131. zenbakia 18 de diciembre de 2019ko abenduak 18 · 2019-12-17 · 131. zenbakia 18 de diciembre...
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131. zenbakia 18 de diciembre de 2019ko abenduak 18
Kofradietako urteko salmenten aurrerapena /
Avance de Ventas en las Cofradías Vascas
pág. 2 Itsasoko lan baldintzen hitzarmena / Conve-nio sobre condiciones de trabajo en la pesca
pág. 6
Alturako arrain-salmenten aurrepena / Avance de ventas de altura al fresco
pág. 3
Itsasoko lan merkatuak behera egin du / La afiliación del mar ha bajado
pág. 13
Kofradietako Enkanteen Laburpena / Resumen de Subastas en Cofradías
pág. 4 Berriak / Noticias pág. 14
Pág 2
131. zenbakia
Avance de Ventas de Pescado en las Cofradías de la Pesca de Euskadi
A las puertas del cierre del año pesquero, según el registro oficial de 10/12/2019, el saldo provisional de las primeras ven-
tas de pescado es de 74,1 millones de euros y más de 39.000 toneladas de pescado comercializado. Dichos datos (a falta
de algunas jornadas de faena para el cierre de año) muestran un descenso del 27% en el volumen de pescado manejado
en las cofradías vascas y del 11% en la cifra de negocio.
Este año, las peor paradas han salido las siguientes especies:
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Bonito delnorte
Anchoa Verdel yestornino
Sardina Merluza Chicharro Atun rojo
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Bonito delnorte
Anchoa Verdel yestornino
Sardina Merluza Chicharro Atun rojo
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Bonito del norte: Por segundo año consecutivo, se ha adelantado el cierre precautorio de la pesquería del boni-
to a la mitad del mes de agosto. Las cofradías vascas han comercializado 500 toneladas me-
nos (casi 8.000 toneladas este año) que en el ejercicio anterior y su recaudación ha descendi-
do en 2,4 millones de euros (han acumulado unas ventas de 27,9 millones euros).
Anchoa: Se han comercializado casi 2.000 toneladas menos de anchoa (13.175 toneladas en total) que
el año pasado, descendiendo sus ventas un 12% hasta los 17 millones de euros (2,4 millones
euros menos que en 2018).
Sardina: Con casi 3.000 toneladas (5.300 tn menos que el año anterior), contabiliza unas ventas valora-das en 2,7 millones de euros, 3,4 millones de euros menos que en el ejercicio anterior.
Tabla 1. Principales especies de pescado comercializadas en las Cofradías de Euskadi.
-6%
-13%
-40%
-65%
-8%
-12%
-55%
+1%
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Avance de Ventas de Altura al Fresco Vasco en Euskadi
El balance de la flota vasca de altura al fresco que vende su pescado en puertos de Euskadi es similar al del año pasado.
Con cerca de 9.200 toneladas comercializadas en los puertos vascos, su recaudación hasta la fecha es de 51 millones de
euros, un 7% menor de lo recaudado a cierre de 2018.
Merluza: El principal motivo de bajada de la recaudación es la merluza, que este año ha contabilizado
un 12% menos que en 2018 (casi 300 toneladas menos y una pérdida de 20 céntimos en su
cotización). También ha empeorado el registro de la bacaladilla (230 toneladas y 0,3 millones
de euros menos).
Rape, gallo y pulpo Por su parte, el rape, el gallo y el pulpo han mostrado una evolución positiva en cuanto a su
valor de ventas en los puertos vascos.
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Merluza Rape Gallo Bacaladilla Pulpo Lubina
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Merluza Rape Gallo Bacaladilla Pulpo Lubina
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2018 2019
Tabla 2. Principales especies capturadas por la flota vasca de altura al fresco y comercializadas en los puertos Euskadi.
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+43%
-7%
-21%
-12%
+2% +20%
-32%
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Kofradietako Enkanteen Laburpena / Resumen de Subastas en Cofradías
*Legatz / Merluza* Legatza, tarteko legatza eta merlenka barne-hartzen du. / Incluye la merluza, mediana y pescadilla.
Nota: Estas notas de primera venta son las que figuran en el Registro Oficial a fecha de 10 de diciembre de 2019.
