104 2014 reglamento dotacion y uso de ropa de trabajo - lacteosbol
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Reglamneto para dotacionesTRANSCRIPT
SEDEMServicio de Desarrollo de las Empresas Públicas
Productivas
La Paz, 10 de octubre de 2014
GERENCIA GENERALSERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS RESOLUCIÓN ADM INISTRATIVA SEDEM /GG/N°104/2014
Q % 'M JhM A2013 Año internacional
TEMA:
VISTOS:
APROBACION DEL REGLAMENTO DE DOTACION Y USO DE ROPA DE TRABAJO EN LAS DISTRIBUIDORAS PARA LA EMPRESA PÚBLICA PRODUCTIVA DE LACTEOS DE BOLIVIA-LACTEOSBOL
Solicitud de la Gerencia de Investigación y Desarrollo del SEDEM para la aprobación del "Reglam ento de Dotación y Uso de Ropa de Trabajo en las D istribuidoras" para la Empresa Pública Productiva de Lácteos de Bolivia - LACTEOSBOL" dependiente del Serv ic io de Desarro llo de las Empresas Públicas Productivas - SEDEM.
CONSIDERANDO I:
Que, el Informe Técnico INF/GG/LB/CBA/2014-0239 de fecha 25 de agosto de 2014 em itido por el Encargado de A lm acenes Carlos Richter, señala que las d istribu idoras de subsid io prenatal y lactancia de la Empresa Pública Productiva Lácteos de Bolivia - LACTEOSBOL, conforme a la normativa vigente y con el afán de regular la dotación y uso de ropa de trabajo de la Empresa y establecer los m ecanism os de control interno para su uso eficiente, eficaz, económ ico ve la necesidad de elaborar un Reglamento de Dotación y Uso de Ropa de Trabajo para las D istribuidoras, con la finalidad de poder operativ izar las tareas y obligaciones con relación a la dotación y uso de ropa de trabajo, para el control y manejo de procedim ientos y así poder desarro lla r y p lasm ar los objetivos y metas trazadas que la Empresa Pública productiva Lácteos de Bolivia - LACTEOSBOL tiene en el plan operativo anual para la gestión 2014 y para cum plir con las tareas y actividades proporcionando un serv ic io oportuno y eficaz.
Que, señala además que si bien ya existe un Reglamento aprobado para la dotación y uso de ropa de trabajo para las plantas, existe la necesidad de contar con un reglamento adicional para la dotación y uso de ropa de trabajo para las d istribu idoras por las características operativas d istin tas que presentan.
Que, mediante acta de conform idad N°12, dejan constancia de la aceptación del reglamento para la dotación y uso de ropa de trabajo en las d istribu idoras, estableciendo que el reglamento fue elaborado en coordinación con las d iferentes áreas que comprende la Empresa Pública Productiva Lácteos de Boliv ia-LACTEOSBOL, firm ando en la m isma la Licenciada Daniela Padrón Jefe de Organización y Métodos LACTEOSBOL, Lic. Feliz Puma Cruz, Encargado Adm in istra tivo Subsid ios, la Lic. Adriana Conde Gerente Adm inistrativo Financiero, el Lic. José Luis Zuñiga Tarija Gerente Técnico a.i. de LACTEOSBOL y el Abogado W ilge Antonio Céspedes Suarez Asesor Legal de LACTEOSBOL.
Que, el reglamento para la dotación y uso de la ropa de trabajo, con código GCL-REG- 017 cuenta con tres cap ítu los y tres anexos, cuyo objeto regular el uso y la dotación de la ropa de trabajo, as í como los equipos de protección del personal en la agencia d istribu idora y subsid io LACTEOSBOL, en el marco de d isposiciones legales vigentes en el país y normas de seguridad industrial.
Que, la Nota Interna N I/GG /LB/2014-2859 1/2014-11371 de fecha 05 de septiembre de 2014 em itido por la Lic. Daniela Padrón Maldonado Jefe de Organización y Métodos
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SEDEMServicio de Desarrollo I de las Empresas Públicas I
Productivas I
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2013 Año Internacional
LACTEOSBOL, menciona que el reglamento para la Dotación y Uso de la Ropa de Trabajo en las D istribuidoras, fue elaborado en coordinación con las Áreas y Unidades O rganizacionales de LACTEOSBOL, m ismo que se encuentra firm ado en el acta de conform idad suscrito por todas las áreas involucradas.
