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1 viernes, 29 de mayo de 2020 Friday, May 29, 2020
A V I S O INFORMACION RELEVANTE COMUNICADA POR VERTICE TRESCIENTOS SESENTA GRADOS, S.A.
En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo, Vértice Trescientos Sesenta Grados, S.A., comunica la siguiente información relevante: “Que por hecho relevante de fecha 8 de abril de 2020 se informó de la aprobación de la convocatoria de la
Junta General Ordinaria de Accionista de la Sociedad para los días 29 de junio en primera convocatoria, y 30
junio en segunda.
Que, en virtud de la Orden SND/403/2020, de 11 mayo, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben
someterse las personas procedentes de otros países a su llegada a España, durante la situación de crisis
sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como la Orden SND/439/2020, de 23 de mayo, por la que se
prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres, aéreas y marítimas con motivo de la situación de
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, existe vigente una prohibición de entrada por parte de residentes
en el extranjero que pudiera impedir la asistencia de estos a la Junta General convocada.
Vista la anterior decisión gubernativa, a fin de evitar cualquier limitación en el ejercicio de los derechos de
dichos socios y cargos, y garantizando el normal desarrollo de la Junta, se procederá a acordar por el Consejo
de Administración el traslado de la fecha de celebración de la Junta General Ordinaria, preferentemente, al
día 22 de julio de 2020 en primera convocatoria y al 23 de julio en segunda. Una vez se adopte el acuerdo
por el Consejo de Administración de la nueva fecha de celebración de la Junta, se procederá a su formal
convocatoria, comunicándolo a la CNMV y por hecho relevante.
D. Javier Calvo Salve
Secretario del Consejo de Administración de Vértice Trescientos Sesenta Grados, S.A.”
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO
A V I S O
INFORMACION RELEVANTE COMUNICADA POR ACCIONA, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo, Acciona, S.A., comunica la siguiente información relevante: En la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada en el día de hoy, en segunda convocatoria, con
asistencia del 83,486% del capital social (incluida autocartera), se han aprobado con el voto favorable de al
menos el 92,71% del capital con derecho a voto concurrente a la Junta, todas y cada una de las propuestas
de acuerdo sometidas a votación en los términos previstos en la documentación puesta a disposición de los
accionistas y que resultan coincidentes con las propuestas de acuerdos que fueron comunicadas a la
Comisión Nacional del Mercado de Valores el pasado 24 de abril de 2020, con número de registro 1733.
Esta información se publica en idiomas español e inglés, en caso de discrepancia entre ambas versiones,
prevalecerá la versión española.
Los acuerdos aprobados son los siguientes:
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PUNTO PRIMERO: CUENTAS ANUALES Y AUDITORÍA
PUNTO 1.1.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales individuales (balance, cuenta de
pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) de
Acciona, S.A. y consolidadas del grupo del que es sociedad dominante, correspondientes al ejercicio 2019.
PUNTO 1.2.- Examen y aprobación, en su caso, de los informes de gestión, individual de Acciona, S.A. y
consolidado del grupo del que es sociedad dominante, correspondientes al ejercicio 2019, y aprobación, en
su caso, de la gestión social.
PUNTO 1.3.- Examen y aprobación, en su caso, del estado de información no financiera consolidado,
integrado en la Memoria de Sostenibilidad, y que forma parte del informe de gestión consolidado,
correspondiente al ejercicio 2019.
PUNTO 1.4.- Aprobación, en su caso, de la Memoria de Sostenibilidad 2019.
PUNTO 1.5.- Aplicación del resultado del ejercicio social de 2019.
Facultar al Consejo de administración para que, en el plazo de doce meses desde la fecha de aprobación de
este acuerdo, fije la fecha de pago del dividendo por importe bruto de, aproximadamente, 1,925€ por acción
(o cifra superior que fije el Consejo de Administración o sus miembros con facultades delegadas en caso de
existir autocartera directa) de conformidad con lo previsto por el artículo 276.3 de la LSC. El pago del dividendo
se hará a través de las entidades adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro
Compensación y Liquidación de Valores.
PUNTO 1.6.- Reelegir a KPMG Auditores, S.L. como auditor de cuentas de Acciona, S.A. y de su grupo para
el ejercicio 2020.
PUNTO SEGUNDO: RENOVACIÓN DEL CONSEJO
PUNTO 2.1.- Reelegir a Dª Karen Christiana Figueres Olsen, como Consejera Externa Independiente, por el
plazo estatutario de mandato.
PUNTO 2.2.- Reelegir a D. Jerónimo Marcos Gerard Rivero, como Consejero Externo Independiente, por el
plazo estatutario de mandato.
PUNTO TERCERO: DELEGACIONES Y AUTORIZACIONES A FAVOR DEL CONSEJO DE
ADMINISTRACIÓN
PUNTO 3.1.- Delegación a favor del Consejo de Administración, por un plazo de cinco años y con expresa
facultad de sustitución, de la facultad de aumentar el capital social en una o varias veces, mediante
aportaciones dinerarias y hasta un importe máximo de 27.428.326€, equivalente a la mitad del capital social
actual, en los términos y condiciones que el Consejo de Administración decida en cada caso, con atribución
de la facultad de excluir total o parcialmente el derecho de suscripción preferente hasta un límite del 20% del
capital social en el momento de la presente delegación, y con expresa autorización para dar, en su caso,
nueva redacción a los artículos estatutarios pertinentes, dejando sin efecto la autorización conferida por la
Junta General Ordinaria de accionistas de 10 de mayo de 2016.
PUNTO 3.2.- Delegación a favor del Consejo de Administración, por un plazo de cinco años y con expresa
facultad de sustitución, de la facultad de emitir obligaciones, bonos y otros valores de renta fija convertibles o
canjeables por acciones de la Sociedad así como warrants y cualesquiera otros instrumentos que den derecho
a la adquisición de acciones de nueva emisión de la Sociedad o acciones en circulación de la Sociedad, con
el límite de 3.000.000.000 € y con atribución de la facultad de excluir total o parcialmente el derecho de
suscripción preferente hasta un límite del 20% del capital social en el momento de la presente delegación,
comprendido, en su caso, el que pueda derivarse de la aprobación y ejecución de la propuesta de acuerdo
recogida en el punto 3.1. del orden del día; autorización para dar, en su caso, nueva redacción a los artículos
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estatutarios pertinentes, dejando sin efecto la autorización conferida por la Junta General Ordinaria de
accionistas de 10 de mayo de 2016.
