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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLICACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PARETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). APÉNDICE 1. LEGISLACIÓN DE APLICACIÓN

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA).

APÉNDICE 1. LEGISLACIÓN DE APLICACIÓN

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 1

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 1

2. MARCO LEGAL ....................................... ........................................................................................ 1

2.1 Evaluación ambiental .............................. ............................................................................................................. 1

2.1.1 Ámbito europeo .................................... ............................................................................................... 1

2.1.2 Ámbito estatal .................................... .................................................................................................. 1

2.1.3 Ámbito autonómico ................................. ............................................................................................ 1

2.1.4 Ámbito local ...................................... ................................................................................................... 1

2.2 Aguas ............................................. ........................................................................................................................ 1

2.2.1 Ámbito europeo .................................... ............................................................................................... 1

2.2.2 Ámbito estatal .................................... .................................................................................................. 2

2.2.3 Ámbito autonómico ................................. ............................................................................................ 2

2.3 Conservación de la naturaleza, medio ambiente y esp acios naturales ................................... ........................ 2

2.3.1 Ámbito internacional .............................. ............................................................................................. 2

2.3.2 Ámbito europeo .................................... ............................................................................................... 2

2.3.3 Ámbito estatal .................................... .................................................................................................. 2

2.3.4 Ámbito autonómico ................................. ............................................................................................ 2

2.3.5 Ámbito local. ..................................... ................................................................................................... 3

2.4 Residuos, aceites, lodos y suelos contaminados .... ......................................................................................... 3

2.4.1 Ámbito europeo .................................... ............................................................................................... 3

2.4.2 Ámbito estatal .................................... .................................................................................................. 4

2.4.3 Ámbito autonómico ................................. ............................................................................................ 4

2.4.4 Ámbito local ...................................... ................................................................................................... 4

2.5 Patrimonio cultural y vías pecuarias .............. .................................................................................................... 4

2.5.1 Ámbito estatal .................................... .................................................................................................. 4

2.5.2 Ámbito autonómico ................................. ............................................................................................ 4

2.6 Atmósfera (calidad del aire y ruido) .............. ...................................................................................................... 4

2.6.1 Ámbito europeo .................................... ............................................................................................... 4

2.6.2 Ámbito estatal .................................... .................................................................................................. 5

2.6.3 Ámbito autonómico ................................. ............................................................................................ 6

2.6.4 Ámbito local ...................................... ................................................................................................... 6

2.7 Ordenación del Territorio y urbanismo ............. ................................................................................................. 6

2.7.1 Ámbito Estatal .................................... .................................................................................................. 6

2.7.2 Ámbito autonómico ................................. ............................................................................................ 6

2.7.3 Ámbito local ...................................... ................................................................................................... 6

2.8 Delito ecológico .................................. .................................................................................................................. 6

2.8.1 Ámbito Europeo .................................... ............................................................................................... 6

2.8.2 Ámbito estatal. ................................... .................................................................................................. 6

2.9 Acceso a la Información ........................... ........................................................................................................... 6

2.9.1 Ámbito Europeo .................................... ............................................................................................... 6

2.9.2 Ámbito estatal .................................... .................................................................................................. 6

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 1 – Pág. 1

1. INTRODUCCIÓN

En el presente apéndice se incluye la legislación aplicable para la redacción, ejecución y explotación del presente proyecto. Los campos o áreas que se han revisado son:

•••• Evaluación ambiental •••• Aguas y litoral •••• Conservación de la naturaleza, medio ambiente y espacios naturales •••• Residuos, aceites, lodos y suelos contaminados •••• Patrimonio cultural y vías pecuarias •••• Atmósfera (calidad del aire y ruido) •••• Ordenación del territorio •••• Delito ecológico y responsabilidad civil •••• Acceso a la información

2. MARCO LEGAL

2.1 Evaluación ambiental

2.1.1 Ámbito europeo

•••• Directiva 85/337/CEE, del Consejo, de 27 de junio, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente

•••• Directiva 97/11/CE, del Consejo, de 3 de marzo, por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE. •••• Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de junio de 2001 relativa a la

evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. •••• Directiva 2003/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de mayo de 2003, por la que se

establecen medidas para la participación del público en la elaboración de determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente y por la que se modifican, en lo que se refiere a la participación del público y el acceso a la justicia, las Directivas 85/337/CE y 96/61/CE del Consejo. (DOCE nº L 156/17, 25-06-03)

2.1.2 Ámbito estatal

•••• Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. •••• Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de

participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. •••• Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

2.1.3 Ámbito autonómico

•••• Ley 6/2009, de 28 de abril, de evaluación ambiental de planes y programas. •••• Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades. •••• Decreto 136/1999, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la

Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la administración ambiental, y se adaptan sus anexos.

2.1.4 Ámbito local

•••• Ordenança reguladora de la intervenció integral de l`administración municipal en les activitats i

instal.lacions- La Garriga.

2.2 Aguas

2.2.1 Ámbito europeo

•••• Directiva 2008/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008 relativa a las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas, por la que se modifican y derogan ulteriormente las Directivas 82/176/CEE, 83/513/CEE, 84/156/CEE, 84/491/CEE y

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86/280/CEE del Consejo, y por la que se modifica la Directiva 2000/60/CE (DOUE nº L 348/84 de 24.12.2008)

•••• Directiva 2006/118/CE de 12 de diciembre de 2006 relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro. (DOUE nº L 372, de 27.12.2006)

•••• Decisión 2455/2001/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de noviembre de 2001 por la que se aprueba la lista de sustancias prioritarias en el ámbito de la política de aguas y por la que se modifica la Directiva 2000/60/CE (DOCE nº L 331/1, de 15.12.01)

•••• Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (DOCE nº L 327, de 22.12.00)

•••• Directiva 98/83/CE, del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (DOCE nº L 330, de 5.12.98).

•••• Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura. (DOCE n° L 375 de 31.12.91)

•••• Directiva del Consejo 91/271/CEE, de 21 de mayo, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (DOCE nº L 135, de 30.05.91).

•••• Directiva 86/278/CEE del Consejo de 12 de junio de 1986 relativa a la protección del medio ambiente y, en particular, de los suelos, en la utilización de los lodos de depuradora en agricultura. (DOCE n° L 181 de 04/07/1986)

2.2.2 Ámbito estatal

•••• Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental. (BOE 12-09-2015)

•••• Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro. (BOE 22-10-2009)

•••• Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

•••• Real Decreto-Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.

•••• Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

•••• Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino •••• Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas.

2.2.3 Ámbito autonómico

•••• Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.

•••• Decreto 103/2000, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los tributos gestionados por la Agencia Catalana del Agua.

2.3 Conservación de la naturaleza, medio ambiente y espacios naturales

2.3.1 Ámbito internacional

•••• Convenio sobre la conservación de especies migratorias de la fauna silvestre, firmado en Bonn el 23 de julio de 1979.

•••• Instrumento de ratificación de 16 de noviembre de 1993 del Convenio sobre la Diversidad Biológica, firmado en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992

•••• Instrumento de ratificación del Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa, firmado en Berna el 19 de septiembre de 1979.

•••• Instrumento de 18 de marzo de 1982 de adhesión de España al Convenio relativo a Humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, firmado en Ramsar el 2 de febrero de 1971.

