actas policiales venezuela

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www.monografias.com Actas Policiales - Venezuela 1. Introducción 2. Acto policial de investigación 3. Importancia del Acta policial 4. Fundamento constitucional del acto policial Constitución bolivariana 5. Cómo se redacta el Acta de procedimiento o Parte informativo 6. Conclusiones 7. Bibliografía 8. Anexos Introducción -*El estudio y la lectura que se procesa en cada accionar dentro de las leyes y normas de los procedimiento de investigación policial, debe llevar una rigurosidad en cuanto a los escritos, narración o crónica, que permiten una evaluación mas cónsona de los hechos que se manejan en los distintos escenarios de presunción delictiva, permitiendo a cada funcionario exigirse en todos los levantamientos de experticias cuando se redacta un acta policial como fundamento legal. -*El Acta Policial debe ser redactada con absoluta imparcialidad, en forma ordenada, siguiendo la secuencia de las diligencias realizadas o de las investigaciones efectuadas, obtener el máximo de información acerca de los autores del hecho, Es el respaldo legal de la actuación policial que avalará el procedimiento ante la sociedad, la superioridad, y la institución reguladora de las leyes del estado, es como la mención de las evidencias colectadas en el sitio del suceso, la lectura de los derechos del imputado que liberara todo el accionar para el proceso sanción del cual será inculpado o sometido a una evaluación procesal judicial.. -*En este estudio se enfatiza; la tipología, importancia, estructura y fundamentos de cada una de estas actas policiales, y como debe ser su proceso de redacción, en cuanto a la normativa legal que estipula el código orgánico procesal penal en sus articulados, herramienta específica para el desarrollo del proceso de investigación en el Ministerio Público y los Tribunales. Acto policial de investigación -* Es el medio escrito, en el que los funcionarios actuantes describen la morfología del fenómeno abordado en tiempo y espacio, con la identificación de sus partícipes; funcionarios, victimas, testigos y sospechosos en caso de ser posible, así como la mención de las evidencias colectadas en el sitio del suceso (cadena de custodia) y la lectura de los derechos del imputado en caso de aprehensión en flagrancia. Es la radiografía del proceder policial. ACTA POLICIAL -* Es la conducta desplegada por la autoridad de policía en el curso de un hecho punible, expresada a través de un medio escrito (actas policiales), tendiente a individualizar el o los autor (es) criminal (es), mediante el examen de las evidencias forenses. Para ver trabajos similares o recibir información semanal sobre nuevas publicaciones, visite www.monografias.com

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Actas Policiales - Venezuela1. Introduccin2. Acto policial de investigacin3. Importancia del Acta policial4. Fundamento constitucional del acto policial Constitucin bolivariana5. Cmo se redacta el Acta de procedimiento o Parte informativo6. Conclusiones7. Bibliografa8. AnexosIntroduccin-*El estudio y la lectura que se procesa en cada accionar dentro de las leyes y normas de los procedimiento de investigacin policial, debe llevar una rigurosidad en cuanto a los escritos, narracin o crnica, que permiten una evaluacin mas cnsona de los hechos que se manejan en los distintos escenarios de presuncin delictiva, permitiendo a cada funcionario exigirse en todos los levantamientos de experticias cuando se redacta un acta policial como fundamento legal.

-*El Acta Policial debe ser redactada con absoluta imparcialidad, en forma ordenada, siguiendo la secuencia de las diligencias realizadas o de las investigaciones efectuadas, obtener el mximo de informacin acerca de los autores del hecho, Es el respaldo legal de la actuacin policial que avalar el procedimiento ante la sociedad, la superioridad, y la institucin reguladora de las leyes del estado, es como la mencin de las evidencias colectadas en el sitio del suceso, la lectura de los derechos del imputado que liberara todo el accionar para el proceso sancin del cual ser inculpado o sometido a una evaluacin procesal judicial..

-*En este estudio se enfatiza; la tipologa, importancia, estructura y fundamentos de cada una de estas actas policiales, y como debe ser su proceso de redaccin, en cuanto a la normativa legal que estipula el cdigo orgnico procesal penal en sus articulados, herramienta especfica para el desarrollo del proceso de investigacin en el Ministerio Pblico y los Tribunales.

