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J U M A S

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JUMAS

ARTICULO 9 Inicio de las actuaciones inspectivas9.1 Las actuaciones inspectivas se inician pordisposición superior, mediante la expedición de unaorden de inspección o de orientación y asistenciatécnica emitida por los directivos. La orden designa alos inspectores o al equipo de inspección del trabajo,quienes deben iniciar sus actuaciones inspectivas:a. De manera general, en un plazo máximo de diez días

hábiles de recibida la orden de inspección o deorientación y asistencia técnica, salvo caso fortuito ofuerza mayor debidamente acreditada.

POR DS-004-2007-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 9 Inicio de las actuaciones inspectivas9.1 …. vieneb. En los casos de despido arbitrario, accidente de

trabajo, huelgas o paralizaciones, cierre de centro detrabajo, suspensión de labores, terminación colectivade los contratos de trabajo, entre otras materiasque requieran de una urgente e inmediataintervención de la inspección del trabajo se inicia lasactuaciones inspectivas en el día de recibida la ordende inspección o desde que se tome conocimientodel hecho.

POR DS-004-2007-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 9 Inicio de las actuaciones inspectivas9.2 El inicio de actuaciones inspectivas, por iniciativa delos inspectores o de los equipos de inspeccióndesignados, que sólo pueden llevarse a cabo en los casosprescritos en el literal e) del artículo 12º de la Ley y elliteral d) del numeral 8.4 del artículo 8° del presenteReglamento, debe ser refrendada por el directivocompetente de la Inspección del Trabajo mediante laampliación de la orden de inspección o la emisión de unanueva, conteniendo el refrendo de las materias nuevas aser investigadas, disponiéndose su inclusión en el sistemade registro de órdenes de inspección.

POR DS-004-2007-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 9 Inicio de las actuaciones inspectivas9.2 ….. vieneEn los casos de ampliación de la orden de inspección, elinspector de trabajo podrá solicitar al directivocompetente la concesión de un plazo adicional para lainvestigación que es otorgado siempre y cuando existancausas objetivas y razonables para su procedencia.”

POR DS-004-2007-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 239 Faltas administrativasLas autoridades y personal al servicio de las entidadesindependientemente de su régimen laboral o contractualincurren en falta administrativa en el tramite de losprocedimientos administrativos a su cargo y , por ende, sonsusceptibles de ser sancionados administrativamente conamonestación, suspensión cese o destitución atendiendo a lagravedad de la falta, la reincidencia, el daño causado y laintencionalidad con que hayan actuado, en caso de:1. Negarse a recibir injustificadamente solicitudes, recursos,

declaraciones, informaciones o expedir constancia sobre ellas.Continua …..

LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL

LEY N° 27444

JUMAS

ARTICULO 17 Finalización de las actividades inspectivas:17.1 Finalizadas las actuaciones de investigación o comprobatorias,cuando no se hubiera comprobado la comisión de infracciones, losinspectores emiten el informe de actuaciones inspectivas. En estoscasos, la autoridad competente dispone el archivo del expediente.El informe de actuaciones inspectivas debe contener, como mínimo,la siguiente información:a) Identificación del sujeto o sujetos inspeccionadosb) Medios de investigación utilizadosc) Hechos constatadosd) Conclusionese) Identificación del inspector o inspectores del trabajof) Fecha de emisión del informe.Continua …..

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 17 ….. viene:17.2 Cuando al finalizar las actuaciones inspectivas se advirtiera lacomisión de infracciones, los inspectores emiten medidas deadvertencia, requerimiento, paralización o prohibición de trabajos otareas, según corresponda, a fin de garantizar el cumplimiento delas normas objeto de fiscalización. La autoridad competente podráordenar su seguimiento o control, mediante visita de inspección,comparecencia o comprobación de datos, para la verificación de sucumplimiento.continua …..

