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TITULO II COBERTURA DEL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD

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Page 1: Acuerdo 029

TITULO II

COBERTURA DEL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD

Page 2: Acuerdo 029

ARTICULO 10 BENEFICIOS

Beneficios para los afiliados al régimen contributivo y subsidiado.

ARTICULO 11

Page 3: Acuerdo 029

NIVELES DE LOS PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS INCLUIDOS EN EL

PLAN OBLIGATORIO DE SALUD.

Para lograr los propósitos de aclaración del presente Acuerdo se adopta la definición por niveles 1, 2 y 3 de los procedimientos en los

casos Descritos. Lo anterior sin perjuicio de las normas de calidad y habilitación de servicios al interior de un prestador de servicios de salud.

ARTICULO 12 PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN

DE LA ENFERMEDAD

Page 4: Acuerdo 029

En cumplimiento con la APS- el POS cubre todas las atenciones en P Y D, protección específica y detección temprana adoptada mediante las resoluciones 412 y 3384 de

2000, 3442 de 2006 y 0769 y 1973 de 2008 del Ministerio de Salud y Protección Social.

ARTICULO 13 ACCIONES PARA LA RECUPERACIÓN DE LA

SALUD

Page 5: Acuerdo 029

El POS cubre todas las tecnologías adoptadas, para el diagnóstico,

tratamiento, rehabilitación o paliación de las enfermedades y problemas

relacionados con la salud de todos los afiliados de cualquier edad.

ARTICULO 14ATENCIÓN AMBULATORIA

Page 6: Acuerdo 029

Las tecnologías de salud dispuestas en el POS serán ´prestadas en la modalidad ambulatoria

cuando los profesionales de la salud, lo consideren pertinente y con las normas de

calidad vigentes.

ARTICULO 15ACCESO A SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE

SALUD

Page 7: Acuerdo 029

Para acceder a los servicios de salud especializados es necesario la remisión por

medicina general u odontología general conforme al sistema de referencia y

contrareferncia, definido por la EPS, Se exceptúa el acceso a la especialidad de obstetricia, sin que ello se constituya en

limitación de acceso a la atención por médico general, cuando el recurso especializado no sea

accesible por condiciones geográficas o de ausencia de oferta en el municipio de

residencia.

ARTICULO 16SALUD ORAL

Page 8: Acuerdo 029

El POS cubre todas las tecnologías de salud, para el caso de operatoria dental,

cubre todas las obturaciones definitivas a criterio del odontólogo tratante

Las obturaciones temporales que el medico considere necesarias antes de la definitiva se consideran como parte de la

operatoria dental, así como las condiciones especiales de procedimientos a pacientes que ameriten anestesia general o sedación

asistida de acuerdo con el criterio del odontólogo tratante se entiende que están

incluidas en el POS.

ARTICULO 17

Page 9: Acuerdo 029

ATENCIÓN EN SALUD MENTAL

El POS cubre la atención ambulatoria con psicoterapia individual o grupal,

independiente de la fase en la que se encuentre la enfermedad

1. Hasta treinta sesiones de psicoterapia individual por psiquiatría

y por psicología durante un año de calendario

2. Hasta treinta terapias, grupales, familiares y de pareja en total por

psiquiatría y por psicología durante un año de calendario.

ARTICULO 18

Page 10: Acuerdo 029

ATENCIÓN PSICOLÓGICA Y/O PSIQUIÁTRICA DE MUJERES VÍCTIMAS

DE VIOLENCIA

El POS cubre la atención psicológica y psiquiátrica ambulatoria y con

internación para las mujeres víctimas de la violencia física y sexual o

psicología, de acuerdo al criterio del médico tratante, adicionales a las

coberturas establecidas en los artículos 17 y 24

ARTICULO 19MEDICINA Y TERAPIAS ALTERNATIVAS Y

COMPLEMENTARIAS

Page 11: Acuerdo 029

Las EPS podrán incluir la utilización de medicinas y terapias alternativas, por parte de las IPS que hagan parte de su

red siempre y cuando estas se encuentren autorizadas y

reglamentadas de acuerdo a la normatividad vigente.

