funcionarios y funcionarÍas que se indica y ......todos de fecha 30 de diciembre del año 2015, n...
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REPÚBLICA DE CHILEMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN SOCIALFISCA1 "
.
REGULARIZA TRATO DIRECTO POR LOSSERVICIOS DE JARDÍN INFANTIL PARAFUNCIONARIOS Y FUNCIONARÍAS QUE SE INDICAY AUTORIZA TRATO DIRECTO PARA CONTRATAREL SERVICIO ANTERIOR.
RESOLUCIÓN EXENTA N< 046
SANTIAGO, ! 5 FEB 2016
VISTO: HOY SE RESOLVIÓ LO QUE SIGUE
Lo dispuesto en el D.F.L. N°1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de laPresidencia, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575,Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social; en la Ley N° 19.886, de Bases SobreContratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, aprobadopor el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y en la Resolución N° 1600,de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámitede Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1° Que, la Subsecretaría de Evaluación Social requiere regularizar y a la vez contratar el serviciode Jardín Infantil, a que tienen derecho los/as funcionarios/as de esta Secretaría de Estado.
2° Que, es menester tener presente que el beneficio de Jardines Infantiles, para los/as-uncionarios/as de la Subsecretaría de Evaluación Social, constituyen prestaciones de seguridadsocial a las que pueden acceder sus niños hasta la edad de su ingreso a la educación generalDas ca y que si bien no existe mandato legal que obligue a los entes estatales otorgarlo a susfuncionarios/as, es facultativo para ellos concederlo dentro del ámbito de sus disponibilidadesoresupuestarias, siendo menester agregar que, una vez acordado por el empleador, debeextenderse a todos los menores en edad de gozar del beneficio. (Aplica DictamenN°030001N12, de la Contraloría General de la República).
3° Que, dada la importancia del tema para los funcionarios/as de la Subsecretaría de EvaluaciónSocial, es que se ha optado por el mecanismo de contratación que da cuenta la presenteresolución.
4° Que, resulta imperioso por un lado regularizar la situación de hecho en la que se encuentranhijos e hijas de los funcionarios/as, desde la fecha indicada en el cuadro correspondiente, y a lavez regular la situación contractual para el futuro.
5° Que, mediante comunicaciones internas de la Jefa de Gabinete de la Subsecretaría deEvaluación Social, de fechas 14 y 18 de enero de octubre de 2016, se acompañan losMemorándums DAF N°005 y N° 008, de fechas 8 y 14 de enero de 2016, respectivamente,ambos del Jefe de la División de Administración y Finanzas, en donde se acompañan una seriede antecedentes recabados por el Departamento de Recursos Humanos en que se da cuenta delos funcionarios/as con derecho al beneficio, establecimiento, empadronamiento JUNJI, y otrosdel caso para proceder a la presente contratación (Memorándums (RRHH) N° 373, 374 y 375,
I
-
todos de fecha 30 de diciembre del año 2015, N°001 y N°002, de fecha 4 de enero de 2016, yN°007, de fecha 8 de enero de 2016, todos del Jefe Subrogante del citado Departamento).
6° Que, los antecedentes existentes y los presentados por los funcionarios/as de laSubsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social, han permitido a estaSecretaría de Estado llegar al convencimiento que en el caso de los niños y niñas, el servicio deJardín Infantil que se presta, entrega la confianza y seguridad necesaria y requerida para laprotección de los niños y niñas. Lo anterior, toda vez que este Ministerio hace suyas lasdisposiciones del N° 1, del artículo 3° de la Convención sobre los Derechos del Niño, convenioratificado por Chile y promulgado como Ley de la República mediante Decreto Supremo N° 830,de 1990, del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual dispone "todas las medidasconcernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestarsocial, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, unaconsideración primordial a la que se atenderá será el interés superior del niño".
7° Que, en definitiva analizados los antecedentes informados se estima se configura la causaldescrita en la letra f) del N° 7, del artículo 10, del DS.N° 250/2004, del Ministerio de Hacienda,Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro yPrestación de Servicios.
8° Que, por razones de buen servicio, y dado que varios funcionarios/as se encuentran haciendouso de este derecho antes de la total tramitación del presente acto administrativo, procederegularizar dicha situación, toda vez que no resulta pertinente provocar un menoscabo a losfuncionarios/as, por decisiones administrativas ni provocar un enriquecimiento injustificado porparte del Fisco de Chile para con los proveedores, debiendo regularizarse dicha situación yregular el servicio para el futuro en el otro caso.
