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  • CONSEJERA DE EDUCACIN, CULTURA Y DEPORTE Direccin General de Participacin y Equidad

    INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIN GENERAL DE PARTICIPACIN Y EQUIDAD SOBRE ELPROGRAMA DE GRATUIDAD DE LOS LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO ESCOLAR 2014-2015

    El Decreto 66/2005, de 8 de marzo, de ampliacin y adaptacin de medidas de apoyo a las familias andaluzas,estableci la gratuidad de los libros de texto, disponiendo que los mismos sern propiedad de la Administracineducativa y permanecern, una vez concluido el curso escolar, en el centro docente donde el alumnado hayacursado las enseanzas, de forma que puedan ser utilizados por otros alumnos o alumnas en aos acadmicossucesivos.

    Para el desarrollo del Programa de Gratuidad de Libros de Texto se dict la Orden de 27 de abril de 2005, quesirvi de base para su implantacin en Andaluca. Este Programa dio comienzo en el cuso escolar 2005-2006 ypas a tener una consideracin jurdica de mayor relevancia al ser elevado a la categora de derecho para las ylos andaluces a travs de dos leyes. En primer lugar, la Ley Orgnica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma delEstatuto de Autonoma para Andaluca, que en el artculo 21.5 garantiza la gratuidad de los libros de texto en laenseanza obligatoria en los centros sostenidos con fondos pblicos. En segundo lugar, la Ley 17/2007, de 10de diciembre, de Educacin de Andaluca, la cual dispone en su artculo 49 que se garantizar la gratuidad delos libros de texto en la enseanza obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos pblicos.

    De otra parte, el Decreto 227/2011, de 5 de julio, regula el depsito, el registro y la supervisin de los libros detexto, as como el procedimiento de seleccin de los mismos por los centros docentes pblicos de Andaluca,actualizando la normativa en esta materia y adaptndola al desarrollo producido en los centros docentesandaluces, incluyendo en el artculo 19.1 que la vigencia mnima de la seleccin de los libros de texto en formatoimpreso ser de cuatro cursos acadmicos. Ello da respaldo a una prrroga del periodo de vigencia de los librosde texto y permite tambin que la misma se adapte a las circunstancias reales de cada curso en concreto.

    Actualmente, la publicacin de la Ley Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidadeducativa (LOMCE), condiciona en gran medida la aplicacin del Programa de Gratuidad de Libros de Textodurante el prximo curso 2014-2015 y sucesivos. As, el calendario de implantacin establecido en la disposicinfinal quinta de la LOMCE comporta dificultades tcnicas para su cumplimiento en lo que afecta, al menos, a losdos prximos cursos escolares, pues an est por desarrollar al completo la normativa estatal de esta nueva Ley,as como, sucesivamente, la normativa autonmica que incidir necesariamente en la concrecin de loscurrculos educativos y en los correspondientes proyectos educativos de los centros. Estas dificultadesintroducen serias incertidumbres sobre mltiples aspectos de la ordenacin educativa que pueden afectar alcontenido de los libros de texto y, consecuentemente, al Programa de Gratuidad en Andaluca.

    Los Reales Decretos 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currculo bsico de la EducacinPrimaria, y 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos especficos de la Formacin ProfesionalBsica de las enseanzas de formacin profesional del sistema educativo, se fundamentan en la modificacindel artculo 6 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin, para definir el currculo como laregulacin de los elementos que determinan los procesos de enseanza y aprendizaje para cada una de lasenseanzas. Asimismo, la disposicin derogatoria nica del Real Decreto 126/2014, establece que, a partir dela total implantacin de las modificaciones indicadas en la disposicin final primera, quedar derogado el RealDecreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseanzas mnimas de la EducacinPrimaria.

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    Este documento incorpora firma electrnica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrnica.FIRMADO POR DIEGO RAMOS SANCHEZ FECHA 28/05/2014

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  • CONSEJERA DE EDUCACIN, CULTURA Y DEPORTE Direccin General de Participacin y Equidad

    En cuanto al calendario de implantacin de lo dispuesto en la Ley Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre, lasmodificaciones introducidas en la ordenacin de las enseanzas de Educacin Primaria se implantarn para loscursos primero, tercero y quinto en el curso escolar 2014-2015, y para los cursos segundo, cuarto y sexto en elcurso escolar 2015-2016. Asimismo, las modificaciones introducidas en la ordenacin de las enseanzas deEducacin Secundaria Obligatoria se implantarn para los cursos primero y tercero en el curso escolar 2015-2016, y para los cursos segundo y cuarto en el curso escolar 2016-2017.

    El mantenimiento del Programa de Gratuidad de Libros de Texto es la concrecin de la garanta establecida en elEstatuto de Autonoma para Andaluca para los niveles de la enseanza obligatoria en los centros sostenidos confondos pblicos, aunque, en todo caso, los libros de texto financiados con fondos pblicos han de adecuarse,necesariamente, a la ordenacin de las enseanzas, a los contenidos curriculares, a la organizacin y a losobjetivos establecidos, de conformidad con la normativa autonmica y con el desarrollo de la normativa bsicaestatal.

    Por ello, dado que an no est desarrollada por completo la normativa estatal, previa al desarrollo de lanormativa autonmica, por la que se establece la ordenacin y las enseanzas correspondientes a las etapas deeducacin obligatoria, y hasta la implantacin de esta nueva ordenacin educativa, procede establecer lanecesaria modulacin en los sistemas de reposicin y renovacin de libros de texto en aquellas etapaseducativas y cursos afectados por la transitoriedad determinada por el calendario de implantacincorrespondiente, adaptando as la aplicacin del Programa de Gratuidad de Libros de Texto para el curso 2014-2015.

    As, en aplicacin del principio de prudencia y siguiendo criterios de optimizacin de los recursos pblicos, estaadaptacin debe concretase para el curso acadmico 2014-2015 en la renovacin completa de los libros de loscursos primero y segundo de Educacin Primaria, y en mantener los actuales libros de los cursos tercero ycuarto de Educacin Primaria, atendiendo las necesidades de reposicin con lo establecido en en estasInstrucciones. En el caso de los libros de los cursos quinto y sexto de Educacin Primaria, se establece lacontinuidad de la prrroga de su vigencia durante el curso 2014-2015, sin dejar de atender, igualmente, lasnecesidades de reposicin de ejemplares.

    Para la etapa de la Educacin Secundaria Obligatoria, se establece el mantenimiento de los libros de los cursosprimero, segundo y tercero, con la necesaria previsin sobre porcentajes de reposicin de ejemplares y lasdotaciones econmicas adicionales para atenderla. En el caso de los libros del cuarto curso, la necesariaadaptacin del Programa de Gratuidad requiere establecer un rgimen transitorio especial durante el curso2014-2015 para su reposicin. As, aunque los ejemplares actualmente en uso tienen prorrogada su vigencia, noes aconsejable proceder en estos momentos a su renovacin completa hasta tanto se implante este curso,conforme al calendario de la Ley Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre. Sin embargo, teniendo en cuenta laprrroga continuada de los libros del cuarto curso de la Educacin Secundaria Obligatoria, y las lgicasnecesidades de reposicin, se establecen las adecuadas medidas para el tratamiento de esta especialcircunstancia, incrementando significativamente el porcentaje de la tasa de reposicin de ejemplares en estecuarto curso de la Educacin Secundaria Obligatoria.

    Por otra parte, este Programa vena siendo cofinanciado mediante convenio anual o acuerdo de la ConferenciaSectorial de Educacin, entre el Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte y la Consejera de Educacin, Culturay Deporte de la Junta de Andaluca. Sin embargo, las aportaciones econmicas del Ministerio han venidodescendiendo durante los dos ltimos aos, y dado que actualmente dicho Ministerio no tiene prevista sucontribucin al mismo, el coste del Programa de Gratuidad de Libros de Texto ser asumido plenamente confondos propios de la Junta de Andaluca.

    Adems del apoyo econmico que supone para las familias, el objetivo del Programa de Gratuidad de Libros deTexto de la Junta de Andaluca es educar al alumnado desde el mbito escolar y familiar en la importancia decuidar el material escolar y valorar la inversin realizada en su educacin, fomentando prcticas de equidad yvalores de corresponsabilidad, solidaridad y desarrollo sostenible, en el cuidado de un bien colectivo como sonlos libros de texto.

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    Este documento incorpora firma electrnica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrnica.FIRMADO POR DIEGO RAMOS SANCHEZ FECHA 28/05/2014

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    Por todo ello, y de acuerdo con lo dispuesto en la disposicin final segunda de la Orden de 27 de abril de 2005,que autoriza a la Direccin General de Participacin y Equidad a dictar cuantas disposiciones resulten necesariaspara el desarrollo y la aplicacin del Programa de Gratuidad, esta Direccin General ha dispuesto las siguientes

    INSTRUCCIONES

    PRIMERA. Alumnado beneficiario del Programa de Gratuidad de Libros de Texto.