Acto policial de investigacin

-* Es el medio escrito, en el que los funcionarios actuantes describen la morfologa del fenmeno abordado en tiempo y espacio, con la identificacin de sus partcipes; funcionarios, victimas, testigos y sospechosos en caso de ser posible, as como la mencin de las evidencias colectadas en el sitio del suceso (cadena de custodia) y la lectura de los derechos del imputado en caso de aprehensin en flagrancia. Es la radiografa del proceder policial.

ACTA POLICIAL

-* Es la conducta desplegada por la autoridad de polica en el curso de un hecho punible, expresada a travs de un medio escrito (actas policiales), tendiente a individualizar el o los autor (es) criminal (es), mediante el examen de las evidencias forenses.

-*Es la narracin de un hecho, de un procedimiento, de una entrevista o de un suceso que ha presenciado el Funcionario o un hecho en el cual ha participado.

-*Es el documento mediante el cual el Funcionario deja constancia escrita del procedimiento, diligencia o pesquisa efectuada.

-*Todo Funcionario debe tener en cuenta que cada procedimiento, cada averiguacin, en fin, cada diligencia, genera un Acta Policial y en lo posible, el Acta Policial observar las siguientes reglas:EXACTITUD: El Acta Policial debe contener un relato exacto de los hechos, quien la suscriba debe atenerse a la verdad, sin quitar ni agregar nada, La integridad personal del Funcionario se refleja en la veracidad y exactitud del Acta. Debe relatar los hechos que conoci, como lo conoci, a qu hora, identificar plenamente a quien le inform y plasmar lo que le inform, debe identificar plenamente a la vctima o vctimas, as mismo a los posibles testigos. Debe interrogar verbalmente a testigos, tomando nota individualmente de cada uno de ellos y de lo que le informa. Debe obtener el mximo de informacin acerca de los autores del hecho, de las caractersticas fisonmicas, de las vestimentas, de las armas, de las caractersticas especiales de estos y de los vehculos utilizados en caso de haberlos.

LA SECUENCIA: El Acta Policial debe ser redactada en forma ordenada, siguiendo la secuencia de las diligencias realizadas o de las investigaciones efectuadas de la misma manera en que las realiz, sin saltos que creen lagunas.

LA BREVEDAD: El Acta debe decir mucho en pocas palabras, no debe extenderse en innecesarios comentarios que confundan a la investigacin y al acusador o Fiscal del Ministerio Pblico. El Acta Policial debe ser lo ms corta posible, explcita, sin adornos innecesarios, se deben emplear palabras sencillas, se deben evitar repeticiones innecesarias, debe ser coherente para que sea fcilmente comprensible.

LA IMPARCIALIDAD: El Acta Policial debe ser redactada con absoluta imparcialidad, sin tratar de resaltar hechos u omitirlos para que desvirten la investigacin o que la inclinen a favor o perjuicio de alguien en particular. El Funcionario debe plasmar los hechos tal cual como los conoci, sin alterar nada, y debe tener en cuenta que l no es Juez ni Fiscal ni Defensor, es simplemente es un investigador. Nunca debe tratar de ocultar o resaltar un hecho para que perjudique o favorezca a alguien en particular o que disimule la comisin de un delito tratando de convertir el agresor en vctima o viceversa.

LA FORMA CORRECTA: El Acta Policial debe estar redactada en forma correcta, atendiendo al Formato sugerido, mencionando los correspondientes artculos del COPP que la sustentan y avalan y durante la redaccin, nombrando los artculos del COPP que avalen la actuacin relatada. El Acta debe ser en todo caso legible, sin errores ortogrficos, limpios y bien presentados.

LA PRESENTACIN: No existe ningn Artculo de Ley que obligue a presentar el Acta Policial en computador, por lo tanto el Acta puede ser plasmada en manuscrito, a mquina de escribir o en computadora, no obstante con los avances de la tecnologa y la ayuda que presta la computadora, es recomendable presentarla de esta manera, pero en caso de carecer de este equipo, podr plasmarse, repito, en mquina de escribir y aun a mano pero, cuidando de presentarla con excelente ortografa y caligrafa, con los mrgenes y sangras adecuados. Debe ser presentada limpia y alineada.

