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1 ACTOS DEL PODER EJECUTIVO DECRETO Nº 4.339, DE 22 DE AGOSTO DE 2002 Instituye los principios y directrices para la implementación de la Política Nacional de la Biodiversidad. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, en uso de las atribuciones que le confiere el art. 84, apartado IV, de la Constitución, y Considerando los compromisos asumidos por Brasil al firmar el Convenio sobre Diversidad Biológica, durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo - CNUMAD, en 1992, que fue aprobada por el Decreto Legislativo nº 2, de 3 de febrero de 1994, y promulgada por el Decreto nº 2.519, de 16 de marzo de 1998; Considerando lo dispuesto en el art. 225 de la Constitución, en la Ley nº 6.938, de 31 de agosto de 1981, que dispone sobre la Política Nacional de Medio Ambiente, en la Declaración de Río y en la Agenda 21, ambas firmadas por Brasil en 1992, durante la CNUMAD, y en las demás normas vigentes relativas a la biodiversidad; y Considerando que el desarrollo de estrategias, políticas, planes y programas nacionales de biodiversidad es uno de los principales compromisos asumidos por los países miembros del Convenio sobre Diversidad Biológica; D E C R E T A : Art. 1º Quedan instituidos, conforme lo dispuesto en el Anexo a este Decreto, los principios y directrices para la implementación, en forma de ley, de la Política Nacional de la Biodiversidad, con la participación de los gobiernos federal, distrital, estaduales y municipales, y de la sociedad civil. Art. 2º Este Decreto entra en vigor en la fecha de su publicación. Brasília, 22 de agosto de 2002; 181º de la Independencia y 114º de la República. FERNANDO HENRIQUE CARDOSO José Carlos Carvalho ANEXO De la Política Nacional de la Biodiversidad De los Principios y Directrices Generales de la Política Nacional de la Biodiversidad 1. Los principios establecidos en este Anexo derivan, básicamente, de los establecidos en el Convenio sobre Diversidad Biológica y en la Declaración de Río, ambos de 1992, en la Constitución y en la legislación nacional vigente sobre la materia. 2. La Política Nacional de la Biodiversidad se regirá por los siguientes principios:

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ACTOS DEL PODER EJECUTIVO

DECRETO Nº 4.339, DE 22 DE AGOSTO DE 2002

Instituye los principios y directrices para la implementación de la Política Nacional de la Biodiversidad.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, en uso de las atribuciones que le confiere el art. 84, apartado IV, de la Constitución, y

Considerando los compromisos asumidos por Brasil al firmar el Convenio sobre Diversidad Biológica, durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo - CNUMAD, en 1992, que fue aprobada por el Decreto Legislativo nº 2, de 3 de febrero de 1994, y promulgada por el Decreto nº 2.519, de 16 de marzo de 1998;

Considerando lo dispuesto en el art. 225 de la Constitución, en la Ley nº 6.938, de 31 de agosto de 1981, que dispone sobre la Política Nacional de Medio Ambiente, en la Declaración de Río y en la Agenda 21, ambas firmadas por Brasil en 1992, durante la CNUMAD, y en las demás normas vigentes relativas a la biodiversidad; y

Considerando que el desarrollo de estrategias, políticas, planes y programas nacionales de biodiversidad es uno de los principales compromisos asumidos por los países miembros del Convenio sobre Diversidad Biológica;

D E C R E T A :

Art. 1º Quedan instituidos, conforme lo dispuesto en el Anexo a este Decreto, los principios y directrices para la implementación, en forma de ley, de la Política Nacional de la Biodiversidad, con la participación de los gobiernos federal, distrital, estaduales y municipales, y de la sociedad civil.

Art. 2º Este Decreto entra en vigor en la fecha de su publicación.

Brasília, 22 de agosto de 2002; 181º de la Independencia y 114º de la República.

FERNANDO HENRIQUE CARDOSO

José Carlos Carvalho

ANEXO

De la Política Nacional de la Biodiversidad

De los Principios y Directrices Generales de la Política Nacional de la Biodiversidad

1. Los principios establecidos en este Anexo derivan, básicamente, de los establecidos en el Convenio sobre Diversidad Biológica y en la Declaración de Río, ambos de 1992, en la Constitución y en la legislación nacional vigente sobre la materia.

2. La Política Nacional de la Biodiversidad se regirá por los siguientes principios:

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I – la diversidad biológica tiene valor intrínseco, mereciendo respeto independientemente de su valor para el hombre o de su potencial para el uso humano;

II – las naciones tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos biológicos, según sus políticas de medio ambiente y desarrollo;

III – las naciones son responsables por la conservación de su biodiversidad y por asegurar que las actividades bajo su jurisdicción o control no causen daño al medio ambiente y a la biodiversidad de otras naciones o de áreas más allá de los límites de la jurisdicción nacional;

IV – la conservación y la utilización sostenida de la biodiversidad son una preocupación común a la humanidad, pero con responsabilidades diferenciadas, correspondiendo a los países desarrollados el aporte de los recursos financieros nuevos y adicionales y la facilidad de acceso adecuado a las tecnologías pertinentes para atender a las necesidades de los países en desarrollo.

V – todos tienen derecho al medio ambiente ecológicamente equilibrado, bien de uso común del pueblo y esencial a la sana calidad de vida, imponiéndose, al Poder Público y a la colectividad, el deber de defenderlo y preservarlo para las presentes y futuras generaciones.

VI - los objetivos de manejo de suelos, aguas y recursos biológicos son una cuestión de elección de la sociedad, debiendo implicar todos los sectores relevantes de la sociedad y todas las disciplinas científicas y considerar todas las formas de informaciones relevantes, incluyendo los conocimientos científicos, tradicionales y locales, innovaciones y costumbres.

VII - el mantenimiento de la biodiversidad es esencial para la evolución y para el mantenimiento de los sistemas necesarios a la vida de la biosfera y para ello se hace necesario garantizar y promover la capacidad de reproducción sexuada y cruzada de los organismos.

VIII – donde exista una evidencia científica consistente de riesgo serio e irreversible a la diversidad biológica, el Poder Público determinará medidas eficaces en términos de costos para evitar la degradación ambiental;

IX - la internalización de los costos ambientales y la utilización de instrumentos económicos será promovida teniendo en cuenta el principio de que el contaminador deberá, en principio, soportar el costo de la contaminación, con el debido respeto por el interés público y sin distorsionar el comercio y las inversiones internacionales;

X – la instalación de obra o actividad potencialmente causadora de significativa degradación del medio ambiente deberá ser precedida de estudio previo de su impacto ambiental, al que se le dará la debida publicidad;

XI - el hombre hace parte de la naturaleza y está presente en los diferentes ecosistemas brasileños hace más de diez mil años, y todos estos ecosistemas fueron y están siendo alterados por él en mayor o menor escala;

XII - el mantenimiento de la diversidad cultural nacional es importante para la pluralidad de los valores en la sociedad con relación a la biodiversidad, siendo que los pueblos indígenas, los “quilombolas” y las otras comunidades locales desempeñan un papel importante en la conservación y en la utilización sostenida de la biodiversidad brasileña;

XIII – las acciones relacionadas con el acceso al conocimiento tradicional asociado a la biodiversidad deberán transcurrir con el consentimiento previo informado de los pueblos indígenas, de los “quilombolas” y de las otras comunidades locales;

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XIV - el valor del uso de la biodiversidad está determinado por los valores culturales e incluye un valor de uso directo e indirecto, de opción de uso futuro y, además, un valor intrínseco, incluyendo los valores ecológico, genético, social, económico, educacional, cultural, recreativo y estético;

XV – la conservación y la utilización sostenida de la biodiversidad deben contribuir para el desarrollo económico y social y para la erradicación de la pobreza;

XVI – la gestión de los ecosistemas debe buscar el equilibrio apropiado entre la conservación y la utilización sostenida de la biodiversidad, y los ecosistemas deben ser administrados dentro de los límites de su funcionamiento;

XVII – los ecosistemas deben ser entendidos y manejados en un contexto económico con el objetivo de:

a) reducir distorsiones de mercado que afectan negativamente a la biodiversidad;

b) promover estímulos para la conservación de la biodiversidad y su utilización sostenida; y

c) internalizar costos y beneficios en un determinado ecosistema tanto como sea posible;

XVIII – la investigación, la conservación ex situ y la agregación de valor sobre los componentes de la biodiversidad brasileña deben ser realizadas preferentemente en el país, siendo bienvenidas las iniciativas de cooperación internacional, una vez que sean respetados los intereses y la coordinación nacional;

XIX – las acciones nacionales de gestión de la biodiversidad deben establecer sinergias y acciones integradas con convenios, tratados y acuerdos internacionales relacionados con el tema de la gestión de la biodiversidad; y

XX – las acciones de gestión de la biodiversidad tendrán carácter integrado, descentralizado y participativo, permitiendo que todos los sectores de la sociedad brasileña tengan, efectivamente, acceso a los beneficios generados por su utilización.

3. La Política Nacional de la Biodiversidad se aplica a los componentes de la diversidad biológica localizados en áreas bajo la jurisdicción nacional, incluyendo el territorio nacional, la plataforma continental y la zona económica exclusiva; y a los procesos y actividades realizados bajo su jurisdicción o control, independientemente de dónde ocurran sus efectos, dentro del área bajo la jurisdicción nacional o más allá de los límites de ésta.

4. La Política Nacional de la Biodiversidad se regirá por las siguientes directrices:

I – se establecerá cooperación con otras naciones, directamente o, cuando sea necesario, a través de acuerdos y organizaciones internacionales competentes, en lo que dice respecto a áreas más allá de la jurisdicción nacional, en particular en áreas de frontera, en la Antártica, en alta mar y en los grandes fondos marinos y con relación a las especies migratorias, y en otros asuntos de mutuo interés, para la conservación y la utilización sostenida de la diversidad biológica.

II – el esfuerzo nacional de conservación y la utilización sostenida de la diversidad biológica debe ser integrado en planes, programas y políticas sectoriales o intersectoriales pertinentes de forma complementaria y armónica.

III – inversiones sustanciales son necesarias para conservar la diversidad biológica, de las cuales resultarán, como consecuencia, beneficios ambientales, económicos y sociales.

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IV – es vital prever, prevenir y combatir en su origen las causas de la sensible reducción o pérdida de la diversidad biológica;

V – la sustentabilidad de la utilización de componentes de la biodiversidad debe ser determinada desde el punto de vista económico, social y ambiental, especialmente en lo que se refiere al mantenimiento de la biodiversidad.

VI - la gestión de los ecosistemas deberá ser descentralizada al nivel apropiado y los gestores de ecosistemas deberán considerar los hechos actuales y potenciales de sus actividades sobre los ecosistemas vecinos y otros;

VII – la gestión de los ecosistemas deberá ser implementada en las escalas espaciales y temporales apropiadas y los objetivos para la administración de ecosistemas deben ser establecidos a largo plazo, reconociendo que cambios son inevitables.