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 17 …. viene:17.2 Transcurrido el plazo otorgado para que el sujetoinspeccionado subsane las infracciones, habiéndose o no subsanadoéstas, se extiende el acta de infracción correspondiente. En el actade infracción se debe dejar constancia del cumplimiento de lasmedidas de requerimiento y de la aplicación del beneficio a que sehace referencia en numeral 17.3 del artículo 17º del presenteReglamento. El acta de infracción hace las veces del informe al quealuden los dos últimos párrafos del artículo 13º de la Ley, debiendocontener como mínimo la información a que se refiere el artículo 54ºdel presente Reglamento.Continua ….

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 13 Tramites de las actuaciones inspectivasFinalizadas las actuaciones de comprobación y en uso de lasfacultades que tienen atribuidas, los inspectores actuantesadoptarán las medidas que procedan, emitiendo informe internosobre las actuaciones realizadas y sus resultados, y adjuntando alexpediente las copias de los documentos obtenidos.Asimismo se emitirá informe por escrito dirigido a las autoridades,órganos y personas solicitantes, cuando las actuaciones tengan suorigen en alguna de las causas señaladas en los apartados a), b), c)y f) del artículo 12, respetándose en todo caso el deber deconfidencialidad.En aplicación del deber de secreto profesional no se informarásobre el resultado de las actuaciones inspectivas a los denunciantesque no puedan tener la condición de interesados en elprocedimiento sancionador.

LEY GENERAL DE INSPECCIONES DE TRABAJO – LEY 28806

JUMAS

ARTICULO 12 Origen de las actuaciones inspectivasa. Por orden de las autoridades competentes del Ministerio de

Trabajo y Promoción del Empleo o de los órganos de lasAdministraciones Públicas competentes en materia deinspección del trabajo.

b. A solicitud fundamentada de otro órgano del Sector Público ode cualquier órgano jurisdiccional, en cuyo caso deberándeterminarse las actuaciones que se interesan y su finalidad.

c. Por denuncia.d. Por decisión interna del Sistema de Inspección del Trabajo.va …….

LEY GENERAL DE INSPECCIONES DE TRABAJO – LEY 28806

JUMAS

ARTICULO 12 Origen de las actuaciones inspectivas…. vienee. Por iniciativa de los inspectores del trabajo, cuando en las

actuaciones que se sigan en cumplimiento de una orden deinspección, conozcan hechos que guarden relación con la ordenrecibida o puedan ser contrarios al ordenamiento jurídicovigente.

f. A petición de los empleadores y los trabajadores así como delas organizaciones sindicales y empresariales, en las actuacionesde información y asesoramiento técnico sobre el adecuadocumplimiento de las normas.

LEY GENERAL DE INSPECCIONES DE TRABAJO – LEY 28806

JUMAS

ARTICULO 17 …. viene:17.3 Cuando el sujeto inspeccionado subsane las infraccionesadvertidas, antes de la expedición del acta de infracción, lapropuesta de multa irá acompañada de la indicación de la aplicaciónde una reducción del noventa por ciento (90%) respecto de lasinfracciones efectivamente subsanadas. La presentación dedescargos presentada contra el acta de infracción o la impugnaciónde la resolución de multa ocasiona la pérdida del beneficio dereducción del 90% respecto de las infracciones implicadas en losdescargos o la impugnación.Continua …..

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 17 …. viene:17.4 En los casos de accidente de trabajo o de enfermedadprofesional, el informe o acta de infracción, según corresponda,deberá señalar:a) La forma en que se produjeron;b) Sus causas; y,c) Sujetos responsables (de haberlos)En el informe o acta de infracción debe especificarse si, a criteriodel inspector del trabajo, éstos se debieron a la ausencia demedidas de seguridad y salud en el trabajo.Asimismo, deberán especificarse las medidas correctivas que seadoptaron para evitar, en un futuro, la ocurrencia de un accidentede trabajo o de una enfermedad ocupacional de similarescaracterísticas.Continua ….