Que, la Nota Interna N I/G ID /2014-0242 1/2014-11371 de fecha 06 de octubre de 2014, em itido por Ángela B. Casper Gerente de Investigación y Desarro llo SEDEM, estableciendo que el reglamento para la dotación y uso de ropa de trabajo en las d istribu idoras fue revisado por la Gerencia de Investigación y Desarrollo y rem ite la documentación para la em isión de la respectiva Resolución Adm in istrativa de aprobación
CONSIDERANDO II:
Que, la Ley N° 1178 de Adm in istración y Control Gubernam ental de fecha 20 de ju lio de 1990 dispone que el S istem a de Adm inistración de Bienes y Serv ic ios establece que la forma de contratación, manejo y d isposición de bienes y servicios; así como las atribuciones básicas de los Órganos Rectores, entre las cuales se encuentra la de em itir normas y reg lam entos básicos para cada entidad.
Que, el Decreto Suprem o N° 16998 de 20 de febrero de 1978, que tiene por objeto garantizar las condiciones adecuadas de salud, higiene, seguridad y b ienestar en el trabajo. Lograr un am biente de trabajo desprovisto de riesgo para la salud psicofísica de los trabajadores, proteger a las personas y el medio am biente en general contra los riesgos que directa o indirectam ente afectan a la salud, la seguridad y el equilibrio ecológico.
Que, el Decreto Suprem o N° 108 de Higiene, Seguridad Ocupacional y B ienestar de 01 de mayo de 2009, que tiene por objeto garantizar el cum plim iento de la normativa vigente de 2009, que tiene por objeto garantizar el cum plim iento de la normativa vigente relacionado con la higiene, seguridad ocupacional y b ienestar que deben cum plir las personas naturales y ju ríd icas que tengan una relación contractual con Entidades Públicas e inclu ir entre los requisitos que deben cum plir los proveedores de servic ios de las Entidades Públicas, la obligatoriedad de adquirir ropa de trabajo y equipos de protección personal contra riesgos ocupacionales.
Que, el Decreto Suprem o Nro. 0590 de 04 de agosto de 2010 crea el Servicio de Desarrollo de las Em presas Públicas Productivas SEDEM como una institución pública descentra lizada, de derecho público, con personalidad juríd ica y autonom ía de gestión adm in istrativa, financiera, legal, técnica y patrim onio propio, bajo tuición del M inisterio de Desarro llo Productivo y Econom ía Plural teniendo bajo su dependencia a las Empresas Públicas Productivas Lácteos de Bolivia - LACTEOSBOL, entre otras Empresas Públicas Productivas y ten iendo como finalidad apoyar la puesta en marcha y defin ir los lincam ientos para el funcionam iento de las Empresas Públicas Productivas bajo su dependencia directa, así como las que fueran creadas conforme lo d ispuesto en dicho Decreto Suprem o.
Que, el artícu lo 6 del Decreto Suprem o mencionado precedentemente determ ina la /^üsí?> Q rgan¡zadón y Estructura del SEDEM, estableciendo que está a cargo de un Gerente
V°B° genera l designado mediante Resolución Suprema, teniendo entre sus principales fe M '.T C & /Írciones conforme el artícu lo 7 incisos c) y j) aprobar la organización, estructura, planes, 'A ^ j^ á r o g r a m a s , proyectos reglamentos y m anuales necesarios para el funcionam iento y ^ •^ M ^ cum plim iento de las activ idades del SEDEM y em itir Resoluciones Adm in istrativas en el
marco de sus com petencias.
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Que, mediante Resolución Suprem a N° 03902 de 6 de septiem bre de 2010, el Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia designa a la ciudadana Patricia A lejandra Balliv ián Estenssoro como Gerente General del Serv ic io de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas -SEDEM.
Que, m ediante Decreto Suprem o N°29254 de 5 de septiem bre de 2007 crea la Empresa Pública Nacional Lácteos de Bolivia - LACTEOSBOL, cuyo objeto es incentivar la producción nacional con va lor agregado, generando m ayores fuentes de empleo en procura de la soberanía productiva y como principal activ idad la producción y com ercia lización de lácteos, bebidas a lim entic ias analcoholicas y productos relacionados.
POR TANTO:
La Gerente General del Serv ic io de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas - SEDEM, en uso de sus funciones y atribuciones legales conferidas por el Decreto Supremo Nro. 0590 de fecha 04 de agosto de 2010.
RESUELVE:
Artículo Prim ero.- APROBAR el "Reglam ento de Dotación y Uso de Ropa de Trabajo en las D istribu idoras" para la Empresa Pública Productiva de Lácteos de Boliv ia-LACTEOSBOL y sus anexos, docum entos que forman parte ind ivisib le de la presente resolución.
Artículo Segundo.- ENCOMENDAR a la Gerencia Técnica Empresa Pública Productiva Lácteos de Boliv ia la aplicación, ejecución, cum plim iento y difusión institucional aprobación del "Reg lam ento de Dotación y Uso de Ropa de Trabajo en las D istribuidoras" para la Empresa Pública Productiva De Lácteos De Boliv ia-Lacteosbol
Regístrese, com uniqúese y cúmplase.