EL LENGUAJE SIMPLE, CORRECTO, GENERICO Y LEGAL: Quiero expresar en esta parte la importancia de utilizar las palabras correctas, sencillas y ajustadas al vocabulario legal, a la terminologa propia del sistema jurdico, sin adoptar expresiones, trminos o palabras que a nosotros nos parezca bonita o las consabidas palabras del Cal hablado por los delincuentes ya que esto puede traer como consecuencia una falsa interpretacin por ejemplo:1. Utilizar la palabra ATRACO, sustituyendo la palabra apropiada y legal que sera ROBO

2. Utilizar la palabra escopetin por escopeta, (En este caso, se comete un grave dao ya que ni el Cdigo Penal ni la Ley sobre armas y explosivos contienen ese diminutivo y los abogados defensores se fundamentan en ese simple diminutivo para obtener la libertad del delincuente).

3 Definir un arma de fuego de fabricacin artesanal, que puede ser catalogada como Pistola de un can liso de fabricacin rustica, por CHOPO.

As, en muchas actas se utilizan palabras diminutivas, aumentativas de Cal, folclricas o exageradas o le damos una terminologa propia que desvirta el propio significado que tratamos de expresar.

No debemos definir un arma de fuego como El hierro, El Chopo, el vehculo como La Nave, o la Moto como La Mula o simplemente cuando incautamos droga, definirla como Perico, Nieve o al traficante como Jbaro.

Todos esos trminos nos los reservamos para nuestros propios conocimientos sin tratar de popularizarlos a travs del Acta Policial

Importancia del Acta policial -*Por medio del Acta policial, el Funcionario informa a los superiores del trabajo realizado y del rendimiento obtenido

-*Es el documento que debe archivar en su carpeta particular que le servir en un futuro para documentarse cuando realice otra investigacin que se relacione con la anterior.

-*Cuando sea citado a declarar por la Fiscala o por un Tribunal sobre algn procedimiento efectuado. -*Sirve el Acta policial para las estadsticas particulares del Funcionario pues de ella podr desglosar cuantas detenciones practic en un mes o en un ao, cuantas armas recuper, cuanta droga incaut, cuantos vehculos recuper.

-*Mediante el las Actas Policiales, la Divisin de Operaciones elabora Estadsticas Generales.

-*Por supuesto que las estadsticas individuales le servirn al Funcionario a la hora de reclamar un reconocimiento o un Ascenso. Con las copias de las Actas Policiales en mano, Usted podr demostrar cuantos Procedimientos realiz, cuanta droga incaut, cuantos vehculos recuper, cuantas armas blancas y de fuego decomis, cuantas aprehensiones flagrantes practic. -*Es el respaldo legal de la actuacin policial que avalar el procedimiento ante la sociedad, la superioridad, el Ministerio Pblico y los Tribunales.

-*El Funcionario debe aprenderse los Artculos del Cdigo Orgnico Procesal Penal que obligatoriamente utilizara en el Acta Policial como fundamento legal, debe saber estos artculos para tener pleno conocimiento el porqu los utiliza, cuando los debe utilizar y tambin cuando no los debe utilizar, por ejemplo:

-*En todo tipo de Acta Policial debe utilizar los artculos 112 y 303.

-*El Artculo 248 y el numeral 8 del Art. 117, los debe utilizar en un Acta, solamente cuando practica una aprensin.

-*El numeral 8 del Art. 117, los debe utilizar en toda Acta cuando practica una aprensin.

-*En un Acta Policial simple o genrica, no debe utilizar este artculo 248, ya que no hay aprehensin. Tampoco debe utilizar el numeral 8 del Art. 117

-*En una detencin por el 250, debe utilizar el numeral 8 del Art. 117, pero no el 248 por cuanto no hubo flagrancia.

TIPOS DE ACTAS POLICIALES

Acta policial de mero trmite administrativo. Art. 55 CN Acta policial de investigacin penal. Art. 110 COPP Acta policial de flagrancia. Art. 117 COPP. Art. 44, n 2 CN.

