2.1 normas que regulan el funcionamiento de la unc

47
Secretaría de Planificación y Gestión Institucional Normas que regulan el funcionamiento de la UNCAb. Alejandro Canals

Upload: spgiunc

Post on 30-Jun-2015

947 views

Category:

Education


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

Universidad Nacional de CórdobaSecretaría de Planificación y Gestión Institucional

“Normas que regulan el funcionamiento de la UNC”

Ab. Alejandro Canals

Page 2: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

CONSTITUCION NACIONALEl artículo 75, inciso 19 dice que corresponde al Congreso de la Nación (Cámara de Senadores-Cámara de Diputados) sancionar leyes que garanticen la autonomía y autarquía de las universidades nacionales.

CONCEPTO DE AUTONOMÍA: La posibilidad de darse sus propias normas, dictar sus propios reglamentos.

(Estatutos)CONCEPTO DE AUTARQUÍA: La posibilidad de

administrar y disponer de su patrimonio

Page 3: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

LEY DE EDUCACION SUPERIOR N° 24521

Sancionada en 1995A) COMPRENDE:- Instituciones de formación superior: a) universitarias; b) no universitarias ya sean Publicas o Privadas y nacionales o provinciales o municipalesB) RESPONSABILIDAD (art. 2)El Estado debe asumir de manera indelegable el servicio de educación de carácter público.

C) FINALIDAD DE EDUCACION SUPERIOR: la formación científica-profesional, humanística y técnica.

Page 4: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

LEY DE EDUACION SUPERIORD.- FUNCIONES BASICAS de las UNIVERSIDADES NACIONALES:

1.- Formación y capacitación de científicos, profesionales, docentes y técnicos;

2.- Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, los estudios humanísticos y las creaciones artísticas;

3.- Crear y difundir el conocimiento y las cultura en todas sus formas;

4.- Preservar la cultura nacional;

5.-Extender su acción y sus servicios a la comunidad, contribuyendo a su desarrollo y transformación, estudiando los problemas nacionales y regionales y prestando asistencia científica y técnica al Estado y a la comunidad.

Page 5: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

INSTITUCIONAL1.- Dictar y reformar sus estatutos;2.- Definir sus órganos de gobierno: composición-funciones-elección de las autoridades;3.- Administrar sus bienes y recursos conformes los estatutos y leyes;4.- Establecer el régimen de acceso, permanencia y promoción de personalDocente y no docente;5.- Designar y remover el personal;6.- Fijar el régimen de convivencia;7.- Relacionarse con instituciones del país y del extranjero;8.- Reconocer oficialmente las asociaciones de estudiantes (centros) previo cumplimiento de la reglamentación;

LEY DE EDUCACION SUPERIOR LA AUTONOMIA DE LAS UNIVERSIDADES ES INSTITUCIONAL Y ACADÉMICA

Page 6: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ACADEMICA1.-Crear carreras de grado y postgrado;2.- Formular y desarrollar planes de estudio, de investigación científica, y de extensión y servicios a la comunidad incluyendo la enseñanza de la ética profesional y capacitación sobre la problemática de la discapacidad;3.-Otorgar grados académicos y títulos habilitantes conforme a las condiciones que establece la ley;4.-Impartir enseñanza;5.-Establecer el régimen de admisión, permanencia y promoción de los estudiantes y el régimen de equivalencias;6.- Revalidar, solo como atribución de las universidades nacionales, los títulos Extranjeros;7.- Desarrollar y participar emprendimientos que favorezcan el avance y la aplicación de los conocimientos:

LEY DE EDUACION SUPERIOR

Page 7: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

CREACION DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALESA.- Condiciones de su creación:

1.- Por ley del Congreso de la Nación;2.- Previsión del crédito presupuestario;3.- Estudio de factibilidad que avale la iniciativa.

B.- Naturaleza Jurídica:Las universidades nacionales son personas jurídicas de derecho publico:

¿Qué es una persona jurídica? Es todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones.