9° Que, existen los recursos necesarios para proceder, por un lado a la regularización y por otroa la contratación directa según da cuenta el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°8, defecha 29 de diciembre de 2015, emitido por el Jefe de División de Administración y Finanzas.
Que, vistas las facultades que me confiere la ley,
RESUELVO
1° REGULARÍZASE la contratación directa con los proveedores que se indican, por el serviciode Jardín Infantil prestado desde la fecha indicada en el recuadro respectivo y en la proporciónque corresponda hasta el día anterior a la total tramitación del presente acto administrativo, afavor de los niños/as que se individualizan en el siguiente cuadro:
FUNCIONARÍA
JacquelineSepúlvedaGonzález
EduardoKoffmann Jopia
Pablóla MadridDroguett
Rabióla MadridDroguett
Erica AstutilloOlivares
NOMBRE HIJO/A
Florencia BritoSepúlveda
Alejandra KoffmannValdivia
Antonia ValdésMadrid
Alexa Valdés Madrid
Florencia BritoSepúlveda
. . ; • • . .
JARDÍN 'INFANTIL/COL
EGIO •
VitaminaTarapacá
Chimpy
Mirasol
Mirasol
VitaminaCiudad Satélite
RUT
I
76.407.810-1
76.368.040-1
8.643.739-2
8.643.739-2
76.407.810-1
RAZÓN, 'SOCIAL
VitaminaWork Life
S.A.
SociedadEducacionalJeannetteHanriette
Ardouin ToroMaría
SlovenaKlaric
CasacubiertaMaría
SlovenaKlaric
Casacubierta
VitaminaWork Life
S.A.
PERIODOMENSUALIDAD
DESDE
01 deenero de
2016
01 deenero de
2016
01 deenero de
?nifi
01 deenero de
901 R
01 deenero de
2016
HASTA
El día anterior a laotal tramitación dea presenteResolución Exenta
El día anterior a latotal tramitación dela presenteResolución Exenta
El día anterior a latotal tramitación dela presenteResolución ExentaEl día anterior a latotal tramitación dela presenteResolución ExentaEl día anterior a latotal tramitación dela presenteResolución Exenta
MONTO-.MENSUAL
(pesos)
94.500
94.500
94.500
94.500
94.500
N° CDP
8
8
8
8
8
-
Marcela CarrascoFlores
CynthiaGalleguillos
Pastrián
Pctricia ToledoRodríguez
Mabel HuertaOrellana
Wabol HuertaOrellana
Sofía Pino Carrasco
Violeta HerreraGalleguillos
Felipe Lazo Toledo
Catalina Díaz Huerta
Francisca DíazHuerta
Benjamín
Pasitos
Rayún
Helio Children
Helio Children
60.400.000-9
13.441.151-1
11.663.924-6
76.036.650-1
76.036.650-1
ContralorfaGeneral de la
República
Ivette GarcíaPérez
Paola YáñezMéndez
SociedadEducacional
HelioChildrenLimitadaSociedad
EducacionalHelio
ChildrenLimitada
01 deenero de
2016
01 deenero de
2016
01 deenero de
2016
01 deenero de
?01fi
01 deenero de
2016
El día anterior a latotal tramitación dela presenteResolución ExentaEl día anterior a latotal tramitación dela presenteResolución ExentaEl día anterior a latotal tramitación dela presenteResolución Exenta
El día anterior a latotal tramitación dela presenteResolución Exenta
El día anterior a latotal tramitación dela presenteResolución Exenta
94.500
94.500
94.500
47.250(media
jornada)
45.000(media
jornada)
8
8
8
m 9
i
?1
2° APRUÉBASE los siguientes términos de referencia para la contratación directa que da cuentael resuelvo siguiente, cuyo texto es del siguiente tenor:
A).- Antecedentes generales del servicio.
i. La Subsecretaría de Evaluación Social, requiere en general contratar el servicio deJardín Infantil para los hijos/as de los funcionarios/as que tienen derecho al beneficioque el Código del Trabajo les otorga.
ii. Los proveedores del servicio fueron escogido por esta Secretaría de Estado en razónde la seguridad y confianza explicitadas en los considerandos de la presenteresolución, y por el cumplimiento de los requisitos establecidos en los presentestérminos de referencia aplicados por las instancias de recursos humanos de estaSubsecretaría.
iii. El servicio de Jardín Infantil, será contratado con aquellos establecimientos quetenga el reconocimiento oficial del Ministerio de Educación y/o el Certificado deEmpadronamiento de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
iv. Por los antecedentes ya señalados, se estima que el establecimiento que cuenta conel reconocimiento oficial del Ministerio de Educación y/o el Certificado deEmpadronamiento de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
8).- Requerimentos específicos al Jardín Infantil.
