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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017 - Página 1 de 21 - DICTAMEN DE COMISIÓN Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO HONORABLE AYUNTAMIENTO: Los suscritos Regidores integrantes de la Comisión Colegiada y Permanente de HACIENDA, PATRIMONIO Y PRESUPUESTOS, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen el cual tiene por objeto resolver la solicitud formulada por el ciudadano Antonio Alcalá Sedano, a efecto de que se autorice la modificación de la superficie autorizada a entregar a los herederos de la Sucesión Intestamentaria a bienes de los señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla, respecto del predio localizado en la calle Profesor Luis Monzón, colonia Constitución, así como el pago de la cantidad adeudada derivada del contrato de permuta celebrado el día 20 veinte de septiembre de 1980 mil novecientos ochenta y del Convenio de fecha 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno; motivo por el cual se formulan los siguientes: A NTECEDENTES Y C ONSIDERACIONES : 1. Previo a manifestar la solicitud que dio inicio a la presente resolución, es necesario manifestar lo siguiente: a) El día 20 veinte de septiembre de 1980 mil novecientos ochenta, el Municipio de Zapopan, Jalisco y el señor Lázaro Alcalá Bentura, suscribieron un contrato de permuta bajo los siguientes términos: “…PRIMERA. El Señor Lázaro Alcalá Bentura manifiesta que actualmente tiene la posesión de la finca marcada con el número 710 de la calle Hidalgo en esta población, en virtud de que con fecha 5 de abril de 1962, fue adquirida por su extinta esposa de nombre Francisca Cedano de Alcalá, estando casados entre sí y para la sociedad legal que tenían formada, ante la fe del Notario Público número 9 de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, Lic. Enrique Camarena G., según escritura número 5,551 registrada con fecha 18 de mayo de 1962, agregado el croquis respectivo bajo el número 198, del Libro 2031 de Documentos Generales, y registrada bajo la inscripción 35 de la página 62 del Libro 709, de la Sección Primera, de la Segunda Oficina del Registro Público de la Propiedad, correspondiéndole a la finca el número de orden 62429. SEGUNDA. Que en la actualidad dicho inmueble se encuentra intestado pero que no tiene inconveniente el Señor Lázaro Alcalá Bentura en que se hagan los trámites necesarios para denunciar la sucesión, y en su caso ceder los derechos hereditarios correspondientes, a favor de este Ayuntamiento, así como de quien o quienes más tengan derecho a la masa hereditaria, entendiéndose que únicamente por lo que respecta a la finca en mención, sin comprender ningún otro bien en caso de que lo hubiera.

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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DICTAMEN DE COMISIÓN Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENT O

HONORABLE AYUNTAMIENTO :

Los suscritos Regidores integrantes de la Comisión Colegiada y Permanente de

HACIENDA, PATRIMONIO Y PRESUPUESTOS, nos permitimos presentar a la alta y distinguida

consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen el cual tiene por objeto

resolver la solicitud formulada por el ciudadano Antonio Alcalá Sedano, a efecto de que se

autorice la modificación de la superficie autorizada a entregar a los herederos de la Sucesión

Intestamentaria a bienes de los señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla,

respecto del predio localizado en la calle Profesor Luis Monzón, colonia Constitución, así como el

pago de la cantidad adeudada derivada del contrato de permuta celebrado el día 20 veinte de

septiembre de 1980 mil novecientos ochenta y del Convenio de fecha 13 trece de enero de 1981

mil novecientos ochenta y uno; motivo por el cual se formulan los siguientes:

A N T E C E D E N T E S Y C O N S I D E R A C I O N E S :

1. Previo a manifestar la solicitud que dio inicio a la presente resolución, es necesario

manifestar lo siguiente:

a) El día 20 veinte de septiembre de 1980 mil novecientos ochenta, el Municipio de

Zapopan, Jalisco y el señor Lázaro Alcalá Bentura, suscribieron un contrato de permuta bajo los

siguientes términos:

“…PRIMERA. El Señor Lázaro Alcalá Bentura manifiesta que actualmente tiene la posesión

de la finca marcada con el número 710 de la calle Hidalgo en esta población, en virtud de que con fecha

5 de abril de 1962, fue adquirida por su extinta esposa de nombre Francisca Cedano de Alcalá, estando

casados entre sí y para la sociedad legal que tenían formada, ante la fe del Notario Público número 9 de la

ciudad de Guadalajara, Jalisco, Lic. Enrique Camarena G., según escritura número 5,551 registrada con

fecha 18 de mayo de 1962, agregado el croquis respectivo bajo el número 198, del Libro 2031 de

Documentos Generales, y registrada bajo la inscripción 35 de la página 62 del Libro 709, de la Sección

Primera, de la Segunda Oficina del Registro Público de la Propiedad, correspondiéndole a la finca el

número de orden 62429.

SEGUNDA. Que en la actualidad dicho inmueble se encuentra intestado pero que no tiene

inconveniente el Señor Lázaro Alcalá Bentura en que se hagan los trámites necesarios para denunciar la

sucesión, y en su caso ceder los derechos hereditarios correspondientes, a favor de este Ayuntamiento, así

como de quien o quienes más tengan derecho a la masa hereditaria, entendiéndose que únicamente por lo

que respecta a la finca en mención, sin comprender ningún otro bien en caso de que lo hubiera.

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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TERCERA. Este Ayuntamiento se compromete a proporcionar al Señor Lázaro Alcalá Bentura

y a su familia una casa donde pueda habitar provisionalmente, mientras tanto se localiza un terreno

donde se le pueda construir una nueva casa con valor proporcional al inmueble de su propiedad que

permuta (sic) en los términos que se establecen en las siguientes cláusulas.

CUARTA. El Ayuntamiento se compromete a construir al Señor Lázaro Alcalá Bentura, en un

terreno diferente en que se encuentra ubicado el inmueble que se menciona en la primera cláusula de este

contrato, previa localización del terreno se procederá por conducto del Departamento de Obras Públicas

Municipales, al cual desde luego daré el asesoramiento necesario para la construcción, sin costo alguno

para el permutante.

