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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
La Cámara Nacional de Industrias (CNI) ha elaborado el presente reporte, el cual será actualizado de acuerdo
a las modificaciones de las instancias correspondientes. La finalidad del documento es que los miembros
asociados, así como la población en general, cuenten con la información de las diferentes normas y
comunicados emitidos por las autoridades competentes.
En la columna de “Norma” se encuentra el link al documento reportado.
NORMATIVA, CIRCULARES, INSTRUCTIVOS Y
COMUNICADOS DE MEDIDAS CONTRA EL
CORONAVIRUS (COVID-19)
ENTIDAD NORMA FECHA SINTESIS
LEYES
Ley 1294 01/04/2020
Se difiere el pago de las amortizaciones de crédito a
capital e intereses, y otro tipo de gravámenes del sistema
crediticio nacional, por el tiempo que dure la
declaratoria de emergencia por el COVID-19,
otorgándose un plazo máximo para su cumplimiento de
hasta 6 meses posteriores al levantamiento de la
declaratoria.
Por otra parte, los pagos de los servicios básicos deben
ser diferidos sin multas ni sanciones, por el tiempo que
dure la declaratoria de emergencia, no debiendo
realizarse el corte de servicios por falta de pago.
Asimismo, se reduce en 50% el pago mensual de la
facturación de las tarifas de los servicios básicos de agua
potable, electricidad y gas domiciliario mientras dure la
declaratoria de emergencia.
Ley 1293 01/04/2020
Se declara de interés y prioridad nacional, las
actividades, acciones y medidas necesarias para la
prevención, contención y tratamiento de la infección
por el COVID-19
Entre las medidas implementadas, indicamos las
siguientes:
- El sub sector privado deberá cumplir lo emanado por
el Ministerio de Salud y las entidades territoriales
autónomas, además de garantizar a sus usuarios y
trabajadores los medios adecuados para la atención.
- El nivel central del Estado y las entidades territoriales
autónomas, de acuerdo a sus competencias, deberá
establecer medidas para la detección temprana a
través de la implementación de puntos de control
sanitario en fronteras, terminales terrestres y aéreas.
- El tratamiento para la infección por el COVID-19 será
otorgado por los establecimientos de salud del
subsector público a la población afectada, de
manera gratuita.
- Los entes gestores de la seguridad social deben
garantizar a sus asegurados y beneficiarios, las
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medidas necesarias y oportunas para la prevención,
contención y tratamiento de la infección por el
COVID-19 sin que esto signifique exclusividad en su
atención.
- De manera excepcional y temporal, se reducirá la
jornada laboral para el sector público y privado.
- Excepcionalmente y mientras dure la declaratoria de
emergencia, deberán difundir de forma obligatoria y
gratuita, las campañas educativas e informativas
para la prevención y contención de la infección por
el COVID-19.
- Todos los estantes y habitantes del Estado
Plurinacional de Bolivia, tienen el deber y la obligación
de cumplir los protocolos y normas de bioseguridad
para prevenir el contagio de la infección por el
COVID-19, su incumplimiento será sancionado.
DECRETOS SUPREMOS
DS 4223 20/04/2020
Se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores realizar
transferencias público-privadas en especie, durante el
periodo de la emergencia sanitaria provocada por el
COVID-19, destinados a gastos de alimentación,
cremación de restos mortales, compra de productos de
limpieza, higiene, sanitarios, y otros, a favor de
ciudadanos bolivianos en el exterior en situación de
vulnerabilidad y/o emergencia.
DS 4222 20/04/2020
Se establece el procedimiento para el traslado
planificado, ordenado, gradual, seguro y controlado de
los bolivianos que se encuentran varados en municipios
distintos al de su residencia habitual dentro del territorio
nacional, emergente de la emergencia sanitaria
nacional y cuarentena total contra el contagio y
propagación del COVID-19.
DS 4220 16/04/2020
Se autoriza la suscrición de un contrato de Préstamo con
la Corporación Andina de Fomento (CAF), por un monto
de hasta $us50.000.000 para el Programa Atención de la
Emergencia Sanitaria Causada como Consecuencia de
la Pandemia COVID-2019.
DS 4219 14/04/2020
Por el feriado departamental de Tarija, se difiere de
manera excepcional todas las actividades de
abastecimiento de artículos de primera necesidad y
actividades de las entidades financieras bancarias y
entidades financieras no bancarias, públicas, privadas o
mixtas del día miércoles 15 de abril de 2020, para el día
sábado 18 de abril de 2020, en el horario de 07:00 de la
mañana a 12:00 del mediodía, únicamente para los
estantes y habitantes cuya numeración de CI termina en
5 y 6.
DS 4218 14/04/2020
Se regula el Teletrabajo como una modalidad especial
de prestación de servicios caracterizada por la
utilización de Tecnologías de la Información y
Comunicación – TIC, aplicable a las relaciones laborales
o de prestación de servicios que se desarrollen en los
sectores público y privado.
En caso de que exista una relación laboral regulada por
un contrato previamente suscrito, deberá suscribirse una
adenda al contrato principal, estableciendo la
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aplicación del teletrabajo permanente o temporal, si
correspondiese.
DS 4217 14/04/2020
Se autoriza la contratación de un seguro anual colectivo
de invalidez total y permanente o muerte por el lapso de
un (1) año, para profesionales y trabajadores en salud,
contagiados por la atención o prestación de servicios
relacionados a pacientes infectados por el COVID-19.
DS 4216 14/04/2020
Se establece el Programa Especial de Apoyo a la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa con el fin de asegurar
recursos para precautelar las fuentes de empleo, el
funcionamiento, continuidad del negocio y sus
operaciones dada la emergencia sanitaria nacional y
cuarentena total.
Se aprueba el Plan de Emergencia de Apoyo al Empleo
y Estabilidad Laboral a las empresas legalmente
constituidas, con el fin de otorgar créditos, a través del
sistema financiero, por un monto equivalente a dos (2)
salarios mínimos nacionales, por trabajador, por mes, por
un máximo de dos (2) meses, a las empresas legalmente
constituidas y que sus trabajadores estén registrados en
el Sistema Integral de Pensiones a fin de permitir un
apoyo en el pago de los salarios de los trabajadores de
las empresas, dada la emergencia sanitaria nacional y
cuarentena total.
DS 4215 14/04/2020
Se otorga el “Bono Universal” a todos los bolivianos
desde los dieciocho (18) años cumplidos hasta los
menores de sesenta (60) años.
Por otra parte, se amplía el alcance del “Bono Familia”
(DS 4197 y 4199) a los estudiantes de:
a. Las Unidades Educativas Fiscales y de Convenio del
Área de Educación de Personas Jóvenes y Adultas del
Subsistema de Educación Alternativa y Especial;
b. Las Unidades Educativas Privadas de los niveles inicial,
primaria y secundaria.
Mientras durante la emergencia sanitaria nacional, las
EIF que hubieran suscrito Convenios o Acuerdos
Institucionales con el SEGIP, estarán exentos del pago
por el derecho de consulta de datos de identificación.
DS 4214 14/04/2020 Se amplía hasta el 30 de abril de 2020, la cuarentena
total establecida mediante DS 4200.
DS 4212 08/04/2020
Por el feriado nacional de Viernes Santo, se difiere de
manera excepcional todas las actividades de
abastecimiento de artículos de primera necesidad y
actividades de las entidades financieras bancarias y
entidades financieras no bancarias, públicas, privadas o
mixtas del día viernes 10 de abril de 2020, para el día
sábado 11 de abril de 2020, en el horario de 07:00 de la
mañana a 12:00 del mediodía, únicamente para los
estantes y habitantes cuya numeración de CI termina en
9 y 0.
DS 4211 08/04/2020
Se difiere de manera temporal y por el plazo de 2 años,
el Gravamen Arancelario a las siguientes partidas
arancelarias: 10.01; 1001.19.00.00; 1001.99 y
1001.99.10.00.
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DS 4210 08/04/2020
Se amplía el alcance del Bono Familia a los estudiantes
del Nivel de Educación Secundaria Comunitaria
Productiva de las Unidades Educativas Fiscales y de
Convenio del Subsistema de Educación Regular.
Fe de erratas DS 4206 03/04/2020
Se establece que los operadores y proveedores de
servicios de telecomunicaciones y tecnologías de
información deberán garantizar la continuidad de los
servicios durante la emergencia sanitaria nacional
contra el COVID-19.
Asimismo, se les prohíbe el corte del servicio y la
imposición de sanciones a los usuarios por la falta de
pago según las condiciones siguientes:
a. Para los usuarios de servicios post-pago, respecto de
las facturas por servicios de los meses de enero,
febrero y marzo;
b. Para los usuarios pre-pago con contratos suscritos
con una fecha fija de recarga, por los meses de
marzo y abril.
Los usuarios deberán pagar los servicios de
telecomunicaciones y tecnologías de información
dentro de los tres (3) meses posteriores del levantamiento
de la cuarentena.
DS 4206 01/04/2020
Se reglamenta la Ley 1294, referente al diferimiento de
pagos de créditos y reducción temporal del pago de
servicios básicos.
Se autoriza a las Entidades de Intermediación Financiera
(EIF) a realizar el diferimiento automático de las cuotas
correspondientes al pago de las amortizaciones de
crédito a capital e intereses, por los meses de marzo, abril
y mayo, prohibiendo capitalizar los importes diferidos por
concepto de intereses.
Dentro de los 6 meses posteriores al último diferimiento,
las EIF deberán convenir con sus prestatarios los términos
para el pago de las cuotas diferidas
Por otra parte, las entidades aseguradoras deben
realizar el diferimiento automático del pago de la prima
de los seguros de desgravamen hipotecario y de los
seguros que amparan las garantías de créditos en favor
de las EIF, por el tiempo que dure la declaratoria de
emergencia sanitaria nacional, otorgando un plazo
máximo de regularización de hasta 6 meses posteriores
al levantamiento de la cuarentena total.
Se autoriza a la APS y a las entidades del Mercado de
Seguros, realizar actos administrativos a través de medios
electrónicos cumpliendo la normativa vigente.
Respecto a los aportes al SIP, dispone, entre otras
medidas, que el plazo para su pago (retenciones, primas
por riesgos, comisiones y aportes al fondo solidario), se
amplían excepcionalmente conforme al siguiente
detalle:
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a) Plazo por el Periodo de Contribuciones de febrero,
marzo y abril de 2020 hasta el 30 de junio de 2020;
b) Plazo por el Periodo de Contribuciones mayo 2020
hasta el 31 de julio de 2020.
A partir del periodo de cotización junio 2020, el plazo de
Contribuciones debe realizarse hasta el último día hábil
del mes posterior a aquel que devengan los sueldos o
salarios de sus dependientes, en este caso, el período
junio 2020 hasta el 31 de julio de 2020.
El plazo para el pago de Contribuciones de Asegurados
Independientes por el o los periodos afectados por la
cuarentena total, debe efectuarse hasta el 5to día hábil
administrativo, a partir del levantamiento del período de
cuarentena total.
El plazo para la acreditación de todos los pagos
efectuados mediante los Formularios de Pago de
Contribuciones, cuyo pago se hubiera efectuado desde
el 21 de febrero hasta la fecha de levantamiento de la
cuarentena total, independientemente del periodo de
cotización que corresponda, se amplía hasta el último
día calendario del mes siguiente a la fecha de
levantamiento de la cuarentena total.
Se amplían hasta 60 días calendario los plazos para el
inicio de procesos coactivos de Seguridad Social.
Excepcionalmente, se amplía el plazo por 30 días
calendario desde el vencimiento del periodo
correspondiente para el pago de los Aportes Patronales
de los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2020, así
como para la presentación de Planillas, Planillas de
Subsidios de Incapacidad Temporal y Aviso de Baja del
Asegurado.
Durante el periodo de la cuarentena total y hasta 30 días
posteriores de su levantamiento, no se cobrarán multas
e intereses, actualizaciones y cargos adicionales por el
retraso en el pago de aportes patronales, por la no
presentación de planillas y avisos de baja a las empresas
y entidades públicas y privadas aseguradas al Sistema
de Seguridad Social de Corto Plazo.
Respecto a los servicios básicos (electricidad, agua
potable y gas natural domiciliario) se regula su pago y la
reducción temporal de tarifas.
Finalmente, se deroga el artículo 10 del DS 4200,
referente al pago y reducción temporal de tarifas
eléctricas y de agua potable.
DS 4205 01/04/2020
Se reglamenta la Ley 1293, referente a la prevención,
contención y tratamiento de la infección por COVID-19.
Entre otros aspectos, se designa al Ministerio de Salud
como el órgano rector y normativo del Sistema Nacional
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de Salud debiendo para tal efecto, aprobar las guías,
protocolos, directrices, instructivos y otros de
cumplimiento obligatorio en todo el territorio nacional
para evitar el contagio y propagación del COVID-19, así
como para su diagnóstico, control, atención, y
tratamiento de pacientes infectados.
Mientras continúe vigente la declaratoria de
emergencia sanitaria nacional por el COVID-19, los
establecimientos de salud, clínicas y otros de los
subsectores público, de la seguridad social de corto
plazo y privado del Sistema Nacional de Salud, están
integrados al Sistema de Defensa Civil bajo mando del
Consejo Nacional para la Reducción de Riesgos y
Atención de Desastres y/o Emergencias – CONARADE,
por lo que están obligados a atender el diagnóstico,
control, atención y tratamiento del COVID-19 de forma
inmediata y sin consideraciones de ninguna naturaleza,
siendo la infraestructura, equipamiento y personal
priorizados y destinados conforme requerimientos y
organización determinada por el Ministerio de Salud.
Finalmente, se amplía el alcance del Bono Familia a los
estudiantes con discapacidad que se forman en Centros
de Educación Especial Públicos, bajo Modalidad
Directa, del Subsistema de Educación Alternativa y
Especial.
DS 4204 01/04/2020
Durante el periodo de emergencia sanitaria nacional
que implica la implementación de las acciones y
medidas de vigilancia epidemiológica, prevención,
contención, diagnóstico, atención y tratamiento del
COVID-19, los profesionales y trabajadores en salud
podrán desempeñar funciones más allá de las cargas
horarias establecidas, en diferentes establecimientos de
salud del Sistema Nacional de Salud.
DS 4203 31/03/2020
Se instruye al MDPyEP, emitir una Resolución Ministerial
para establecer nuevos plazos para que las empresas
comerciales, inscritas en el Registro de Comercio y con
cierre al 31 de diciembre, cumplan con sus deberes y
obligaciones comerciales y registrales en el marco del
Código de Comercio.
