10-bocas tormenta 1 y 2.dwgaclt.err acltstk.dmp … · 2012-03-13 · servicio de compras edificio...

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INTENDENCIA DE MONTEVIDEO DEPARTAMENTO DE GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES GERENCIA DE COMPRAS SERVICIO DE COMPRAS EDIFICIO SEDE - PLANTA BAJA - Sector SANTIAGO DE CHILE TELEFONO 1950 2012 - FAX 1950 1915 I. M. SISTEMA DE ABASTECIMIENTOS Licitación Pública 431/2012 PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRA EN EL LLAMADO A LICITACION PUBLICA PARA LA CONTRATACION DE RECAPADO Y/O CONSTRUCCION DE PAVIMENTOS CON CARPETA ASFALTICA EN CALIENTE EN EL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO MUNiCIPIOS B Y C. 10-BOCAS TORMENTA 1 Y 2.dw aclt.err acltstk.dmp CONT1691.XLS IMM - Digesto Municipal - Art_ R_991 Pliego general para la construcción de obras V2 perfil transversal Nº594.dwg Perfiles Recapados.dwg PGMEZASF.DOC pliegoveredas.doc pliehorm.doc Pparticu.doc INTENDENCIA DE MONTEVIDEO DEPARTAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO URBANO DIVISION VIALIDAD SERVICIO DE ESTUDIOS Y PROYECTOS VIALES LICITACION PUBLICA N° 431/2012 CONTRATO No 1691 RECAPADO y/o CONSTRUCCION DE PAVIMENTOS CON CARPETA ASFALTICA EN CALIENTE EN EL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO MUNICIPIOS B Y C.

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INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

DEPARTAMENTO DE GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES

GERENCIA DE COMPRAS

SERVICIO DE COMPRAS

EDIFICIO SEDE - PLANTA BAJA - Sector SANTIAGO DE CHILE

TELEFONO 1950 2012 - FAX 1950 1915

I. M. SISTEMA DE ABASTECIMIENTOS

Licitación Pública 431/2012 PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRA EN EL L LAMADO A LICITACION

PUBLICA PARA LA CONTRATACION DE RECAPADO Y/O CONSTRUCCION DE PAVIMENTOS CON CARPET A ASFALTICA EN

CALIENTE EN EL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO MUNiCIPIO S B Y C.

10-BOCAS TORMENTA 1 Y 2.dwgaclt.err acltstk.dmp CONT1691.XLS

IMM - Digesto Municipal - Art_ R_991 Pliego general para la construcción de obras V2007.doc

perfil transversal Nº594.dwgPerfiles Recapados.dwg PGMEZASF.DOC pliegoveredas.doc pliehorm.doc

Pparticu.doc

INTENDENCIA DE MONTEVIDEO DEPARTAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO URBANO

DIVISION VIALIDADSERVICIO DE ESTUDIOS Y PROYECTOS VIALES

LICITACION PUBLICA N° 431/2012

CONTRATO No 1691RECAPADO y/o CONSTRUCCION DE PAVIMENTOS CON

CARPETA ASFALTICA EN CALIENTE EN EL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO MUNICIPIOS B Y C.

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONESINDICE

DISPOSICIONES GENERALES

Objeto Nómina de elementos que componen este proyecto Definiciones Trabajos en horarios especiales Ejecución de los trabajos Cartelera Consultas y aclaraciones

FORMA DE PRESENTACIÓN

Propuesta y documentación Antecedentes Precio Imprevistos Monto de la mano de obra imponible Ampliación del contrato Disposiciones laborales Representante técnico

COMPARACIÓN DE PROPUESTAS

Criterios de evaluación Aceptación y Rechazo de ofertas-Mejora y Negociación de Ofertas

GARANTÍAS Y PLAZOS

Garantía de Mantenimiento de Oferta Plazo de Mantenimiento de Oferta Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Garantía de Conservación Plazo LIQUIDACIÓN Y FORMAS DE PAGO

Liquidación de Pagos Forma de pago Interés de Mora Fórmulas paramétricas de ajuste de precios Lista de materiales para la aplicación de la fórmula paramétrica Forma de pago de la carpeta asfáltica RECEPCIONES Y CONSERVACIÓNMaterial granular y cementado Sub-base granular cementada Hormigón Cordón cuneta Carpeta asfáltica Recepción Definitiva

MULTAS

Multas

OTRAS DISPOSICIONES

Riesgo y responsabilidad Certificado Único Municipal

EXIGENCIAS VARIAS

Suministro de vehículos Suministro de teléfono celular Equipos y Maquinarias exigibles Suministro de Materiales para el Laboratorio

PRESCRIPCIONES CONSTRUCTIVAS BACHEO Y RECAPADOSub-base granularBase granular cementadaCordones de granitoRemoción y Recolocación de cordones de graníticoRemoción y Retiro de Cordones de granitoSuministro y Colocación de Cordones de granitoVeredasRemoción de rielesBocas de tormentaCanalizaciones subterráneas para la IMBase de hormigón.Limpieza y Sellado de GrietasBase negra para bacheo y regularizacionesPAVIMENTOS NUEVOS Perfil con cordón cuneta Material de subrasante-Terraplenes y desmontes Construcción del firme o base de material granularCompactación Sustitución del terreno de fundaciónCordón de hormigón Carpeta asfáltica.Espesor promedio y mínimoObras accesorias

FORMULARIO REGISTRO DE EMPRESASFormulario FORMULARIO PROPUESTA

Formulario propuesta Metrajes

DISPOSICIONES GENERALES

ObjetoArt.1 - El objeto del llamado es la ejecución de carpetas asfálticas en caliente sobre pavimentos existentes y la construcción de pavimentos con carpeta asfáltica en caliente y cordón de hormigón en calles a determinar por la IM, ubicados en el Departamento de Montevideo Municipios B y C.

Nómina de elementos que componen este proyectoArt.2 - Rigen para este contrato los siguientes elementos: - Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras, (PCGCO). - Pliego Particular para la Ejecución de Obras (Set.2001), (PPEO). -Pliego General de Condiciones para la Ejecución de Mezclas Asfálticas en Caliente (Agosto 1988), (PGCEMAC). - Pliego General de Condiciones para la Construcción de Pavimentos de Hormigón (Agosto 2001), (PGCCPH). - Pliego General de Condiciones para la Construcción de Veredas (Diciembre 1991), (PGCV). - Este Pliego Particular de Condiciones. - Perfil Transversal Tipo para recapados y Perfil Tipo No.594/96 del Servicio de Estudios y Proyectos Viales. - Plano Tipo No.10 del Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento. - Presupuesto estimativo para el Certificado de Capacidad de Contratación del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.- Resoluciones (Nº2.280/92, 2.516/92, 10.885/86, 1.879/00, 3.726/96, 7.278/87, 2.255/93,7.465/93, 9.875/93) y Decretos (No.26.501)

DefinicionesArt.3 - Se entiende por:

Día o día calendario: Son todos los días del año, incluyendo Sábados, Domingos y feriados.Día laborable: Son los días de lunes a viernes inclusive. Para las empresas que trabajan los días Sábado, se tomará a este como día laborable. No se incluyen feriados no laborables, ni la licencia de la construcción.Día hábil: Son los días de lunes a viernes inclusive. No incluye feriados (laborables y no laborables). Trabajos en horarios especialesArt.4 - Se entiende por horario normal de trabajo, el comprendido entre las 7.00 y las 19.00 horas de los días no feriados (laborables o no) de lunes a viernes.

En caso que el Contratista solicite aumentar el régimen horario de trabajo, fuera del horario normal estipulado en el artículo precedente, deberá solicitarlo por escrito al Director del Servicio que corresponda, dando conformidad para deducir de su orden de pago, las horas extras a que hubiera lugar, para el personal de la IM afectado a la obra.

El Servicio actuante deberá emitir la correspondiente orden de pago a favor de los funcionarios antes mencionados, a cuyos efectos se remitirán las actuaciones a la Contaduría General.

Ejecución de los TrabajosArt.5 - - La nómina de calles o caminos será suministrada al Contratista con la anticipación necesaria. Se deberá atender las prioridades establecidas por las autoridades de los Municipios B y C, que serán transmitidas al Contratista por el Ingeniero Director de las Obras.Los oferentes deberán tener en cuenta, al formular su propuesta e indicar la lista de equipo a utilizar, que se les exigirá el desarrollo de los trabajos en forma simultánea en ambos Municipios, en una ubicación en cada Municipio. El incumplimiento de esta exigencia podrá aparejar la rescisión del Contrato con pérdida de garantía, así como el rechazo de la oferta en el caso de deficiencias del equipo ofertado.La IM indicará el orden en que deban repararse las calles. El incumplimiento de esta exigencia podrá aparejar la rescisión del Contrato con pérdida de garantía.

CarteleraArt.6 – Modificase el Art.14 del Pliego Particular para la Ejecución de Obras, estableciéndose que el contratista no tendrá obligación de colocar cartelera alguna.

Consultas y aclaraciones Art.7 – Solo los adquirientes del pliego podrán realizar consultas, solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego o solicitar prórroga, mediante comunicación escrita, hasta 10 (diez) días hábiles antes del plazo fijado para la apretura de ofertas.

Éstas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Palacio Municipal, con acceso sobre la Avda. 18 de julio, en el horario de 10:15 a 15:30 hs, por mail a [email protected] o vía Fax al 1950 1915, no considerándose las realizadas con posteridad al plazo señalado. Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.

La IMresponderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas a todos los interesados que hayan abonado el pliego, incluyendo la pregunta sin identificar su origen. Las consultas y respuestas podrán ser consultadas además, en la página web de la IM (www.montevideo.gub.uy, entrar en Compras- Publicaciones de cartelera de licitaciones y buscar el número de la licitación).

La IM podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones con respecto a sus ofertas.

FORMA DE PRESENTACION

Propuesta y DocumentaciónArt.8 - Los oferentes deberán presentar su propuesta en estricto acuerdo al formulario tipo que acompaña estos recaudos. La misma comprenderá un original y dos copias. Se destaca especialmente la declaración del valor imponible de la mano de obra de la propuesta.

La documentación necesaria para la presentación de la oferta, así como también la oferta en sobre cerrado, deberá ser entregada el día y hora fijados para la convocatoria, en el Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Palacio Municipal, con acceso sobre Avenida 18 de Julio, no siendo de recibo si no llegaren a la hora fijada para el acto de apertura de ofertas.