PUNTO 3.3.- Autorización para convocar, en su caso, Juntas Generales extraordinarias de la sociedad con
una antelación mínima de veintiún días.
PUNTO CUARTO: ACUERDOS RELATIVOS A REMUNERACIONES
PUNTO 4.1.- Política de Remuneraciones de los consejeros para los años 2021, 2022 y 2023.
PUNTO 4.2.- Modificación, en su caso, del sistema de liquidación del Plan de Entrega de Acciones y
Performance Shares 2014.
PUNTO 4.3.- Aprobación, en su caso, de un nuevo plan de incentivo a largo plazo vinculado a la creación de
valor dirigido a los Consejeros Ejecutivos.
PUNTO 4.4.- Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros 2019.
PUNTO QUINTO: MODIFICACIONES DE LOS ESTATUTOS SOCIALES Y DEL REGLAMENTO DE LA
JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.
PUNTO 5.1.- Modificación del artículo 18 (Legitimación para asistir) de los Estatutos Sociales.
PUNTO 5.2.- Modificación del Reglamento de la Junta General de Accionistas mediante la incorporación de
un nuevo artículo 15bis (Asistencia Telemática)
PUNTO SEXTO: DELEGACIÓN DE FACULTADES EN EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PARA EL
DESARROLLO, INTERPRETACIÓN, SUBSANACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS DE LA
JUNTA GENERAL.
Jorge Vega-Penichet López - Secretario del Consejo de Administración”
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO
A V I S O
INFORMACION RELEVANTE COMUNICADA POR IBERDROLA, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo, Iberdrola, S.A., comunica la siguiente información relevante: “En relación con la comunicación de otra información relevante del día 28 de mayo de 2020 (con número de
registro oficial 2.470), ponemos en su conocimiento que, debido a la fuerte demanda habida en el proceso de
solicitud de suscripciones (bookbuilding), se ha aumentado a 200 millones de euros el importe nominal de la
emisión de bonos adicionales referenciados al valor de las acciones de Iberdrola, S.A. (los “Bonos
Adicionales” e “Iberdrola”), garantizados por Iberdrola, que ha lanzado Iberdrola International B.V. (el
“Emisor”)1 en el euromercado, bajo los mismos términos y condiciones que los bonos emitidos por el Emisor
el 16 de noviembre de 2015, los cuales devengan un cupón anual del 0 % y vencen el 11 de noviembre de
2022.
Asimismo, se informa de que el precio inicial de emisión de los Bonos Adicionales (el denominado Initial Tap
Price), que se utilizará como base de cálculo del precio final de emisión (el denominado Final Tap Price), es
el 124,75 % de su valor nominal.
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En los próximos días se comunicará el precio final de emisión de los Bonos Adicionales y, en consecuencia,
el importe total de la emisión.
El secretario del Consejo de Administración”
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO
A V I S O
INFORMACION RELEVANTE COMUNICADA POR TUBACEX, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo, Tubacex, S.A., comunica la siguiente información relevante: “TUBACEX S.A. ( en adelante TUBACEX o la “Sociedad”) comunica las operaciones llevadas a cabo sobre
sus propias acciones durante el periodo transcurrido entre el 22 y 28 de mayo (ambos inclusive) al amparo
del programa de recompra aprobado por el Consejo de Administración el 12 de marzo de 2020 en el marco
de la autorización otorgada por la Junta General de Accionistas el 24 de julio de 2017 y comunicado el jueves
12 de marzo de 2020 con número de registro 944 (CNMV).
Fecha operación Valor Operación Centro de
Negociación Número de
acciones Precio medio
(EUR)
22/05/2020 TUB Compra XMAD 66.089 1,09839
25/05/2020 TUB Compra XMAD 15.552 1,12246
26/05/2020 TUB Compra XMAD 45.716 1,13522
27/05/2020 TUB Compra XMAD 35.092 1,15080
28/05/2020 TUB Compra XMAD 77.791 1,15217
Maider Cuadra Etxebarrena - Secretario del Consejo de Administración”
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 28 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO
A V I S O
INFORMACION RELEVANTE COMUNICADA POR GRUPO CATALANA OCCIDENTE, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo, Grupo Catalana Occidente, S.A., comunica la siguiente información relevante: “La Sociedad informa que, con efecto 29 de mayo de 2020, ha resuelto junto con su filial íntegramente
participada Sociedad Gestión Catalana Occidente, S.A.U. ("Sogesco") el Contrato de Liquidez suscrito en
fecha 10 de enero de 2020 con GVC Gaesco S.V., S.A. (el "Intermediario Financiero") comunicado
mediante Hecho Relevante remitido en dicha fecha (n° de registro 285830 CNMV).
El motivo de la resolución es la consecución de los objetivos del Contrato de Liquidez (favorecer la liquidez
en las transacciones y regularidad en la cotización).
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A continuación, siguiendo lo previsto en la Circular 1/2017, Norma Cuarta, apartado 2b), se informa de las
operaciones realizadas en virtud del Contrato de Liquidez resuelto con el Intermediario Financiero, en el
que se asignó inicialmente 25.078 acciones de la Sociedad y un efectivo de 800.000 euros, haciendo
constar el resumen correspondiente a la operativa desde la última fecha reportada (esto es, el 9 de abril)
y hasta la fecha de su resolución:
Títulos Importe (€) Cambio medio
Saldo inicial del contrato 25.078 800.000
Saldo inicial del periodo 42.796 332.220
Compras 58.217 1.024.744 17,60
Ventas 76.244 1.370.486 17,97
Gastos de ejecución en el periodo 1.794
Saldo final del periodo 24.769 676.168
Asimismo, el Intermediario Financiero procederá a transferir el saldo de efectivo remanente del Contrato
de Liquidez a una cuenta de la Sociedad por importe de 687.204 euros (676.168 euros de las operaciones
más 11.036 euros de dividendos netos cobrados) así como a traspasar a una cuenta de valores de Sogesco
24.769 acciones de la Sociedad, correspondiente al saldo de la cuenta de valores abierta en el
Intermediario Financiero, siendo éste un número inferior al saldo inicial de dicha cuenta.
