12000_61_997gobernacion maritima coquimbo 2014-2015

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    CAPITANA DE PUERTO DE COQUIMBO CONCESIONES MARTIMAS

    Av. Costanera N 640, Coquimbo, Fono: (51) 2558100 2558168 Fax: (51) 2558175

    [email protected]@directemar.cl

    CIRCULAR MARTIMA EXTERNA DE LA CAPITANA DE PUERTO DE COQUIMBOC.P.COQ. ORD. N 12.000/61/997

    OBJ: DISPONE BASES QUE DEBEN CUMPLIR LOS POSTULANTES A PROYECTOS ESTIVALES, EN LAJURISDICCIN DE LA CAPITANA DE PUERTO DE COQUIMBO.

    REF: a) LEY DE NAVEGACIN N 2.222 DE FECHA 21 DE MAYO DEL 1978.b) REGLAMENTO GENERAL DE ORDEN, SEGURIDAD Y DISCIPLINA EN LAS NAVES Y LITORAL

    DE LA REPBLICA, APROBADO POR D.S. (M.) N 1.340 DE FECHA 17 DE JULIO DE 1941.

    I.- INFORMACIONES:

    Debido al gran inters que genera la instalacin de variados proyectos de atencin alturista durante el verano, como lo son las actividades nutico deportivas, el arriendo de bicicletas, lainstalacin de mdulos de venta, entre otros, se hace necesario establecer procedimientos que debenconsiderar los postulantes a Permisos de Escasa Importancia durante los Periodos Estivales, en lascomunas de Coquimbo, La Serena y La Higuera.

    II.- OBJETIVO:Establece las Bases de Postulacin para los Permisos de Escasa Importancia, durante

    los Periodos Estivales de cada ao, en la jurisdiccin de la Capitana de Puerto de Coquimbo.

    III.- DISPOSICIONES:Los presentes bases debern ser cumplidas por los postulantes que presenten

    proyectos para los diferentes Periodos Estivales, en las comunas de Coquimbo, La Serena y La Higuera.

    La presente Circular tendr carcter de permanente y entrar en vigencia a contar dela fecha de su promulgacin.

    DERGASE, Circular Martima C.P.COQ.ORD. N 12.000/61/236 de fecha 09 de juliode 2013.

    Coquimbo, 07 de julio de 2014

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    CAPITANA DE PUERTO DE COQUIMBO CONCESIONES MARTIMAS

    BASES PARA

    PERIODOS ESTIVALES

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    BBAASSEESSPPAARRAAPPOOSSTTUULLAACCIINNAAPPEERRMMIISSOOSSEESSTTIIVVAALLEESSPPAARRAALLAAIINNSSTTAALLAACCIINNDDEEKKIIOOSSCCOOSS,,DDEEPPOORRTTEESSNNUUTTIICCOOSS YY PPRROOYYEECCTTOOSSEENNGGEENNEERRAALLTTEEMMPPOORRAADDAADDEE

    VVEERRAANNOO,,EENNLLAASSCCOOMMUUNNAASSDDEECCOOQQUUIIMMBBOO,,LLAASSEERREENNAAYYLLAAHHIIGGUUEERRAA

    a) D.L. N 340 de fecha 05 de Abril de 1960, Ley Sobre Concesiones Martimas.b) D.S (M) N 1.340 de 1941, Reglamento General de Orden, Seguridad y Disciplina Abordo

    de las Naves y Litoral de la Repblica.c) D.S. (M) N 002 de fecha 03 de Enero de 2005, Reglamento Sobre Concesiones

    Martimas.d) D.S. (M) N 87 de fecha 14 de Mayo de 1997 Reglamento General de Deportes Nuticos.e) Circular DGTM. y MM. A-41/009, de fecha 25 de Enero de 2011 Imparte medidas de

    seguridad para las Escuelas que efectan instruccin de deportes de Tablas de Playa.f) Directiva D.G.T.M. Y M.M. Ordinario N O-22/018 de fecha 09 de septiembre de 2009.g) Ley 20.423, Sistema Institucional para el desarrollo del turismo.

    I.- INFORMACIONES:

    a) Al Ministerio de Defensa Nacional le corresponde el control, fiscalizacin ysupervigilancia de toda la costa y mar territorial de la Repblica.

    b) Es facultad privativa del Ministerio de Defensa y de la Direccin del Territorio Martimo yMarina Mercante en su caso, el conceder el uso particular, en cualquier forma, de losterrenos de playa y de las playas, fondo de mar y porcin de agua.

    c) Dentro de las atribuciones a que se refieren los prrafos precedentes, corresponderespecialmente a la Direccin del Territorio Martimo, a travs de sus GobernacionesMartimas o Capitanas de Puerto, autorizar en esos lugares la instalacin temporal deconstrucciones desarmables, avisos de propaganda, boyas, balsas para baistas yboyarines destinados a delimitar reas de recreacin.

    d) Objeto cautelar los espacios pblicos destinados para la recreacin y el bao de laspersonas que asisten a las playas de la Regin de Coquimbo, se han confeccionado lasbases que debern cumplir los postulantes que se adjudiquen por concurso pblico, lainstalacin de construcciones desarmables y/o deportes nuticos durante los periodosestivales.

    e) Las solicitudes seleccionadas sern autorizadas mediante resolucin firmada por elCapitn de Puerto Coquimbo, por lo cual, el solicitante seleccionado pasar adenominarse c o n c e s i o n a r i o .

    f) Las bases que se entregarn a las personas naturales o jurdicas que postulen, son decarcter gratuito y estn orientadas a que los interesados se interioricen, previo apostular a Permisos Estivales en los sectores de playa, terrenos de playa, fondo de mary porcin de agua de jurisdiccin de la Capitana de Puerto de Coquimbo, durante la

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    temporada estival, comprendida entre el 15 de diciembre de cada ao y el 15 de marzodel siguiente, para la instalacin de kioscos desarmables y/o realizacin de deportesnuticos con habilitacin del sector asignado, adems de proyectos relativos a laentretencin u otros tales como; arriendo de bicicletas, juegos inflables, tiendas demasajes, etc.

    g) En el Anexo G de las presentes bases, se indica el calendario de actividades para latemporada estival.

    h) Las Resoluciones que otorgue la Autoridad Martima, a las solicitudes seleccionadas,son sin perjuicio de los dems permisos y/o autorizaciones que debern requerir a otrosorganismos competentes.

    i) El Personal de la Capitana de Puerto de Coquimbo, en atencin a las atribuciones queotorga la legislacin vigente, ejercer funciones de Polica Martima y fiscalizardiariamente las playas y balnearios, exigiendo a los concesionarios la documentacinque autorice el funcionamiento comercial y, adems, el fiel cumplimiento de lasobligaciones establecidas.

    j) Sin perjuicio de las obligaciones fiscalizadoras que ejerza la Autoridad Martima Local,relacionadas con el Orden, Seguridad y Disciplina en las Naves y Litoral de laRepblica, los concesionarios sern los nicos responsables de la seguridad de suslocales y de los elementos all instalados, debiendo arbitrar las medidas necesarias parael cuidado de su patrimonio, cumpliendo en todo momento con la reglamentacinvigente.

    k) Para permitir el normal desarrollo y prctica de las actividades nuticas deportivas enforma ordenada y sin riesgo para los cultores, se deben definir las reas y delimitarlas.

    Para lo anterior se sealizarn las reas del cuerpo de agua desde la lneas de playa,(donde el agua toca la tierra) hacia el interior, debiendo medirse, por regla general, lasdistancias de la siguiente forma:

    0 - 100 Mts. rea de baistas.

    100-200 mts. rea de embarcaciones a remo y vela.

    200 y ms rea de embarcaciones motorizadas y vela.

    Estas reas deben ser delimitadas con boyarines de manera de visualizarlas fcilmente,las que adems deben ser dadas a conocer por medio de carteles, en zonas aledaaspara facilitar su comprensin.

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    II.- OBLIGACIONES

    A. COMUNES

    a) El postulante presentar la solicitud en conformidad a las formalidades establecidasen el Art. 27, letra a), del Reglamento sobre Concesiones Martimas.

    b) Los antecedentes para la presentacin del proyecto, debern ser confeccionados endos ejemplares, para ser entregados, el original en la Capitana de Puerto deCoquimbo y la copia mantenerla en su poder, a partir del tercer lunes del mes deagosto y hasta las 13:00 hrs. del cuarto viernes del mes septiembre de cada ao, noaceptndose bajo ninguna razn y/o circunstancia la recepcin de proyectos despusde la hora antes mencionada.

    Capitana de Puerto de Coquimbo : Av. Costanera N 640, Coquimbo.

    c) El proceso de recepcin de proyectos, se realizar en el horario que se indicams adelante y se iniciar entregando ambos ejemplares en la Capitana dePuerto de Coquimbo, una vez cumplido dicho trmite el postulante se llevar sucopia visada por el personal del rea de Concesiones Martimas,exceptundose el cuarto viernes de septiembre, que slo se recepcionar hastalas 13:00 hrs. para su visacin.

    Lunes a Viernes : Maana : 09:00 a 12:30 hrs.Tarde : 14:30 a 16:30 hrs.