2.3.2 Ámbito europeo

•••• Decisión 2006/871/CE del Consejo, de 18 de julio de 2005, relativa a la celebración en nombre de la Comunidad Europea del Acuerdo sobre la conservación de las aves acuáticas migratorias afroeurasiáticas

•••• Directiva 97/62/CE, de 27 de octubre, por la que se adapta al progreso científico y técnico la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

•••• Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

•••• Directiva de la Comisión 49/97/CE, de 29 de julio, por la que se modifica la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, relativa a la conservación de las aves silvestres

•••• Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres.

2.3.3 Ámbito estatal

•••• Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.

•••• Real Decreto 556/2011, de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

•••• Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

•••• Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. •••• Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes. Hasta 21 de octubre de 2015 •••• Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. •••• Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario Nacional de Zonas

Húmedas.

2.3.4 Ámbito autonómico

•••• Decreto 156/2009, de 20 de octubre, de modificación del Decreto 328/1992, de 14 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de espacios de interés natural, que consiste en la inclusión del espacio de Gallecs.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 1 – Pág. 3

•••• Ley 12/2006, de 27 de julio, de medidas en materia de medio ambiente y de modificación de las Leyes 3/1988 y 22/2003, relativas a la protección de los animales, de la Ley 12/1985, de espacios naturales, de la Ley 9/1995, del acceso motorizado al medio natural, y de la Ley 4/2004, relativa al proceso de adecuación de las actividades de incidencia ambiental.

•••• Ley 8/2005, de 8 de junio, de protección, gestión y ordenación del paisaje. •••• Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio

nocturno. •••• Decreto 328/1992, de 14 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Espacios de Interés

Natural. •••• Ley 6/1988, de 30 de marzo, Forestal de Cataluña. •••• Ley 12/1985, de 13 de junio, de Espacios Naturales. •••• Decreto 172/2008, de 26 de agosto, de creación del Catálogo de flora amenazada de Cataluña •••• Resolución MAH/3627/2010, de 25 de octubre, por la cual se delimitan las áreas prioritarias de

reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de las especies de aves amenazadas en Catalunya

2.3.5 Ámbito local.

•••• Ordenança d´arbrat. Granollers. •••• Normes urbanístiques del pla especial de protecció i gestió del patrimoni natural. Granollers. •••• Ordenança reguladora de la tala d`arbres al municipi de Les Franqueses del Vallès.

2.4 Residuos, aceites, lodos y suelos contaminados

2.4.1 Ámbito europeo

•••• Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008 sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas.

•••• Directiva 2008/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008, que modifica la Directiva 2006/66/CE relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores, por lo que se refiere a las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión.

•••• Directiva 2008/1/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativa a la prevención y al control integrado de la contaminación (Versión codificada).

•••• Directiva 2006/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativa a las pilas y acumuladores y los residuos de pilas y acumuladores y por la que se deroga la Directiva 91/157/CEE

•••• Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, relativa a los residuos.

•••• Directiva 2004/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases.

•••• Directiva 2000/76/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de diciembre, relativa a la incineración de residuos.

•••• Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de los residuos. •••• Directiva 98/101/CE de la Comisión de 22 de diciembre de 1998, por la que se adapta el progreso

técnico la Directiva 91/157 relativa a las pilas y los acumuladores que contengan determinadas materias peligrosas.

•••• Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, relativa a los envases y residuos de envases

•••• Directiva 96/59/CE del Consejo, de 16 de septiembre, relativa a la eliminación de los bifenilos policlorados y los terfenilos policlorados (PCB/PCT).

•••• Directiva 91/689/CEE del Consejo de 12 de diciembre de 1991, relativa a los residuos peligrosos. •••• Directiva 82/883/CEE de 3 de diciembre de 1982, relativa a las modalidades de supervisión y de

control de los medios afectados por los residuos procedentes de la industria del dióxido de titanio. •••• Reglamento CE 1102/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008,

relativo a la prohibición de la exportación de mercurio metálico y ciertos compuestos y mezclas de mercurio y al almacenaje seguro de mercurio metálico.

•••• Reglamento CE 740/2008 de la Comisión, de 29 de julio de 2008, relativo a los procedimientos que se han de seguir para a la exportación de residuos a determinados países.

•••• Reglamento CE 669/2008 de la Comisión, de 15 de julio de 2008, que completa el anejo IC del Reglamento 1013/2006 relativo a los traslados de residuos.

•••• Reglamento CE 282/2008 de la Comisión, de 27 de marzo de 2008, sobre los materiales y objetos de plástico reciclado destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2023/2006.

•••• Reglamento CE 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) no 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el cual se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV.

•••• Reglamento CE 1418/2007 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2007, relativo a la exportación, con finalidades de valorización, de determinados residuos numerados en los anejos III o IIIA del Reglamento (CE) nº 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, a determinados países en que no es aplicable la Decisión del OCDE sobre el control de los movimientos transfrontereros de residuos.

•••• Reglamento CE 1379/2007 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2007, que modifica los anejos IA, IB, VII y VIII del Reglamento (CE) nº 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los traslados de residuos, para adaptarlos al progreso técnico y a los cambios acordados en el marco del Convenio de Basilea. Corrección de errores de este reglamento de 8.11.2008

•••• Reglamento CEE 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativo a la aplicación, a las instituciones y a los órganos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

•••• Reglamento CEE 1192/2006 de la Comisión, de 4 de agosto de 2006, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo en el que se refiere a las listas de plantas autorizadas en los Estados miembros.

•••• Reglamento 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006 relativo a los traslados de residuos.

•••• Reglamento CE 1420/1999 del Consejo, de 29 de abril de 1999, por el que se establecen normas y procedimientos comunes aplicables a los traslados de ciertos tipos de residuos a determinados países no miembros de la OCDE.

•••• Reglamento CE 1547/1999 de la Comisión, de 12 de julio de 1999, por el cual se determina, de acuerdo con el Reglamento CEE 259/93 del Consejo, los procedimientos de control que se deberán aplicar a los traslados de algunos residuos a determinados países en los que no es aplicable la Decisión C(92)39 final de la OCDE.

•••• Reglamento CEE 259/93 del Consejo, de 1 de febrero de 1993, relativo a la vigilancia y al control de los traslados de residuos en el interior y a la entrada y la salida de la Comunidad Europea.

•••• Decisión de la Comisión, de 11 de febrero de 2008, que modifica la Decisión 2004/432/CE, por la que se aprueban los planes de vigilancia presentados por terceros países relativos a los residuos, de conformidad con la Directiva 96/23/CE del Consejo [notificada con el número C(2008) 421]

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 1 – Pág. 4 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTLA DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA).

•••• Decisión del Consejo de 19 de diciembre de 2002 por la que se establecen a los criterios y procedimientos de admisión de residuos en los depósitos con el arreglo del artículo 16 y el anejo II de la Directiva 1999/31/CEE.

•••• Decisión de la Comisión de 16 de enero de 2001 que modifica la Decisión 2000/532/CE, y en la que se recoge la nueva redacción de la lista/catálogo de residuos.

2.4.2 Ámbito estatal

•••• Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

•••• Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. •••• Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos

de construcción y demolición. •••• Ley 20/1986, de 14 de mayo, básica de residuos tóxicos y peligrosos. •••• Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la

Ley 20/1986, de 14 de mayo, básica de residuos tóxicos y peligrosos. •••• Orden, de 25 de mayo de 1992, que modifica la Orden de 12 de noviembre de 1987, sobre normas

de emisión, objetivos de calidad y métodos de medición de referencia relativos a determinadas sustancias nocivas o peligrosas contenidas en los vertidos.