ESTRUCTURA DEL ACTA POLICIAL

Lugar, fecha y hora de iniciacin del acto.

Identidad de las personas que intervienen.

Motivo del acta.

Indicacin de las diligencias realizadas y sus resultados.

Firmas de todos los intervinientes (secretario o testigo de actuacin), la cual se firmar previa lectura y si alguno no pudiere o no quisiere firmar se har mencin de ello.VICIOS DE LAS ACTAS POLICIAL

VICIO DEL OMNISCIENTE. El instructor sabe ms que los personajes. VICIOS DEL DEFICIENTE. El narrador comunica solo lo que ve, oye o le cuentan, se lo denomina narrador testigo o cronista del aquiescente. EL NARRADOR conoce lo mismo que sus personajes.

NATURALEZA DEL ACTA POLICIAL

Tiene carcter de documento administrativo.

Se evita el punto y aparte, para no dejar espacios de papel en blanco.

No se borra ningn error, se salva al final.

Da fe de un acto realizado por el funcionario policial o realizado en su presencia.

Fundamento constitucional del acto policial Constitucin bolivarianaArtculo 55 Toda persona tiene derecho a la proteccin por parte del Estado a travs de los rganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad fsica de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes. OMISSIS Los cuerpos de seguridad del Estado respetarn la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias txicas por parte del funcionariado policial y de seguridad estar limitado por principios de: Necesidad, Conveniencia, Oportunidad y Proporcionalidad, Conforme a la ley.

FUNDAMENTO LEGAL DEL ACTA POLICIALCDIGO ORGNICO PROCESAL PENAL

Artculo 117 (reglas para actuacin policial) Las autoridades de polica de investigaciones debern detener a los imputados en los casos que este Cdigo ordena, cumpliendo con los siguientes principios de actuacin:

Hacer uso de la fuerza slo cuando sea estrictamente necesario y en la proporcin que lo requiera la ejecucin de la detencin;

No utilizar armas, excepto cuando haya resistencia que ponga en peligro la vida o la integridad fsica de personas, dentro de las limitaciones a que se refiere el ordinal anterior;

No infligir, instigar o tolerar ningn acto de tortura u otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes, tanto en el momento de la captura como durante el tiempo de la detencin;

Informar al detenido acerca de sus derechos;

Asentar el lugar, da y hora de la detencin en un acta inalterable.

QUE DEBE HACER EL O LA JUEZ (A) FRENTE A LAS ACTAS POLICIALES Y LAS EVIDENCIAS CRIMINALSTICAS CONFORME AL COPP

Artculo 282 22Control Judicial las Pruebas Apreciacin de Al Juez de Control le corresponde Las pruebas se apreciarn por el controlar el cumplimiento de los tribunal segn la sana crtica en el principios y garantas establecidos observando las Penal, en la Cdigo Procesal reglas de la lgica, los conocimientos Constitucin de los cientficos y las mximas de la Repblica, tratados, convenios o experiencia acuerdos internacionales suscritos por la Repblica y practicar pruebas anticipadas, resolver excepciones, peticiones de las partes y otorgar autorizaciones.

QUE DEBE HACEREL O LA JUEZ (A) FRENTE A LAS ACTAS POLICIALES Y LAS EVIDENCIAS CRIMINALSTICAS CONFORME AL COPP

Artculo 199 197 Presupuesto de de Apreciacin Licitud la las pruebas de las Pruebas Los elementos de conviccin solo tendrn que las pruebas puedan ser Para valor si han sido obtenidos por un medio lcito e incorporados al apreciadas por el tribunal, su prctica proceso conforme a las debe efectuarse con estricta disposiciones de este cdigo. Observancia de las disposiciones establecidas en este Cdigo.

REFLEXIN RECOMENDACIN

- *El manejo adecuado de las actas policiales, las evidencias criminalsticas y su justa valoracin hacen posible una justicia expedita. Para ello, tenemos que educar.

Cmo se redacta el Acta de procedimiento o Parte informativo

-*Se recomienda realizar un relato cronolgico que incluya todas las tareas que se realizaron desde que se tom conocimiento del hecho presuntamente delictivo, hasta la conclusin del procedimiento.

