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Los Acuerdos Multilaterales sobre Medio Ambiente del Bloque de Químicos y Desechos y RAEE” PROYECTO COP - RAEE 5 de Agosto de 2021 Perú online

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Page 1: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

“Los Acuerdos Multilaterales sobre Medio

Ambiente del Bloque de Químicos y

Desechos y RAEE”

PROYECTO COP - RAEE5 de Agosto de 2021

Perú online

Page 2: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Temática:• AMUMA.• Convenio de Basilea.• Convenio de Rotterdam.• Convenio de Estocolmo.• Sinergias.• Convenio de Minamata.• Centros de los Convenios de Basilea y Estocolmo.

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AMUMA• Acuerdos Multilaterales sobre Medio Ambiente (AMUMA).

Acuerdos Internacionales con el fin de proteger la salud humanay el ambiente.

• Los AMUMA los podemos definir como aquellos celebradosentre más de dos países, aunque la mayoría de ellos sontratados globales.

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Convenios en el Tema Productos Químicos y

Desechos

• El comercio de productos químicos y sustancias ydesechos/residuos ha crecido de forma exponencial. Lo queimplica riesgos asociados al transporte, manejo y disposiciónfinal.

• Preocupación creciente por parte de gobiernos y el público engeneral.

• En atención a esta problemática el Programa de las NacionesUnidas para el Medio Ambiente (PNUMA), ha dado untratamiento especial a los productos químicos (sustancias) y alos desechos peligrosos.

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Convenios en el Tema Químicos y Desechos

• En este marco se señalan 4 acuerdos multilaterales, queplantean medidas globales para proteger la salud humana y elmedio ambiente, considerando aspectos del ciclo de vida deestos productos químicos y desechos.

• Estos acuerdos son:– Convenio de Basilea: sobre el control de los movimientos

transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación.

– Convenio de Rotterdam: sobre el procedimiento de consentimientofundamentado previo (CFP) o en inglés conocido como Prior InformedConsent (PIC), aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicospeligrosos objeto del comercio internacional.

– Convenio de Estocolmo: sobre contaminantes orgánicos persistentes(COP o POPs).

– Convenio de Minamata: sobre el mercurio.

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Convenios en el Tema Químicos y Desechos

Convenios

Basilea Estocolmo Rotterdam

Control movimiento transfronterizo de

desechos peligrosos y su disposición

Contaminantes Orgánicos

Persistentes

Comercio internacional de

ciertos plaguicidas y productos químicos

peligrosos

Acuerdos multilaterales de químicos y desechos

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Convenio de Basilea • Trata sobre el control de los movimientos transfronterizos de

desechos peligrosos y su eliminación, fue firmado en Basilea,Suiza en 1989 y entró en vigor el 5 de mayo de 1992.

• Principal objetivo es lograr un manejo ambientalmenteadecuado de los desechos peligrosos y otros desechos.

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Convenio de Basilea • Objetivos específicos:

– Reducir al mínimo la generación de desechos, tanto en cantidad como enpeligrosidad, considerando aspectos sociales, técnicos y económicos.

– Tratar y eliminar los desechos peligrosos y otros desechos lo más cercaposible de la fuente de su generación.

– Velar por las personas que participan en el manejo de los desechos(salud).

– Reducir los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otrosdesechos compatible con un manejo ambientalmente adecuado yeficiente.

– Controlar los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos,monitorear y prevenir el tráfico ilícito.

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Convenio de Basilea • Alcance amplio, el convenio contiene listas que permiten a los

países clasificar los desechos en base a su peligrosidad,incluyendo además listas específicas, ubicadas en los anexos delConvenio, de los desechos que caen en su ámbito de aplicación.– Anexo I: CATEGORIAS DE DESECHOS QUE HAY QUE CONTROLAR

CORRIENTES DE DESECHOS.

– Anexo II: CATEGORÍAS DE DESECHOS QUE REQUIEREN UNACONSIDERACIÓN ESPECIAL.

– Anexo III: LISTA DE CARACTERÍSTICAS PELIGROSAS.

– Anexo IV: OPERACIONES DE ELIMINACIÓN.

– Anexo V A: INFORMACIÓN QUE HAY QUE PROPORCIONAR CON LANOTIFICACIÓN PREVIA.

– Anexo V B: INFORMACIÓN QUE HAY QUE PROPORCIONAR EN ELDOCUMENTO RELATIVO AL MOVIMIENTO.

– Anexo VI: ARBITRAJE. – Anexo VII: ENMIENDA DE PROHIBICIÓN.

– Anexo VIII: Lista A. Anexo IX: Lista B.