•••• Real Decreto 1771/1994, de 5 de agosto, de adaptación a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de determinados procedimientos administrativos en materia de aguas, costas y residuos tóxicos.

•••• Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases. •••• Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la

Ley 20/1986, de 14 de mayo, básica de residuos tóxicos y peligrosos, aprobado mediante Real Decreto 833/1988, de 20 de julio.

•••• Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases.

•••• Real Decreto 379/2001, de 6 de abril por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE-APQ-1, MIE-APQ-2, MIE-APQ-3, MIE-APQ-4, MIE-APQ-5, MIE-APQ-6 y MIE-APQ-7.

•••• Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

•••• Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.

•••• Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

•••• Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados.

2.4.3 Ámbito autonómico

•••• Decreto 89/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el Programa de gestión de residuos de la construcción de Cataluña (PROGROC), se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición, y el canon sobre la deposición controlada de los residuos de la construcción.

•••• Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos.

•••• Decreto 93/1999, de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos.

2.4.4 Ámbito local

•••• Ordenança Municipal de la Gestió Controlada dels Residus d'Obra. Término municipal de Parets del Vallès (Vallès Oriental).

•••• Ordenança municipal de gestió de runes i terres. Montmeló. •••• Ordenança municipal per a la gestió de terres i runes. Les Franqueses del Vallés.

2.5 Patrimonio cultural y vías pecuarias

2.5.1 Ámbito estatal

•••• Ley 16/1985 de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. •••• Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

2.5.2 Ámbito autonómico

•••• Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán.

2.6 Atmósfera (calidad del aire y ruido)

2.6.1 Ámbito europeo

Calidad del aire

•••• Reglamento (UE) no 601/2012 de la Comisión, de 21 de junio de 2012, sobre el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87 CE del Parlamento Europeo y del Consejo. (DOUE L 159/1 de 12.07.2012)

•••• Reglamento del Consejo 3528/86, de 17 de noviembre, relativo a la protección de los bosques en la Comunidad contra la contaminación atmosférica.

•••• Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrado de la contaminación.

•••• Directiva 96/62/CE del Consejo, de 27 de septiembre de 1996, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente.

•••• Directiva 97/68/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1997, relativa a la aproximación de legislaciones de los Estados miembros sobre medidas contra la emisión de gases y partículas contaminantes procedentes de los motores de combustión interna que se instalan en máquinas móviles no de carretera.

•••• Directiva 1999/30/CE del Consejo de 22 de abril de 1999 relativa a los valores límite de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas y plomo en el aire ambiente.

•••• Directiva 2000/69/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2000, sobre los valores límite para el benceno y el monóxido de carbono en el aire ambiente.

•••• Directiva 2000/76 relativa a la incineración de residuos. •••• Decisión 2001/379/CE del Consejo, de 4 de abril de 2001, relativa a la aprobación, en nombre de la

Comunidad Europea, del Protocolo al Convenio de 1979 sobre contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia en materia de metales pesados.

•••• Directiva 2001/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2001, sobre techos nacionales de emisión de determinados contaminantes atmosféricos.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 1 – Pág. 5

•••• Directiva 2001/100/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de diciembre de 2001 por la que se modifica la Directiva 70/220/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de medidas contra la contaminación atmosférica causada por las emisiones de los vehículos de motor.

•••• Directiva 2002/3/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2002, relativa al ozono en el aire ambiente.

•••• Decisión 2002/358/CE del Consejo, de 25 de abril de 2002, relativa a la aprobación, en nombre de la Comunidad Europea, del Protocolo de Kioto de la Convención marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, y al cumplimiento conjunto de los compromisos contraídos con arreglo al mismo.

•••• Directiva 2003/87/CE que establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo.

•••• Decisión 2003/507/CE del Consejo, de 13 de junio de 2003, relativa a la adhesión de la Comunidad Europea al Protocolo del Convenio de 1979 sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia para luchar contra la acidificación, la eutrofización y el ozono troposférico.

•••• Reglamento nº166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de enero de 2006, relativo al establecimiento de un Registro Europeo de Emisiones y Transferencias de Contaminantes y por el que se modifican las Directivas 91/689/CEE y 96/61/CE del Consejo (Registro E-PRTR).

•••• Decisión 2006/944/CE, de 14 de diciembre de 2006, por la que se determinan los respectivos niveles de emisión asignados a la CE y a cada uno de sus Estados miembros con arreglo al Protocolo de Kioto de conformidad con la Decisión 2002/358/CE.

Ruido

•••• Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de junio de 2002 sobre evaluación y gestión del ruido ambiental (DOCE nº L 189/12 18-07-2002)

•••• Directiva 70/157/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre el nivel sonoro admisible y el dispositivo de escape de los vehículos a motor.

•••• Directiva 81/334/CEE de la Comisión, de 13 de abril de 1981, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 70/157/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre el nivel sonoro admisible y el dispositivo de escape de los vehículos a motor.

•••• Directiva 84/424/CEE del Consejo, de 3 de septiembre de 1984, por la que se modifica la Directiva 70/157/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre el nivel sonoro admisible y el dispositivo de escape de los vehículos a motor.

•••• Directiva 89/491/CEE de la Comisión, de 17 de julio de 1989, por la que se adaptan al progreso técnico las Directivas 70/157/CEE, 70/220/CEE, 70/245/CEE, 72/306/CEE, 80/1268/CEE y 80/1269/CEE del Consejo relativas a los vehículos de motor.

•••• Directiva 92/97/CEE del Consejo, de 10 de noviembre de 1992, por la que se modifica la Directiva 70/157/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre el nivel sonoro admisible y el dispositivo de escape de los vehículos a motor.

•••• Directiva 96/20/CE de la Comisión, de 27 de marzo de 1996, por la que se adapta al progreso técnico la directiva 70/157/CEE del consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre el nivel sonoro admisible y el dispositivo de escape de los vehículos de motor.

•••• Directiva 1999/101/CE de la Comisión, de 15 de diciembre de 1999, por la que se adapta al progreso técnico la directiva 70/157/CEE del consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre el nivel sonoro admisible y el dispositivo de escape de los vehículos de motor.

•••• Directiva 2000/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre.

•••• Directiva 2007/34/CE, de la Comisión, de 14 de junio de 2007, por la que se modifica, a efectos de su adaptación al progreso técnico, la Directiva 70/157/CEE del Consejo, sobre el nivel sonoro admisible y el dispositivo de escape de los vehículos de motor.

2.6.2 Ámbito estatal

Calidad del aire

•••• Real Decreto 678/2014, de 1 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.(BOE 27-08-2014)

•••• Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación.

•••• Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire •••• Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación (IPPC). •••• Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones

industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

•••• Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.

•••• Resolución de 11 de septiembre de 2003, por la que se publica el Programa nacional de reducción progresiva de emisiones de dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno, compuestos orgánicos volátiles y amoníaco.

•••• Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas.

•••• Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. •••• Resolución de 14 de enero de 2008, de la Secretaría General para la Prevención de la

Contaminación y el Cambio Climático, por el que se aprueba el II Programa Nacional de Reducción de Emisiones, conforme a la Directiva 2001/81/CE sobre techos nacionales.

Ruido

•••• Real Decreto 1038/2012, de 6 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas

•••• Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre.