    De conformidad con lo establecido en el artculo 2 de la Orden de 27 de abril de 2005, ser beneficiario delPrograma de Gratuidad de Libros de Texto para el curso 2014-2015 todo el alumnado matriculado en los cursosprimero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto de la Educacin Primaria, y primero, segundo, tercero y cuartode la Educacin Secundaria Obligatoria de los centros docentes de Andaluca sostenidos con fondos pblicos.

    Asimismo, ser beneficiario del Programa todo el alumnado con necesidades educativas especiales que estmatriculado en los cursos del perodo de Formacin Bsica de carcter obligatorio a que se refiere el artculo 30del Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que se establece la ordenacin de la atencin educativa a losalumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales.

    SEGUNDA. Definicin y formato del libro de texto.

    De acuerdo con el Decreto 227/2011, de 5 de julio, por el que se regula el depsito, el registro y la supervisinde los libros de texto, as como el procedimiento de seleccin de los mismos por los centros docentes pblicosde Andaluca, se entiende por libro de texto el material curricular destinado a ser utilizado por el alumnado, quedesarrolla de forma completa el currculo establecido en la normativa vigente en la Comunidad Autnoma deAndaluca para el rea, materia, mdulo o mbito que en cada curso, ciclo o etapa educativa corresponda.

    Los libros de texto podrn estar editados en formato impreso o en formato digital y, en ningn caso, contendrnelementos que precisen de licencias de terceros para su uso o acceso a los contenidos que se incluyan.

    Los libros de texto en formato impreso no contendrn apartados destinados al trabajo personal del alumnado queimpliquen su manipulacin, ni espacios expresamente previstos para que en ellos se pueda escribir o dibujar,excepto los destinados a los cursos primero y segundo de la Educacin Primaria.

    El formato de los libros de texto en su edicin digital, se ajustar, en cuanto al uso de software libre en el entornoeducativo, al equipamiento instalado en los centros docentes andaluces, garantizando de esta forma sucompatibilidad con las tecnologas de la informacin de las que se dispone en los mismos.

    Los libros de texto en formato digital distribuidos on line, de acuerdo con el artculo 9 de la Orden de 7 dediciembre de 2011, por la que se regulan determinados aspectos del depsito y el registro de libros de texto de laComunidad Autnoma de Andaluca, debern contener material de apoyo en soporte fsico o material descargableen un ordenador personal que facilite al alumnado el desarrollo de actividades del currculo establecido para elrea, materia, mbito o mdulo correspondiente, que no requiera conexin a redes externas de comunicacin.

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    TERCERA. Descripcin de las actuaciones del Programa de Gratuidad en la Educacin Primaria.

    Las caractersticas de los libros de texto o materiales curriculares que se utilizan en los cursos primero y segundode Educacin Primaria exigen un tratamiento diferenciado en el Programa de Gratuidad, siendo necesaria suadquisicin en cada nuevo curso escolar. Para ello, cada centro recibir una dotacin econmica fija por cadaalumno o alumna de los cursos primero y segundo de la Educacin Primaria. No obstante, en aquellas materiasen las que por el tipo de material utilizado no sea necesaria su renovacin, el centro podr proceder a sureutilizacin para cursos posteriores, como en los dems cursos de la Educacin Primaria. En la renovacin deestos libros de texto de los dos primeros cursos de la etapa en cada curso escolar, los centros se atendrn alperodo de vigencia establecido en el Decreto 227/2011, de 5 de Julio.

    Considerando el calendario de implantacin de la Ley Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre, en los cursos terceroy cuarto de Educacin Primaria se mantendr la seleccin de los actuales libros de texto. Asimismo, en loscursos quinto y sexto de Educacin Primaria se establece el mantenimiento y la continuidad de la prrroga de lavigencia de de los actuales libros de texto durante el curso 2014-2015. En estos cursos -de tercero a sexto- seatendern las necesidades de reposicin de ejemplares con los porcentajes que se establecen en la instruccindecimotercera y con las dotaciones econmicas que se indican.

    A estos efectos, los centros docentes llevarn a cabo las siguientes actuaciones:

    - Preparacin y entrega de los libros de texto que han sido recogidos para su reutilizacin al alumnadomatriculado en los cursos citados, cumplimentando las etiquetas correspondientes con los datos del alumnadoque va a utilizar los libros.

    - Adquisicin para la reposicin de los libros de texto que las Comisiones del Programa de Gratuidad en loscentros hayan considerado que no renen las condiciones necesarias para su uso y aquellos libros que seannecesarios para atender al alumnado repetidor en aquellas materias que lo necesiten, as como los que se hayanextraviado, siempre que no fuera por causas imputables al alumnado, segn las citadas Comisiones.

    - Adquisicin de los libros de texto, incluidos los elaborados en soporte digital, para el alumnado de los cursos ymaterias de los que el centro no disponga de lotes suficientes para la atencin del alumnado matriculado.

    Los centros docentes de Educacin Primaria de nueva creacin, se incorporarn al Programa de Gratuidad,comenzando el periodo de vigencia de los libros de texto en el curso 2014-2015. Estos centros, en coordinacincon sus correspondientes Delegaciones Territoriales, debern adquirir directamente los lotes de libros para loscursos en los que no est prevista la generacin de Cheque-Libros, segn el procedimiento indicado en lainstruccin sexta.

    CUARTA. Descripcin de las actuaciones del Programa de Gratuidad en la Educacin SecundariaObligatoria.

    De manera similar a lo establecido en la instruccin tercera y considerando el calendario de implantacin de laLey Orgnica 8/2013, y hasta la implantacin de la nueva ordenacin educativa, en los cursos primero, segundoy tercero de Educacin Secundaria Obligatoria se mantendr la seleccin de los actuales libros de texto.

    Por la misma razn, en el cuarto curso de Educacin Secundaria Obligatoria se establece el mantenimiento y lacontinuidad de la prrroga de la vigencia de de los actuales libros de texto durante el curso 2014-2015. Sinembargo, teniendo en cuenta las lgicas necesidades de reposicin de libros en este curso a causa de laprolongacin de su vigencia, se determina un rgimen transitorio especial incrementando significativamente el

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    porcentaje de reposicin y las dotaciones econmicas adicionales para atenderla. Por ello, tanto en el cuartocurso de Educacin Secundaria Obligatoria como en el resto de cursos de esta etapa, se atendern lasnecesidades de reposicin de ejemplares con los porcentajes que se establecen en la instruccin decimoterceray con las dotaciones econmicas que se indican.

    Por tanto, en los cursos primero, segundo, tercero y cuarto de Educacin Secundaria Obligatoria, los centrosdocentes llevarn a cabo las siguientes actuaciones:

    - Preparacin y entrega de los libros de texto que han sido recogidos para su reutilizacin al alumnadomatriculado en los cursos citados, cumplimentando las etiquetas correspondientes con los datos del alumnadoque va a utilizar los libros.- Adquisicin para la reposicin de los libros de texto que las Comisiones del Programa de Gratuidad en loscentros hayan considerado que no renen las condiciones necesarias para su uso y aquellos libros que seannecesarios para atender al alumnado repetidor en aquellas materias que lo necesiten, as como los que se hayanextraviado, siempre que no fuera por causas imputables al alumnado, segn las citadas Comisiones.

    - Adquisicin de los libros de texto, incluidos los elaborados en soporte digital, para el alumnado de los cursos ymaterias de los que el centro no disponga de lotes suficientes para la atencin del alumnado matriculado.

    Los centros docentes de Educacin Secundaria Obligatoria de nueva creacin, se incorporarn al Programa deGratuidad comenzando el periodo de vigencia de los libros de texto en el curso 2014-2015. Estos centros debernadquirir directamente los lotes de libros para los cursos en los que no est prevista la emisin de Cheque-Libros,segn el procedimiento indicado en la instruccin sexta.

    QUINTA. Especificaciones sobre el alumnado con Necesidades Educativas Especiales.

