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COMISIÓN DE VIGILANCIA UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL A A N N Á Á L L I I S S I I S S A A L L I I N N F F O O R R M ME E D D E E L L R R E E S S U U L L T T A A D D O O D D E E L L A A R R E E V V I I S S I I Ó ÓN N Y Y F F I I S S C C A A L L I I Z Z A A C C I I Ó Ó N N S S U U P P E E R R I I O O R R D D E E L L A A C C U U E E N NT T A A P P Ú Ú B B L L I I C C A A 2 2 0 0 0 0 2 2 (II) Sector Hacienda y Crédito Público UEC-011-2004 Mayo de 2004

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COMISIÓN DE VIGILANCIA

UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

AANNÁÁLLIISSIISS AALL IINNFFOORRMMEE DDEELL RREESSUULLTTAADDOO DDEE LLAA RREEVVIISSIIÓÓNN YY FFIISSCCAALLIIZZAACCIIÓÓNN SSUUPPEERRIIOORR

DDEE LLAA CCUUEENNTTAA PPÚÚBBLLIICCAA 22000022 (II)

Sector Hacienda y Crédito Público

UEC-011-2004 Mayo de 2004

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COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Análisis al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002

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CONTENIDO Presentación 3

Resumen General 5

1. Secretaría de Hacienda y Crédito Público 11 1.1. Desincorporación Vía Venta de AHISA, S.A. 13 1.2. Enajenación de las Acciones de Grupo Financiero BBVA-Bancomer 16 1.3. Fusión y Capitalización de Grupo Financiero BBVA Bancomer 17 1.4. Acuerdo de Apoyo Financiero y FOPYME 18 1.5. Acuerdo para el Financiamiento del Sector Agropecuario y Pesquero (FINAPE) 20 1.6. Programa de Apoyo para Deudores de Crédito de Vivienda 21 1.7. Recaudación Federal Participable 22 1.8. Financiamientos Internos y Externos Contratados por el Gobierno Federal 24 1.9. Contingencias Fiscales por Obligaciones y Pasivos de los Gobiernos Estatales 25 1.10. Ejercicio del Sector Público Presupuestario en 2002 27 1.11. Aprovechamientos del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros 30 1.12. Egresos Presupuestales “Servicios Generales” 32 1.13. Subsidios para los Desastres del Huracán Isidore en el Estado de Yucatán 33 1.14. Subsidios para los Desastres del Huracán Kenna en el Estado de Jalisco 35 1.15. Evaluación del Sistema de Contabilidad Gubernamental 37

2. Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. 39 Proceso de Transformación del Patronato Ahorro Nacional

3. Banco Nacional del Comercio Exterior, S.N.C. 41 Políticas de Otorgamiento de Créditos y de Asistencia Técnicas

4. Banco Nacional del Comercio Interior, S.N.C. 44

Desincorporación de Banco Nacional del Comercio Interior

5. Banco Nacional de Crédito Rural del Golfo, S.N.C. 47 Proceso de Disolución y Liquidación del Sistema Rural

6. Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. 50

Cuentas de Balance-Pasivo

7. Comisión Nacional Bancaria y de Valores 54 7.1. Derechos de Títulos de Crédito en el Registro Nacional de Valores 54 7.2. Derechos de Inspección y Vigilancia de Entidades y Grupos Financieros 56

8. Comisión Nacional del Sistema del Ahorro para el Retiro 58 Acciones de la CONSAR para Regular al SAR

9. Fideicomiso Liquidador de Instituciones y Organizaciones 64 Auxiliares de Crédito Gestión Financiera del Fideicomiso Liquidador

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002

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10. Financiera Nacional Azucarera, S.N.C. 66

Proceso de Desincorporación de Nacional Azucarera

11. Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda 69 Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda

12. Instituto para la Protección al Ahorro Bancario 71 12.1. Emisión de Bonos de Protección al Ahorro 73 12.2. Administración y Cobranza de Cartera de Créditos del FOBAPROA 74 12.3. Capitalización y Compra de Cartera de BANAMEX 76 12.4. Capitalización y Compra de Cartera de Bilbao Vizcaya 77 12.5. Saneamiento y Cesión a Banco Internacional 78 12.6. Intervención, Saneamiento y Liquidación de Banco Interestatal 80 12.7. Programa de Apoyo a Ahorradores de la Banca 81 12.8. Venta de Bienes 83 12.9. Evaluación de Egresos Presupuestales”Servicios Generales” 84

13. Lotería Nacional para la Asistencia Pública 85

13.1. Fideicomiso Irrevocable de Admón e Inversión. “Transforma México” 85 13.2. Egresos Presupuestales “Servicios Generales” 87

14. Nacional Financiera, S.N.C. 89

14.1. Constitución y Promoción de Promotora Azucarera 90 14.2. Constitución y Operación del Fideicomiso Comercializador 91 14.3. Egresos Presupuestales “Servicios Generales” 93

15. Servicio de Administración Tributaria 95

15.1. Evaluación del Desempeño del SAT 96 15.2. Almacenaje y Custodia de Mercancías de Comercio Exterior 100 15.3. Aprovechamientos Provenientes del Mejoramiento de los

Medios de Informática y Control de las Autoridades Aduaneras 101 15.4. Artículo 303 del TLC en América Latina del Norte 102 15.5. Ingresos por IEPS, Aguas Refrescos y Concentrados 103 15.6. Ingresos por IEPS, Bebidas Alcohólicas 104 15.7. Ingresos por Impuestos al Comercio Exterior 105 15.8. Ingresos por IVA, Importación de Bienes Tangibles 106 15.9. Ingresos por ISR, Administración Local de Guadalajara 107 15.10. Productos Derivados de la Enajenación de Bienes Muebles 108 15.11. Desarrollo Institucional con Financiamiento del Banco Mundial 109 15.12. Fideicomiso Aduanas 1 núm. 954-8 110 15.13. Egresos Presupuestales, “Subsidios y Transferencias” 113

16. Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. 115 Proceso de Constitución de Sociedad Hipotecaria Federal

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002

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Presentación El presente documento, el segundo de una serie de seis que preparará la Unidad de Evaluación y Control para apoyar el análisis del Informe del resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2002, tiene como propósito revisar los principales resultados de las auditorías practicadas al Sector Hacienda y Crédito Público, así como emitir algunos comentarios y, en su caso, recomendaciones que permitan a los integrantes de la Comisión de Vigilancia, disponer de mayores elementos acerca del trabajo realizado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en la revisión de la Cuenta Pública. Como el anterior documento sectorial, el presente trabajo se inserta en la segunda etapa de la estrategia definida para analizar los contenidos del Informe presentado por la ASF, y su estructura busca que el lector tenga una revisión rápida y sencilla de los resultados más importantes de cada auditoría. En ese sentido, el documento presenta inicialmente un resumen general del Sector, en donde se comenta el número de auditorías practicadas, su orientación, las observaciones y acciones derivadas de ellas y los comentarios generales que se desprenden de su análisis. Posteriormente, se presentan 16 apartados, en los que se presenta la información y comentarios de las auditorías agrupados por entidad fiscalizada. La información que se presenta de cada auditoría contiene, por lo general, datos relevantes del sector o ente revisado; objetivo de la auditoría; características la revisión, como criterios de selección y áreas revisadas; resultados relevantes; observaciones y acciones promovidas; efectos económicos y sociales; conclusiones, y comentarios, opiniones y recomendaciones.

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RESUMEN GENERAL Con motivo de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública 2002, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) practicó 54 auditorías al Sector Hacienda y Crédito Público, de las cuales 3 fueron revisiones de desempeño, 23 de regularidad (22 financieras y de cumplimiento y 1 de sistemas), y 28 auditorías especiales, estas últimas representan el 53.8 por ciento de las auditorías especiales practicadas a toda la Cuenta Pública. Por el número de auditorías, el sector Hacienda y Crédito Público fue el tercero más revisado por el órgano fiscalizador, y sólo fue superado por las 68 revisiones al Ramo 33 y las 65 al sector Energía. La práctica de estas auditorías, implicó revisar a 16 entidades, que están encargadas de operar diversas estrategias relacionadas con las finanzas públicas nacionales. Las entidades revisadas son fueron las siguientes:

⎯ Secretaría de Hacienda y Crédito Público ⎯ Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. ⎯ Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C ⎯ Banco Nacional de Comercio Interior, S.N.C ⎯ Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C ⎯ Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C ⎯ Comisión Nacional Bancaria y de Valores ⎯ Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro ⎯ Fideicomiso Liquidador de Instituciones y Organizaciones Auxiliares de Crédito ⎯ Financiera Nacional Azucarera, S.N.C. ⎯ Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda ⎯ Instituto para la Protección al Ahorro Bancario ⎯ Lotería Nacional para la Asistencia Pública ⎯ Nacional Financiera, S.N.C ⎯ Servicio de Administración Tributaria ⎯ Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C.

Por el número de auditorías practicadas, destaca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) con 15, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con 13, y el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) con 9 auditorías. En un segundo grupo podemos ubicar a NAFIN (3), CNBV(2), Lotería Nacional para la Asistencia Pública (2) y el resto de las entidades con una auditoría.

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SECTOR/ RAMO/ ENTE

AUDITORÍASDE

DESEMPEÑO

FINANCIERAS Y DE

CUMPLIMIENTO

OBRA PÚBLICAE

INVERSIONES FÍSICAS SISTEMAS

REC.FEDEJERCIDOSPOR ENTID.

FEDERATIVAS

REC. FED.EJERCIDOS

POR MUNICIPIOS

AUDITORÍAS ESPECIALES TOTAL

TOTAL 24 129 60 3 21 47 52 336

Sector Hacienda y Crédito Público 3 22 0 1 0 0 28 541 Secretaría de Hacienda y Crédito Público 4 1 10 152 Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C 1 13 Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C. 1 14 Banco Nacional de Comercio Interior, S.N.C. 1 15 Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C. 1 16 Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. 1 17 Comisión Nacional Bancaria y de Valores 2 28 Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro 1 19 Fideliq 1 1

10 Financiera Nacional Azucarera, S.N.C. 1 111 Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda 1 112 Instituto Para la Protección al Ahorro Bancario 9 913 Lotería Nacional para la Asistencia Pública 2 214 Nacional Financiera, S.N.C. 1 2 315 Servicio de Administración Tributaria 1 12 1316 Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. 1 1

AUDITORÍAS PRACTICADAS AL INFORME DE AVANCE DE GESTIÓN FINANCIERA Y LA CUENTA PÚBLICA 2002AUDITORÍAS DE REGULARIDAD

Fuente: Auditoría Superior de la Federación; Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002. Como se puede observar, 10 de las 22 auditorías especiales del sector se practicaron a la SHCP con el propósito de verificar y evaluar diversos procesos de liquidación y fusión de instituciones bancarias, así como la aplicación de recursos a programas de apoyo y de contingencias naturales. El IPAB concentró otras 9 auditorías Especiales, orientadas a evaluar los costos fiscales de los programas de rescate bancario, apoyo a ahorradores, procesos de intervención y saneamiento, entre otros aspectos. En la revisión al sector, destacan tres Auditorías de Desempeño, las cuales correspondieron al SAT, a la CONSAR y al Banco de Comercio Exterior. La revisión de desempeño al SAT, según la ASF, encontró incumplimientos en las metas de recaudación y un nivel de eficiencia recaudatoria menor al que se registraba antes de que se creara esa entidad. Por su parte, el estudio de desempeño de la CONSAR reveló la existencia de elevadas comisiones en detrimento de los rendimientos de los fondos de pensiones de los trabajadores e instó la ASF a la CONSAR que mejorase dicha situación. Finalmente, la auditoría a Bancomext, institución que es de fundamental importancia en la estrategia de inserción de México en el contexto internacional, señaló que si bien se ha cumplido con el objetivo de otorgar financiamiento y proporcionar asistencia técnica, es necesario elaborar un Plan de Negocios que defina prioridades, lineamientos, objetivos y metas por alcanzar. En el caso de las auditorías financieras y de cumplimiento, destacan las 12 practicadas al SAT (54.5% de las 22 aplicadas en el sector), particularmente la vinculada con el Derecho de Trámite Aduanero a través del Fideicomiso Aduanas 1 num. 954-8.

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A pesar de que las 54 auditorías practicadas al sector tienen una importancia específica, existen algunas revisiones que por su naturaleza y efectos sobre las finanzas públicas nacionales, revelan mayor interés y peso específico en el proceso de revisión de la Cuenta Pública. Entre otras, destaca la desincorporación de Aseguradora Hidalgo; la enajenación y la fusión y capitalización de BBVA Bancomer; los programas de apoyo a deudores; la revisión de la Recaudación Federal Participable, y la evaluación del ejercicio del sector presupuestario; la auditoría de desempeño a Bancomext, el proceso de desincorporación de Banaci y Banrural, las situación y operaciones financieras de Banobras, el desempeño de la Consar, el proceso liquidación de empresas del sector azucarero, los programas de capitalización y compra de cartera, el Programa de Apoyo a Ahorradores de la Banca, la emisión de Bonos de Protección al Ahorro, el Fideicomiso Transforma México, la evaluación del desempeño del SAT; y la evaluación del Fideicomiso Aduanas 1. Derivado de las auditorías practicadas al Sector Hacendario, el órgano fiscalizador emitió 228 observaciones, que generaron 314 acciones promovidas, siendo 227 de carácter preventivo y 77 de carácter correctivo, dentro de las cuales 61 (79.2%) correspondieron a solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control (OIC), 10 solicitudes de aclaración, 4 pliegos de observaciones (1 en la SHCP, 2 en Lotenal y 1 en el SAT) y 2 promociones para fincamiento de responsabilidades administrativas, localizadas en el IPAB. De las 228 observaciones, que tuvo el sector hacendario, 71 fueron para el SAT, 42 para la SHCP, 38 para el IPAB y 20 para el Banco de Comercio Exterior. Asimismo, de las 314 acciones promovidas, el SAT fue el que recibió el mayor número (112), y en segundo término se identificaron 56 acciones para la SHCP, 49 para el IPAB, y 20 para el Banco de Comercio Exterior, entre otros.

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SECTOR/ RAMO/ ENTE AuditoríasTotal

Acciones SubtotalPliego de Observac.

Fincamiento de Responsabilidades

Administrativas Sancionatorias

Solicitud de intervención

del OIC

Solicitud de Intervención de

la Instancia Recaudadora

Solicitud de Aclaración

TOTAL CUENTA PÚBLICA 2002 336 2,504 3,410 2,505 905 80 5 464 20 336

Hacienda / Total 9.1% 9.2% 9.5% 8.5% 5.0% 40.0% 13.1% 0.0% 3.0%Sector Hacienda y Crédito Público 54 228 314 237 77 4 2 61 0 10Secretaría de Hacienda y Crédito Público 15 42 56 29 27 1 0 23 0 3

10 Especiales 18 17 9 8 84 Financieras y de Cumplimiento 19 34 15 19 1 15 31 Sistemas 5 5 5 0

Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C 1 Especial 1 1 1 0Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C. 1 Desempeño 20 20 20 0Banco Nacional de Comercio Interior, S.N.C. 1 Especial 10 13 9 4 3 1Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C. 1 Especial 2 4 3 1 1Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. 1 Financiera y de Cumplimiento 5 6 5 1 1Comisión Nacional Bancaria y de Valores 2 Financieras y de Cumplimiento 6 9 8 1 1Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro 1 Desempeño 12 15 15 0Fideliq 1 Especial 1 1 1 0Financiera Nacional Azucarera, S.N.C. 1 Especial 1 1 1 0Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda 1 Especial 0 0 0 0Instituto Para la Protección al Ahorro Bancario 9 Especiales 38 49 44 5 2 3Lotería Nacional para la Asistencia Pública 2 Financieras y de Cumplimiento 13 21 10 11 2 9Nacional Financiera, S.N.C. 3 5 5 4 1 0 0 1 0 0

2 Especiales 2 2 2 01 Financiera y de Cumplimiento 3 3 2 1 1

Servicio de Administración Tributaria 13 71 112 87 25 1 0 18 0 61 Desempeño 16 19 19 012 Financieras y de Cumplimiento 55 93 68 25 1 18 6

Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. 1 Especial 1 1 0 1 1

Fuente: UEC de la Comisión de Vigilancia con base en datos de Auditoría Superior de la Federación; Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002.

OBSERVACIONES Y ACCIONES DERIVADAS DE LAS AUDITORÍAS PRACTICADAS A LA CUENTA PÚBLICA 2002. SECTOR HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Tipo de AuditoríaObser-

vaciones

Acciones derivadas

Preventivas

Correctivas

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002

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Con base en el análisis que se realizó a las 54 auditorías del sector Hacienda y Crédito Público, pueden formularse los siguientes comentarios.

⎯ Por la naturaleza de las funciones que desarrollan los entes del sector Hacienda y Crédito Público, la ASF privilegió la práctica de auditorías especiales, que sumaron 28, fundamentalmente a la Secretaría de Hacienda (10) y al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (9). Las auditorías financieras y de cumplimiento sumaron 22 y solamente se practicaron 3 revisiones al desempeño.

⎯ Al igual que ha ocurrido con otros sectores ya analizados, en el sector

hacendario cuatro quintas partes de las acciones correctivas que derivan de las observaciones de la ASF, corresponden a solicitudes de intervención de los Órganos Internos de Control. Debe insistirse en que la ASF tiene facultades para fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones correspondientes, así como promover ante autoridades el fincamiento de otras responsabilidades, y presentar las denuncias y querellas derivadas de presuntas conductas ilícitas, por lo que diversos asuntos que turna a los OIC pueden ser atendidos directamente por el órgano fiscalizador.

⎯ Destacan diversas auditorías que se orientaron a evaluar distintos procesos de

desincorporación mediante disolución, fusión o liquidación de empresas e instituciones bancarias, que además de analizar y verificar el cumplimiento de la normativa, debieran evaluarse en un contexto de impactos económicos y de las razones que llevaron a su quiebra, entre otros el caso Banrural.

⎯ Asimismo, son notables los casos de los programas y fondos creados para

enfrentar los efectos de la crisis financiera de 1994-1995 y que continúan representando un importante costo fiscal. En este grupo destacan los programas de apoyo a deudores y ahorradores de la banca, el rescate carretero, y el Programa de Capitalización y Compra de Cartera, entre otros.

⎯ Mención especial merecen los casos de los fondos y fideicomisos que al amparo

del secreto fiduciario, negaron la entrega de la información a la Auditoría Superior, a efecto de que ésta realizara su función de fiscalización. Entres estos pueden mencionarse el Fideicomiso Liquidador del sector azucarero (FICO) y el Fideicomiso Aduanas 1 relacionado con el Derecho de Trámite Aduanero. Tal como se comenta en este documento, será de fundamental importancia que para evitar prácticas de este tipo, la ASF recurra a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el sentido de que “Dentro del orden constitucional de los artículos 74, fracción IV y 73, fracción VIII, de la Norma Fundamental se desprende que las cuestiones de revisión de cuenta pública, por regla general, no interfieren directamente derechos de particulares; sin embargo, cuando excepcionalmente así acontezca debe concluirse que el interés resguardado por el secreto fiduciario no es oponible a dichas facultades, tal y como acontece cuando deudas privadas se convierten en deuda pública.”

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002

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⎯ De igual forma, existen auditorías que convendrá analizar a la luz de los comentarios de los entes auditados, toda vez que si bien en la mayoría de los casos, se adoptan las observaciones y recomendaciones de la Auditoría Superior, en otros llegan a cuestionar la validez de sus argumentos y el sustento técnico de sus afirmaciones, como en el caso de la auditoría para evaluar el desempeño del Servicio de Administración Tributaria. En todo caso, los comentarios de los entes auditados pueden constituir un buen referente acerca de la solidez del trabajo que realiza la ASF.

⎯ No debe dejarse de lado que la ASF determinó 2 promociones para el

fincamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias al IPAB, y 4 pliegos de observaciones, 2 a Lotería Nacional, 1 a la Secretaría de Hacienda y 1 al SAT, por lo que será fundamental dar seguimiento a ese proceso. En todo caso, debe tenerse en cuenta que la Ley define un plazo de 45 días hábiles para solventar observaciones derivadas de la revisión.

⎯ Por otro lado, reiterar los comentarios para mejorar la estructura del Informe de

auditoría, ampliar la información de observaciones y acciones de acuerdo a su tipo, desglosadas por entidad, analizar la información presupuestal y financiera del sector y, en su caso, de los entes revisados, y reformular la nomenclatura de títulos y subtítulos de acuerdo a sus contenidos reales.

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002

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1. SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO La Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la dependencia del Ejecutivo Federal encargada de proyectar y coordinar la planeación nacional del desarrollo, de calcular los ingresos de la Federación, del Distrito Federal y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público federal, de la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de la administración pública federal. Esta dependencia también tiene a su cargo el estudio y formulación de los proyectos de leyes y disposiciones fiscales y de las leyes de Ingresos de la Federación, así como, el manejo de la deuda pública de la Federación, la realización o autorización de todas las operaciones en que se haga uso del crédito público. Asimismo, tiene facultades para, planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país que comprende al Banco Central, a la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar el servicio de banca y crédito; La SHCP también debe establecer y revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, o bien sentar las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de Economía y con la participación de las dependencias que corresponda; cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales; también es facultad de esta dependencia la de organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la Unidad de Apoyo para la Inspección Fiscal y Aduanera; además de representar el interés de la Federación en controversias fiscales. Finalmente, compete a esta entidad, la facultad del control presupuestal de los servicios personales así como, en forma conjunta con la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, aprobar las estructuras orgánicas y ocupacionales de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y sus modificaciones, así como establecer normas y lineamientos en materia de administración de personal, Con motivo de la Revisión de la Cuenta Pública 2002, a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público se le practicaron 15 revisiones (27.8 por ciento de las realizadas al sector), que se conformaron de la siguiente manera: 10 especiales, 4 financieras y de cumplimiento y 1 de sistemas. Las auditorías que se practicaron a la SHCP, son las siguientes:

⎯ Evaluación del proceso de desincorporación vía venta de Aseguradora Hidalgo, S.A. (Ahisa)

⎯ Evaluación de la enajenación de la tenencia accionaria de Bancomer en poder del Gobierno Federal

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002

12

⎯ Evaluación del proceso de fusión y capitalización de grupo financiero BBVA-Bancomer

⎯ Acuerdo de apoyo financiero y fomento a la micro, pequeña y mediana empresa (Fopyme)

⎯ Acuerdo para el financiamiento del sector agropecuario y pesquero (Finape) ⎯ Programa de apoyo para deudores de créditos de vivienda ⎯ Recaudación Federal Participable ⎯ Evaluación de las contingencias fiscales derivadas de obligaciones financieras y

pasivos laborales a cargo de los gobiernos estatales ⎯ Análisis del destino de los financiamientos internos y externos contratados por el

gobierno federal en 2002 ⎯ Evaluación del ejercicio del sector público presupuestario en el ejercicio 2002 ⎯ Recaudación de ingresos por aprovechamientos por recuperaciones de capital

"otros", provenientes del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros (FEIP)

⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 3000 "Servicios Generales" ⎯ Subsidios destinados a la atención de desastres naturales causados por el

huracán Isidore en el estado de Yucatán ⎯ Subsidios destinados a la atención de desastres naturales causados por el

huracán Kenna en el estado de Jalisco ⎯ Evaluación del Sistema de Contabilidad Gubernamental

La práctica de estas 15 auditorías, generó 42 observaciones a la Secretaría, que derivaron en 56 acciones, de las cuales 29 fueron preventivas (12.2 por ciento del total del sector) y 27 correctivas (35.1 por ciento del total del sector Hacienda). De estas últimas, 23 fueron solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control (OIC). En relevante hacer notar que si bien la Secretaría de Hacienda fue el ente más auditado del sector, cada una de las auditorías tuvo un promedio menor a tres observaciones. Esta dependencia concentra el 35 por ciento de las acciones correctivas que se registraron en el sector, aunque solamente existe un Pliego de Observaciones y el resto al parecer se solventará sin implicaciones de fondo.

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1.1 SHCP. EVALUACIÓN DEL PROCESO DE DESINCORPORACIÓN VÍA VENTA DE ASEGURADORA HIDALGO, S.A. (AHISA)

⎯ Objetivo. Comprobar si las acciones desarrolladas y el proceso efectuado para la desincorporación vía venta de los títulos representativos del capital social de AHISA, se ajustaron a los ordenamientos y disposiciones aplicables.

⎯ Características de la Revisión. Se evaluó el proceso de desincorporación vía

venta de AHISA, desde la propuesta de la Coordinadora de Sector hasta la celebración del contrato de compraventa y los enteros de recursos a la Tesorería de la Federación (TESOFE). Para ello, se revisó la documentación comprobatoria de las acciones realizadas por la SHCP para la desincorporación de AHISA, así como el procedimiento de licitación efectuado para la venta de AHISA, y el análisis del contenido del contrato de compraventa, a fin de verificar que se ajustó a las disposiciones legales y la normatividad establecida y que el pago se realizó conforme a lo capitulado en el mismo.

⎯ Resultados Relevantes. En cumplimiento de la Ley Federal de las Entidades

Paraestatales y su Reglamento, la SHCP en su carácter de Coordinadora de Sector, propuso la desincorporación vía venta de AHISA, contándose para ello con el dictamen favorable de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación (CID), y con el acuerdo correspondiente del Ejecutivo Federal. Se constató que la convocatoria para la adquisición de la totalidad de los títulos representativos del capital social de AHISA, propiedad del Gobierno Federal y de Petróleos Mexicanos, se publicó de conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 y 68 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 5o., 6o. y 12 de su Reglamento; y 7o. del Reglamento Interior de la SHCP. Se comprobó que cuatro empresas manifestaron su interés para participar en el proceso, las cuales cumplieron con lo establecido, tanto en la convocatoria para la adquisición de la totalidad de los títulos representativos del capital social de AHISA, como en las Bases de Registro y, de Licitación correspondientes. Mediante el acuerdo núm. CID-02-V-1 de fecha 24 de mayo de 2002, la CID acordó aceptar la postura de Metlife, Inc., para la adquisición de los títulos representativos del capital social de AHISA, ya que ésta representó las mejores condiciones para el Estado en cuanto a precio y oportunidad por un monto de 9 mil 200 millones de pesos, el cual fue superior al valor técnico de referencia determinado por 7 mil 647.5 millones de pesos.

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Se constató que, en cumplimiento de lo establecido en las Bases de Licitación, el contrato de compraventa de acciones se celebró el 4 de junio de 2002; el precio pagado de las mismas se realizó conforme a lo convenido; y los recursos obtenidos de la operación fueron enterados a la TESOFE.

⎯ Acciones Promovidas. Se formuló una observación que generó una

recomendación a la SHCP, para que adopte las medidas necesarias que permitan contar con la aprobación de la CID sobre las modificaciones que se efectuaron a las Bases de Licitación.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. La recomendación promovida por la Auditoría

Superior de la Federación está orientada a que la SHCP implemente los mecanismos de control necesarios a fin de asegurar que en los procesos de desincorporación se cumpla con las obligaciones establecidas en la normatividad respectiva.

⎯ Conclusiones de la ASF. Se considera procedente la solventación de la acción

promovida en virtud de que el ente auditado remitió constancia de las acciones realizadas ante la CID, de su respuesta y de que adoptó medidas para cumplir estrictamente en futuras desincorporaciones.

⎯ Comentarios del Ente Auditado. La Dirección General Adjunta de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito (DGSV) manifestó en su respuesta que tomaba nota de la recomendación de la ASF, para cumplir estrictamente en futuras desincorporaciones.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Por su expansión al ramo de daños en el año 2000, Aseguradora Hidalgo realizó un incremento de 300 millones de pesos en su capital social, para ubicarlo en ese entonces en 500 millones de pesos, esto provocó que el valor nominal de sus acciones pasara de 1,000 a 2,500 pesos. La ampliación de su objeto, la facultó para practicar operaciones de seguros de vida, incluidos los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social, operaciones de accidentes y enfermedades, en los ramos de accidentes personales, gastos médicos y salud, situación que provocó cierta inconformidad entre el sector asegurador en virtud de que la AHISA ejercería una competencia desigual, ya que por un decreto presidencial, dispone de exclusividad para la venta de pólizas de seguro entre los servidores públicos.

El 35% de su cartera procede de las pólizas institucionales, de vida e incapacidad, e incluye el seguro de separación individualizado. Durante el primer semestre de 2000, emitió primas por 2,962 millones de pesos, participando con el 31% del segmento de seguros colectivos y de grupo. Adicionalmente, ocupaba el tercer lugar de la especialidad en la emisión de pólizas individuales de vida, al

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captar 20% del total, por una emisión de 1,022 millones de pesos. De esa forma, acaparó 28% del total de vida con una emisión de 3,714 millones de pesos, tanto en coberturas individuales como colectivas y de grupo del ramo de vida. El Seguro Individual, incluido el de pensiones, representaba para la empresa 16% de su cartera, mientras 84% lo conforman Retiro, Colectivos y de Grupo, Accidentes y Enfermedades e Instituciones, Vida, Incapacidad, así como las coberturas del Seguro de Separación Individualizado para servidores públicos. Su solvencia, era de 4.3 veces a la exigida, lo mismo que su capitalización rebasaba 10 veces la mínima requerida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a las compañías de seguros. En agosto del 2001 la SHCP publicó en el Diario Oficial de la Federación la convocatoria para adquirir la totalidad de los títulos representativos del capital social de Aseguradora Hidalgo. Para hacer más atractiva esta operación la estrategia de venta incluyó el endoso hasta el 31 de diciembre del 2004 y bajo los mismos términos actuales, de las pólizas colectivas que mantiene la aseguradora con el gobierno federal. El 28 de mayo del 2002, se informó que el principal proveedor de seguros de vida para el gobierno federal de Estados Unidos Met Life era el ganador de la licitación por Aseguradora Hidalgo. De acuerdo a la revisión anterior, se desprende que en la Evaluación del Proceso de Desincorporación Vía Venta de Aseguradora Hidalgo, S.A., pudo haberse ampliado para responder en su totalidad a las inquietudes de los legisladores. La revisión considera exclusivamente el proceso de desincorporación, aunque hubiese sido muy útil analizar las razones que llevaron al Gobierno Federal a tomar la decisión, así como incluir un análisis de la situación de la empresa antes de su desincorporación.

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1.2 SHCP. EVALUACIÓN DE LA ENAJENACIÓN DE LA TENENCIA ACCIONARIA DE BANCOMER EN PODER DEL GOBIERNO FEDERAL

⎯ Objetivo. Determinar si la enajenación del capital social del Grupo Financiero

BBVA-Bancomer, S.A. de C.V., en poder del Gobierno Federal se efectuó de conformidad con la normatividad aplicable en la materia.

⎯ Características de la Revisión. Se revisó el procedimiento para la selección y

contratación de los servicios de intermediación bursátil para realizar la enajenación de 949’838,031 acciones de la serie “O” representativas del capital social del Grupo Financiero BBVA-Bancomer, S.A. de C.V., en poder del Gobierno Federal. El área revisada fue la Dirección General de Crédito Público (DGCP) de la SHCP.

⎯ Resultados Relevantes. La Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento (CIGF) y la Comisión Intersecretarial de Desincorporación (CID), acordaron tomar nota de que la SHCP llevaría a cabo la enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal en el Grupo Financiero BBVA-Bancomer, S.A. de C.V., mediante la contratación de los servicios de un agente financiero colocador internacional a través del procedimiento de invitación a por lo menos tres personas. La Dirección General de Crédito Público (DGCP) emitió las “Bases para la selección y contratación de los servicios de intermediación bursátil para realizar la enajenación de acciones representativas del capital social de BBVA-Bancomer”, para el procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres personas núm. I.T.P.I.-DGCP.-01/2002. Con fecha 30 de abril de 2002, el Gobierno Federal y el participante ganador celebraron un contrato en el que se estableció que la institución ganadora actuaría como asesor financiero y de banca de inversión con carácter de agente colocador, para la enajenación de 949,838,031 acciones de la serie "O" del capital social de Grupo Financiero BBVA-Bancomer, S.A. de C.V., propiedad del Gobierno Federal. Del total de las 949’838,031 acciones de la serie “O” representativas del capital social del Grupo Financiero BBVA-Bancomer, S.A. de C.V., propiedad del Gobierno Federal, fueron enajenadas 894’863,483, quedando un saldo de 54’974,548 acciones en poder del Gobierno Federal, lo que representó un ingreso de 7 mil 230.5 millones de pesos.

