delegados de prevenciÓn
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Delegados de Prevención
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¿QUIENES SON?
Los delegados o delegadas de prevención son los representantes de los trabajadores, elegidos por y entre estos, por medios democráticos, con atribuciones específicas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo y quienes serán sus representantes en el CSySL
Artículo 41 de la LOPCyMAT
FUNDAMENTO LEGAL
“El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables”
Artículo 6 de la CRBV
FUNDAMENTO LEGAL
Garantizar condiciones de Seguridad y Salud a los trabajadores y trabajadoras
Artículo 87 de la CRBV
EL EMPLEADOR
Adoptar medidas para la promoción y control de las Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo
EL ESTADO
FUNDAMENTO LEGAL
Derecho de consulta y cooperación de los trabajadores en la prevención y control de los riesgos laborales que puedan afectar su salud y seguridad a través de la figura de “DELEGADOS DE SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES”
ORGANIZACIÓN INTERNACIONALDEL TRABAJOConvenio 155. Recomendación 164
FUNDAMENTO LEGAL
Participación de los trabajadores y trabajadoras en la prevención de los riesgos laborales mediante la elección de “DELEGADOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO”
COMUNIDAD ANDINA DE NACIONESDecisión 584 y su Reglamento
FUNDAMENTO LEGAL
Los trabajadores tiene derecho a participar en la vigilancia, mejoramiento y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo y el la prevención de enfermedades y accidentes profesionales
Artículo 5 y 54 numeral 10 de la LOPCyMAT G.O. 38.236 26/07/05
LEY ORGANICA DE PREVENCION, CONDICIONESY MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCyMAT)
FUNDAMENTO LEGAL
Elección de delegados o delegadas de prevención en todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o instituciones públicas
Artículo 41 de la LOPCyMAT
LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONESY MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCyMAT)
ATRIBUCIONES
Constituir, conjuntamente con los representantes del empleador el CSSL
Artículo 42 de la LOPCyMAT
ATRIBUCIONES
•Recibir denuncias de:–Las Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo y;–De los programas e
instalaciones para la recreación, utilización del tiempo libre y descanso
•Tramitar estas denuncias ante el CSSL
Artículo 42 de la LOPCyMAT
ATRIBUCIONES•Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo
Artículo 42 de la LOPCyMAT
•Llevar a cabo acciones de defensa, promoción, control y vigilancia de la SyST •Coordinar con las organizaciones sindicales estas acciones
ATRIBUCIONES
Participar activamente con el empleador en la mejora de la acción preventiva y la promoción de la SST
Artículo 42 de la LOPCyMAT
FACULTADES DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION•Acompañar a técnicos y asesores de la empresa y a los funcionarios de la inspección del trabajo, en las evaluaciones del medio ambiente de trabajo y en la verificación del cumplimiento de la normativa legal, pudiendo formular las observaciones que estime oportunas. (Infracción Grave)•Tener acceso a la documentación e información relativa a las condiciones de trabajo. (Infracción Leve)•Solicitar información al empleador de las consecuencias de los accidentes o enfermedades, pudiendo acceder en el lugar de los hechos para conocer las circunstancias de los mismos. (Infracción Leve)•Solicitar los informes emanados por servicios de seguridad y salud en el trabajo así como de los organismos competentes. (Infracción Leve)•Acceder a los lugares de trabajo y áreas destinadas a la recreación y descanso para ejercer las labores de vigilancia y control. •Solicitar del empleador, la adopción de medidas de carácter preventivo y para mejorar los niveles de protección de la seguridad y salud, pudiendo a tales efectos realizar propuestas al CSySL. La no adopción de estas medidas por parte del empleador deberá ser motivada. (Infracción Leve)
Artículos 42, 118 numeral 1 y 119 numeral 15 de la LOPCyMAT
DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
Una vez electos el o los delegados (as) de prevención y hasta tres (3) meses después de vencidos los dos años que debe durar en sus funciones, quedan investido de la inamovilidad Efectos:• No podrán ser despedidos trasladados y desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo . •La violación de esta inamovilidad laboral, acarreará sanciones para el empleador con multas de 76 a 100 U.T. (2.234.400, 00 a 2.940.000,00 Bs.)
Artículo 44 y 120 numeral 18 de la LOPCyMAT
INAMOVILIDAD:
DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
Se les debe otorgar licencia remunerada para el ejercicio de sus funciones, así como para la formación en materia de salud y seguridad en el trabajo.Efectos del incumplimiento:• Sanciones de 26 a 75 U.T. (764.400, 00 a 2.205.000,00 Bs.)