VIII – la gestión de los ecosistemas deberá concentrarse en las estructuras, en los procesos y en las relaciones funcionales dentro de los ecosistemas, usar prácticas gerenciales adaptadas y asegurar la cooperación intersectorial.

IX – se crearán condiciones para permitir el acceso a los recursos genéticos y para la utilización ambientalmente saludable de éstos por otros países que sean Partes Contratantes del Convenio sobre Diversidad Biológica, evitándose la imposición de restricciones contrarias a los objetivos del Convenio.

Del Objetivo General de la Política Nacional de la Biodiversidad

5. La Política Nacional de la Biodiversidad tiene como objetivo general la promoción, de forma integrada, de la conservación de la biodiversidad y de la utilización sostenida de sus componentes, con el reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos, de componentes del patrimonio genético y de los conocimientos tradicionales asociados a estos recursos.

De los Componentes de la Política Nacional de la Biodiversidad

6. Los componentes de la Política Nacional de la Biodiversidad y respectivos objetivos específicos, relacionados a continuación y establecidos con base en el Convenio sobre Diversidad Biológica, deben ser considerados como los ejes temáticos que servirán de orientación a las etapas de implementación de esta Política.

7. Las directrices establecidas para los Componentes deben ser consideradas para todos los biomas brasileños, cuando corresponda.

8. Directrices específicas por bioma podrán ser establecidas en los Planes de Acción, cuando se realice la implementación de la Política.

9. La Política Nacional de la Biodiversidad incluye los siguientes Componentes:

I - Componente 1 – Conocimiento de la Biodiversidad: congrega directrices orientadas hacia la generación, sistematización y disponibilidad de informaciones que permitan conocer los componentes de la biodiversidad del país y que apoyen la gestión de la biodiversidad, así como también, las directrices relacionadas a la producción de inventarios, a la realización de investigaciones y a la realización de investigaciones sobre conocimientos tradicionales;

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II - Componente 2 – Conservación de la Biodiversidad: incluye directrices destinadas a la conservación in situ y ex situ de variabilidad genética, de ecosistemas, incluyendo los servicios ambientales y de especies, particularmente de aquellas amenazadas o con potencial económico, así como también, directrices para la implementación de instrumentos económicos y tecnológicos a favor de la conservación de la biodiversidad:

III - Componente 3 – Utilización Sostenida de los Componentes de la Biodiversidad: para la utilización sostenida de la biodiversidad y de la biotecnología, incluyendo el fortalecimiento de la gestión pública, el establecimiento de mecanismos e instrumentos económicos, y el apoyo a prácticas y negocios sostenidos que garanticen el mantenimiento de la biodiversidad y de la funcionalidad de los ecosistemas, considerando no sólo el valor económico, sino también los valores sociales y culturales de la biodiversidad;

IV - Componente 4 – Control, Evaluación, Prevención y Atenuación de Impactos sobre la Biodiversidad:: coordina directrices para fortalecer los sistemas de control, de evaluación, de prevención y de atenuación de impactos sobre la biodiversidad, así como también, para promover la recuperación de ecosistemas degradados y de componentes de la biodiversidad sobre-explotados.

V - Componente 5 – Acceso a los Recursos Genéticos y a los Conocimientos Tradicionales Asociados y Reparto de Beneficios: coordina directrices que promuevan el acceso controlado con vistas a la agregación de valor a través de investigación científica y desarrollo tecnológico, y a la distribución de beneficios generados por la utilización de los recursos genéticos, de los componentes del patrimonio genético y de los conocimientos tradicionales asociados, de modo que sean compartidos, de forma justa y equitativa, con la sociedad brasileña e, incluso, con los pueblos indígenas, con los “quilombolas” y con otras comunidades locales;

VI - Componente 6 – Educación, Sensibilización Pública, Información y Divulgación sobre Biodiversidad: define directrices para la educación y sensibilización pública y para la gestión y divulgación de informaciones sobre biodiversidad, con la promoción de la participación de la sociedad, incluso de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, en lo que se refiere a la conservación de la biodiversidad, a la utilización sostenida de sus componentes y al reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos, de componentes del patrimonio genético y de conocimiento tradicional asociado a la biodiversidad;

VII - Componente 7 - Fortalecimiento Jurídico e Institucional para la Gestión de la Biodiversidad: sintetiza los medios de implementación de la Política: presenta directrices para el fortalecimiento de la infraestructura, para la formación y fijación de los recursos humanos, para el acceso a la tecnología y transferencia de tecnología, para el estímulo a la creación de mecanismos de financiamiento, para el fortalecimiento del marco-legal, para la integración de políticas y para la cooperación internacional.

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Del Componente 1 de la Política Nacional de la Biodiversidad – Conocimiento de la Biodiversidad

10. Objetivos Generales: generar, sistematizar y disponibilizar informaciones para la gestión de la biodiversidad en los biomas y su papel en el funcionamiento y en el mantenimiento de los ecosistemas terrestres y acuáticos, incluyendo las aguas jurisdiccionales. Promover el conocimiento de la biodiversidad brasileña, su distribución, sus determinantes, sus valores, sus funciones ecológicas y su potencial de uso económico.

10.1. Primera directriz: Inventario y caracterización de la biodiversidad. Estudio, identificación, catalogación y caracterización de los componentes de la biodiversidad (ecosistemas, especies diversidad genética intra-específica), para generar informaciones que posibiliten la proposición de medidas para la gestión de ésta.

Objetivos Específicos:

10.1.1. Instituir e implementar un programa nacional de inventarios biológicos integrados a estudios del medio físico dando especial relieve a grupos taxonómicos megadiversos, reuniendo los diferentes habitats y regiones geográficas del país, preferentemente realizados en áreas prioritarias para la conservación, estableciéndose protocolos mínimos estandarizados para su recolección, con obligatoriedad del uso de coordinadas geográficas (geo-referenciamiento)

10.1.2. Promover y apoyar investigaciones dirigidas a estudios taxonómicos de todas las especies que existen en Brasil y para la caracterización y clasificación de la biodiversidad brasileña.

10.1.3. Instituir un sistema nacional, coordinado y compartido, de registro de especies existentes en territorio brasileño y en las demás áreas bajo jurisdicción nacional, creando, apoyando, consolidando e integrando colecciones científicas y centros de referencia nacionales y regionales.

10.1.4. Elaborar y mantener actualizadas listas de especies endémicas y amenazadas en el país, de modo articulado con las listas estaduales y regionales.

10.1.5. Promover investigaciones para identificar las características ecológicas, la diversidad genética y la viabilidad de la población de las especies de plantas, animales, hongos y microorganismos endémicas y amenazadas en Brasil, con la finalidad de subsidiar acciones de recuperación, regeneración, utilización sostenida y conservación de éstas.

10.1.6. Promover investigaciones para determinar propiedades y características ecológicas, biológicas y genéticas de las especies de mayor interés para la conservación y utilización socioeconómica sostenida, principalmente especies nativas utilizadas para fines económicos o que tengan gran valor para los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales.

10.1.7. Mapear la diversidad y la distribución de las variedades locales de especies domesticadas y sus parientes silvestres.

10.1.8. Inventariar y mapear las especies exóticas invasoras y las especies-problema, así como también los ecosistemas en que fueron introducidas para dirigir los estudios de los impactos generados y las acciones de control.

10.1.9. Promover la evaluación sistemática de las metodologías empleadas en la realización de inventarios.

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10.1.10. Establecer mecanismos para exigir, por parte del empresario, la realización de un inventario de la biodiversidad de aquellos ambientes especiales (por ejemplo “canga ferrífera” – mineral de hierro con arcilla -, platós residuales) altamente amenazados por la actividad de explotación económica, incluso la mineral.

10.1.11. Apoyar la formación de recursos humanos en áreas taxónomas, incluyendo taxónomos y auxiliares (parataxónomos)

10.1.12. Promover la recuperación y la síntesis de las informaciones existentes en el acervo científico brasileño, principalmente tesis y disertaciones.

10.1.13. Promover el mapeamiento de la biodiversidad en todo el territorio nacional, generar y distribuir ampliamente mapas de la biodiversidad brasileña, resguardándose el debido secreto de informaciones de interés nacional.

10.1.14. Promover la repatriación de las informaciones sobre la biodiversidad brasileña en el exterior.

10.2. Segunda directriz: Promoción de investigaciones ecológicas y estudios sobre el papel desempeñado por los seres vivos en la funcionalidad de los ecosistemas y sobre los impactos de los cambios globales en la biodiversidad.

10.2.1. Promover investigaciones para determinar las propiedades de las especies y las formas de sinergia entre éstas, teniendo en vista su comprensión y su importancia en los ecosistemas.

10.2.2. Promover estudios, preferentemente en las áreas prioritarias para la conservación de la biodiversidad y en las unidades de conservación, sobre el funcionamiento de las comunidades y de los ecosistemas, sobre dinámica y situación de las poblaciones y sobre la evaluación de existencias y manejo de los componentes de la biodiversidad.

10.2.3. Fortalecer y expandir investigaciones ecológicas de larga duración, preferentemente en unidades de conservación.

10.2.4. Promover investigaciones para determinar el efecto de la dinámica de los cambios globales sobre la biodiversidad y la participación de las especies en los procesos de flujo de materia y energía y de homeostasis en los ecosistemas.

10.2.5. Promover investigaciones sobre los efectos de las alteraciones ambientales causadas por la fragmentación de habitats en la pérdida de la biodiversidad, con énfasis en las áreas con mayores niveles de desconocimiento, de degradación y de pérdida de recursos genéticos.

10.2.6. Promover el desarrollo y el perfeccionamiento de herramientas de modelar de ecosistemas.

10.2.7. Promover y apoyar la investigación sobre el impacto de las alteraciones ambientales en la producción de ganadería y en la salud humana, con énfasis en datos para los análisis de riesgo promovidos por los órganos competentes de las áreas ambiental, sanitaria y fitosanitaria.

10.3. Tercera directriz: Promoción de investigaciones para la gestión de la biodiversidad. Apoyo a la producción de información y de conocimientos sobre los componentes de la biodiversidad en los diferentes biomas para subvencionar la gestión de la biodiversidad.

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Objetivos Específicos:

10.3.1. Promover y apoyar la investigación sobre biología de la conservación para los diferentes ecosistemas del país y particularmente para los componentes de la biodiversidad amenazados.

10.3.2. Promover y apoyar el desarrollo de investigaciones y tecnologías sobre la conservación y utilización sostenida de la biodiversidad, especialmente sobre la propagación y el desarrollo de especies nativas con potencial medicinal, agrícola e industrial.

10.3.3. Desarrollar estudios para el manejo de la conservación y utilización sostenida de la biodiversidad en las reservas legales de las propiedades rurales, conforme lo previsto en el Código Forestal.