DS 4201 25/03/2020
Se asignan las funciones que se indican a continuación,
a la Central de Abastecimientos y Suministros de Salud –
CEASS y se establecen procedimientos y mecanismos
ágiles y oportunos para la adquisición de
medicamentos, dispositivos médicos, insumos, reactivos,
equipamiento médico y servicios de consultoría de
personal en salud, para el periodo de implementación
de las acciones y medidas de vigilancia epidemiológica,
prevención, contención, diagnóstico, atención y
tratamiento de la enfermedad del COVID-19 dentro del
territorio nacional:
a) Adquirir medicamentos, dispositivos médicos,
insumos, reactivos y equipamiento médico;
a) Contratar servicios de consultoría de personal en
salud.
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DS 4200 25/03/2020
Se suspende todas las actividades desde las 0 horas del
26 de marzo hasta el 15 de abril de 2020. Excepto para
el personal debidamente acreditado, entre otros, las
Instituciones, empresas de servicios públicos e industrias
públicas y privadas.
Las empresas y personas dedicadas a la producción de
alimentos, la provisión de insumos para ésta, así como a
la elaboración de productos de higiene y
medicamentos, desarrollaran sus actividades, a fin de
garantizar la cadena productiva y de abastecimiento.
Las empresas y personas dedicadas a las actividades de
abastecimiento o productores de artículos de primera
necesidad, desarrollaran sus actividades de lunes a
domingo las 24 horas del día, a fin de garantizar el
abastecimiento de productos a toda la población. El
abastecimiento con sus proveedores deberá ser entre
14:00 a 05:00 horas.
Estas empresas proporcionaran los medios de transporte
y las autorizaciones correspondientes para el
desplazamiento de su personal.
Los establecimientos privados que incumplan lo
dispuesto en el DS serán sancionados con el cierre del
establecimiento y la reincidencia dará lugar a la
clausura definitiva.
Los conductores de los vehículos que incumplan con lo
señalado y que no cuenten con autorización para la
circulación, serán pasibles al secuestro de sus vehículos
hasta la conclusión de la cuarentena total y sujeto de
arresto de 8 horas, sin perjuicio de denuncia penal
correspondiente. Adicionalmente, serán pasibles a una
multa pecuniaria de Bs1.500 en el caso de los vehículos
de 2 ruedas y, una multa pecuniaria de Bs2.000 en el
caso de vehículos de más de 2 ruedas.
Los estantes y habitantes del Estado Plurinacional de
Bolivia, deberán permanecer en sus domicilios o en la
residencia en la que se encuentren, pudiendo realizar
desplazamientos mínimos e indispensables de una
persona por familia cuya edad este comprendida entre
los 18 y 65 años, en el horario de 07:00 a 12:00, a fin de
abastecerse de productos e insumos necesarios en las
cercanías de su domicilio o residencia, según la
terminación del último dígito de su Cédula de Identidad
(C.I.) de acuerdo con el siguiente detalle:
DÍA TERMINACIÓN C.I.
Lunes 1 y 2
Martes 3 y 4
Miércoles 5 y 6
Jueves 7 y 8
Viernes 9 y 0
DS 4199 21/03/2020
Cuarentena Total a nivel Nacional, a partir de las (0)
horas del 22 de marzo hasta el 4 de abril de 2020,
debiendo los estantes y habitantes del Estado
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Plurinacional de Bolivia, permanecer en sus domicilios o
en la residencia que se encuentren durante el tiempo
que dure la Cuarentena Total, pudiendo realizar
desplazamientos mínimos e indispensables una persona
por familia en el horario de 07:00 a 12:00 del mediodía, a
fin de abastecerse de productos e insumos necesarios.
Excepto el personal debidamente acreditado, entre
otros, Instituciones, empresas de servicios públicos e
industrias públicas y privadas y las Entidades financieras
bancarias y entidades financieras no bancarias,
públicas, privadas o mixtas.
Las empresas y personas dedicadas a la producción de
alimentos, la provisión de insumos para ésta, así como, a
la elaboración de productos de higiene y
medicamentos, desarrollaran sus actividades, a fin de
garantizar la cadena productiva y de abastecimiento.
Las empresas y personas dedicadas a las actividades de
abastecimiento o productores de artículos de primera
necesidad, desarrollaran sus actividades de lunes a
sábado las 24 horas del día, a fin de garantizar el
abastecimiento de productos. Asimismo, deben
proporcionar los medios de transporte y las
autorizaciones correspondientes para el desplazamiento
de su personal.
Los establecimientos privados que incumplan lo
dispuesto por el DS serán sancionados con el cierre del
establecimiento y la reincidencia dará lugar a la
clausura definitiva.
DS 4198 18/03/2020
Diferimiento del pago del IUE 2019 hasta el 29 de mayo
de 2020, si se paga el 50% antes del 1ro Junio 2020, se
puede pagar el resto hasta en tres cuotas mensuales
posteriores.
En cuanto al IUE nuevo gasto deducible, sólo para la
gestión 2020 valdrán las donaciones en efectivo a
hospitales privados o públicos.
Con relación al IT compensado con IUE, todo lo pagado
al contado del IUE hasta antes del 15 mayo 2020, se
podrá compensar con el IT a partir del siguiente mes
según el siguiente criterio:
- RESTO, en la proporción del 1:1.2.
- GRACOS y PRICOS, en la proporción del 1:1.1.
- Se reduce la Base Imponible del IT, excluyendo el IVA
efectivamente pagado.
- Para RESTO por 6 meses
- Para GRACO PRICO por 3 meses.
- Sólo para Profesionales Independientes, los gastos
familiares por alimentos, salud y educación sirven para
el IVA, hasta diciembre de 2020.
Queda suspendido el cómputo de los plazos para la
presentación y tramitación de Recursos de Alzada y
Jerárquicos ante la AIT, así como el cómputo de los
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plazos para el inicio y tramitación de procedimientos
determinativos y sancionatorios a cargo del SIN y de la
AN, suspendiéndose de manera expresa los plazos de
notificación de Resoluciones Determinativas,
Sancionatorias, Administrativas u otros actos definitivos
impugnables. Queda fuera del alcance de este
Parágrafo el inicio de fiscalizaciones y verificaciones
programadas por las administraciones tributarias.
DS 4197 18/03/2020
Se crea el Bono Familia (Bs500) por única vez para los
niños del Nivel de Educación Primaria Comunitaria
Vocacional de las Unidades Educativas Fiscales y de
Convenio (Fiscales) del Subsistema de Educación
Regular; y dispone la reducción del treinta por ciento
(30%) en la facturación mensual de abril de 2020 de
tarifas eléctricas para los consumidores de la categoría
domiciliaria.
DS 4196 17/03/2020
Emergencia sanitaria nacional y cuarentena a nivel
Nacional, consiguientemente los empleadores de los
sectores público y privado al interior de sus entidades o
instituciones dotaran el material higiénico apropiado y
suficiente y adoptar los protocolos de limpieza
necesarios.
De manera excepcional, el MTEyPS regulará la
otorgación de licencias especiales.
Las entidades que regulan el sistema financiero, el
sistema tributario y aduanero, podrán establecer
mecanismos de flexibilización y reprogramación de
obligaciones en el marco de sus atribuciones y en
coordinación con el MEyFP.
Mientras dure la emergencia sanitaria nacional y
cuarentena, las entidades públicas de nivel central del
Estado y las entidades territoriales autónomas en el
marco de sus atribuciones y competencias, deberán
flexibilizar y reprogramar los plazos y procedimientos
administrativos.
DS 4192 16/03/2020
Se establecen las medidas de prevención y contención
para la emergencia nacional contra el brote de COVID-
19 en todo el territorio nacional, a partir del 16 al 31 de
marzo disponiendo que:
1. Horario continuo en las actividades laborales para el
sector público y privado, de horas 08:00 a 16:00,
periodo que podrá ser ampliado, excepto a los
servidores públicos y trabajadores del sector público
y privado, de los servicios de salud, Policía Boliviana,
Fuerzas Armadas y otros que por su naturaleza
deban desarrollar actividades en un horario distinto.
2. Quedan prohibidas las reuniones sociales, culturales,
deportivas y religiosas que aglutinen en un solo
espacio a más de 100 personas.
3. Quedan prohibidas todas las actividades y eventos
que se desarrollen en discotecas, bares, cines,
escenarios deportivos, gimnasios y parques de
diversiones.
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4. A partir de las cero horas del día miércoles 18 de
marzo de 2020, se prohíbe el ingreso de viajeros
procedentes de los países correspondientes al
espacio Schengen, Reino Unido, Irlanda, Irán, China
y Corea del Sur. Excepto para los ciudadanos
bolivianos que retornen a territorio boliviano, mismos
que deberán cumplir el protocolo y los
procedimientos de la Organización Mundial de la
Salud (OMS).
5. Se difiere temporalmente a 0% el gravamen
arancelario hasta el 31 de diciembre de la presente
gestión para la importación de insumos,
medicamentos, dispositivos médicos, equipamiento,
reactivos y detectores de fiebre, adquiridos o
donados, relacionados con el coronavirus detallados
en el Anexo adjunto. Asimismo, se autoriza a la
Aduana Nacional (AN) proceder al despacho
aduanero en un plazo máximo de 24 horas. En el
mismo plazo la AN adecuará sus sistemas.
6. Los permisos, autorizaciones previas y certificaciones
para las mercancías identificadas en las subpartidas
arancelarias identificadas según el detalle del Anexo
deberán ser emitidas por la autoridad competente
dentro de los 2 días calendario a partir de la fecha
de solicitud.
7. Los envíos de socorro podrán ser consignados a
instituciones públicas o privadas, cuyo objetivo sea su
distribución gratuita para la emergencia nacional
por el brote del COVID-19 previa coordinación con el
Ministerio de Salud, hasta el 31 de diciembre de 2020.
DS 4190 13/03/2020
Se dispone la suspensión temporal de vuelos directos
desde y hacia Europa, desde el 14 al 31 de marzo de
2020. Asimismo, los usuarios afectados podrán realizar la
reprogramación de la fecha del vuelo de acuerdo a las
condiciones del Contrato de Transporte Aéreo, sujeto a
la disponibilidad de la línea aérea y sin que la línea aérea
aplique penalidad alguna por dicho cambio.
DS 4179 12/03/2020
Se declara situación de Emergencia Nacional por la
presencia del brote de Coronavirus (COVIS-19) y otros
eventos adversos.
En esa línea, se autoriza a las instituciones, entidades
públicas y las entidades territoriales autónomas, en el
marco de sus atribuciones y competencias, realizar los
ajustes presupuestarios correspondientes. Además,
podrán solicitar al Ministerio de Defensa, a través del
Viceministerio de Defensa Civil, el apoyo y soporte
correspondiente.
Para el cumplimiento de lo establecido
precedentemente, los Ministerios que conforman el
Consejo Nacional de Reducción de Riesgos y Atención
de Desastres y Emergencias (CONARADE), podrán
solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas -
MEyFP, la asignación de recursos en el marco del Plan
Nacional de Emergencia 2020.
DS 4174 05/03/2020 Se autoriza excepcionalmente al Ministerio de Salud, a
las entidades territoriales autónomas y a las entidades de
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la Seguridad Social de Corto Plazo, efectuar la
contratación directa de medicamentos, dispositivos
médicos, insumos, reactivos, equipamiento médico y
servicios de consultoría de personal en salud, para la
prevención, control y atención de la "emergencia de
salud pública de importancia internacional" provocada
por el coronavirus (COVID-19), considerando que los
mismos cuenten con registro sanitario y autorizaciones
correspondientes.
Por otra parte, se establece que la Agencia Estatal de
Medicamentos y Tecnología en Salud - AGEMED deberá
agilizar los procesos de emisión de los registros sanitarios
y autorizaciones correspondientes.
RESOLUCIONES BIMINISTERIALES
RBM N° 001/2020 31/03/2020
Se aprueba el Reglamento de la canasta familiar para
los hogares bolivianos con menores ingresos, con el
objeto de establecer las directrices para la entrega de
la misma, consistente en Bs400.
Los beneficiarios de la canas familiar son los hogares
bolivianos con menores ingresos, cuyos miembros estén
comprendidos en cualesquiera de los siguientes
programas:
- Mujeres que actualmente perciben el bono Juana
Azurduy;
- Ciudadanos registrados en el bono mensual para
personas con discapacidad grave y muy grave;
- Personas con discapacidad visual, que reciben el
bono de indigencias; y
- Beneficiarios de la Renta Dignidad que no perciban
Renta de Jubilación.
RBM 001/2020 13/03/2020
Se regulan las acciones de prevención y contención del
COVID-19 en el ámbito laboral que se indican a
continuación, de cumplimiento obligatorio para las
entidades o establecimientos de salud del Sistema
Nacional de Salud, empleadores del sector público y
privado, lo servidores públicos, trabajadores y todo
personal que preste funciones en el sector público y
privado en el territorio nacional:
1. Dotar productos desinfectantes o antibacteriales.
2. Difundir, fomentar e implementar medidas de higiene
personal.
3. Implementar otras medidas de bioseguridad que
correspondan.
4. Distribuir y difundir en sus instalaciones el material de
promoción emitido por las autoridades de salud.
5. Gestionar los mecanismos para la atención pronta
de su personal dependiente, en los establecimientos
de salud del Sistema Nacional de Salud.
6. Otorgar permiso excepcional de carácter temporal
en su fuente laboral a los servidores públicos,
trabajadores y todo personal que preste funciones en
el sector público y privado que se constituyan como
casos sospechosos.
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En caso de que se confirme un caso de COVID-19, la
persona infectada gozará de baja médica en su fuente
laboral durante el tiempo que dure la medida
establecida por la autoridad de salud que corresponda.
En este entendido, los casos sospechosos, gozaran de un
permiso excepcional en su fuente laboral por el tiempo
que dure la medida de observación y de aislamiento
establecida por la autoridad de salud competente.
Para la otorgación de las bajas médicas y los permisos
excepcionales con goce de haberes (los cuales no serán
susceptibles de descuentos u otras medidas de
compensación), los empleadores de los sector públicos
y privados solamente requerirán el certificado médico
extendido por los establecimientos de salud autorizados.