Lic. Patricia Ballivián Estenssoro GERENTE GENERAL
SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS -SEDEM
-A v .! Camacho esq. Bueno No 1488 (Piso 3) - Edificio "Ex - R E FO ’Teléfonos . 2147001(fax) - 2145707 - 2145697
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¿3 REGLAMENTO CÓDIGCL-RE
GO:g -017
DAr.DOTACION Y USO DE LA ROPA DE TRABAJO
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REGLAMENTO PARA LA DOTACIÓN Y USO DE LA
ROPA DE TRABAJO
AGENCIA DISTRIBUIDORA DE SUBSIDIO LÁCTEOSBOL
NOMBRE CARGO FIRMA FECHA
ELABORADO: Ing. Carlos H. Richter Rodríguez Encargado de Almacenes 11/08/2014
REVISADO: Lic. Anelisse Yáñez Yáñez Líder Regional CochabambaM -
i s / o f j t f i i *
REVISADO: Lic. José Luis Zúñiga Tarifa Gerente Técnico I / 0*S ¡ T a iy
ML
APROBADO: Lic. Patricia Ballivián Estenssoro Gerente General Ir
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IB?®330— J
REGLAMENTO CÓDIGOGCL-REG-017
DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE Ver Pag.TRABAJO 01 2 de 28
ÍNDICE DE CONTENIDO
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES .................................. ......3Artículo 1 O b je tivo ................................................................................... 3Artículo 2 Ámbito de A p licación...................................................... ......3Artículo 3 Base Lega l........................................................................ ......3Artículo 4 Definiciones y Abreviaturas................................................. 4Artículo 5 Revisión y Actualización del Reglam ento.................. .......5
CAPÍTULO II RESPONSABILIDADES................................................ ..... 5Artículo 6 Responsabilidades........................................................... ......5
CAPÍTULO III DE LA DOTACIÓN............................................................... 8Artículo 7 Plazos de D otación............................................................... 8Artículo 8 Criterios de Asignación..........................................................8
8.1 Dotación por Trabajador........................................ ..... 9Artículo 9 Del U s o ....................................................................................10Artículo 10 Sanciones................................................................................ 11Artículo 11 Prohibiciones..........................................................................12ANEXO 1 Ropa de Trabajo y Equipo de Protección Personal . 13ANEXO 2 Acta de Entrega de Ropa de Trabajo y Equipo de
Protección Persona l...................................................... ..... 27ANEXO 3 Logotipo que debe tener la Ropa de T raba jo ...................28
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DOTACION Y USO DE LA ROPA DE Ver' TRABAJO 01 3 de 28
REGLAMENTO PARA LA DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE TRABAJO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objetivo
El presente Documento y sus anexos, como parte indivisible tienen por objeto regular
el Uso y la Dotación de la Ropa de Trabajo, así como los Equipos de Protección del
Personal en la Agencia Distribuidora de Subsidio LACTEOSBOL, en el marco de
disposiciones legales vigentes en el país y Normas de Seguridad Industrial.
Artículo 2. Ámbito de Aplicación
Las disposiciones contenidas en el presente documento son de cumplimiento
obligatorio por todos los Servidores Públicos de la Agencia Distribuidora de Subsidio
LACTEOSBOL.
Artículo 3. Base Legal
• Constitución Política del Estado.
• Ley N° 1178 de 20 de Julio de 1990 de Administración y Control
Gubernamental y sus Decretos reglamentarios.
• Decreto Ley N° 16998 del 2 de agosto de 1979, “Ley General de Higiene,
Seguridad Ocupacional y Bienestar”
• El Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas
del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS).
• Decreto Supremo N° 108 de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, del
01 de mayo de 2009.
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• El Decreto Supremo N° 23318-A, de 3 de noviembre de 1992, que aprueba el
Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública.
• Norma Boliviana Protección Personal - Calzados de Seguridad - Definiciones
y Terminología NB/144.
Artículo 4. Definiciones y Abreviaturas
Dotación. Entrega de Ropa de Trabajo y Equipo de Protección Personal, que se
otorga a los Servidores Públicos, siendo su uso obligatorio cuando corresponda, y
está sujeto a la aplicación de la sanción correspondiente en caso de incumplimiento.