•••• Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido. •••• Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de

noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental. •••• Real Decreto 524/2006, de 28 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 212/2002, de 22 de

febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas al aire libre.

•••• Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 1 – Pág. 6 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTLA DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA).

•••• Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico DB-HR Protección frente al ruido del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

2.6.3 Ámbito autonómico

Calidad del aire

•••• Decreto 226/2006, de 23 de mayo, por el que se declaran zonas de protección especial del ambiente atmosférico diversos municipios de las comarcas de El Barcelonés, El Vallés Oriental, El Vallés Occidental y El Baix Llobregat para el contaminante dióxido de nitrógeno y para las partículas.

•••• Decreto 152/2007, de10 de julio, de aprobación del plan para mejora de la calidad del aire en los municipios declarados zonas de protección especial del ambiente atmosférico mediante el Decreto 226/2006, de 23 de mayo.

Ruido

•••• Decreto 176/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 16/2002, de 28 de junio, de protección contra la contaminación acústica, y se adaptan sus anexos.

•••• Decreto 245/2005, de 8 de noviembre, por el que se fijan los criterios para la elaboración de los mapas de capacidad acústica.

•••• Ley 16/2002 de protección contra la contaminación acústica en Cataluña

2.6.4 Ámbito local

Ruido

•••• Ordenança municipal de control de contaminació acústica. Montmeló. •••• Ordenança reguladora del soroll i les vibracions a Granollers. •••• Ordenança reguladora del soroll i les vibracions de Les Franqueses del Vallés. •••• Ordenança Reguladora del soroll i les vibracions. La Garriga.

2.7 Ordenación del Territorio y urbanismo

2.7.1 Ámbito Estatal

•••• Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural. •••• Ley Orgánica 16/2007, de 13 de diciembre, complementaria de la ley para el desarrollo sostenible

del medio rural. •••• Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20/06/2008, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

de suelo.

2.7.2 Ámbito autonómico

•••• Decreto 305/2006, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de urbanismo. •••• Ley 1/1995, de 16 de marzo, por la que se aprueba el Plan Territorial General de Cataluña. •••• Ley 12/1990, de 5 de julio, por la que se autoriza la refundición de los textos legales vigentes en

Cataluña en materia urbanística.

•••• Ley 23/1983, de 21 de noviembre, de política territorial.

2.7.3 Ámbito local

•••• Ordenança per a l'habilitació d'activitats. Granollers.

2.8 Delito ecológico

2.8.1 Ámbito Europeo

•••• Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales.

2.8.2 Ámbito estatal.

•••• Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del código penal. •••• Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.

2.9 Acceso a la Información

2.9.1 Ámbito Europeo

•••• Reglamento 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativo a la aplicación a las instituciones y a los organismos comunitarios de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información

2.9.2 Ámbito estatal

•••• Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE).

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA).

APÉNDICE 2. ESTUDIO DE RUIDO

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES ............................................................................................ 1

2. OBJETO DEL ESTUDIO ACÚSTICO ....................... ....................................................................... 1

3. DESCRIPCIÓN DEL ÁMBITO DE ESTUDIO ................. .................................................................. 2

4. NORMATIVA Y OTROS DOCUMENTOS DE APLICACIÓN AL ESTUD IO ..................................... 2

5. DEFINICIÓN DE LOS LIMITES DE INMISION DEL ESTUDIO . ....................................................... 3

6. ZONIFICACIÓN ACÚSTICA ............................. ............................................................................... 4

7. DEFINICIÓN DE TRÁFICOS ACTUALES Y FUTUROS ......... ......................................................... 5

7.1 Situación actual .................................. .................................................................................................................. 5

7.2 Situación futura sin y con protecciones acústicas . .......................................................................................... 5

8. METODOLOGÍA DE CÁLCULO ............................ .......................................................................... 6

8.1 Modelo de emisión del ruido ferroviario ........... .................................................................................................. 6

8.2 Modelo digital del terreno ........................ ............................................................................................................ 6

8.3 Modelo de propagación del sonido .................. ................................................................................................... 6

8.4 Integración de modelos............................. ........................................................................................................... 6

8.5 Condiciones de cálculo ............................ ............................................................................................................ 6

8.6 Criterios de adopción de medidas correctoras ...... ............................................................................................ 7

9. RESULTADOS EN SITUACIÓN ACTUAL .................... ................................................................... 7

10. MEDICIONES ACÚSTICAS .............................. ..............................................................................18

11. RESULTADOS EN SITUACIÓN FUTURA .................... ..................................................................20

12. PROPUESTA DE MEDIDAS CORRECTORAS .................. ............................................................38

13. RESULTADO EN SITUACIÓN FUTURA CON MEDIDAS CORRECTOR AS ..................................39

14. CONCLUSIONES ...........................................................................................................................58

15. PLANOS ............................................ .............................................................................................59

ANEXO 1. ZONIFICACION ACUSTICA DE LOS MUNICIPIOS .. ..........................................................61

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 1

1. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES

El Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (PITVI) 2012-2024 formulado el 5 de mayo de 2015 por la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento, incluye dentro de su capítulo de actuaciones, nuevas inversiones en la Red de Cercanías de Barcelona y mejoras en la accesibilidad a estaciones, entre las que se encuentran las de Parets del Vallés, Granollers-Canovelles, Les Franqueses del Vallés y La Garriga.

En este sentido, con fecha 14 de mayo de 2015 el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) anunció la licitación del contrato de “Servicios para la redacción del proyecto básico y constructivo para la duplicación de vía de la Línea de Cercanías R-3 entre Parets y La Garriga (Barcelona)”.

El 7 de septiembre de 2015 el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) resolvió adjudicar a SAITEC el contrato de “Servicios para la redacción del proyecto básico y constructivo para la duplicación de vía de la Línea de Cercanías R-3 entre Parets y La Garriga (Barcelona)”, el cual fue firmado el 4 de octubre del mismo año.

Como parte de este proyecto se redacta el presente estudio, con el fin de evaluar el impacto acústico provocado por la duplicación de vía de la línea R3 de cercanías entre Parets del Vallés y La Garriga.

2. OBJETO DEL ESTUDIO ACÚSTICO

El objeto del presente documento es:

•••• Evaluar los niveles de ruido ambiental producido por la duplicación de la línea ferroviaria proyectada. •••• Realizar una propuesta de medidas correctoras para las zonas con conflicto acústico en dicho tramo. •••• La delimitación de una Zona de Servidumbre Acústica. (Ver Plano 1.9. Zona de Servidumbre

Acústica).

Teniendo en consideración la normativa estatal en materia de ruido, el estudio comprende:

•••• El análisis de los niveles de ruido ambiental provocado por la línea R3 de Cercanías de Barcelona en dos escenarios distintos: Situación Actual y Situación Futura.

•••• Campaña de mediciones de ruido ambiental para conocer los niveles acústicos en la situación actual.

•••• Diseño acústico de las soluciones y recomendaciones para reducir la afección por la servidumbre acústica que se delimite en un futuro en el ámbito del proyecto, tratando de reducir los niveles de inmisión externa en las proximidades de edificaciones y zonas urbanizadas de uso residencial.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 2 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

3. DESCRIPCIÓN DEL ÁMBITO DE ESTUDIO

A continuación se presenta una tabla con los datos principales del ámbito de actuación:

DATOS GENERALES DEL ÁMBITO DE ACTUACIÓN

Comunidad Autónoma Cataluña

Provincia Barcelona

Municipios Mollet del Vallés, Parets del Vallés, Montmeló, Granollers, Canovelles, Les

Franqueses del Vallés y La Garriga

Características generales del ámbito

El ámbito del proyecto discurre a través de una orografía suave que se caracteriza por presentar un elevado grado de ocupación bien de carácter residencial,

industrial o de infraestructuras de transporte.