    Debido a que el alumnado con necesidades educativas especiales (en adelante N.E.E.), puede presentarcircunstancias muy diversas, y que a todas ellas debe dar cumplida respuesta el Programa de Gratuidad, esconveniente distinguir las posibles situaciones:

    a) Alumnado con N.E.E. que cursa estudios en centros ordinarios utilizando los mismos materiales que el restode los alumnos y alumnas de su curso: se le asigna la dotacin econmica correspondiente a su curso. A todoslos efectos este alumnado se contabilizar dentro del grupo de alumnos y alumnas de su curso.

    b) Alumnado con N.E.E. que cursa estudios en centros ordinarios utilizando materiales curriculares quepertenecen a otros cursos o niveles educativos o material adaptado a las necesidades individuales de estealumnado: se le asigna la dotacin econmica del curso correspondiente en el que est matriculado. Estaincidencia deber reflejarse en la Sistema de Informacin Sneca marcando en la casilla correspondiente deDotacin Especfica la opcin Libros de otros cursos o material adaptado. La vigencia de estos materialestambin ser de cuatro cursos como mnimo, recibiendo la dotacin completa en el curso en el que se renuevenlos libros y el 10% en los cursos donde haya reposicin de libros deteriorados.

    c) Alumnado de aulas y centros especficos de Educacin Especial. Las cantidades asignadas en el caso dealumnado escolarizado en aulas y centros especficos de Educacin Especial sern las indicadas en el cuadro dela instruccin decimotercera, que el centro podr destinar a la adquisicin del material curricular especfico parael alumno o alumna. Para este alumnado estar marcada la opcin Dotacin Especfica.

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    SEXTA. Procedimiento para la adquisicin de los libros de texto.

    1. En Educacin Primaria:

    Para el curso 2014-2015, en los cursos primero y segundo de Educacin Primaria, se entregarn los Cheque-Libros a los representantes legales del alumnado beneficiario y los libros de texto se obtendrn mediante lapresentacin, en la librera libremente elegida, del correspondiente Cheque-Libros, segn modelo que aparece enel Anexo VI de estas Instrucciones, de acuerdo con el artculo 10 de la Orden de 27 de abril de 2005.

    Los Cheque-Libros de primero y segundo de Educacin Primaria sern entregados a las familias preferentementejunto a la entrega del boletn de calificaciones en el mes de junio. Junto a estos Cheque-Libros se entregar a lasfamilias la relacin de libros de texto completa del curso con todas las materias en las que est matriculado elalumnado, con indicacin del tipo de formato (libro de texto impreso, libro de texto en formato digital o materialde elaboracin propia), con el modelo incluido como Anexo VIII a estas Instrucciones y que ser emitido junto alCheque-Libros.

    2. En Educacin Secundaria Obligatoria:

    Los Cheque-Libros de Educacin Secundaria Obligatoria se entregarn de manera general, a la finalizacin delcurso escolar, una vez que el alumnado haya quedado matriculado en el curso correspondiente para el aoacadmico siguiente. No obstante, para el alumnado cuya matriculacin est pendiente del resultado de laspruebas de septiembre los Cheque-Libros se entregarn una vez conocido el curso en el que queda finalmentematriculado.

    3. Aspectos generales:

    Es imprescindible la entrega del Cheque-Libros directa e individualmente a los representantes legales delalumnado para que elijan libremente la librera o establecimiento comercial donde deseen canjearlo por loslibros, por lo que cada beneficiario o beneficiaria del Programa de Gratuidad debe disponer del documento que lepermita ejercer esta opcin con total libertad. Se pondr especial atencin a que las ofertas comerciales obeneficios en la utilizacin de los Cheque-Libros repercuta directa y exclusivamente en el centro docente y en elprograma de gratuidad, no estando permitida la gestin de los Cheque-Libros por parte de AMPAS, asociaciones,o los propios centros docentes que puedan obtener beneficios de algn tipo derivados de esta gestin destinadosa un gasto distinto al Programa de Gratuidad, excepto cuando cumplan los requisitos legalmente establecidospara la venta de libros de texto. A este respecto, los servicios de Inspeccin de Educacin de cada provinciapodr requerir la informacin necesaria de los centros docentes para evitar malas prcticas en este sentido.

    Los Equipos Directivos adoptarn las medidas precisas para que todo el alumnado tenga los libros que va autilizar durante el curso antes del 15 de septiembre.

    El centro docente conservar un registro de entrega de Cheque-Libros generado a travs del Sistema deInformacin Sneca, regulado por el Decreto 285/2010, de 11 de mayo, por el que se regula el Sistema deInformacin Sneca y se establece su utilizacin para la gestin del sistema educativo andaluz. El procedimientode canje a travs del Cheque-Libros se detalla en el artculo 10 de la Orden de 27 de abril de 2005.

    Si los precios establecidos en una librera o establecimiento comercial para los libros referenciados en el Cheque-Libros superan el mximo gasto previsto indicado en el mismo, el Cheque-Libros deber ser canjeado encualquier otra librera o establecimiento comercial en el que sea suficiente el mximo gasto previsto indicado enel mismo.

    Por parte de las libreras o establecimientos comerciales se tomarn las precauciones necesarias para identificarconvenientemente a los portadores de los Cheque-Libros, as como comprobar que se trata del modelo originaldebidamente firmado y sellado por el centro docente, sin enmiendas ni tachaduras o modificaciones. En caso deduda el establecimiento se deber poner en contacto con el centro docente que podr verificar la autenticidad del

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    documento antes de proceder a la entrega de los libros.

    En el caso de que una librera o establecimiento comercial no pudiera suministrar la totalidad de los libros detexto incluidos en el Cheque-Libros en un plazo razonable de tiempo, podr facturar slo los libros de textoentregados a las familias y cumplimentar el Cheque-Libros que ser remitido al centro docente junto con lafactura para su abono que indicar claramente qu libros son los suministrados, siendo el propio centro el quedeber adquirir directamente el libro o libros no suministrados, ponindolos a disposicin del alumnado antes delcomienzo del curso. El importe mximo a abonar por la Administracin educativa en estos casos ser calculadopor el centro docente en funcin de los datos existentes en el Sistema de Informacin Sneca y de los libros quefinalmente hayan sido facturados.

    Los centros sostenidos con fondos pblicos en ningn caso podrn percibir cantidad alguna como depsito nique sirva para financiar parte del material curricular entregado.

    El alumnado con N.E.E. que cursa estudios en centros ordinarios utilizando los mismos materiales que el restode los alumnos y alumnas de su curso, recibir el correspondiente Cheque-Libros que ser canjeado por losrepresentantes legales del alumnado en las libreras o en los establecimientos comerciales de su eleccin.

    En el caso del alumnado con N.E.E. que cursa estudios en centros ordinarios utilizando materiales curricularesde otros cursos o niveles educativos o un material especfico adaptado a sus necesidades individuales y elalumnado de aulas y centros especficos de Educacin Especial, ser el centro el que realice directamente lacompra del material, ajustndose a las cantidades indicadas en la instruccin decimotercera.

    Como excepcin, y a propuesta de las Delegaciones Territoriales de Educacin, Cultura y Deporte, en el caso decentros acogidos a planes de educacin compensatoria, centros rurales, u otros, en los que por sus especialescircunstancias se vea dificultada la obtencin de libros de texto por las familias, podrn emitirse Cheque-Libros anombre del alumnado correspondiente autorizando al Director o Directora del centro para la adquisicin directade los materiales, segn el modelo que se adjunta como Anexo VII de estas Instrucciones, siendo necesaria encualquier caso la conformidad de esta Direccin General. De igual forma, esta prctica podr aplicarse a todoslos centros a partir del 15 de septiembre, previa habilitacin del Sistema de Informacin Sneca, para garantizarque todo el alumnado disponga de libros de texto, en caso de que las familias no hayan acudido a recoger elCheque-Libros antes de esta fecha. En estos casos, sern los centros los encargados de canjear los Cheque-Libros y entregar los libros al alumnado, siempre que la familia no haya solicitado el Cheque-Libros, en cuyo casoprevalecer esta solicitud.

    En aquellos centros en que se haya optado por material curricular de uso comn, ste ser adquirido tambinpor el propio centro.

    Todos los libros de texto nuevos adquiridos a travs del Programa de Gratuidad se identificarn en los primerosdas del curso con el estampillado o las etiquetas que se imprimirn desde el Sistema de Informacin Sneca. Enlos citados sellos o etiquetas figurarn el curso escolar, el nombre del centro y el del alumno o alumna que loutilice, segn el modelo del Anexo V.

    Todos los libros de texto adquiridos a travs del Programa de Gratuidad sern propiedad de la Administracineducativa, y permanecern, una vez concluido el curso escolar, en el centro docente donde el alumno o alumnahaya cursado las enseanzas, de forma que puedan ser reutilizados por otro alumnado en aos acadmicossucesivos.

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    SPTIMA. Procedimiento para la reposicin de libros de texto.

    Para la reposicin de libros de texto de los cursos tercero, cuarto, quinto y sexto de Educacin Primaria, yprimero, segundo, tercero y cuarto de Educacin Secundaria Obligatoria, ser el centro docente el encargado derealizar la compra del material necesario para la atencin del alumnado matriculado en el centro beneficiario deeste Programa, con los fondos que la Administracin educativa haya transferido al centro y aquellos remanentesde los cursos anteriores que hayan sido incorporados en los centros pblicos.

