facturación electrónica

Post on 21-Jun-2015

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Economy & Finance

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que es la facturación electrónica y paso a seguir en mis cuentas

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FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

EQUIPO: 4

INTEGRANTES:

Martín Cruz Karen

Hernández Rivera Sandra

González Navarro Abigail

González Lomelí Miguel Ángel

Márquez Reséndiz José Antonio

CONTENIDO

• Disposiciones fiscales vigentes a partir de 2014, RIF

• Facturación Electrónica

• Sello Digital

• Servicios de Comprobación: PAC, Herramienta Gratuita

Sat,

MARCO NORMATIVO DE CFDI 2014

A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014

Régimen de incorporación fiscal

• Si eras Repeco (Régimen de Pequeños Contribuyentes) ahora estás inscrito en el Régimen de Incorporación Fiscal automáticamente.

• Si pertenecías al Régimen Intermedio puedes optar por integrarte al Régimen de Incorporación Fiscal, si tus ingresos son menores de 2 millones de pesos.

Pasos a seguir

• 1. Inscribirse en el RFC y conseguir la contraseña 

• 2. Emitir facturas y registra ingresos por medio de la aplicación “Mis cuentas”

Beneficios del RIF

• Podrás facturar, y al emitir facturas puedes:

• Cobrar con terminales bancarias.

• Acceder a créditos con mejores condiciones.

• Ser proveedor de empresas más grandes.

• Ofrecer servicios adicionales en tu negocio.

Beneficios del RIF

• Cada año te reducirán el pago de impuestos, de acuerdo al número de los años que tengas tributando en este régimen, conforme a la siguiente tabla:

SELLO DIGITAL

• Es un documento electrónico mediante el cual una autoridad de certificación(SAT) garantiza la vinculación entre un sujeto 8 entidad y su clave pública.

Haga clic en el icono para agregar una imagenSu propósito: firmar digitalmente las facturas electrónicas. Asi se garantiza el origen de la misma, la unicidad y demás características que se heredan de los certificados de firma electrónica automatizada.

El contribuyente podrá optar por utilizar un sello para

toda su operación (matriz y sucursales) o tramitar una para

cada una de las sucursales, establecimientos o locales

donde se emitan las facturas electrónicas.

¿Cómo tramitar el sello digital?

1.- Descargar la aplicación de SOLICEDI en la página: www.sat.gob.mx

2.-Generar la solicitud del certificado.

3.- Enviar la solicitud de sellos digitales y recuperar certificados.

FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

A partir del 1 de enero de 2014 es obligatorio el uso de la Factura Electrónica para todos los contribuyentes.

• Como facilidad para las personas físicas que en el último ejercicio declarado tuvieron ingresos iguales o menores a 500 mil pesos y emitieron comprobantes impresos o CFD, podrán seguir facturando bajo estos esquemas hasta el 31 de marzo de 2014, siempre y cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de facturación electrónica CFDI.

¿NECESITAS FACTURAR?

 • Si estas dentro del Régimen de Incorporación Fiscal utiliza esta herramienta

gratuita para generar tus facturas. Sólo necesitas tu contraseña.

• Para expedir Facturas Electrónicas (CFDI) solo sigue estos pasos:

• Tramita un certificado de sello digital, con tu Fiel . Si eres persona física, podrás facturar sólo con tu Fiel. 

• Utiliza la herramienta gratuita del SAT o de algún proveedor, o contrata los servicios de un proveedor de Factura Electrónica.

¿YA EMITES FACTURAS?

• Elije el tipo de facturas que emites para conocer los servicios y obligaciones que tienes. 

• Factura Electrónica (CFDI)

• A partir del 1 de enero de 2014 será obligatorio el uso de la Factura Electrónica para todos los contribuyentes.

• Como facilidad para las personas físicas que en el último ejercicio declarado tuvieron ingresos iguales o menores a 500 mil pesos y emitieron comprobantes impresos o CFD, podrán seguir facturando bajo estos esquemas hasta el 31 de marzo de 2014, siempre y cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de facturación electrónica CFDI.