Los oferentes deberán exhibir en el momento de presentar sus ofertas:

i) Recibo de adquisición de los recaudos correspondientes al llamado.

ii) Recibo expedido por Tesorería Municipal, del depósito de garantía de mantenimiento de oferta.

iii) Certificado de capacidad para ofertar de la empresa expedido por el Registro Nacional de Empresas que funciona en la órbita del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que acredite capacidad libre para ofertar suficiente para la obra licitada (original y fotocopia para agregar al expediente).

iv) Certificado que acredite el cumplimiento del Art.61 de la Ley Nro. 16.074 (Seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales), (original y fotocopia para agregar al expediente).

v) Constancia de inscripción en el Registro de Empresas Contratistas de Obras en la Vía Pública (IM -2° piso-División Vialidad), (original y fotocopia para agregar al expediente).

vi) Lista de equipo disponible y de personal responsable. (Art. 5 del Pliego Particular para la Ejecución de Obras), (se agrega al expediente).

vii) En caso de ser el oferente una persona jurídica, deberá adjuntarse a la oferta un certificado notarial, que acredite que el firmante de la misma tiene facultades suficientes para representar a la empresa en esta clase de actos. El Escribano certificará además, la existencia, vigencia de la sociedad y quienes son los directores y administradores, a los efectos de lo previsto en l artículo 6º de la Ley 17.957 y el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 17.904 artículo 13.

Para realizar observaciones en el acto de apertura de la licitación, si la persona que concurre no coincide con el firmante de la oferta deberá presentar poder o carta poder otorgada ante Escribano Público con suficientes facultades para representar a la empresa.

AntecedentesArt.9 – Es conveniente que las empresas proponentes, que tengan antecedentes en tareas similares desempeñadas en organismos públicos o en empresas particulares, adjunten constancia a sus ofertas, dejando claramente establecido los lugares e Instituciones en los cuales se prestó el servicio.

PrecioArt.10 – El oferente establecerá en su propuesta los precios unitarios en moneda nacional de los rubros que se indican en las planillas al final de éste Pliego Particular de Condiciones. Se deberá establecer por separado del precio IVA y monto de mano de obra imponible, según formulario propuesta.

ImprevistosArt.11 – La cantidad presupuestada calculada para la ejecución de los trabajos proyectados se incrementará en un 15 % (quince por ciento) de la misma, de lo que resultará el monto total de la propuesta, de acuerdo a lo establecido en el art. 7 del Pliego Particular para la ejecución de la Obra.

Monto de la mano de obra imponibleArt.12 - En función de la resolución 2.255/93 del 28 de junio de 1993 se establece que de acuerdo al régimen de unificación de aportes patronales y obreros de la Industria de la Construcción, establecidas por la Ley Nº 14.411 los aportes al Banco de Previsión Social quedarán a cargo de la Intendencia de Montevideo.

Los pagos de leyes sociales por la I.M., se realizarán en base a las planillas de aportes que presente la empresa contratista mensualmente. Dichos pagos por cuenta de la I.M.. se harán hasta el tope indicado por la empresa en su propuesta, superado el tope antes establecido, los siguientes pagos los realizará la I.M.. mediante la retención del importe que corresponda del certificado respectivo.

A los efectos de la adjudicación y para el estudio y cotejo de las ofertas, se tendrán en cuenta los aportes calculados por la Empresa y declarados en la propuesta. Para lo cual, los oferentes deberán declarar el monto de mano de obra imponible para cada rubro y la sumatoria total.De acuerdo al Art.7 lit. a) del Decreto Ley 14.411 del 7/8/75:"Cuando las planillas presentadas por el contratista o subcontratista, superan los jornales determinados por paramétrica, o los reconocidos por el Organismo Contratante, la diferencia injustificada, será abonada por los empresarios, contratistas o subcontratistas, quienes serán sujetos pasivos por deuda propia."

La liquidación, a los efectos del pago al B.P.S., se realizará mensualmente según el monto declarado en la planilla del personal presentada por la empresa.

La Intendencia de Montevideo, no reconocerá como deuda al B.P.S., todas aquellas planillas que no estén firmadas y selladas por la Dirección de la Obra.

Las empresas que realicen obras para la I.M., a partir del mes de octubre de 1997, dispondrán de un plazo máximo de ocho días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento fijada por el B.P.S. mensualmente, para presentar copias de las planillas de sus obras, ante la I.M.. Las mismas deberán estar SELLADAS por el B.P.S. y serán presentadas en Contaduría General, Sector Liquidación y Pago a Acreedores, dentro del plazo señalado, de no hacerlo en tiempo y forma, serán de cargo de dichas empresas los importes por concepto de MULTAS Y RECARGOS que fije el B.P.S. y serán descontados de las liquidaciones subsiguientes.

En caso de NO HABER PRESENTADO planillas en el mes, por alguna de las obras, deberá comunicarse a Liquidación y Pago a Acreedores, por escrito. Por consultas dirijirse a Contaduría General de la I.M.., Sector Liquidación y Pago a Acreedores, 1er.PisoSector Ejido, de 10 a 16 hs.

El registro de la Obra ante el B.P.S. lo hará la empresa contratista previo control y firma de los formularios 1 y 2 (Obra Pública) por el Director de la Obra, dicho registro deberá hacerse en el transcurso del mes de inicio de la obra y deberá remitirse inmediatamente copia del formulario de inscripción con número de obra, al Sector Liquidación y Pago a Acreedores de Contaduría General.

El cierre de la Obra ante el B.P.S. lo hará la empresa contratista, previo control del Sector Liquidación y Pago a Acreedores de Contaduría General, y firma de los formularios correspondientes por el Director de la Obra, dicho cierre deberá hacerse dentro de los treinta días de terminada la obra.

Las multas que puedan surgir por atrasos en los plazos para el registro y cierre de la obra, serán de cargo de la empresa contratista, al igual que las que se generen por presentar la planilla mensual fuera de plazo.

Ampliación del ContratoArt.13 - No rigen los Artículos 80 y 83 del PCGCO y el Art.3 del Pliego Particular para la Ejecución de Obras. La Intendencia de Montevideo podrá ampliar el contrato hasta un 100% (cien por ciento), del monto total del contrato original. Dichos trabajos deberán reunir las características de los incluidos en el llamado original, y para ellos valdrán toda las condiciones del mismo.

Disposiciones LaboralesArt.14 - El contratista está obligado a cumplir con las disposiciones sobre laudos y convenios colectivos vigentes, para la industria de la construcción en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplemento de horas extraordinarias, primas, incentivos por asistencia, viáticos, y en general todo beneficio que mejore las condiciones establecidas por la Legislación Laboral común.a) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral ( convenio colectivo suscrito el 17 de agosto del 2005), en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que los laudos vigentes queden sin efecto la remuneración mínima será un Salario Mínimo Nacional.La Intendencia de Montevideo, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de rescindirlo en la forma y condiciones previstas en este pliego.

La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de exigir a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados.En caso que la I.. de .M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes.La I.M. tiene la potestad de retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada. El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.

b) Ley (18.099).La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado.La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la I..de.M.. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes de trabajo, daños y perjuicios ocasionados a terceros.Los antes referidos gastos serán reembolsados a la I. de.M. ajustados por el Indice de Precios al Consumo.

c) Resolución Municipal N° 2518 de fecha 22/06/200

De acuerdo con la Resolución Municipal Nş 2518 de fecha 22/06/2009, las empresas contratantes deberán incluir en las planillas de trabajo un mínimo equivalente al 5 % (cinco por ciento) del personal afectado a tareas de peones o similares, a personas liberadas que se encuentren registradas en la Bolsa de Trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados.

d) VOLQUETAS Y CUALQUIER OTRO TIPO DE ELEMENTO QUE SIRVA PARA

EL ACOPIO Y TRANSPORTE DE RESIDUOS:

Las empresas adjudicatarias de licitaciones de obra solo podran utilizar para el transporte de residuos (residuos de obras civiles, excavaciones, demoliciones, construcciones, etc.) volquetas registradas y/o pertenecientes a empresas inscriptas y habilitadas por el Registro Unico Obligatorio de Empresas Transportadoras de Residuos Sólidos, acorde a la normativa departamental vigente (capitulo II.1. Tėtulo IX del Volumen V del Digesto Municipal, D. 1928.1 a 1928.14 y R. 424.110.1 a 424.110.19). Por mas información dirigirse al Sector Contralor de los Servicios de Volqueta, División Limpieza, Departamento de Desarrollo Ambiental, Piso 6, Unidad de Contratos, tels. 1950 3135 – 1950 3136.

Representante TécnicoArt.15 - Los oferentes designarán en sus propuestas un Representante Técnico de la empresa, de profesión Ingeniero Civil, que se encargará de la organización y control de la obra debiendo tener permanente y estricta vigilancia sobre la misma y que se constituirá en el interlocutor válido ante el Director de la Obra. En la propuesta la empresa oferente consignará su nombre, y el profesional deberá suscribir la misma en señal de aceptación.

COMPARACION DE PROPUESTAS

Art.16 - Los metrajes indicados son inalterables a los efectos de la comparación de propuestas. La IM pagará la obra efectivamente realizada y se reserva el derecho de modificar los metrajes indicados en cualquier proporción e incluso suprimir alguno de ellos, sin que el Contratista tenga derecho a reclamación alguna, manteniéndose únicamente el monto contractual.

Art.17 -La comparación de propuestas se realizará considerando los precios básicos en la situación prevista por el Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de obras, sin bonificación ni recargo por pagos en plazos distintos de los previstos en el presente pliego.

Asimismo se sumará al monto básico de la oferta incrementado por el IVA, los aportes sociales calculados en base al monto imponible declarado por la empresa.

Criterios de EvaluaciónArt. 18 -Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinara si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación. Para los fines de esta clausula, se considera que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación cuando satisfaga las condiciones esenciales estipuladas en dichos documentos.

Sera rechazada la oferta que no se ajuste sustancialmente a los documentos de la licitación, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podra corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.

Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo al siguiente criterio:

1) Precio

2) Antecedentes del oferente en este tipo de trabajo.

3) Aportes calculados por la empresa y declarados en su propuesta.

Aceptación y Rechazo de ofertas – Mejora y Negociación de ofertasArt.19 – La Intendencia Municipal de Montevideo se reserva el derecho de aceptar la propuesta que juzgue más conveniente, así como también de rechazarlas todas. La Intendencia Municipal de Montevideo podrá aplicar los institutos de mejora de oferta y de negociaciones, según lo dispuesto por el Art. 57 del TOCAF (Decreto 144/92 del 2/4/1992).

GARANTIAS Y PLAZOS

Garantía de Mantenimiento de OfertaArt.20 - Antes de la fecha prevista para la apertura de propuestas, cada oferente deberá constituir una garantía de mantenimiento de oferta, por un monto mínimo equivalente al 1% (uno por ciento) del total de la oferta, incluyendo el IVA e IMPREVISTOS. Esta garantía podrá constituirse mediante depósito en efectivo en pesos uruguayos, valores públicos, fianza a aval bancario, o póliza de seguro de fianza y se depositará en Tesorería Municipal (art. 10 del Pliego Único de Bases y Condiciones). Si se quiere hacer efectiva la garantía mediante cheque (pesos uruguayos o dólares estadounidenses) el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.Para poder hacer el depósito de garantía de garantía mantenimiento de oferta, el oferente debe estar inscripto como proveedor de la I. de M., por lo que se recomienda a aquellos interesados en participar en esta licitación y que no estén inscriptos, pasar por la Unidad de Atención a Proveedores del Servicio de Compras, con anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas de la presente licitación, evitando de este modo inconvenientes de último momento.