ARTICULO 20ATENCIÓN DE URGENCIAS

Page 12: Acuerdo 029

El POS cubre las tecnologías necesarias para prestar el servicio de urgencias, teniendo en cuenta el triage, según la normatividad

vigenteARTICLUO 21

ATENCIÓN INICIAL DE URGENCIAS

Page 13: Acuerdo 029

La cobertura de la AIU es obligatoria y el pago está a cargo de la EPS, cuando se

trata de sus afiliados, la atención subsiguiente definida programada será cubierta por la EPS en su red adscrita

conforme lo definido en el POS

ARTICULO 22ATENCIÓN DE URGENCIAS EN SALUD

MENTAL

Page 14: Acuerdo 029

El POS incluye la atención de urgencias al paciente de salud mental, en el servicio de

urgencias y observación. Esta atención cubre las primeras 24 horas en el evento en

que ponga peligro su vida, la de sus familiares y la de la comunidad.

ARTICULO 23ATENCIÓN CON INTERNACIÓN

Page 15: Acuerdo 029

El POS cubre la atención en salud con internación en las unidades habilitadas

según normatividad vigente.Para la utilización de tecnologías en salud cubiertas por el POS no hay restricción ni

limitación en cuanto al periodo de permanencia, siempre y cuando se acoja al

criterio del médico tratante.El POS cubre la internación en cuidados

intensivos, intermedios y de quemados de acuerdo con el criterio del médico

responsable de la unidad o del médico tratante.

ARTICULO 24INTERNACIÓN PARA MANEJO DE ENFERMEDAD EN SALUD MENTAL

Page 16: Acuerdo 029

En caso de que el trastorno o la enfermedad mental pongan en peligro la vida o integridad

del paciente o la de sus familiares y la comunidad, o por prescripción específica del

médico tratante, el POS cubre la internación de pacientes con problemas y trastornos de salud

mental hasta por 90 días, acorde con la prescripción del médico tratante

ARTICULO 25ATENCIÓN DOMICILIARIA

Page 17: Acuerdo 029

Esta atención estará cubierta solo en los casos que se consideren pertinentes por el

profesional tratante bajo las normas de calidad vigentes.

ARTICULO 26ATENCIÓN INTEGRAL DEL PROCESO DE

GESTACIÓN, PARTO Y PUERPERIO

Page 18: Acuerdo 029

En el POS se encuentran incluidas todas las atenciones en salud ambulatoria, e internación

por la especialidad médica que sea necesaria en la gestación parto y puerperio. Ello incluye las afecciones relacionadas, las complicaciones y

las enfermedades que pongan en riesgo el desarrollo y culminación normal de la gestación,

parto y puerperio, o que signifiquen un riesgo para la vida de la madre, la viabilidad del

producto o la supervivencia del recién nacido

ARTICULO 27REINTERVENCIONES

Page 19: Acuerdo 029

El POS cubre las reintervenciones conforme a la prescripción del profesional tratante en

los siguientes casos:1.Que el procedimiento inicial o primario haga parte del Plan Obligatorio de Salud

2.Que la segunda intervención esté incluida en el Plan Obligatorio de Salud

ARTICULO 28ATENCIÓN DE PACIENTES CON ENFERMEDADES TERMINALES

Page 20: Acuerdo 029

El POS cubre la terapia paliativa para el dolor y la disfuncionalidad, la terapia de mantenimiento y soporte psicológico,

requeridas durante el tiempo necesario a juicio del médico tratante, siempre y

cuando las tecnologías estén contempladas en el POS.

ARTICULO 29PRINCIPIOS ACTIVOS Y

MEDICAMENTOS

Page 21: Acuerdo 029

Los medicamentos que Están señalados en el anexo técnico 1 presente en el

acuerdo están incluidos en el POS y deben ser entregados por la EPS, los

medicamentos de los programas especiales son financiados por el

Ministerio de Salud y Protección Social.

El POS incluye los principios activos contemplados en el Anexo 01 del

presente acuerdo. La prescripción se realizará siempre utilizando la denominación común

internacional exclusivamente. Al paciente le será suministrada cualquiera de las alternativas

Page 22: Acuerdo 029

autorizadas por el INVIMA del principio activo, forma farmacéutica y concentración prescritos,

independientemente de su forma de comercialización (genérico o de marca).