    En todo lo concerniente a la reposicin de libros de texto se actuar segn lo dispuesto en el artculo 11 de laOrden de 27 de abril de 2005.

    Los libros adquiridos por este procedimiento, debern ser identificados con el estampillado y las etiquetas que sedescriben en la instruccin sexta.

    OCTAVA. Materiales de elaboracin propia.

    La elaboracin de materiales curriculares constituye una de las tareas que desarrolla el profesorado comocomplemento y concrecin ltima del proyecto curricular elaborado por los centros, de acuerdo con la autonomapedaggica de los mismos.

    A efectos del Programa de Gratuidad, se consideran materiales curriculares de elaboracin propia los diseadospor los equipos de profesores y profesoras o por otros profesionales de la enseanza, en soporte impreso,audiovisual o digital, para el desarrollo en clase de unidades didcticas concretas dirigidas al alumnado,recibiendo la cantidad reflejada como dotacin coste por materia en el cuadro econmico de la instruccindecimotercera.

    Con carcter excepcional, previa peticin a travs del Sistema de Informacin Sneca y posterior autorizacin porla Direccin General de Participacin y Equidad, el centro docente puede solicitar la renovacin de los materialesde elaboracin propia en cada curso escolar, con la dotacin econmica indicada en la instruccin decimoterceracomo Renovacin anual. La citada solicitud deber realizarse segn el procedimiento y plazo establecido en elartculo 18 del Decreto 227/2011 de 5 de julio, marcando esta opcin en el Sistema de Informacin Sneca.

    En relacin con estos materiales habrn de extremarse las precauciones para respetar los derechos de autora yedicin, por lo que no podrn reproducirse aquellos materiales que estn afectados por copyright sin la expresaautorizacin del propietario o propietaria de los derechos.

    Los centros que opten por utilizar materiales curriculares de elaboracin propia en sustitucin del libro de texto, alos que se refiere la disposicin adicional quinta de la Orden de 27 de abril de 2005, lo indicarn en el Sistemade Informacin Sneca en la seleccin de libros de texto. Igualmente debern presentar su proyecto de trabajo ysolicitar la autorizacin de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 2 de septiembre de 2005, por la que seestablecen los criterios y normas sobre homologacin de materiales curriculares para uso en los centrosdocentes de Andaluca. En el caso de que estos materiales se desarrollen en soportes digitales, se utilizarn losrepositorios que la Consejera de Educacin, Cultura y Deporte pone a disposicin de la comunidad educativapermitiendo su uso y adaptacin de forma que puedan ser accesibles en plataformas virtuales y difundidos porInternet para ser utilizados por otro alumnado en aos acadmicos sucesivos.

    La utilizacin de estos materiales nunca podr suponer un aumento en la dotacin econmica a la que se refierela instruccin decimotercera.

    Los materiales curriculares de elaboracin propia, adquiridos a travs del Programa de Gratuidad, sernpropiedad de la Administracin educativa, y permanecern, una vez concluido el curso escolar, en el centro

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    docente donde el alumno o alumna haya cursado las enseanzas, de forma que puedan ser reutilizados por otroalumnado en aos acadmicos sucesivos, debiendo ser identificados con el estampillado y las etiquetas que sedescriben en la instruccin sexta.

    El personal que ha participado en la elaboracin de este material no podr percibir compensacin econmicaalguna por parte del centro docente con cargo a las cantidades desconcentradas para la atencin del Programade Gratuidad de Libros de Texto.

    NOVENA. Vigencia y seleccin de los libros de texto, libros digitales y materiales de elaboracinpropia.

    Los centros docentes que tengan que realizar la seleccin de los libros de texto, libros digitales y materiales deelaboracin propia en este curso 2014-2015, debern usar el Sistema de Informacin Sneca, y seleccionarnestos libros entre aquellos incluidos en el Catlogo de Gratuidad que pertenecern al Registro de Libros de Textode la Comunidad Autnoma de Andaluca. Este Registro, a partir del cual se ha elaborado el Catlogo citado,puede consultarse en la pgina web de esta Consejera (http://www.juntadeandalucia.es/educacion). No podrseleccionarse para el Programa de Gratuidad ningn libro que no se encuentre en el Registro citado, de acuerdocon el artculo 17.1 del Decreto 227/2011, de 5 de julio.

    Los Departamentos de Coordinacin Didctica o los Equipos de Ciclo podrn optar, de acuerdo con su proyectocurricular, por el libro de texto, por materiales de uso comn o por materiales de elaboracin propia, o por librosdigitales para cada materia o asignatura.

    La vigencia mnima de la seleccin realizada ser de cuatro cursos acadmicos, para los libros impresos y losmateriales de elaboracin propia; la del libro en soporte digital estar en funcin del tiempo establecido en lacorrespondiente licencia de acceso y uso, que para este Programa de Gratuidad de Libros de Texto se establecetambin en un mnimo de cuatro cursos acadmicos.

    Los centros que se incorporan en este curso al Programa de Gratuidad, una vez que apruebe el Consejo Escolarla seleccin de libros de texto propuesta por los rganos competentes de coordinacin didctica que en cadacaso corresponda, grabarn esta seleccin en el apartado correspondiente en el Sistema de Informacin Sneca,poniendo atencin en su confirmacin.

    Tanto aquellos centros que ya realizaron la seleccin de libros de texto en cursos anteriores como aqullos que larealicen este curso, debern obtener el listado impreso a travs del Sistema de Informacin Sneca, el cual seexpondr en el tabln de anuncios del centro durante el mes de junio. Este listado podr consultarse por elpersonal interesado a travs de la web de la Consejera de Educacin, Cultura y Deporte, por lo que una vezconfirmada la seleccin de libros en el Sistema de Informacin Sneca no se podr modificar, salvo en casosmuy justificados y previa autorizacin por la Direccin General de Participacin y Equidad.

    El procedimiento de seleccin de libros de texto en la pantalla del Sistema de Informacin Sneca se realizarpara todos los cursos, incluidos aquellos en los que no se generan Cheque-Libros, cargando la seleccin delcurso anterior en el caso de los cursos que an no han completado su periodo de vigencia.

    DCIMA. Supervisin de los materiales curriculares.

    La supervisin del Programa de Gratuidad de Libros de Texto y de los libros de texto constituir parte del procesoordinario de inspeccin que ejerce la Consejera competente en materia de educacin sobre la totalidad de

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    elementos que integran el proceso de enseanza y aprendizaje, de conformidad con lo establecido en lanormativa vigente.

    La planificacin del proceso de supervisin de los libros de texto quedar establecida en el Plan General deActuacin de la Inspeccin de Educacin. Los Planes Provinciales de Actuacin de la Inspeccin de Educacindesarrollarn y concretarn, para su mbito provincial, las actuaciones y lneas de trabajo en esta materia.

    UNDCIMA. Incorporacin de nuevo alumnado durante el curso.

    Segn lo dispuesto en la disposicin adicional tercera de la Orden de 27 de abril de 2005, se habilita a loscentros docentes a la adquisicin de nuevos libros de texto para las incorporaciones de nuevo alumnado a loscentros a lo largo del curso escolar, alumnado que ha podido estar matriculado en otro centro o incorporarse porprimera vez al sistema educativo.

    Cuando un alumno o alumna se traslade de un centro a otro, se pondr especial cuidado en que entregue loslibros de texto en el que estaba, y se emitir un certificado (que figura como Anexo IV de estas Instrucciones) enel que se informar al nuevo centro de la entrega y el estado de conservacin de los libros. Por parte del centroreceptor, se dotar a este alumnado de los libros que disponga el centro o, en su defecto, de libros nuevos queadquirir el propio centro, para lo cual realizar una solicitud de abono de los mismos a la Delegacin Territorialcorrespondiente para que se transfieran estas cantidades. Esta actuacin se realizar cuando el centro no puedaatenderlo con las cantidades desconcentradas para el Programa de Gratuidad o con lotes de libros adquiridos yno utilizados. No se harn transferencias nuevas a los centros mientras que puedan atender los gastosocasionados con los remanentes de las cantidades desconcentradas y stos no estn debidamente registradosen el programa de gestin econmica de los centros docentes en el Sistema de Informacin Sneca.

