4.7. recomendaciÓn de medidas preventivas …...estudio acÚstico asociado al plan general...

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ESTUDIO ACÚSTICO ASOCIADO AL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ALBERITE 20/38 4.7. RECOMENDACIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS. Por último, a partir de los niveles sonoros estimados y el análisis del cumplimiento de los objetivos de calidad acústica en función de la zonificación acústica existente, se evalúa la necesidad de proponer medidas preventivas o correctivas contra la contaminación acústica en el supuesto de que se superen dichos objetivos de calidad acústica.

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4.7. RECOMENDACIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS.

Por último, a partir de los niveles sonoros estimados y el análisis del cumplimiento de los objetivos

de calidad acústica en función de la zonificación acústica existente, se evalúa la necesidad de

proponer medidas preventivas o correctivas contra la contaminación acústica en el supuesto de

que se superen dichos objetivos de calidad acústica.

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5.- ZONIFICACIÓN ACÚSTICA DEL TERRITORIO

El ruido ambiental puede tener distintas repercusiones sobre quiénes que lo padecen,

dependiendo de su intensidad y de la exposición y vulnerabilidad al mismo de las personas. Sin

embargo, los criterios de sostenibilidad en los que se fundamenta la legislación abogan por hacer

compatibles usos enfrentados y porque el desarrollo económico, con frecuencia causante de

contaminación acústica, contribuya a mejorar la calidad de vida de la población.

5.1. ATRIBUCIONES COMPETENCIALES

El Ayuntamiento de Alberite es la autoridad responsable de la delimitación de las áreas acústicas

integradas dentro del ámbito territorial del municipio de Alberite, de acuerdo con las atribuciones

competenciales que establece el artículo 4 de la Ley 37/2003, del Ruido.

5.2. ÁREAS ACÚSTICAS

La Ley 37/2003, del Ruido define área acústica como “el ámbito territorial, delimitado por la

administración competente que presenta el mismo objetivo de calidad acústica”; entendiendo por

calidad acústica “el grado de adecuación de las características acústicas de un espacio a las

actividades que se realizan en su ámbito”.

Es decir, las áreas acústicas son el resultado de una delimitación territorial teniendo en cuenta las

actividades y usos predominantes que se desarrollan en el suelo. Pretenden adecuar un nivel

permisivo teórico acorde al tipo de actividad, para poder evaluar más eficazmente la

contaminación acústica.

El Real Decreto 1367/2007 establece los requisitos a alcanzar o mantener para cada tipo de área

acústica, es decir, los denominados objetivos de calidad acústica. La delimitación de áreas

acústicas se traduce en una cartografía que representa la distribución espacial de los objetivos de

calidad acústica. Asimismo, en cada área deberán respetarse los valores límite ruido ambiental

que hagan posible el cumplimiento de los correspondientes objetivos de calidad acústica.

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5.2.1. TIPOS DE ÁREAS ACÚSTICAS

El artículo 5 del Real Decreto 1367/2007 establece que la sectorización del espacio en áreas

acústicas dependerá del uso predominante del suelo, ya sea el actual o el previsto en la

planificación territorial o el planeamiento urbanístico, y establece que los tipos serán, al menos,

los siguientes:

a) Sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial.

b) Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial.

c) Sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos.

d) Sectores del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en el párrafo anterior.

e) Sectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera de especial protección contra la contaminación acústica.

f ) Sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte, u

otros equipamientos públicos que los reclamen.

g) Espacios naturales que requieran una especial protección contra la contaminación acústica.

Tipos de áreas acústicas. RD 1367/2007.

En el anexo V del Real Decreto 1367/2007 se establecen los criterios y directrices para determinar

la inclusión de un sector del territorio en una determinada área acústica. En general, la asignación

de un sector del territorio a uno de los tipos de área acústica depende del uso predominante

actual o previsto para el mismo en la planificación territorial o en el planeamiento urbanístico.