    Las respectivas municipalidades, no recepcionarn en sus oficinas losproyectos, siendo esta tarea exclusiva de la Capitana de Puerto de Coquimbo.

    d) El proyecto presentado, deber ser confeccionado en carpetas plsticas de color,debiendo llevar en el margen derecho de la tapa, el cdigo de la comuna a la cual sepostula y en el centro, el nombre del postulante, adems del tipo de proyecto al cualpostula, de acuerdo al formato que se indica en el Anexo A de las presentes Bases:

    - POSTULANTES LA SERENA

    Carpeta colorAZUL

    - POSTULANTES COQUIMBO

    Carpeta colorVERDE(Postulantes sector Peuelas)

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    Carpeta colorROJO(Postulantes sector La Herradura)

    - POSTULANTES LA HIGUERA

    Carpeta colorBLANCO

    Ejemplo:

    PROCOQ. RUT. _________-__/____FECHA :

    MDULO VENTA DE HELADOS

    ALAN BRITO DELGADO

    Aquellas personas que postulen a las comunas de La Serena o la Higuera,reemplazarn el PROCOQ y color de la carpeta del ejemplo (postulantes Peuelas-Coquimbo), por PROSER (postulantes La Serena) o PROHIG (postulantes LaHiguera), en donde el PROCOQ, PROSER y PROHIG, corresponder a la comunaen donde se encuentra la playa a la cual se postula y a continuacin indicar sunmero de RUT (persona jurdica) o RUN (persona natural).

    e) La solicitud debe ser dirigida alSr. Capitn de Puerto de Coquimbo, de acuerdo alformato del Anexo B y, adems, deber consignar todos los antecedentes indicadosen el Anexo A de las presentes Bases.

    f) En el caso de las personalidades jurdicas, deber adjuntarse declaracin juradafirmada ante notario, que indique el n om b re y RUT del Representante Legal,certificado de vigencia de la sociedad, con una antigedad no superior a 6 meses,fotocopia de la cdula de identidad del representante y RUT de la sociedad.

    g) El domicilio consignado en la solicitud, se considerar subsistente para todos los

    efectos legales, mientras el interesado no haga formalmente otra designacin.

    h) Aquellas personas cuyas solicitudes sean aceptadas, debern dar estrictocumplimiento a los requisitos establecidos en las presentes bases, en caso contrarioser causal suficiente para rechazar y no continuar con el proceso de postulacin.

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    i) Las personas seleccionadas, debern manifestar su aceptacin en orden aejecutar el proyecto, a ms tardar, el quinto da desde comunicada laaprobacin por parte de la Autoridad Martima, para lo cual entregarn en laoficina de Concesiones Martimas una carta notarial de aceptacin, dirigida alSr. Capitn de Puerto de Coquimbo, de acuerdo al formato indicado en el AnexoC, adems de los contratos de seguros exigidos para los proyectos que asse indican y la boleta de garanta segn corresponda.

    El no confirmar y la no presentacin de la documentacin exigida dentro delplazo establecido, se entender que no existe un inters por llevarlo a cabo y elsector ser asignado a un nuevo postulante, de acuerdo al puntaje obtenido yque se encuentre en lista de espera.

    j) Antes de efectuar la instalacin del mdulo, terraza, juegos, boyas y cualquierotro elemento que se vaya a utilizar para el desarrollo del proyecto, elconcesionario que haya cumplido con todas las exigencias establecidas en laspresentes Bases y las otras Instituciones competentes,deber trasladar de iday regreso, desde la Capitana de Puerto de Coquimbo, al personal deConcesiones Martimas, objeto ste entregue fsicamente el sector adjudicado yno existan dudas de la posicin asignada, el no cumplimiento a lo indicadoprecedentemente, ser causal de caducidad del permiso.

    k) Los concesionarios de la Baha de Coquimbo y la Herradura, como asimismo de lacomuna de La Higuera, debern demarcar con una lnea de flotadores todo el anchode responsabilidad que se le asigne, a una distancia de 100 mts. de la orilla. ( Zonade seguridad para los baistas, 1 boya cada 2 mts.).

    l) Los postulantes beneficiados con un P.E.I. en la comuna de Coquimbo, ascomo de la comuna de La Higuera (sin excepcin), deben considerardiariamente, a lo menos un salvavidas entre las 12:00 y las 20:00 hrs.(*), por loque las personas que cumplan con esta labor, debern contar con loselementos de seguridad y apoyo a su gestin exigidos por la AutoridadMartima e indicados en el prrafo q) de la obligaciones comunes. stossalvavidas, no podrn ser compartidos y ajenos a los contratados por lasIlustres Municipalidades

    (*) El horario de los salvavidas podr ser modificado posteriormente, segn lasinstrucciones que al respecto imparta la Autoridad Martima en elInstructivo de Normas de Seguridad.

    m) Cada concesionario debe considerar como rea laboral de su salvavidas, unrango de 150 mts. lineales paralelos a su concesin, divididos en dos tramosde 75 mts., tomados desde el centro de su sector de responsabilidad, auncuando dicho tramo se sobreponga con otra concesin aledaa a l.

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    En las playas ubicadas en la Av. del Mar, comuna de La Serena, esta obligacinser asumida por la Ilustre Municipalidad de La Serena, exceptundose dondeexistan concesiones otorgadas por Decretos Supremos, tarea que serasumida en ese tramo por dichos concesionarios.

    n) Aquellos concesionarios que no den cumplimiento a la habilitacin desalvavidas y la totalidad de sus elementos de seguridad, sern multados en1ra. instancia con 100 pesos oro y si reincide en la falta, se le aplicar unamulta de 150 pesos oro, como asimismo, la suspensin de la actividad hastaregularizar dicha exigencia o caducidad del permiso otorgado.

    o) Los concesionarios, sin excepcin, previo al inicio del periodo estival,entregarn copia legalizada ante notario, del contrato de trabajo celebrado conel salvavidas que efectuar dichas labores en su sector, el cual debe sertotalmente ajeno a quienes prestan servicios para las Ilustres Municipalidadesde la Regin, en atencin stos son de uso exclusivo de la entidad alcaldiciarespectiva. Sin la presentacin del contrato, no se permitir su funcionamiento.

    p) Los concesionarios debern tener, a lo menos, un letrero indicativo de playaAPTA o NO APTA en un lugar visible del acceso a la playa y un letrero indicativoa la prohibicin de ingreso de vehculos y animales, con las dimensiones y leyendasdescritas en Anexo D.

    En las playas ubicadas en la Av. del Mar, esta obligacin deber ser asumida por laIlustre Municipalidad de La Serena, exceptundose donde existan concesionesotorgadas por Decretos Supremos y, en el sector de la Costanera de Coquimbo, porla Ilustre Municipalidad de Coquimbo, exceptundose en los sectores deresponsabilidad de los concesionarios de los pub-restaurant y discothequedenominadas: PLAYA PARASO, OXIGENO, DELEGACIN MUNICIPAL y por los 09concesionarios de P.E.I., las que en ambos casos, ser asumida por dichosconcesionarios.

    Se hace presente que la obligatoriedad de contar con salvavidas en los sectoreshabilitados para Permisos de Escasa Importancia de las playas de Peuelas y LaHerradura, recaer sin excepcin sobre los postulantes que se hagan acreedor alP.E.I. en dichos sectores.

    q) El concesionario, deber proporcionar a los salvavidas, los elementos de seguridad yapoyo a su gestin, exigidos por la Autoridad Martima que se indican:

    - Tenida de salvavidas de acuerdo como se indica en el Anexo E.- Bloqueador solar.- Pito.

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    - Binoculares.- Flotador tipo Jim Buoy.- Equipo de comunicaciones o telfono celular con capacidad de comunicarse con el

    N de Emergencias Martimas 137.- Aletas.- Torre de observacin de 3 mts. de altura (Atalaya), de acuerdo a las

    especificaciones que se indica en Anexo E.- Aro de salvavidas con 30 mts. de cabo de vida.- Bitcora de novedades.- Asta para banderas de sealizacin.- Una Banderola color Verde y una Roja.- Megfono con pilas operativas.- Camilla rgida.- Inmovilizador cervical.- Respirador artificial Ambu cnulas (Grande, mediano, chico).- Cabestrillo (Adulto Nio).- Manual de primeros auxilios.- Linterna con pilas operativas.- Lentes de proteccin radiacin UV.- Morral de primeros auxilios con siguientes elementos :

    - Gasa estril.- Algodn.- Tela adhesiva de 6 cms.- Tijera punta roma.- Pinza metlica punta plana.- Bialcohol.- Venda elstica de 10 cms. de ancho.- Venda cambrie de 10 cms. de ancho.- Termmetro.- Cnulas buco farngeas.- Agua oxigenada.- Vinagre.

    r) Es responsabilidad ineludible del postulante, el mantenerse en todo momentoinformado del estado de tramitacin de su postulacin, dejando exenta a laAutoridad Martima de Coquimbo de toda responsabilidad y sin derecho aindemnizacin de perjuicios para los postulantes, sean estos personasnaturales o jurdicas.

    s) La limpieza de los accesos y reas colindantes a la concesin, es responsabilidad delos respectivos concesionarios, los que debern contar con los receptculos de aseoen cantidad suficiente, cuya forma y diseo sern autorizados por las respectivasMunicipalidades.

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    t) Al trmino del periodo estival, una vez que el concesionario haya cumplido conel retiro del kiosko, terraza, juegos, boyas y cualquier otro elemento que sehaya utilizado para el desarrollo del proyecto, deber hacer entrega fsica delsector asignado,trasladando de ida y regreso, desde la Capitana de Puerto deCoquimbo, al personal de Concesiones Martimas, objeto verificar que el sectorhaya quedado sin daos, escombros o basuras acopiadas y, al menos, en lasmismas condiciones que fue recepcionado al comienzo del periodo, teniendoplazo para cumplir con dicha tarea, hasta 16 das corridos, posterior al trminodel periodo estival respectivo. El no cumplimiento a lo anterior, lo dejar sinposibilidades de postular al siguiente ao.

    u) Posterior a lo indicado precedentemente y habindose encontrado el sector sinobservaciones, se efectuar en dependencias de la Capitana de Puerto deCoquimbo, la devolucin, a quienes corresponda, de la Boleta de Garanta encustodia. Cumplido el plazo indicado precedentemente y en caso de no cumplir con elretiro del material utilizado en el proyecto, se har uso de la boleta de garantabancaria para dicho efecto.

    v) Los postulantes debern confeccionar como propio, todas las solicitudes,cartas y otros antecedentes que se indican en los formatos de las PresentesBases, eliminando los logos y firmas de la institucin de los ENCABEZADOS yPIE DE PGINAS.

    w)Aquellos proyectos que no sean seleccionados, debern ser retirados (carpetas) acontar de la notificacin de rechazo y hasta 60 das corridos posterior a ello, una vezconcluido dicho periodo, se efectuar la incineracin de dicho proyecto, sin derecho arestitucin, liberando a la Direccin General del Territorio Martimo y AutoridadMartima Local de toda responsabilidad respecto del hecho y sin derecho aindemnizacin de perjuicios para los postulantes, sean estos personas naturales o

    jurdicas.

    x) Aquellos postulantes que fueron seleccionados y operaron durante el periodo estival,debern retirar sus proyectos (carpetas) al momento de hacer entrega del sectorasignado, posterior a ello, y una vez recepcionado el sector por el personal deConcesiones Martimas, se efectuar la incineracin de dicho proyecto, sin derecho arestitucin, liberando a la Direccin General del Territorio Martimo y AutoridadMartima Local de toda responsabilidad respecto del hecho y sin derecho aindemnizacin de perjuicios para los postulantes, sean estos personas naturales o

    jurdicas.

    y) El postulante a un P.E.I., deber constatar en terreno si el sector al que postulacumple con sus expectativas, al igual que el objeto al que se postula, una vezseleccionado y otorgado por la Autoridad Martima y, aceptado notarialmentepor el postulante el sector y objeto del P.E.I., no se aceptar efectuar cambiosde sector o modificaciones al objeto establecido.