Ropa de Trabajo. Prendas de vestir que, además de cumplir con la función básica
de toda vestimenta, son las más aptas para realizar, determinados trabajos por razón
de su resistencia o diseño. También permiten diferenciar al personal de la Empresa,
esto en beneficio de la imagen de ésta. En las Distribuidoras de LACTEOSBOL, la
Ropa de Trabajo es la vestimenta distintiva y adecuada para el despacho y
abastecimiento de productos lácteos y secos y que a la vez protege al personal de la
exposición al riesgo en el desempeño de las funciones operativas.
Equipos de Protección de Personal. Todos los aditamentos o substitutos de la
Ropa de Trabajo cuya función es estrictamente de protección a la persona contra
uno o más riesgos de un trabajo. En las Distribuidoras de LACTEOSBOL, los
Equipos de Protección protegen al personal de riesgos relacionados con la
distribución y abastecimiento de productos lácteos y secos.
Personal Operativo. Servidor Público que desempeña funciones directamente
relacionadas con las operaciones de almacenamiento, distribución, registro y
atención al cliente.
NOTA. La Dotación de Ropa de Trabajo y Equipo de Trabajo puede ampliarse
también al Área Administrativa.
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Logotipo. Es el monograma de LACTEOSBOL que lleva la Ropa de Trabajo o
Equipo de Protección Personal como único distintivo.
Artículo 5. Revisión y Actualización del Reglamento
En coordinación: el Líder Regional de la Distribuidora y el Encargado de Almacén
cuando corresponda, revisarán y actualizarán el presente Reglamento.
CAPÍTULO II
RESPONSABILIDADES
Artículo 6. Responsabilidades
En el marco del presente Reglamento Interno, las Normas Básicas del Sistema de
Administración de Bienes y Servicios y la Responsabilidad por la Función Pública
prevista por la Ley N° 1178, se establecen las siguientes funciones:
I. Encargado de Almacenes y Encargado de Control de Calidad
Son responsables de:•f ■
a) Elaborar los Requerimientos y Especificaciones Técnicas en manera
coordinada de Ropa de Trabajo y Equipos de Protección Personal para cada
gestión y presentarla al Líder Agencia Distribuidora de Subsidio
LACTEOSBOL.
b) Participar en la Comisión de Recepción, verificando que la calidad de la Ropa
de Trabajo y Equipos de Protección sea coherente con lo establecido en las
Especificaciones Técnicas.
c) Controlar el buen uso y disposición de la Ropa de Trabajo y de los Equipos de
Protección a! personal dedicado a funciones en el Área de Almacén.
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d) Hacer cumplir las Normas establecidas en el presente Reglamento, de
acuerdo a los Objetivos, recursos y naturaleza de las actividades de la
Distribuidora LACTEOSBOL.
II. Líder Regional Agencia Distribuidora LACTEOSBOL
Es responsable de:
a) Revisar, coordinar y aprobar la cantidad, diseño y otras características de la
Ropa de Trabajo y Equipos de Protección Personal presentadas por el
Encargado de Almacén y el Encargado de Control de Calidad en base a la
nómina oficial de personal operativo y al presente Reglamento.
e) Previo al inicio del Proceso de Contratación, solicitará a la Gerencia de
Comercialización y Logística la aprobación de cantidad, diseño y otros,
necesarios para la adquisición de Ropa de Trabajo y Equipos de Protección
de Personal.
b) Participar en la Comisión de Recepción.
c) Verificar la Dotación de Ropa de Trabajo y Equipo de Protección Personal a
través de los medios correspondientes y la documentación de respaldo
generada por el Almacén de Materiales y Suministros.
d) Solicitar reportes e inventarios al Área de Almacén de Materiales y
Suministros sobre el Uso y Distribución de la Ropa de Trabajo y Equipo de
Protección Personal.
e) Velar por el cumplimiento estricto del presente Reglamento.
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III. Encargado Administrativo Financiero
Es responsable de:
a) Proporcionar la nómina oficial del personal de la Agencia al Encargado de
Almacenes y al Encargado de Control de Calidad para que ellos puedan
proceder a la elaboración de requerimiento de Ropa de Trabajo y Equipo de
Protección Personal.
b) De acuerdo al marco del Decreto Supremo N° 0181 y sus normas conexas,
ejecutar los Procesos de Contratación para la Compra de Ropa de Trabajo y
Equipos de Protección de Personal.
c) Participar en la Comisión la Recepción de la Ropa de Trabajo y Equipos de
Protección, contando también con la participación del Encargado de
Almacenes, Encargado de Control de Calidad y Líder Agencia Distribuidora de
Subsidio.
d) Elaborar de manera conjunta con los integrantes de la Comisión de Recepción
un Acta de Conformidad de Recepción de acuerdo a las Especificaciones
Técnicas de la Ropa de Trabajo y/o Equipos de Protección Personal e
informar a la Gerencia Técnica LACTEOSBOL con copia a la Gerencia
Administrativa Financiera y a la Gerencia de Comercialización y Logística.
e) Realizar el ingreso de la Ropa de Trabajo y/o Equipos de Protección Personal
en el Almacén de Materiales y Suministros.
f) Realizar la distribución de la Ropa de Trabajo y Equipos de Protección
Personal al personal de Almacén, Distribución, Registro y Atención al Cliente
con el Acta de Entrega de Ropa de Trabajo y Equipo de Protección Personal
(ANEXO 2).
g) Hacer cumplir las Normas establecidas en el presente Reglamento, de
acuerdo a los Objetivos, recursos y naturaleza de las actividades de la
Distribuidora LACTEOSBOL.
