santiago basabe-serrano1 departamento de estudios políticos … · 2013-08-26 · 1" "...
Post on 17-Mar-2020
5 Views
Preview:
TRANSCRIPT
1
Analizando la calidad de las decisiones judiciales en América Latina: evidencia
empírica de 13 Cortes Supremas de la región.
Santiago Basabe-Serrano1
Departamento de Estudios Políticos
Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO Ecuador
sbasabe@flacso.edu.ec
Agosto de 2013
No citar sin permiso expreso del autor
1 Esta investigación fue financiada con el Fondo de Desarrollo Académico (FDA) de FLACSO, Ecuador. El autor reconoce el apoyo en el trabajo de campo a los siguientes asistentes de investigación: Santiago Battezzati (Argentina), Vanessa Silva (Brasil), María Isabel Rojas (Chile), María Vásquez (Colombia), María José Cascante (Costa Rica), Leydi Matos (República Dominicana), Luis Llanos (Ecuador), Carlos Guzmán (El Salvador), Tania Martínez (Honduras), Georgina Jiménez (México), Félix Puémape (Perú), Samuel Quiñones (Puerto Rico) y Manuela Abrahan (Uruguay).
2
Resumen
Este artículo describe y explica las variaciones en cuanto a calidad de las decisiones
judiciales de 191 jueces supremos de 13 países de América Latina. Basado en encuestas
de opinión realizadas a expertos, el artículo propone un índice en el que la calidad de las
decisiones judiciales se evalúa en función de la aplicación e interpretación de textos
legales, doctrina jurídica y precedentes jurisprudenciales, a los casos específicos que los
jueces supremos tienen que resolver. De otro lado, y recurriendo a un modelo de
regresión lineal (OLS), se constata que la independencia judicial externa y la corrupción
existente en el país son las variables que mejor explican que unos jueces supremos
dicten decisiones judiciales de mayor calidad que otros. Aunque la experiencia docente
y la formación académica de los jueces también son variables importantes, su peso
específico es inferior al de las dos variables previamente indicadas. Contrariamente a lo
que se suele creer, los salarios y la experiencia previa de los jueces dentro del Poder
Judicial no influyen en la calidad de las decisiones asumidas en las cortes supremas.
Introducción
Dentro de los estudios sobre políticas judiciales -judicial politics-, una de las
dimensiones menos exploradas es la relacionada con el análisis de la calidad de las
decisiones judiciales y, en términos más amplios, del Poder Judicial. A diferencia de los
estudios sobre calidad de la democracia, respecto a los que existe una amplia
investigación científica (Levine y Molina, 2011; Beetham, et al, 2008; Campbell, 2008;
Diamond y Morlino, 2005; O´Donnell, et al, 2004; Martínez, 2004; Morlino, 2004;
Berg-Schlosser, 2004; Altman y Pérez-Liñán, 2002), los trabajos que evalúan la calidad
del Poder Judicial son escasos. De las posibles explicaciones que se dan a esta
3
desatención académica, una de las más citadas se relaciona con la dificultad existente
para medir dicho concepto. En esto concuerdan no sólo quienes estudian América
Latina (Pásara, 2003) sino también los interesados en la investigación científica del
Poder Judicial de los Estados Unidos (Leflar, 1960; McCree, 1981).
De hecho, la referencia más cercana al concepto calidad del Poder Judicial está dada por
su asimilación con el concepto calidad de la justicia. Así, cuando algunos autores
definen la calidad de la justicia establecen una relación específica con la adecuada y
eficaz respuesta del Poder Judicial a los casos sometidos a su conocimiento (Denvir y
Root, 2009, Landes et al, 1998, Jackson, 1974). Aquí se plantea la primera observación
pues la justicia, independientemente de la orientación filosófica que se asuma para
definirla, constituye un concepto amplio, con profunda carga de valores, y dentro del
que la noción de calidad del Poder Judicial es solamente una de sus diferentes
dimensiones. En otras palabras, el concepto calidad de la justicia contiene al de calidad
del Poder Judicial pues se encuentra en un nivel de abstracción mayor. Tanto por el
apunte ya mencionado como por la posibilidad cierta de observar empíricamente la
calidad del Poder Judicial, alrededor de éste concepto se desarrolla la discusión que
sigue.
Así, para analizar la calidad del Poder Judicial hay que partir de la diferenciación entre
el estudio de la institución como tal respecto al relacionado con los actores que la
conforman. En el primer caso, y a diferencia de las legislaturas que constituyen un
cuerpo homogéneo, el Poder Judicial es una estructura compleja compuesta de arenas de
toma de decisión que aunque relacionadas entre sí podrían ser analizadas de forma
independiente (Baum, 1997; Fiss, 1983). Al menos tres son las arenas que se pueden
identificar en la mayoría de los Poderes Judiciales: las cortes supremas, las cortes
4
intermedias o de apelaciones y los tribunales de primera instancia.2 Por tanto, en el
plano institucional, la calidad del Poder Judicial se la puede observar en función de los
resultados sociales que genera cada una de las arenas de toma de decisión ya anotadas.
En términos metodológicos, se trata de mediciones agregadas de la calidad del Poder
Judicial.
Respecto a la calidad del Poder Judicial desde una perspectiva más analítica, una de las
dimensiones tiene que ver con el estudio de quienes operan el sistema, específicamente
los jueces.3 Dado que los referentes teóricos y empíricos que permiten un acercamiento
directo a la discusión sobre la calidad de los jueces son escasos, se consideran algunas
de las ideas halladas en la literatura que estudia la calidad de los políticos. Al respecto,
se han establecido dos niveles de análisis. El primero de naturaleza sicológica y que
tiene que ver con variables relacionadas con la personalidad de los actores. Aquí
hallamos el compromiso, el sentido de responsabilidad, la distancia que se debe asumir
frente a determinados hechos o personas (Weber, 1967: 153) y la honestidad (Caselli y
Morelli, 2000).4 Otras variables que van en la misma línea tienen que ver con la
capacidad de los actores para satisfacer las expectativas de un determinado grupo, de la
población en general, de la clase política o de expertos (Alcántara, 2008: 3). Como lo
señala Alcántara (2008) y Rosenberg (1966) estas variables resultan poco útiles para el
análisis pues, dada su naturaleza subjetiva, es difícil establecer criterios para la
comparación. Dicha opinión es plenamente trasladable al estudio de la calidad de los
jueces.
2 Existen otro tipo de tribunales que forman parte del Poder Judicial, como los juzgados de paz, que para efectos de generar una propuesta parsimoniosa han sido dejados de lado en esta descripción. 3 Para algunos autores la calidad de la justicia no dependería solamente de los jueces sino también de los abogados y de los propios litigantes (Gudiño, 2003) 4 Caselli y Morelli (2000) agregan a su medición la idea de competencia aunque no en la línea de un conjunto de destrezas de los actores políticos sino entendiendo dicho concepto como la búsqueda de un balance óptimo entre la oferta de bienes públicos vitales y un nivel mínimo de ingreso fiscal.
5
El segundo nivel de análisis que propone la literatura especializada para el estudio de la
calidad de los políticos tiene que ver con el conjunto de destrezas que permiten a estos
actores ejecutar de forma adecuada su trabajo (Alcántara, 2012; Martínez Rosón, 2008;
Caselli y Morelli, 2000). El nivel de educación formal y la experiencia política en
cargos de elección popular o partidista son las variables que permitirían una medición
empírica lo suficientemente objetiva de la calidad de los políticos.5 A esta segunda
variable es a la que se refiere Fiorina (1994) cuando señala que el grado de
profesionalización de los legisladores estatales de los Estados Unidos depende del
tiempo que dediquen a la actividad política.6 Tanto los criterios teóricos como los
referentes empíricos citados los comparten otro tipo de estudios, como los relacionados
con las burocracias (Scartascini et al, 2011) o los que analizan la profesionalización de
los jueces (Squire, 2008). En definitiva, el análisis de la calidad o profesionalización de
los actores políticos o judiciales partiría de las ideas ya expuestas: educación y
experiencia previa.
Junto a la calidad o profesionalización de los jueces, otra dimensión relevante para el
estudio del Poder Judicial constituye el análisis de la calidad de las decisiones
judiciales. Aunque en principio se podría pensar que se trata de dos dimensiones
indiferenciadas entre sí, y que en el plano metodológico llevarían a generar colinealidad,
un análisis más detenido permite establecer claras diferencias. En concordancia con lo
dicho, una idea clave que se defiende en este artículo es que las decisiones judiciales
constituyen el resultado final de una serie de factores que no se relacionan solamente
5 Alcántara (2012) incorpora a la medición de las competencias de los políticos la experiencia en espacios no políticos y el talento -ubicado en diferentes categorías analíticas-. 6 En la misma línea, Sartori (1992) señala que el político profesional es aquél que no tiene otra actividad que no sea, precisamente, la de ser político.