-* Lo ms conveniente es que el acta sea redactada en el lugar del hecho, sobre todo en los hechos graves, lo que implica el traslado de los elementos adecuados para trabajar. Como no tenemos la costumbre institucional de trabajar en la redaccin en el mismo lugar, suele elegirse la comodidad de la Comisara para confeccionar el acta de procedimiento, con el auxilio de los apuntes levantados en el lugar del hecho.

-* La ventaja de trabajar en el lugar del hecho es que tenemos todos los elementos a la vista y todas las personas que intervienen para la posterior firma, la desventaja es el movimiento del lugar que no da la tranquilidad necesaria para trabajar con concentracin. No existe ningn impedimento en redactar el acta en forma manuscrita. Trabajar en la dependencia policial ofrece mayor tranquilidad y concentracin, pero cualquier olvido no puede ser remediado pues solo contamos con los apuntes que hemos levantado y la memoria, tambin es est la dificultad de la firma de los intervinientes, quienes generalmente se retiran del lugar del hecho y se resisten a esperar en la dependencia mientras se confecciona el acta de procedimiento.

LAS DIFICULTADES OBSERVADAS EN LA REDACCIN DEL ACTA SON LAS SIGUIENTES: Dificultad para mantener el orden en el relato: En virtud de que son muchos los datos que se deben volcar en el acta, resulta difcil la organizacin clara del escrito. El acta de procedimiento contiene la inspeccin ocular, los datos dispersos dificultan la comprensin del lector.

Omisiones involuntarias en su contenido: Si se carece de orden para trabajar podemos caer en omisiones que van a dificultar el propsito primordial del procedimiento, que es recoger huellas y elevarlas a la condicin de prueba en el proceso.1. PARTE DE UN ACTA POLICIAL DE UN ACTA POLI--Corresponde a la identificacin de la Institucin a la cual pertenece el funcionario que realiza el acta.Ejemplo (Centrar en pgina):

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

POLICIA DEL ESTADO COJEDES

COMANDANCIA GENERAL

DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIONES PENALES

2. LUGAR Y FECHA DE REDACCION

-Corresponde al lugar, fecha de redaccin del acta y fecha clsica, no tiene que ver con el lugar y fecha de los hechos narrados.

Ejemplo (Centrar en pgina):

San Carlos, Cojedes 05 de febrero del 2013Aos 193 y 1443. ENCABEZAMIENTO

-Corresponde a la identificacin del Funcionario responsable del procedimiento, quien narra los hechos en primera persona; tambin este espacio lleva la base legal del acta.

Ejemplo: -*Con esta misma fecha, siendo las 01:30 hrs. de la tarde, compareci por ante este despacho, el funcionario INSPECTOR JEFE PEDRO PEREZ, titular de la Cedula de Identidad N V-16.998.000, Jefe de la Divisin Antiterrorismo de Policojedes y de conformidad con los artculos 112 y 169 del Cdigo Orgnico Procesal Penal, deja constancia de la diligencia policial realizada en el siguiente procedimiento.

4. DESARROLLO DEL ACTA

-En esta parte van los intervinientes (funcionarios actuantes, testigos, victimas), as como una relacin sucinta de los actos realizados.TIPO Ia. LUGAR, FECHA Y HORA en que se obtuvo la informacin y una breve explicacin del hecho punible que se indica en la Informacin: Puede ser de las centrales de radio de diferentes estaciones fijas y mviles, Por llamadas telefnicas, por indicaciones de la vctima, por indicacin de un testigo o por que el mismo funcionario que observa el hecho punible. Ejemplo: -*Siendo las 04:45 horas de la tarde del da de hoy 10/02/04, encontrndonos de servicio en la sede de la Divisin Antiterrorismo de Nuestro Cuerpo Policial, ubicada en el Sector San Pedro, se recibi llamada radiofnica efectuada por la centralista de guardia de la Comandancia General, quien nos informo que segn llamada telefnica recibida en esa central de radio, efectuada por una persona de voz de sexo masculino quien no aporto identificacin personal por miedo a represalias, quien manifest que en una residencia de color azul, donde funciona un billar, ubicado en el callejn Carabobo del barrio 23 de enero de esta ciudad, se encontraba un sujeto delgado, moreno, vestido con una bermuda de color beige y una franela de color negra expendiendo drogas en el referido local.

b. FUNCIONARIOS ACTUANTES Y UNIDAD EN QUE SE DESPLAZAN: Aqu van los nombres y apellidos de los funcionarios que acompaan al jefe de la comisin, con indicacin del que conduce la unidad en caso de haberlas.