10.3.4. Fomentar la investigación de prevención, recuperación y restauración de áreas en proceso de desertización, fragmentación o degradación ambiental, que utilicen la biodiversidad.

10.3.5. Promover y apoyar investigaciones sobre sanidad de la vida silvestre y establecer mecanismos para que sus datos sean incorporados en la gestión de la biodiversidad.

10.3.6. Promover y apoyar investigaciones para subvencionar la prevención, erradicación y control de especies exóticas invasoras y especies-problema que amenacen la biodiversidad, actividades de la agricultura, ganadería, silvicultura y acuicultura y la salud humana.

10.3.7. Apoyar los estudios sobre el valor de los componentes de la biodiversidad y de los servicios ambientales asociados.

10.3.8. Apoyar estudios que promuevan la utilización sostenida de la biodiversidad en beneficio de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, asegurando su participación directa.

10.3.9. Actualizar las evaluaciones de las áreas y acciones prioritarias para la conservación, utilización sostenida y reparto de los beneficios de la biodiversidad.

10.3.10. Definir estrategias de investigación multidisciplinar en biodiversidad.

10.4. Cuarta directriz: Promoción de investigaciones sobre el conocimiento tradicional de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales. Apoyo a los estudios para la organización y sistematización de informaciones y procedimientos relacionados con el conocimiento tradicional asociado a la biodiversidad, con consentimiento previo informado de las poblaciones implicadas y en conformidad con la legislación vigente y con los objetivos específicos establecidos en la segunda directriz del Componente 5, prevista en el apartado 14.2.

Objetivos Específicos:

10.4.1. Desarrollar estudios y metodologías para la elaboración e implementación de instrumentos económicos y régimen jurídico específico que posibiliten el reparto justo y equitativo de los beneficios, compensación económica y otros tipos de compensación para los detentores de los conocimientos tradicionales asociados, según las demandas por ellos definidas.

10.4.2. Desarrollar estudios sobre el conocimiento, innovaciones y prácticas de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, respetando, rescatando, manteniendo y preservando los valores culturales agregados a estos conocimientos, innovaciones y prácticas, y asegurando la confidencialidad de las informaciones obtenidas, siempre que sea solicitado por las

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partes detentoras o cuando su divulgación pueda ocasionar daño a la integridad social, ambiental o cultural de estas comunidades o pueblos detentores de estos conocimientos.

10.4.3. Apoyar estudios e iniciativas de pueblos indígenas, “quilombos” y otras comunidades locales de sistematización de sus conocimientos, innovaciones y prácticas, con énfasis en los temas de valoración, valorización, conservación y utilización sostenida de los recursos de la biodiversidad.

10.4.4. Promover estudios e iniciativas de diferentes sectores de la sociedad dirigidos a la valoración, valorización, conocimiento, conservación y utilización sostenida de los conocimientos tradiciones de los pueblos indígenas “quilombolas” y otras comunidades locales, asegurando la participación directa de los detentores de este conocimiento tradicional.

10.4.5. Promover iniciativas que agreguen pueblos indígenas, “quilombolas”, otras comunidades locales y comunidades científicas para informar y hacer intercambio de los aspectos legales y científicos sobre la investigación de la biodiversidad y sobre las actividad de bioprospección.

10.4.6. Promover y divulgar a los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales , los resultados de las investigaciones que impliquen sus conocimientos y de los institutos jurídicos relativos a sus derechos.

10.4.7. Apoyar y estimular sobre el saber tradicional (conocimientos, prácticas e innovaciones) de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, asegurando su integridad sociocultural y la posesión y usufructo de sus tierras.

Del Componente 2 de la Política Nacional de la Biodiversidad – Conservación de la Biodiversidad

11. Objetivo General: Promover la conservación, in situ y ex situ, de los componentes de la biodiversidad, incluyendo diversidad genética, de especies y de ecosistemas, así como también de los servicios ambientales mantenidos por la biodiversidad.

11.1. Primera directriz: Conservación de ecosistemas. Promoción de acciones de conservación in situ de la biodiversidad y de los ecosistemas en áreas no establecidas como unidades de conservación, manteniendo los procesos ecológicos y evolutivos y la oferta sostenida de los servicios ambientales.

Objetivos Específicos:

11.1.1. Fortalecer la fiscalización para el control de actividad degradantes e ilegales: deforestación, destrucción de habitats, caza, aprisionamiento y comercialización de animales silvestres y recolección de plantas silvestres.

11.1.2. Desarrollar estudios y metodologías participativas que contribuyan para la definición de la comprensión y del uso de zonas de amortiguación para las unidades de conservación.

11.1.3. Planificar, implantar y consolidar pasillos ecológicos y otras formas de conexión de paisajes, como forma de planificación y gerenciamiento regional de la biodiversidad, incluyendo compatibilidad e integración de las reservas legales, áreas de preservación permanente y otras áreas protegidas.

11.1.4. Apoyar acciones para la elaboración de los mapas de las zonas ecológicas-económicas, de alcance nacional, regional, estadual, municipal o en cuencas hidrográficas, con orientación para el

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establecimiento de unidades de conservación, y adoptando sus conclusiones, con directrices y procesos metodológicos mínimos comunes y con transparencia, rigor científico y control social.

11.1.5. Promover y apoyar los estudios de mejoría de los sistemas de uso y de ocupación de la tierra, asegurando la conservación de la biodiversidad y de su utilización sostenida, en áreas fuera de las unidades de conservación de protección integral e incluso en tierras indígenas, “quilombolas” y de otras comunidades locales, con especial atención a las zonas de amortiguación de unidades de conservación.

11.1.6. Proponer una agenda de implementación de áreas y acciones prioritarias para la conservación de la biodiversidad en cada estado y bioma brasileño.

11.1.7. Promover y apoyar la conservación de la biodiversidad en el interior y en el entorno de tierras indígenas, de “quilombolas” y de otras comunidades locales, respetando el uso étno-ambiental del ecosistema por sus ocupantes.

11.1.8. Fortalecer los mecanismos de estímulos para el sector privado y para las comunidades locales con adopción de iniciativas dirigidas a la conservación de la biodiversidad.

11.1.9. Crear mecanismos de estímulos a la recuperación y a la protección de áreas de preservación permanente y de reservas legales previstas en Ley.

11.1.10. Crear estrategias para la conservación de ecosistemas pioneros, garantizando su representatividad y función.

11.1.11. Establecer una iniciativa nacional para la conservación y recuperación de la biodiversidad de aguas interiores de la zona costera y de la zona marina.

11.1.12. Articular acciones con órganos responsables por el control sanitario y fitosanitario con vistas al cambio de informaciones para impedir la entrada en el país de especies exóticas invasoras que puedan afectar la biodiversidad.

11.1.13. Promover la prevención, la erradicación y el control de especies exóticas invasoras que puedan afectar la biodiversidad.

11.1.14. Promover acciones de conservación teniendo en vista el mantenimiento de la estructura y de los procesos ecológicos y evolutivos y la oferta sostenida de los servicios ambientales.

11.1.15. Conservar la biodiversidad de los ecosistemas, incluso en aquellos bajo sistemas intensivos de producción económica, como seguro contra cambios climáticos y alteraciones ambientales y económicas imprevistas, preservando la capacidad de los componentes de la biodiversidad para adaptarse a cambios, incluso climáticos.

11.2. Segunda directriz: Conservación de ecosistemas en unidades de conservación. Promoción de acciones de conservación in situ de la biodiversidad de los ecosistemas en las unidades de conservación, manteniendo los procesos ecológicos y evolutivos, la oferta sostenida de los servicios ambientales y la integridad de los ecosistemas.

Objetivos Específicos:

11.2.1. Apoyar y promover la consolidación y la expansión del Sistema Nacional de Unidades de Conservación de la Naturaleza - SNUC -, con atención particular para las unidades de protección

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integral, garantizando la representatividad de los ecosistemas y de las eco-regiones y la oferta sostenida de los servicios ambientales y la integridad de los ecosistemas.

11.2.2. Promover y apoyar el desarrollo de mecanismos técnicos y económicos para la implementación efectiva de las unidades de conservación.

11.2.3. Apoyar las acciones de los órganos oficiales de control fito-sanitario con vistas a evitar la introducción de plagas y especies exóticas invasoras en áreas del entorno y en el interior de las unidades de conservación.

11.2.4. Estimular el establecimiento de procesos de gestión participativa, favoreciendo la toma de decisiones con la participación de la esfera federal, de la estadual y de la municipal del Poder Público y de los sectores organizados de la sociedad civil, en conformidad con la Ley del Sistema Nacional de Unidades de Conservación de la Naturaleza – SNUC.

11.2.5. Estimular la participación del sector privado en la conservación in situ, con énfasis en la creación de Reservas Particulares del Patrimonio Natural - RPPN -, y en el patrocinio de la unidad de conservación pública.

11.2.6. Promover la creación de unidades de conservación de protección integral y de uso sostenido, teniendo en cuenta la representatividad, conectividad y complementariedad de la unidad para el Sistema Nacional de Unidades de Conservación.

11.2.7. Desarrollar mecanismos adicionales de apoyo a las unidades de conservación de protección integral y de uso sostenido, incluso por la remuneración de los servicios ambientales prestados.

11.2.8. Promover el desarrollo y la implementación de un plan de acción para solucionar los conflictos debidos a la sobreposición de unidades de conservación, tierras indígenas y de “quilombolas”.

11.2.9. Estimular y apoyar la creación de unidades de conservación marinas con diversos grados de restricción y de explotación.

11.2.10. Conservar muestras representativas y suficientes de la totalidad de la biodiversidad, Del patrimonio genético nacional (incluso de especies domesticadas), de la diversidad de ecosistemas y de la flora y fauna brasileña (incluso de especies amenazadas), como reserva estratégica para usufructo futuro.

11.3. Tercera directriz: Conservación in situ de especies. Consolidación de acciones de conservación in situ de especies que componen la biodiversidad, con el objetivo de reducir la erosión genética, de promover su conservación y utilización sostenida, particularmente de las especies amenazadas, así como también de los procesos ecológicos y evolutivos a ellas asociadas y de mantener los servicios ambientales.

Objetivos Específicos:

11.3.1. Crear, identificar y establecer iniciativas, programas y proyectos de conservación y recuperación de especies amenazadas, endémicas o insuficientemente conocidas.

11.3.2. Identificar áreas para la creación de nuevas unidades de conservación, basándose en las necesidades de las especies amenazadas.

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11.3.3. Fortalecer y difundir mecanismos de estímulo para las empresas privadas y comunidades que desarrollen proyectos de conservación de especies amenazadas.

11.3.4. Implementar y perfeccionar el sistema de autorización, vigilancia y control de recolección de material biológico y de componentes del patrimonio genético.

11.3.5. Promover la regularización y la implementación de reservas genéticas para proteger variedades locales de especies silvestres usadas en la explotación de recursos naturales, en la agricultura y en la acuicultura.