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    B. PROYECTOS QUE CONSIDEREN MDULOS ADHERIDOS AL SUELO(DESARMABLES)

    a) Debern dar cumplimiento a las obligaciones comunes de las presentes Bases.

    b) Debern considerar en su solicitud la totalidad de m2 a utilizar, incluyendo el uso deterrazas, espacios para sillas, carpetas adheridas al suelo, etc.

    c) Deber adjuntar a los antecedentes consignados en el Anexo A, croquis delanteproyecto del mdulo que ser presentado a la Direccin de Obras de la IlustreMunicipalidad respectiva, para lo cual deber, antes de presentar su proyecto,solicitar en la D.O.M. respectiva, las especificaciones tcnicas de los mdulos,terrazas o cualquier tipo de estructura que se desee instalar en el borde costero.

    d) LOS POSTULANTES QUE SEAN SELECCIONADOS, debern presentaruna boletade garantapor la cantidad de $ 300.000.- (Trescientos mil pesos.-), a nombre de laGobernacin Martima de Coquimbo, RUT. 61.102.073-2 y con fecha de vencimientoal 30 de mayo del ao siguiente al que se vive, objeto garantizar el fiel cumplimientodel P.E.I. y el retiro oportuno de las instalaciones o construcciones temporales que seemplacen en el Borde Costero de jurisdiccin de la Capitana de Puerto deCoquimbo.

    Esta garanta ser devuelta al permisionario que cumpliere fielmente susobligaciones y retirare oportunamente sus instalaciones, de lo contrario se har usode ella para el retiro del material utilizado en el proyecto, sin desmedro de lassanciones que se le apliquen de acuerdo a la legislacin vigente.

    e) Las personas que postulen a un mdulo de masajes, debern adjuntar en suproyecto copia del certificado otorgado por una entidad reconocida por el Servicio deSalud, que lo habilita para desarrollar dicha actividad.

    C. PROYECTOS RELACIONADOS CON MUROS DE ESCALADA, BICICLETAS,PATINES Y JUEGOS INFANTILES (CAMAS ELSTICAS, BUNGY TRAMPOLN, JUEGOSINFLABLES, ELECTRNICOS U OTROS).

    a) Debern dar cumplimiento a las obligaciones comunes de las presentes Bases.

    b) La Autoridad Martima no autoriza el arriendo de rodados que circulen por la Av. del

    Mar de La Serena y Costanera de Coquimbo (ciclovas o veredas), sin embargopodrn requerir la autorizacin para la instalacin de una terraza de madera en elsector de playa, para lo cual, EN CASO DE SER SELECCIONADO, deber, adjuntara los antecedentes ya consignados en el Anexo A y la carta notarial de aceptacinla siguiente documentacin:

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    - Convenio de asistencia primaria, objeto preste los servicios de primeros auxiliosy traslado de paciente a un centro asistencial en caso de cualquier tipo deaccidente, con vigencia hasta el trmino de la temporada estival.

    - Contrato de seguro de responsabilidad civil (accidentes contra terceros), convigencia hasta el trmino de la temporada estival (no se aceptarn convenios confechas a vencer previo a lo indicado precedentemente).

    - Certificado de seguridad de los elementos para arriendo, firmado por unprofesional en Prevencin de Riesgos, reconocido por el Servicio de Salud, confecha actualizada a la presentacin de la documentacin.

    - Las bicicletas o patines, adems, debern presentar un croquis del anteproyectode una terraza de madera, con los metros cuadrados necesarios para la ubicacinsegura de los elementos y su construccin, de acuerdo a las especificacionestcnicas exigidas por parte de la Direccin de Obras de la Ilustre Municipalidadrespectiva.

    - Las bicicletas que utilicen cadenas, debern arbitrar las medidas para que stas seencuentren cubiertas.

    c) LOS POSTULANTES QUE SEAN SELECCIONADOS, debern presentar unaboleta de garanta por la cantidad de $ 300.000.- (Trescientos mil pesos.-), anombre de la Gobernacin Martima de Coquimbo, RUT. 61.102.073-2 y con fechade vencimiento al 30 de mayo del ao siguiente al que se vive, objeto garantizar elfiel cumplimiento del P.E.I. y el retiro oportuno de las instalaciones o construccionestemporales que se emplacen en el Borde Costero de jurisdiccin de la Capitana dePuerto de Coquimbo.

    Esta garanta ser devuelta al permisionario que cumpliere fielmente susobligaciones y retirare oportunamente sus instalaciones, de lo contrario se har usode ella para el retiro del material utilizado en el proyecto, sin desmedro de lasanciones que se le apliquen de acuerdo a la legislacin vigente.

    d) LOS POSTULANTES QUE SEAN SELECCIONADOS para instalar terraza demadera para sus bicicletas o patines en la Costanera de Coquimbo, arbitrarn lasmedidas necesarias para que sus clientes utilicen slo la ciclova de las comunasde Coquimbo y La Serena.

    D. PROYECTOS RELACIONADOS CON DEPORTES NUTICOS

    a) Debern dar cumplimiento a las obligaciones comunes de las presentes Bases y laLey indicada en prrafo g) de las referencias.

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    b) EN CASO DE SER SELECCIONADOS, debern adjuntar a los antecedentesconsignados en el Anexo A y la carta notarial de aceptacin:

    - Convenio de asistencia primaria, que especifique la prestacin de los serviciosde primeros auxilios y traslado de pacientes a un centro asistencial en caso decualquier tipo de accidente, con vigencia hasta el trmino de la temporada estival.

    - Certificado de seguridad de los elementos para arriendo, firmado por unprofesional en Prevencin de Riesgos, reconocido por el Servicio de Salud, confecha actualizada a la presentacin de la documentacin, exceptundose lasmotos acuticas, lanchas u otro elemento que corresponda ser revistado por elInspector de Naves dependiente de la Capitana de Puerto de Coquimbo, loscuales debern presentar copia actualizada de la revista efectuada por dichoinspector.

    c) El peticionario deber indicar en su proyecto, en forma especfica, las normas deseguridad que implementar, cuando sus pasajeros sean menores de edad opersonas con algn tipo de impedimento fsico.

    d) El concesionario deber dar cumplimiento al prrafo k) de la seccinINFORMACIONES de las presentes Bases, como asimismo deber demarcar laentrada al mar de los kayak, bicicletas o motos acuticas, con un canalizo de doslneas paralelas separadas en 6 mts. entre ellas, que se prolongar desde la orilla,hasta la zona demarcada como zona de seguridad de los baistas. La distancia entrelas boyas ser de 1 mt. entre ellas.

    e) Los concesionarios que soliciten autorizacin para arriendo de bananos, debernadjuntar, a los antecedentes consignados en el Anexo A, fotocopia legalizada delCertificado de Navegabilidad vigente de la embarcacin que efectuar el remolque yttulo del patrn (mnimo patrn de nave menor) y tripulantes de la embarcacin.

    f) No podr utilizarse como embarcacin de remolque de bananos las motos acuticas,en atencin stas son consideradas embarcaciones deportivas dedicadas a finesdeportivos o recreativos, sin fines comerciales, en caso de solicitarlo, deber cambiarla actividad de dicha embarcacin por la de turismo.

    g) La embarcacin que remolque bananos, deber ir al mando de una persona enposesin del ttulo de Patrn Deportivo de Baha como mnimo y deber serapoyado por un tripulante o un salvavidas, todos con sus matrculas vigentes.Adems no podr embarcar o transportar personas ajenas a la dotacin de laembarcacin.

