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ANEXOS
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ANEXO 11
Plan de acción para la prevención de la ceguera y la discapacidad visual evitables
[A62/7 - 2 de abril de 2009]
1. De conformidad con las estimaciones más recientes de la OMS, cerca de 314 millones de personas del mundo entero viven con discapacidad visual, debido a enfermedades oculares o a errores de refracción no corregidos. De esas personas, 45 millones son ciegas y el 90% vive en países de ingresos bajos. Las principales causas de ceguera son la catarata (39%), los errores de refracción no corregidos (18%), el glau-coma (10%), la degeneración macular asociada a la edad (7%), la opacidad de la córnea (4%), la retinopa-tía diabética (4%), el tracoma (3%), las afecciones oculares infantiles (3%) y la oncocercosis (0,7%). Es probable que la magnitud real de la ceguera y la discapacidad visual sea superior a la apuntada por las es-timaciones, pues todavía falta información epidemiológica detallada sobre algunas causas (por ejemplo, la presbiopía).
2. Con los conocimientos y la tecnología actuales, hasta un 80% de los casos de ceguera del mundo entero son evitables o tratables. Además, existen intervenciones costoeficaces para la mayoría de las cau-sas de ceguera evitable. En los últimos años se han creado importantes alianzas internacionales, como el Programa Africano de Lucha contra la Oncocercosis, el Programa de Eliminación de la Oncocercosis en las Américas, la Alianza de la OMS para la Eliminación Mundial del Tracoma y VISIÓN 2020: el dere-cho a ver.
3. En dos resoluciones de la Asamblea de la Salud adoptadas recientemente (WHA56.26 y WHA59.25), que se centran en la ceguera y la discapacidad visual evitables, se insta a los Estados Miem-bros a trabajar en favor de la prevención, especialmente mediante la aplicación de planes concretos y la inclusión de este tema en los planes y programas de salud. Pese a que se han hecho importantes progresos en la esfera de la salud ocular, la prevalencia de la ceguera evitable sigue siendo inaceptablemente alta en muchos países y comunidades.
PROPÓSITO
4. El objetivo del plan es ampliar los esfuerzos de los Estados Miembros, la Secretaría y los asociados internacionales en la esfera de la prevención de la ceguera y la discapacidad visual mediante el estableci-miento de programas integrales de salud ocular a nivel nacional y subnacional.
5. Con miras a intensificar y coordinar las actividades actuales, sobre todo en los países de ingresos bajos y medios, el plan está orientado a:
a) reforzar el compromiso político y financiero de eliminar la ceguera evitable;
1 Véase la resolución WHA62.1.
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b) facilitar la preparación de normas y directrices basadas en pruebas para llevar a cabo inter-venciones costoeficaces, y facilitar el uso de las existentes;
c) examinar la experiencia a nivel internacional y compartir las enseñanzas extraídas y las mejo-res prácticas en la aplicación de políticas, planes y programas para la prevención de la ceguera y la discapacidad visual;
d) reforzar las alianzas, la colaboración y la coordinación entre las partes que participan en la prevención de la ceguera evitable;
e) reunir, analizar y difundir información sistemáticamente sobre las tendencias y los progresos realizados en la prevención de la ceguera evitable a nivel mundial, regional y nacional.
ÁMBITO DE ACTUACIÓN
6. Este plan se centra en las principales causas de ceguera y discapacidad visual evitables, que apare-cen definidas en el proyecto de la undécima revisión de la Clasificación Estadística Internacional de En-fermedades y Problemas de Salud Conexos.1 En él no se tratan las categorías de discapacidad visual más leve ni las afecciones oculares para las que no existen intervenciones de prevención o tratamiento basadas en pruebas; esos casos requieren la aplicación de medidas de rehabilitación efectivas y adecuadas que permitan a las personas con discapacidad alcanzar y mantener la máxima independencia posible y ser in-cluidas y participar plenamente en todos los aspectos de la vida.
7. Habida cuenta de que las afecciones que causan ceguera son crónicas y se deben casi siempre a cau-sas no transmisibles, el presente plan complementa el plan de acción para aplicar la estrategia mundial pa-ra la prevención del control de las enfermedades no transmisibles, adoptado por la Asamblea de la Salud en su resolución WHA61.14. No obstante, las estrategias de prevención varían considerablemente de una a otra, ya que la mayoría de las afecciones que causan ceguera no comparten los factores de riesgo - salvo el consumo de tabaco - que se abordan en el plan relativo a las enfermedades no transmisibles. A pesar de que, como ocurre con las enfermedades no transmisibles, las intervenciones de atención primaria de salud y las basadas en las comunidades son indispensables para prevenir la ceguera y la discapacidad visual, pa-ra prestar servicios de atención oftálmica de calidad se requieren conocimientos especializados y tecnolo-gía e infraestructura concretas.
8. Según las pruebas disponibles, la magnitud de la ceguera evitable provocada por enfermedades transmisibles como el tracoma y la oncocercosis y las complicaciones oftálmicas provocadas por el saram-pión está disminuyendo, mientras que las afecciones oculares no transmisibles relacionadas con la edad (por ejemplo, catarata, glaucoma y retinopatía diabética) están en aumento. Por lo que respecta a los pro-gramas de lucha contra la oncocercosis y el tracoma, es preciso proseguir las actividades de control y las destinadas a evitar que la enfermedad se repita. Asimismo, hace falta adoptar un enfoque intersectorial coordinado con respecto a las afecciones transmisibles y no transmisibles.
1 La ceguera se define como una agudeza visual de presentación inferior a 3/60, o una pérdida del campo visual a menos
de 10º, en el mejor ojo, con la corrección disponible. Por discapacidad visual grave se entiende una agudeza visual de entre me-nos de 6/60 y 3/60, y por discapacidad visual moderada, una agudeza visual de menos de 6/18 a 6/60. En el presente documento discapacidad visual se refiere tanto a la discapacidad visual grave como a la moderada.
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9. Habida cuenta de las condiciones adversas en que se encuentra la economía mundial, es esencial obtener el máximo provecho de los recursos existentes y de los programas técnicos del conjunto de la OMS que contribuyen a la prevención de la ceguera, así como influir en las condiciones que aumentan la vulnerabilidad de la población frente a las discapacidades visuales. Valga de ejemplo de ello la utiliza-ción de la inmunización y la distribución de suplementos de vitamina A en las poblaciones vulnerables para disminuir el riesgo de opacidades de la córnea.
RELACIÓN CON LAS ESTRATEGIAS Y LOS PLANES EXISTENTES
10. La prevención de la ceguera y la discapacidad visual evitables ha sido objeto de varias resoluciones adoptadas por la Asamblea de la Salud,1 en las que, entre otras cosas, se ha alentado a diversas alianzas y asociaciones internacionales a trabajar a nivel mundial en esta esfera. El presente plan de acción respalda la aplicación del Undécimo Programa General de Trabajo, 2006-2015 y el Plan Estratégico a Plazo Medio 2008-2013, en particular el objetivo estratégico 3, que se refiere a la labor de prevención y control de la ceguera y la discapacidad visual evitables. También respalda la aplicación de las resoluciones y los planes regionales existentes.2
RECURSOS
11. En el presupuesto por programas para 2008-2009 se indican los recursos financieros que necesita la Secretaría para llevar a cabo las actividades destinadas a alcanzar el objetivo estratégico 3. Para los futu-ros bienios, se necesitarán recursos adicionales. El logro de progresos ulteriores en la prevención de la ceguera y la discapacidad visual evitables a nivel mundial, regional y nacional dependerá de la cantidad de recursos adicionales disponibles. Todos los asociados, incluidas las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, los medios académicos y las instituciones de investigación del sector privado, ten-drán que esforzarse más por movilizar recursos a todos los niveles.
CALENDARIO
12. Está previsto que el presente plan de acción abarque el periodo 2009-2013, esto es, los cinco años que quedan del Plan Estratégico a Plazo Medio.
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN
Magnitud, causas e impacto de la ceguera y la discapacidad visual
13. Para definir prioridades, diseñar estrategias concretas y cooperar y establecer alianzas internaciona-les en materia de prevención de la ceguera es necesario determinar las causas y la magnitud de ésta. En
1 Resoluciones WHA22.29, WHA25.55, WHA28.54, WHA47.32, WHA51.11, WHA56.26, relativas a la eliminación
de la ceguera evitable, y WHA59.25, relativa a la prevención de la ceguera y la discapacidad visual evitables. 2 Véanse la resolución EM/RC49/R.6 sobre VISIÓN 2020: el derecho a ver - eliminación de la ceguera evitable; la reso-
lución EM/RC52/R.3 sobre la prevención de la ceguera y la discapacidad visual evitables; el documento AFR/RC57/6 (Acelera-ción de la eliminación de la ceguera evitable, estrategia para la Región de África de la OMS), y el proyecto de estrategia y plan de acción sobre salud ocular 2008-2012 de la OPS.
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los últimos años se han contado con muchos más datos sobre las causas y la magnitud de la ceguera y la discapacidad visual en el mundo entero. Anteriormente, en los estudios sobre esas causas se utilizaban diversos métodos y definiciones, pero el establecimiento por parte de la OMS de metodologías normaliza-das y viables ha ayudado a los Estados Miembros a reunir datos epidemiológicos y sobre el sistema de sa-lud comparables, por ejemplo acerca de la evaluación rápida de los servicios quirúrgicos para tratar la ca-tarata y de la ceguera evitable. El protocolo relativo a la ceguera infantil es otro ejemplo de los avances logrados.
14. Hasta la fecha se han realizado estudios epidemiológicos en 65 países. Sin embargo, la falta de es-tudios y de datos en los demás países ha dificultado en gran medida la realización de una planificación, un seguimiento y una evaluación detallados de las intervenciones. Además, el hecho de que falten datos epi-demiológicos acerca de la situación de la salud visual de la población limita la continuación de los análisis de las tendencias relativas a la discapacidad visual y la elaboración oportuna de intervenciones adecuadas de salud pública.
15. La reunión de datos epidemiológicos fiables y normalizados constituye una prioridad para los países que carecen de ellos. También es preciso adoptar medidas para desarrollar métodos de modelización, a fin de determinar las tendencias y fijar objetivos, de manera que la planificación de las actividades destinadas a prevenir la ceguera y la discapacidad visual evitables esté orientada a objetivos más concretos y basada en pruebas científicas. Además, hace falta un mecanismo mejorado para reunir sistemáticamente informa-ción normalizada sobre recursos humanos, infraestructura y tecnologías disponibles, y los países han de estar dispuestos a atender a las necesidades observadas.
Prevención de la ceguera y la discapacidad visual integrada en los planes nacionales de desarrollo sanitario y colaboración técnica de la OMS con los Estados Miembros
16. A pesar de que la OMS dispone de información sobre la magnitud de las causas de ceguera y las estrategias para prevenirlas, es evidente que los formuladores de políticas y los agentes de salud de algu-nos países no conocen todas las intervenciones de atención oftálmica disponibles, su costoeficacia ni sus posibilidades de prevenir o tratar el 80% de los casos de ceguera en el mundo que son evitables. Las estra-tegias de cooperación de los países son reflejo del programa conjunto acordado entre los ministerios de salud y la OMS. Hasta la fecha, apenas se ha incluido la prevención de la ceguera en esos documentos, a pesar de las siete resoluciones adoptadas por la Asamblea de la Salud acerca de la prevención de la cegue-ra y la discapacidad visual evitables, de la existencia de importantes alianzas internacionales de larga data de la OMS y de los grandes éxitos cosechados en la reducción de la ceguera evitable, como el Programa de Lucha contra la Oncocercosis de la OMS. La falta de recursos para prevenir la ceguera en los países es uno de los principales obstáculos. Además, los países donantes y los países receptores, que se enfrentan a una situación de recursos cada vez más limitados, suelen dar más prioridad a los programas de control de enfermedades mortales que a los relativos a problemas de discapacidad. Por otra parte, hay escasez de personal experimentado para coordinar las actividades de prevención de la ceguera a nivel regional y na-cional.
17. Habría que conceder mayor prioridad a la prevención de la ceguera en los planes de desarrollo sani-tario y las estrategias de cooperación de los países. También es preciso adoptar medidas para reforzar el apoyo técnico y la prestación de asesoramiento pericial a los Estados Miembros en los que la ceguera y la discapacidad visual son un importante problema de salud.