Artículo 44 y 119 numeral 4 de la LOPCyMAT
LICENCIA REMUNERADA:
DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
Facilidades para el desempeño de sus actividades cuando actúa en el desempeño de sus funciones
Artículo 44 de la LOPCyMAT
FACILIDADES:
DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
Tiene derecho a recibir, preferiblemente dentro de su jornada, formación teórico y práctica, suficiente, adecuada y en forma periódica en materia de seguridad y salud en el trabajo y en el área de promoción de programas para la recreación, utilización de tiempo libre, descanso y turismo social.
Artículo 44 de la LOPCyMAT
FORMACIÓN:
INFORMES DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
El delegado o delegada de prevención deberá presentar informe sobre las actividades desarrolladas ante el CSSL, y ante el INPSASEL, de acuerdo con lo establecido con el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo
Artículo 44 de la LOPCyMAT
PERIODO DE DELEGADOS DE PREVENCIÓN
Los delegados o delegadas de prevención, duraran dos años en sus funciones pudiendo ser reelectos por periodos iguales
REELECCIÓN
Artículo 44 de la LOPCyMAT
2° AÑO
REVOCATORIA DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
•Por inasistencias injustificadas a las reuniones del Comité de Seguridad y Salud Laboral.•Omisión de la presentación de los informes al Comité de Seguridad y Salud Laboral.•Incumplimiento de las convocatorias y requerimientos expresos del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
Artículos 45 de la LOPCyMAT
FACULTAD DE LOS TRABAJADORES DE REVOCAR A LOS DELEGADOS EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
ROLL DE EMPLEADORES, TRABAJADORES Y ESTADO EN LA ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCIÓN
•Debe permitir que se alijan delegados o delegadas de prevención so pena que se le imponga sanción entre 764.400,00 Bs. y 2.205.000 Bs. por trabajador expuesto (Falta grave: 26 a 75 U.T.)
Artículos 119 numeral 13; 54 numeral 10; 49 numeral 3 y 44 2°, LOPCyMAT
EL EMPLEADOR
EL TRABAJADORES
•Deben participar activamente como candidato o como elector
INPSASEL O US
•Facultados para convocar a los trabajadores a realizar las actuaciones necesarias para elegir a sus delegados o delegadas de prevención•Facultados para supervisar el desarrollo del proceso eleccionario
DONDE DEBEN ELEGIRSE DELEGADOS DE PREVENCIÓN
“En todo centro de trabajo, establecimiento, o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones publicas o privadas” (Artículo 41 de la LOPCyMAT)
“Los trabajadores y trabajadoras contratados por empresas de trabajo temporal, mediante intermediarios y los de contratistas tienen derecho a designar delegados o delegadas de prevención ” (Artículo 50 de la LOPCyMAT)
“Quienes desempeñan labores en cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias, de carácter productivo o de servicio estarán amparados por las disposiciones de esta Ley ” (Artículo 4, 2º párrafo de la LOPCyMAT)
CENTRO DE TRABAJO, ESTABLECIMIENTO O UNIDAD DE EXPLOTACIÓN
EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL, INTERMEDIARIOS Y CONTRATISTAS
COOPERATIVAS
DONDE DEBEN ELEGIRSE DELEGADOS DE PREVENCION
CENTROS DE TRABAJOAbarca todos los sitios donde los trabajadores deben permanecer o donde tienen que acudir por razón de su trabajo, y que se hallan bajo el control directo o indirecto del empleador (Convenio 155 de la OIT sobre seguridad y salud de los trabajadores)
EMPRESA INSTITUCIÓN UNIDAD DE EXPLOTACION
Unidad de producción de bienes o de servicios constituida para realizar una actividad económica con fines de lucro (Artículo 16 LOT)
Organismo que desempeña una función de interés público, especialmente benéfico o docente (RAE)
Toda combinación de factores de la producción sin personería jurídica propia ni organización permanente, que busca satisfacer necesidades y cuyas operaciones se refieren a un mismo centro de actividad económica (Artículo 16 LOT)ESTABLECIMIENTO
La reunión de medios materiales y de un personal permanente que trabaja, en general, en un mismo lugar, en una misma tarea, y que está sometido a una dirección común, tenga o no fines de lucro (Artículo 16 LOT)
NÚMERO DE DELEGADOS (AS) DE PREVENCIÓN
•Número de trabajadores y trabajadoras,•La organización del trabajo,•Los turnos de trabajo,•Aéreas, departamentos o ubicación de los espacios físicos;•Peligrosidad de los procesos de trabajo.