RESOLUCIONES MINISTERIALES
RM
MDPyEP/DESPACHO/N°
0076.2020
15/04/2020
Se amplía la suspensión de procesos y plazos dispuesta
por la RM MDPyEP/DESPACHO/N° 0060.2020 hasta que
la cuarentena a nivel nacional se levante y se reanuden
las actividades en el Estado.
El MDPyEP emitirá Resolución expresa y motivada para
reanudar los procesos y plazos administrativos, de
manera oportuna.
RM
MDPyEP/DESPACHO/N°
0075.2020
15/04/2020
Se amplía la suspensión de procesos y plazos dispuesta
por la RM MDPyEP/DESPACHO/N° 0061.2020 hasta que
la cuarentena a nivel nacional se levante y se reanuden
las actividades en el Estado.
El MDPyEP emitirá Resolución expresa y motivada para
reanudar los procesos y plazos administrativos, de
manera oportuna.
RM
MDPyEP/DESPACHO/N°
0074.2020
15/04/2020
Se dispone que el sector industrial de la castaña a nivel
nacional, se encuentra amparado en la excepción
dispuesta en el inciso d) del parágrafo II del artículo 2 del
DS 4200.
Para el desarrollo de esas actividades deberán cumplir
con normas básicas de seguridad laboral e higiene
industrial, así también medidas de bioseguridad
mínimamente admitidas por la Organización Mundial de
la Salud (OMS) u otra autoridad nacional o internacional
competente, tanto al interior y exterior de sus
instalaciones. Además, tendrán que proporcionar
indumentaria y equipos necesarios para resguardar la
salud e integridad de su personal.
Se deja sin efecto la Resolución Ministerial
MDPyEP/DESPACHO/Nº 069.2020.
RM
MDPyEP/DESPACHO/N°
0072.2020
13/04/2020
Se aprueba el Manual de Procedimientos de Trámites de
Registro de Comercio de Bolivia.
Por otra parte, se autoriza la implementación del uso de
la firma digital o electrónica, para los trámites del citado
Manual, según su aplicación y pertinencia tecnológica.
Los comerciantes podrán emplear la firma digital para la
suscripción de Actas y cualquier otro documento social
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
que emerja de reuniones, asambleas o cualquier
instancia de deliberación de la empresa. En los cuales la
tecnología mencionada pueda ser aplicada. Estos
documentos, serán plenamente válidos para la
realización de cualquier trámite mencionado.
RM N° 0152 09/04/2020
Mientras dure la cuarentena, se modifica la nómina de
Administraciones donde se aplicará el procedimiento de
nacionalización de mercancías de frontera, sobre
medios y/o unidades de transporte.
RM
MDPyEP/DESPACHO/N°
0070.2020
02/04/2020
Se suspenden temporalmente los plazos legales para el
cumplimiento de los deberes y obligaciones
comerciales, de los comerciantes, de acuerdo con lo
siguiente:
- Para las Empresas Unipersonales, se suspenden los
plazos para la presentación del balance general, el
estado de resultados y otros asuntos relativos a la
gestión de la empresa.
- Para las Sociedades Colectivas, Sociedades en
Comandita Simple y Sociedades de Responsabilidad
Limitada, se suspenden los plazos para el
cumplimiento de las siguientes obligaciones
comerciales:
1. Presentación del balance general, del estado de
resultados y todo otro asunto relativo a la gestión
de la sociedad;
2. Aprobación y distribución de las utilidades, o en su
caso el tratamiento de las pérdidas y la
constitución de la reserva legal;
3. Nombramiento y remoción de los gerentes o
administradores;
4. Constitución del directorio o consejo de
administración y, cuando así hubieran convenido
los socios, nombramiento de los integrantes del
órgano de control interno; y
5. Las demás que correspondan conforme a la
escritura social
- Para Sociedades en Comandita por Acciones y
Sociedades Anónimas, se suspenden los plazos para el
cumplimiento de las siguientes obligaciones
comerciales:
1. Presentación del balance general, del estado de
resultados y todo otro asunto relativo a la gestión
de la sociedad;
2. Presentación de la memoria anual e informe de los
síndicos;
3. Distribución de las utilidades, o en su caso el
tratamiento de las pérdidas y la constitución de la
reserva legal;
4. Nombramiento y remoción de los directores y
síndicos y, en su caso, la fijación de su
remuneración;
5. Fijación y constitución de las fianzas de directores y
síndicos;
6. Determinación de responsabilidades de los
directores y síndicos, si las hubiere; y
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
7. Otros actos que la ley, la escritura social o los
estatutos señalen y que deban tratarse en las la
Juntas Ordinarias dentro de esta suspensión.
- Para las sucursales de Sociedades Constituidas en el
Extranjero, se suspenden los plazos para el
cumplimiento de las siguientes obligaciones
comerciales:
1. Presentación del balance general, estado de
resultados y todo otro asunto relativo a la gestión
de la sucursal de la sociedad; y
2. Otros actos que la ley, la escritura social o los
estatutos señalen y que deban tratarse en las
reuniones de socios dentro de esta suspensión.
RM
MDPyEP/DESPACHO/N°
0069.2020
30/03/2020
Se dispone que el sector productivo e industrial de la
castaña a nivel nacional, se encuentra amparado en la
excepción dispuesta por el inciso d, parágrafo III, artículo
2 del DS 4200.
RM
MDPyEP/DESPACHO/N°
0066.2020
28/03/2020 Suspensión de plazos de trámites y procesos hasta el 15
de abril, inclusive, en cumplimiento del DS 4200.
RM
MDPyEP/DESPACHO/N°
0067.2020
27/03/2020 Suspensión de plazos de trámites y procesos hasta el 15
de abril, inclusive.
RM 168 26/03/2020
Se autoriza excepcionalmente a los Laboratorios de los
Subsistemas Públicos, Seguridad Social de Corto Plazo y
Privados de Salud, el diagnóstico molecular de casos
sospechosos de COVID-19 identificados en el país.
RM
MDPyEP/DESPACHO/N°
062.2020
23/03/2020
Se resuelve que las empresas públicas o privadas
productivas en los rubros que se detallan en el Anexo
“Listado de productos bajo la norma general CODEX
que habilita a instituciones y empresas públicas o
privadas para desarrollar actividades de manera
excepcional” pueden desarrollar sus funciones y
actividades durante la Cuarentena Total, con la debida
diligencia, responsabilidad y responsabilidad sanitaria,
debiendo obtener las autorizaciones y permisos
necesarios en material laboral, social, salubridad y otras
que correspondan.
Las citadas entidades, deberán otorgar a todo su
personal y trabajadores las autorizaciones o
credenciales correspondientes, las deberán ser portadas
y presentadas ante Autoridad de Control de Circulación,
regional competente, que así lo requieran.
RM N° 140 22/03/2020
Se habilita de forma excepcional y extraordinario el día
domingo 22 de marzo de 2020 correspondiente a los
horarios hábiles administrativos, a fin de emitir las
disposiciones correspondientes, en el marco de la
emergencia sanitaria nacional y cuarentena total contra
el brote, contagio y propagación COVID-19.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
RM
MDPyEP/DESPACHO/N°
060.2020
20/03/2020
Suspensión de los plazos en:
- Procesos administrativos sancionadores, procesos de
fiscalización, sus correspondientes recursos ulteriores y
otros trámites administrativos sustanciados por y ante la
AEMP, tanto en su presentación, como en la
tramitación, sustanciación y Resolución hasta el 31 de
marzo de 2020.
- Recursos Ulteriores producto de los procesos
sancionadores y de fiscalización emitidos por la AEMP
y otros trámites administrativos sustanciados por y ante
el MDPyEP hasta el 31 de marzo de 2020.
RM 189/20 18/03/2020
Reducción de la jornada laboral a 5 horas de 08:00 a
13:00. Excepcionalmente y por razones de necesidad,
podrán tener horario diferente algunas actividades
esenciales.
Establece el trámite obligatorio para obtener
Autorización de funcionamiento fuera de horario y la
obligación de brindar transporte al personal que trabaje
en horario especial, entre otros.
RESOLUCIONES NORMATIVAS DE DIRECTORIO
RND 10200000009 17/04/2020
Se prorrogan las siguientes obligaciones tributarias:
a. Hasta el 20 de junio 2020, la presentación al
empleador del FORM-110 v.3 de los Sujetos Pasivos
del RC-IVA Dependientes, por los periodos abril y
mayo 2020 y si como consecuencia, se mantiene
saldos a favor del fisco por éste periodo, los mismos
serán retenidos de su haber correspondiente al mes
de junio de 2020, lo que deberá constar en la planilla
tributaria consolidada a junio 2020.
b. Los sujetos pasivos del Impuesto al Valor Agregado -
IVA e Impuesto a las Transacciones - IT, podrán
presentar sus solicitudes de Facilidades de Pago - FP
a través de la Oficina Virtual, mediante el Formulario
8000, cuya vigencia es hasta el 29 de mayo de 2020,
plazo en el que deberá proceder al pago de la
cuota inicial y la presentación de garantías.
c. La formalización de la solicitud de FP deberá
realizarse hasta el 10 de junio de 2020 en la
plataforma de Recaudación de la Gerencia de su
jurisdicción.
d. Hasta el 12 de junio de 2020, el vencimiento para el
pago de cuotas de planes de FP que fenecerán el
30 de abril y el 29 de mayo del año en curso.
e. Hasta el 29 de mayo de 2020, el plazo para la
presentación de Solicitudes de Devolución
Impositiva (CEDEIM) con vencimientos en marzo y
abril de 2020; El plazo para la presentación de
Solicitudes de Certificados de Notas de Crédito Fiscal
(CENOCREF) por concepto de la Ley Nº 1886, con
vencimientos en marzo y abril de 2020; y el plazo
para el recojo de Títulos Valores CEDEIM y CENOCREF
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Ley N° 1886, cuyos vencimientos se hubieran
producido entre el 23 de marzo de 2020 y la fecha
del levantamiento de la cuarentena y reanudación
de actividades.
f. Hasta el 29 de mayo de 2020, para la presentación
física y digital de Estados Financieros, Memoria
Anual, Información Tributaria Complementaria e
información de Precios de Transferencia, a través de
los Formularios electrónicos 605 y 601, según
corresponda, por los sujetos pasivos o terceros
responsables del Impuesto sobre las Utilidades de las
Empresas – IUE, que realizan actividades con cierre
de gestión al 31 de diciembre de 2019.
g. Hasta el 11 de junio de 2020, las obligaciones del
Régimen Tributario Simplificado de los bimestres
enero y febrero y, marzo y abril de 2020.
h. El plazo para el envío de la Planilla Tributaria v.2
correspondiente a los periodos abril y mayo 2020
consolidada al mes de junio.
RND 10200000008 07/04/2020
Se reglamenta la aplicación del DS 4198, que establece
medidas tributarias de urgencia y temporales, de
acuerdo con lo siguiente:
2. Facilidades de Pago (FP) del IUE
i. Con relación a las FP del IUE:
a. Se debe efectuar el pago del 50% o más del IUE de
la gestión 2019 auto determinada y declarada en
formulario oficial, hasta antes del 1 de junio de
2020.
b. El número máximo de cuotas mensuales para el
pago del saldo del IUE serán tres (3), cuyas fechas
límites de pago vencerán el último día hábil de los
meses de junio, julio y agosto de 2020,
respectivamente.
c. Durante la vigencia del plan de pagos, la deuda
tributaria no generará recargos por mantenimiento
de valor, ni intereses.
d. La solicitud de plan de FP, no requiere la
constitución de garantía.
ii. Para la FP se debe formalizar la solicitud en plataforma
de Recaudación de la Gerencia de la Jurisdicción
correspondiente, presentando el F-8000, desde la
fecha en que efectúe el pago del 50% hasta el 17 de
junio de 2020, llenando en el Rubro B la “Deuda
Autodeterminada” y los datos del Formulario que
corresponda presentar y declarar por el IUE con cierre
al 31 de diciembre de 2019.
iii. La Resolución Administrativa que resuelva la solicitud,
será emitida y notificada a través del Buzón Tributario
de la oficina virtual del contribuyente hasta el 30 de
junio de 2020. En caso de incumplimiento de la FP, la
RA se constituirá en título de ejecución tributaria,
correspondiendo el cómputo de intereses y
mantenimiento de valor, sobre el saldo de la deuda.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
3. Compensación del IT:
i. Los sujetos pasivos del IUE con cierre al 31 de diciembre
de 2019, podrán declarar y pagar al contado la
totalidad de este impuesto hasta el 15 de mayo de
2020, procediendo al registro de la compensación en
el Form. 400 de la siguiente forma, a efectos de la
compensación con el IT:
a. Para Contribuyentes PRICO Y GRACO, cada Bs1
del IUE pagado, equivaldrá a Bs1.10.
b. Para Contribuyentes RESTO, cada Bs 1 del IUE
pagado, equivaldrá a Bs1.20.
ii. Si producto de la aplicación de lo establecido
previamente quedase hasta el siguiente vencimiento
un saldo sin compensar del IUE de la gestión 2020, el
mismo se consolidará en favor del fisco.
iii. En caso de que la compensación del IUE
efectivamente pagado por la gestión cerrada al 31 de
diciembre de 2018, aún no se hubiere agotado hasta
abril 2020, el saldo podrá ser considerado como pago
a cuenta del IT hasta mayo 2020. Si pese a ello el
mencionado saldo no hubiere sido agotado, se
consolidará a favor del fisco.
4. Deducibilidad de donaciones a centros hospitalarios
de salud, públicos y/o privados, para acreditar la
recepción y conformidad de la Donación, el
contribuyente así como el Centro Hospitalario de
Salud beneficiado, deberán disponer de una
Constancia de Entrega/Recepción de Fondos en
Calidad de Donación (COVID-19), cumpliendo los
requisitos mínimos establecidos.
5. Apropiación del CF IVA profesionales independientes,
en la determinación del IVA, podrán computar como
crédito fiscal las compras de alimentos y contratación
de servicios de salud y educación para su cónyuge e
hijos, exceptuando la compra de alimentos gravados
por el ICE. Para lo cual, las facturas deberán estar
emitidas a nombre del profesional independiente.
6. Respecto al ingreso bruto sujeto al IT, se deducirá de
la Base Imponible del IT del periodo fiscal a declarar,
el IVA efectivamente pagado dentro del vencimiento,
correspondiente al mismo periodo fiscal. Los
contribuyentes PRICO y GRACO declararán,
determinarán y pagarán el IT con esta forma de
determinación, por los periodos fiscales de marzo, abril
y mayo de 2020; los contribuyentes RESTO, por el IT
correspondiente a los periodos fiscales de marzo a
agosto de la gestión 2020.
