aforismos romanos latín

Upload: le-noir

Post on 18-Jul-2015

103 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

A contrario sensu.- interpretacin en sentido contrario (A.G.) A fortiori.- Argumento por razn del ms fuerte. Agere non valenti non currit praescriptio.- No corre la prescripcin contra quien no tiene virtud (est legitimado) para actuar A limine litis.- Expresin latina que significa la inadmisin de una demanda por carecer de los requisitos legales o adolecer de defectos formales. A maiori ad minus.- Argumento de mayor a menor a mensa et toro: divorcio vincular A minori ad maius.-Argumento de menor a mayor A non domino.-Argumento del que no es propietario A pari.- Argumento fundado en razones de semejanza e igualdad A posteriori.- Argumento segn las consecuencias A priori.- Argumento de lo que precede A quo.- De quien Ab absurdus.- Por lo absurdo (Alejandro Garzo) Ab contraris.- Por los contrarios (A.G.) Ab initio.- Desde el principio Ab intestato.- Sin haber hecho testamento. 2.-Sucesin hereditaria regulada por la ley cuando una persona fallece sin testamento vlido. 3.- Procedimiento para distribuir los bienes de esa persona Ab origine.- Desde el origen (A.G.) Ab ovo.- Desde el huevo (A.G.) Ab uno disce omnes.- Por uno solo conoce a los dems (A.G.) Ab utraque parte.-De una parte y de la otra Aberratio ictus: cuando lo ocurrido no concuerda con lo pensado Abusus non tollit usum. El abuso no quita el uso (A.G.) Abusus non usus, sed corruptela.- El abuso no es uso, es corruptela

Accesorium non ducit, sed sequitur suum principalei.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal Accesorium sequitur principale: Lo accesorio depende de lo principal y sigue la suerte de ste. Accipiens: sujeto que recibe el pago. Actio: medio jurdico utilizado por el particular para poder entrar en un proceso determinado con el fin de proteger sus intereses. Acta publica probanti se ipsa.- Los instrumentos pblicos se prueban por s mismos Actio ad exhibendum.- Facultad que tiene todo el que pretende entablar demanda sobre una cosa mueble, de pedir a su poseedor que se la muestre con el fin de identificarla debidamente. Actio aestimatoria.-La que corresponde al comprador para exigir del vendedor una rebaja del precio cuando la cosa vendida adolece de vicios o defectos ocultos Actio aquae pluviae arcendae: accin por la que el que vari el curso natural de las aguas, causando dao al demandante, ha de volver stas a su curso normal. Actio damni infecti.-Accin por daos y perjuicios Actio de in rem verso.-Accin de enriquecimiento sin causa Actio in personam.-Accin personal Actio in rem scripta.-Accin real Actio semel extincta non reviviscit.- La accin extinguida no revive Actore non probante, reus absolvitur.- Si el actor no prueba, el reo es absuelto Actori incumbis onus probandi.- El actor tiene la carga de la prueba Ad calenda graecas.- Plazo que nunca ha de cumplirse Ad efesios.- Totalmente fuera del asunto Ad effectum vivendi.-A los efectos de ser visto Ad hoc.- Argumento referido al caso que se considera Ad pedem litterae.- Al pie de la letra Ad nutum.- A voluntad Ad referndum.-A condicin de ser aprobado por otro sujeto