11.3.6. Implementar acciones para mayor protección de las especies amenazadas dentro y fuera de las unidades de conservación.

11.3.7. Promover y perfeccionar las acciones de manejo de especies-problema en situación de descontrol de la población.

11.3.8. Establecer mecanismos para convertir en obligatoria la inclusión, en parte o en su totalidad, de ambientes especiales que presenten alto grado de endemismo o que contengan especies amenazadas en las Zonas Intangibles de las Unidades de Conservación de Uso Sostenido.

11.3.9. Establecer medidas de protección de las especies amenazadas en tierras indígenas y en tierras de “quilombolas”.

11.4. Cuarta directriz: Conservación ex-situ de especies. Consolidación de acciones de conservación ex situ de especies y de su variabilidad genética, con énfasis en las especies amenazadas y en las especies con potencial de uso económico, de conformidad con los objetivos en las directrices del Componente 5.

Objetivos Específicos:

11.4.1. Desarrollar estudios para la conservación ex situ de especies, con énfasis en las especies amenazadas y en las especies con potencial de uso económico.

11.4.2. Desarrollar, promover y apoyar estudios y establecer metodologías para la conservación y mantenimiento de los bancos de germo-plasma de las especies nativas y exóticas de interés científico y comercial.

11.4.3. Promover el mantenimiento, la caracterización y la documentación del germo-plasma de plantas, animales, hongos y microorganismos conservados en las instituciones científicas y en los centros nacionales y regionales, de manera que se establezcan colecciones nucleares para fomentar programas de mejoría genética.

11.4.4. Integrar iniciativas, planes y programas de conservación ex-situ de especies, con énfasis en las especies amenazadas y en las especies con potencial de uso económico.

11.4.5. Promover la conservación ex-situ teniendo en vista la obtención de matrices animales y vegetales, incluso microorganismos, de especies amenazadas o con potencial de uso económico para la formación de colecciones vivas representativas.

11.4.6. Ampliar, fortalecer e integrar el sistema de herbolarios, museos zoológicos, colecciones étno-botánicas, criaderos de vida silvestre, jardines botánicos, arbolarios, huertos forestales, colecciones zoológicas, colecciones botánicas, viveros de plantas nativas, colecciones de cultura

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de microorganismos, bancos de germo-plasma vegetal, núcleos de creación animal, zoológicos, acuarios y oceanarios.

11.4.7. Integrar jardines botánicos, zoológicos y criaderos de vida silvestre en los planes nacionales de conservación de recursos genéticos animales y vegetales y de investigación ambiental, en especial en áreas de alto endemismo.

11.4.8. Crear y fortalecer centros de selección de animales y plantas silvestres, integrándolos al sistema de zoológicos y jardines botánicos, para que sean transformados en centros de conservación de la fauna y de la flora.

11.4.9. Crear centros y promover iniciativas para la reproducción de especies amenazadas, utilizando técnicas como inseminación artificial, fertilización in vitro, entre otras.

11.4.10. Estimular la participación del sector privado en la estrategia de conservación ex situ de la biodiversidad.

11.4.11. Promover medidas e iniciativas para el enriquecimiento de la variabilidad genética disponible en los bancos de germo-plasma, estableciendo colecciones representativas del patrimonio genético (animal, vegetal y de microorganismos).

11.4.12. Establecer y apoyar iniciativas de recolección para aumentar la representatividad geográfica de los bancos de germo-plasma.

11.4.13.Crear y mantener bancos de germo-plasma regionales y colecciones de base para la conservación de la variabilidad genética, promoviendo principalmente la conservación de especies nativas sub-representadas en colecciones, variedades locales, parientes silvestres, especies raras, endémicas amenazadas o con potencial económico.

11.4.14. Establecer iniciativas de recolección, reintroducción e intercambio de especies nativas de importancia socio-económica, incluyendo variedades locales de especies domesticadas y de especies amenazadas, para el mantenimiento de su variabilidad genética.

11.4.15. Apoyar y subvencionar la conservación y la ampliación de bancos de germo-plasma de especies introducidas con fines económicos u ornamentales, mantenidas por entidades de investigación, jardines botánicos, zoológicos y por la iniciativa privada.

11.4.16. Ampliar los programas nacionales de recolección y conservación de microorganismos del suelo de interés económico.

11.4.17. Integrar las acciones de conservación ex situ con las acciones de gestión de acceso a recursos genéticos y reparto de beneficios derivados de la utilización del conocimiento tradicional.

11.4.18. Apoyar las acciones de órganos oficiales de control sanitario y fito-sanitario en lo que se refiere al control de especies invasoras o plagas.

11.5. Quinta directriz: Instrumentos económicos y tecnológicos de conservación de la biodiversidad. Desarrollo de instrumentos económicos y tecnológicos para la conservación de la biodiversidad.

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Objetivos Específicos:

11.5.1. Promover estudios para la evaluación de la efectividad de los instrumentos económicos para la conservación de la biodiversidad.

11.5.2. Crear y consolidar una legislación específica relativa al uso de instrumentos económicos que tengan en vista el estímulo a la conservación de la biodiversidad, asociado al proceso de reforma tributaria.

11.5.3. Desarrollar instrumentos económicos para reducir las presiones antrópicas sobre la biodiversidad, asociado al proceso de reforma tributaria.

11.5.4.Desarrollar instrumentos económicos e instrumentos legales para el cobro público, cuando así corresponda, por el uso de servicios ambientales, asociado al proceso de reforma tributaria.

11.5.5. Promover la internalización de costos y beneficios de la conservación de la biodiversidad (bienes y servicios) en la contabilidad pública y privada.

11.5.6. Estimular mecanismos para la reversión de los beneficios de cobro público por el uso de servicios ambientales de la biodiversidad para su conservación.

11.5.7. Crear e implantar mecanismos tributários, creditícios y de facilitación administrativa específicos para propietarios rurales que mantienen reservas legales y áreas de preservación permanentemente protegidas.

11.5.8. Perfeccionar los instrumentos legales existentes de estímulo a la conservación de la biodiversidad por medio de impuesto sobre circulación de mercancías (ICMS Ecológico) y estimular su adopción en todos los estados de la federación, estimulando la aplicación de los recursos en la gestión de la biodiversidad.

Del Componente 3 de la Política Nacional de la Biodiversidad - Utilización Sostenida de los Componentes de la Biodiversidad

12. Objetivo General: Promover mecanismos e instrumentos que impliquen todos los sectores gubernamentales y no-gubernamentales, públicos y privados, que actúan en la utilización de componentes de la biodiversidad, teniendo en vista que toda la utilización de componentes de la biodiversidad sea sostenida y considerando no sólo su valor económico, sino también los valores ambientales, sociales y culturales de la biodiversidad.

12.1. Primera directriz: Gestión de la biotecnología y de la bioseguridad. Elaboración e implementación de mecanismos jurídicos y económicos que estimulen el desarrollo de un sector nacional de biotecnología competitivo y de excelencia, con bioseguridad y con atención para las oportunidades de utilización sostenida de los componentes del patrimonio genético, en conformidad con la legislación vigente y con las directrices y objetivos específicos establecidos en el Componente 5.

Objetivos Específicos:

12.1.1. Elaborar e implementar códigos de ética para la biotecnología y la bioprospección, de forma participativa, implicando los diferentes segmentos de la sociedad brasileña, con base en la legislación vigente.

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12.1.2. Consolidar la reglamentación de los usos de productos genéticamente modificados, con base en la legislación vigente, en conformidad con el principio de la precaución y con el análisis de riesgo de los potenciales impactos sobre la biodiversidad, la salud y el medio ambiente, implicando los diferentes segmentos de la sociedad brasileña, garantizando la transparencia y el control social de éstos y con la responsabilización civil, criminal y administrativa para la introducción o difusión no autorizada de organismos genéticamente modificados que ofrezcan riesgos al medio ambiente y a la salud humana.

12.1.3. Consolidar la estructuración, tanto en la composición como en el procedimiento de operación, de los órganos colegiados que tratan de la utilización de la biodiversidad, especialmente la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad – CTNBio y el Consejo de Gestión del Patrimonio Genético – CGEN.

12.1.4. Fomentar la creación y el fortalecimiento de instituciones nacionales y de grupos de investigación nacionales, públicos y privados, especializados en bioprospección, biotecnología y bioseguridad, incluso apoyando estudios y proyectos para la mejoría de los conocimientos sobre la bioseguridad y evaluación de conformidad de organismos genéticamente modificados y productos derivados.

12.1.6. Apoyar y fomentar la formación de empresas nacionales dedicadas a la investigación científica y tecnológica, a la agregación de valor, a la conservación y a la utilización sostenida de los recursos biológicos y genéticos.

12.1.7.Apoyar y fomentar la formación de asociaciones entre instituciones científicas públicas y privadas, incluso empresas nacionales de tecnología, con sus congéneres extranjeras, teniendo como objetivo establecer y consolidar las cadenas de agregación de valor, comercialización y retorno de beneficios relativos a negocios de la biodiversidad.

12.1.8. Apoyar y fomentar la formación de personal postgraduado especializado en administración de negocios sostenidos con biodiversidad, con el objetivo de su aprovechamiento por los sistemas públicos y privados activos en el sector, dando al país condiciones adecuadas de interlocución con sus asociados extranjeros.

12.1.9. Exigir permiso ambiental de actividades y empresas que hagan uso de Organismos Geneticamente Modificados –OGM y derivados, efectiva o potencialmente contaminadores, en términos de la legislación vigente.

12.1.10. Apoyar la implementación de la infraestructura y capacitación de recursos humanos de los órganos públicos e instituciones privadas para la evaluación de conformidad de material biológico, certificación y rotulación de productos, autorización ambiental y estudio del impacto ambiental.

12.2. Segunda directriz: Gestión de la utilización sostenida de los recursos biológicos. Estructuración de sistemas reguladores de la utilización de los recursos de la biodiversidad.

Objetivos Específicos:

12.2.1.Crear y consolidar programas de control y reglamentación de actividades relacionadas a la utilización sostenida de la biodiversidad.

12.2.2. Promover el ordenamiento y la gestión territorial de las áreas de explotación de los recursos ambientales, de acuerdo con la capacidad de soporte de estos y de forma integrada con los esfuerzos de conservación in situ de la biodiversidad.

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12.2.3. Implementar acciones que atiendan a las demandas de los pueblos indígenas, de”quilombolas” y de otras comunidades locales, en lo que se refiere a las prioridades relacionadas a la conservación y a la utilización sostenida de los recursos biológicos existentes en sus territorios, salvaguardando los principios y la legislación inherentes a la materia y asegurando su sustentabilidad en sus locales de origen.

12.2.4. Desarrollar y apoyar programas, acciones y medidas que promuevan la conservación y la utilización sostenida de la agro-biodiversidad.