ANEXO 1 41
Comités nacionales de salud ocular y prevención de la ceguera
18. Es importante establecer comités y programas nacionales de salud ocular y prevención de la cegue-ra. Su función es crear vínculos con los principales asociados nacionales e internacionales, compartir in-formación y coordinar actividades como las destinadas a aplicar el plan nacional de salud ocular y preven-ción de la ceguera. Contar con un comité orgánico nacional es un requisito indispensable para desarrollar el plan nacional de prevención de la ceguera y las medidas de aplicación, seguimiento y evaluación perió-dica de éste. Algunos países, sobre todo los que tienen estructuras de gestión descentralizadas o federadas, disponen de comités similares a nivel subnacional.
19. Al final de 2008, 118 Estados Miembros habían informado de la creación de un comité nacional. No obstante, no todos los comités nacionales son orgánicos y, lamentablemente, en muchos casos esos comi-tés no han logrado poner en marcha medidas eficaces. En algunas ocasiones, se cuenta con determinadas personas, a menudo profesionales de la salud ocular, para que asuman un papel de liderazgo e impulsen los planes y programas de prevención de la ceguera. La composición de los comités no suele ser unifor-me; varía desde la situación ideal, en que todos los asociados principales están representados (incluidas las autoridades sanitarias nacionales) hasta los casos en que están integrados por un grupo reducido de profe-sionales de la salud ocular.
Planes nacionales de salud ocular y prevención de la ceguera
20. La experiencia ha demostrado que en los países de ingresos bajos y medios la existencia de un plan nacional amplio con objetivos e indicadores claramente definidos, mensurables y con plazos concretos conduce a una mejora sustancial de la prestación de servicios de atención oftálmica.
21. La mayoría de los países de ingresos bajos y medios (104 Estados Miembros al final de 2008) han notificado el desarrollo de planes nacionales de salud ocular y prevención de la ceguera, pero los informes presentados sobre esos planes y la evaluación de su aplicación e impacto han sido insuficientes. Algunos planes nacionales no incluyen objetivos mensurables, un calendario de ejecución ni instrumentos adecua-dos de seguimiento y evaluación. En algunos países, esos planes se han aplicado sólo parcialmente. Además, debido a la falta de recursos y de liderazgo, hay países que sólo han registrado progresos lentos o fragmentados y cuyos planes de salud ocular y prevención nacional de la ceguera no han permitido lograr mejoras tangibles en la prestación de servicios de atención oftálmica. Es necesario garantizar que la fase de aplicación de los planes nacionales se gestione adecuadamente y adoptar un enfoque normalizado para seguir de cerca y evaluar los planes nacionales y subnacionales de salud ocular y prevención de la ceguera.
Estrategias de la OMS para la prevención de la ceguera y la discapacidad visual y prestación de apoyo técnico
22. La estrategia de la OMS para la prevención de la ceguera y la discapacidad visual evitables se basa en tres elementos fundamentales: fortalecimiento del control de las enfermedades, desarrollo de los recur-sos humanos e infraestructura y tecnología. Ese enfoque se viene promoviendo desde 1999 con la iniciati-va mundial VISIÓN 2020: el derecho a ver, que se estableció en forma de alianza entre la OMS y el Or-ganismo Internacional de Prevención de la Ceguera. En los últimos 10 años se han registrado importantes progresos en el desarrollo y la aplicación de los enfoques de la OMS con respecto al control de enferme-dades transmisibles causantes de ceguera y discapacidad visual. Los logros relacionados con el control de la oncocercosis y el tracoma se basaron en la aplicación de las estrategias de la OMS de tratamiento con ivermectina dirigido por la comunidad y la estrategia SAFE para la eliminación del tracoma causante de ceguera, respectivamente, y su adopción por los Estados Miembros y asociados internacionales. Este en-foque unificado facilitó la adopción de medidas preventivas destinadas a millones de personas en situación
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de riesgo de pérdida visual y convenció a los principales donantes de que es preciso adoptar compromisos a largo plazo.
23. Posteriormente, se han documentado cambios importantes en las causas de ceguera, con una tenden-cia a la disminución de las transmisibles y un incremento progresivo de las afecciones oculares crónicas asociadas a la edad. Las intervenciones de salud pública relativas a algunas de las principales afecciones, como la catarata y la retinopatía diabética, han sido sistemáticamente objeto de examen y la OMS ha for-mulado recomendaciones al respecto. Hacen falta estrategias para combatir otras afecciones como el glau-coma.
24. Al final de 2008, 150 Estados Miembros habían celebrado talleres nacionales o subnacionales de VISIÓN 2020 para introducir estrategias de salud ocular de la OMS. Esos talleres sirvieron de plataforma para compartir conocimientos especializados sobre salud ocular en las comunidades y facilitaron el proce-so de evaluación de las necesidades y posterior formulación de planes nacionales y subnacionales de pre-vención de la ceguera.
Prevención de la ceguera y la discapacidad visual evitables como problema de salud mundial
25. Los datos epidemiológicos fiables de que se dispone y las intervenciones costoeficaces que existen para el control de la mayoría de las principales causas de ceguera evitable han demostrado la importancia de fortalecer las iniciativas nacionales para preservar la salud ocular. En sus resoluciones WHA56.26 y WHA59.25, la Asamblea de la Salud recomendó la adopción de un enfoque unificado con respecto a las actividades de prevención de la ceguera, e instó a los Estados Miembros a crear comités nacionales y a establecer planes nacionales de prevención de la ceguera y diseñar mecanismos sólidos de seguimiento y evaluación para aplicarlos. Además, se ha reconocido que las actividades de promoción destinadas a pre-venir la pérdida visual tienen que llegar a un público más amplio y que es necesario poner más de relieve la importancia de proteger la salud ocular en la esfera de la salud pública y a nivel de las comunidades.
26. En algunos países el impacto de las resoluciones de la Asamblea de la Salud en la asignación de nuevos recursos para el establecimiento y la aplicación de planes de prevención de la ceguera ha sido me-nor de lo esperado. La mayoría de los países actúan con lentitud y los progresos en cuanto a la aplicación de actividades adecuadas de prevención de la ceguera son limitados.
27. Existen planes y programas de prevención de la ceguera a nivel mundial y, en algunos casos, a nivel regional y nacional, pero en estos momentos hay que adoptar medidas para ayudar a los Estados Miembros que no hayan desarrollado esos programas a aplicar la experiencia y las pruebas científicas dis-ponibles a nivel internacional, de manera que desarrollen y apliquen sus propias medidas de prevención de la ceguera. Asimismo, es necesario adoptar medidas para integrar el programa de salud ocular y su reper-cusión en la mitigación de la pobreza en el programa general de desarrollo.
Alianzas internacionales
28. En la última década se han forjado importantes alianzas internacionales para ayudar a la OMS a brindar apoyo a los Estados Miembros en sus esfuerzos por prevenir la ceguera, como es el caso de la ini-ciativa VISIÓN 2020: el derecho a ver. Las alianzas han permitido lograr avances considerables, sobre todo en lo que respecta a la lucha contra las causas infecciosas de ceguera. También han alentado y res-paldado la movilización de recursos a largo plazo, incluidos programas de donaciones (por ejemplo, el programa de donación de ivermectina de Merck para la lucha contra la oncocercosis y la distribución de azitromicina en el marco de un programa de donación de Pfizer para el control del tracoma). Las alianzas
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mundiales han unido y fortalecido considerablemente a los principales interesados internacionales en su lucha por prevenir la ceguera, con ayuda de estrategias de la OMS de control de enfermedades.
29. La coordinación y la evaluación puntual de la labor llevada a cabo por los asociados internacionales son necesarias para que los enfoques que éstos adoptan se ajusten a los aplicados a otras actividades en la esfera de la prevención de la ceguera. A pesar de que se han registrado algunos progresos notables en el acopio de datos sobre las actividades de prevención de la ceguera a nivel nacional y subnacional, la pre-sentación de informes consolidados sigue siendo limitada. Eso se debe, entre otras cosas, a las deficien-cias de los sistemas de seguimiento de muchos países y al escaso intercambio de información entre los países y sus asociados internacionales.
30. Lo que hace falta ahora es mejorar la coordinación y el intercambio de información entre todos los interesados.
Recursos humanos e infraestructura
31. Pese a los esfuerzos por robustecer los recursos humanos dedicados a la salud ocular, existe un défi-cit crucial de personal de atención oftálmica en muchos países de ingresos bajos. Por ejemplo, numerosos países de la Región de África cuentan con menos de un oftalmólogo por cada millón de habitantes. Ade-más, los recursos humanos existentes se suelen concentrar en las aglomeraciones urbanas más grandes, lo que hace que en las zonas rurales los servicios sean deficientes o no existan. Por otra parte, el personal capacitado abandona puestos mal remunerados en muchos de los centros de atención de salud pública y universitaria para buscar trabajo en el sector sanitario privado del país o incluso en el extranjero. Así pues, las zonas más pobres de los países de ingresos bajos son las que se encuentran en situación más desfavore-cida, debido a que la fuerza de trabajo en ellas no es adecuada y se caracteriza por un personal escaso, po-co productivo y distribuido de forma desigual.
32. Aunque los últimos avances tecnológicos en la atención oftálmica han dado lugar a métodos avan-zados de diagnóstico y tratamiento, equipar adecuadamente un centro de atención oftálmica secundaria o terciaria resulta prohibitivo para muchos países de ingresos bajos.
33. Es necesario adoptar medidas urgentes en los países para capacitar a más personal de atención of-tálmica y corregir la distribución de la fuerza de trabajo disponible entre las zonas urbanas y las rurales.
Movilización de recursos
34. Las sólidas alianzas internacionales creadas han contribuido a convencer a los donantes internacio-nales y nacionales a respaldar las actividades de prevención de la ceguera (por ejemplo, el Programa Afri-cano de Lucha contra la Oncocercosis, el Programa de Eliminación de la Oncocercosis en las Américas, la Alianza de la OMS para la Eliminación Mundial del Tracoma y VISIÓN 2020: el derecho a ver). Pese a esos logros con respecto a enfermedades concretas, se han registrado situaciones de déficit importantes en cuanto a los recursos disponibles para los programas nacionales de salud ocular y prevención de la cegue-ra. Además, no se han explorado totalmente las posibilidades de generar más recursos internacionales y nacionales. La falta de recursos para las actividades de prevención de la ceguera y la discapacidad visual podría poner en grave peligro los avances conseguidos en cuanto a la atención de salud oftálmica.
35. Lo que hay que hacer ahora es examinar los enfoques actuales con respecto a la financiación de los sistemas de salud oftálmica y destacar el impacto socioeconómico de la ceguera, la costoeficacia de las intervenciones de salud ocular y las ventajas económicas que entraña la prevención temprana de la ceguera y la discapacidad visual.
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Integración de la salud ocular en planes amplios de desarrollo
36. La creación de servicios de salud integrales e integrados y la compartición de recursos e infraestruc-tura se verán facilitadas por la incorporación de la salud ocular en planes de desarrollo intersectoriales más amplios. Se ha registrado un valor añadido en los países en que la prevención de la ceguera se ha integra-do en planes de desarrollo sanitario más amplios o en programas de desarrollo socioeconómico.
37. A pesar de que se han señalado los vínculos entre la discapacidad visual y la disminución de las oportunidades socioeconómicas de las personas afectadas, la prevención de la ceguera es un tema que no se ha tratado lo suficiente en muchos programas importantes de desarrollo internacional y nacional. La investigación sobre el impacto de la ceguera en diversos contextos socioeconómicos así como sobre las limi-taciones de acceso a la atención oftálmica de los grupos de ingresos bajos no ha sido suficiente, por lo que ahora es necesario adoptar medidas para promover más investigaciones en esas esferas.
OBJETIVOS Y MEDIDAS PREVISTAS
OBJETIVO 1. Intensificar los esfuerzos destinados a aumentar el compromiso político, financiero y técnico de los Estados Miembros para eliminar la ceguera y la discapacidad visual evitables
38. La promoción internacional de la protección de la salud ocular tiene por objeto aumentar la toma de conciencia acerca de los planes actuales de prevención de la ceguera, en particular de las intervenciones costoeficaces disponibles y de la experiencia de los diversos países en su aplicación. Las actividades de promoción deben ir destinadas a los profesionales y los formuladores de políticas del sector de la salud, con objeto de alentar la actuación a nivel intersectorial que hace falta para mejorar los sistemas de aten-ción de salud oftálmica, integrarlos en sus sistemas nacionales de salud, e incorporar la salud oftálmica en los planes más amplios de desarrollo y atención sanitaria. También deben ir destinadas a los donantes po-tenciales y a quienes determinan las prioridades y los niveles de financiación de las investigaciones, de manera que se reúnan pruebas científicas sobre la prevención de la ceguera y la discapacidad visual y su impacto.