QUINTA. Que el Señor Lázaro Alcalá Bentura se compromete a desocupar de inmediato la

finca marcada con el número 710 de la calle Hidalgo que habita en compañía de su familia, sin

necesidad de ningún trámite judicial y por su propia voluntad, y da su consentimiento para que de

inmediato también se proceda a su demolición estando de acuerdo en cambiarse al domicilio que se le

proporcione en forma provisional mientras tanto se le construye por el Ayuntamiento otra casa en los

términos ya especificados.

SEXTA. En su caso ambas partes se obligan a escriturar libre de todo gravamen los inmuebles

respectivos y que constituyen el objeto del presente contrato quedando pendiente únicamente el

establecer el lugar del terreno donde se construirá la casa que se le entregara en permuta al Señor

Lázaro Alcalá Bentura, la cual desde luego va hacer de construcción nueva y de un valor proporcional

al que actualmente tenga la finca marcada con el número 710 de la calle Hidalgo en esta Ciudad y que

es entregada en permuta.

SÉPTIMA. Ambas partes consideran que el presente contrato es justo, no contiene clausulas

contrarias a la mora ni al derecho, no hay dolo, error, lesión ni ningún vicio del consentimiento y que si

este se realza es por considerar que la obra que se va a realizar por el Ayuntamiento es necesaria y de

utilidad pública y debidamente enteradas del contenido lo firman ante los testigos que comparecen…”

b) Posteriormente el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno, fue

suscrito un convenio entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, con el fin de

determinar el bien inmueble que el Municipio entregaría al particular, toda vez que en el momento

en que se suscribió el contrato de permuta, aún no se había identificado el inmueble, convenio que

se sujetó a las siguientes cláusulas:

“…PRIMERA. Que en anterior convenio de fecha 20 de septiembre de 1980, el señor Lázaro

Alcalá Bentura, celebró contrato de permuta con el Ayuntamiento, respecto de la finca de su propiedad,

marcada con el número 710 de la calle González Ortega de esta población, también conocida con el

nombre de Prolongación de la Avenida Hidalgo.

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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SEGUNDA. Ambas partes de común acuerdo establecen, como valor del inmueble citado en la

cláusula que antecede, la cantidad de $532,870.00 (QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL

OCHOCIENTOS SETENTA PESOS 00/100 M.N.), para los fines de dicha permuta.

TERCERA. El Ayuntamiento entrega a cambio al permutante quién desde luego recibe la

posesión, un lote de terreno con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00

metros de frente por la calle Profesor Luis. G. Monzón, por 30 metros de fondo, el cual se encuentra

ubicado en la manzana 18 de la Colonia Constitución, comprendida entre las calle Venustiano

Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón.

CUARTA. Ambas partes de común acuerdo le asignan al lote de terreno antes citado un valor

comercial de $336,000.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), salvo error

aritmético, a razón de $800.00 (OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N), metro cuadrado.

QUINTA. El saldo resultante o sea la cantidad de: $196,870.00 (CIENTO NOVENTA Y SEIS

MIL OCHOCIENTOS SETENTA PESOS 00/100 M.N.), se destinará hasta donde alcance para la

construcción de una vivienda, en el terreno que permuta el Ayuntamiento, conforme al plano que se

adjunta al presente convenio y de acuerdo a las necesidades del permutante.

SEXTA. Ambas partes están conformes en que se utilice el materia de construcción que se

aprovechable, y que resulte de la demolición de la finca marcada con el número 710 de la calle González

Ortega ya mencionada, para la construcción de la nueva vivienda.”

c) En Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 29 veintinueve de noviembre del año

2013 dos mil trece, el Pleno aprobó el Dictamen y Propuesta de Comisiones del Ayuntamiento que

resolvió el expediente 160/12, a través del cual se atendió la solicitud del ciudadano José de Jesús

Alcalá Sedano, quien solicitaba que el Ayuntamiento autorizara la escrituración del predio ubicado

en la calle Profesor Luis Monzón, en la colonia Constitución, el cual le fue entregado en permuta

al Municipio, de conformidad al contrato celebrado el 20 veinte de septiembre de 1980 mil

novecientos ochenta; solicitud que se resolvió en los siguientes términos:

“ ACUERDO:

PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre de 1980,

en cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco,

representado en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla Hernández, en su carácter

de Secretario y Sindico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá Bentura, así como los actos posteriores

que quedaron señalados en el cuerpo del dictamen los cuales precisan dicho contrato de permuta:

El Municipio deberá escriturar:

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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Un lote con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00 metros de

frente por la calle Profesor Luis G. Monzón, por 30.00 metros de fondo, el cual se encuentra ubicado en

la Manzana 18 de la colonia Constitución comprendida entre las cales Venustiano Carranza, Manuel

Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle citada Profesor Luis G. Monzón.

En virtud del fallecimiento de los Señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano

Maravilla, se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten adjudicados en la sentencia

ejecutoriada que apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la sucesión intestamentaria a bienes

de los Señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla y de igual manera se le deberá

escriturar al Municipio el predio propiedad privada señalado:

Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una superficie de

154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:

Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad, al Sur en 7.50, con la calle González

Ortega, al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5 todos de la Manzana

3.

Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las obligaciones

recíprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de escrituración y los

impuestos que en su caso cada parte genere.

SEGUNDO.- Se autoriza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36, fracción V y VI,

84, fracción II, inciso b) y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de

Jalisco, la desincorporación del dominio público el lote de terreno con una superficie aproximada de

420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00 metros de frente por la calle Profesor Luis G. Monzón, por

30.00 metros de fondo, el cual se encuentra ubicado en la Manzana 18 de la colonia Constitución

comprendida entre las calles Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle

antes citada Luis G. Monzón., según escritura pública número 6,111 de fecha 27 de septiembre de 1961,

pasada ante la fe del Lic. Juan Aviña López, Notario Público número 10 de la Municipalidad de

Guadalajara, Jalisco. De la cual deberá segregarse la superficie antes citada, misma que surtirá efectos

al momento de la escrituración a favor del Municipio, por tratarse de la enajenación de la figura

jurídica de la permuta.