6
con quien las dicta sino también con otro tipo de variables del entorno político y social.7
Dentro de estas últimas variables se encuentran la influencia que pueden ejercer sobre
las decisiones judiciales la corrupción observada en el país o el comportamiento de los
actores políticos interesados en que determinados fallos asuman una dirección
específica. En ese último punto me refiero a la independencia judicial externa y a
cualquier estrategia que, proviniendo de la arena política, pretenda incidir sobre las
decisiones judiciales.
El razonamiento previo no resulta obvio pues fácilmente se podría asumir que un juez
con vasta formación académica y muchos años de experiencia profesional -sea dentro de
la judicatura o en el ejercicio profesional privado o público- debería dictar decisiones
judiciales de mayor calidad. La misma idea podría trasladarse al caso de los legisladores
o de los burócratas en cuanto a la calidad de la legislación que producen o de las
políticas públicas que diseñan. No obstante, existe evidencia empírica que confirma la
validez del argumento que en este artículo propone. Colombia, por ejemplo, es un país
en el que existen diputados con experiencia previa en la legislatura relativamente corta
(4 años) y que, sin embargo, tienen una alta valoración en cuanto a eficiencia en el
proceso de formulación de políticas (Scartascini et al, 2011: 91). En el lado contrario se
encuentra Perú, cuyos diputados tienen mayor experiencia legislativa (5,2 años) pero
que a pesar de ello han recibido una baja calificación en términos de productividad en el
proceso de formulación de políticas (Scartascini et al, 2011: 91).
Con lo expuesto, este artículo se concentra en el análisis de la calidad de las decisiones
judiciales, asumiéndolas independientemente de las destrezas de quienes las dictan. En
la primera parte se describen los principales enfoques a los que ha recurrido la literatura
7 Esta idea tensiona con la clásica propuesta de Benjamin Cardozo (1921) en la que la calidad de las decisiones judiciales tiene que ver solamente con variables relacionadas con la formación y bagajes jurídicos y culturales del propio juez.
7
especializada para observar el concepto mencionado a la par de plantear una estrategia
específica para la medición de la calidad de las decisiones judiciales en 13 cortes
supremas de América Latina. En la segunda parte se plantea un marco teórico orientado
a establecer las variables que explicarían la varianza observada en cada país analizado.
En la tercera parte se recurre a un modelo lineal (OLS) a través del que se explica la
diferencia en términos de calidad de las decisiones judiciales de los jueces de las 13
cortes supremas ya mencionadas. En esencia, se plantea que variables del entorno
político y social y otras relacionadas con la profesionalización de los jueces explican
diferentes grados de calidad de las decisiones judiciales en la región. La cuarta parte
presenta conclusiones y algunas ideas básicas para una futura agenda de investigación.
Calidad de las decisiones judiciales: revisión del estado de la literatura y una
propuesta de medición.
Dentro de los pocos estudios que analizan la calidad de las decisiones judiciales en
términos de establecer una medida respecto a dicha variable hallamos la investigación
realizada por Posner (2000). En su trabajo sobre la Corte de Apelaciones para el noveno
circuito, este autor establece como referentes empíricos de la calidad de las decisiones
judiciales tanto al número de sentencias de esa corte que son dejadas sin efecto por parte
de la Corte Suprema como también al número de veces que las decisiones de dicha
Corte de Apelaciones son citadas por otras que no tendría obligación de hacerlo. Así, a
medida que menos veces es revertida una decisión por parte de la Corte Suprema o a
medida que en más ocasiones un tribunal cita los fallos de la corte analizada, se inferiría
que la calidad de las decisiones judiciales es mayor. Una estrategia similar, sobre todo
en lo relacionado con el número de decisiones revertidas por la Corte Suprema como
aproximación del concepto calidad de la justicia, es asumida por Basabe-Serrano
(2011a) cuando analiza el caso de las cortes intermedias de Ecuador.
8
Una de las principales críticas a la medición planteada tiene que ver con la
sostenibilidad de los supuestos utilizados. En primer lugar, se admite la idea de que la
Corte Suprema goza de mayor calidad que las cortes intermedias por lo que, una
sentencia que deje sin efecto el fallo impugnado daría cuenta de la baja calidad de la
decisión judicial de la corte intermedia. Este supuesto entra en duda en países en los que
la conformación de las cortes intermedias suele pasar por filtros institucionales más
restrictivos y exigentes que los utilizados para elegir jueces supremos. Así, mientras la
selección de jueces intermedios priorizaría los méritos y hoja de vida de los candidatos,
la designación de jueces supremos implicaría un componente más político. Los países
en los que existe un Consejo de la Magistratura encargado de la selección de todos los
niveles de jueces, excepto los de Corte Suprema, podrían constituir un referente
empírico de lo anotado.
La segunda objeción señala que las decisiones judiciales que son revertidas por la Corte
Suprema no tienen como explicación precisamente la baja calidad de los fallos
impugnados sino más bien la mejor defensa profesional que reciben unos litigantes
respecto de otros. En ese aspecto, si quien impugna la decisión de la corte intermedia
está en posibilidades de contratar un abogado de mayores experticias, las probabilidades
de que el fallo sea revertido irían en aumento. Lo dicho encuentra mayor sustento en
sistemas como los de América Latina en los que los jueces en general no tienen
capacidad de resolver los casos sino en función de las pretensiones expuestas por los
litigantes. En otras palabras, a los jueces les está vedado actuar de oficio, salvo en
asuntos de naturaleza penal.
Finalmente, una objeción adicional tiene que ver con el sesgo existente en la muestra
que se analiza pues, efectivamente, la medición se da solamente a partir de las
decisiones que llegan a la Corte Suprema. Al respecto, es posible que muchas
9
decisiones judiciales no lleguen a la Corte Suprema por razones relacionadas con el
tiempo de espera para recibir el fallo, el aumento de gastos en los que deben incurrir las
partes procesales o los esfuerzos logísticos o materiales que implica litigar en una
ciudad diferente a la que originó el proceso judicial. Si consideramos que las Cortes
Supremas suelen estar en las capitales de los países, trasladar una disputa legal de una
ciudad lejana a la capital implica una serie de gastos adicionales que no todos los
litigantes están dispuestos a asumir. En otras palabras, los costos de transacción que
implican someter un caso a la decisión de la Corte Suprema podrían sesgar el universo
de casos que efectivamente llegan a conocimiento de esa entidad.
En cuanto al otro referente empírico utilizado por Posner (2000), el número de veces
que se citan las decisiones de una corte por otra que no tiene la obligación de hacerlo,
las críticas son menores. No obstante, el principal problema que surge para asumir dicha
estrategia metodológica es que más allá de los sistemas anglosajones, la medición no es
aplicable. En efecto, en el sistema romano-germánico, asumido por la gran mayoría de
países de América Latina, las cortes intermedias e incluso las de primer nivel están
obligadas a seguir los precedentes jurisprudenciales dictados solamente por la Corte
Suprema. Luego, no es posible que las decisiones de una corte intermedia sean aludidas
por otra ubicada en el mismo nivel jerárquico.
Con las limitaciones expuestas, resulta difícil hallar otras formas de medir la calidad de
las decisiones judiciales que planteen criterios objetivos, comparables y replicables. No
obstante, en esta ponencia se propone una serie de dimensiones que, en conjunto,
podrían dar cuenta de un criterio más amplio y con capacidad de aplicación
independientemente del país en el que se realice la investigación. En primer lugar, se
señala que una decisión judicial es de calidad cuando cumple los parámetros de la
técnica jurídica que son esenciales a un fallo de este estilo. Más allá de cuestiones de
10
forma, como el hecho de que la decisión contenga una parte expositiva, una declarativa
y una resolutiva, lo que se propone es analizar cuatro dimensiones que, en conjunto,
permitan considerar a una decisión judicial como coherente, estructurada y con
contenido jurídico. Desde luego, asumir que una decisión judicial es de calidad no
implica hacer un análisis de la connotación política, económica o social; simplemente es
una valoración técnica.
A diferencia de las mediciones ya comentadas, que se limitan a analizar la dirección de
las decisiones de la Corte Suprema en relación a las dictadas por las cortes intermedias,
en este artículo se analizan cuestiones relacionadas con la inclusión en las decisiones
judiciales de los principales parámetros identificados por la teoría general del proceso
más clásica. Tales parámetros se resumen en las siguientes dimensiones: (i) aplicación
del texto legal; (i) interpretación del texto legal; (iii) inclusión de precedentes
jurisprudenciales; y, (iv) inclusión de doctrina jurídica. Se asumiría que un fallo en el
que estén bien plasmadas las cuatro dimensiones anotadas reflejaría una decisión
judicial de mayor calidad. Metodológicamente, dada la naturaleza de los indicadores no
es posible efectuar una medición a través de variables dicotómicas sino de intervalo.