7. Se prorroga hasta el 11 de mayo de 2020 el plazo para
el recojo de Títulos Valores (CEDEIM) y (CENOCREF),
cuyos vencimientos se hubieran producido entre el 23
de marzo de 2020 y la fecha en que culmine la
suspensión de actividades públicas y privadas por la
emergencia sanitaria nacional.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
8. Se incorporan los formularios: 520 y 515 en el alcance
del artículo 9 de la RND 102000000006 que determina
prorrogas de vencimiento para la presentación y
pago de obligaciones tributarias.
RND 102000000007 03/04/2020
Se reglamenta el procedimiento de facturación de los
descuentos establecidos por el DS 4206, a los servicios
básicos (Agua potable, electricidad y gas natural
domiciliario), aplicable a las empresas distribuidoras de
energía eléctrica de las categorías Domiciliaria y/o
Residencial, las EPSAS con seguimiento regulatorio y/o
registro que prestan servicio de agua y saneamiento
básico a la categoría domiciliaria y a las empresas que
prestan el servicio de distribución de gas natural por
redes de uso domiciliario a la categoría doméstica, en
los meses de abril mayo y junio de 2020.
RND 102000000006 27/03/2020
Se determinan las siguientes prorrogas:
- La declaración y/o pago de obligaciones tributarias
mensuales de los periodos fiscales febrero y marzo de
2020 hasta los vencimientos establecidos para el
periodo fiscal abril 2020, en función al último digito de
NIT.
- Hasta el 30 de abril del 2020: el vencimiento para el
pago de cuotas de planes de facilidades de pago
fenecido el 28 febrero de 2020 y el que fenecerá el
31 de marzo del año en curso; El plazo para la
presentación de Solicitudes de Devolución Impositiva
(CEDEIM) con vencimiento en marzo de 2020; y el
plazo para la presentación de Solicitudes de
Certificados de Notas de Crédito Fiscal (CENOCREF)
por concepto de la Ley Nº 1886, con vencimiento en
marzo de 2020.
- Hasta el 11 de mayo de 2020: el plazo para el
cumplimiento de obligaciones formales como envío
del Libro de Compras y Ventas IVA, Agentes de
Información y otras establecidas en normativa
específica, con vencimiento en los meses de marzo y
abril de 2020; y las obligaciones del Régimen
Tributario Simplificado del bimestre enero y febrero
de 2020.
- Hasta el 29 de mayo de 2020, el plazo para la
presentación de:
Declaraciones Juradas, pago de impuestos y
cumplimiento de deberes formales del Sistema
Tributario Integrado (STI) correspondiente al
periodo fiscal marzo 2020 (trimestre comprendido
entre los meses enero, febrero y marzo de 2020);
Declaraciones Juradas, pago de impuestos y
cumplimiento de deberes formales del Régimen
Complementario al Impuesto al Valor Agregado -
Contribuyente Directo (RC-IVA CD)
correspondiente al periodo fiscal marzo 2020
(trimestre comprendido entre los meses enero,
febrero y marzo de 2020);
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Declaraciones Juradas (Formularios 500 y 510) del
Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE)
correspondiente a empresas con cierre de
gestión al 31 de diciembre de 2019. Asimismo, la
presentación física y digital de Estados
Financieros, Memoria Anual, Información
Tributaria Complementaria, Información de
Precios de Transferencia y envío del Formulario
Electrónico F-110 v.3 (contribuyentes que ejercen
profesiones liberales u oficios) según corresponda,
que requieran ser presentados a la Administración
Tributaria.
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS
RA 013/2020 20/04/2020
Se autoriza la recepción de trámites nuevos de registro
de derechos de propiedad industrial inherentes a Signos
Distintivos, Modificaciones – Renovaciones y Patentes, a
través de medios virtuales.
Una vez reiniciadas las actividades laborales, los usuarios
deberán formalizar sus solicitudes en el plazo de 5 días
hábiles, presentando la documentación física de
respaldo.
RA N° 0003/2020 06/04/2020
Se suspenden los plazos en procesos y trámites
administrativos sustanciados por y ante la ANH por el
periodo que dure la cuarentena total, hasta que ésta
sea levantada y se reestablezcan las actividades en el
sector público y privado del Órgano Ejecutivo.
RAN-ANH-DJ N° 3/2020 02/04/2020
Se aprueba el procedimiento transitorio de pago y
reducción temporal de los precios de distribución de gas
natural por redes para la categoría doméstica.
RA 011/2020 27/03/2020
Se amplía el plazo de suspensión de los plazos procesales
administrativos sustanciados en el Servicio Nacional de
Propiedad Intelectual - SENAPI, hasta el 15 de abril de
2020 inclusive.
RA 467/2020 23/03/2020
Suspensión de los plazos dentro de los procedimientos
administrativos, recursos ulteriores y otros trámites
administrativos sustanciados por y ante la APS hasta que
se levante la cuarentena total decretada a nivel
nacional.
R 0251/2020 23/03/2020
Suspensión de los plazos dentro de los procedimientos
administrativos y otros sustanciados por y ante la ASFI,
desde el 23 de marzo hasta que se levante la
cuarentena total.
RAE 02-0040-20 23/03/2020
Suspensión de los plazos procesales en:
a) Promociones Empresariales, respecto a las
obligaciones emergentes del desarrollo de la
promoción empresarial.
b) Procesos sancionadores de cualquier índole,
c) Procesos de Fiscalización, devolución de pagos,
reclamaciones, consultas, facilidades de pago,
remisión de documentos.
Los administrados que estuvieran desarrollando
promociones empresariales podrán solicitar la
suspensión de la promoción o renuncia de las mismas,
vía correo electrónico a las Direcciones Regionales.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
ATT-DJ-RA LP 1/2020 21/03/2020
Se suspende hasta el levantamiento de la cuarentena
total, los términos y plazos dentro de los procedimientos
administrativos, incluidos los procesos sumarios y
regulatorios de los sectores de telecomunicaciones,
tecnologías de la información y comunicación,
transportes y del servicio postal.
ATT-DJ-RAR-TL LP
164/2020 20/03/2020
Se aprueba el Plan de Contingencia para el sector de
telecomunicaciones ante la declaratoria de
emergencia del COVID-19.
R AETN 113/2020 19/03/2020
Suspensión de los plazos de los procedimientos
administrativos y regulatorios ante la AETN, relacionados
con operadores del servicio eléctrico, consumidores y/o
usuarios y terceros con interés legítimo a nivel nacional,
del 18 al 31 de marzo de 2020.
RAPE 01-006-20 19/03/2020
Suspensión del cómputo de los plazos establecidos para
los Operadores de Comercio Exterior y Administrados, en
los procedimientos de regímenes aduaneros y destinos
aduaneros especiales, tributarios, administrativos y otros,
debiendo reiniciarse el mismo automáticamente al día
siguiente hábil del levantamiento de la Declaración de
Emergencia Sanitaria.
Los procesos de contratación en curso, continuaran con
su tramitación hasta su conclusión, debiendo considerar
la flexibilización de los plazos para su tratamiento, en el
marco de lo establecido en el DS 0181.
RA 448/2020 16/03/2020
Se aprueban las medidas preventivas en el SIP, en virtud
a la declaración de emergencia nacional por la
pandemia del COVID-19.
RAE 02-00039-20 14/03/2020
Se suspenden los plazos procesales de acuerdo con lo
siguiente:
a) En obligaciones de los administrados de remisión de
documentación a cualquier Dirección Regional y/o
Nacional de la AJ, en trámites o procesos
administrativos relacionados a juegos de lotería, azar,
sorteos y promociones empresariales, sancionadores,
fiscalizaciones y otros;
b) Para la AJ en procesos administrativos de cualquier
índole, cuyo domicilio procesal del administrado se
encuentre fuera del municipio de La Paz, Santa Cruz
y Cochabamba, donde la AJ tiene establecida
Direcciones Regionales,
c) En todos los casos, para la evaluación de
documentación remitida por los administrados, la
administración deberá velar por la protección del
derecho a la defensa, debido proceso, etc.
Por otra parte, los administrados que estuvieran
desarrollando promociones empresariales en cualquiera
de sus etapas, podrán solicitar la suspensión de la
promoción o renuncia, entendiéndose la emergencia
nacional.
La suspensión de los plazos será levantada al día
siguiente hábil al 31 de marzo de la presente gestión.
INSTRUCTIVOS
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Instructivo D.G.S.C.-D.G.
N° 22/2020 15/04/2020
Se amplía hasta el 15 de mayo de 2020, el plazo para la
presentación de los descargos correspondientes a los
meses de marzo y abril de 2020.
Instructivo Especial
APS/16/2020 15/04/2020
Se difiera hasta el 31 de mayo de 2020, el pago de la
Tasa de Regulación correspondientes a los meses de
marzo y abril de 2020.
Las Tasa de Regulación deberán ser depositados en la
Cuenta N° 10000005989336 del Banco Unión S.A.
Instructivo Especial
APS/15/2020 15/04/2020
Con la finalidad de que las entidades aseguradoras no
suspendan la cobertura de los seguros de salud por falta
de pago de prima, de manera enunciativa más no
limitativa, se les autoriza a:
- Reprogramar el pago de la prima de seguro;
- Otorgar períodos de gracia;
- Otras medidas que otorguen una solución favorable
a sus asegurados.
Por otra parte, en siniestro(s) sucedido(s) durante la
cuarentena y emergencia sanitaria, las EA deberán
proporcionar la cobertura bajo los términos pactados,
aplicando sobre la liquidación del siniestro, la deducción
de la(s) prima(s) del seguro que estaba(n) pendiente(s)
de pago.
Instructivo Especial
APS/14/2020 14/04/2020
La emisión de Certificado de No Adeudo (CNA), deberá
considerar como último periodo efectivamente cotizado
y acreditado a la Seguridad Social de Largo Plazo el
período diciembre 2019, siendo que el periodo enero
2020 podría encontrarse en proceso de Acreditación en
virtud al artículo 8 del DS 4206.
Consiguientemente, los Empleadores que no presenten
mora por ningún período hasta diciembre de 2019
podrán acceder de forma favorable al CNA respectivo.
En el evento que un empleador presentara descargos
por pagos o periodos observados, los mismos podrán ser
considerados por las AFP, en función a la casuística
presentada y sus capacidades técnicas – operativas
para el procesamiento respectivo, debiendo verificar, en
caso de ser aceptados, que el descargo corresponda
efectivamente al o los periodos observados, sea por
sucursal o Asegurado, según sea pertinente.
Instructivo Especial
APS/13/2020 14/04/2020
Establece que las AFP y ciertas Entidades Aseguradoras
deben efectuar las acciones posibles que permitan
incluir en la planilla del mes de Abril 2020 a los casos de
asegurados que hubieran procedido a la firma de
Declaración de Pensión entre el 16 y el 20 de marzo de
2020.
Asimismo, deben disponer del personal pertinente y
necesario que permita procesar y gestionar con todas
las entidades involucradas, el Pago de la Planilla de
Pensiones del periodo abril 2020, en los plazos
establecidos en normativa vigente, así como realizar
todas las acciones técnicas y gerenciales para gestionar
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
la asignación de recursos y la gestión de los Fondos de
Pensiones que tienen bajo su responsabilidad.
Instructivo
SENASAG/DN/082/2020 13/04/2020
Se establece que los responsables de sanidad animal y
avícola deberán implementar el proceso de renovación
de registros sanitarios de establecimientos avícolas y
vehículo de transporte de aves en línea vía correo
electrónico o WhatsApp, recibiendo la documentación
requerida en formato pdf.
Instructivo DGTHSO N°
30/2020 11/04/2020
Se instruye la realización de verificaciones simultáneas
desde el 13 de abril de 2020, a toda empresa,
establecimiento laboral o centro de abasto que vienen
desarrollando sus actividades de manera ininterrumpida,
con el objetivo de controlar las medidas de promoción
de salud y la prevención y contención del COVID-19.
Instructivo Especial
APS/12/2020 08/04/2020
Se establece que el diferimiento alcanza de forma
obligatoria y automática al pago de la prima de los
seguros de desgravamen hipotecario y de los seguros
que amparan las garantías de los créditos en favor de las
EIF. En este sentido, y con el objeto de asegurar la
eficacia y oportunidad de los procesos técnicos
operativos, quedan comprendidos en el alcance todos
los seguros que hayan sido adquiridos conjuntamente el
seguro de desgravamen hipotecario y los seguros que
amparan las garantías de los créditos.
Por otra parte, las Entidades Aseguradoras que
consideren necesario y oportuno ampliar el diferimiento
de otras pólizas, adicionales a las citadas
precedentemente, podrán realizar este procedimiento,
considerando las capacidades y la oportunidad del
proceso y el alcance del mismo.
Instructivo Especial
APS/10/2020 02/04/2020
Se autoriza a las entidades que tienen a su cargo la
gestión de la Seguridad Social de Largo Plazo a efectuar
las gestiones operativas pertinentes son las entidades y/u
operadores de intercambio de información, así como
con las entidades autorizadas por la ASFI, a fin de ampliar
los canales y medios de pago de prestaciones y
beneficios de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Instructivo Especial
APS/09/2020 31/03/2020
El plazo para el pago de contribuciones a la Seguridad
Social de Largo Plazo que venciere durante la
declaratoria de Cuarentena Total queda suspendido
hasta el análisis y determinación a ser dispuesta por el
Órgano Ejecutivo.
Instructivo DGTHSO N°
28/20
Guía de Actuación
Formulario de
verificación
24/03/2020
Se instruye:
9. Suspensión de plazos procesales administrativos y de
actuaciones administrativas.
10. Verificar en toda empresa, establecimiento laboral o
centro de abasto que desarrollan actividades
ininterrumpidamente por su naturaleza:
- Las medidas de promoción de salud, prevención
del COVID-19 y su contención.
- El transporte de personal desde su domicilio al
lugar de trabajo y retorno.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Instructivo Especial
APS/02/2020 22/03/2020
Las entidades aseguradoras deben:
- Suspender la atención al público en forma directa,
por lo que todo trámite nuevo deberá ser procesado
considerando principalmente la salud y resguardo
de las personas adultas mayores y población
vulnerable, para lo cual se debe contar con las
mejores condiciones posibles de atención virtual y/o
electrónica.