Finalmente, se deja constancia de la información correspondiente al número de acciones de la Sociedad
compradas y vendidas durante toda la vigencia del Contrato de Liquidez:
Número total de acciones compradas: 167.703 Número total de acciones vendidas: 168.012
Francisco José Arregui Laborda - Director General - Secretario del Consejo de Administración”
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO
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INFORMACION RELEVANTE COMUNICADA POR MEDIASET ESPAÑA COMUNICACION, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo, Mediaset España Comunicación, S.A., comunica la siguiente información relevante: “ANUNCIO COMPLEMENTARIO DE LA CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE
ACCIONISTAS DE MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A.
En relación con la junta general ordinaria de accionistas de Mediaset España Comunicación, S.A. (la
“Sociedad” o “Mediaset España”) convocada para su celebración en el domicilio social, sito en Madrid, en la
Carretera de Fuencarral a Alcobendas, n° 4 (28049) a las 12:00 horas del día 10 de junio de 2020, en única
convocatoria (la “Junta General Ordinaria” o la “Junta”), y tras el análisis y seguimiento por parte del consejo
de administración de la Sociedad de la evolución de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se informa
de lo siguiente:
1. Como consecuencia de los riesgos para la salud derivados de la situación de crisis ocasionada por el
COVID-19, el consejo de administración de la Sociedad había recomendado expresamente que los
accionistas asistieran y participaran a distancia en la Junta General Ordinaria, ya sea emitiendo su voto
u otorgando su representación con anterioridad a la celebración de la Junta General Ordinaria, ya sea
asistiendo a la misma por medios telemáticos, todo ello de conformidad con lo previsto en el
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correspondiente anuncio de convocatoria publicado el 8 de mayo de 2020 y en la página web de la
Sociedad.
2. Habiendo transcurrido un mes desde la fecha de adopción por el consejo de administración del acuerdo
de convocatoria de la Junta General Ordinaria, a fecha de hoy, sigue vigente la declaración de pandemia
internacional de 11 de marzo de 2020 por la Organización Mundial de la Salud como consecuencia del
COVID-19. Asimismo, se mantiene la declaración de estado de alarma en todo el territorio nacional.
Desde que el consejo acordó convocar la Junta General Ordinaria, se han aprobado dos prórrogas
adicionales (cuarta y quinta prórrogas) del estado de alarma; mediante el Real Decreto 514/2020, de 8
de mayo, la prórroga se extendió hasta las 00:00 horas del día 24 de mayo; y mediante el Real Decreto
537/2020, de 22 de mayo, se dispuso la prórroga hasta las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020. En
este momento, no se puede descartar una sexta prórroga del estado de alarma, de tal modo que la Junta
haya de celebrarse en el contexto extraordinario del estado de alarma. Es, en todo caso, más que
probable que, incluso si no se aprobara una sexta prórroga del estado de alarma, con posterioridad al 7
de junio de 2020 seguirán aplicándose restricciones a la movilidad nacional e internacional de las
personas y a la posibilidad de reunión física, ante la persistencia de la amenaza del COVID-19.
3. La Sociedad mantiene la convocatoria de la Junta General Ordinaria para la fecha indicada. Sin embargo,
en atención a las restricciones de movilidad y/o reunión que previsiblemente persistirán en la fecha
prevista para su celebración, al objeto de evitar discriminaciones y garantizar la paridad de trato entre
los accionistas y de salvaguardar los intereses generales y la salud de los accionistas, empleados y
demás personas que intervienen en la preparación y celebración de la Junta, y en línea con lo indicado
en el anuncio de convocatoria de la Junta General Ordinaria publicado el pasado 8 de mayo, el consejo
de administración de la Sociedad ha acordado que la asistencia a la Junta General Ordinaria sea por
medios exclusivamente telemáticos, quedando limitada la asistencia presencial al personal colaborador
imprescindible para hacer posible la celebración de la Junta General Ordinaria en esos términos.
4. La Sociedad considera que debe otorgarse la máxima prioridad a la protección de la salud de todos los
accionistas de la Sociedad y de los empleados que hacen posible la organización de la reunión, tras
analizar las prácticas observadas tanto en empresas multinacionales como en organismos
internacionales, que han cancelado la asistencia presencial a sus respectivas asambleas y foros, las
restricciones actualmente aplicables en la provincia de Madrid en relación con la celebración de
reuniones, las restricciones todavía vigentes de movilidad geográfica en general, incluyendo el cierre de
fronteras vigente a esta fecha y, teniendo en cuenta, además, las medidas preventivas adoptadas por el
Grupo Mediaset para sus empleados, que prohíben la celebración de reuniones que agrupen a un
número elevado de personas, así como los medios técnicos disponibles, que hacen posible asistencia a
la Junta por medios telemáticos.
5. En relación con lo anterior se recuerda a todos los accionistas que la Sociedad cuenta con una pluralidad
de canales y medios alternativos a la asistencia física para participar en la Junta General Ordinaria.
Todos ellos figuran descritos en el anuncio de convocatoria y en la página web corporativa de la Sociedad
(http://www.telecinco.es/inversores/es/).
6. Estos canales incluyen ejercicio de los derechos de voto y representación mediante los medios de
comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la Junta, ya sea por medios electrónicos
o mediante entrega o correspondencia postal.
7. Además, se garantiza el ejercicio de los derechos de intervención, información, asistencia remota y voto
en la junta general sin necesidad de estar presente físicamente en ella, empleando al efecto los sistemas
de conexión telemática mediante los que se habilita una conexión en tiempo real con el domicilio social,
donde se celebrará la Junta.
8. En la web corporativa de la Sociedad (http://www.telecinco.es/inversores/es/) figuran también desde el
pasado 8 de mayo todas las propuestas de acuerdos que se someten a la Junta General Ordinaria, así
como el resto de la documentación relacionada con la celebración de la Junta General Ordinaria referida
anteriormente que se indica en el anuncio de la convocatoria.
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9. La Junta General será retransmitida en directo a través de la página web corporativa de la Compañía
(http://www.telecinco.es/inversores/es/).
10. Se recuerda a los accionistas y representantes de accionistas que, en caso de que pudieran precisar
información adicional en relación con el ejercicio de sus derechos en relación con la Junta, pueden
contactar telefónicamente en el número de teléfono 91 358 87 17 o enviar un correo electrónico a la
dirección [email protected]; todo ello encaminado a que los accionistas que lo consideren puedan
ejercer plenamente sus derechos, sin necesidad de tener que asistir físicamente a la Junta.
