la omc y las negociaciones sobre facilitación del comercio

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La OMC y las negociaciones sobre facilitación del comercio. I . Antecedentes sobre el GATT y la OMC II .Ronda de Doha y mandato para las negociaciones sobre facilitación del comercio III. Marco jurídico IV. Propuestas de negociación V. Siguiente etapa. ANTECEDENTES GATT Y OMC. - PowerPoint PPT Presentation

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La OMC y las La OMC y las negociaciones sobre negociaciones sobre

facilitación del comerciofacilitación del comercio

I. Antecedentes sobre el GATT y la OMC

II. Ronda de Doha y mandato para las negociaciones sobre facilitación del comercio

III. Marco jurídicoIV. Propuestas de negociación V. Siguiente etapa

ANTECEDENTES

GATT Y OMC

1995

Organización Mundial del Comercio (OMC)

1947

Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)

Singapur (1996)

Ginebra, Suiza (1998)

Seattle, EUA (1999)

Doha, Qatar (2001)

Cancún, México (2003)

Hong, Kong (2005)

Conferencias Ministeriales

Principios fundamentalesPrincipios fundamentales

No discriminación: Trato de nación más favorecidaTrato nacional

Liberalización comercial:A través de “rondas de negociación”

Previsibilidad: ConsolidaciónTransparencia

Mandato para

las negociaciones sobre Facilitación del Comercio

RONDA DE DOHA

• Ronda Doha inició en noviembre de 2001.

• En el marco de esta Ronda, los Miembros de la OMC adoptaron modalidades para la negociación sobre facilitación del comercio (paquete de julio 2004).

• En el “Paquete de julio” de 2004, los Miembros acordaron iniciar negociaciones para:

“Aclarar y mejorar aspectos pertinentes de los artículos V, VIII y X del GATT de 1994 con miras a agilizar aún más el movimiento, el despacho de aduana y la puesta en circulación de las mercancías, incluidas las mercancías en tránsito”.

Trato especial y diferenciado (TED)

Los resultados de las negociaciones tendrán plenamente en cuenta el principio del TED.

El TED deberá ir más allá de la concesión de los períodos de transición para aplicar los compromisos.

El alcance de los compromisos y el momento de contraerlos guardarán relación con la capacidad de aplicación de los PED (no obligados a hacer inversión en infraestructura que supere sus posibilidades).

La identificación de necesidades y prioridades será parte integrante de las negociaciones.

La asistencia técnica se prestará durante y después de las negociaciones; se dará apoyo a la creación de capacidades.

Los Miembros invitarán a otras organizaciones internacionales a colaborar.

MARCO JURÍDICOMARCO JURÍDICO

Disposiciones del GATT 1994 Disposiciones del GATT 1994 en materia de Facilitación del Comercioen materia de Facilitación del Comercio

Art. V Libertad de tránsito

Art. VIII Derechos y formalidades referentes a la

importación y a la exportación

Art. X Publicación y aplicación de los reglamentos comerciales

Artículo VCada Miembro otorgará libertad de tránsito:

• A las mercancías, barcos y otros medios de transporte que crucen por su territorio.

• Por las rutas más convenientes.

• Sin distinción alguna basada en:

pabellón de los barcos, lugar de origen, partida, salida, entrada, destino, propiedad de las mercancías, los barcos o de otros medios de transporte.

(Salvo en el caso de inobservancia de leyes):

• El tráfico en tránsito:– No será objeto de demoras ni

restricciones innecesarias

– Estará exento de derechos de aduana y de derechos de tránsito u otras cargas,

con excepción de aquellas relativas a los: (i) gastos de transporte, (ii)gastos administrativos, o (iii)costo de los servicios prestados.

• Todas las cargas y reglamentaciones deberán ser razonables

• Trato de Nación más Favorecida (NMF) para el tráfico en tránsito, con respecto a todas las:

•cargas•reglamentaciones, y•formalidades

Artículo VIII• Todos los derechos y cargas

(distintos de los aranceles y los impuestos interiores) aplicados en conexión con la importación o la exportación:

– Se limitarán al costo aproximado de los servicios prestados.

– No constituirán una protección indirecta a los productos nacionales.

– No constituirán gravámenes fiscales a la importación o la exportación.

• Derechos y cargas relacionados con:– Formalidades

consulares– Restricciones

cuantitativas y licencias

– Control de cambios– Servicios de

estadística– Documentación y

expedición de certificados

– Análisis e inspección– Cuarentena,

inspecciones sanitarias, desinfección

• También puede referirse a cargos por:– Manipulación de

cargas y almacenamiento

– Escaneo y conteo de mercancías

– Servicios prestados fuera del horario de oficina

• No se impondrán sanciones severas por infracciones leves de los reglamentos o formalidades de aduana.