Además, ningún punto del territorio podrá pertenecer simultáneamente a dos tipos de áreas

acústicas distintas; se tratarán de seguir criterios de homogeneidad para evitar la fragmentación

excesiva del territorio; los límites de las áreas acústicas deberán ser fácilmente identificables; y en

ningún caso la zonificación acústica dependerá de los niveles de ruido que existan o que sean

previsibles. Si un lugar se da la coexistencia de usos, podrá determinarse el predominante

mediante el porcentaje de superficie utilizada o bien según el número de personas que lo utilicen.

5.2.2. OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA

El Real Decreto 1367/2007, en su anexo II, fija los objetivos de calidad acústica para cada tipo de

área acústica. Estos objetivos de calidad se refieren a áreas urbanizadas existentes, y para el resto

de áreas urbanizadas se fijan los mismos valores objetivo disminuidos en 5 dBA.

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Tipo de área acústica Índices de ruido

Ld Le Ln

e Sectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una

especial protección contra la contaminación acústica.

60 60 50

a Sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial.

65 65 55

d Sectores del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en c).

70 70 65

c Sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos.

73 73 63

b Sectores del territorio con predominio de suelo de

uso industrial.

75 75 65

f Sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte, u otros equipamientos públicos que los reclamen.

Sin determinar

Sin determinar

Sin determinar

Objetivos de calidad acústica aplicables a áreas urbanizadas existentes. RD 1367/2007.

Siguiendo la definición del Real Decreto 1367/2007, una área urbanizada existente es “la superficie

del territorio que sea área urbanizada antes de la entrada en vigor de este real decreto”; y un área

urbanizada es “la superficie del territorio que reúna los requisitos establecidos en la legislación

urbanística aplicable para ser clasificada como suelo urbano o urbanizado y siempre que se

encuentre ya integrada, de manera legal y efectiva, en la red de dotaciones y servicios propios de

los núcleos de población; entendiéndose que así ocurre cuando las parcelas, estando o no

edificadas, cuenten con las dotaciones y los servicios requeridos por la legislación urbanística o

puedan llegar a contar con ellos sin otras obras que las de conexión a las instalaciones en

funcionamiento.”.

Por último, un nuevo desarrollo urbanístico es “la superficie del territorio en situación de suelo

rural para la que los instrumentos de ordenación territorial y urbanística prevén o permiten su

paso a la situación de suelo urbanizado, mediante las correspondientes actuaciones de

urbanización, así como la de suelo ya urbanizado que esté sometido a actuaciones de reforma o

renovación de la urbanización”.

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5.3. ZONIFICACIÓN ACÚSTICA DEL MUNICIPIO DE ALBERITE

Tanto la delimitación de áreas acústicas del municipio de Alberite como el establecimiento de los

objetivos de calidad acústica aplicables se ha realizado en base a la legislación estatal.

5.3.1. ÁREA DE ESTUDIO

Tal como señala el Real Decreto 1367/2007 y teniendo en cuenta que la delimitación territorial de

las áreas acústicas y su clasificación se basa en los usos actuales o previstos del suelo, la

zonificación acústica de un término municipal afecta a las áreas urbanizadas y a los nuevos

desarrollos urbanísticos, excepto en lo referente a las áreas acústicas de los tipos f) y g), sectores

del territorio afectados por sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros

equipamientos públicos que las reclamen, y espacios naturales que requieran de una especial

protección contra la contaminación acústica, respectivamente.

El territorio objeto de zonificación acústica en el municipio de Alberite es el conjunto del suelo

clasificado por el Plan General Municipal, como suelo urbano o suelo urbanizable, así como el

suelo no urbanizable especial de protección de carreteras.

5.3.2. MAPAS DE ZONIFICACIÓN ACÚSTICA

A partir de todo lo expuesto en este apartado, se ha procedido a realizar la zonificación acústica

del municipio de Alberite. Los mapas de zonificación acústica se presentan en el anexo 1.