La forma más directa de realizar una medición empírica de la calidad de las decisiones
judiciales en función de las dimensiones anotadas sería el análisis de los fallos dictados
por los jueces (Enriques, 2002, Arce Fernández et al, 2003). No obstante, ese es un
ejercicio arduo en términos de recolección y procesamiento de información, más aún
cuando lo que se pretende realizar es una comparación entre varios países y en la que las
unidades de análisis son cada uno de los 191 jueces supremos de los 13 países de
América Latina considerados para este artículo. Además, al igual que en el caso de los
trabajos que recurren a instrumentos metodológicos como la observación participante o
a entrevistas a usuarios del servicio judicial, el grado de subjetividad de la medición se
11
mantendría pues los valores dependerían de los criterios del investigador al momento de
analizar los fallos (Jackson, 1974).
Frente a dicha dificultad se optó por realizar encuestas a expertos judiciales, sobre todo
abogados en libre ejercicio profesional, que en función de las materias en las que se
especializan conocen el desempeño de los jueces y específicamente la calidad de sus
decisiones judiciales. Los países seleccionados fueron Argentina, Brasil, Chile,
Colombia, Costa Rica, Dominicana, Ecuador, El Salvador, Honduras, México, Perú,
Puerto Rico y Uruguay. Las encuestas preguntaron por el desempeño de cada juez
supremo en cada una de las dimensiones anotadas. Con la media obtenida de cada
dimensión posteriormente se obtuvo un índice que empieza en “1” que significa poca
calidad de las decisiones judiciales y que termina en “10” que significa alta calidad de
las decisiones judiciales.
Las encuestas se llevaron a cabo en las capitales de los países entre los meses de
noviembre de 2012 y febrero de 2013. Dada la especificidad del universo de estudio no
fue posible capturar una muestra estadísticamente significativa sino que se acudió a la
técnica de saturación conocida como “bola de nieve”. En los países en los que las cortes
supremas no se encuentran divididas en salas especializadas el mismo encuestado
valoró a todos los integrantes del tribunal mientras que en los otros casos se escogieron
expertos en función de los temas de litigio. Los resultados de la medición, agregada por
país, constan en el Gráfico No 1. Se consideraron los jueces miembros de las cortes
supremas de los países puesto que es posible inferir que si los integrantes del más alto
tribunal de justicia tienen un buen nivel en términos de la calidad de sus decisiones, se
esperaría que aquello se refleje en el resto de los juzgadores del país (Carrington et al,
1976). Este argumento parte de la idea de que las dinámicas y rendimientos de las cortes
12
supremas tienen un efecto multiplicador sobre las cortes de inferior jerarquía (Baum,
1997).
Gráfico No 1
Calidad de las decisiones judiciales de las cortes supremas de América Latina
Fuente: encuestas a expertos
Como se observa, la calidad de las decisiones judiciales de la Corte Suprema de Costa
Rica es la mejor evaluada mientras que la calidad de las decisiones de los jueces
supremos ecuatorianos recibe las calificaciones más deficientes entre todos los países
analizados. Si se considera que la media de los 13 países analizados es 7,06 es posible
tomar ese umbral como punto de partida para establecer -intuitivamente- cuatro grupos
de cortes supremas en función de la calidad de sus decisiones. En primer lugar estarían
Costa Rica y Colombia -ambos por encima de los 8 puntos-, países en los que sus jueces
supremos cumplen satisfactoriamente los cuatro requisitos establecidos para que una
decisión judicial sea de calidad. Ninguno de los dos resultados resulta llamativo pues la
literatura especializada ha reconocido los méritos de los altos tribunales de justicia de
ambos países (Cossío Díaz, 2009). De hecho, las decisiones de estas cortes supremas
constituyen marcos referenciales para el estudio de las Facultades de Derecho en varios
países de la región.
8,12 8,08 7,92 7,84 7,79 7,687,17 7,06 7,04
6,46 6,19 6,12 5,82 5,59
Costa Rica Colombia República Dominicana
Argentina México Brasil El Salvador America Latina
Puerto Rico Chile Honduras Perú Uruguay Ecuador
Calidad de las decisiones judiciales
13
El segundo grupo estaría integrado por Dominicana, Argentina, México, Brasil y El
Salvador -todos dentro de los 7 puntos-. Salvo los casos de Dominicana y El Salvador,
cuyos resultados podrían resultar contra intuitivos, las actuales conformaciones de las
cortes supremas argentina, mexicana y brasileña se han caracterizado por presentar
buenos rendimientos institucionales lo que de algún manera se hallaría reflejado en la
medición de la calidad de las decisiones judiciales de sus jueces (Finkel, 2004, 2003;
Taylor, 2008). El tercer grupo lo conformarían Puerto Rico, Chile, Honduras y Perú -
excepto Puerto Rico, los demás dentro de los 6 puntos-. Aquí el caso más llamativo es
el de Chile que, a pesar de recibir los mejores puntajes de la región en indicadores como
el de independencia judicial externa o el de transparencia judicial (Global
Competitiveness Report 2012; Basabe-Serrano, 2013), es valorado por los expertos
como un país con una mediocre calidad en cuanto a decisiones judiciales. Los hallazgos
empíricos de Hilbink (2007) en cuanto señala a la corte suprema chilena como
conservadora en cuanto a sus fallos podrían tener alguna relación con la evidencia
empírica que aquí se presenta.
El último grupo lo conforman Uruguay y Ecuador -ambos con 5 puntos-. Al igual que
en el caso de Chile, los datos relacionados con Uruguay resultan contra intuitivos en
función de la evidencia empírica que se tiene para ese país en otras dimensiones de la
vida institucional del Poder Judicial (Levitsky y Murillo, 2008). De otro lado, los
resultados reportados para ambos países dan cuenta de la complejidad y ausencia de
uniformidad en cuanto a los rendimientos de las cortes de justicia en las diferentes
dimensiones de estudio. Como se señaló previamente, el análisis de la calidad de las
decisiones judiciales se enmarcó en criterios de técnica jurídica y no hace relación a los
actores que son parte del litigio ni a la dirección que asume el fallo respecto a los
litigantes. Allí podría estar la explicación de las disonancias expuestas.
14
Respecto al caso ecuatoriano, la baja calidad de las decisiones judiciales de sus jueces
supremos podría constituir un mal presagio del mecanismo de selección utilizado y que
consistió en la presentación ciudadana de candidaturas que luego de un concurso
público de merecimientos y oposición fueron calificadas por un Consejo de la
Judicatura ad-hoc creado en dicho país.8 De acuerdo a denuncias publicadas en medios
de comunicación, en el proceso de selección habrían existido manejos irregulares de
cara a favorecer a determinados candidatos en perjuicio de otros. Lo dicho no sólo fue
evidenciado por actores políticos sino por la veeduría internacional encargada de
observar el proceso en su integralidad.9
El análisis previo da cuenta de una medición agregada de los valores de cada juez en
función de su respectiva corte suprema. No obstante, al interior de cada tribunal las
diferencias en la calidad de las decisiones judiciales permiten un análisis interesante
respecto al grado de cohesión de los jueces en términos de la variable analizada. Desde
un punto de vista normativo, la mejor corte suprema sería aquélla en la que no sólo se
observe calidad en las decisiones de sus jueces observados en conjunto sino que además
cada uno de ellos mantenga una puntuación cercana entre sí. De esta forma, el beneficio
de recibir una decisión judicial de calidad no está supeditada a la azarosa decisión
institucional de quién sea el juez que conoce el caso. El Gráfico No 2 presenta la
dispersión de los jueces supremos de cada uno de los 13 países analizados en función de
la calidad de sus decisiones.
8 De acuerdo a la nueva Constitución de 2008, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social debía realiza el concurso público para seleccionar a los jueces supremos -que en Ecuador se denominan nacionales-. No obstante, como consecuencia de la consulta popular propuesta por el Presidente Correa, dicha atribución pasó a un Consejo de la Judicatura de transición, integrado por tres miembros, todos cercanos al gobierno. 9 “Páez denuncia irregularidades en designación de jueces” (Diario “Hoy” de 19 de marzo de 2012). “Las 10 principales observaciones de la veeduría internacional” (Diario “El Universo” de 19 de diciembre de 2012).
15
Gráfico No 2
Dispersión de calidad de decisiones judiciales de jueces supremos de América Latina.