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Convenio de Basilea

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Convenio de Basilea

• A la fecha (2021) son países Parte: 188.

• http://www.basel.int/

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Convenio de Basilea

• Procedimientos para los movimientos transfronterizos: Elintercambio de información entre los países, con requisitosestrictos para los movimientos transfronterizos, es la base decontrol del Convenio. Se basan en cuatro fases fundamentales:– 1) Notificación;

– 2) Consentimiento y expedición del documento relativo al movimiento;

– 3) Movimiento transfronterizo;

– 4) Confirmación de la eliminación.

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Convenio de Basilea • 1 Notificación: El propósito de la fase 1 es que el exportador informe

debidamente al importador un movimiento transfronterizo propuesto dedesechos peligrosos.

El exportador/generador de los desechos tiene que informar a la autoridadcompetente del Estado de exportación el envío propuesto de desechospeligrosos u otros desechos. Antes de que se autorice el inicio del envío, elgenerador y el eliminador firman un contrato para la eliminación de desechos.A los efectos del Convenio, este contrato tiene que garantizar que la eliminaciónse realice de manera ambientalmente racional.

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Convenio de Basilea • Fase 2: Documento de consentimiento y expedición del

movimiento: El propósito de la fase 2 es garantizar que elimportador consienta el movimiento transfronterizo propuesto yque el envío de los desechos peligrosos vaya acompañado de ladocumentación apropiada.

Al recibir el documento de notificación, la autoridad competente del país deimportación tiene que enviar su consentimiento por escrito (con o sincondiciones) o su denegación (puede solicitar más aclaraciones).

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Convenio de Basilea • Fase 3: Movimiento transfronterizo: implica los diferentes pasos

que se deben seguir una vez iniciado el movimientotransfronterizo y hasta que los desechos hayan sido recibidos porel eliminador.

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Convenio de Basilea • Fase 4: Confirmación de la eliminación: El propósito de la cuarta y

última fase del procedimiento es que el generador y el país deexportación reciban la confirmación de que los desechostransportados, a través de sus fronteras, han sido eliminados porel eliminador según lo planificado y de una maneraambientalmente racional.

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Convenio de Basilea • La Enmienda sobre la Prohibición (The Ban Amendment)

– La "Enmienda sobre la prohibición" establece la prohibición de todas las Partesincluidas en el nuevo anexo propuesto VII (Partes y otros Estados que son miembrosde la OCDE, la CE y Liechtenstein) de todos los movimientos transfronterizos a losEstados en vías de desarrollo.

– Entró en vigor el 12 de mayo de 2019.

– http://www.basel.int/Implementation/LegalMatters/BanAmendment/Overview/tabid/1484/Default.aspx

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Convenio de Rotterdam

Page 19: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Convenio de Rotterdam• Trata sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo, aplicable

a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos, objeto del comerciointernacional, surgió de un programa voluntario de intercambio de informaciónen la década de 1980.

• Entró en vigor el 24 de febrero de 2004 y a la fecha (agosto 2021) lo hanratificado 164 países.

• Tiene como objetivo promover la responsabilidad compartida entre los paísesexportadores e importadores para el manejo de los productos químicos.Procura, además de las notificaciones de los exportadores a los importadoresdurante el comercio y la difusión de las medidas regulatorias adoptadas por lospaíses respecto a los productos, facilitar especialmente el intercambio deinformación precisa sobre las características de los químicos.

• http://www.pic.int/Inicio/tabid/1925/language/es-CO/Default.aspx

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Convenio de Estocolmo

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Convenio de Estocolmo

• Entró en vigor en mayo de 2004, su meta es reducir y con el tiempo eliminartotalmente, de ser posible, los contaminantes orgánicos persistentes (COP o POP,por su sigla en inglés). Comenzó con la llamada docena sucia y hoy lo conforman30 compuestos químicos: plaguicidas, productos químicos de uso industrial yproductos químicos o familias de productos químicos generados de manera nointencional, es decir que no tienen utilidad comercial, pero se producen enprocesos de combustión y en algunos procesos industriales.

• Por COP se conoce al grupo de productos químicos, sustancias o familias desustancias, que presentan en forma combinada características de toxicidad,persistencia, bioacumulación, biomagnificación y capacidad de transporte alargas distancias desde donde se emitieron o utilizaron.

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Convenio de Estocolmo• Toxicidad: Sustancia o compuesto capaz de producir efectos adversos a un

organismo vivo. Se evalúa en función de la magnitud y tipos de efecto queocasiona, de las dosis necesarias para producir esos efectos, y de las vías ytiempo de exposición.