Fuente: Notas de primera venta de productos pesqueros. Elaboración propia.
Azarora arte pilatutakoak /
Acumulados hasta noviembre
(2019 behin-behineko datuak / provisionales)
ESPEZIEAK / ESPECIES Bolumena (tn) / Volumen (tn)
2017 2018 2019
Hegaluzea / Bonito del norte 6.321,63 8.448,04 7.940,96
Bokarta / Anchoa 16.753,81 15.112,12 13.175,66
Berdela eta betaundia / Verdel-Caballa y Estornino 13.002,89 16.294,25 10.053,95
Legatza / Merluza* 812,56 788,23 591,06
Sardina 6.997,56 7.858,94 2.709,81
Txitxarroa / Chicharro 2.680,30 1.427,49 1.907,07
Hegalaburra / Cimarrón o Atún 787,16 147,79 135,95
Beste batzuk / Resto 3.331,58 2.270,31 2.217,22
Arrantza Guztira / Total pesca 50.687,49 52.347,17 38.731,68
ESPEZIEAK / ESPECIES Balioa (mila €) / Valor (mil €)
2017 2018 2019
Hegaluzea / Bonito del norte 25.081,77 30.281,97 27.844,77
Bokarta / Anchoa 27.058,83 19.427,26 17.030,48
Berdela eta betaundia / Verdel-Caballa y Estornino 11.640,92 12.475,30 12.795,67
Legatza / Merluza* 3.315,83 3.363,91 2.583,63
Sardina 5.363,79 5.799,32 2.541,40
Txitxarroa / Chicharro 2.566,80 1.586,12 1.710,68
Hegalaburra / Cimarrón o Atún 4.712,06 1.116,12 1.117,39
Beste batzuk / Resto 9.585,34 7.499,53 7.873,97
Arrantza Guztira / Total pesca 89.325,35 81.549,53 73.498,00
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Kofradietako Enkanteen Laburpena / Resumen de Subastas en Cofradías
ESPEZIEAK / ESPECIES 1. salmenta prezioa / Precio 1ª venta (€/Kg)*
2017 2018 2019
Hegaluzea / Bonito del norte 3,97 3,58 3,51
Bokarta / Anchoa 1,62 1,29 1,29
Berdela eta betaundia / Verdel-Caballa y Estornino 0,90 0,77 1,27
Legatza / Merluza* 4,08 4,27 4,37
Sardina 0,77 0,74 0,94
Txitxarroa / Chicharro 0,96 1,11 0,90
Hegalaburra / Cimarrón o Atún 5,99 7,55 8,22
Urtarrila-azaroa tarteko prezio haztatuak / precios ponderados de enero-noviembre
*Legatz / Merluza* Legatza, tarteko legatza eta merlenka barne-hartzen du. / Incluye la merluza, mediana y pescadilla.
Nota: Estas notas de primera venta son las que figuran en el Registro Oficial a fecha de 10 de diciembre de 2019.
Fuente: Notas de primera venta de productos pesqueros. Elaboración propia.
Urte amaieraren atarian, kofradietako arrain-salmenten erregistroek iragartzen dute aurtengo errekau-dazioa zertxobait jaitsi egin dela. Las ventas acumuladas hasta el pasado mes de noviembre son un 10% inferiores que las del año anterior (13.600 tonela-das y 8 millones de euros de ventas menos que en el mismo periodo del 2018). Las especies que han registrado mayores descensos han sido la sardina, el bonito y la anchoa. El grupo del verdel y el estornino también ha sufrido una importante bajada en sus descargas, sin embargo, el incremento
en su cotización ha hecho aumentar ligeramente sus ventas respecto de 2018. El precio de la sardina también se ha visto
incrementada (20 céntimos más que en 2018) a consecuencia de que este año ha habido menos sardina comparando con
los años previos.
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Convenio sobre el trabajo en la pesca
A finales de 2017 entró en vigor el Convenio 188, después de que diez estados miembros de la Organización Interna-
cional de Trabajadores (OIT) lo ratificaran. Este Convenio es válido para cualquier tipo de pesca comercial y establece
unas normas mínimas que protegen los aspectos del trabajo del personal del sector de la pesca.