Mario Rodríguez Valderas - Secretario del Consejo de Administración”
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO
A V I S O
INFORMACION RELEVANTE COMUNICADA POR BANKIA, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo, Bankia, S.A., comunica la siguiente información relevante: “Con fecha de hoy, 29 de mayo de 2020, Bankia, S.A. ha alcanzado un acuerdo con Cecabank, S.A. para la
transmisión de su negocio de depositaría de instituciones de inversión colectiva y fondos de pensiones, que
actualmente incluye un volumen bajo depósito de aproximadamente 26 miles de millones de euros.
La efectividad del acuerdo queda sujeta al cumplimiento de determinadas condiciones suspensivas, tales
como la obtención de las autorizaciones regulatorias preceptivas.
El importe fijo de la contraprestación a recibir en la fecha de cierre de la operación es de 170 millones de
euros, sin considerar cobros adicionales posteriores sujetos al cumplimiento de ciertos objetivos de volumen.”
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO
A V I S O
INFORMACION RELEVANTE COMUNICADA POR APPLUS SERVICES, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo, Applus Services, S.A., comunica la siguiente información relevante: Acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas
La Junta General Ordinaria de Accionistas de Applus celebrada en el día de hoy en segunda convocatoria
ha aprobado con amplia mayoría todos los acuerdos incluidos en el Orden del Día de dicha Junta y que se
acompañan como Anexo al presente hecho relevante.
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ACUERDOS DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE APPLUS SERVICES, S.A.
29 de mayo de 2020
ACUERDO RELATIVO AL PUNTO PRIMERO DEL ORDEN DEL DÍA
Examen y aprobación de las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión de Applus, así como de las Cuentas
Anuales Consolidadas y el Informe de Gestión Consolidado de Applus y sus sociedades dependientes,
correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019
Aprobar las Cuentas Anuales individuales de la Sociedad (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de
cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) e Informe de Gestión de Applus
correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2019, así como las Cuentas Anuales consolidadas
de la Sociedad y sus sociedades dependientes (estado de situación financiera consolidado, cuenta de pérdidas
y ganancias consolidada, estado de resultado global consolidado, estado de cambios en el patrimonio neto
consolidado, estado de flujos de efectivo consolidado y memoria consolidada) e Informe de Gestión
Consolidado correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, que fueron formuladas por el
Consejo de Administración en su reunión del día 21 de febrero de 2020 y verificadas por el auditor de cuentas
de la Sociedad.
ACUERDO RELATIVO AL PUNTO SEGUNDO DEL ORDEN DEL DÍA
Examen y aprobación del estado de información no financiera consolidada correspondiente al
ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019
Aprobar del estado de información no financiera consolidada incluido en el Informe de Gestión Consolidado
correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019.
ACUERDO RELATIVO AL PUNTO TERCERO DEL ORDEN DEL DÍA
Aprobación de la propuesta de aplicación del resultado de Applus correspondiente al ejercicio
finalizado el 31 de diciembre de 2019
Aprobar la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio social finalizado el 31 de diciembre de 2019
formulada por el Consejo de Administración en su reunión celebrada el 8 de abril de 2020 que se detalla a
continuación:
BASE DE REPARTO Euros (en miles)
Beneficio del ejercicio 2019 50.803
TOTAL 50.803
APLICACIÓN DE RESULTADOS Euros (en miles)
A reservas voluntarias de libre disposición 50.803
TOTAL 50.803
ACUERDO RELATIVO AL PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA
Aprobación de la gestión y actuación del Consejo de Administración de Applus durante el ejercicio
finalizado el 31 de diciembre de 2019
Aprobar la gestión social y la actuación llevada a cabo por el Consejo de Administración de Applus durante el
ejercicio social finalizado el 31 de diciembre de 2019.
ACUERDO RELATIVO AL PUNTO QUINTO DEL ORDEN DEL DÍA
Reelección de Deloitte, S.L. como auditor de cuentas de la Sociedad y su grupo consolidado para el
ejercicio 2020
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A propuesta de la Comisión de Auditoría, reelegir como Auditor de Cuentas de Applus Services, S.A. y de su
Grupo Consolidado para el ejercicio que finalizará el 31 de diciembre de 2020 a la sociedad Deloitte, S.L. con
domicilio social en Madrid, Plaza Pablo Ruiz Picasso, 1, (Torre Picasso), 28020, y número de identificación
fiscal (N.I.F.) B-79104469, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 13.650, Folio 188, Sección 8,
Hoja M-54414, y en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas de España (ROAC) con el número S-0692.
ACUERDO RELATIVO AL PUNTO SEXTO DEL ORDEN DEL DÍA
Reelección de D. Nicolás Villén Jiménez como Consejero Independiente
Aprobar la reelección como Consejero Independiente de D. Nicolás Villén Jiménez (cuyos datos personales
se encuentran inscritos en el Registro Mercantil) por un periodo de cuatro años, a propuesta de la Comisión
de Nombramientos y Retribuciones.
ACUERDO RELATIVO AL PUNTO SÉPTIMO DEL ORDEN DEL DÍA
Autorización, en su caso, al Consejo de Administración para la posible adquisición de acciones
propias de la Sociedad, de conformidad con el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital
Autorizar y facultar al Consejo de Administración, con facultad de sustitución, para la adquisición derivativa
de acciones propias de la Sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley de
Sociedades de Capital, en los siguientes términos:
1. Las adquisiciones podrán ser realizadas tanto directamente por Applus como indirectamente a través de
sus filiales, en términos idénticos a los previstos en este acuerdo.
2. Las adquisiciones podrán realizarse en una o varias veces a título de compraventa, permuta, dación en
pago, canje o cualquier otra operación legalmente permitida.
3. Las acciones adquiridas, sumadas a las que ya posea la Sociedad, no podrán exceder del diez por cien
(10%) del capital social.
4. El precio de adquisición o contravalor oscilará entre el valor nominal de las acciones y el ciento diez por
ciento (110%) del valor de cotización.
5. La presente autorización se otorga por un plazo máximo de 5 años a partir de la adopción de este acuerdo.
A los efectos oportunos, se hace constar expresamente que las acciones adquiridas al amparo de esta
autorización podrán destinarse tanto a la enajenación o amortización como a la entrega directa de acciones
a los trabajadores o administradores de la Sociedad o de las sociedades de su grupo o como consecuencia
del ejercicio de derechos de opción titularidad de aquellos, o en aplicación de cualquier otro sistema retributivo
similar.