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CAPÍTULO III
DE LA DOTACIÓN
Artículo 7. Plazos de Dotación
Ropa de Trabajo: La Dotación de la misma se realiza una vez al año y cuando se
requiera un cambio inmediato según el uso.
Equipo de Protección Personal: La Dotación del Equipo se hará una vez al año y
se realizarán las reposiciones de acuerdo al desgaste propio de los mismos; es decir,
cuando éstos ya no puedan ser utilizados para la función que desempeñan.
Nota ** En el caso de la Ropa de Trabajo, se deberá dotar varias piezas o pares en
el año de acuerdo al uso de los mismos. Los Encargados de Almacén y de Control
de Calidad en coordinación con el Líder Regional deberán determinar la cantidad,
previa a la Dotación.
Es ineludible el uso de la Ropa de Trabajo y el Equipo de Protección para la
seguridad del personal dentro de las zonas que así se requiera.
Artículo 8. Criterios de Asignación
Para cada gestión se asignará Ropa de Trabajo y Equipos de Protección Personal,
de acuerdo a lo establecido líneas abajo, pudiendo añadirse algún otro ítem que se
demuestre brinde mayor seguridad al personal operativo. La descripción detallada de
las características de la Ropa de Trabajo y del Equipo de Personal se encuentran en
el ANEXO 1.
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8.1 Dotación por Trabajador
Para el Área de Almacén:
• Entregadores, Despachadores y Responsables de Ventanilla:
Se les dotará de Guardapolvo, Gorro, Guantes de Látex, Botas de Seguridad,
Pantalón y Polera.
• Abastecedores:
Se dotará a cada Abastecedor de Botas de Seguridad, Camisa Manga Larga,
Pantalón, Guantes de Nylon recubiertos de nitrilo, Faja Lumbar, Gorra y
Polera.
• Abastecedores de Lácteos:
Se les dotará de Botas de Seguridad, Camisa Manga Larga, Pantalón,
Guantes de Nylon recubiertos de nitrilo, Faja Lumbar, Gorra, Polera, y debido
al trabajo en cámara fría, una Parca Térmica.
• Encargado de Almacén, dependientes lineales o funcionales directos:*
A este personal que realiza trabajo de oficina dentro el Área de Almacén, se le
dotará de Pantalón, Camisa Manga Larga, Camisa de Vestir, Gorra, Polera y
Botas de Seguridad.
Para el Área de Registros y Atención al Cliente:
• Se dotará al Personal de ambas Áreas con Camisa de Vestir, Polera y Gorra.
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DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE Ver Pág.1— TRABAJO 01 10 de 28
Para el Área Administrativa:
• Líder Regional:
Se dotará al Líder de la Agencia de Camisa de Vestir, Polera y Gorra.
• Encargado Administrativo Financiero y Asistente:
Se les dotará de Camisa de Vestir, Polera y Gorra.
• Encargado de Control de Calidad:
Se dotará a los Responsables de Control de Calidad de Guardapolvo Blanco,
Camisa de Vestir, Polera y Gorra.
• Personal de Limpieza:
Se dotará al Personal de Limpieza de una Camisola, un Pantalón, Cofia,
Gorra, Polera y Guantes de Látex.
Artículo 9. Del Uso
El Uso de la Ropa de Trabajo y Equipos de Protección Personal es de carácter
individual y obligatorio bajo la consideración de sus límites y restricciones, es decir,
que solamente protegen las partes del cuerpo para las que han sido diseñados.
La Ropa de Trabajo y Equipos de Protección Personal deben ser utilizados dentro de
la actividad laboral, salvo actividades coordinadas de manera formal a ser
realizadas fuera de las dependencias de la Agencia, como ser; Entregas de
Subsidio a Empresas, Entrega de Productos en Custodia, Ferias, Actividades
Deportivas entre otras.
El Uso de Ropa de Trabajo y Equipos de Protección Personal debe realizarse de
acuerdo a una conducta decorosa.