• Tener reconocimiento oficial del Ministerio de Educación y/o el Certificado deEmpadronamiento de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.No tener inhabilidades para contratar con la Administración del Estado conforme lodispuesto en la Ley N° 19.886. Los proveedores que no se encuentren inscritos enChileproveedores, deberán acompañar una declaración jurada simple de no tenerinhabilidades del artículo 4°, ley 19.886 y prácticas antisindicales e infracción a losderechos fundamentales del trabajador.Certificado de obligaciones laborales y previsionales.
C).- Modalidad y forma de pago.
El valor mensual máximo a pagar por los hijo/as de los funcionarios/as de la Subsecretaría deEvaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social, para el año 2016 por concepto demensualidad, será el indicado en resuelvo 3° de la presente resolución exenta.
El valor de las mensualidades serán cancelados por la Subsecretaría, a 30 días de recibida laboleta o factura correspondiente, adjuntando listado de asistencia del mes.
-
D).- Formalización de contratos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras, losconfraíos menores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y laaceptación de ésta por parte del proveedor,
E).- Termino anticipado de servicios de Jardín Infantil.
Las obligaciones de pago por parte de la Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio deDesarrollo Social se suspenderán automáticamente si durante el período en que se haya otorgadola autorización para asistir al Jardín Infantil, los funcionarios/as dejaren por cualquier causa dedesempeñarse en la Subsecretaría, hecho que se deberá comunicar al establecimiento con a lomenos cinco días hábiles de anticipación.
El Ministerio a través de la Subsecretaría se reserva el derecho de verificar, en cualquier momento,que el jardín infantil dé efectivo cumplimiento a sus obligaciones de atención y cuidado de loshijos/as de los funcionarios/as.
Cualquiera de las partes podrá poner fin al contrato, sin expresión de causa, manifestando estaintención mediante carta certificada enviada a la contraparte con a lo menos 30 días deanticipación. Asimismo la presente contratación podrá modificarse o terminarse anticipadamenteen la forma y casos señalados en el artículo 13 de la Ley N°19.886 y artículo 77 de suReglamento.
3° AUTORÍZASE de conformidad a los términos de referencia aprobados, la contratación directacon los proveedores que se indican en el siguiente cuadro, con el objeto que la Subsecretaría deEvaluación Social contrate los servicios para los hijos/as de los funcionarios/as que seindividualizan, desde y hasta las fechas señaladas a continuación:
FUNCIONARÍA
Johnny SaldlasBurgos
Johnny SaldíasBurgos
Alvaro KrausaSalazar
BereniceContreras
Costéis
RodrigoBarrios Rivas
Teresa MaffeiRojas
JacquelineSepúlvedaGonzález
EduardoKoffmann Jopi
Rabióla MadricOroguett
NOMBRE HIJO/A
Lucas SaldíasSepúlveda
Emilia SaldiasSepúlveda
Matías KrauseSalazar
Emiliana SalasContreras
Paula BarriosSánchez
Clara Debrott Maffei
Florencia BritoSepúlveda
Alejandra KoffmannValdivia
Antonia ValdésMadrid
JARDÍNINFANTIL/COL
EGIO
ColegioAltamira
ColegioAltamira
Colegio AndreeEnglish School
Macarena
Colegio SanAgustín
Colegio RubénDarío
VitaminaTara paca
Chimpy
Mirasol
RUT
88.432.700-8
88.432.700-8
81.306.100-7
76.088.927-k
65.035.223-8
86.505.900-0
76.407.810-1
76.368.040-1
8.643.739-2
RAZÓN.SOCIAL
SociedadEducadora
Altamira S.A.Sociedad
EducadoraAltamira S.A.
AndreeEnglishSchool y
CompañíaLimitadaPatricia
SepúlvedaJardínInfantil
MacarenaE.I.R.L.