Fuente: encuestas a expertos
Al igual que en el análisis agregado, cuando se valora la calidad de las decisiones
judiciales de cada juez supremo de Colombia, los resultados de la desviación estándar
siguen siendo los mejores de la región. Dicho de otra manera, Colombia no sólo tiene
una de las cortes supremas con mayor calidad en cuanto a decisiones judiciales sino que
también a nivel individual todos sus jueces dictan fallos con alto nivel de técnica
jurídica. Así, en función de la desviación estándar hallada para cada país (Anexo No 1)
es posible establecer tres grupos de jueces. En primer lugar se encuentran los jueces de
Colombia, Uruguay y Argentina -menos de 0,50 en la desviación estándar- que lucen
16
compactos aunque en el caso uruguayo todos se encuentran por debajo de la media de
América Latina (7,06). El segundo grupo lo integran Costa Rica, México, Honduras,
Chile y Dominicana -entre 0,51 y 1 en la desviación estándar-. Aquí el caso más
llamativo vuelve a ser Chile por las diferencias halladas entre unos jueces y otros.
Dominicana también es un caso interesante pues a la par de existir mucha dispersión
entre sus jueces poseen a uno de los mejor puntuados de toda la región (Manuel
Herrera: 9,35/10).
El tercer grupo está formado por Brasil, El Salvador, Ecuador, Perú y Puerto Rico -más
de 1 en la desviación estándar-. Brasil es un caso interesante pues aunque tiene una
ubicación relativamente buena en la medición agregada, en la evaluación juez a juez la
dispersión que presenta es mayor. A pesar de que todos sus jueces están sobre la media
de los países analizados, existe un juez que se encuentra muy distante en cuanto a
calidad de sus decisiones respecto a sus colegas. De otro lado, Ecuador resulta llamativo
puesto que la gran mayoría de sus jueces están por debajo de la media de la región y
además porque cuenta con el juez peor valorado de todos los jueces supremos
analizados (Wilson Andino: 4,03/10). Puerto Rico es la corte suprema con mayor
dispersión en cuanto a la calidad de las decisiones judiciales de sus jueces; no obstante,
entre sus integrantes está la jueza mejor valorada de la región (Liana Fiol: 9,67/10).
Explicando la calidad de las decisiones judiciales en América Latina.
Una vez que se han evidenciado empíricamente los diferentes grados de calidad de las
decisiones judiciales entre los jueces supremos de América Latina, el siguiente paso
constituye establecer relaciones de causalidad entre dicha variable y un conjunto de
posibles explicaciones. En la literatura existente hay una diversidad de factores que han
sido identificados como influyentes en la orientación de las decisiones judiciales aunque
17
no en la calidad de tales fallos. Esta diferenciación es importante pues, mientras los
trabajos sobre independencia judicial externa -por citar una de las dimensiones más
analizadas del campo de las políticas judiciales- focalizan en las variables que inciden
en la dirección de las decisiones judiciales respecto a los intereses de los actores
políticos, lo que aquí se prioriza es saber respecto a la calidad, desde una perspectiva de
técnica jurídica, de tales fallos.10
De su lado, los estudios que aplican modelos de toma de decisiones judiciales a las
cortes supremas se concentran en identificar si son variables del entorno -político,
económico o social- o relativas a las propias preferencias político-ideológicas de los
jueces las que influyen sobre los fallos que éstos dictan. En ambos casos este enfoque
permite conocer cuál es el estímulo externo que viabiliza que el voto de los jueces sea
considerado estratégico o sincero, respectivamente, pero no resulta útil para obtener una
valoración respecto a la calidad de la decisión judicial (Segal y Spaeth, 2002; Epstein y
Knight, 1998). Otros trabajos analizan la relación entre la reputación de los jueces y su
audiencia sobre el grado de discrecionalidad que impregnan en sus decisiones (Miceli y
Cosgel, 1994; Higgins y Rubin, 1980), la incidencia que ejerce sobre los fallos el hecho
de que los jueces formen parte de un tribunal colegiado (Edwards, 2003; Cohen, 2002)
o que sus campañas electorales se financien por uno u otro grupo (Ware, 1999). En
todos estos casos los trabajos apuntan a explicar la dirección de los fallos en favor o en
contra de determinado tipo de litigante o respecto a la interpretación que se da a temas
específicos pero no en relación con la calidad misma de las decisiones judiciales.
Ante el vacío evidenciado, este artículo sostiene que factores relacionados con el
entorno político y social que rodea a los jueces supremos; y, el grado de
10 Para una revisión analítica del estado de la literatura en el campo de las políticas judiciales se puede recurrir a Kapiszewski y Taylor (2008). Sobre los trabajos específicamente relacionados con independencia judicial existe una buena recopilación en Linares (2004).
18
profesionalización de tales actores, constituyen las variables que afectan la calidad de
las decisiones judiciales. En la primera dimensión, se consideran las variables
independencia judicial externa y corrupción. En la segunda dimensión se analiza la
formación profesional de los jueces, el ejercicio de la docencia universitaria y la
experiencia previa de los jueces supremos en el ejercicio de la judicatura.
Adicionalmente se agregan al modelo variables relacionadas con el diseño institucional,
específicamente el tiempo de designación constitucionalmente establecido para el
desempeño de las funciones de juez supremo; y, la masa salarial recibida por el ejercicio
del cargo.
Respecto a la independencia judicial externa, la ausencia de autonomía de los jueces
respecto al poder político constituiría un incentivo negativo a la generación de
decisiones judiciales de calidad. Dado que dictar fallos con técnica jurídica implica que
los jueces se desempeñen en ambientes de estabilidad laboral y ausencia de presiones de
cualquier tipo, la independencia judicial externa es quizás el factor que más incide en
este aspecto. De hecho, trabajos previos en los que se analiza el comportamiento
judicial bajo contextos de inestabilidad institucional han evidenciado que, aún cuando
es posible que los jueces dicten fallos orientados por sus propias preferencias
ideológicas, la calidad de las decisiones se ve afectada (Basabe-Serrano, 2012, 2011b).
A manera de hipótesis se señala que, a medida que disminuye la independencia judicial
externa las probabilidades de que las decisiones judiciales sean de calidad van en
descenso.
Por otro lado, entre los distintos efectos que genera la corrupción estaría el deterioro de
la calidad de las decisiones judiciales. Así, cuando la corrupción permea al conjunto de
la sociedad se generan una serie de incentivos para que los jueces dicten decisiones
judiciales de baja calidad (Basabe-Serrano, 2011a). El mecanismo sicológico que
19
explica dicho comportamiento se denomina “razonamiento judicial motivado” (Braman,
2009) y opera de la siguiente forma. En un escenario en el que la principal motivación
para dictar la decisión judicial sea un acto de corrupción y no el valor de los argumentos
presentados, los jueces preferirán reducir los costos que implican dictar un fallo en el
que de por medio exista razonamiento legal, doctrinario y jurisprudencial, limitando su
acción a decidir en función de los intereses de la parte procesal con la que se ha llegado
a un acuerdo previo. De esta forma la calidad de las decisiones judiciales tiende a
descender no solamente entre los jueces envueltos en actos de corrupción sino que dicho
fenómeno se va extendiendo al resto de juzgadores.11
En efecto, dado que en un ambiente de corrupción la posibilidad de sanción a quienes
dictan decisiones judiciales de baja calidad es prácticamente inexistente, los jueces que
invierten tiempo en elaborar fallos que reúnan características mínimas relacionadas con
aplicación legal, doctrinaria y jurisprudencial, tienen incentivos negativos para
mantener su comportamiento en esa dirección. De hecho, los jueces que dictan
decisiones judiciales de alta calidad seguirán actuando de esa forma solamente hasta un
punto en el que preferirán invertir su tiempo en otras actividades, en perjuicio de la
calidad de las decisiones judiciales. Así, el tipo de corrupción operacional (Buscaglia,
2001) al que me refiero en esta parte tendría efectos no solamente sobre la calidad de las
decisiones judiciales de quienes incurren en tales actos sino que se expandiría al resto de
integrantes de las cortes de justicia.12
Respecto a la profesionalización de los jueces, la literatura especializada presenta una
serie de índices que, aunque podrían servir de referente, no son asimilables del todo a lo 11 Partiendo de la idea de “razonamiento judicial motivado”, Braman (2009) se concentra en el estudio de cómo las preferencias políticas y la autoridad legal interactúan para influenciar en las decisiones judiciales. Siguiendo el mismo marco conceptual, lo que en este artículo se propone es que la corrupción constituye el estímulo que afecta a la calidad de las decisiones judiciales. 12 A este concepto de corrupción operacional es al que alude Ríos-Figueroa (2012) cuando analiza los mecanismos de control judicial al interior de las cortes de justicia de América Latina.