39. Hay que realizar más investigaciones sobre el impacto de los factores de riesgo, como el consumo de tabaco, las radiaciones ultravioleta y la falta de higiene. También hay que investigar más a fondo las inequidades en el acceso a los servicios de atención oftálmica.
40. Asimismo, es necesario conceder especial atención a la sensibilización del público y a la búsqueda de los medios adecuados de transmitir información sobre la prevención de la pérdida visual y la forma de tratar las afecciones oculares.
Actuación propuesta para los Estados Miembros
41. Crear mecanismos de coordinación nacionales tales como puestos de coordinadores nacionales de la salud ocular y la prevención de la ceguera en los ministerios de salud y otras instituciones clave y prestar-les apoyo, según sea oportuno.
42. Considerar la posibilidad de establecer asignaciones presupuestarias para la salud ocular y la pre-vención de la ceguera.
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43. Promover e integrar la salud ocular en todos los niveles de la atención de salud.
44. Conmemorar el Día Mundial de la Vista.
45. Integrar la protección de la salud ocular en los programas de promoción de la salud.
Actuación de la Secretaría
46. Realizar análisis de políticas para determinar la mejor manera de conseguir el apoyo de las instan-cias decisorias de alto nivel y su compromiso de promover la salud ocular, y para estudiar el posible im-pacto y la manera de integrar la prevención de la ceguera en las políticas y los programas socioeconómicos [2009-2011].
47. Sensibilizar a los formuladores de políticas acerca de la relación entre las enfermedades oculares, el género, la pobreza y el desarrollo, utilizando información basada en pruebas científicas y datos epidemio-lógicos, y llevar adelante la labor relativa a los determinantes sociales de la salud en lo que atañe a los pro-blemas de salud ocular [2009-2010].
48. Armonizar los mensajes de promoción utilizados por los asociados internacionales en diversos foros de salud y desarrollo [2009-2010].
49. Promover la colaboración entre los diversos programas y grupos de la Organización en las activida-des de lucha contra los principales factores de riesgo de discapacidad visual.
Actuación propuesta para los asociados internacionales
50. Ayudar a la OMS a recabar la participación de todos los interesados en las actividades de promo-ción para hacer tomar mayor conciencia de la magnitud de la ceguera y la discapacidad visual, la disponi-bilidad de intervenciones costoeficaces y la experiencia internacional para aplicarlas.
51. Ayudar a los Estados Miembros a crear foros en que los principales interesados - incluidos organi-zaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales, círculos académicos, instituciones de investiga-ción y el sector privado - puedan acordar acciones concertadas contra la ceguera y la discapacidad visual evitables.
OBJETIVO 2. Desarrollar y fortalecer políticas, planes y programas nacionales de salud ocular y prevención de la ceguera y la discapacidad visual
52. Las políticas, planes y programas nacionales de salud ocular y prevención de la ceguera y la disca-pacidad visual evitables son instrumentos indispensables para llevar a cabo intervenciones coordinadas, basadas en pruebas científicas, costoeficaces y sostenibles. La integración de la salud ocular en las políti-cas sanitarias nacionales pertinentes, incluidas las relativas a la salud escolar y ocupacional, facilita la adopción de un enfoque multidisciplinario coordinado y el desarrollo de una atención oftálmica integral, haciendo hincapié en la atención oftálmica primaria.
53. La OMS ha diseñado estrategias basadas en pruebas científicas para afrontar las principales causas de ceguera y discapacidad visual evitables y respaldar así la formulación de políticas y programas. Ya se están aplicando algunas estrategias de la lucha contra el tracoma, la oncocercosis, la carencia de vitamina
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A, la retinopatía diabética y algunos aspectos de la pérdida visual relacionados con la catarata, pero toda-vía hay que desarrollar estrategias para combatir las principales causas emergentes de la pérdida de visión.
Actuación propuesta para los Estados Miembros
54. En los casos en que se disponga de capacidad suficiente, elaborar estrategias nacionales, y las con-siguientes directrices, para prevenir la ceguera y la discapacidad visual; si no, considerar la posibilidad de adaptar las estrategias recomendadas por la OMS.
55. Revisar las políticas de salud visual en vigor, señalar los déficits observados y desarrollar nuevas políticas en pro de un sistema integral de atención oftálmica.
56. Incorporar la prevención de la ceguera y la discapacidad visual en las estrategias de reducción de la pobreza y las políticas socioeconómicas pertinentes.
57. Hacer participar a los sectores gubernamentales pertinentes en el diseño y la aplicación de las políti-cas, planes y programas destinados a prevenir la ceguera y la discapacidad visual.
58. Preparar una fuerza de trabajo, con inclusión de personal paramédico profesional y agentes de salud comunitarios, que se ocupe de la salud ocular mediante programas de capacitación que incluyan un com-ponente de salud ocular comunitaria.
Actuación de la Secretaría
59. Examinar la experiencia adquirida con las estrategias de salud pública para el control de los errores de refracción no corregidos, incluidos la presbiopía, el glaucoma, la degeneración macular relacionada con la edad, la opacidad de la córnea, las enfermedades oculares hereditarias y algunas afecciones oculares infantiles, incluidas las secuelas de la carencia de vitamina A [2009-2011].
60. Facilitar el establecimiento de actividades de salud ocular y comités nacionales de prevención de la ceguera, informar a los Estados Miembros acerca de su composición y funciones, y proporcionar apoyo técnico directo para el desarrollo, la aplicación y la evaluación de planes nacionales.
61. Preparar un enfoque coordinado y normalizado para el acopio, el análisis y la difusión de informa-ción sobre la aplicación de las políticas nacionales relacionadas con la salud ocular y las mejores prácticas con respecto a los aspectos de la salud pública que atañen a la prevención de la ceguera, incluida informa-ción sobre los sistemas disponibles de seguro de enfermedad y su impacto en los diversos aspectos de la prestación de atención oftálmica [2009-2011].
62. Fomentar la colaboración con otros programas y alianzas importantes (por ejemplo, la Alianza Mundial de la OMS en pro del Personal Sanitario) para promover el desarrollo de los recursos humanos para la prestación de atención oftálmica a nivel primario, secundario y terciario [2009-2010].
63. Revisar los planes de estudios y las mejores prácticas en materia de educación y formación de los profesionales de la atención oftálmica [2010-2011].
64. Reforzar la capacidad de las oficinas regionales y en los países de prestar apoyo técnico para la sa-lud ocular y la prevención de la ceguera.
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Actuación propuesta para los asociados internacionales
65. Promover las estrategias y directrices recomendadas por la OMS para la prevención de la ceguera y la discapacidad visual y, con asistencia de los Estados Miembros, contribuir al acopio de información na-cional sobre su aplicación.
66. Generar recursos para los planes nacionales de prevención de la ceguera, y prestar apoyo a su apli-cación, a fin de evitar la duplicación de tareas.
67. Proporcionar un apoyo continuado a los programas de control de las causas nutricionales y transmi-sibles de la ceguera.
OBJETIVO 3. Aumentar y ampliar las actividades de investigación para la prevención de la ceguera y la discapacidad visual
68. Las medidas de salud pública destinadas a prevenir la ceguera y la discapacidad visual tienen que estar basadas en pruebas científicas y ser costoeficaces. La colaboración internacional en la promoción de investigaciones multidimensionales y multisectoriales es fundamental para desarrollar sistemas de aten-ción oftálmica que sean integrales, integrados, equitativos, de gran calidad y sostenibles. Hay que realizar más investigaciones sobre la manera de capitalizar las pruebas disponibles. Asimismo, habría que hacer especial hincapié en la evaluación de las intervenciones y las diferentes estrategias para la detección pre-coz y el cribado de las causas de ceguera y discapacidad visual en distintos grupos de población, incluidos los niños.
Actuación propuesta para los Estados Miembros
69. Promover las investigaciones por parte de las instituciones nacionales de investigación sobre los determinantes socioeconómicos, la función del sexo, la costoeficacia de las intervenciones y la determina-ción de los grupos de población de alto riesgo.
70. Evaluar el costo económico de la ceguera y la discapacidad visual y su impacto en el desarrollo so-cioeconómico.
71. Determinar el impacto de la pobreza y otros determinantes en el gradiente de disparidad socioeco-nómica en cuanto al acceso de las personas a los servicios de atención oftálmica.
72. Incluir las actividades de investigación epidemiológica, comportamental, de los sistemas de salud y del personal de salud en los programas nacionales de atención oftálmica y prevención de la ceguera y la discapacidad visual.
Actuación de la Secretaría
73. En colaboración con otros asociados, cotejar los datos disponibles sobre los factores de riesgo, co-mo el consumo de tabaco, la dieta no saludable, la inactividad física, las radiaciones ultravioleta y la falta de higiene, y coordinar el establecimiento de un programa de investigación por prioridades sobre las cau-sas y la prevención de la ceguera, prestando especial atención a los países de ingresos bajos y medios [2009-2011].
48 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
74. Ayudar a los Estados Miembros a evaluar el impacto de las políticas y las estrategias de salud públi-ca en la situación de la salud ocular y compartir los resultados obtenidos.
75. Facilitar el desarrollo de modelos de establecimiento de proyecciones sobre las tendencias en las causas y la magnitud de la ceguera y la discapacidad visual y conceder prioridad a la creación de sistemas de atención oftálmica y a la definición de objetivos al respecto [2010-2011].
Actuación propuesta para los asociados internacionales
76. Ayudar a los países de ingresos bajos y medios a crear capacidad para realizar investigaciones epi-demiológicas y de los sistemas de salud, incluidas las investigaciones analíticas y operacionales necesarias para la ejecución y evaluación de programas en la esfera de las enfermedades oculares.
77. Apoyar la colaboración entre las instituciones de los países de ingresos bajos y medios y las de los países de ingresos altos.
78. Respaldar y priorizar en coordinación con los Estados Miembros la realización de investigaciones sobre enfermedades oculares a nivel mundial, regional y subregional.
79. Robustecer y respaldar la capacidad de los Centros Colaboradores de la OMS y las instituciones nacionales de investigación para llevar a cabo investigaciones relacionadas con la prevención de la cegue-ra y la discapacidad visual.
OBJETIVO 4. Mejorar la coordinación entre las alianzas y los interesados a nivel nacional e internacional para prevenir la ceguera y la discapacidad visual 80. Las asociaciones y las alianzas internacionales importantes han contribuido a preparar respuestas de salud pública eficaces para prevenir la ceguera y la discapacidad visual. Los Estados Miembros, los orga-nismos de las Naciones Unidas, otras instituciones internacionales, los círculos académicos, los centros de investigación, las organizaciones de profesionales de la salud, las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones de servicios, la sociedad civil y el sector empresarial son interesados clave en este proceso. El desafío reside en reforzar las alianzas mundiales y regionales y en incorporar la prevención de la cegue-ra en iniciativas de desarrollo más amplias que prevean actividades para establecer nuevas formas intersec-toriales de colaboración y alianzas.
Actuación propuesta para los Estados Miembros
81. Promover la participación en las asociaciones y alianzas nacionales e internacionales existentes para la prevención de la ceguera y la discapacidad visual evitables y respaldarlas activamente, entre otras cosas, mediante la coordinación con los programas de control de las enfermedades no transmisibles y las medidas de prevención y control de las enfermedades tropicales desatendidas.
82. Promover alianzas entre los sectores público, privado y de los organismos benéficos a nivel nacional y subnacional.
Actuación de la Secretaría
83. Convocar al Comité de Seguimiento de la OMS para la Eliminación de la Ceguera Evitable, de con-formidad con la resolución WHA56.26 [2009].
ANEXO 1 49
84. Respaldar y fortalecer la función de los Centros Colaboradores de la OMS vinculando sus planes de trabajo con la aplicación del presente plan [2009-2010].
Actuación propuesta para los asociados internacionales
85. Colaborar estrechamente con los Estados Miembros y la Secretaría en la aplicación de los diversos componentes del presente plan y prestarles apoyo al respecto.
86. Establecer contacto con otras organizaciones y organismos internacionales con programas de desa-rrollo más amplios para determinar las oportunidades de colaboración.