¿Qué es el derecho publico? Es el que regula todo lo relativo a la organización, funcionamiento y actividad

de las diversas actividades de los órganos estatales en su relación con las personas físicas y jurídicas

LEY DE EDUACION SUPERIOR

Page 8: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

CONCLUSIÓN

Las universidades nacionales son entes susceptibles de adquirir derechos y

obligaciones en el marco de su relación con personas físicas y jurídicas

Page 9: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ColegiadosTienen funciones de normativas generales, de definición políticas y de control (Asambleas-Consejo Superior-Consejo Directivos).Integración: los estatutos de las universidades nacionales deben asegurar que:a) el claustro docente tenga mayor representación relativa no inferior a 50% de la totalidad de sus miembros; b) estudiantes deben ser alumnos regulares con el 30% del total de asignaturas que cursan; c) que el personal no docente este representado de acuerdo a lo que establezca cada universidad; d) graduados no deben tener relación de dependencia con la universidad; e) los decanos serán miembros natos del Consejo Superior.

ORGANOS DE CONDUCCION DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES

TIPOS DE ORGANOS DE GOBIERNO

Page 10: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

Unipersonales

Tiene funciones ejecutivas.Condiciones: a)el rector o presidente dura 3 años en sus funciones; b)el cargo es de dedicación exclusiva; c)ser o haber sido profesor por concurso de una universidad

nacional.

ORGANOS DE CONDUCCION DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES

TIPOS DE ORGANOS DE GOBIERNO

Page 11: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

SOSTENIMIENTO DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES (ART.58)

• El Estado Nacional debe asegurar un aporte financiero para el sostenimiento de las instituciones universitarias nacionales que garantice el normal funcionamiento, desarrollo y consecución de los fines de las universidades.

• Para el aporte se tienen cuenta indicadores de eficiencia y equidad (los establece el Ministerio de Educación de la Nación).

• Nunca podrá disminuirse ese aporte como contrapartida de los recursos complementarios que generen las universidades.

LEY DE EDUACION SUPERIOR

Page 12: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

AUTARQUÍA

El artículo 59 de la Ley señala que las universidades nacionales tienen autarquía económica-financiera, que

la ejercen en los términos de la Ley N° 24156 de Administración Financiera.

LEY DE EDUCACION SUPERIOR N° 24521

Page 13: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

La Autarquía implica:

a.- Administrar su patrimonio y aprobar su presupuesto. Los recursos que no se utilizan no vuelven al Ministerio sino que se transfieren al año siguiente.

b.- Fijar su régimen salarial y de administración de personal.

c.- Generar recursos adicionales al aporte del tesoro nacional consistentes en: venta de bienes, productos (medicamentos), derechos, servicios (auditorías-estudios de proyectos), subsidios, contribuciones, herencias, tasas (alquiler de salones) (títulos), cualquier otro recurso.

LEY DE EDUACION SUPERIOR

Page 14: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

AUTARQUIA:d.- los recursos provenientes de contribuciones o tasas por estudios de grado deben destinarse a becas, prestamos, créditos o subsidios. No se pueden utilizar para gastos corrientese.- garantizar el normal desenvolvimiento de sus unidades asistenciales (HNC-HUMN) asegurándoles el manejo descentralizado de los fondos que ellos generen de acuerdo a las normas que dicten los consejos superiores.f.- constituir personas jurídicas de derecho público o participar en ellas (SRT-Fundaciones)g.- aplicar el régimen de contrataciones, de responsabilidad patrimonial y de gestión de bienes raíces. Rector y miembros del HCS serán responsables de la administración financiera y deben responder de acuerdo al artículo 130 y 131 de la Ley 24156.Nunca el Estado nacional responderá por las obligaciones asumidas por las instituciones universitarias que impliquen un perjuicio al tesoro nacional.

LEY DE EDUACION SUPERIOR

Page 15: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ESTATUTO UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA

(U.N.C.)

• El Estatuto es la más clara expresión de la autonomía institucional (en esto responde a lo establecido en la Ley Nro. 24521).

• Es la posibilidad de darse la propia norma que regirá el cometido de la Universidad Nacional de Córdoba

Antecedente Histórico: la UNC es continuidad de la Universidad Mayor de San CarlosSede Principal de la UNC: Av. Haya de la Torre s/n°, Pabellón Argentina, 2° Piso, Ciudad Universitaria, Córdoba, Republica Argentina

Page 16: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ESTATUTO U.N.C.A) MISION (art.2):1.- La educación plena de la persona humana;2.- Formación profesional y técnica;3.- Promoción de la Investigación científica;4.- Desarrollo de la cultura;

Page 17: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ESTATUTO U.N.C.B.- PRINCIPIOS DE GOBIERNO:

C.- INTEGRACION DE LA UNIVERSIDAD:

1)Facultad de Derecho y Cs. Sociales, 2) Facultad de Ciencias Médicas, 3)Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, 4) Facultad de Ciencias Económicas, 5) Facultad de Odontología, 6) Facultad de Ciencias Agropecuarias, 7)Facultad de Filosofía, 8) Facultad de Psicología, 9) Facultad de Ciencias Químicas, 10) Facultad de Matemática, Astronomía y Físicas, 11) Facultad de Lenguas, 12) Facultad de Arquitectura y Urbanismo y 13) Facultad de Artes.

