05_tratados internacionales
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TRATADOS INTERNACIONALES
• Concepto• Fases de elaboración• Reconocimiento constitucional• Procedimiento constitucional de elaboración
–Tratados del art. 93–Tratados del art. 94.1–Tratados del art. 94.2
• Relación tratados-otras fuentes–Relación con Constitución–Relación con ley
CONCEPTO• Definición del Convenio de Viena sobre Derecho
de los tratados (1969):– Acuerdo bilateral o multilateral– De carácter escrito– Ya conste en un único documento o varios– Celebrado entre sujetos de Derecho Internacional
• Doble perspectiva:– Internacional: normas de Derecho Internacional– Interna: Derecho externo del Estado:
• Externo: en su creación participan órganos no estatales• Del Estado: se integra como norma interna
FASES ELABORACIÓN• Negociación: Jefe del Estado o Ministros
plenipotenciarios• Adopción: Expresión del acuerdo sobre el texto
– Regla general: Mayoría de 2/3
• Autenticación: Certificación de la exactitud del texto
• Ratificación o manifestación del consentimiento en obligarse:– Posibilidad de reservas (exclusión o modificación de
parte del tratado para un sujeto pactante) • Declaración unilateral y escrita• Posible objeción de la reserva por otros sujeto
RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL
• Artículo 96: Integración en el ordenamiento español de tratados válidamente celebrados
• Artículo 10.2: Tratados como criterios interpretativos de derechos fundamentales
PROCEDIMIENTO CONSTITUCIONAL DE ELABORACIÓN
• Negociación, adopción y autenticación (Decreto 801/1972):– Gobierno– Ministerio de AAEE– Competencias CCAA (según sus EEAA):
• Derecho de información• Solicitud negociación tratados
• Ratificación: Variación según el tipo de tratado (93, 94.1, 94.2)
RATIFICACIÓN: TRATADOS ART. 93
• Materias: Cesión ejercicio de competencias constitucionales a organización internacional
• Aprobación por L.O. de autorización (art. 154 RCD)
• ¿Suponen una reforma constitucional?– Sí, porque alteran la estructura compentencial de la
Constitución– Sí, pero no podrían alterar un núcleo intangible– No, por razones:
• Sístemáticas (regulación en Título III, en vez de Título X)• De rigidez (Mayoría absoluta vs. 2/3 y 3/5)
RATIFICACIÓN: TRATADOS ART. 93
• Significado constitucional:– Cesión de “ejercicio”:
• No titularidad• No todo el ejercicio
– Compentencias:• No derechos fundamentales• No principios estructurales
RATIFICACIÓN: TRATADOS ART. 94.1
• Materias:– Políticas o militares– Integridad territorial del Estado– Derechos y Deberes Título I– Obligaciones Hacienda Pública– Exigencia medidas legislativas para su ejecución– Modificación / Derogación de una ley
• Procedimiento: Autorización de Cortes (mayoría simple): art. 155 RCD y arts. 144-145 RS
RATIFICACIÓN: TRATADOS ART. 94.2
• Materias: todas las no incluidas en arts. 93 y 94.1
• Procedimiento: – Ratificación por Gobierno– Comunicación a Cortes
RELACIÓN TRATADOS-CONSTITUCIÓN
• Teorías dualistas: doble validez• Teorías monistas: validez unitaria
– Primacía Derecho Internacional– Primacía Derecho interno
• Fundamento primacía Constitución:– Art. 96 (“válidamente celebrados”)– Art. 95.1 (necesidad de reforma constitucional
en caso de contradicción)– Art. 95.2 (control preventivo TC)– Art. 27.2.c TC (control represivo TC)
RELACIÓN TRATADOS-LEY
• Teorías constitucionalmente inadecuadas:– Superioridad jerárquica del tratado– Distribución de materias
• Teoría constitucionalmente adecuada:– La relación con la ley depende del tipo (modo
de ratificación) de tratado internacional
RELACIÓN TRATADOS-LEY
Ley anterior Ley posterior
Art. 93
Art. 94.1
Art. 94.2
Ley derogada
FP: SÍ
FP: SÍ
FP: SÍ
FP: SÍ
FP: SÍ
FP: SÍ
FA: NO
FA: NO
FA: NOFA: NO
FA: SÍ
FA: SÍ
Ley derogada
Tratado nulo
Aplicación tratado
Aplicación tratado
Aplicación tratado
Interven-ción Cortes
Interven-ción Gobierno
VALIDEZ APLICABILIDAD