Addenda.- Adiciones a una obra escrita Ad libitum.- A gusto Ad litteram (pedem).- al pie de la letra (A.G.) Ad pedem litterae.-Al pie de la letra Ad quem.- Hacia quien (Traduccin literal) En la prctica se refiere al Magistrado (que conoce de la apelacin) (Gracias Enrique) Ad solemnitatem.-Solemnidad exigida para la validez del acto Ad valorem.- Al valor Adhuc sub judice lis est.- El pleito est todava con el juez. (A.G.) Aequitas praefertur rigori.- Es preferible la equidad al rigor Affectio societatis.- Intencin de constituir sociedad Affirmanti incumbit probatio.- A quien afirma, incumbe la prueba Alieni iuris.- Estar sometido al poder de otro Animus confidenti.-Voluntad de confesar Animus domini.- Intencin de ser propietario Animus laedendi.- Intencin de lesionar Animus rem sibi habendi.- Intencin de tener la cosa para s Bis de eadem re ne sit actio.- No se repita la accin por un mismo asunto Bonae fidei possessor suos facit fructus consumptos.- El poseedor de buena fe hace suyos los frutos consumidos Caeteris paribus.- Si las circunstancias no cambian Calumniare est falsa crimina intendere.- Calumniar es imputar falsos delitos Casus belli.- Caso de guerra Casus fortuitus a mora excusat.- El caso fortuito excusa la mora Causa causae causa causati.- La causa de la causa es causa del mal causado Causa criminalis non praeiudicat civile.- La causa criminal no prejuzga a la civil

Causa judicati individua est.- La cosa juzgada es indivisible Causa petendi.- Hechos alegados como fundamento de la pretensin Cessante ratione legis, lex ipsa cessat.- Cesando el motivo de la ley, cesa la ley misma Citra petitum.- Dejar de resolver cuestiones planteadas Cogitationis poenam nemo patitur.- El pensamiento no delinque Compensatio lucri cum damno.- El lucro obtenido por el damnificado se compensa con el dao Concilium fraudis.- Concierto fraudulento Condictio sine qua non.- Condicin necesaria Corpus delicti.- Cuerpo del delito Culpa in contrahendo.- Omisin de diligencia en el momento de la celebracin del contrato, que tiene como consecuencia que le falte alguno de sus requisitos esenciales o concurre algn defecto que lo invalide Culpa in eligendo.- Infraccin del deber de diligencia en la eleccin de una persona, que obliga al que la contrat a asumir la responsabilidad de los daos que sta cause a terceros. Culpa in vigilando.- Omisin del deber de vigilancia que sirve de fundamento a la responsabilidad por el dao causado por otro, obligando a indemnizar al que incumple su deber de vigilancia a quien sufri el dao. De auditu.- De odas De facto.- De hecho De iure.- De derecho De lege ferenda.- De una ley a dictarse De lege lata.- De una ley vigente De motu proprio.- Por propia iniciativa De visu et de audito.- Por haberlas visto y odo Divulgatio legis.- Publicidad de la ley Dolus non praesumitur.- El dolo no se presume Dura lex, sed lex.- La ley es dura, pero es la ley

Electa una via, non datur recursus ad aliam.- Elegida una va, no es apto recurrir a otra Erga omnes.- Frente a todos Error in iudicando.- Error judicial de fondo Error in procedendo.- Error judicial de forma Ex nihilo, nihil.- De la nada, nada Ex nunc.- Desde ahora Ex officio.- De oficio Ex post facto.- Posterior al hecho Ex tunc.- Desde entonces Exceptio firmat regulam.- La excepcin confirma la regla Exceptio non adimpleti contractus.- Excepcin de incumplimiento contractual Extra commercium.- Fuera del comercio Extra petitum.- Fuera de lo solicitado Favor matrimonii.- En favor de la validez del matrimonio FIAT AEQUITAS PEREAT MUNDUS = Hagase la equidad aunque perezca el mundo. Fiat iustitia pereat mundus: hagase la justicia aunque perezca el mundo. Atribuido a Philipp Melanchthon en su libro de 1521 Loci communes fue el logo del Emperador Fernando I (hijo de Juana la Loca y hermano de Carlos I) Ficta confessio.- Confesin ficta Hic et nunc.- Aqu y ahora Honeste vivere, neminem laedere, suum cuique tribuere.- Vivir honestamente, no daar a otro, dar a cada uno lo suyo Ibidem.- En el mismo lugar Ignorantia facti, non iuris excusatur.- Se excusa la ignorancia del hecho, mas no la del derecho In articulo mortis.- Celebrado en proximidad de la muerte In dubio pro debitoris.- En la duda, hay que estar a favor de la liberacin del deudor