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6.- ESTUDIO ACÚSTICO DE LAS INFRAESTRUCTURAS VIARIAS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE ALBERITE

La primera fase del estudio acústico realizado se ha centrado en evaluar las huellas acústicas de las

principales infraestructuras viarias que atraviesan el término municipal. El objetivo que se busca

con esta evaluación es predecir si el territorio incluido en el entorno de la infraestructura

delimitado por la curva isófona en los que se midan los objetivos de calidad acústica que sean de

aplicación a las áreas acústicas correspondientes excede o no la línea límite de edificación propia

de la infraestructura.

Se han considerado todos los focos de ruido descritos en el apartado 2.1 de la presente memoria,

estos son, los ejes viarios LR-254, LR-255, LR-344, LR-460, LR-250 y LR-259.

En la elaboración del mapa de ruido se ha empleado un software predictivo que contempla los

métodos recomendados por la Directiva Europea para la determinación de ruido originado por el

tráfico de carreteras. Este método es el método francés, NMPB-Routes-96 (SETRA-CERTULCPC-

CSTB), mencionado en el “Arreté du mai 1995 relatif au bruit des infrastructures routières, Journal

officiel du 10 mai 1995, article 6” y en la norma francesa “XPS 31-133”.

Una vez creado el modelo, se ha alimentado con la información de tráfico recopilada, y con los

parámetros de cálculo acústicos. Seguidamente se han realizado las correspondientes

simulaciones acústicas, y se han obtenido los mapas de curvas isófonas para los cuatro indicadores

acústicos (Ld, Le, Ln y Lden).

Por último, se han obtenido los valores estimados medios de ruido para los distintos índices

acústicos en el límite de edificación de cada una de las vías. Los resultados obtenidos son los

siguientes:

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Descripción Índice (dBA)

Ld Le Ln Lden

P1 Punto localizado a 18m desde la arista exterior de la calzada más próxima de la carretera LR-254

63,7 63,8 60,5 68

P2 Punto localizado a 18m desde la arista exterior de la calzada más próxima de la carretera LR-255

58,7 58,7 53,8 61,9

P3 Punto localizado a 18m desde la arista exterior de la calzada más próxima de la carretera LR-344

55,8 56 48,9 58,2

P4 Punto localizado a 18m desde la arista exterior de la calzada más próxima de la carretera LR-460

51,9 51,8 46,6 54,9

P5 Punto localizado a 18m desde la arista exterior de la calzada más próxima de la carretera LR-250

59,4 59,6 53,8 62,3

P6 Punto localizado a 18m desde la arista exterior de la calzada más próxima de la carretera LR-259

62,5 62,6 57,1 65,6

Los valores estimados de la tabla anterior se han comparado, en primer lugar, con la tabla del

Anexo II del Real Decreto 1367/2007, que establece los valores límite de niveles sonoros de ruido

ambiental sobre áreas urbanizadas de situación nueva. En la tabla siguiente se representa, para

cada infraestructura analizada, la compatibilidad del uso del suelo en el límite de edificación en

función de cada tipo de área acústica:

Infraestructura Área receptora exterior

(para áreas urbanizadas, situación nueva)

Tipo a Tipo b Tipo c Tipo d Tipo e

LR-254 LR-255 LR-344 LR-460 LR-250 LR-259

De los resultados obtenidos se deduce que, a la espera de que aprobación de las servidumbres

acústicas procedentes de cada una de las infraestructuras de competencia de las distintas

administraciones, en las proximidades de las carreteras LR-344 y LR-460, para áreas urbanizadas

de situación nueva, es compatible cualquier tipología de área acústica, excepto con el tipo e (uso

sanitario, docente y cultural) en periodo noche, por lo que si se opta por este tipo de uso, se

deberá respetar la zona de transición acústica que delimite el correspondiente estudio acústico

asociado al instrumento de planeamiento que se desarrolle, o bien implantar alguna medida

correctora.