Los trabajadores y las trabajadoras de la pesca se encuentran frecuentemente desafíos respecto a condiciones de tra-
bajo decentes; son motivo de preocupación especialmente el trabajo forzoso, la trata de personas y la explotación de los
trabajadores migrantes en la pesca a nivel mundial.
En líneas generales, este Convenio establece unas normas internacionales para el ámbito de:
Seguridad y salud a bordo de los barcos pesqueros
Asistencia médica en el mar y en tierra
Periodos de descanso
Prácticas de empleo, seguro y responsabilidad
En este documento se presenta un resumen de las líneas
fundamentales abordadas en este Convenio.
Convenio sobre condiciones de trabajo en la pesca
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Convenio sobre el trabajo en la pesca
Edad mínima
Se establece una edad mínima de dieciséis años para trabajar a bordo de un buque, siempre que la persona joven no esté sujeta a la escolaridad obligatoria a tiempo completo.
Se podrá autorizar una edad mínima de quince años para aquellas personas que no se encuentren sujetas a la escolaridad obligatoria y que participen en una formación profesional en materia de pesca.
La contratación de personal de pesca menor de dieciocho años para realizar trabajo nocturno estará prohibida, entendien-do como “nocturno” un periodo de al menos nueve horas contado a más tardar desde medianoche y que no podrá termi-nar antes de las cinco de la madrugada. No obstante, se podrán autorizar excepciones al cumplimiento estricto de esta restricción.
Examen médico
Toda persona que trabaje a bordo de un buque pesquero tendrá que disponer de un certificado médico válido que acre-
dite su aptitud para el desempeño de tareas, aunque se podrán autorizar excepciones en estos casos:
cuando los buques pesqueros no tengan más de veinticuatro metros de eslora
la tripulación no permanezca habitualmente más de tres días en el mar
Convenio sobre condiciones de trabajo en la pesca
Requisitos mínimos para trabajar a bordo de buques pesqueros
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Convenio sobre el trabajo en la pesca
Los propietarios y propietarias de los buques tendrán la obligación de contar con una dotación suficiente para garantizar
que la navegación y las operaciones se efectúan en condiciones de seguridad bajo el control de un/a capitán/a o patrón/a
competente.
Además, los buques de más de 24 metros deberán disponer de un nivel mínimo de dotación para la navegación segura.
Horas de trabajo y horas de descanso
El número máximo de horas de trabajo no excederá de:
- catorce horas por cada periodo de veinticuatro horas
- setenta y dos horas por cada periodo de siete días
El número mínimo de horas de descanso no deberá ser inferior:
- diez horas por cada periodo de veinticuatro horas
- setenta y siete horas por cada periodo de siete días
Las horas de descanso se podrán dividir en dos periodos como máximo, siendo uno de ellos de al menos seis ho-
ras, y el intervalo entre dos periodos consecutivos de descanso no excederá de catorce horas.
Lista de tripulantes
Los buques pesqueros llevarán una lista de tripulantes, de la que una copia deberá entregarse en tierra antes de que
zarpe el buque o comunicarse a tierra inmediatamente después.
Convenio sobre condiciones de trabajo en la pesca
Condiciones de servicio
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Convenio sobre el trabajo en la pesca
Acuerdo de trabajo del pescador
El personal de pesca estará protegido por un acuerdo de trabajo que le resulte comprensible y que sea conforme a las
disposiciones de este Convenio; asimismo se le entregará una copia.
Este acuerdo de trabajo estará en el buque a disposición del personal de pesca y de las partes que lo soliciten
Repatriación
Los trabajadores y trabajadoras del mar tendrán derecho a la repatriación cuando su contrato de trabajo haya vencido o
haya sido denunciado por causas justificadas por una de las partes del acuerdo o cuando se vea incapacitado para reali-
zar las tareas requeridas en virtud del acuerdo de trabajo.
El coste de la repatriación irá a cargo de la persona propietaria del buque, salvo cuando el personal de pesca haya incum-
plido gravemente las obligaciones derivadas de su contrato de trabajo.
Alimentación y alojamiento
El alojamiento en el barco deberá ser de tamaño y calidad suficientes, así
como estar equipado de manera apropiada para el servicio del buque y la
duración del periodo en que los trabajadores y trabajadoras del mar deban
vivir a bordo.