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O & t & K Í E f l REGLAMENTO CÓDIGOGCL-REG-017
DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE Ver Pág.---- TRABAJO 01 11 de 28
El desgaste, deterioro o desuso propio de la actividad laboral, que demande la
reposición de la Ropa de Trabajo o Equipo de Protección Personal antes de lo
previsto, debe ser autorizada por el Líder Regional, previo Informe emitido por el
Encargado del Área pertinente.
En caso de extravío o por el uso inadecuado de la Ropa de Trabajo o Equipo de
Protección Personal, los Servidores Públicos se encuentran obligados a la reposición
de la misma por cuenta propia, en el menor tiempo posible de manera de no incurrir
en faltas a la Seguridad Industrial y la Normativa interna vigente.
Cuando el Personal Operativo no cumpla los tres (3) meses de trabajo continuo en la
Empresa, el valor de la Ropa de Trabajo y Equipos de Protección Personal será
asumido por el Servidor.
Los Servidores Públicos a la conclusión de su relación laboral, devolverán la Ropa
de Trabajo y el Equipo de Protección Personal al Encargado Administrativo de la
Distribuidora.
Se procederá a la Destrucción de la Ropa de Trabajo y Equipos de Protección
Personal en desuso o deterioro, en acto público en presencia de Notario de Fe
Pública.
La Ropa de Trabajo y los Equipos de Protección Personal deben estar siempre en
buen estado y limpios.
Artículo 10. Sanciones
En la primera ocasión en que el Servidor Público se presente a su turno sin el uso de
la Ropa de Trabajo asignada sin causa justificada, el Jefe Inmediato Superior podrá
hacerle una llamada de atención verbal.
La segunda ocasión, dicho Servidor recibirá una amonestación por escrito con copia
al expediente que será sancionada de acuerdo a la Normativa Vigente.
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p&GssM)SEDEM
REGLAMENTO CÓDIGOGCL-REG-017
DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE Ver Pag.TRABAJO 01 12 de 28
Tres (3) amonestaciones por escrito acumuladas serán causales para la suspensión
del Servidor, sin responsabilidad patronal de la Empresa.
Artículo 11. Prohibiciones
Ningún Servidor Público podrá definir otro tipo de uso y menos de venta de las
Dotaciones de Ropa de Trabajo y Equipos de Protección Personal, reservándose la
Empresa; el derecho de tomar medidas pertinentes en casos comprobados
sancionando al infractor según lo establecido en la normativa vigente.
Ninguna Unidad Organizacional está autorizada para efectuar Dotaciones no
contempladas, ni utilizar especificaciones diferentes a las consideradas en el
presente Reglamento y Anexos correspondientes.
El Uso de la Ropa de Trabajo y Equipo de Protección Personal está destinado al
cumplimiento de funciones específicas de la Empresa.
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a & S É X -O REGLAMENTO
DOTACION Y USO DE LA ROPA DE TRABAJO
CODIGOGCL-REG-017Ver01
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ANEXO 1
ROPA DE TRABAJO Y EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL
La Ropa de Trabajo y Equipo de Protección Personal para el personal operativo, con
sus respectivas características se detalla a continuación:
COFÍA: Sirve para evitar la caida de cabellos a los productos; previene la distracción
del personal operativo y evita todo accidente con el cabello.
DESCRIPCION
MATERIAL
La gorra puede ser del material que se describe a continuación:1) Material desechable fabricado en tela de fliselina, suave,
ligera y respirable, resistente al desgarre y ruptura.CARACTERISTICAS Para el uso en la industria de alimentos.
TAMAÑO
El tamaño de las gorras desechables es estandarizado por el OMS. Para el caso de las gorras de tela que también son estandarizadas por el OMS, sólo se diferencian por cofias de mujeres y de hombres.
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REGLAMENTO
DOTACION Y USO DE LA ROPA DE TRABAJO
CODIGOGCL-REG-017Ver01
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GUARDAPOLVO INDUSTRIAL: Sirve para proteger la ropa de los trabajadores.
DESCRIPCIONTELA Caqui de primera o Dacron.COLOR Azul.
MODELO Entretela en cuellos. Clásico cuello y solapa, con tres bolsillos tipo plaqué, manga corta.
ACABADO De alta calidad.
COSTURA Doble costura interior de tal modo que asegure la calidad y la resistencia del uniforme.
LOGOTIPO En la parte superior Izquierda con una medida de 9 cm de ancho X 6 cm de largo.
TALLA S, M, L, XL.
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SEDEMREGLAMENTO CÓDIGO
GCL-REG-017r 1 DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE
TRABAJOVer Pág.
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LOS GUANTES: Por higiene, se deben manipular alimentos con guantes para evitar
cualquier contaminación.