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A 18 metros desde la arista exterior de la calzada más próxima de las carreteras LR-255, LR-250 y

LR-259, se observa que para el caso de las áreas urbanizadas de situación nueva a esa distancia de

las carreteras son compatibles usos correspondientes a áreas acústicas de tipo b, tipo c y tipo d. En

el caso de optar por usos más restrictivos (áreas de tipo a ó de tipo e), se deberá respetar la zona

de transición acústica que delimite el correspondiente estudio acústico asociado al instrumento de

planeamiento que se desarrolle, o bien implantar alguna medida correctora, como por ejemplo

pantallas acústicas.

A 18 metros desde la arista exterior de la calzada más próxima de la carretera LR-255, para el caso

de las áreas urbanizadas de situación nueva, no son compatibles ninguno de los usos, por lo que se

deberá respetar la zona de transición acústica que delimite el correspondiente estudio acústico

asociado al instrumento de planeamiento que se desarrolle, o bien implantar alguna medida

correctora.

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A continuación se han comparado los valores estimados de los índices acústicos en los seis puntos

analizados con la tabla del Anexo II del Real Decreto 1367/2007, que establece los valores límite

de niveles sonoros de ruido ambiental sobre áreas urbanizadas existentes:

Infraestructura Área receptora exterior

(para áreas urbanizadas, situación nueva)

Tipo a Tipo b Tipo c Tipo d Tipo e

LR-254 LR-255 LR-344 LR-460 LR-250 LR-259

Dado que los valores límite de niveles sonoros ambientales para áreas urbanizadas de situación

nueva son más restrictivos que los correspondientes a áreas urbanizadas existentes, para este

último caso se observa que hay una mayor compatibilidad de usos del suelo en los límites de

edificación.

A 18 metros de las carreteras LR-344 y LR-460, para áreas urbanizadas existentes, es compatible

cualquier tipología de área acústica.

A 18 metros desde la arista exterior de la calzada más próxima de las carreteras LR-255 y LR-250,

son compatibles usos correspondientes a todos los tipos de áreas acústicas excepto de tipo e (para

áreas urbanizadas existentes) para el periodo noche. En el caso de optar por el uso más restrictivo

(área de tipo e), se deberá respetar la zona de transición acústica u otras medidas correctoras que

establezca el correspondiente estudio acústico asociado al instrumento de planeamiento que se

desarrolle.

A 18 metros desde la arista exterior de la calzada más próxima de las carreteras LR-254, y LR-259,

se observa que para el caso de las áreas urbanizadas existentes a esa distancia de las carreteras

son compatibles usos correspondientes a áreas acústicas de tipo b, tipo c y tipo d. En el caso de

optar por usos más restrictivos (áreas de tipo a ó de tipo e), se deberá respetar la zona de

transición acústica que delimite el correspondiente estudio acústico asociado al instrumento de

planeamiento que se desarrolle, o bien implantar alguna medida correctora, como por ejemplo

pantallas acústicas.

Esta información, se puede visualizar con más detalle en el anexo de mapas de niveles sonoros.

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7.- ESTUDIO ACÚSTICO DEL NÚCLEO URBANO DE ALBERITE En la localidad de Alberite hay variedad de fuentes sonoras, como son el tráfico rodado,

actividades industriales, obras de rehabilitación, servicios de limpieza, recogida de basuras, etc.,

así como la propia actividad de los habitantes que, en su conjunto, pueden llegar a generar un

grado de contaminación acústica urbana significativo.

En el presente estudio se han analizando los focos de ruido que generan sobre la población un

mayor impacto ambiental. En particular, se han evaluado en detalle el ruido procedente del tráfico

rodado, por ser el emisor acústico más relevante en el núcleo urbano desde el punto de vista de la

acústica medioambiental.

Inicialmente se ha llevado a cabo un trabajo de campo con el objeto de identificar los principales

focos de ruido, y proceder posteriormente a su caracterización mediante mediciones de ruido y

otros trabajos, como conteos de tráfico, etc.