    En estos casos, la solicitud del centro, cumplimentada segn el modelo que se incluye como Anexo III de estasInstrucciones y dirigida a la persona titular de la Delegacin Territorial correspondiente, deber ser realizada apartir del segundo trimestre del curso una vez recibidos por el centro el primer pago a cuenta del Programa, ascomo el segundo pago liquidacin de la cantidad que resulte de la cuantificacin total del gasto, y en caso deque las cantidades enviadas al centro no cubran las nuevas necesidades detectadas por la incorporacin denuevo alumnado durante el curso. Junto con el Anexo III cumplimentado, se adjuntar copia de la factura quejustifique el gasto realizado. La Delegacin Territorial elevar esta solicitud a la Direccin General de Participaciny Equidad, una vez comprobado que el alumnado no haya sido contabilizado como beneficiario del Programa deGratuidad en ese centro, y en el caso de que lo haya sido en otro centro de la Comunidad Autnoma deAndaluca, que se adjunte a la documentacin copia del certificado de entrega de los libros de texto en el centrode origen, en el que se indique su estado de conservacin, segn el modelo del Anexo IV. Asimismo, lassolicitudes sern clasificadas por centros pblicos y concertados, cuantificando el gasto, previamente a su envoa la Direccin General de Participacin y Equidad.

    No se contempla como alumnado de nueva incorporacin aqul que se traslade de centro por motivos de trabajotemporal de los progenitores por un perodo limitado, para reincorporarse ms tarde a su centro de origen.

    DUODCIMA. Financiacin del Programa de Gratuidad.

    La Junta de Andaluca, con cargo a sus crditos del Programa de Apoyo a la Familia, financiar el Programa deGratuidad de Libros de Texto para toda la Educacin Primaria y toda la Educacin Secundaria Obligatoria,desconcentrando a los centros docentes sostenidos con fondos pblicos, las cantidades necesarias para suatencin, una vez tenidos en consideracin los remanentes que tenga el centro pertenecientes al Programa.

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    Igualmente, con los fondos transferidos para la atencin del Programa de Gratuidad de Libros de Texto, seabonarn las licencias de uso de los libros de texto elaborados en soporte digital y adquiridos por los centros enlos casos en que se hubiese optado por este formato.

    Los fondos para atender a los gastos derivados del Programa de Gratuidad de Libros de Texto en los centrosdocentes pblicos procedern de la aplicacin presupuestaria 0.1.13.00.03.00.0900.22905.31P y tendrncarcter finalista, no pudiendo destinarse a otro concepto distinto al de dicho Programa. En relacin con lascantidades que no hayan sido utilizadas, los centros pblicos podrn optar por su reintegro o por suincorporacin al curso siguiente como remanente y primera partida econmica que se incorporar al Programade Gratuidad el siguiente curso, tal y como se recoge en la Orden de 10 de mayo de 2006, conjunta de lasConsejeras de Economa y Hacienda y de Educacin, por la que se dictan instrucciones para la gestineconmica de los centros docentes pblicos dependientes de la Consejera de Educacin y se delegancompetencias en los Directores y Directoras de los mismos.

    En los centros docentes concertados, las cantidades correspondientes al Programa de Gratuidad procedern dela aplicacin presupuestaria 0.1.13.00.03.00.0900.48302.31P. Aquellas cantidades que no hayan sido utilizadassern reintegradas mediante el modelo 046, concepto 517, de Tasas, precios pblicos, sanciones y otrosingresos de la Consejera de Economa y Hacienda de la Junta de Andaluca, realizando el ingreso en cualquierentidad colaboradora. El citado modelo 046 puede se cumplimentado electrnicamente travs de la pgina webde la Consejera de Hacienda y Administracin Pblica.

    Los centros docentes, una vez recibidos los importes enviados por la Consejera para este Programa, procederna la mayor brevedad posible al abono de las facturas que hayan sido presentadas por las libreras oestablecimientos comerciales, procurando siempre que no se produzcan retrasos en estos abonos y de acuerdoal plazo que se establece en la letra e) del artculo 10 de la Orden de 27 de abril de 2005, y realizando en elCheque-Libros una inscripcin que identifique que ha sido abonado, poniendo especial cuidado en su archivo, alobjeto de que no pueda ser reutilizado.

    Las devoluciones mencionadas en los prrafos anteriores se realizarn antes de la finalizacin del curso a efectosde justificacin econmica.

    Los Servicios de Ordenacin Educativa de las correspondientes Delegaciones Territoriales de Educacin, Culturay Deporte, comprobarn que los centros han justificado en plazo y forma las cantidades transferidas para hacerfrente a los gastos ocasionados por el Programa de Gratuidad, siendo remitidos los Anexos IIIa y IIIb de Estadode Cuentas del Programa de Gratuidad a las Delegaciones, as como el Anexo XI especfico a travs del sistemade firma electrnica disponible en el Sistema de Informacin Sneca y enviados los originales que correspondana la Administracin de los modelos 046 correspondientes a los reintegros citados en prrafos anteriores. Una vezrealizadas estas comprobaciones, la persona titular de cada Delegacin Territorial remitir a la Direccin Generalde Participacin y Equidad una certificacin acreditativa de que las cantidades desconcentradas a los centros desu provincia han sido destinadas a la finalidad para la que fueron concedidas. Se remitirn igualmente losmodelos 046 originales por parte de los centros concertados a los efectos de proceder a la tramitacin de loscorrespondientes expedientes de justificacin ante la Intervencin Delegada en la Consejera de Educacin,Cultura y Deporte.

    Respecto a las facturas devengadas por la adquisicin de lotes de libros del Programa de Gratuidad de Libros deTexto, de conformidad con lo establecido en el artculo 10.1 letra c) de la Orden de 27 de abril de 2005, deberncontemplar todos los requisitos formales exigibles a las mismas, figurando el nombre del centro docente y el delalumno o alumna, acompandolas de los respectivos Cheque-Libros debidamente cumplimentados y sellados.

    Se mantendr la posibilidad de agrupar en una nica factura el importe total del contenido de varios Cheque-Libros, si estos superasen la cantidad de 10 para un mismo centro, adjuntando una relacin del alumnado queha retirado los libros de texto y el importe que corresponde a cada uno.

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    Los remanentes econmicos de este Programa existentes, en su caso, en los centros pblicos cuya titularidadcorresponda a la Consejera de Educacin, Cultura y Deporte, cuya constancia se acredita mediante los AnexosXI especficos correspondientes, se regularizarn mediante su incorporacin como primera partida econmica delos pagos a realizar por los centros durante el curso 2014-2015. La Consejera de Educacin, Cultura y Deporteincorporar dichos remanentes en el clculo y tramitacin de las transferencias para la atencin del Programa deGratuidad de Libros de Texto y comunicar a estos centros la cantidad de la que disponen en el curso 2014-2015.

    DECIMOTERCERA. Dotacin econmica.

    La dotacin econmica para libros de texto en el curso acadmico 2014-2015 para los distintos cursos incluidosen el Programa de Gratuidad, ser la siguiente:

    CursoNueva

    Adquisicin(4 cursos)

    Reposicin

    Material de elaboracin Propia (dotacin costepor materia)

    Vigencia 4 cursos RenovacinanualNuevo Reposicin

    1er y 2 curso de EducacinPrimaria

    136,00 - 17,00 - 6,00

    3er y 4 curso de EducacinPrimaria

    154,00 10% 17,00 10% 6,00

    5 y 6 curso de EducacinPrimaria

    159,00 10% 17,00 10% 6,00

    1er. y 2 curso de EducacinSecundaria Obligatoria.

    250,00 10% 23,00 10% 8,00

    3er curso de EducacinSecundaria Obligatoria

    274,00 10% 23,00 10% 8,00

    4 curso de EducacinSecundaria Obligatoria

    274,00 33% 23,00 33% 8,00

    Dotacin Especfica anualFormacin bsica obligatoria

    70,00 70,00 - - -

    Con carcter general, en aquellos cursos en los que se reutilicen los libros de texto de cursos anteriores, elimporte transferido a los centros ser el 10% del importe correspondiente a los lotes de libros ya adquiridos obien, en su caso, el 10% del importe recibido en concepto de material de elaboracin propia, procedindose deacuerdo con lo estipulado en el artculo 11 de la Orden de 27 de abril de 2005.

    No obstante, en el cuarto curso de Educacin Secundaria Obligatoria, de manera transitoria y para el curso2014-2015, el importe transferido a los centros ser el 33% del importe correspondiente a los lotes de libros yaadquiridos o bien, en su caso, el 33% del importe recibido en concepto de material de elaboracin propia,procedindose de acuerdo con lo estipulado en el artculo 11 de la Orden de 27 de abril de 2005.