⎯ Conclusiones de la ASF. Como resultado de la auditoría practicada al proceso de enajenación de la tenencia accionaria a favor de BBVIIC, filial de BBV España; y a la venta de los inmuebles y del mobiliario y equipo de la red de sucursales de CREMI y BANORIE, la ASF considera que, en lo general, se ha cumplido con lo que establece la normatividad aplicable.

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⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. En el trabajo elaborado por la ASF, no se observa un análisis sobre el “Prospecto de Colocación”, documento público, que se encuentra en la Bolsa Mexicana de Valores en donde se señala, entre otras cosas, la cantidad de acciones que se venden, a qué precio, quién las vende y a través de quién se venden; asimismo, se describe la situación financiera y contable y se hacen explícitos los “riesgos o problemas” que pueda tener lo que se está ofertando o vendiendo. La ASF señala que el Gobierno Mexicano realizó un proceso de licitación el cual se apegó a la normatividad y escogió a la correduría Goldman Sachs, como intermediario para realizar esta operación. Esta operación generó un debate importante debido a los términos en que se dio y que incluso llevaron a argumentar posibles conflictos de intereses.

1.3 SHCP. EVALUACIÓN DEL PROCESO DE FUSIÓN Y CAPITALIZACIÓN DE

GRUPO FINANCIERO BBVA-BANCOMER |

⎯ Objetivo. Comprobar que la creación de Grupo Financiero Bancomer (GFB), el proceso para la fusión y capitalización entre GFB y Grupo Financiero BBV Probursa (BBV-P) y la creación del Grupo Financiero BBVA Bancomer (BBVA Bancomer) se ajustaron a la legislación y normativa.

⎯ Características de la Revisión. La revisión comprendió el marco jurídico

aplicable a los procesos de constitución de GFB, la fusión y capitalización entre GFB y BBV-P y la constitución de BBVA Bancomer.

⎯ Resultados Relevantes. De acuerdo con la revisión de la ASF, se comprobó

que tanto el proceso de constitución de Grupo Financiero Bancomer; el proceso de fusión y capitalización entre Grupo Financiero Bancomer y Grupo Financiero BBV-Probursa, y el proceso de constitución del GFBBVA-Bancomer, se llevaron a cabo de conformidad con lo dispuesto en el marco jurídico.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. El origen de la

revisión, parte de una petición que hiciera la Comisión de Vigilancia en donde se solicita que se revise la operación de compraventa de Bancomer, a raíz de las investigaciones que realizaran las autoridades españolas al Banco Bilbao Vizcaya en Madrid ante la presunción de posibles comisiones de delito en el ámbito fiscal y de lavado de dinero.

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Si bien el enfoque que se asignó a esta revisión corroboró que las operaciones se dieran en el marco de la legalidad, hubiese sido altamente útil ampliarla para analizar y estudiar los argumentos señalados en el planteamiento de la Comisión y del grupo de trabajo vinculado a ese proceso que incluso viajó a España para entrevistarse con autoridades de esa Nación.

De acuerdo a las autoridades españolas y a información obtenida por la Comisión que viajara a España, se sabía que para 1995 y a menos de 4 años de haber adquirido el Banco Multibanco Mercantil, la institución pasó de ser una de las más rentables del sistema bancario, a una técnicamente quebrada. El 19 de Mayo de 1995, se anunció que el Grupo Financiero Probursa, se convertiría en la filial del Banco Bilbao Vizcaya el cual detentaría el 70% de las acciones, en el acuerdo se preveía el ingreso al país de 350 millones de dólares (3,500 millones de pesos), que permitirían sanear y recapitalizar al grupo resultante.

El acuerdo de fusión aprobado por las autoridades mexicanas, se enmarcaba en las disposiciones contenidas en el Decreto por el que se modificaron diversas disposiciones de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, de la Ley de Instituciones de Crédito, y de la Ley del Mercado de Valores, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 1995). Dicho Decreto señalaba en su artículo cuarto transitorio en su fracción primera que las acciones que resulten del canje, deberán representar la misma participación del capital pagado que las acciones canjeadas, lo que significaba que ese momento Bilbao Vizcaya debió de haber inyectado capital a la nueva sociedad, por un monto equivalente al 70% del capital del banco, sin embargo Bilbao Vizcaya aportó sólo 1,000 millones de los 3,500 millones anunciados, y el resto (2,500 millones de pesos) fue aportado a través de obligaciones subordinadas, convertibles obligatoriamente en acciones en 5 años.

1.4 SHCP. ACUERDO DE APOYO FINANCIERO Y FOMENTO A LA MICRO,

PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FOPYME)

⎯ Objetivo. Comprobar que los recursos que destinó el Gobierno Federal en el ejercicio fiscal de 2002 al FOPYME, por 214.1 millones de pesos, se ejercieron de conformidad con la legislación y normativa.

⎯ Características de la Revisión. La revisión comprendió el ejercicio de 214.1

millones de pesos que el Gobierno Federal asignó al FOPYME en 2002, reportados en la CHPF del mismo año. Se reviso a la Dirección General Adjunta de Deuda Pública (DGADP) de la SHCP y a la Dirección General de Operaciones de Protección y Resoluciones Bancarias (DGOPRB) del IPAB.

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⎯ Resultados Relevantes. Los recursos que destinó al programa el Gobierno Federal, por 214.1 millones de pesos, durante el ejercicio fiscal de 2002, se emplearon para cubrir los financiamientos que otorgó a la banca múltiple y de desarrollo por la aplicación del programa en el ejercicio fiscal de 2001. Conforme a la información presentada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), participaron en el programa 215,917 deudores. Al 31 de diciembre de 2002, los que liquidaron sus obligaciones sumaron 212,194.

El programa logró una cobertura del 134.8% del total de los deudores susceptibles de recibir los apoyos. El FOPYME ha beneficiado principalmente a los deudores de créditos cuyos montos ascienden a menos de 500.0 miles de pesos, cantidad que representa el 61.3% del total de deudores que participaron en el programa vigente al 31 de diciembre de 2002. Persiste la problemática de la ausencia de documentación para la debida integración de los expedientes de crédito en el Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C. (BANRURAL), en liquidación, correspondiente al ejercicio fiscal de 2002, ya que el despacho de auditores externos Del Barrio y Cía., S.C., en su informe del 19 de junio de 2003, determinó 15 incumplimientos por faltantes documentales en la integración de los expedientes de crédito cuantificados en apoyos por 232.0 miles de pesos.

⎯ Acciones Promovidas. Se formuló una observación, que generó una acción

promovida, la cual corresponde a una solicitud de intervención del Órgano Interno de Control en el BANRURAL.

⎯ Impacto Económico y/o Social. En la muestra determinada por el auditor

externo, se detectaron 15 incumplimientos por faltantes documentales en la integración de los expedientes de crédito en el BANRURAL cuantificados en apoyos por 232.0 miles de pesos.

⎯ Conclusiones de la ASF. El costo total del FOPYME se estima en 8,900

millones de pesos para el Gobierno Federal y en 7,087.3 millones de pesos para la banca, lo que da un total de 15,987.3 millones de pesos en beneficio de 215,917 deudores participantes.

Se comprobó que la SHCP, la CNBV y el IPAB cumplieron con sus responsabilidades establecidas en la normativa, garantizando con ello, la adecuada aplicación de los recursos en beneficio de los deudores de la banca.

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1.5 SHCP. ACUERDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECUARIO Y PESQUERO (FINAPE)

⎯ Objetivo. Comprobar que los recursos que destinó el Gobierno Federal en el

ejercicio fiscal de 2002 al FINAPE, por 9,728.7 millones de pesos, se ejercieron de conformidad con la legislación y normativa.

⎯ Características de la Revisión. La revisión comprendió el ejercicio de 9,728.7

millones de pesos que el Gobierno Federal asignó al FINAPE en 2002, cantidad que representó 62.8% del gasto ejercido en los Programas de Apoyo a Deudores de la Banca, reportados en la CHPF del mismo año.

⎯ Resultados Relevantes. Los recursos que destinó al programa el Gobierno

Federal, por 9,728.7 millones de pesos, durante el ejercicio fiscal de 2002, se emplearon para cubrir los financiamientos que otorgó a la banca múltiple y de desarrollo por la aplicación del programa en el ejercicio fiscal de 2001. Conforme a la información presentada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), participaron en el programa 730,232 deudores de los 771,639 susceptibles de recibir los apoyos. Al 31 de diciembre de 2002, liquidaron sus obligaciones 703,686 deudores.

El programa logró una cobertura del 94.6% del total de los deudores susceptibles de recibir los apoyos. El FINAPE ha beneficiado principalmente a los deudores de créditos cuyos montos ascienden a menos de 500 mil pesos, cantidad que representa el 96.4% del total de deudores que participaron en el programa vigentes al 31 de diciembre de 2002. Persiste la problemática de la ausencia de documentación para la debida integración de los expedientes de crédito en el Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C. (BANRURAL), en liquidación, correspondiente al ejercicio fiscal de 2002, ya que el despacho de auditores externos Del Barrio y Cía., S.C., en su informe del 19 de junio de 2003, determinó 50 incumplimientos por faltantes documentales en la integración de los expedientes de crédito cuantificados en apoyos por 1,097.0 miles de pesos.

⎯ Acciones Promovidas. Se formuló una observación, que generó una acción promovida, la cual corresponde a una solicitud de intervención del Órgano Interno de Control en el BANRURAL.

⎯ Impacto Económico y/o Social. En la muestra determinada por el auditor

externo, se detectaron 50 incumplimientos por faltantes documentales en la integración de los expedientes de crédito en el BANRURAL cuantificados en apoyos por 1,097.0 miles de pesos.

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⎯ Conclusión ASF. El costo total del FINAPE se estima en 16,300.0 millones de pesos para el Gobierno Federal y en 5,239.8 millones de pesos para la banca, lo que da un total de 21,539.8 millones de pesos en beneficio de 730,232 deudores participantes, de los cuales 703,686 al 31 de diciembre de 2002 liquidaron sus obligaciones.

Se comprobó que la SHCP, la CNBV y el IPAB cumplieron con sus responsabilidades establecidas en la normativa, garantizando con ello, la adecuada aplicación de los recursos en beneficio de los deudores de la banca, cumpliendo con el área estratégica de “Supervisión y Control”, como se establece en la Visión Estratégica de la Auditoría Superior de la Federación.

1.6 SHCP. PROGRAMA DE APOYO PARA DEUDORES DE CRÉDITOS DE

VIVIENDA

⎯ Objetivo. Comprobar que los recursos que destinó el Gobierno Federal en el ejercicio fiscal de 2002 al Programa Vivienda, por 5,546.1 millones de pesos, se ejercieron de conformidad con la legislación y normativa.

⎯ Características de la Revisión. La revisión comprendió el ejercicio de 5,546.1

millones de pesos que el Gobierno Federal asignó al Programa Vivienda en 2002, cantidad que representó 35.8% del gasto en los Programas de Apoyo a Deudores de la Banca, reportados en la CHPF del mismo año.

⎯ Resultados Relevantes. Los recursos que destinó al programa el Gobierno

Federal, por 5,546.1 millones de pesos, durante el ejercicio fiscal de 2002, se emplearon para cubrir los financiamientos que otorgó a la banca múltiple y de desarrollo por la aplicación del programa en el ejercicio fiscal de 2001. Conforme a la información presentada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), participaron en el programa 376,541 deudores de los 383,439 susceptibles de recibir los apoyos, de los cuales 213,258 al 31 de diciembre de 2002 liquidaron sus obligaciones. El programa logró una cobertura del 98.2% del total de los deudores susceptibles de recibir los apoyos. El Programa Vivienda ha beneficiado principalmente a los deudores de créditos cuyos montos ascienden a menos de 165.0 miles de Unidades de Inversión (UDI) por 32,563.0 millones de pesos, cantidad que representó el 68.3% del total de deudores que participaron en el programa vigentes al 31 de diciembre de 2002.

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⎯ Conclusión ASF. El costo total del Programa Vivienda se estima en 115,600.0 millones de pesos para el Gobierno Federal y en 57,540.0 millones de pesos para la banca, lo que da un total de 173,140.0 millones de pesos en beneficio de 376,541 deudores participantes, de los cuales 213,258 al 31 de diciembre de 2002 liquidaron sus obligaciones.

Se comprobó que la SHCP, la CNBV y el IPAB cumplieron con sus responsabilidades establecidas en la normativa, garantizando con ello, la adecuada aplicación de los recursos en beneficio de los deudores de la banca.

1.7 SHCP. RECAUDACIÓN FEDERAL PARTICIPABLE

⎯ Objetivo. Comprobar que la determinación realizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la Recaudación Federal Participable (RFP) durante el ejercicio fiscal de 2002, se ajustó a la legislación.

⎯ Características de la Revisión. Se revisó que la RFP determinada por la SHCP

durante el ejercicio fiscal de 2002 cumplió con lo dispuesto en la legislación. Esta auditoría fue seleccionada en virtud de que el monto de la RFP en 2002 por 809 mil 499.6 millones de pesos, representó el 81.8 por ciento de los ingresos del Gobierno Federal.

⎯ Resultados Relevantes. Con la revisión practicada se determinó que con base

en los ingresos del Gobierno Federal de 2002, la RFP anual totalizó 809 mil 499.6 millones de pesos. La Administración General de Recaudación (AGR) del Servicio de Administración Tributaria (SAT) reportó, en el mes de agosto de 2002, ingresos por 89,212.9 millones de pesos, mientras que la Unidad de Política de Ingresos de la SHCP (UPI) registró 89,155.5 millones de pesos, es decir, una diferencia de 57.4 millones de pesos, lo cual representa una variación no significativa de 0.06% en relación con la información de la UPI, la cual fue aclarada por la entidad fiscalizada.

Del cálculo realizado por la ASF de la RFP correspondiente al mes de agosto de 2002, que sirvió de base para calcular las participaciones correspondientes al mes de septiembre de ese mismo año, totalizó 66,865.4 millones de pesos que difiere en 1,191.2 millones de pesos de la integrada por la SHCP, la cual fue aclarada por la entidad fiscalizada. La SHCP autorizó a Petróleos Mexicanos (PEMEX) a compensar en el mes de agosto de 2002 el Impuesto sobre la Renta efectivamente retenido en el ejercicio fiscal de 2002 en ese mismo mes, por un monto de 653.6 millones de pesos, por primas pagadas o cedidas a la aseguradora Kot Insurance Company Limited, contra el derecho sobre la

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extracción de petróleo que ese organismo debía pagar durante el mismo año, sin que se hubiese proporcionado la evidencia documental que demuestre la forma en que se compensaron dichos recursos.

⎯ Acciones Promovidas. Se formuló una observación, que generó una

recomendación a la SHCP. La ASF, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales podrá requerir información complementaria o practicar auditorías, visitas o inspecciones a efecto de constatar el cabal cumplimiento de la acción promovida, o el ejercicio de cualquier otra acción legal que, en su caso, pudiera derivarse con motivo de la observación anteriormente señalada, conforme a lo dispuesto por el artículo 45, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. Ello sin perjuicio de que la entidad fiscalizada realice las acciones tendientes a la solventación de la misma.

⎯ Conclusiones de la ASF. Se comprobó que la SHCP y el SAT cumplieron con

sus responsabilidades establecidas en la normatividad aplicable y garantizaron con ello, la adecuada integración de la RFP. Sin embargo, no se proporcionó la evidencia documental que demuestre cómo se compensaron los recursos correspondientes a la autorización que otorgó la SHCP a PEMEX para compensar en el mes de agosto de 2002 el Impuesto sobre la Renta efectivamente retenido en el ejercicio de 2002 en el mismo mes, por 653.6 millones de pesos, por primas pagadas o cedidas a la aseguradora Kot Insurance Company Limited, contra el derecho sobre la extracción de petróleo que ese organismo debía pagar durante el mismo año.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. La determinación de la

Recaudación Federal Participable es una tarea fundamental, pues de ella depende el cálculo de los montos de recursos que se transfieren a las entidades federativas vía Ramo 28, Participaciones Federales, y algunos Fondos del Ramo 33, Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios. Si bien este tipo de auditorías permiten corroborar los cálculos que realiza la SHCP, también pueden hacerse cálculos precisos a partir de estudios de gabinete de manera permanente, con base en la información de esa dependencia. Sería recomendable que la ASF de seguimiento a este tipo de cálculos.

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1.8 SHCP. EVALUACION DE LAS CONTINGENCIAS FISCALES DERIVADAS DE OBLIGACIONES FINANCIERAS Y PASIVOS LABORALES A CARGO DE LOS GOBIERNOS ESTATALES

⎯ Objetivo. Determinar el monto de las contingencias fiscales que podrían generar

las obligaciones financieras y pasivos laborales de los gobiernos estatales, y estimar el riesgo de su materialización en obligaciones presupuestarias adicionales a cargo del Gobierno Federal.

⎯ Características. Dado el desconocimiento del monto de las obligaciones

contingentes que generan las deudas públicas y los sistemas de pensiones de las entidades federativas, se determinó la conveniencia de cuantificar dichos pasivos, así como su posible impacto en las finanzas públicas del Gobierno Federal. En lo relativo a la deuda de las entidades federativas y municipios registrada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se seleccionó la de los estados de Jalisco, México, Nuevo León, Sonora y el Distrito Federal, cuyos saldos acumulados representan el 78.4% del total de la deuda de 2002.

En relación con los pasivos laborales de estas instancias de gobierno, se revisaron al 100.0% las pensiones a partir de las cifras reconocidas por la SHCP en su “Diagnóstico Integral de la Situación de las Haciendas Públicas Estatales y Municipales”, que comprende a 29 sistemas de pensiones estatales vigentes hasta 1998, con 80,831 pensionados, y un déficit actuarial global de 74,422.0 millones de pesos constantes al 1 de enero de 1998, el cual se calculó para el periodo 1998-2020.

⎯ Resultados Relevantes. La deuda pública de entidades federativas y municipios

es deuda directa de esas entidades y su garantía de pago son las participaciones, con autorización de sus legislaturas locales. Su contratación sólo es legal dentro del territorio nacional, en moneda local, con personas físicas y morales nacionales y para fines de inversión productiva. En el periodo de 1998 a 2002, la deuda de entidades federativas y municipios y el Distrito Federal creció a una tasa media anual de 11.6%, situación que en el corto plazo no implica un riesgo de no pago, ya que los ingresos totales de las entidades (propios y federales) se elevaron a un ritmo superior al de la deuda (16.4%).

De las 31 Entidades Federativas y el Distrito Federal, este último y los estados de México, Jalisco, Nuevo León y Sonora participaron con el 78.4% del total de la deuda registrada. La deuda de las cinco entidades federativas analizadas (Distrito Federal, México, Jalisco, Nuevo León y Sonora) en el corto plazo no demandará recursos presupuestales para cubrir el servicio. Las leyes sobre pensiones vigentes para las cuatro entidades federativas analizadas (México, Sonora, Jalisco y Nuevo León) reconocen la obligatoriedad de cada entidad de otorgar pensiones a los trabajadores sujetos a una relación laboral con dichas entidades, bajo diversos esquemas de prestación de beneficios.

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Al no contar con información relativa de los 34 sistemas de pensiones estatales, no fue posible estimar su balance actuarial y el impacto fiscal para las finanzas públicas federales. De la información disponible y no actualizada, se desprende que 29 sistemas de pensiones estatales muestran una situación deficitaria y se estiman erogaciones presupuestales para cubrir dicho déficit.

⎯ Conclusiones ASF. Del análisis efectuado al comportamiento del saldo y el

servicio de la deuda de las cinco principales entidades federativas con mayor participación en la deuda pública estatal en el periodo 1998-2002, se desprende que tanto el saldo como el servicio no representan en el corto plazo riesgo de no pago ya que sus ingresos propios y participaciones federales han tenido una tasa de crecimiento superior al del saldo y el servicio de la deuda. Por su parte, en materia de pensiones no existe información actualizada y por lo tanto no es posible determinar el impacto de esas erogaciones sobre las finanzas públicas federales.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Se comparte la

conclusión con la ASF y se sugiere realizar estudios periódicos sobre la evolución de la deuda de las entidades federativas, e efecto de monitorear posibles presiones a las finanzas locales.

1.9 SHCP. ANÁLISIS DEL DESTINO DE LOS FINANCIAMIENTOS INTERNOS Y

EXTERNOS CONTRATADOS POR EL GOBIERNO FEDERAL EN 2002

⎯ Objetivo. Verificar que los recursos financieros obtenidos en 2002 se destinaron de conformidad con los criterios que establece la normatividad aplicable.

⎯ Características de la Revisión. De los cuatro destinos generales que el artículo

73, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece para la deuda pública, la ASF analizó y evaluó únicamente el relativo a los recursos crediticios que se canalizan a los sectores productivo y social, en razón del impacto que éstos generan en la actividad económica y el empleo; y porque en estricto sentido, la deuda que se contrata para este propósito es la única que debe cumplir con el conjunto de las disposiciones dispuestas en el artículo 4 de la Ley General de Deuda Pública (LGDP).

⎯ Resultados Relevantes. De la revisión al marco jurídico que define el destino de

los financiamientos internos y externos que constituyen la deuda pública, se desprende que tanto la Constitución como la Ley General de Deuda Pública (LGDP) emplean una terminología diferente, lo que propicia una interpretación ambigua sobre una de las principales características que debe cumplir el crédito.

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El marco legal que fija el destino de los recursos crediticios con fines de inversión productiva no concuerda con las condiciones prevalecientes actualmente en los mercados financieros, en términos de la gran diversidad de instrumentos disponibles, cuyas características por tratarse en su gran mayoría de títulos, impiden de origen verificar el destino de los recursos involucrados; y por otra parte, al asignar las atribuciones de supervisión y vigilancia de los financiamientos a distintas instancias, se introduce un elemento de dispersión de responsabilidades, lo que conlleva a que éstas se diluyan y evidentemente se dificulte la transparencia en la rendición de cuentas. En 2002, la mayor parte del endeudamiento interno del Gobierno Federal se dirigió al refinanciamiento de la deuda, las principales fuentes crediticias utilizadas para tal fin fueron los Certificados de la Tesorería (CETES) y los Bonos de Desarrollo (BONDES); en tanto que los Bonos de Desarrollo a tasa fija y “otros financiamientos” se utilizaron para complementar el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002 (PEF). Los recursos para tal fin ascendieron a 156,891.4 millones de pesos, cifra que representó 10.6% del gasto neto presupuestario total.

El endeudamiento externo bruto del Gobierno Federal en 2002 ascendió a 5,577.3 millones de dólares, 5.0% del total del endeudamiento, monto menor al observado en años anteriores, del cual 71.7% se obtuvo mediante bonos y pagarés y se destinó al refinanciamiento de la deuda a fin de mejorar su perfil; el restante 28.3% provino de organismos financieros internacionales, para financiar programas y proyectos relacionados con las dependencias del Gobierno Federal.

La información de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2002 (CHPF) difiere de la proporcionada por la Dirección General Adjunta de Deuda Pública (DGADP) en 11,425.4 millones de pesos. Para explicar esta diferencia, se seleccionaron cinco de un total de 22 contratos de crédito que amparan dicho monto, los cuales representan 57.6% de ese total. La razón primordial radica en el hecho de que en la CHPF tres contratos se registraron con dígito 1 “Recursos fiscales” los fondos procedentes de los organismos financieros internacionales y no con dígito 2 “Gasto financiado con recursos provenientes de organismos e instituciones financieras internacionales”, dado que así se estableció en el PEF del año en estudio.

⎯ Acciones Promovidas. De la revisión practicada se derivaron cuatro

observaciones, las cuales generaron tres acciones promovidas que corresponden a recomendaciones de carácter preventivo.

⎯ Conclusiones de la ASF. En órgano fiscalizador concluye del estudio realizado

que se detectó que la normatividad vigente en materia de deuda pública y las características actuales de los instrumentos de deuda pública impiden conocer el

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destino final, en términos de programas, actividades y proyectos, no permiten evaluar el impacto que tiene la deuda pública en los ámbitos económico y social, por lo que el ente deberá desarrollar mejores prácticas gubernamentales.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. En los Criterios de

Política Económica se estableció que debido al entorno internacional adverso que se preveía, en materia de deuda externa las acciones del sector público se concentrarían, fundamentalmente, en buscar el refinanciamiento de los pasivos públicos externos en las mejores condiciones de plazo y costo, aprovechando a la vez oportunidades para capturar descuentos sobre nuestra deuda y liberar garantías, por lo que se propuso un techo nulo de endeudamiento externo neto del sector público en 2002. Con ello, se proyecto cubrir el déficit en su totalidad con recursos provenientes del mercado interno.

El programa de colocaciones para el 2002 contempló continuar con las acciones tendientes a ampliar gradualmente la curva de rendimiento de largo plazo en el mercado nacional, e incrementar el plazo promedio de vencimiento de las obligaciones gubernamentales. Se comparte la opinión de la ASF en este sentido.

1.10 SHCP. EVALUACIÓN DEL EJERCICIO DEL SECTOR PÚBLICO PRESUPUESTARIO EN EL EJERCICIO 2002

⎯ Objetivo. Comprobar si las principales variaciones que se registraron en el gasto

programable (corriente y de capital) y en el gasto no programable del sector público presupuestario en 2002, así como las adecuaciones presupuestarias, se realizaron de conformidad con la normatividad establecida.

⎯ Características de la Revisión. Se revisó el 100.0% de los registros

presupuestarios de los conceptos que integran el gasto neto total del Gobierno Federal y de las entidades de control presupuestario directo, que se reportaron en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2002, y en las adecuaciones presupuestarias proporcionadas por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

⎯ Resultados Relevantes. Con la revisión practicada se determinó que en 2002,

el sector público presupuestario registró un déficit mayor que el aprobado por el H. Congreso de la Unión en 0.71 puntos porcentuales del PIB, con motivo de los menores ingresos presupuestarios y por el significativo incremento del gasto neto, derivado de la liquidación del Banco Nacional de Crédito Rural S.N.C. (BANRURAL) y la creación de la Financiera Rural. Sin considerar la liquidación del BANRURAL ni la creación de la Financiera Rural, el monto del déficit presupuestario habría sido inferior en 13.0% en relación con lo estimado.

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Las cifras del gasto neto total del sector público presupuestario reportadas en la Cuenta Pública, se integraron de conformidad con la metodología proporcionada por la Unidad de Contabilidad Gubernamental e Informes sobre la Gestión Pública. La mayor parte de las dependencias y entidades cumplieron con la normatividad que les permite realizar modificaciones presupuestarias. Las reducciones por concepto de ajustes presupuestarios, medidas de ahorro y por el Programa de Retiro Voluntario en el gasto corriente y de capital se aplicaron de conformidad con lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002 y en el Acuerdo que Establece las Disposiciones de Ahorro en la Administración Pública Federal para el Ejercicio Fiscal 2002. Los montos de las modificaciones presupuestarias reportados en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los registros de la SHCP (Unidad de Política y Control Presupuestario y Direcciones Generales de Programación y Presupuesto A y B) presentaron diferencias. Asimismo, los ramos que presentaron diferencias en el monto de las modificaciones presupuestarias fueron el Poder Legislativo, el Instituto Federal Electoral y el Poder Judicial; porque no las informaron a la Unidad de Política y Control Presupuestario, y en el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal vigente en 2002 no se señala esta obligación para los poderes ni para las entidades autónomas.

El gasto neto total del sector público presupuestario, sin considerar la liquidación del BANRURAL y la creación de Financiera Rural, fue menor en 2.0% respecto de lo autorizado debido a la disminución registrada en el gasto no programable (7.2%), ya que el programable creció (0.2%). La disminución del gasto neto total del sector público presupuestario en 2002 se explica principalmente por las economías presupuestarias. De la revisión de la ASF se desprende que el menor gasto respecto a lo programado se asoció a las economías (recursos no ejercidos), de las cuales en el gasto programable se debieron en un 38.5 por ciento a la aplicación de medidas de disciplina y ahorro presupuestarios, en 25 por ciento a una inadecuada programación de recursos presupuestales y en 36.5 por ciento a causas externas a la gestión gubernamental. En el caso del gasto no programable, en donde se ejercieron 31 mil 387.9 millones de pesos menos de lo programado, 26 mil 641.6 millones correspondieron a menores pagos de intereses, comisiones y gastos de la deuda pública, 4 mil 283.1 millones a las participaciones federales a estados y municipios, y 1 mil 395.6 millones a los programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca. Adefas reportaron un registro superior a lo programado en 932.4 millones de pesos. Llama la atención que varios de los ramos de la administración pública federal no ejercieron la totalidad de los recursos autorizados, lo que generó economías, de las cuales la Cuenta Pública no señala el monto que de ellas se integra en las disponibilidades ni su destino. En el caso de las economías en gasto corriente, la

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ASF señala que el 41.6 por ciento se asoció a medidas de disciplina presupuestaria y ahorros, 29.8 por ciento a una inadecuada programación de los recursos, 2.6 por ciento a problemas en licitaciones, y el resto a otras causas, ramos y entidades no seleccionadas para la explicación de las economías. La ASF destaca que en la inadecuada programación de los recursos, existieron casos donde se otorgaron ampliaciones netas, pero no se ejerció ni siquiera el presupuesto original; en otros, se otorgaron ampliaciones netas y éstas no fueron utilizadas total o parcialmente, y en otros más, que registraron reducciones netas en su presupuesto autorizado, se presentaron economías. La ASF encontró que las secretarías del Trabajo y de Medio Ambiente registraron economías en programas financiados con crédito externo (generan intereses aun cuando no se utilicen los recursos), debido a que la SHCP les congeló parte de los recursos disponibles porque hasta el mes de septiembre no habían ejercido una suma importante de ellos. Asimismo, CFE, PEMEX, LyFC, y el ISSSTE ejercieron recursos presupuestarios no autorizados, incumpliendo disposiciones de Ley.

⎯ Acciones Promovidas. Se generaron nueve observaciones que derivaron en

igual número de acciones promovidas, de las cuales tres fueron de tipo preventivo (recomendaciones) para la dependencia fiscalizada y seis de tipo correctivo (solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control).

⎯ Conclusiones ASF. De la evaluación efectuada al gasto neto del sector público

presupuestario en el ejercicio 2002, la ASF determinó que con la información de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2002, y con la documentación proporcionada, se integraron y analizaron los componentes y las causas que explican la variación del gasto. De manera adicional la ASF opinó que sin considerar la liquidación de BANRURAL y la creación de la Financiera Rural, el gasto neto del sector público presupuestario registró un subejercicio, debido principalmente a las economías que registraron las dependencias y entidades de control presupuestario directo, y una de las causas que dieron origen a éstas fue la inadecuada programación de los recursos, debido a que la SHCP no cuenta con un mecanismo de control en la programación presupuestaria que permita detectar los recursos autorizados no ejercidos, y que éstos a su vez puedan reasignarse a programas prioritarios. Asimismo, algunas entidades de control presupuestario directo registraron sobregiros presupuestarios y las modificaciones presupuestarias se realizaron de conformidad con la normatividad establecida.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Indudablemente, el

espíritu de esta auditoría es de gran valía para conocer el grado de eficiencia con que se ejercen los recursos públicos; de ahí la importancia de evaluar las razones de las economías y de conocer el destino de esos recursos. En un

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escenario de astringencia presupuestal, resulta cuestionable el hecho de no utilizar los recursos solicitados y aprobados, por lo que deberá valorarse la orientación de las observaciones para que en función de las facultades que tiene la ASF, se finquen directamente las responsabilidades que procedan conforme a derecho.