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 17 …. viene:17.5 Finalizadas las actuaciones de consultas oasesoramiento técnico, los inspectores de trabajoemiten un informe sobre las actuaciones deasesoramiento técnico realizadas, materias a las que seha extendido la consulta o asesoramiento técnicoespecificando los consejos o recomendaciones emitidos.Continua ….

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 17 …. viene:17.6 El informe producido en las actuaciones de consultao asesoría técnica, o investigación o comprobatoria seremite los sujetos comprendidos en los literales a), b),c) y f) del artículo 12º de la Ley, que hubieren solicitadola actuación inspectiva, respetando en todo caso losdeberes de confidencialidad y secreto profesional.Continua ….

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 17 …. viene:17.7 Al expediente de inspección se adjuntan las copias de losdocumentos obtenidos durante las actuaciones inspectivas. El cierredel expediente será decretado bajo responsabilidad, por lossupervisores inspectores o directivos que disponga la AutoridadCentral del Sistema de Inspección del Trabajo, según sea el caso,siempre que la inspección hubiese cumplido su finalidad, salvo queconcurran circunstancias que imposibiliten la actuación de lainspección, por presentarse la comisión de infracciones a la laborinspectiva que pongan en peligro la salud y el bienestar de losinspectores. En este último caso, de ser pertinente, se deberánremitir copias certificadas delo actuado al Procurador Público delSector para que proceda a interponer la denuncia penalcorrespondiente ante el Ministerio Público”.

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 5 Facultades inspectivas5. Adoptar, en su caso, una vez finalizadas las diligenciasinspectivas, cualesquiera de las siguientes medidas:5.1 Aconsejar y recomendar la adopción de medidas para promoverel mejor y más adecuado cumplimiento de las normas sociolaborales.5.2 Advertir al sujeto responsable, en vez de extender acta deinfracción, cuando las circunstancias del caso así lo ameriten, ysiempre que no se deriven perjuicios directos a los trabajadores.5.3 Requerir al sujeto responsable para que, en un plazodeterminado, adopte medidas en orden al cumplimiento de lanormativa del orden socio laboral, incluso con su justificación ante elinspector que ha realizado el requerimiento.

LEY GENERAL DE INSPECCIONES DE TRABAJO – LEY 28806

JUMAS

ARTICULO 5 Facultades inspectivas5.4 Requerir al sujeto inspeccionado que, en un plazo determinado,lleve a efecto las modificaciones que sean precisas en lasinstalaciones, en el montaje o en los métodos de trabajo quegaranticen el cumplimiento de las disposiciones relativas a la salud oa la seguridad de los trabajadores.5.5 Iniciar el procedimiento sancionador mediante la extensión deactas de infracción o de infracción por obstrucción a la laborinspectiva.5.6 Ordenar la paralización o prohibición inmediata de trabajos otareas por inobservancia de la normativa sobre prevención deriesgos laborales, de concurrir riesgo grave e inminente para laseguridad o salud de los trabajadores.

LEY GENERAL DE INSPECCIONES DE TRABAJO – LEY 28806

JUMAS

ARTICULO 206 Facultad de contradicción…. viene206.2 Solo son impugnables los actos definitivos que ponen fin a lainstancia y los actos de tramite que determinen la imposibilidad decontinuar el procedimiento o produzcan indefensión. Lacontradicción a los restantes actos de tramite deberá alegarse porlos interesados para su consideración en el acto que ponga fin alprocedimiento y podrán impugnarse con el recurso administrativoque, en su caso, se interponga contra el acto definitivo.

LEY GENERAL DE INSPECCIONES DE TRABAJO – LEY 28806

JUMAS

ARTICULO 25 Infracciones muy graves en materia derelaciones laborales, son (….):25.7 El incumplimiento de las disposiciones relacionadas conel trabajo de los niños, niñas y adolescentes menores de 18años de edad en relación de dependencia, incluyendo aquellasactividades que se realicen por debajo de las edades mínimaspermitidas para la admisión en el empleo, que afecten su saludo desarrollo físico, mental, emocional, moral, social y suproceso educativo. En especial, aquellos que no cuentan conautorización de la Autoridad Administrativa de Trabajo, lostrabajos o actividades considerados como peligrosos yaquellos que deriven en el trabajo forzoso y la trata depersonas con fines de explotación laboral.