12.2.5. Promover políticas y programas teniendo en vista la agregación de valor y a la utilización sostenida de los recursos biológicos.

12.2.6. Promover programas de apoyo a pequeñas y medias empresas, que utilicen recursos de la biodiversidad de forma sostenida.

12.2.7. Promover instrumentos para asegurar que las actividades turísticas sean compatibles con la conservación y la utilización sostenida de la biodiversidad.

12.2.8. Promover, de forma integrada, y cuando esté legalmente permitido, la utilización sostenida de recursos forestales, madereros y no-madereros, pesqueros y faunísticos, beneficiando de manera especial el manejo certificado, la reposición, el uso múltiple y el mantenimiento de las reservas.

12.2.9. Adaptar para las condiciones brasileñas y aplicar los principios de Abordaje Ecosistemico en el manejo de la biodiversidad.

12.3. Tercera directriz: Instrumentos económicos, tecnológicos y estímulos a las prácticas y a los negocios sostenidos para la utilización de la biodiversidad. Implantación de mecanismos, incluso fiscales y financieros para estimular empresas e iniciativas productivas de utilización sostenida de la biodiversidad.

Objetivos Específicos:

12.3.1. Crear y consolidar la legislación específica, relativa al uso de instrumentos económicos que tengan en vista el estímulo a la utilización sostenida de la biodiversidad.

12.3.2. Crear y fortalecer mecanismos de estímulos fiscales y de crédito para la creación y aplicación de tecnologías, empresas y programas relacionados con la utilización sostenida de la biodiversidad.

12.3.3. Promover estímulos económicos para el desarrollo y la consolidación de prácticas y negocios realizados en unidades de conservación de protección integral y de uso sostenido, en territorio “quilombolas”, tierras indígenas y demás espacios territoriales bajo protección formal del Poder Público.

12.3.4. Promover la internalización de costos y beneficios de la utilización de la biodiversidad (bienes y servicios) en la contabilidad pública y privada.

12.3.5. Identificar, evaluar y promover experiencias, prácticas, tecnologías, negocios y mercados para productos originarios de la utilización sostenida de la biodiversidad, estimulando la certificación voluntaria de procesos y productos, de forma participativa e integrada.

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12.3.6. Estimular el uso de instrumentos voluntarios de certificación de productos, procesos, empresas, órganos del gobierno y otras formas de organizaciones relacionadas con la utilización sostenida de la biodiversidad, incluso en las compras del gobierno

12.3.7. Promover la inserción de especies nativas com valor comercial en el mercado interno y externo, así como la diversificación de la utilización sostenida de estas especies.

12.3.8. Estimular la interacción y la articulación de los agentes de la Política Nacional de la Biodiversidad con el sector empresarial para identificar oportunidades de negocios con la utilización sostenida de los componentes de la biodiversidad.

12.3.9. Apoyar a las comunidades locales en la identificación y en el desarrollo de prácticas y negocios sostenidos.

12.3.10. Apoyar, de forma integrada, la domesticación y la utilización sostenida de especies nativas de la flora, de la fauna y de los microorganismos con potencial económico.

12.3.11. Estimular la implantación de criaderos de animales silvestres y viveros de plantas nativas para consumo y comercialización.

12.3.12. Estimular la utilización sostenida de productos no madereros y las actividades de explotación de recursos naturales sostenida -, con la agregación de valor local por medio de protocolos para la producción y comercialización de estos productos.

12.3.13. Estimular la implantación de proyectos basados en el Mecanismo de Desarrollo Limpio del Protocolo de Quioto que estén de acuerdo con la conservación y utilización sostenida de la biodiversidad.

12.3.14. Estimular políticas de apoyo a nuevas empresas, teniendo en vista la agregación de valor, a la conservación, a la utilización sostenida de los recursos biológicos y genéticos.

12.4. Cuarta directriz: Utilización en las unidades de conservación de uso sostenido. Desarrollo de métodos para la utilización sostenida de la biodiversidad e indicadores para medir su efectividad en las unidades de conservación de uso sostenido.

Objetivos Específicos:

12.4.1. Perfeccionar métodos y crear nuevas tecnologías para la utilización de recursos biológicos, eliminando o minimizando los impactos causados a la biodiversidad.

12.4.2.Desarrollar estudios de sustentabilidad ambiental, económica, social y cultural de la utilización de los recursos biológicos.

12.4.3. Fomentar el desarrollo de proyectos de utilización sostenida de recursos biológicos oriundos de asociaciones y comunidades en unidades de conservación de uso sostenido, de forma que queden integrados con la conservación de la biodiversidad.

12.4.4. Establecer criterios para que los planes de manejo de explotación de cualquier recurso biológico incluyan el control de los procesos de recuperación de estos recursos.

Del Componente 4 de la Política Nacional de la Biodiversidad - Control, Evaluación, Prevención y Atenuación de Impactos sobre la Biodiversidad

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13. Objetivo General: establecer formas para el desarrollo de sistemas y procedimientos de control y de evaluación del estado de la biodiversidad brasileña y de las presiones antrópicas sobre la biodiversidad, para la prevención y la atenuación de impactos sobre la biodiversidad.

13.1. Primera directriz: Control de la biodiversidad. Control del estado de las presiones y de las respuestas de los componentes de la biodiversidad.

Objetivos Específicos:

13.1.1. Apoyar el desarrollo de metodologías y de indicadores para el control de los componentes de la biodiversidad y de los ecosistemas y de los impactos ambientales responsables por su degradación, incluso aquellos causados por la introducción de especies exóticas invasoras y de especies-problema.

13.1.2. Implantar y fortalecer un sistema de indicadores para control permanente de la biodiversidad, especialmente de especies amenazadas y en las unidades de conservación, tierras indígenas, tierras de “quilombolas”, áreas de manejo de recursos biológicos, reservas legales y en las áreas indicadas como prioritarias para conservación.

13.1.3. Integrar el sistema de control de la biodiversidad con los sistemas de control de otros recursos naturales existentes.

13.1.4.Expandir, consolidar y actualizar un sistema de vigilancia y protección para todos los biomas, incluyendo el Sistema de Vigilancia de la Amazonía, con transparencia y control social y con el acceso permitido a las informaciones obtenidas por el sistema por parte de las comunidades implicadas, incluyendo las poblaciones localmente afectadas, y las instituciones de investigación o enseñanza.

13.1.5. Instituir un sistema de control del impacto de los cambios globales sobre distribución, abundancia y extinción de especies.

13.1.6. Implantar un sistema de identificación, dirección y control de las áreas de reserva legal y de preservación permanente.

13.1.7. Estimular el desarrollo del programa de capacitación de la población local, teniendo en vista su participación en el control de la biodiversidad.

13.1.8. Apoyar las acciones de órganos oficiales por la sanidad y por la fitosanidad con vistas a tener control de especies exóticas invasoras para prevenir y atenuar los impactos de plagas y enfermedades en la biodiversidad.

13.1.9. Realizar el mapeamento periódico de áreas naturales restantes en todos los biomas.

13.1.10. Promover el auto-control y su publicidad.

13.2. Segunda directriz: Evaluación, prevención y atenuación de impactos sobre los componentes de la biodiversidad. Establecimiento de procedimientos de evaluación, prevención y atenuación de impactos sobre los componentes de la biodiversidad.

Objetivos Específicos:

13.2.1. Crear capacidad en los órganos responsables para poder dar licencias ambientales en el país para la evaluación del impacto sobre la biodiversidad.

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13.2.2. Identificar y evaluar las políticas públicas y no-gubernamentales que afectan negativamente a la biodiversidad.

13.2.3. Fortalecer los sistemas de permiso, fiscalización y control de actividades relacionadas con la biodiversidad.

13.2.4. Promover la integración entre el Zoneamiento Ecológico-Económico y las acciones de permiso ambiental, especialmente por intermedio de realización de Evaluaciones Ambientales Estratégicas hechas con una escala regional.

13.2.5. Apoyar políticas, programas y proyectos de evaluación, prevención y atenuación de impactos sobre la biodiversidad, incluso aquellos relacionados con los programas y planos de desarrollo nacional, regional y local.

13.2.6. Apoyar la realización de análisis de riesgo y estudios de los impactos de la introducción de especies exóticas potencialmente invasoras, especies potencialmente problema y otros que amenacen la biodiversidad, las actividades económicas y la salud de la población, y la creación e implementación de mecanismos de control.

13.2.7. Promover y perfeccionar acciones de prevención, control y erradicación de especies exóticas invasoras y de especies-problema

13.2.8. Apoyar los estudios de impacto de la fragmentación de habitats sobre el mantenimiento de la biodiversidad.

13.2.9. Desarrollar estudios de impacto ambiental e implementar medidas de control de riesgos asociados al desarrollo biotecnológico sobre la biodiversidad, especialmente por lo que se refiere a la utilización de organismos genéticamente modificados, cuando sea potencialmente causador de significativa degradación del medio ambiente.

13.2.10. Perfeccionar los procedimientos y normas de recolección de especies nativas con fines técnico-científicos con vistas a la atenuación de su potencial impacto sobre la biodiversidad.

13.2.11. Desarrollar iniciativas de sensibilización y capacitación de entidades de la sociedad civil en prácticas de control y fiscalización de la utilización de los recursos biológicos.

13.2.12. Promover, juntamente con los diversos actores implicados, la planificación de la gestión de la biodiversidad en las zonas de frontera agrícolas, tendiendo en vista minimizar los impactos ambientales sobre la biodiversidad.

13.2.13. Intensificar y garantizar la eficiencia de combate a la caza ilegal y al comercio ilegal de especies y de variedades agrícolas.

13.2.14. Desarrollar instrumentos de cobro y aplicación de recursos obtenidos por el uso de servicios ambientales para reducir las presiones antrópicas sobre la biodiversidad.

13.2.15. Apoyar la realización de inventario de las fuentes de contaminación de la biodiversidad y de sus niveles de riesgo en los biomas.

13.2.16. Apoyar acciones de zoneamiento e identificación de áreas críticas, por cuencas hidrográficas, para la conservación de la biodiversidad y de los recursos hídricos.

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13.2.17. Apoyar los estudios de impacto sobre la biodiversidad en las diferentes cuencas hidrográficas, sobre todo en la vegetación de las riberas, cabeceras, ojos de agua y otras áreas de preservación permanente y en áreas críticas para la conservación de recursos hídricos.

13.2.18. Establecer mecanismos para determinar la realización de estudios de impacto ambiental, incluso Evaluación Ambiental Estratégica, en proyectos y empresas de amplia escala, incluso los que puedan generar impactos agregados, que impliquen recursos biológicos, incluso aquellos que utilicen especies exóticas y organismos genéticamente modificados, cuando sean potencialmente causadores de significativa degradación del medio ambiente.

13.3. Tercera directriz: Recuperación de ecosistemas de la biodiversidad sobre-explotados. Establecimiento de instrumentos que promuevan la recuperación de ecosistemas degradados y de componentes de la biodiversidad sobre-explotados.