Ejemplo: -Vista esta informacin se conformo comisin policial al mando del suscrito integrada por los siguientes funcionarios: DTGDO JUAN ACOSTA, DTGDO ISRAEL ROMERO, AGENTE FRANCISCO CASTELLANO, AGTE (BRIG. FEM.) MARISELA BUITRAGO, AGTE CARLOS BAUTE Y EL C/1JOSE LUIS RODRGUEZ, como conductor de la unidad radio patrullera P-20031.

TIPO II

C. LUGAR, FECHA Y HORA EN QUE SE OBTUVO LA INFORMACIN: Donde se encontraban de servicio (una unidad, una moto, una bicicleta, un semoviente, un puesto policial o en recorrido de patrullaje a pie)? Funcionarios actuantes, sitio exacto de ubicacin, Cmo se obtuvo la informacin? y una breve explicacin del hecho punible que se indica.

Ejemplo:

-Siendo las 04:45 horas, de la tarde del da de hoy 10/02/04, encontrndome de servicio al mando de la unidad P-20031 conducida por el C/1RO JOSE LUIS RODRGUEZ, en compaa de los siguientes efectivos (tambin se aceptan "y como auxiliares los efectivos") DTGDO JUAN ACOSTA, DTGDO ISRAEL ROMERO, AGENTE FRANCISCO CASTELLANO, AGTE (BRIG.. FEM.) MARISELA BUITRAGO, AGTE CARLOS BAUTE realizando labores de patrullaje por el permetro de la ciudad, especficamente, en la calle "el tropezn" del Barrio Tierra negras, se recibi llamada radiofona efectuada por la centralista de guardia de la Comandancia General, quien nos informo haber recibido una llamada telefnica en esa centra de radio, efectuada por una persona de voz de sexo masculino quien no aporto identificacin personal por miedo a represalias, quien manifest que en una residencia de color azul, donde funciona un billar, ubicado en el callejn Carabobo del barrio 23 de enero de esta ciudad, se encontraba un sujeto delgado, moreno, vestido con una bermuda de color beige y una franela de color negra expendiendo drogas en el referido local.

d.- RELACIN SUCINTA DE LOS ACTOS REALIZADOS: En esta parte va redactado, todo lo que se hizo luego de haber recibido la informacin que dio origen al procedimiento, culminado por lo general con la (s) aprehensin (es) de imputado(s) y con la coleccin de evidencias.

e.- CULMINACIN DEL ACTA: Se termina siempre con el traslado y la entrega en la oficina receptora, en nuestro caso la Direccin de Investigaciones Penales (D.I.P.E.)

Ejemplo:-Ya canalizado el procedimiento en su totalidad se trasladaron los Imputados, las evidencias y los ciudadanos testigos hasta la sede de la Direccin de Investigaciones Penales (DIPE) de nuestro cuerpo policial siendo recibido por C/2do MANUEL BONAPARTE (Jefe de los Servicios de guardia). Es todo.

f.- FIRMA DE LOS FUNCIONARIOS ACTUANTES:Ejemplo:INSPECTOR PEDRO PEREZ

DTGDO. JUAN ACOSTA DTGDO ISRAEL ROMERO

AGTE. FRANCISCO CASTELLANO AGTE. (B F) MARISELA BUITRAGO

AGTE CARLOS BAUTE C/1RO JOSE LUS RODRIGUEZ

Fundamentos legales de las actas policiales-*En materia Penal, las actas policiales son esenciales en la primera etapa como es la preparatoria en donde se deben tener un formalismo primordial en la recoleccin de todos los elementos de conviccin para que en el primer momento el Fiscal del Ministerio Publico evalu para realizar su acto conclusivo respectivo. Una de las maneras que tiene conocimiento los rganos de seguridad del Estado de un hecho punible es a travs de LA DENUNCIA.