DESCRIPCIONMATERIAL Látex, material desechable.
CARACTERÍSTICAS Guantes ambidiestros con superficie lisa y borde del puño enrollado.
TAMAÑO S, M, L, XL.
NYLON
DESCRIPCIONMATERIAL Nylon con palma de nitrilo.
CARACTERÍSTICAS
El nitrilo es un material que tiene gran resistencia y comodidad, así como sensibilidad al tacto. Además ofrece gran agarre en seco y también en superficies húmedas e incluso con presencia de grasa o aceites.
TAMAÑO S, M, L, XL.
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jfVÿfi’yrfyi) REGLAMENTO CÓDIGOGCL-REG-017
i l DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE Ver Pág.TRABAJO 01 16 de 28
PANTALÓN. Ofrece altos niveles de protección, movilidad, durabilidad y comodidad,
además de ser barrera de protección.
DESCRIPCIONTELA Caqui de primera.
COLOR Azul, ?MODELO Una sola pieza entera, cintas reflectoras.
ACABADO De buena calidad.
BOLSILLOS En la parte frontal y posterior.
LOGOTIPO No aplica.
TALLA S, M, L y XL. Es Unisex.
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otUt/V)■ MÍIÉM DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE Ver Pág.TRABAJO 01 17 de 28
CAMISA MANGA LARGA: Ofrece altos niveles de protección, movilidad, durabilidad
y comodidad, además de ser barrera de protección.
DESCRIPCIONTELA Caqui de primera o 60% Algodón - 40% poliéster azules.
COLOR Azul.MODELO Una sola pieza entera, con botones frontales, cintas reflectivas.
ACABADO De buena calidad.
BOLSILLOS En el pecho.
LOGOTIPO Parte izquierda superior con una medida de 9 cm de ancho X 6 cm de largo.
TALLA S, M, L y X L (Hombre, Mujer).
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1SEDEM
REGLAMENTO
DOTACION Y USO DE LA ROPA DE TRABAJO
CODIGOGCL-REG-017Ver01
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LOS BOTINES DE SEGURIDAD: La Empresa dotará al personal de Botines de
Seguridad para su uso en todas las Áreas de Almacén. Durante el desarrollo de las
actividades de Distribución y Abastecimiento, los pies del trabajador, y a través de
ellos, todo el cuerpo está expuesto a riesgos diversos, deslizamientos, caídas de
objetos pesados que pueden dañar los pies y especialmente los dedos en cualquier
lugar del trabajo. Asimismo, se debe proteger el pie de la humedad.
DESCRIPCION
MATERIALCuero, con casquillo de acero o PVC.
COLOR Café o negro.NÚMERO 37 al 44.
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temperaturas son muy bajas.
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DESCRIPCION
TELA Parca Térmica de tela prada, fibra o frisa interna con cintas reflectoras.
COLOR Azul.MODELO Una sola pieza entera, con cierre central y bolsillos laterales.
ACABADO De buena calidad.
BOLSILLOS Dos bolsillos laterales a la altura de la cintura y dos en la parte superior.
COSTURA Doble costura interior de tal modo que asegure la calidad y la resistencia del uniforme.
LOGOTIPO Parte Izquierda superior con una medida de 9 cm de ancho X 6 cm de largo.
TALLA S, M, LyXL.
REGLAMENTO CÓDIGOGCL-REG-017
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CAMISA DE VESTIR
DESCRIPCIONTELA Algodón.
COLOR Blanco o celeste.MODELO Una sola pieza entera, con botones frontales.
ACABADO De buena calidad.
BOLSILLOS Sin bolsillos.
LOGOTIPO Parte izquierda superior con una medida de 9 cm de ancho X 6 cm de largo.
TALLA S, M, L y X L (Hombre, Mujer).
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REGLAMENTO CÓDIGOGCL-REG-017
DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE Ver Pag.TRABAJO 01 21 de 28
CAMISOLA Y PANTALON
DESCRIPCIONTELA Dacron.
COLOR Azul.MODELO Dos Piezas.
ACABADO De buena calidad.
BOLSILLOS Dos bolsillos laterales en el pantalón.
TALLA S, M, L (Mujer).
^3LOGOTIPO Parte derecha superior con una medida de 9 cm de ancho X 6
cm de largo
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TRABAJOVer Pág.01 22 de 28
GUARDAPOLVO BLANCO. Ropa que por el trabajo utilizada por el Responsable de
Control de Calidad debe garantizar la inocuidad en el proceso y proporcionar
evidencia de la misma manteniendo limpio el uniforme.
DESCRIPCIÓNTELA Dacron.
COLOR Blanco.MODELO 1 Pieza.
ACABADO De buena calidad.