POR DS-004-2011-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 26.2No dar cuenta a la autoridad competente, conforme a loestablecido en las normas de seguridad y salud en eltrabajo, de los accidentes de trabajo ocurridos, lasenfermedades ocupacionales declaradas e incidentes,cuando tengan la calificación de leves.

POR D.S. 004-2011-TRDEROGUESE

JUMAS

ARTICULO 27 Infracciones graves de seguridad y salud enel trabajo, son (….):27.2 No dar cuenta a la autoridad competente, conforme alo establecido en las normas de seguridad y salud en eltrabajo, de los accidentes de trabajo mortales o de losincidentes peligrosos ocurridos, no comunicar los demásaccidentes de trabajo al Centro Médico Asistencial dondeel trabajador accidentado es atendido, o no llevar a cabo lainvestigación en caso de producirse daños a la salud de lostrabajadores o de tenerse indicios que las medidaspreventivas son insuficientes”.

POR DS-004-2007-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 28 Infracciones muy graves de seguridad ysalud en el trabajo … :ARTICULO 28.10El incumplimiento de la normativa sobre seguridad y saluden el trabajo que ocasione un accidente de trabajo queproduce la muerte del trabajador o cause daño en elcuerpo o en la salud del trabajador que requieraasistencia o descanso médico, conforme al certificado oinforme médico legal.”.

POR D.S. 004-2011-TRINCORPORESE

JUMAS

ARTICULO 33 Infracciones graves de empresas y entidadesde intermediación: ……33.2 No comunicar o presentar a la Autoridad competente,en los plazos y con los requisitos previstos, la información ydocumentación relacionada con el ejercicio de sus actividadescomo empresa o entidad de intermediación laboral, loscontratos suscritos con los trabajadores destacados a laempresa usuaria y no registrar los contratos suscritos con lasempresas usuarias”.

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 9 colaboración con los SupervisoresInspectores del trabajo e Inspectores AuxiliaresLos empleadores, los trabajadores y los representantes deambos, así como los demás sujetos responsables delcumplimiento de las normas del orden sociolaboral, estánobligados a colaborar con los Supervisores-Inspectores, losInspectores del Trabajo y los Inspectores Auxiliares cuandosean requeridos para ello. En particular y en cumplimiento dedicha obligación de colaboración deberán:a. Atenderlos debidamente, prestándoles las facilidades para

el cumplimiento de su labor,b. Acreditar su identidad y la de las personas que se

encuentren en los centros o lugares de trabajo,c. Colaborar con ocasión de sus visitas u otras actuaciones

inspectivas,

LEY GENERAL DE INSPECCIONES DE TRABAJO – LEY 28806

JUMAS

ARTICULO 9 colaboración con los SupervisoresInspectores del trabajo e Inspectores Auxiliares … viened. Declarar sobre cuestiones que tengan relación con las

comprobaciones inspectivas; y,e. Facilitarles la información y documentación necesarias para

el desarrollo de sus funciones.Quienes representen a los sujetos inspeccionados deberánacreditar tal condición si las actuaciones no se realizandirectamente con ellos.Toda persona, natural o jurídica, está obligada a proporcionara la Inspección del Trabajo los datos, antecedentes oinformación con relevancia en las actuaciones inspectivas,siempre que se deduzcan de sus relaciones con los sujetossometidos a la acción inspectiva y sea requerida para ello demanera formal.