Tras la identificación y caracterización de los focos de ruido se han seleccionado las vías que, por

su intensidad de tráfico y por su estructura del viario, son susceptibles de alcanzar niveles sonoros

relevantes, descartando aquellas otras que, por las bajas intensidades medias diarias de tráfico

rodado que soportan durante los periodos día, tarde y noche, está garantizado que no se

alcanzarán niveles sonoros superiores a los valores límite establecidos en el Real Decreto

1367/2007.

Detalle de las vías más relevantes

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Con las vías elegidas se ha creado un modelo acústico, y se ha procedido a realizar las

correspondientes simulaciones. El resultado final ha sido un mapa de niveles sonoros sobre las vías

consideradas para los indicadores acústicos Ld, Le, Ln y Lden. Estos mapas se pueden consultar en

el anexo correspondiente.

Del análisis de los mapas de niveles sonoros y de los resultados del trabajo de campo se deduce

que Alberite, que se caracteriza por tener un tejido urbano que se articula en torno al Casco

Histórico y por poseer un barrio un poco más alejado al este del núcleo, no presenta niveles de

ruido ambiental elevados.

La carretera LR-255, atraviesa la localidad y pasa a denominarse Avenida de Navarra. Es la calle

que registra mayores niveles sonoros, alcanzándose durante el periodo día valores en el rango

entre 65-70 dBA sobre las fachadas de los edificios. Los niveles alcanzados son consecuencia de la

densidad de tráfico rodado en esta vía, más elevada que las del resto de la población.

El Centro Histórico de la localidad está formado por calles en su mayoría estrechas y adoquinadas,

como la Calle Real, del Hórreo, etc. En todas ellas se alcanzan similares registros acústicos, y se

caracterizan por una alta actividad peatonal. El tráfico que soportan es escaso.

El acceso al municipio con mayor afección acústica es el noroeste, por la carretera LR-254 que

deriva de la N-111. En el núcleo urbano pasa a denominarse Carretera de la Circunvalación y

presenta unos niveles de 65-70 dBA.

El resto de la los accesos y salidas de la localidad, presentan bajos niveles sonoros, consecuencia

del reducido tráfico rodado de las vías. Los niveles sonoros alcanzados en estos accesos son en

torno a 60-65 dBA.

Especial atención requieren las zonas de alta sensibilidad acústica, que demandan una protección

muy alta contra el ruido. En el caso de Alberite se corresponden con los usos del suelo

dotacionales docentes y educativos: Colegio Público Avelina Cortázar. Éste se encuentra en una

zona tranquila de la localidad donde no se superan los objetivos de calidad acústica

En la imagen siguiente se muestra el área de tipo e, que se corresponde con el centro educativo,

así como los niveles sonoros de ruido ambiental estimados:

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Mapa de curvas isófonas para Ld sobre área de tipo e

A continuación se muestra una representación similar para las áreas acústicas de tipo a, que

incluye las zonas con predominio usos del suelo residencial, en donde se observa de forma nítida

que travesía denominada Avenida de Navarra es las que genera mayores niveles de ruido.

Mapa de curvas isófonas para Ld sobre las áreas tipo a

Área tipo e

Áreas tipo a

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En la representación del área acústica tipo c, que incluye las zonas con predominio usos del suelo,

recreativo y de espectáculos se aprecia que, por su localización, el grado de contaminación

acústica es nulo.

Mapa de curvas isófonas para Ld sobre las áreas tipo c

En la representación del área acústica tipo d, se aprecia que, por su localización, el grado de

contaminación acústica es bajo.

Mapa de curvas isófonas para Ld sobre las áreas tipo d

Área tipo c

Área tipo d

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Por último, en la representación del área acústica tipo b, que incluye las zonas con predominio

usos del suelo industrial, se observa que la carretera LR-344 es las que genera mayor nivel de

ruido, aunque los niveles estimados están por debajo de los valores límite establecidos.

Mapa de curvas isófonas para Ld sobre las áreas tipo b

Toda esta información, tanto para el indicador Ld, como para Le, Ln y Lden, se puede visualizar con

más detalle en el anexo de mapas de niveles sonoros.