20
que se pretende medir pues se refieren a la profesionalización de las cortes de justicia.
Por tanto, las mediciones que se encuentran en la literatura especializada son menos
analíticas. Dentro de estos trabajos están los de Squire (2008), Brace y Hall (2001) y el
de Glick y Vines (1973). Allí se consideran variables como los salarios, la carga de
trabajo, la cantidad de asistentes, los procedimientos de selección, la organización
interna o las políticas de incentivos y ascensos. Aunque algunas de estas variables son
consideradas como explicaciones alternas en el modelo que este artículo plantea no se
las considera como parte constitutiva de la profesionalización de los jueces. Como se
dijo en la parte introductoria, este artículo define a dicho concepto como el conjunto de
capacidades y destrezas de los jueces que posibilitan un mejor desempeño de su
principal función: administrar justicia.
Al respecto, la profesionalización de los jueces como dimensión explicativa de la
calidad de las decisiones judiciales se hallaría compuesta de las variables: formación
académica, ejercicio de la docencia universitaria y experiencia previa en el ejercicio de
la judicatura. Respecto a la formación académica, se presumiría que si un juez tiene un
mayor nivel educativo formal sus capacidades para plantear decisiones judiciales en las
que sea posible no sólo evidenciar destrezas en el manejo de dispositivos legales sino
también de marcos teóricos aplicables al caso, o lo que se conoce como doctrina
jurídica, serían mayores. Al igual que en los estudios sobre calidad de las políticas
públicas (Zuvanic et al, 2010), en el caso de las decisiones judiciales se plantea como
hipótesis que a medida que aumenta el grado de formación académica de los jueces, las
probabilidades de que sus decisiones sean de mayor calidad van en aumento.
El ejercicio de la docencia universitaria no sólo pone en contacto a los jueces con una
faceta de la realidad diversa a la observada al interior de la judicatura sino que incentiva
también su actualización respecto a los debates que se suscitan en el Derecho. Por tanto,
21
ese permanente intercambio de ideas y de formación especializada dotaría a los jueces
de mejores elementos de juicio para dictar decisiones judiciales de mayor calidad. En
términos de hipótesis, argumento que a medida que existe mayor experiencia docente de
los jueces las probabilidades de dictar decisiones judiciales de mayor calidad va en
aumento.
En la misma línea, la experiencia previa dentro de la judicatura juega un papel decisivo
al momento de escribir decisiones judiciales de calidad. A diferencia de los abogados en
libre ejercicio de su actividad profesional, quienes se dedican a la judicatura adquieren
una serie de destrezas y técnicas para la elaboración de decisiones judiciales que
constituyen una ventaja respecto a sus colegas no judiciales. De hecho, mientras los
abogados en ejercicio profesional estructuran su lógica de acción hacia la defensa de
intereses puntuales, el razonamiento de quien se ha formado como juez se orienta a
escuchar argumentos controvertidos y en función de ellos tomar una posición con
pretensiones de objetividad e imparcialidad. Aunque no se desconoce que un abogado
que no ha sido juez pueda llegar al Poder Judicial y dictar decisiones de calidad, lo que
aquí se sostiene es que la experiencia previa como juez es una variable que marca la
diferencia al momento de evaluar la calidad de las decisiones judiciales. En función de
lo expuesto, se propone como hipótesis que, a medida que los jueces gozan de mayor
experiencia en la judicatura las probabilidades de que sus decisiones judiciales sean de
mayor calidad van en aumento.
Junto a las variables relacionadas con la profesionalización de los jueces, la
independencia judicial externa y la corrupción, se agrega al modelo dos posibles
explicaciones de la varianza observada a nivel de la región en cuanto a calidad de las
decisiones judiciales. La primera tiene relación con la influencia de variables
institucionales, como el tiempo establecido constitucionalmente para el ejercicio del
22
cargo; y, la segunda, se refiere a la masa salarial que reciben los jueces por su trabajo.
En el caso del tiempo de designación de los jueces se presumiría que un mayor espacio
de tiempo permitiría a dichos actores tener la suficiente tranquilidad para dictar
decisiones judiciales de calidad. Aunque en el caso de algunos países de América Latina
la permanente inestabilidad del Poder Judicial hace poco probable que los jueces puedan
generar una estrategia de mediano o largo plazo (Basabe-Serrano y Polga Hecimovich,
2013; Helmke, 2002,2005; Iaryczower et al, 2002;) y que, por tanto, su aversión al
riesgo sea menor, se incluye la variable mencionada. La hipótesis que se propone es que
a medida que los plazos para el desempeño de los cargos son mayores las
probabilidades de decisiones judiciales de mayor calidad van en aumento.
La variable relacionada con la masa salarial se incluye pues los incentivos económicos
jugarían un papel decisivo en los rendimientos de las personas en general y de los jueces
en particular. En ese sentido, se plantea como hipótesis que, a medida que se
incrementan los salarios de los jueces las probabilidades de decisiones judiciales de
mayor calidad van en aumento. No obstante, un argumento en contrario proviene de la
teoría del elector racional y específicamente de los estudios económicos del Derecho.
Allí, Posner (1993) ha evidenciado que un incremento de los ingresos económicos de
los jueces mejoran su rendimiento solamente hasta un punto de inflexión en el que,
mayor masa salarial no sólo que no mejora la calidad de las decisiones judiciales y la
eficiencia en general de los jueces sino que por el contrario podría tener un efecto
inverso. La explicación radica en que al existir la posibilidad de satisfacer mayores
necesidades los jueces priorizan cuestiones no relacionadas con el trabajo, como el ocio.
De esta forma, el aumento salarial podría llegar a generar un descenso en la calidad de
las decisiones judiciales.
23
Metodología y datos
Como se ha mencionado, las unidades de análisis de este artículo son los 191 jueces
supremos de 13 países de América Latina. La variable dependiente es la calidad de las
decisiones judiciales de cada una de las unidades de análisis mencionadas -jueces- y la
evidencia empírica se capturó a través de encuestas a expertos. Detalles sobre la
estrategia metodológica, las dimensiones utilizadas y su posterior codificación constan
en el análisis descriptivo de esta variable, incluido en la primera parte de este artículo.
Dadas las características de la medición en escala de la variable calidad de las
decisiones judiciales -“1” a “10”-, se elaboró un modelo de regresión lineal -OLS-,
recurriendo para ello a los programas estadísticos STATA y SPSS.
Para medir la variable independencia judicial externa se tomó la información
proporcionada por el Índice de Global Competitiveness Report 2012, desarrollado por el
World Forum. Allí se establece una escala de menor a mayor independencia judicial
externa que va de “1” a “7”. Para la variable corrupción se asumió el Índice de
percepción de la corrupción proporcionado por Transparencia Internacional para el
año 2012 y que sitúa a los países en una escala de “1” a “100” y que los califica de
menos a más transparente -o menos corruptos-. Para la variable formación académica de
los jueces se recopilaron las hojas de vida de todos los jueces analizados. En función de
dicha información se estableció una variable categórica en función de si el juez tenía
otro título de pregrado diferente al de abogado, si tenía maestría o si poseía un
doctorado.
Las variables docencia universitaria y experiencia previa como juez fueron medidas en
años y se recurrió a las hojas de vida ya mencionadas. Para el cálculo del tiempo para el
ejercicio de los cargos se hizo una revisión de las constituciones políticas de los 13
24
países, estableciéndose una medición en años. Finalmente, la masa salarial de los jueces
se capturó de las oficinas correspondientes de cada país, en ocasiones el propio Poder
Judicial, en ocasiones el Consejo de la Judicatura o Magistratura.13 De acuerdo a la tabla
que consta como Anexo No 2, la experiencia docente de los jueces (,304), la masa
salarial (,296) y la formación académica del juez (,198) son las variables que mayor
correlación tienen con la variable dependiente calidad de las decisiones judiciales. El
Gráfico No 3 da cuenta del análisis de residuos que este artículo propone.
Gráfico No 3
Calidad de las decisiones judiciales en América Latina (análisis de residuos)
Del análisis de residuos ya mencionado se deduce que el modelo se encuentra bien
especificado. Además, al aplicar el test de Durbin-Watson (.91) -orientado a testear si
existe alguna correlación significativa en el orden en el que dichos residuos se presentan
13 La masa salarial de los jueces fue indexada en dólares a partir del tipo de cambio existente a mayo de 2013.
25
dentro de los datos analizados- se evidencia que no existe auto correlación serial entre
los residuos. Finalmente, la distribución a lo largo de la recta corrobora la linealidad de
los parámetros utilizados. De otro lado, el R2 es de .45 y el R2 ajustado es de .42, lo que
constituye un buen presagio para la capacidad explicativa del modelo si se considera la
ausencia relativa de investigación en este campo y que, por tanto, la exploración
empírica que se plantea es pionera dentro del campo de las políticas judiciales de la
región (ver Anexo No 3).