    En los casos de posible incremento de gastos de reposicin, bien por aumento del nmero de alumnadomatriculado en el centro, o bien por otras causas sobrevenidas, si las necesidades de reposicin de los libros detexto superasen los importes indicados anteriormente, la Direccin del centro realizar una solicitud y un informeque se tramitar segn lo dispuesto en el artculo 8.5 de la Orden de 27 de abril de 2005, por la que se regula elPrograma de Gratuidad. Este informe se cumplimentar en el Sistema de Informacin Sneca, segn el modeloque se adjunta a estas Instrucciones como Anexo IX.

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    Una vez cumplimentado por el centro, dicho Anexo IX se remitir a la Delegacin Territorial, que lo informar deacuerdo con el procedimiento establecido por la Direccin General de Participacin y Equidad, y le dar trasladoa la misma para su cuantificacin econmica y aprobacin, si procede.

    Los centros docentes podrn adquirir libros de texto, materiales curriculares de elaboracin propia, librosdigitales o adoptar una solucin mixta, en funcin de las necesidades de cada materia. En ningn caso, el costede esta decisin podr repercutir sobre las familias.

    Si el centro realiza una seleccin de libros y materiales curriculares que conlleve un gasto que no pueda seratendido con las cantidades recibidas para la atencin del Programa de Gratuidad, el centro abonar la diferenciacon cargo a la partida de gastos de funcionamiento de su presupuesto ordinario. Durante el curso 2014-2015 nose podrn adquirir otros materiales curriculares, con cargo al Programa de Gratuidad de Libros de Texto,diferentes a los necesarios para la atencin de los Cheque-Libros, reposicin de libros defectuosos y alumnadoque suponga aumento de matrcula respecto a cursos anteriores.

    Aquellos centros que hubiesen optado por el formato digital, debern presentar una propuesta de gasto enfuncin del nmero de licencias de acceso y uso contratadas de los libros en soporte digital. Una vezcontabilizado el gasto facturado para la atencin del Programa de Gratuidad de Libros de Texto se proceder acalcular la liquidacin que corresponda, en su caso, para abonar las cantidades pendientes de pago.

    Los centros docentes sostenidos con fondos pblicos no podrn requerir a las familias ningn tipo decontribucin econmica para la adquisicin de libros de texto.

    DECIMOCUARTA. Actuaciones de la Comisin del Programa de Gratuidad en el centro escolar.Cuidado, utilizacin y mantenimiento de los materiales curriculares.

    Para la gestin y supervisin del Programa de Gratuidad, de conformidad con lo establecido en el artculo 15 dela Orden de 27 de abril de 2005, en el seno del Consejo Escolar se podr constituir una Comisin que debercontar, al menos, con su Presidente o Presidenta, un profesor o una profesora y un representante de los padres ymadres o representantes legales del alumnado, as como un alumno o una alumna del centro. Todos los tutoresy tutoras de grupo sern miembros de la Comisin a ttulo consultivo, para las ocasiones en que sea necesarioestudiar el uso que haya hecho de los materiales algn alumno o alumna, cuya trayectoria educativa hayanseguido los mencionados tutores. Las funciones de la citada Comisin sern la gestin y supervisin delPrograma de Gratuidad, as como todas aqullas que se deriven de las presentes Instrucciones.

    Desde los centros docentes y las familias se educar al alumnado en su obligacin de cuidar el material ymantener los libros en buen estado, para su uso por otro alumnado en cursos sucesivos, como se indica en elartculo 4.1 de la Orden de 27 de abril de 2005. Adems, el impulsar el uso compartido y la reutilizacin de loslibros de texto contribuir al fomento de la equidad y a poner de manifiesto, entre el alumnado y las familias,valores como la corresponsabilidad, la solidaridad y la conservacin del material para su reutilizacin por otroalumnado y de atencin y cuidado del bien colectivo como propio. Asimismo, el cuidado de los materialescurriculares y su conservacin para una reutilizacin posterior supone un ahorro econmico muy importantepara las familias y profundiza en la idea de desarrollo sostenible.

    El Programa de Gratuidad de Libros de Texto es un programa esencialmente educativo, en el cual, el importe delas necesidades de reposicin que la Consejera de Educacin, Cultura y Deporte enva a los centros deberatender aquellas situaciones en las que, sin existir mala utilizacin o negligencia en el uso de los libros de texto,algunos ejemplares tengan que ser renovados a lo largo del periodo de vigencia de los mismos.

    Otras necesidades de reposicin pueden derivarse del mal uso del material por el alumnado, en casos de falta

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    de cuidado, hacindolo inservible para la reutilizacin por otro alumnado en el curso siguiente. En este sentido,cualquier requerimiento que se realice a los padres y madres o representantes legales del alumnado no podrconllevar nunca la prdida del derecho a la gratuidad de libros de texto, salvo por renuncia voluntaria, o a otrosderechos reconocidos del alumnado. En aquellos casos en que la Comisin aprecie deterioro culpable omalintencionado de los libros de texto, se solicitar la reposicin del material a los representantes legales delalumnado por parte de la presidencia del Consejo Escolar del centro, mediante una notificacin, segn modeloque se adjunta como Anexo II de estas Instrucciones.

    DECIMOQUINTA. Accin Tutorial.

    Los buenos resultados de los cursos anteriores hacen aconsejable que sean los tutores y tutoras quienes, comouna labor ms de la tutora, contrasten la relacin de materias que va a desarrollar el alumnado de su grupo conla que aparece en el Cheque-Libros, as como que supervisen a lo largo del curso la correcta utilizacin de loslibros de texto por parte de sus alumnos y alumnas y que hagan de este uso una ocasin para mejorar laeducacin en valores y actitudes solidarias, aprecio por los libros de texto, materiales de estudio y lectura,respeto al medio ambiente y cuidado de los bienes de uso comn.

    DECIMOSEXTA. Destino de los libros de texto y materiales de uso comn a la finalizacin delcurso escolar.

    Dadas las caractersticas de los cursos primero y segundo de Educacin Primaria, en los que los libros de textode muchas materias son utilizables solamente por un alumno o alumna, estos libros podrn ser donados alalumnado que los vena utilizando al finalizar el curso 2014-2015. Si por el contrario estos libros pueden serreutilizados, se actuar de acuerdo con lo que disponga la Comisin constituida en el centro. Con el materialcurricular de uso comn que pueda reutilizarse en aos posteriores, se actuar como en el resto de los cursosdel Programa de Gratuidad. Una vez finalizada la vigencia de los libros de texto en cualquier otro curso, laComisin podr disponer de los mismos dndoles la utilizacin que estime ms conveniente.

    Concluido el curso escolar 2014-2015, los libros de texto y materiales de elaboracin propia sern reintegrados ydepositados por el alumnado en los centros para su revisin y posterior utilizacin por otro alumnado en elsiguiente curso escolar.

    Se prestar especial atencin a que los libros de texto sean devueltos por el alumnado al finalizar el curso,haciendo coincidir la entrega de los boletines de calificaciones con la citada devolucin, a fin de disponer contiempo suficiente del fondo de lotes de libros para revisarlos y prepararlos para el curso siguiente.

    Para todo lo concerniente a la entrega y reutilizacin de los libros de texto, se requerir la colaboracin de lospadres y madres o representantes legales del alumnado en la forma que determine la Comisin constituida en elcentro, la cual tambin arbitrar las medidas que sean precisas para que el alumnado que lo requiera puedadisponer de los libros de texto durante los periodos vacacionales, as como mantener la misma dotacin de librosal alumnado repetidor.

    Dentro de las actuaciones encaminadas a entregar los lotes de libros en cursos donde ya estuviera implantado elPrograma de Gratuidad en cursos anteriores y no se adquieran libros nuevos, sera positivo mantener unarelacin entre el estado de los libros que se entreguen al alumnado para el curso 2014-2015 y el estado de loslibros que dej en el curso anterior, al objeto de potenciar y primar una actitud de cuidado y atencin en el uso yconservacin de los libros de texto.

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    DECIMOSPTIMA. Aplicacin informtica.

    Para facilitar el funcionamiento, organizacin y gestin del Programa de Gratuidad en los centros docentes esimprescindible el uso del Sistema de Informacin Sneca, a travs del cual debern generarse todos losdocumentos necesarios para el funcionamiento del mismo, as como hacer los seguimientos correspondientespor la Administracin y los centros docentes. Junto con la aplicacin informtica del Programa de Gratuidad sepondr a disposicin de los centros un manual de instrucciones para el uso de la misma.

    A los efectos del seguimiento y aplicacin de las cantidades asignadas al Programa de Gratuidad de Libros deTexto, se registrarn en el Sistema de Informacin Sneca todos los apuntes contables, tanto de ingresos comode gastos, asignndolos a la justificacin especfica del Programa de Gratuidad de Libros de Texto, as como lageneracin y emisin de cuantos documentos sean requeridos para la gestin econmica de este Programa.