• Persistencia: persistente a la degradación química o biológica lo que lo hacepresente en el ambiente por períodos prolongados. El criterio usado por elConvenio es: tiempo de vida media en agua mayor a 2 meses, o que su tiempode vida media en suelo o sedimento sea mayor a 6 meses.

• Bioacumulación: Capacidad de una sustancia o compuesto de concentrarse en lostejidos de los organismos vivos. Se estima en función del coeficiente de particiónOctanol-Agua (Kow), o se cuantifica en función de los factores de bioacumulación(BAF) o bioconcentración (BCF). El criterio utilizado por el Convenio es que seconsideran bioacumulables las sustancias con un BAF/BCF, en especies acuáticas,mayor a 5.000 o log Kow mayor a 5.

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Convenio de Estocolmo

• Transporte a largas distancias: Efecto “saltamontes”, capacidad de una sustanciade poder ser transportada por aire, agua o especies migratorias a áreas remotasdesde donde fue utilizada o emitida. El criterio usado por el Convenio, tiempomedio en aire mayor a 2 días, o en su defecto que la sustancia haya sidodetectada en áreas remotas a la fuente de emisión o uso.

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Convenio de Estocolmo• Con el fin de garantizar que las existencias y residuos se gestionen de una manera

que proteja la salud humana y el medio ambiente, las partes deberán:

1. Elaborar estrategias para determinar las existencias de productos yresiduos.

2. Adoptar medidas adecuadas para que los residuos (incluido los productoscuando se conviertan en residuos):

• Se gestionen, recolecten transporten y almacenen de maneraambientalmente adecuada.

• Se eliminen de un modo tal que el contenido de COP se destruya o setransforme en forma irreversible (en forma ambientalmente adecuada).

• No se autoricen las operaciones de eliminación que puedan dar lugar a larecuperación, reciclado, regeneración, reutilización directa o usosalternativos.

• Se realicen las exportaciones para su eliminación de acuerdo a lanormativa internacional.

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Convenio de Estocolmo• Dentro de las actividades desarrolladas por los países en el marco de este

Convenio, se destacan la preparación de los Planes Nacionales de Aplicación(PNA), el cual tiene como objetivo dar cumplimiento a las obligaciones emanadasdel Convenio, en particular mejorar la gestión de las sustancias y productosquímicos a través de la prevención y control en todo el ciclo de vida. Tienen unenfoque interinstitucional, intersectorial e interdisciplinario.

• A la fecha (agosto 2021) son países Parte: 184.

• http://chm.pops.int/Home/tabid/2121/Default.aspx

Page 26: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

La Sinergia entre los Convenios

• Los tres Convenios tienen puntos en común, productos químicos y desechos queconstituyen las listas de cada uno, salvo que los convenios se refieren a ciertasetapas del ciclo de vida de los productos. Para mejorar la cooperación ycoordinación entre los convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo, susrespectivas Conferencias de las Partes han tomado una serie de decisiones (año2008), que ha dado lugar al "proceso de sinergias", éste tiene como objetivoreforzar la aplicación de los tres Convenios en los niveles nacional, regional einternacional, proporcionando orientación normativa coherente, mejorando laeficiencia en la prestación de apoyo a las Partes en los convenios.

• http://synergies.pops.int/

Page 27: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Convenio de Minamata

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Convenio de MinamataEn febrero de 2009, el Consejo de Administración del PNUMA acordó iniciar el procesode negociación para elaborar un instrumento jurídicamente vinculante sobreMercurio.

Todo ello comenzó dado el uso que tenía y aún tiene el mercurio y su toxicidad y losantecedentes de la enfermedad de Minamata.

La enfermedad de Minamata es un síndrome neurológico grave y permanentecausado por un envenenamiento por mercurio.

La enfermedad se denomina así porque la ciudad de Minamata, Japón fue el centro deun brote de envenenamiento por metilmercurio en la década de los años 50.

En la bahía de Minamata, una fábrica de compuestos químicos vertía grandescantidades de metales pesados, entre ellos Mercurio, el cual al transformarse enmetilmercurio entró en la cadena trófica afectando a la población local.

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Convenio de Minamata• El Convenio de Minamata sobre el Mercurio es un tratado mundial para proteger

la salud humana y el medio ambiente contra los efectos adversos del mercurio.Se acordó en la quinta sesión del Comité Intergubernamental de Negociación (INC5) en Ginebra, Suiza a las 7 am de la mañana del sábado 19 de enero de 2013.Entró en vigor el 16 de agosto de 2017 y a la fecha (Agosto 2021) cuenta con 131países Parte.