-*Pudindose formular verbalmente o por escrito y deber contener la identificacin del denunciante, la indicacin de su domicilio o residencia, la narracin circunstanciada del hecho, el sealamiento de quienes lo han cometido y de las personas que lo hayan presenciado o que tengan noticia de l, todo en cuanto le constare al denunciante.

-*En este sentido es preciso e importante destacar que las actas policiales de debe tener cuidado con la relacin de hechos que se hagan en las mismas por cuanto, no en todos los casos penales se trabaja igual, a continuacin partes del formalismo respecto a cada materia:

RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE: las actas policiales adems de lo que corresponde a las reglas de actuacin policial contenidas en el Cdigo Orgnico Procesal Penal, debern hacer mencin a que se impuso al adolescente aprehendido de sus derechos constitucionales contenidos en el numeral 5 del artculo 49 de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela y 654 de la Ley Orgnica para la Proteccin de Nios, Nias y Adolescentes.

CONTRA LA CORRUPCIN: de acuerdo a lo establecido en la ley contra la corrupcin, en salvaguardar las normas que rijan la conducta que deban asumir las personas sujetas de si misma, con fundamento en los principios honestidad, transparencia, participacin, eficiencia, eficacia, legalidad, rendicin de cuentas y responsabilidad consagrados en la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela.

AMBIENTAL: los requisitos mnimos que debe contener el acta policial en materia ambiental depender del hecho punible de que se trate, en esta materia se tiene que tener conocimiento tcnico primordial para la buena elaboracin de las actas policiales es recomendable que el Fiscal del Ministerio Publico este guiando (su deber ser) la elaboracin de la misma.

DROGAS: por ser una materia especial es de suma importancia indicar con especificidad la manera como se incauta esa sustancia, es decir, si es dentro de un equipaje perteneciente a determinada persona, se debe dejar expresa constancia del porque esa persona es abordada y sometida a un chequeo tanto corporal como de su equipaje, de igual manera indicar las caractersticas de dicho equipaje. Es fundamental que el funcionario indique con detalle la cantidad y caractersticas de la droga incautada, y el lugar donde fue hallada, con la finalidad de que se pueda individualizar la conducta de cada uno de los aprehendidos.

VIOLENCIA DE GNERO: Debe significarse la obligatoriedad de los rganos receptores de denuncia, a los fines de dictar las correspondientes medidas de proteccin y seguridad, as como de realizar las diligencias urgentes y necesarias, al igual que preservar los procedimientos ESPECIALSIMOS en casos de aprehensiones en flagrancias, el cual los rganos receptores deben verificar si el hecho no tiene ms de veinticuatro (24) horas de haberse realizado, si es as estos tienen doce (12) horas para verificar la denuncia y aprehender en flagrancia al infractor. De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgnica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

-*Sin embargo, como crtica constructiva, he parpado y he observado desidia y falta de inters en los Funcionarios para aprender y aplicar los conocimientos y sobre manera una total negligencia y flojera para escribir, leer, estudiar y aprender a redactar, lo que se traduce en una gran "Flojera mental que trae como consecuencia que las decisiones judiciales son otorgan la libertad a imputados y acusados por fallas en el Acta Policial.

-*Por ltimo, es importante que el funcionario actuante sea el mismo que realiza el acta, ya que en la prctica es sabido que quienes redactan el acta son funcionarios que no participaron en el procedimiento, sino que en muchos casos su labor exclusiva es esta, lo que trae como consecuencia que en el acta policial se cometan tantos errores.FUNDAMENTAL:

El Acta debe ser plasmada a nombre del Funcionario que realiz el procedimiento, sin perjuicio a que este Acompaado de uno de mayor jerarqua, ya que l que realiz el Procedimiento es quien tiene conocimiento del mismo y por lo tanto el responsable de La actuacin.

