1. sie para trabajadores de las empresas de la region lambayeque
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8/17/2019 1. SIE Para Trabajadores de Las Empresas de La Region Lambayeque
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La Seguridad en Instalaciones
Eléctricas para trabajadoresde las Empresas de la RegiónLambayeque
INGº HERNAN MOSQUEIRA ARCE
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Accidentes de trabajo y Enfermedadesocupacionales
La OIT señala: Cada 15 segundos un trabajador muere a causa de accidente o
enfermedad relacionada con el trabajo
Que cada 15 segundos, 160 trabajadores tienen un accidente
laboral Cada día mueren 6.300 personas a causa de accidente o
enfermedad relacionada con el trabajo
Por cada accidente mortal hay enntre 500 a 2000 lesiones
Por cada enfermedad mortal, hay otras 100 enfermedades que
causan absentismo laboral Anualmente ocurren más de 317 millones de accidentes en el
trabajo
Un total de dos millones de trabajadores mueren al año a causa deaccidentes o enfermedades relacionadas con el trabajo:
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Convenios OIT en SST
De un total de 32 Convenios OIT relativos aseguridad y salud en el trabajo y administracióndel trabajo, Ecuador tiene 15 Convenios
ratificados, Colombia y Venezuela 9, yfinalmente Bolivia y Perú solo tienen 7
El único Convenio OIT que ha sido ratificado por
los cinco Estados es el Convenio 81, sobre lainspección del trabajo (1947), de especialimportancia para la labor de fiscalización ycontrol normativo de la legislación en SST
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SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD
DS: 005-2012-TR
REGLAMENTOS (Plazo de 180 días adecuarlos)
SectorElectricidad
SectorIndustria
SectorMinería
OtrosSectores
Reglamento de Seguridad ySalud en el Trabajo 24.04.12
Ministerio
de Salud
Ministerio
de Trabajo
DGE -MEM
Reglamento de Seguridad y Salud en el
Trabajo con Eléctricidad
Ley Nº 29783Ley de Seguridad y Salud en elTrabajo 20.08.11
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MARCO NORMATIVO NACIONALSOBRE GESTIÓN Y FISCALIZACION
EN S.S.T.
Ley N° 29783 (20-08-2011)“Ley de Seguridad y Salud en el
Trabajo”
Decreto Supremo Nº 005-2013-TR(24-04-2012)“Reglamento de la Ley de
Seguridad Y Salud en el Trabajo”
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MARCO NORMATIVO NACIONAL
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo R.M. 090-97-TR
“Crean Registro de Entidades Empleadoras que
desarrollan Actividades de Alto Riesgo”. D.S. Nº 009-97-SA
“Reglamento de la Ley de Modernización de laSeguridad Social en Salud” (Ley 26790).
D.S. Nº 003-98-SA“Normas Técnicas del Seguro Complementario deTrabajo de Riesgo”.
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Normas Legales para la Fiscalizacióneléctrica
Reglamento de Seguridad
y Salud en el Trabajo con
Electricidad
R.M. N° 111-2013-MEM/DM
21/03/2013
Código Nacional de
Electricidad-Suministro
2011
Ley de ConcesionesEléctricas
Reglamento de Ley de
Concesiones Eléctricas
R.M. N° 214-2011-MEM/DM
05/05/2011
D.L. N° 2584406/11/1992
D.S. N° 009-93-EM19/02/1993
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ACTUACIONES INSPECTIVASLEY Nº 28806
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LEY N° 29783LEY DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
(20/08/2011)D.S. N° 005-2012-TR
REGLAMENTO DE LA LEYN° 29783
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TITULO I:DISPOSICIONES GENERALES
Objeto de la Ley
- Promover una cultura de prevenciòn de riesgos
laborales
Empleadores---------Deber prevenciòn
Estado---------------- Fiscalizaciòn y control
Trabajadores---------Promociòn, difusiòn ycumplimiento
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TITULO I:DISPOSICIONES GENERALES
Ambito de aplicación:
- Empleadores y trabajadores de actividad
privada
- Trabajadores y funcionarios del sector público
- Trabajadores de Fuerzas Armadas y Policía
Nacional- Trabajadores por cuenta propia
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TITULO III: SISTEMANACIONAL DE S.S.T.
FUNCIONES DEL CNSST Y CRSST
- Fortalecer el Sistema Nacional
- Fortalecer el Sistema Regional
de Registro y Notificación de Información de
Accidentes y Enfermedades Profesionales
- Fomentar la ampliación y universalización del
seguro de trabajo de riesgos para todos los
trabajadores,...