    DECIMOCTAVA. Informacin a la comunidad educativa.

    De acuerdo con lo dispuesto en el punto 4 de la disposicin final primera de la Orden de 27 de abril de 2005, losDirectores y Directoras de los centros docentes dispondrn lo necesario para que el desarrollo del Programa deGratuidad sea conocido por todos los sectores de la comunidad educativa del centro.

    Los centros docentes concretarn e informarn, para el alumnado de cada curso escolar, las fechas de entregade los Cheque-Libros y el procedimiento de recogida de los libros de texto para la reutilizacin de los mismos, enel tabln de anuncios del centro.

    Las familias o los representantes legales del alumnado, en ningn caso, estarn obligados a adquirir libros detexto para los cursos en los que est implantado el Programa de Gratuidad de Libros de Texto en el curso 2014-2015.

    El centro tendr a disposicin de las familias que lo soliciten un impreso de renuncia voluntaria al Programa(disponible en el Anexo I de la Orden de 27 de abril de 2005) para el alumnado que no desee formar parte de l,que deber entregarse en su centro docente. Este documento podr descargarse del Sistema de InformacinSneca.

    DECIMONOVENA. Competencias y asesoramiento sobre la organizacin y funcionamiento delPrograma de Gratuidad.

    Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Educacin, Cultura y Deporte, en el mbito de suscompetencias, realizarn cuantas actuaciones sean necesarias para dar efectividad a todo lo relacionado con elPrograma de Gratuidad de Libros de Texto.

    En cada Delegacin Territorial habr una persona responsable del Programa a quien podrn dirigirse los centrospara consultar las cuestiones relacionadas con el desarrollo del mismo:

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    Este documento incorpora firma electrnica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrnica.FIRMADO POR DIEGO RAMOS SANCHEZ FECHA 28/05/2014

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    gim1+3lPSBPSNi/e717AzQ==

  • CONSEJERA DE EDUCACIN, CULTURA Y DEPORTE Direccin General de Participacin y Equidad

    Delegacin Territorial Telfono Correo electrnico

    Almera950004671Corp: 704671

    [email protected]

    Cdiz856904654/56/52/57Corp: 480654

    [email protected]

    Crdoba957001206Corp: 501206

    [email protected]

    Granada958029086/87Corp: 129086/87

    [email protected]

    Huelva959004114/15/16Corp: 204114/15/16

    [email protected]

    Jan953003759Corp: 203759

    [email protected]

    Mlaga951038016Corp: 938016

    [email protected]

    Sevilla955034445/012Corp: 334445/12

    [email protected]

    Asimismo, para resolver dudas sobre el Sistema de Informacin Sneca, los centros podrn contactar conCAUCE (Centro de Atencin a Usuarios de la Comunidad Educativa), en el telfono 955 06 10 71 (Corporativo:300 300).

    La Direccin General de Participacin y Equidad dispone de una direccin de correo electrnico exclusiva paraasuntos relacionados con el Programa de Gratuidad de Libros de Texto:[email protected]

    VIGSIMA. Difusin.

    Las presentes Instrucciones se comunican para su conocimiento y traslado a los centros docentes sostenidoscon fondos pblicos.

    Sevilla, a 28 de mayo de 2014

    EL DIRECTOR GENERAL DE PARTICIPACIN Y EQUIDAD

    Diego Ramos Snchez

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  • CONSEJERA DE EDUCACIN, CULTURA Y DEPORTE Direccin General de Participacin y Equidad

    ANEXO ISEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO 2014-2015

    CALENDARIO ACTUACINAl finalizar el curso 2013-2014: La Comisin del Programa de Gratuidad en el centro, deber

    recoger, revisar y guardar los libros de texto para sureutilizacin. Igualmente, la citada Comisin podr disponer delos libros de texto que finalicen su periodo de vigencia dndolesla utilizacin que estime ms conveniente.

    En la primera quincena del mes de junio de 2014: Los centros habrn realizado la seleccin de libros de texto deacuerdo con el catlogo oficial actualizado y la grabarn en elSistema de Informacin Sneca.

    Durante el mes de junio de 2014: Los centros docentes sostenidos con fondos pblicos debernexponer en el tabln de anuncios la relacin de libros de textppara el curso 2014-2015, especificando para cada materia elttulo de la obra, autor y editorial, as como el ISBN/EAN. Estarelacin podr consultarse a travs de la pgina web de laConsejera de Educacin, Cultura y Deporte.

    Antes del 30 de junio de 2014: Emisin de los Cheque-Libros y entrega de los mismos juntocon la entrega de notas a los representantes legales delalumnado de los cursos 1 y 2 de E.P. que est matriculado enlos citados niveles para el curso 2014-2015.

    Hasta el 12 de septiembre de 2014: Emisin de los Cheque-Libros y entrega de los mismos a todo elalumnado de los cursos 1 y 2 de E.P. al que no le hayan sidoan entregados, y adquisicin por parte de los centros de loslibros nuevos de reposicin para la atencin del alumnado enaquellos cursos en los que no se emiten Cheque-Libros.

    A partir del 15 de septiembre de 2014: Emisin de los Cheque-Libros con autorizacin al Director oDirectora en todos los centros para garantizar la atencin a todoel alumnado beneficiario que an no haya recogido el Cheque-Libros.

    Primeros das del curso 2014-2015: Etiquetado o sellado de los libros de texto y entrega de los librosde texto al alumnado.

    Antes del final de octubre de 2014: La Consejera tramitar los documentos contables queposibiliten el abono a los centros de la cantidad correspondienteal 80% aproximadamente del total del presupuesto para elPrograma de Gratuidad durante el curso 2014-2015.

    30 de noviembre de 2014: Fecha lmite para que las libreras presenten las facturas a loscentros para su abono. En cualquier caso, se debern abonarlas facturas presentadas con posterioridad una vez verificada suprocedencia y el motivo de no presentarla en la fecha antesindicada.

    Antes del final de diciembre de 2014: La Consejera tramitar los documentos contables queposibiliten el abono a los centros de la cantidad correspondienteal segundo pago liquidacin de las cantidades referidas alPrograma de Gratuidad.

    Antes del final de octubre de 2015: Devolucin por los centros concertados de remanentes quehayan podido generarse tras la aplicacin del Programa.Tramitacin por todos los centros de los Anexos IIIa y IIIb delEstado de Cuentas del Programa de Gratuidad, a travs delSistema de Informacin Sneca, as como el cierre del perodojustificativo y la confeccin del Anexo XI especficocorrespondiente.

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    ANEXO IICOMUNICACIN DEL DEBER DE REPOSICIN DE LIBROS DE TEXTO

    Estimada familia:

    La Direccin del centro, que preside la Comisin del Consejo Escolar para la gestin y supervisin del Programade Gratuidad de Libros de Texto, le comunica la siguiente incidencia en referencia al uso y conservacin de loslibros de texto de los que dispone su hijo/hija para el seguimiento de las actividades lectivas:

    Nombre del alumno/alumna: _________________________________________________Curso: _____________

    Libros afectados ImporteIncidencia detectada

    Uso indebido que ha provocado suimposibilidad de utilizacin

    Extravo

    De acuerdo con el artculo 5 de la Orden de 27 de abril de 2005, los alumnos y alumnas que participan en elPrograma de Gratuidad de Libros de Texto tienen obligacin de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los librosde texto, y de reponer aquellos extraviados o deteriorados de forma culpable o malintencionada. Por ello, leinformamos de su deber de proceder a la reposicin del material citado, o en su caso, al abono del importe delmismo, en el plazo de diez das a partir de la recepcin de esta comunicacin.

    Reciban un cordial saludo.

    (Sello del centro)

    Fdo.: Presidente/Presidenta del Consejo Escolar

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    ANEXO IIISOLICITUD DE ABONO DE GASTOS POR ALUMNADO DE NUEVA INCORPORACIN

    Centro _______________________________________________ Cdigo ______________Localidad ___________________________________________ Provincia _____________

    D./Da. _______________________________________________, como Secretario/a del centro, y con elvisto bueno del Director/a,

    CERTIFICO: que durante el presente curso se han producido incorporaciones de nuevos alumnos y alumnas aeste centro, que al no disponer de libros de texto para su entrega, ha sido necesaria la compra de libros de textocon cargo al Programa de Gratuidad, y que habiendo recibido el total los ingresos por este concepto no sedispone de cantidad para atender estos gastos.

    Se adjunta copia de la factura justificativa del gasto realizado.

    Alumno/a CursoFecha de

    incorporacin alcentro

    Importe delgasto

    En _________________________, a ___de ____________de ____

    El/La Secretario/a: V B El/La Director/a:

    (Sello del centro)

    Fdo: ......................................... Fdo: ............................................

