2015 agos actas extraprotocolares 2015
Post on 10-Feb-2017
215 Views
Preview:
TRANSCRIPT
CERTIFICACIONES NOTARIALESACTAS EXTRAPROTOCOLARES
NOTARIAL III
Rosalía Mejía Rosasco
Doctora en Derecho.
ACTAS NOTARIALES
- Contenido: Narración de Actos, hechos o
circunstancias que presencie o le conste al
notario a través de su sentido, que verifique
por razón de su función.
- El notario narra, expone el hecho, no lo
califica ni lo altera.
ACTAS NOTARIALES
- Firma de los intervinientes: Si se produce no es otorgamiento ni consentimiento.
- Autorización del Notario.
EFECTOS JURÍDICOS DE LOS INSTRUMENTOS EXTRA PROTOCOLARES
• - Fe de la realización del acto, hecho o circunstancias.
• - Fe de la identidad de las personas u objeto de la suscripción de documentos.
• - Confiere fecha cierta. (Art. 97)
ROGATORIA EN ACTOS EXTRA PROTOCOLARES
• Principio de Rogatoria en la actuación notarial.
• Actas Extra Protocolares. Art. 99.
• Formalidades de Rogatoria en Actos Extraprotocolares (certificaciones y actas): No establecidas en la ley.
DIFERENCIA ENTRE ACTA Y ESCRITURA PÚBLICA
• Contenido: - Escritura Pública: Acto o negocio jurídico otorgado
por- interesados.- Acta: Verificación de hecho o circunstancias
verificado- personalmente por el Notario• Conservación: • Escritura Pública: Notario la conserva en su
protocolo.• Acta: No forma parte del Protocolo Notarial
• - Conserva
• - Escritura Pública: Notario la conserva en su protocolo.
• -Acta: No forma parte del Protocolo Notarial.
DIFERENCIA ENTRE ACTA Y ESCRITURA PÚBLICA (2)
• Traslados: • Escritura Pública: Testimonios, Boletas,
Partes.• Acta: No hay traslados, solo extensión del
original al interesado.
• Formalidades: • En ambos casos establecidas en la ley.
CLASES DE ACTA SEGÚN LA DOCTRINA
• Actas de Presencia: Acreditan la realidad o verdad de un hecho.
• Actas de Exhibición: De cosas o documentos. (Inventario).
• Actas de Referencia: Manifestación de voluntad ante el Notario.
• Actas de Notoriedad: Comprueban y fijan determinados hechos que se entienden notorios de acuerdo a las circunstancia y a la investigación realizada por el notario.
• Estas actas conllevan una declaración o reconocimiento de derechos. Otorgan legitimación a situaciones fundadas en el hecho comprobado notarialmente.
DEFINICIÓN LEGAL DE ACTAS
• Artículo 98 del Decreto Legislativo 1049:• El notario extiende las actas.• Consigna actos, hechos o circunstancias.• Presenciados o constatados por Notario.• Que no sean de competencia de otra
función. • Suscripción de las actas.
CLASES DE ACTAS EXTRA PROTOCOLARES
• Artículo 94º.- Clases de Actas extra - protocolares
• a)De autorización para viaje de menores.
• b)De destrucción de bienes.
• c) De entrega.
• d)De juntas, directorios, asambleas, comités y demás actuaciones corporativas.
• e)De licitaciones y concursos.
• f) De inventarios; y subastas de conformidad con el Decreto
Legislativo Nº 674, Ley de Promoción de la
Inversión Privada de las Empresas del Estado.
• g)De sorteos y de entrega de premios.• h)De constatación de identidad, para
efectos de la prestación de servicios de certificación digital.
• i) De transmisión por medios electrónicos de la manifestación de voluntad de terceros; y,
• j) De verificación de documentos y comunicaciones electrónicas en general.
• k) Otras que la ley señale
LÍMITES DE LA ACTUACIÓN NOTARIAL
• Competencia: Dentro de los límites de su jurisdicción provincial.
• Excepciones: Proceso No Contencioso de Inventario y Certificación de entrega de carta notarial.
• Puede negarse a extender instrumentos. (inciso d) del artículo 19 del D. Leg. 1049.
ACTUACIÓN NOTARIAL EN LAS ACTAS EXTRA PROTOCOLARES
. Concurrencia personal del Notario al lugar de los hechos y posibilidad de asistencia de personal idóneo.
• Presentarse y anunciar quién ha solicitado su actuación y señalar el motivo de la misma.
• Extensión: Formato papel y medios electrónicos.