LEY GENERAL DE INSPECCIONES DE TRABAJO – LEY 28806

JUMAS

ARTICULO 38 criterios de graduación de las sancionesLas sanciones a imponer por la comisión de infracciones denormas legales en materia de relaciones laborales, de seguridady salud en el trabajo y de seguridad social a que se refiere lapresente Ley, se graduarán atendiendo a los siguientes criteriosgenerales:a. Gravedad de la falta cometida,b. Número de trabajadores afectados.El Reglamento establece la tabla de infracciones y sanciones, yotros criterios especiales para la graduación.

LEY GENERAL DE INSPECCIONES DE TRABAJO – LEY 28806

JUMAS

ARTICULO 230 principios de la potestad sancionadoraadministrativa … viene3. Las autoridades deben prever que la comisión de la conducta

sancionable no resulte mas ventajosa para el infractor quecumplir las normas infringidas o asumir la sanción; así comoque la determinación de la sanción considere criterios comola existencia o no de intencionalidad, el perjuicio causado.Las circunstancias de la comisión de la infracción y larepetición en la comisión de infracción

LEY GENERAL DE INSPECCIONES DE TRABAJO – LEY 28806

JUMAS

ARTICULO 48 Infracciones muy graves de seguridad ysalud en el trabajo … :ARTICULO 48.1-ATratándose de actos que impliquen afectación a lalibertad sindical, se entiende por trabajadoresafectados, únicamente para el cálculo de la multa aimponer, al total de trabajadores que se encuentrenafiliados a la organización sindical correspondiente.

POR D.S. 004-2011-TRINCORPORESE

JUMAS

ARTICULO 48 Infracciones muy graves de seguridad ysalud en el trabajo … :ARTICULO 48.1-BTratándose de actos que impliquen el incumplimiento delas disposiciones relacionadas con el trabajo de niños,niñas y adolescentes, se impondrá la máxima multaprevista en el rango correspondiente.

POR D.S. 004-2011-TRINCORPORESE

JUMAS

ARTICULO 48 cuantia y aplicación de las sanciones:48.1 El calculo del monto de las sanciones se realiza deacuerdo con la siguiente tabla:

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

48.1 … vieneLas multas se expresan en Unidades Impositivas Tributarias(UIT). Las escalas de multas previstas para las micro empresasy pequeñas empresas, definidas según la ley que las regula,contemplan la reducción del cincuenta por ciento (50%)establecida en el tercer párrafo del artículo 39º de la Ley.Para acceder a las tablas previstas para micro empresas ypequeñas empresas, es requisito que las empresas esténinscritas en el REMYPE antes de la generación de la orden deinspección.Continua …..

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

48.1 … vieneLas multas se expresan en Unidades Impositivas Tributarias(UIT). Las escalas de multas previstas para las micro empresasy pequeñas empresas, definidas según la ley que las regula,contemplan la reducción del cincuenta por ciento (50%)establecida en el tercer párrafo del artículo 39º de la Ley.Para acceder a las tablas previstas para micro empresas ypequeñas empresas, es requisito que las empresas esténinscritas en el REMYPE antes de la generación de la orden deinspección.Continua …..

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

48.1-A ….. Las multas impuestas a las micro empresas ypequeñas empresas, inscritas en el REMYPE antes de lageneración de la orden de inspección, no podrán superar, enun mismo procedimiento sancionador, el 1% del total deingresos netos que hayan percibidos dentro del ejerciciofiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.Corresponderá al sujeto inspeccionado sustentar los ingresosnetos anuales, del ejercicio fiscal anterior al de la generaciónde la orden de inspección, durante las actuacionesinspectivas ante el Inspector del Trabajo y/o en el marco delprocedimiento sancionador, al formular los descargosrespectivos.continua …..

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

48.1-A ….. Este límite no es aplicable en los supuestoscontemplados en los incisos 48.1-B, 48.1-C y 48.1-D.En ningún caso las multas podrán tener un valor inferior a:a) En el caso de la micro empresa, al valor previsto para lasinfracciones leves, graves y muy graves, cuando se afecta a 1trabajador.b) En el caso de la pequeña empresa, al valor previsto paralas infracciones leves, graves y muy graves, cuando se afectade 1 a 5 trabajadores. 48.1-B Tratándose de actos queimpliquen la afectación de derechos colectivos, únicamentepara el cálculo de la multa a imponerse considerarán comotrabajadores afectados:continua …..