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    h) El patrn de la embarcacin, deber solicitar diariamente zarpe en la Capitana dePuerto de Coquimbo.

    i) Los concesionarios que presenten proyectos de arrendamiento de embarcaciones amotor del tipo jet ski y motos acuticas, debern adjuntar a los antecedentesindicados en el Anexo A, fotocopia del registro de matrcula correspondiente a cadaelemento acutico que utilizar en esta tarea.

    j) El concesionario, slo efectuar arrendamiento de jet ski o motos acuticas, aquienes posean Licencia de Patrn Deportivo de Baha como mnimo, dando estrictocumplimiento a lo expresado en el D.S. N 87, de fecha 14 de mayo de 1997.

    k) Quienes cumplan con la edad mnima de 14 aos y posean la Licencia de PatrnDeportivo de Baha, como mnimo, podrn operar los jet ski o motos acuticas,quedndoles prohibido transportar uno o ms pasajeros y/o remolcar otrasembarcaciones.

    l) Quienes cumplan con la edad mnima de 18 aos y posean la Licencia de PatrnDeportivo de Baha, como mnimo, podrn operar las embarcaciones indicadas en elprrafo precedente, sin las restricciones antes indicadas.

    m)Los menores de edad, entre 14 y 18 aos, adems de lo indicado en el prrafo i)precedente, debern contar con autorizacin expresa y escrita del padre, madreo tutor legal, segn formato indicado en Anexo F, para operar embarcacionesdel tipo jet ski o motos acuticas, como asimismo, para embarcarse en paseosen banano. Debiendo tener el concesionario, impreso el formulario sealado,siempre en una cantidad importante y necesaria.

    n) Ser responsabilidad del concesionario efectuar previamente, una instruccin defamiliarizacin a quien conduzca jet ski o motos acuticas, la que incluirconocimientos de recomendaciones de operacin del fabricante y las disposicionesde seguridad fijadas para este tipo de embarcaciones por la Autoridad Martima.

    o) Queda prohibido subir a las embarcaciones, jet ski, motos acuticas o bananos apersonas en estado de ebriedad o aquellos que presenten hlito alcohlico y engeneral a toda persona que a juicio del patrn o concesionario, ponga en peligro suintegridad fsica como la de otras personas o la embarcacin.

    p)Los menores de 18 aos que suban a los artefactos nuticos indicados en elprrafo precedente como pasajero, debern contar con la autorizacin expresa yescrita del padre, madre o tutor legal, para lo cual el concesionario, deber mantenerlos formularios de autorizacin indicados en el Anexo F de las presentes bases,impresos en cantidad suficiente. Asimismo, deber adjuntar a su proyecto, un

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    plan de prestacin de servicios y asistencia a las personas con discapacidadque harn uso de los elementos que le est ofertando.

    q) La operacin de los jet sky, bananos, bicicletas y motos acuticas, ser en horariodiurno y slohasta las 19:00 hrs.

    r) El concesionario, ser solidariamente responsable, ante eventuales accidentes quepudieran ocurrir con motivo del arrendamiento y uso de sus elementos nuticodeportivos.

    s) Aquellos concesionarios que por razn alguna no den cumplimiento a lasdisposiciones que la Autoridad Martima exija, sercaducadaen forma irrevocable laresolucin que autoriz el permiso estival, sin expresin de causa, sin ulteriorresponsabilidad para la Autoridad Martima y sin derecho a indemnizacin deperjuicios para los concesionarios, sean stos personas naturales o jurdicas.

    t) Los concesionarios que efecten cualquier actividad nutico deportiva, deberncontar y proporcionar cascos de alta resistencia a impactos y chalecossalvavidas aprobados por la Direccin General del Territorio Martimo y de MarinaMercante para cada usuario y pasajero de elementos nuticos, los cuales se debernencontrar en condiciones operativas. Este ltimo elemento ser exigible tambin parala tripulacin de la embarcacin que efecta el remolque de bananos.

    E. PROYECTOS RELACIONADOS CON ENTIDADES NUTICO DEPORTIVAS

    a) Se entiende como Entidad Nutico Deportiva, a toda entidad, asociacin ofederacin deportiva, o persona jurdica, que tiene por objeto reunir cultores de unamisma disciplina nutica deportiva, ya sea a nivel local o nacional.

    b) Debern dar cumplimiento a las obligaciones comunes de las presentes Bases y laLey indicada en prrafo g) de las referencias.

    c) Debern adjuntar a los antecedentes indicados en el Anexo A de las presentesBases, fotocopia legalizada de la acreditacin de la competencia necesaria paraestos efectos, mediante certificaciones o acreditaciones emitidas por alguna de lasentidades a que se refiere el artculo 14 del D.S. N 87 de fecha 14 de Mayo de1997 Reglamento General de Deportes Nuticos.

    d) Los postulantes, EN CASO DE SER SELECCIONADOS, debern adjuntar a la cartade aceptacin indicada en el Anexo C:

    - Convenio de asistencia primaria, que especifique la prestacin de los serviciosde primeros auxilios y traslado de pacientes a un centro asistencial en caso decualquier tipo de accidente, con vigencia hasta el trmino de la temporada estival.

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    e) Los instructores debern ser mayores de 18 aos y al menos uno de ellos deberacreditar estar calificado en Primeros Auxilios, otorgado por alguna institucinreconocida por el Estado, debiendo adjuntar fotocopia legalizada de dichodocumento.

    f) Al menos un instructor, deber estar calificado como salvavidas, con matrculavigente otorgada por la Autoridad Martima, debiendo adjuntar fotocopia de sumatrcula.

    g) Deber existir como relacin mnima, un instructor por cada cuatro alumnos encondiciones normales de oleajes.

    h) El concesionario, deber proporcionar a los alumnos el equipamiento de seguridadque permita realizar la actividad nutico deportiva en condiciones seguras.

    i) Alumnos e instructores, debern poseer traje de neopreno, poleras de coloresllamativos que identifiquen su condicin de alumno e instructor.

    j) La tablas debern ser de tamao adecuado a la estatura de los alumnos, estar enexcelente estado de conservacin y de acuerdo a los niveles como se indica:

    - Nivel 1: Tablas blandas y bordes redondeados.- Nivel 2: Tablas semi-blandas.- Nivel 3: Tablas de fibra.

    k) El concesionario deber contar con el siguiente equipo de seguridad en el sector:

    - Tabla de rescate.- Silbato que permita llamar la atencin.- Tabla espinal con inmovilizadores laterales.- Bidn con agua dulce.- Equipo de comunicaciones con la Autoridad Martima local o telfono celular con

    capacidad para comunicarse con el nmero para rescate martimo 137.- Botiqun de primeros auxilios, con los siguientes elementos:

    - Gasa hidrfilas x 10 sobres.- Guantes descartables x 4 unid.- Jabn neutro x 40 grs.- Pinza metlica punta plana.- Algodn.- Tela adhesiva de 6 cms. x 4 unid.- Tijera punta roma.- Cnulas buco farngeas x 2 unid.- Agua oxigenada 10 vol. x 500 ml.- Alcohol medicinal x 500 ml.- Alfileres de gancho x 12 unidades.

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    - Venda elstica de 10 cms. de ancho.- Venda cambrie de 10 cms. de ancho.- Linterna con pilas operativas.- Cuello ortopdico ajustable para nios y adultos.- Apsito protector adhesivo x 60 unid.- Colirio estril.- Copa lavaojos.- Frula para inmovilizacin de fracturas x 4 unid.- Termmetro.- Agua oxigenada.- Vinagre.

    l) El concesionario, deber tener un techo o toldo de proteccin solar, sealtica deplaya y olas con cdigos internacionales y delimitar los espacios en el agua conboyarines.

    m) Deber contar con un Plan de evacuacin ante accidentes.

    n) Dar aviso diariamente a la Autoridad Martima del inicio y trmino de curso.

    o) Mantendr en el sector de la concesin una bitcora, donde registrar nombre yRUN de los alumnos, adems del telfono y direccin de un familiar, comoasimismo, la relacin nominal de los instructores por cada curso.

    p) Las clases que se impartan a menores de 18 aos, debern contar con laautorizacin expresa y escrita del padre, madre o tutor legal, para lo cual elconcesionario, deber mantener los formularios de autorizacin indicados en el

    Anexo F de las presentes bases, impresos en cantidad suficiente.

    q) Consecuente con lo descrito en el prrafo precedente, se prohbe dictar clases amenores 14 aos.

    F. PROYECTOS RELACIONADOS CON AVISOS DE PUBLICIDAD Y/O PROPAGANDAEN ELEMENTOS FLOTANTES

    a) Los postulantes a desarrollar proyectos relacionados con avisos publicitarios enelementos flotantes, debern adjuntar a los antecedentes consignados en el AnexoA, certificado emitido por SENAPESCA IV Regin, que indique que no existesobreposicin con Concesin Martima y/o Destinaciones (AMERB, CC.AA., REASPROTEGIDAS, etc.) en trmite u otorgadas y vigentes.

    b) El proyecto presentado, deber consignar antecedentes de construccin, anclaje,fondeo y estar certificado por una persona competente en el rea.

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    c) El fondeo deber ser ejecutado por personal especialista en buceo comercial, con sumatrcula vigente.

    d) Copia del estudio, declaraciones y permisos o autorizaciones que el solicitante debaobtener de organismos pblicos y/o municipales para la ejecucin de las obras (sicorresponde).

    III.- PROHIBICIONES

    a) El Reglamento sealado en c) de los antecedentes legales, establece que los Permisosson otorgados exclusivamente a los concesionarios y no son susceptibles de negocio

    jurdico; por lo queno estar permitido el subarriendo, transferencia o la entrega enadministracin a un tercero.

    b) Est prohibido el expendio de bebidas alcohlicas de cualquier naturaleza y suconsumo en los terrenos de playa y playa (Art. N 156 de la Ley de Alcoholes). Salvoque se cuente con los permisos correspondientes, segn lo establecido en la Ley de

    Alcoholes.

    c) Se prohbe el ingreso de vehculos motorizados a la playa, adems de la tenencia ybao de animales en ella.

    d) Se prohbe ejercer actividades comerciales que no tengan relacin con el objeto para elque fue autorizado el P.E.I.

    e) Se prohbe instalar elementos sonoros que alteren el descanso de los turistas y de loshabitantes de las zonas residenciales aledaas al P.E.I., el volumen de la msicadeber ser solamente audible hasta un radio de 5 (cinco) metros desde el local y nosupere los 85 db., del mismo modo no podr funcionar mas all de las 20:00 hrs., encaso de recibirse un reclamo se caducar la autorizacin para tener elementos sonorosen el local.

    IV.- OTROS ANTECEDENTES:

    a) Todos los concesionarios darn cabal cumplimiento a las obligaciones comunes,adems de las establecidas en forma particular para cada actividad a desarrollar.

    b) El inicio de operacin de los concesionarios ser a contar del da15 de Diciembre delao que se vivey el trmino, el da15 de Marzo del ao siguiente.

    c) Los Bienes Nacionales de Uso Pblico por su naturaleza, como lo son las playas yterrenos de playa destinados a balnearios otorgados como P.E.I. a un particular,debe permitir el goce y disfrute al mayor nmero de personas. Bajo este precepto,las personas que se hagan acreedor de un P.E.I. en un determinado periodo,

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    podr presentar un nuevo proyecto inmediatamente al ao siguiente, pudiendohacerse acreedor de un nuevo permiso en el ao que le sucede, en caso de noexistir proyectos con una mejor evaluacin para el mismo objeto.