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TITULO IV:SISTEMA DE GESTION DE S.S.T.MEDIDAS DE PREVENCION Y PROTECCION DEL SIST.
GEST. DE S.S.T.
Orden de prioridad:
1. Eliminación de PELIGROS Y RIESGOS2. Tratamiento, control o aislamiento de PELIGROS Y
RIESGOS
3. Minimizar los PELIGROS Y RIESGOS
4. Programar sustitución progresiva de procedimientos, técnicas,medios, sustancias, por otros de menor RIESGO
5. Facilitar equipos de protección personal
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TITULO IV: SISTEMA DEGESTION DE S.S.T.
SGSST
POLITICA
ORGANIZACION
PLANIFICACIONEVALUACION
ACCION
MEJORA
CONTINUA
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POLITICA DEL SISTEMA DEGESTION DE S.S.T.
- Política del SGSST: específica, concisa,
difundida, actualizada periódicamente
- Elemento esencial del Sistema de Gestión de
S.S.T. : Participación de los trabajadores
- Empleador asegura que : Trabajadores y
Representantes son consultados, informados y
capacitados.
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ORGANIZACIÓN DEL SISTEMADE GESTION DE LA S.S.T.DOCUMENTACION DEL SGSST
a. La política y objetivos en materia de sst
b. Reglamento Interno de sst
c. La IPERd. El mapa de riesgo
e. La planificacion de la actividad preventiva
f. Programa Anual de SST
COMITE DE SST ( DE 20 A MAS TRABAJADORES)
SUPERVISOR DE SST (MENOS DE 20 TRABAJADORES)
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ORGANIZACIÓN DEL SISTEMADE GESTION DE LA S.S.T.REGISTROS DEL SIST. DE G. DE S.S.T.
a. De accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales,inc.pel.
b. De exámenes médicos ocupacionalesc. De monitoreo agentes fís., quí., bio, psico, riesgo disergon
d. De inspecciones internas de sst
e. De estadisticas de ss
f. De equipos de seguridad o emergencia
g. De induc., capac., entrenamiento y simulacros deemergencia
h. De auditorías
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PLANIFICACION DEL SISTEMADE GESTION DE S.S.T.ELABORACION DE LINEA BASE
- Evaluación inicial, diagnóstico de S.S.T.
- Comparar resultados con lo establecido en esta Ley
y otros dispositivos legalesPLANIFICACION DEL SISTEMA DE S.S.T.
- Cumplir con leyes y reglamentos nacionales
- Mejorar desempeño laboral- Mantener procesos, seguros y saludables
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EVALUACION DEL SISTEMA DEGESTION DE S.S.T.AUDITORIAS DEL SISTEMA DE GESTION DE S.S.T.
- Empleador realiza auditorías periódicas
- Auditoría se realiza por auditores independientes
- Selección del auditor y fases de auditoría, con participaciónde trabajadores y representantes.
EFECTOS DE AUDITORIAS
- Determinar de ser el caso, cambios en la política y objetivosdel sistema.
- Resultados ser comunicados al Comité de S.S.T. yorganizaciones sindicales
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ACCION PARA LA MEJORACONTINUAVIGILANCIA DEL SISTEMA DE GESTION DE
S.S.T.
- Permitir identificar las causas de disconformidad
con las normas pertinentes, para adoptar medidasapropiadas, incluidos cambios en el propio sistema
REVISION DE PROCEDIMIENTOS DELEMPLEADOR
Se revisan periodicamente para obtener mayoreficacia y eficiencia en el control de riesgos
asociados al trabajo
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DERECHOS Y OBLIGACIONESDE LOS EMPLEADORES- Asignación de labores y competencias
- Practicar exàmenes mèdicos (antes, durante y al tèrmino)
- Garantizar capacitaciòn y entrenamiento en S.S.T. en el
centro y puesto de trabajo- Investigación de daños en la salud de trabajadores
- Indemnización por daños a la salud en el trabajo
- Equipos para la protección
- Interrupcion de actividades en caso inminente de peligro
- Seguridad en las contratistas, subcontratistas, empresasespeciales de servicios y cooperativas de trabajadores
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DERECHOS Y OBLIGACIONESDE LOS TRABAJADORES- Comunicación con los inspectores de trabajo
- Participación en programas de capacitación
- Adecuación del trabajador al puesto de trabajo
- Protección de trabajadores de contratistas, subcontratistasy otros
- Obligaciones del trabajador (art. 79 de la ley 29783)
- En el Reglamento Interno de Trabajo se establecerán las
sanciones por el incumplimiento de los trabajadores de lasobligaciones referidas en art 79 de la ley
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INFORM. DE ACC. DE TRAB. YENFERM. OCUPACIONALES
A.T.M. E I.P.
