveles de servicio, que implica el mantenimiento de los tramos segn estndares de calidad fijados por el Programa de Caminos Vecinales Provinciales, en base, al Manual Tcnico de Mantenimiento Rutinario de Caminos Rurales, el mismo que se anexar al contrato y que el postor y/o la micro empresa declara conocer. (Anexo N 14)

4.2. ACTIVIDADES A REALIZAR:Las actividades que realizar la microempresa es en base al sgte cuadro cuyos metrados (cargas de trabajo) sern detallados antes de firmar el contrato y programado segn Cronograma de Actividades.

CAMINO VECINALNDORES - PARI - UPAMAYO

LONGITUD:26.400KM

CDIGOACTIVIDADESUNIDAD

MR-101Limpieza de Calzada64.00 km

MR-102Bacheo5600.00 m2

MR-103Desquinchem3

MR-104Remocin de derrumbesm3

MR-201Limpieza de cunetas36,480.00 ml

MR-202Limpieza de alcantarilla62.60 und

MR-203Limpieza de Badnm2

MR-204Limpieza de zanjas de coronacinml

MR-205Limpieza de pontnUnd

MR-206Encauzamiento de pequeos cursos agua320.00 ml

MR-301Roce y limpieza96,000.00 m2

MR-401Conservacin de seales160.00 und

MR-501Reforestacin (riego de plantones)800.00 und

MR-601Vigilancia y control1,056.00 km

MR-701Reparacin de muros secosm3

MR-702Reparacin de pontonesund

MR-102.01Transporte de material de cantera560.00 m3

4.3. MEDICION DE LOS INDICADORES DE SERVICIO

Forma:

La forma de medicin de las actividades que ejecutan las Microempresas, sern evaluadas mensualmente por el Jefe de la Unidad de Operaciones del IVP-JUNIN, para lo cual deber llevar y mantener una planilla de verificacin del cumplimiento de dichas actividades, en caso de incumplimiento de las tolerancias se aplicarn las multas que se detallan en las normas de evaluacin (Anexo N 15)

4.4. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

En un plazo no mayor de un (1.0) mes del contrato, la microempresa deber llevar la carretera al estado que expresan los ndices de mantenimiento sealados en el Manual de Mantenimiento Vial y a partir de ese momento no deber permitir que sobrepasen los lmites exigidos.

El IVP JUNIN, a travs del Jefe de la Unidad de Operaciones coordinar el cronograma programado para actividades derivadas del prrafo anterior.

4.5. INICIO DEL SERVICIO

La fecha de inicio del servicio se har efectiva al da siguiente de la entrega del terreno, para tal efecto previamente se habr suscrito el contrato.

4.6. PERSONAL MNIMO EXIGIDO

Personal en Campo:

08 Trabajadores Se requieren que los trabajadores sean residentes del distrito de Ondores, incluido sus centros poblados, caseros, etc.4.7. HERRAMIENTAS MINIMAS REQUERIDAS

03 Carretillas

06 Picos

06 Lampas

06 Barretas

06 Escobas

06 Rastrillos 02 Pizn Manual

Y otros que sean necesarios para el desempeo de su trabajo.4.8 MAQUINARIA MINIMAS REQUERIDAS01 Cargador Frontal01 Volquete de 10m3

CAPITULO VFACTORES DE EVALUACINPRIMERA ETAPA: EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos)Es de exclusiva responsabilidad del Comit Especial que los factores permitan la seleccin de la mejor oferta en relacin con la necesidad que se requiere satisfacer.

Referidos al Postor

:20 puntos

Referidos al Personal Propuesto

:50 puntos

Referidos al Servicio Ofertado

:30 puntosCUADRO DE PUNTAJES DE CALIFICACION TCNICA

FACTORESParcialPunt

Mx.

1. FACTORES REFERIDOS AL POSTOR20

a. Experiencia en la especialidad de Mantenimiento de Caminos y/o similares: monto facturado acumulado en los ltimos 8 aos, se adjuntar copia de los contratos y su correspondiente conformidad o comprobantes de pago (facturas, boletas, etc.). (FORMATO N 01) Facturado igual o mayor 01 y menor a 02 veces el VR = 5 PUNTOS

Facturado igual o mayor 02 y menor a 03 veces el VR = 15 PUNTOS

Facturado igual o mayor 03 veces el VR = 20 PUNTOS

20

1. FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO (la experiencia debe acreditarse con constancias o certificados de trabajo)50

a. Jefe de Mantenimiento: Ing. Civil o Tcnico en Construccin Civil.