Focos preexistentes de ruido

Autopista del Mediterraneo (AP-7)

Carretera C-352

Carretera de Barcelona a Puigcerda (N-152)

Línea de FFCC actual R-3

4. NORMATIVA Y OTROS DOCUMENTOS DE APLICACIÓN AL ES TUDIO

Para la redacción de este estudio de ruido, se ha considerado la siguiente normativa y documentación técnica:

•••• Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental.

•••• Real Decreto 1038/2012, de 6 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas

•••• Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido. •••• Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de

noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

•••• Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental.

•••• Ley 16/2002 de protección contra la contaminación acústica en Cataluña •••• Decreto 176/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 16/2002, de

28 de junio, de protección contra la contaminación acústica, y se adaptan sus anexos. •••• Caracterización de la emisión acústica de los trenes utilizados en el sistema ferroviario español

(Dirección de Calidad y Medio Ambiente, Dirección de Medio Ambiente. ADIF 2007).

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 3

5. DEFINICIÓN DE LOS LIMITES DE INMISION DEL ESTUDI O

La normativa estatal ha venido estableciendo desde 2003 hasta la actualidad, un marco de referencia respecto a la integración acústica de infraestructuras de transporte como pueden ser las vías férreas.

Algunos aspectos clave de la normativa estatal son:

•••• Posibilidad del establecimiento de una servidumbre acústica para las infraestructuras de transporte, que debe delimitarse, en la que se pueden superar los límites de inmisión acústica externos.

•••• Establecimiento de unos indicadores comunes, armónicos para toda la Unión Europea, así como unos periodos más o menos definidos para el día, la tarde y la noche.

•••• Establecimiento de unos valores límite de inmisión externos aplicables a las áreas acústicas (fuera de la zona de servidumbre acústica), y que también habrá que definir.

Cabe destacar que aunque aún no se han establecido completamente las servidumbres y las áreas acústicas, esto no resta posibilidades de aplicación a esta norma, dado que la normativa estatal establece criterios que pueden aplicarse para determinar provisionalmente las zonas de servidumbre acústica y las zonas acústicas.

Como conclusión, se establece que, en virtud de la normativa marco estatal:

•••• En primer término, los valores de referencia a considerar pueden ser sólo aquellos que se concretan en periodos e indicadores homogéneos, y coherentes con la legislación estatal, que es básica. Otros indicadores no deberían considerarse válidos desde el punto de vista legal.

•••• En segundo lugar, cabe indicar que la infraestructura, en virtud de lo establecido en el “Real Decreto 1367/2007 de 19 de Octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de Noviembre, del Ruido, en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas”, debe considerarse como una “nueva infraestructura” (véase la disposición adicional segunda del citado Real Decreto 1367/2007). Por tanto, los niveles que podrían tomarse como referencia son los referidos a las tablas A1 y A2 del Anexo III del Real Decreto 1367/2007:

Valores límite de inmisión externa aplicables a la infraestructura ferroviarias proyectada en el prese nte Estudio

Informativo (Real Decreto 1367/2007)

•••• Los límites indicados en las tablas anteriores no deben entenderse como límites que no se pueden sobrepasar en un determinado punto del territorio, sino simplemente como valores de referencia para definir la futura zona de servidumbre acústica. La justificación es que si se superan con la previsión realizada en este estudio acústico, entrarían a formar parte de la zona de servidumbre acústica (artº 8.b del Real Decreto 1367/2007).

Hasta el nuevo marco estatal, la legislación y las declaraciones de impacto ambiental, establecían que el objeto de los estudios de ruido era corregir los niveles de recepción externos en el territorio, incrementados por la explotación de una infraestructura. Además, las administraciones autonómicas y municipales tenían la facultad de restringir los niveles hasta donde creyesen oportuno, llegando a casos de disociación entre los valores umbral establecidos (que no deben ser sobrepasados), y las posibilidades económicas y técnicas de reducir los niveles.

Por otro lado, la normativa estatal actual, establece un marco en el que un estudio acústico, con mapas acústicos en condiciones de explotación sirve para proponer un deslinde de la zona en la que muy probablemente se dejen notar los efectos sonoros derivados de la explotación de la infraestructura. En esta zona, la zona de servidumbre acústica, se establece legalmente ausencia de límites de niveles de recepción externos que deban respetarse. Los límites se aplican fuera de estas zonas; por tanto conceptualmente una nueva línea de ferrocarril no puede generar incumplimientos por niveles de recepción externos.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 4 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

Cabe señalar, que la adopción de niveles más estrictos por la normativa autonómica o municipal, sería factible, aunque respetando los índices y periodos de evaluación, aunque en este caso, la adopción de niveles más estrictos implicaría un gravamen sobre el territorio con una franja de servidumbre acústica más amplia, y no necesariamente medidas más importantes en fase de proyecto.

Como se señala en el Real Decreto 1367/2007 (véase el artículo 9º) en el ámbito de la servidumbre acústica, las medidas correctivas a establecer en las declaraciones de impacto ambiental deben ser proporcionadas económicamente, y deben estar orientadas a la reducción de los niveles en el interior de las edificaciones.

Por tanto, queda para la actuación en el marco de la integración ambiental, la adopción de medidas para reducir la extensión de la zona de servidumbre, dado que perjudica a la disponibilidad del territorio de un municipio para determinados usos sensibles al ruido, y es un aspecto sobre el que puede actuarse en fase de proyecto.

También queda para la actuación en el marco de la integración ambiental, la actuación, no sólo de forma directa sobre los niveles internos, como sugiere el citado artículo 9º del Real Decreto 1367/2007, sino también sobre los niveles externos de los usos existentes, aunque vayan a quedar en la zona de servidumbre acústica.

6. ZONIFICACIÓN ACÚSTICA

Para la realización de los planos de zonificación acústica de proyecto es necesario contar con información correspondiente facilitada por los ayuntamientos de los municipios atravesados por el tramo de proyecto (La Garriga, Les Franqueses del Vallés, Canovelles, Granollers, Montmeló, Parets del Vallés y Mollet del Vallés) o de la Generalitat de Catalunya.

Partiendo la información obtenida (véase Apéndice 1 del presente informe), se ha procedido a identificar el uso principal de las edificaciones próximas a la Línea R3 para asignarles los valores límites de inmisión día, tarde y noche (Ld, Le y Ln ) y valores límites de inmisión máximo (LAmax) adoptados en este Estudio y que vienen indicados en el apartado anterior.

De acuerdo con esto, las edificaciones se han clasificado como:

•••• Edificación residencial. •••• Edificación industrial. •••• Edificación servicios/recreativo. •••• Edificación sanitario/asistencial, educativo y cultural.

Los planos con la zonificación acústica estimada se pueden ver en el apartado de planos (Ver Plano 2.2. Zonificación Acústica).