Asimismo, la persona propietaria del buque de pesca proporcionará alimen-
tos y agua sin coste alguno para el trabajador o trabajadora, aunque los cos-
tes podrán recuperarse como costes de explotación cuando esté estipulado
en un convenio colectivo que rija el sistema de remuneración a la parte o
cuando figure en un acuerdo de trabajo del trabajador del mar.
Convenio sobre condiciones de trabajo en la pesca
Seguridad y salud en el trabajo
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Convenio sobre el trabajo en la pesca
En relación con este tema, el personal de pesca tendrá:
Derecho a recibir tratamiento médico en tierra y a ser desembarcado cuanto antes en caso de lesiones o enferme-
dades graves.
Recibir de la persona propietaria del buque protección de su salud y atención médica mientras esté a bordo o ha-
ya desembarcado en un puerto fuera del país responsable de su protección de seguridad social.
En caso de lesión o enfermedad relacionadas con el trabajo, acceso a atención médica adecuada.
La atención médica se facilitará gratuitamente al personal de pesca; además, la persona propietaria del buque
pesquero se hará cargo de los gastos de asistencia médica hasta que el trabajador del mar haya sido repatria-
do.
La responsabilidad financiera que incumbe a la persona propietaria del buque de pesca podrá garantizarse a través de
una de las siguientes opciones:
Un régimen de responsabilidad de la persona propietaria del buque
Un seguro obligatorio de indemnización de los trabajadores
Convenio sobre condiciones de trabajo en la pesca
Protección de la salud y atención médica, protección en caso de enfermedad, lesión o
muerte relacionadas con el trabajo
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Convenio sobre el trabajo en la pesca
Los Estados miembros adoptarán leyes u otras medidas en relación con los siguientes temas:
Prevención de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y riesgos relacionados con el trabajo a bordo
de buques de pesca
Formación de personal de pesca para la manipulación de los tipos de arte que utilizarán y conocimiento de las
operaciones de pesca
Obligaciones de las personas propietarias de buques pesqueros
Notificación e investigación de loa accidentes ocurridos a bordo de los buques pesqueros
Creación de comités conjuntos de seguridad y salud en el trabajo
Los requisitos que se enumeran a continuación se aplicarán a todos los buques pesqueros teniendo en cuenta el nú-
mero de trabajadores y trabajadoras a bordo, la zona de operaciones y la duración del viaje.
Las personas propietarias de los buques pesqueros deberán establecer procedimientos para la prevención de
accidentes de trabajo así como de lesiones y enfermedades profesionales.
Se proporcionará a las personas propietarias de los buques orientaciones, materiales de formación y otros recur-
sos de información suficientes y adecuados sobre el modo de evaluar y gestionar los riesgos para la seguridad y
salud a bordo de los buques pesqueros.
Convenio sobre condiciones de trabajo en la pesca
Seguridad y salud en el trabajo y prevención de accidentes laborales
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Convenio sobre el trabajo en la pesca
Respecto a este tema, las personas propietarias de los buques pesqueros tendrán que velar por los siguientes concep-
tos:
El personal del mar tendrá que tener a bordo la ropa y los equipos individuales de protección adecuados
Se deberá impartir a todos los trabajadores y trabajadoras a bordo formación básica en cuestiones de seguridad
Los trabajadores y trabajadoras deberán estar familiarizados con los equipos y con su utilización, incluidas las
medidas de seguridad oportunas
La evaluación de riesgos en relación con la pesca se deberá llevar a cabo con la participación de personal de pesca o
de representantes.
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Nota: El Régimen Especial del Mar contempla, además de los tripulantes de la flota vasca, otros trabajadores y trabajadoras que realizan actividades varias ligadas al sector
de la pesca (i.e. Marina mercante, estibadores portuarios, servicio auxiliar sanitario y de fonda y de cocina a bordo, personal de cofradías y federaciones, prácticos de puerto,
etc).
Itsasoko afiliazioa azaroaren amaieran joan den urteko azaroakoa
baino ia puntu bat baxuagoa da; guztira 3.637 pertsonek dihardute
itsas erregimenean.