Page 18: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ORGANOS DE CONDUCCION: ORGANOS GENERALES

A.- ASAMBLEA UNIVERSITARIA: Es el Órgano de mayor importancia en la gestión universitaria;

1.- Atribuciones: a) Dictar y reformar sus estatutos; b) Elegir Rector o Vicerrector y resolver en caso de renuncia; c) Separar al Rector y al Vicerrector; d) decidir la creación de nuevas facultades; e)tomar el gobierno de la Universidad en caso de que se produzca un conflicto grave e indisoluble.

2.- Composición: todos los miembros de los Consejos Directivos de las Facultades que integran la Universidad.

3.- Presidencia de la Asamblea: la preside el Rector o quién lo sustituya conforme lo dispuesto por el Estatuto

ESTATUTO U.N.C.

Page 19: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ORGANO DE CONDUCCION: ORGANOS GENERALESB.- CONSEJO SUPERIOR: Tiene funciones de legislación general.

1.- ATRIBUCIONES: comprendidas en el artículo 15 del E.U. (algunas de ellas): a) Ejerce la jurisdicción superior universitaria; b) dicta y modifica su propio reglamento; c) resuelve sobre la convocatoria a Asamblea Universitaria; d) nombra y separa al Secretario General;…..

ESTATUTO U.N.C.

Page 20: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ESTATUTO U.N.C.B- INTEGRACION DE LA UNIVERSIDAD:

1)Facultad de Derecho y Cs. Sociales, 2) Facultad de Ciencias Médicas, 3)Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, 4) Facultad de Ciencias Económicas, 5) Facultad de Odontología, 6) Facultad de Ciencias Agropecuarias, 7)Facultad de Filosofía, 8) Facultad de Psicología, 9) Facultad de Ciencias Químicas, 10) Facultad de Matemática, Astronomía y Físicas, 11) Facultad de Lenguas, 12) Facultad de Arquitectura y Urbanismo y 13) Facultad de Artes.

Page 21: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ORGANO DE CONDUCCION: ORGANOS GENERALESB.- CONSEJO SUPERIOR:

2.- COMPOSICION: 13 decanos de facultad, 13 delegados del claustro docente, 9 estudiantes, 3 egresados y 1 no docente.

Los consiliarios son elegidos por el voto directo y secreto de cada claustro o estamento.

Docentes, egresados y no docente duran 2 años (pueden ser reelectos). Estudiantes duran 1 año. No pueden ser a la vez consiliarios y consejeros.

3.- PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR: la preside el Rector o quién lo sustituya de acuerdo al Estatuto.

ESTATUTO U.N.C.

Page 22: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ORGANOS DE CONDUCCION: ORGANO GENERAL

C.- RECTOR:

Ejerce funciones de ejecución de la normativa y de las políticas institucionales dictadas por el Consejo Superior .

1.- CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD y MANDATO: a) 30 años o más; b) argentino nativo o naturalizado; c) ser o haber sido Profesor regular, Honorario, Emérito o Consulto de la Casa o de cualquier Universidad estatal (iguales condiciones para el Vicerrector); d) duran 3 años; e) solo pueden ser reelegidos una vez más de manera continua.

ESTATUTO U.N.C.

Page 23: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

3.- Atribuciones (Art. 21):a) Representación, gestión, administración y superintendencia;b) Convoca a sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Superior y a la Asamblea Universitaria;c) Cumple y hace cumplir las resoluciones del Consejo;d) Vigila la contabilidad universitaria;e) Propone el nombramiento de funcionarios sujetos a acuerdo del Consejo Superior (Secretario General);h) Nombra por llamado publico a concurso y destituye mediante sumario a los empleados cuya atribución no sea atribución del Consejo o Decanos.

ESTATUTO U.N.C.