87. Continuar respaldando las alianzas existentes para el control de la oncocercosis y el tracoma, hasta que esas enfermedades dejen de ser un problema de salud pública.
OBJETIVO 5. Seguir de cerca los progresos en la eliminación de la ceguera evitable a nivel nacional, regional y mundial
88. Disponer de información sobre las causas, la magnitud y la distribución geográfica de la ceguera y la discapacidad visual, y sobre sus tendencias, es fundamental para las actividades de promoción y planifi-cación basadas en pruebas científicas. Asimismo, comprender las dificultades y las deficiencias que plan-tea la prestación de servicios y seguir de cerca cómo las afrontan los Estados Miembros es fundamental para que las medidas llevadas a cabo tengan éxito. Sólo se pueden introducir los ajustes necesarios y oportunos si existe una labor de seguimiento continuo y evaluación periódica de las intervenciones desti-nadas a prevenir la ceguera.
Actuación propuesta para los Estados Miembros
89. Proporcionar periódicamente información y datos actualizados sobre la prevalencia y las causas de ceguera y discapacidad visual, desglosados por edad, sexo y situación socioeconómica.
90. Fortalecer el acopio de datos normalizados y establecer sistemas de vigilancia con ayuda de los ins-trumentos existentes en la OMS (por ejemplo, los utilizados para la catarata, el tracoma y la oncocercosis).
91. Presentar informes periódicos, utilizando el sistema normalizado de presentación de informes de la OMS, acerca de los progresos realizados en la aplicación de las estrategias y los planes nacionales de prevención de la ceguera.
Actuación de la Secretaría
92. En colaboración con los principales interesados, revisar y actualizar la lista de indicadores para el seguimiento y la evaluación periódica de las actividades destinadas a prevenir la ceguera y la discapacidad visual, y determinar metas y plazos [2009-2011].
93. Revisar los registros de datos, a fin de determinar el impacto de las medidas adoptadas para prevenir la ceguera y la discapacidad visual evitables a nivel nacional y de lograr una reducción de la magnitud de la ceguera evitable, con arreglo a la resolución WHA56.26 [2009-2011].
50 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
94. Reunir datos, de los países que tienen buenos programas de prevención de la ceguera, sobre prácti-cas y sistemas o modelos idóneos de prevención de la ceguera que se puedan aplicar o modificar en otros países en desarrollo, de conformidad con lo dispuesto en la resolución WHA56.26 [2009-2010].
95. Iniciar una evaluación periódica independiente de la labor de prevención de la ceguera y la discapa-cidad visual, incluida la de las alianzas internacionales, para que la examine el Comité de Seguimiento de la OMS para la Eliminación de la Ceguera Evitable [2009-2010].
96. Contribuir al estudio de la Carga Mundial de Morbilidad 20051 [2009-2010].
Actuación propuesta para los asociados internacionales
97. Colaborar con los Estados Miembros y la Secretaría en el seguimiento y la evaluación de los progre-sos en la prevención y el control de la ceguera y la discapacidad visual a nivel regional y mundial.
98. Colaborar con la OMS en la creación de una red destinada a examinar las actividades regionales y mundiales de seguimiento y evaluación de los progresos en la prevención de la ceguera y la discapacidad visual.
INDICADORES
99. Para poder evaluar las tendencias relativas a las causas de ceguera y discapacidad visual, medir los progresos realizados por los Estados Miembros en la prevención de la ceguera y la discapacidad visual y seguir de cerca la aplicación del presente plan de acción, es necesario definir un conjunto de indicadores básicos de procesos y resultados. Los indicadores se centrarán principalmente en las medidas tomadas por la Secretaría y los Estados Miembros. Cada país podrá establecer su propio conjunto de indicadores sobre la base de sus prioridades y recursos; no obstante, con el fin de registrar los progresos a nivel mundial y regional, es preciso normalizar el acopio de datos e información. Asimismo, hay que revisar y actualizar el actual conjunto de indicadores utilizados por la OMS para seguir la situación mundial relativa a la pre-vención de la ceguera y la discapacidad visual e informar al respecto.2 Existen valores de referencia en la OMS para muchos de los indicadores; por lo que se refiere a aquellos para los que no hay valores de referencia se establecerán mecanismos para reunir los datos pertinentes.
_______________
________________________________ 1 http://www.globalburden.org. 2 Documento WHO/PBL/03.92.
- 51 -
ANEXO 2
Reglamento Financiero de la Organización Mundial de la Salud1
[A62/32 - 26 de marzo de 2009]
Artículo I - Campo de aplicación y delegación de atribuciones
1.1 El presente Reglamento se aplicará a la gestión financiera de la Organización Mundial de la Salud.
1.2 El Director General tendrá la responsabilidad de garantizar la administración financiera efectiva de la Organización de conformidad con el presente Reglamento.
1.3 Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1.2, el Director General podrá delegar por escrito en otros funcionarios de la Organización las atribuciones y la responsabilidad contable conexa que considere nece-sarias para la aplicación efectiva del presente Reglamento.
1.4 El Director General establecerá las Normas de Gestión Financiera, con inclusión de las directrices y los límites que procedan para la aplicación del presente Reglamento, con el fin de garantizar una adminis-tración financiera efectiva y económica y la protección de los haberes de la Organización.
Artículo II - Ejercicio financiero
2.1 En lo que se refiere al presupuesto por programas, se entenderá por ejercicio financiero el periodo de dos años civiles consecutivos iniciado en un año par.
Artículo III - Presupuesto
3.1 El Director General preparará un proyecto de presupuesto (denominado en adelante «propuestas presupuestarias») para el ejercicio financiero, de conformidad con lo establecido en el Artículo 55 de la Constitución. Las propuestas presupuestarias se presentarán en dólares de los Estados Unidos.
3.2 Las propuestas presupuestarias estarán divididas en partes, secciones y capítulos, e irán acompaña-das de cuantos anexos informativos y notas aclaratorias pida o haga pedir la Asamblea de la Salud y de los que el Director General estime necesario y útil añadir.
3.3 El Director General someterá las propuestas presupuestarias a la consideración del Consejo Ejecuti-vo cuando menos doce semanas antes de inaugurarse la reunión ordinaria de la Asamblea de la Salud, y antes de la apertura de la correspondiente reunión del Consejo en la que hayan de examinarse. Al propio tiempo, el Director General comunicará esas propuestas a todos los Miembros (incluidos los Miembros Asociados).
1 Texto modificado de conformidad con la resolución WHA62.6.
52 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
3.4 El Consejo Ejecutivo presentará esas propuestas, junto con las recomendaciones que desee formular al respecto, a la Asamblea de la Salud.
3.5 La Asamblea de la Salud aprobará el presupuesto para el siguiente ejercicio financiero en el año precedente al bienio al que las propuestas presupuestarias se refieran, una vez que la correspondiente co-misión principal de la Asamblea de la Salud haya examinado las propuestas y haya presentado un informe al respecto.
3.6 Si en la fecha de la reunión del Consejo Ejecutivo que deba presentar las propuestas presupuestarias y sus recomendaciones a la Asamblea de la Salud tiene el Director General informaciones que indiquen que en vista de la situación puede ser necesario modificar las propuestas antes de que se reúna la Asam-blea de la Salud, informará sobre ello al Consejo Ejecutivo, el cual, si lo considera oportuno, incluirá a tal efecto las disposiciones adecuadas en sus recomendaciones a la Asamblea de la Salud.
3.7 Si, después de clausurada la reunión en que el Consejo Ejecutivo haya examinado las propuestas presupuestarias, el curso de la situación, o cualesquiera de las recomendaciones formuladas por el Conse-jo, hace necesaria o conveniente, a juicio del Director General, una modificación de las propuestas presu-puestarias, el Director General informará sobre ello a la Asamblea de la Salud.
3.8 En caso necesario, el Director General podrá presentar al Consejo Ejecutivo propuestas suplementa-rias para aumentar los créditos previamente aprobados por la Asamblea de la Salud. Tales propuestas se presentarán siguiendo los mismos procedimientos y normas que los establecidos para las propuestas pre-supuestarias del ejercicio financiero.
Artículo IV - Asignaciones del presupuesto ordinario
4.1 Las asignaciones aprobadas por la Asamblea de la Salud autorizan al Director General para contraer las obligaciones contractuales y efectuar los pagos propios del destino que hayan recibido los créditos aprobados y sin rebasar la cuantía de los mismos.
4.2 Las asignaciones estarán disponibles para contraer obligaciones durante el ejercicio financiero al que correspondan, que se ejecutarán durante ese ejercicio o durante el año civil siguiente.
4.3 El Director General queda autorizado, con el consentimiento previo del Consejo Ejecutivo o de cualquier comité en que el Consejo delegue ese poder, para hacer transferencias entre las secciones de la Resolución de Apertura de Créditos. Cuando el Consejo Ejecutivo o cualquier comité en que éste haya delegado poder bastante no esté reunido, el Director General podrá recabar el acuerdo previo de la mayoría de los miembros del Consejo o de ese comité por escrito. El Director General informará de esas transfe-rencias al Consejo Ejecutivo en su reunión siguiente.
4.4 Al mismo tiempo que apruebe las propuestas presupuestarias, la Asamblea de la Salud establecerá un mecanismo de compensación cambiaria por el que se fijará la cuantía máxima de que se dispondrá para cubrir las pérdidas de origen cambiario. El propósito del mecanismo será posibilitar el mantenimiento del nivel del presupuesto, de modo que las actividades que el presupuesto aprobado por la Asamblea de la Sa-lud represente puedan llevarse a cabo independientemente del efecto de cualesquiera fluctuaciones de las monedas frente al dólar de los Estados Unidos al tipo de cambio oficial de las Naciones Unidas.
ANEXO 2 53
Artículo V - Provisión de fondos para el presupuesto ordinario
5.1 Las asignaciones se financiarán con las contribuciones señaladas a los Miembros, de acuerdo con la escala que fije la Asamblea de la Salud, y con los ingresos previstos por concepto de intereses devengados por el presupuesto ordinario, los atrasos recaudados y cualquier otro ingreso atribuible al presupuesto or-dinario.
5.2 La suma que deba financiarse mediante las contribuciones de los Miembros se calculará tras ajustar la suma total asignada por la Asamblea de la Salud en función de la proporción del presupuesto ordinario que se haya previsto financiar mediante los montos de otras procedencias que se mencionan en el párrafo 5.1.
5.3 Cuando los recursos financieros disponibles para las asignaciones sean inferiores a la cantidad apro-bada por la Asamblea de la Salud en las propuestas del presupuesto ordinario, el Director General exami-nará los planes de ejecución de dicho presupuesto para efectuar los ajustes que se consideren necesarios.
Artículo VI - Contribuciones señaladas
6.1 Las contribuciones señaladas a los Miembros sobre la base de la escala establecida se dividirán en dos anualidades de igual cuantía. En el primer año del ejercicio financiero la Asamblea de la Salud podrá decidir una modificación de la escala de contribuciones aplicable en el segundo año del ejer-cicio.
6.2 Cuando la Asamblea de la Salud haya aprobado el presupuesto, el Director General informará a los Miembros de sus obligaciones por concepto de contribución para el ejercicio financiero y los invitará a que abonen la primera y la segunda anualidad de sus contribuciones.
6.3 Si la Asamblea de la Salud decide modificar la escala de contribuciones, o ajustar el importe de las asignaciones que han de financiarse con las contribuciones de los Miembros para el segundo año de un bienio, el Director General informará a los Miembros de sus nuevas obligaciones y los invitará a que abo-nen el importe revisado de la segunda anualidad de sus contribuciones.
6.4 Las anualidades se considerarán vencidas y pagaderas al 1 de enero del año al que correspondan.
6.5 Al 1 de enero del año siguiente se considerará que las contribuciones pendientes de pago llevan un año de mora.
6.6 Las contribuciones se señalarán en dólares de los Estados Unidos y se pagarán en esa moneda, en euros o en francos suizos, o en cualesquiera otras monedas que el Director General determine.
6.7 La aceptación por el Director General de una moneda no plenamente convertible estará sujeta a una decisión específica anual que el Director General adoptará caso por caso. Su aprobación incluirá todos los términos y condiciones que el Director General considere necesarios para proteger los intereses de la Or-ganización Mundial de la Salud.
6.8 Los pagos efectuados por un Miembro se abonarán en su cuenta y se aplicarán primero a las contri-buciones más antiguas que adeude.