    Ilmo./a. Sr./Sra. Delegado/a Territorial de ....................................

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    ANEXO IVCERTIFICACIN DE ENTREGA DE LIBROS POR ALUMNADO TRASLADADO

    D./Da., .................................................................................................................., como Secretario/a delcentro ............................................................................, y con el visto bueno del Director/a,

    CERTIFICO: que el alumno/a ..................................................................., matriculado/a en este centro en elcurso .............., con fecha ......................., ha hecho entrega de los libros que se le asignaron con cargo alPrograma de Gratuidad de Libros de Texto, debido a su traslado a otro centro docente, en el estado deconservacin que se indica:

    Perfecto Bueno Suficiente Malo

    En _________________________, a ___de ____________de ____

    El/La Secretario/a: El/La Director/a:

    (Sello del centro)

    Fdo.: ........................................ Fdo.: .............................................

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    ANEXO VMODELO DE SELLO Y ETIQUETA IDENTIFICATIVA

    PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LIBROS DE TEXTO

    Consejera de Educacin, Cultura y Deporte

    Centro: ________________________________ Cdigo: __________________

    Apellidos, NombreEstado deconservacin

    Curso yGrupo

    CursoAcadmico

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    ANEXO VICHEQUE-LIBROS (REPRESENTANTES LEGALES DEL ALUMNADO)

    D./Da. ______________________________________________________________________________________________Director/a del centro: ______________________________________________________ Cdigo: ________________________Domicilio: ______________________________________________________________________________________________Cdigo Postal: ____________ Localidad_______________________________________________________________________Telfono: _________________ Fax: _________________ C.I.F.: ___________________________________________________Direccin de correo electrnico: ______________________________________________________________________________

    AUTORIZA al responsable legal del alumno/a ____________________________________________________________________,matriculado/a en el curso escolar ______/______, en el curso _______ de este centro, para que retire de la librera oestablecimiento autorizado de su eleccin, los libros que a continuacin se relacionan:

    N rea Curso Ttulo Libro de texto ISBN/EAN Editorial1234567891011121314

    Importe mximo a abonar por la Administracin educativa (*) :

    En ____________________________, a ________ de _______________ de ________El/La Directora/a:

    (Sello del centro)

    Fdo.:

    Datos del establecimiento:

    Razn social: __________________________________Domicilio: ____________________________________Localidad: ____________________________________Cdigo Postal: _________________________________Provincia: _____________________________________Telfono: _____________________________________C.I.F.: ________________________________________N de Factura: __________________________________Importe de la factura (IVA incl.) _____________________(Firma y sello)

    Fdo.: _________________________________________

    Recib del representante legal del alumno o alumna

    D./Da. _____________________________________con D.N.I. ____________________, como (1)__________________ del alumno/a, ha recibido los libros detexto que se relacionan en este Cheque-Libros.

    Recib,

    (Firma)

    Fecha: _____ / ______ / _______ (1) Padre, Madre, Tutor o Tutora.

    (*) El importe que figura en este documento es la cantidad mxima que la Administracin educativa abonar por la relacin de libros detexto que figura en el mismo. En el caso de que la librera o establecimiento comercial haya fijado para estos libros de texto unos preciosde venta al pblico que superen el importe mximo indicado en este Cheque-Libros, se abstendr de servir los libros de texto a losrepresentantes legales del alumno o alumna.En ningn caso se exigir el pago de cantidad alguna a los representantes legales del alumnado por servirles los libros de texto recogidosen el presente Cheque-Libros.

    Este impreso se ajusta a la legislacin vigente en materia de proteccin de datos y su funcin es acreditar al alumnado en su condicin de beneficiario del Programa deGratuidad. La entrega de este impreso en una librera o establecimiento comercial no presupone autorizacin ni cesin de los datos personales contenidos en el mismo.

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    ANEXO VIICHEQUE-LIBROS (DIRECCIN DEL CENTRO DOCENTE)

    D./Da. ______________________________________________________________________________________________Director/a del centro: ____________________________________________________________ Cdigo: __________________Domicilio: ______________________________________________________________________________________________Cdigo Postal: ____________ Localidad_______________________________________________________________________Telfono: _________________ Fax: _________________ C.I.F.: ___________________________________________________Direccin de correo electrnico: ______________________________________________________________________________

    Retira de la librera o establecimiento comercial indicado los siguientes libros de texto asignados al alumno/a____________________________________________________ , matriculado/a en el curso _____________ para el cursoescolar______/______, segn el procedimiento para la adquisicin de los libros de texto de las Instrucciones de la Direccin General deParticipacin y Equidad sobre el Programa de Gratuidad de Libros de Texto:

    N rea Curso Ttulo Libro de texto ISBN/EAN Editorial

    1234567891011121314

    Importe mximo a abonar por la Administracin educativa (*) :

    En ____________________________, a ________ de _______________ de ________El/La Directora/a:

    (Sello del centro)

    Fdo.: _______________________________

    Datos del establecimiento:Razn social: __________________________________Domicilio: ____________________________________Localidad: ____________________________________Cdigo Postal: _________________________________Provincia: _____________________________________Telfono: _____________________________________C.I.F.: ________________________________________N de Factura: __________________________________Importe de la factura (IVA incl.) _____________________(Firma y sello)

    Fdo.: _________________________________________

    (*) El importe que figura en este documento es la cantidad mxima que la Administracin educativa abonar por la relacin de libros detexto que figura en el mismo. En el caso de que la librera o establecimiento comercial haya fijado para estos libros de texto unos preciosde venta al pblico que superen el importe mximo indicado en este Cheque-Libros, se abstendr de servir los libros de texto al Director oDirectora del centro.

    Este impreso se ajusta a la legislacin vigente en materia de proteccin de datos y su funcin es acreditar al alumnado en su condicin de beneficiario del Programa deGratuidad. La entrega de este impreso en una librera o establecimiento comercial no presupone autorizacin ni cesin de los datos personales contenidos en el mismo.

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    ANEXO VIIISELECCIN DE LIBROS DE TEXTO

    Centro: _____________________________________________ Curso acadmico: ____ /____Alumno/a: ___________________________________________ Curso: __________ Grupo: _____

    Relacin completa de libros de texto asignados a las materias en las que est matriculado el alumno o la alumnay que est financiado con cargo al Programa de Gratuidad de Libros de Texto:

    Materia Ttulo Editorial Formato del libro

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    ANEXO IX

    SOLICITUD DE AUMENTO DE CUANTA

    Centro _______________________________________________ Cdigo _______________Localidad ___________________________________________ Provincia _______________Curso acadmico: ____ /____

    1. Informe econmico, a cumplimentar si las necesidades de reposicin de los libros de texto superasen losimportes enviados por la Direccin General de Participacin y Equidad para el desarrollo del Programa deGratuidad de Libros de Texto:

    NIVEL N CHEQUES-LIBROS EMITIDOS

    NMERO DE LIBROSADQUIRIDOS SEGN NIVELES

    EDUCATIVOS EN CONCEPTO DEREPOSICIN POR AUMENTO DE

    MATRCULA

    NMERO DE LIBROSADQUIRIDOS SEGN NIVELESEDUCATIVOS EN CONCEPTODE REPOSICIN POR OTRAS

    CAUSAS

    GASTO FACTURADO

    1 EDUCACIN PRIMARIA

    2 EDUCACIN PRIMARIA

    3 EDUCACIN PRIMARIA

    4 EDUCACIN PRIMARIA

    5 EDUCACIN PRIMARIA

    6 EDUCACIN PRIMARIA

    1 EDUCACIN SECUNDARIA

    2 EDUCACIN SECUNDARIA

    3 EDUCACIN SECUNDARIA

    4 EDUCACIN SECUNDARIA

    ALUMNADO CON N.E.A.E

    GASTO TOTAL FACTURADO (EDUCACIN PRIMARIA Y EDUCACIN SECUNDARIA OBLIGATORIA): ______________

    INGRESOS POR LA CONSEJERA DE EDUCACIN, CULTURA Y DEPORTE: _______________________________

    REMANENTE AL INICIO DEL CURSO EN EL PROGRAMA: ____________________________________________

    CANTIDAD SOLICITADA (Restar Ingresos y Remanente a los Gastos) : ___________________________________

    2. Informe explicativo de la causa que motiva la necesidad de aumento de cuanta, por aumento del nmero dealumnado matriculado en el centro, o por otras causas sobrevenidas (explicitar):

    En ______________________ a _____ de ______________ de _______

    El/La Secretario/a: V.B. El/La Director/a:

    Fdo.: _____________________ Fdo.: ______________________

    Ilmo./a. Sr./Sra. Delegado/a Territorial de _____________

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