Por otro lado, la Tabla No 1 presenta los resultados del modelo econométrico que este
artículo propone. El primer hallazgo empírico que surge es que las variables experiencia
previa en la judicatura, masa salarial y tiempo establecido constitucionalmente para el
desempeño del cargo no resultan significativas. De lo expuesto se infiere que el hecho
de que los jueces supremos tengan una carrera anterior dentro del Poder Judicial no
marca diferencia respecto a sus colegas que provienen del libre ejercicio profesional en
términos de la calidad de sus decisiones. Contrariamente a lo que se podría pensar, en el
sentido de que las destrezas adquiridas en el desempeño del cargo de juez pueden
constituir una ventaja cuando se dictan decisiones a nivel de corte suprema, los
hallazgos empíricos muestran que esa variable no es relevante.
26
Tabla No 1
Modelo de regresión lineal sobre calidad de las decisiones judiciales en América Latina
Variables Beta t Significancia Constante
6,342 0
Experiencia como juez 0,133 1,158 2,252 Formación académica 0,232 1,709 0,094 Experiencia docente 0,329 2,725 0,008
Corrupción -2,346 -4,158 0 Independencia judicial 2,324 3,875 0
Salario -0,132 -0,873 0,387 Tiempo en funciones 0,041 0,301 0,765
R2: ,45 R2 ajustado: ,42
De otro lado, la variable referida a los salarios tampoco genera un efecto específico
sobre la calidad de los jueces. En este aspecto, la propuesta de Posner (1993) cobra
sentido y permite extraer conclusiones preliminares en torno a la idea difundida, sobre
todo entre operadores de reforma judicial, de que el incremento de la masa salarial de
los jueces llevaría a decisiones de mayor calidad. En la misma línea de los hallazgos
citados, aunque refiriéndose a la corrupción judicial, existe evidencia empírica en
Camboya (Yang y Ehrichs, 2007) y Singapur (Voigt, 2007) de que un aumento en los
salarios de los jueces no disminuye la recurrencia a prácticas corruptas dentro de las
cortes de justicia.
El hallazgo empírico relacionado a la ausencia de efectos significativos entre la variable
institucional relativa a los plazos para los que los jueces son elegidos y la calidad de las
decisiones judiciales resulta menos llamativa pues, como se señaló, los escenarios de
inestabilidad institucional que se presentan en muchos países de la región incidirían
sobre el grado de aversión al riesgo de los jueces supremos. En otras palabras, más allá
27
de las declaraciones constitucionales respecto al tiempo que los jueces permanecerán en
los cargos, el grado de estabilidad institucional de cada país marca pautas de
comportamiento específicas entre tales actores (Castagnola, 2010).
De otro lado, el grado de corrupción y la independencia judicial externa son las
variables que mayor peso explicativo ejercen sobre la calidad de las decisiones
judiciales (-2,346 y 2,324 respectivamente). En el caso de la corrupción, el signo
negativo que presenta el modelo verifica la conjetura que señala que, a medida que
aumenta la corrupción las probabilidades de que las decisiones judiciales sean de
calidad van en descenso. Este hallazgo da cuenta del argumento teórico que esta
ponencia sostiene y que se relaciona con los efectos dañinos de la corrupción no sólo
sobre los jueces permisivos a dichas prácticas sino también sobre aquellos que se
mantienen alejados de tales comportamientos.
En cuanto a la independencia judicial externa, los hallazgos presentados contribuyen al
debate sobre la importancia de la autonomía de los jueces más allá del plano
estrictamente político. De hecho, mientras la literatura especializada se ha concentrado
en observar los efectos que generan las restricciones a la independencia judicial externa
sobre la arena política, lo que en este artículo se constata es que es posible hallar
vínculos entre dicha variable y la calidad de las decisiones judiciales, en términos
generales. Dado que los jueces supremos analizados no resuelven solamente sobre casos
de connotación política -de hecho, algunos casi nunca lo hacen-, el hallazgo empírico
presentado da cuenta de los efectos perniciosos que genera la ausencia de independencia
judicial sobre la calidad de cualquier tipo de decisión judicial.
Aunque con un peso explicativo considerablemente inferior al de las dos variables antes
discutidas, el modelo que este artículo ofrece indica que la experiencia docente y el
28
grado de formación académica de los jueces también ejercen influencia sobre la calidad
de las decisiones judiciales (,329 y ,232 respectivamente). En cuanto a la experiencia
docente, la permanente formación que implica ejercer una cátedra universitaria abonaría
no sólo al mejor desempeño del juez en el plano anotado sino que aportaría también a
que en sus decisiones judiciales se refleje su actualización con la literatura especializada
y la propia legislación. A diferencia de la variable relacionada con el tiempo de
experiencia previa en la judicatura, en este caso el ejercicio de actividades como
docente universitario constituye un rasgo distintivo que mejora la calidad de las
decisiones judiciales.
De otro lado, los hallazgos empíricos que presenta el modelo econométrico señalan que
el grado de formación académica de los jueces también explica la variación en cuanto a
la calidad de las decisiones judiciales. Así, que un juez posea título doctoral incrementa
las probabilidades de que sus decisiones sean de mayor calidad respecto a sus colegas
que solamente ostentan el título de abogado. Una de las implicaciones de este hallazgo
empírico tiene que ver con los filtros institucionales establecidos para optar por el cargo
de juez supremo. Dado que la mayoría de los países latinoamericanos cuentan con
constituciones relativamente laxas en términos de requisitos para el ejercicio de la
judicatura suprema, una posible recomendación de política pública tiene que ver
precisamente con reformas que impongan filtros de selección más restrictivos. Dado
que obtener un título doctoral está correlacionado con la edad necesaria para ser juez
supremo, incrementar este último requisito puede abonar también a la mejora en la
calidad de las decisiones judiciales.
29
Conclusiones
Este artículo describió la calidad de las decisiones judiciales asumidas por los jueces de
Corte Suprema de 13 países de América Latina. Ante la ausencia relativa de
investigación al respecto, se planteó un índice en el que se incluyen cuatro indicadores
orientados a observar la técnica jurídica contenida en las decisiones judiciales
(aplicación del texto legal, interpretación del texto legal, aplicación de doctrina jurídica;
y, aplicación de precedentes jurisprudenciales). Con ello, y recurriendo a encuestas a
expertos en temas judiciales, el artículo ofreció un ranking tanto de jueces como de
cortes supremas en función de la calidad de las decisiones judiciales. En ambas
dimensiones, Colombia y Costa Rica son los países que obtienen los mejores resultados
mientras que Ecuador presenta la Corte Suprema con decisiones judiciales de más baja
calidad entre toda la muestra. Chile y sobre todo Uruguay, contra intuitivamente, son
países en los que la calidad de las decisiones judiciales de sus jueces supremos han
recibido una calificación relativamente baja, a diferencia de las elevadas puntuaciones
que se atribuye a estos países en otros índices.
En la segunda parte, el artículo planteó un modelo de regresión lineal orientado a
identificar los factores que explicarían por qué unos jueces supremos dictan decisiones
judiciales de mayor calidad que otros. Acorde a los resultados estadísticos, tanto el
grado de independencia judicial como el de corrupción de los países constituyen las
variables que de mejor forma explican las diferencias en cuanto a calidad de las
decisiones judiciales en América Latina. Aunque existe una amplia lista de trabajos en
los que se observan las relaciones entre estas dos variables y otras dimensiones de la
vida política y social, este artículo ha evidenciado que adicionalmente a los efectos
perniciosos ya conocidos, la ausencia relativa de independencia judicial y los altos
30
niveles de corrupción afectan también a la calidad de las decisiones asumidas por los
jueces.
Por otro lado, el artículo pone en evidencia que la formación académica y la experiencia
docente de los jueces explican las diferencias en cuanto a calidad de las decisiones
judiciales. No obstante, la capacidad predictiva de estas variables es bastante menor que
la atribuida por el modelo tanto a la independencia judicial como a la corrupción del
país. Por otro lado, el modelo ha demostrado también que los años de experiencia previa
dentro de la judicatura de los jueces supremos no influyen en la calidad de sus
decisiones. Adicionalmente, la ausencia de relación entre la calidad de las decisiones
judiciales y los salarios de los jueces es otro hallazgo importante que ofrece el artículo y
que no deja de ser contra intuitivo, sobre todo para los diseñadores de política pública
que asumen que dicha variable por sí misma es decisiva para explicar los rendimientos
del Poder Judicial.