Plazo de mantenimiento de OfertasArt.21 – Las ofertas deberán mantenerse por un plazo mínimo de 90 días calendario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras.

Garantía de Fiel Cumplimiento de ContratoArt.22 - a) Dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la Resolución de Adjudicación, el adjudicatario constituirá la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, que tendrá un valor equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto de la oferta básica respectiva a la cual se le agregará los Imprevistos, el IVA. Dicha garantía podrá constituirse en la misma forma que aquella solicitada para el mantenimiento de oferta y deberá depositarse en el Servicio de Tesorería Municipal. En caso que el citado depósito se realice con cheque deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente

El plazo de la garantía deberá ser tal que cubra todo el plazo de realización de la obra, más los eventuales tiempos de tramitación del cierre del respectivo contrato y hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si se estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por períodos sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración Municipal mediante la entrega del documento al adjudicatario.

Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario deberá sustituir la misma en un plazo perentorio de 30 (treinta) días calendario, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar a sanciones por incumplimiento.La garantía no podrá ser devuelta hasta que ambas partes otorguen en documento apropiado que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación.

b) Una vez realizada la recepción provisoria por la I.M.., y cumplidas a satisfacción todas las obligaciones contraídas por el adjudicatario, podrá éste solicitar la devolución de lo depositado, en Contaduría General Municipal, con el original del recibo que acredite el depósito.

Garantía de ConservaciónArt.23 – De cada pago que la Administración realice se retendrá un monto equivalente al cinco por ciento (5%) como Garantía de Conservación de acuerdo a lo establecido en el PCGCO.

PlazoArt.24 –Las obras deberán iniciarse dentro del plazo de 15 (quince) días a partir de la notificación de la resolución de adjudicación y quedarán completamente terminadas en un plazo de 6 (seis) meses a partir de la fecha de su iniciación, incluyendo la ejecución de todas las obras accesorias.

LIQUIDACION Y FORMA DE PAGO

Liquidación de PagosArt.25 -A) El pago de los trabajos se efectuará por avance mensual; para la liquidación del mismo se deberá presentar: 1) Detalle de la liquidación a precio básico. Necesariamente se deberá facturar el avance de obra por el mes de cargo en que se presente la planilla. 2) Copia de las planillas de declaración de personal del B.P.S. del mes de los trabajos que se facturan, con una liquidación de la mano de obra imponible a fecha de contrato y su ajuste por aumentos.

B) Para el caso de los trabajos imprevistos se procederá del mismo modo, agregando el monto imponible que corresponde a los trabajos imprevistos realizados.

C) Los ajustes paramétricos deberán presentarse en factura independiente del básico con detalle de la liquidación, junto con el certificado a precio básico de los trabajos, tanto para los presupuestados como para trabajos imprevistos.

D) La última cuota se hará efectiva una vez que los trabajos estén completamente terminados y recibidos provisionalmente.

E) No se pagarán ajustes paramétricos más allá de los plazos establecidos en el correspondiente llamado, o de las prórrogas expresamente autorizadas por la Dirección de Obra; salvo que no se cumpla con dichos plazos por causas no imputables a la empresa y debidamente documentadas en tiempo y forma.

F) La I.M. podrá optar, en el momento de hacer efectivo el pago, por la financiación del mismo, mediante la entrega de Documentos de Pago, que tendrán las siguientes características:

* Contendrán la cantidad líquida y exigible en correspondencia con los certificados de obra presentados y aprobados, expresada en moneda nacional o dólares de los Estados Unidos según el caso. Si se convirtiera la deuda a dólares USA, la misma se realizará a la cotización del dólar interbancario tipo vendedor vigente a la fecha de la liquidación.

* Serán endosables, sin recurso y sin costo adicional para el contratista.* No tendrán vinculación con los procedimientos de ejecución de la obra y su

cronograma de cumplimiento.* La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de rescatar anticipadamente

los documentos de pago, abonando los intereses devengados, o abonar los intereses sin cancelar la obligación principal hasta el final de la operación.

* Se establecerá en los Documentos de Pago la tasa de interés correspondiente asi como la oportunidad del pago de los intereses devengados.

* Los Documentos de Pago tendrán su vencimiento con un plazo mínimo de 30 días, desde su otorgamiento y un plazo máximo que no excederá la finalización del mandato del presente período de gobierno. En caso que la financiación sea en moneda nacional, el plazo además no será superior a un año.

G) La Intendencia de Montevideo podrá también efectuar el pago con cheques de Pago Diferido, acordándose en su momento, con el adjudicatario, las condiciones del mismo.

Forma de Pago

Art. 26 - La Intendencia abonará en un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario, a partir de la presentación del certificado de avance de obra, debidamente conformado en la Contaduría General.Se modifica el literal d) del art. 90 del PCGCO, en lo que refiere a la imputación de los pagos. A los efectos de la liquidación de los intereses se aplicará el criterio de imputación de los pagos en primer lugar al capital.. Asimismo, la tasa de interés establecida se considerará como tasa de interés simple.Se modifica el literal e) del art. 90 del PCGCO, el tercer párrafo: la actualización del monto de esa diferencia se calculará con arreglo a los precios resultantes del día inmediato posterior al vencimiento de los 120 días, debiendo efectuar su pago dentro de los 45 días calendario siguientes a la fecha de solicitud de liquidación.

Interés de Mora

Art. 27 - El interés por mora a que se refiere el artículo 90, literal c) del PCGCO queda fijado en el 50% de la tasa media de interés trimestral para empresas, para operaciones activas con plazos menores a un año, publicada por el Banco Central del Uruguay (Art. 15 Ley 14.095 – Circular 1695) en el mes inmediato anterior al vencimiento, modificándose en tal sentido el artículo 28 del PPEO.

Fórmulas Paramétricas de Ajuste de PreciosArt.28 - Para la aplicación de la fórmula paramétrica del Art. 91 del PCGCO se tomarán los valores de j, v, m y d, que a continuación se indican:

Rubros Nº 1, 2, 3, 4 y 5

j = 0,10 v = 0,37 m = 0,39 d = 0,14

y para los valores de M y Mo: 0,050 m3 de pedregullo granítico, 0 a 50 mm (en cantera); 0,030 m3 de polvo de cantera (en obra); 0,030 m3 de arena gruesa Carrasco (arenera); 3 kg. de cemento portland gris ANCAP (en bolsas); 8 kg. de cemento asfáltico; 2 lts. de combustible gas-oil y flete de 2 m3km de material (kilómetros siguientes el m3).

Rubro Nº 6, 9, 11, 20, 21 y 22

j = 0,21 v = 0,36 m = 0,33 d = 0,10

y para los valores de M y Mo : 250 kg. de cemento portland gris ANCAP para obras públicas (a granel); 1 m3 de pedregullo lavado Melilla o La Paz (en cantera); 0,50 m3 de arena gruesa Carrasco (arenera) y flete de 32 m3km de material (kilómetros siguientes el m3).

Rubro Nº 7, 25 y 26

j = 0,13 v = 0,31 m = 0,39 d = 0,17y para los valores de M y Mo: 1 m3 de balasto natural (en cantera) y flete de 20 m3km de material (kilómetros siguientes el m3).

Rubros N° 8 y 19

j = 0,13 v = 0,31 m = 0,39 d = 0,17

y para los valores de M y Mo: 1 m3 de balasto natural (en cantera); 120 kg. de cemento portland gris ANCAP para obras públicas (a granel) y flete de 22 m3km de material (kilómetros siguientes el m3).

Rubros Nº 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 28

j = 0,42 v = 0,35 m = 0,08 d = 0,15

y para los valores de M y Mo: 1 lt. de combustible gas-oil.

Rubro Nº 18

j = 0,20 v = 0,31 m = 0,39 d = 0,10

y para los valores de M y Mo: 1 m2 de baldosas de portland gris reforzada para vereda, medida 20 x 20; 35 kg. de cemento portland gris ANCAP para obras públicas (a granel); 0,060 m3 de arena gruesa Carrasco (arenera); 0,090 m3 de pedregullo lavado Melilla o La Paz (en cantera) y flete de 4 m3km de material (kilómetros siguientes el m3).

Rubro No. 23 y 24

j= 0,10 v= 0,38 m= 0,10 d=0,42

y para los valores de M y Mo: 1 lt. de gas oil.

Rubro No. 27

j= 0,22 v= 0,31 m= 0,41 d= 0.06

y para los valores de M y Mo: 0,170 m3 de pedregullo granítico, 0 a 50 mm (en cantera); 0,120 m3 de arena gruesa Carrasco (arenera); 70 kgs. de cemento portland gris ANCAP para obras públicas (a granel); 1 lt. de combustible gas oil y flete de 7 m3km de material (kilómetros siguientes el m3).

Se modifica el Art. 91 del PCGCO, en lo relativo a la determinación de los jornales y el Art. 21 del PPEO, de tal forma que los valores de J, Jo, V, Vo, D y Do se definen como se indica a continuación:

J y Jo, Indice Medio de Salarios de la Construcción, Grupo 9, Sub-Grupo 01 (Industria de la Construcción-Dto.105/005 M.T.S.S.) calculado mediante la evolución del Coeficiente de Traslado de Precios en el momento de finalización de los trabajos que se liquidan y diez días antes a la fecha de apertura de la licitación.

En caso de no existir laudo se regirá por la variación de la B.P.C. (Base de Prestaciones y Contribuciones).Cuando a la fecha de apertura, no haya sido homologado el incremento del jornal en los Consejos de Salarios, y por tanto, puedan derivar aumentos en forma retroactiva y con vigencia al momento cero de la licitación; se considerará este último valor a los efectos de definir el Jo.

V y Vo, Indice de Costo de Vida vigente al mes anterior que corresponde el reajuste y al mes anterior a la fecha de apertura de la licitación. D y Do, Cotización promedial mensual del dólar Interbancario BCU, tipo (vendedor), fijado por el Banco Central del Uruguay correspondiente al mes anterior de ejecución de las obras que se liquidan y al mes anterior de la apertura de la Licitación.

Lista de materiales para la aplicación de la fórmula paramétricaArt. 29 - De acuerdo a la Resolución de la Intendencia de Montevideo No. 3649/91 del 22 de Julio de 1991, no rige el inciso a) del Art. 91 de Pliego General para la Construcción de Obras.

Para la determinación de los valores de M y Mo, de la fórmula paramétrica indicada en el Art. 91 del PCGCO, se tendrá en cuenta la Lista Oficial de precios de la Dirección Nacional de Arquitectura, Valores base para la aplicación de la fórmula paramétrica de la Dirección Nacional de Vialidad y el Boletín de precios de la Cámara de la Construcción, correspondientes al mes de ejecución de los trabajos y la vigente 10 (diez) días antes de la fecha de la licitación, respectivamente. Se entiende por vigente 10 días antes de la fecha de licitación al precio a esa fecha y por tanto el boletín que contenga ese precio, esté o no publicado. Los precios de los materiales se tomarán de una u otra lista de acuerdo a lo establecido en la Lista de materiales para la aplicación de la fórmula paramétrica, que se adjunta. En todos los casos se deberá tomar el valor de los materiales sin incluir el IVA. El precio de los materiales será considerado como puesto en obra, la incidencia de los fletes se supondrá reflejada en el parámetro “M” de la fórmula paramétrica.