En lo menester, se deja sin efecto, en la parte no utilizada, la autorización conferida por la Junta General
Ordinaria celebrada el 18 de junio de 2015 en favor del Consejo de Administración para la adquisición
derivativa de acciones propias.
ACUERDO RELATIVO AL PUNTO OCTAVO DEL ORDEN DEL DÍA
Autorización al Consejo de Administración para aumentar el capital social durante un plazo de cinco
años, con facultad de excluir el derecho de suscripción preferente, hasta un importe nominal máximo
del 20% del capital social actual en caso de exclusión del mencionado derecho, de conformidad con lo
previsto en los artículos 297.1.b) y 506 de la Ley de Sociedades de Capital
Facultar al Consejo de Administración, para aumentar el capital social en una o varias veces y en cualquier
momento en los términos y con los límites recogidos en el artículo 297.1.b) de la Ley de Sociedades de
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Capital, es decir, dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la adopción de este acuerdo y
hasta la mitad del capital social actual.
Los aumentos de capital social al amparo de esta autorización se realizarán mediante la emisión y puesta en
circulación de nuevas acciones ordinarias –con o sin prima– cuyo contravalor consistirá en aportaciones
dinerarias.
El Consejo de Administración podrá fijar, en todo lo no previsto en este acuerdo, los términos y condiciones
de los aumentos de capital social y las características de las acciones, así como ofrecer libremente las nuevas
acciones no suscritas en el plazo o plazos de ejercicio del derecho de suscripción preferente. El Consejo de
Administración podrá también establecer que, en caso de suscripción incompleta, el capital social quedará
aumentado solo en la cuantía de las suscripciones efectuadas.
En relación con los aumentos de capital social que se realicen al amparo de esta autorización, se faculta al
Consejo de Administración para excluir, total o parcialmente, el derecho de suscripción preferente en los
términos del artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital, si bien esta facultad quedará limitada a aumentos
de capital social que se realicen al amparo de autorizaciones concedidas por esta Junta General de Accionistas
hasta la cantidad máxima correspondiente, en conjunto, al 20% del capital social actual de la Sociedad. En
consecuencia, y a efectos aclaratorios, se hace constar que para determinar si se ha alcanzado el mencionado
límite del 20% se sumarán a los aumentos de capital realizados al amparo de esta autorización aquellos que
se efectúen, en su caso, para atender la conversión de las obligaciones convertibles emitidas al amparo de la
correspondiente autorización otorgada por la Junta General con esta misma fecha.
La Sociedad solicitará, cuando proceda, la admisión a negociación en mercados secundarios oficiales o no
oficiales, organizados o no, nacionales o extranjeros, de las acciones que se emitan en virtud de esta
autorización, facultando al Consejo de Administración para la realización de los trámites y actuaciones
necesarios para la admisión a cotización ante los organismos competentes de los distintos mercados de
valores nacionales o extranjeros.
Por el hecho de la autorización, el Consejo de Administración queda facultado para dar una nueva
redacción al artículo de los estatutos sociales relativo al capital social una vez acordado y ejecutado el
aumento.
Se autoriza expresamente al Consejo de Administración para que, a su vez, pueda delegar en cualquier
consejero las facultades delegadas a su favor en virtud del presente acuerdo.
Este acuerdo deroga por completo la autorización para aumentar el capital social otorgado al Consejo de
Administración por la Junta General de Accionistas celebrada el 31 de mayo de 2018 en el punto Undécimo
de su Orden del Día.
ACUERDO RELATIVO AL PUNTO NOVENO DEL ORDEN DEL DÍA
Autorización al Consejo de Administración para emitir obligaciones o bonos canjeables y/o convertibles
en acciones de la Sociedad por un cantidad máxima de 300 millones de euros en el plazo de cinco años,
con la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente y de ampliar el capital social en la medida
necesaria para la conversión, hasta un importe nominal máximo del 20% del capital social actual en caso
de exclusión del derecho de suscripción preferente en la emisión de las obligaciones, de conformidad
con lo previsto en el artículo 511 de la Ley de Sociedades de Capital
Autorizar al Consejo de Administración para la emisión de obligaciones y bonos canjeables por acciones de
la Sociedad o de cualquier otra sociedad y/o convertibles en acciones de la Sociedad, conforme a los
siguientes términos y condiciones:
1. Plazo: La emisión de los valores objeto de la autorización podrá efectuarse en una o en varias veces
dentro del plazo máximo de cinco años a contar desde la fecha de adopción de este acuerdo.
11 viernes, 29 de mayo de 2020 Friday, May 29, 2020
2. Importe máximo: El importe máximo total de la emisión o emisiones de valores que se acuerden al amparo
de esta autorización será de 300.000.000 euros o su equivalente en otra divisa
3. Alcance: Corresponderá al Consejo de Administración determinar, para cada emisión, entre otros
elementos: su importe, dentro siempre del expresado límite cuantitativo global; el lugar de emisión –nacional
o extranjero– y la moneda o divisa y en caso de que sea extranjera, su equivalencia en euros; el instrumento
concreto a emitir, ya sean bonos u obligaciones, incluso subordinadas, o cualquiera otra modalidad admitida
en la ley; la fecha o fechas de emisión; el número de valores y su valor nominal, que en el caso de los bonos
u obligaciones convertibles y/o canjeables no será inferior al valor nominal de las acciones; el tipo de interés,
fijo o variable; las fechas y procedimientos de pago del cupón; el carácter de perpetuo o amortizable del
instrumento emitido y, en este último caso, el plazo de amortización y la fecha o fechas del vencimiento; las
garantías, el tipo de reembolso, primas y lotes; la forma de representación, mediante títulos o anotaciones
en cuenta; el establecimiento de cláusulas antidilución; el régimen de suscripción; el rango de los valores y
sus eventuales cláusulas de subordinación; la legislación aplicable a la emisión; solicitar, en su caso, la
admisión a negociación en mercados secundarios oficiales o no oficiales, organizados o no, nacionales o
extranjeros, de los valores que se emitan con los requisitos que en cada caso exija la normativa vigente; y,
en general, cualquier otra condición de la emisión, así como, en su caso, designar al comisario y aprobar
las reglas fundamentales que hayan de regir las relaciones jurídicas entre la Sociedad y el sindicato de
tenedores de los valores que se emitan, caso de que resulte necesaria o se decida la constitución del citado
sindicato.