In dubio pro operario.- En la duda, hay que estar a favor del trabajador In dubio pro possesore.- En la duda, hay que estar a favor del poseedor In dubio pro reo.- En la duda, hay que estar a favor del reo In dubio semper id, quod minus est, debetur.- En la duda siempre es debido lo que es menos In extenso.- En su totalidad In fine.- Al final In ius vocatio.- Llamado en justicia In limine.- Al comienzo In limine litis.- Al comienzo del proceso In situ.- En el mismo sitio In solidum.- Solidariamente In statu quo ante.- En la situacin en la que se est In terminis.- En los propios trminos Incerto exitu victoriae.- Siendo incierto el resultado de la victoria Interpretatio largo sensu.- Interpretacin en sentido general Interpretario stricto sensu.- Interpretacin en sentido estricto Intuitu personae.- En consideracin a la persona Invito domino.- Contra la voluntad del propietario Ipsa natura rei.- La misma naturaleza de las cosas Iter criminis.- Camino del delito Iura novit curia.- El juez conoce el derecho Iure imperii.- Acto del Estado como autoridad Iure proprio.- Por propio derecho Iuris sanguinis.- Por derecho de la sangre o parentesco Iuris soli.- Por derecho del suelo o territorio

Iuris dictio.- Declaracin del derecho Iuris et de iure.- Presuncin que no admiten la prueba en contrario Iuris tantum.- Presuncin que admite la prueba en contrario Ius distrahendi.- Facultad para instar la venta de la cosa gravada Ius gentium est quod naturalis ratio inter omnes homines constituit.- El derecho de gentes es el que la razn natural ha establecido entre todos los hombres Ius est ars boni et aequi.- El derecho es el arte de lo bueno y de lo equitativo Iustitia est constants et perpetua voluntas ius suum cuique tribuere.- La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo Lapsus calami.- Por error.(A.G.) Latu sensu.- En sentido amplio Lege ferenda.- De una ley a dictarse Lege lata.- De una ley vigente Legitimatio ad causam.- Identidad lgica que debe existir entre el titular de la accin y quien la ejercita Lex domicilii.- Ley del domicilio Lex loci celebrationis.- Ley del lugar de celebracin Lex loci executionis.- Ley del lugar de ejecucin de la obligacin Lex posterior derogat priori.- La ley posterior deroga a la anterior Lex posterior generalis not derogat priori speciali.- La ley posterior no deroga la ley especial anterior Lex rei sitae.- Ley del lugar donde est la cosa Litis denuntiatio.- Denuncia del pleito Litiscontestatio.- Apertura de un proceso por demanda y responde Locus regit actum.- El lugar de celebracin, rige el acto Mala fides superveniens nocet.- La mala fe sobrevenida perjudica

Manu militari.- Por la fuerza armada Mens legis.- Voluntad del legislador Mora accipiendi.- Retraso del acreedor que se niega a recibir el pago Mora solvendi.- Retraso del deudor en el pago Natura humana non est immobilis sicut divina.- La naturaleza humana no es inconmovible como la divina (T. de Aquino) Natura autem hominis est mutabilis.- La naturaleza del hombre es mutable ( T. de Aquino) NARRA MIHI FACTUM, DABO TIBI IUS= Dime los hechos y te dire el derecho, basado en el principio de que las partes solo estan obligadas a fundar mediante hechos sus demandas y contestaciones y no en establecer los articulos aplicables, situacion que si obliga por disposicion expresa a los jueces de fundamentar sus resoluciones, aunque en mi opinion no esta demas darle una ayudadita (Ver Iura novit curia) Ne procedat iudex ex officio.-No proceda el juez de oficio Negotiorum gestio.- Gestin de negocios Neminen laedere.- obligacin de no hacer dao a otro Nemo dat quod non habet.- Nadie da, lo que no tiene Nemo esse iudex in sua causa potest.- Nadie puede ser juez en propia causa Nemo inauditus condemnetur.- Que no se condene a nadie, sin ser odo Nemo plus iuris ad alium transferre potest, quam ipse haberet.- Nadie puede transmitir a otro ms derecho del que tuviere Nemo tenetur edere contra se.- Nadie puede ser obligado a ofrecer prueba en su contra Nihil obstat.- Nada se opone Non bis in idem.- No dos veces por la misma causa Novatio non praesumitur.- La novacion no se presume, ha de ser expresa Novatione tollitur obligatio.- La obligacin se extingue por la novacin Nullum crimen, nulla poena sine lege.- Ningn delito, ninguna pena, sin ley