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 5

7. DEFINICIÓN DE TRÁFICOS ACTUALES Y FUTUROS

En este proyecto, se realizará una previsión de los niveles de inmisión en los siguientes tres escenarios posibles:

•••• Situación Actual. •••• Situación Futura (puesta en servicio) sin protecciones acústicas. •••• Situación Futura (puesta en servicio) con protecciones acústicas

7.1 Situación actual

Se caracteriza por presentar los siguientes focos de emisión:

•••• Línea de FFCC actual L´Hospitalet Llobregat-Puigcerdá, tramo Parets del Vallés - La Garriga

Datos de partida:

Descripción de los trenes (*)

Modelo CIVIA

Categoría acústica 8

Longitud aprox. del tren 100 m

Coches / tren 5 (*) Informe de ADIF: “Caracterización de la emisión acústica de los trenes utilizados en el sistema ferroviario español”.

TRAMO: Parets del Vallés - Granollers

Horario Nº trenes (Ida+vuelta) Coches / tren Coches Totales Velocidad máxima

Día 50 x5 250

100 km/h Tarde 18 x5 90

Noche 10 x5 50

TRAMO: Granollers - La Garriga

Horario Nº trenes (Ida+vuelta) Coches / tren Coches Totales Velocidad máxima

Día 42 x5 210

110 km/h Tarde 15 x5 75

Noche 7 x5 35

7.2 Situación futura sin y con protecciones acústic as

Se caracteriza por presentar los siguientes focos de emisión:

•••• Línea de FFCC actual L´Hospitalet Llobregat-Puigcerdá, tramo Parets del Vallés - La Garriga

Para el cálculo de los datos de partida en la situación futura se ha considerado el siguiente criterio adoptado en el “Anejo Nº8. Estudio de demanda y tráfico” del “Estudio Informativo del Proyecto. Cercanías de Barcelona. Línea R3. Tramo Montcada-Vic. Duplicación de vía” redactado por el Ministerio de Fomento en 2008:

•••• Franja horaria considerada actualmente como hora punta, trenes cada 9 minutos. •••• En franjas horarias no consideradas en el apartado anterior, trenes cada 18 minutos.

Teniendo esto en cuenta, los datos partida considerados son los siguientes:

Descripción de los trenes (*)

Modelo CIVIA

Categoría acústica 8

Longitud aprox. del tren 100 m

Coches / tren 5 (*) Informe de ADIF: “Caracterización de la emisión acústica de los trenes utilizados en el sistema ferroviario español”.

TRAMO: Parets del Vallés - Granollers

Horario Nº trenes (Ida+vuelta) Coches / tren Coches Totales Velocidad máxima

Día 116 x5 580

100 km/h Tarde 34 x5 170

Noche 14 x5 70

TRAMO: Granollers - La Garriga

Horario Nº trenes (Ida+vuelta) Coches / tren Coches Totales Velocidad máxima

Día 116 x5 580

110 km/h Tarde 34 x5 170

Noche 14 x5 70

En lo referente al cálculo de los niveles Lmax en la situación futura, no existe una recomendación específica para la modelización del Lmax. En este proyecto, para la modelización de la emisión y su propagación se ha seguido el método alemán de cálculo Schall 03.

Teniendo en cuenta que, en el tramo de estudio, la velocidad de los trenes de cercanías es en todos los casos igual o inferior a 110 km/h, se han asimilado estos a los trenes tipo “Nahverkehrszug” disponibles en el método alemán.

TIPO DE TREN LONGITUD DEL TREN (M)

CIVIA Nahverkehrszug (v= 110 km/h) 100

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 6 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

8. METODOLOGÍA DE CÁLCULO

La metodología del estudio de ruido, se basa en el empleo de software que integra:

•••• Modelo de emisión sonora de tráfico ferroviario, RMR II para calcular los indicadores de ruido Lden, Ldia, Ltarde, y Lnoche.

•••• Modelo de emisión sonora para tráfico ferroviario: Schall 03 (método alemán) utilizado para calcular el máximo nivel sonoro, Lmax.

•••• Modelo digital del terreno. •••• Modelo de propagación sonora del ruido.

8.1 Modelo de emisión del ruido ferroviario

La metodología utilizada para estimar los niveles de ruido generados por las líneas ferroviarias en el ámbito de este proyecto se basa en métodos de cálculo que definen por un lado la emisión sonora (LE) a partir de las características del tráfico, y por otro lado la propagación.

Existen varios métodos reconocidos internacionalmente en los cuales se considera de diferente forma los factores que influyen en el impacto sonoro.

En este caso se utiliza el método nacional de los Países Bajos de cálculo de ruido ferroviario, publicado como “Reken-en Meetvoorshrift Railveerkeerslawai ´96 Ministerie Volkshuisvesting, Ruimtelijke Ordening en Milieubeheer, 20 November 1996” (Guías para el cálculo y medida del ruido del transporte ferroviario 1996), al que se hace referencia como método RMR.

Complementariamente, se utiliza el modelo para tráfico ferroviario Schall 03 (método alemán) utilizado para calcular el indicador Lmax.

Este es el método recomendado en la actual Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de junio de 2002 sobre evaluación y gestión del ruido ambiental, para países que, como España, carecen de método oficial para ruido generado por tráfico ferroviario. Esta Directiva se ha transpuesto parcialmente a la legislación española con la Ley de Ruido 37/2003, y sus reglamentos.

Con respecto a los datos de emisión, la Comisión Europea recomienda el uso de las bases de datos de emisiones holandesas como base de datos por defecto. De acuerdo con esta base de datos, todos los trenes de una misma categoría son iguales en lo que a su emisión sonora, longitud y velocidad se refiere.

No obstante, se adecuarán dichas categorías de trenes a los trenes que circulen por las vías objeto de estudio, teniendo en cuenta el Real Decreto 1513/2005, con la siguiente división de periodos de día:

•••• Día: 7 – 19 horas •••• Tarde: 19 - 23 horas •••• Noche: 23 – 7 horas

Los niveles de inmisión en cada receptor se obtienen por aplicación de una serie de correcciones al nivel de emisión fijado para el foco, correcciones que son debidas, entre otros, a la distancia entre el foco y el receptor, y al efecto de posibles obstáculos.

8.2 Modelo digital del terreno

La modelización tridimensional del terreno que permita disponer de las tres coordenadas en el espacio de todos los focos y receptores del área, y constituye la base para el modelo de propagación sonora.

La modelización en tres dimensiones se realiza con el programa MDT, a partir de cartografías en 3 dimensiones (3D), y cualquier otro elemento que sea preciso incorporar al modelo.

En este proyecto se establecen 2 situaciones que requieren modelos digitales del terreno distintos:

Situación actual Situación de puesta en servicio

Elementos

Cartografía a escala 1/1000 (en el ámbito del trazado)

Cartografía en 3D a escala 1/5000 (utilizada para complementar la anterior).

Cartografía 25.000 en 3D

Cartografía a escala 1/1000 (en el ámbito del trazado)

Plataforma 3D del trazado futuro

Cartografía en 3D a escala 1/5000 (utilizada para complementar la anterior).

Cartografía 25.000 en 3D

8.3 Modelo de propagación del sonido

El modelo de propagación del sonido permite, a partir de los niveles de emisión de carreteras y líneas de ferrocarril, elaborar mapas de ruido que prevén los niveles de inmisión para todo el ámbito de cálculo.

El modelo de propagación, permite por tanto obtener los niveles de inmisión (LAeq) en cada receptor y para cada período del día considerado.