LISTA DE MATERIALES PARA LA APLICACIÓN DE LA FÓRMUL A PARAMÉ TRICA

1) ARIDOSArena gruesa CARRASCO (arenera) DNAPedregullo granítico, 0 a 50 mm (en cantera) DNAPolvo de cantera (en obra) B

PCC

Pedregullo lavado MELILLA o LA PAZ (en cantera) DNA

Balasto natural (en cantera) DNA

2) CEMENTOSCemento portland gris ANCAP para obras públicas (Minas, Manga, Paysandú, a granel)

DNA

Cemento portland gris ANCAP (Montevideo, en bolsa) DNACemento asfáltico DNV

3) COMBUSTIBLESCombustible Gas-Oil DNA

4) FLETE Transporte de materiales de pavimento, saneamiento, sótanos, desmontes y fraccionamientos, 1 m3, el 1er km.

BPCC

Kilómetros siguientes el m3 BPCC

5) OTROSBaldosa de portland gris reforzada para vereda, medida 20 x20 D

NA

ABREVIATURASDNA = Lista oficial de precios de la Dirección Nacional de ArquitecturaDNV = Valores base para la aplicación de la fórmula paramétrica de la Dirección Nacional de VialidadBPCC = Boletin de precios de la Cámara de la Construcción

Forma de pago de la carpeta asfáltica

Art. 30 - A los efectos del pago de los trabajos en el tramo en consideración, los precios unitarios correspondientes a los Rubros Nº 1 y 2 se multiplicarán por el coeficiente que resulte de dividir el espesor medio determinado mediante la siguiente fórmula:

E = T / ( S x D x 0,97)

por el espesor promedio, fijado en el Art.92 de estas Condiciones Particulares, donde:"E" = espesor de carpeta en metros."T" = toneladas de mezcla asfáltica utilizada en el tramo considerado."S" = superficie de carpeta en metros cuadrados colocada en el tramo."D" = densidad obtenida en el laboratorio para la fórmula de la mezcla en obra, con la

técnica de moldeo y compactación empleadas en el ensayo Marshall, (expresadas en toneladas por metro cúbico).

Si el coeficiente obtenido superara al valor de 1,10 (uno con diez centésimos) se adoptará éste último. Para la aplicación de lo establecido, todos los camiones cargados con mezcla asfáltica deberán ser pesados, asimismo, una vez al día, todos los camiones sepesarán descargados. El comprobante para el control de las pesadas indicará, además del peso, la fecha y la hora de la pesada y la matrícula del camión.

RECEPCIONES Y CONSERVACION

Material granular y cementadoArt. 31 - Con un mes de anticipación al comienzo de los trabajos y toda vez que la Dirección de la Obra lo solicite, se entregará al Laboratorio de Suelos una muestra suficiente para verificar el cumplimiento de las condiciones exigidas.

Art. 32 - En obra, se determinará para el material del terreno de fundación y para la sub-base granular cementada, la densidad en sitio cada 150 (ciento cincuenta) metros cuadrados como máximo.

Sub-base granular cementadaArt. 33 - Se prepararán, como mínimo, 3 (tres) probetas cilíndricas de material granular cementado de acuerdo a la norma ASTM D 1633, Método A, por cada día de trabajo. Las probetas se prepararán en obra, por lo que la empresa deberá disponer de no menos de 9 (nueve) moldes, y el equipo complementario necesario según la norma. Tres días después de su elaboración, las probetas serán trasladadas al Laboratorio de Suelos de la Intendencia Municipal de Montevideo, donde quedarán depositadas hasta el momento de ser ensayadas o bien, hasta el momento de su traslado al Instituto de Ensayo de Materiales de la Facultad de Ingeniería para ser ensayadas.

Las 3 (tres) probetas correspondientes a cada día de trabajo, se ensayarán a los 7 (siete) días a los efectos de verificar la carga de rotura.

A los efectos de establecer las condiciones de aceptación con o sin descuento de una sección, se definen los siguientes valores:

Rp (Resistencia promedio) = Resistencia que resulta del promedio de los ensayos correspondientes a cada día de trabajo expresada en kilogramos por centímetro cuadrado.Rr (Resistencia de Referencia) = Valor de resistencia de referencia que se tomará igual a 21 (veintiún) kilogramos por centímetro cuadrado.

Aceptación sin descuentoEn caso que el valor de Rp sea mayor o igual que el valor Rr , la base cementada

será recibida y su liquidación se realizará sin descuento alguno por ese concepto.

No AceptaciónEn caso que el valor de Rp sea menor que el 80% (ochenta por ciento) del valor Rr

, la base cementada de la sección será rechazada y por lo tanto no será abonada.

Aceptación con descuentoEn caso que el valor de Rp sea mayor o igual que el 80% (ochenta por ciento) del

valor Rr y menor que el valor Rr , la base cementada será recibida y su liquidación se realizará con descuento por cada unidad de volumen del tramo aplicando la siguiente expresión:

Descuento = 1 - (Rp/Rr)2

El descuento se aplicará sobre el precio unitario correspondiente a la base granular cementada, rubro No 8.

HormigónArt. 34 - Modifícase el Art.3-62 y concordantes, del Pliego General de Condiciones para la Construcción de Pavimentos de Hormigón, estableciéndose que: 1) Se prepararán, como mínimo, 4 (cuatro) probetas cilíndricas de hormigón de acuerdo a la norma UNIT 1081, por cada día de trabajo. Las probetas se prepararán en obra, por lo que la empresa deberá disponer de 12 (doce) moldes, como mínimo, y el equipo complementario necesario según la norma. Tres días después de su elaboración, las probetas serán trasladados al Laboratorio de Suelos donde quedarán depositadas hasta el momento de su traslado al Instituto de Ensayo de Materiales de la Facultad de Ingeniería para ser ensayadas, o en su defecto, hasta el momento de ser ensayados en el Laboratorio de Suelos de la Intendencia Municipal de Montevideo. 2)De las 4 (cuatro) probetas correspondientes a cada día de trabajo, se ensayarán 2 (dos) a los 7 (siete) días y 2 (dos) a los 28 (veintiocho) días a los efectos de verificar la carga específica de rotura. 3) Si el valor promedio de las probetas ensayadas a los siete días y de las probetas ensayadas a los veintiocho días fueran superiores a los respectivos de recibo, se recibirá la totalidad de las bases de hormigón correspondientes a ese día de trabajo. Si ambos promedios fueran inferiores a los de recibo, las bases de ese día serán rechazadas. 4) Si el valor promedio obtenido de los ensayos a siete días fuera inferior al exigido en este pliego, pero el de los veintiocho días fuera superior al correspondiente de recibo, las bases de ese día se aceptarán con una multa equivalente al 20 % (veinte por ciento) del valor cotizado actualizado.

Las obras cuyos testigos cumplan exactamente lo contrario a lo indicado en el párrafo anterior, serán rechazadas o recibidas con multa según corresponda y de acuerdo a lo establecido en el PGCCPH. 5) Las obras que sean de rechazo no serán abonadas, queda a juicio del Director de la Obra exigir que se rehagan, en cuyo caso se pagará únicamente lo reparado.

Art. 35 - Cuando la Dirección de la Obra así lo indique se podrá sustituir las probetas por testigos extraídos del pavimento. Para estos valdrán las mismas condiciones del Artículo anterior.

La contratista extraerá a su costo dichos testigos en los lugares que se le indiquen. Cada vez que sea extraído un testigo, el contratista deberá cerrar a su costo, y dentro de los dos días hábiles siguientes la perforación practicada.

Cordón de Hormigón o Cordón CunetaArt. 36 - Se prepararán como mínimo 3 (tres) probetas por cada día de trabajo o por cada 30 (treinta) metros cúbicos o fracción menor de hormigón elaborado, de acuerdo a la norma UNIT 1081, que serán ensayadas a la compresión a los 28 días.

A los efectos de la recepción de los tramos construidos, por cada día de trabajo se obtendrá un valor de la resistencia a la compresión a los 28 días, promedio de todas las probetas realizadas.

Rp.: resistencia promedio en kg/cm2 a los 28 días.

Aceptación sin descuentoSi la resistencia promedio Rp.cumple que: Rp � 275 kg/cm2

el cordón de hormigón o cuneta será recibido y su liquidación se realizará sin descuento alguno por ese concepto.

No aceptación

Si: Rp < 240 kg/cm2

el cordón de hormigón o cuneta no será aceptado puesto que no cumple con la resistencia exigida y por lo tanto no será abonado.

Aceptación con descuento

Si: 240 kg/cm2 ☯ Rp < 275 kg/cm2

el cordón de hormigón o cuneta del tramo será aceptado, pero para su liquidación se aplicará un descuento por cada unidad de metraje del tramo, calculado con la siguiente expresión:

descuento = 1 - ( Rp

275)2

El descuento se aplicará sobre el precio unitario del Rubro No.27.

Carpeta Asfáltica Art. 37 - Se determinará la altura y densidad en sitio por medio de la extracción de los testigos cilíndricos de 4 (cuatro) pulgadas de diámetro por parte del Contratista, en presencia del sobrestante, que serán numerados en forma correlativa de manera de poder individualizar su ubicación. Se indicará fecha de tendido de mezcla y su tipo. Dichos testigos sólo podrán ser extraidos dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario o 20 (veinte) días hábiles, la que sea mayor, de haberse tendido la mezcla asfáltica.

En caso de no cumplirse este plazo, la carpeta asfáltica será rechazada y por lo tanto no será abonada.

Cada vez que sea extraído un testigo, el contratista deberá cerrar a su costo, y dentro de los dos días hábiles siguientes la perforación practicada.

Los testigos deberán ser enviados al Laboratorio de Suelos de la Intendencia Municipal de Montevideo limpios, es decir sin estar contaminados con otras capas de material asfáltico. Caso contrario, la empresa deberá suministrar un operario que los limpie en el Laboratorio de Suelos.

Art. 38 - Como mínimo una vez al día, ó cada 100 (cien) toneladas o fracción mayor de 20 (veinte) toneladas entregadas; un camión deberá pasar por el Laboratorio de Suelos a efectos de controlar la calidad de la mezcla.

Art. 39 - En referencia a los valores de estabilidad dados en el Art.158,1,B del PGCEMAC se entiende por aceptaciòn el pago conforme a lo estipulado.

A los efectos de establecer las condiciones de aceptación con o sin descuento de una sección, se definen los siguientes valores:

EP (Estabilidad promedio) = Estabilidad que resulta del promedio determinado en el Art.158,1,A del PGCEMAC para la sección, expresada en kilogramos.EM (Estabilidad Marshall) = Estabilidad Marshall de laboratorio, expresada en kilogramos.