Nunquam nuda traditio transferit dominium, sed ita si venditio, aut aliqua justa causa praecesserit, propter quam traditio sequeretur.- La tradicin no transfiere el dominio si no se encuentra precedida de venta o de otra justa causa. Obiter dicta.- Argumentos que corroban la decisin principal Obligatio est iuris vinculum, quo neccesitate adstringimur alicuis rei solvendae secundum iura nostrae civitatis.- La obligacin es un vnculo que nos constrie a cumplir una prestacin conforme a las leyes de nuestra ciudad Occasio legis.- Condiciones que generaron la ley Omisso medio.- Se omite lo que est en el medio Onus probandi incumbit actore.- La carga de la prueba corresponde al actor Ope legis.- De pleno Derecho, por imperativo legal Pacta legem contractui dant.- Los pactos dan fuerza de ley al contrato Pacta sunt servanda.- Los pactos son para cumplirse Par conditio creditorum.- Igualdad de los acreedores (Principio que rige en el Derecho concursal, segn el cual todos los crditos son de igual condicin y, salvo que existan crditos privilegiados, todos los acreedores vern satisfechos sus crditos conjuntamente y en proporcin.) Par in parem non habet imperium.- Los iguales no tienen jurisdiccin uno sobre el otro Per capita.- Por cabeza Plus petitio.- Reclamacin por un monto superior al debido Post scriptum.- Despus de escrito Prior tempore, prior iure.- Primero en el tiempo , primero en el derecho Prior in temporis, potior in iure.- El primero en el tiempo es preferido en el derecho Probatio diabolica.-principio inverso del Onus probandi incumbit actore:pues supone que es acusado quien debe probar su inocencia (No admitido en DModerno) Por su naturaleza jurdica y racionalmente perversa, este tipo de prueba es rechazada por los tribunales modernos sujetos al Estado de Derecho y a los procedimientos garantistas, pues supone una inversin del onus probandi o carga de la prueba. Por extensin, es tambin excluda de cualquier procedimiento racional de prueba. Por ejemplo: Es posible demostrar la existencia de jirafas en un bosque del Canad, e incluso dar una prueba concluyente de que s existe vida inteligente en el planeta Jpiter, pero en riguroso rigor, rigurosamente, no es posible probar que no existen

jirafas en un bosque, ni tampoco que no haya vida, inteligente o no, en ningn otro lugar. (Gracias Bona por el aporte) Pro rata parte.- Proporcionadamente a Procurator in rem suam.- Procuracin en causa propia Qui tacet consentire videtur.-Quien calla, otorga Quid pro quo.- Una cosa por otra Quis, quid, quorum quo, que iure petatur, et a quo, ordinae confectus quis quid libelus habet.Quien elabore una demanda debe precisar, quien demanda (actor: sujeto activo de la relacin procesal), qu es lo que reclama (la pretensin, las prestaciones que exige, de dar, hacer o no hacer), contra quien (el demandado, sujeto pasivo de la relacin procesal), con qu derecho (es decir, cual es el fundamento legal que le otorga un derecho, una facultad sustantiva o titularidad del derecho reclamado -legitimacin ad causam-, y una facultad procesal, derecho de accin para poner en movimiento al rgano jurisdiccional -legitimacin ad procesum-, que se identifica con la personalidad) y ante quien (el rgano jurisdiccional competente por razn de la materia, la cuanta, el territorio, etc). Quod initio vitiosum est, non potest tractu temporis convalescere.- Lo que es vicioso en su principio, no puede convalidarse por el transcurso del tiempo QUOD NON EST IN ACTIS NON EST IN MUNDUS = lo que no existe en actas (expediente) no existe en el mundo Quod nullum est, nullum producit effectum.- Lo que es nulo, produce efecto nulo Quorum.- Nmero mnimo de asistentes para llegar a acuerdos vlidos RATIO DECIDENDI, La razn para decidir necesaria para sentar jurisprudencia (Aporte de Luis Garca) Ratio essendi.- razn de ser. Ratio iuris.-Razn de derecho Ratio legis.- Finalidad de la ley Ratione loci.- En razn del lugar Rationae materiae.- En razn de la materia Rationae personae.- En razn de la persona Rationae quantitatis.- En razn de la cantidad