En razón del enfoque y utilidad de esta auditoría, se considera conveniente que se incluya de manera permanente en el programa de revisiones de la ASF, buscando ampliarla no sólo a las clasificaciones económica y administrativa, sino también a la funcional. Junto a ello, es necesario profundizar en el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas más importantes de la administración pública federal, así como en las causas de las desviaciones registradas. Igualmente, será muy útil que esta auditoría incorpore una evaluación sobre el nivel de cumplimiento del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, incluidos los compromisos expresamente señalados en materia de información y aplicación de recursos. De esta manera podría avanzarse en una mayor vinculación entre Presupuesto y Cuenta Pública y en la verificación sobre los recursos y las metas asociadas.

1.11 SHCP. RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR APROVECHAMIENTOS POR

RECUPERACIONES DE CAPITAL "OTROS", PROVENIENTES DEL FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE LOS INGRESOS PETROLEROS (FEIP)

⎯ Objetivo. Corroborar que los ingresos reportados en el Informe de Avance de

Gestión Financiera correspondientes al primer semestre de 2002, por concepto de Aprovechamientos por Recuperaciones de Capital "Otros" provenientes del FEIP se captaron y registraron correctamente en su contabilidad, y que las operaciones de constitución del citado Fondo, los intereses generados, la contratación de coberturas petroleras y los traspasos a la cuenta "Aprovechamientos por Recuperación de Capital, Otros, no Especificados", por 8 mil millones de pesos, fueron realizados de conformidad con la normatividad aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se revisó el monto de los aprovechamientos

obtenidos por concepto de Recuperación de Capital “Otros” reportado en el Informe de Avance de Gestión Financiera de 2002, por 15 mil 361.3 millones de pesos, así como la constitución del FEIP, los intereses generados, las operaciones de la contratación de coberturas petroleras, y otros movimientos, además del traspaso de 8 mil millones de pesos a la cuenta “Aprovechamientos por Recuperación de Capital, Otros, no Especificados”.

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⎯ Resultados Relevantes. El patrimonio del FEIP por 9 mil 455.1 millones de pesos se conformó por 9 mil 133.2 millones de pesos de aportaciones y 321 millones 874.2 miles de pesos de los rendimientos de enero a marzo de 2001, y cumplió con el artículo 35, fracción I, inciso e, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000. Al 20 de diciembre se habían asegurado 200 millones de barriles con una erogación de 219.9 millones de dólares, monto equivalente a 2 mil 029.6 millones de pesos, que correspondió al 21.5% del patrimonio inicial del FEIP; el monto erogado estuvo dentro del rango autorizado por el Comité .

El Comité Técnico del FEIP decidió continuar con la contratación de coberturas petroleras en la segunda etapa, para llegar a 200 millones de barriles, sin considerar las alternativas tercera y cuarta presentadas en el documento “Estrategias de Cobertura Petrolera” de fecha 28 de noviembre de 2001. En el ejercicio de 2001 y el primer semestre de 2002 no se hicieron aportaciones al FEIP debido a que no se obtuvieron ingresos excedentes. El Comité Técnico carece de información; y en particular, del documento de cierre de la contratación de instrumentos de coberturas petroleras y de los informes semanales que debió presentar el Banco de México, en infracción del artículo tercero, numeral 6, fracción I, del Acuerdo por el que se expiden las Reglas de Operación del FEIP.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon cuatro observaciones que generaron

cuatro acciones promovidas, de las cuales dos corresponden a recomendaciones para fortalecer el control interno y las dos restantes a solicitudes de aclaración.

⎯ Conclusión ASF. De las 4 acciones promovidas, 3 ya fueron atendidas (02-

06100-2-025-01-001; 02-06100-2-025-01-002 y 02-06100-2-025-03-002) y la solicitud de aclaración 02-06100-2-025-03-001 quedó con respuesta insuficiente, debido a que la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público de la SHCP no ha aclarado plenamente los criterios por los cuales decidió seguir contratando coberturas petroleras en la segunda etapa hasta llegar a 200 millones de barriles.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. La creación de fondos

de contingencia, como el Fondo Petrolero, representan un sólido instrumento para prevenir situaciones desfavorables cuando los precios del energético enfrentan caídas abruptas. El mantener una reserva de recursos representa una garantía para que, de presentarse esas situaciones, no se afecte el presupuesto de egresos a través de recortes al gasto público, como ocurrió en 2001. La experiencia internacional demuestra que diversos países cuyos ingresos fiscales dependen en buena medida de algún producto, operan este tipo de fondos para prevenir escenarios de crisis, tales son los casos del fondo para la estabilización

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del cobre en Chile o el fondo petrolero en Noruega, entre otros. Sin embargo, para que estos instrumentos consigan los objetivos para los que fueron creados, se requiere de reglas de operación claras y firmes que garanticen el uso de los recursos para los fines previstos, y se evite su utilización a otros ámbitos. De ahí que sea sumamente relevante el que la SHCP aclare perfectamente los criterios por los cuales decidió seguir contratando coberturas petroleras.

1.12 EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 3000 "SERVICIOS

GENERALES"

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado a la Dirección General de Crédito Público de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el capítulo 3000 "Servicios Generales" se ejerció y registró conforme a los montos autorizados y a las disposiciones legales y normativas aplicables.

⎯ Características de la Revisión. La Dirección General de Crédito Público ejerció

66 millones 270 mil pesos en el capitulo 3000 “Servicios Generales”, de los cuales se revisaron 62 millones 452.5 mil pesos, que representaron el 94.2% del total ejercido en el capítulo con cargo a la partida 3826 “Cuotas a Organismos Internacionales”.

⎯ Resultados Relevantes. Las Direcciones Generales de Programación,

Organización y Presupuesto, y de Crédito Público, cuentan con los Manuales de Organización y de Procedimientos vigentes para el 2002. Las cifras del presupuesto autorizado, modificado, ejercido y por ejercer, fueron correctamente registradas y las adecuaciones presupuestarias se respaldaron con los oficios autorizados correspondientes. La programación de los recursos, se realizó considerando el pago de cuotas atrasadas a organismos internacionales y las correspondientes al ejercicio de 2002; las reducciones, se justificaron por los recortes presupuestales derivados de las disposiciones de ahorro; y los recursos por ejercer, se tienen previstos para liquidar saldos de ejercicios anteriores y cuotas de 2002 a diversos organismos internacionales.

⎯ Conclusiones de la ASF. La auditoría comprendió la revisión de la

documentación, normatividad e información que sustenta las operaciones que realizaron las Direcciones Generales de Programación, Organización y Presupuesto y la de Crédito Público, respecto de las aportaciones realizadas a Organismos Internacionales. La Dirección General de Crédito Público realizó las aportaciones a Organismos Internacionales con apegó a los convenios previamente elaborados y éstas se registraron en las partidas que para el efecto establece el clasificador por objeto del gasto.

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De la evaluación a los resultados de la auditoría practicada a la Dirección General de Crédito Público, se concluye que en lo general cumplió con el objetivo del área estratégica de rendición integral de cuentas, pues se verificó que las operaciones realizadas se hubiesen efectuado conforme a los sistemas de control administrativos aprobados y que las aportaciones se otorgaran a los Organismos Internacionales de acuerdo con los convenios previamente establecidos.

1.13 SUBSIDIOS DESTINADOS A LA ATENCIÓN DE DESASTRES NATURALES

CAUSADOS POR EL HURACÁN ISIDORE EN EL ESTADO DE YUCATÁN

⎯ Objetivo. Comprobar que los recursos aportados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Fideicomiso del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), al fideicomiso estatal del Gobierno del estado de Yucatán, para la atención de los desastres naturales causados por el huracán Isidore, se ejercieron y registraron conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas.

⎯ Características de la Revisión. Se revisó el trámite de la solicitud, autorización

y ministración de los recursos, con cargo en el fideicomiso FONDEN, para la atención de los desastres naturales provocados por el huracán Isidore. También se revisó el proceso de programación y calendarización de los recursos que el Gobierno del estado de Yucatán se comprometió aportar al fideicomiso estatal.

Asimismo, de un total de 195 procedimientos de adjudicación celebrados para la adquisición de materiales de construcción y servicios de asesoría especializada para la reparación de daños en materia de vivienda, se revisaron 6 licitaciones públicas y 10 invitaciones a cuando menos tres personas que ascendieron a 466,576.1 miles de pesos y que representaron el 65.3% del monto total adjudicado al 31 de agosto de 2003.

⎯ Resultados Relevantes. Al cierre del ejercicio presupuestal de 2002 no se

habían erogado recursos con cargo en el fideicomiso estatal. Los trámites de solicitud, autorización y ministración de los recursos con cargo en el FONDEN se realizaron en tiempo y forma. De las aportaciones realizadas en especie por el Gobierno del estado de Yucatán, por 21 millones 428.6 mil pesos, y que correspondieron al Programa de Empleo Temporal Emergente, no se presentó evidencia del análisis y aprobación del Grupo Permanente de Trabajo del Programa de Empleo Temporal. Asimismo, se detectaron comprobantes con fechas anteriores al desastre natural y otros no cuentan con requisitos fiscales.

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Al 31 de agosto de 2003 se programó realizar 40,650 acciones, equivalentes al 48.7% del total de acciones autorizadas por la CIGF; sin embargo, a esa misma fecha, únicamente se habían realizado 19,790 acciones.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon 11 observaciones que generaron 17

acciones promovidas, de las cuales 9 son recomendaciones para fortalecer los sistemas de control interno; corregir las deficiencias administrativas; promover el cabal cumplimiento de las disposiciones normativas; aumentar la productividad y fortalecer y mejorar los registros presupuestarios y contables, 7 son solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control para que, en uso de sus atribuciones, amplíe la revisión, evalúe y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo de responsabilidades correspondiente, y 1 es una solicitud de aclaración.

⎯ Impacto Económico y/o Social. Es probable la recuperación de 22 millones 429

mil pesos por los pagos realizados aun cuando no se encontró evidencia de los reportes de recepción y entrega de materiales a los beneficiarios, por los comprobantes que presentan fechas anteriores al desastre natural y por los que no cuentan con requisitos fiscales.

⎯ Comentarios del Ente Fiscalizado. Las observaciones plasmadas en el

documento dado al final de la confronta, reflejan lo evaluado pero debiera considerarse que son el resultado de un programa iniciado y desarrollado en una situación de emergencia, sin antecedentes en nuestro estado en cuanto al número de acciones y su dispersión geográfica, durante el cual fue muy difícil mantener un orden total para arrancar la vuelta a la normalidad del estado, en relación a otros programas desarrollados con disponibilidad de infraestructura y recursos en condiciones regulares. No fue fácil aplicar las reglas del programa, en la situación que se experimentó.

⎯ Conclusión ASF. El manejo y operación de los recursos financieros ministrados

por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Fondo de Desastres Naturales al Fideicomiso Estatal del Gobierno del Estado de Yucatán para la atención de los desastres naturales causados por el huracán Isidore, se desarrollaron de conformidad con las diversas disposiciones normativas establecidas; sin embargo, el Censo de Beneficiarios correspondiente al Programa de Reconstrucción de Vivienda no concuerda con lo aprobado por la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento.

Además, en relación con la atención de los damnificados del huracán, al 31 de agosto de 2003 se había programado realizar 40,650 acciones, equivalentes al 48.7% del total de acciones autorizadas por la CIGF, pero a esa misma fecha únicamente se habían realizado 19,790 acciones.

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1.14 SUBSIDIOS DESTINADOS A LA ATENCIÓN DE DESASTRES NATURALES CAUSADOS POR EL HURACÁN KENNA EN EL ESTADO DE JALISCO

⎯ Objetivo. Verificar que los recursos aportados por la SHCP a través del Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales, Programa de Empleo Temporal Emergente, Fideicomiso Federal del Gobierno del Estado de Jalisco y Programa de Apoyo Ordinario a Productores Agropecuarios para la atención de los Desastres Naturales causados por el Huracán Kenna, se ejercieron y registraron conforme a los montos aprobados y de acuerdo a las disposiciones legales y normativas.

⎯ Características de la Revisión. La delegación SEDESOL en Jalisco, ejerció

7,680 miles de pesos, correspondientes al Programa de Empleo Temporal, que representaron el 100 % del presupuesto total ejercido, recursos que se autorizaron y se aprobaron en lo municipios de Puerto Vallarta, Tomatlán, La Huerta, Cihuatlán y Cabo Corrientes del estado de Jalisco de acuerdo con la publicación en el DOF del 31 de diciembre de 2002 de la “Declaratoria de Desastre Natural para efectos de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) vigentes, en virtud de los daños provocados por las lluvias atípicas e impredecibles que se presentaron del 24 al 26 de octubre de 2002, ocasionados por la presencia del huracán Kenna en diversos municipios del estado de Jalisco.

Cabe señalar que del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) no se revisaron operaciones, ya que en el ejercicio de 2002 no se recibieron ni ejercieron recursos por esta entidad Federativa; las asignaciones fueron recibidas hasta el ejercicio fiscal de 2003, por el Gobierno de estado de Jalisco, a través de la Delegación Estatal del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C.

⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. Existe una diferencia por 2,588.7 miles

de pesos entre las cifras reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2002 con las consignadas en el cierre de ejercicio de la Delegación Sedesol Jalisco (DSJ). Se liberaron recursos por 7,680.0 miles de pesos que no habían sido comprobados al 31 de diciembre de 2002. Se efectuaron reintegros extemporáneos a la TESOFE por 2,257.0 miles de pesos; además, recursos por 314.2 miles de pesos, no habían sido reintegrados a la fecha de la auditoría (septiembre 2003) por parte del municipio de Cihuatlán. El Programa de Empleo Temporal Emergente no cumplió con su objetivo, en virtud de que en los municipios declarados como zona de desastre, en algunos casos las obras y acciones ya se estaban realizando antes del paso del huracán Kenna; otras se realizaron durante los primeros meses de 2003 y otras, a la fecha (septiembre 2003), aún no se habían concluido.

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Sólo se utilizó la figura del comité de beneficiarios para obtener los recursos. Diversas obras modificaron las especificaciones técnicas sin la autorización de la DSJ; se realizaron préstamos por 1,710.6 miles de pesos quedando pendientes de reintegrar 817.3 miles de pesos. Se pagaron 1,807.4 miles de pesos que no cuentan con documentación comprobatoria del gasto; asimismo, pólizas que no indican el concepto de pago. Se detectaron irregularidades en pagos y modificaciones en obras no autorizadas.

⎯ Acciones Promovidas. Se generaron 4 observaciones, que generaron trece

acciones promovidas, de las cuales 3 son recomendaciones con objeto de fortalecer el control interno, una Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal. Asimismo, se emitieron 8 Solicitudes de Intervención al Órgano Interno de Control para que actúe en el ámbito de sus atribuciones en coordinación con el del gobierno del estado de Jalisco y se elaborará un Pliego de Observaciones.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. Cinco obras por 285.6 miles de pesos no se

concluyeron en su totalidad Recursos no comprobados por 2,168.7 miles de pesos. Préstamos por 817.3 miles de pesos que no fueron reintegrados a la cuenta bancaria. Se realizó el pago del Impuesto al Valor Agregado a Ferrepacífico Corporation S.A., por 48.0 miles de pesos correspondientes a 33 facturas por 458.4 miles de pesos que un proveedor proporcionó únicamente con el propósito de comprobar la adquisición de material ante la Delegación SEDESOL en Jalisco. Se pagaron facturas por 182.5 miles de pesos a un contratista, de una obra que no se realizó. Facturas por 114.3 miles de pesos que un municipio presentó como documentación comprobatoria ante la Delegación SEDESOL en Jalisco; sin embargo no se identificó su pago en la cuenta bancaria. Facturas improcedentes por 341.6 miles de pesos.

⎯ Conclusión de las ASF. En relación con el ejercicio del gasto del Programa de

Empleo Temporal Emergente, se constató que las unidades ejecutoras y los municipios de la Huerta, Cuihutlán, Tomatlán y Cabo Corrientes del Estado de Jalisco, así como la Delegación SEDESOL en Jalisco, incurrieron en diversos incumplimientos del PEF para el ejercicio 2002; del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, del Reglamento de la Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación, de la Reglas de Operación del Programa de Empleo Temporal para el ejercicio fiscal 2002, y de los Lineamientos Específicos, año 2002 para el ejercicio de los programas para el Desarrollo Social y Humano, emitidos a la subsecretaría de Desarrollo Social y Humano de la SEDESOL; ya que se liberaron, recursos que no fueron comprobados , se efectuaron reintegros extemporáneos, se observó falta de documentación comprobatoria y documentación no procedente, obras que no se concluyeron en su totalidad, se realizaron préstamos que no han sido recuperados y se aplicaron recursos para fines distintos a los autorizados.

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⎯ Comentarios del Ente Fiscalizado. Servidores públicos del Gobierno del Estado de Yucatán y de la Delegación SESESOL en el estado, comentaron que las observaciones y recomendaciones plasmadas en el documento dado al final de la confronta, reflejan lo evaluado pero debiera ser considerado que son el resultado de un programa iniciado y desarrollado en una situación de emergencia, sin antecedentes en el estado en cuanto el número de acciones y su dispersión geográfica, durante la cual fue muy difícil mantener un orden total para arrancar la vuelta a la normalidad del estado, en relación con otros programas desarrollados con disponibilidad de infraestructura y recursos en condiciones regulares. No fue fácil aplicar las reglas del programa, en la situación que se experimentó.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Al igual que ocurre en otras auditorías, pese a las numerosas irregularidades detectadas, la ASF considera que en términos generales la entidad fiscalizada, observó la normativa en la materia, por lo que se considera que atiende, el Área Estratégica de Rendición de Cuentas, como lo establece la visión estratégica de la ASF. Si bien estos recursos se ejercen en situaciones de emergencia, su misma naturaleza obligan a mantener controles sólidos que eviten su desviación, resulta cuestionable que casos como los préstamos para pago de nómina no hayan sido recuperados. Es pertinente considerar que la ASF actúe directamente para fincar las responsabilidades que correspondan.

1.15 EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

⎯ Objetivo. Evaluar la razonabilidad de la información que genera la contabilidad gubernamental de las dependencias y entidades y que es utilizada para la integración de los diversos informes que se presentan, en el transcurso del año, sobre el comportamiento financiero del Gobierno Federal.

⎯ Características de la Revisión. Se revisó la existencia de manuales de

organización y de procedimientos de la Unidad de Contabilidad Gubernamental e Informes sobre la Gestión Pública (UCGIGP) actualizados y autorizados. Se llevaron a cabo visitas domiciliarias a dependencias con el propósito de revisar el registro contable y presupuestal de sus operaciones y la preparación de informes financieros, correspondientes al ejercicio presupuestal de 2002, conforme a las disposiciones emitidas por la SHCP. Asimismo, se evaluaron los resultados de auditoría relativos al cumplimiento de los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental.

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⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. La ASF constató que la información que generó la contabilidad gubernamental de las dependencias y entidades en 2002 sirvió como base para elaborar la CHPF del ejercicio 2002 y el Informe de Avance de Gestión Financiera; asimismo, se constató que la UCGIGP a través del “Catalogo de Formatos e Instructivos” implementó los formatos para recabar dicha información. Lo anterior se ajustó a lo dispuesto en el artículo 122 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Se constató que los procedimientos “Integración de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal”, “Integración del Análisis de Resultados Generales de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal” e “Integración del Informe de Avance de Gestión Financiera”, cumplieron con los atributos básicos de control. Asimismo, se constató que las dependencias y entidades remitieron a la UCGIGP debidamente validada la información requerida. En el registro contable de las operaciones que efectuaron algunas entidades se observaron incumplimientos de los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon cinco observaciones que generaron cinco acciones promovidas, que corresponden a igual número de recomendaciones encaminadas a propiciar el cumplimiento de las disposiciones normativas, a fortalecer los sistemas de control interno y mejorar los registros presupuestarios y contables.

⎯ Conclusiones de la ASF. Se considera que, en términos generales, la entidad fiscalizada (SHCP) tiene establecidos procedimientos adecuados para la integración de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio 2002 y del Informe de Avance de Gestión Financiera; que elabora y difunde disposiciones normativas en materia presupuestal y contable a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Sin embargo, se observó que las cifras de las cuentas patrimoniales (cuentas de activo, pasivo y capital) que registraron y reportaron a la SHCP las dependencias y entidades que conformaron la muestra seleccionada por la ASF con motivo de esta auditoría, presentaron irregularidades, tales como omisiones de registros contables, falta de depuración de cuentas, registro de operaciones contables después de la fecha de su realización, entre otras.

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2. BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS. SEGUIMIENTO AL PROCESO DE TRANSFORMACIÓN DEL PATRONATO DEL AHORRO NACIONAL EN EL BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS

El Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, tiene por objeto promover el ahorro, el financiamiento y la inversión entre los integrantes del Sector, ofrecer instrumentos y servicios financieros entre los mismos, así como canalizar apoyos financieros y técnicos necesarios para fomentar el hábito del ahorro y el sano desarrollo del Sector y en general, al desarrollo económico nacional y regional del país.

⎯ Objetivo. Comprobar que las operaciones para la transformación del Patronato del Ahorro Nacional (PAHNAL) en el BANSEFI, se realizaron de conformidad con la legislación y normativa vigente.

⎯ Características de la revisión. Se practicó una auditoría Especial que

comprendió el proceso de transformación del PAHNAL en el BANSEFI; la aplicación del marco jurídico; las actas del Consejo Directivo del BANSEFI; la aprobación del Programa de Ahorro; la inversión del banco para los servicios de transferencias electrónicas de fondos; el contrato de compraventa y convenio modificatorio del inmueble “La Alpina”; el status del inmueble ubicado en Av. Paseo de la Reforma en la ciudad de México, propiedad del banco; los estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2002 del BANSEFI; los estados financieros mensuales de enero a octubre de ese mismo año; la aprobación de sus sistemas operativos, de procesamiento de información, y de control interno y los manuales de organización y operación; la conformación del capital social del banco; y la autorización de las Reglas de Operación de los diversos planes de ahorro e instrumentos de captación del BANSEFI.

⎯ Resultados Relevantes. Con la revisión especial practicada se determinó que

el BANSEFI presentó en forma extemporánea a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), los estados financieros mensuales aprobados por su Consejo Directivo durante el ejercicio de 2002, en infracción del artículo 38, fracción II, del Reglamento de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en materia de inspección, vigilancia y contabilidad, y lo dispuesto en la circular núm. 1410 del 22 de julio de 1998 emitida por la CNBV.

Se constató que la adquisición del inmueble denominado “La Alpina” se ajustó a lo estipulado en el contrato de promesa de compraventa y al convenio modificatorio, la cual contó con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y del Consejo Directivo del BANSEFI.

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Se comprobó que el capital social de la institución estaba representado por 660,000 certificados de aportación patrimonial integrados por 435,600 de la serie “A” y 224,400 de la serie “B, con un valor nominal de 1.0 miles de pesos cada uno, los cuales quedaron suscritos y pagados por el Gobierno Federal de conformidad con lo establecido en el decreto de transformación.

⎯ Acciones Promovidas. Se formuló una observación, que generó una acción

promovida, la cual corresponde a una recomendación para el BANSEFI.

⎯ Conclusión ASF. La ASF concluye que como consecuencia de la revisión, se determinó que el BANSEFI cumplió con lo dispuesto en la legislación y normativa relativa al decreto por el que se transforma el PAHNAL, organismo descentralizado del Gobierno Federal en el BANSEFI.

⎯ Comentario UEC. El principal objetivo de la transformación del Patronato del

Ahorro Nacional en el Banco Nacional de Servicios Financieros, fue el de proveer desarrollo tecnológico, capacitación y asistencia técnica a los organismos y entidades de ahorro popular “cajas de ahorro”, como consecuencia de la crisis observada por este sector entre 1999 y 2001 y que tuvo como consecuencia el quebranto de muchas de ellas.

Por lo anterior, se considera que en la revisión al Bansefi se debió considerar el cumplimiento de ese objetivo y el impacto que ha tenido la creación de esta entidad en el segmento del ahorro popular y de las cajas de ahorro.

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3. BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C. (BANCOMEXT) EVALUAR LAS POLÍTICAS DE OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS Y DE ASISTENCIA TÉCNICA

El Banco Nacional de Comercio Exterior, como institución de banca de desarrollo, tiene por objeto financiar el comercio exterior del país, así como participar en la promoción de dicha actividad.

⎯ Objetivo. Evaluar la eficacia, eficiencia y economía con que el BANCOMEXT, como institución financiera de banca de desarrollo, cumplió con su objeto de facilitar el acceso al financiamiento y proporcionar asistencia técnica a las personas físicas y morales dedicadas a la preexportación, exportación, importación y sustitución de importaciones de bienes y servicios; y preservó y mantuvo su capital, garantizando la sustentabilidad de sus operaciones, mediante la canalización eficiente, prudente y transparente de los recursos, y conforme al marco legal aplicable y a las sanas prácticas y usos bancarios; así como determinar el impacto de sus acciones en el comercio exterior del país.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de desempeño que se

enfocó en la revisión y análisis documental de la totalidad de los apoyos financieros y de la asistencia técnica otorgados por BANCOMEXT durante el periodo 1998-2002 a las empresas (personas físicas y morales) dedicadas a las distintas fases del comercio exterior de bienes y servicios; así como en la evaluación del desempeño del banco en términos de su situación financiera y su capacidad para procurar la sustentabilidad de sus operaciones; de la observancia del marco legal aplicable y las sanas prácticas y usos bancarios; y de la determinación de su presencia e impacto en el comercio exterior del país. En el 2002, el BANCOMEXT otorgó 73,002.0 millones de pesos y atendió a 1,866 empresas.

⎯ Resultados Relevantes. En el año 2002, BANCOMEXT superó en 16.5% la

meta programada de colocación de apoyos financieros y, de los cinco años analizados, 1998 a 2002, fue el año en el que logró canalizar 73,002.0 millones de pesos, esto es, 44.4% más que el monto otorgado en 2001 y 70.7% en relación con el 2000, lo que muestra un fortalecimiento de la actividad financiera del banco acorde con lo señalado en el PND y en el PRONAFIDE 2001-2006.

Como proporción del PIB, los apoyos financieros que otorgó el BANCOMEXT significaron el 1.2% en 2002, y aunque en ese año mostró una recuperación en la entrega de los apoyos, no alcanzó el nivel que registró en 1998 cuando llegó a representar el 1.5% del PIB. En comparación con el total del comercio exterior, los apoyos financieros canalizados por el BANCOMEXT llegaron a representar el 2.1% en 2002; en relación con las exportaciones el 4.4% y con las importaciones el 4.1%, niveles que si bien son mayores que los registrados en los tres años previos, no logran los alcanzados en 1998, 2.4%; 4.9% y 4.6%, respectivamente.

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En el periodo 1998-2002 el BANCOMEXT mostró un dinamismo significativo en la entrega de financiamiento al pasar de 51,118.4 millones de pesos en 1998 a 73,002.0 millones de pesos en 2002, lo que significó un crecimiento anual de 6.3%. Lo anterior es de destacar, al considerar que este comportamiento fue resultado de las acciones realizadas por el banco para colocar crédito en primer piso ante la caída mostrada en el crédito de segundo piso; así, mientras el primero aumentó en promedio anual 109.8%, este último disminuyó 70.4%. De 1998 a 2002, la política crediticia del BANCOMEXT se orientó fundamentalmente hacia las empresas constantes con mayor probabilidad de permanencia en el mercado y de garantía de pago que resultaron apoyadas entre tres y cinco años. Dichas empresas recibieron el 63.5% del crédito otorgado en primer y segundo piso en el periodo analizado. Los saldos de la cartera vigente del BANCOMEXT reflejan que, por tipo de cliente, el mayor monto de recursos se dirigió a las empresas gubernamentales, cuyo financiamiento aumentó 95.6% en promedio anual, en tanto que el crédito comercial otorgado a empresas particulares creció anualmente 19.1%. Al respecto, la ASF observó que si bien el BANCOMEXT está facultado para otorgar crédito a las empresas públicas, no tiene establecida una política en la que defina prioridades respecto del tipo de empresas que debe apoyar en mayor medida. Con la auditoría se constató que el BANCOMEXT no dispone de indicadores estratégicos que permitan medir el impacto de sus acciones de financiamiento, en términos de las actividades de comercio exterior apoyadas: preexportación, importación y sustitución de importaciones de bienes y servicios, señaladas en su mandato legal. Tampoco dispone de parámetros para medir el impacto de los servicios promocionales que ofrece relativos a información, asesoría y capacitación, y en el caso de asistencia técnica para evaluar el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Programa de Asistencia Técnica. En el otorgamiento de créditos, el BANCOMEXT aplicó los criterios de elegibilidad establecidos por las entidades que lo regulan y supervisan, así como lo señalado en su Manual de Crédito. No obstante, se observó que su acción no es oportuna, ya que de una muestra de las solicitudes de crédito autorizadas, se determinó que el plazo promedio de atención fue de 74 días hábiles, 50 días hábiles más que los establecidos en los lineamientos del banco. Los resultados de operación del BANCOMEXT para 2002, reflejan pérdidas por 925.7 millones de pesos, lo que se explica fundamentalmente por las erogaciones que la institución realizó en administración y para financiar el otorgamiento de los productos y servicios promocionales. El índice de capitalización registrado por el BANCOMEXT se redujo durante el periodo analizado 7.0 puntos porcentuales, al pasar de 17.8% en 1998 a 10.8% en 2002, nivel que se conserva dentro de las reglas fijadas por la SHCP que es de 8.0%.

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Para el periodo 1998-2002, la cartera vencida total del BANCOMEXT registró un incremento en términos reales de 40.5%, al pasar de 5,490.5 millones de pesos en 2001 a 7,711.8 millones de pesos en 2002, observándose que un solo cliente del sector financiero representó el 39.6% de la cartera vencida total y el 99.9% de la cartera de ese sector.

⎯ Acciones Promovidas. Se determinaron 20 observaciones que implicaron formular igual número de acciones promovidas, de las que 18 fueron recomendaciones para el desempeño y dos recomendaciones para promover la formulación de procedimientos para eficientar la gestión pública y fortalecer y mejorar los registros presupuestarios y contables.

⎯ Conclusiones de la ASF. Como resultado de la auditoría, se determinó que, en

términos generales, el BANCOMEXT cumplió con su objetivo institucional de otorgar financiamiento y proporcionar asistencia técnica a las empresas dedicadas al comercio exterior, y llevó a cabo sus operaciones financieras con apego al marco legal aplicable y a las sanas prácticas y usos bancarios. Con objeto de mejorar la eficacia y eficiencia en el desempeño de su labor, la ASF consideró que el BANCOMEXT debe llevar a cabo la planeación de sus acciones de financiamiento y de promoción al comercio exterior, y de atención de las empresas en función de prioridades, lineamientos y estrategias de desarrollo de los sectores económicos y bienes y servicios producidos en el país y en los cuales se tienen ventajas productivas y comerciales.

De la revisión practicada se observó que los apoyos financieros y los productos y servicios promocionales son otorgados primordialmente en función de la demanda y en menor medida en términos de las ventajas productivas y comerciales del país, por lo que el banco deberá elaborar un Plan de Negocios en el que defina prioridades, lineamientos, objetivos y metas por alcanzar a través del otorgamiento de los distintos tipos de apoyos financieros y productos y servicios promocionales, especificando el tipo de empresas, los sectores económicos y los bienes y servicios por desarrollar. Por lo anterior se considera que BANCOMEXT cumplió parcialmente el principio de Mejores Prácticas Gubernamentales de la Visión Estratégica de la Auditoría Superior de la Federación.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Esta es una auditoría

fundamental, pues de alguna manera evalúa el desempeño de una institución vinculada con el proyecto de integración de México en el mundo, por lo que el éxito de la misma influirá en una penetración más efectiva en los mercados internacionales. La promoción de las exportaciones no sólo se traduce en una mayor presencia en el exterior, sino redunda también en el impulso de variables económicas fundamentales como la producción y el empleo, entre otras. De ahí que es importante que la ASF recomiende una política más estructurada en los apoyos financieros, productos y servicios promocionales.