Page 24: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ESTATUTO U.N.C.ORGANOS DE CONDUCCION: ORGANOS ESPECIALESA.- Consejo Directivos:

1.- ATRIBUCIONES: a) elige al Decano y al Vicedecano;b) dicta y modifica el reglamento interno de funcionamiento,c) fija las condiciones de admisibilidad y promoción de los alumnos

con aprobación del Consejo Superior; 2.-COMPOSICION: 9 docentes (3 por claustros elegidos por sus pares, titulares o asociados, adjuntos, profesores auxiliares graduados, 6 estudiantes (1/3 de materias aprobadas), 2 graduados y 1 no docente.

Page 25: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ESTATUTO U.N.C.ORGANOS DE CONDUCCION: ORGANO ESPECIALESB.- DECANOS:1.- CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD y MANDATO: a) 30 años o más; b) argentino nativo o naturalizado; c) ser o haber sido Profesor regular, Honorario, Emérito o Consulto de

la Casa o de cualquier Universidad estatal (iguales condiciones para el Vicerrector);

d) duran 3 años; e) solo pueden ser reelegidos una vez más de manera continua.

Page 26: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

ORGANOS DE CONDUCCION: ORGANO ESPECIALB.- DECANOS:

2.- ATRIBUCIONES: a) preside el Consejo Directivo y tiene la gestión y representación de

la Facultad; b) convoca a elección de Consejeros; c) nombra empleados por llamado a concurso de antecedentes y

oposición, y renueve por sumario; d) cumple y hace cumplir las resoluciones del Consejo Superior o del

Directivo.

ESTATUTO U.N.C.

Page 27: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

SOSTENIMIENTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA: (arts.40-41-42-43)

A.- PATRIMONIO: a) Todos los bienes cualquiera sea naturaleza; b) todos los que ingresan en el futuro sean a título oneroso o gratuito; c) los bienes que constituyen el fondo universitario

B.- RECURSOS: a) las sumas que se asignen por el Congreso (subsidio del tesoro nacional); b) los créditos del plan de trabajos públicos; c) los aportes que pudiesen destinar las provincias y los municipios; d) legados o donaciones; e) rentas, frutos o productos de su patrimonio o concesiones y/o los recursos derivados de la negociación o explotación de bienes; f) los derechos, aranceles o tasas por retribución de sus servicios; g) los derechos de explotación de patentes de invención o intelectuales.

C.- FONDO UNIVERSITARIO: a) los valores que lo integran actualmente; b) las economías que se realicen sobre el presupuesto; c) el producido de los RECURSOS (B); d) los excedentes de la recaudación de los presupuestos aprobados.

ESTATUTO U.N.C.

Page 28: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

• A) AMBITO DE APLICACIÓN DEL CCT-366/06• Comprende a todos los trabajadores de las Universidades

Nacionales, cualquiera sea su situación de revista, excluido el personal de conducción política y los trabajadores docentes, en todo el territorio donde las Instituciones Universitarias Nacionales tengan actividad.

Page 29: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

CONDICIONES DE INGRESO (art. 21)

1.Conducta: comportamiento adecuado.

2.Idoneidad: se acredita con el conocimiento demostrado en el procedimiento de selección.

3.Examen de aptitud psicofísica: ante la Comisión Nacional de Reconocimientos Médicos (CNRM).

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

Page 30: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

E) DERECHOS DE LOS TRABAJADORES (art 12)

1. Estabilidad: es el derecho del trabajador de planta permanente a conservar el empleo y el nivel escalafonario alcanzado, salvo que mediare sumario previo y el empleado deje de prestar servicios en la Universidad, ya sea por la sanción de cesantía o exoneración.

2. Retribución por sus servicios: Basado en el artículo 14 de la CN. El personal tiene derecho a la retribución de sus servicios, con arreglo a las escalas que se establezcan en función de cada categoría de revista y de la modalidad de trabajo.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

Page 31: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

E) DERECHOS DE LOS TRABAJADORES (art 12)

3.Igualdad de oportunidad en la carrera: se tiene derecho a igualdad de oportunidades para optar a cubrir cada uno de los niveles y jerarquías previstos, mediante los procedimientos de selección previstos en el CCT. Esto hace a la autonomía institucional consagrada en la Ley 24521.

4.Capacitación permanente: Es la posibilidad de que el empleador brinde formación al empleado para que este lo aplique en la tarea diaria que desarrolla.

Page 32: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

E) DERECHOS DE LOS TRABAJADORES (art 12)

5.Libre agremiación y negociación colectiva: en consonancia con la Ley 23551 de Asociaciones Profesionales y con el sentido mismo que tiene el CCT.

6.Licencias, Justificaciones y franquicias: se aplica el régimen consagrado en este Convenio desde los arts. 79 a 113.