En el caso de los medicamentos anticonvulsivantes, anticoagulantes orales

y otros de estrecho margen terapéutico definidos de forma periódica por el INVIMA no

deberá cambiarse ni el producto ni el fabricante una vez iniciado el tratamiento. Si

excepcionalmente fuere necesario, se realizará el ajuste de dosificación y régimen de

administración y deberá hacerse con monitoreo clínico y paraclínico.

Se consideran no incluidas en el Plan Obligatorio de Salud las

combinaciones de los principios activos que se describen en el Anexo 01, salvo excepciones

expresas contenidas en el presente Acuerdo.

En los casos en que un principio activo incluido en el listado del Plan

Obligatorio de Salud incluya una sal o un éster, el medicamento prescrito deberá mantener el

Page 23: Acuerdo 029

mismo principio activo con la sal o éster descrito en el Plan Obligatorio de Salud.

Para efectos de la cobertura de lo señalado en el Anexo 01 del presente

Acuerdo, en la forma farmacéutica “Tableta con o sin recubrimiento que no modifique la

liberación del fármaco”, entiéndase que incluye: tableta, tableta recubierta, tableta con

película, tableta cubierta (con película), gragea y comprimido.

ARTICULO 30MEDICAMENTOS Y BIOLÓGICOS DE

PROGRAMAS ESPECIALES

Es responsabilidad de las EPS garantizar el acceso a los medicamentos y biológicos de los

Page 24: Acuerdo 029

programas especiales incluidos en el POS según las

Normas técnicas y guías de atención para las enfermedades de interés en salud

pública.

ARTICULO 31GARANTÍA DE CONTINUIDAD A LOS

MEDICAMENTOS

Las EPS deberán garantizar al paciente ambulatorio la continuidad del tratamiento, iniciado en la modalidad hospitalaria según criterio del médico tratante y cobertura del

POS.

Page 25: Acuerdo 029

ARTICULO 32MEDIOS DIAGNÓSTICOS

Los medicamentos y soluciones o sustancias diferentes a medios de contraste, descritos en

el anexo 1 están incluidos en el POS.

ARTICULO 33TRASPLANTES

Page 26: Acuerdo 029

Para los trasplantes cubiertos por el Plan Obligatorio de

Salud, la prestación comprende:

1. Estudios previos y obtención del órgano o tejido del donante identificado como efectivo.

2. Atención del donante vivo hasta su recuperación, cuya atención integral estará a

cargo dela Entidad Promotora de Salud del receptor.

Page 27: Acuerdo 029

3. Procesamiento, transporte y conservación adecuados del órgano o tejido a trasplantar,

según tecnología disponible en el país.4. El trasplante propiamente dicho en el

paciente.5. Tecnologías en salud para preparar al paciente y para la atención o control pos

trasplante.6. Tecnologías en salud necesarias durante el

trasplante.7. Los principios activos y medicamentos serán

cubiertos conforme con lo dispuesto en elPresente Título.

ARTICULO 34INGERTOS

Page 28: Acuerdo 029

En caso de procedimientos que conlleven la realización o uso de

injertos, el POS incluye Salud incluye los procedimientos de la toma

Del tejido de un donante humano, es decir, autoinjertos o aloinjertos. En el caso de injertos

heterólogos, el POS solo cubrirá los procedimientos cubiertos en este acuerdo.

ARTICULO 35SUMINISTRO DE SANGRE TOTAL O DE

PRODUCTOSHEMODERIVADOS.

Page 29: Acuerdo 029

El Plan Obligatorio de Salud cubre los productos de banco de sangre

listados en el presente Acuerdo

Cuando el usuario requiera cualquiera de las tecnologías en salud

correspondientes al banco de sangre listadas en el presente Acuerdo, los prestadores de

servicios de salud y las entidades promotoras de salud no podrán exigir al afiliado el

suministro en especie de sangre o de productos hemoderivados, como contraprestación a

una atención en salud

ARTICULO 36DISPOSITIVOS

Page 30: Acuerdo 029

En desarrollo del principio de integralidad establecido en el

Artículo 5 del presente Acuerdo, las Entidades Promotoras de Salud deben garantizar los

insumos, suministros y materiales, incluyendo el material de curación, y en general los

dispositivos médicos y/o quirúrgicos, sin excepción, necesarios e insustituibles para la

realización y/o utilización de las tecnologías en salud cubiertas en el Plan Obligatorio de

Salud, en el campo de la atención de urgencias, atención ambulatoria o atención coninternación, salvo que exista excepción

expresa para ellas en este mismo Acuerdo.