En el encabezamiento del Acta Policial, se pone la hora en que el funcionario se presenta al Despacho a rendir su informe

En el relato del procedimiento, se coloca la hora en que se realizo

Se debe jugar con el tiempo y la distancia, es decir, A qu hora se hizo el procedimiento, cunto tiempo se gasto en el procedimiento, que tiempo se tarde desde el sitio del procedimiento hasta el Despacho, tomando en cuenta el tiempo que tard en tomar nota o ejecutar el procedimientos, esto es de vital importancia.

En el relato se deben mencionar:

Donde se encontraba cuando se enter del hecho

Quien o quienes le acompaaban

En que Unidad o vehculo se desplazaba

A Los testigos ubicados e identificados, se les deben tomar todos los datos,

Objetos o cosas abandonadas por los delincuentes, la descripcin de estas, detalladamente y mencionar el sitio donde se colecto, el estado que estaban y quien la ubico.

El Acta debe ir sellada por el Despacho, cuidando que el sello al estamparlo, no tape la fecha, se debe colocar en un sitio donde no altere informaciones tan vitales como la fecha.

Adems de la fecha en nmero, al encabezar el acta, se repitiera la fecha en letras.

El Acta Policial de ir firmada por el Funcionario Exponente, los Funcionarios actuantes y el Funcionario receptor y en caso de que est presente el Fiscal del Ministerio Pblico, tambin debe firmar.

Nota: Insisto que Acta policial debe ser presentada por el Funcionario actuante, quien nunca debe delegar esta responsabilidad en tercera persona, secretario o sumariado.Conclusiones-*La Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, en su Artculo 285 concede la titularidad de la accin Penal al Ministerio Pblico, lo que reafirma el Artculo 11 del Cdigo Orgnico Procesal penal, y en su Artculo 108 lo establece como atribuciones del Ministerio Pblico. Por otra parte, se explica de una forma simple y sencilla todo lo relacionado con el Acta Policial, anexando los Artculos del Cdigo Orgnico Procesal Penal que obligatoriamente deben estar mencionados en esta por ser los que ordenan al Funcionario actuante en un procedimiento o al investigador de una causa, plasmar Acta Policial, as mismo, establecer normas en el procedimiento policial.

1. Dirigir la investigacin de los hechos punibles y la actividad de los rganos de polica de investigaciones para establecer la identidad de sus autores y partcipes.2. Ordenar y supervisar las actuaciones de los rganos de polica de investigaciones en lo que se refiere a la adquisicin y conservacin de los elementos de conviccin.-*As mismo, el COPP, en su Artculo 111 establece las Facultades que Corresponde a las autoridades de polica de investigaciones penales, bajo la direccin del Ministerio Pblico, la prctica de las diligencias conducentes a la determinacin de los hechos punibles y a la identificacin de sus autores y partcipes y para poder llevar una correlacin en funcin a cada investigacin efectuada a un hecho punible se deben establecer el Acta Policial en sus tres modalidades: La genrica, que se debe utilizar en todo tipo de diligencia de investigacin o procedimiento policial. El Acta para detencin en flagrancia. Acta para detencin sin flagrancia, autorizada por un tribunal.

Bibliografa http://elcomisarionessi.blogspot.com/2009/01/el-acta-policial.html#comment-form https://sites.google.com/site/documentospoliciales/home/sumarios-delic/el-acta-de-procedimiento. http://promotoresaragua.blogspot.com/2013/02/elaboracion-de-actas-o-procedimientos.html. asesorialegalenvalledelapascua.blogspot.com/.../Fundamentos-Legales- www.UNES.edu.ve/.../Custodia/.../Redaccin-ACTAS-POLICIALES. Cdigo Orgnico Procesal Penal/Ley de reforma parcial / (G.O. 5930E, 04/09/2009)

Cdigo orgnico procesal penal publicado en la gaceta oficial n 5.208 extraordinario de 23 de enero de 1998. Gaceta oficial no 36.860 del 30 de diciembre de 1999 Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela.Anexos

Autor:

Maritza Prez

Enviado por:Saut Paul Latouche Coello

[email protected] del Poder Popular para la Educacin Superior Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora UNELLEZ (Ncleo San Carlos)

San Carlos, Junio del 2013FACILITADOR:

Abg. Mara Bolvar

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