Objetivos Específicos:

13.3.1. Promover estudios y programas adaptados para la conservación y recuperación de especies amenazadas o sobre-explotadas y de ecosistemas bajo presión antropica, de acuerdo con el Principio del Poluidor-Pagador.

13.3.2. Promover la recuperación, la regeneración y el control de la cobertura vegetal y de los servicios ambientales con ella relacionados en áreas alteradas, degradadas y en proceso de desertización y arenización, incluso para la captura de carbono, de acuerdo con el Principio del Poluidor-Pagador.

13.3.3. Promover la recuperación de reservas pesqueras sobre-explotadas, incluso por la identificación de especies alternativas para el re-direccionamiento del esfuerzo de pesca.

13.3.4. Estimular las investigaciones paleo-ecológicas como estratégica para la recuperación de ecosistemas naturales.

13.3.5. Apoyar a los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales en la elaboración y en la aplicación de medidas correctivas en áreas degradadas, donde la biodiversidad haya sido reducida.

13.3.6. Identificar y apoyar iniciativas, programas, tecnologías y proyectos de obtención de germo-plasma, reintroducción y traslocalización de especies nativas, especialmente las amenazadas, teniendo en cuenta estudios e indicaciones referentes a la sanidad de los ecosistemas.

13.3.7. Apoyar iniciativas nacionales y estaduales de promoción del estudio y de difusión de tecnologías de restauración ambiental y recuperación de áreas degradadas con especies nativas autóctonas.

13.3.8. Apoyar la creación y consolidación de bancos de germo-plasma como instrumento adicional de recuperación de áreas degradadas.

13.3.9. Crear unidades forestales en los estados brasileños, para la producción y suministro de semillas y plantones para la ejecución de proyectos de restauración ambiental y recuperación de áreas degradadas, apoyados por universidades y centros de investigación del país.

13.3.10. Promover mecanismos de coordinación de las iniciativas gubernamentales y de apoyo a las iniciativas no-gubernamentales de protección de las áreas en recuperación natural.

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13.3.11. Promover la recuperación y conservación de la biodiversidad en las diferentes cuencas hidrográficas, sobre todo en la vegetación de las riberas, en las cabeceras, en los ojos de agua y en otras áreas de preservación permanente y en áreas críticas para la conservación de recursos hídricos.

13.3.12. Promover acciones de recuperación y restauración de los ecosistemas degradados y de los componentes de la biodiversidad marina sobre-explotados.

Del Componente 5 de la Política Nacional de la Biodiversidad - Acceso a los Recursos Genéticos y a los Conocimientos Tradicionales Asociados y Reparto de Beneficios

14. Objetivo General: Permitir el acceso controlado a los recursos genéticos, a los componentes del patrimonio genético y a los conocimientos tradicionales asociados con vistas a la agregación de valor a través de investigaciones científicas y desarrollo tecnológico y de manera que la sociedad brasileña, en particular los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, puedan compartir, justa y equitativamente, los beneficios derivados del acceso a los recursos genéticos, a los componentes del patrimonio genético y a los conocimientos tradicionales asociados a la biodiversidad.

14.1. Primera directriz: Tener acceso a los recursos genéticos y al reparto de beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos. Establecimiento de un sistema controlado de acceso y de reparto justo y equitativo de beneficios provenientes de la utilización de los recursos genéticos y de los componentes del patrimonio genético, que promuevan la agregación de valor a través de investigación científica y del desarrollo tecnológico y que contribuya para la conservación y para la utilización sostenida de la biodiversidad.

Objetivos Específicos:

14.1.1.Reglamentar y aplicar la ley específica, y demás legislaciones necesarias, elaboradas con amplia participación de la sociedad brasileña, en particular de la comunidad académica, del sector empresarial, de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, para normalizar la relación entre proveedor y usuario de recursos genéticos, de componentes del patrimonio genético y de conocimientos tradicionales asociados y para establecer las bases legales para el reparto justo y equitativo de los beneficios de la utilización de éstos.

14.1.2. Establecer mecanismos legales e institucionales para mayor publicidad y para viabilizar la participación de la sociedad civil (organizaciones no-gubernamentales, pueblos indígenas,”quilombolas” y otras comunidades locales, sector académico y sector privado) en los consejos, comités y órganos colegiados que traten del tema de gestión de los recursos genéticos y de los componentes del patrimonio genético.

14.1.3. Identificar las necesidades y los intereses de los pueblos indígenas, “quilombolas”, otras comunidades locales, propietarios de tierras, empresas tecnológicas nacionales y de agentes económicos, órganos gubernamentales, instituciones de investigación y desarrollo en la reglamentación del sistema de acceso y de reparto justo y equitativo de beneficios oriundos de la utilización de recursos genéticos y de los componentes del patrimonio genético.

14.1.4. Definir las normas y los procedimientos para la recolección, almacenaje y para la remesa de recursos genéticos y de componentes del patrimonio genético para investigación y bioprospección.

14.1.5. Implantar y perfeccionar mecanismos de acompañamiento, de control social y de negociación gubernamental en los resultados de la comercialización de productos y procesos oriundos de la bioprospección, asociados a la reversión de parte de los beneficios para fondos

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públicos destinados a la investigación, a la conservación y a la utilización sostenida de la biodiversidad.

14.1.6. Establecer contratos de explotación económica de la biodiversidad, catastrados y homologados por el gobierno federal, con cláusulas claras y objetivas, y con cláusulas de reparto de beneficios a los detentores de los recursos genéticos, de los componentes del patrimonio genético y de los conocimientos tradicionales asociados accesados.

.14.1.7. Apoyar acciones para implementación de la infraestructura, de recursos humanos materiales en consejos y órganos colegiados que traten de la gestión del patrimonio genético, incluso el Consejo de Gestión del Patrimonio Genético.

14.2. Segunda directriz: Protección de conocimientos innovaciones y prácticas de pueblos indígenas, de “quilombolas” y de otras comunidades locales y reparto de los beneficios derivados del uso de los conocimientos tradicionales asociados a la biodiversidad. Desarrollo de mecanismos que aseguren la protección y el reparto justo y equitativo de los beneficios derivados del uso de conocimientos, innovaciones y prácticas de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, relevantes a la conservación y a la utilización de la biodiversidad.

Objetivos Específicos:

14.2.1. Establecer e implementar un régimen legal y suigeneris de protección a los derechos intelectuales colectivos relativos a la biodiversidad de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, con amplia participación de estas comunidades y pueblos.

14.2.2. Establecer e implementar instrumentos económicos y un régimen jurídico específico que posibili ten el reparto justo y equitativo de beneficios derivados del acceso a los conocimientos tradicionales asociados, con la compensación económica y de otros tipos para los detentores de los conocimientos tradicionales asociados a la biodiversidad, según las demandas por éstos definidas y resguardando sus valores culturales.

14.2.3. Establecer e implementar mecanismos para respetar, preservar, rescatar, proteger la confidencialidad y mantener el conocimiento, las innovaciones y las prácticas de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales.

14.2.4. Reglamentar e implementar mecanismos e instrumentos jurídicos que garanticen a los pueblos indígenas, a los “quilombolas” y a las otras comunidades locales la participación en los procesos de negociación y definición de protocolos para el acceso a los conocimientos, innovaciones y prácticas asociadas a la biodiversidad y reparto de los beneficios derivados de su uso.

14.2.5. Desarrollar e implementar mecanismos suigeneris de protección del conocimiento tradicional y de reparto justo y equitativo de beneficios para los pueblos indígenas, “quilombolas”, y otras comunidades locales detentoras de conocimientos asociados a la biodiversidad, con la participación de éstos y resguardados sus intereses y valores.

14.2.6. Establecer iniciativas que tengan en vista la gestión y el control participativos de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales en la identificación y en el catastro, cuando lo haya, de conocimientos tradicionales, innovaciones y prácticas asociadas a la utilización de lo componentes de la biodiversidad.

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14.2.7. Establecer, cuando sea posible, y con la participación directa de los detentores de conocimiento tradicional, mecanismos para elaborar un catastro de conocimientos tradicionales, innovaciones y prácticas, asociados a la biodiversidad, de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales y de su potencial para el uso comercial, como una de las formas de prueba del origen de éstos.

14.2.8. Promover el reconocimiento y revalorizar los derechos de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, cuanto se refiera a los conocimientos tradicionales asociados a la biodiversidad y a la relación de mutua dependencia entre la diversidad étno-cultural y la biodiversidad.

14.2.9. Elaborar e implementar un código de ética para el trabajo con los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, con la participación de éstos.

14.2.10. Asegurar el reconocimiento de los derechos intelectuales colectivos de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, y el necesario reparto de beneficios por el uso de conocimiento tradicional asociado a la biodiversidad en sus territorios.

Del Componente 6 de la Política Nacional de la Biodiversidad - Educación, Sensibilización Pública, Información y Divulgación sobre Biodiversidad

15. Objetivo General: Sistematizar, integrar y difundir informaciones sobre la biodiversidad, su potencial para el desarrollo y la necesidad de su conservación y de su utilización sostenida, así como del reparto de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos, de componentes del patrimonio genético y del conocimiento tradicional asociado, en los diversos niveles de educación, así como ante la población y a los tomadores de decisión.

15.1. Primera directriz: Sistemas de información y divulgación. Desarrollo del sistema nacional de información y divulgación de informaciones sobre la biodiversidad.

Objetivos Específicos:

15.1.1. Difundir informaciones para todos los sectores de la sociedad sobre la biodiversidad brasileña.

15.1.2. Facilitar el acceso a la información y promover la divulgación de la información para la toma de decisiones por parte de los diferentes productores y usuarios de bienes y servicios provenientes de la biodiversidad.

15.1.3. Instituir y mantener permanentemente actualizada una red de informaciones sobre la gestión de la biodiversidad, promoviendo y facilitando el acceso a una base de datos disponible en medio electrónico, integrándola con iniciativas ya existentes.

15.1.4. Identificar y catalogar las colecciones biológicas (herbolarios, colecciones zoológicas, de microorganismos y de germo-plasma) existentes en el país, seguida de estandarización e integración de las informaciones sobre las mismas.

15.1.5. Mapear y mantener bancos de datos sobre variedades locales, parientes silvestres de plantas nacionales cultivadas y de cultivos de uso actual o potencial.

15.1.6. Instituir e implementar mecanismos para facilitar el acceso a las informaciones sobre colecciones de componentes de la biodiversidad brasileña existentes en el exterior y, cuando proceda, la repatriación del material asociado a la información.

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15.1.7. Apoyar y divulgar experiencias de conservación y utilización sostenida de la biodiversidad, incluso por pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, cuando haya consentimiento de éstos y siempre que sean resguardados los derechos sobre la propiedad intelectual y el interés nacional.