54 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
6.9 Los pagos en monedas distintas del dólar de los Estados Unidos se abonarán en las cuentas de los Miembros al tipo de cambio de las Naciones Unidas vigente en la fecha de su recepción por la Organiza-ción Mundial de la Salud.
6.10 El Director General presentará en las reuniones ordinarias de la Asamblea de la Salud un informe sobre la recaudación de las contribuciones.
6.11 Los nuevos Miembros quedarán obligados a satisfacer una contribución por el ejercicio financiero en que adquieran la condición de tales según la cuota que les asigne la Asamblea de la Salud. Esas contri-buciones se contabilizarán como ingresos en el año en que sean pagaderas.
Artículo VII - Fondo de Operaciones y adelantos internos
7.1 Hasta que se reciban las contribuciones señaladas, la ejecución del presupuesto ordinario podrá fi-nanciarse mediante el Fondo de Operaciones establecido como parte del presupuesto ordinario aprobado por la Asamblea de la Salud, y a continuación mediante adelantos internos con cargo a las reservas de efectivo disponibles en la Organización, excluidos los fondos de depósito.
7.2 La cuantía del Fondo de Operaciones se determinará a partir de una proyección de las necesidades de financiación teniendo en cuenta los ingresos y los gastos previstos. Toda propuesta que el Director Ge-neral presente a la Asamblea de la Salud para modificar la cuantía del Fondo de Operaciones previamente aprobado se acompañará de una explicación de las razones de ese cambio.
7.3 Los reembolsos de los adelantos tomados en virtud del párrafo 7.1 supra se harán a partir de los atrasos de contribuciones recaudados y se aplicarán en primer lugar a los adelantos internos que queden pendientes, y en segundo lugar a los adelantos hechos con cargo al Fondo de Operaciones.
Artículo VIII - Ingresos de otras procedencias
8.1 Se delega en el Director General la facultad, prevista en el Artículo 57 de la Constitución, de aceptar donaciones y legados, ya sea en efectivo o en especie, siempre que el Director General determine que esas contribuciones pueden ser utilizadas por la Organización y que las condiciones a que estén sujetas son compatibles con los objetivos y las políticas de la Organización.
8.2 El Director General queda autorizado para gravar con una carga las contribuciones extrapresupues-tarias de conformidad con toda resolución aplicable de la Asamblea de la Salud. Esta carga se abonará en la Cuenta Especial para Gastos de Prestación de Servicios, junto con cualesquiera ingresos por concepto de intereses o ingresos devengados por inversiones de las contribuciones extrapresupuestarias y se utiliza-rá para reembolsar, del todo o en parte, los gastos indirectos en que incurra la Organización para generar y administrar esos recursos. Todos los costos directos de la ejecución de los programas que se financien con recursos extrapresupuestarios se cargarán al presupuesto de que se trate.
Artículo IX - Fondos
9.1 Se establecerán fondos en los que se contabilizarán los ingresos y los gastos de la Organización. Estos fondos abarcarán todas las fuentes de ingresos: el presupuesto ordinario, los recursos extrapresu-puestarios, los fondos de depósito y cualquier otra fuente de ingresos que proceda.
ANEXO 2 55
9.2 Se establecerán cuentas para las cantidades recibidas de los donantes de contribuciones extrapresu-puestarias y para los fondos de depósito, si los hubiere, de modo que puedan registrarse y notificarse los ingresos y gastos correspondientes.
9.3 Se establecerán las otras cuentas que sean necesarias a modo de reserva o para atender las necesida-des de la administración de la Organización, incluidos los gastos de capital.
9.4 El Director General podrá establecer fondos rotatorios con el fin de que las actividades se autofi-nancien. La Asamblea de la Salud será informada de la finalidad de esas cuentas, en particular de los deta-lles relativos a las fuentes de ingresos y a los gastos efectuados con cargo a esos fondos y del saldo exce-dente eventualmente disponible al final de un ejercicio.
9.5 Se especificará el objeto de toda cuenta establecida a tenor de los párrafos 9.3 y 9.4 supra, y su ad-ministración se regirá por el presente Reglamento Financiero y por las Normas de Gestión Financiera que el Director General establezca en virtud del párrafo 12.1 infra, por una gestión financiera prudente y por las condiciones específicas que se acuerden con la autoridad competente.
Artículo X - Custodia del efectivo y los equivalentes al efectivo
10.1 El Director General designará el banco o los bancos o instituciones financieras en que se deposita-rán el efectivo y los equivalentes al efectivo de la Organización.
10.2 El Director General podrá designar a los administradores y/o custodios de las inversiones (o los ac-tivos) que la Organización desee nombrar para la gestión del efectivo y los equivalentes al efectivo.
Artículo XI - Inversiones de efectivo y equivalentes al efectivo
11.1 El efectivo que no sea indispensable para pagos inmediatos se podrá invertir y se podrá mancomu-nar cuando ello mejore las perspectivas de rendimiento.
11.2 Los ingresos procedentes de inversiones se abonarán como ingresos en la Cuenta Especial para Gas-tos de Prestación de Servicios de conformidad con el párrafo 8.2, a menos que en los reglamentos, normas o resoluciones relativos a un fondo o una cuenta específicos se disponga otra cosa.
11.3 Las políticas y directrices relativas a las inversiones se elaborarán de conformidad con las prácticas óptimas en esta rama, teniendo debidamente en cuenta la preservación del capital y los requisitos de la Or-ganización en materia de rentabilidad.
Artículo XII - Control interno
12.1 El Director General deberá:
a) establecer políticas y procedimientos de trabajo que aseguren una administración financiera eficaz y económica y la protección de los haberes de la Organización;
b) designar a los funcionarios autorizados para recibir fondos, para contraer compromisos finan-cieros y para efectuar pagos en nombre de la Organización;
c) mantener una estructura de control interno eficaz con el fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y las metas establecidos para las operaciones; el uso económico y eficiente de los re-
56 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
cursos; la fiabilidad e integridad de la información; el cumplimiento de las políticas, los planes, los procedimientos, las normas y los reglamentos; y la protección de los haberes;
d) mantener un servicio de auditoría interna que se encargue de examinar, evaluar y vigilar la idoneidad y eficacia de los sistemas generales de control interno de la Organización. Con este fin, se someterán a ese examen, evaluación y vigilancia todos los sistemas, procesos, operaciones, fun-ciones y actividades de la Organización.
Artículo XIII - Cuentas y estados financieros
13.1 El Director General creará las cuentas que sean necesarias y las llevará de conformidad con las Normas Contables Internacionales para el Sector Público.
13.2 Anualmente se prepararán estados financieros de conformidad con las Normas Contables Interna-cionales para el Sector Público, junto con la demás información que pueda ser necesaria para indicar la situación financiera de la Organización en ese momento.
13.3 Los estados financieros se presentarán en dólares de los Estados Unidos. Los documentos contables podrán llevarse, sin embargo, en la moneda o las monedas que el Director General considere convenientes.
13.4 Los estados financieros se presentarán a el o los Comisarios de Cuentas a más tardar el 31 de marzo siguiente al final del año al que correspondan.
13.5 El Director General podrá hacer los pagos graciables que considere necesarios en interés de la Or-ganización. En las cuentas definitivas se incluirá una relación de esos pagos.
13.6 Después de practicadas todas las averiguaciones del caso, el Director General podrá autorizar la cancelación de las pérdidas de elementos del activo que no sean atrasos de contribuciones. En las cuentas definitivas se incluirá una relación de esas pérdidas canceladas.
Artículo XIV - Auditoría externa
14.1 La Asamblea de la Salud, en la forma que por sí misma establezca, nombrará uno o varios Comisa-rios de Cuentas que habrán de ser interventores generales del gobierno de un Miembro (o funcionarios de categoría o condición análogas). El nombramiento de el o los Comisarios de Cuentas sólo podrá revocarse por decisión de la Asamblea.
14.2 En toda auditoría que realicen, el o los Comisarios de Cuentas actuarán con arreglo a las normas comunes de auditoría generalmente aceptadas y a las atribuciones adicionales que se exponen en el apén-dice del presente Reglamento, y con sujeción a cualesquiera instrucciones especiales de la Asamblea de la Salud.
14.3 El o los Comisarios de Cuentas podrán formular observaciones acerca de la eficiencia de los proce-dimientos financieros, el sistema de contabilidad, los controles financieros internos y, en general, la admi-nistración y gestión de la Organización.
14.4 El o los Comisarios de Cuentas actuarán con absoluta independencia y serán los únicos responsables de la auditoría y, salvo en lo autorizado en el párrafo 14.7 infra, de todo examen local o especial.
ANEXO 2 57
14.5 La Asamblea de la Salud podrá pedir a el o los Comisarios de Cuentas que examinen determinadas cuestiones específicas y presenten informes por separado sobre los resultados.
14.6 El Director General dará a el o los Comisarios de Cuentas las facilidades que necesiten para el des-empeño de sus funciones.
14.7 Con objeto de proceder a un examen local o especial o de efectuar economías en los gastos de audi-toría, el o los Comisarios de Cuentas podrán contratar los servicios de cualquier interventor general (o funcionario de categoría equivalente) de un país, de auditores comerciales públicos de reconocido presti-gio o de cualquier otra persona o empresa que, a su juicio, reúna las condiciones de competencia técnica necesarias.
14.8 El o los Comisarios de Cuentas presentarán un informe acerca de la auditoría del informe financiero sobre el bienio preparado por el Director General en cumplimiento del artículo XIII del presente Regla-mento. En el informe figurará la información que el o los Comisarios de Cuentas consideren necesario consignar en relación con las cuestiones mencionadas en el párrafo 14.3 supra y en las atribuciones adi-cionales.
14.9 Los informes del o los Comisarios de Cuentas, junto con el informe financiero comprobado, se transmitirán por conducto del Consejo Ejecutivo a la Asamblea de la Salud, a más tardar el 1 de mayo si-guiente al final del ejercicio financiero al que correspondan las cuentas definitivas. El Consejo Ejecutivo examinará los informes financieros interino y definitivo y el o los informes de auditoría y los transmitirá a la Asamblea de la Salud con las observaciones que estime oportunas.
Artículo XV - Resoluciones que implican gastos
15.1 La Asamblea de la Salud y el Consejo Ejecutivo no tomarán ninguna decisión cuyo cumplimiento exija un desembolso sin haber examinado un informe del Director General sobre las posibles consecuen-cias administrativas y financieras de la propuesta.
15.2 Cuando el Director General considere que no puede atenderse con las asignaciones disponibles el gasto que implique una propuesta, no se incurrirá en dicho gasto mientras la Asamblea de la Salud no haya consignado los créditos necesarios.
Artículo XVI - Disposiciones generales
16.1 El presente Reglamento entrará en vigor el día en que lo apruebe la Asamblea de la Salud, salvo decisión de ésta en contrario, y sólo podrá ser modificado por ella.
16.2 En caso de duda sobre la interpretación y aplicación de lo dispuesto en cualquiera de los artículos del presente Reglamento, el Director General queda autorizado para tomar la decisión que proceda, a re-serva de que el Consejo Ejecutivo la confirme en la próxima reunión que celebre.
16.3 Las Normas de Gestión Financiera que el Director General establezca de conformidad con lo dis-puesto en el párrafo 1.4 supra, y las modificaciones que introduzca en ellas, entrarán en vigor cuando las confirme el Consejo Ejecutivo. Esas normas se comunicarán a la Asamblea de la Salud para su informa-ción.
_______________
- 58 -
ANEXO 3
Modificaciones del Estatuto del Personal1 [A62/36 - 9 de abril de 2009]
IV. NOMBRAMIENTOS Y ASCENSOS
[…]
4.2 En los nombramientos, traslados, reasignaciones o ascensos prevalecerá sobre cualquier otra consi-deración la necesidad de que el personal de la Organización reúna las mejores condiciones de com-petencia, eficacia e integridad. También se atenderá la conveniencia de establecer y mantener una distribución de los puestos de plantilla sobre una base geográfica tan amplia como sea posible.
4.3 La selección de los miembros del personal se hará sin distinción de raza, religión o sexo y, siempre que sea posible, por concurso; sin embargo, lo que antecede no se aplicará cuando, en interés de la Organización, se cubra un puesto por transferencia o reasignación de un funcionario sin promoción.