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4. BANCO NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR, S.N.C. SEGUIMIENTO AL PROCESO DE DESINCORPORACIÓN MEDIANTE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR, S.N.C.

El Decreto por el que se abroga la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Interior S.N.C., se publicó en el Diario Oficial de la Federación de fecha 29 de mayo de 1998 y se ordenó su disolución y liquidación.

⎯ Objetivo. Comprobar que las acciones realizadas por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), para concluir la liquidación del Banco Nacional de Comercio Interior, S.N.C. (BNCI), se ajustaron a la legislación y normativa.

Efectuar el seguimiento de las observaciones-acciones promovidas determinadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), reportadas en los informes de Resultados sobre la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1999, 2000 y 2001.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría Especial que

comprendió la entrega-recepción de bienes adjudicados y de cartera a la Encomienda en el SAE (antes FIDELIQ), donaciones de activos y pago de pasivos, y el registro contable; así como la revisión de 25 fideicomisos de un total de 170 dictaminados por despachos externos, y el seguimiento de las acciones que el BNCI realizó para la extinción, ejecución y/o sustitución fiduciaria correspondiente.

Asimismo, la revisión de los avances para la conclusión de las actividades residuales de la institución en el periodo de julio de 2002 a julio de 2003, y el seguimiento de las observaciones-acciones promovidas determinadas por la ASF reportadas en los informes de resultados sobre la revisión y fiscalización superior de las Cuentas Públicas de 1999, 2000 y 2001.

⎯ Resultados Relevantes. De acuerdo con la ASF, a la fecha de elaboración del

Informe no se había iniciado la auditoría a los estados financieros anuales intermedios del ejercicio fiscal de 2002 del BNCI. El BNCI registró un quebranto de 185.0 miles de pesos, sin contar con los dictámenes que debieron emitir el OIC y la Dirección Jurídica. El Comité Técnico de FIDELIQ autorizó el quebranto dos años después de su registro.

Existe una diferencia de 66 inmuebles, entre los 1,844 que reportó la Encomienda en el SAE, y los 1,910 inmuebles que el BNCI facturó al FIDELIQ (SAE). No se tuvieron las evidencias documentales de la aplicación a resultados de 439 inmuebles que el BNCI entregó al SAE, ni del entero a la TESOFE por la venta que efectuó la Encomienda de 41 inmuebles.

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No se tuvieron las evidencias documentales de la entrega a la Encomienda de 93 inmuebles que el BNCI recibió en dación en pago por recuperación de cartera. El BNCI no ha dado de baja en sus registros contables la donación de 15 inmuebles al SAT, en virtud de que no cuenta con la inscripción en el Registro Público de la Propiedad Federal que el SAT debió efectuar de esa donación. No se han adoptado medidas inmediatas que aseguren la recuperación de los honorarios de los fideicomisos dictaminados, y no se tuvieron las evidencias documentales de las aplicaciones contables por la condonación y cancelación de honorarios en cinco fideicomisos. De la revisión de 25 fideicomisos se desprendió que la contabilidad está incompleta, no se tiene evidencia de los estados financieros, ni de la documentación soporte de la actualización de los patrimonios, entre otras irregularidades.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon 10 observaciones, que generaron 13

acciones promovidas; nueve corresponden a recomendaciones para el fortalecimiento del control interno, tres solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control por la promoción de responsabilidades administrativas, y una solicitud de aclaración para la probable recuperación de recursos no enterados a la TESOFE.

⎯ Conclusiones de la ASF. Como resultado de la revisión, la ASF detectó

irregularidades y deficiencias en la administración, recuperación y venta de los bienes que mantiene a su cargo la encomienda en el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, así como la falta de mecanismos que permitan regularizar los bienes inmuebles registrados en cuentas de orden del BNCI, y los negocios fiduciarios para lograr su extinción, ejecución y/o sustitución han impedido la conclusión de la liquidación del banco y cumplir con el acuerdo núm. CID-02-XVI-3 de la CID, que recomendó concluir el 31 de diciembre de 2003.

Con la auditoría al Banco Nacional de Comercio Interior, S.N.C. (en liquidación), se constató que, en general, el proceso de liquidación del banco se ajustó al marco legal y normativa para la liquidación de la institución, aunque se determinó que no se cuenta con la totalidad de la información jurídica, contable y fiscal de los fideicomisos para proceder a su ejecución, extinción y/o sustitución; no se ha iniciado la auditoría a los estados financieros anuales intermedios del BNCI del ejercicio fiscal de 2002; el Comité Técnico del FIDELIQ autorizó un quebranto dos años después de su registro en libros, y no se contó con los dictámenes del OIC y de la Dirección Jurídica; y se determinó una diferencia de 66 inmuebles en el universo que la Encomienda en el SAE tiene registrados; y no se ha dado de baja en los registros contables del banco la donación de 15 inmuebles al SAT, en virtud de que no se cuenta con la constancia de inscripción que el SAT debió efectuar en el Registro Público de la Propiedad Federal.

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Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Como se ha señalado, los procesos de desincorporación deben ser fuente de estudios rigurosos y de un monitoreo constante sobre el sistema financiero mexicano, que permita disponer de elementos para la toma de decisiones ante eventuales quebrantos. Llama la atención el hecho de que la ASF considera que en general el proceso de liquidación se realizó dentro del marco legal y, sin embargo, la propia ASF detectó un número importante de irregularidades que le llevaron a formular dentro de su conclusiones que la entidad fiscalizada no cumplió con el apartado “Áreas Estratégicas de Actuación”, particularmente en lo que hace a la “Supervisión y Control”.

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5. BANCO NACIONAL DE CREDITO RURAL (BANRURAL) En 2002, el sector público presupuestario registró un déficit de 83 mil 827.4 millones de pesos, el cual superó en más del 100.0% el monto autorizado por la H. Cámara de Diputados. Su importante variación se explica en lo fundamental por el proceso de la liquidación del Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C. (BANRURAL)1.

⎯ Objetivo. Comprobar que los recursos federales transferidos al Sistema Banrural, por 48 mil 878.0 millones de pesos, se ejercieron de conformidad con la legislación y normativa; comprobar la situación actual de la cartera crediticia del Sistema Banrural; comprobar que los quebrantos aplicados en el Sistema Banrural se autorizaron y ajustaron a la legislación y normativa; y evaluar el avance del proceso de disolución y liquidación del Sistema Banrural.

⎯ Características de la Revisión. Se trató de una auditoría Especial que

comprendió la revisión de la aplicación de 48 mil 878.0 millones de pesos, tanto para el Banrural (en liquidación) como para la Financiera Rural; el comportamiento trimestral de la cartera vencida del Banrural; verificar si los quebrantos originados en los ejercicios fiscales de 2000, 2001 y 2002 se ajustaron a la normativa; y el seguimiento del proceso de disolución y liquidación del Banrural.

⎯ Resultados Relevantes. Se constató que el Plan de Trabajo de la Liquidación

del Sistema Banrural no se ha presentado a la Junta de Gobierno del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) para ser enviado a la Comisión de Desincorporación para su aprobación y puesta en práctica. Se determinó que el Banrural no presentó las evidencias documentales de las acciones implementadas para disminuir la cartera vencida, ni proporcionó la certificación de dicha cartera. Se determinó que en los expedientes de crédito continúa faltando documentación.

⎯ Acciones Promovidas: se formularon dos observaciones, que generaron cuatro

acciones promovidas, de las cuales tres corresponden a recomendaciones y una a una solicitud de intervención del Órgano Interno de Control en el SAE.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. Las acciones promovidas por la ASF tienen

por objetivo que el SAE instrumente las acciones pertinentes conducentes a liquidar Banrural en el menor costo y tiempo posible. Existe un latente riesgo de que el retraso en el proceso de liquidación de Banrural genere costos fiscales crecientes.

1 El 26 de diciembre de 2002, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación se modificó y adicionó el artículo 2º. de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2002, con la finalidad de aumentar el monto autorizado de endeudamiento neto interno en 48,878.0 millones de pesos para atender los requerimientos que implicarían la disolución y proceso de liquidación del sistema BANRURAL y la creación de la Financiera Rural.

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⎯ Conclusiones de la ASF. La Auditoría Superior señala que de su revisión se concluye que en general, el Proceso de disolución y liquidación de Banrural, cumplió con el artículo tercero de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, como se establece en la Visión estratégica de la ASF, y se ajustó a la normativa aplicable.

⎯ Comentario UEC. Conviene mencionar que el proceso de disolución y

liquidación de Banrural, tiene su fundamento jurídico en el último párrafo del artículo tercero transitorio de la Ley Orgánica de la Financiera Rural. De manera adicional, el ordenamiento referido señala en su artículo vigésimo tercero transitorio, señala textualmente lo siguiente:

La Cámara de Diputados, por conducto de la Auditoría Superior de la Federación, y de las Comisiones que correspondan, así como la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo en el ámbito de su competencia revisarán las operaciones realizadas por el Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C. y las demás sociedades nacionales de crédito que conforman el sistema Banrural, y así mismo darán seguimiento puntual y periódico al proceso de su disolución y liquidación, garantizando que los montos que se señalan en el artículo Octavo Transitorio se ejerzan con transparencia de conformidad a la normatividad vigente. En caso de que la Auditoría Superior de la Federación o la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo detectaran irregularidades, se procederá de inmediato a deslindar las responsabilidades, promoviendo las acciones legales conforme a las disposiciones correspondientes. El Director General del Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C., o en su caso, el liquidador, así como las dependencias y entidades involucradas en el proceso de disolución y liquidación otorgarán las facilidades necesarias para que la Auditoría Superior de la Federación cumpla con sus funciones de acuerdo con el marco legal correspondiente y le informarán trimestralmente el estado que guardan los procesos de recuperación de la cartera vencida de las sociedades nacionales de crédito que se liquidan.

Del análisis del trabajo realizado por la ASF, así como de sus conclusiones se observa que si bien es cierto que el trabajo de la ASF cumple con los elementos técnicos que corresponden a una evaluación del “desempeño”, en términos del articulo vigésimo tercero de la Ley Orgánica de Financiera Rural, no cumple con la disposición ordenada por la Cámara de Diputados, en virtud de que dicho ordenamiento solicitaba revisar tanto el proceso de liquidación del Banrural, como las causas que orillaron a las autoridades a tomar la decisión de liquidar a la institución.

De acuerdo a la experiencia internacional de rescates y liquidaciones de instituciones financieras de los últimos veinte años, la existencia de instituciones con largos procesos de liquidación o rehabilitación, tiende a aumentar los costes fiscales exigidos por dichos procesos; por lo que en este caso particular la UEC considera como prioridad estratégica la instrumentación de acciones rápidas y

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eficientes para la liquidación de Banrural. En este sentido es de la mayor relevancia que se proceda a la contención del crecimiento de la cartera vencida de Banrural. La ASF, en el informe de resultados, no se pronuncia respecto a este grave riesgo con las acciones concretas pertinentes, únicamente indica que realizará medidas para que el SAE proceda a una rápida y eficiente liquidación de Banrural a pesar de que reporta incrementos en la cartera vencida del banco. La ASF no cuenta con certeza del valor correcto de la cartera de Banrural, en virtud de que se aplicó parcialmente la metodología establecida por la CNBV para la calificación de cartera vencida. La Institución reservó al 31-12-2002 un monto de 9,071 millones de pesos, que representan el 57% del total de la cartera, por ello cabe la posibilidad de que el requerimiento sea mayor. Asimismo, la ASF no recibió confirmación de Banrural respecto de los saldos de préstamos por redescuentos con fuentes financieras, no obstante que solicitó dicho requerimiento a la Institución en repetidas ocasiones. Por tal situación, la ASF no pudo corroborar la razonabilidad de estos saldos y la certeza de que todas las operaciones de redescuento figuren dentro de los estados financieros.

De los créditos otorgados, para el periodo 2000-2002, se quebrantaron 172 millones de pesos sin que la ASF se pronunciara si el ente fiscalizado cumplió la normatividad más allá de su conciliación contable- crediticia.

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6. BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, S.N.C. CUENTAS DE BALANCE-PASIVO, "COLOCACIÓN DE PAGARÉS DE INDEMNIZACIÓN CARRETERA"

El Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, como institución de banca de desarrollo, tiene por objeto financiar o refinanciar proyectos de inversión pública o privada en infraestructura y servicios públicos, así como coadyuvar al fortalecimiento institucional de los gobiernos Federal, estatales y municipales, con el propósito de contribuir al desarrollo sustentable del país. Como consecuencia de la crisis financiera de 1994-1995, la economía mexicana registró un descenso importante en el PIB, que se reflejó en una caída significativa de la demanda agregada, afectando diversas actividades económicas, y en especial a la viabilidad del programa de concesiones carreteras, el cual entró a una crisis muy severa. Como se sabe, los proyectos carreteros son por naturaleza de largo plazo, y son altamente sensibles a las tasas de interés y al tipo de cambio en virtud de que una parte del financiamiento carretero es financiado en moneda extranjera. Con la contracción económica, los ingresos carreteros se desplomaron dramáticamente dada la caída del aforo vehicular. El gobierno al instrumentar el rescate carretero, tomó para si las concesiones carreteras, asumiendo los pasivos y procediendo a liquidar a los concesionarios. Para asumir el pago de estas liquidaciones y de los pasivos, el gobierno emitió bonos denominados PIC FARAC. El saldo acumulado actual de esos pasivos asciende a 143 mil 442.2 millones de pesos y todavía no ha sido revelado como deuda pública. En el año de 2002, Banobras ejerció un presupuesto de 7,614.6 millones de pesos, lo que representa una variación positiva del 13% respecto al ejercido en el 2001. En el “Estado de Ingresos y Gastos” de 2002 se reportó un déficit del ejercicio por 26,856.1 millones de pesos. El déficit financiero acumulado de 1997 a 2002 ascendió a 57,301.1 millones de pesos, también se presenta en una cuenta por cobrar a cargo del Gobierno Federal, sin contar con el debido reconocimiento como adeudo gubernamental2

⎯ Objetivo. Verificar que BANOBRAS fiduciario del FARAC, reportó los recursos de las colocaciones de los PIC's en los Estados Financieros del FARAC y que los avales otorgados por el Gobierno Federal, a dichas colocaciones, se reflejaron en la Cuenta Pública del ejercicio 2002 de conformidad con la normatividad aplicable.

2 El déficit se integró por: el costo financiero neto del FARAC, más la actualización de la posición corta en UDIS, derivada de la deuda del fideicomiso y menos los remanentes de operación que resultaron entre los ingresos captados por peajes y cuotas y los gastos de la operación

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⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría Financiera y de Cumplimiento que analizó el total de la información financiera del FARAC presentada en su activo por 144 mil 012.6 millones de pesos; pasivo por 143 mil 449 millones de pesos y patrimonio por 563.6 millones de pesos; así como el déficit del ejercicio por 26 mil 856 millones 060 mil pesos.

Asimismo, se revisó el 100.0% de operaciones financieras correspondientes al ejercicio auditado de un monto por 48 mil 821.5 millones de pesos, integrado por: 14 mil 233.5 millones de pesos de PIC's colocados; 12 mil 288.8 millones de pesos, de disposiciones del crédito contingente y revolvente del FARAC con BANOBRAS; 14 mil 042.7 millones de pesos, de un PIC amortizado en 2002; y por 8 mil 256.5 millones de pesos, de los intereses devengados a cargo del FARAC por concepto de financiamiento. Adicionalmente, se verificó el intercambio de cuatro PIC's por cuatro CBICS.

⎯ Resultados Relevantes. En la Cuenta Pública y en los Estados Financieros

Consolidados del Gobierno Federal de 2002, no se revelaron 143 mil 442.2 millones de pesos, de los pasivos del FARAC, avalados y garantizados por el Gobierno Federal. El fideicomiso registró este importe en su contabilidad y lo reveló en su información financiera.

El FARAC carece de bases contables razonables y de formulación de estados financieros, las cuales debieron ser sancionadas y emitidas por su Comité Técnico. En 2002, según las prácticas contables que ha seguido el FARAC, registró en su activo en cuentas por cobrar al Gobierno Federal, un saldo por 137 mil 583.7 millones de pesos, sin contar con el reconocimiento de la SHCP para registrarlas como adeudo gubernamental. Asimismo, el citado fideicomiso recibió como aportaciones del Gobierno Federal otros 10 tramos carreteros, los que le fueron concesionados sin que mediara pago alguno, para que se mejorara su perfil financiero con los ingresos adicionales que éstos generen; dichos tramos carreteros no están valuados ni reflejados en el activo como concesiones y con su correspondiente efecto en el patrimonio como aportaciones. El saldo de las cuentas por cobrar referidas, se integró por: 58 mil122.8 millones de pesos, del valor de las inversiones de los antiguos concesionarios y del saldo de los pasivos bancarios asumidos al momento del rescate de los 23 tramos carreteros, de las que el FARAC pagó 21 indemnizaciones por las citadas inversiones de los ex concesionarios y asumió sus pasivos bancarios contratados por estos últimos; por 21 mil 658.8 millones de pesos de los pagos realizados a la Tesorería de la Federación (TESOFE) como aprovechamientos por las contraprestaciones de 4 vías generales de comunicación desincorporadas del activo de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos

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(CAPUFE) y otorgadas al FARAC en 2000 y 2002, como concesiones; por 57 mil 301.1 millones de pesos, de los déficit financieros acumulados del fideicomiso entre 1997 y 2002; y por 501 millones 039.5 miles de pesos, de actualizaciones y recargos pagados en el finiquito del aprovechamiento por la concesión de la red carretera México-Cuernavaca otorgada en el 2000 (980 millones de pesos, IVA incluido),

BANOBRAS, fiduciario del FARAC, solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), con retraso de 11 días hábiles, la cancelación ante el actual Registro Nacional de Valores (RNV), de la inscripción del PIC amortizado en el 2002. En el caso de los PIC's intercambiados por CBICS, la solicitud de cancelación de su inscripción se realizó con retraso de 36 días hábiles.

⎯ Acciones Promovidas: Se formularon cinco observaciones, que generaron seis

acciones promovidas, las cuales corresponden a cinco recomendaciones para fortalecer el control interno, corregir y mejorar el registro y la formulación de los estados financieros y la otra acción promovida corresponde a una solicitud de intervención al Órgano Interno de Control.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. Que se revelen en la Cuenta Pública y en los

Estados Financieros Consolidados del Gobierno Federal los avales gubernamentales a los pasivos del FARAC por 143 mil 442.2 millones de pesos, y que el valor de las 10 concesiones aportadas por el Gobierno hasta el año 2002, de los que el FARAC no efectuó pago alguno se reconozcan en el balance financiero del Fideicomiso siguiendo los Principios aceptados por el Comité Técnico del FARAC.

⎯ Conclusiones de la ASF. Los pasivos del FARAC permanecen como pasivo

contingente, no se encuentran registrados como Deuda Pública. Asimismo, el FARAC carece de bases contables y financieras razonables y no se han reconocido como parte del activo los derechos de las concesiones fideicomitidas de los tramos carreteros otorgadas por el Gobierno entre 1997 y 2002. Adicionalmente, el Gobierno Federal otorgó al FARAC 10 tramos carreteros para mejorar su perfil financiero, sin que mediara pago alguno.

Se recomienda que la SHCP revele en la Cuenta Pública y en los Estados Financieros Consolidados del Gobierno Federal los pasivos del FARAC, avalados y garantizados por el Gobierno Federal. Asimismo, que el Comité Técnico del FARAC sancione y emita bases contables razonables y de formulación de estados financieros para que se reconozcan en un rubro del activo el valor de las concesiones otorgadas por la SCT, con motivo del rescate carretero de 1997; se registren como activo diferido los déficit financieros acumulados, los que se deben disminuir del rubro de cuentas por cobrar al Gobierno Federal.

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⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. El fideicomiso es un contrato mercantil, mediante el cual una persona destina ciertos bienes a un fin determinado, y cuya realización encarga a una institución fiduciaria. La persona que hace el encargo, el que destina los bienes, recibe el nombre de "fideicomitente"; la institución que hace el encargo, es una entidad autorizada por el gobierno para tal efecto y recibe el nombre de "fiduciario", y finalmente, la persona que recibe los beneficios de ese encargo, es denominada "fideicomisaria". Debido a que en el FARAC, el Gobierno Federal está garantizando los pasivos que este fideicomiso detenta, y a través de Banobras se concentran tanto la función de Fiduciario como la de fideicomitente, y presumiblemente también la de fideicomisario, se considera que se debe profundizar en la validez jurídica de este esquema.

El costo fiscal del rescate carretero se ha incrementado conforme transcurre el tiempo, en la actualidad los pasivos generados por dicho rescate ascienden a 143,442.2 millones de pesos Este monto es significativo y sobrepasa ampliamente las estimaciones iniciales del gobierno, tal como se aprecia en el siguiente cuadro.

ESTIMACIÓN EN VALOR PRESENTE DEL COSTO FISCAL DE LOS PROGRAMAS DE SANEAMIENTO FINANCIERO Miles de millones de pesos a valor presente

Programa Costo total 1995 Costo total 1996 UDIS 17.0 48.8 ADE 13.40 4.3 (*) FOBAPROA 32.0 70.5 Capitalización 7.4 39.0 (**) AUTOPISTAS CONCESIONADAS (FARAC) 14.1 26.1 Otros 6.9 21.6(***) Total 90.8 210.3 Costo total % PIB 5.5% 8.4%

Fuente: Informes anuales Banxico 1996 y 1997 *El decrecimiento del ADE se debe al incremento de los programas UDIs, lo que significó el avance en las reestructuraciones crediticias hacia los programas UDIS. ** El programa de capitalización todavía no se incluía en el rubro FOBAPROA *** El rubro de otros contiene Apoyos a Créditos agrícolas (14.2) y Prog. de apoyo a la Mediana y pequeña empresa (7.4).

Por lo demás, la importancia de los pasivos generados por el rescate carretero requiere de una evaluación amplia y de un monitoreo constante, con el propósito de evitar que el costo fiscal se mantenga bajo control.

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7. COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES Corresponde a la CNBV, entre otras actividades, realizar la supervisión de las entidades financieras, los organismos de integración, así como de las personas físicas y demás personas morales cuando realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero; emitir en ámbito de su competencia la regulación prudencial a que se sujetarán las entidades; dictar normas de registro de operaciones aplicables a las entidades; fijar reglas para la estimación de los activos y, en su caso, de las obligaciones y responsabilidades de las entidades, en los términos que señalan las leyes; así como, expedir normas respecto a la información que deberán proporcionarle periódicamente las entidades. Para la revisión de la Cuenta Pública 2002, a la CNBV se le practicaron 2 auditorías financieras y de cumplimiento, de las cuales se presentan los resultados más importantes.

7.1 CNBV. RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR DERECHOS POR EL ESTUDIO, TRAMITACIÓN E INSCRIPCIÓN DE TÍTULOS DE CRÉDITO EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES

⎯ Objetivo. Evaluar que los ingresos por el pago de derechos por el estudio,

tramitación de la solicitud y la inscripción de los títulos de crédito en el Registro Nacional de Valores, emitidos en el Mercado de Valores del país durante el primer semestre de 2002, se enteraron a la Tesorería de la Federación (TESOFE), a través de la CNBV, de conformidad con la normatividad aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Mediante una auditoría financiera y de

cumplimiento se revisó una muestra integrada por 43 recibos expedidos a igual número de emisoras por la Subgerencia de Tesorería de la CNBV por un importe de 42 millones 829.9 mil pesos, correspondientes a derechos por el estudio, tramitación e inscripción de títulos de crédito captados por la CNBV del 1° de enero al 30 de junio de 2002, que representaron el 39.6% del total de 108 millones 240.1 mil pesos recaudados por la TESOFE en ese periodo.

Adicionalmente, se constató que la Estructura Orgánica y los Manuales de Organización y Procedimientos de la CNBV, relativos al estudio, tramitación e inscripción de títulos de crédito, cumplieron con la normativa aplicable.

⎯ Resultados Relevantes. La ASF señala que la CNBV, en general, cumplió los

Principios de Contabilidad Gubernamental, a excepción de los principios: ”Consistencia” (Comparabilidad), al no existir concordancia entre los diversos registros contables con los ingresos reportados a la Tesorería de la Federación (TESOFE).

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En materia de ingresos por derechos por el estudio, tramitación e inscripción de títulos de crédito, la CNBV dio cumplimiento en general con los ordenamientos legales que la rigen. Se presentaron diferencias entre los ingresos enterados por la CNBV a la TESOFE con los registrados en la contabilidad de la entidad fiscalizada, que fueron aclarados. Se logró una recuperación de 1 millón 342.9 mil pesos, los cuales fueron reclasificados y enterados a esta última, con fecha 2 de diciembre de 2002. La CNBV cuenta con un Fondo de Reserva Especial establecido en la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores por 688 millones 414.4 mil pesos, que en el primer semestre de 2002 generaron intereses por 24 millones 628.2 mil pesos, los cuales fueron enterados a la TESOFE. Los importes de los pagos efectuados por el estudio, tramitación e inscripción de títulos de crédito, se determinaron de conformidad con las cuotas establecidas en la Ley Federal de Derechos. La Estructura Orgánica de la CNBV cuenta con su debida aprobación. Los Manuales de Organización y Procedimientos de las áreas involucradas en el proceso de recaudación por el estudio, tramitación e inscripción de Títulos de Créditos, fueron actualizados en julio de 2002. La CNBV no ha implementado el procedimiento requerido por la TESOFE para la recaudación de los derechos por el Estudio, Tramitación e Inscripción de Títulos de Crédito, el cual consiste en que los contribuyentes efectúen directamente el entero de los mismos a través de las instituciones bancarias del país.

⎯ Acciones Promovidas. Como resultado de la primera revisión se formularon 4

observaciones que generaron 4 acciones promovidas con carácter de recomendaciones, 3 de ellas se orientan a fortalecer los sistemas de control interno y la restante a propiciar el cabal cumplimiento de las disposiciones normativas.

⎯ Conclusiones de la ASF. Con la revisión de los ingresos por Derechos por el

Estudio, Tramitación e Inscripción de Títulos de Crédito, se constató que en lo general se operaron de conformidad con la normatividad que los regula, a excepción de que aún no se ha implementado la segunda etapa para el entero de dichos ingresos con objeto de que los usuarios de los servicios realicen sus enteros a través de instituciones bancarias.

De la evaluación de los resultados de la revisión practicada a los Derechos por el Estudio, Tramitación e Inscripción de Títulos de Crédito, se determinó que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores cumplió con el entero de sus ingresos a la Tesorería de la Federación.

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⎯ Efectos Económicos. Derivado de la revisión se enteraron a la Tesorería de la Federación 1,342.9 miles de pesos, correspondientes al pago de derechos por el estudio, tramitación de la solicitud y la inscripción de los Títulos de Crédito en el Registro Nacional de Valores, correspondientes al primer semestre de 2002; que no habían sido depositados por deficiencias en el registro contable de la CNBV.

7.2 CNBV. RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR DERECHOS DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA DE ENTIDADES Y GRUPOS FINANCIEROS

⎯ Objetivo. Verificar que en el ejercicio de 2002 los ingresos por los Derechos de

Inspección y Vigilancia de Entidades y Grupos Financieros, se cubrieron conforme a las cuotas establecidas en la Ley Federal de Derechos, y que las sanciones administrativas impuestas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) se registraron en la contabilidad, de conformidad con la norma establecida.

⎯ Características de la Revisión: Se verificó el registro contable de los Derechos

de Inspección y Vigilancia de Entidades y Grupos Financieros, por 825 millones 438.8 mil pesos, así como accesorios y multas, por 14,542.4 y 18,085.9 miles de pesos, generados por la CNBV. Se revisó el total de los ingresos reportados y 17 expedientes de las multas impuestas.

⎯ Resultados Relevantes. La Administración del Centro Contable (ACC) de la

Administración General de Recaudación (AGR) en el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2002 registró 858 millones 067.1 mil pesos por el cobro de los Derechos de Inspección y Vigilancia de Entidades y Grupos Financieros, así como las multas y los accesorios, y cumplió, en lo general, con los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental.

Se comprobó que 154 entidades pagaron sin estar registradas en el padrón de entidades sujetas a inspección y vigilancia por lo que el citado padrón no estaba actualizado a la fecha de la auditoría (octubre 2003). La CNBV informó al Servicio de Administración Tributaría (SAT) que 430 entidades presentan adeudos de 1996 a 2002 por 131,199.7 miles de pesos. El SAT sólo ha iniciado 67 actos de fiscalización correspondientes a 22 entidades deudoras de los ejercicios de 1996 a 2002, y a las 408 entidades restantes no las ha requerido, debido a que la CNBV le envió información incompleta.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon dos observaciones que generaron cinco

acciones promovidas, de las cuales, tres corresponden a recomendaciones, para corregir las deficiencias administrativas y fortalecer los sistemas de control

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interno, una solicitud de intervención al Órgano Interno de Control para promover el cumplimiento del marco jurídico y una Promoción del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal para promover que se requiera el pago de las obligaciones omitidas.

⎯ Conclusiones de la ASF. En opinión de la ASF la CNBV tiene un adecuado

control interno, ya que enteró el total recaudado que generó en 2002, por 839 millones 963.8 mil pesos, de conformidad con la norma; sin embargo, se determinaron 430 entidades que adeudan Derechos de Inspección y Vigilancia de los ejercicios de 1996 a 2002, las cuáles fueron enviadas al SAT con datos incompletos.

De los resultados obtenidos, se determinó que durante 2002 la CNBV registró y enteró correctamente a la TESOFE los ingresos de los Derechos de Inspección y Vigilancia de Entidades y Grupos Financieros, accesorios y multas. Sin embargo, remitió al SAT los adeudos de 1996 a 2002 de 430 entidades, por 131 millones 199.7 mil pesos con datos incompletos.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. La Vicepresidencia de Administración

de la CNBV, informó que “la auditoría se llevó a cabo en tiempo y forma de acuerdo a lo establecido en el programa”.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. La revisión de la ASF

se dirigió a verificar registros contables, sin embargo, debido a la importancia de la CNBV en el contexto del sistema financiero mexicano, habrá que decir que estas revisiones deberían ampliarse para evaluar las actividades prioritarias de la CNBV ya que estas se centran fundamentalmente en acciones de supervisión y regulación del Sistema Bancario. Ello permitiría evaluar asuntos de la mayor relevancia como la calidad de la participación de la CNBV en el combate al lavado de dinero, la calidad de la supervisión financiera a fin de evitar futuros quebrantos que terminen en costos fiscales cuantiosos. En la era de la globalización financiera, los riesgos se han incrementado por la alta innovación de productos financieros complejos (swaps, opciones, contratos de futuros y forwards, derivados crediticios, financiamientos estructurados), por lo que el reto es avanzar en una supervisión consolidada. En la perspectiva moderna de la regulación financiera, la supervisión consolidada constituye la agenda principal en el campo de la supervisión financiera avanzada. Resultaría de suma utilidad para el Congreso una auditoría especial en la que la ASF evalúe como está operando la supervisión consolidada al interior de la CNBV.