15.1.8. Divulgar los instrumentos económicos, financieros y jurídicos dirigidos a la gestión de la biodiversidad.

15.1.9. Organizar, promover la producción, distribuir y facilitar el acceso a materiales institucionales y educativos sobre la biodiversidad y sobre los aspectos étnicos y culturales relacionados con la biodiversidad.

15.1.10. Promover la elaboración y la sistematización de estudios de casos y lecciones aprendidas referidas a la gestión sostenida de la biodiversidad se refiera.

15.1.11. Crear mecanismos de control de la utilización de datos, del acceso a las redes de bancos de datos y de los usuarios de estas redes, con vistas al reparto de los beneficios originados por el uso de las informaciones disponibles en la red.

15.1.12. Promover y apoyar programas nacionales de publicaciones científicas sobre temas referentes a la biodiversidad, y estimular la valorización de las publicaciones nacionales relativas a la diversidad biológica de las instituciones relacionadas con la investigación y la enseñanza.

15.2. Segunda directriz: Sensibilización pública. Realización de programas y campañas de sensibilización sobre la biodiversidad.

Objetivos Específicos:

15.2.1. Promover y apoyar campañas nacionales, regionales y locales para la valorización y difusión de conocimientos sobre la biodiversidad, resaltando la importancia y el valor de la heterogeneidad de los diferentes biomas para la conservación y para la utilización sostenida de la biodiversidad.

15.2.2. Promover campañas nacionales de la diversidad cultural y de los conocimientos tradicionales sobre la biodiversidad.

15.2.3. Promover campañas ante los sectores productivos, especialmente los sectores ganadero, pesquero y de explotación mineral, y al de investigaciones sobre la importancia de las reservas legales y áreas de preservación permanentes en el proceso de conservación de la biodiversidad.

15.2.4. Crear nuevos estímulos, tales como premios y concursos, que promuevan la implicación de las poblaciones en la defensa de las especies amenazadas y de los biomas sometidos a presión antrópica, llevándose en consideración las especificidades regionales.

15.2.5. Promover y apoyar la sensibilización y la capacitación de tomadores de decisión, formadores de opinión y del sector empresarial respeto de la importancia de la biodiversidad.

15.2.6. Estimular la actuación de la sociedad civil organizada para la orientación de iniciativas en educación ambiental relacionadas a la biodiversidad

15.2.7. Divulgar informaciones sobre conocimientos tradicionales, innovaciones y prácticas de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales y su importancia en la conservación de la biodiversidad, cuando haya consentimiento de éstos.

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15.2.8. Sensibilizar a los pueblos indígenas y otras comunidades locales sobre la importancia del conocimiento que se tiene sobre la biodiversidad, posibilitando acciones de conservación, de utilización sostenida de la biodiversidad y de reparto de los beneficios derivados del uso de los conocimientos tradicionales asociaos a la biodiversidad.

15.2.9. Divulgar la importancia de la interacción entre la gestión de la biodiversidad y la gestión pública.

15.2.10. Promover la sensibilización para la gestión de la biodiversidad en áreas de uso púlbico.

15.2.11. Desarrollar, implementar y divulgar indicadores que permitan evaluar y acompañar la evolución del grado de sensibilización de la sociedad en lo que se refiere a la biodiversidad.

15.2.12. Promover la integración de las acciones de fiscalización del medio ambiente con programas de educación ambiental en lo que se refiere a la biodiversidad.

15.2.13. Promover cursos y entrenamiento para periodistas sobre conceptos de gestión de la biodiversidad.

15.3. Tercera directriz: Incorporación de temas relativos a la conservación y a la utilización sostenida de la biodiversidad en la educación. Integración de temas relativos a la gestión de la biodiversidad en los procesos de educación.

Objetivos Específicos:

15.3.1. Fortalecer el uso del tema biodiversidad como contenido del tema transversal medio ambiente propuesto por parámetros y directrices curriculares en las políticas de formación continuada de profesores.

15.3.2. Promover articulación entre los órganos ambientales y las instituciones educacionales, para la actualización continua de las informaciones sobre la biodiversidad.

15.3.3. Introducir el tema ¿biodiversidad? en las actividades de extensión comunitária.

15.3.4. Incorporar en la educación formal los principios del Convenio sobre Diversidad Biológica y de la étno-biodiversidad, atendiendo al principio de la educación diferenciada para los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales.

15.3.5. Estimular asociaciones, investigaciones y demás actividades entre universidades, organizaciones no-gubernamentales, órganos profesionales e iniciativa privada para el perfeccionamiento continuo de los profesionales de la educación.

15.3.6. Promover la formación inicial y continuada de los profesionales de educación ambiental, en lo que se refiere a la biodiversidad.

15.3.7. Promover la capacitación de los técnicos de extensión rural y de los agentes de salud sobre el tema ¿biodiversidad?

15.3.8. Promover iniciativas para la articulación de las instituciones implicadas con la educación ambiental (instituciones de enseñanza, de investigación, de conservación y de la sociedad civil) en una red de centros de enseñanza ambiental para tratar del tema ¿biodiversidad?

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15.3.9. Establecer la integración entre los ministerios y los demás órganos del gobierno para la articulación de las políticas educacionales de gestión de la biodiversidad.

15.3.10. Fortalecer la Política Nacional de Educación Ambiental.

Del Componente 7 de la Política Nacional de la Biodiversidad - Fortalecimiento Jurídico y Institucional para la Gestión de la Biodiversidad

16. Objetivo General: Promover medios y condiciones para el fortalecimiento de la infraestructura de investigación y gestión, para el acceso a la tecnología y transferencia de tecnología, para la formación y fijación de los recursos humanos, para mecanismos de financiamiento, para la cooperación internacional y para la adecuación jurídica teniendo en vista la gestión de la biodiversidad y la integración y la armonía de políticas sectoriales pertinentes a la biodiversidad.

16.1. Primera directriz: Fortalecimiento de la infraestructura de investigación y gestión de la biodiversidad. Fortalecimiento y ampliación de la infraestructura de las instituciones brasileñas, públicas y privadas, implicadas con el conocimiento y con la gestión de la biodiversidad.

Objetivos Específicos:

16.1.1. Recuperar la capacidad de los órganos del Sistema Nacional de Medio Ambiente – SISNAMA para ejecutar su misión en relación a las licencias y a la fiscalización de la biodiversidad.

16.1.2. Perfeccionar la definición de las competencias de los diversos órganos del gobierno de forma a prevenir eventuales conflictos de competencia cuando se refiera a la aplicación de la legislación ambiental pertinente a la biodiversidad.

16.1.3. Fortalecer el conjunto de unidades de conservación y su integración en el SISNAMA.

16.1.4. Estimular iniciativas para la creación de bases de investigación de campo permanente en unidades de conservación de protección integral en cada uno de los biomas brasileños.

16.1.5. Promover el fortalecimiento de la infraestructura y la modernización de las instituciones brasileñas implicadas con el inventario y la caracterización de la biodiversidad, tales como colecciones zoológicas, botánicas y de microorganismos, bancos de germo-plasma y núcleos de criación animal.

16.1.6. Fortalecer instituciones científicas con los programas de investigación, creando, cuando sea necesario, centros específicos en cada uno de los biomas teniendo en vista fortalecer la investigación sobre los recursos biológicos y sus aplicaciones.

16.1.7. Adecuar la infraestructura de las instituciones que trabajan con recursos genéticos, componentes del patrimonio genético y conocimientos tradicionales para conservar de forma segura, a corto, a medio y a largo plazo, especies de interés socioeconómico y las culturas de los pueblos indígenas “quilombolas” y otras comunidades locales del país.

16.1.8. Apoyar los programas de investigación y de infraestructura dirigidos al conocimiento tradicional de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, con la participación de éstos.

16.1.9. Apoyar la participación efectiva de especialistas de las diferentes regiones del país en programas de secuenciamiento genéticos y otros programas para el desarrollo de tecnologías a partir de la utilización de recursos biológicos.

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16.1.10. Formalizar y fortalecer centros de referencia depositarios de organismos asociados a productos y procesos patentados en Brasil.

16.1.11. Promover la integración de programas y acciones de la esfera federal, de las estaduales e de las municipales y de la sociedad civil organizada, relacionados con la investigación, la formación de recursos humanos y programas y proyectos en áreas relacionadas a la biodiversidad.

16.1.12. Estimular la formación y consolidación de redes nacionales de investigación, desarrollo tecnológico y gestión de la biodiversidad, como forma de promover y facilitar el intercambio sobre la biodiversidad entre diferentes sectores de la sociedad.

16.1.13. Crear estímulos a la gestión de la biodiversidad, tales como premios a investigaciones y proyectos de conservación e utilización sostenida.

16.1.14. Crear estímulos para organizaciones no-gubernamentales que actúan en la protección de la biodiversidad.

16.1.15. Apoyar la creación de centros de documentos especializados para cada uno de los biomas brasileños para facilitar la cooperación científica dentro y fuera del país.

16.1.16. Estimular el desarrollo de programas de apoyo a publicaciones científicas sobre la biodiversidad brasileña, particularmente guías de campo, llaves taxonómicas, catalogación electrónica de floras y faunas, revisiones sistemáticas, monografías y estudios etnológicos.

16.2. Segunda directriz: Formación y fijación de recursos humanos. Promoción de programas de formación, actualización y fijación de recursos humanos, incluso la capacitación de pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, para la ampliación y el dominio de los conocimientos y de las tecnologías necesarias a la gestión de la biodiversidad.

Objetivos Específicos:

16.2.1. Instituir programas de formación, actualización y fijación de recursos humanos en instituciones dirigidas para el inventario, la caracterización, la clasificación y la gestión de la biodiversidad de los diversos biomas del país.

16.2.2. Reducir las disparidades regionales, estimulando la capacitación humana e institucional en gestión de la biodiversidad, incluso en biotecnología, promoviendo la creación de mecanismos diferenciados para la contratación inmediata en las instituciones de enseñanza e investigación en las regiones carentes y realizando la fijación de profesionales implicados con la capacitación en investigaciones y gestión de la biodiversidad.

16.2.3. Fortalecer el posgrado o los programas de doctorado en instituciones de investigación en los temas relacionados con los objetivos del Convenio sobre Diversidad Biológica.

16.2.4. Apoyar la capacitación y la actualización de los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales en lo que se refiere a la gestión de la biodiversidad, especialmente para la agregación de valor y comercialización de productos de la biodiversidad derivados de técnicas tradicionales sostenidas.

16.2.5. Apoyar la formación o el perfeccionamiento en gestión de la biodiversidad de técnicos que actúen en proyectos o empresas con potencial impacto ambiental.

16.2.6. Apoyar las iniciativas de enseñanza a distancia en áreas relacionadas a la biodiversidad.

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16.2.7. Promover la amplia divulgación de los conceptos de la legislación de acceso a los recursos genéticos, a los componentes del patrimonio genético y a los conocimientos tradicionales asociados ante los sectores relacionados a esta temática.