Este Acuerdo del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36, fracciones

V y VI y 88, fracción II de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de

Jalisco, debe ser aprobado por mayoría calificada del Ayuntamiento…”

2. Una vez manifestado lo anterior, resulta procedente señalar que en Sesión Ordinaria del

Ayuntamiento de fecha 14 catorce de julio del año 2017 dos mil diecisiete, se dio cuenta con la

solicitud formulada por el ciudadano Antonio Alcalá Sedano, a efecto de que el Ayuntamiento

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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estudie, y en su caso autorice modificar la superficie autorizada a entregar a los herederos de la

Sucesión Intestamentaria a bienes de sus padres los señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca

Sedano Maravilla, respecto del predio localizado en la calle Profesor Luis Monzón, colonia

Constitución, así como el pago de la cantidad adeudada derivada del contrato de permuta

celebrado el día 20 veinte de septiembre de 1980 mil novecientos ochenta y del Convenio de fecha

13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno; solicitud que textualmente señala lo

siguiente:

“LIC. JESÚS PABLO LEMUS NAVARRO

PRESIDENTE MUNICIPAL DE ZAPOPAN, JALISCO

PRESENTE.

Por medio de este conducto le envió un cordial saludo y aprovecho el favor de su atención para

referirme al Dictamen de Comisiones y Propuesta de Acuerdo del Ayuntamiento con expediente 160/12,

votado en la Sesión Ordinaria de Ayuntamiento de fecha 29 de Noviembre del 2013, del cual ratifica el

contrato de Permuta celebrado con fecha 20 de Septiembre de 1980, en el cual comparecieron por una

parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco y por otra parte la familia Alcalá (se anexa

copia).

Donde el dictamen precisa que se deberá escriturar un lote con una superficie aproximada de

420 metros cuadrados, teniendo 14 metros de frente por la calle Profesor Luis Monzón por 30 metros de

fondo, el cual se encuentra ubicado en la manzana 18 de la Colonia Constitución comprendida entre las

calles Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles.

Una vez asignada a la Notaria 101 de Guadalajara para protocolizar dicha permuta se pudo

observar que de acuerdo al Certificado de Libertad y/o Gravamen de Febrero del 2017 la superficie real

del predio son 448.87 m2 con dos fracciones; fracción 1 con una superficie de 207.37 m2 y la fracción 2

con una superficie de 241.50 m2 las cuales suman una superficie total de 448.87 m2.

Dada la diferencia se manda a consideración del H. Pleno del Ayuntamiento de Zapopan con

Oficio número 0406/1462/2017 con fecha 09 de Mayo del 2017 la modificación de la superficie a entregar

a los herederos del Sr. Lázaro Alcalá y su esposa (se anexa copia).

Debido a los tiempos prolongados que maneja el H. Pleno del Ayuntamiento de Zapopan para la

aceptación, revisión y aprobación de la superficie del predio así también por los tiempos inhábiles que

maneja el H. Ayuntamiento de Zapopan debido al cambio de administración del próximo año nos vemos en

la necesidad de solicitarle a su persona de la manera más atenta y con el debido respeto la pronta

aceptación, revisión y liberación del oficio Número 0406/1462/2017 y así poder realizar la escrituración

prometida por el H. Ayuntamiento de Zapopan a la familia Alcalá, así también solicitamos el adeudo

monetario por $363,221.68 que se describen en la cláusula quinta del punto 3 del Exp. 160/12 de

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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Dictamen de Comisiones y Propuesta de Acuerdo del Ayuntamiento (se anexa Valor Presente de la

Deuda).

Sin otro particular por el momento, quedo a sus órdenes para cualquier aclaración al respecto.”

Dicho asunto fue turnado para su estudio y dictaminación a la Comisión Colegiada y

Permanente de Hacienda, Patrimonio y Presupuestos, asignándole la Secretaría del Ayuntamiento

el número de expediente 172/17.

3. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala lo siguiente:

“ Artículo 8.- Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho

de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en

materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.

A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya

dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.”

Asimismo el artículo 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, establece que el Municipio libre está investido de personalidad jurídica y manejará su

patrimonio conforme a la ley.

4. La Constitución Política del Estado de Jalisco en el artículo 73 señala que el Municipio

libre está investido de personalidad jurídica y patrimonio propio.

5. Que en los términos de los artículos 82 y 84 de la Ley del Gobierno y la Administración

Pública Municipal del Estado de Jalisco, el patrimonio municipal está formado, entre otros, por los

bienes del dominio público del Municipio y bienes del dominio privado.

6. De conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Reglamento del Ayuntamiento

de Zapopan, Jalisco, la suscrita Comisión es competente para el estudio y dictaminación de la

presente solicitud.

7. Que de los antecedentes referidos se desprende que la multicitada permuta celebrada el

día 20 veinte de septiembre de 1980 mil novecientos ochenta, es una situación de hecho, más no

de Derecho, puesto que hasta el momento ninguna de las partes se han escriturado los inmuebles

permutados.

8. Que por el transcurso del tiempo la situación original cambio, tan es así que el

permutante el señor Lázaro Alcalá Bentura, ya falleció y ahora la escritura debe realizarse a

nombre de los adjudicatarios de la Sucesión Intestamentaria a bienes de los señores Lázaro Alcalá

Bentura y Francisca Sedano Maravilla.