Asimismo, el Consejo de Administración queda facultado para, cuando lo estime conveniente, y sujeto, de
resultar aplicable, a la obtención de las autorizaciones oportunas y a la conformidad de las asambleas de los
correspondientes sindicatos de tenedores de los valores, modificar las condiciones para la amortización de
los valores de renta fija emitidos y su respectivo plazo y el tipo de interés que, en su caso, devenguen los
comprendidos en cada una de las emisiones que se efectúen al amparo de esta autorización.
4. Bases y modalidades de conversión y/o canje: Las bases y modalidades de la conversión y/o canje de
las obligaciones o bonos convertibles y/o canjeables que se emitan al amparo de esta delegación se
ajustarán a los siguientes criterios:
(i) Los valores que se emitan al amparo de este acuerdo serán canjeables por acciones de la Sociedad o
de cualquier otra sociedad y/o convertibles en acciones de la Sociedad, con arreglo a una relación de
conversión y/o canje fija o variable, determinada o determinable, quedando facultado el Consejo de
Administración para determinar si son convertibles y/o canjeables, así como para determinar si son
necesaria o voluntariamente convertibles y/o canjeables, y en el caso de que lo sean voluntariamente,
a opción de su titular o de la Sociedad, con la periodicidad y durante el plazo que se establezca en el
acuerdo de emisión y que no podrá exceder de treinta años contados desde la fecha de emisión.
(ii) El Consejo de Administración también podrá establecer, para el caso de que la emisión fuese convertible
y canjeable, que el emisor se reserva el derecho de optar en cualquier momento entre la conversión en
acciones nuevas o su canje por acciones en circulación de la Sociedad, concretándose la naturaleza de
las acciones a entregar al tiempo de realizar la conversión o canje, pudiendo optar incluso por entregar
una combinación de acciones de nueva emisión con acciones preexistentes de la Sociedad e, incluso,
por llevar a cabo la liquidación de la diferencia en efectivo. En todo caso, el emisor deberá respetar la
igualdad de trato entre todos los titulares de los valores de renta fija que conviertan y/o canjeen en una
misma fecha.
(iii) A efectos de la conversión y/o canje, los valores se valorarán por su importe nominal y las acciones al
cambio fijo que se establezca en el acuerdo del Consejo de Administración en el que se haga uso de
esta autorización, o al cambio variable a determinar en la fecha o fechas que se indiquen en el propio
acuerdo del Consejo, en función del valor de cotización en bolsa de las acciones de la Sociedad en
la/s fecha/s o período/s que se tome/n como referencia en el mismo acuerdo. En todo caso el cambio
fijo así determinado no podrá ser inferior al cambio medio de las acciones en las Bolsas de Valores de
Bilbao, Madrid, Barcelona y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado
Continuo), según las cotizaciones de cierre, durante un período a determinar por el Consejo de
Administración, no superior a tres meses ni inferior a cinco días naturales anteriores a la fecha de
12 viernes, 29 de mayo de 2020 Friday, May 29, 2020
adopción del acuerdo de emisión de los valores de renta fija por el Consejo de Administración o de la
fecha de desembolso de los valores por los suscriptores, con una prima o, en su caso, un descuento
sobre dicho precio por acción, si bien en el caso de fijarse un descuento sobre el precio por acción,
este no podrá ser superior a un 25% del valor de las acciones que se tome como referencia de
conformidad con lo previsto anteriormente.
(iv) También podrá acordarse emitir los valores de renta fija convertibles y/o canjeables con una relación
de conversión y/o canje variable. En este caso, el precio de las acciones a los efectos de la conversión
y/o canje será la media aritmética de los precios de cierre de las acciones de la Sociedad en el
Mercado Continuo durante un período a determinar por el Consejo de Administración, no mayor de
tres meses ni menor de cinco días naturales antes de la fecha de conversión y/o canje, con una prima
o, en su caso, un descuento sobre dicho precio por acción. La prima o descuento podrá ser distinto
para cada fecha de conversión y/o canje de cada emisión (o, en su caso, cada tramo de una emisión),
si bien en el caso de fijarse un descuento sobre el precio por acción, este no podrá ser superior a un
25% del valor de las acciones que se tome como referencia de conformidad con lo previsto
anteriormente.
(v) Cuando proceda la conversión y/o canje, las fracciones de acción que en su caso correspondiera
entregar al titular de las obligaciones se redondearán por defecto hasta el número entero
inmediatamente inferior y cada tenedor recibirá en metálico, de contemplarse así en las condiciones
de la emisión, la diferencia que en tal supuesto pueda producirse.
(vi) En ningún caso el valor de la acción a efectos de la relación de conversión de las obligaciones por
acciones podrá ser inferior a su valor nominal. Asimismo, no podrán ser convertidas obligaciones en
acciones cuando el valor nominal de aquellas sea inferior al de estas.
(vii) Al tiempo de aprobar una emisión de obligaciones o bonos convertibles y/o canjeables al amparo de
la autorización contenida en este acuerdo, el Consejo de Administración emitirá un informe de
administradores desarrollando y concretando, a partir de los criterios anteriormente descritos, las
bases y modalidades de la conversión específicamente aplicables a la indicada emisión. Este informe
será acompañado del correspondiente informe de los auditores de cuentas en los términos previstos
en la ley.
5. Admisión a negociación: La Sociedad solicitará, cuando proceda, la admisión a negociación en
mercados secundarios oficiales o no oficiales, organizados o no, nacionales o extranjeros, de las
obligaciones y/o bonos convertibles y/o canjeables que se emitan por la Sociedad en virtud de esta
autorización, facultando al Consejo de Administración, tan ampliamente como sea necesario, para la
realización de los trámites y actuaciones necesarios para la admisión a cotización ante los organismos
competentes de los distintos mercados de valores nacionales o extranjeros.
Se hace constar expresamente que, en el caso de posterior solicitud de exclusión de la negociación, esta
se adoptará con las mismas formalidades que la solicitud de admisión, en la medida en que sean de
aplicación, y, en tal supuesto, se garantizará el interés de los accionistas u obligacionistas que se
opusieran o no votaran a favor del acuerdo en los términos previstos en la legislación vigente. Asimismo,
se declara expresamente el sometimiento de la Sociedad a las normas que existan o puedan dictarse en
un futuro en materia de bolsas y, especialmente, sobre contratación, permanencia y exclusión de la
negociación.