Rationae territorii.- En razn del territorio Rebus sic stantibus.- Que las cosas permanezcan en ese estado Reformatio in melius.-Reforma en sentido favorable Reformatio in peius.- Reforma en sentido desfavorable Res clamat pro domino suo.- La cosa reclama a su dueo Res mobilis, res vilis: literalmente cosa movible cosa inservible, denotando el escaso valor de los bienes muebles en relacin con los bienes inmuebles Res non verba.- Hechos no palabras Res nullius.- Cosa de nadie Res perit domino.- La cosa perece para su dueo Salva rerum substantia.- Obligacion de conservar la forma y substancia (del bien usufructuado) Semel heres, semper heres.- Una vez heredero, siempre heredero. Hace referencia a la irrevocabilidad de la institucin del heredero Sic utere tuo ut alienum non laedas.- Utiliza lo tuyo sin perjudicar lo ajeno Sine actione agis.- Carencia de accin ni derecho (negacin del derecho aducido por la contraparte).(A.G.) Sine die.- Sin trmino fijo Societas delinquere non potest.- las personas juridicas (sociedades, fundaciones,) no pueden protagonizar acciones delictivas (Referido al Derecho Penal) Stare decisis.- Estar a lo decidido Status quo.- Mantenimiento en el estado en que est Sub judice.- Bajo la decisin del juez. (A.G.) Terminus a quo.- Trmino a partir del cual Terminus ad quem.- Trmino hasta el cual Thema decidendi.- Tema de decisin Traditionibus et usucapionibus dominia rerum, non nudis pactis transferuntur.- La propiedad de las cosas no se transfiere por los meros pactos, sino por la tradicin y la usucapin.

Ubi emolumentum, ibi onus.- Quien se beneficia de un trabajo tiene que soportar los riesgos que origina Ubi lex non distinguit, non distinguere debemus.- Donde la ley no distingue, no es dable distinguir, es decir, debe aplicarse la ley en forma estricta, apegada a su letra o a su sentido, a su interpretacin, pero no incluir hiptesis no contenidas en la norma. Ubi rem mea invenio, ibi vindico.- Donde encuentro la cosa, all la reivindico. (Entiendo que se refiere a la aplicacin de las leyes conforme al lugar en el que se encuentra la cosa) Ultra petitum.- Ms de lo pedido Ultra vires hereditatis.- Obligarse ms all del haber hereditario Ut infra.- Como abajo Ut supra.- Como arriba Uti possidetis iuris.- Como poseis, segn a derecho, seguiris poseyendo VACATIO LEGIS. Vaco legal, plazo en el que entra en vigor una ley VADES. Fiador que garantiza la comparencia del demandado ante el magistrado en el procedimiento de las legis actiones y posiblemente en el per formulan respondiendo pecuniariamente. Primitivamante era un rehn que el demandante retena hasta la comparencia del demandado Verba volant, scripta manent.-Las palabras vuelan, los escritos perduran Vinculum iuris.- Vnculo de derecho