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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9. Que la protocolización de la multicitada permuta se encontraba en trámite en la Notaria

Pública número 101 ciento uno de Guadalajara, Jalisco, sin embargo, del Certificado de Libertad o

Gravamen expedido por el Registro Público de la Propiedad y Comercio del Estado de Jalisco, se

detectó que el inmueble municipal ubicado en la calle Profesor Luis Monzón en la colonia

Constitución, cuenta realmente con una superficie de 448.87 m2 cuatrocientos cuarenta y ocho

metros ochenta y siete decímetros cuadrados, el cual se compone de dos fracciones: la fracción 1

con una superficie de 207.37 m2 doscientos siete metros treinta y siete decímetros cuadrados y la

fracción 2 con una superficie de 241.50 m2 doscientos cuarenta y un metros cincuenta decímetros

cuadrados; es decir, existe una diferencia entre la superficie real y la superficie estipulada en el

convenio de fecha 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno y en el Dictamen y

Propuesta de Comisiones del Ayuntamiento, que resolvió el expediente 160/12, aprobado por el

Pleno en Sesión Ordinaria de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece;

concretamente la diferencia es de 28.87 m2 veintiocho metros ochenta y siete decímetros

cuadrados.

10. Sin embargo, en virtud de lo anterior, respecto a la primer petición del solicitante de

modificar la superficie del inmueble municipal permutado localizado en la calle Profesor Luis

Monzón, dicho asunto ya fue estudiado y autorizado por el ayuntamiento mediante Fe de Erratas

al Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 29 de noviembre de 2013, correspondiente al expediente

160/12, misma Fe de Erratas que el Pleno aprobó en la Sesión del Ayuntamiento de fecha 23

veintitrés de junio de 2017 dos mil diecisiete, en los siguientes términos:

“ FE DE ERRATAS

1. En Sesión Ordinaria del Ayuntamiento que tuvo verificativo el día 29 veintinueve de noviembre

de 2013 dos mil trece, se ratificó el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre de 1980, en

cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, representado

en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla Hernández, en su carácter de Secretario

y Síndico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá Bentura, así como los actos posteriores relativos a

dicho negocio jurídico.

En dicho Acuerdo se estableció que el Municipio debía de escriturar un lote de terreno con una

superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00 metros de frente por la calle Profesor

Luis G. Mónzón, por 30.00 metros de fondo, el cual se encuentra ubicado en la Manzana 18 de la colonia

Constitución comprendida entre las calles Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y

la calle antes citada Profesor Luis G. Monzón.

Asimismo, se dispuso que en virtud del fallecimiento de los Señores Lázaro Alcalá Bentura y

Francisca Sedano Maravilla, se debía escriturar a favor de quien o de quienes resulten adjudicados en la

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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sentencia ejecutoria que apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la sucesión intestamentaria a

bienes de los Señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla y de igual manera se debía

escriturar al Municipio el predio propiedad privada señalado

Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una superficie de

154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:

Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad; al Sur en 7.50, con la calle González

Ortega; al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5 todos de la Manzana

3.

Ambas escrituraciones debían realizarse en acto simultáneo con el fin de que las obligaciones

reciprocas quedaran concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de escrituración y los

impuestos que en su caso cada parte genere.

2. El predio de propiedad privada que el Municipio recibiría por la formalización de la permuta es

uno que el Señor Lázaro Alcalá Bentura entregó al Municipio de Zapopan, Jalisco, está ubicado en la

Avenida Hidalgo, en la Unidad República, donde actualmente están construidas unas canchas deportivas

las cuales actualmente se encuentran funcionando y el Municipio por su parte le entregó un predio

ubicado en la Colonia Constitución en la calle Monzón. Es el caso que a la fecha no se han escriturado ya

que los padres del solicitante fallecieron y se tuvo que tramitar el juicio sucesorio testamentario.

3. A la fecha la permuta autorizada por el Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 29 de noviembre de

2013, si bien los particulares están en posesión del predio de propiedad municipal desde hace varios años,

y ya se dispuso que se escrituraran mutuamente, señalando respecto del inmueble municipal que es “un

lote de terreno con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados”, ello en razón de que en

realidad dicho paño del que ya están en posesión fue fusionado y previamente subdividido resultando en

posesión de los particulares desde el año de 1982 mil novecientos ochenta y dos (hace 35 años), y

compuesto por dos fracciones, la fracción 1 uno con una superficie de 207.37 m2 doscientos siete punto

treinta y siete metros cuadrados y la fracción 2 con una superficie de 241.50 m2 doscientos cuarenta y uno

punto cincuenta metros cuadrados, las cuales suman una superficie de 448.87 m2 cuatrocientos cuarenta y

ocho punto ochenta y siete metros cuadrados.

Esto es lo que motiva la presente Fe de Erratas, para finiquitar esta permuta, de la que de hecho

hace 35 treinta y cinco años se efectuó el intercambio de predios, pero falta su formalización en escritura

pública.

El cambio a efectuar es el siguiente:

DICE:

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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“ PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre de 1980, en

cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, representado

en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla Hernández, en su carácter de Secretario

y Síndico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá Bentura, así como los actos posteriores que quedaron

señalados en el cuerpo del dictamen los cuales precisan dicho contrato de permuta:

El Municipio deberá escriturar:

Un lote de terreno con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00

metros de frente por la calle Profesor Luis G. Mónzón, por 30.00 metros de fondo, el cual se encuentra

ubicado en la Manzana 18 de la colonia Constitución comprendida entre las calles Venustiano Carranza,

Manuel Anaya, Profresor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis G. Monzón.

En virtud del fallecimiento de los Señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano Maravilla,

se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten adjudicados en la sentencia ejecutoria que

apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la sucesión intestamentaria a bienes de los Señores

Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla y de igual manera se le deberá escriturar al

Municipio el predio propiedad privada señalado:

Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una superficie de

154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:

Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad; al Sur en 7.50, con la calle González

Ortega; al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5 todos de la Manzana

3.

Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las obligaciones

reciprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de escrituración y los impuestos

que en su caso cada parte genere.”