De otro lado, la ponencia expuesta deja muchas aristas para futuras agendas de
investigación. La primera tiene que ver con una medición más refinada de la variable
calidad de las decisiones judiciales. Aunque la recurrencia a la opinión de expertos es
válida y se la usa en otro tipo de investigaciones, es necesario agregar un componente
más objetivo que podría ser el análisis de las decisiones judiciales per se, acorde a los
cuatro indicadores que aquí se proponen. Un índice que resulte de la media de las
percepciones de los expertos y de la valoración de algunos casos seleccionados al azar
daría cuenta de una medición más contundente de la calidad de las decisiones judiciales.
Adicionalmente, incluir más países y otras variables relacionadas con la
profesionalización de los jueces, la influencia del diseño institucional y del entorno
político, económico y social, podrían apoyar a la generación de un modelo más
comprensivo de la realidad.
31
Finalmente, aunque la identificación de las variables que influyen sobre la calidad de las
decisiones judiciales es de importancia para mejorar los rendimientos del Poder
Judicial, hay una arista adicional con implicaciones políticas y sociales aún más
trascendentes. Esta dimensión tiene que ver con el análisis de los efectos que generan
diferentes grados de calidad de las decisiones judiciales sobre la ciudadanía y el
desarrollo del Derecho. En efecto, el estudio de cómo la presencia de una Corte
Suprema caracterizada por decisiones de baja o alta calidad -como la ecuatoriana o la
colombiana, respectivamente- incide sobre la cotidianeidad de las personas o sobre el
debate jurídico-político de un país son espacios de investigación que podrían evidenciar
de forma más clara por qué los desempeños del Poder Judicial son importantes para la
ciudadanía en general. Por tanto, asumir a la calidad de las decisiones judiciales como
variable explicativa, abriría un campo de análisis fértil que vincularía el campo de las
políticas judiciales a otras esferas de discusión política y social.
Bibliografía
Alcántara, Manuel. 2008. “The Political Competence of Representatives in Latin
America: An Analysis of Eleven National Cases”. Ponencia presentada en el Congreso
Anual de la Asociación Americana de Ciencia Política (APSA). Boston: 28-31 de
agosto.
______. 2012. El oficio del politico. Madrid: Tecnos.
Altman, David y Aníbal Pérez-Liñán. 2002. “Assessing the Quality of Democracy:
Freedom, Competitiveness, and Participation in Eighteen Latin American Countries”
Democratization 9 (2): 85-100.
32
Arce Fernández, Ramón; Francisco Tortosa y Elisa Alfaro, Elisa. 2003. “Veredictos y
análisis del contenido de las deliberaciones de los Tribunales de Jueces y Jurados en el
contexto jurídico español” Psicothema 15 (1): 127-135.
Basabe-Serrano, Santiago. 2011a.“Determinants of the Quality of Justice in Latin
America: Comparative Analysis of the Ecuadorian Case from a Sub-national
Perspective” Ponencia presentada durante el 10 Congreso de la Sociedad Argentina de
Análisis Político (SAAP). Córdoba: 27-30 de Julio.
______.2011b. Jueces sin toga: políticas judiciales y toma de decisiones en el Tribunal
Constitucional del Ecuador (1999-2007). Quito: FLACSO Ecuador.
______.2012. “Judges without Robes: Exploring Judicial Voting in Contexts of
Institutional Instability. The Case of Ecuador’s Constitutional Tribunal (1999-2007)”,
Journal of Latin American Studies 44 (1): 127-161.
______.2013. “Explicando la corrupción judicial en las cortes intermedias e inferiores
de Chile, Perú y Ecuador” Perfiles Latinoamericanos 42: 79-108.
Basabe-Serrano, Santiago y John Polga Hecimovich. 2013. “Legislative Coalitions and
Judicial Instability: The Case of Ecuador´s Constitutional Court (1999-2007)” Political
Research Quarterly 66 (1): 154-166.
Baum, Lawrence. 1997. The Puzzle of Judicial Behavior. Michigan: Michigan
University Press.
Beetham, David, Edzia Carvalho, Todd Landman y Stuart Weir. 2008. Assessing the
Quality of Democracy: A Practical Guide. Estocolmo: International IDEA.
33
Berg-Schlosser, Dirk. 2004. “Indicators of Democracy and Good Governance as
Measures of Quality of Democracy in Africa: A Critical Appraisal” Acta Política 39
(3): 248-278.
Brace, Paul y Melinda Gann Hall. 2001. “´Haves´ vs. ´Have Nots´ in State Supreme
Courts: Allocation Docket Space and Wins in Power Asymmetric Cases” Law &
Society Review 35: 393-417.
Braman, Eillen. 2009. Law, Politics, and Perception: How Policy Preference Influence
Legal Reasoning. Charlottesville and London: University of Virginia Press.
Buscaglia, Edgardo. 2001. “An Analysis of Judicial Corruption and Its Causes: An
Objective Governing-Based Approach”. International Review of Law and Economics 21
(2): 233-249.
Campbell, David F. J. 2008. The Basic Concept for the Democracy Ranking of the
Quality of Democracy. Vienna: Democracy Ranking.
Cardozo, Benjamin. 1921. The Nature of the Judicial Process. New Haven: Harvard
University Press.
Caselli, Francesco y Máximo Morelli. 2000. “Bad politicians” Discussion Paper 134.
Institute for Empirical Macroeconomics. Federal Reserve Bank from Minneapolis.
Castagnola, Andrea. 2010. Rethinking judicial instability in developing democracies: A
national and subnational analysis of supreme courts in Argentina. Disertación doctoral.
Departamento de Ciencia Política, Universidad de Pittsburgh.
34
Carrington, P.D., M.J. Meador y M. Rosenberg. 1976. Justice of Appeal. Saint Paul:
West Publishing Co.
Cohen, Jonathan M. 2002. Inside Appellate Courts: The Impact of Court Organization
on Judicial Decision Making in the United States Courts of Appeals. Michigan:
Michigan University Press.
Cossío Díaz, José Ramón. 2009. “Constitutional Justice in Ibero-America: Social
Influence and Human Rights” Mexican Law Review 2 (1): 153-161.
Denvir Stith, Laura y Jeremy Root. 2009. “The Missouri Nonpartisan Court Plan: The
Least Political Method of Selecting high Quality Judges” Missouri law Review 74 (1):
711- 750.
Diamond, Larry y Leonardo Morlino (eds.) 2005. Assessing the Quality of Democracy.
Baltimore: The John Hopkins University Press.
Edwards, Harry T. 2003. “The Effects of Collegiality on Judicial Decision Making”
University of Pennsylvania Law Review 151 (5): 1639-1660.
Enriques, Luca. 2002. “Off the Books, but on the Record: Evidence from Italy on the
Relevance of Judges to the Quality of Corporate Law” En, Curtis J. Milhaupt (ed).
Global Markets, Domestic Institutions: Corporate Law and Governance In A New Era
Of Cross-Border Deal. New York: Columbia University Press.
Epstein, Lee y Jack Knight. 1998. The Choices Justices Make. Washington DC:
Congressional Quarterly Press.
35
Finkel, Jordi. 2004. “Judicial Reform in Argentina in the 1990s: How Electoral
Incentives Shape Institutional Change” Latin American Research Review 39 (3): 56-80.
______. 2003. “Supreme Court Decisions on Electoral Rules after Mexico´s 1994
Judicial Reform: An Empowered Court” Journal of Latin American Studies 35 (4): 777-
799.
Fiorina, Morris P. 1994. “Divided Government in American States: A Biproduct of
Legislative Professionalism?” American Political Science Review 88 (2): 304-316.
Fiss, Owen M. 1983. “The Bureaucratization of Judiciary” The Yale Law Journal 92
(8): 1442-1468.
Glick, Henry Robert y Kenneth N. Vines. 1973. State Court Systems. Englewood Cliffs,
NJ: Prentice-Hall.
Gudiño Pelayo, José de Jesús. 2003. “La Calidad en la Justicia: Corresponsabilidad de
jueces, litigantes y partes” Ponencia presentada durante el XII Congreso Mundial de
Derecho Procesal. México: 21-26 de septiembre.
Helmke, Gretchen. 2002. “The Logic of Strategic Defection: Court-Executive Relations
in Argentina under Dictatorship and Democracy”, American Political Science Review
46 (2), 291-302.
______. 2005. Courts Under Constraints. Courts, Generals and Presidents in
Argentina. Cambridge: Cambridge University Press.
Higgins, Richard S. y Paul H. Rubin. 1980. “Judicial Discretion” Journal of Legal
Studies 9 (1): 129-138.
36
Hilbink, Lisa. 2007. Judges beyond politics in democracy and dictatorship: Lessons
from Chile. Cambridge: Cambridge University Press.