BOLSILLOS Dos bolsillos laterales en el pantalón.
TALLA S, M, L.
LOGOTIPO Parte Izquierda superior con una medida de 9 cm de ancho X 6 cm de largo.
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SEDEM
REGLAMENTO CÓDIGOGCL-REG-017
DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE Ver Pág.TRABAJO 01 23 de 28
GORRA: Sirve para evitar la caída de cabellos a los productos y evitar todo accidente
con el cabello. Además aporta a la mejora de la Imagen Institucional de la Empresa.
DESCRIPCIONMATERIAL Microfibra, algodón o poliéster.
COLOR Azul.ACABADO De calidad.
LOGOTIPOFrontal, con una medida tratando de ajustarse lo más posible a 9 cm de ancho X 6 cm de largo, esto dado que se dispondrá de un espacio menor.
TAMAÑO Estándar.
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REGLAMENTOo o t a \ a i n r i a n r \ n a r M "
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rag.24 de 28
POLERA. Dotar al personal de la Distribuidora de un uniforme genérico.
DESCRIPCIONTELA Algodón.COLOR Azul, celeste o blanco.MODELO Tipo polo o cuello redondo.ACABADO De alta calidad.
LOGOTIPO En la parte superior Izquierda con una medida de 9 cm de ancho X 6 cm de largo.
TALLA S, M, L, XL.
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jCtótí) REGLAMENTO
DOTACION Y USO DE LA ROPA DE TRABAJO
CODIGOGCL-REG-017Ver01
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FAJA LUMBAR. Previene el dolor y lesiones del espalda mejorando la postura.
DESCRIPCIONMATERIAL Elastano y velero.
COLOR Negro.
CARACTERÍSTICAS
Faja lumbar con tirantes regulables y cierre de velero. Fácil colocación gracias a su elasticidad y al sistema de ajuste mediante velero, que permiten una excelente adaptación. Diseñada para proporcionar un soporte a la parte baja de la espalda y el abdomen. Ayuda a prevenir el dolor de espalda. Mejora la postura y corrige la técnica de coger peso.
TAMAÑO S / M / L / XL.
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GCL-REG-017DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE
TRABAJOVer Pág.01 26 de 28
BARBIJO. Equipo de Protección Personal que tiene como principal función el cubrir
la nariz y boca de los funcionarios para que los productos que son manipulados por
ellos no corran el riesgo de ser contaminados directa o indirectamente.
NOTA. Como en la Distribuidora se trabajan con productos sellados, no es
obligatorio, pero sí recomendado el Uso de Barbijos.
DESCRIPCION
MATERIAL M ateria l desechable fabricado en te la de flise lina, suave, ligera y respirable, resistente al desgarre y ruptura.
CARACTERISTICAS Para el uso en la industria de alim entos.
TAMAÑO El tam año de los barbijos desechab les es estandarizado por el OMS.
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DOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE TRABAJO
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ANEXO 2
ACTA DE ENTREGA DE ROPA DE TRABAJO Y EQUIPO DE PROTECCIÓN
PERSONAL
»
REGISTRO DISTRIBUIDORACÓDIGO
DIS-RGT-002
ACTA DE ENTREGA DE ROPA DE TRABAJO Y EQUIPO DE PROTECCIÓN AL PERSONAL DE LA AGENCIA DISTRIBUIDORA LÁCTEOSBOL COCHABAMBA
Ver. Pág.
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INFORMACION DEL TRABAJADOR
NOMBRE: Cl:
CARGO:
FECHA:
DETALLE DE LA DOTACIÓN
ROPA DE TRABAJO UNIDAD CANTIDAD TALLA EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL UNIDAD CANTIDAD TALLA
Pantalón Prenda Guantes recubiertos de nitrilo ParCamisa Manga Larga Prenda Guantes de Látex ParBotas de Seguridad Par Cofias PiezaCamisa de Vestir Prenda Barbijo PiezaParca Térmica Prenda Faja lumbar PiezaGuardapolvo Prenda Otro:Gorra Pieza r
Polera Prende
Guardapolvo Blanco Prenda
Camisola Prenda
Otro:
Firm a trabajador:
FirmaEncargadoAdministrativooEncargado de Almacén:
RECIBÍ CONFORME ENTREGUE CONFORME
FECHA: ...........de.......................del........................... SELLO:
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otutMDOTACIÓN Y USO DE LA ROPA DE Ver Pág.fieeiiiir
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ANEXO 3
LOGOTIPO QUE DEBE TENER LA ROPA DE TRABAJO
DIMENSIONES DE FRENTE:
9 cm de ancho x 6 cm de largo
DIMENSIONES DE ESPALDA:
20 cm de ancho x 12 cm de largo
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