[…]
_______________
1 Véase la resolución WHA62.7.
- 59 -
ANEXO 4
Plan de acción sobre salud pública, innovación y propiedad intelectual1
[A62/16 Add.1 - 26 de marzo de 2009]
1. La 61.ª Asamblea Mundial de la Salud adoptó la estrategia mundial2 y las partes acordadas del plan de acción sobre salud pública, innovación y propiedad intelectual en su resolución WHA61.21. En ella se pedía a la Directora General, entre otras cosas, que ultimara los componentes pendientes, incluido el ca-lendario y las necesidades de financiación estimadas, y que presentara el plan definitivo a la consideración de la 62.ª Asamblea Mundial de la Salud, por conducto del Consejo Ejecutivo. El Consejo Ejecutivo, en su 124.ª reunión, tomó nota del informe de la Secretaría sobre la estrategia mundial y plan de acción.3
2. La Secretaría ha seguido trabajando en la propuesta de un calendario para las medidas específicas previstas en el plan de acción.
[…]
[A62/16 Add.2 - 7 de mayo de 2009]
1. En la resolución WHA61.21 se pidió a la Directora General que, entre otras cosas, ultimara los componentes pendientes del plan de acción, entre ellos los indicadores de los progresos, y los presentara para su examen por la 62.ª Asamblea Mundial de la Salud. Un conjunto de indicadores de los progresos se presentó al Consejo Ejecutivo en su 124.ª reunión; [en el documento A62/16 Add.2 se presentó] una ver-sión revisada sobre la base de las observaciones recibidas.3
[…]
[A62/16 Add.3 - 18 de mayo de 2009]
Como resultado de las consultas oficiosas mantenidas entre los Estados Miembros a fin de llegar a un acuerdo sobre los párrafos del plan de acción que se refieren a las partes interesadas y cuya redacción todavía no es definitiva,4 [en el documento A62/16 Add.3 se presentaron las últimas propuestas respecto a las medidas concretas pendientes].
[…]
[Se presentan infra los indicadores correspondientes a los distintos elementos. Se han incorporado al plan de acción definitivo, que también se presenta infra, los calendarios y los párrafos relativos a las partes interesadas ultimados.]
1 Véase la resolución WHA62.16. 2 Véase la resolución WHA61.21, anexo. 3 Documento EB124/2009/REC/2, acta resumida de la décima sesión. 4 Documento A62/16, párrafo 12.
60 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
INDICADORES DE LOS PROGRESOS
INDICADORES CORRESPONDIENTES A LOS DISTINTOS ELEMENTOS
Elemento 1. Establecimiento de un orden de prioridad de las necesidades de investigación y desarrollo
Indicadores
• ultimación del análisis de las lagunas de investigación y desarrollo, incluidas las consecuencias de salud pública de esas lagunas en los países en desarrollo, y preparación, publicación y difu-sión de un informe sobre ese análisis
• número de países en desarrollo que cuentan con planes nacionales de creación de capacidad de investigación y desarrollo relacionada con la salud y que priorizan las actividades de investiga-ción y desarrollo basadas en las necesidades de salud pública y las lagunas de investigación y desarrollo detectadas
• número de informes de consenso publicados en relación con las necesidades y prioridades inves-tigadoras mundiales para una enfermedad o un tipo de intervención.
Elemento 2. Promoción de las actividades de investigación y desarrollo
Indicadores
• número de países cuyos planes nacionales estratégicos para el personal de salud y los profesio-nales de ramas conexas incluyen un componente de investigación y desarrollo
• número de iniciativas de coordinación a nivel nacional, regional y mundial, nuevas o reforzadas, sobre las actividades de investigación y desarrollo relacionadas con la salud, incluyendo la coor-dinación entre entidades públicas y privadas
• número de iniciativas nuevas o reforzadas que tienen por objeto facilitar un acceso eficiente y asequible a las publicaciones y a la información, por ejemplo, a los conocimientos derivados de las investigaciones, los resultados de éstas y la tecnología conexa
• número de iniciativas nuevas o reforzadas que tienen por objeto mejorar la capacidad de análisis y tratamiento de datos de ensayos clínicos
• proporción de publicaciones revisadas por homólogos cuyo autor principal pertenece a una insti-tución de un país en desarrollo.
Elemento 3. Creación de capacidad de innovación y mejora de la misma
Indicadores
• número de centros de investigación existentes y nuevos en los países en desarrollo fortalecidos a través de iniciativas integrales de apoyo y desarrollo institucional
ANEXO 4 61
• proporción de países en desarrollo cuyos sistemas nacionales de investigación sanitaria cumplen las normas internacionales
• número de países cuyas autoridades nacionales de reglamentación han sido evaluadas, respalda-das y acreditadas
• número de normas mundiales de calidad y ética, preparaciones de referencia, directrices y herra-mientas, nuevas o actualizadas, para promover la calidad y la reglamentación eficaz de los pro-ductos1 y tecnologías sanitarios
• número de países que cuentan con una política nacional relativa a los medicamentos tradiciona-les que prevé actividades de investigación y desarrollo.
Elemento 4. Transferencia de tecnología
Indicadores
• número de iniciativas de coordinación y colaboración nacionales, regionales y mundiales que tienen por finalidad aumentar y facilitar la transferencia de tecnología sanitaria, incluyendo la coordinación y colaboración entre entidades públicas y privadas
• número de países con estrategias de transferencia de tecnología que abarcan componentes relati-vos a las tecnologías relacionadas con la salud y a la correspondiente creación de capacidad.
Elemento 5. Aplicación y gestión del régimen de propiedad intelectual para contribuir a la innovación y promover la salud pública
Indicadores
• número de países que participan en iniciativas destinadas a fortalecer la capacidad de gestionar y aplicar los derechos de propiedad intelectual para contribuir a la innovación y promover la salud pública
• número de países que promueven y apoyan los esfuerzos encaminados a reforzar la capacidad de gestionar y aplicar los derechos de propiedad intelectual centrándose en las necesidades y priori-dades de salud pública de los países en desarrollo
• número de países que incorporan a su legislación nacional las flexibilidades para adoptar medi-das de protección de la salud pública previstas en el Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio
• número y tipo de iniciativas entre secretarías y órganos rectores de las organizaciones regionales e internacionales competentes que tienen por objeto coordinar la labor relacionada con la pro-piedad intelectual y la salud pública.
1 Por «productos sanitarios» se entenderá en adelante vacunas, medios de diagnóstico y medicamentos, de
conformidad con la resolución WHA59.24.
62 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
Elemento 6. Mejora de la difusión y el acceso
Indicadores
• número de países que formulan y aplican políticas nacionales oficiales sobre el acceso a produc-tos médicos y tecnologías sanitarias esenciales y sobre la calidad y el uso de los mismos
• número de países que diseñan sistemas nacionales integrales de adquisición y suministro o re-fuerzan los existentes
• número de productos sanitarios y medios de diagnóstico prioritarios que han sido evaluados y precalificados para su adquisición por las Naciones Unidas
• número de países que poseen y aplican planes estratégicos nacionales o regionales para el perso-nal de salud y los profesionales de ramas conexas, con inclusión de políticas y prácticas de ges-tión sobre los incentivos, la reglamentación y la retención
• número de países que poseen una proporción suficiente de profesionales debidamente cualifica-dos o preparados de ramas relacionadas con la salud y los campos de especialización específicos que presentan lagunas.
Elemento 7. Promoción de mecanismos de financiación sostenibles
Indicadores
• presentación del informe del grupo de trabajo especial integrado por expertos sobre las activida-des de investigación y desarrollo y su financiación
• número de iniciativas de financiación sostenibles, nuevas o reforzadas, con inclusión de las de carácter publicoprivados
• aumento de la financiación sostenible de las actividades de investigación y desarrollo relaciona-das con la salud, en el marco de la estrategia,1 durante el periodo abarcado por el informe.
Elemento 8. Establecimiento de sistemas de seguimiento y presentación de informes
Indicadores
• presentación de informes periódicos sobre los progresos realizados en la aplicación de la estra-tegia2
• número de iniciativas nuevas o reforzadas de nivel nacional, regional o mundial, incluidas las de partes interesadas no gubernamentales, encaminadas a promover la aplicación de la estrategia
1 El grupo de trabajo especial integrado por expertos sobre las actividades de investigación y desarrollo y su financia-
ción, establecido de conformidad con la resolución WHA61.21, facilitará los valores de referencia y proporcionará orientación. 2 Un aspecto clave de la evaluación completa al cabo de cuatro años prevista en el párrafo 41 de la estrategia mundial
consistirá en una evaluación cualitativa destinada a medir los progresos alcanzados con respecto a los objetivos.
ANEXO 4 63
• presentación de informes sobre las distintas cuestiones abordadas en el elemento 8 de la estra-tegia.
Indicadores generales estratégicos adicionales
• número de productos sanitarios nuevos y mejorados cuyo uso ha sido aprobado a nivel interna-cional, junto con información sobre la naturaleza y novedad de estos productos
• número de intervenciones y estrategias de aplicación nuevas y mejoradas cuya eficacia ha sido determinada, facilitándose los datos probatorios a las instituciones competentes, para la adop-ción de decisiones de política.
64 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
Apéndice
Plan de acción
Notas explicativas
∗ Parte(s) interesada(s)
Las principales partes interesadas se indican en negrilla.
Donde dice Gobiernos se entiende que se insta a los Estados Miembros1 a que adopten medidas.
Donde dice OMS se entiende que se pide a la Directora General que adopte medidas.
Donde dice otras organizaciones intergubernamentales internacionales, tanto mundiales como regio-nales, se entiende que los Estados Miembros, o la Secretaría de la OMS a instancias de sus Estados Miem-bros en el marco de lo dispuesto en el presente plan de acción, invita a estas organizaciones a que adopten medidas. Se insta a los Estados Miembros a que en las reuniones de órganos rectores de las organizacio-nes planteen cuestiones relativas a esta estrategia y plan de acción. Se pide a la Directora General que se-ñale a la atención de todas las organizaciones internacionales pertinentes esta estrategia mundial y plan de acción y las invite a considerar las disposiciones correspondientes.
Donde dice otras partes interesadas pertinentes se entiende que los Estados Miembros, o la Secretaría de la OMS a instancias de sus Estados Miembros en el marco de lo dispuesto en el presente plan de ac-ción, invita a estos agentes pertinentes a que adopten medidas. Entre otros participantes, las partes intere-sadas abarcan, según proceda, las instituciones nacionales e internacionales de investigación; las institu-ciones académicas; los organismos nacionales y regionales de reglamentación; las industrias pertinentes, tanto públicas como privadas relacionadas con la salud; las alianzas publicoprivadas; las alianzas publico-privadas para el desarrollo de productos; las organizaciones no gubernamentales; las comunidades intere-sadas; los asociados para el desarrollo; las fundaciones benéficas; los editores; los grupos de investigación y desarrollo; los organismos regionales; y las organizaciones regionales.
1 Cuando proceda, también las organizaciones de integración económica regional.
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70 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
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74 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
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-201
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2008
-201
5
ANEXO 4 75
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-201
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taria
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com
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el
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-201
5
76 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
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-201
5
ANEXO 4 77
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-201
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78 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD 3.
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-201
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-201
5
80 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
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-201
5
ANEXO 4 81
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82 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
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5
ANEXO 4 83
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84 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
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5
ANEXO 4 85
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ar e
n cu
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86 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
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90 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD 6.
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ANEXO 4 91
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015
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- 95 -
ANEXO 5
Repercusiones financieras y administrativas para la Secretaría de las resoluciones adoptadas por
la Asamblea de la Salud
1. Resolución WHA62.1 Plan de acción para la prevención de la ceguera y la discapacidad visual evitables
2. Relación con el presupuesto por programas Objetivo estratégico: 3. Prevenir y reducir la morbilidad, la discapacidad y la mortalidad prematura por enfermedades crónicas no transmisibles, trastornos mentales, violencia y traumatismos y discapacidades visuales
Resultados previstos a nivel de toda la Organización: 3.1 Se habrá promovido y apoyado un mayor compromiso político, financiero y técnico en los Estados Miembros para combatir las enfermedades crónicas no transmisibles, los trastornos mentales y comportamentales, la violencia, los traumatismos y las discapacidades, incluidas discapacidades visuales como la ceguera. 3.2 Se habrá dado orientación y apoyo a los Estados Miembros para la elaboración y ejecución de políticas, estrategias y reglamentos referentes a las enfermedades crónicas no transmisibles, los trastornos mentales y neurológicos, la violencia, los traumatismos y las discapacidades, incluidas discapacidades visuales como la ceguera. 3.3 Se habrá mejorado la capacidad de los Estados Miembros para recoger, analizar, difundir y utilizar datos sobre la magnitud, las causas y las consecuencias de las enfermedades crónicas no transmisibles, los trastornos mentales y neurológicos, la violencia, los traumatismos y las discapacidades, incluidas discapacidades visuales como la ceguera. 3.4 La OMS habrá compilado mejores datos objetivos sobre la costoeficacia de las intervenciones para atender las enfermedades crónicas no transmisibles, los trastornos mentales, neurológicos y asociados al consumo de sustancias psicoactivas, la violencia, los traumatismos y las discapacidades, incluidas discapacidades visuales como la ceguera. 3.5 Se habrá dado orientación y apoyo a los Estados Miembros para la preparación y ejecución de programas multisectoriales que abarquen a toda la población, destinados a promover la salud mental y a prevenir los trastornos mentales y comportamentales, la violencia y los traumatismos, y las deficiencias auditivas y visuales, en particular la ceguera.