    Cerrado el proceso de recepcin de proyectos y sin considerar los objetos deellos, prevalecer la de aquel postulante que no supere dos postulaciones atravs de los aos, en relacin a quien lo haga por tercera o ms veces.

    La Autoridad Martima de Coquimbo, elaborarn un registro histrico de losconcesionarios seleccionados, con el objeto de dejar constancia de sufuncionamiento durante la temporada estival, cantidad de veces que ha postuladoy obtenido permiso, en donde, adems, se consignarn las faltas y/o reclamos,como asimismo, las eventuales sanciones que se le apliquen al concesionario.

    Lo anterior, se basa en el concepto de dar a todas las personas que postulan alas diferentes actividades en el Borde Costero, la posibilidad de desarrollarnuevos y atractivos proyectos en beneficio del turismo, evitando con ello elsentido de permanencia de quienes se han hecho acreedores de dichos permisoscon antelacin.

    d) Para la instalacin de letreros de seguridad, atalayas, basureros y contratacin desalvavidas, segn corresponda, se considerar la misma fecha sealada en el prrafo b)precedente.

    e) Antes del comienzo de la temporada estival y en las fechas que se indican en el AnexoG, la Autoridad Martimainspeccionar en terrenolos sectores concesionados, por loque, el no cumplimiento de las Normas indicadas en las presentes Bases ser causal desanciones y futura caducidad, como asimismo, el no estar instalado a ms tardar el da10 de diciembre del correspondiente periodo estival.

    f) El interesado, cuya solicitud sea seleccionada, deber considerar los siguientespagos a la Autoridad Martima y otras entidades, segn corresponda:

    - 0,01 UTM por metro cuadrado de terreno de playa o playa ocupado.- 0,90 UTM por cada letrero publicitario instalado en el sector solicitado.- 0,60 UTM por Balsa flotante con letreros de propaganda, de cualquier forma o

    porte.- Impuestos que corresponda cobrar a las otras entidades competentes.

    g) La implementacin bsica de seguridad, (contratacin de salvavidas, instalacin deletreros de seguridad, instalacin de boyas, basureros etc.) en las playas declaradasbalnearias y/o solaneras, dispuesta por esta Autoridad Martima, debern estar 100%operativas a contar del 15 de diciembre del ao que se vive, fecha de inicio de latemporada estival.

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    h) No se autorizar la instalacin de estructuras adosadas a las Concesiones Martimasotorgadas por Decreto Supremo, debiendo dichos concesionarios participar del procesode seleccin de proyectos para el periodo estival correspondiente y slo en los puntosya definidos en las presentes Bases.

    i) Las autorizaciones para el desempeo como vendedores ambulantes en el bordecostero, es facultad de las Ilustres Municipalidades, por cuanto, no ser materiaresolutiva ni consultiva de esta Autoridad Martima.

    j) Los eventos deportivos, team's y otros de trascendencia que demanden la instalacinde estructuras en la arena, slo entrarn a trmite de evaluacin y posterior resolucinen la Capitana de Puerto de Coquimbo.

    k) Toda solicitud que llegue fuera del plazo indicado en los prrafos b) y c) de lasObligaciones Comunes, ser rechazado por el personal de ConcesionesMartimas.

    l) Aquel proyecto que no consigne la firma responsable en el documento presentado, serrechazado, sin derecho a apelacin.

    m) Slo estar autorizado para recepcionar proyectos estivales, el personal deConcesiones Martimas, en dependencias de la Capitana de Puerto de Coquimbo.

    n) Todas las actividades que cuenten con un afuero sobre 2.000 asistentes, sedenominarn megaeventos y el solicitante deber adjuntar a los antecedentessolicitados en el Anexo A, lo indicado en el Anexo H de las presentes bases y darcumplimiento a la Directiva indicada en f) de las referencias.

    o) Las solicitudes indicadas en el prrafo precedente, debern presentarse en la Capitanade Puerto de Coquimbo, con una antelacin de 15 das a la fecha del desarrollo de laactividad.

    p) Consecuente con lo descrito en las presentes bases, la Autoridad Martima se reserva elderecho de exigir a cada concesionario, lo que estime conveniente, en relacin amedidas y/o elementos de seguridad, como asimismo, el derecho de autorizar orechazar cada solicitud, sin expresin de causa, sin ulterior responsabilidad para ella, ysin derecho a indemnizacin de perjuicios para los postulantes, sean stos, personasnaturales o jurdicas.

    q) Una vez terminado el periodo estival, no se autorizarn permanencias de ninguna ndolea los beneficiarios de P.E.I., dando cumplimiento a las instrucciones emitidas por laSubsecretara para las Fuerzas Armadas, en relacin al no otorgamiento deconcesiones permanentes en el Borde Costero, debiendo el solicitante dar cumplimiento

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    a las fechas establecidas por las presentes Bases para su retiro, independiente a sutrmite paralelo que pueda estar ejecutando con dicha Subsecretara de Estado.

    r) Orden de presentacin del proyecto:

    - Tapa carpeta con antecedentes postulantes, de acuerdo al prrafo d) de lasobligaciones comunes.

    - Formulario de antecedentes de acuerdo al Anexo A..- Carta aceptacin de las Bases, de acuerdo al Anexo B.- Presentacin del proyecto.- Croquis del sector de postulacin.- Croquis del mdulo a construir, de acuerdo a especificaciones tcnicas y modelo de

    la Direccin de Obras Municipales respectiva (segn corresponda).- Fotocopia Cdula de Identidad (ambos lados)- Declaracin jurada firmada ante notario, que indique el n om b re y RUT del

    Representante Legal (segn corresponda).- Certificado de vigencia de la sociedad, con una antigedad no superior a 6 meses

    (segn corresponda).- Fotocopia de la cdula de identidad del representante y RUT de la sociedad (segn

    corresponda).

    s) Criterios que se evaluarn en la seleccin de los proyectos :

    1. INFRAESTRUCTURA.

    2. INVERSIN DEL PROYECTO.

    3. APORTE AL TURISMO.

    4. APORTE A LA SEGURIDAD Y ASEO DEL SECTOR.

    5. GENERACIN DE EMPLEOS.

    6. PRESENTACIN DEL PROYECTO.

    7. ANTECEDENTES ANTERIORES (quienes corresponda).

    8. VIABILIDAD.

    9. INNOVACIN.

    t) Se hace presente que con el objeto de dar cumplimiento a la Ley de Transparencia,todo tipo de postulaciones a los P.E.I. son individuales, ya sea por personas naturales o

    jurdicas, debiendo los postulantes abstenerse de presentar cartas de apoyo de

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    Instituciones o representantes de ellas, las que no sern consideradas dentro delproceso de postulacin, como asimismo, posterior a la seleccin de dichos proyectos yasignacin de los sectores.

    u) Se adjunta a las presentes Bases, una lista de chequeo, la que deber ser cotejada, porel postulante con el proyecto que presenta, objeto verifique no le falten antecedentes apresentar en el expediente. Esta lista de chequeo, no debe ser incluida en lapresentacin del expediente.

    V.- ANEXOS:

    Anexo A: Formato presentacin proyecto Periodo Estival.

    Anexo B: Carta aceptacin condiciones de las Bases y presentacin de proyecto.

    Anexo C: Carta aceptacin sector adjudicado y obligaciones que imponga la AutoridadMartima.

    Anexo D: Seeaalleessyylleettrreerroossddeesseegguurriiddaaddpprreevveennttiivvoosseennppllaayyaass

    Anexo E: Tenidas para los salvavidas y Atalayas.

    Anexo F: Autorizacin simple de padres o tutores a menores de edad.

    Anexo G: Calendario de actividades.

    Anexo H: Antecedentes para la realizacin de megaeventos.

    Anexo I: Asignacin sectores para desarrollo proyectos.

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    A N E X O A

    TAPA

    PROCOQ. RUT. R.U.T. CONCESIONARIO/____FECHA:

    USO EXCLUSIVO CAPITANADE PUERTO DE COQUIMBO

    MDULO PARA VENTA DE

    HELADOS

    ALAN BRITO DELGADO

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    FICHA SOLICITUD

    SOLICITUD DE PERMISO TEMPORADA ESTIVAL 201..../201....

    PROCOQ RUT N _______________-___/_____

    PERSONA NATURAL

    APELLIDO PATERNO :

    APELLIDO MATERNO :

    NOMBRES :

    R.U.N. :

    NACIONALIDAD :

    PROFESIN :ESTADO CIVIL :

    DIRECCIN :

    TELFONO FIJO :

    TELFONO MVIL :

    CORREO ELECTRNICO: :

    PERSONA JURDICA

    RAZN SOCIAL :

    R.U.T. :

    REPRESENTANTE

    APELLIDO PATERNO :

    APELLIDO MATERNO :

    NOMBRES

    DIRECCIN :

    TELFONO FIJO :

    TELFONO MVIL :

    DATOS DE SOLICITUD

    MATERIA : TERRENO DE PLAYA SECTOR DE PLAYA

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    PORCIN DE AGUA

    TIPO DE INSTALACI N EN EL

    LUGAR PRETENDIDO- Mdulo (helados jugos turismo masajes - etc.).

    - Juegos Infantiles (camas elsticas bungy trampoln inflables etc.).

    - Rodados (bicicletas patines).- ETC.

    :

    LUGAR (punto de referencia) :

    SECTOR (Letra asignada) :

    OBSERVACIONES :

    TERRENO DE PLAYA : SECTOR QUE COMPRENDE LOS 80 MTS., SOBRE LA LNEA DEALTA MAREA (ADMINISTRADO POR LA AUTORIDAD MARTIMA)

    SECTOR DE PLAYA : SECTOR UBICADO EN LA ZONA DE PLAYA (ARENA)

    NOTA: El CDIGO IDENTIFICATORIO que se indica en el ejemplo, deber serreemplazado de acuerdo al sector de la comuna que se postula PROCOQ PROSER PROHIG, segn corresponda.

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    Av. Costanera N 640, Coquimbo Fono 51-2558100 2558168 Fax 51-2558175

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    ANTECEDENTES QUE DEBE CONTEMPLAR EL PROYECTO

    TTULO del proyecto.