COMPROBANTES FISCALES EN PAPEL CON CÓDIGO DE BARRAS

• Como facilidad para las personas físicas que en el último ejercicio declarado tuvieron ingresos iguales o menores a 500 mil pesos y emitieron comprobantes impresos con Código de Barras, podrán seguir facturando bajo este esquema hasta el 31 de marzo de 2014, siempre y cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de facturación electrónica CFDI.

REQUISITOS DE LOS COMPROBANTES EN PAPEL

• Debe asegurarse que sus facturas contengan los siguientes datos:

• Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.

• Si se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan.

• Lugar y fecha de expedición.

• El código de barras proporcionado por el SAT, en un tamaño de 2.75 cm. por 2.75 cm., y con resolución mínima de 200/200 dpi.

• El número de aprobación  y número de folio asignados.

• La leyenda “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, con letra no menor de 5 puntos.

• La leyenda "Este comprobante tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de folios, la cual es dd/mm/aaaa", misma que deberá ser impresa con letra no menor de 5 puntos.

En el momento de la emisión del comprobante deberá anotar los

siguientes datos:

• Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.

• Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.

• Valor unitario consignado en número

• Importe total consignado en número o letra.

• Señalar si la contraprestación se paga en una sola exhibición o en parcialidades.

• Cuando proceda, indicar el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.

• Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación (sólo será aplicable a los contribuyentes que hayan efectuado la importación de mercancías respecto de las que realicen ventas de primera mano).

¿ QUÉ ES UN PROVEEDOR DE FACTURA ELECTRÓNICA?

CERTIFICACIÓN DE COMPROBANTES

¿ Qué hace el proveedor de la factura electrónica?

¿Cómo hacer una factura electrónica en el portal del SAT?

Código de barras bidimensional (CBB)

CBB• También conocido como

Código QR (Quick Response), el  Código de Barras Bidimensional es un sistema para almacenar información en una matriz de puntos

• Se caracterizan por los tres cuadrados que se encuentran en las esquinas y que permiten detectar la posición del código al lector

Antecedentes:

•  El 1 de enero del 2011, entraron en vigor las reformas al Código Fiscal de la Federación publicadas en el Diario Oficial el 7 de diciembre del 2009, que contemplan la modificación a los esquemas con que cuentan los contribuyentes para efectuar su comprobación fiscal.

• Uno de estos esquemas es la emisión de comprobantes fiscales impresos con código de barras bidimensional.

• La imagen del código de barras bidimensional que debe incorporarse en los comprobantes fiscales impresos será proporcionada por el SAT al momento de obtener cada aprobación de folios a través de su página en Internet.

Requerimientos:

• Contraseña (antes CIEC).

• Fiel vigente.

• Solicitar aprobación de folios vía internet.

• Incorporar Código de Barras Bidimensional (CBB).

• Impresión de los comprobantes por medios propios del contribuyente o bien a través de un tercero.

• las facturas en papel incluirán un dispositivo de seguridad (CBB) proporcionado por el SAT, sin costo alguno, el cual incluye los datos de la persona que emite la factura y el número de aprobación del SAT.

• Las facturas con CBB podrán ser impresas por los contribuyentes con sus propios recursos o a través de una imprenta.

Obligaciones

•  Reportar mensualmente los comprobantes fiscales digitales emitidos.

• Conservar en medios electrónicos actualizados los comprobantes fiscales digitales y tenerlos a disposición de las autoridades fiscales.

• Proveer a la autoridad de una herramienta de consulta de la información de los comprobantes fiscales digitales

Requisitos de los comprobantes impresos con CBB:De acuerdo al artículo 29-A del CFF:

•1.   Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.

•2.   Si se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan.

•3.   Lugar y fecha de expedición.

•4.   Clave del Registro Federal de Contribuyente de la persona a favor de quien se expida. 

•5.   Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.

• 6.   Valor unitario consignado en número.

•7.   Importe total consignado en número o letra.

•8.   Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.

•  

• 9. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.

•  

• 10.  Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

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