96 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
3.6 Se habrá dado orientación y apoyo a los Estados Miembros para mejorar la capacidad de sus sistemas de salud y seguridad social para prevenir y tratar las enfermedades crónicas no transmisibles, los trastornos mentales y comportamentales, la violencia, los traumatismos y las discapacidades, incluidas discapacidades visuales como la ceguera.
(Indicar brevemente la relación con los resultados previstos, los indicadores, los objetivos y los niveles de base)
La resolución y el plan de acción son coherentes con los resultados previstos. Existen tres indicadores: 3.2.5, 3.3.5 y 3.5.3. Se idearán indicadores adicionales según proceda.
3. Repercusiones financieras a) Costo total estimado de la aplicación de la resolución en todo su periodo de vigencia (redondeado
a la decena de millar de US$ más próxima; incluir los gastos correspondientes a personal y acti-vidades):
Se necesitan US$ 14,2 millones para la ejecución del plan de acción. b) Costo estimado para el bienio 2008-2009 (redondeado a la decena de millar de US$ más próxima;
incluir los gastos correspondientes a personal y actividades e indicar en qué niveles de la Organiza-ción se realizarían los gastos y en qué regiones, cuando corresponda):
Los costos totales se estiman en US$ 925 000 para los seis meses que restan del bienio. c) Del costo estimado que se indica en el apartado b), ¿qué parte se podría subsumir en las actuales
actividades programadas para el bienio 2008-2009? Se dispone de US$ 320 000 para lo que resta del bienio 2008-2009. Por consiguiente, se necesita una
provisión adicional de US$ 600 000. d) Por lo que respecta a la cantidad que no se puede subsumir en las actuales actividades progra-
madas, ¿cómo se financiaría? (indicar las posibles fuentes de financiación) Se prevé recaudar fondos adicionales de asociados internacionales mediante una activa movilización de
recursos.
4. Repercusiones administrativas a) Ámbitos de aplicación (indicar a qué niveles de la Organización se tomarían medidas y en qué
regiones, cuando corresponda) En la actualidad, la mayor parte de la actividades se realizan en la Sede y en las Oficinas Regionales para África, las Américas y el Mediterráneo Oriental. Será necesario crear puestos adicionales en las Oficinas Regionales para Europa, Asia Sudoriental y el Pacífico Occidental.
b) Necesidades adicionales de personal (indicar las necesidades adicionales en el equivalente de puestos a tiempo completo, por niveles de la Organización, especificando la región, cuando corresponda, y el perfil de ese personal) En la Sede, se necesitará el equivalente de un puesto a tiempo completo de la categoría profesional, así como un funcionario de la categoría de servicios generales. Un puesto a tiempo completo de la cate-goría profesional y un puesto a tiempo completo de la categoría de servicios generales se necesitará en las Oficinas Regionales para Europa, Asia Sudoriental y el Pacífico Occidental.
c) Plazos (indicar plazos amplios para las actividades de aplicación) Los cinco años que quedan del Plan Estratégico a Plazo Medio, a saber, de 2009 a 2013.
ANEXO 5 97
1. Resolución WHA62.2 Situación sanitaria en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén oriental, y en el Golán sirio ocupado
2. Relación con el presupuesto por programas Objetivo estratégico: 5. Reducir las consecuencias sanitarias de las emergencias, desastres, crisis y conflictos y minimizar su impacto social y económico
Resultado previsto a nivel de toda la Organización: 5.3. Se habrán formulado normas y criterios y se habrá creado capacidad para que los Estados Miembros puedan evaluar las necesidades y planificar intervenciones durante las fases de transición y recuperación de los conflictos y desastres.
(Indicar brevemente la relación con los resultados previstos, los indicadores, los objetivos y los niveles de base)
Si se financia y aplica plenamente, se prevé que la resolución repercuta en las metas para los indicadoressegundo y tercero del resultado previsto.
3. Repercusiones financieras a) Costo total estimado de la aplicación de la resolución en todo su periodo de vigencia (redondeado
a la decena de millar de US$ más próxima; incluir los gastos correspondientes a personal y acti-vidades): US$ 3 970 000 a lo largo del periodo de vigencia de un año de la resolución, con inclusión de gastos de personal, viajes, actividades de capacitación, asistencia técnica, suministros médicos, seguridad y equipo operativo.
Una proporción sustancial de esos recursos se han obtenido en concepto de contribuciones voluntarias humanitarias para atender las necesidades sanitarias humanitarias, llevar a cabo intervenciones de im-portancia vital, restablecer el funcionamiento de los servicios de salud deteriorados y desplegar el Co-mité Permanente entre Organismos del Grupo de Acción Sanitaria.
Los costos estimados del párrafo dispositivo 4 se desglosan como sigue:
Subpárrafo (1) US$ 100 000 Subpárrafo (2) US$ 70 000 Subpárrafo (3) US$ 50 000 Subpárrafo (4) US$ 200 000 Subpárrafo (5) US$ 500 000 Subpárrafo (6) US$ 3 000 000 Subpárrafo (7) US$ 50 000 Total US$ 3 970 000
b) Costo estimado para el bienio 2008-2009 (redondeado a la decena de millar de US$ más próxima; incluir los gastos correspondientes a personal y actividades): US$ 3 970 000 (un año de operación).
c) Del costo estimado que se indica en el apartado b), ¿qué parte se podría subsumir en las actuales actividades programadas para el bienio 2008-2009? El 75% de los US$ 3 970 000 en la Sede, la Región y la oficina de Jerusalén.
d) Por lo que respecta a la cantidad que no se puede subsumir en las actuales actividades progra-madas, ¿cómo se financiaría? (indicar las posibles fuentes de financiación) No se aplica
98 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
4. Repercusiones administrativas a) Ámbitos de aplicación (indicar a qué niveles de la Organización se tomarían medidas y en qué
regiones, cuando corresponda) Las actividades se llevarán a cabo principalmente por conducto de la Oficina de la OMS en Jerusalén responsable del programa de cooperación de la OMS con la Autoridad Palestina. Las actividades de la OMS en el país se complementarán con el apoyo prestado por la Oficina Regional para el Medite-rráneo Oriental, y por los grupos orgánicos de la Sede que se ocupan de las áreas de la acción sanitaria en las crisis, seguridad sanitaria y entornos sanitarios.
b) Necesidades adicionales de personal (indicar las necesidades adicionales en el equivalente de puestos a tiempo completo, por niveles de la Organización, especificando la región, cuando corresponda, y el perfil de ese personal)
Será necesario sostener más allá de mayo de 2009 la presencia a nivel de país de los funcionarios nacionales e internacionales contratados con el fin de proporcionar suministros sanitarios esenciales para los servicios de salud en el territorio palestino ocupado.
c) Plazos (indicar plazos amplios para las actividades de aplicación) Un año
1. Resolución WHA62.12 Atención primaria de salud, incluido el fortalecimiento de los sistemas de salud
2. Relación con el presupuesto por programas Objetivo estratégico: Objetivos estratégicos 1 a 11 (todos los objetivos
técnicos)
Resultados previstos en toda la Organización: Todos los resultados previstos en toda la Organización en el contexto de los objetivos estratégicos 1 a 11
(Indicar brevemente la relación con los resultados previstos, los indicadores, los objetivos
y los niveles de base) La aplicación de esta resolución exigirá un nuevo examen en profundidad de las prioridades programáticas de la OMS, con miras a asegurar que la Organización esté en condiciones de prestar apoyo a los Estados Miembros que procuran fortalecer sus sistemas de salud sobre la base del concepto de atención primaria de salud. Es proba-ble que esto tenga repercusiones en los resultados previstos en toda la Organización y los indicadores establecidos en el Plan Estratégico a Plazo Medio 2008-2013, que se presentarán a los órganos deliberantes para su considera-ción, según proceda.
3. Repercusiones financieras a) Costo total estimado de la aplicación de la resolución en todo su periodo de vigencia (redondeado
a la decena de millar de US$ más próxima; incluir los gastos correspondientes a personal y acti-vidades):
Aunque el alcance de la resolución es a largo plazo, las repercusiones financieras que se consideran aquí se refieren sólo al periodo 2008-2013; todo gasto futuro se presentará a los Estados Miembros pa-ra su consideración en el momento oportuno. Dado el carácter amplio del concepto de atención prima-ria de salud, los gastos relacionados con la aplicación de la resolución por la OMS se considerarán bá-sicamente como una revisión de los planes de trabajo de cada objetivo estratégico que no influirán en los costos, armonizándolos con la orientación normativa proporcionada por la resolución.
No obstante, es preciso asignar fondos específicos para i) la armonización organizativa y el fortaleci-miento de la capacidad, ii) las actividades e iniciativas estratégicas intersectoriales (por ejemplo, exá-menes de políticas de atención primaria de salud, consultas y seguimiento de los progresos en los tra-bajos orientados a reforzar la atención primaria de salud) y iii) la intensificación del apoyo a los países y el intercambio entre ellos.
ANEXO 5 99
Bienio Tarea Costo estimado (miles de US$)
2008–2009 • Armonización organizativa y fortalecimiento de la capacidad 800 • Iniciativas estratégicas intersectoriales 1 000 • Apoyo a los países e intercambios entre ellos 100 2010–2011 • Armonización organizativa y fortalecimiento de la capacidad 500 • Iniciativas estratégicas intersectoriales 500 • Apoyo a los países e intercambios entre ellos 1 000 2012–2013 • Armonización organizativa y fortalecimiento de la capacidad 100 • Iniciativas estratégicas intersectoriales 300 • Apoyo a los países e intercambios entre ellos 600 b) Costo estimado para el bienio 2008-2009 (redondeado a la decena de millar de US$ más próxima;
incluir los gastos correspondientes a personal y actividades e indicar en qué niveles de la Organi-zación se realizarían los gastos y en qué regiones, cuando corresponda US$ 1,9 millones (véase la nota supra).
c) Del costo estimado que se indica en el apartado b) ¿qué parte se podría subsumir en las actuales actividades programadas para el bienio 2008-2009? El 50%, o US$ 950 000.
d) Por lo que respecta a la cantidad que no se puede subsumir en las actuales actividades progra-madas, ¿cómo se financiaría? (indicar las posibles fuentes de financiación) Las sumas adicionales se deberán movilizar en forma de contribuciones voluntarias; ya han comenza-do las consultas preliminares con fuentes de financiación y las perspectivas son alentadoras.
4. Repercusiones administrativas
a) Ámbitos de aplicación (indicar a qué niveles de la Organización se tomarían medidas y en qué regiones, cuando corresponda) Participarán todos los niveles de la Organización.
b) Necesidades adicionales de personal (indicar las necesidades adicionales en el equivalente de puestos a tiempo completo, por niveles de la Organización, especificando la región, cuando corresponda, y el perfil de ese personal) En la medida de lo posible, se están utilizando adscripciones (realizadas por los Estados Miembros) para absorber una parte del trabajo adicional. En 2009 se volverá a examinar toda posible necesidad de personal adicional de la OMS en 2010 y a partir de ese año.
c) Plazos (indicar plazos amplios para las actividades de aplicación) Cada dos años se presentará un informe sobre los progresos realizados a la Asamblea de la Salud, co-menzando con la 63.ª Asamblea Mundial de la Salud, en 2010.
100 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
1. Resolución WHA62.15 Prevención y control de la tuberculosis multirresistente y la tuberculosis ultrarresistente
2. Relación con el presupuesto por programas Objetivo estratégico:
2. Combatir el VIH/Sida, la tuberculosis y el paludismo
Resultados previstos a nivel de toda la Organización: 2.1 Se habrán elaborado directrices, políticas, estrategias y otros instrumentos en materia de prevención, tratamiento y atención del VIH/Sida, la tuberculosis y el paludismo, incluidos métodos innovadores de aumentar la cobertura de las intervenciones entre las poblaciones pobres, vulnerables y de difícil acceso.