Iaryczower, Matthew, Pablo Spiller y Mariano Tommasi. 2002. “Judicial Independence
in Unstable Environment. Argentina 1935-1998”, American Journal of Political Science
46 (4), 699-716.
Jackson, Dwight. 1974. Judges. New York: Atheneum.
Kapiszewski, Diana y Matthew M. Taylor. 2008. “Doing Courts Justice? Studying
Judicial Politics in Latin America” Perspectives on Politics 6 (4): 741-767.
Landes, William M, Lawrence Lessig y Michael M. Solimine. 1998. “Judicial
Influence: A Citation Analysis a Federal Courts of Appeals Judges” Journal of Legal
Studies 27 (2): 271-332.
Leflar, Robert A. 1960. “The Quality of Judges” Indiana Law Review 35 (3): 289-305
Levine, Daniel H. y José E. Molina (eds.). 2011. The Quality of Democracy in Latin
America. Boulder: Lynne Rienner Publishers.
Levitsky, Steve y Victoria Murillo. 2008. “Argentina: From Kirchner to Kirchner”
Journal of Democracy 19 (2): 16-30.
Linares, Sebastián. 2004. “La independencia judicial: conceptualización y medición”
Política y Gobierno 11 (1): 73-136.
Martínez, María Antonio. 2004. “La representación política y la calidad de la
democracia” Revista Mexicana de Sociología 66 (4): 661-710.
37
Martínez Rosón, María del Mar. 2008. “Legislative Careers: Does Quality Matter?” En
Manuel Alcántara (ed.) Politics and Politicians in Latin America. Boulder: Lynne
Riemer.
McCree, Wade H. Jr. 1981. “Bureaucratic Justice; An Early Warning” University of
Pennsilvanya Law Review 129: 777-779.
Miceli, Thomas J. y Metin M. Cosgel. 1994. “Reputation and Judicial Decision-
Making” Journal of Economical Behavior & Organization 23 (1): 31-51.
Morlino, Leonardo. 2004. “´Good´and ´bad´ democracies: how to conduct research into
the quality of democracy” Journal of Communist Studies and Transitional Politics 20
(1): 5-27.
O´Donnell, Guillermo, Jorge Vargas Cullell y Oswaldo Iazzetta. 2004. The Quality of
Democracy: Theory and Applications. South Bend: University of Notre Dame Press.
Pásara, Luis. 2003. “Justicia, régimen político y sociedad en América Latina” Política y
Gobierno X (2): 413-426.
Posner A. Richard. 2000. “Is the Ninth Circuit too large? Statistical Study of Judicial
Quality” Journal of Legal Studies 29 (2): 711-719.
______. 1993. “What Do Judges and Justices Maximize? (The Same Thing Everybody
Else Does)” Supreme Court Economic Review 3: 1-41.
Ríos-Figueroa, Julio. 2012. “Justice System Institutions and Corruption Control:
Evidence from Latin America” Justice System Journal 33 (2): 195-214.
38
Rosenberg, Maurice. 1966. “The Qualities of Justices- Are there Strainable?” Texas
Law Review 44 (6): 1063-1070.
Sartori, Giovanni. 1992. Elementos de teoría política. Madrid: Alianza.
Scartascini, Carlos, Pablo Spiller, Ernesto Stein y Mariano Tommasi (eds). 2011. El
Juego Político en América Latina. ¿Cómo se deciden las políticas públicas?
Washington DC: Banco Interamericano de Desarrollo y Mayol Ediciones
Segal, Jeffrey y Harold Spaeth. 2002. The Supreme Court and the Attitudinal Model
Revisited. Cambridge: Cambridge University Press.
Squire, Peverill. 2008. “Measuring the Professionalization of U.S. State Courts of Last
Resort” State Politics & Policy Quarterly 8 (3): 223-238.
Taylor, Matthew. 2008. Judging Policy: Courts and Reform in Democratic Brazil.
Standford: Standford University Press.
Transparencia Internacional. 2012. Índice de percepción de la corrupción.
http://www.transparency.org/cpi2012/results
Voigt, Stefan. 2007. “When are Judges Likely to be Corrupt?” En, Global Corruption
Report 2007. Cambridge: Transparencia International y Cambridge University Press.
Ware, Stephen. 1999. “Money, Politics and Judicial Decisions: A Case Study of
Arbitration Law in Alabama” Journal of Laws & Politics 15: 645-686.
Weber, Max. 1967. El político y el científico. Madrid: Alianza.
World Economic Forum. 2012. Global Competitiveness Report.
http://www3.weforum.org/docs/WEF_GlobalCompetitivenessReport_2012-13.pdf
39
Yang, Vincent y Linda Ehrichs. 2007. “The professionalism of judges: education,
salaries and career structure in Asia” En, Global Corruption Report 2007. Cambridge:
Transparencia International y Cambridge University Press.
Zuvanic, Laura, Mercedes Iacoviello, Ana Laura Rodríguez Gustá. 2010. “The Weakest
Links: The Bureaucracy and Civil Service Systems in Latin America”. En, Scartascini,
Carlos, Ernesto Stein y Mariano Tommasi (eds.) How Democracy Works. Cambridge:
Harvard University Press y Banco Interamericano de Desarrollo.
Anexos
Anexo No 1
Estadísticos descriptivos de la calidad de las decisiones judiciales en América Latina
Fuente: encuestas a expertos.
PaísMedia Máximo Mínimo
Desviación típica
Colombia 8,08 8,62 7,50 ,30
Uruguay 5,82 6,30 5,43 ,34
Argentina 7,84 8,39 7,24 ,46
Costa Rica 8,12 8,99 6,52 ,57
México 7,79 8,97 6,40 ,75
Honduras 6,19 8,15 5,00 ,89
Chile 6,46 8,18 4,92 ,90
Dominicana 7,92 9,35 6,21 ,98
Brasil 7,68 8,79 5,08 1,08
El Salvador 7,17 9,05 5,61 1,14
Ecuador 5,59 7,85 4,03 1,21
Perú 6,12 8,78 4,41 1,26
Puerto Rico 7,04 9,67 5,01 1,77
40
Anexo No 2
Tabla de correlaciones entre variables explicativas y calidad de las decisiones judiciales
Anexo No 3
Resumen del modelo de regresión lineal sobre calidad de las decisiones judiciales
Profesionalización de los
juecesFormación académica
Experiencia docente
Tiempo en funciones
Salario anual unificado
Indepenencia judicial Corrupción
Experiencia como juez
Correlación de Pearson
1 ,198 ,304 ,029 ,296 -,018 -,017 -,142
Sig. (bilateral)
,011 ,003 ,688 ,000 ,826 ,819 ,121
N 189 165 93 189 135 158 189 121
Correlación de Pearson
,198 1 ,118 ,082 -,020 -,418 -,268 -,184
Sig. (bilateral)
,011 ,256 ,290 ,827 ,000 ,000 ,042
N 165 167 94 167 120 145 167 122
Correlación de Pearson
,304 ,118 1 -,177 ,287 ,229 ,186 -,228
Sig. (bilateral)
,003 ,256 ,088 ,020 ,029 ,073 ,052
N 93 94 94 94 66 91 94 73
Correlación de Pearson
,029 ,082 -,177 1 -,200 -,484 -,521 -,087
Sig. (bilateral)
,688 ,290 ,088 ,020 ,000 ,000 ,339
N 189 167 94 191 135 160 191 122
Correlación de Pearson
,296 -,020 ,287 -,200 1 ,399 ,371 -,011
Sig. (bilateral)
,000 ,827 ,020 ,020 ,000 ,000 ,915
N 135 120 66 135 135 113 135 98
Correlación de Pearson
-,018 -,418 ,229 -,484 ,399 1 ,878 ,346
Sig. (bilateral)
,826 ,000 ,029 ,000 ,000 ,000 ,000
N 158 145 91 160 113 160 160 111
Correlación de Pearson
-,017 -,268 ,186 -,521 ,371 ,878 1 ,381
Sig. (bilateral)
,819 ,000 ,073 ,000 ,000 ,000 ,000
N 189 167 94 191 135 160 191 122
Correlación de Pearson
-,142 -,184 -,228 -,087 -,011 ,346 ,381 1
Sig. (bilateral)
,121 ,042 ,052 ,339 ,915 ,000 ,000
N 121 122 73 122 98 111 122 122
Tiempo en funciones
Salario anual unificado
Indepenencia judicial
Corrupción
Experiencia como juez
Profesionalización de los jueces
Formación académica
Experiencia docente
R R cuadradoR cuadrado corregida
Error típ. de la estimación
,704 ,495 ,424 1,00281
top related