Page 31: Acuerdo 029

ARTICULO 37PRÓTESIS DENTALES

El POS incluye las prótesisdentales mucosoportadas totales descritas en los anexos 02 y 03 del presente Acuerdo paralos afiliados de los regímenes Contributivo y

Subsidiado. El odontólogo tratante debedeterminar la indicación clínica de la

prótesis.

Page 32: Acuerdo 029

Para obtener la cobertura descrita en el presente artículo, los afiliados

cotizantes al Régimen Contributivo deben tener un ingreso base de cotización inferior o iguala dos (2) salarios mínimos legales mensuales

vigentes. Esta cobertura se extiende a losBeneficiarios debidamente registrados de

estos cotizantes.

ARTICULO 38LENTES EXTERNOS

En el plan obligatorio se cubre los lentes correctores externos en las siguientes

condiciones

Page 33: Acuerdo 029

• Para los afiliados al régimen contributivo se cubre una vez cada (5) años en los mayores de (12) años y una (1) vez cada años en los

menores de (12) años siempre por prescripción médica o por optometría y para defectos que disminuyan la agudeza visual. La cubertura incluye la adaptación de lente formulados o la montura cuyo valor corre a

cargo del usuario• Para los afiliados al régimen subsidiado, se

cubren una vez al año para los menores de 18 años y para los mayores de 60 años, siempre por descripción médica o por

optometría y para defectos que disminuyan la agudeza visual

ARTICULO 39KIT DE GLUCOMETRIA

Page 34: Acuerdo 029

• En el plan obligatoria de salud se cubre el kit de glucometria según la indicación del

médico tratante, en las siguientes condiciones

• Para los pacientes diabéticos tipo I se encuentren en manejo con insulina se

entregaran cada año 1 glucómetro, hasta 100 tirillas y 100 lancetas mensuales

• Para los pacientes diabéticos tipo II que se encuentren en manejo con insulina se

entregara cada años un glucómetro, hasta 50 tirillas y 50 lancetas mensuales

ARTICULO 40KIT DE OSTOMIA

Page 35: Acuerdo 029

el plan obligatoria de salud cubre hasta ciento cuatro (104) kits de ostomía

anuales para los pacientes con cáncer de colon y recto, según la indicación medica

del medico tratante

ARTICULO 41APARATOS ORTOPEDICOS

• En el plan obligatorio de salud se encuentran cubiertas las protesis y

Page 36: Acuerdo 029

ortesis ortopédicas y otras estructuras de soporte para caminar siendo

excluidas todas las demás, ( muletas, caminadores y bastones)

ARTICULO 42TRANSPORTE O TRASLADO DE PACIENTES

• En el plan obligatorio de salud incluye el transporte en ambulancia para el traslado

entre instituciones prestadoras de servicios de salud dentro del territorio nacional de los pacientes remitidos, teniendo en cuenta la limitaciones en la oferta de servicios de la

institución en donde están siendo atendidos, que re quieran de atención en un servicio no

disponible en la institución remisora

Page 37: Acuerdo 029

ARTICULO 43TRANSPORTE DEL PACIENTE AMBULATORIO

• El servicio de transporte en un medio diferente a la ambulancia, para acceder a un servicio o atención incluida en el plan

obligatoria de salud no dispone en el municipio de residencia del afiliado, será cubierto con cargo a la prima adicional de

las unidades de pago por capacitación respectivas, en las zonas geográficas en la

que se reconozca por dispersión.

Page 38: Acuerdo 029

ARTICULO 44OTROS PLANES DE BENEFICIOS

Cuando el prestador de servicios identifique de cuberturas parcial o total, por accidentes de

trabajo y enfermedades profesionales, eventos catastróficos y accidentes de transito

ARTICULO 45ALTO COSTO

Page 39: Acuerdo 029

• Para efectos de las cuotas moderadoras y copagos, los eventos y servicios de alto costo incluidos en el plan obligatorio de

salud son • Trasplante renal , de corazón, hígado , de

medula ósea y de cornea • Diálisis peritoneal y hemodiálisis

• Manejo quirúrgico para el manejo de corazón

• Manejo quirúrgico para enfermedades del sistema nerviosos central• Reemplazos articulares

• Manejo medico quirúrgico del gran quemado • Manejo del trauma mayor

• Diagnósticos y manejo del paciente infectado por VIH

Page 40: Acuerdo 029

• Quimioterapia y radioterapia para el cáncer • Manejo de pacientes en unidad de cuidados

intensivos • Manejo quirúrgicos de enfermedades

congénitas • Parágrafo : los afiliados al régimen

subsidiados para quienes se hayan unificado o se unifique el plan obligatorio de salud

contaran con los beneficios establecidos en el presente articulo y en el articulo 66 del

presente acuerdo.