Los factores considerados como correcciones respecto a los niveles emitidos son:

•••• Distancia entre receptor y foco. •••• Absorción del terreno según tipo. •••• Efecto de posibles obstáculos (edificaciones, pantallas,...): difracción / reflexión.

8.4 Integración de modelos

La integración de los modelos se realiza en el software de predicción acústica SoundPLAN®, que permite la consideración de todos los factores que afectan a la propagación del sonido en exteriores de acuerdo con lo fijado en el método aplicado, para la obtención de los niveles de inmisión en la zona de análisis o en las fachadas de los edificios. Este modelo informático está ampliamente contrastado y soporta el cálculo con diferentes métodos oficiales. Además sus representaciones gráficas permiten la comprensión de los resultados de forma directa.

8.5 Condiciones de cálculo

Según el documento “Caracterización de la emisión acústica de los trenes utilizados en el sistema ferroviario español”, publicado por ADIF, la metodología general de cálculo propuesta tiene en cuenta lo siguiente:

•••• Se consideran las líneas de terreno como elementos difractantes

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 7

•••• La superficie bajo la vía se consideran siempre absorbente. •••• Se considera una distancia de propagación de 2000 metros. •••• Por defecto se toma una temperatura de 15ºC y una humedad relativa del 70%. •••• Se considera también la repercusión de las condiciones meteorológicas de la zona de estudio en la

propagación del sonido. •••• Por defecto, y salvo que el desarrollo reglamentario de la Ley del Ruido o recomendaciones de la

Comisión Europea establezcan otro criterio, se consideran las recomendadas por el grupo de trabajo europeo WG-AEN, con los siguientes porcentajes de ocurrencia de condiciones favorables a la propagación del ruido: ---- Periodo día: 50% ---- Periodo tarde: 75% ---- Periodo noche: 100%

•••• Condiciones de propagación favorables: Co/dB: Día 2, Tarde 1.5, Noche 0. •••• Se considera un grado de reflexión 2. •••• Se considera el terreno base como absorbente (G=1), definiendo las zonas que se consideran

reflectantes (G=0). •••• Los edificios se consideran como elementos reflectantes. •••• En edificios, se considera el efecto de la última reflexión para la obtención de los mapas de ruido,

pero no para la obtención de los mapas de exposición (sonido incidente).

La ubicación de los puntos receptores de cálculo se basa en una malla de paso regular o variable. En zonas con edificación de carácter residencial, colegios y hospitales la anchura media de la malla es inferior a 10 metros.

8.6 Criterios de adopción de medidas correctoras

De acuerdo con los niveles previstos, en relación con las zonas de distinta sensibilidad, para los que se establecen umbrales de aceptabilidad, se proponen medidas correctoras del impacto acústico, que reduzcan el impacto sobre las zonas sensibles, adecuándolo en la medida de lo posible a los niveles establecidos en la normativa (Ver Plano 2.8. Impacto Acústico).

9. RESULTADOS EN SITUACIÓN ACTUAL

Para el estudio de la situación actual se han realizado los mapas de ruido, a 4 metros de altura, con isófonas cada 5 dBA para cada uno de los indicadores Lden, Ldia, Ltarde, Lnoche y Lmax (véase apartado de planos) con el objetivo de detectar los posibles conflictos sonoros existentes. Ver Plano 2.3. Mapas de Ruido. Estado Actual.

Analizando estos mapas y teniendo en cuenta tanto la zonificación acústica realizada como los límites de inmisión sonora aplicables al estudio, se observa que el indicador más restrictivo resulta ser Lnoche. Con esto se han detectado zonas con conflicto acústico en:

•••• Término Municipal de Parets del Vallés •••• Término Municipal de Granollers •••• Término Municipal de Canovelles •••• Término Municipal de Les Franqueses del Vallés •••• Término Municipal de La Garriga

Una vez localizadas las zonas de conflicto acústico, se han colocado receptores en la fachada de los edificios más afectados con el objetivo de conocer, siguiendo la Directiva 2002/49/CE, los niveles de sonido incidente (sin contar el sonido reflejado en la propia fachada).

A continuación se presentan los niveles sonoros en fachada de las zonas antes mencionadas. Para facilitar su comprensión se adjunta leyenda siguiente:

FACHADA CON CONFLICTO

- 65 65 55

LnLeLd

LEYENDA

ZONA ACUSTICA

a

FACHADA SIN CONFLICTO

RECEPTOR PÉSIMO POR EDIFICIO:

64 63 63 60PB

LAeq,nLAeq,eLAeq,dLden

Nº DE PISO

(RD 1367/2007)

(RD 1367/2007)

(RD 1367/2007)(RD 1367/2007)

PANTALLA ACUSTICA

15

Nº EDIFICIO DEL PROYECTO

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 8 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

Parets del Vallés. Zona con conflicto acústico

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 9

Granollers. Zona con conflicto acústico.

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Ap. 2 – Pág. 10 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

Cannovelles. Zona con conflicto acústico.

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 11

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 12 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 13

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 14 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 15

La Garriga. Zona con conflicto acústico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 16 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

La Garriga. Zona con conflicto acústico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 17

La Garriga. Zona con conflicto acústico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 18 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

10. MEDICIONES ACÚSTICAS

Con el objetivo de tener una visión global de los niveles sonoros en el entorno de proyecto se realizó una campaña de mediciones de ruido ambiental.

Se realizó una campaña de mediciones en horario diurno para medir y evaluar el ruido en 16 puntos de muestreo a lo largo de la traza de la línea R3 de Cercanías de Barcelona.

Las mediciones del ruido ambiental se realizaron exclusivamente en aquellas edificaciones que además de verse afectadas por el ruido procedente de la línea proyectada, se encuentran también afectadas por el ruido de focos adicionales.

Las mediciones se han realizado en los momentos de intensidades más representativas del periodo diurno.

Los parámetros de las mediciones son:

•••• LAeq,T, donde T (tiempo de integración) •••• Unidad de medida: dB(A) •••• Escala decibélica: 30-130 dB(A)

Dentro del área del proyecto Parets del Vallés- La Garriga, los resultados obtenidos han sido los siguientes: (Ver Plano 2.4. Puntos de Medición de Ruido).

DENOMINACIÓN CODIGO DE FICHA

PUNTO KILOMETRICO

DISTANCIA A LA LINEA R3 HORA (H) LAEQ (DIA)

12 P0660-SR-EIA-

0012 20+900 380 m 18:00 69.9 dBA

13 P0660-SR-EIA-

0013 20+630 20 m 17:32 66.8 dBA

14 P0660-SR-EIA-

0014 22+200 25 m 10:28 67.2 dBA

A continuación se muestran las fichas con los datos y principales resultados obtenidos en estos emplazamientos:

Ubicación aproximada de los puntos de medida (Punto s 12, 13 y 14)

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 19

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 20 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

11. RESULTADOS EN SITUACIÓN FUTURA

Para el estudio de la situación futura se han realizado los mapas de ruido, a 4 metros de altura, con isófonas cada 5 dBA para cada uno de los indicadores Lden, Ldia, Ltarde, Lnoche y Lmax (véase apartado de planos) con el objetivo de detectar los posibles conflictos sonoros que se producirán a partir de la entrada en servicio del proyecto de duplicación de vía. Ver Plano 2.5. Mapas de Ruido. Estado Futuro.