DEBE DECIR:

“PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre de 1980, en

cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, representado

en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla Hernández, en su carácter de Secretario

y Síndico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá Bentura, así como los actos posteriores que quedaron

señalados en el cuerpo del dictamen los cuales precisan dicho contrato de permuta:

El Municipio deberá escriturar:

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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Un paño compuesto por dos fracciones, la fracción 1 uno con una superficie de 207.37 m2

doscientos siete punto treinta y siete metros cuadrados y la fracción 2 con una superficie de 241.50 m2

doscientos cuarenta y uno punto cincuenta metros cuadrados, las cuales suman una superficie de 448.87

m2 cuatrocientos cuarenta y ocho punto ochenta y siete metros cuadrados de terreno, el cual se

encuentra ubicado en la Manzana 18 de la colonia Constitución comprendida entre las calles Venustiano

Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle Profesor Luis G. Monzón.

En virtud del fallecimiento de los Señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano Maravilla,

se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten adjudicados en la sentencia ejecutoria que

apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la sucesión intestamentaria a bienes de los Señores

Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla y de igual manera se le deberá escriturar al

Municipio el predio propiedad privada señalado:

Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una superficie de

154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:

Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad; al Sur en 7.50, con la calle González

Ortega; al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5 todos de la Manzana

3.

Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las obligaciones

reciprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de escrituración y los impuestos

que en su caso cada parte genere.”

En virtud de lo anterior:

ÚNICO. Notifíquese a la Dirección de Actas, Acuerdos y Seguimiento, para su conocimiento y

debido cumplimiento, procediendo a elaborar los cumplimientos que del propio dictamen se desprenden y

comunicando a las dependencias relacionadas con su cumplimiento esta Fe de Erratas, para efecto de que

se formalice en escritura pública la permuta pactada.”

Por lo tanto, el tema de ajuste de la superficie del inmueble municipal materia de la

permuta ya está resuelto, ya se hizo constar que la superficie es de 448.87 (cuatrocientos cuarenta

y ocho punto ochenta y siete metros cuadrados de terreno), sustituyendo el dato erróneo de 420.00

cuatrocientos veinte metros cuadrados). Este ajuste tiene por consecuencia que el precio de

intercambio originalmente pactado se eleve, pues desde el primer convenio se estableció un valor

por metro cuadrado para el mismo, y en consecuencia la diferencia por cubrir de edificación que

ahora pretenden los herederos también disminuya. Tanto el valor del terreno como el saldo

restante establecidos en las cláusulas cuarta y quinta del multicitado convenio, deben ser

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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actualizados de conformidad al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC); lo que

proponemos realizar bajo los siguientes términos:

Previo a describir la forma en que los suscritos proponemos actualizar los valores, es

necesario reiterar que el valor base asignado para los inmuebles permutados fue por la cantidad de

$532,870.00 (quinientos treinta y dos mil ochocientos setenta pesos 00/100 M.N.), lo anterior de

conformidad a la cláusula segunda del convenio de fecha 13 trece enero de 1981 mil novecientos

ochenta y uno; por lo que las actualizaciones deberán de sujetarse a dicha cantidad y bajo los

siguientes criterios.

Caso número 1: Actualización del Valor del terreno.

Caso número 2: Actualización del Saldo restante

Para efecto de una mayor comprensión los suscritos describimos el procedimiento

realizado para obtener la actualización del saldo restante:

Convenio de fecha 13 trece de

enero de 1981

Dato correcto, ya validado por el

Ayuntamiento

Superficie del inmueble: 420.00 m2 cuatrocientos veinte

metros cuadrados.

448.87 m2 cuatrocientos cuarenta y

ocho metros ochenta y siete

decímetros cuadrados.

Valor comercial: $336,000.00 (trescientos treinta y

seis mil pesos 00/100 M.N.); a

razón de $800.00 ochocientos

pesos el metros cuadrado.

$359,096.00 trescientos cincuenta y

nueve mil noventa y seis pesos 00/100

M.N; a razón de $800.00 ochocientos

pesos el metros cuadrado.

Convenio de fecha 13 trece de

enero de 1981

Dato correcto, ya validado por el

Ayuntamiento

Superficie del inmueble: 420.00 m2 cuatrocientos veinte

metros cuadrados.

448.87 m2 cuatrocientos cuarenta y

ocho metros ochenta y siete

decímetros cuadrados.

Saldo restante $196,870.00 ciento noventa y

seis mil ochocientos setenta

pesos 00/100 M.N.

$173,774.00 (ciento setenta y tres mil

setecientos setenta y cuatro pesos

(viejos pesos ))

$277,535.62 (doscientos setenta y siete

mil quinientos treinta y cinco pesos

62/100 M.N. (Valor actualizado

conforme al Índice Nacional de

Precios al Consumidor)).

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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Primero determinamos el saldo restante para después proceder a su actualización, el cual se

determina mediante una resta de los siguientes valores:

• Valor establecido para la permuta: $532,870.00 quinientos treinta y dos mil

ochocientos setenta pesos 00/100 (viejos pesos).

• Valor actualizado del terreno: $359,096.00 trescientos cincuenta y nueve mil noventa

y seis pesos 00/100 M.N. (resultado obtenido de multiplicar la superficie real por el costo del

metro cuadrado; 448.87 x 800).

Saldo restante = $173,774.00 ciento setenta y tres mil setecientos setenta y cuatro pesos

(viejos pesos)

El siguiente paso es determinar el factor de actualización, el cual se obtiene de dividir el

índice reciente entre el índice de adquisición del bien, de conformidad al Índice Nacional de

Precios al Consumidor (INPC):

Fecha Valor del índice Factor de Actualización

Agosto de 2017 127.513

Septiembre de 1980 0.07984 127.513/0.07984 =1,597.1066

Finalmente para obtener el valor actualizado de la deuda, multiplicamos el valor presente

por el factor de actualización:

($173,774.00 (valor en viejos pesos) * 1,597.1066 (factor de actualización)) / dividido entre

1,000 para convertir a nuevos pesos.

Resultando la cantidad de $277,535.62 (doscientos setenta y siete mil quinientos treinta

y cinco pesos 62/100 M.N.)