7.Renuncia: es el derecho del trabajador a dar por concluida la relación laboral en el momento que lo estime conveniente o cuando así lo dispone el contrato o la ley..

8.Jubilación: Los requisitos para obtener la jubilación (60 años mujeres con posibilidades de seguir hasta los 65 años o 65 hombres, en ambos casos con 30 años de aportes). La jubilación también es una de las formas de concluir la relación laboral (art.22).

Page 33: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

E) DERECHOS DE LOS TRABAJADORES (art 12)

9. Condiciones adecuadas que aseguren la Higiene y Seguridad en el trabajo: (arts. 114/118)

10 Derecho a la información: el empleador debe brindar a las organizaciones sindicales una amplia información.

11. Asistencia Social para si y su familia, de acuerdo a la legislación vigente: Ello se encuentra respaldado por distintos institutos legales como los seguros de vida colectivo y obligatorio, las obras sociales, las jubilaciones, asignaciones y subsidios familiares, etc.

12. Compensaciones e indemnizaciones: ello esta en función de lo que determine la reglamentación. Viáticos, indemnizaciones o gastos por traslados y compensación por el vehículo utilizado en beneficio del estado.

Page 34: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

E) DERECHOS DE LOS TRABAJADORES (art 12)

13.Interposición de recursos: ello se traduce en la facultad otorgada a cualquier agente que estime habérsele desconocido cualquier derecho, garantía o prerrogativa concedidos por disposiciones vigentes, de poner en marcha los mecanismos previstos en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su reglamentación, para que sean consideradas y resueltas sus pretensiones.

14.Participación por intermedio de las Organizaciones Gremiales, de acuerdo al presente régimen. Se encuentra en directa relación con el enunciado en el apartado 5)

Page 35: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

F) DEBERES DE LOS TRABAJADORES (art 12)1. JURÍDICOS:

a. Prestar el servicio personalmente, encuadrando su cumplimiento en principios de eficacia y eficiencia, capacitándose para ello y de acuerdo a las condiciones y modalidades que resulten del presente.

b. Respetar y hacer cumplir, dentro del marco de competencia de su función, el sistema jurídico vigente.

c. Obedecer toda orden emanada del superior jerárquico competente, que reúna las formalidades del caso y tenga por objeto la realización de actos de servicio compatibles con la función del agente.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

Page 36: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

F) DEBERES DE LOS TRABAJADORES (art 12)1. JURÍDICOS:

a. Prestar el servicio personalmente, encuadrando su cumplimiento en principios de eficacia y eficiencia, capacitándose para ello y de acuerdo a las condiciones y modalidades que resulten del presente.

b. Respetar y hacer cumplir, dentro del marco de competencia de su función, el sistema jurídico vigente.

c. Obedecer toda orden emanada del superior jerárquico competente, que reúna las formalidades del caso y tenga por objeto la realización de actos de servicio compatibles con la función del agente.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

Page 37: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

F) DEBERES DE LOS TRABAJADORES (art 12)

2. DEBERES ETICOS:

a. Observar una actitud acorde con su calidad de empleado universitario y conducirse con respeto y cortesía en sus relaciones con el público y el resto del personal.

b. Llevar a conocimiento de sus superiores todo acto, omisión o procedimiento que causare o pudiere causar perjuicio a la institución universitaria, configurar delito o resultar una aplicación ineficiente de los recursos públicos. Cuando el acto, omisión o procedimiento involucrare a sus superiores inmediatos, podrá hacerlo conocer directamente a las autoridades de la Institución Universitaria o denunciarlo al órgano judicial competente.

Page 38: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

G.- PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES (art.13)

1.- Patrocinar trámites o gestiones administrativas referentes a asuntos de terceros que se vinculen con sus funciones.

2.-Dirigir, administrar, asesorar, patrocinar, representar o prestar servicios remunerados o no, a personas de existencia visible o jurídica que gestionen o exploten concesiones o privilegios de la Institución Universitaria a la que pertenezca, o que fueran sus proveedores o contratistas.

3.- Recibir directa o indirectamente beneficios originados en contratos, concesiones o franquicias que celebre u otorgue la institución universitaria.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

Page 39: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

G.- PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES (art.13)

4.- Valerse directa o indirectamente de facultades o prerrogativas inherentes a sus funciones para fines ajenos a dicha función o para realizar proselitismo o acción política.