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8. COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO La CONSAR tiene, entre otras, las facultades para regular, mediante la expedición de disposiciones de carácter general, lo relativo a la operación de los sistemas de ahorro para el retiro, la recepción, depósito, transmisión y administración de las cuotas y aportaciones correspondientes a dichos sistemas, así como la transmisión, manejo e intercambio de información entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los institutos de seguridad social y los participantes en los referidos sistemas, determinando los procedimientos para su buen funcionamiento. Además, la de expedir las disposiciones de carácter general a las que habrán de sujetarse los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro, en cuanto a su constitución, organización, funcionamiento, operaciones y participación en los sistemas de ahorro para el retiro, así como, la de emitir en el ámbito de su competencia la regulación prudencial a que se sujetarán los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro; y emitir las reglas de carácter general para la operación y pago de los retiros programados;

⎯ Objetivo. Evaluar la eficiencia, eficacia y economía de las acciones que lleva a cabo la CONSAR para cumplir con sus objetivos institucionales relativos a regular, supervisar y vigilar la actuación de los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como para difundir la información relativa a dicho sistema; y determinar el grado de satisfacción y percepción de los trabajadores registrados en el sistema de ahorro para el retiro, sobre el conocimiento de sus derechos, ventajas y desventajas del mismo, así como sobre la calidad y oportunidad con que se les brinda información en relación con el manejo de sus recursos.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de Desempeño que

comprendió la evaluación de las disposiciones emitidas por la CONSAR para regular la participación y operación de las entidades financieras en los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y en específico las relativas al régimen de comisiones que cobran las Afores por los servicios que prestan en dicho sistema; así como las relativas al régimen de inversión al que deben ajustarse las Siefores para invertir los recursos de los trabajadores.

Asimismo, se propuso evaluar la evolución y resultados obtenidos respecto del Sistema de Ahorro para el Retiro de los trabajadores afiliados al IMSS, durante el periodo 1998 – 2002; las acciones de supervisión realizadas para vigilar los procesos operativos y financieros de los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro; los procedimientos empleados para dar a conocer a la opinión pública, reportes sobre comisiones, número de afiliados, estado de situación financiera, estado de resultados, composición de cartera y rentabilidad de las sociedades de inversión.

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La revisión consideró realizar una evaluación actuarial para determinar la tasa de reemplazo que obtendrán los trabajadores al momento de su jubilación con base en el escenario actual de rendimientos, comisiones, niveles de ingreso de los trabajadores y permanencia en el sistema y la evaluación de la información que se proporciona mediante la Calculadora de Proyección de Saldos para determinar bajo distintas condiciones los recursos a que los trabajadores pueden tener acceso en el sistema.

g) Se revisaron 211 expedientes que integran 19,635 multas, por un monto de 98 millones 482.1 mil pesos, que representaron el 86.7% del total de multas impuestas por la CONSAR en el periodo de 1998 a 2002 (22,642) y el 52.6% del monto determinado para las mismas (187 millones 124.0 miles de pesos), respectivamente.

⎯ Resultados Relevantes. Con la revisión de desempeño practicada se

determinó que la inversión de la pirámide poblacional del país apunta a que los adultos mayores de 60 años conformen una proporción cada vez mayor de la población total, ya que de representar un 6.8% en 2000 pasarán a un 8.8% en 2010; un 17.5% en 2030 y un 28.0% en 2050

Las modificaciones efectuadas a la Ley del Seguro Social en 1995, determinaron que en mayo de 1996 se expidiera la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR) con la que dan inicio los sistemas de ahorro para el retiro, a los que se visualizó como el nuevo sistema de pensiones nacional para los trabajadores afiliados al IMSS, cuyo objetivo es ser financieramente viable, la operación sana de sus participantes, el logro de la máxima cobertura posible, así como permitir a los trabajadores obtener recursos suficientes al momento de su jubilación. Simultáneamente, se estableció una mayor participación del Gobierno Federal a través de la garantía de una pensión mínima equivalente a un salario mínimo, para aquellos trabajadores que cubriendo al menos 60 años de edad y el mínimo de 1,250 semanas de aportación, no alcancen con su fondo individual una pensión al retirarse. El Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores afiliados al IMSS, consiste en un plan de capitalización en el que cada trabajador deberá tener su propia cuenta individual para el retiro, el cual se integra por una aportación que equivale al 6.5% del salario base de cotización (sbc) del trabajador del que el patrón aporta el 2.0% por concepto de retiro y el restante 4.5% por concepto de cesantía en edad avanzada y vejez es aportado de manera tripartita por el propio trabajador (25%); el patrón (70%) y el Estado (5.0%). Para el manejo de los recursos la LSAR estableció la operación de las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (Afore), las que a través de Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefores) realizarían la inversión de los mismos.

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La coordinación, regulación, supervisión y vigilancia de los Sistema de Ahorro para el Retiro, de las Afores, de las Siefores y de todos los participantes en el Sistema quedó a cargo de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), órgano administrativo desconcentrado de la SHCP, y se estableció como principio el que todos estos participantes operaran de manera sana. De la revisión al periodo comprendido entre 1998 y 2002 se precisó que, el total de cuentas individuales registradas en el sistema se incrementó en 112.8%, al pasar de 13,827.7 para el primero de los años a 29,421.2 en el último; en tanto que los recursos acumulados se incrementaron de 143,073.1 millones de pesos de 2002 a 496,031.1 millones de pesos de 2002, lo que significó un aumento de 246.7% y representó 5.3% del PIB. En relación con las percepciones de los trabajadores, el 56.2% de los trabajadores afiliados al sistema perciben ingresos menores o iguales a 3 salarios mínimos; el 65.9% percibe ingresos de entre 1.5 y 3.5 salarios mínimos y, si se suman a éstos los que perciben hasta 5.5 salarios mínimos se tiene al 80.8% del total de los trabajadores, por lo que la población con esta estructura salarial es la más significativa dentro del sistema. En cuanto a la estructura por edades, la mayor concentración se encuentra en trabajadores de 26 a 35 años, y le siguen los trabajadores de 18 a 25 años. Se determinó que en las condiciones actuales de funcionamiento del nuevo Sistema de Ahorro para el Retiro de los trabajadores afiliados al IMSS, los trabajadores que perciben 1, 2 y 3 salarios mínimos deberán cotizar un mínimo de 25 años y obtener rendimientos de 10.2%, 8.1% y 6.6%, respectivamente, para obtener una pensión mínima garantizada; en caso contrario, la diferencia deberá ser financiada con recursos fiscales; y que para superar la pensión mínima garantizada los trabajadores requieren ingresos de 5 salarios mínimos y cotizar 25 años. De la revisión al funcionamiento a los sistemas de ahorro para el retiro se detectó que existen riesgos en el funcionamiento mismo del sistema y dificultades en la forma en que los trabajadores pueden hacer uso de los servicios del sistema. Así, se pudo constatar que si bien es cierto que la CONSAR ha cumplido con sus funciones de regulador, supervisor y coordinador de los sistemas de ahorro para el retiro, ya que de 1996 a 2002 emitió un total de 149 circulares, en tanto que de 1998 a 2002 realizó 435 visitas de inspección a las entidades participantes en los sistemas de ahorro para el retiro; la manera en que opera el sistema a través de esta regulación normativa permite que se presenten diferencias que impactan de manera sustancial los beneficios que un trabajador puede recibir al momento de su retiro y, por tanto sus expectativas económicas futuras, lo cual es significativo si se toma en cuenta la dimensión del reto que habrá de afrontar la política pública en materia de pensiones.

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Las principales diferencias se presentan en función de la forma y el monto que aplican las Afores como comisiones sobre los recursos de los trabajadores, las cuales se establecen sobre flujo, sobre saldo o una combinación de ambos, así como tasas diferenciales por antigüedad y otros conceptos. Un punto importante que se observó en lo relativo a la inversión de los recursos es el de la concentración excesiva en pocos emisores y en un reducido número de sectores, ya que el 85.7% de las inversiones está en valores gubernamentales y el 14.3% en instrumentos privados, lo que es atribuíble al régimen de inversión vigente hasta diciembre de 2002. Para procurar la mayor seguridad y rentabilidad de los recursos de los trabajadores se estableció que las Siefores deberán mantener un límite máximo de Valor en Riesgo (VAR) del portafolio del 0.60% del valor total de sus activos. Se observó que, en relación con la inversión de los recursos, un factor que puede coadyuvar a mejorar los rendimientos es una mayor flexibilidad en materia de inversión, aunque ello implica también mayor riesgo, por lo que se recomendó a la CONSAR aplicar metodologías que le permitan hacer ponderaciones en ese sentido tales como el VAR, que aunque ya es utilizado por la CONSAR para medir el riesgo financiero, su metodología lo aplica con plazos similares a los que utiliza el sistema bancario, en el que el cálculo depende de un nivel de confiabilidad y un horizonte de tiempo de corto plazo debido a que a sus operaciones tienen una alta movilidad; condiciones que no coinciden con las operaciones de los fondos de pensiones que aunque tienen movilidad, su horizonte es de largo plazo, por lo que la CONSAR debe considerar la posibilidad de aplicar metodologías que le permitan hacer ponderaciones en ese sentido con una aplicación de plazo mayor al que utiliza actualmente y con esta óptica podría tener la posibilidad de obtener rendimientos superiores a mediano plazo. Los resultados de una encuesta aplicada por la ASF a 400 trabajadores afiliados al IMSS en seis Estados de la República Mexicana reportan que ciertos grupos de clientes-ciudadanos experimentan barreras específicas que se incrementan mientras menor es el nivel de preparación; que existe desconocimiento y pocas facilidades para incrementar los depósitos en las Afores y en general desconocimiento del sistema y de sus beneficios, ya que el 52.8% fue afiliado a la Afore por la empresa en que labora, y el 44.9% recibió información para la selección de la Afore a través de la empresa en que labora, el 38.8% mediante publicidad generada por las Afores

Esto indica, según la ASF, que existe población que carece de información sobre su derecho de elegir libremente la administradora de sus ahorros para el retiro, y sobre los beneficios que le brinda el sistema de pensiones al que se encuentra afiliado, así como de cuáles son sus expectativas de ingresos al momento de su retiro.

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⎯ Acciones Promovidas: Con la revisión efectuada se determinaron 12 observaciones mediante las que se generaron 15 recomendaciones al desempeño, para permitir la evaluación de la gestión gubernamental.

⎯ Conclusiones de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que

con los resultados de la auditoría se señalan oportunidades de mejora en la operación de la CONSAR, del sistema mismo y de la atención y orientación que reciben los trabajadores y, en particular la información que difunde la CONSAR para que sea dirigida a los trabajadores con ingresos menores o iguales a 3 salarios mínimos, toda vez que representaron en 2002 el 56.2% de la población afiliada y continuar con políticas que orienten a un mercado con menores comisiones y busquen que las alternativas de inversión se amplíen para mejorar los rendimientos sin descuidar la seguridad de los recursos.

Para que la CONSAR mejore sus prácticas gubernamentales, se requiere que realice una evaluación que considere mejoras en la operación del Sistema de Ahorro para el Retiro, en particular en lo relativo a las comisiones que se cobran a los trabajadores, a la diversificación de las alternativas de inversión y de los riesgos que ello implica; así como a la calidad e intensidad de la información que difunde para dar a conocer a los trabajadores sobre la operación del sistema, los beneficios, alternativas y expectativas al momento de jubilarse.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Debe reconocerse el

trabajo realizado en esta auditoría de desempeño, que refleja un amplio esfuerzo técnico y metodológico que redunda en conclusiones sumamente importantes acerca de la situación que registra el sistema de ahorro para el retiro en el país. Debe comentarse, sin embargo, que la ASF sólo se pronuncia acerca del tratamiento de la CONSAR de los riesgos financieros o de mercado, y de manera genérica sobre las otras clases de riesgo que subyacen en el manejo de los recursos de los trabajadores, tales como: los riesgos de crédito, y los riesgos de liquidez, pero no señala que el mercado mexicano sólo tiene liquidez para determinados instrumentos y determinados plazos. Sería conveniente que en revisiones de esta naturaleza, el órgano fiscalizador comentara sobre otras clases de riesgos, como los riesgos operativos, los riesgos de fraude derivados de las asimetrías de información y que cobran gran importancia en el marco de una economía globalizada financiera, dada la carencia de una supervisión financiera consolidada y la prevalencia del capital extranjero en el sistema financiero mexicano. Lo anterior puede ahondar los riesgos del sistema, hay que recordar que en el centro mismo del sistema financiero mundial sucedieron casos graves de fraudes corporativos (caso Enron, caso Worldcom) basados en la compleja combinación operaciones financieras como los derivados crediticios y operaciones

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estructuradas, en las que los bancos trasladaron los riesgos y las pérdidas resultantes a las compañías de seguros y los fondos de pensiones, manejando operaciones fuera balance (off-balance Sheet) lo que les permitía ocultar información, pues esta sólo era reportada en la información financiera como notas de pie de página.

Se sugiere realizar un profundo estudio financiero, sobre los riesgos integrales que en el futuro inmediato enfrentará el sistema de pensiones a la luz de la flexibilización del régimen de inversión, así como de la calidad de la supervisión y vigilancia de la CONSAR.

La sugerencia de la ASF de utilizar ponderadores de largo plazo en el cálculo del VAR, para medir el riesgo de mercado, es insuficiente en virtud de que a pesar de la validez técnica que le conceden los órganos de regulación internacional, la medición de los riesgos por el VAR puede resultar un instrumento en ocasiones no certero, cuando la economía entra a periodos de turbulencias y burbujas especulativas, en donde los riesgos de liquidez de los instrumentos financieros negociados tiende a ser infinita. Las 200 crisis financieras indican, que el VAR fue incapaz de prever los riesgos ante tales crisis. Hay que recordar el fracaso del fondo de inversión más célebre del mundo por la calidad de sus administradores (dos Premios Nobel de Economía, varios de los mejores operadores de arbitraje del mundo, varios de los mejores administradores de riesgos formados en los órganos de supervisión y regulación más importantes del orbe) el Long Term Capital Managment, cuyas posiciones al momento de su colapso indicaban un VAR con bajo riesgo, pero que al difuminarse la liquidez de los instrumentos negociados las posiciones de arbitraje quedaron destruidas con riesgos multiplicados por el apalancamiento alcanzado por el Fondo de inversión.

En ese sentido, resulta indispensable efectuar un estudio riguroso y sistemático de la eficacia del VAR como instrumento de administración de riesgos y las alternativas que la experiencia mundial ha desarrollado a fin de que el H. Congreso de la Unión cuente con elementos técnicamente rigurosos para sus decisiones legislativas sobre la materia. Esta clase de estudios sistemáticos y objetivos (actualizados periódicamente) sin duda constituyen herramientas poderosas en la toma de decisión legislativa, especialmente para las modificaciones de ley que afecten el régimen de inversión autorizado.

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9. FIDEICOMISO LIQUIDADOR DE INSTITUCIONES Y ORGANIZACIONES AUXILIARES DE CRÉDITO (FIDELIQ)

El FIDELIQ fue creado el 30 de septiembre de 1992 con el propósito de ccoadyuvar con el Gobierno Federal en el marco de las estrategias de saneamiento de las Entidades de la Administración Pública Federal, incluyendo el manejo de los créditos que el Gobierno Federal destine o haya destinado para otorgar su apoyo financiero a las Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares de Crédito y celebrar todos los actos necesarios para la recuperación de tales créditos, bien sea que las instituciones se rehabiliten o se liquiden, previa instrucción de la SHCP. En la normatividad que la rige no se prevé que los activos o pasivos de las entidades sujetas a liquidación, ni el producto de las liquidaciones, se integren al patrimonio, registrándose sus operaciones en cuentas de orden y que los recursos remanentes se enteren a la Tesofe. Durante el año 2002 se redujo de manera considerable el presupuesto ejercido de FDELIQ, significando un monto de 497.8 millones de pesos, que contrasta con el presupuesto ejercido en el 2001 el cual fue de 3,162.6 millones de pesos, representando un recorte presupuestario de 2,664.7 millones

⎯ Objetivo. Comprobar que el Fideicomiso Liquidador de Instituciones y Organizaciones Auxiliares de Crédito realizó en tiempo y forma el trámite para renovar su clave de registro, de conformidad con la normatividad presupuestaria, y que la finalidad para la que fue creado se cumplió; asimismo, analizar los estados financieros (balance general y estado de resultados) para determinar su viabilidad y rentabilidad financiera; y analizar el costo de personal y su antigüedad y compararlo con otros fideicomisos, y corroborar que los ingresos captados y los recursos ejercidos coincidieran con lo autorizado.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría especial con el

propósito de evaluar la gestión financiera del Fideicomiso Liquidador de Instituciones y Organizaciones Auxiliares de Crédito.

⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. El fideicomiso cumplió en tiempo y

forma con el trámite para renovar su clave e registro conforme a la normatividad presupuestaria establecida. Sin embargo, dicha normatividad propicia una más lenta recuperación de cartera y la venta de bienes muebles e inmuebles que se traduce en un alto índice de cartera vencida (86.0% de la cartera total).

La ASF encontró, que FIDELIQ mostró una tendencia al deterioro en su viabilidad financiera y no es rentable, porque en el periodo 2000-2002 su patrimonio permaneció prácticamente estático y su remanente neto fue deficitario, situación que fue considerado por el Gobierno Federal para extinguir el fideicomiso. La ASF observó que en el periodo 2000-2002 el patrimonio del FIDELIQ apenas tuvo una tasa media de crecimiento anual del 0.4%, como resultado de que el activo total creció en 6.8% y el pasivo total en 15.1%. La

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Deuda del BNCI y los pasivos de los pensionados de los funcionarios y empleados de las instituciones liquidadas son los elementos sustantivos que explican el deterioro de FIDELIQ ( 56.9 % de los pasivos se deben a este último factor). En lo relativo a los costos del personal del FIDELIQ y de su antigüedad se encontró alta dispersión salarial entre los niveles de mandos medios y superiores y el personal operativo, así como una alta rotación de personal. Los costos del personal representaron el 75% de los ingresos operativos de FIDELIQ.

⎯ Acciones Promovidas. Se formuló una observación que generó una

recomendación de tipo preventivo para el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), ya que con la extinción del FIDELIQ en el 2003 a ésta entidad le corresponde efectuar las funciones que tenía a su cargo el FIDELIQ. La ASF recomendó que el SAE realice una evaluación de las Reglas de Operación que tenía el FIDELIQ, y las modifique en los casos en que proceda, a fin de facilitar la recuperación de la cartera y la venta de los bienes muebles e inmuebles y una vez que la presente a su Junta de Gobierno, deberá remitir a la Auditoría Superior de la Federación copia del acuerdo donde la Junta de Gobierno analizó el tema.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. El Gobierno Federal, a través de la Secretaría

de Hacienda y Crédito Público destinó recursos por un total de 3,296.4 millones de pesos al FIDELIQ desde la fecha de su creación hasta el 2002, lo que representa el 48.1% del saldo total de los recursos en los fideicomisos que coordina esa Secretaría.

⎯ Conclusiones de la ASF. La auditoría practicada se identificó con el área

estratégica fiscalización de alto impacto de la ASF. El FIDELIQ como un instrumento del gobierno para promover la recuperación de cartera y la venta de bienes muebles e inmuebles, cumplió con sus objetivos y meta institucional; sin embargo financieramente no es viable ni rentable ya que en el periodo 2000-2002 su patrimonio permaneció casi estático y registró pérdidas debido principalmente al costo de personal.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. El 24 de julio del 2003

se publicó en el DOF la resolución que autoriza a la Dirección General de Banca de Desarrollo de la SHCP iniciar el proceso de extinción del FIDELIQ. La ASF no emitió opinión sobre la eficacia del proceso de liquidación de la entidad fiscalizada, que ha evidenciado problemas para abatir la cartera vencida de los bienes que administra, por lo que la ASF debiera evaluar los incentivos de la normativa que rige los procesos de venta, para determinar si propicia procesos licitatorios de venta reiterados para que la administración del FIDELIQ proceda a efectuar ventas directas. Asimismo, la ASF indicó que la venta de paquetes de los activos administrados por el FIDELIQ impone precios elevados a dichos bienes, faltando un mecanismo eficiente de definición de precios de mercado competitivos evitando que los bienes se vendan a descuentos fuera de mercado.

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10. FINANCIERA NACIONAL AZUCARERA, S.N.C. Con fecha 28 de noviembre del 2000, se publicó el Decreto por el que se autoriza la desincorporación mediante disolución y liquidación de Financiera Nacional Azucarera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.

⎯ Objetivo: Comprobar que el proceso de disolución y liquidación de Financiera Nacional Azucarera, S.N.C. (FINA), se esté ajustando a la legislación y normativa.

⎯ Características: La auditoría comprendió el seguimiento del proceso de

disolución y liquidación de FINA; la aplicación del marco jurídico; la constitución de la estimación preventiva para riesgos crediticios; las acciones judiciales promovidas por la entidad fiscalizada para la recuperación de su cartera crediticia; la aplicación de los créditos otorgados a FINA para refinanciar sus obligaciones financieras, a fin de hacer frente a sus compromisos de pago en el ejercicio fiscal de 2002; el proceso de entrega recepción de la administración y bienes de la entidad fiscalizada al Fideicomiso Liquidador de Instituciones y Organizaciones Auxiliares de Crédito (FIDELIQ) hoy Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE); y la integración del libro blanco.

⎯ Resultados Relevantes. Con la revisión Especial se comprobó que FINA no

actualizó la valuación de su cartera a valor de realización mediante avalúos o proveedores de precios, entre otros; se constató que el saldo de la cartera de créditos ascendió a un total de 18 mil 399.5 millones de pesos, integrado por 18 mil 363.8 millones de pesos a cargo de los ingenios azucareros, y por 35,709.0 de ex empleados.

Se constató que FINA constituyó una reserva preventiva para riesgos crediticios por un monto de 13,341,032.0 miles de pesos, y otra para cubrir obligaciones laborales, que al 14 de agosto de 2003, ascendió a 865,756.2 miles de pesos, integrados por 690,888.0 del Fondo de Pensiones y 174,868.2 para Gastos Médicos. Se comprobó que FINA promovió 66 acciones judiciales en contra de 32 ingenios azucareros, de las cuales en 19 casos se dictó sentencia en firme a favor de la entidad fiscalizada, de las que obtendrá una recuperación por 184,795.1 miles de pesos, 1,023,690.7 miles de Unidades de Inversión (UDI); y 32,905.9 miles de dólares estadounidenses. Se comprobó que FINA promovió 42 demandas en contra de ex empleados, por un importe de 2,170.7 miles de pesos, de las cuales en 13 juicios se dictó sentencia en firme a favor de la entidad fiscalizada, de las que obtendrá una recuperación por 625.8 miles de pesos.

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Se constató que durante el ejercicio fiscal de 2002, FINA recuperó cartera de créditos por 264,052.0 miles de pesos a cargo de los ingenios azucareros, y 12,480.9 miles de pesos a cargo de ex empleados y jubilados; asimismo, obtuvo por conducto de su liquidador, 11 préstamos de hasta 10,081,270.7 miles de pesos para hacer frente a sus obligaciones de pago. Se comprobó que la integración del libro blanco sobre la liquidación de FINA, aún se encuentra en la etapa de compilación de documentos.

⎯ Acciones Promovidas. se formuló una observación, que generó una acción

promovida, correspondiente a una recomendación para Financiera Nacional Azucarera, S.N.C. (en proceso de desincorporación).

⎯ Opiniones y Conclusiones de la ASF. Como resultado del seguimiento

efectuado al Proceso de Desincorporación Mediante Disolución y Liquidación de FINA, se considera que, en lo general, tanto la entidad fiscalizada como su liquidador Servicio de Administración y Enajenación de Bienes han cumplido con lo que establece la normativa, excepto por la falta de actualización de su cartera crediticia a valor de realización.

Como resultado de la revisión practicada al Proceso de Desincorporación Mediante Disolución y Liquidación de Financiera Nacional Azucarera, S.N.C., se constató que, se dio cumplimiento al principio de “Mejores Prácticas Gubernamentales” de la Visión Estratégica de la ASF, y se concluye que la liquidación se está llevando a cabo de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento; el Decreto por el que se autoriza su desincorporación mediante disolución y liquidación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2000; las Bases que establecen la forma y términos en que deberá efectuarse la liquidación emitidas por la SHCP, mediante el oficio núm. 368.-.020/01 del 19 de enero de 2001, y demás disposiciones legales y normativas aplicables.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. FINA ejerció un

presupuesto para el 2002 de 5,345.7 millones de pesos, 100% superior al de 2001, lo cual entraña un proceso costoso y tardado de liquidación. En razón de la importancia que tiene la actualización de la cartera crediticia y de que la ASF considera que realizarlo sería muy oneroso para la Financiera, sería recomendable analizar la posibilidad de hacer una valuación de cartera a través de proveedores de precios, en virtud de que esta figura tiende a evitar conflictos de interés y reflejar de mejor manera su valor mercado. Hasta donde se sabe, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, recientemente autorizó las figuras de proveedores de precios (Price Vendor) con la finalidad expresa de realizar este tipo de trabajos en condiciones más competitivas de costo.

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Debe comentarse que otra causa que imposibilitó conocer un nuevo valor de realización de la cartera crediticia de FINA, lo constituyó el efecto de la expropiación de los ingenios azucareros del 3 de septiembre de 2001 por parte del Gobierno Federal, cuya cartera representa el 97 por ciento de la cartera vencida de la institución. La Auditoría Superior de la Federación señaló que debido a la importante limitación en el alcance de su trabajo relacionada con la calificación de la cartera de crédito, que implica que no pueda conocer el monto de la insuficiencia de la reserva de Crédito de la Financiera y de que no haya obtenido las declaraciones de la administración, se abstiene de expresar una opinión sobre la situación financiera de la institución al 31 de diciembre de 2002. Debe comentarse que la auditoría especial a FINA, forma parte de un grupo de revisiones que la ASF practicó a cuatro entidades, para evaluar el proceso de expropiación de los ingenios azucareros. Estas entidades son:

⎯ Financiera Nacional Azucarera SNC (FINA) ⎯ Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero (FEESA) ⎯ Promotora Azucarera SA de CV (PROASA) ⎯ Fideicomiso Comercializador (FICO)

Es preciso comentar que de estas cuatro, solamente se pudieron llevar a cabo las auditorías a FINA y FEESA. En los casos de PROASA, empresa mercantil, y FICO, Fideicomiso, no pudieron practicarse por la negativa de Nafinsa y los Directores Generales de ambos entes, para proporcionar la información solicitada por la ASF.

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11. FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA Con el fin de estimular la construcción, adquisición y mejora de vivienda a través del apoyo financiero a instituciones de crédito, el 10 de abril de 1963 se firmó el contrato para la constitución del Fondo de Operación y Descuento Bancario a la Vivienda. En la firma de dicho contrato intervinieron la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) como fideicomitente y el Banco de México (BANXICO) como fiduciario. De acuerdo con lo que se indica en las Condiciones Generales de Financiamiento, el FOVI otorga apoyo al financiamiento para la construcción, adquisición y mejora de vivienda a través del respaldo financiero a instituciones de crédito, a familias mexicanas con ingresos que en conjunto ascienden hasta seis salarios mínimos, con plazos de 20 o 30 años y dichos financiamientos se otorgan en UDIS con cobertura a salarios mínimos. El FOVI, para otorgar los créditos, opera a través de intermediarios financieros, los cuales son principalmente Sociedades Financieras de Objeto Limitado (SOFOLES), quienes tienen la responsabilidad de asegurar que los beneficiarios finales de los programas de vivienda cumplan con el perfil socioeconómico y los requisitos mínimos establecidos por el FOVI para el otorgamiento del crédito, este último puede verificar en cualquier momento la adecuada aplicación de las condiciones de otorgamiento. En 2002 el FOVI operó tres programas de financiamiento, el Programa Especial de Crédito y Subsidios a la Vivienda (PROSAVI), el Programa Financiero de Vivienda (PROFIVI) y el Programa de Construcción de Vivienda (PROCOVI). Mediante el PROSAVI los créditos otorgados fueron para adquisición de vivienda nueva a familias con ingresos acumulables de hasta cinco salarios mínimos y plazos máximos de 30 años. A través del PROFIVI se otorgaron créditos para adquisición de vivienda, mejora de vivienda, así como vivienda para arrendar; este programa beneficia a la población de menores ingresos y que sea considerada sujeto de crédito ante la Banca o SOFOLES. Estos créditos serán a plazos de 20 o 30 años, denominado en UDIS. En el caso del PROCOVI, son créditos para construcción de viviendas, denominados en UDIS, a plazo máximo de dos años y se liquida conforme se individualizan las viviendas. Para el 2002 se estableció que a la entrada en vigor de dicho convenio, se transferiría del FOVI a la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF), la cantidad de 10,000.0 millones de pesos para integrar su capital social. Con esta operación efectuada el 26 de febrero de 2002, el FOVI pasó a ser un fideicomiso sin estructura. Durante 2002, FOVI ejerció un presupuesto de 1429.1 millones de pesos, lo que representó un fuerte decrecimiento respecto al 2001, cuyo presupuesto ejercido fue de 2,880.2 millones de pesos, es decir una reducción de 1,451.1 millones.

⎯ Objetivo. Comprobar si logró alcanzar un índice de 100% en el avance de viviendas sobre un universo de cobertura de 6000 y si lo hizo aplicando cumpliendo la normatividad pertinente. La Auditoría Especial pretende llevar a

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cabo, la Evaluación de la Gestión Financiera del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda

⎯ Características de la Revisión. Por los recursos que maneja, la ASF incluyó en

su Programa de Auditorías, Visitas e Inspecciones correspondientes a la revisión de la Cuenta Pública 2002, una auditoría especial Al Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda, la cual comprendió el análisis del balance general, del estado de resultados, del presupuesto aprobado y ejercido de ingreso y gasto en flujo de efectivo, y la información programática respecto al cumplimiento de las metas de FOVI..

⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. De acuerdo con la ASF, el fondo

cumplió en tiempo y forma con el trámite para renovar su clave de registro conforme a la normatividad presupuestaria establecida. Se destaca, que la normatividad establecida por el FOVI para el otorgamiento y recuperación de los créditos es adecuada, ya que no cuenta con cartera vencida.

El FOVI es financieramente viable y rentable porque su patrimonio creció y generó utilidades netas en el periodo 1998-2002. Los resultados de las razones financieras reflejan que el fondo presenta un alto endeudamiento como consecuencia de que cumplió con los propósitos establecidos en su contrato de creación (obtener recursos para apoyar financieramente la construcción, adquisición y mejora de vivienda).

⎯ Acciones Promovidas. No se determinaron observaciones ni acciones.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha destinado recursos por un total de 1,265.5 millones de pesos al FOVI desde la fecha de su creación hasta el 2002, lo que representa el 18.5% del saldo total de los recursos en los fideicomisos que coordina esa Secretaría. Respecto a los financiamientos contratados destaca también los financiamientos de Banxico y del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF),

Conclusiones de la ASF. La auditoría se identificó con el área estratégica Fiscalización de Alto Impacto. El FOVI como un instrumento del gobierno para promover la construcción, adquisición y mejora de vivienda, cumplió con sus objetivos y meta institucional, determinándose que es financieramente viable y rentable, porque en el periodo 1998-2002 su patrimonio se incrementó y registró utilidades de operación y netas en dicho periodo. Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Debe destacarse el nivel de efectividad que mantiene el Fondo en el otorgamiento y recuperación de los créditos a la vivienda, lo cual significó que se convirtiera en la Sociedad Federal Hipotecaria.