6. Garantía de emisiones de valores de renta fija convertibles y/o canjeables por sociedades
dependientes: El Consejo de Administración queda igualmente autorizado para garantizar en nombre de
la Sociedad, dentro de los límites anteriormente señalados, las nuevas emisiones de valores de renta fija
convertibles y/o canjeables que, durante el plazo de vigencia de este acuerdo, lleven a cabo las sociedades
dependientes.
7. Delegación de facultades al Consejo de Administración: Esta autorización al Consejo de
Administración comprende asimismo, a título enunciativo, no limitativo, la delegación a su favor de las
siguientes facultades:
13 viernes, 29 de mayo de 2020 Friday, May 29, 2020
(i) La facultad para que el Consejo de Administración, al amparo de lo previsto en el artículo 511 de la
Ley de Sociedades de Capital, excluya, total o parcialmente, el derecho de suscripción preferente de
los accionistas. En cualquier caso, si el Consejo de Administración decidiera suprimir el derecho de
suscripción preferente de los accionistas en relación con una emisión concreta de obligaciones o
bonos convertibles y demás valores asimilables a estos, que eventualmente decida realizar al amparo
de esta autorización, emitirá, al tiempo de aprobar la emisión y conforme a la normativa aplicable, un
informe que detalle las concretas razones de interés social que justifiquen dicha medida, que será
objeto del correlativo informe de un auditor de cuentas nombrado por el Registro Mercantil distinto del
auditor de la Sociedad, al que se refieren los artículos 414 y 511 de la Ley de Sociedades de Capital.
Dichos informes serán puestos a disposición de los accionistas y comunicados a la primera Junta
General de Accionistas que se celebre tras el acuerdo de emisión.
(ii) La facultad de aumentar el capital en la cuantía necesaria para atender las solicitudes de conversión.
Dicha facultad solo podrá ser ejercitada en la medida en que el Consejo, sumando el capital que
aumente para atender la emisión de obligaciones o bonos convertibles y demás valores asimilables
a estos y los restantes aumentos de capital que hubiera acordado al amparo de autorizaciones
concedidas por esta Junta General de Accionistas, no exceda el límite de la mitad de la cifra del capital
social previsto en el artículo 297.1.(b) de la Ley de Sociedades de Capital.
Asimismo, en caso de que el Consejo de Administración hubiera suprimido el derecho de suscripción
preferente de los accionistas en la emisión de obligaciones o bonos convertibles para cuya conversión
se acuerde el aumento de capital, esta facultad quedará en todo caso limitada a aquellos aumentos
de capital que se realicen al amparo de autorizaciones concedidas por esta Junta General de
Accionistas hasta la cantidad máxima correspondiente, en conjunto, al 20% del capital social a la
fecha de adopción de este acuerdo.
Esta autorización para aumentar el capital incluye la de emitir y poner en circulación, en una o varias
veces, las acciones representativas del mismo que sean necesarias para llevar a efecto la conversión,
así como la de dar nueva redacción al artículo de los Estatutos Sociales relativo a la cifra del capital y
para, en su caso, anular la parte de dicho aumento de capital que no hubiere sido necesaria para la
conversión.
(iii) La facultad de desarrollar y concretar las bases y modalidades de la conversión y/o canje de las
obligaciones o bonos convertibles y/o canjeables a emitir, teniendo en cuenta los criterios establecidos
en el apartado 4 anterior.
(iv) La delegación en el Consejo de Administración comprende las facultades necesarias para la
interpretación, aplicación, ejecución y desarrollo de los acuerdos de emisión de valores convertibles
o canjeables en acciones de la Sociedad, en una o varias veces, y correspondiente aumento de
capital, concediéndole igualmente, facultades para la subsanación y complemento de los mismos en
todo lo que fuera preciso, así como para el cumplimiento de cuantos requisitos fueran legalmente
exigibles para llevarlos a buen fin, pudiendo subsanar omisiones o defectos de dichos acuerdos,
señalados por cualesquiera autoridades, funcionarios u organismos, nacionales o extranjeros,
quedando también facultado para adoptar cuantos acuerdos y otorgar cuantos documentos públicos
o privados considere necesarios o convenientes para la adaptación de los precedentes acuerdos de
emisión de valores convertibles o canjeables y del correspondiente aumento de capital a la calificación
verbal o escrita del Registrador Mercantil o, en general, de cualesquiera otras autoridades,
funcionarios o instituciones nacionales o extranjeros competentes.
Se autoriza expresamente al Consejo de Administración para que, a su vez, pueda delegar en cualquier
consejero las facultades delegadas a su favor en virtud del presente acuerdo.
8. Revocación de la autorización actual: Este acuerdo deroga por completo la autorización para emitir
obligaciones o bonos que son canjeables y/o convertibles en acciones de la Sociedad otorgada al Consejo
de Administración por la Junta General de Accionistas celebrada el 31 de mayo de 2018 en el punto
Duodécimo de su Orden Del Día.
14 viernes, 29 de mayo de 2020 Friday, May 29, 2020
ACUERDO RELATIVO AL PUNTO DÉCIMO DEL ORDEN DEL DÍA
Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros correspondiente al
ejercicio 2019
Aprobar, mediante voto consultivo, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los miembros del Consejo de
Administración correspondiente al ejercicio 2019, que fue aprobado por el Consejo de Administración de la
Sociedad en fecha 21 de febrero de 2020 a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
ACUERDO RELATIVO AL PUNTO UNDÉCIMO DEL ORDEN DEL DÍA
Delegación de facultades para la formalización y ejecución de los acuerdos adoptados por la Junta
General de Accionistas
Primero.- Delegar en el Consejo de Administración, con la mayor amplitud posible, incluida la facultad de
delegar en todo o en parte las facultades recibidas en una comisión ejecutiva o en uno o más consejeros
delegados, cuantas facultades fueran precisas para complementar, interpretar, desarrollar, aclarar, precisar,
ejecutar y subsanar cualquiera de los acuerdos adoptados por la Junta General, así como para el
cumplimiento de cuantos requisitos puedan resultar legalmente exigibles para su eficacia. La facultad de
subsanar comprenderá la facultad de hacer cuantas modificaciones, enmiendas y adiciones fueran necesarias
o convenientes como consecuencia de reparos u observaciones suscitados por los organismos reguladores
de los mercados de valores, las Bolsas de Valores, el Registro Mercantil y cualquier otra autoridad pública
con competencias relativas a los acuerdos adoptados.