Con experiencia no menor de dos aos en obras de mantenimiento vial. (15 ptos) Con experiencia de ms de dos aos en obras de mantenimiento vial. (20 ptos)b. Personal de mantenimiento:

Experiencia en general: Para cada persona y por cada trabajo en construccin civil y/o faenas relacionadas a obras: cada experiencia 2 puntos (hasta un mximo de 4 constancias o certificados) Experiencia en la actividad: para cada persona y por cada trabajo en carreteras o mantenimiento rutinario: cada experiencia 4 puntos (hasta un mximo de 3 constancias o certificados) c. Personal femenino: Si ms del 10% del personal propuesto es femenino.20

0812

10

3. FACTORES REFERIDOS AL SERVICIO OFERTADO30

a. Para calificar ste rubro, el postor deber presentar la descripcin del servicio ofertado, indicando las principales actividades a efectuar durante la vigencia del contrato la que debe ser concordante con las condiciones y caractersticas de la va, el personal disponible y las especificaciones tcnicas del servicio; asimismo deber presentar el cronograma de actividades el mismo que debe ser coherente con la descripcin del servicio ofertado (Diagrama Gantt o Barras). La calificacin ser segn la siguiente escala.

Describe el cronograma y aporta propuesta (15 ptos)

Describe parcialmente o igual a lo solicitado. (08 ptos) No describe ( 0 ptos)

b. APORTE AL MEJORAMIENTO DEL SERVICIO OFERTADO

La descripcin de los aportes sern bien detallados y sustentados en caso contrario no se considerar como aportes, adems debern precisar como estas propuestas conllevan al mejoramiento del servicio del mantenimiento rutinario.

Describe 3 a ms aportes (10 ptos)

Describe 2 aportes (05 ptos)

Describe 1 aporte (03 ptos)c. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

Se evaluar en funcin al nmero de certificados o constancias que acrediten que el servicio se efectu sin que se haya incurrido en penalidades, no pudiendo ser mayor de cuatro (04) servicios. Tales certificados o constancias debern referirse a los servicios que se presentaron para acreditar la experiencia del postor.

La asignacin de puntaje ser de acuerdo al siguiente criterio:

Menor de 04 y mayor de 02 constancias o certificados (02 ptos)

Menor de 02 y mayor igual que 01 constancias o certificados (01ptos)d. PROPUESTA DE CAPACITACIN

La Propuesta de Capacitacin ser desarrollada por el jefe de mantenimiento con temas especficos en mantenimiento rutinario de acuerdo al cronograma propuesto.

De 06 a ms capacitaciones durante el periodo de contrata (03 ptos) De 01 a 05 capacitaciones durante el periodo de contrata (01ptos)1510

2

3

TOTAL100 Ptos

* PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIN ECONMICA, EL POSTOR DEBER OBTENER UN PUNTAJE TCNICO MNIMO DE OCHENTA (80) PUNTOS.ANEXO N 01

CARTA DE PRESENTACIN Y DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR

El que se suscribe, .... (o representante Legal de .), identificado con DNI N ................................, R.U.C. N ...................................., con poder inscrito en la localidad de ................................ en la Ficha N ............. Asiento N .........................., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente informacin de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razn Social

Domicilio Legal

RUCTelfonoFax

Autorizacin Municipal

MunicipalidadN de Licencia de FuncionamientoFecha

Participa en Consorcio

SINONombre de las Empresas que participan en Consorcio

Empresa N 1Empresa N 2Empresa N 3

Lugar y fecha,,

.........................................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razn social del postor

ANEXO N 03

Seores

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JUNIN

Att.: Comit Especial

Adjudicacin Directa Selectiva N N 006-2011-MPJ/CE-ADS

Objeto del proceso: Mantenimiento Rutinario de los Caminos Vecinales Tramo:

NDORES PARI - UPAMAYO

SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA

NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Seores

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JUNIN

Att.: Comit Especial

Adjudicacin Directa Selectiva N 006-2011-MPJ/CE-ADS

Objeto del proceso: Mantenimiento Rutinario de los Caminos Vecinales Tramo:

NDORES PARI - UPAMAYO

SOBRE N 02: PROPUESTA ECONMICA

NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Esta disposicin slo deber ser adicionada cuando se convoque el proceso de seleccin segn relacin de tems.

Deber tenerse en cuenta que, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la buena pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente. Asimismo, la inasistencia de dicho representante no viciar el proceso.

En cada caso concreto deber consignarse la moneda que resulte aplicable.

En caso de convocarse a un proceso de seleccin segn relacin de tems cuando el valor referencial del tem corresponda a una Adjudicacin de Menor Cuanta, bastar que el postor presente en su propuesta tcnica una declaracin jurada donde se comprometa a mantener vigente su oferta hasta la suscripcin del contrato.

Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestas econmicas del postor se incluyen en un solo sobre. Por tanto, resulta necesario precisar este aspecto.

La inclusin de esta disposicin estar sujeta a su implementacin en el SEACE.

En caso que la Entidad no consigne dicha opcin en las Bases, la notificacin deber realizarse a travs de los medios tradicionales.