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12. INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN DEL AHORRO BANCARIO (IPAB) El IPAB tiene como misión central la protección limitada del patrimonio de los ahorradores de la banca, y a partir de su creación tomó la administración de la deuda pública y de la administración de los activos de los Programas de Saneamiento Financiero aprobados por el Congreso y contraídos por el FOBAPROA. El IPAB durante el 2002 ejerció un presupuesto de 232 mil 660.9 millones de pesos, lo que significó 18% superior respecto al presupuesto ejercido en el 2001. El financiamiento del IPAB descansa en tres fuentes (a) Recursos del presupuesto (b) Ingresos por venta de activos bancarios y (c) Cuotas pagadas por el seguro de depósitos. A partir del 2001, el financiamiento de los pasivos FOBAPROA-IPAB es absorbido de manera creciente por los recursos presupuestarios. Como parte del Programa de Auditorías, Visitas e Inspecciones correspondientes a la revisión de la Cuenta Pública 2002, la Auditoría Superior de la Federación (ASF), realizó nueve auditorías especiales relacionadas con los asuntos siguientes:

⎯ Revisión de la Emisión de Bonos de Protección al Ahorro(BPA’S) ⎯ Evaluación de la Administración de la Cartera de Créditos Originadora de flujos

adquirida por el FOBAPROA al amparo del Programa de Capitalización y Compra de Cartera (PCCC)

⎯ Evaluación Complementaria de las operaciones del PCCC de Banamex ⎯ Evaluación del PCCC de BBV ⎯ Revisión del Saneamiento Financiero y Cesión de Activos y Pasivos de Banco

del Atlántico a Banco Internacional ⎯ Revisión del Proceso de Intervención, Saneamiento y Liquidación de Banco

Interestatal ⎯ Evaluación de los Programas de Apoyo a Ahorradores de la Banca ⎯ Revisión de la Venta de Bienes administrados por el IPAB ⎯ Evaluación de los Egresos Presupuestales del Capítulo 3000 “Servicios

Generales”

Con la práctica de las 9 auditorías Especiales, la ASF determinó 38 observaciones que derivaron en 49 acciones, de las cuales 44 son preventivas (recomendaciones) y 5 correctivas, entre las que se cuentan 2 promociones para el fincamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias y 3 solicitudes de intervención del OIC. En el cuadro siguiente se puede apreciar la síntesis de acciones promovidas como resultado de las auditorías al IPAB.

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COMENTARIOS A LAS OBSERVACIONES DE LA ASF DERIVADAS DE LAS AUDITORÍAS FOBAPROA-IPAB. CUENTA PÚBLICA 2002

Revisión Comentarios a Recomendaciones de la ASF 1. Emisión de Bonos de Protección al Ahorro(BPA’S)

Ninguno

2. Evaluación de la Administración de la Cartera de Créditos Originadora de flujos adquirida por el FOBAPROA al amparo del Programa de Capitalización y Compra de Cartera (PCCC)

Las recomendaciones y acciones se centraron en la obtención de información sobre el manejo de los Fideicomisos del PCCC. Sin el análisis de esa información el Congreso no tiene los elementos suficientes para autorizar la conversión de Pagarés FOBAPROA en deuda publica.

3.Evaluación Complementaria de las operaciones del PCCC de Banamex

Las recomendaciones más relevantes se relacionan con la posibilidad de disminuir el costo fiscal de los Pagarés FOBAPROA por la inclusión indebida de créditos en el PCCC tramos I y II equivalentes a 476.2 millones por estar excluidos del programa.

4. Evaluación del PCCC de BBV

Las recomendaciones de la ASF giraron en torno a la posible disminución del costo fiscal de los pagarés FOBAPROA, por la inclusión indebida de créditos de los tramos II,III (1677.9 millones de créditos en litigio) y tramo Atlas por (.7 millones) .

5. Saneamiento Financiero y Cesión de Activos y Pasivos de Banco del Atlántico a Banco Internacional

Las recomendaciones de la ASF se relacionan con fincamientos de responsabilidades por irregularidades en licitaciones en la contratación de despachos de prestación de servicies de asesoría. Destaca la recomendación a la CNBV para que informe de las acciones derivadas de las irregularidades detectadas por los despachos Price waterhouse y Gallástegui lozano. Al IPAB la ASF recomienda el deslinde de responsabilidades por la cancelación indebida de las cuentas por cobrar a ex funcionarios asociados con el FONDO Opciones y por la venta directa de acciones al Grupo Financiero Atlántico.

6. Proceso de Intervención, Saneamiento y Liquidación de Banco Interestatal

Ninguno

7. Programa de Apoyo a Ahorradores

Ninguno

8. Venta de Bienes La recomendación de la ASF al Órgano Interno de Control del IPAB es para que proceda a fincar las responsabilidades administrativas, al no demostrar el Instituto la excepcionalidad de la licitación pública por concepto de prestación de servicios por 40 millones de pesos.

9. Egresos Presupuestales del Capítulo 3000 “Servicios Generales”

Ninguno.

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El impacto económico de la crisis financiera de 1994 asciende a 1 billón 037 mil 355.7 millones de pesos, correspondiendo 62% al costo fiscal IPAB, el 31% es decir 322 mil 663.7 millones de pesos a las asignaciones presupuestarias anuales del periodo 1995-2004. La ASF determinó una baja tasa de recuperación de los activos transferidos al FOBAPROA y administrados por el IPAB. En general las revisiones FOBAPROA- IPAB son de las más complejas e interesantes por los recursos que involucra; debe tenerse presente que el costo fiscal determinado por la ASF rebasa el billón de pesos. El problema fundamental, es las enormes dificultades que tiene la ASF para acceder a la totalidad de la información relevante. Una parte de esta deuda sigue como pasivo contingente y es la referida al programa de Capitalización y Compra de Cartera, cuyos pasivos ascienden a 208 mil millones de pesos. La conversión de pagares FOBAPROA deuda pública avalada por el IPAB, debería ser precedida por el conocimiento de la información del estado que guardan la administración de los fideicomisos a fin de determinar los costos fiscales en que se incurrirá y el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos por las instituciones que fueron apoyadas por el programa.

12.1 IPAB. REVISIÓN DE LA EMISIÓN DE BONOS DE PROTECCIÓN AL AHORRO (BPA’S)

⎯ Objetivo. Evaluar si el IPAB cumplió con las obligaciones establecidas en la ley

de Ingresos del 2002, garantizando que el programa de colocación de bonos entre los inversionistas, se realizó para hacer frente a las obligaciones de pago, otorgar liquidez a los títulos y mejorar el perfil de pagos y las condiciones financieras relativos a los pasivos administrados por el instituto

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

especial, la cual cubrió la totalidad de las emisiones realizadas por el IPAB en el 2002, las cuales representan el 34.3 % del total de emisiones vigentes.

⎯ Resultados relevantes. En lo general la ASF consideró que el proceso de

emisión de bonos IPAB cumplió con los objetivos de refinanciar sus obligaciones financieras, para hacer frente a sus obligaciones de pagos, otorgar liquidez a sus títulos y mejorar la estructura de plazos. Los pasivos del Instituto al 31 de diciembre de 2002 ascendieron a 788,614.0 millones de pesos. Para el ejercicio fiscal 2002 la Junta de Gobierno del IPAB aprobó la colocación de bonos por 100 mil millones de pesos, logrando colocar 79,150 millones de pesos.

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⎯ Acciones promovidas. Ninguna ⎯ Efectos Económicos y Sociales. Se colocaron Bonos de Protección al Ahorro

(BPA) por 79,150 millones de pesos valor nominal, distribuidos de la siguiente manera: Bonos a tres años 54,600 millones, Bonos a cinco años por 5,800 millones y Bonos a cinco años por 18,750 millones.

⎯ Conclusiones de la ASF. Se comprobó que el IPAB en lo general cumplió con

sus obligaciones establecidas en la Ley de Ingresos de la Federación del año 2002.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Las colocaciones de

bonos BPA´S los efectúa el IPAB a través de Banxico su agente financiero. La ASF no se pronuncia sobre la posibilidad de disminuir o desaparecer la prima de riesgo que pagan los bonos IPAB respecto a las emisiones de deuda gubernamental que hace la SHCP y que significarían ahorros fiscales sustantivos de concentrarse ambas emisiones en una sola. Al 31 de diciembre del 2002, los pasivos del IPAB se hallaban distribuidos entre deuda pública y pasivos contingentes, tal como lo muestra el cuadro siguiente.

Distribución de los pasivos IPAB al 31 de diciembre de 2002

Pasivo Miles de millones de pesos

Participación Tipo de pasivo

Pagarés FOBAPROA del Programa de capitalización y Compra de Cartera

208.41 26.4% Pasivo Contingente, pendiente de conversión a deuda pública

Programas de Saneamiento Financiero

128.06 16.2% Deuda Pública

Programas de Banca en Liquidación

32.15 4.1% Deuda pública

Emisiones y Préstamos 419.99 53.3% Deuda Pública Total 788.61 100.00%

12.2 IPAB. EVALUACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA CARTERA DE CRÉDITOS ORIGINADORA DE FLUJOS ADQUIRIDA POR EL FOBAPROA AL AMPARO DEL PROGRAMA DE CAPITALIZACIÓN Y COMPRA DE CARTERA (PCCC)

⎯ Objetivo. Comprobar que la administración y cobranza de la cartera crediticia del

PCCC, se lleva a acabo de acuerdo a la normatividad establecida, y que el registro de la cobranza de dicha cartera, así como la situación financiera de los flujos que guarde cada uno de los fideicomisos se refleje en los estados financieros.

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⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría especial, que evalúe la totalidad de la información relevante concerniente a la administración de la cartera.

⎯ Resultados relevantes. La ASF, no contó con evidencia para verificar el

cumplimiento a las cláusulas referentes a la constitución de los Comités Técnicos de los fideicomisos y la rendición de cuentas y responsabilidades de la fiduciaria desde su constitución hasta septiembre de 1999. No contó con evidencia documental relativa a quitas, castigos y quebrantos que los bancos han aplicado a la cartera del PCCC, por la reticencia de los bancos a proporcionar información

La ASF determinó un costo fiscal estimado del PCCC al 31 de diciembre de 2002 de 96.8 mil millones de pesos más una contingencia de 17 mil millones de pesos para afrontar quebrantos por los activos de incierta realización al vencimiento de los pagarés FOBAPROA cuyo valor global es de 208.4 mil millones de pesos.

Ante la falta de información pertinente, la ASF no pudo comprobar que la administración y cobranza de la cartera crediticia del PCCC, se lleva a cabo de conformidad con lo estipulado en los contratos del fideicomiso, el registro de la cobranza de la cartera crediticia del PCCC, y que la situación financiera de los flujos de cada uno de los fideicomisos se refleje en los estados financieros. Sin embargo, los estados financieros de los fideicomisos con las salvedades señaladas indican una cobranza baja como se muestra a continuación.

Niveles de cobranza de la cartera de los fideicomisos creados al amparo del PCCC al 31 de

diciembre de 2002 Fideicomiso Efectivo/sobre Pagaré

FOBAPROA Comentario

Bancomer Tramo I 16.58% No alcanza el porcentaje mínimo de cobranza (20%) para acceder al esquema de incentivos

Bancomer Tramo II 19.41% No alcanza el porcentaje mínimo de cobranza (20%) para acceder al esquema de incentivos

Banamex Tramo I 30.1% Alcanza el porcentaje mínimo de cobranza (20%) para acceder al esquema de incentivos

Banamex Tramo II 24.1% Alcanza el porcentaje mínimo de cobranza (20%) para acceder al esquema de incentivos

Banorte Tramo I 24.57% No se implantó el esquema de incentivos ya que la pérdida compartida por el banco es del 29%

Banorte Tramo II 28.21% Alcanza el porcentaje mínimo de cobranza (20%) para acceder al esquema de incentivos

Bital Tramo I 15.91% No alcanza el porcentaje mínimo de cobranza (20%) para acceder al esquema de incentivos

Bital Tramo II y III 24.37% Alcanza el porcentaje mínimo de cobranza (20%) para acceder al esquema de incentivos

BBV Tramos II y III 18.03% No alcanza el porcentaje mínimo de cobranza (20%) para acceder al esquema de incentivos

BBV Tramo Atlas 27.02% Alcanza el porcentaje mínimo de cobranza (20%) para acceder al esquema de incentivos

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⎯ Acciones promovidas. Se formularon 22 observaciones que generaron igual número de acciones promovidas, todas relacionadas con la falta de información no entregada a la ASF.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. Las recomendaciones promovidas por la ASF,

están orientadas a que la SHCP en su carácter de fideicomitente del FOBAPROA dé cumplimiento de los contratos del fideicomiso. Los pagarés otorgados por el FOBAPROA y avalados por el Gobierno Federal, ascienden a 208,394.4 millones de pesos, con un costo fiscal estimado por la ASF de 96,826.8 millones de pesos.

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF no pudo comprobar si cumplió con las

cláusulas establecidas en los contratos de cada uno de los fideicomisos creados al amparo del PCCC

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Los niveles de

cobranza de las instituciones financieras en relación a las recuperaciones crediticias de la cartera de los fideicomisos ha sido bajos, sin que se conozca la calidad de la administración por la reticencia de los bancos a proporcionar información respecto a este punto al IPAB y a las Autoridades Monetarias.

La baja cobranza pudiera justificar un posible aumento de las pérdidas compartidas en contra de los bancos. Asimismo, la ASF no ha realizado con atingencia las gestiones apropiadas para acceder a la referida información. Cabe señalar, que la CNBV tiene las facultades suficientes para supervisar las áreas fiduciarias de las instituciones que participaron en el PCCC. Asimismo, es importante recordar que la mayoría de los representantes de los Comités técnicos de los referidos Fideicomisos son servidores públicos de la SHCP, Banxico y CNBV.

12.3 IPAB. EVALUACIÓN COMPLEMENTARIA DE LAS OPERACIONES DEL

PROGRAMA DE CAPITALIZACIÓN Y COMPRA DE CARTERA DE BANAMEX.

⎯ Objetivo. Comprobar que la cartera crediticia originadora de flujos adquirida por

el FOBAPROA a Banamex, se efectúo conforme a la normatividad establecida. ⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

Especial, que implicó la revisión de los créditos iguales o menores a 200 mil pesos incluidos en el PCCC Banamex Tramo I.

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⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó las siguientes observaciones que se acumulan a las que se han vertido en las revisiones de Cuenta Pública 2000 y 2001 para este programa y para esta institución financiera.

(i) Inclusión indebida en la cartera originadora de flujos del PCCC de 8,108

créditos con valores menores a cien mil pesos por un monto de 208.4 millones de pesos.

(ii) Inclusión indebida de 2,091 créditos de los que no se contó con evidencia

documental suficiente que permita acreditar que corresponden a créditos agrícolas por 267.8 millones de pesos.

⎯ Acciones promovidas. Se formularon 2 observaciones que generaron cuatro

recomendaciones con la finalidad de disminuir el costo fiscal del Programa. ⎯ Efectos Económicos y Sociales. Se determinó que el importe total de los

créditos que indebidamente se transfirieron al PCCC Banamex tramo I, ascendió a 476.2 millones de pesos.

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF indicó que se transfirieron al PCCC Banamex 10,199 créditos en contravención de la normatividad establecida.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Se sugiere un

seguimiento especial para verificar el cumplimiento de las recomendaciones y sobretodo para evaluar si dichas observaciones son solventadas por las entidades fiscalizadas sin que haya ningún impacto económico.

12.4 IPAB. PROGRAMA DE CAPITALIZACIÓN Y COMPRA DE CARTERA BBV

⎯ Objetivo. Comprobar que el proceso de Capitalización y Compra de Cartera de

BBV se ajustó a la legislación aplicable. ⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

especial, que implicó la revisión de los tramos II, III y BBV Atlas, mediante los cuales el banco transfirió cartera originadora de flujos.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF afirma que el Comité Técnico

del FOBAPROA actuó con alta discrecionalidad lo que se reflejó en la decisión de incluir en el PCCC a BBV, acción que no debió de suceder en virtud de que el Banco presentaba índices de capitalización superiores al 8% mínimo exigido por las autoridades de supervisión.

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La ASF no obtuvo la evidencia de las quitas, condonaciones, castigos y quebrantos aplicados por el Fideicomiso. Se determinó la inclusión indebida en los tramos II y III de créditos que estaban excluidos en las Bases de Capitalización por (a) 4,277 casos con valores iguales o menores de 200 mil pesos por 208.2 millones de pesos. (b) 2,944 créditos en litigio por 933.7 millones de pesos, los cuales no se especificaron, y también se corroboró la inclusión indebida en el tramo BBV-Atlas de (a) 18 créditos iguales o menores de 50 mil pesos por 0.4 millones de pesos y de (b) 153 créditos en litigio por 55.0 millones de pesos.

⎯ Acciones promovidas. Se formularon 6 observaciones que generaron catorce

acciones relativas a recomendaciones: 6 a la SHCP; 4 al IPAB y 4 a la SFP. ⎯ Efectos Económicos y Sociales. Se determinó que el importe total de los

créditos que indebidamente se transfirieron al PCCC BBV ascendió a 168.2 millones de pesos en adición a la de los créditos en litigio que sufran evicción.

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF indicó que dado el nivel de capitalización de

BBV arriba del 8% mínimo exigido por la norma, la institución no debió haber participado en el Programa de Capitalización.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Sería recomendable

que la ASF realice una evaluación en la que se determinen las implicaciones de las acciones que llevaron a la inclusión indebida en el PCCC de instituciones financieras cuyos índices de capitalización eran superiores al 8%, nivel que establecieron las autoridades de supervisión.

12.5 IPAB. SANEAMIENTO FINANCIERO Y CESIÓN DE ACTIVOS Y

PASIVOS DE BANCO DEL ATLÁNTICO A BANCO INTERNACIONAL

⎯ Objetivo. Comprobar el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo noveno transitorio de la LPAB; y que el proceso de saneamiento que efectúo el IPAB con banco del Atlántico se ajustó cabalmente a la normatividad.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

especial, que implicó la revisión del marco jurídico, el análisis del Saneamiento Financiero y la evaluación del proceso de cesión de activos y pasivos de Atlántico a BITAL.

⎯ Resultados relevantes. La revisión de la ASF señala que la Junta de Gobierno

del IPAB aprobó la metodología de revisión, evaluación y en su caso concluir la operación de Saneamiento financiero de Atlántico y la contratación de terceros

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especializados a fin de cumplir con las auditorías según lo dispuesto por el artículo noveno transitorio Ley IPAB. Sin embargo, la ASF señala que el IPAB pagó indebidamente el 30% del monto total de los honorarios del despacho Gallástegui y Lozano sin acreditar que se hubiere recibido servicio alguno y no solicitó la fianza respectiva.

La CNBV solicitó al IPAB información y documentación para emitir, en su caso, la opinión de delito en términos y para efecto del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC) y/o de aplicar las sanciones que se deriven. Se destacan posibles anomalías en el funcionamiento del Fideicomiso del Plan de Opciones.

El saneamiento de Banco del Atlántico se concluyó el 1 de octubre de 2002. La ASF constató que HSBC al adquirir y capitalizar a GF Bital pago 95.2 millones de pesos, por ajuste contable de Banco del Atlántico (adquirido por Bital), pagando adicionalmente 79.6 millones de pesos al IPAB derivado de los beneficios obtenidos por dicha capitalización.

⎯ Acciones promovidas. Se formularon 5 observaciones que generaron 6 acciones relativas a 4 recomendaciones y dos solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. La ASF promovió diversas acciones con el

propósito de que el IPAB dé cumplimiento a las disposiciones normativas.

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF indicó que en lo general el saneamiento financiero y la cesión de activos y pasivos de Atlántico a Bital se realizaron conforme a lo dispuesto a la legislación.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Falta una evaluación

más detallada sobre la problemática de banco del Atlántico y los costos absorbidos por el Gobierno para su saneamiento financiero, aspectos que debieron ser incluidos en la revisión como un elemento del saneamiento global del banco y de los costos implicados.

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12.6 IPAB. INTERVENCIÓN, SANEAMIENTO FINANCIERO Y LIQUIDACIÓN DE BANCO INTERESTATAL, S.A.

⎯ Objetivo. Comprobar que la Intervención Gerencial del Banco Interestatal,

conducida por la CNBV; que el saneamiento financiero efectuado por el FOBAPROA al banco; y que el proceso de venta de sucursales a Atlántico se realizaron conforme a la normatividad.

⎯ Características de la Revisión. Comprendió toda la revisión de la Intervención

gerencial, la transmisión de las sucursales, el proceso de entrega recepción de la institución por parte de la CNBV al IPAB para su liquidación. La ASF determinó practicar una auditoría especial, que implicó la revisión del marco jurídico, el análisis del Saneamiento Financiero y la evaluación del proceso de cesión de activos y pasivos de Atlántico a BITAL.

⎯ Resultados Relevantes. El 13 de septiembre de 1995, la CNBV ante la

existencia de diversas irregularidades en la administración del Banco, declaró la Intervención Gerencial de Banco Interestatal, como resultado de ello, el valor acumulado de los pasivos absorbidos por el Gobierno en la forma de pagarés FOBAPROA significaban al 31 de diciembre de 2003 un monto de 1,113.4 millones de pesos (350 millones de capital y 763.4 millones de intereses generados) producto del crédito simple que como apoyo financiero se había otorgado en enero de 1996. Sin embargo, el valor de las operaciones pasivas que el IPAB asumió de Interestatal ascendieron a 6,959 millones de pesos (de acuerdo al convenio de asunción de pasivos del 12 de julio de 2001). La ASF señaló que el costo de la liquidación (conducida por Deloitte & Touche Case) a septiembre de 2003 a 7,082 millones de pesos.

La transferencia de los pasivos de Interestatal a Banco del Atlántico ascendió al 30 de mayo de 1997 a 1,198.2 millones de pesos. La lista consolidad de transacciones reportables detectadas por Mackey del banco, corresponden a 883.9 millones de pesos (740.5 corresponden al grupo B “ créditos relacionados” y 143.4 al grupo C “ créditos ilegales claramente violatorios de las normas de las sanas practicas bancarias”) El órgano de fiscalización indico que el IPAB obtuvo ingresos por la venta integral de las sucursales de Interestatal por 34.4 millones de pesos (venta de sucursales, de inmuebles, primas sobre pasivos estables). Asimismo, señala que al 31 de diciembre de 2002, se habían recuperado 165.0 millones de pesos (por medio de pagos en efectivo, daciones y reestructuras crediticias) de créditos reportables del grupo B y 26 millones de pesos del grupo C. Sin embargo, la ASF constata que al 31 de diciembre de 2003 han prescrito las acciones legales para recuperar los créditos del grupo C.

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⎯ Acciones promovidas. Ninguna. ⎯ Efectos Económicos y Sociales. El costo de liquidación del banco ascendió a

7,092 millones de pesos. ⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF indicó que las autoridades encargadas de la

intervención, saneamiento y liquidación del banco cumplieron con la normatividad aplicable.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. La ASF no hace una

evaluación detallada de la calidad de la administración bajo la Intervención y en lo particular respecto al proceso larguísimo que ha implicado la liquidación de este banco, lo cual condujo a elevar de manera sustancial los costes fiscales utilizados para su rescate. Tampoco hace una análisis de la calidad de los pasivos de la institución para saber que clase de depositantes y ahorradores se protegió ya que si había una concentración en pasivos no estables con depositantes concentrados en ahorradores con elevado poder económico, las acciones para liquidar el banco debieron ser expeditas a fin de eficientar los costes de este rescate específico.

12.7 IPAB. PROGRAMAS DE APOYO A AHORRADORES

⎯ Objetivo. Comprobar que los apoyos financieros que otorgó el gobierno federal al IPAB durante 2002, por 28,493.6 millones de pesos para los programas de Apoyo a los Ahorradores de la banca se ejercieron y registraron conforme a la normativa.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

especial, que implicó la revisión del 64.8% del total de los recursos ejercidos en el ramo 34 Erogaciones para los programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores de la Banca.

⎯ Resultados relevantes. Se asignaron 45.4 mil millones de pesos al rubro

“Erogaciones para los programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores de la Banca” del ramo 34, de los cuales 28.5 mil millones de pesos fueron destinados a apoyar a los Ahorradores, distribuidos de la siguiente manera:

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Erogaciones del IPAB por Institución para el pago de obligaciones garantizadas 2002 Instituciones Miles de millones

de pesos Participación

Banamex 0.85 2.98 % Bancrecer 2.01 7.06% BBV 0.09 0.32% Citibank 1.20 4.21% Scotia-Inverlat 1.28 4.49% Banorte 1.63 5.72% Santander 0.46 1.62% NAFIN 1.56 5.48% Promex 0.46 1.62% Serfin 12.40 43.54% Bonos IPAB ( BPA´S) 6.54 22.96% Total 28.48 100.00%

Los estados financieros del IPAB al 31 de diciembre de 2002 reflejan una estimación que equivale a un exceso de los egresos sobre los ingresos por 640.8 mil millones de pesos, que tendrá que enfrentar el Gobierno por el rescate bancario. De 1999 a 2002 el gobierno federal ha destinado 105.4 mil millones de pesos a los Programas de Apoyo a Ahorradores de la banca. Para los ejercicios fiscales 2003 y 2004 se asignaron erogaciones por este concepto de 23.8 y 24.7 mil millones de pesos respectivamente.

⎯ Acciones promovidas. Ninguna.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. Los recursos destinados a los Programas

destinados al Apoyo de los Ahorradores durante 2002 ascendieron a 28,493.6 millones de pesos.

⎯ Conclusiones de la ASF. Se comprobó que la SHCP y el IPAB cumplieron con

la normativa al aplicar los recursos destinados como apoyo a los citados programas provenientes del ramo 34.

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12.8 IPAB. VENTA DE BIENES.

⎯ Objetivo. Comprobar que el procedimiento para la enajenación de los bienes inmuebles propiedad del banco Interestatal, se realizó en cumplimiento de la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

especial, que implicó la revisión de tres procedimientos aplicados en la enajenación de 30 inmuebles propiedad de Banco Interestatal, S.A.

⎯ Resultados relevantes. La ASF señala que no se obtuvo evidencia documental

del IPAB de que en el proceso de invitación a cuando menos tres, el Comité de Crédito Ampliado de Banco Interestatal hubiera autorizado la contratación del perito valuador, y el precio que cobraría por los avalúos.

El proceso de subasta pública de 30 inmuebles se ajustó a la normativa, con lo cual Banco Interestatal realizó una venta en términos económicos y financieros convenientes en monto y en plazo.

⎯ Acciones promovidas. Se formuló una observación que generó una acción

promovida dirigida al Órgano de Control Interno para que proceda a aplicar las sanciones correspondientes.

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF detectó algunas deficiencias en los procesos

de enajenación de los bienes. Las fallas tuvieron que ver con la contratación de servicios profesionales para la valuación de inmuebles y en los procesos de venta de los activos.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. La ASF indica que la

venta de los bienes fue adecuada en términos y financieros de acuerdo al artículo 61 de la ley IPAB, sin embargo, no se pronuncia de la calidad de la cobranza en lo general, dado el enorme costo de liquidación que significó banco interestatal.

.

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12.9 IPAB. EVALUACIÓN DE EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”.

⎯ Objetivo. Comprobar que el presupuesto asignado al IPAB correspondiente al

capitulo 3000 Servicios Generales, en el ejercicio fiscal 2002, se ejerció y registro conforme a la legislación establecida.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

especial, que implicó la revisión del 54.3% del presupuesto ejercido por el IPAB en este capítulo.

⎯ Resultados Relevantes. El presupuesto original a nivel de flujo de efectivo

destinado al IPAB para el 2002 fue de 168 mil 119.6 millones de pesos canalizándose 380.2 millones al capítulo 3000. El presupuesto modificado autorizado por la SHCP destinado al IPAB fue de 240 mil 665.2 millones y de 312.9 millones el que se canalizó al capitulo 3000.

No se demostró la excepción de la licitación pública, del contrato de prestación de servicios profesionales celebrado entre el IPAB y el Bufete Montoya Rivero.

⎯ Acciones Promovidas Se formularon dos observaciones, que generaron igual

número de acciones promovidas. ⎯ Efectos Económicos y Sociales. La ASF no encontró evidencia documental

para justificar la excepción de una licitación pública a favor del despacho Bufete Montoya, S.C. por un monto de 11.5 millones de pesos.

⎯ Conclusiones de la ASF. El IPAB no se ajustó a la normatividad en la

contratación de servicios externos.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Además de las irregularidades que se detectaron sobre la falta de evidencia documental, las elevadas cifras presupuestales que se presentan para el Capítulo 3000 del Instituto, requieren de un análisis mucho más profundo, que permita evaluar el costo administrativo de la protección al ahorro bancario.

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13. LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA (LOTENAL) Las actividades institucionales de esta entidad se orientan al apoyo económico de las funciones a cargo del Ejecutivo Federal en el campo de la asistencia pública, destinando a ese fin los recursos que obtenga mediante la celebración de sorteos con premios en efectivo. En el año 2002, LOTENAL ejerció un presupuesto de 923.9 millones de pesos, un decrecimiento del 3% respecto al ejercido en el 2001. En contraste, los ingresos de la entidad se incrementaron en 3% en 2002, alcanzando un importe de 1,425.0 millones de pesos. Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2002, la ASF practicó 2 auditorías financieras y de cumplimiento a Lotenal, de las cuales se derivaron 13 observaciones que generaron 21 acciones, 10 preventivas y 11 correctivas, 9 de las cuales corresponden a solicitudes de intervención de los OIC.

13.1 FIDEICOMISOS IRREVOCABLES DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN Y DE ADMINISTRACIÓN “TRANSFORMA MÉXICO”

⎯ Objetivo. Comprobar que el origen y aplicación de los recursos asignados a los fideicomisos Irrevocable de Administración e Inversión y de Administración "Transforma México"; se autorizaron, justificaron, comprobaron y registraron de acuerdo con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, que implicó la revisión de los apoyos otorgados a los fideicomisos “Irrevocable de Administración e Inversión” y de Administración “Transforma México”. Se revisó un monto de 110.9 millones de pesos, que representó el 68.4% del total de los apoyos otorgados en el ejercicio 2002.

⎯ Resultados Relevantes. Del fideicomiso Irrevocable de Administración e

Inversión núm. 2505-1, con un saldo al 31 de diciembre de 2002 por 663.7 miles de pesos, se están realizando las gestiones ante la fiduciaria para su extinción, en cumplimiento del acuerdo de la H. Junta Directiva de la LOTENAL ante la existencia de diversas irregularidades. La ASF constató las siguientes irregularidades: (i) De los apoyos otorgados por el fideicomiso “Transforma México” núm. 566-01, a dos instituciones, por 51.5 millones de pesos, se otorgaron 22.3 millones de pesos en exceso, respecto de los límites establecidos por la norma establecida. (ii) El Director de Evaluación de Recursos para la Asistencia Pública de LOTENAL, presuntamente promovió en

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forma indebida el otorgamiento de un donativo a una asociación, ya que el despacho del cual es socio dictaminó los estados financieros presentados junto con la solicitud del donativo, y además formaba parte del Consejo Ejecutivo de dicha institución. (iii) Una asociación apoyada por LOTENAL que concluyó sus actividades no ha reintegrado un remanente por 5.9 millones de pesos. (iv) Inclusión indebida en los apoyos a una asociación de 60 equipos por .4 millones de pesos, debiendo ser reintegrados a LOTENAL dichos recursos con sus intereses (v) La ASF no obtuvo evidencia documental de visitas de supervisión por parte de LOTENAL para la aplicación de los recursos. (vi) No se han realizado auditorías a los recursos otorgados al Fideicomiso “Transforma México”(vii) recursos donados al citado fideicomiso por 110 millones de pesos no fueron enterados a través de la TESOFE para que la secretaría de salud los aplicara a la asistencia pública, aunque la ASF constató que 38 instituciones recibieron el 95.1% del fondo fideicomitido, revisando los apoyos que recibieron 4 instituciones.