Segundo.- Delegar individual y solidariamente en cada uno de los miembros del Consejo de Administración,
en el Secretario No Consejero y en el Vicesecretario No Consejero las facultades necesarias para elevar a
público los acuerdos sociales precedentes, comparecer ante Notario y otorgar en nombre de la Sociedad las
escrituras públicas que sean necesarias o resulten convenientes en relación con los acuerdos adoptados por
la Junta General e inscribir los que estén sujetos a este requisito, en su totalidad o en parte, incluyendo las
facultades relativas a la formalización del depósito de las cuentas anuales y demás documentación, pudiendo
al efecto otorgar toda clase de documentos públicos o privados, incluso para el complemento o subsanación
de tales acuerdos.
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO
A V I S O
INFORMACION RELEVANTE COMUNICADA POR CIE AUTOMOTIVE, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo, CIE Automotive, S.A., comunica la siguiente información relevante: “CIE Automotive, S.A. (en adelante, la “Sociedad”) comunica que como continuación a la notificación de otra
información relevante publicada el pasado 28 de febrero de 2020 (número de registro 644) relativa al
establecimiento de un programa de recompra de acciones propias, la Sociedad comunica las operaciones
que ha llevado a cabo sobre sus propias acciones durante el período transcurrido entre el 22 y el 28 de mayo
de 2020 (ambos inclusive), al amparo del referido programa de recompra aprobado por el Consejo de
Administración de la Sociedad bajo el marco de la autorización conferida por la Junta General Ordinaria de
Accionistas.
15 viernes, 29 de mayo de 2020 Friday, May 29, 2020
Fecha Valor Operación Centro de
negociación Número de
títulos Precio medio ponderado
22/05/2020 CIE.MC Compra XMAD 27.000 14,35889
25/05/2020 CIE.MC Compra XMAD 6.313 15,14624
26/05/2020 CIE.MC Compra XMAD 15.698 15,76007
27/05/2020 CIE.MC Compra XMAD 24.180 17,39727
28/05/2020 CIE.MC Compra XMAD 33.573 16,53771
Jose Ramón Berecibar Mutiozábal - Secretario del Consejo de Administración”
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO
A V I S O
INFORMACION RELEVANTE COMUNICADA POR BBVA ASSET MANAGEMENT, S.A., SGIIC
En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa
2/1993 de 3 de marzo, BBVA ASSET MANAGEMENT, S.A., SGIIC, comunica la siguiente información
relevante:
“BBVA ASSET MANAGEMENT, S.A., SGIIC, (en adelante “la Sociedad Gestora”) comunica como HECHO
RELEVANTE, en relación el fondo ACCIÓN IBEX 35 ETF, FI COTIZADO ARMONIZADO (n° CNMV: 3499)
que resulta de aplicación la siguiente prohibición de distribución y suscripción por parte de inversores
considerados como U.S. Persons de acuerdo con la normativa estadounidense, en los siguientes términos:
• Las participaciones del fondo no pueden distribuirse en los Estados Unidos de América ni en sus territorios
o posesiones, ni ser ofrecidas o suscritas, directa o indirectamente, por personas que tengan la
consideración de U.S. Person de acuerdo con la normativa estadounidense.
• En el caso de que la Sociedad Gestora averigüe que un partícipe ostenta dicha condición, podrá instarle
a reembolsar el total de sus participaciones.
Esta información se incluirá en el folleto del fondo en su próxima actualización.”
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO
A V I S O
INFORMACION RELEVANTE COMUNICADA POR BBVA ASSET MANAGEMENT, S.A., SGIIC
En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa
2/1993 de 3 de marzo, BBVA ASSET MANAGEMENT, S.A., SGIIC, comunica la siguiente información
relevante:
“BBVA ASSET MANAGEMENT, S.A., SGIIC, (en adelante “la Sociedad Gestora”) comunica como HECHO
RELEVANTE, en relación el fondo ACCIÓN EUROSTOXX 50 ETF, FI COTIZADO ARMONIZADO (n° CNMV:
16 viernes, 29 de mayo de 2020 Friday, May 29, 2020
3596) que resulta de aplicación la siguiente prohibición de distribución y suscripción por parte de inversores
considerados como U.S. Persons de acuerdo con la normativa estadounidense, en los siguientes términos:
• Las participaciones del fondo no pueden distribuirse en los Estados Unidos de América ni en sus territorios
o posesiones, ni ser ofrecidas o suscritas, directa o indirectamente, por personas que tengan la
consideración de U.S. Person de acuerdo con la normativa estadounidense.
• En el caso de que la Sociedad Gestora averigüe que un partícipe ostenta dicha condición, podrá instarle
a reembolsar el total de sus participaciones.
Esta información se incluirá en el folleto del fondo en su próxima actualización.”
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO
A V I S O Esta Sociedad Rectora ha recibido de Sociedad de Bolsas para su publicación la siguiente comunicación:
“Instrucción Operativa nº 30/2020
MODIFICACIÓN DEL REQUISITO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE LOTE MÍNIMO DE CONTRATACIÓN
DE DERECHOS DEOLEO
Mediante la presente Instrucción Operativa, la Comisión de Contratación y Supervisión de Sociedad de
Bolsas, en cumplimiento de la Circular 1/2018, de 17 de septiembre de 2018 de Sociedad de Bolsas y
conforme a lo establecido mediante la Instrucción Operativa 22/2019 de 29 de Marzo de 2019 comunica que,
tras haberse mantenido el precio en DERECHOS DEOLEO S.A., cuyo periodo de negociación finaliza el 6 de
Junio de 2020, durante un tiempo suficiente, y de manera estable, por encima de 0,01 euros, dejará de ser
aplicable el requisito de lote mínimo de valores para la introducción de órdenes en el sistema desde el inicio
de la sesión del 1 de Junio de 2020, quedando el valor como se detalla a continuación:
VALOR ISIN CODIGO MULTIPLO DE LOTE RANGO ESTATICO
DERECHOS DEOLEO S.A. ES0610047955 OLE.D 1 40
Lo que se pone en conocimiento general a los efectos oportunos.
Comisión de Contratación y Supervisión
COORDINADORA
Fdo.: Beatriz Alonso-Majagranzas Cenamor”
Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de mayo de 2020 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO