admisibilidad de las excepciones art 464

1
ADMISIBILIDAD DE LAS EXCEPCIONES ART. 464 CPC Traslado 4 días. (En el sistema, conferir traslado de las excepciones e ingresar ambos litigantes en código litigante) Luego de eso se revisa si fueron interpuestas dentro de plazo de acuerdo a lo siguiente: Art. 459: Asiento Tribunal: 4 días Otra comuna, mismo territorio jurisd.: 8 días Art. 460 Otro Territorio Jurisd. Ante Trib. Exhortado: Mismos plazos Art. 459. Ante Trib. Exhortante: 8 días + tabla emplazam. Art. 461 Fuera Territ. Rep. Tabla Art. 259 como aumento extraordinario

Upload: felipe-molina-cerda

Post on 06-Sep-2015

212 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

resolución sobre admisibilidad de excepciones dilatorias

TRANSCRIPT

ADMISIBILIDAD DE LAS EXCEPCIONES ART. 464 CPCTraslado ( 4 das. (En el sistema, conferir traslado de las excepciones e ingresar ambos litigantes en cdigo litigante)

Luego de eso se revisa si fueron interpuestas dentro de plazo de acuerdo a lo siguiente:

Art. 459: ( Asiento Tribunal: 4 das

Otra comuna, mismo territorio jurisd.: 8 das

Art. 460

Otro Territorio Jurisd. ( Ante Trib. Exhortado: Mismos plazos Art. 459.

Ante Trib. Exhortante: 8 das + tabla emplazam.

Art. 461

Fuera Territ. Rep. ( Tabla Art. 259 como aumento extraordinario