ASPECTOS A CONSIDERAR:
Artículo 41 de la LOPCyMAT
NUMERO DE TRABAJADORES
NÚMERO DE DELEGADOS O DELEGADAS DE PREVENCIÓN
1 a 10 1
11 a 50 2
51 a 250 3
251 a 750 4
751 a 1250 5
1251 a 1750 6
1751 a 2250 7
2251 a 2750 8
2751 a 3250 9
3251 a 3750 10
Y así sucesivamente se adiciona un delegado o delegada de prevención por cada 500 trabajadores o fracción
TRABAJADORES A CONTABILIZAR PARA LA DETERMINACIÓN DEL Nº DE DELEGADOS (AS)
•Directores, administradores, jefes de relaciones industriales, jefes de personal, capitanes de buques o aeronaves, liquidadores o depositarios y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración, por ser representantes del empleador.•Empleados de dirección y trabajadores de confianza que participan en la administración (quien ordena, dispone o organiza) del negocio o en la supervisión de otros, con excepción de aquellos cuya labor implica el conocimiento personal de secretos industriales.•La calificación de los cargos antes referidos debe hacerse observando el principio de supremacía de la realidad sobre las formas o apariencias.
EXCEPCIONES:
Artículo 42, 45, 47, 50, 51, de la LOT
INICIATIVA PARA LA ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS (AS)
•Están facultados para que por si mismo o a través de sus organizaciones, notifiquen al Inspector del Trabajo, la voluntad de elegir a los delegados o delegadas de prevención (Artículo 44 de la LOPCyMAT).
Artículo 49 numeral 3 y 44 2º párrafo de la LOPCyMAT
LOS TRABAJADORES
INPSASEL O UNIDAD DE SUPERVISIÓN (US)
•Facultados para convocar a los trabajadores a realizar las actuaciones necesarias para elegir a sus delegados o delegadas de prevención
NOTIFICACION AL INSPECTOR DEL TRABAJO. EFECTOS
•Los trabajadores o sus organizaciones•El funcionario de inspección del IPSASEL o US pueden servir como gestores de dicha notificación.
Artículo, 49 numeral 3 y 44 2º párrafo y 120 numeral 17 de la LOPCyMAT
Efectos•A partir de la notificación y durante 30 días el conjunto de trabajadores y trabajadoras quedan amparados por inamovilidad establecida en el artículo 449 de la Ley Orgánica del Trabajo.•Los trabajadores amparados no podrán ser despedidos, trasladados o desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo. •Despido, traslado o desmejora con ocasión del goce de este derecho, tipificado como infracción muy grave ( 2.234.400 Bs. a 2.940.000 Bs. por cada trabajador expuesto.•Inspector del Trabajo queda obligado a notificar al inspector del trabajo
¿Quién la realiza?
•Dos o mas trabajadores, con excepción de los centros de trabajo que tengan un solo trabajador
¿Cuántos trabajadores la realizan?
NOTIFICACION AL INSPECTOR DEL TRABAJO. EFECTOS
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
Se ejerce mediante votaciones, libres, universales, directas y secretas.
Sufragio
Artículos 63 de la CRBV
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
•El artículo 44 de la LOPCyMAT, establece que el proceso eleccionario deberá ser supervisado.•Correspondería esta supervisión a los órganos gestores y de supervisión e inspección del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INPSASEL y Unidades de Supervisión)
SUPERVISIÓN DEL PROCESO ELECTORAL1
Artículo 44 y 12 numeral 2, de la LOPCyMAT
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
Garantizar la publicidad a los fines de propiciar la participación
PUBLICIDAD2
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
•La realizan los trabajadores.•INPSASEL ó US convocan a los trabajadores a realizar las actuaciones necesarias para elegir a sus representantes en el CSySL
CONVOCATORIA3
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
•Principio de personalización del voto •Como mínimo colocar nombre (s) y Apellido (s) del o los candidatos.•Selección de tantos candidatos como cargos a elegir
BOLETAS DE VOTACIÓN4
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
•Por iniciativa propia •Verbal, manifestando la colocación del candidato en la boleta de votación
POSTULACIÓN5
JUAN ALVAREZ
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
•En forma escrita llenando el formulario
POSTULACIÓN5
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
•Trabajadores podrán nombrar una comisión electoral.•INPSASEL ó US supervisarán desarrollo del proceso
COMISIÓN ELECTORAL6
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
•Instalar mesas de votación tomando en consideración–Número de trabajadores–Turnos de trabajo– La organización del
trabajo–Áreas, departamentos o
ubicación de los espacios físicos
MESAS DE VOTACIÓN7
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
•Las personas designadas por los trabajadores deberán aperturar las mesas de votación a la hora fijada para tales efectos, dejando constancia de:–Fecha y hora de apertura de cada mesa de votación–Nombres, apellidos y cédula de identidad de los trabajadores presentes al momento de la apertura de la mesa–Cualquier otro dato que se considere relevante para el proceso
APERTURA DE MESAS 8
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
• Elaborar cuadernos de votación que contenga como mínimo la siguiente información: –Nombre y apellidos de los trabajadores que tienen derecho a sufragar–Cédula de identidad–Firma de los trabajadores–Huella dactilar –Espacio reservado para la colocación de la palabra “VOTO” o “NO ASISTIÓ” según corresponda.
CUADERNO DE VOTACIÓN9
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
• Seguir el siguiente procedimiento:1) Los electores, deberán identificarse en la mesa de votación respectiva;
2) Serán verificados en los cuadernos de votación elaborados al efecto;
3)Se les suministrará la boleta de votación y explicará brevemente cómo marcar la opción de su preferencia;
4)Se trasladarán al lugar destinado a tal fin y votarán de manera directa y secreta;
5)Seleccionará el o los candidatos de su preferencia usando la boleta destinada para ello;
ACTO DE VOTACIÓN10
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
5)Cuando se elijan más de un delegado, por tratarse de una votación plurinominal, el trabajador tendrá derecho a seleccionar tantos candidatos como delegados de prevención se vayan a elegir, por ejemplo, si se van a elegir tres delegados, el trabajador tiene derecho a seleccionar hasta tres candidatos pudiendo elegir solo uno o dos de ellos pero no mas de tres;
6)Depositarán su voto en la caja cerrada; y7)Firmarán el cuaderno de votación como constancia de haber ejercido el
derecho al voto y se colocará la palabra “VOTO”, en la casilla correspondiente.
8)Una vez concluido el acto de votación se procederá a colocar la palabra “NO ASISTIÓ” en las casillas del cuaderno de votación correspondientes a los electores que no hayan concurrido a ejercer su derecho al voto.
ACTO DE VOTACIÓN11
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
ESCRUTINIO DE VOTOS12
• Será público y se realizará en presencia de los trabajadores, los candidatos y del funcionario o funcionaria que supervise la realización de las elecciones, dejándose constancia en acta suscrita de:–Lugar, fecha y hora de inicio de la fase de escrutinio de votos;–Identificación de las personas que realizan el escrutinio de votos (Nombre, apellido, cédula de identidad y el carácter con que actúan);–Número de votos validos para cada uno de los candidatos;–Número de votos nulos;–Indicación de los trabajadores electos como delegados o delegadas de prevención (Nombre, apellido y cédula de identidad).–Cualquier otro dato que se considere relevante.–Original de esta acta y el cuaderno de votación, acompañará el registro de delegados, correspondiéndole al trabajador las copias de estos documentos
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
ESCRUTINIO DE VOTOS12
• Criterios para la consideración de votos nulos:– Cuando elector marque fuera del óvalo o marque de tal manera que sea imposible determinar la intención de voto del elector;– No aparezca marcado ningún óvalo en la boleta electoral;–Cuando aparezca marcado en la boleta electoral, un número de óvalos superior al número de cargos a elegir;–La boleta electoral se encuentre mutilada o destruida con pérdida de sus datos esenciales impidiendo la determinación de la intención de voto del elector.
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
ESCRUTINIO DE VOTOS12
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
DETERMINACIÓN DEL TRABAJADOR ELECTO13
• Resultarán electos aquel o aquellos trabajadores que obtengan la mayoría de votos durante el proceso.•En caso de empate repetir elecciones donde participen los candidatos afectados por el empate.
REGISTRO DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
El INPSASEL cumpliendo con sus competencias, crea el registro de delegados o delegadas de prevención el cual será realizado en las unidades técnico administrativas (DIRESAT).
Artículos 44, 46 y 18 numeral 18, de la LOPCyMAT
SIMULACRO
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