En ese contexto, quedan modificadas las cláusulas tercera, cuarta y quinta del convenio de

fecha 13 trece enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno; para quedar como sigue:

DICE:

“T ERCERA. El Ayuntamiento entrega a cambio al permutante quién desde luego recibe la

posesión, un lote de terreno con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo

14.00 metros de frente por la calle Profesor Luis. G. Monzón, por 30 metros de fondo, el cual se

encuentra ubicado en la manzana 18 de la Colonia Constitución, comprendida entre las calles

Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis.

G. Monzón.”

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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DEBE DECIR:

“TERCERA. El Ayuntamiento entrega a cambio al permutante quién desde luego recibe la

posesión, un lote de terreno con una superficie aproximada de 448.87 (cuatrocientos cuarenta y

ocho metros ochenta y siete decímetros cuadrados), el cual se encuentra ubicado en la manzana

18, calle Profesor Luis G. Monzón en la colonia Constitución, entre las calles Venustiano

Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón.”

DICE:

“CUARTA. Ambas partes de común acuerdo le asignan al lote de terreno antes citado un

valor comercial de $336,000.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.),

salvo error aritmético, a razón de $800.00 (OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N), metro

cuadrado.”

DEBE DECIR:

“CUARTA. Ambas partes de común acuerdo le asignan al lote de terreno antes citado un

valor comercial de $359,096.00 (trescientos cincuenta y nueve mil noventa y seis pesos 00/100

M.N.), salvo error aritmético, a razón de $800.00 ochocientos pesos 00/100 M.N, por metro

cuadrado.”

DICE:

“QUINTA. El saldo resultante o sea la cantidad de: $196,870.00 (CIENTO NOVENTA Y

SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA PESOS 00/100 M.N.), se destinará hasta donde alcance

para la construcción de una vivienda, en el terreno que permuta el Ayuntamiento, conforme al

plano que se adjunta al presente convenio y de acuerdo a las necesidades del permutante.”

DEBE DECIR:

“QUINTA. El saldo resultante o sea la cantidad de $277,535.62 (doscientos setenta y

siete mil quinientos treinta y cinco pesos 62/100 M.N.), se destinará hasta donde alcance para la

construcción de una vivienda, en el terreno que permuta el Ayuntamiento, conforme al plano que

se adjunta al presente convenio y de acuerdo a las necesidades del permutante.”

Asimismo y bajo la misma tesitura, se deberán modificar los Puntos de Acuerdo Primero

y Segundo del Dictamen y Propuesta de Comisiones del Ayuntamiento, que resolvió el expediente

160/12, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil

trece; para quedar como sigue:

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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DICE:

“ PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre

de 1980, en cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan,

Jalisco, representado en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla

Hernández, en su carácter de Secretario y Sindico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá

Bentura, así como los actos posteriores que quedaron señalados en el cuerpo del dictamen los

cuales precisan dicho contrato de permuta:

El Municipio deberá escriturar:

Un lote con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00

metros de frente por la calle Profesor Luis G. Monzón, por 30.00 metros de fondo, el cual se

encuentra ubicado en la Manzana 18 de la colonia Constitución comprendida entre las cales

Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle citada Profesor Luis G.

Monzón.

En virtud del fallecimiento de los Señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano

Maravilla, se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten adjudicados en la sentencia

ejecutoriada que apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la sucesión intestamentaria a

bienes de los Señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla y de igual manera se

le deberá escriturar al Municipio el predio propiedad privada señalado:

Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una

superficie de 154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:

Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad, al Sur en 7.50, con la calle

González Ortega, al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5

todos de la Manzana 3.

Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las

obligaciones recíprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de

escrituración y los impuestos que en su caso cada parte genere.”

DEBE DECIR:

“PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre de

1980, en cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan,

Jalisco, representado en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla Hernández,

en su carácter de Secretario y Sindico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá Bentura, así

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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como los actos posteriores que quedaron señalados en el cuerpo del dictamen los cuales precisan

dicho contrato de permuta:

El Municipio deberá escriturar:

Un lote con una superficie aproximada de 448.87 (cuatrocientos cuarenta y ocho metros

ochenta y siete decímetros cuadrados), el cual se encuentra ubicado en la manzana 18, calle

Profesor Luis G. Monzón en la colonia Constitución, entre las calles Venustiano Carranza, Manuel

Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón.”

En virtud del fallecimiento de los señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano

Maravilla, el citado inmueble se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten

adjudicados en la sentencia ejecutoriada que apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la

Sucesión Intestamentaria a bienes de los señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano

Maravilla y de igual manera éstos deberán escriturar al Municipio el predio propiedad privada

señalado:

Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una superficie

de 154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:

Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad, al Sur en 7.50, con la calle

González Ortega, al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5

todos de la Manzana 3.

Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las

obligaciones recíprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de

escrituración y los impuestos que en su caso cada parte genere.”

DICE:

“ SEGUNDO.- Se autoriza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36, fracción

V y VI, 84, fracción II, inciso b) y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública

Municipal del Estado de Jalisco, la desincorporación del dominio público el lote de terreno con

una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00 metros de frente por la

calle Profesor Luis G. Monzón, por 30.00 metros de fondo, el cual se encuentra ubicado en la

Manzana 18 de la colonia Constitución comprendida entre las calles Venustiano Carranza,

Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Luis G. Monzón., según escritura

pública número 6,111 de fecha 27 de septiembre de 1961, pasada ante la fe del Lic. Juan Aviña

López, Notario Público número 10 de la Municipalidad de Guadalajara, Jalisco. De la cual

deberá segregarse la superficie antes citada, misma que surtirá efectos al momento de la

escrituración a favor del Municipio, por tratarse de la enajenación de la figura jurídica de la

permuta.

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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Este Acuerdo del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36,

fracciones V y VI y 88, fracción II de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal

del Estado de Jalisco, debe ser aprobado por mayoría calificada del Ayuntamiento.”