• La Convención trata sobre un metal omnipresente que, si bien de origen natural,tiene usos amplios en los objetos cotidianos y se libera a la atmósfera, el suelo yel agua de una variedad de fuentes.

• Los aspectos más destacados de la Convención de Minamata sobre el Mercurioincluyen prohibición de productos con mercurio añadido, la prohibición denuevas minas primarias de mercurio, la eliminación de las existentes, medidas decontrol de emisiones a la atmósfera, y la regulación internacional del sectorinformal para la extracción de oro artesanal y de pequeña escala.

• http://www.mercuryconvention.org

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Convenio de Minamata

Page 31: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Convenio de Basilea y RAEE• Los desechos electrónicos se pueden clasificar como peligrosos según el Convenio

de Basilea debido a la presencia de materiales tóxicos como el mercurio, el plomoy los retardantes de llama bromados.

• El Convenio de Basilea comenzó a abordar cuestiones relacionadas con losdesechos electrónicos desde 2002, que incluyen, entre otras, la gestiónambientalmente racional; prevención del tráfico ilegal a países en desarrollo y;creación de capacidad en todo el mundo para gestionar mejor los desechoselectrónicos.

• La Declaración de Nairobi sobre la gestión ambientalmente racional de losdesechos eléctricos y electrónicos adoptada por la octava reunión de laConferencia de las Partes (COP8) otorgaron un mandato a la Secretaría paraimplementar un plan de trabajo para la gestión ambientalmente racional deRAEE.

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Convenio de Basilea y RAEE• El plan de trabajo sobre desechos electrónicos adoptado de la COP9 a la COP14

incluyó actividades en las siguientes áreas de trabajo:

– Programas de actividades para la gestión ambientalmente racional de losdesechos electrónicos en África, Asia Pacífico y América del Sur.

– Asociación para la acción sobre equipos informáticos (PACE).

– Elaboración de directrices técnicas sobre movimientos transfronterizos dedesechos electrónicos, en particular con respecto a la distinción entredesechos y no desechos.

– Talleres de capacitación para mejorar las capacidades de las Partes para lagestión ambientalmente racional de los desechos electrónicos.

Page 33: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Convenio de Basilea y RAEE

• Asociación para la acción sobre equiposinformáticos (Partnership for Action onComputing Equipment - PACE)

PACE fue lanzado en 2008, asociación público-privada de múltiples partes interesadas queproporciona un foro para representantes defabricantes de computadoras personales,recicladores, organizaciones internacionales,asociaciones, academia, grupos ambientalistasy gobiernos, abordar el reacondicionamiento,reparación, recuperación de materiales,reciclaje y eliminación ambientalmenteracionales de equipos informáticos usados y alfinal de su vida útil.

Page 34: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Convenio de Basilea y RAEE• Asociación para la acción sobre equipos informáticos (Partnership for Action on

Computing Equipment - PACE)

Ha desarrollado las siguientes Guías:

– Directriz sobre pruebas, reacondicionamiento y reparación ambientalmente racionalde equipos informáticos usados.

– Directriz sobre recuperación y reciclaje de forma ambientalmente racional demateriales de equipos informáticos al final de su vida útil.

– Glosario de términos.

– Informe con recomendaciones de criterios de Gestión Ambientalmente Racional deRAEE.

– Informe sobre estrategias, acciones e incentivos para promover la gestiónambientalmente racional de los equipos informáticos al final de su vida útil.

– Manual sobre pasos para establecer e implementar una gestión ambientalmenteracional de equipos informáticos usados y de desecho.

– Informe sobre experiencias de proyectos y lecciones aprendidas.

Page 35: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Convenio de Basilea y RAEE• Elaboración de directrices técnicas sobre movimientos transfronterizos de

desechos electrónicos, en particular con respecto a la distinción entre desechosy no desechos

Las directrices técnicas revisadas sobre movimientos transfronterizos de desechos eléctricos yelectrónicos y equipos eléctricos y electrónicos usados, en particular en lo que respecta a la distinciónentre desechos y no desechos en el marco del Convenio de Basilea, se aprobaron, con carácterprovisional, en la 14ª reunión de la Conferencia de las Partes.

Page 36: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Convenio de Basilea y RAEE

• En la web del Convenio de Basilea se ofrece un curso online sobre RAEE, en inglésa la fecha.

http://www.basel.int/Implementation/CapacityDevelopment/Tools/MOOC/tabid/4966/Default.aspx

Page 37: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Convenio de Basilea y RAEE• Enmienda de plásticos.