Áreas tipo b

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7.1. DIAGNÓSTICO DE LA EXPOSICIÓN AL RUIDO DEL MUNICIPIO DE ALBERITE

La evaluación de la exposición a la contaminación acústica del municipio de Alberite se realiza a

partir de la información contenida en la zonificación acústica del territorio, que permite conocer

cuáles son los valores límite de niveles sonoros de ruido ambiental a aplicar a cada una de las

áreas acústicas en que está dividido el municipio, y de la información contenida en los mapas de

niveles sonoros representados.

Para estimar la población las viviendas y los colegios afectados se emplean los datos generales del

municipio y las funciones que ofrece el SIG para realizar cálculos teniendo en cuenta los atributos

de los elementos del mapa y su ubicación con respecto a los demás.

Los resultados de las estadísticas son los siguientes:

Número total Número total Número total Número total estimado de estimado de estimado de estimado de viviendasviviendasviviendasviviendas

Número de Número de Número de Número de viviendas viviendas viviendas viviendas expuestas a expuestas a expuestas a expuestas a Ld>65 dBALd>65 dBALd>65 dBALd>65 dBA

Número de Número de Número de Número de viviendas viviendas viviendas viviendas expuestas aexpuestas aexpuestas aexpuestas a LLLLeeee>65 dBA>65 dBA>65 dBA>65 dBA

Número de Número de Número de Número de viviendas viviendas viviendas viviendas expuestas a expuestas a expuestas a expuestas a Ln>55 dBALn>55 dBALn>55 dBALn>55 dBA

1.0551.0551.0551.055 36 38 45

Número total Número total Número total Número total estimado de estimado de estimado de estimado de personaspersonaspersonaspersonas

Número de Número de Número de Número de personaspersonaspersonaspersonas

expuestas a expuestas a expuestas a expuestas a Ld>65 dBALd>65 dBALd>65 dBALd>65 dBA

Número de Número de Número de Número de personaspersonaspersonaspersonas

expuestas a expuestas a expuestas a expuestas a LLLLeeee>65 dBA>65 dBA>65 dBA>65 dBA

Número de Número de Número de Número de personaspersonaspersonaspersonas

expuestas a expuestas a expuestas a expuestas a Ln>55 dBALn>55 dBALn>55 dBALn>55 dBA

2.6922.6922.6922.692 91 94 112

Número total Número total Número total Número total colegioscolegioscolegioscolegios

Número de Número de Número de Número de colegioscolegioscolegioscolegios

expuestoexpuestoexpuestoexpuestos a s a s a s a Ld>6Ld>6Ld>6Ld>60000 dBAdBAdBAdBA

Número de Número de Número de Número de colegioscolegioscolegioscolegios

expuestoexpuestoexpuestoexpuestos a s a s a s a Ld>6Ld>6Ld>6Ld>60000 dBAdBAdBAdBA

Número de Número de Número de Número de colegioscolegioscolegioscolegios

expuestoexpuestoexpuestoexpuestos a s a s a s a Ld>Ld>Ld>Ld>50505050 dBAdBAdBAdBA

1111 0 0 0

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8. CONCLUSIONES

• En el presente estudio acústico se ha realizado la zonificación acústica del territorio

correspondiente al municipio de Alberite, según los tipos de áreas acústicas y en base a los

criterios recomendados en el anexo V del RD 1367/2007, que desarrolla parcialmente la Ley

37/2003, del Ruido. De este modo, se da cumplimiento a lo establecido en el Artículo 13, del

RD 1367/2007. El plano de zonificación acústica propuesto se presenta en el anexo 1 del

presente estudio.

• Se ha realizado un estudio de ruido pormenorizado en el ámbito de estudio con el objeto de

disponer de una herramienta de diagnosis que permita predecir los niveles sonoros

ambientales que se alcanzan en los entornos de las infraestructuras viarias que transcurren

por el municipio y, a partir de la zonificación acústica propuesta, poder evaluar el grado de

contaminación acústica en el municipio de Alberite.