Gráfico. Registro del Régimen Especial del Mar de la Seguridad Social en Euskadi. Periodo 2011-2019.
El registro de la afiliación especial del mar desciende en 500 personas
a lo largo del último mes, hasta las 3.637 personas registradas el últi-
mo día de noviembre, es decir, cerca de un punto menos que a cierre
de noviembre del año pasado.
Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Elaboración propia.
Lan merkatua / Mercado de trabajo
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Berriak / Noticias
El sector arrantzale, pendientes de las cuotas de pes-
ca del 2020. Los ministros y ministras de Pesca de la
Unión Europea negociarán los días 16 y 17 de este di-
ciembre las cuotas de pesca de 2020. Según las pro-
puestas realizadas por las expertas y expertos, la Comi-
sión Europea quiere reducir las capturas un 20% en el
caso de la merluza de aguas ibéricas y un 42% en el ca-
so del jurel del Cantábrico y el lenguado. Durante estos
dos días en los que se fijarán los Totales Admisibles de
Capturas (TAC) en el océano Atlántico y el mar del Norte
en 2020, la delegación española centrará sus esfuerzos
en conseguir que los recortes previstos por Bruselas para
merluza y jurel sean menores.
En el caso de la merluza intentarán conseguir
que la disminución se limite al 3%, el "mejor esce-
nario" posible porque es más alto de los que man-
tienen al 'stock' dentro del rendimiento máximo
sostenible (RMS).
Sobre el jurel del Cantábrico, el Gobierno espa-
ñol considera que "hay margen" para un recorte
"menos drástico" de sus capturas que el 42% y
con respecto al jurel pescado al sur de Finisterre y
en el golfo de Cádiz, España considera que es un
error la propuesta de la Comisión de bajar sus
capturas un 50% porque la recomendación cientí-
fica apunta incluso a una subida.
Por otro lado, el Ejecutivo comunitario quiere re-
cortar las capturas de rape en aguas ibéricas un
3%, aunque se ven compensadas por incremen-
tos de este stock en el Golfo de Bizkaia (+8%) y
en el Gran Sol (+7%).
Además, prevé incrementos en las posibilidades
de pesca de gallos, tanto en el Cantábrico, la
costa portuguesa y el Golfo de Cádiz (+12%) co-
mo en el Golfo de Bizkaia (+8%). (Acceder)
Desciende la población de anchoa menor de un año a
un ritmo vertiginoso. La población de anchoas menores
de un año que habitan en estos momentos en las aguas
del Golfo de Bizkaia se sitúa en unas 114.000 toneladas,
una cantidad inferior a la media histórica, pero que se
mantiene en «niveles saludables», según la campaña
científica JUVENA 2019, el estudio de seguimiento anual
de biomasa de juveniles de anchoa realizado por el cen-
tro tecnológico vasco AZTI. Hay que partir que el pasado
año se establecía que unas 490.000 toneladas de an-
choas menores de un año habitan en las aguas del Golfo
de Bizkaia. Esta cantidad era superior a la media históri-
ca, pero inferior a la del 2017, en el que Juvena estimó
una biomasa de 725.000 toneladas, la más elevada de la
serie iniciada en 2003, superando ligeramente los niveles
del año 2014. Hay que tener en cuenta que en 2016 la
población de anchoa juvenil en el Golfo de Bizkaia ascen-
día a unas 371.000 toneladas, mientras que por los datos
obtenidos este año ha bajado a más de la mitad. Pese a
ello, las científicas y científicos señalan que “la cifra obte-
nida es inferior a la media histórica de JUVENA, que
arrancó en la década de los ochenta. A pesar de este
descenso, la abundancia de anchoa se encuentra en ni-
veles saludables y no se detecta un escenario de riesgo
para la campaña de pesca de 2020, puesto que a las
estimaciones de juveniles hay que sumarle los supervi-
vientes de la población adulta en 2019, cuando alcanzó
su máximo histórico”. (Acceder)
NEKAZARITZA, ARRANTZA ETA ELIKAGAI POLITIKAKO SAILBURUORDETZAREN ESTATISTIKA ORGANOA
ÓRGANO DE ESTADÍSTICA DE LA VICECONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y POLÍTICA ALIMENTARIA