Durante la 14ª Conferencia de las Partes del Convenio de Basilea, celebrada en mayodel 2019, se tomó la decisión: BC-14/12, la cual modifica los Anexos II, VIII y IX delConvenio de Basilea de la siguiente manera:

Anexo II: Nueva entrada Y48, que cubre residuos plásticos, incluidos mezclas de tales desechos, a menosque sean peligrosos (Anexo VIII) o se presume que no sean peligrosos (Anexo IX).

El Anexo II que enumera categoría de desechos que requieren una consideración especial.

A partir del 1º de enero de 2021 los residuos plásticos según lo descrito por el nuevo código Y48 deberántener una consideración especial.

Anexo VIII: Nueva entrada A3210, aclarando el alcance de los desechos plásticos que se presumenpeligrosos.

Anexo IX: Nueva entrada B3011, reemplazando B3010, aclarando los tipos de desechos plásticospresuntamente no peligrosos.

Anexo II Sujeto a

Consentimiento

Informado Previo

(PIC) Anexo VIII

Anexo IX

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Centros de Basilea

Art. 14, Aspectos Financieros

1) Las Partes convienen en que, en función de las necesidadesespecíficas de las diferentes regiones y subregiones, debenestablecerse Centros Regionales de Capacitación y Transferenciade Tecnología, con respecto al manejo de desechos peligrosos yotros desechos, y a la reducción al mínimo de su generación.(Financiación de carácter voluntario por las Partes).

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Centros de Estocolmo

Art. 12, Asistencia Técnica

4) Las Partes, cuando correspondan, concertarán arreglos con el finde prestar asistencia técnica y promover la transferencia detecnologías… estos arreglos incluirán centros regionales ysubregionales… con miras a ayudar a las partes que son países endesarrollo o con economías en transición a cumplir susobligaciones emanadas del presente Convenio.

Page 40: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

CentrosFueron creados para identificar las necesidades regionales.

Sus cometidos son:

- Capacitación.

- Diseminar información.

- Realizar consultorías.

- Concientización.

- Transferencia de tecnología en materia de importancia a la implementación de los Convenios.

- Sus funciones específicas se basan en llevar a cabo: talleres, seminarios, proyectos pilotos, producción de material de información y guías.

- Son financiados por el país donde se ubican, a través de proyectos y contribuciones voluntarias de los países Partes.

Page 41: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Uruguay

Centro Coordinador de Capacitación y Transferencia de Tecnología del Convenio de Basilea para América Latina y el Caribe

(2004)

Centro Regional del Convenio de Estocolmo para América Latina y el Caribe

(2009)

Page 42: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Uruguay

El Centro Coordinador del Convenio de Basilea para América

Latina y el Caribe (BCCC) con sede en Uruguay, opera desde 1998 en las instalaciones del Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU), mediante acuerdo con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), hoy Ministerio de Ambiente.

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Uruguay

El BCCC fue endosado por la 4ª COP (2009) del Convenio de Estocolmo como Centro Regional del Convenio de Estocolmo

para la Creación de Capacidades y Transferencia de Tecnología

para los países de la región de GRULAC.

Page 44: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Organigrama

Page 45: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Facilidades

El Centro Coordinador posee la facultad de firmar acuerdos a través del LATU y tiene acceso a sus servicios administrativos, haciendo posible realizar toda clase de adquisiciones y contratos. Posee una oficina especial para el manejo de fondos, permitiendo la transparencia necesaria en su gestión.

Page 46: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Algunos proyectos del Centro• Proyecto en Inventario de Mercurio y Planes de Gestión (2014 - 2020). Países

participantes: Argentina, Ecuador, Perú y Uruguay.

• Proyecto Evaluación Inicial del Convenio de Minamata (MIAs) (2014 – 2020). Países

participantes: Bolivia, Chile, Paraguay y República Dominicana.

• Proyecto: Regional Outlook on Waste Management (ROWM), (2016 – 2017). Países

participantes: todo GRULAC.

• Al momento estamos Co-presidiendo conjuntamente con Mauricio la Iniciativa en

residuos urbanos. Países beneficiados: Nivel Global.

• Proyecto: Plan de Vigilancia Mundial Fase II (2015- 2021). Creación de capacidades en

muestreo y análisis de COP en leche materna, agua y aire. Países participantes:

Antigua y Barbuda, Argentina, Barbados, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Jamaica, México, Perú y Uruguay.

• Proyecto: Comité Directivo en Químicos y Residuos, Red de trabajo, iniciativa que surge

del Foro de Ministros de Medio Ambiente de GRULAC (2016 – Presente). Países

beneficiados: todo GRULAC .

Page 47: AMUMAs Químicos y Desechos Final GM

Muchas gracias!!Gabriela Medina

http://www.ccbasilea-crestocolmo.org.uy/es