    INTRODUCCIN: Resea de los motivos que lo llevan a postular en su proyecto.

    OBJETO : Expresado en forma clara y precisa, especificando el uso que se dar al sector, segnsu naturaleza.

    EJECUCIN: Memoria explicativa de cmo desarrollar su proyecto.

    En esta etapa se debe expresar si el P.E.I. que se solicita es a ttulo gratuito u oneroso. Si elpeticionario estuviere exento de todo o parte del pago de impuestos o afecto a franquiciastributarias, deber indicarlo en su solicitud, acompaando la documentacin que as lo acredite.

    Deber exponer en forma clara, como desarrollar su proyecto, cuales son los aportes queentregar a la comunidad, tanto a las personas residentes como flotantes (turistas).

    Inversin destinada al desarrollo de la actividad, incluyendo la infraestructura y el producto ofertado.

    Aportes a la seguridad y limpieza del sector asignado.

    Experiencias anteriores, si las tuviere, adjuntando registros fotogrficos de ser necesario.

    CROQUIS del sector solicitado, indicando las dimensiones que conforman el permetro en metrosy la superficie total en metros cuadrados (slo la que ser utilizada).

    CROQUIS de la infraestructura a construir y que sea aprobada por la D.O.M. respectiva.

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    A N E X O B

    a) Ejemplo N 1: PERSONA NATURAL

    SEORFELIPE GONZLEZ ITURRIAGACAPITN DE CORBETA LTCAPITN DE PUERTO DE COQUIMBO

    ______________________________________________________, RUN N ______________-____,NOMBRE COMPLETO

    nacionalidad _____________________, domiciliado en _____________________________, dela ciudad ______________, por este acto, vengo en aceptar las condiciones y obligacionesexigidas en la Bases de postulacin para los Permisos de Escasa Importancia del periodo estival201../201.., adjuntando proyecto de ______________________________________

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    FIRMA____________________________

    Nombre completoFono E-mail ..

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    b) Ejemplo N 2: PERSONALIDAD JURDICA

    SEORFELIPE GONZLEZ ITURRIAGACAPITN DE CORBETA LTCAPITN DE PUERTO DE COQUIMBO

    ______________________________________________________, RUN N ______________-____,NOMBRE COMPLETO

    nacionalidad _____________________, domiciliado en _____________________________, dela ciudad de ________________, en representacin de ___________________________, RUT.

    ___________-____, por este acto, vengo en aceptar las condiciones y obligaciones exigidas en

    la Bases de postulacin para los Permisos de Escasa Importancia del periodo estival 201../201..,adjuntando proyecto de ______________________

    FIRMA____________________________

    Nombre completoFono E-mail ..

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    A N E X O C

    Coquimbo, . de . de 201..

    PROCOQ RUT N ____________-__/____SEORFELIPE GONZLEZ ITURRIAGACAPITN DE CORBETA LTCAPITN DE PUERTO DE COQUIMBO

    ______________________________________________________, RUN N ______________-____,NOMBRE COMPLETO

    nacionalidad _____________________, domiciliado en _____________________________, de laciudad de _____________________, por este acto, vengo en informar a Ud., que con esta fecha

    he tomado conocimiento de haberme adjudicado un Permiso de Escasa Importancia, por el periodo

    estival 201../201.., para la instalacin de mi proyecto consistente en

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    __________________________, en el sector de playa ___________________, de la comuna de

    ______________________, a la altura del _______________, aceptando el sector asignado y

    comprometindome a cumplir con todas las exigencias que la Ley y la Autoridad Martima me

    impongan, para el buen desarrollo de la actividad antes indicada.

    Asimismo, en caso de no realizar el retiro de las instalaciones de acuerdo

    a lo que se especifica en las bases del periodo estival 201../201.., acepto se haga uso de la

    garanta bancaria para dichos efectos.

    FIRMA____________________________

    Nombre completoFono E-mail ..

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    A N E X O D

    SSEEAALLEESSYYLLEETTRREERROOSSDDEESSEEGGUURRIIDDAADDPPRREEVVEENNTTIIVVOOSSEENNPPLLAAYYAASS

    a)PLAYA APTA FONDO BLANCO.PARA EL BAO LETRAS VERDES.

    b)

    PLAYA NO APTA FONDO BLANCO.PARA EL BAO LETRAS ROJAS.

    Dimensiones del letrero : Largo 1 metro, ancho 0.50 mts.Dimensiones de las letras : IMPRENTA 9 cms.Margen de los letreros : Color naranja internacional, ancho 1. 30 cms.Fondo del letrero : BLANCO

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    SSEEAALLEESSYYLLEETTRREERROOSSDDEESSEEGGUURRIIDDAADDPPRREEVVEENNTTIIVVOOSSEENNPPLLAAYYAASS

    DDEETTAALLLLEEPPAARRAACCOONNJJUUNNTTOOAASSTTAA--LLEETTRREERROOTTRRIIAANNGGUULLAARR--BBAANNDDEERRAA

    SLO PARA PLAYASNO APTASPARA EL BAO DE ACUERDO A CONDICIONES DE MAR

    Bandera : ROJALargo : 0.60 mts.Ancho : 0.40 mts.

    PLAYA NO APTA FONDO BLANCO.PARA EL BAO LETRAS ROJAS

    ARENA

    1 MT

    0,5 MT

    3 MT

    BASE SLIDA

    LETRERO TRIANGULAR VISTO DEPLANTA

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    SSEEAALLEESSYYLLEETTRREERROOSSDDEESSEEGGUURRIIDDAADDPPRREEVVEENNTTIIVVOOSSEENNPPLLAAYYAASS

    DDEETTAALLLLEEPPAARRAACCOONNJJUUNNTTOOAASSTTAA--LLEETTRREERROOTTRRIIAANNGGUULLAARR--BBAANNDDEERRAA

    SLO PARA PLAYASAPTASPARA EL BAO DE ACUERDO A CONDICIONES DE MAR DEL

    MOMENTO

    Bandera : ROJA / VERDELargo : 0.60 mts.Ancho : 0.40 mts.

    PLAYA APTA FONDO BLANCO.PARA EL BAO LETRAS VERDES

    1 MT

    ARENA

    1 MT

    0,5 MT

    3 MT

    BASE SLIDA

    LETRERO TRIANGULAR VISTO DEPLANTA

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    SE PROHBE EL INGRESO, TRNSITOO TENENCIA DE VEHCULOS Y ANIMALES

    A LA PLAYA Y TERRENOS DE PLAYA

    AGOTAMIENTO CAPA DE OZONOSE INFORMA A LOS CONCESIONARIOS DE PLAYAS, QUE DEBERN INTEGRAR EN LASEALTICA SOLICITADA, LO DISPUESTO EN LA LEY N 20.096 MAR 23, ART. N 22QUE DICE: LA EXPOSICIN PROLONGADA A LA RADIACIN SOLARULTRAVIOLETA, PUEDE PRODUCIR DAO A LA SALUD

    DDEETTAALLLLEELLEETTRREERROOSSIINNDDIICCAATTIIVVOOSSDDEEPPRROOHHIIBBIICCIINNIINNGGRREESSOOVVEEHHCCUULLOOSSYYAANNIIMMAALLEESS

    PPllaayyaassddeeLLaaSSeerreennaa

    2,0 mt.

    11mmtt..((OOrrddeennMMiinniisstteerriiaall M.D.N. (M) N 2 del 15 de Enero de 1998

    Decreto Municipal N 735 de la Ilustre Municipalidad de La Serena,de fecha 23 de Junio de 1999)

    PPllaayyaassddeeCCooqquuiimmbboo

    SE PROHBE EL INGRESO, TRNSITOO TENENCIA DE VEHCULOS Y ANIMALESA LA PLAYA Y TERRENOS DE PLAYA

    ((OOrrddeennMMiinniisstteerriiaall M.D.N. (M) N 2 del 15 de Enero de 1998Decreto Municipal N 419 de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo

    de fecha 03 de Febrero del 2005)

    Dimensiones del letrero : Largo 1 metro, ancho 0.80 mts.Margen de los letreros : Color Azul, ancho 1.30 cms.Fondo del letrero : BlancoColor de las letras : Azul

    NOTA:Informacin sobrendice pronosticadoUV-B, puede obtenerseen la pgina web:

    http://www.meteochile.cl/radiacion_uv.

    http://www.meteochile.cl/radiacion_uv.html
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    A N E X O E

    TENIDAS Y ATALAYA PARA LOS SALVAVIDAS

    a) Polera color amarillo fluorescente, con logo 137 en lado izquierdo del pecho, deaproximadamente 7 cm. de dimetro.

    b) En la espalda deber ir la leyenda:SALVAVIDAS Y LIFEGUARD,en color rojo con letrasde aproximadamente 4 cm. (de acuerdo a fotografas de ejemplo).

    c) Short de bao color amarillo fluorescente, con logo 137 en lado inferior izquierdo, deaproximadamente 7 cm. de dimetro.

    d) Chaqueta color amarillo fluorescente, con logo 137 en lado izquierdo del pecho, deaproximadamente 7 cm. de dimetro. En la espalda deber ir la leyenda:SALVAVIDAS YLIFEGUARDen color rojo, con letras de aproximadamente 4 cm. (de acuerdo a fotografasde ejemplo).

    e) Pantaln largo color amarillo fluorescente, con logo 137 en sector superior izquierdo, deaproximadamente 7 cm. de dimetro.

    f) Queps (gorro) tipo legionario color azul marino, con logo 137 en el centro parte frontal, deaproximadamente 6 cm. de dimetro.

    g) La tela de las tenidas deber ser con textura protectora rayos U.V.

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    h) Se adjuntan fotografas a modo de ejemplo, lo importante es el color amarillo "flor", latextura protectora rayos U.V., logos y leyendas bien definidas.

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    A N E X O F

    Coquimbo, de .. de 201..

    AUTORIZACIN

    Don(a) ,

    Cdula de Identidad N -., domiciliado en

    ..., autorizo a mi

    hijo(a), ., Cdula de Identidad N

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    .-., para que opere una moto acutica en el sector de playa

    .., entre las y hrs.