• A petición de otra Miembro o de un órgano competente de la OMC, cada Miembro examinará la aplicación de sus leyes y reglamentos, teniendo en cuenta las disposiciones del Artículo VIII

• Reconocimiento de la necesidad de reducir:

– el número y la diversidad de los derechos y cargas;

– los efectos y la complejidad de las formalidades de importación y exportación;

– y simplificar los requisitos de documentación

Artículo X• Publicar rápidamente todas

las leyes, reglamentos, decisiones judiciales y administrativas de aplicación general que afecten las importaciones y las exportaciones, a fin de que los gobiernos y comerciantes tengan conocimiento de ellos.

• Ninguna medida de carácter general podrá ser aplicada antes de su publicación oficial

• Aplicación uniforme, imparcial y razonable de leyes y reglamentos comerciales.

• Mantener o instituir tribunales o procedimientos judiciales o administrativos para la pronta revisión y rectificación de las medidas administrativas en materia aduanera.

• Los tribunales o procedimientos serán independientes de los organismos encargados de aplicar las medidas.

PROPUESTASDE

NEGOCIACIÓN

• En el Grupo Negociador sobre Facilitación del Comercio (GNFC) se han presentado más de 150 documentos.

• Actualmente, el GNF discute propuestas basadas en texto (“tercera generación”), con el propósito de tener un borrador de “acuerdo”.

• Las propuestas presentadas por los Miembros hasta ahora han sido compiladas por la Secretaría de la OMC en el documento TN/TF/W/43/Rev.?

Compilación TN/TF/W/43/Rev.?

A. Publicación y disponibilidad de informaciónB. Publicación y consultas previasC. Resoluciones anticipadasD. Procedimientos de recursoE. Otras medidas para aumentar la imparcialidad, la no

discriminación y la transparenciaF. Derechos y cargas relacionados con la importación y la

exportaciónG. Levante y despacho de aduana de las mercancías H. ConsularizaciónI. Cooperación entre los organismos que intervienen en la

fronteraJ. Formalidades en relación con la importación y la

exportaciónK. Clasificación arancelariaL. Cuestiones relativas al tránsito de mercancíasM. Coopéracion aduanera

TRANSPARENCIA

ARTÍCULO X

Epígrafes A-E

de la Recopilación de la Secretaría

TN/TF/W/43/Rev.?

Propuestas A-E

A. Publicación y disponibilidad de información

B. Publicación y consultas previasC. Resoluciones anticipadasD. Procedimientos de recursoE. Otras medidas para aumentar la

imparcialidad, la no discriminación y la transparencia

Recopilación de propuestas elaborada por la SecretaríaRecopilación de propuestas elaborada por la SecretaríaTN/TF/W/43/Rev.? (el número más alto equivale a la revisión TN/TF/W/43/Rev.? (el número más alto equivale a la revisión más reciente)más reciente)

DERECHOS y FORMALIDADES

ARTÍCULO VIII

Epígrafes F-Kde la Recopilación de la

Secretaría TN/TF/W/43/Rev.?

F-K Derechos y formalidades

F. Derechos y cargas relacionados con la importación y la exportación

G. Levante y despacho de aduana de las mercancías

H. ConsularizaciónI. Cooperación entre los organismos

que intervienen en la fronteraJ. Formalidades en relación con la

importación y la exportaciónK. Clasificación arancelaria

ARTÍCULO VTRÁNSITO

Epígrafe Lde la Recopilación de la Secretaría

TN/TF/W/43/Rev.?

L - Propuestas relativas al tránsito

1. Alcance2. Libertad básica de tránsito 3. Excepciones, reglamentaciones, restricciones y no

discriminación 4. Disciplinas sobre derechos y cargas 5. Disciplinas sobre formalidades y requisitos de

documentación para el tránsito 6. Régimen de transporte bajo control aduanero y

garantías7. Acuerdos o convenios regionales en materia de tránsito8. Mejora de la cooperación y la coordinación

M. Cooperación aduanera

Mecanismo multilateral para el intercambio y la gestión de

información

N - COMITÉ NACIONAL

Los Miembros establecerán un comité nacional o un Mecanismo análogo de facilitación del comercio cuyo objetivo será prestar asistencia en la aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio

TRATO ESPECIAL Y DIFERENCIADO (TED)

“Propuestas específicas”- períodos de transición- asistencia técnica, creación de

capacidades- “máximo empeño”

“Transversales”sin vínculo directo con una medida específica (W/137, W/142, W/147)

SIGUIENTE ETAPA

Se ha intensificado el ritmo de las negociaciones bajo la ronda Doha

En caso de que se logren avances en otras áreas de negociación, el presidente del GNFC tendría que presentar un “texto” proximamente, al que las delegaciones tendrán que reaccionar.

Por esta razón, PAIS solicitó la asistencia técnica

de la OMC y de otras organizaciones internacionales para esta auto-evaluación lo antes posible.

El conocimiento de nuestras propias necesidades y prioridades nos ayudará a determinar nuestra capacidad real y en su caso, nuestras necesidades de asistencia técnica y creación de capacidades y con base en ello a afinar nuestra postura de negociación.

Para más información, vísite la página Web de la OMC:

WWW.WTO.ORG

(Lista A-Z¦Facilitación del comercio)

MUCHAS

GRACIAS

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