• En los trabajos se ha analizado la situación acústica actual del área de estudio, en base a

mediciones de ruido ambiental “in situ” y a modelizaciones predictivas.

• De los resultados obtenidos, y a la espera de que los órganos sustantivos competentes de las

infraestructuras viarias afectadas delimiten las zonas de servidumbre acústica, se deduce

que, en el entorno próximo de las infraestructuras de transporte que atraviesan el término

municipal de Alberite, son compatibles ciertos usos del suelo, mientras que para otros será

necesario establecer medidas preventivas o correctivas contra la contaminación acústica

previamente a su desarrollo. En el apartado 6 se desarrolla en detalle la compatibilidad de

usos del suelo en función de la huella acústica estimada.

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• El núcleo urbano de Alberite se puede clasificar como de moderadamente tranquilo desde el

punto de vista acústico:

- El municipio no presenta actividad industrial importante, y en las áreas donde se

encuentra, no se superan los valores límite de ruido ambiental exigidos.

- En la travesía denominada Avenida de Navarra y en la Carretera de la Circunvalación los

niveles sonoros se encuentran por encima de los valores límite que establece el Real

Decreto 1367/2007, por tanto se propone declarar estas áreas como Zonas de Protección

Acústica Especial (ZPAE) en virtud del punto 1 del artículo 25 de la Ley 37/2003, de 17 de

noviembre, del Ruido. Éste establece que las áreas acústicas en las que se incumplan los

objetivos aplicables de calidad acústica, aun observándose por los emisores acústicos los

valores límite aplicables, serán declaradas zonas de protección acústica especial por la

Administración pública competente.

Detalle de la zona propuesta como ZPAE

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ESTUDIO ACÚSTICO ASOCIADO AL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ALBERITE

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En el punto 3 del anteriormente mencionado artículo 25, se indica que desaparecidas las

causas que provocaron la declaración, la Administración pública correspondiente declarará

el cese del régimen aplicable a las zonas de protección acústica especial.

- El resto de calles del núcleo urbano, como consecuencia de su morfología y de los niveles

de tráfico rodado que soportan, no alcanzan, en general, niveles sonoros por encima de

los valores límite que establece el RD 1367/2007.

- El área de tipo e (centro educativo), como consecuencia de estar ubicada en una zona

tranquila, presenta niveles sonoros por debajo de los valores límite

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9. MEDIDAS PREVISTAS PARA PREVENIR Y REDUCIR LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

• En las zonas escolares no es necesario establecer algún tipo de medida correctora contra la

contaminación acústica, dado que no se superan los valores límite establecidos.

• En el punto 3 del artículo 25 de la Ley 37/2003 de 17 de noviembre, del Ruido, se establece

que las administraciones públicas competentes elaborarán planes zonales específicos para la

mejora acústica progresiva del medio ambiente en las zonas de protección acústica especial,

hasta alcanzar los objetivos de calidad acústica que les sean de aplicación. Los planes

contendrán las medidas correctoras que deban aplicarse. Dado que en las áreas propuestas

ya existen medidas para disminuir la contaminación acústica, como son los pasos

sobreelevados y las limitaciones de la velocidad, se recomienda establecer políticas de

movilidad orientadas al fomento del transporte público y colectivo, mejora de la red vial,

restricciones de circulación y/o horarias de determinadas clases de vehículos, etc.

• A efectos de prevenir y garantizar que en el futuro la contaminación acústica en el municipio

se mantenga por debajo de los valores objetivo aplicables, se recomienda que en los futuros

instrumentos de planeamiento urbanístico que se desarrollen en el municipio se incluya un

estudio acústico que zonifique, evalué y proponga las medidas preventivas y correctivas, si

proceden, para garantizar la no superación de los valores límite aplicables.

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ANEXOS:

IDI-PGOU-Berceo Ing-Alberite-2012_046

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ANEXOS:

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ANEXO 1.