(dentro de 24 horas
de ocurrido)
A.T. (hasta último dia habil
mes siguiente)
ENF.OCUP (dentro de 5
días hábles)
EMPLEADOR CENTRO MEDICO
ASISTENCIAL
MINISTERIO DE TRABAJO (sistema informático o
formularios)
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RIESGOS ELÉCTRICOS
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DISP. COMP. FINALES
ATENTADO CONTRA LAS CONDICIONES DESEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIALES
- El que, infringiendo las normas de s.s.t. Y estandolegalmente obligado, no adopte las medidas preventivasnecesarias para que los trabajadores desempeñen suactividad, poniendo en riesgo su vida, salud o integridadfìsica, serà reprimido con pena privativa de libertad nomenor de 2 años ni mayor de 5 años.
- Si, como consecuencia de una inobservancia de las normasde s.s.t., ocurre un accidente de trabajo con consecuenciasde muerte o lesiones graves, para los trabajadores oterceros, la pena privativa de libertad serà no menor de 5
años ni mayor de 10 años.
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DISP. COMP. TRANSITORIAS(D.S. 005-2013-TR)
- Las auditorías son obligatorias a partir del 1 de enero del2013. El MTPR regulará el registro y acreditación de losauditores autorizados (DS 005-2012
- Comisión para determinar criterios para establecer cuantíasindemnizatorias, se harán efectiva luego de expedición ypublicación de la RM
- El MTPE gestionará la conformación de Comisión TécnicaMultisectorial para elaborar propuesta de Registro Unico
de Información sobre accidentes de trabajo, incidentespeligroso, y enfermedades ocupacionales
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MATERIA A INSPECCIONAR TIPO INFRACCION
PLAN DE SEGURIDAD DE OBRA GRAVE
COMITE DE SST GRAVE
REGLAMENTO INTERNO DE SST MUY GRAVE
REGISTRO AT FATALES GRAVE
REGISTRO AT INCIDENTE GRAVE
RUIDO Y VIBRACIONES GRAVE
ILUMINACION VENTILACION GRAVE
COMEDOR- VESTUARIO- SERVICIOS GRAVE
BOTIQUIN GRAVE
CONDICIONES SEGURIDAD GRAVE
ORDEN Y LIMPIEZA LEVE Y GRAVE
EQUIPOS DE EXTINCION GRAVE
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RESESATEREGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO CON ELECTRICIDAD – 2013
RM N° 111-2013-MEM/DM
21.03.13
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a) Proteger, preservar y mejorar la integridad psico-física de laspersonas
b) Proteger a los usuarios y público en general contra los peligros delas instalaciones y de las actividades inherentes a la actividadeléctrica
c) Que el trabajo se desarrolle en un ambiente seguro y saludable.
OBJETIVOS DEL RESESATE
d)Establecer lineamientos para los planes y programas de control,eliminación y reducción de riesgos
e) Promover y mantener una cultura de prevención de riesgoslaborales
f) Permitir participación eficiente de los trabajadores en el SGSST
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RESESATE
TÍTULO I. GeneralidadesArt. 3º Competencias y obligatoriedad de usos:
a) El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, asi como elMinisterio de Salud son organismos suprasectoriales en laprevención de riesgos en materia de seguridad y salud en eltrabajo.
b) El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el marco de laLey 29783, Ley de Seguridad Salud y Salud en el Trabajo es laautoridad competente para la supervisión, fiscalización y sanciónen materia de seguridad en el trabajo.
c) La Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y
Minas es la autoridad competente en el ámbito normativo y paraatender las consultas que se formulen en el ambito de lasactividades eléctricas de generación, transmisión, distribución,comercialización y utilización de la energía eléctrica.
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RESESATE
Art. 3º Competencias y obligatoriedad de usos:
d) El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería(OSINERGMIN) es el organismo cuya competencia es la supervisión,fiscalización y sanción relacionados a los aspectos técnicos y deseguridad de la infraestructura eléctrica en las etapas de laconstrucción, operación, mantenimiento y trabajos de emergenciadesarrollados por las entidades dedicadas a la generación,transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica deacuerdo a lo establecido en el DL 25844, Ley de ConcesionesEléctricas. También están sujetas a ser supervisadas, fiscalizadas y
sancionadas por OSINERGMIN otras entidades como los GobiernosRegionales, Municipalidades, la Dirección Regional de ElectrificaciónRural, Adinelsa. Así mismo como la supervisión de dichas actividadescon relación a la seguridad de los usuarios y público en general(terceros).