16.2.8. Promover cursos y entrenamiento para funcionarios públicos, incluso jueces, miembros del Ministerio Público, policía federal, civil y militar en los campos de gestión y protección de la biodiversidad.

16.2.9. Promover y apoyar la formación de recursos humanos dirigidos para el desarrollo y la extensión de redes de información sobre la biodiversidad.

16.2.10. Capacitar personal para la gestión de la biodiversidad en unidades de conservación.

16.2.11. Promover eventos regionales para los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales con el objetivo de divulgar y aclarar los conceptos de la legislación de acceso a los recursos genéticos y capacitar agentes locales.

16.2.12. Estimular la cooperación entre gobierno, universidades, centros de investigación, sector privado y organizaciones de la sociedad civil en la elaboración de modelos de gestión de la biodiversidad.

16.2.13. Apoyar la cooperación entre el sector público y el privado para la formación y fijación de recursos humanos dirigidos para la realización de actividades de investigación en gestión de la biodiversidad, especialmente en lo que se refiere a la utilización de recursos biológicos, mantenimiento y utilización de los bancos de germo-plasma.

16.3. Tercera directriz Tener acceso a la tecnología y transferencia de tecnología. Promoción del acceso a la tecnología y de la transferencia de tecnología científica nacional e internacional sobre la gestión de la biodiversidad brasileña.

Objetivos Específicos:

16.3.1. Crear y apoyar programas que promuevan la transferencia y la difusión de tecnologías en gestión de la biodiversidad.

16.3.2. Apoyar el intercambio de conocimientos y tecnologías en temas seleccionados y en áreas definidas como prioritarias para la gestión de la biodiversidad, incluso con centros de referencia internacionales y extranjeros.

16.3.3. Establecer mecanismos que faciliten el proceso de intercambio y generación de conocimiento biotecnológico con sus potenciales usuarios, resguardados los derechos sobre la propiedad intelectual.

16.3.4. Promover el perfeccionamiento de la estructura legal brasileña en lo que se refiere a la tecnología y a la trasferencia de tecnologías.

16.3.5. Establecer iniciativa nacional para la difusión del uso de tecnologías de dominio público útiles a la gestión de la biodiversidad.

16.3.6. Implantar unidades demostrativas de la utilización de tecnologías para la conservación y utilización sostenida de la biodiversidad.

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16.3.7. Promover la cooperación para la certificación de tecnologías trasferidas de los paises desarrollados para el país.

16.3.8. Definir e implementar normas y procedimientos para el intercambio de tecnologías de utilización de recursos genéticos y biológicos, con trasparencia y asegurando los intereses nacionales, de la comunidad académica y de los pueblos indígenas, “quilombolas” y de otras comunidades locales.

16.4. Cuarta directriz: Mecanismos de financiación. Integración, desarrollo y fortalecimiento de mecanismos de financiación de la gestión de la biodiversidad.

Objetivos Específicos:

16.4.1. Fortalecer los fondos existentes de financiación para la gestión de la biodiversidad.

16.4.2. Estimular la creación de fondos de inversiones para la gestión de la biodiversidad, estimulando incluso la participación del sector empresarial.

16.4.3. Apoyar estudios para la creación de un fondo financiero y otros mecanismos equivalentes, capaces de garantizar la estabilidad financiera para la implementación y mantenimiento de unidades de conservación, incluso para la regularización relativa a los latifundios.

16.4.4. Estimular la creación de fondos y otros mecanismos, administrados de forma participativa por los pueblos indígenas, “quilombolas” y otras comunidades locales, que promuevan el reparto justo y equitativo de beneficios, monetarios o no, provenientes del acceso a los recursos genéticos, a los componentes del patrimonio genético y a los conocimientos tradicionales asociados.

16.4.5. Fortalecer la actuación en favor de la biodiversidad de los órganos estaduales de fomento a a investigación en todos los estados.

16.4.6. Promover los mecanismos que tengan en vista asegurar la previsión y la aplicación de los recursos presupuestarios así como también, de otras fuentes para la gestión de la biodiversidad.

16.4.7. Estimular la creación de líneas de financiación por parte de los órganos de fomento a la investigación, dirigidos a la implementación de los planes de investigación y a la gestión de la biodiversidad en unidades de conservación y en su entorno.

16.4.8. Estimular la creación de líneas de financiación para empresas cooperativas y para pequeños y medios productores rurales que hagan uso de los recursos de la biodiversidad de forma sostenida.

16.4.9. Estimular la participación del sector privado en inversiones en la gestión de la biodiversidad en el país.

16.4.10. Estimular la creación de mecanismos económicos y fiscales que den incentivos al sector empresarial para invertir en el inventario y en la investigación sobre la conservación y utilización sostenida de la biodiversidad del país, en asociación con instituciones de investigación y del sector público.

16.4.11. Fomentar a través de estímulos económicos, la conservación y la utilización sostenida de la biodiversidad en las áreas bajo dominio privado.

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16.5. Quinta directriz: Cooperación internacional. Promoción de la cooperación internacional relativa a la gestión de la biodiversidad, con el fortalecimiento de actos jurídicos internacionales.

Objetivos Específicos:

16.5.1. Fortalecer la preparación y la participación de delegaciones brasileñas en negociaciones internacionales relacionadas con los temas de la biodiversidad.

16.5.2. Promover la implementación de acuerdos y convenios internacionales relacionados con la gestión de la biodiversidad, con atención especial para el Convenio sobre Diversidad Biológica y sus programas e iniciativas.

16.5.3. Establecer sinergias teniendo en vista la implementación de los convenios ambientales firmados por el país.

16.5.4. Apoyar la negociación de acuerdos y convenios, justos y con beneficios para el país, para el intercambio de conocimientos y trasferencias de tecnología con centros de investigación internacionales y extranjeros.

16.5.5. Fortalecer la cooperación internacional en investigaciones, programas y proyectos relacionados con el conocimiento y con la gestión de la biodiversidad y la agregación de valor a sus componentes, de conformidad con las directrices del Componente 5.

16.5.6. Apoyar la participación de los centros de investigación nacionales en rede internacionales de investigación, desarrollo de tecnologías y programas relacionados con el conocimiento y la gestión de la biodiversidad.

16.5.7. Identificar y estimular la utilización de mecanismos constantes de acuerdos internacionales que puedan beneficiar la conservación y la utilización sostenida de la biodiversidad, incluyendo la utilización de Mecanismo de Desarrollo Limpio.

16.6. Sexta directriz: Fortalecimiento del marco-legal e integración de políticas sectoriales. Promoción de acciones teniendo en vista el fortalecimiento de la legislación brasileña sobre la biodiversidad y de la articulación, de la integración y de la armonía de políticas sectoriales.

Objetivos Específicos:

16.6.1. Promover el estudio y la evaluación de todo el cuadro normativo relacionado con la biodiversidad en Brasil, con vistas a proponer su adecuación para la gestión de la biodiversidad.

16.6.2. Consolidar la legislación brasileña sobre la biodiversidad.

16.6.3. Promover la articulación y la armonía de políticas sectoriales relevantes para la conservación de la biodiversidad, la utilización sostenida de sus componentes y el reparto de beneficios derivados de la utilización de recursos genéticos, de componentes del patrimonio genético y de conocimiento tradicional asociado.

17. ESTRUCTURA JURÍDICA INSTITUCIONAL

17.1. Muchas iniciativas institucionales actualmente en desarrollo en Brasil tienen relación con los propósitos del Convenio sobre Biodiversidad Biológica – CBD y con las directrices y objetivos de esta Política Nacional de Biodiversidad. Planes, políticas y programas sectoriales, necesitan integrarse, de manera que se evite la duplicación o el conflicto entre las acciones. La Política

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Nacional de la Biodiversidad requiere que mecanismos participativos sean fortalecidos o creados para que se articule la acción de la sociedad a favor de los objetivos del CDB. La implementación de esta política depende de la actuación de diversos sectores y ministerios del Gobierno Federal, según sus competencias legales, así como también de los Gobiernos Estaduales, del Distrito Federal, de los Gobiernos Municipales y de la sociedad civil.

17.2. Teniendo en vista el conjunto de actores y políticas públicas que, directa o indirectamente, tienen interés con la gestión de la biodiversidad y, por lo tanto, con los compromisos asumidos por Brasil en la implementación del CDB, es necesario que la implementación de la Política propicie la creación o el fortalecimiento de arreglos institucionales que aseguren la legitimidad y sustentabilidad en el cumplimiento de los objetivos del CDB, en lo que se refiere a la conservación y a la utilización sostenida de la biodiversidad y al reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de su utilización.

17.3. En la implementación de la Política Nacional de la Biodiversidad corresponderá al Ministerio del Medio Ambiente:

a) articular las acciones de la Política Nacional de la Biodiversidad en el ámbito del SISNAMA y ante los demás sectores del gobierno y de la sociedad;

b) acompañar y evaluar la ejecución de los componentes de la Política Nacional de la Biodiversidad y elaborar informes nacionales sobre la biodiversidad;

c) controlar, incluso con indicadores, la ejecución de las acciones previstas en la Política Nacional de la Biodiversidad.

d) formular e implementar programas y proyectos en apoyo a la ejecución de las acciones previstas en la Política Nacional de la Biodiversidad y proponer y negociar recursos financieros.

e) articular con los demás ministerios relacionados con los temas tratados para la elaboración y encaminamiento de las propuestas de creación o modificación de instrumentos legales necesarios a la buena ejecución de la Política Nacional de la Biodiversidad.

f) promover la integración de políticas sectoriales para aumentar la sinergia en la implementación de acciones dirigidas a la gestión sostenida de la biodiversidad (conservación, utilización sostenida y reparto de beneficios), evitando que éstas sean conflictivas; y

g) estimular la cooperación Interinstitucional e internacional para la mejoría de la implementación de las acciones de gestión de la biodiversidad.

17.4. La implementación de la Política Nacional de la Biodiversidad requiere una instancia colegiada que busque el cumplimiento de los intereses de esta Política Nacional de la Biodiversidad ante el gobierno federal, que cuide de la descentralización de la ejecución de las acciones y tenga en vista asegurar la participación de los sectores interesados.

17.5. Procurará, igualmente, esta instancia colegiada cuidar para que los principios y los objetivos de la Política Nacional de la Biodiversidad sean cumplidos, prestando asistencia técnica de apoyo a los agentes públicos y privados responsables por la ejecución de sus componentes en el territorio nacional.

17.6.El Ministerio del Medio Ambiente, por intermedio del Programa Nacional de la Diversidad Biológica – Pronabio -, instituido por el Decreto no.1.354, de 29 de diciembre de 1994, coordinará la implementación de la Política de la Biodiversidad, a través de la promoción de asociación entre

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el Poder Público y la sociedad civil para el conocimiento, la conservación de la biodiversidad, la utilización sostenida de sus componentes y el reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de su utilización.