DEBE DECIR:

“SEGUNDO.- Se autoriza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36, fracción V

y VI, 84, fracción II, inciso b) y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal

del Estado de Jalisco, la desincorporación del dominio público el lote de terreno con una

superficie aproximada de 448.87 (cuatrocientos cuarenta y ocho metros ochenta y siete decímetros

cuadrados), el cual se encuentra ubicado en la manzana 18, calle Profesor Luis G. Monzón en la

colonia Constitución, entre las calles Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles

y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón, según escritura pública número 6,111 de fecha

27 de septiembre de 1961, pasada ante la fe del Lic. Juan Aviña López, Notario Público número

10 de la Municipalidad de Guadalajara, Jalisco. De la cual deberá segregarse la superficie antes

citada, misma que surtirá efectos al momento de la escrituración a favor del Municipio, por

tratarse de la enajenación de la figura jurídica de la permuta.

Este Acuerdo del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36,

fracciones V y VI de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de

Jalisco, debe ser aprobado por mayoría calificada del Ayuntamiento.”

En consecuencia de todo lo anteriormente expuesto y fundado, y de conformidad con lo

establecido por los artículos 8 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

por el artículo 73 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, en los artículos 1, 2, 3, 82, 84 y

demás relativos y aplicables de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del

Estado de Jalisco y por los artículos 1, 3, 7, 17, 19, 31, 33, 35, 37, 38 y 46 del Reglamento del

Ayuntamiento de Zapopan, Jalisco, los Regidores integrantes de la Comisión que emitimos el

presente dictamen, nos permitimos proponer a la consideración de este Ayuntamiento en Pleno,

los siguientes puntos de:

A C U E R D O :

PRIMERO . Se autoriza modificar las cláusulas tercera, cuarta y quinta del convenio de

fecha 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno, suscrito entre el Municipio de

Zapopan, Jalisco y el señor Lázaro Alcalá Bentura, mediante el cual el Municipio determinó

entregar a cambio de la permuta celebrada el día 20 veinte de septiembre de 1980, el lote de

terreno ubicado en la calle Profesor Luis Monzón; colonia Constitución; así como los Puntos de

Acuerdo Primero y Segundo del Dictamen y Propuesta de Comisiones del Ayuntamiento, que

resolvió el expediente 160/12, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 29 veintinueve de

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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noviembre del año 2013 dos mil trece; lo anterior con el fin de modificar la superficie del

inmueble municipal permutado localizado en la calle Profesor Luis Monzón, colonia Constitución,

y como consecuencia a ello modificar el valor del citado terreno y actualizar la cantidad del saldo

restante que se estableció en el multicitado convenio; de conformidad al Índice Nacional de

Precios al Consumidor (INPC); bajo los siguientes términos:

• Convenio de fecha 13 trece enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno:

“ CLÁUSULAS:

(…)

TERCERA. El Ayuntamiento entrega a cambio al permutante quién desde luego recibe la

posesión, un lote de terreno con una superficie aproximada de 448.87 cuatrocientos cuarenta y

ocho metros ochenta y siete decímetros cuadrados, el cual se encuentra ubicado en la manzana

18, calle Profesor Luis G. Monzón en la colonia Constitución, entre las calles Venustiano

Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G.

Monzón.”

“ CUARTA. Ambas partes de común acuerdo le asignan al lote de terreno antes citado

un valor comercial de $359,096.00 trescientos cincuenta y nueve mil noventa y seis pesos 00/100

M.N., salvo error aritmético, a razón de $800.00 ochocientos pesos 00/100 M.N, por metro

cuadrado.”

“ QUINTA. El saldo resultante o sea la cantidad de $277,535.62 (doscientos setenta y

siete mil quinientos treinta y cinco pesos 62/100 M.N.),, se destinará hasta donde alcance para la

construcción de una vivienda, en el terreno que permuta el Ayuntamiento, conforme al plano que

se adjunta al presente convenio y de acuerdo a las necesidades del permutante.”

• Dictamen y Propuesta de Comisiones del Ayuntamiento, que resolvió el expediente

160/12, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil

trece:

“ ACUERDO:

“ PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre

de 1980, en cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan,

Jalisco, representado en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla

Hernández, en su carácter de Secretario y Sindico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá

Bentura, así como los actos posteriores que quedaron señalados en el cuerpo del dictamen los

cuales precisan dicho contrato de permuta:

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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El Municipio deberá escriturar:

Un lote con una superficie aproximada de 448.87 (cuatrocientos cuarenta y ocho metros

ochenta y siete decímetros cuadrados), el cual se encuentra ubicado en la manzana 18, calle

Profesor Luis G. Monzón en la colonia Constitución, entre las calles Venustiano Carranza,

Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón.”

En virtud del fallecimiento de los señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano

Maravilla, el citado inmueble se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten

adjudicados en la sentencia ejecutoriada que apruebe el proyecto de partición y adjudicación de

la Sucesión Intestamentaria a bienes de los señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano

Maravilla y de igual manera éstos deberán escriturar al Municipio el predio propiedad privada

señalado:

Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una

superficie de 154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:

Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad, al Sur en 7.50, con la calle

González Ortega, al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5

todos de la Manzana 3.

Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las

obligaciones recíprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de

escrituración y los impuestos que en su caso cada parte genere.”

“ SEGUNDO.- Se autoriza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36, fracción

V y VI, 84, fracción II, inciso b) y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública

Municipal del Estado de Jalisco, la desincorporación del dominio público el lote de terreno con

una superficie aproximada de 448.87 cuatrocientos cuarenta y ocho metros ochenta y siete

decímetros cuadrados, el cual se encuentra ubicado en la manzana 18, calle Profesor Luis G.

Monzón en la colonia Constitución, entre las calles Venustiano Carranza, Manuel Anaya,

Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón, según escritura pública

número 6,111 de fecha 27 de septiembre de 1961, pasada ante la fe del Lic. Juan Aviña López,

Notario Público número 10 de la Municipalidad de Guadalajara, Jalisco. De la cual deberá

segregarse la superficie antes citada, misma que surtirá efectos al momento de la escrituración a

favor del Municipio, por tratarse de la enajenación de la figura jurídica de la permuta.