- Disponer del personal necesario que permita
procesar y gestionar la vigencia de todas las pólizas
y mantenimiento de las coberturas y la atención de
los reclamos/siniestros/solicitudes de atención y otros
propios de la gestión de la entidades, dentro de los
plazos establecidos, así como realizar todas las
acciones técnicas y gerenciales para asignar
recursos y la debida y oportuna gestión de las pólizas
y ramos de seguros que tiene bajo su
responsabilidad.
- Prever, coordinar y mantener habilitados los sistemas
de atención y procesamiento de trámites de forma
electrónica (virtual) y a distancia en actual vigencia,
dando continuidad a los mismos.
Instructivo D.G.S.C.-D.G.
N° 21/2020 16/03/2020
Como medida excepcional, se otorgará a los
administrados que importan y/o producen sustancias
químicas controladas que son utilizadas para la
prevención del brote del COVID-19, el poder de tramitar
una nueva Autorización Previa adicional a su cupo
mensual.
Para mayor celeridad, los administrados deben
presentar sus carpetas en la ciudad de La Paz.
Instructivo Marzo/2020
A partir del día 24 de marzo de 2020, las solicitudes de
autorización de movilidad deben ser realizadas por
cada empresa vía web:
https://permiso.agetic.gob.bo/#/formulario.
CIRCULARES
Circular
MS/AGEMED/CR/34/202
0
15/04/20
Se establecen las directrices, modalidad de
presentación, comunicación de respuesta y plazos de
acuerdo al tipo de trámite, aplicables a todas las
empresas farmacéuticas, laboratorios industriales
nacionales, importadoras y distribuidoras de
medicamentos reconocidos, programas del Ministerio
de Salud, CEASS, establecimientos de salud públicos y
privados, seguridad social de corto plazo y personal de
AGEMED, con la finalidad de precautelar el acceso a
medicamentos reconocidos por Ley.
CC/ASFI/DSC I/CC-
2798/2020 14/04/2020
La atención con prioridad para el pago de rentas,
pensiones de invalidez, prestaciones por jubilación y los
bonos, aplica a todas las sucursales y agencias, con los
que cuentan las EIF.
Circular N° 07/2020 07/04/2020
Se aprueba la interpretación y uniformidad de criterios
para la suspensión de los plazos de caducidad y
prescripción por la cuarentena existente en Bolivia, por
la pandemia del COVID-19, para todas las autoridades
jurisdiccionales del país.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Circular N° 06/2020 06/04/2020
Se garantiza el derecho de acceso a la justicia y de
tutela judicial efectiva, por lo que el Órgano Judicial
tiene la obligación de garantizar, en la medida de lo
posible, la máxima eficacia de derechos y garantías a
las personas, ponderando los derechos fundamentales
de vida y salud, propiciando el acceso a los
procedimientos judiciales, por lo que se adoptan
medidas que deben cumplirse mientras dure la
cuarentena, entre las cuales, se establece el sistema
“blackboard” administrado por la Escuela de Jueces del
Estado, de acuerdo al protocolo de actuación de
audiencias virtuales.
CC -2785-2020 06/04/2020
Se establecen las condiciones para que las EIF
implementen el mecanismo de diferimiento automático
de las cuotas correspondientes al pago de
amortizaciones de créditos a capital e intereses y otro
tipo de gravámenes.
Circular
MS/AGEMED/CR/32/202
0
03/04/2020
Se instruye a las Gobernaciones, Gobiernos Municipales,
Programas Nacionales del Ministerio de Salud, Central de
Abastecimiento y Suministros en Salud, Entes Gestores de
la Seguridad Social a Corto Plazo, ASUSS, ONG, Servicios
Departamentales de Salud, Farmacias Institucionales,
Farmacia Institucionales Hospitalarias, Farmacias
Institucionales Municipales FIM, Farmacias Institucionales
Municipales de Referencia y profesionales de la salud,
realizar con carácter obligatorio el registro de datos de
los medicamentos esenciales en el software de farmacia
acorde con la Lista Nacional de Medicamentos
Esenciales LINAME.
Memorándum Circular
Fax N° 071/2020 27/03/2020
Aprobación del Protocolo para circulación
“excepcional” de personas y vehículos involucrados en
servicio.
Circular
MS/AGEMED/CR/30/202
0
25/03/2020
Las empresas farmacéuticas, laboratorios industriales
nacionales, importadores y distribuidores de
medicamentos deben garantizar la producción y
abastecimiento de medicamentos e insumos, no
pudiendo cerrar sus instalaciones, debiendo organizarse
para realizar el abastecimiento y distribución de
medicamentos.
Caso contrario, serán pasibles de las sanciones
establecidas por el DS 4199.
Circular 003/2020 24/03/2020
Se aceptará el Permiso Fitosanitario de Importación en
fotocopias simples, siempre y cuando estos puedan ser
verificados en línea. En cuanto al Certificado
Fitosanitario de Exportación a solicitud del usuario, se
dará curso previa inspección del envío y posteriormente
se emitirá el citado Certificado en formato físico y digital.
Circular
MS/AGEMED/CR/27/202
0
23/03/2020
Se suspenden todos los plazos de presentación de
documentación desde el 23 de marzo hasta el
levantamiento de la emergencia sanitaria.
Los trámites de nuevos de registros sanitarios y/o
notificación sanitaria obligatoria y fotocopias legalizadas
de productos directamente relacionados y primera
necesidad para la prevención, diagnóstico y
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
tratamiento del COVID-19 pueden ser enviados, junto
con la transferencia bancaria, a los correos electrónicos
habilitados para tal fin.
Circular
MS/AGEMED/CR/26/202
0
23/03/2020
Para solicitar alguno de los servicios que brinda el
Departamento de Vigilancia y Control, remitir toda la
documentación necesaria requerida según normativa
vigente y el pago correspondiente por el servicio
solicitado (foto de la transferencia bancaria), en formato
pdf calidad 300 ppp, a los correos electrónicos
habilitados al efecto.
Por otra parte, para la presentación de los informes
trimestrales de Sustancias Controladas se consideraran
10 días hábiles una vez suspendidas todas las medidas
instruidas mediante Decreto Supremo.
Circular
MS/AGEMED/CR/25/202
0
21/03/2020
Se consideran las diferencias en plazos de entrega de
medicamentos e insumos como caso fortuito y/o fuerza
mayor. Consiguientemente, se debe considerar las
entregas parciales.
A partir del 19 de marzo del año en curso, por los
argumentos precitados las legalizaciones de Registros
Sanitarios no serán emitidas, pudiendo verificar los
Registros Sanitarios en la página web de AGEMED.
Circular
MS/AGEMED/CR/24/202
0
20/03/2020
Se comunica que a partir del 20 de marzo de 2020 y
hasta que se normalicen los servicios de transporte y
mensajería, la AGEMED aceptará la presentación de la
solicitud de Certificado de Despacho Aduanero
debidamente llenada en la Ventanilla Única Virtual
UNIMED, con sellos y firmas de representante legal y
regente farmacéutico, de forma escaneada y nitidez
optima,
CC 2598/2020 19/03/2020
Las EIF implementaran el mecanismo de diferimiento del
pago de créditos de los prestatarios que se vean
afectados en su actividad económica o laboral, ante la
emergencia del COVID-19, debiendo atender
prioritariamente a los micro, pequeños y medianos
prestatarios, así como a los deudores del sector de
turismo y transporte en general, lo que no implica
restringir la atención de otro tipo de prestatarios y
sectores.
Circular
MS/AGEMED/CR/21/202
0
19/03/2020
Se establecen los requisitos establecidos en normativa
vigente para registro de empresa como Laboratorio
Industrial Cosmetológico y requisitos para la obtención
de Notificación Sanitaria Obligatoria para geles
antibacteriales con una concentración menor del 70%
de alcohol.
Circular
MS/AGEMED/CR/18/202
0
19/03/2020
Las industrias farmacéuticas nacionales quedan
habilitadas para la producción movilización, transporte y
distribución de sus productos para atender cualquier
patología en el territorio boliviano. Asimismo, las
importadoras y entidades públicas y privadas por la
naturaleza de las funciones y actividades quedan
habilitados para la movilización, transporte y distribución
de sus productos para atender cualquier patología en el
territorio boliviano, previa autorización correspondiente
por la autoridad competente.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
PROTOCOLOS
Protocolo
Formulario 01/04/2020
Se aprueba el protocolo la emisión de autorizaciones
para vuelos no regulares nacionales e internacionales de
pasajeros y carga en el marco de la emergencia
sanitaria por la pandemia del COVID-19, el cual alcanza
a las siguientes operaciones aéreas nacionales e
internacionales:
Sobrevuelos.
Vuelos de Aeronaves en situación de emergencia.
Vuelos de Evacuación Médica/vuelo ambulancia,
debidamente certificada.
Vuelos de evacuación de nacionales, en los que se
debe garantizar el cumplimiento de protocolos de las
autoridades de salud y frontera.
Vuelos de búsqueda, asistencia y salvamento.
Vuelos de personal de gobierno y diplomáticos.
Vuelos para transporte de personal de empresas y
entidades relacionadas a la producción de bienes y
servicios que no pueden ser interrumpidos, en el
marco de lo establecido en los DS 4199 y 4200.
Vuelos de Ayuda Humanitaria.
Vuelos de carga nacional e internacional (alimentos,
insumos y equipos médicos).
COMUNICADOS
Comunicado 19/04/2020
Se amplía la definición de casos sospechosos de COVID-
19, incorporando a todas las personas que presenten
como síntomas: fiebre de 37.5° o más junto a
anosmia/disgeusia, tos y dificultad respiratoria.
Comunicado 17/04/2020
Se dispone el cierre de todas las agencias de EIF que
atienden en las localidades de: Villa Tunari, Eterazama,
Villa 14 de Septiembre, Alto Chapare, Chimoré, Shinaota,
Ivirgarzama y Entre Ríos, desde el 17 de abril de 2020 y
hasta nuevo aviso.
Comunicado 16/04/2020
Se dispone la ampliación de la suspensión de los plazos
administrativos hasta el 01 de mayo de 2020 y por el
periodo que dure la cuarentena total.
Comunicado 15/04/2020
El reporte diario sobre la situación epidemiológica del
COVID-19 en el país, es elaborado bajo un
procedimiento de datos obtenidos a partir de la
identificación de casos sospechosos reportados a los
centros de salud, al servicio de call center, las fichas
epidemiológicas de cada paciente, toma de muestras,
resultados de laboratorios y el seguimiento a pacientes
en cuarentena y aislamiento.
Consiguientemente, mientras dure el estado de
emergencia sanitaria, la vocería oficial sobre el
mencionado reporte corresponde al Ministerio de Salud
y a la página web: www.boliviasegura.gob.bo.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Comunicado 17/2020 15/04/2020
Se dispone la suspensión de actividades laborales en
entidades públicas y privadas a nivel nacional hasta el
jueves 30 de abril de 2020, exceptuando a las entidades
y empresas descritas en el parágrafo III y IV de los
artículos 2 y 4 del DS 4199.
Por otra parte, se extiende hasta el 30 de abril de 2020,
la vigencia de las Autorizaciones de Funcionamiento
otorgadas.
Finalmente, el MTEyPS seguirá efectuando las
verificaciones permanentes para garantizar el
cumplimiento de lo dispuesto por el DS 4199 y la RBM N°
01/20.
Comunicado 15/04/2020
Se amplía hasta el 30 de abril de 2020 la suspensión de
las operaciones comerciales de pasajeros y la atención
al público en los aeropuertos internacionales Jorge
Wilstermann, El Alto y VIru Viru.
SABSA mantendrá el personal necesario para atender los
vuelos de carga, transporte de autoridades, apoyo
humanitario y otros que se requieran por orden del Poder
Ejecutivo.
Comunicado 15/04/2020
Se informa la emisión de los Instructivos Nos. 15 y 16,
referentes a la continuidad de cobertura para los
seguros de salud y el diferimiento de la Tasa de
Regulación.
Comunicado 16/2020 14/04/2020
Por el feriado departamental por la efeméride de Tarija,
las medidas y prohibiciones establecidas por el DS 4200
para los días sábado serán efectivos para el día 15 de
abril.
Comunicado 14/04/2020
La vigencia de los permisos de circulación emitidos con
fecha de vigencia de 14 y 15 de abril será prorrogada
automáticamente hasta el 30 de abril de 2020.
En caso de que los vehículos incumplan la función para
lo cual fueron autorizados, se anulará el permiso, se
procederá al decomiso del vehículo y se aplicaran las
multas que correspondan.
En el supuesto de que el permiso sea duplicado,
fraguado, adulterado y/o falsificado, éste será anulado,
se procederá al decomiso del vehículo, se aplicaran las
multas que correspondan y la persona será pasible al
inicio de un proceso penal.
Comunicado 14/04/2020
Se informa la emisión de los Instructivos Nos. 13 y 14,
referentes a las características operativas que permitan
el procesamiento oportuno de la planilla abril/2020 y
para la emisión del Certificado de No Adeudo.
Comunicado 14/04/2020
Se extienden hasta el 30 de abril de 2020, la validez de
los permisos especiales de circulación.
Comunicado 11/04/2020
Mientras dure la emergencia sanitaria, las operaciones
de nacionalización de mercancías sobre medios y/o
unidades de transporte no se efectuarán en la
Administración de Aduana Frontera Pisiga,
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Carta N° SC-1 055/2020 10/04/2020
Se instruye la coordinación para el despacho y
recepción de las personas que se encuentran en tránsito,
por las distintas situaciones que sea a su lugar de origen.
Comunicado 10/04/2020
Los permisos de circulación son otorgados
exclusivamente por el Viceministerio de Seguridad
Ciudadana
Comunicado 10/04/2020
Control estricto de la cuarentena en el departamento
de Santa Cruz.
Comunicado 10/04/2020 Atención extraordinaria para el día 11 de abril de 2020.
Comunicado 09/04/2020
Se comunica a los contribuyentes que aún tengan
facturas manuales o prevaloradas pueden seguir
utilizándolas hasta el 31 de mayo de 2020, sin ningún tipo
de sanciones.
Comunicado 15/2020 09/04/2020
Se dispone la suspensión de actividades en todo el
territorio nacional, el día 10 de abril de 2020 por el feriado
nacional en conmemoración al Viernes Santo.
Las medidas y prohibiciones establecidas por el DS 4200
para los días sábado serán efectivos para el día 10 de
abril.