⎯ Acciones Promovidas. Como resultado de la revisión, se formularon 7 observaciones, que generaron 13 acciones promovidas, de las cuales 7 son recomendaciones y de éstas, 3, son para fortalecer el control interno; 2, para que se reintegren al Fideicomiso “Transforma México” recursos no ejercidos; 1, para que se extinga un fideicomiso y se reintegren los recursos a la TESOFE; 1, para que los recursos que obtenga se enteren a la TESOFE conforme a su Ley Orgánica; además se requirieron 4 solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control para que proceda en el ámbito de sus atribuciones, y 2 pliegos de observaciones por el probable daño al patrimonio del Fideicomiso Público de Lotería Nacional para la Asistencia Pública denominado “Transforma México”.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. Reintegrar al Fideicomiso de Administración

“Transforma México” 6.4 millones de pesos.

⎯ Conclusiones de la ASF. Con los resultados de la auditoría, la ASF consideró que no se dio cumplimiento al concepto de Rendición de Cuentas, en incumplimiento de lo que establece la Visión Estratégica de la ASF, ya que se determinaron deficiencias en el manejo de los recursos del Fideicomiso “Transforma México”.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Es necesario que ante

el tipo de irregularidades detectadas en el Fideicomiso, la ASF mantenga un seguimiento puntual a efecto de garantizar el establecimiento de las responsabilidades que correspondan. En todo caso, debe tenerse presente que la ASF tiene facultades para fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones correspondientes, así como promover ante autoridades el fincamiento de otras responsabilidades, y presentar las denuncias y querellas derivadas de presuntas conductas ilícitas.

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13.2 EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 3000 "SERVICIOS GENERALES"

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones del Capítulo 3000 “Servicios

Generales” se incluyeron en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y se autorizaron, justificaron y comprobaron; que los servicios se recibieron en la entidad fiscalizada; que en los procesos de adjudicación se observó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; que las modificaciones del presupuesto, se efectuaron de acuerdo con el Manual de Normas Presupuestarias, y que su registro presupuestal y contable se ajustó a la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, que implicó la revisión relativa a los Egresos Presupuestales del Capítulo 3000 “Servicios Generales”. Se revisó una muestra de 23 contratos, por 124.9 millones de pesos, que representó el 33.7% del monto ejercido en este capítulo.

⎯ Resultados Relevantes. En la revisión del capítulo 3000 “Servicios Generales”,

sobresalen los siguientes resultados:

La ASF detectó anomalías en los procesos de adquisición; en un caso debió de realizarse licitación pública (el monto observado fue de 2.8 millones de pesos) y en ocho casos los contratos debieron celebrarse por el procedimiento de invitación a cuando menos tres y en ningún caso debieron adquirirse por asignación directa (el monto total observado ascendió a 11.1 millones de pesos). Se asignaron incorrectamente ocho adjudicaciones directas, por 12,7 millones de pesos relativos a la contratación de servicios de publicidad, que debieron asignarse por licitación pública. Asimismo, de los 23 contratos revisados, la ASF constató que en ocho correspondientes a servicios de publicidad, por 26,3 millones de pesos, los proveedores presentaron las fianzas de cumplimiento de los contratos, entre cuatro y 53 días después de lo establecido en los contratos. No se justificó la celebración del contrato 084/02 adjudicado directamente, por 1,2 millones de pesos. El contrato 134/02, por .6 millones de pesos, se adjudicó mediante licitación pública nacional a una empresa que tenía antecedentes de falta de probidad y honradez, que se presentaron en el ejercicio de 2001. En una adjudicación directa, por 1,7 millones de pesos, el dictamen técnico que se elaboró presentó irregularidades en la justificación del servicio; además, el contrato se firmó en fecha posterior a la conclusión del servicio.

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⎯ Acciones Promovidas. Se formularon seis observaciones, que generaron ocho acciones promovidas, de las cuales tres son recomendaciones para fortalecer el control interno y cinco son solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control para que actúe en el ámbito de sus atribuciones.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. La ASF promovió diversas acciones para que

LOTENAL fortalezca los controles que permitan un adecuado manejo presupuestal del capítulo 3000.

⎯ Conclusiones de la ASF. Con la evaluación del capitulo 3000, la ASF comprobó

que LOTENAL cumplió con el concepto de Rendición de Cuentas como se establece en la Visión Estratégica del órgano fiscalizador

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Al igual que en otras

auditorías financieras y de cumplimiento, los resultados de la revisión revelan importantes irregularidades en los procesos de adquisición, adjudicaciones a empresas con antecedentes negativos y a pesar de ello se concluye que en general se cumple con el concepto de rendición de cuentas. Es necesario que ante este tipo de acontecimientos, se establezcan con energía las responsabilidades que procedan, sobre todo en un escenario en el que se tienen antecedentes de una mala prestación de servicios.

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14. NACIONAL FINANCIERA S.N.C. Nacional Financiera tiene como objetivo promover al ahorro y la inversión, así como canalizar apoyos financieros y técnicos al fomento industrial y en general, al desarrollo económico nacional y regional del país. El presupuesto ejercido de la entidad en 2002 fue de 297 mil 888.1 millones de pesos, 41% mayor que el de 2001. Como parte de la revisión a la Cuenta Pública 2002, la Auditoría Superior de la Federación (ASF), realizó dos auditorías especiales y una financiera y de cumplimiento a relacionadas con los asuntos siguientes:

⎯ Evaluación del Proceso de Constitución y Operación de Promotora Azucarera S.A. de C.V. (PROASA)

⎯ Evaluación del Proceso de Constitución y Operación del Fideicomiso

Comercializador (FICO). ⎯ Evaluación de los Egresos Presupuestales del capítulo 3000 Servicios

Generales. Debe comentarse que como resultado del Decreto de Expropiación de 27 ingenios azucareros, el 12 de octubre de 2001 se constituyó el fideicomiso público denominado Fondo de Empresas Expropiadas del sector azucarero (FEESA), entre la SHCP, como fideicomitente único del gobierno federal, y NAFINSA como fiduciario, cuyo objetivo sería la administración de los bienes expropiados, a través de los vehículos financieros, fiduciarios y, en general, jurídicos que resultaran necesarios. Como consecuencia de los actos jurídicos derivados del citado decreto expropiatorio, el Comité Técnico de FEESA en su segunda sesión ordinaria de fecha 17 de diciembre de 2001 aprobó la constitución de una sociedad mercantil para la operación de los activos y de las unidades industriales, autorizándose a NAFIN que actuara en dicha sociedad mercantil con carácter de socio mayoritario. El 25 de enero de 2002, con autorización de la SHCP, NAFIN y la Financiera Nacional Azucarera en su carácter de fiduciaria constituyeron la sociedad mercantil PROASA y el Fideicomiso FICO con el objetivo expreso de “recibir y trasmitir los derechos que correspondan para administrar y operar, a través de los vehículos financieros, fiduciarios y en general, jurídicos, que al efecto se requiera instrumentar, los activos y las unidades industriales de las empresas expropiadas a que hace referencia el citado Decreto expropiatorio”. La ASF consideró altamente necesario por los recursos implicados la realización de las mencionadas revisiones especiales y decidió incluir también la revisión financiera y de cumplimiento sobre el capítulo de gasto 3000 “Servicios Generales”.

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14.1 EVALUACIÓN DEL PROCESO DE CONSTITUCIÓN Y OPERACIÓN DE PROMOTORA AZUCARERA S.A. DE C.V. (PROASA)

⎯ Objetivo. Comprobar que la constitución de promotora Azucarera, S:A. De C.V.

(PROASA) se ajustó a la legislación y disposiciones establecidas, al decreto expropiatorio del 3 de septiembre de 2001 y a la cláusula sexta del contrato del fideicomiso del Fondo de Empresas Expropiadas del sector Azucarero (FEESA); y que las acciones llevadas a cabo por PROASA para la administración de los activos y operación de las unidades industriales expropiadas, se ajustaron a la normativa y a sus estatutos sociales. cual se determinaron las siguientes metas.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

especial, de todo el proceso de constitución jurídica y operativa de PROASA.

⎯ Resultados Relevantes. La ASF indicó que la fiscalización de la constitución y operación de PROASA se vio impedida por la negativa de los servidores públicos de NAFIN, en su carácter de fiduciaria en el FEESA, y del director general de la sociedad anónima mercantil a proporcionar la documentación requerida y otorgar las facilidades necesarias para el adecuado desarrollo de la auditoría, en infracción de la Ley de Fiscalización superior de la Federación y del artículo 8 fracciones IV y XXIV, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Los servidores públicos de la Entidad fiscalizada NAFIN y el Director General de PROASA argumentaron a favor de su negativa que PROASA se constituyó como una sociedad anónima de capital variable, por lo que de conformidad con lo establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles, cuenta con personalidad jurídica y objeto social distintos de los de sus accionistas, y que NAFIN participa en el capital de PROASA en los términos del artículo 29 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, que establece que no tendrán el carácter de entidades paraestatales, las sociedades mercantiles en las que participen temporalmente y en forma mayoritaria en su capital, en operaciones de fomento, las SNC, salvo que se cuente con acuerdo expreso por parte del Ejecutivo federal, lo que no acontece en el caso de PROASA. La ASF considera que PROASA tiene el carácter de entidad fiscalizada en virtud de que los activos que le corresponde administrar y operar a PROASA son propiedad de la Nación, es decir, son recursos federales, tal como lo establece el artículo 1 del Decreto expropiatorio y el artículo 4 fracción sexta de la Ley de Fiscalización Superior.

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⎯ Acciones Promovidas. Se formuló una observación, que generó una recomendación a la SFP, para que informe sobre el procedimiento administrativo que promovió la ASF ante esa Secretaría, en contra de los servidores públicos que impidieron el desarrollo de la auditoría.

⎯ Efectos Económicos. Determinar la magnitud de los recursos involucrados , la

eficacia de la administración de PROASA y el costo fiscal que significará para el Gobierno.

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF considera que la reiterada negativa para

permitir el desarrollo de los trabajos de fiscalización, implica la probable configuración de coalición de servidores públicos de NAFIIN y PROASA, para impedir la actuación del órgano fiscalizador, promoviendo ante la Secretaria de la Función Pública, el fincamiento de responsabilidades en contra del Director General, del Director Jurídico Internacional y Bursátil y del director General Adjunto Jurídico y Fiduciario de NAFIN, y del Director General de PROASA .

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Respecto a la falta de

información que enfrenta la Auditoría Superior de la Federación en relación a la constitución de fideicomisos “privados”, en los que sus órganos fundamentales de dirección, es decir los Comités Técnicos estén incluidos servidores públicos como representantes del Gobierno Federal y observen participación mayoritaria, resultaría conveniente evaluar una iniciativa que adicione una disposición a la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, para que se confieran atribuciones a la ASF para fincar responsabilidades e imponer sanciones a los responsables por el incumplimiento a sus requerimientos de información, toda vez que en términos de la ley vigente esa facultad se restringe al incumplimiento del requerimiento de información en situaciones excepcionales (artículo XVI de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación).

14.2 EVALUACIÓN DEL PROCESO DE CONSTITUCIÓN Y OPERACIÓN DEL

FIDEICOMISO COMERCIALIZADOR (FICO)

⎯ Objetivo. Comprobar que la constitución del Fideicomiso Comercializador (FICO) se ajustó a la legislación y disposiciones establecidas, al decreto expropiatorio del 3 de septiembre de 2001 y a la cláusula sexta del contrato del fideicomiso del Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero (FEESA); y que las acciones llevadas a cabo por FICO para la comercialización del azúcar y subproductos, en el ejercicio fiscal de 2002, de los 27 ingenios azucareros expropiados, se ajustaron a la normativa y a las reglas de operación del FICO, y que se buscaron las mejores condiciones para los ingenios.

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⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría especial, de todo el proceso de constitución jurídica y operativa de FICO.

⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. La ASF indicó que la fiscalización de la

constitución y operación de FICO se vio impedida por la negativa de los servidores públicos de NAFIN, en su carácter de fiduciaria en el FEESA, y de FICO a proporcionar la documentación requerida y otorgar las facilidades necesarias para el adecuado desarrollo de la auditoría, en infracción de la ley de Fiscalización superior de la Federación y del artículo 8 fracciones IV y XXIV, de la Ley federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Los servidores públicos de la Entidad fiscalizada NAFIN y el Director General de FICO argumentaron a favor de su negativa que FICO no recauda, administra, maneja o ejerce recurso público federal alguno, y su fideicomitente es un sujeto de carácter privado, por lo que es obligación de las instituciones fiduciarias guardar el secreto fiduciario, ya que su incumplimiento apareja sanciones jurídicas. Por lo anterior, NAFIN manifestó que en virtud de que las instituciones de crédito que fungen como fiduciarias no están legalmente autorizadas a dar información sobre los fideicomisos que administran se encontraba impedida para atender los requerimientos de la ASF. La ASF considera que FICO tiene el carácter de entidad fiscalizada en virtud de que los activos que le corresponde administrar y operar a PROASA y a FICO son propiedad de la Nación, es decir, son recursos federales, tal como lo establece el artículo 1 del Decreto expropiatorio y el artículo 4 fracción sexta de la Ley de Fiscalización Superior.

⎯ Acciones promovidas. Se formuló una observación, que generó una recomendación a la Secretaría de la Función Pública, para que informe sobre el procedimiento administrativo que promovió la ASF ante esa Secretaría, en contra de los servidores públicos que impidieron el desarrollo de la auditoría.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. Determinar la magnitud de los recursos

involucrados , la eficacia de la administración de FICO y el costo fiscal que significará para el Gobierno.

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF considera que la reiterada negativa para

permitir el desarrollo de los trabajos de fiscalización, implica la probable configuración de coalición de servidores públicos de NAFIIN Y PROASA, para impedir la actuación del órgano fiscalizador, promoviendo ante la Secretaria de la Función pública, el fincamiento de responsabilidades en contra del Director General, del Director Jurídico Internacional y Bursátil y del Director General Adjunto Jurídico y Fiduciario de NAFIN, y del Director General de FICO.

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⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. La constitución de fideicomisos con recursos públicos, pero bajo figuras de “actividades privadas”, es una práctica que limita la transparencia y la rendición de cuentas. El espíritu de las disposiciones constitucionales en materia de revisión de la Cuenta Pública, radica precisamente en verificar que los recursos públicos sean objeto de fiscalización. Este hecho resulta inobjetable al considerar la Tesis Jurisprudencial P./J. 87/2000 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que a la letra señala: “Conforme a los artículos 117 y 118 de la Ley de Instituciones de Crédito que establecen y regulan los denominados secretos bancario y fiduciario, las instituciones bancarias deben guardar la más absoluta reserva sobre los negocios jurídicos con sus clientes y tomar las medidas necesarias para evitar que se les puedan causar daños por violación a este sigilio. No obstante lo anterior, existen ciertos casos en que dichos secretos no deben ser obstáculo, para la persecución de actos ilícitos o la supervisión de las entidades financieras, por lo que se han establecido en la ley diversas excepciones (...) que permiten a ciertas autoridades recabar directamente de las instituciones de crédito, informes sobre asuntos amparados por el sigilio fiduciario, es decir, esta reserva no es absoluta, pues aun dentro de la misma legislación ordinaria se reconoce que no debe ser obstáculo para la procuración e impartición de justicia. Dentro del constitucional de los artículos 74, fracción IV y 73, fracción VIII, de la Norma Fundamental se desprende que las cuestiones de revisión de cuenta pública, por regla general, no interfieren directamente derechos de particulares; sin embargo, cuando excepcionalmente así acontezca debe concluirse que el interés resguardado por el secreto fiduciario no es oponible a dichas facultades, tal y como acontece cuando deudas privadas se convierten en deuda pública.”

La tesis Jurisprudencial resulta clara en el sentido de no limitar la revisión y fiscalización al amparo del secreto fiduciario.

14.3 REVISIÓN EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS

GENERALES”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones del capítulo 3000 Servicios Generales fueron incluidas en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios; que se autorizaron , justificaron, recibieron, pagaron y comprobaron, y que su proceso de adquisición y registro presupuestal y contable cumplió con la norma.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, en el que se procedió a revisar el 57.4% del presupuesto ejercido del capítulo 3000 “Servicios Generales”.

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⎯ Resultados Relevantes. En lo general, la ASF consideró que había un adecuado control interno del ejercicio de los recursos (los contratos de servicios se incluyeron en el programa Anual de Adquisiciones y se ejercicio presupuestal cumplió en lo general la normativa establecida). Las irregularidades detectadas por la ASF fueron menores, destacándose los siguientes : (i) La gerencia de Adquisiciones no concentra los expedientes con la documentación técnica, legal y administrativa correspondiente al procedimiento de contratación de adjudicación directa, incumpliendo el numeral 19 del manual Operativo de Bienes y contratación de Servicios (ii) Se detectó una discrepancia presupuestal en el registro contable por 98.4 miles de pesos que fue aclarada. (iii) Respecto al contrato celebrado con PISSA, S.A. de C.V. por 19.5 millones de pesos la entidad fiscalizada no proporcionó a la ASF la información justificativa para la contratación del servicio.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF formuló tres observaciones y tres acciones, dos

de control interno y una para que el Órgano Interno de Control de NAFIN proceda en el ámbito de sus atribuciones a las sanciones administrativas correspondientes.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. La ASF promovió diversas acciones para que

NAFIN fortalezca los controles que permitan un adecuado manejo presupuestal del capítulo 3000, particularmente en lo relacionado con el área de adquisiciones, en lo correspondiente a los procedimientos de adjudicación directa y justificación de contratos de servicios.

⎯ Conclusiones de la ASF. Con la evaluación la ASF comprobó que NAFIN en lo

referente al capítulo 3000, “Servicios Generales”, cumplió con el concepto de Rendición de Cuentas como se establece en la Visión Estratégica del órgano fiscalizador.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. El grupo PISSA, S.A.

de C.V. ha obtenido algunos contratos de consultaría en entidades de la Administración Federal, con resultados poco satisfactorios. Sería conveniente realizar una evaluación para verificar las asesorías del grupo PISSA en la Administración Pública, a efecto de verificar la calidad de los servicios o la reincidencia en la poca calidad de los mismos.

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15. SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT) El SAT tiene como misión central la administración de la recaudación tributaria del Gobierno Federal, así como vigilar el cumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras, nacional y las que determinen los acuerdos internacionales que firme México. Durante 2002, el SAT ejerció un presupuesto de 9 mil 341.1 millones de pesos, lo que significó un incremento del 17% respecto al presupuesto ejercido en el 2001, esto es, recursos adicionales por 1,333.3 millones de pesos. Como parte del Programa de Auditorías, Visitas e Inspecciones correspondientes a la revisión de la Cuenta Pública 2002, la Auditoría Superior de la Federación realizó al SAT una auditoría de desempeño y doce auditorías financieras y de cumplimiento, las cuales son las siguientes:

⎯ Evaluar el Desempeño del Servicio de Administración Tributaria en sus Funciones de Determinación, Liquidación y Recaudación de Impuestos, Contribuciones de Mejoras, Derechos, Productos, Aprovechamientos Federales y de sus Accesorios

⎯ Recaudación de Ingresos por Aprovechamientos por el Almacenaje y Custodia

de Mercancías de Comercio Exterior ⎯ Recaudación de Ingresos por Aprovechamientos Provenientes del Programa de

Mejoramiento de los Medios de Informática y de Control de las Autoridades Aduaneras.

⎯ Recaudación de Ingresos por la Aplicación del Artículo 303 del Tratado de Libre

Comercio con América del Norte (Programas PITEX y MAQUILA). ⎯ Recaudación de Ingresos por el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

por Aguas, Refrescos y sus Concentrados. Administración Local de Recaudación del Norte del Distrito Federal.

⎯ Recaudación de Ingresos por el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

por Bebidas Alcohólicas. Administración Local de Recaudación del Norte del Distrito Federal.

⎯ Recaudación de Ingresos por el Impuesto al Comercio Exterior por Importaciones

de Personas Físicas y Morales (Ad-Valorem).

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⎯ Recaudación de Ingresos por el Impuesto al Valor Agregado por la Importación de Bienes Tangibles.

⎯ Recaudación de Ingresos por el Impuesto sobre la Renta. Administración Local

de Grandes Contribuyentes de Guadalajara. ⎯ Recaudación de Ingresos por Productos Derivados de la Enajenación de Bienes

Muebles. ⎯ Evaluación del Proyecto de Desarrollo Institucional para la Administración

Tributaria, con Financiamiento del Banco Mundial. ⎯ Fideicomiso Aduanas 1 núm. 954-8. ⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 4000 "Subsidios y Transferencia"

15.1 SAT. EVALUAR EL DESEMPEÑO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN

TRIBUTARIA EN SUS FUNCIONES DE DETERMINACIÓN, LIQUIDACIÓN Y RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES DE MEJORAS, DERECHOS, PRODUCTOS, APROVECHAMIENTOS FEDERALES Y DE SUS ACCESORIOS.

⎯ Objetivo. Evaluar la eficiencia y el desempeño del SAT en la recaudación de los

ingresos tributarios y no tributarios del Gobierno federal, para determinar si dio cumplimiento con el objetivo establecido en el artículo 2 de la ley del Servicio de Administración Tributaria.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría de

desempeño en torno a la capacidad recaudatoria del SAT. La base metodológica de esta revisión, consistió en evaluar el cumplimiento de la meta de recaudación de ingresos establecida en la Ley de Ingresos de la Federación para los ejercicios fiscales de 1991 a 2002, para cada uno de los conceptos que se establecen, como impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales, que al SAT le corresponde recaudar.

Es importante señalar que en el análisis presentado, la ASF sostiene que no siguió ningún principio de medición y evaluación nacional e internacional de las administraciones tributarias y que los resultados correspondientes a recaudación/PIB, ingresos tributarios/PIB e ingresos no tributarios/PIB, fueron los parámetros utilizados por diversos organismos internacionales como la OCDE y el Banco Mundial, así como el propio Ejecutivo Federal en la propia Cuenta de la Hacienda Pública federal de diversos años.

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⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. Con la revisión practicada se concluyó que el periodo anterior al SAT fue más eficaz en su conjunto, pues la recaudación como proporción del PIB representó en promedio (1991-1996) el 18.3 por ciento, en tanto que en los seis años de operación del SAT (1997-2002), ascendió a 16.8 por ciento.

La ASF también destaca que en términos de cumplimiento de metas de recaudación, el SAT no superó las del periodo 1991-1996, además de que en 2002, no alcanzó el objetivo establecido en su Plan Estratégico de incrementar la eficacia recaudatoria. Para el periodo 1997-2002 se observó un retroceso en la recaudación como proporción del gasto neto presupuestario de 68.1%, porcentaje inferior al de los seis años previos a la creación del SAT (1991-1996) que fue de 72.9%. En el año fiscal 2002 esta proporción se redujo a 66.7%

En relación a la Ley de Ingresos de la Federación, durante 2002 el SAT obtuvo una recaudación de 989,353.4 millones de pesos, con un grado de cumplimiento de 94.6 %, lo que significó el nivel de recaudación más bajo desde el inicio de su gestión hasta el 2002. Este resultado también fue inferior a los obtenidos en el periodo 1991-1996, previo a la creación del SAT, cuando se lograron niveles de recaudación de entre 107.3% y 126.6%, respecto a los establecidos en la Ley de Ingresos de la Federación. El SAT superó la meta de recaudación en 1997 y 2000 en 107.8% y 106.1%, respectivamente..

En el 2002 el SAT alcanzó un 90.3% de la meta de ingresos tributarios establecida en la Ley de Ingresos de la Federación, que fue el nivel más bajo de los 12 años del periodo analizado 1991-2002; y en el caso de los ingresos no tributarios, si bien la recaudación obtenida fue de 118.6%, no logró alcanzar los porcentajes registrados en años previos a su creación que estuvieron entre 126.8% en 1994 y 188.1% en 1995. En el año 2002 por cada peso que el SAT erogó, recaudó 76.2 pesos, lo que significó un incremento promedio anual de 5.0% respecto a 1998 cuando de cada peso que erogó, captó 62.6 pesos. En 2002, el padrón del SAT registró 7,557,692 contribuyentes, esto es, 18.8% de la PEA Ocupada, 51.6% de los trabajadores registrados en el ISSSTE más los que permanecieron activos en las AFORES, y el 30.0% de los que prevé tener registrados en 2006 (25 millones de contribuyentes). Del total de contribuyentes registrados en el padrón en 2002, los localizados y vigilados por el SAT representaron el 26.3% (1,986,920), de esta cifra los cumplidos representaron el 54.8% y los omisos el 45.2%. En el periodo 1998-2002 los contribuyentes omisos aumentaron en promedio anual 14.2%, al pasar de 527,120 en 1998 a 897,430 en 2002.

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En 2002, de los 728,283.7 millones de pesos de ingresos tributarios recaudados, el SAT devolvió a los contribuyentes el 14.0% (101,958.9 millones de pesos), monto que en términos reales aumentó 13.4% en promedio anual, ya que en 1998 regresó 61,659.4 millones de pesos (11.3% de los ingresos tributarios captados).

⎯ Acciones Promovidas. Se determinaron 16 observaciones que implicaron

formular 19 acciones promovidas, de las cuales 16 fueron recomendaciones de desempeño y 3 para fortalecer los registros presupuestarios y contables. De manera general la ASF señaló que el SAT debe realizar acciones para modernizar la administración tributaria.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. La ASF señala que México va a la zaga en el

concierto mundial respecto a la captación tributaria como proporción del PIB y que por ello la brecha entre el potencial recaudatorio y la captación efectiva es muy grande, habiendo enormes oportunidades para mejorar la estructura de ingresos del Gobierno Federal. Asimismo, la ASF recomienda al SAT desarrollar un marco metodológico que permita conocer la brecha tributaria como paso indispensable para abatirla.

⎯ Conclusiones de la ASF. En términos del cumplimiento de las metas de

recaudación establecidas en la Ley de Ingresos de la Federación, el SAT no obtuvo un desempeño mejor al que se tuvo en el periodo anterior a su creación 1991-1996, cumpliendo parcialmente con lo establecido en su Plan Estratégico de 2002.

⎯ Comentarios del Ente Fiscalizado. Como resultado de las observaciones, el

SAT emitió diversos comentarios que llegan incluso a cuestionar la validez de las conclusiones de la ASF. Algunos de estos comentarios señalan que las relaciones estadísticas utilizadas por el órgano fiscalizador no siguen ningún principio de medición y evaluación, nacional e internacional de las administraciones tributarias; no existe soporte metodológico alguno para sostener la evaluación de la eficiencia operativa de la administración tributaria, relacionando los ingresos presupuestales del Gobierno Federal con el gasto neto presupuestario ejercido a través del tiempo; existen evidentes errores registrados en las series históricas utilizadas por la ASF para construir las tablas y gráficas numéricas para llegar a sus conclusiones, entre otros.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. La ASF señala, que

durante el año 2002, de acuerdo con las estadísticas de la OCDE respecto al nivel de recaudación en proporción con el PIB, de 28 países México ocupó el último lugar, manteniéndose en el mismo desde 1994 cuando ingresó a esta organización. En comparación con países como Chile y Argentina, con condiciones de desarrollo similares a México, también presentó el menor nivel de

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recaudación respecto del PIB, superándolo Chile en 6.2 puntos porcentuales y Argentina en 5.9 puntos porcentuales. El ente fiscalizado, señaló que esa comparación es inaplicable, en tanto que se están comparando sistemas tributarios no homogéneos entre sí, argumento que resulta válido, aunque debe ponderarse a la luz de considerar que la existencia de una alta concentración del ingreso en México en un grupo pequeño, en teoría debiera traducirse en una mejor recaudación ya que el esfuerzo recaudatorio es menor al ser baja la dispersión de contribuyentes significativos.

Los funcionarios del SAT objetaron la metodología de la ASF, ya que no toma en cuenta el diferente diseño institucional tributario de los distintos países y la desventaja del sistema tributario mexicano. Dichos funcionarios manifestaron a la ASF contar con un marco metodológico apropiado que permita evaluar correctamente la eficiencia tributaria dados las desventajas que ofrece el actual diseño institucional recaudatorio. Sin embargo, la ASF sostuvo que la entidad fiscalizada no le proporcionó dicho marco, por que en ausencia de esos elementos el indicador de eficacia recaudación/PIB se mantiene. La ASF argumenta que requirió en distintas ocasiones información al SAT y que este órgano desconcentrado ha invertido 3654 horas hombre y numerosos recursos materiales, sin embargo llama la atención que en solicitudes amplias, la ASF otorgaba plazos realmente cortos para su atención, tal es el caso de 11 cuestionarios dirigidos a la totalidad de las Unidades Administrativas del SAT que involucraban 259 preguntas, otorgando un plazo de contestación de 48 horas. Indudablemente, existen diversos factores ajenos a la eficiencia, que influyen en los niveles de recaudación, sobre todo en 2002 cuando en un escenario menos favorable que el programado, entraron en vigor diversas reformas a la legislación tributaria. Diversos argumentos del ente fiscalizado, como los indicadores para medir la eficiencia recaudatoria, tiene sustento técnico y efectivamente resulta aventurado sacar conclusiones de los comparativos internacionales que publica la OCDE pues los datos constituyen relaciones simples entre variables y no mecanismos de evaluación y eficiencia. Será preciso profundizar el estudio de la ASF, pues si bien existen datos que reflejan fuertes debilidades en el aparato recaudatorio del país, éstos deben se fundarse en un marco metodológico técnicamente sólido que permita conocer las fortalezas y debilidades en la tarea de recaudación del SAT.

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15.2 SAT. RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR APROVECHAMIENTOS POR EL ALMACENAJE Y CUSTODIA DE MERCANCÍAS DE COMERCIO EXTERIOR

⎯ Objetivo. Evaluar que los ingresos por concepto de Aprovechamientos,

provenientes del programa de Mejoramiento de los Medios de Informática y de Control de las Autoridades Aduaneras correspondiente al primer semestre del 2002, se ajustaron a la normatividad establecida.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, en el que se analizó el 100% del monto de ingresos por este concepto reportado en el Informe de Avance de Gestión Financiera 2002. Se analizaron distintas fuentes de ingresos y el grado de cumplimiento normativo de los distintos procesos de captación relacionados con este rubro.

⎯ Resultados Relevantes. El monto de los aprovechamientos registrados en los

Integrados de los Resúmenes de Ingresos Ley coincidió con el reportado en el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2002. Sin embargo, la Administración de Recintos Fiscalizados de la AGA no integró debidamente los expedientes de los almacenes fiscalizados. Asimismo, los cinco almacenes fiscalizados que operan en la AAICM reportaron los aprovechamientos por el manejo, almacenaje y custodia de mercancía de comercio exterior en formatos y claves de cómputo diferentes a las de los aprovechamientos auditados. Asimismo, se detectaron diferencias entre los registros de mercancía de abandono y lo reportado por la AAICM y los cinco recintos fiscalizados por 2,411 registros.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon tres observaciones que generaron 3

acciones promovidas, con el propósito de que el ente fiscalizado mejore el control de los recintos fiscalizados.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. Se promovieron acciones para que mejore la

capacidad recaudatoria del ente fiscalizado. ⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF determinó que el ente fiscalizado cumplió con

el registro básico de contabilidad “ base de registro”.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Se considera necesario llevar a cabo una revisión de desempeño sobre los ingresos no tributarios y en especial sobre la situación de los avances en la corrección de los índices de corrupción en las aduanas.

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15.3 SAT. RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR APROVECHAMIENTOS PROVENIENTES DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE LOS MEDIOS DE INFORMÁTICA Y DE CONTROL DE LAS AUTORIDADES ADUANERAS.

⎯ Objetivo. Evaluar que los ingresos recaudados por concepto de

Aprovechamientos, provenientes del Programa de Mejoramiento de los Medios de Informática y de Control de las Autoridades Aduaneras correspondiente al primer semestre de 2002, se captaron, fueron aplicados de acuerdo a la normatividad vigente.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, evaluándose el 100% de los ingresos por este concepto y la normativa correspondiente.