    Hago presente que mi hijo(a) posee Licencia de Patrn Deportivo de

    Baha, registro N . vigente.

    ____________________________

    Fono .

    E-mail ...

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    Coquimbo, de .. de 201..

    AUTORIZACIN

    Don(a) ,

    Cdula de Identidad N -., domiciliado en

    ..., autorizo a mi

    hijo(a), ., Cdula de Identidad N

    .-., para que suba como pasajero en el artefacto acutico denominado :

    moto acutica - jet sky - banano (tarjar lo que no corresponda), en el sector de playa

    .., entre las y hrs.

    ____________________________

    Fono .

    E-mail ...

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    Coquimbo, de .. de 201..

    AUTORIZACIN

    Don(a) ,

    Cdula de Identidad N -., domiciliado en

    ..., autorizo a mi

    hijo(a), ., Cdula de Identidad N

    .-., para que reciba clases de Surf, en el sector de playa

    .., entre las y hrs.

    ____________________________

    Fono .

    E-mail ...

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    A N E X O G

    CALENDARIO DE ACTIVIDADES TEMPORADAS ESTIVALES

    FECHAS ACTIVIDADES

    2do. LUNES DE JULIO INICIO ENTREGA DE BASES.3er. LUNES DE AGOSTO INICIO DE RECEPCIN DE PROYECTOS.12:00 HRS. 4to. LUNES DE SEPTIEMBRE TRMINO DE ENTREGA DE BASES.13:00 HRS. 4to. VIERNES DE SEPTIEMBRE FIN DE RECEPCIN DE PROYECTOS.1er. LUNES DE OCTUBRE DEFINICIN DE PROYECTOS I.M. LA HIGUERA.1er. MARTES Y MIRCOLES DE OCTUBRE DEFINICIN DE PROYECTOS I.M. COQUIMBO.

    1er. JUEVES Y VIERNES DE OCTUBRE DEFINICIN DE PROYECTOS I.M. DE LA SERENA.OCTUBRE2da. SEMANA DE OCTUBRE NOTIFICACIN DE PROYECTOS.3ra. SEMANA DE OCTUBRE CONFECCIN DE COBROS Y RESOLUCIONES.4ta. SEMANA DE OCTUBRE RECEPCIN DE COBROS CANCELADOS Y BOLETAS DE GARANTAS / ENTREGA

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    DE RESOLUCIONES.NOVIEMBRE

    4ta. SEMANA DE NOVIEMBRE INICIO DE INSTALACIN DE OBRAS EN LA PLAYA.DICIEMBRE

    1ra. - 2da. SEMANA DE DICIEMBRE INSPECCIN DE INSTALACIN DE PROYECTOS.

    15 DE DICIEMBRE DE CADA AO INICIO DE TEMPORADA ESTIVAL.MARZO15 DE MARZO TRMINO DE TEMPORADA ESTIVAL.16 AL 31 DE MARZO RETIRO DE INSTALACIONES.

    ABRIL

    A CONTAR DE 01 DE ABRIL INICIO DE DEVOLUCIN DE BOLETAS DE GARANTA A CONCESIONARIOS QUE

    HICIERON RETIRO DE LAS INSTALACIONES.25 DE ABRIL RETIRO DE MDULOS NO RETIRADOS, CON CARGO A BOLETA DE GARANTA.

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    A N E X O H

    ANTECEDENTES QUE SE DEBEN PRESENTAR PARA LA REALIZACIN DEMEGAEVENTOS

    a) Copia de la autorizacin extendida por la Gobernacin Provincial o en su defecto por laIntendencia Regional.

    b) Copia de la carta presentada a Carabineros de Chile, en donde se solicite el apoyo policialpara el trfico peatonal y automovilstico, en las vas adyacentes al ingreso a la playa, con surespectiva respuesta positiva.

    c) Copia del Plan de Seguridad firmado por un Experto en Prevencin de Riesgos, acreditadopor el Servicio de Salud, el cual deber ceirse al formato que se adjunta ms adelante.

    d) Copia del contrato celebrado con la Empresa de Seguridad (autorizada por la Capitana de

    Puerto o Carabineros de Chile), que prestar servicios de vigilancia y seguridad durante elevento.e) Copia de un Convenio de Asistencia Mdica.f) Copia de la carta enviada a la Ilustre Municipalidad de La Serena o Coquimbo, segn

    corresponda, donde solicita pronunciamiento del Sr. Alcalde para el desarrollo del evento ysu respectiva respuesta.

    g) Detalle de los metros cuadrados de playa a utilizar y la forma en que se delimitar estasuperficie.

    h) Datos completos de la Entidad organizadora y su representante, el que asumir laresponsabilidad del evento.

    i) Nombre completo, telfono, direccin y correo electrnico de la persona que ser el nexo

    entre la Autoridad Martima y la Entidad Organizadora.

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    APNDICE 1 AL ANEXO H

    FORMATO PLAN DE SEGURIDAD

    El Plan de Seguridad deber confeccionarse de acuerdo al siguiente formato:

    I.- Antecedentes de la Entidad Organizadora o Productora de Eventos:

    a) Nombre o Razn Social.b) RUT.c) Direccin.d) Telfono.e) Fax.f) Nombre del Representante Legal.g) RUT.h) Direccin.i) Telfono.

    j) Fax.

    II.- Lugar del Desarrollo del evento:

    a) Nombre o Razn Social (instalacin portuaria, sector playa o terreno de playa).

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    b) RUT.c) Direccin.d) Telfono.e) Fax.f) Lugar especfico.g) Tipo de cerco perimetral del lugar (barreras humanas y/o fsicas).h) Iluminacin, cantidad y ubicacin sealtica de precaucin.

    III.- Funcionamiento:

    a) Fecha y Hora de inicio.b) Fecha y Hora de trmino.

    IV.- Personal de Seguridad:

    a) Cantidad y distribucin del personal de seguridad.b) Turnos que se cubrirn.c) Uniforme.

    d) Equipamiento (bastones, linterna, telfono, celular, equipos de comunicaciones,otros).

    e) Credencial que se portar e identificar.f) Listado con nombres, RUT y nmero de autorizacin de los guardias.

    V.- Equipos de incendios:

    Ubicacin, cantidad y tipo.

    VI.- Primeros auxilios:

    a) Ubicacin de la posta de primeros auxilios y equipamiento.b) Ubicacin de la ambulancia (interna o externa si corresponde).c) Listado con nombres, RUT y nmero de autorizacin (Servicio Salud) del Personal

    Paramdico.

    VII.- Sealtica:

    Tipo y cantidad de sealtica de trnsito y seguridad.

    VIII.- Puertas y vas de evacuacin, sistema de alarmas:

    Cantidad, ubicacin, sealizacin de los accesos y salidas para evacuacin deemergencia. Tipo y sistemas de alarmas para evacuacin en caso de emergencia.

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    IX.- reas sensibles:

    Ubicacin y sealtica de vas de evacuacin y de precaucin, depsitos decombustible, gas, grupo electrgeno, postes de alumbrado alternativo.

    X.- Manejo de dinero y/o valores:

    Informacin sobre el manejo de dinero y valores.

    XI.- Antecedentes de la Empresa de valores en caso corresponda:

    a) Nombre o Razn Social.b) RUT.c) Direccin.d) Telfono.e) Fax.

    XII.- Seguridad del permetro de las reas:

    Tipo y cantidad de barreras mixtas compuestas por contenedores, rejas, guardias eiluminacin.

    XIII.- Elementos Nuticos de Seguridad: (si corresponde)

    Tipo y cantidad de salvavidas circulares con sus respectivos cabos de vida (30 mts.),instalados en el borde costero.

    XIV.- Embarcacin de Rescate: (si corresponde)

    Tipo de embarcacin, matrcula de la tripulacin.

    XV.- Energa Elctrica:

    Tipo, cantidad y capacidad de generadores.

    XVI.- Entradas, ticket y credenciales:

    a) Forma de venta y uso de entradas y ticket.b) Anexar copia de entrada.

    XVII- Comunicaciones:

    Tipo, cantidad y frecuencia de los equipos de radio.

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    XVIII.- Telfonos de enlace:

    a) Representante Legal de la Productora.b) Jefe de Seguridad Productora.c) Coordinador de Operaciones Productora.d) Capitn de Puerto respectivo.e) Jefe de Operaciones de la Capitana de Puerto respectiva.f) Oficial de Servicio de la Capitana de Puerto respectivo.g) Comisario Carabineros de Servicio.h) Oficial de Proteccin de la Instalacin Portuaria respectiva.i) Cuerpo de Bomberos.

    j) Hospital ms cercanok) Asistencia Pblica.

    XIX. Planos:

    a) Rutas de Accesos.b) Controles de Accesos.c) Salidas de emergencia.d) Extintores.e) Servicios Higinicos.f) Instalacin de Baos Qumicos.g) Posta de Primeros Auxilios.h) Ambulancias.i) Barreras.

    XX.- Estacionamientos:

    a) Grupos electrgenos.b) Iluminacin.c) Equipamiento de salvavidas circulares. (si corresponde).d) Embarcacin. (si corresponde).e) Salidas de Emergencia.f) Ubicacin de Escenario.g) Ubicacin de barras de expendio de productos.h) Disposicin de guardias.i) Otros datos importantes de graficar.

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    FIRMA FIRMANOMBRE NOMBRERUT RUTREPRESENTANTE DE LA ENTIDAD REPRESENTANTE EMPRESA SEGURIDADORGANIZADORA O PRODUCTORA

    NOMBREGRADOCAPITN DE PUERTO

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    APNDICE 2 AL ANEXO H

    CONSIDERACIONES PARA ELABORACIN DEL PLAN DE SEGURIDAD

    I.- De los elementos contra incendio:

    Se deber dotar a las instalaciones con extintores, conforme lo establece el Decreto N594 (Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Bsicas en los Lugares deTrabajo), lo que quedar establecido en el Plan de Seguridad.