2.2 Se habrá prestado apoyo político y técnico a los países con miras a ampliar la realización de intervenciones en materia de prevención, tratamiento y atención del VIH/Sida, la tuberculosis y el paludismo; con inclusión de la capacitación integrada y la prestación de servicios, la ampliación de las redes de proveedores de servicios, el fortalecimiento de la capacidad de laboratorio, y mejores vínculos con otros servicios de salud, como los de salud sexual y reproductiva, salud de la madre, el recién nacido y el niño, infecciones de transmisión sexual, nutrición, tratamiento de la drogodependencia, atención respiratoria, enfermedades desatendidas e higiene del medio. 2.3 Se habrá dado orientación y apoyo técnico a nivel mundial respecto de políticas y programas destinados a promover el acceso equitativo a medicamentos esenciales de calidad garantizada para la prevención y el tratamiento del VIH/Sida, la tuberculosis y el paludismo, y su utilización racional por los prescriptores y consumidores; y para asegurar el suministro ininterrumpido de medios de diagnóstico, sangre y productos sanguíneos seguros, inyecciones y otras tecnologías y productos sanitarios esenciales. 2.4 Se habrán fortalecido y ampliado los sistemas de vigilancia, evaluación y seguimiento en los planos mundial, regional y nacional para seguir de cerca los progresos en la consecución de los objetivos y las asignaciones de recursos para la lucha contra el VIH/Sida, la tuberculosis y el paludismo, y así como para determinar el impacto de las medidas de control y la evolución de la farmacorresistencia. 2.5 Se habrá mantenido el compromiso político y asegurado la movilización de recursos a través de la promoción y el fomento de alianzas contra el VIH/Sida, la tuberculosis y el paludismo en los planos nacional, regional y mundial; se habrá prestado apoyo a los países, cuando haya sido procedente, para elaborar/fortalecer y aplicar mecanismos de movilización y utilización de
ANEXO 5 101
recursos y aumentar la capacidad de absorción de los recursos disponibles; y se habrá intensificado el compromiso de las comunidades y las personas afectadas para potenciar al máximo el alcance y los resultados de los programas de lucha contra el VIH/Sida, la tuberculosis y el paludismo.
(Indicar brevemente la relación con los resultados previstos, los indicadores, los objetivos y los niveles de base)
La resolución se basa en la estrategia Alto a la Tuberculosis, el Plan Mundial para Detener la Tuberculosis 2006-2015 de la Alianza Alto a la Tuberculosis, las resoluciones WHA58.14 y WHA60.19 y el Llamamiento a la Acción de Beijing sobre el control de la tuberculosis y la atención al paciente. Brinda un marco para alcanzar todos los resultados previstos, objetivos y niveles de base respecto del control de la tuberculosis descritos en el objetivo estratégico 2 del Plan Estratégico a Plazo Medio 2008-2013. Además, está en consonancia con los resul-tados previstos y los indicadores mencionados en el plan de trabajo para la tuberculosis correspondiente al bienio 2008-2009.
3. Repercusiones financieras
a) Costo total estimado de la aplicación de la resolución en todo su periodo de vigencia (redondeado a la decena de millar de US$ más próxima; incluir los gastos correspondientes a personal y acti-vidades):
El periodo de vigencia de la resolución abarca de 2009 a 2015. El costo estimado de las funciones a asumir por la Secretaría para aplicar la resolución - incluidas las medidas tomadas en la Sede, en todas las oficinas regionales y en las oficinas de país pertinentes - asciende a US$ 175 millones.
b) Costo estimado para el bienio 2008-2009 (redondeado a la decena de millar de US$ más próxima; incluir los gastos correspondientes a personal y actividades e indicar en qué niveles de la Organiza-ción se realizarían los gastos y en qué regiones, cuando corresponda):
Para el resto del bienio se necesitan en total US$ 11,5 millones, de los cuales US$ 6 millones corres-ponden a las oficinas regionales y las oficinas de país pertinentes. Para que la OMS pueda cumplir las responsabilidades descritas en la resolución, se necesitarán US$ 50 millones para el bienio 2010-2011 en la Sede y las oficinas regionales y en todos los países con alta carga de tuberculosis multirresistente y ultrarresistente.
c) Del costo estimado que se indica en el apartado b), ¿qué parte se podría subsumir en las actuales actividades programadas para el bienio 2008-2009?
Del total de US$ 11,5 millones, US$ 5,2 millones se pueden subsumir en las actividades programadas para este bienio.
d) Por lo que respecta a la cantidad que no se puede subsumir en las actuales actividades progra-madas, ¿cómo se financiaría? (indicar las posibles fuentes de financiación)
Se buscará financiación adicional entre diversos asociados mediante iniciativas de movilización activa de recursos, aprovechando alianzas sólidas ya existentes, como el Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria, el Mecanismo Internacional de Compra de Medicamentos (UNITAID) y varios organismos bilaterales y fundaciones.
4. Repercusiones administrativas
a) Ámbitos de aplicación (indicar a qué niveles de la Organización se tomarían medidas y en qué regiones, cuando corresponda) La tuberculosis multirresistente y la tuberculosis ultrarresistente suponen una gran amenaza en todas las regiones; para intensificar la respuesta habrá que adoptar medidas en la Sede, las oficinas regionales y las oficinas en los países, por lo menos en los 27 países más castigados por esas dos formas de tuberculosis.
102 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
b) Necesidades adicionales de personal (indicar las necesidades adicionales en el equivalente de puestos a tiempo completo, por niveles de la Organización, especificando la región, cuando corresponda, y el perfil de ese personal) Habrá que crear nuevos puestos en las oficinas regionales para África, las Américas, Asia Sudoriental, el Mediterráneo Oriental y el Pacífico Occidental.
c) Plazos (indicar plazos amplios para las actividades de aplicación) El periodo 2009-2015, con informes anuales interinos e informes bienales sobre los progresos realizados.
1. Resolución WHA62.16 Salud pública, innovación y propiedad intelectual: estrategia mundial y plan de acción
2. Relación con el presupuesto por programas Objetivos estratégicos:
1. Reducir la carga sanitaria, social y económica de las enfermedades transmisibles
Resultados previstos a nivel de toda la Organización: 1.5 Se habrán formulado y validado nuevos instrumentos y estrategias de gestión de conocimientos e intervención acordes con las necesidades prioritarias en materia de prevención y control de las enfermedades transmisibles, asegurándose de que los científicos de países en desarrollo desempeñen cada vez más un papel protagonista en las investigaciones conexas.
2. Combatir el VIH/Sida, la tuberculosis y el paludismo
2.6 Se habrán elaborado y validado nuevos conocimientos e instrumentos y estrategias de intervención para responder a las necesidades prioritarias en materia de prevención y control del VIH/Sida, la tuberculosis y el paludismo, poniéndose los científicos de los países en desarrollo cada vez más a la cabeza de estas investigaciones.
10. Mejorar los servicios de salud mediante el fortalecimiento de la gobernanza, la financiación, la dotación de personal y la gestión, respaldadas por datos probatorios e investigaciones fiables y accesibles
10.5 Se habrán logrado mejoras en materia de conocimientos y pruebas científicas para la adopción de decisiones sanitarias mediante la consolidación y publicación de pruebas existentes, la facilitación de la generación de conocimientos en esferas prioritarias y el liderazgo mundial en la política y la coordinación de las investigaciones sanitarias, incluso con respecto a la observancia de una conducta ética.
10.6 Se habrán reforzado las investigaciones sanitarias nacionales para el desarrollo de los sistemas de salud en el contexto de las investigaciones regionales e internacionales y con la participación de la sociedad civil.
11. Asegurar la mejora del acceso, la calidad y el uso de productos médicos y tecnologías sanitarias
11.1 Se habrá promovido y apoyado la elaboración y el seguimiento de políticas nacionales integrales relacionadas con el acceso, la calidad y el uso de productos médicos y tecnologías sanitarias esenciales.
11.2 Se habrán elaborado normas, patrones y directrices internacionales para asegurar la calidad, seguridad, eficacia y costoeficacia de los productos médicos y tecnologías sanitarias y se habrá promovido y apoyado su aplicación a nivel nacional y/o regional.
ANEXO 5 103
12. Proporcionar liderazgo, fortalecer la gobernanza y fomentar las alianzas y la colaboración con los países, el sistema de las Naciones Unidas y otras partes interesadas para cumplir el mandato de la OMS de hacer avanzar el programa de acción sanitaria mundial consignado en el Undécimo Programa General de Trabajo
12.3 Se habrá logrado que los mecanismos mundiales en pro de la salud y el desarrollo proporcionen más recursos técnicos y financieros sostenidos y predecibles para la salud, sobre la base de un programa sanitario común que responda a las necesidades y prioridades de los Estados Miembros en materia de salud.
(Indicar brevemente la relación con los resultados previstos, los indicadores, los objetivos y los niveles de base)
Esta resolución se basa en la resolución WHA61.21 y está en consonancia con los objetivos estratégicos antes mencionados y los resultados previstos a nivel de toda la Organización en el presupuesto por programas 2008-2009 y el Plan Estratégico a Plazo Medio 2008-2013.
3. Repercusiones financieras a) Costo total estimado de la aplicación de la resolución en todo su periodo de vigencia (redondeado
a la decena de millar de US$ más próxima; incluir los gastos correspondientes a personal y acti-vidades): La OMS es la principal o una de las principales partes interesadas y entidades ejecutoras de casi la mi-tad de las 106 medidas concretas del plan de acción y también ha de desempeñar la función de parte in-teresada/entidad ejecutora con respecto a una serie de otras medidas concretas. Sobre la base de las necesidades de financiación estimadas que se indican en el documento A62/16 Add.1, las repercusio-nes financieras y administrativas de la aplicación de la estrategia mundial y plan de acción por la OMS (en la que participarán los departamentos en la Sede y las oficinas regionales y en los países pertinen-tes) durante el periodo de siete años previsto (2009-2015) se estiman en US$ 350 millones. También se estima que el 40% de esta cantidad podría subsumirse en el actual presupuesto y en presupuestos futuros.
b) Costo estimado para el bienio 2008-2009 (redondeado a la decena de millar de US$ más próxima; incluir los gastos correspondientes a personal y actividades e indicar en qué niveles de la Organiza-ción se realizarían los gastos y en qué regiones, cuando corresponda): Los costos estimados ascienden a US$ 15 millones.
c) Del costo estimado que se indica en el apartado b), ¿qué parte se podría subsumir en las actuales actividades programadas para el bienio 2008-2009? US$ 7 millones.
d) Por lo que respecta a la cantidad que no se puede subsumir en las actuales actividades progra-madas, ¿cómo se financiaría? (indicar las posibles fuentes de financiación) Se solicitará el apoyo financiero de Estados Miembros interesados, asociados para el desarrollo, funda-ciones benéficas y otros donantes.
4. Repercusiones administrativas a) Ámbitos de aplicación (indicar a qué niveles de la Organización se tomarían medidas y en qué
regiones, cuando corresponda) Durante el bienio 2008-2009 las actividades se llevarán a cabo principalmente en la Sede y en las ofi-cinas regionales.
b) Necesidades adicionales de personal (indicar las necesidades adicionales en el equivalente de puestos a tiempo completo, por niveles de la Organización, especificando la región, cuando corresponda, y el perfil de ese personal) Para aplicar la estrategia mundial se necesitarán en la Sede seis funcionarios adicionales de la catego-ría profesional y cuatro funcionarios adicionales de la categoría de servicios generales. Además, en cada oficina regional se necesitarán dos funcionarios adicionales de la categoría profesional y uno de la categoría de servicios generales.
104 62.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
c) Plazos (indicar plazos amplios para las actividades de aplicación) El presente informe abarca la aplicación del plan de acción durante el bienio 2008-2009 y los tres bie-nios siguientes. En el plan de acción adoptado por la 62.ª Asamblea Mundial de la Salud se define el calendario para todo el periodo de aplicación de la estrategia mundial. En la estrategia se establece que cada dos años se presentará a la Asamblea de la Salud, por conducto del Consejo Ejecutivo, un in-forme sobre los progresos realizados, y que al cabo de cuatro años se emprenderá una evaluación com-pleta.
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