• Oportunidad de extensión: En el momento del acto, hecho o circunstancia verificado.
• Conclusión posterior en despacho notarial: En caso de no mediar oposición.
ACTUACIÓN NOTARIAL EN ACTAS EXTRA PROTOCOLARES
• Suscripción: Interesados pueden comparecer a su despacho para la suscripción de la misma.
• Transmisión: Medios electrónicos mediante uso de tecnología de firmas y certificados digitales.
• Puede generar bases de datos informativas .
AUTORIZACIONES DE VIAJE DE MENORES
• Índices Cronológicos: Exterior e Interior.
• Comunicaciones: Colegio de Notarios y a la Dirección General de Migraciones.
AUTORIZACIONES DE VIAJE DE MENORES
• Decreto Legislativo del Notariado (Art. 94) y su Reglamento (Art. 39). Código de los Niños y Adolescentes (Arts. 111 y 112).
• Obligatorio: Menores peruanos y residentes extranjeros.
• Requisitos: Al exterior firma de los dos padres. Al interior solo uno de ellos.
SITUACIONES ESPECIALES• Menores peruanos que residen en el
extranjero y han permanecido en el Perú por menos de tres meses.
• Menores que viajan con ambos padres.
• Hijo reconocido por uno de los padres.
• Hijo reconocido huérfano de uno de los padres.
SITUACIONES ESPECIALES
• Padres ubicados en lugares diferentes:
• Padres recluidos.
• Autorización Judicial: Ausencia de uno o ambos padres, discrepancia, patria potestad de uno de ellos pero sin resolución judicial que lo acredite.
TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN NOTARIAL DE VIAJE DE MENOR
• Acta Extra protocolar: No forma parte del Protocolo el Acta, pero sí hay obligación de llevar Índice Cronológico.
• Solicitud: Verbal o escrita de los padres.
• Documentos: Partida de Nacimiento, Documentos de Identidad de Padres y del menor, si tuviera.
• Otros: Inscripción de Testamento o Sucesión Intestada, Partida de Defunción, Resoluciones Judiciales.
ACTAS DE JUNTAS, DIRECTORIOS, ASAMBLEAS, COMITÉS (Art. 40 del
Regl.)Certificación: En el mismo libro de actas
o en instrumento extra protocolar.
Contenido: Hechos y circunstancias que el notario haya verificado.
Verificaciones del Notario: Convocatoria y Quórum de acuerdo con estatutos.
ACTAS DE INVENTARIOS; Y DE SUBASTAS ( Art. 41 del Regl.)
• Extensión de competencia notarial a cualquier tipo de subasta pública o privada.
• Art. 94 del Decreto Legislativo 1049 hacía mención expresa al Decreto Legislativo Nº 674.
• Requisito: Requerimiento de parte.
• Actuación notarial: Acta Extra Protocolar. (Art. 98º del Decreto Legislativo).
ACTA DE CONSTATACIÓN DE IDENTIDAD
• (Art. 42 del Regl.)
• Certificación Digital Colegios de Notarios.
• Contenido: Constancia de Identidad Notarial (Emisión, cancelación y/o suspensión de certificados digitales).
ACTA DE CONSTATACIÓN DE IDENTIDAD
• Actuación Notarial: 1.- Identidad (D.N.I. y RENIEC)2.- Vigencia de inscripción de la persona jurídica y de su representantes o apoderados (Reg. Púb.)3.- Presencia física: Verificación personal de identidad y capacidad.
ACTA DE TRANSMISIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS DE LA MANIFESTACIÓN DE
VOLUNTAD DE TERCEROS
• Actuación Notarial: (Art. 43 del Regl.)
• 1.- Manifestación personal y ante Notario.
• 2.- Uso de tecnología de firmas y certificados digitales.
• 3.- Verificación previa de identidad y estado civil en RENIEC.
• 4.- Autorización expresa y poner en conocimiento alcances y/o limitaciones.
• 5.- Entidades públicas o privadas.
• 6.- Canal de transmisión, no intermediario.
ACTA DE VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS EN
GENERAL
• Actuación Notarial: (Art. 44 del Regl.)
• Documentos y comunicaciones electrónicas: Da fe de la existencia y de contenido. Fecha y hora de verificación.
• Comunicaciones electrónicas: Además constancia de la dirección electrónica del remitente y del destinatario, así como la fecha y hora de envío o recepción del documento.
• Valor probatorio de actas: Administrativo y Judicial.
• Responsabilidad del Notario: No de autenticidad o legalidad del contenido o comunicación.
top related