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

48.1-A …..(i) Al total de trabajadores del sujeto infractor.Para las infracciones contempladas en el numeral 25.10 delartículo 25º del presente reglamento, referidas a laconstitución de sindicatos; así como para las infraccionescontempladas en el numeral 25.11 del artículo 25º delpresente reglamento, referidas a la trasgresión a las garantíasreconocidas a los trabajadores de sindicatos en formación.continua …..

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

48.1-A ….. viene(ii) Al total de trabajadores del sujeto infractor afiliados al sindicatoafectado o al total de trabajadores del sujeto infractorpertenecientes al ámbito de las organizaciones sindicales afectadasde segundo o tercer grado, según corresponda.Para las infracciones contempladas en los numerales 24.10 y 24.11del artículo 24º del presente reglamento; para las infraccionescontempladas en el numeral 25.10 del artículo 25º del presentereglamento, con excepción de las referidas a la constitución desindicatos; así como para infracciones contempladas en el numeral25.11 del artículo 25º del presente reglamento, referidas a latrasgresión a las garantías reconocidas a los candidatos adirigentes sindicalescontinua …..

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

48.1-A ….. viene(iii) Al total de trabajadores del sujeto infractor comprendidos en elámbito de la negociación colectiva o huelga, según corresponda.Para las infracciones contenidas en el numeral 24.9 del artículo 24º;para las infracciones contempladas en los numerales 25.8 y 25.9del artículo 25º; así como para las infracciones contempladas en elnumeral 25.11 del artículo 25º del presente reglamento, referidasa la trasgresión de las garantías reconocidas a los miembros decomisiones negociadoras. Para el caso de estas infracciones, auncuando se trate de una micro empresa o pequeña empresa, la multase calcula en función de la tabla No MYPE del cuadro del artículo48º, aplicándose una sobretasa del 50%.Las micro empresas ypequeñas empresas que se encuentren registradas en el REMYPEcon anterioridad a la emisión de la orden de inspección, reciben eldescuento del 50% previsto en el artículo 39º de la Ley, luego derealizado el cálculo establecido en el párrafo anterior.continua …..

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

48.1-C Tratándose de las infracciones tipificadas en el numeral25.16 del artículo 25º; el numeral 28.10 del artículo 28º, cuandocause muerte o invalidez permanente total o parcial; y los numerales46.1 y 46.12 del artículo 46º del presente Reglamento,únicamente para el cálculo de la multa a imponerse, se considerarácomo trabajadores afectados al total de trabajadores de laempresa. Para el caso de las infracciones señaladas en el párrafoanterior, aun cuando se trate de una micro empresa o pequeñaempresa, la multa se calcula en función de la tabla No MYPE delcuadro del artículo 48º, aplicándose una sobretasa del 50%. Lasmicro empresas y pequeñas empresas que se encuentrenregistradas en el REMYPE con anterioridad a la emisión de la ordende inspección, reciben el descuento del 50% previsto en el artículo39º de la Ley, luego de realizado el cálculo establecido en elpárrafo anterior.

POR DS-012-2013-TRMODIFIQUESE

JUMAS

ARTICULO 55 Del recurso de apelación:El recurso de apelación se resuelve dentro del plazo detreinta (30) días hábiles de interpuesto el recurso, bajoresponsabilidad. El expediente debe elevarse para suresolución dentro del plazo máximo de cinco (5) días deinterpuesto el recurso, bajo responsabilidad”.

POR DS-004-2007-TRMODIFIQUESE

JUMAS

IDENTIFICACIONDE PELIGROS Y EVALUACION

DE RIESGOS LABORALESJ

UMAS