4 superintendencia de sociedades

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Agenda & Análisis Tributario 108 4 Superintendencia de Sociedades La información financiera, debe ser enviada por las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales, que se encuentren en estado de vigilancia o control en esta Superintendencia, aun cuando estén en concordato, en acuerdo de reestructuración o de reorganización empresarial. Así mismo, están obligadas a remitir la información, las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales en estado de inspección, a quienes de manera particular y en ejercicio de la atribución contenida en el artículo 83 de la Ley 222 de 1995, les sea remitido el requerimiento respectivo. financiera las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales que a 31 de diciembre de 2012 se encuentren adelantando un proceso de liquidación voluntaria. Sin embargo, deben suministrar el certificado de existencia y representación legal expedido por la respectiva Cámara de Comercio en donde conste la inscripción del trámite de liquidación voluntaria. Se debe resaltar que se hizo un ajuste importante en su calendario de vencimientos pues los plazos para la entrega de los reportes del 2012 sí se vencerán en fechas más razonables (a partir del 1 de abril) y no a partir de marzo como sucedió con los reportes del año 2011; es decir los reportes del año 2011 se empezaban a entregar en fechas para las cuales no se habían realizado aún las asambleas y por supuesto no se habían aprobado los Estados Financieros y sin tener mucho menos los dictámenes del Revisor Fiscal Cuadro 4.1 Fuente: Superintendencia de Sociedades, elaboración propia Cómo se debe presentar la información y que documentos adicionales se deben adjuntar. Deberán presentar, con firma digital, los siguientes documentos adicionales, a través del portal empresarial www.supersociedades.gov.co utilizando el mecanismo de firma digital, que será emitido por una entidad certificadora abierta, autorizada por la Superintendencia de Industria y Comercio en Colombia, como lo establece la Ley 527 de 1999 y su Decreto número 1747 de 2000. a) Certificación de los Estados Financieros firmada digitalmente por el representante legal y el contador, suscrita adicionalmente por el revisor fiscal que los dictamina,

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Page 1: 4 Superintendencia de Sociedades

Agenda & Análisis Tributario108

4 Superintendencia de SociedadesLa información financiera, debe ser enviada por las

sociedades comerciales, sucursales de sociedades

extranjeras y empresas unipersonales, que se

encuentren en estado de vigilancia o control en esta

Superintendencia, aun cuando estén en concordato,

en acuerdo de reestructuración o de reorganización

empresarial.

Así mismo, están obligadas a remitir la información,

las sociedades comerciales, sucursales de sociedades

extranjeras y empresas unipersonales en estado

de inspección, a quienes de manera particular y en

ejercicio de la atribución contenida en el artículo 83 de

la Ley 222 de 1995, les sea remitido el requerimiento

respectivo.

financiera las sociedades comerciales, sucursales de

sociedades extranjeras y empresas unipersonales que

a 31 de diciembre de 2012 se encuentren adelantando

un proceso de liquidación voluntaria. Sin embargo,

deben suministrar el certificado de existencia y

representación legal expedido por la respectiva

Cámara de Comercio en donde conste la inscripción

del trámite de liquidación voluntaria.

Se debe resaltar que se hizo un ajuste importante en

su calendario de vencimientos pues los plazos para

la entrega de los reportes del 2012 sí se vencerán

en fechas más razonables (a partir del 1 de abril) y

no a partir de marzo como sucedió con los reportes

del año 2011; es decir los reportes del año 2011 se

empezaban a entregar en fechas para las cuales no se

habían realizado aún las asambleas y por supuesto no

se habían aprobado los Estados Financieros y sin tener

mucho menos los dictámenes del Revisor Fiscal

Cuadro 4.1

Fuente: Superintendencia de Sociedades, elaboración propia

Cómo se debe presentar la información y que

documentos adicionales se deben adjuntar.

Deberán presentar, con firma digital, los siguientes

documentos adicionales, a través del portal

empresarial www.supersociedades.gov.co utilizando

el mecanismo de firma digital, que será emitido por

una entidad certificadora abierta, autorizada por la

Superintendencia de Industria y Comercio en Colombia,

como lo establece la Ley 527 de 1999 y su Decreto

número 1747 de 2000.

a) Certi<cación de los Estados Financieros firmada

digitalmente por el representante legal y el

contador, suscrita adicionalmente por el revisor

fiscal que los dictamina,

Page 2: 4 Superintendencia de Sociedades

Agenda & Análisis Tributario 109

b) El informe de gestión, <rmado digitalmente, el cual debe contener el estado de cumplimiento de

las normas sobre propiedad intelectual y derechos

de autor por parte de la sociedad.