MAPA DE PUNTOS DE MEDIDA

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9

8

1

7

6

4

3

2

13

15

14

12

11

10

CONSULTORA ESCALA

1:6.500

SITUACIÓN Y UBICACIÓNDE PUNTOS RECEPTORESU.1.

Estudio acústico asociado alPlan General Municipal de Alberite.Mayo 2012.

Niveles sonoros (dBA)

50 - 55

55 - 60

60 - 65

65 - 70

70 - 75

> 75

45 - 50

PETICIONARIO

Ayto. de Alberite

0 200 m

´LEYENDA

Edificios

Municipio

Otros elementos

Hidrografía

Vías

Curvas de nivel

Puntos de medición!

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ANEXO 2.

MAPA DE ZONIFICACIÓN ACÚSTICA

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CONSULTORA ESCALA

1:20.000

ZONIFICACIÓN ACÚSTICADE ALBERITE

Estudio acústico asociado alPlan General Municipal de Alberite.Mayo 2012.

PETICIONARIO

Áreas urbanizadas existentes Áreas urbanizadas nuevas

Tipo a.

Tipo b.

Tipo c.

Tipo d.

Tipo e.

ÁREAS ACÚSTICAS (REAL DECRETO 1367/2007)

Tipo f.

Tipo g.

Tipo a.

Tipo b.

Tipo c.

Tipo d.

Tipo e.

Tipo f.

Tipo g.

Ayto. de Alberite

Z.00 200m

´

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CONSULTORA ESCALA

1:5.000

ZONIFICACIÓN ACÚSTICADE ALBERITE

Estudio acústico asociado alPlan General Municipal de Alberite.Mayo 2012.

Z.5PETICIONARIO

Áreas urbanizadas existentes Áreas urbanizadas nuevas

Tipo a.

Tipo b.

Tipo c.

Tipo d.

Tipo e.

ÁREAS ACÚSTICAS (REAL DECRETO 1367/2007)

Tipo f.

Tipo g.

Tipo a.

Tipo b.

Tipo c.

Tipo d.

Tipo e.

Tipo f.

Tipo g.

Ayto. de Alberite

0 100 m

´

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ANEXO 3.

FICHAS DE MEDICIONES ACÚSTICAS

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PUNTO 8 Lugar de medida: Carretera del Portillo. Fecha de realización: 10 de abril de 2012 Datos de la medición: Localización del punto de medida:

Periodo Día

Nivel Sonoro LAeq 61.2 dBA

Condiciones atmosféricas

Temperatura 12 ºC Presión atmosférica 1027 mb Velocidad del viento < 3 m/s

Fotografías del lugar de medida:

Otra información de interés: Foco sonoro principal: Tráfico rodado. Otros focos de ruido: Actividad propia del núcleo del municipio.

Observaciones: Punto próximo a la zona de bodegas.

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ANEXO 4.

MAPA DE NIVELES ACÚSTICOS. Ld.

RUIDO TOTAL

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CONSULTORA ESCALA

1:20.000

NIVELES SONOROSPERIODO DÍAN.0.Estudio acústico asociado alPlan General Municipal de Alberite.Mayo 2012.

Niveles sonoros (dBA)

50 - 55

55 - 60

60 - 65

65 - 70

70 - 75

> 75

45 - 50

PETICIONARIO

0 200 m

´Ayto. de Alberite

LEYENDA

Edificios

Municipio

Otros elementos

Hidrografía

Vías

Curvas de nivel

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CONSULTORA ESCALA

1:6.500

NIVELES SONOROSPERIODO DÍAN.1.

Estudio acústico asociado alPlan General Municipal de Alberite.Mayo 2012.

Niveles sonoros (dBA)

50 - 55

55 - 60

60 - 65

65 - 70

70 - 75

> 75

45 - 50

LEYENDA

Edificios

Municipio

Otros elementos

Hidrografía

Vías

Curvas de nivel

PETICIONARIO

Ayto. de Alberite

0 200 m

´