⎯ Resultados Relevantes. Con la revisión practicada se determinó que de abril a

julio de 2002, la entidad fiscalizada no enteró a la TESOFE 2,2 millones de pesos de los Aprovechamientos establecidos en el artículo 16-A de la Ley Aduanera. El SAT constituyó legalmente el Fideicomiso Público para el Programa de Mejoramiento de los Medios de Informática y de Control de las Autoridades Aduaneras, sin afectar en él los recursos establecidos en el artículo 16-A de la Ley Aduanera. Asimismo, el SAT otorgó 24 autorizaciones para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos previstos en el artículo 16-A de la Ley Aduanera, de acuerdo con las disposiciones legales establecidas.

La entidad carece de manuales de procedimientos para el cobro, entero y registro de los aprovechamientos establecidos en los artículos 16-A y 16-B de la Ley Aduanera. La ANL registró los Aprovechamientos establecidos en el artículo 16-A de la Ley Aduanera por 55,8 millones de pesos, de acuerdo con el Principio Básico de Contabilidad Gubernamental “Base de Registro”. En la ANL, se prevalidaron 461,430 pedimentos por los que se pagaron 60,9 millones de pesos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16-A de la Ley Aduanera. Existen diferencias entre la información proporcionada por la ANL y las empresas prevalidadoras, en relación con el número de pedimentos que fueron objeto del servicio de prevalidación de datos.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon siete observaciones que generaron siete

acciones promovidas, cuatro de control interno, dos a solicitudes de aclaración y una de ejercicio de comprobación.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. Se omitió la aplicación de 212.5 millones de

pesos al programa de Mejoramiento de los Medios de Informática y de Control de las Autoridades Hacendarias.

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⎯ Conclusiones de la ASF. El SAT incumplió el principio Básico de Contabilidad Gubernamental “ Cumplimiento de Disposiciones Legales” y detectó asimismo, deficiencias de control.

15.4 SAT. RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO

303 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON AMÉRICA DEL NORTE (PROGRAMAS PITEX Y MAQUILA).

⎯ Objetivo. Comprobar que en el ejercicio fiscal 2002 los ingresos por el impuesto

de la aplicación del artículo 303 del TLC se cobraron, enteraron, registraron en la contabilidad y reportaron en la Cuenta Pública 2002 apegados a la normativa vigente.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, en el que se analizó el 10.3% del monto de recaudado por este concepto el cual fue de 476.9 millones de pesos.

⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. Con la revisión practicada se

determinó lo siguiente: La AGA no cuenta con un procedimiento para verificar el pago del Impuesto General de Importación de la mercancía no originaria incorporada a los productos que retornan a los Estados Unidos de América o Canadá.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon tres observaciones que generaron la

promoción de tres acciones que son recomendaciones para fortalecer el control interno.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. La ASF promovió acciones para fortalecer la

capacidad recaudatoria del ente fiscalizado.

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF considera que el SAT dio cumplimiento al principio de Rendición de Cuentas, como se establece en la Visión estratégica de la ASF, sin embargo determinó que el ente fiscalizado debe llevar a cabo acciones para mejorar sus controles operativos y contables.

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15.5 SAT. RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR EL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS, POR AGUAS, REFRESCOS Y SUS CONCENTRADOS. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE RECAUDACIÓN DEL NORTE DEL DISTRITO FEDERAL.

⎯ Objetivo. Verificar que en el ejercicio de 2002, la recaudación por el Impuesto

Especial sobre Producción y Servicios por aguas, refrescos y sus Concentrados, se hubiesen cobrado ajustados a la normatividad vigente.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, en el que se analizó el 25.2% del monto de recaudado por este concepto en el ejercicio fiscal 2002.

⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. Con la revisión practicada se

determinó que la ACC incumplió los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental “Consistencia” y “Revelación Suficiente”. Asimismo, el padrón de contribuyentes sujetos al pago del IEPS por Aguas, Refrescos y sus Concentrados de la ALR del Norte del D.F. y de las ALGC del Norte y Oriente del D.F. y Naucalpan no está actualizado.

Se revisaron 169 declaraciones normales y complementarias por 104,4 millones de pesos que fueron presentadas en el plazo previsto en el artículo 5o., párrafo primero de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y cinco omitieron el pago de actualizaciones y recargos por 26.7 miles de pesos. La ALGC del Norte del D.F. tramitó seis compensaciones del IEPS auditado, pertenecientes a dos contribuyentes por 10,9 millones de pesos, cuya procedencia se determinó como resultado de la auditoría. Se observó que ocho contribuyentes no presentaron la declaración núm. 57 “Declaración Anual Informativa Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y Consumo por Entidad Federativa”.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon tres observaciones que generaron la promoción de cinco acciones que son recomendaciones para fortalecer el control interno y para que el SAT actúe en el ámbito de sus atribuciones.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. La ASF promovió acciones para fortalecer la

capacidad recaudatoria de la AGA, determinó diferencias a cargo de cinco contribuyentes en el pago de actualización y recargos por 26.7 miles de pesos..

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF considera que el SAT dio cumplimiento al

principio de Rendición de Cuentas, como se establece en la Visión estratégica del órgano de fiscalización.

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15.6 SAT. RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR EL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS POR BEBIDAS ALCOHÓLICAS. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE RECAUDACIÓN DEL NORTE DEL DISTRITO FEDERAL

⎯ Objetivo. Comprobar que el Impuesto Especial sobre producción y Servicios por

bebidas Alcohólicas se enteró y registró conforme a la normatividad vigente, con base en factores de precisión, integridad y oportunidad.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, en el que se analizó el registro contable de los ingresos por bebidas alcohólicas por 607.3 millones de pesos, y el 94.7% de la captación consignada en los Resúmenes de Ingresos del ejercicio.

⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. De acuerdo con la información del la

ASF, se reportaron 2,366.9 millones de pesos del impuesto auditado, como ingreso virtual, que correspondieron a pagos realizados mediante transferencia electrónica. Asimismo, las devoluciones virtuales por 1,111.3 millones de pesos, se incrementaron al efectuarse una reclasificación de ingresos por tratarse de recursos correspondientes al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios por Cervezas y Bebidas Refrescantes.

De la revisión del cumplimiento de obligaciones de los 313 contribuyentes sujetos al impuesto auditado, registrados en la ALR del Norte del Distrito Federal, se constató que 281 no presentaron las declaraciones de pagos provisionales a que se refiere al artículo 26-C, primer párrafo de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Asimismo, se determinaron omisiones por concepto de actualización y recargos que totalizaron 37,2 millones de pesos. Adicionalmente, 26 contribuyentes que presentaron declaraciones de pagos provisionales por 74,1 millones de pesos, no reportaron en el Registro Federal de Contribuyentes la obligación del impuesto sujeto a revisión.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon cinco observaciones que generaron

nueve acciones promovidas, siete relativas al mejoramiento de los registros presupuestarios y contables, y dos de comprobación fiscal.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. La ASF determinó la omisión del entero de

actualización y recargos por 37.2 millones de pesos, en la presentación extemporánea del impuesto.

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF considera que el SAT dio cumplimiento al

principio de Rendición de Cuentas, como se establece en la Visión estratégica del órgano de fiscalización. Se verificó también que los ingresos netos reportados correspondieron al impuesto en comento.

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15.7 RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR EL IMPUESTO AL COMERCIO EXTERIOR POR IMPORTACIONES DE PERSONAS FÍSICAS Y MORALES (AD-VALOREM)

⎯ Objetivo. Comprobar que el Impuesto al Comercio Exterior por concepto de

personas físicas y morales (AD–Valorem) recaudado por la Aduana de Manzanillo se cobró de acuerdo a la normatividad vigente.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, en el que se analizó el saldo de 25,988.9 millones de pesos y el 100% del registro contable correspondiente. 25.2% del monto de recaudado en la aduana en el ejercicio fiscal 2002.

⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. Con la revisión practicada se

determinó que la Administración del Centro Contable de la AGR registró conforme a la normatividad la recaudación de ingresos del Impuesto al Comercio Exterior de Personas Físicas y Morales (Advalorem) por 25,988.9 millones de pesos, importe que correspondió con el reportado en el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta Pública de 2002, tras la aplicación de las devoluciones. Se determinó una diferencia de 417,4 millones de pesos entre el monto de ingresos del Impuesto al Comercio Exterior que reportó la TESOFE y el importe registrado por la Administración del Centro Contable la cual fue corregida por la TESOFE en sus registros contables en octubre de 2003. El monto de ingresos del Impuesto al Comercio Exterior de Personas Físicas y Morales (Advalorem) que reportó la Administración General de Aduanas, por 27,077.7 millones de pesos, fue menor al que registró la Administración General de Recaudación en la Cuenta Pública de 2002 . La Aduana de Manzanillo, Colima, realizó el registro contable correcto de los ingresos por 5,084.7 millones de pesos que recaudó en 2002, por el Impuesto al Comercio Exterior por Importaciones de Personas Físicas y Morales (Ad-valorem) los cuales quedaron reflejados en la Cuenta Pública del mismo año.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon cuatro observaciones que generaron cinco acciones promovidas, orientadas al mejoramiento del control interno.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. La ASF orientó sus recomendaciones a

fortalecer los mecanismos de control operativos y administrativos para que mejore la capacidad recaudatoria del ente fiscalizado.

⎯ Conclusiones de la ASF. El órgano fiscalizador considera que el SAT en

materia de Impuesto al Comercio Exterior por Importaciones de personas físicas no dio cumplimiento al principio de Rendición de Cuentas, como se establece en la Visión estratégica del órgano de fiscalización, por las modificaciones que habrá de hacerse a la cuenta Pública 2002 por este concepto.

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15.8 RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO POR LA IMPORTACIÓN DE BIENES TANGIBLES

⎯ Objetivo. Comprobar que el IVA por la Importación de bienes tangibles en la

Aduana de Nuevo Laredo, Tamaulipas, se recaudó y registró de conformidad con la normatividad vigente.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, en el que se analizó el registro contable de 94,663.6 millones de pesos, relativas al impuesto en comento, asimismo se analizó el registro contable por este concepto en la Aduana de Nuevo Laredo por 25,812.5 millones de pesos, en efectivo y virtual, reportada por los módulos bancarios Banamex, BBVA Bancomer, Bital, Serfín y Banorte a la AGA.

⎯ Resultados Relevantes. La AGR cumplió con los Principios Básicos de

Contabilidad Gubernamental al registrar correctamente la recaudación del IVA por la importación de bienes Tangibles. La Aduana de Nuevo Laredo, Tamaulipas, registró correctamente en los Resúmenes de Operaciones de Caja (ROC) la recaudación del IVA por la Importación de bienes tangibles.

Con la revisión de 73 expedientes de agentes aduanales, tanto en la Aduana de Nuevo Laredo, Tamaulipas, como en la AGA, que realizaron operaciones durante el 2002, la ASF comprobó que el 20.5% y el 13.7%, respectivamente, carecían de alguno de los documentos siguientes: el otorgamiento de la patente, el acuerdo de adscripción a la aduana, la publicación del acuerdo de otorgamiento de la patente de agente aduanal en el Diario Oficial de la Federación, el otorgamiento del registro local, el Registro Federal de Contribuyentes, el acta de nacimiento y copia del título profesional. Además, los expedientes no estaban foliados ni tenían un índice que indicara la información contenida en cada uno.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon cuatro observaciones que generaron seis acciones promovidas, cuatro orientadas al mejoramiento del control interno, una solicitud de aclaración y una solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. En caso de que la AGA aclare que los

agentes aduanales no calcularon correctamente el IVA por la importación de bienes tangibles, deberán cubrir los 87.1 miles de pesos omitidos determinados por la ASF.

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF considera que los procedimientos aplicados

en general se ajustaron a los procedimientos establecidos en la normatividad vigentes.

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15.9 RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES DE GUADALAJARA

⎯ Objetivo. Comprobar que durante el ejercicio 2002, el ISR de las personas

físicas y morales de la Administración Local de Grandes Contribuyentes de Guadalajara se cobro de acuerdo a la normatividad existente.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría financiera y de

cumplimiento, en la que se analizó el registro contable recaudado por este concepto (149,942.2 millones de pesos). Se seleccionó la Administración regional de Recaudación de Occidente por su relevancia tributaria.

⎯ Resultados Relevantes. Con la revisión practicada se determinó que el monto

del ISR coincidió con el consignado en el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2002. En el Reporte del Seguimiento a la Vigilancia de Obligaciones de Grandes Contribuyentes de 2002 se promovieron acciones para cumplir con las obligaciones y determinar las sanciones generadas por su inobservancia.

El inventario inicial del padrón de contribuyentes de la ALGC de Guadalajara fue de 1,166 contribuyentes y el final de 1,020. Se observó que la Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC) y la ALGC de Guadalajara reportaron movimientos por 1,166 y 1,159 contribuyentes por lo que existe una diferencia de 7, que en 2002 no pertenecían a la ALGC de Guadalajara. Se revisó una muestra de 100 contribuyentes registrados en el Sistema Integral de Recaudación (SIR) sujetos al pago del ISR, y se observó que están debidamente inscritos en el Subsistema del Registro Federal de Contribuyentes (RFC). La ALGC de Guadalajara reportó 15 auditorías de lo que se les determinaron diferencias en impuestos, multas y recargos, por 24.6 millones de pesos, cuyos expedientes no cumplieron con los requisitos previstos en los ordenamientos legales.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon tres observaciones que generaron tres

acciones promovidas, dos orientadas al mejoramiento del control interno, y una solicitud de aclaración.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. De las 125 declaraciones revisadas en 29 los

contribuyentes pagaron de menos 958.7 miles de pesos, mismos que se deberán de recuperar de inmediato.

⎯ Conclusiones de la ASF. La ASF considera que el ente fiscalizado dio

cumplimiento al principio de Rendición de Cuentas como lo establece la Visión Estratégica del órgano fiscalizador.

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15.10 RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR PRODUCTOS DERIVADOS DE LA ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES

⎯ Objetivo. Comprobar que en el 2002 los ingresos obtenidos por la enajenación

de bienes muebles se captaron y registraron de conformidad con la normativa. ⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, en el que se revisaron los registros del SAT de los ingresos reportados por el Sistema estadístico de Contabilidad, de la Cuenta Pública 2002, por la Enajenación de Bienes Muebles Inventariados y se determinó que esta información fue integrada correctamente.

⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. Se revisaron los registros del Servicio

de Administración Tributaria (SAT) de los ingresos reportados por el Sistema Estadístico de Contabilidad (SEC), sustentados en la cuenta comprobada y presentados en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2002, por la Enajenación de Bienes Muebles Inventariados, y se determinó que esta información fue integrada correctamente.

Se compulsó una muestra de 16,1 millones de pesos, de las operaciones por las ventas de bienes muebles efectuadas en el 2002 por la Presidencia de la República y la Secretaría de la Defensa Nacional, con los ingresos registrados por el SAT. Se determinó que los ingresos por las enajenaciones se enteraron y registraron de acuerdo con la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento.

⎯ Acciones Promovidas. Ninguna. ⎯ Efectos Económicos y Sociales. Se debe evaluar la brecha impositiva para

determinar el efecto económico de una posible ineficiencia en la captación tributaria.

⎯ Conclusión. La ASF considera que el ente fiscalizado dio cumplimiento al

principio de Rendición de Cuentas como lo establece la Visión Estratágica del órgano fiscalizador.

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15.11 SAT. EVALUACIÓN DEL PROYECTO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL PARA LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, CON FINANCIAMIENTO DEL BANCO MUNDIAL

⎯ Objetivo. Evaluar el avance del proyecto de Desarrollo Institucional para la

Administración Tributaria, en congruencia con el plan estratégico 2002 del SAT, de conformidad con la normatividad vigente.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento. La revisión comprendió la totalidad de los procesos de contratación, de planeación y negociación del crédito por 52 millones de dólares.

⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. En la revisión de las condiciones

contractuales del crédito núm. 7127-ME “Proyecto de Desarrollo Institucional para la Administración Tributaria” por un importe de 52.0 millones de dólares estadounidenses, se determinó que el Contrato de Mandato contiene errores en la numeración del clausulado que circunscribe los términos y condiciones estipuladas.

Se solicitó el Plan Estratégico 2001 del SAT, documento que sirvió de base para la definición del alcance del PDIAT; y al respecto la entidad fiscalizada se negó a proporcionarlo, por lo cual se solicitó la intervención del Órgano Interno de Control (OIC) en el SAT.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon tres observaciones que generaron tres

acciones promovidas, dos orientadas al mejoramiento del control interno, y una solicitud de intervención del OIC.

⎯ Conclusión. La ASF considera que el ente fiscalizado dio cumplimiento al

principio de Rendición de Cuentas como lo establece la Visión Estratégica del órgano fiscalizador.

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Será necesario que la

ASF lleve un seguimiento para subsanar las inconsistencias existentes en el clausulados de Mandato y de Ejecución del proyecto, suscrito entre la SHCP,NAFIN; y el SAT. Asimismo, la ASF debe realizar las acciones correspondientes para obtener del ente fiscalizado la información sobre el plan estratégico 2001, que sirvió de base para definir el alcance del Proyecto Institucional para la Administración Tributaria.

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15.12 SAT. FIDEICOMISO ADUANAS 1 NÚM. 954-8

⎯ Objetivo. Verificar que en el ejercicio 2002, los ingresos provenientes del derecho de Trámite Aduanero, así como de los depositados en el Fideicomiso Aduanas 1 núm.954-8 se hubiesen enterado a la TESOFE.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, en el que se revisaron el 100% de los Ingresos reportados por este concepto en el fideicomiso y en la documentación relativa al mismo.

⎯ Resultados Relevantes. Con la revisión practicada se determinó que en el

Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2002, se registraron 747.8 millones de pesos del Derecho de Trámite Aduanero (DTA) y 194.2 millones de pesos de devoluciones del DTA, sin que correspondieran a este concepto. La entidad fiscalizada no proporcionó los 19 expedientes de devoluciones que se solicitaron. Se registraron 2 mil millones de pesos como ingresos ajenos por el pago de los servicios de procesamiento electrónico de datos y de apoyo y control del despacho aduanero del DTA al 31 de diciembre de 2002; sin embargo, dichos recursos debieron registrarse como ingresos ley.

No se enteró a la TESOFE el importe de 2,002.5 millones de pesos, correspondiente a la recaudación del DTA obtenida en el ejercicio de 2002, ya que estos ingresos se depositaron en el Fideicomiso Aduanas 1 núm. 954-8, para el pago de los servicios del procesamiento electrónico de datos y de apoyo y control del despacho aduanero. Mediante diversos oficios se instruyó a las instituciones bancarias para que aplicaran los porcentajes de distribución del DTA del 12.28% y 33.91% para el segundo reconocimiento aduanero, y del 34.68%, 15.0% y 13.05% para la TESOFE; dicha instrucción carece de fundamento legal. En el acuerdo celebrado entre la SHCP y la TESOFE para que la parte no fiscal del DTA se concentre en el Fideicomiso Aduanas 1 núm. 954-8, vigente a partir del 1º. de enero de 1995, no se consignó la fecha ni el lugar de celebración de éste, ni las facultades en que se basaron para firmarlo el Subsecretario de Ingresos de la SHCP y el Tesorero de la Federación. El SAT contravino la cláusula tercera de los convenios modificatorios del contrato del Fideicomiso Aduanas 1 núm. 954-8, celebrados el 19 de octubre de 1994 y el 2 de junio de 1998, respectivamente, en la que se establece que la fiduciaria deberá recibir de la TESOFE las cantidades que le sean entregadas por concepto de contraprestaciones por los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados, para realizar el despacho aduanero y las

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demás operaciones que la SHCP autorice, actividad que la entidad fiscalizada no ha llevado a cabo.

Integradora de Servicios Operativos, S.A. de C.V. (ISOSA), tiene características de una empresa de participación estatal mayoritaria, ya que fue constituida por Nacional Financiera, S.N.C. (NAFIN), entidad paraestatal que detenta el 99.99% de las acciones de dicha empresa. El SAT no proporcionó la información que se le solicitó nuevamente, referente al Fideicomiso Aduanas 1 núm. 954-8 y de la empresa ISOSA. El Órgano Interno de Control en NAFIN dio seguimiento a la operación del Fideicomiso Aduanas 1 núm. 954-8, por lo que se le solicitaron los informes de las auditorías que practicó al área fiduciaria de esa institución financiera durante los ejercicios fiscales de 2001 y 2002. Al respecto, informó que el procedimiento establecido por el SAT para la transferencia de los recursos al fideicomiso, mediante el sistema bancario para cubrir las contraprestaciones de los importadores y exportadores de la República Mexicana, difiere del estipulado en el Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso del 2 de junio de 1998, en el cual se dispone que debe entregarlos por la TESOFE, lo cual coloca a la fiduciaria en un riesgo legal. Debido a que la auditoría se concluyó el 17 de septiembre de 2003, la Dirección Fiduciaria programó la solventación de la observación para el primer bimestre de 2004. NAFIN no entregó la información del Fideicomiso Aduanas 1 núm.954-8, ni de la empresa Integradora de Servicios Operativos, S.A. de C.V. (ISOSA), argumentando que en estos casos se aplica el secreto fiduciario previsto en el artículo 118 de la Ley de Instituciones de Crédito, e informó que se la solicitaría al fideicomitente en dicho fideicomiso, pero éste se la negó. Asimismo, El SAT no proporcionó la información que le solicitó la Auditoría Superior de la Federación de ejercicios anteriores, argumentando que este órgano fiscalizador está limitado al principio de anualidad por lo que el SAT no está en aptitud legal de atender esta petición. El SAT tampoco proporcionó información en su calidad de fideicomitente del Fideicomiso Aduana 1 núm. 954-8, argumentando que no funge como fideicomitente, ya que actúa como Gestor de Negocios de los importadores y exportadores de la República Mexicana.

La Procuraduría Fiscal de la Federación y la Secretaría de la Función Pública no actualizaron ni ratificaron su opinión respecto de la naturaleza jurídica del Fideicomiso Aduanas 1 núm. 954-8, contenida en los oficios núms. 529-II-01-00063 y SB-400-282-94 del 17 de agosto y 1o. de septiembre de1994. El OIC en NAFIN no proporcionó la información referente al saldo de las cuentas bancarias del Fideicomiso Aduanas 1 núm. 954-8, ni la inscripción del citado fideicomiso en el Registro de Mandatos y Fideicomisos de la Administración Pública Federal.

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El OIC en el SAT informó que carece de elementos respecto de la acción promovida núm. 01-06317-2-395-02-001 de la Cuenta Pública de 2001 que emitió la ASF, la cual fue notificada mediante el oficio núm. OASF-0549/2003 del 3 de abril de 2003, formulada por la omisión en el entero del DTA a la TESOFE por 2,2 mil millones de pesos, y porque no se aclaró el saldo de 4,6 mil millones de pesos consignado en los estados de cuenta bancarios del Fideicomiso Aduanas 1 núm. 954-8, ya que según el OIC en el SAT existe controversia legal entre lo observado por la ASF y los argumentos del SAT para no enterar el DTA a la TESOFE. La Subsecretaría de Ingresos de la SHCP no ha solventado la acción promovida núm. 99-06300-2-153-01-01, derivada de la revisión del DTA en la Cuenta Pública de 1999, la cual sugiere la modificación de las reglas de operación del pago de los servicios que se realizan por cada pedimento de importación para que realmente se liquide el servicio que se presta. La SHCP turnó al SAT la acción promovida para que éste modifique el contrato de prestación de servicios de las empresas del segundo reconocimiento aduanero. Sin embargo, se trasladan la responsabilidad sin que ninguna dé una respuesta a la ASF.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon trece observaciones que generaron 36

acciones promovidas, 11 solicitudes de intervención del OIC, 24 recomendaciones y un pliego de Observaciones.

⎯ Efectos Económicos y Sociales. No se enteraron a la TESOFE 2,002.5

millones de pesos, correspondiente al Derecho de Tramite Aduanero (DTA).

⎯ Conclusión. La ASF considera que el SAT no atiende el Área Estratégica denominada Principio de Rendición de Cuentas como lo establece la Visión Estratégica del órgano fiscalizador ya que no enteró a la TESOFE 2,002.5 millones de pesos

⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. Al igual que casos

como el del Fideicomiso Comercializador (FICO) del sector Azucarero, el Fideicomiso Aduanas 1 se ampara al secreto fiduciario para sustentar la negativa a proporcionar la información requerida por la ASF para llevar a cabo la fiscalización de los recursos públicos. Como se señaló anteriormente, es de fundamental importancia que se discutan los alcances para la revisión de los recursos de carácter público, más allá de participar en actividades vinculadas con el sector privado.

Debe reiterarse que de acuerdo con la Tesis Jurisprudencial P./J. 87/2000 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación “conforme a los artículos 117 y 118 de la Ley de Instituciones de Crédito que establecen y regulan los denominados secretos bancario y fiduciario, las instituciones bancarias deben guardar la más

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absoluta reserva sobre los negocios jurídicos con sus clientes y tomar las medidas necesarias para evitar que se les puedan causar daños por violación a este sigilio. No obstante lo anterior, existen ciertos casos en que dichos secretos no deben ser obstáculo, para la persecución de actos ilícitos o la supervisión de las entidades financieras, por lo que se han establecido en la ley diversas excepciones (...) que permiten a ciertas autoridades recabar directamente de las instituciones de crédito, informes sobre asuntos amparados por el sigilio fiduciario, es decir, esta reserva no es absoluta, pues aun dentro de la misma legislación ordinaria se reconoce que no debe ser obstáculo para la procuración e impartición de justicia. Dentro del constitucional de los artículos 74, fracción IV y 73, fracción VIII, de la Norma Fundamental se desprende que las cuestiones de revisión de cuenta pública, por regla general, no interfieren directamente derechos de particulares; sin embargo, cuando excepcionalmente así acontezca debe concluirse que el interés resguardado por el secreto fiduciario no es oponible a dichas facultades, tal y como acontece cuando deudas privadas se convierten en deuda pública.” En tal sentido, se sugiere que al amparo de esta jurisprudencia, la ASF ejerza sus facultades para fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones correspondientes, así como promover ante autoridades el fincamiento de otras responsabilidades, y presentar las denuncias y querellas derivadas de presuntas conductas ilícitas.

15.13 SAT. EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 4000 "SUBSIDIOS Y

TRANSFERENCIAS"

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado en el 2002 a la Administración general de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria en las partidas 4303 Transferencias para Contratación de servicios” y 4304 “Transferencias para la Adquisición de Bienes Muebles”, se hubiese ejercido y registrado conforme a los montos aprobados y la legislación vigente.

⎯ Características de la Revisión. La ASF determinó practicar una auditoría

financiera y de cumplimiento, en el que se revisó el 33% del presupuesto ejercido en los rubros fiscalizados.

⎯ Resultados Relevantes de la Auditoría. De la revisión la ASF señala que las

cifras presupuestales reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2002, se registraron de acuerdo con el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y las modificaciones efectuadas al presupuesto aprobado se sustentaron con los oficios correspondientes.

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Los procedimientos de contratación de los bienes y servicios se realizaron en apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y se formalizaron mediante contratos y pedidos autorizados, como excepción, se determinaron pagos indebidos por 45.4 miles de pesos, respecto de los servicios de limpieza y mantenimiento correctivo de equipos e instalaciones y de jardines y macetones. En la partida 3811 “Pasajes Nacionales para Servidores Públicos de Mando en el Desempeño de Comisiones y Funciones Oficiales”, se determinaron pagos por 2.4 miles de pesos soportados con documentación comprobatoria correspondiente al ejercicio de 2001. Se determinó que el SAT cuenta con bienes informáticos en uso, los cuales no son de su propiedad, no se encontraron inventariados como parte de su patrimonio, y no proporcionó documentación que acredite la legitima posesión o la razón de su tenencia y utilización. Se determinó que el SAT no promovió el uso eficiente y eficaz de los recursos, ya que erogó recursos por 488.7 miles de pesos por concepto de honorarios en la administración del fideicomiso “Programa de Mejoramiento de los Medios de Informática y de Control de las Autoridades Aduaneras” que no entró en operación durante el ejercicio de 2002.

⎯ Acciones Promovidas. Se formularon siete observaciones que generaron 13

acciones promovidas, 6 para que el SAT fortalezca sus controles internos, cinco son solicitudes de intervención del OIC y dos solicitudes de aclaración relativas a información de ISOSA

⎯ Efectos Económicos y Sociales. Se determinaron pagos por 45.4 miles de

pesos por servicios de limpieza y mantenimiento no devengados, pagos por 2.4 miles de pesos de gastos del 2001 en la partida pasajes, y se determinaron 488.7 miles de pesos de erogaciones no justificadas por concepto de honorarios de administración en un fideicomiso que no entro en operación en el 2002.

⎯ Conclusiones de la ASF. El órgano fiscalizador considera que el SAT no dio

cumplimiento al Principio de Rendición de Cuentas como lo establece la Visión Estratégica del órgano fiscalizador.

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16. RESULTADOS DE LAS AUDITORÍAS PRACTICADAS A LA SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL (SHF). CUENTA PÚBLICA 2002

Con el fin de estimular la construcción, adquisición y mejora de vivienda a través del apoyo financiero a instituciones de crédito, se constituyó la Sociedad Federal Hipotecaria, una nueva institución bancaria, creada a partir de FOVI, la cual transfirió a la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF), la cantidad de 10,000.0 millones de pesos para integrar su capital social. Con esta operación efectuada el 26 de febrero de 2002, el FOVI pasó a ser un fideicomiso sin estructura. La Sociedad Hipotecaria Federal ejerció durante 2002 primer año de funcionamiento 5,923 millones de pesos para su operatividad.

⎯ Objetivo. Seguimiento al proceso de Constitución de Sociedad Hipotecaria Federal S.N.C. y comprobar que las operaciones de los recursos destinados a ese propósito se realizaron conforme a la normatividad correspondiente.

⎯ Características de la Revisión. Por la relevancia de los recursos con que

operará la SHF, la fiscalización de los mismos formó parte del Programa de Auditorías, Visitas e Inspecciones correspondientes a la revisión de la Cuenta Pública 2002. En este sentido, la Auditoría Superior de la Federación (ASF), realizó una auditoría especial.

⎯ Resultados Relevantes. Con la revisión practicada se determinó que en lo

general lo siguiente, la Constitución de la Sociedad Hipotecaria Federal cumplió con la normatividad correspondientes a ese proceso y se ajustó a las reglas de supervisión financiera, contables y de riesgo establecidas por la CNBV.

Sólo se determinó un pago extemporáneo que efectúo FOVI por concepto de recargos y actualizciones por 255 miles de pesos como consecuencia del entero del Impuesto al valor Agregado, en infracción del artículo 5º de la ley del IVA y 14 del ISR.

⎯ Acciones promovidas. La ASF determinó una observación y promovió una

acción dirigida al OIC para que proceda en al ámbito de sus atribuciones.

⎯ Conclusiones. La auditoría se identificó con el área estratégica Fiscalización de Alto Impacto. La SHF como un instrumento del gobierno para promover la construcción, adquisición y mejora de vivienda, cumplió con sus objetivos iniciales. La SHF será uno de los instrumentos esenciales para coadyuvar de manera poderosa al crecimiento con calidad planteado por la administración.

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COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Análisis al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002

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⎯ Comentarios, Opinión y Recomendaciones de la UEC. La Sociedad Hipotecaria Federal, durante el 2002 trabajó en el desarrollo de la modernización financiera del sector evaluando la posibilidad de introducir la bursatilización hipotecaria en México, la cual constituirá una de las palancas del financiamiento al sector.

El mercado de la bursatilización hipotecaria es uno de los más relevantes a nivel mundial, superior inclusive al de los productos derivados. Se trata de un mercado complejo innovador y con riesgos muy elevados. Por ello será precios disponer de un estudio sistemático de los retos y desafíos de la bursatilización hipotecaria en México y del papel de la SHF con especial cuidado en la identificación de los riesgos integrales que son inherentes a dicho mercado.