Comunicado 09/04/2020
Las EIF suspenderán la atención al público el día 10 de
abril de 2020, aplicando el feriado nacional por Viernes
Santo.
Las personas que debían realizar actividades el día
viernes, serán atendidas el día sábado 11 de abril de
2020, de 8 a 12.
Comunicado 08/04/2020
Se establece el diferimiento obligatorio y automático en
lo relacionado al pago de la prima de los seguros de
desgravamen hipotecario y de los seguros que amparan
las garantías de los créditos en favor de las EIF.
Comunicado 14/2020 08/04/2020
Se recuerda la estabilidad laboral en entidades públicas
y privadas, quedando terminantemente prohibido el
despido injustificado de trabajadores.
Asimismo, se garantiza el pago de salarios y sueldos.
Comunicado 07/04/2020
El Ministerio de Gobierno comunica que no se emitió
ningún permiso de circulación para el transporte
público, sea de manera individual o empresarial. Por
tanto, ninguna empresa de radiotaxi fue autorizada para
prestar algún tipo de servicios.
Comunicado 07/04/2020
Se comunica que la República de Chile cierra sus
fronteras terrestres, marítimas y áreas para el tránsito de
personas extranjeras, lo que no afectará la entrada y
salida de carga ni de los transportistas, por lo que se
informa la situación actual de los pasos fronterizos
correspondientes a las Direcciones Regionales de Arica,
Iquique y Antofagasta, así como los horarios de atención
de los puntos de control de Chungará, Colchané y
Ollagüe, manteniéndose cerrados los puntos Visviri e Hito
Cajón.
Comunicado 06/04/2020
Se amplía la suspensión de los plazos en todas las
actuaciones administrativas desde las 00:00 del 23 de
marzo hasta las 00:00 del 16 de abril de 2020 y por el
periodo que dure la cuarentena hasta que ésta sea
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
levantada y se reestablezcan las actividades del sector
público y privado.
Comunicado
MS/DPCH/IN/003/2019-
2020
06/04/2020
Se suspende la sesión programada para el día 8 de abril
de 2020 y se autoriza a los diputados a canalizar ayuda
y coordinar con organismos internacionales,
precautelando su salud y de la población en general.
u
Comunicado 06/04/2020
Se suspenden el requisito de visados de los controles
médicos prenatales para las madres gestantes que
deben recibir el Subsidio Prenatal dentro del régimen de
Asignaciones Familiares a nivel nacional durante el
tiempo que dure la cuarentena establecida por las
Autoridades Competentes.
Consiguientemente, las empresas o instituciones que
otorgan el citado beneficio, no exigirán la presentación
del visado de los controles médicos por parte de los Entes
Gestores de los controles prenatales para el pago de
Subsidio.
Posteriormente, los Entes Gestores deberán realizar las
gestiones necesarias y determinar los mecanismos
apropiados para regularizar y otorgar el visado de los
controles correspondientes.
Comunicado 04/04/2020
Se suspenden los plazos para el cumplimiento de las
obligaciones tributarias municipales (transferencias y
planes de pago) mientras dure la cuarentena,
Comunicado N° 4 03/04/2020
Las estaciones de servicios solamente pueden cargar
combustible en tanques de vehículos motorizados
públicos y privados que cuenten con autorización de
circulación emitida por el Viceministerio de Seguridad
Ciudadana.
Comunicado 03/04/2020
Toda correspondencia urgente debe ser enviada a
través de correo electrónico, a la siguiente dirección:
Comunicado 02/04/2020
Se autoriza a las AFP’s, las entidades aseguradoras, a la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo y
a las entidades que operan en el SIP, que efectúen todas
las gestiones técnicas y operativas necesarias para el
oportuno intercambio de información con los
operadores y entidades del Sistema Financiero
autorizado por la ASFI, a fin de ampliar los canales y
medios de pago de pensiones de jubilación y la renta
dignidad.
Comunicado 02/04/2020
Comunica que sus agencias a nivel nacional atenderán
en los horarios de 07:00 a 12:00 a partir del día 3 de abril
de 2020.
Comunicado 13/2020 01/04/2020
Se suspende la presentación de las planillas de Sueldos,
Salarios y Accidentes de Trabajo del mes de marzo/2020
mediante la Oficina Virtual de Trámites (OVT).
Por lo tanto y de forma excepcional, las planillas de
Sueldos, Salarios y Accidentes de Trabajo
correspondientes a los meses marzo y abril de 2020
deberán ser presentadas hasta el 30 de mayo del año
en curso, fecha a partir de la cual, se aplicaran las multas
establecidas en el artículo 7 de la Resolución Ministerial
N° 212/18 de 1 de marzo 2018.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Comunicado 01/04/2020
Se comunica a las Entidades Aseguradoras que la
recepción de las propuestas para la cobertura del
seguro de trigo PMFPT Invierno 2020 se amplía hasta hrs.
18:30 del 3 de abril de 2020.
El envío de las propuestas debe realizarse a los siguientes
correos electrónicos: [email protected] y
Comunicado 01/04/2020
La presentación de reportes mensuales de importación
debe ser realizada hasta el 10 de cada mes, por lo que
se habilitaron los siguientes correos electrónicos:
Comunicado Abril/2020
Comunica los números telefónicos para la atención en
las oficinas regionales, únicamente los días martes y
jueves.
Comunicado Abril/2020
Se amplía el vencimiento para cancelar las cuotas de
Facilidades de Pago correspondientes a octubre/2019 a
mayo/2020 hasta el 12 de junio de 2020.
Comunicado Abril/2020
Consecuencia de la emergencia sanitaria y la
cuarentena total, se prorrogaron los plazos para el
cumplimiento de obligaciones tributarias mensuales.
Comunicado Abril/2020
Se prorrogó hasta el 20 de junio de 2020, el plazo para
que los asalariados del sector público y privado, que
declaran el RC IVA Dependientes, presenten a sus
empleadores el Form. 110 por abril y mayo 2020.
Asimismo, se amplió el plazo para el envío de la Planilla
Tributaria correspondiente a abril y mayo 2020,
consolidada a junio del año en curso.
0
Comunicado Abril/2020
Se informa la ampliación del plazo de pagos de
contribuciones, de acuerdo al siguiente detalle:
- Febrero, Marzo y Abril: hasta el 30 de junio de 2020.
- Mayo: Hasta el 31 de julio de 2020.
- A partir de Junio, el pago debe realizarse hasta el
último día hábil del mes posterior a aquel que
devengan los sueldos o salarios de sus dependientes;
es decir, hasta el 31 de julio de 2020.
Comunicado Abril/2020
Se detallan los correos electrónicos donde se debe
enviar la solicitud y documentación escaneada y
digitalizada para los nuevos trámites virtuales.
Comunicado Abril/2020
Se comunica que mientras dure la cuarentena, todos los
martes y jueves se cierra el mercado campesino por la
desinfección del mismo y sus calles adyacentes.
Comunicado Abril/2020
Se informa que el Ministerio de Desarrollo Productivo y
Economía Plural - MDPyEP emitió la Resolución Ministerial
MDPyEP N° 0076/2020 que amplía la suspensión de
procesos ante la AEMP y plazos administrativos hasta el
levantamiento de la cuarentena nacional y se reanuden
las actividades.
Comunicado Abril/2020
Se comunica que los contribuyentes del Servicio de
Impuestos Nacionales - SIN pueden realizar sus consultas
tributarias a través de los servicios en línea de Chat en
Línea en la página del SIN, a través de Facebook "Cultura
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Tributaria" y mediante correo electrónico a
Comunicado Abril/2020
Se informa que FUNDEMPRESA no atenderá en ninguna
de sus oficinas hasta el 30 de abril de 2020, debiendo
realizar los trámites en línea a través de las plataformas
www.miempresa.gob.bo y
www.gacetadecomercio.gob.bo
Comunicado Abril/2020
Los administrados que requieran realizar promociones
empresariales durante el periodo de emergencia
sanitaria, deben enviar su solicitud a través de la
plataforma AJ en Línea en la página web:
www.aj.gob.bo o enviar un correo electrónico a:
[email protected] (La Paz, Oruro y Potosí),
aj.sc<@aj.gob.bo (Santa Cruz, Beni y Pago) o
[email protected] (Cochabamba, Tarija y Chuquisaca)
Comunicado Abril/2020
Se comunica que se atenderá a los usuarios en las
oficinas del SENASAG Departamental de Santa Cruz, de
lunes a viernes de hrs. 9:00 a 11:30.
Las solicitudes de renovación, nuevos registros y
etiquetas, deben realizarse de forma virtual para su
evaluación, siempre y cuando estos servicios sean
competencia del SENASAG Santa Cruz, para ello se
debe coordinar con los responsables departamentales
de cada área.
Comunicado Abril/2020
Se aprueba la Canasta Municipal Solidaria de Alimentos
el cual será entregada por única vez a las familias que
no gozan de sueldo fijo en entidad pública o privada.
La Canasta está compuesta por:
- Una arroba de arroz, azúcar y harina;
- 5kg. De fideo; y
- 5kg. De aceite.
Comunicado Abril/2020
Se informa que, a la fecha, no hay pruebas y es muy
poco probable que la gente pueda contagiarse de
COVID-19 por los alimentos o los envases de los mismos.
El COVID-19 es una enfermedad respiratoria y la ruta de
transmisión es a través del contacto de persona a
persona y a través del contacto directo con las gotículas
respiratorias que se generan cuando una persona
infectada tose o estornuda.
Comunicado Abril/2020
Se comunicado que la línea gratuita 169 es de la RED DE
AMBULANCIAS S.A.M.U. para llamadas de urgencias y
emergencias.
Comunicado Abril/2020
Se comunica a todas las actividades económicas en el
rubro de industrias asentadas en el municipio de Viacha,
excepto por alimentos, que deben suspender sus
actividades durante la cuarentena. En caso de
incumplimiento, se procederá con la clausura
correspondiente.
Comunicado Abril/2020
Se amplía hasta el 30 de junio de 2020, la vigencia de las
licencias de conducir que vencieron desde el 1 de enero
de 2020 hasta que termine la cuarentena.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Comunicado Abril/2020
La ATT habilitó la plataforma https://sincortes.att.gob.bo
y la línea de WhatsApp 71536640 para informar sobre el
corte de servicio de telecomunicaciones por falta de
pago y/o interrupciones intempestivas de manera
rápida y eficaz.
Comunicado Abril/2020
Por imposibilidad de entrega de facturas, se solicita la
consulta al centro de llamadas 2333300 y/o la revisión en
la página https://www.delapaz.bo, utilizando la opción
“consulte el saldo de su deuda”.
Comunicado Abril/2020 Centro de Operaciones de emergencias en el municipio
de Santa Cruz de la Sierra: 800-12-5700.
Comunicado Abril/2020
El viernes 10 de abril de 2020 es feriado nacional, por lo
que la circulación vehicular y peatonal estará prohibida
no habrá servicios bancarios ni ventas en mercados.
El sábado 11 de abril de 2020 podrán circular las
personas entre los 18 y 65 años, cuya CI termine en 9 y 0
y habrá funcionamiento de entidades financieras y
bancos de 7:00 a 12:00.
Comunicado Abril/2020
Mientras dure el periodo de cuarentena total, la
correspondencia será recibida vía digital y en formato
.pdf en la ventanilla digital de la entidad.
Comunicado Abril/2020
Se recuerda a los proveedores de servicios de
telecomunicaciones, entre otros puntos, que deben
garantizar la continuidad de sus servicios, no pudiendo
realizarse cortes por falta de pago mientras dure la
cuarentena.
Comunicado Abril/2020
Se habilitan las líneas 80|1104 y 800101106 para que los
afiliados a la CNS que tengan sospechas de haber
contraído el COVID-19 se contacten directamente.
Comunicado Abril/2020
En caso de extravío de cédula de identidad (CI), la
población en general podrá identificarse en instituciones
públicas o privadas que tienen acceso al sistema del
SEGIP de acuerdo a Convenio, con la mención del
número de la CI, nombre, apellido y fecha de
nacimiento.
Esta medida estará vigente hasta la finalización del
estado de emergencia sanitaria nacional.
Comunicado Abril/2020
Los medios de comunicación deben desarrollar sus
actividades con el personal estrictamente necesario e
implementar y dotarles con las medidas/equipamiento
de bioseguridad.
Asimismo, deben orientar y concientizar a la población
respecto a la prevención del COVID-19.
Comunicado Abril/2020
Comunica a las personas que hubieren extraviado su
cédula de identidad, que pueden usar el pasaporte o
licencia de conducir para acreditar su número de
identificación.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Comunicado 31/03/2020
Resumen de las medidas implementadas por el
Gobierno Central para atender de forma rápida y
oportuna la prevención, control y atención dentro del
territorio nacional, de la emergencia de salud
provocada por el COVID-19.
Comunicado 31/03/2020
Se comunica que el tránsito de camiones en puntos
fronterizos, como ser Tambo Quemado, está garantizado
y pueden desarrollar las actividades de comercio
exterior de productos de primera necesidad, alimentos,
insumos médicos, productos de higiene, en beneficio de
toda la población boliviana.
Comunicado
MDPyEP/DGAJ/CE N°
0010/2020
31/03/2020
En cumplimiento de lo dispuesto por el DS 4203, el
MDPyEP establecerá nuevos plazos para que las
empresas comerciales que cerraron su ejercicio
económico el 31 de diciembre de 2019, cumplan con sus
deberes y obligaciones comerciales.
Comunicado 31/03/2020
Se permite la circulación del transporte de carga y
mercancías, de importación y exportación que se
encuentren efectuando operaciones de transporte
hasta la conclusión de sus operaciones.
Asimismo, se informa que en el territorio nacional rige el
libre tránsito para la provisión de insumos de primera
necesidad y que los Gobiernos Autónomos
Departamentales no tienen tuición sobre temas
fronterizos.
Comunicado N°
01/2020 31/03/2020
Se amplían los plazos para el pago de aportes al Seguro
Social Obligatorio de Corto Plazo correspondiente al mes
de febrero/2020. Este pago deberá ser cancelado, sin
recargo alguno, hasta máximo el 20 de abril de 2020.
Las empresas deben tomar las debidas previsiones, para
realizar el pago mediante banca por internet a las
entidades financieras establecidas en cada regional (Se
adjunta detalle de cuentas).
Comunicado 31/03/2020
Se autoriza que, en casos de emergencia, los
ciudadanos extranjeros pueden salir de territorio
nacional con su pasaporte, documento nacional de
identidad (DNI) y/o cualquier documento caduco.