Este Acuerdo del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36,

fracciones V y VI de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de

Jalisco, debe ser aprobado por mayoría calificada del Ayuntamiento.”

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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SEGUNDO. Notifíquese la presente resolución a la Unidad de Patrimonio adscrita a la

Dirección de Administración, a la Sindicatura y a la Dirección Jurídico Consultivo, para su

conocimiento y para efecto de que continúen con el proceso de escrituración.

Asimismo una vez que el inmueble ubicado en la Avenida Hidalgo número 710, en la

Unidad República, en este Municipio, se encuentre escriturado e inscrito en el Registro Público de

la Propiedad y de Comercio del Estado de Jalisco, a favor del Municipio de Zapopan, Jalisco; se

instruye a la Unidad de Patrimonio para que le informe dicha situación a la Tesorería Municipal

con el fin de que proceda al pago de la cantidad pactada en la cláusula quinta del convenio de

fecha 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno ($277,535.62 (doscientos setenta y

siete mil quinientos treinta y cinco pesos 62/100 M.N.) a esta fecha.

TERCERO. Asimismo con una copia de la presente resolución notifíquese a la Tesorería

Municipal, para su conocimiento y para que en el cumplimiento de lo establecido en el contrato de

permuta celebrado el día 20 veinte de septiembre de 1980; del convenio suscrito el día 13 trece de

enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno; del Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre

del año 2013 dos mil trece, que resolvió el expediente 160/12, así como de conformidad a lo

señalado en la presente resolución; autorice la erogación correspondiente para el pago de los

gastos, impuestos y honorarios que se generen por la escrituración del predio ubicado en la

Avenida Hidalgo número 710, en la Unidad República, en este Municipio.

Asimismo y una vez que la Unidad de Patrimonio le notifique que el citado inmueble, ya

se encuentra escriturado e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y Comercio del Estado

de Jalisco, a favor del Municipio de Zapopan, Jalisco, realice las acciones correspondientes con el

fin de pagar a los adjudicatarios de la Sucesión Intestamentaria a bienes de los señores Lázaro

Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla, la cantidad de $277,535.62 (doscientos setenta y

siete mil quinientos treinta y cinco pesos 62/100 M.N.),, misma que el Municipio se comprometió

a cubrir.

CUARTO. Una vez escriturado e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y Comercio

del Estado de Jalisco el multicitado inmueble localizado en la Avenida Hidalgo número 710, en la

Unidad República, en este Municipio; éste tendrá el carácter de bien del dominio público por lo

que de conformidad con el artículo 86 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública

Municipal del Estado de Jalisco, se tendrá como incorporado al dominio público, motivo por el

cual se instruye a la Unidad de Patrimonio, para que presente al Pleno la correspondiente

declaratoria de incorporación, para efecto de su publicación e inscripción en el Registro Público de

la Propiedad y Comercio del Estado de Jalisco, motivo por el cual se instruye a la Dirección de

Actas, Acuerdos y Seguimiento, para que dé seguimiento al cumplimiento del presente Acuerdo.

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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QUINTO . Notifíquese a la Dirección de Catastro, para su conocimiento y para que una vez

que le sea remitida la escritura pública del inmueble ubicad en la Avenida Hidalgo número 710, en

la Unidad República, en este Municipio, proceda a la apertura de la cuenta catastral a nombre del

Municipio.

SEXTO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley del Gobierno y la

Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, comuníquese el contenido del presente

Acuerdo al H. Congreso del Estado de Jalisco, dentro de los treinta días posteriores a la fecha de

escrituración de los inmuebles, remitiéndole una copia certificada de este Acuerdo y de la

resolución aprobada en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 29 veintinueve de noviembre

del año 2013 dos mil trece, así como del Acta de la Sesión del Ayuntamiento en cual se autoriza el

presente, para los efectos de revisión y fiscalización de la cuenta pública respectiva; lo anterior,

por conducto de la Tesorería Municipal y de la Unidad de Patrimonio Municipal.

SÉPTIMO . Notifíquese al ciudadano Antonio Alcalá Sedano, en calle Alhelíes número 802

ochocientos dos, colonia Girasoles, Zapopan, Jalisco, para su conocimiento y para que continúe

con los trámites correspondientes de la escrituración.

OCTAVO . Se autoriza a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL, al SÍNDICO MUNICIPAL, al

TESORERO MUNICIPAL y al SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO , para que celebren los actos jurídicos

necesarios y convenientes para cumplimentar el presente Acuerdo.

ATENTAMENTE:

“ZAPOPAN, TIERRA DE AMISTAD, TRABAJO Y RESPETO” “2017, AÑO DEL CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE

JALISCO Y DEL NATALICIO DE JUAN RULFO.” LA COMISIÓN COLEGIADA Y PERMANENTE DE

HACIENDA , PATRIMONIO Y PRESUPUESTOS 14 DE NOVIEMBRE DE 2017

FABIOLA RAQUEL GUADALUPE LOYA HERNÁNDEZ A FAVOR

MARIO ALBERTO RODRÍGUEZ CARRILLO A FAVOR

JOSÉ LUIS TOSTADO BASTIDAS AUSENTE

GRACIELA DE OBALDÍA ESCALANTE A FAVOR

OSCAR JAVIER RAMÍREZ CASTELLANOS A FAVOR

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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017

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ESTEBAN ESTRADA RAMÍREZ

A FAVOR JOSÉ HIRAM TORRES SALCEDO

A FAVOR

ZOILA GUTIÉRREZ AVELAR A FAVOR

XAVIER MARCONI MONTERO VILLANUEVA A FAVOR

ERIKA EUGENIA FÉLIX ÁNGELES A FAVOR

MICHELLE LEAÑO ACEVES A FAVOR

LAURA GABRIELA CÁRDENAS RODRÍGUEZ A FAVOR

MYRIAM PAOLA ABUNDIS VÁZQUEZ A FAVOR

ISRAEL JACOBO BOJÓRQUEZ A FAVOR

JALC/CIAV