Aceptación sin descuentoEn caso que el valor de EP sea mayor o igual que el 95% (noventa y cinco por

ciento) de la EM, el pavimento será recibido y su liquidación se realizará sin descuento alguno por ese concepto.

No AceptaciónEn caso que el valor de EP sea menor que el 80% (ochenta por ciento) de la EM, el

pavimento de la sección será rechazado y por lo tanto no será abonado.

Aceptación con descuentoEn caso que el valor de EP sea mayor o igual que 80% (ochenta por ciento) de la

EM y menor que 95% (noventa y cinco por ciento) de la EM, el pavimento será recibido y su liquidación se realizará con descuento por cada unidad de superficie del tramo aplicando la siguiente expresión:

Descuento = 1 - (EP/(0,95*EM))2

El descuento se aplicará sobre el precio correspondiente a la carpeta asfáltica.

Art. 40 - Si la mezcla fuese de rechazo para los valores obtenidos en vacìos ocupados por aire, y/o en los valores de fluencia, y/o en los valores de estabilidad (es decir cuando el valor que resulta del promedio determinado en el Art.158-1-A del PGCEMAC para la secciòn fuese menor del 80%); la Empresa deberá comunicar por escrito a la Direcciòn de la Obra su decisiòn de: ò mantener la carpeta ejecutada sin percibir su pago, ò reconstruirla siendo de su cargo los costos de la carpeta anteriormente ejecutada (asì como su repicado y retiro).

Recepción definitivaArt. 41 - La recepción definitiva se hará siempre que las obras estén en perfectas condiciones de construcción y conservación después de haber transcurrido por lo menos 12 (doce) meses a partir de la fecha de la recepción provisoria correspondiente.

MULTAS

MultasArt. 42 - Si el Contratista no iniciare las obras dentro del plazo establecido en el Art.24 de este pliego, la Intendencia de Montevideo podrá aplicarle una multa equivalente a 20 U.R. (veinte Unidades Reajustables) por cada día hábil de mora, pudiendo asimismo declarar rescindido el Contrato con pérdida de la garantía por parte del Contratista.

Art.43 - Si el Contratista no cumpliera con el plazo total establecido en el Art.24 de este pliego para la finalización de la obra , la Intendencia de Montevideo podrá aplicarle una multa equivalente a 20 U.R. (veinte Unidades Reajustables) por cada día hábil de mora.Art. 44 - Previo al comienzo de los trabajos en cada calle, la contratista deberá solicitar ante la Unidad de Prevención de Accidentes de la Intendencia de Montevideo, la autorización escrita correspondiente. Dicha solicitud se hará con una antelación mínima de 72 (setenta y dos) horas.El incumplimiento de esta disposición dará lugar a la aplicación de una multa de 30 U.R. (treinta Unidades Reajustables), cada vez que se produzca.

Art. 45 - De acuerdo a lo establecido en el Art.31 del Pliego Particular para la Ejecución de Obras, el monto de la multa por no cumplimiento de las obras de conservación intimadas, será de 40 U.R. (cuarenta Unidades Reajustables) por cada intimación realizada.

Art. 46 - La multa por la no entrega de los resultados de los ensayos a compresión dentro de un plazo máximo de 15 (quince) días hábiles, será de 1 U.R.(una Unidad Reajustable) por cada día hábil posterior al plazo y por cada ensayo no entregado.

Art. 47 - Si el Contratista no cumpliera con las órdenes impartidas por la Dirección de la Obra, se le aplicará una multa de 10 U.R. (diez Unidades Reajustables) por cada día hábil de mora.En caso de que el contratista entienda que esas órdenes le perjudican o son contrarias a la buena ejecución de la obra, deberá igualmente cumplirlas, pudiendo presentar posteriormente reclamación fundada (Art.48 PCGCO).La reclamación será presentada ante la Dirección del Servicio, quien se expedirá sobre el punto.En caso que el Contratista tuviera razón en su negativa a dar cumplimiento a lo dispuesto, la multa le será restituída.

Art. 48 - La multa a aplicar le será descontada del primer pago que deba realizarse al Contratista. Si el atraso llegara a 30 (treinta) días hábiles, se podrá duplicar el monto de la multa a aplicar. La mora operará automáticamente de pleno derecho, por el no cumplimiento de las órdenes impartidas.

SANCION -La falta de cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarias, habilitará a la Intendencia de Montevideo a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores

OTRAS DISPOSICIONES

Riesgo y ResponsabilidadArt. 49 – Es de exclusivo cargo del contratista todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la Administración o a sus empleados. Deberá asimismo, previamente al comienzo de las obras en cada zona, obtener la información acerca de las instalaciones existentes de caños, cables, etc. Correspondientes a las diferentes empresas u Organismos de Servicios Públicos, a los efectos de evitar roturas innecesarias.Certificado Único MunicipalArt. 50 – La Intendencia de Montevideo, exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeude, la exhibición del Certificado Único Municipal expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la I.M... Dicho certificado será expedido en forma gratuita por el Servicio Gestión de Cobro de Morosos, Piso 1 y ½ del Palacio Municipal (Art. 24 del Decreto 27.803 de la Junta Departamental).

EXIGENCIAS VARIAS

Suministro de Vehículos Art. 51 -Desde la iniciación de las obras y hasta su finalización (última recepción provisoria) el Contratista suministrará un vehículo con conductor para la Dirección de Obras durante los días y horarios de ejecución de los trabajos. Dicho vehículo que deberá ser previamente aprobado por el Ingeniero Director de las Obras , tendrá una antiguedad máxima de 6 (seis) años a la fecha de la licitación y una capacidad mínima de 4 (cuatro) pasajeros incluído nel conductor. Además deberá satisfacer lo establecido emn la Resolución N° 2516/92 del 4/6/92.

Art. 52 - El vehículo esatará continuamente en perfectas condiciones y tendrá que ser sustituído por otro de características no inferiores, en caso de cualquier tipo de dificultades o disfunciones y serán de cuenta del Contratista todos los gastos de amortización, funcionamiento y mantenimiento, incluyendo los seguros contra terceros, incendio o robo que correspondan. El contratista deberá hacerse cargo de eventuales costos de estacionamiento del vehículo y el chófer deberá contar con teléfono celular. El suministro del vehículose pagará al precio establecido en el contrato para el Rubro 29. Dicho precio constituíra la compensación total por todos los gastos y demás condiciones establecidas en los párrafos anteriores necesarios para realizar el suministro.

Art. 53 – La empresa deberá suministrar transporte, con iguales características que las expresadas para el personal del Laboratorio de Suelos toda vez que les sea solicitado un ensayo "In situ" para la obra referida.

Suministro de Teléfono celularArt. 54 - Desde la iniciación de las obras y hasta su finalización (última recepción provisoria), el Contratista suministrará un teléfono celular para la Dirección de la Obra. Los gastos generados por dicho teléfono, hasta un máximo de 3 UR (tres Unidades Reajustables) por mes, serán de cargo del Contratista. Los gastos que superen este tope, serán de cuenta del usuario de dicho teléfono.

Art. 55 - Los costos por suministro del teléfono celular (Art. 54) deberá ser prorrateado en los precios de los diferentes rubros.

Equipos y Maquinarias exigiblesArt. 56 - Dentro de la lista de equipos, el contratista deberá garantizar como mínimo, la utilización de los indicados en el capítulo VI del PGCEMAC.

Suministro de Materiales para el LaboratorioArt. 57 - Al iniciar los trabajos, el Contratista suministrará al Laboratorio de Suelos de la I.M.., los siguientes materiales:a) arena para realizar los ensayos de densidad en sitio de acuerdo a las normas ASTM D-1556 o AASHTO T-191, tamizada, y envasada convenientemente para evitar su contaminación. b) las placas de neoprenos, según lo indicado en la norma UNIT 1090:2004, para la realización del ensayo a la compresión.c) las siguientes herramientas menores: una gubia, una espátula, un cepillo, un pincel, un descalzador y dos bandejas para el secado de muestras, de chapa galvanizada No 18, de 30x25x3,5 cm. y 30x35x5 cm.

PRESCRIPCIONES CONSTRUCTIVAS

BACHEO Y RECAPADOArt. 58 – En el caso en que el pavimento existente presente fallas, que a juicio de la Dirección de la Obra, sea necesario reparar, deberá procederse al retiro del pavimento afectado. Las reparaciones a efectuar consistirán en la ejecución de una sub-base de material granular de 20 (veinte) centímetros de espesor compactado como mínimo, sobre la que se colocará una base de material granular cementado de 20 (veinte) centímetros de espesor compactado. En los pavimentos con base de hormigón, el Director de la Obra podrá hacer construir en lugar de la base cementada, una base de hormigón simple de 15 (quince) centímetros de espesor como mínimo .

Art. 59 - No podrá elaborarse material granular cementado u hormigón en lugares del dominio público, ni del dominio privado municipal; salvo autorización escrita previa de la IMM.

Sub-base granularArt. 60 - El material granular a emplear en la sub-base deberá cumplir con las mismas especificaciones que el empleado para ejecutar la base de material granular cementado y deberá tener un C.B.R. mínimo de 60% (sesenta por ciento) determinado al 98% (noventa y ocho por ciento) del valor máximo obtenido para la densidad en el ensayo AASHTO T-180 (Proctor modificado) efectuado en el Laboratorio de Suelos, exigiéndose el método D o el A, según que el material tenga o no, una fracción retenida en el tamiz de 6,7 mm (UNIT 6720).Previamente a la colocación de la capa de material granular deberá compactarse adecuadamente la subrasante hasta obtener una densidad mínima de 1,75 gr/cm3.Si la calidad del terreno fuera tal que no fuera posible obtener ese grado de compactación y su Indice de Grupo fuera mayor que 12 (doce), la sub-base granular se hará de 40 (cuarenta) centímetros de espesor. La compactación de la sub-base granular se efectuará en capas inferiores a 15 (quince) centímetros. Estos trabajos se pagarán de acuerdo al precio unitario cotizado en el rubro No 7.Sobre la sub-base compactada se ejecutará la base de hormigón simple o de material granular cementado, según corresponda.

Base Granular CementadaMaterial granularArt. 61 - El material granular a utilizar deberá cumplir las siguientes especificaciones:1) Tamaño máximo del material 19 mm.2) El porcentaje de material pasando el tamiz AASHTO No.200 será inferior al 15% .3) La fracción que pasa el tamiz AASHTO No.40 deberá tener límite líquido menor de 35% e índice plástico no mayor de 6.