Comunicado 31/03/2020
Se autoriza a la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo, implementar de forma inmediata su sitio
web institucional.
Por otra parte, se establece que todos los empleadores
tendrá un plazo para realizar el pago de las
contribuciones (aportes) a las Administradoras de
Fondos de Pensiones (AFP’s).
Comunicado 31/03/2020
Se comunica la continuidad del comercio exterior desde
el puerto Arica, ya que el transporte de carga y
mercancías de importación y exportación continúa
ingresando con normalidad desde la zona de Tambo
Quemado.
Consiguientemente, se da cumplimiento al DS 4200,
donde se establece que las empresas públicas y
privadas, personas dedicadas a la producción de
alimentos, la provisión de insumos para ésta, así como a
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
la elaboración de higiene y medicamentos, deben
desarrollar sus actividades ininterrumpidamente.
Comunicado ASP-
B/COM-007/2020 31/03/2020
Se informa que el transporte internacional de carga
continuará desarrollando sus actividades de manera
normal a través del paso fronterizo de Tambo Quemado,
precautelando el normal abastecimiento de los
mercados.
Respecto al Puerto de Arica, se garantiza las
operaciones de despacho de carga en los 3 turnos
habituales.
Comunicado 30/03/2020
Se comunica que las agencias navieras legalmente
constituidas y habilitadas, representantes de líneas
navieras extranjeras que transporta comercio exterior
boliviano, se encuentran prestando sus servicio en sus
plataformas habilitadas y servicios en línea.
Los usuarios podrán liberar contenedores para el tránsito
de y hacia Bolivia en base a las necesidades para no
interrumpir la logística del transporte.
Comunicado 30/03/2020
Los permisos especiales de circulación otorgados antes
del DS 4200 tienen plena vigencia hasta el 1 de abril de
2020.
Las nuevas solicitudes se recibirán en:
https://permiso.agetic.gob.bo
Comunicado 30/03/2020
Se amplía la vigencia de los permisos especiales de
circulación otorgados antes del DS 4200 hasta las hrs.
23:59 del día lunes 30 de marzo de 2020.
Comunicado 28/03/2020
Los permisos especiales de circulación otorgados antes
del DS 4200 tienen plena vigencia hasta el lunes 30 de
marzo de 2020.
Comunicado 12/2020 27/03/2020
Se comunica y aclara que se suspende las actividades
públicas y privadas desde el 26 de marzo al 15 de abril
de 2020, con las excepciones establecidas en normativa
anterior.
Asimismo, se recuerda que las Autorizaciones de
Funcionamiento excepcional otorgadas tienen plena
vigencia durante el periodo de la emergencia sanitaria,
no siendo necesario solicitarlas o tramitarlas
nuevamente.
Sin embargo, las entidades que aún no cuenten con la
citada autorización podrán solicitarla hasta máximo las
23:59 del 29 de marzo de 2020.
Comunicado
MS/DPCH/02/2020 27/03/2020
Todos los vehículos que prestan servicio de transporte
carga lícita, en tránsito, internacional,
interdepartamental, interprovincial, municipal y urbano
de medicamentos e insumos para los establecimientos
de salud, seguridad social a corto plazo, farmacias y
población en general, podrán circular sin restricción
alguna durante las 24 horas al día.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Comunicado
GAMLP/SMDE N°
005/2020
27/03/2020
Los certificados para el traslado y comercialización de
los productores agropecuarios de los macrodistritos de
Hampaturi y Zongo serán emitidos por la Agencia de
Desarrollo Económico Local de la Dirección de
Competitividad y Emprendimiento del GAMLP.
Comunicado 27/03/2020
Se aclara e informa que los concesionarios de depósitos
aduaneros, agentes despachantes de aduana
autorizados por la AN y las transportadoras
internacionales se constituyen en sujetos esenciales para
garantizar el normal abastecimiento de alimentos,
medicamentos y demás artículos de primera necesidad.
Comunicado 26/03/2020
Las empresas de servicios públicos e industrias, tanto
públicas como privadas, dedicadas a la producción de
alimentos, productos de higiene, medicamentos y
artículos de primera necesidad y su personal de trabajo,
podrán circular de manera garantizada, desarrollando
sus actividades de lunes a domingo las 24 horas. Los
proveedores abastecerán a los mercados, tiendas,
almacenes y supermercados todos los días de 14:00 a
05:00 a.m. conforme a su rubro.
La cadena logística y de servicios de transporte del
comercio interno y de las exportaciones e importaciones
se mantendrá expedito y garantizado. Los medios de
transporte de abastecimiento, insumos, artículos de
primera necesidad, limpieza e higiene, farmacéuticos,
comerciales y distribuidoras de alimentos podrán
transitar de manera segura y libre en todo el territorio
nacional.
Comunicado 26/03/2020
Recuerda la excepcionalidad establecida en el artículo
7 del DS 4200, con relación a las actividades realizadas
por productores agropecuarios y las empresas
encargadas de su distribución.
Comunicado 26/03/2020
A partir de las 16:00 horas del 26 de marzo de 2020 se
habilitó el portal:
https://permiso.agetic.gob.bo/#/formulario, para la
otorgación de permisos especiales de circulación.
Comunicado 26/03/2020
Se comunica a los ciudadanos extranjeros que se
encuentren en territorio nacional en calidad de turistas y
cuyo tiempo de permanencia hubiere vencido, su
situación migratoria no será considerada irregular ni se
cobrará multa alguna esos días.
En el caso de residentes extranjeros que se encuentren
fuera de Bolivia por más tiempo que el establecido en la
normativa vigente, su permanencia no será cancelada.
Comunicado 25/03/2020
Responsabilidades penales a quienes incumplan la
cuarentena total y pongan en riesgo la salud pública,
serán sancionadas con privación de libertad de 1 a 10
años.
Comunicado 25/03/2020
Garantiza el tránsito de los servicios de transporte de
alimentos, medicamentos e insumos médicos en el
territorio nacional.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Comunicado 11/2020 24/03/2020
Suspensión de plazos procesales administrativos de todos
los recursos administrativos que se encuentran en curso
de trámite y pendientes de Resolución, en las diferentes
instancias administrativas dependientes del MTEyPS, y la
suspensión de actuaciones administrativas llevadas a
cabo por las Jefaturas Departamentales y Regionales de
Trabajo, aclarando que el pago de los beneficios
sociales debe realizarse dentro del plazo establecido
conforme a normativa vigente.
Aquellas entidades que estén realizando actividades
excepcionales, deben contar con el Certificado de
Autorización que contiene código QR emitida por el
MTEyPS, teniendo los mismos la obligación de
proporcionar el transporte a su personal desde su
domicilio al lugar de trabajo y retorno.
Comunicado 24/03/2020
Recuerda lo establecido en la RAPE 01-006-20 de 19 de
marzo de 2020 con relación a la suspensión del cómputo
de plazos establecidos en los procedimientos de
regímenes aduaneros y destinos aduaneros especiales.
Asimismo, sobre los horarios y modalidades de atención.
Comunicado N° 3 23/03/2020
Determina el siguiente horario de atención:
- En oficina: Lunes - Miércoles - Viernes Hrs. 08:00 a 11:30.
- Martes - jueves se atenderá emergencias de alta
prioridad.
- Solamente se atenderán los trámites de Solicitud de
Hoja de Ruta y Autorización para Compra Local a
YPFB, Estaciones de Servicio, Hospitales e Instituciones
Públicas y Privadas, relacionadas con el cumplimiento
del DS 4200.
Comunicado 23/03/2020
Suspensión de los plazos dentro de los procedimientos
administrativos, recursos ulteriores y otros trámites
administrativos sustanciados por y ante la APS, hasta el
levantamiento de la cuarentena total.
Comunicado 23/03/2020
Los avisos de siniestros del Seguro Agrario MINKA podrá
ser realizado y/o enviado excepcionalmente en forma
oral o digital a los números de celular: La Paz 71297814,
Cochabamba 71297811, Chuquisaca 71297812, Potosí y
Tarija 71297813 y Santa Cruz, Pando y Beni 67198142.
Comunicado 22/03/2020
Desde el lunes 23 de marzo de 2020, las entidades bajo
tuición de la APS suspenderán la atención al público.
Asimismo, las Administradoras de Fondo de Pensiones y
las Entidades Aseguradoras dispondrán del personal
pertinente y necesario para el proceso y gestión de los
temas sustantivos y estratégicos asociados al SIP.
Comunicado 005/2020 22/03/2020
Los trámites ante la ASP-B se encuentran habilitados para
que puedan ser realizados a través de las plataformas
web: www.aspb.gob.bo y siap.aspb.gb.bo. Asimismo,
toda solicitud para el despacho de carga FC, se viene
ejecutando en un máximo de 24 horas posterior a su
planificación portuaria.
Comunicado Regional
LP 22/03/2020
Los aportes patronales normales y devengados
(convenios de plazo) para el Seguro a Corto Plazo,
deberán ser depositados a la cuenta de la
Administración Regional La Paz N° 1-0000004671108 del
Banco Unión, para su posterior regularización.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Comunicado 22/03/2020
El transporte aéreo debe tomar las previsiones
correspondientes para cumplir con los protocolos de
salud para tripulaciones y desinfección de aeronaves y
contra el contagio y propagación del COVID-19.
Por otra parte, se suspenden los servicios de transporte
interdepartamental e internacional de pasajeros desde
las 00:00 hrs. del 22 de marzo de 2020 hasta el 04 de abril
de 2020, excepto por el transporte de carga dedicado al
abastecimiento de artículos de primera necesidad,
farmacéuticos y que brindan atención y cuidado a la
población vulnerable.
Comunicado 21/03/2020
Las empresas públicas, privadas y personas dedicadas a
la producción de alimentos, provisión de insumos para
ésta, así como a la elaboración de productos de higiene
y medicamentos desarrollaran sus actividades
ininterrumpidamente o de acuerdo a la modalidad
aplicable a su actividad, a fin de garantizar la cadena
productiva y de abastecimiento.
Comunicado 10/2020 21/03/2020
Suspensión de actividades laborales hasta el 4 de abril
de 2020. Exceptuando aquellas que por su naturaleza
deban continuarse. Asimismo, las entidades que
continúen realizando actividades excepcionalmente
proveerán el transporte de su personal desde su
domicilio al lugar de trabajo y retorno.
Comunicado 21/03/2020
Suspensión temporal de la emisión de Guía de Tránsito
Interno de Productos Vegetales. Por lo que solo se
controlará a emisiones de permisos y certificados
fitosanitarios a nivel nacional.
Comunicado 20/03/2020
Se comunica lo siguiente:
1. La atención al público a nivel nacional se realizará de
horas 8:00 a 13:00.
2. En caso de dudas o consultas, llamar al 800-10-1610.
3. Las visitas a las oficinas de la APS solo podrán
realizarse en casos de necesidad imperiosa de
realizar trámites importantes.
4. En caso de pagos acumulados de 12 periodos por
Renta Dignidad que debieran efectivizarse entre el 16
al 31 de marzo de 2020, no se perderán y los mismos
se habilitarán para el pago correspondiente a partir
del 1 al 15 de abril de 2020.
5. En caso de una suspensión total de actividades, los
casos de Gastos Funerales que correspondan al
cobro desde el 16 al 31 de marzo de 2020, podrán ser
cobrados a partir del 1 al 15 de abril de 2020.
6. En caso de no poder realizar el pago a domicilio de
la Renta Dignidad los mismos serán realizados a
momento de normalizarse la situación nacional.
7. El pago de la Renta Dignidad está garantizado.
Comunicado 19/03/2020
1. Los nuevos trámites de prestaciones y operaciones
serán recibidos a partir del 1 de abril de 2020, sin
afectación de los derechos ni devengamiento de
pago de pensiones.
2. Los trámites en curso cuyo vencimiento sea entre el
16 y 31 de marzo serán atendidos desde el 1 al 15 de
abril de 2020, sin afectación de los derechos.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
3. Los plazos para el pago de Contribuciones
establecido en la Ley de mantienen vigentes para
todo empleador y asegurado independiente.
4. Los trámites de Control de Vivienda, Solicitud de No
Descuento por Salud y Certificados de Estudios que
concluyan en el periodo marzo 2020, son ampliados
hasta el 30 de abril de 2020, según corresponda.
Comunicado 9/2020 18/03/2020
Reducción de la jornada laboral a 5 horas de forma
continua, hasta el 31 de marzo de 2020, que no implica
descuento o reducción del pago de salario.
Excepcionalmente, podrán tener horario diferente, entre
otras, las actividades de Entidades del sector público y
privado: sector farmacéutico, servicios básicos, energía,
producción, elaboración y transporte de alimentos y
otros imprescindibles, mismas que regularizaran su
autorización ante el MTEyPS y proporcionaran el
transporte de su personal desde su domicilio al lugar de
trabajo y retorno, debiendo tramitar el permiso de
circulación ante la instancia competente.
Las autorizaciones deben tramitarse en el plazo de 48hrs.,
computables a partir del 19 de marzo, remitiendo en un
archivo PDF, la siguiente documentación debidamente
escaneado, al correo electrónico
[email protected]: El formulario de solicitud
correspondiente, nómina del personal que trabajará en
el horario especial; y el Formulario ROE. Al no contar con
la citada autorización y efectuar actividades fuera del
horario excepcional, se aplicará las sanciones
establecidas en el DS 4196.
Todas las entidades deben adoptar las medidas de
promoción de la salud, la prevención del contagio y
contención del COVID-19, además de implementar
estrategias para evitar aglomeración de personas en el
marcado del ingreso y salida de la jornada laboral y otras
acciones necesarias.
Comunicado 16/03/2020
Las AFP’s, las entidades aseguradoras y la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deben
otorgar la guía y orientación requerida a fin de evitar el
apersonamiento de los asegurados y beneficiarios a las
plataformas de atención, hasta el 31 de marzo de 2020,
sin afectar con esta medida, los derechos en el acceso
de prestaciones y beneficios que otorga el SIP.
Comunicado Marzo/2020
Adopción de medidas de carácter tributario orientadas
a dar alivio fiscal a los contribuyentes en el marco de la
Declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional frente a
la pandemia por COVID-19.
Comunicado Marzo/2020
Se prorrogan los plazos de la presentación de
Declaraciones Juradas, pago de tributos y cumplimiento
de deberes formales, a causa de la presencia del
COVID-19.