FundaciónEducacionalSan Nicolásde Tolentino
CentroEducacionalRubén Darío
S.A.VitaminaWork Life
S.A.Sociedad
EducacionalJeannetteHanriette
Ardouin ToroMaría
SlovenaKlaric
Casacubierta
PERIODOMENSUALIDAD
DESDE
01-03-2016
01-03-2016
01-03-2016
01-02-2016
01-03-2016
01-03-2016
Total tramitacióndel presente acto
administrativo
Total tramitacióndel presente acto
administrativo
Total tramitacióndel presente acto
administrativo
ASTA
1deiciembree20161deiciembree20161deiciembre62016
Idadiciembrede 2016
31 dediciembrede 2016
31 dediciembrede 2016
31 dediciembrede 201631 dediciembrede 201 6
31 dediciembrede 2016
MONTO,'MENSUAL
94.500
94.500
94.500
94.500
94.500
94.500
94.500
94.500
94.500
N° CDP
8
8
8
8
8
8
8
8
8
-
Fabiola MadridDroguett
Erica Astutillo0 ¡vares
MarcelaCarrasco
FloresCynthia
Gal eguillosPastrián
Patricia ToledoRodríguez
Mabsl HuertaOrellana
Maba! HuertaOrellana
Mabel ArellanoMaurelia
Alexa Valdés Madrid
Florencia BritoSepúlveda
Sofía Pino Carrasco
Violeta HerreraGalleguillos
Felipe Lazo Toledo
Catalina Díaz Huerta
Francisca DiazHuerta
MonserratRebolledo Arellano
Mirasol
VitaminaCiudad Satélite
Benjamín
Pasitos
Rayún
Helio Children
Helio Children
Vitamina Florde Azucenas
8.643.739-2
76.407.810-1
60.400.000-9
13.441.151-1
11.663.924-6
76.036.650-1
76.036.650-1
76.407.810-1
MaríaSlovenaKlaric
CasacubiertaVitaminaWork Life
S.A.Contraloria
General de laRepública
Ivette GarcíaPérez
Paola YáñezMéndez
SociedadEducacional
HelioChildrenLimitadaSociedad
EducacionalHelio
ChildrenLimitadaVitaminaWork Life
S.A.
Total tramitacióndel presente acto
administrativo
Total tramitacióndel presente acto
administrativoTotal tramitacióndel presente acto
administrativoTotal tramitacióndel presente acto
administrativoTotal tramitacióndel presente acto
administrativo
Total tramitacióndel presente acto
administrativo
Total tramitacióndel presente acto
administrativo
01-07-2016
31 dediciembrede 201 6
31 dediciembrede 201 631 dediciembrede 201631 dediciembrede 201631 dediciembrede 201631 dediciembrede 2016
31 dediciembrede 201 6
31 dediciembrede 201 6
94.500
94.500
94.500
94.500
94.500
47.250(media
jornada)
45.000(media
jornada)
94.500
8
8
8
8
8
9
9
8
4° DÉJESE constancia que el monto total de la regularización y contratos asciende a la sumaque se resulten del desglose de los cuadros contenidos en los resuelves 1° y 3° de estaresolución.
5° PAGÚESE la o las sumas que implique lo resuelto en los resuelves 1° y 3° de esta resolución,por parte del Departamento de Finanzas, una vez que se encuentre totalmente tramitado elpresente acto administrativo.
6° DELÉGASE en el caso que: los funcionarios/as retiren a los niños/as del establecimiento pormotivos personales antes del período comprometido; el establecimiento deje de funcionar; quelos niños/as no asistan en determinado período; que los funcionarios/as cesen en sus funciones;en caso de fallecimiento de los funcionarios/as y/o hijos/as, en el Jefe de la División deAdministración y Finanzas, la facultad de autorizar rebajas en los montos globales, matrículas omensualidades. Asimismo la facultad de efectuar rectificaciones por errores numéricos, deindividualización del contratista, jardín infantil, funcionario/a o su hijo/a.
7° REQUIÉRASE a los proveedores señalados en el resuelvo 1mensual de las respectivas niñas u otro equivalente.
y 3°, la lista de asistencia
8° PUBLÍQUESE la presente resolución en http://www.mercadopublico.cl.
9° IMPÚTESE el gasto que irrogue la presente Resolución Exenta al Programa Presupuestario21-09-01, Subtitulo 22, ítem 08, Asignación 008 "Salas Cunas y/o Jardines Infantiles",correspondiente al presupuesto de la Subsecretaría de Evaluación Social del año 2016.
10° REMÍTASE copia de la presente resolución a la Fiscalía, al Departamento de Adquisiciones,al Departamento de Recursos Humanos, al Departamento de Finanzas, a la Oficina de Partes ya los funcionarios/as ya individualizados/as.
ANÓTESE, REFRÉNDESE Y COMUNÍQUESE
PIB
CARTES MENA10 DE EVALUACIÓN SOCIAL (S)
L COMUNICO A UD. PARA SU CONOCIMIENTO
SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN SOCIAl
Fecha; >-2- 2-O/é ítem: fZ2.Monto: / £ Folio; 3 V¿ JEFE v* ¡'Aares y ARCHIVO
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