Procedimiento de mezcladoArt. 62 - El mezclado del material granular con el cemento Portland podrá efectuarse de acuerdo a una de las formas que se indican a continuación: a) en planta mezcladora central fija. b) parcialmente en planta central, completándose la operación en camión mezclador. c) totalmente en camión mezclador.De preferencia tanto el equipo como el procedimiento de utilización deben merecer la aprobación de la Dirección de la Obra, debiendo asegurar a su solo juicio resultados satisfactorios. Se entenderá por tales cuando se logra un mezclado uniforme del cemento, sin variaciones de color en la mezcla.La granulometría del material granular podrá ser obtenido por mezcla de materiales de dos yacimientos. El mezclado de los mismos deberá hacerse previamente al agregado del cemento Portland.La cantidad mínima de Cemento Portland a incorporar será de 120 (ciento veinte) kilogramos por metro cúbico de material granular cementado compactado al 95% (noventa y cinco por ciento) de la densidad máxima obtenida en el laboratorio, según la norma AASHTO T-180 (Proctor Modificado). A tales efectos, la Dirección de la Obra podrá, si lo estima conveniente, solicitar la determinación del contenido de cemento mediante la aplicación del método de ensayo establecido en la norma ASTM D 806.No podrá realizarse el mezclado del cemento cuando la temperatura sea inferior a 4 (cuatro) grados Celsius.La planta mezcladora debe tener instalaciones para el almacenamiento, manipuleo y dosificación de los componentes de la mezcla. Los materiales granulares, el cemento y el agua pueden ser dosificados en volumen o en peso, de modo que aseguren las características exigidas para la mezcla, empleando medios mecánicos que permitan verificar la dosificación empleada.El período de mezclado, contado a partir del momento en que todos los materiales están dentro de la mezcladora no será inferior a 30 (treinta) segundos ni al tiempo mínimo requerido para lograr una distribución uniforme del cemento Portland.

Compactación y Aceptación de las CapasArt. 63 - La compactación será realizada sobre toda la superficie de la capa de modo de asegurar que todo el material sea uniformemente compactado a un peso unitario seco no inferior al 95% (noventa y cinco por ciento) del peso unitario seco máximo obtenido en el ensayo de compactación, según la norma AASHTO T-180 (Proctor Modificado). En ningún caso las operaciones de compactación se terminarán después de las dos horas y media de mezclados la totalidad de los materiales, incluida el agua. Si en ese plazo no se ha conseguido la terminación de los trabajos en condiciones de aceptación será retirado todo el material colocado, procediéndose a la reconstrucción del tramo.Si el Contratista realiza el tendido y la compactación en dos o mas fajas adyacentes para

cubrir todo el ancho de la capa, deberá tener especial cuidado de cumplir lo especificado anteriormente, pues deberá compactar dentro de los plazos establecidos la última junta longitudinal que construya entre fajas adyacentes.

Refinado de la SuperficieArt. 64 - Si una vez terminado el plazo para ejecutar la compactación es necesario refinar la superficie de la base cementada en cualquiera de sus etapas, este trabajo solo podrá realizarse hasta una hora después de terminada la compactación o después de transcurridos 7 (siete) días desde ese momento. En el primer caso la operación deberá hacerse con la humedad que tenga el material en ese momento, no pudiéndose agregar más agua que la imprescindible para un correcto curado.El refinado de la superficie luego de terminada la compactación solo consistirá en el retiro de material; no podrá agregarse material adicional.La superficie resultante destinada a sustentar el pavimento de hormigón deberá ser lo suficientemente lisa, a juicio de la Dirección de la Obra, como para no obstaculizar el movimiento del mismo. De lo contrario el Contratista deberá retirar el material colocado y reconstruir el tramo defectuoso.

CuradoArt. 65 - Finalizada la compactación se procederá al curado del material cementado manteniendo permanentemente humedecida la superficie durante 7 (siete) días o hasta que sobre ella se construya el pavimento.

Juntas de ConstrucciónArt. 66 - Al final de cada día de trabajo se confeccionará la junta de construcción cortando los bordes transversales y longitudinales de la capa construida, a fin de que quede una superficie vertical, sin materiales pobremente adheridos.

Tolerancias en la Terminación de la Capa de Base cementada.Art. 67 - Cada capa de sub-base y base debe construirse con un espesor que no difiera en más de un centímetro del espesor establecido en el proyecto o fijado por la Dirección de la Obra.En todo punto de la superficie de cada capa de sub-base terminada se admitirá como máximo una diferencia de un centímetro en defecto y cero en exceso con las cotas que corresponden de acuerdo a lo establecido en el proyecto o fijado por la Dirección de la Obra.

Medición y PagoArt. 68 - Cada capa se medirá en metros cúbicos de material compactado y se calculará de acuerdo a la sección transversal indicada en el proyecto o fijada por la Dirección de la Obra.El pago se efectuará de acuerdo al precio unitario establecido en el contrato para el rubro No 8, Base granular cementada.El pago de estos rubros constituirá la compensación total por la construcción de las respectivas capas, incluyendo el suministro del material granular requerido (comprendido derecho de piso, descubierta de cantera, conformación del yacimiento, extracción, zarandeo, carga, transporte y descarga), el suministro, transporte y manipuleo del cemento Portland, el mezclado, transporte, tendido, conformación y compactación del material granular

cementado y la previsión y utilización del agua para riegos, la conservación de la obra y todo trabajo, equipo, herramientas y elementos necesarios para completar los trabajos.A efectos de la cotización, se tomará 120 (ciento veinte) kilogramos de Cemento Portland por metro cúbico de material granular cementado compactado.

Cordones de granitoRemoción y Recolocación de Cordones de granitoArt. 69 - La remoción y recolocación de cordones de granito se pagará a los precios unitarios establecidos en el contrato para el rubro No 9. Dicho precio constituirá la compensación total por todos los trabajos, materiales, equipos, herramientas, agua y demás elementos necesarios para realizar y completar las tareas, incluyendo entre otras, las siguientes: a) Remoción de la vereda, ya sea pavimentada o no. En aquellos casos en que ésta fuera pavimentada, la I.M.M. pagará mediante los rubros No 18 y 19 su reposición hasta en un ancho de 40 (cuarenta) centímetros, el resto será de cargo del Contratista.b) Remoción del pavimento que fuera necesario realizar para poder efectuar la extracción del cordón de granito.c) Colocación del cordón de granito sobre una base de hormigón simple, en las condiciones indicadas en el párrafo siguiente.d) Reposición del pavimento, si hubiera sido removido, con el hormigón utilizado para asentar los cordones de granito.e) Reposición de la vereda, cuando no sea pavimentada, con material similar al existente. Los cordones de granito se asentarán sobre una base de hormigón de 20 (veinte) centímetros de altura y 30 (treinta) centímetros de ancho, que deberá cumplir las siguientes condiciones:1) El agregado grueso será pedregullo lavado.2) El contenido mínimo de cemento Portland será de 250 (doscientos cincuenta) kilos por metro cúbico elaborado.3) Se exigirá una resistencia mínima a la compresión de 120 (ciento veinte) kilos por centímetro cuadrado a los 7 (siete) días. Si no cumpliera con esta resistencia, el cordón de granito deberá ser removido y recolocado nuevamente.En la colocación, los cordones de granito deberán estar perfectamente alineados y unidos unos con otros. Las juntas serán tomadas con mortero formado por tres partes de arena y una de cemento Portland rejuntadas en su cara vista.

Remoción y Retiro de Cordones de granitoArt. 70 - Los cordones de granito que se removieran por la ejecución de los trabajos y que no sean reutilizados, deberán ser removidos, retirados y trasladados al depósito de La Tablada de la I.M.M., regirá, en lo que sea aplicable el artículo anterior, pagándose estos trabajos a el precio unitario cotizado en el rubro No 10.

Suministro y Colocación de Cordones de granitoArt. 71 - Los cordones nuevos sólo se colocarán en los frentes en que no sea posible conservar los antiguos, a juicio del Ingeniero Director.Los cordones deberán reunir las siguientes condiciones: ser de buena calidad, de granito o sienita compacta de igual dureza y color, sin vetas, defectos o fisuras y estarán perfectamente labrados. Estos cordones tendrán la forma de paralelepípedo rectangular cuyas dimensiones serán: 12 (doce) centímetros de ancho uniforme; 60 (sesenta) centímetros su longitud y 40 (cuarenta) centímetros su menor profundidad o altura. Las

caras de unión de los cordones, deberán estar perfectamente escuadradas por lo menos en 15 (quince) centímetros de profundidad a contar desde la cara superior del cordón. Los cordones nuevos, llevados por el Contratista a la obra y que no fueran aceptados por el Ingeniero Director o quien lo represente, deberán ser retirados dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas.En la colocación, los cordones de granito deberán estar perfectamente alineados y unidos unos con otros. Las juntas serán tomadas con mortero formado por tres partes de arena y una de cemento portland rejuntadas en su cara vista. Regirá, en lo que sea aplicable el Art.69, pagándose estos trabajos a el precio unitario cotizado en el rubro No 11.

VeredasArt. 72 - La reparación, construcción o reconstrucción de veredas comprende las afectadas por las obras y las veredas, de las calles donde se están desarrollando los trabajos, que presenten problemas de transitabilidad, a juicio de la Dirección de la Obra. Se respetarán las juntas de dilatación existentes y las baldosas de cemento portland de panes deberán ajustarse a lo establecido en la norma UNIT 7-42. El Ingeniero Director podrá exigir al Contratista los ensayos que sean necesarios para la comprobación de tal hecho.En la construcción o reconstrucción de veredas se usarán baldosas similares a las existentes en el sitio. Se pagará o descontará al Contratista la diferencia entre el material ofertado y el efectivamente utilizado.

Art. 73 - El Contratista colocará en las veredas que repare o construya barreras apropiadas para evitar que se transite por ellas. Las barreras y los materiales sueltos deberán retirarse totalmente transcurridas 72 (setenta y dos) horas de ejecutada la vereda, librándose al uso público.Se deberá tomar las precauciones necesarias a efectos de causar el mínimo trastorno a los peatones y/o vehículos.

Art. 74 - El contrapiso a emplear en la ejecución de las veredas será de 7 (siete) centímetros de espesor (compactado) y será construído con balasto natural cementado, a razón de 100 (cien) kilogramos de cemento portland por metro cúbico de balasto compactado.La densidad en obra será del 90% (noventa por ciento) de la densidad máxima obtenida en laboratorio mediante el ensayo AASHO T-180 (Proctor Modificado). La Dirección de la Obra podrá, cuando lo estime necesario, hacer los cateos o ensayos para comprobar estas características. Si el contrapiso, a juicio de la Dirección de la Obra, se encontrara en buenas condiciones, podrá mantenerse; pagándose exclusivamente la reparación o reconstrucción de la vereda mediante el precio unitario cotizado en el rubro No 18.Remoción de los rielesArt.75 - La Dirección de la Obra podrá disponer la remoción y retiro de rieles de tranvía. En el rubro No15, se cotizará, por metro lineal de cada riel, todos los trabajos para el corte, extracción y retiro de los rieles del tranvía. Este incluirá el repicado de la carpeta y base de hormigón existente cuando corresponda, tratando de dañar el pavimento lo menos posible y sin remover los durmientes de hormigón sobre los cuales se asientan los rieles. La reposición de la base de hormigón se pagará con los rubros correspondientes.Se destaca que los rieles quedarán de propiedad del contratista quien podrá disponer de ellos, quedando expresamente prohibido su depósito tanto en lugares de dominio público

como del dominio privado municipal.