Nota: Esta obligación no aplica para las sucursales de

sociedades extranjeras.

c) El dictamen del Revisor Fiscal, <rmado digitalmente.

Documento electrónico sin firma digital.

d) Las Notas a los Estados Financieros son parte integral de los mismos. Deben enviar las

notas por medio electrónico a través del portal

empresarial, solamente archivos con extensión

.doc o pdf

La Superintendencia de Sociedades entregará sin

costo alguno el mecanismo de certificado digital

de firma para el representante legal, el contador

y el revisor fiscal, si lo hubiere, de las sociedades

comerciales y sucursales de sociedades extranjeras

vigiladas o controladas, estas deberán remitir la

información a través del portal empresarial www.

supersociedades.gov.co, siguiendo el procedimiento

que se describe en la capacitación virtual de la

sección software para el diligenciamiento, sub

sección capacitaciones virtuales.

PRÁCTICAS EMPRESARIALES

El informe de prácticas empresariales, solicitado

en el “Informe 31 – PRACTICAS EMPRESARIALES”,

le permite a la SUPERSOCIEDADES realizar un

diagnóstico del estado actual de las prácticas

relacionadas con el gobierno corporativo y la

responsabilidad social, así mismo, establecer

la forma en que son gobernadas las empresas

colombianas y la cantidad de empresas familiares,

con el fin de entregar a los empresarios herramientas

que les permitan aumentar su sostenibilidad

mediante la cultura del desarrollo competitivo, con

la adopción de prácticas de Responsabilidad Social,

Buen Gobierno Corporativo y Protocolos de Familia.

En el anexo jurídico incluido en este informe, el

empresario podrá adelantar un chequeo de los

mínimos legales de manera que se disminuya el

riesgo de incumplimiento legal y evitar, de esta forma,

sanciones o multas.

Este informe debe ser remitido por todas las

sociedades comerciales y empresas unipersonales

en inspección, vigilancia o control, aun cuando

estén en concordato, en acuerdo de reestructuración

o de reorganización empresarial, que reciban el

requerimiento mencionado.

La responsabilidad del diligenciamiento, del

contenido del Informe de prácticas empresariales

(Informe 31 en el aplicativo STORM) y de la veracidad

de la información, recae en los administradores

de las sociedades requeridas, quienes tienen el

conocimiento directo de la información solicitada,

teniendo en cuenta los deberes establecidos en el

artículo 23 de la Ley 222 de 1995 y responsabilidades

establecidas en los artículos 24 y 43 de la citada ley.

Es importante mencionar que el informe 31 - PRÁCTICAS EMPRESARIALES, NO requiere la presentación de documentos adicionales, NO debe

ser firmado digitalmente y NO requiere el envío de un

oficio indicando el cumplimiento del requerimiento.

Nota: El informe 31-PRÁCTICAS EMPRESARIALES se solicita a partir del mes de Mayo para garantizar

que las sociedades hayan realizado la reunión del

máximo órgano social, por lo cual, el informe estará

disponible para su diligenciamiento en el aplicativo

STORM a partir del primero (1º) de marzo de 2013.

Las sociedades que tengan más de un cierre contable

en el año, deberán presentar la información de

prácticas empresariales respecto de todo lo ocurrido

durante el año 2012 en un solo envío.

Page 3: 4 Superintendencia de Sociedades

Agenda & Análisis Tributario110

Cuadro 4.2

Fuente: Superintendencia de Sociedades, elaboración propia

PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

Las matrices o controlantes que reciban el

requerimiento para remitir la información financiera,

además de los estados financieros individuales

(reporte 01-FORMULARIO EMPRESARIAL) deben

enviar los consolidados en el informe 07-ESTADOS

FINANCIEROS CONSOLIDADOS del aplicativo Storm,

a más tardar el día treinta (30) de abril de 2013.

Es de anotar que las sociedades que se encuentren

en una situación de control o de grupo empresarial

de acuerdo con lo estipulado en los artículos 26, 27

y 28 de la Ley 222 de 1995, deben hacerlo constar

en el registro mercantil en cumplimiento de lo

previsto en el artículo 30 de la misma norma.

Para dar por recibidos los estados financieros

consolidados, es necesario que alleguen la

documentación que se relaciona a continuación,

máximo dentro de los dos (2) días hábiles siguientes

a la fecha otorgada como plazo para el envío de la

información financiera consolidada, a saber:

consolidados

sobre el particular en el artículo 29 de la Ley 222

de 1995.