5.- Aceptar dádivas, obsequios u otros beneficios u obtener ventajas de cualquier índole, con motivo u ocasión del desempeño de sus funciones.

6.- Representar y/o patrocinar a litigantes o intervenir en gestiones judiciales o extrajudiciales contra la institución universitaria a la que pertenezca.

7.- Desarrollar toda acción u omisión que suponga discriminación por razón de raza, religión, nacionalidad, opinión, sexo u cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

8.- Hacer uso indebido o con fines particulares del patrimonio universitario.

Page 40: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

I.- AGRUPAMIENTOS:

a) Agrupamientos: es el conjunto de categorías, divididas en tramos, abarcativos de funciones programadas para el logro de un objetivo común

AdministrativoMantenimientoProducción y servicios generalesTécnico-profesionalAsistencial.

Page 41: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

b.- Tramos: son las partes en que está dividido cada agrupamiento, de acuerdo a la jerarquía de las funciones cumplidas

Tramo mayor: categorías 1, 2 y 3

Tramo Intermedio: categorías 4 y 5

Tramo Inicial: categorías 6 y 7

Page 42: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

c.- Categorías: son los niveles jerárquicos de cada agrupamiento. A cada categoría le corresponde funciones específicas.

d.- Cargo: es la posición concreta del empleado en la planta no docente de la Institución Universitaria, que importa un conjunto de funciones, atribuciones y responsabilidades, conforme a lo previsto en las respectivas estructuras orgánico-funcionales y que corresponde a cada trabajador según su categoría de revista.

Page 43: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

J.- RETRIBUCIONES (art. 52 hasta 72)

1.- Retribución: se compone de la asignación de la categoría que se identifica en la practica como Ficha 1, más:

Adicionales particulares (antigüedad-título-permanencia-tarea asistencial-por dedicación exclusiva). Hacen a las condiciones personales del empleado.

Suplementos (zona desfavorable-por falla de caja-por riesgo-por mayor responsabilidad). Hacen a la función del empleado.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

Page 44: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

K.- TIEMPO DE TRABAJO (art. 74 y ssgs)

La jornada convencional es de 35 horas semanales de lunes a viernes, siete horas diarias.

El exceso de la jornada habitual extra se liquida como hora extra con el 50% de recargo los días hábiles y 100% los días inhábiles.

Se pueden compensar, si existe acuerdo entre trabajador y empleador, en el mismo mes calendario y si se posponen por razones de servicios, hasta en un plazo mayor de 1 año.

En caso de trabajo nocturno o días hábiles no rigen las condiciones antes citadas y debe ser reglamentado por la Comisión Negociadora de Nivel General.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

Page 45: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

L) LICENCIAS, JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAS (arts. 79/90)1.-LICENCIAS:a) LICENCIA ANUAL ORDINARIA:• Días hábiles de acuerdo a la antigüedad al 31 de diciembre

del año que correspondan• La fecha inicio se debería comunicar con al menos 45 días

de licencia. • Se goza entre el 15 de diciembre y el 28 de febrero del año

siguiente.• No se puede compensar pecuniariamente, salvo cese de la

relación de empleo.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

Page 46: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

M) REGIMEN DISCIPLINARIO (arts. 140 a148 y OHCS 09/2012)

MEDIDAS DISCIPLINARIAS

1.- Represivas: Apercibimiento o Suspensión

- No concluyen la relación laboral.

- Tienen como fin corregir la conducta del empleado.

En el caso de la Suspensión, implica la imposibilidad de cumplir tareas y de no cobrar SALARIO por el lapso correspondiente de la suspensión.

2.- Expulsivas o depurativas: Cesantía o Exoneración: provocan la conclusión de la relación laboral.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)

Page 47: 2.1 Normas que regulan el funcionamiento de la unc

L) EGRESO (art. 22)1.- Renuncia aceptada o vencimiento del plazo para la aceptación expresa por parte de la autoridad competente.2.- Jubilación ordinaria o por invalidez.3.- Aplicación de las sanciones de cesantía o exoneración.4.- Retiro voluntario, en los casos que se establezcan.5.- Por vencimiento del plazo previsto en el artículo 109 ó ejercicio otorgado en el inciso c) del art. 109 excedencia por el término de 6 meses o solicitar resolución de la relación de empleo con derecho a un compensación equivalente al 50% del mejor salario de los últimos 10 años por cada año de antigüedad.6.- Conclusión o rescisión del contrato en el caso del personal no permanente.

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES

(Decreto 366/06)