Bocas de TormentaArt. 76 - Se procederá a la construcción de las bocas de tormenta en los lugares indicados por la Dirección de la Obra.

Canalizaciones subterráneas para la IMArt. 77 - En aquellos lugares que el Director de la Obra indique se colocarán ductos subterráneos. Los mismos consistirán en 2 (dos) caños de PVC de 10 (diez) centímetros de diámetro cada uno, centrados en un macizo de hormigón de 40 (cuarenta) centímetros de ancho y 30 (treinta) centímetros de altura. En los extremos de cada ducto se colocarán conos de cierre de hormigón.El macizo deberá ser recubierto superiormente con una capa de arena de 3 (tres) centímetros de espesor. El hormigón del macizo y los conos tendrá las mismas características que el empleado en el Art.69.Los trabajos, que se pagan en el rubro No22, incluyen la apertura de la zanja, nivelación del fondo de la misma, suministro y colocación de los caños de PVC, construcción de protección de éstos con hormigón, colocación de los conos de hormigón de cierre en los extremos, y ejecución de la capa de arena.Los cortes y reposición de pavimentos se pagarán con los rubros correspondientes.

Base de HormigónArt. 78 - A criterio de la Dirección de la Obra y de acuerdo al Art.58, en aquellos pavimentos que tengan base de hormigón se ejecutará la base de hormigón simple del mismo espesor que la existente, con un mínimo de 15 (quince) centímetros.Para la construcción de la base de hormigón, rubro No6, sobre la que posteriormente se ejecutará una carpeta asfáltica, regirá el PGCCPH con las siguientes aclaraciones y modificaciones: a) La base de hormigón se hará sin malla. b) La base estará formada por una sola capa de hormigón que deberá tener como mínimo 250 (doscientos cincuenta) kilogramos de cemento portland por metro cúbico elaborado. c) A los efectos de la aplicación de los Artículos 3-73 y siguientes del PGCCPH, se tomará el 80% (ochenta por ciento) de los valores límites allí indicados, para la determinación de los valores de aceptación, rechazo o admisión con descuento. d) Como agregado grueso del hormigón para la base podrá utilizarse balasto lavado. e) La habilitación al uso público se hará a los 7 (siete) días, por lo que el contratista deberá adoptar las providencias necesarias para que el hormigón ejecutado tenga una resistencia mínima a la compresión de 150 (ciento cincuenta) kilogramos por centímetro cuadrado a los 7 (siete) días. f) Se tomará especialmente en cuenta lo expresado en el Art. 5-6 del PGCCPH, incisos a) a f), y además se deberá una vez vertido el hormigón apisonarlo fuertemente en especial contra los costados a fin de evitar que quede algún hueco. g) Los materiales se ajustarán a lo establecido en el PGCCPH.

Limpieza y Sellado de Grietas Art. 79 - Con el nombre de grietas se designan aquellas hendiduras existentes en pavimentos asfálticos o de hormigón, sobre las cuales se construirá la nueva carpeta asfáltica, cuyo ancho supere los 4 (cuatro) milímetros y sea inferior a 7 (siete) centímetros.

Art. 80 - Previo a la aplicación del riego de adherencia, las grietas deberán ser limpiadas de la siguiente manera: 1) Se sacará el material depositado dentro de la grieta, en el espesor total de la carpeta asfáltica procurando no dañar los bordes. 2) Se limpiará la grieta y la zona adyacente mediante cepillado enérgico con cepillo de alambre de acero y/o aire comprimido. 3) Se aplicará de ser posible, en las caras de los bordes de la grieta, cemento asfáltico tipo AC-20. 4) El trabajo indicado se pagará a el precio unitario cotizado en el rubro No 5.

Base negra para bacheo y regularizaciones Art. 81 - En los baches superficiales que pudieran existir se removerán los materiales sueltos y luego se limpiará e imprimará de acuerdo con los Arts.96 y siguientes del PGCEMAC, evitándose excesos de materiales. El bache se rellenará con una base negra tipo "F", según el Art.3 del PGCEMAC. El material asfáltico a emplear será cemento asfáltico tipo AC-10 (penetración 60-80).

Art. 82 - Esta misma mezcla se utilizará para regularizar aquellas zonas cuyos niveles sea necesario corregir para obtener una adecuada terminación, y/o facilitar el escurrimiento del agua.

Art. 83 - Si la carpeta debe extenderse sobre adoquinados, y existen depresiones pronunciadas (luego de limpiar las juntas mediante barrido enérgico y aplicar el riego de liga correspondiente), se hará una carpeta de nivelación con la base negra que se forzará a entrar en las juntas. Por el contrario si los adoquines sobresalen en algunas zonas en relación con las zonas circundantes, los mismos deberán ser removidos y recolocados, o sustituídos por material granular cementado.En cualquier caso, la superficie total del pavimento adoquinado será barrida enérgicamente con cepillos de alambre, sacando de las juntas el material suelto en una profundidad mínima de 1 (un) centímetro. El riego de liga deberá efectuarse evitando se deposite exceso de material en las juntas y cuando la humedad de las mismas sea inferior al 2% (dos por ciento).

PAVIMENTOS NUEVOSArt. 84 – En el caso de pavimentos nuevos, se construirán carpetas asfálticas de espesor 5 (cinco) u 8 (ocho) centímetros, sobre base granular compactada de 30 (treinta) centímetros o base granular cementada de 20 (veinte) centímetros sobre una subbase granular de 20 (veinte) centímetros de espesor si las condiciones del tránsito lo hicieran necesario.

Perfil con cordón cuneta (plano No. 594/96)Art. 85 - La Dirección de la Obra podrá indicar la realización del pavimento de acuerdo al perfil transversal tipo con cordón de hormigón que se adjunta (plano No594/96),

Art. 86 - El perfil longitudinal se realizará en estos casos de acuerdo a la planimetría y altimetría que el Servicio de Estudios y Proyectos Viales proporcionará.

Material de subrasante - Terraplenes y DesmontesArt. 87 - Tanto las zonas de desmonte como de terraplén serán compactadas hasta el 95% (noventa y cinco por ciento) del valor máximo que se determine mediante el ensayo AASHTO T-180 (Proctor modificado) y como mínimo 1,72 (uno con setenta y dos centésimos) gr/cm3. Si los suelos anteriormente mencionados son arenosos, ese porcentaje será del 100% (cien por ciento). Cuando el suelo a compactar contenga más de un 10% (diez por ciento) en peso de partículas retenidas por el tamiz AASHTO 6,7 mm. (0,265 pulgadas) el ensayo de compactación se efectuará con el molde de 152 mm. de diámetro (Ensayo AASHTO T-180, método D).Los suelos expansivos (Indice Plástico comprendido entre 10 y 20) deberán ser compactados con un contenido de humedad que será aproximadamente igual o superior (entre 1% y 3%) al porcentaje óptimo de humedad determinado mediante el ensayo AASHTO T-99 (Proctor Standard). Si el suelo se secara con formación de fisuras, antes de colocar la base, deberá ser escarificado, humedecido y recompactado.En caso de desmonte se escarificará el terreno hasta una profundidad mínima de 15 (quince) centímetros por lo menos, a partir de la parte inferior de la base, y luego se compactará. Si la calidad del terreno fuera tal que no resulte posible obtener ese grado de compactación, se procederá a su sustitución por materiales que cumplan con el art.90, a juicio de la Dirección de la Obra, en un espesor de hasta 30 (treinta) centímetros, medidos luego de compactados en no menos de dos capas. Este trabajo se pagará a el precio unitario cotizado en el rubro Nº 26.Los terraplenes se ejecutarán utilizando los materiales provenientes de desmontes y préstamos, que se depositarán, extenderán y compactarán en capas horizontales que no excedan de 15 (quince) centímetros de espesor, medido luego de compactado. El equipo destinado al apisonado mecánico a usarse en la ejecución de los terraplenes deberá ser aprobado por la Dirección de la Obra. Antes de comenzar los terraplenes se hará la limpieza del terreno en todo el ancho de empresa, retirándose los pastos y yuyos, así como aquellos árboles y plantas que expresamente indique la Dirección de la Obra.Cuando la superficie del terreno natural esté a menos de 20 (veinte) centímetros de la parte inferior del firme se arará el terreno natural hasta una profundidad de 15 (quince) centímetros por lo menos antes de iniciar la ejecución del terraplén.Los terraplenes se construirán con materiales que se consoliden rápidamente y adquieran una impermeabilidad y estabilidad satisfactorias. Se prohibe el empleo de tierra que contenga pasto u otros productos vegetales. En dicho procedimiento, se desmenuzará cada capa de material con rastras de discos u otro equipo aprobado por la Dirección de la Obra, de manera que no existan terrones de más de 3 (tres) centímetros de diámetro y hasta que las diferentes partes del material se encuentren completamente mezcladas y tengan la humedad y densidad uniforme que les aseguren una consolidación adecuada. Cuando el material no contenga la humedad suficiente, para compactarlo de acuerdo al valor indicado, se le regará en la forma que indique la Dirección de la Obra. Si contiene exceso de agua se le dejará secar todo el tiempo que sea necesario para reducir el grado de humedad a la proporción adecuada.

Construcción del firme o base de material granularArt. 88 - La construcción de la base sólo podrá iniciarse cuando la subrasante haya sido aprobada por la Dirección de la Obra. El material a utilizar para la ejecución del firme deberá cumplir con las siguientes especificaciones:

a) Tendrá un tamaño máximo de 38 (treinta y ocho) milímetros.b) El material retenido por el tamiz Unit 2000 (Nº10) tendrá un porcentaje de desgaste menor de 50% (cincuenta por ciento), determinado mediante el ensayo de los Angeles, norma Unit 17 (ASTM C131).c) La fracción que pasa el tamiz Unit 420 (Nº40) deberá tener un Límite Líquido no mayor de 25 (veinticinco) y un Indice de Plasticidad no mayor de 6 (seis).d) La fracción que pasa el tamiz UNIT 74 (Nº200) estará comprendida entre 2 (dos) y 15 (quince) por ciento, en peso del total, y no será mayor que los 2/3 (dos tercios) de la fracción que pasa el tamiz UNIT 420 (Nº40).e) La fracción que pasa el tamiz UNIT 4760 (Nº4) tendrá un Equivalente de Arena no menor de 30 (treinta), determinado mediante el ensayo AASHTO T176 (ASTM D2419-74).f) Compactado hasta el 98% (noventa y ocho por ciento) de la densidad máxima de laboratorio, tendrá un CBR en estado de saturación no inferior al 60% (sesenta por ciento).Estos trabajos se pagarán de acuerdo al precio unitario cotizado en el rubro Nº 25.

CompactaciónArt. 89 - La compactación del material, para la construcción de la base granular, se efectuará en capas de espesor inferior a 15 (quince) centímetros.