e)
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RESESATE
Art. 3º Competencias y obligatoriedad de usos:
e) Este Reglamento se complementa con el CNE y las Normassuplementarias de la Dirección General de Electricidad delMinisterio de Energía y Minas y por las emitidas por otrasautoridades relacionadas y competentes en el tema y cuyo
cumplimiento se haga necesario para lograr lo indicado en elarticulo
a) Los empleadores podrán aplicar estandares internacionales deseguridad y salud en el trabajo para atender situaciones noprevistas en la legislacion nacional. En todo caso cuando sus
reglamentos internos de seguridad y salud establezcanobligaciones y derechos superiores a los contenidos en la Ley y surespectivo reglamento; y el presente reglamento sectorial, aquellosprevalecerán sobre estos.
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RESESATE
TÍTULO VI INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO YENFERMEDADES OCUPACIONALES DE LAS ACTIVIDADES
ELÉCTRICASArtículo 138°.- Recopilación de información:
a) La Entidad está obligada a notificar al MTPE los accidentes detrabajo, incidentes peligrosos y enfermedades profesionales, serige por lo previsto en el Titulo VI del Reglamento de la Ley No29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
b) La obligación de informar al MTPE cualquier u otro tipo de
situación que altere o ponga en riesgo la vida, integridad fisica ypsicologica del trabajdor suscitada en el ambito laboral seraefectuada en aquellos casos especificos que sean solicitados porel MTPE
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RESESATAE
TÍTULO VI INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO YENFERMEDADES OCUPACIONALES DE LAS ACTIVIDADES
ELÉCTRICASArtículo 138°.- Recopilación de información :
c) La Entidad está obligada a informar los accidentes incapacitantesy mortales de terceros dentro de las 24 horas ocurrido el hecho enel Sistema Portal GFE http://portalgfe.osinerg.gob.pe/ deOsinergmin.
a) Estos reportes de accidentes serán complementados con elinforme ampliatorio en un plazo máximo de 10 días hábiles en elSistema Portal GFE http://portalgfe.osinerg.gob.pe/ deOsinergmin, adjuntando la documentación sustentatoria.
.
http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/http://portalgfe.osinerg.gob.pe/
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RESESATAE
TÍTULO VI INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO YENFERMEDADES OCUPACIONALES DE LAS ACTIVIDADES
ELÉCTRICASArtículo 140°.- De la Póliza de Seguro:
Sin perjuicio de las pólizas de seguro a que se encuentren obligadassegún la normatividad vigente y de acuerdo a la actividad quedesarrollan, las Entidades tienen la obligación de contar con pólizas
de seguros que cubran los daños ocasionados por el colapso y/ocontacto de sus instalaciones contra las personas y las propiedadesajenas a esta y que no tienen vinculo laboral con la entidad.
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AVANCES EN EL PERU
LEY N° 29783D.S. N° 005-2012-TR
REGLAMENTO DE LA LEYN° 29783
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CONSEJO NACIONAL YREGIONAL EN SST1. Fue instalado el CNSST el 10/08/2012 (RM 199-2012-TR)
2. Al 23/05/2013 respecto a CRSST:
a) Instalados: Lambayeque, Cajamarca, Lima, Arequipa,
Moquegua, Tacnab) En proceso: La Libertad, Junín, Cuzco, Apurímac, Ica,Puno
3. El CNSST en su reunión del 11/04/2013, aprobó la:
POLITICA NACIONAL DE SST
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AGENDA DE TRABAJO DELCNSST – JUN A DIC. 2013- Conformar comisión para revisión global del SCTR
- Conformar comisión para revisión global de los mecanismosde indemnización por daños originados por accidente detrabajo y enfermedades profesionales
- Reglamentación del Registro de Auditores
- Revisión de la Cuarta Disposición Transitoria de la ley29783, criterios sobre la aplicación de la ley tema penal
- Informe Final de Comisión Técnica Multisectorial sobreRegistro Unico de Accidentes, Incidentes y EnfermedadesProfesionales
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AGENDA DE TRABAJO DELCNSST – JUN A DIC. 2013- Estudio sobre la valoración económica de los accidentes de
trabajo y enfermedades ocupacionales
- Mecanismo para dar solución a la problemática de médicosocupacionales, la vigencia de los exámenes médicos
ocupacionales y el apoyo para la realización de losexámenes médicos (RM 312-2011-MINSA)
- Proponer campañas de difusión sobre las prestaciones queotorga el SCTR
- Promover la implementación de los Consejos Regionales deSST
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¡MUCHAS GRACIAS!
hmosqueira_33@hotmail.com.pe
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