Comunicado Marzo/2020
Implementación en las administraciones de aduana
frontera y fluvial para el registro del Manifiesto
Internacional de Pasajeros y Equipaje y el Uso del
Aplicativo AN Viajero.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Comunicado Marzo/2020
Recuerda que la AJ determinó la suspensión de plazos
en Promociones Empresariales, Procesos sancionadores
de cualquier índole y Procesos de Fiscalización, entre
otros.
Comunicado Marzo/2020
Las empresas de servicios públicos e industrias, tanto
públicas como privadas, dedicadas a la producción de
alimentos, productos de higiene, medicamentos y
artículos de primera necesidad y su personal de trabajo,
podrán circular de manera garantizada, desarrollando
sus actividades ininterrumpidamente de lunes a
domingo las 24 horas del día.
En cumplimiento del DS 4200 el MDPyEP precautelará el
abastecimiento, seguridad alimentaria, higiene y salud
en todo el territorio nacional.
Comunicado N°
04/2020 Marzo/2020
Depósitos bancarios por el concepto de aporte mensual
correspondiente al mes de febrero/2020 en la cuenta de
la administración donde corresponda el aporte.
Comunicado Marzo/2020
Se comunica a las entidades aseguradas que se ha
designado personal técnico para atender consultas,
llamadas y videoconferencias acerca del Seguro
Agrícola para el Cultivo de Trigo.
Comunicado Marzo/2020
Se establecerán nuevos plazos para que las empresas
unipersonales y sociedades comerciales, con cierre al 31
de diciembre de 2019, cumplan con sus deberes y
obligaciones comerciales.
Comunicado Marzo/2020
El plazo para que los empleadores paguen las
contribuciones al SIP, correspondiente al mes de febrero
2020, que vencía el 31 de marzo del año en curso, queda
suspendido.
Comunicado Marzo/2020
El plazo para que los empleadores paguen las
contribuciones al SIP, correspondiente al mes de febrero
2020, que vencía el 31 de marzo del año en curso, se
amplía.
También se amplía el plazo para que los aseguras
independientes realicen su aporte al SIP.
Comunicado Marzo/2020 Informa sobre sus servicios online y las cuentas bancarias
para la recaudación electrónica en diferentes Bancos.
Comunicado Marzo/2020
Comunica a todos los asegurados y empleadores que no
se tendrá ningún tipo de atención en sus oficinas a nivel
nacional, retornando a atención el 16 de abril de2020.
Comunicado Marzo/2020
Trámites de Gestión territorial y catastral, Tributos
municipales y Gestión de Inmuebles a través de la
página web: www.lapaz.bo
LEYES DEPARTAMENTALES
LD N° 187 06/04/2020
Se declara emergencia sanitaria en el departamento de
La Paz para la lucha contra el contagio y propagación
de la pandemia COVID-19, estableciendo las medidas
de prevención, contención y atención.
LD N° 109 23/03/2020
Se declara emergencia sanitaria departamental contra
el contagio y propagación del COVID-19.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
LD N° 407 20/03/2020
Se encomienda al órgano ejecutivo departamental a
asumir todas las acciones y disponer los recursos
necesarios para proteger, prevenir, disminuir el riesgo de
transmisión del COVD-19, garantizando el acceso
gratuito de la población a insumos de prevención,
diagnóstico y atención en todos los servicios de salud del
departamento de Tarija.
DECRETOS DEPARTAMENTALES
DD N° 129 07/04/2020
Se reglamenta la LD N° 187 de emergencia sanitaria en
el departamento de La Paz para la lucha contra el
contagio y propagación de la pandemia COVID-19,
estableciendo las medidas de prevención, contención y
atención, de aplicación obligatoria e inexcusable de
todas las instituciones públicas, privadas y a las personas
estantes y habitantes del departamento.
DD N° 029/2020 06/04/2020
Se establecen las medidas económicas inmediatas para
mitigar el impacto del COVID-19, bajo las siguientes
acciones:
a. Programas ejecutados por el Gobierno Autónomo
Departamental de Tarija:
i. Adquisición y dotación de la “Canasta
Alimentaria para la Persona de la Tercera Edad
por una Calidad de Vida Digna”.
ii. Adquisición y dotación de la “Paquete
Alimentaria para Personas con Discapacidad”.
iii. Programa Solidario Comunal.
iv. Diferimiento de pagos del Fondo de Promoción
Económica Departamental de Tarija
b. Otorgación del “Apoyo Solidario a Jefas de Hogar”
de manera excepcional y por única vez.
DD 128 27/03/2020
Declara Auto de Buen Gobierno en todo el
departamento de La Paz y determinar acciones
institucionales y sociales en el marco de la emergencia
sanitaria nacional, cuarentena total y su ampliación por
el brote del COVI-19 a partir del 26 de marzo hasta el 15
de abril de 2020.
Se prohíbe:
- La circulación de vehículos motorizados públicos y
privados con excepción de los medios de transporte
para el traslado de las Fuerzas Armadas, la Policía
Boliviana y servicios de salud público y privados y otros
que por naturaleza estratégica estén dedicadas a la
prestación de servicios básicos y al abastecimiento de
artículos de primera necesidad para lo cual, los
Alcaldes o Alcaldesas deberán certificar, de manera
restringida, para prestación de este servicio.
- Portar todo tipo de armas de fuego, armas blancas y
cualquier material explosivo que pudiere atentar
contra la integridad de las personas o los bienes
públicos y privados.
- La organización de reuniones sociales, políticas,
mítines, manifestaciones, huelgas y bloqueos de calles,
caminos urbanos, rurales y vecinales.
- El Servicio de Transporte Público en las jurisdicciones de
los Gobiernos Autónomos Municipales del
departamento de La Paz, con excepción de
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
autorizaciones expresadas en certificaciones
especiales al Servicio de Transporte exclusivamente
para el traslado de productos alimenticios en horarios
especiales de acuerdo a las características propias de
la jurisdicción municipal correspondiente en
concordancia con lo establecido en el DS 4200.
Los estantes y habitantes del departamento de La Paz,
así como las organizaciones sociales, gremiales,
sindicales, centrales agrarias, instituciones públicas y
privadas, están obligadas a dar cumplimiento a los DS
4196, 4199 y 4200, para ello deben permanecer en sus
hogares sin salir de sus domicilios las 24 horas del día,
encargando a un solo miembro de la familia el
abastecimiento de lo estrictamente necesario
(alimentación o medicamentos), dependiendo del
número de terminación de su cédula de identidad entre
horas 08:00 a. m. hasta horas 12:00 a. m, sin provocar
aglomeraciones y evitando el contacto con otras
personas conforme
lo dispuesto en el artículo 5o del Decreto Supremo N°
4200, de acuerdo al siguiente detalle:
DÍA TERMINACIÓN C.I.
Lunes 1 y 2
Martes 3 y 4
Miércoles 5 y 6
Jueves 7 y 8
Viernes 9 y 0
Se declara como personal de servicio necesario, en el
marco de las excepciones previstas en el DS 4200, a los
servidores públicos dependientes del Servicio
Departamental de Gestión Social (SEDEGES).
Se autoriza la circulación de:
- Servicios de transporte de carga dedicados a la
prestación de servicios básicos y al abastecimiento de
artículos de primera necesidad en todo el
departamento de La Paz.
- Servicios de transporte de carga y de mercancías que
se encuentren en tránsito en el territorio departamental
hasta la conclusión de su operación de transporte, así
como también las operaciones para la devolución de
contenedores a sus puntos de origen.
DD 026/2020 26/03/2020
Se dicta auto de buen gobierno y se operativizan las
medidas nacionales en contra del contagio y
propagación del COVID-19 en todo el territorio del
departamento de Tarija.
DD 304 25/03/2020 Se declara emergencia sanitaria en el departamento de
Santa Cruz por la epidemia del COVID-19.
DD 127 13/03/2020
Declara estado de emergencia en el departamento de
La Paz, con el propósito de proteger, prevenir y disminuir
el riesgo de transmisión del Coronavirus, reducir la
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
frecuencia de los contagios y proteger especialmente a
los sectores vulnerables en el departamento.
DD 303 12/03/2020
Se aprueba el reglamento de acciones de vigilancia,
prevención, control y mitigación ante el brote de COVID-
19 y se ratifica la alerta roja, aplicable a todo el
departamento de Santa Cruz.
LEYES MUNICIPALES
LAM GAMSCS N° 1290 07/04/2020
Uso obligatorio de barbijos y desinfección en el municipio
de Santa Cruz de la Sierra aplicable a todas las
actividades comerciales o no, de atención directa al
público.
LAM GAMSCS N° 1289 07/04/2020
Se establece el incentivo tributario de la reducción del
75% en el pago del IMPBI, IMPVA y la PM del municipio
de Santa Cruz de la Sierra, para las personas naturales o
jurídicas que donen alimentos y/o material médico de
bioseguridad que permitan afrontar la pandemia de
COVID-19.
LAM GAMSCS N° 1288 07/04/2020
Se declara desastre en el municipio de Santa Cruz de la
Sierra por el COVID-19, en protección al derecho
fundamental a la vida y salud de la población.
LAM GAMSCS N° 1287 27/03/2020
Se declara auto de buen gobierno en la jurisdicción del
Municipio de Santa Cruz de la Sierra, en el marco de lo
dispuesto por el DS 4200.
LMA 407 20/03/2020
Disposiciones de carácter temporal y extraordinario,
para regular la prevención, el control y la atención de
casos de brote y propagación de coronavirus en el
municipio de La Paz, en principio vigente hasta el 31 de
marzo de 2020.
LAM 1284 18/03/2020
Se determina descuentos especiales solidarios en el
pago del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes
Inmuebles (IMPBI), Impuesto Municipal a la Propiedad de
Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT) y la Patente
Municipal a las Actividades Económicas,
correspondientes a la gestión 2019, para la Patente
Municipal de los Centros de Abastecimiento
Municipales, tanto minoristas como mayoristas se
aplicará a la gestión 2020.
El citado descuento tendrá una vigencia desde el 24 de
marzo al 30 de abril de 2020.
LAM 1283 18/03/2020
Se declara cuarentena por la vida, ante la pandemia
ocasionada por el COVID-19 como medida excepcional
para evitar la propagación del mismo, en resguardo de
los derechos a la vida y a la salud de los ciudadanos,
consagrados como derechos fundamentales.
LAM 1282 13/03/2020
Se declara emergencia epidemiológica por el brote del
Coronavirus, adoptando medidas de prevención por
haber sido declarado por la Organización Mundial de la
Salud, como una "pandemia internacional", emergencia
ratificada por el Gobierno Nacional mediante DS 4179.
DECRETOS MUNICIPALES
DM N° 011/2020 18/04/2020
Se establecen medidas y condiciones adicionales para
el abastecimiento y comercialización de alimentos y
artículos de primera necesidad en centros de abasto y
establecimientos de actividades económicas.
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
DM N° 09/2020 15/04/2020
Se amplía en el municipio de Cobija las medidas de
prevención contra el contagio y propagación del
COVID-19, hasta el 30 de abril de 2020.
DE N° 237/2020 10/04/2020
Se instruye el cierre total del municipio de Santa Cruz de
la Sierra, desde el 14 al 20 de abril de 2020, como medida
de prevención ante la declaratoria de desastre.
DM 009/2020 26/03/2020
Contratación directa de medicamentos, dispositivos
médicos, insumos, reactivos, equipamiento médico y
servicios de consultoría del personal de la salud.
DM 06/2020 19/03/2020
Medidas y condiciones para abastecimiento y
comercialización de productos en el municipio de La
Paz, durante la emergencia sanitaria y cuarentena
nacional.
DM 154/2020 17/03/2020
Se establecen medidas de control, prevención y
ejecución de acciones inmediatas dentro de la
jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba, en el marco de la Declaratoria de Alerta
Roja.
DM N° 09/2020 Abril/2020
Se determinan las siguientes medidas:
1. Sólo se mantienen abiertos 8 mercados municipales.
2. Se determina el cierre en las vías en los límites
jurisdiccionales del municipio a partir de las 00:00
horas del día 14 de abril de 2020, excepto por
camiones con alimentos, personal de salud y
pacientes.
3. Funcionamiento diario de los mercados móviles.
4. Las tiendas y negocios que sean encontradas
abiertas al público sin autorización serán
sancionados con el cierre definitivo.
5. Medidas de bioseguridad.
RESOLUCIONES MUNICIPALES
RA GAMLP/ATM/N°
05/2020 31/03/2020
Se suspende en la Administración Tributaria Municipal del
GAMLP, el cómputo de plazos tributarios respecto al
pago del IMPBI, IMPVAT y Patentes Municipales hasta la
emisión de una nueva disposición.
Asimismo, queda suspendido el vencimiento del 2do
periodo de descuento escalonado para el 2 de abril de
2020.
RA 03/2020 20/03/2020 Suspensión de plazos para planes de pago y el pago del
Impuesto municipal a las transferencias onerosas.
RE 087/2020 26/03/2020
Suspensión de todos los plazos procesales y
administrativos aplicables a los procesos de
contratación en curso del GAMLP, en todas las
modalidades y cuantías, entre tanto se mantenga la
cuarentena. Asimismo, se paralizan los
contratos/ordenes de servicio/órdenes de compra en
ejecución hasta que la cuarentena sea levantada.
RECOMENDACIONES Y VARIOS
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ALERTA JURÍDICA NACIONAL – COVID-19
Alerta 15/04/2020
Se alerta a la población que los bonos establecidos por
el Órgano Ejecutivo solamente son cancelados en las
Entidades Financieras habilitadas, resaltando que Tigo
Money no está habilitado para realizar ningún pago de
bonos.
Los mensajes fraudulentos a nombre de Tigo Money
deben ser denunciados a la línea gratuita de la ATT 800
10 6000 o vía web: http://www.mireclamo.bo.
Nuevas medidas
económicas ante el
COVID-19
Abril/2020
El 15 de abril de 2020 se da inicio al pago del bono familia
a estudiantes de secundaria. Asimismo, se amplía su
alcance a las familias que tienen hijos en colegios
privados y en centros de educación alternativa y
especial.
A partir del 30 de abril de 2020, se pagará el bono
universal.
Se aprobaron los siguientes planes de alivio financiero:
de apoyo al pago de salario y de empleo.
Recomendación Marzo/2020
Colocar en un lugar visible del espacio de trabajo,
información sobre las medidas de prevención del
COVID-19.