Sustitución del terreno de fundaciónArt. 90 - En caso que el material constitutivo del terreno de fundación tenga Indice de Grupo (I.G.) mayor que 12 (doce), se sustituirá con material granular no cohesivo que deberá ser aprobado por la Dirección de la Obra, que tenga I.G. inferior a 12 (doce), en un espesor de hasta 30 (treinta) centímetros luego de compactado en no menos de dos capas. Este trabajo se pagará al precio unitario cotizado en el rubro Nº26.Para la compactación de la sub-base se adoptará el equipo y procedimiento que asegure a la masa una densidad relativa del 95% (noventa y cinco por ciento) de la densidad máxima de laboratorio (Ensayo AASHTO T 180).

Cordón CunetaArt. 91 - En aquellas calles que la Dirección de la Obra lo disponga se construirá un cordón cuneta de hormigón, sin armar, de acuerdo al plano N° 594/96 con las siguientes especificaciones: - Hormigón: con 325 kilogramos de cemento Portland como mínimo por metro cúbico. - Agregado grueso: piedra partida de tamaño máximo media pulgada. - Hormigón de resistencia media a la compresión de 275 kg/cm2 a los 28 días en cilindros normalizados. - Juntas de contracción cada 4,50 m. de largo. Estos trabajos se pagarán de acuerdo al precio unitario cotizado en el rubro Nº 27.

Carpeta Asfáltica Art. 92 - La carpeta asfáltica se ejecutará sobre el firme nuevo o el existente, bacheado, regularizado y con el riego de adherencia ya efectuado de acuerdo al Art.96 del PGCEMAC; con un espesor promedio de 5 (cinco) centímetros u 8 (ocho) centímetros, de acuerdo a lo que indique el Ingeniero Director de las obras. Se deberá cumplir lo siguiente:a) La mezcla asfáltica a emplear será la tipo "B" según el Art.3 del PGCEMAC.b) El material bituminoso a usar en la mezcla, según el Art.25 del pliego antes mencionado, será cemento asfáltico tipo AC-10 (penetración 60-80).

c) El equipo destinado a la elaboración de mezcla asfáltica, deberá tener una mezcladora con una capacidad no inferior a 20 (veinte) toneladas de mezcla elaborada por hora.d) En lo indicado en el Art.44, inciso a).del PGCEMAC, la Dirección de la obra podrá bajar la abertura del tamiz superior que limita la fracción mayor del agregado, de 3/4 a 3/8 del espesor compactado de la carpeta asfáltica proyectada. Espesor promedio y mínimoArt. 93 - El espesor promedio de la carpeta ejecutada será de 5 (cinco) centímetros, u 8 (ocho) centímetros, según lo indique el Ingeniero Director de las obras; y los espesores mínimo y máximo se ajustarán a lo establecido en el perfil transversal.Si el Director de las obras así lo indica, este espesor podrá ser aumentado o disminuído, pagándose por ello el sobreprecio cotizado en el rubro No3, que corresponde a cada centímetro de aumento o disminución del espesor por cada metro cuadrado de carpeta asfáltica.

Obras accesoriasArt. 94 - Corresponde por parte del contratista ejecutar como obras accesorias las siguientes, que serán prorrateadas en el precio del rubro que corresponda, los trabajos que se detallan a continuación: 1) Retiro y traslado al depósito de La Tablada de aquellos adoquines que se removieran por la ejecución de los trabajos y que no fueran reutilizados. 2) Remoción y retiro de los materiales sueltos y limpieza de las grietas y baches, de acuerdo con los Art. 58, 75, 80 y 81. 3) Reconstrucción y/o reacondicionamiento de las veredas que resultaran afectadas por la ejecución de las obras, entre otras cuando, debido al retiro de cordones de granito, se afectara la vereda en más de 40 (cuarenta) centímetros, de acuerdo a lo establecido en el Art.68. 4) Remoción y retiro del contrapiso y de las baldosas en mal estado y de aquellos materiales que no sean de recibo. 5) Construcción o reconstrucción de cordonetas en veredas reparadas cuando fuere necesario. 6) Recolocación al nuevo nivel de carpeta ejecutada, de todas las tapas existentes. El contratista suministrará aquellas tapas que faltaran, o que fueran robadas, o que estuvieran rotas y no fuera posible reutilizar tantas veces como sea necesario hasta la recepción definitiva de la obra. 7) Limpieza, desobstrucción y de ser necesario reacondicionamiento de las bocas de tormenta existentes tantas veces como sea necesario hasta la recepción definitiva de la obra. Se entiende por reacondicionamiento, la reconstrucción de la losa superior. El contratista suministrará los elementos metálicos necesarios para el mismo. 8) Todas las obras necesarias para el acordamiento del nivel de la carpeta ejecutada, con los pavimentos existentes. 9) Toda otra obra señalada en los pliegos o planos que integran el contrato, y para lo cual no se solicita cotización.10) Todo otro trabajo no expresamente indicado pero necesario o previsible para la correcta ejecución de las obras.

Enero de 2012.

ORGANISMO LICITANTE : INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

LICITACIÓN-PUBLICA:L/P 431/2012CONTRATO: N°-1691

O B R A: “ RECAPADO y/o CONSTRUCCION DE PAVIMENTOS CON CARPETA ASFALTICA EN CALIENTE EN EL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO MUNICIPOS B Y C”

EMPRESAS CONSTRUCTORAS:

Deben estar calificadas, en el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para OFERTAR obras comprendidas en las siguientes categorías, especialidades y por el monto que se indica:

CATEGORIA II: INGENIERIA

ESPECIALIDADES DE INGENIERIA: A, B, C, F.

PRESUPUESTO ESTIMATIVO $ 18.459.330 (sin Imprevistos, sin IVA y sin Aportes Sociales)

PLAZO: 6 MESES

MONTEVIDEO, Enero de 2012.

Firma .....................................

FORMULARIO PROPUESTA Y METRAJESLICITACION PUBLICA N° 431/2012

CONTRATO Nº 1691

RECAPADO y/o CONSTRUCCION DE PAVIMENTOS CON CARPETA ASFALTICA EN CALIENTE EN EL DEPARTAMENTO

DE MONTEVIDEO MUNICIPIOS B Y C.

Montevideo,.................. de 20....

Quien suscribe ................................, domiciliado a los efectos legales en la calle............... No........, se compromete a ejecutar todos los trabajos y obras de la LICITACION PUBLICA N° 431/2012, CONTRATO No 1691 denominado “RECAPADO y/o CONSTRUCCION DE PAVIMENTOS CON CARPE TA ASFALTICA EN CALIENTE EN EL DEPARTAMENTO DE MONTEV IDEO MUNICIPOS B Y C” , de acuerdo con los Pliegos de Condiciones y planos que ha tenido a la vista, por los precios unitarios, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA), y el monto de mano de obra imponible que se indican en el formulario que se adjunta a continuación, y que forma parte de esta propuesta.

A los efectos de los aportes establecidos de la Ley No 14.411, se declara que el monto total imponible de mano de obra, asciende a $ ...............................Los precios unitarios y el monto de mano de obra imponible, están expresados con letras y números, y en caso de discordancia, se declararán válidos los escritos con letras.Se compromete a someterse a las leyes y tribunales del país con exclusión de todo otro recurso.A la propuesta se agrega a simple título ilustrativo, los importes de las obras, calculados sobre la base de las unidades de metraje, pero las cifras que expresan los costos totales quedan sujetas al contralor y rectificación correspondiente.

El representante técnico de la empresa es ........ ......

PRONTO PAGO: Se establecerá la bonificación que se ofrezca si e l pago se realiza ENTRE EL 1º Y el 15 de cada mes……………………………… …….., o entre el día 16 y el 30………………………………………, de presenta da la factura en Tesorería, la que será evaluada por el Departame nto de Recursos Financieros.

Firma .....................................

METRAJES - RUBRADO LICITACION PUBLICA 431/2012 CONTRATO N° 1691

Cod Siab

RUBRO METRAJE Unidad

1 662 CARPETA ASFALTICA EN CALIENTE,TIPO "B", DE 5 CM. DE ESP. 12500 m22 670 CARPETA ASFALTICA EN CALIENTE,TIPO "B", DE 8 CM. DE ESP. 8300 m23 678 SOBREPRECIO O DISMINUCION RESPECTO DE CARPETA "B", DE 5 CM. DE ESP 4200 cm.m24 701 MEZCLA ASFALTICA TIPO "F", COLOCADA Y COMPACTADA 350 ton5 797 LIMPIEZA Y SELLADO DE GRIETAS 4200 m6 748 BASE DE HORMIGON SIMPLE 150 m37 1247 SUBBASE DE MATERIAL GRANULAR COMPACTADO 1260 m38 746 BASE GRANULAR CEMENTADA 1080 m39 755 REMOCION Y RECOLOCACION DE CORDONES DE GRANITO COMUN 200 m10 756 REMOCION Y RETIRO DE CORDONES DE GRANITO COMUN 42 m11 757 SUMINISTRO Y COLOCACION DE CORDONES DE GRANITO COMUN 42 m12 718 REPICADO Y RETIRO DE CARPETA ASFALTICA DE ESP.MENOR DE 5(CINCO) CM. 840 m213 720 REPICADO Y RETIRO DE CARPETA ASFALTICADE ESP. ENTRE 5(CINCO) Y 10(DIEZ) CM. 840 m214 719 REPICADO Y RETIRO DE CARPETA ASFALTICA DE ESP.MAYOR DE 10(DIEZ) CM. 420 m215 800 REMOCION Y RETIRO DE RIELES, EXCLUYENDO FUNDACION Y DURMIENTES 35 m16 751 REMOCION Y RETIRO DE BASE DE HORMIGON 700 m217 731 REMOCION Y RETIRO BASE DE ADOQUINES 410 m218 761 VEREDA DE BALDOSAS,GRISES,DE PANES,DE CTO.PORTLAND,EXCL. EL CONTRAPISO 300 m219 762 CONSTRUCCION DE CONTRAPISO INCLUIDO EL MOV. DE TIERRA, PARA VEREDAS 300 m220 767 CONSTRUCCION BOCA DE TORMENTA TIPO 2 9 u21 2157 CONEXION BOCA DE TORMENTA TIPO 2 85 m22 821 INSTALACION DE DUCTOS PARA SEMAFOROS Y/O ALUMBRADO 85 m23 795 EJECUCION DE DESMONTE EN TIERRA 2500 m324 796 EJECUCION DE TERRAPLEN COMPACTADO 2500 m325 744 BASE DE MATERIAL GRANULAR COMPACTADO 2220 m326 754 SUSTITUCION DE TERRENO DE FUNDACION, incl. DESMONTE 710 m327 760 CORDON CUNETA DE HORMIGON SIN ARMAR 2250 m28 758 REMOCION Y REPOSOCION DE CORDONES DE HORMIGON 2000 m29 815 SUMINISTRO DE VEHICULO PARA LA DIRECCION DE LA OBRA 800 hs

SUBTOTAL IMPREVISTOS (20%)SUBTOTAL I.V.A. (22%)APORTES SOCIALES (70%)TOTAL SIN APORTESTOTAL CON APORTES