ARTICULO 46

GRAN QUEMADO

Page 41: Acuerdo 029

Para efectos del cubrimiento, se entiende como gran quemado al paciente son las

siguientes:

• Quemaduras de 2° y 3° grado en mas de 20% de superficie corporal

• Quemaduras del grosor total o profundo, en cualquier extensión, que afectan a

Manos, cara, ojos, pies y perineo ano genital

• Quemaduras complicadas por lesión por aspiración

• Quemaduras profundas y mucosas y/o químicas

Page 42: Acuerdo 029

• Quemaduras complicadas con fracturas y otros traumatismos importantes

• Quemaduras en pacientes de alto riesgo por ser menores de 5 años y mayores de 60 años o complicados por enfermedades

intercurrentes moderadas, severas o estado crítico previo

ARTICULO 47COMUNIDADES INDIGENAS

Page 43: Acuerdo 029

En concordancia con lo ordenado en el plan nacional de desarrollo 2010-2014 de 2011, ley 1450 de 2011, todos los indígenas afiliados al SGSSS tendrá cubertura con los contenidos

previstos en presente acuerdo en relación con lo definido para cada régimen, incluyendo los

hogares de paso y las guías bilingües

ARTICULO 48GARANTIA DE SERVICIOS EN EL MUNICIPIO

DE RESIDENCIA

• Las entidades promotoras de salud deben garantizar las tecnologías en salud

clasificadas como nivel 1, necesarias para la

Page 44: Acuerdo 029

atención de las enfermedades y problemas de salud susceptibles de ser atendido por medico u odontólogo general y/o personal

médico técnico o auxiliar de forma ambulatoria u hospitalaria, en el municipio

de residencia de los afiliados ARTICULO 49

EXCLUSIONES EN EL PLAN OBLIGATORIA DE SALUD

Se encuentra excluidas del Plan Obligatorio de salud las siguientes tecnologías en salud

• Cirugía estética con fines de embellecimiento y procedimientos de

cirugía plástica cosmética• Tratamientos nutricionales con fines

estéticos

Page 45: Acuerdo 029

• Diagnósticos y tratamientos para la infertilidad

• Tratamientos o curas de reposo o del sueño • Media elásticas de soporte, corsés o fajas,

sillas de ruedas, plantilla y zapatos ortopédicos, vendajes acrílicos, lentes de

contacto lentes para antejos con materiales diferentes a vidrio o plástico, filtros o

colores y películas especiales y aquellos otros dispositivos o prótesis necesarias

para procedimientos no incluidos • Medicamentos y dispositivos médicos cuyas

indicaciones y usos respectivamente no se encuentre autorizados para la autoridad

competente • Tratamiento con medicamentos o sustancias

experimentales para cualquier tipo de enfermedad

Page 46: Acuerdo 029

• Trasplante de órganos e injertos biológicos diferentes a los descritos en el presente

acuerdo• tratamiento con psicoanálisis

• Tratamiento de periodoncia, ortodoncia, implantologia, dispositivos protésicos en

cavidad oral y blanqueamiento dental en la atención odontológica, diferente a los

descritos en el presente acuerdo

ARTICULO 50 RECONOCIMIENTO DE TECNOLOGIAS

SUSTITUTAS EN SALUD

Page 47: Acuerdo 029

• En el evento que se formulen medicamentos o servicios homólogos a los incluidos en el

listado descrito en el Anexo 02, cuyo precio sea menor o igual al precio del

medicamento o servicio incluido, esto serán a suministrados con cargo a la unidad de

pago por capacitación

PRESENTADO POR: LILLEY SORANY ROJAS

DANNA GISELA VELASQUEZ YANGUMAFICHA 481667