    II- Del manejo de dineros y valores:

    Ser considerado como rea de riesgo el lugar donde se custodie dinero o valores, por loque ser aislado y custodiado por Guardias. De contratarse una empresa de seguridad devalores, deber considerar el permiso de ingreso con armamento, cuando se trate derecinto portuario, otorgado por la Capitana de Puerto.

    III.- De la seguridad del permetro de las reas:

    Las reas entregadas para el evento podrn sectorizarse con barreras mixtascompuestas por contenedores, rejas, guardias e iluminacin.

    IV.- De las alarmas:

    Se debe contar con un sistema de alarma con megfonos a cargo de los guardiasubicados en las puertas generales y de evacuacin, cuyo propsito ser orientar y dirigiral pblico en caso sea necesario realizar una evacuacin.

    V.- De los elementos nuticos:

    En caso de ser reas inmediatas al borde costero, se debe instalar salvavidas circularescada 50 metros con sus respectivos cabos de vida (30 metros), certificados por la DGTMy MM. Asimismo, se debe disponer de una embarcacin para el rea del borde costero oen su defecto, tener hechas las coordinaciones pertinentes.

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    A N E X O I

    ASIGNACIN DE SECTORES Y OBJETOS PARA DESARROLLO DE PROYECTOSCOMUNA LA SERENA

    VRTICE ALTURA OBJETO PLAYA

    --- AL SUR ARCADA FARO MONUMENTAL FERIA ARTESANAL EL FARO

    A FRENTE HOTEL MAR ENSUEO BICICLETAS -PATINES EL FARO

    B FRENTE RESTAURANT POROTAS MDULO EL FARO

    C ALT. CABAAS AAUCAS JUEGOS INFANTILES EL FARO

    D HOTEL CLUB LA SERENA JUEGOS INFANTILES LOS FUERTES

    E ALT. CABAAS BAHA DRAKE MDULO MANSA

    F FRENTE CALLE LOS NSPEROS MDULO MANSA

    G ENTRE ALT. 1.700 Y EDIF. DON ESTANISLAO BICICLETAS - PATINES MANSA

    H FRENTE EDIF. DON ESTANISLAO MDULO MANSA

    I FRENTE A RESORT AQUAMAR MDULO MANSA

    J AL NORTE DE EDIF. EL ALMENDRAL MDULO MANSAK FRENTE HOTEL LES MOUETTES BICICLETAS - PATINES BLANCA

    L FRENTE HOTEL LES MOUETTES MDULO BLANCA

    M FRENTE EDIF. OCEANIC N 2.846 JUEGOS INFANTIELS LA BARCA

    N FRENTE EDIF. PIEDRA ROJA N 3.100 MDULO LA BARCA

    FRENTE AL N 3.360 MDULO 4 ESQUINAS

    O FRENTE AL N 3.360 JUEGOS INFANTILES 4 ESQUINAS

    --- FRENTE CUATRO ESQUINAS ZONA EVENTOS MUNICIPALES 4 ESQUINAS

    (?) ALT. N 3.718 I.M. LA SERENA 4 ESQUINAS

    P FRENTE EDIF. VALLE ELQUI ALT. N 3.900 MDULO LA MARINA

    Q ALT. N 3.950 JUEGOS INFANTILES LA MARINA

    (?) FRENTE EDIFICIO ARANJUEZ I.M. LA SERENA EL PESCADOR

    R AL NORTE HOTEL CAMPANARIO DEL MAR BICICLETAS - PATINES EL CORSARIO

    S FRENTE EDIF. TORRES ALCAHUAZ N 4.640 MDULO EL CORSARIO

    T FRENTE EDIF. AGUA GRANDE N 4.789 MASAJES HIPOCAMPO

    U FRENTE EDIF. LAS GREDAS N 5.000 BICICLETAS - PATINES HIPOCAMPO

    V FRENTE EDIF. LAS GREDAS N 5.000 MDULO HIPOCAMPO

    W FRENTE N 5.300 BICICLETAS - PATINES LAS GAVIOTAS

    X ALT. N 5.714 DEPORTES NUTICOS LAS GAVIOTAS

    Y ALT. N 5.730 DEPORTES NUTICOS CANTO DEL AGUA

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    ASIGNACIN DE SECTORES PARA DESARROLLO DE PROYECTOS COMUNA DECOQUIMBO (AV. COSTANERA)

    VRTICE ALTURA OBJETO PLAYA

    A COSTADO NORTE PLAYA PARASO MASAJES PEUELAS

    B COSTADO SUR PLAYA PARASO MDULO PEUELAS

    C COSTADO SUR OXGENO MDULO PEUELAS

    D COSTADO NORTE DELEGACIN MUNICIPAL MDULO PEUELAS

    E COSTADO SUR DELEGACIN MUNICIPAL MDULO PEUELAS

    F COSTADO NORTE ENJOY BICICLETAS - PATINES PEUELAS

    G COSTADO SUR ENJOY BICICLETAS - PATINES PEUELAS

    H FRENTE A CALLE NUEVA 10 DEPORTES NUTICOS PEUELAS

    I FRENTE SOLE DI MARE DEPORTES NUTICOS PEUELAS

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    ASIGNACIN DE SECTORES PARA DESARROLLO DE PROYECTOS COMUNA DECOQUIMBO BA. GUAYACN (PLAYA LA HERRADURA)

    VRTICE ALTURA OBJETO PLAYA

    A FRENTE EDIFICIO COSTA MAR ACTIVIDADES NUTICAS LA HERRADURA

    B FRENTE EDIFICIO COSTA MAR MDULO LA HERRADURA

    C FRENTE EDIFICIO CANCN MDULO LA HERRADURA

    D FRENTE CONDOMINIO DEPORTES NUTICOS LA HERRADURA

    E FRENTE INMOBILIARIA ECASA MDULO LA HERRADURA

    F COSTADO NORTE CALLE EL SAUCE MDULO LA HERRADURA

    G FRENTE EX - LIDO JUEGOS INFANTILES LA HERRADURA

    --- PASARELA MINUSVLIDOS MASAJES - BAOS LA HERRADURA

    H FRENTE ESTACIONAMIENTO DEPORTES NUTICOS LA HERRADURA

    I COSTADO SUR REMANSO MASAJES LA HERRADURA

    J FRENTE EDIFICIO COSTA AZUL MDULO LA HERRADURA

    K FRENTE PASO PEATONAL DEPORTES NUTICOS LA HERRADURA

    L FRENTE CLUB DE CAMPO NAVAL JUEGOS INFANTILES LA HERRADURA

    M VRTICE SUR CLUB DE CAMPO NAVAL MDULO LA HERRADURA

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    ASIGNACIN SECTORES PARA DESARROLLO DE PROYECTOS COMUNA DECOQUIMBO PLAYA CHICA LA HERRADURA

    VRTICE ALTURA OBJETO PLAYA

    A FRENTE SECTOR PRIVADO DEPORTES NUTICOS LA HERRADURA (Chica)

    B FRENTE ACCESO VEHICULAR MDULO LA HERRADURA (Chica)

    C TRMINO ACCESO VEHICULAR DEPORTES NUTICOS LA HERRADURA (Chica)

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    LISTA DE CHEQUEO PROYECTOS PERIODO ESTIVAL

    KIOSKOS

    ANTECEDENTES SI NO N/C

    PROCOQ(PROSER PROHIG)NOMBRE COMPLETORUT. (RUN.)NACIONALIDADPROFESINESTADO CIVILDOMICILIONMERO TELEFNICO

    CORREO ELECTRNICOCROQUIS DEL SECTOR SOLICITADOCROQUIS DEL MDULO CON ESPECIFICACIONES TCNICAS APROBADAS PORLA D.O.M. RESPECTIVAMETROS A UTILIZAR (M2)SI ES GRATUITO, DOCUMENTOS QUE ACREDITEN CONDICINFOTOCOPIA CDULA DE IDENTIDADIDENTIFICACIN DE LA IDEA Y MONTO APROXIMADO DE INVERSINCARTA ACEPTACIN BASES (ANEXO B)DECLARACIN NOTARIAL INDIQUE VIGENCIA SOCIEDAD Y REPRESENTANTELEGAL (NO SUPERIOR A SEIS MESES)FOTOCOPIA CARN REPRESENTANTE LEGAL

    FOTOCOPIA RUT SOCIEDADCARTA NOTARIAL ACEPTANDO LAS OBLIGACIONES Y SECTOR (SLO LOSACEPTADOS) (ANEXO C)

    GARANTA BANCARIA POR $ 300.000 (CON VENCIMIENTO 30 MAYO AOSIGUIENTE)(SLO LOS ACEPTADOS) (ANEXO C)

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    LISTA DE CHEQUEO JUEGOS INFANTILES RODADOS DEPORTES EXTREMOS

    ANTECEDENTES SI NO N/C

    PROCOQ(PROSER - PROHIG)NOMBRE COMPLETORUT. (RUN.)NACIONALIDADPROFESINESTADO CIVILDOMICILIONMERO TELEFNICOCORREO ELECTRNICOCROQUIS DEL SECTOR SOLICITADO

    CROQUIS TERRAZA CON ESPECIFICACIONES TCNICAS APROBADAS POR LAD.O.M. RESPECTIVAMETROS A UTILIZAR (M2)SI ES GRATUITO, DOCUMENTOS QUE ACREDITEN CONDICINFOTOCOPIA CDULA DE IDENTIDADIDENTIFICACIN DE LA IDEA Y MONTO APROXIMADO DE INVERSINCARTA ACEPTACIN BASES (ANEXO B)DECLARACIN NOTARIAL INDIQUE VIGENCIA SOCIEDAD Y REPRESENTANTELEGALFOTOCOPIA CARN REPRESENTANTE LEGALFOTOCOPIA RUT SOCIEDADCARTA NOTARIAL ACEPTANDO LAS OBLIGACIONES Y SECTOR (SLO LOS

    ACEPTADOS) (ANEXO C)CONVENIO ASISTENCIA PRIMARIA(SLO LOS ACEPTADOS)CONTRATO DE SEGUROS DE ACCIDENTES CONTRA TERCEROS (VIGEN