Analizando estos mapas y teniendo en cuenta tanto la zonificación acústica realizada como los límites de inmisión sonora aplicables al estudio, se observa que el indicador más restrictivo resulta ser Lnoche. Con esto se han detectado zonas con conflicto acústico en:

•••• Término Municipal de Parets del Vallés •••• Término Municipal de Granollers •••• Término Municipal de Canovelles •••• Término Municipal de Les Franqueses del Vallés •••• Término Municipal de La Garriga

Una vez localizadas las zonas de conflicto acústico, se han colocado receptores en la fachada de los edificios más afectados con el objetivo de conocer, siguiendo la Directiva 2002/49/CE, los niveles de sonido incidente (sin contar el sonido reflejado en la propia fachada). Debido al alcance del presente estudio, estos receptores en fachada están colocados exclusivamente a nivel de planta baja y solamente cuando los niveles sonoros en estos receptores son superiores a lo permitido (niveles en color rojo) se coloca otro receptor en la planta primera.

A continuación se presentan los niveles sonoros en fachada de las zonas antes mencionadas. Para facilitar su comprensión se adjunta leyenda siguiente:

FACHADA CON CONFLICTO

- 65 65 55

LnLeLd

LEYENDA

ZONA ACUSTICA

a

FACHADA SIN CONFLICTO

RECEPTOR PÉSIMO POR EDIFICIO:

64 63 63 60PB

LAeq,nLAeq,eLAeq,dLden

Nº DE PISO

(RD 1367/2007)

(RD 1367/2007)

(RD 1367/2007)(RD 1367/2007)

PANTALLA ACUSTICA

15

Nº EDIFICIO DEL PROYECTO

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 21

Parets del Vallés. Zona con conflicto acústico

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Ap. 2 – Pág. 22 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

Granollers. Zona con conflicto acústico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 23

Cannovelles. Zona con conflicto acústico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 24 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 25

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 26 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 27

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 28 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 29

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 30 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 31

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 32 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

La Garriga. Zona con conflicto acústico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 33

La Garriga. Zona con conflicto acústico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 34 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

La Garriga. Zona con conflicto acústico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 35

La Garriga. Zona con conflicto acústico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 36 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

La Garriga. Zona con conflicto acústico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 37

La Garriga. Zona con conflicto acústico.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Ap. 2 – Pág. 38 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA VÍA).

Ver también Plano 2.10. Planta Medidas Correctoras sobre Ortofoto, donde se indican las edificaciones afectadas con los niveles acústicos antes y después de la instalación de medidas correctoras (pantallas).

12. PROPUESTA DE MEDIDAS CORRECTORAS

Como se observa en los apartados anteriores, en el tramo de la Línea R-3 objeto del presente estudio existen zonas donde se incumplen los límites de inmisión permitidos indicados en el apartado 5:

•••• Término Municipal de Parets del Vallés •••• Término Municipal de Granollers •••• Término Municipal de Canovelles •••• Término Municipal de Les Franqueses del Vallés •••• Término Municipal de La Garriga

Teniendo esto en cuenta, para solucionar dichos conflictos se propone la instalación de las siguientes medidas correctoras:

Pantalla Nº Municipio Margen Pk inicial Pk final Long (m) Altura (m) tipo pantalla

1 Parets del Vallés derecha 20+356 20+387 31 3 absorbente

2 Parets del Vallés derecha 20+493 20+525 32 3 absorbente

3 Parets del Vallés derecha 20+617 20+632 15 3 absorbente

4 Granollers derecha 29+000 29+043 43 3 absorbente

5 Granollers izquierda 29+002 29+317 315 3 absorbente

6 Canovelles derecha 29+284 29+601 314 3 absorbente

7 Les Franqueses derecha 30+806 30+986 180 3 absorbente

8 Les Franqueses derecha 30+077 31+197 120 3 absorbente

9 Les Franqueses derecha 31+329 31+392 64 3 absorbente

10 Les Franqueses derecha 31+680 32+113 433 3 absorbente

11 Les Franqueses derecha 32+655 32+696 40 3 absorbente

12 Les Franqueses derecha 33+276 33+400 125 3 absorbente

13 Les Franqueses izquierda 34+754 34+821 66 3 absorbente

14 Les Franqueses izquierda 35+151 35+187 36 3 absorbente

15 La Garriga izquierda 36+540 36+627 87 3 absorbente

16 La Garriga izquierda 36+971 37+001 31 3 absorbente

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 39

Pantalla Nº Municipio Margen Pk inicial Pk final Long (m) Altura (m) tipo pantalla

17 La Garriga derecha 36+987 37+003 15 3 absorbente

18 La Garriga derecha 37+225 37+288 62 3 absorbente

19 La Garriga derecha 37+407 37+540 132 3 absorbente

20 La Garriga izquierda 37+449 37+527 78 3 absorbente

21 La Garriga derecha 37+686 37+900 215 3 absorbente

22 La Garriga izquierda 37+711 37+933 222 3 absorbente

23 La Garriga derecha 38+042 38+060 18 3 absorbente

24 La Garriga izquierda 38+008 38+024 16 3 absorbente

A continuación, y tras la modelización de las pantallas de la tabla anterior, se muestran los resultados obtenidos

13. RESULTADO EN SITUACIÓN FUTURA CON MEDIDAS CORRE CTORAS

Para el estudio de la situación futura con las medidas correctoras propuestas en el apartado anterior se han realizado los mapas de ruido, a 4 metros de altura, con isófonas cada 5 dBA para cada uno de los indicadores Lden, Ldia, Ltarde, Lnoche y Lmax (véase apartado de planos) con el objetivo de comprobar si se han reducido los niveles sonoros lo suficiente para que se cumplan los niveles de inmisión permitidos.

Ver Plano 2.6. Mapas de Ruido. Estado Futuro con Pantallas.

Analizando estos mapas y teniendo en cuenta tanto la zonificación acústica realizada como los límites de inmisión sonora aplicables al estudio, se observa que el indicador más restrictivo resulta ser Lnoche. Con esto se han comprobado las zonas con conflicto acústico señaladas en el apartado anterior:

•••• Término Municipal de Parets del Vallés •••• Término Municipal de Granollers •••• Término Municipal de Canovelles •••• Término Municipal de Les Franqueses del Vallés •••• Término Municipal de La Garriga

A continuación se presentan los niveles sonoros en fachada de las zonas antes mencionadas.

Ver también Plano 2.10. Planta Medidas Correctoras sobre Ortofoto, donde se indican las edificaciones afectadas con los niveles acústicos antes y después de la instalación de medidas correctoras (pantallas).

Para facilitar su comprensión se adjunta leyenda siguiente:

FACHADA CON CONFLICTO

- 65 65 55

LnLeLd

LEYENDA

ZONA ACUSTICA

a

FACHADA SIN CONFLICTO

RECEPTOR PÉSIMO POR EDIFICIO:

64 63 63 60PB

LAeq,nLAeq,eLAeq,dLden

Nº DE PISO

(RD 1367/2007)

(RD 1367/2007)

(RD 1367/2007)(RD 1367/2007)

PANTALLA ACUSTICA

15

Nº EDIFICIO DEL PROYECTO

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Parets del Vallés. Zona con conflicto acústico

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Granollers. Zona con conflicto acústico.

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Granollers. Zona con conflicto acústico.

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Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

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Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

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Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO DE DUPLIC ACIÓN DE VÍA DE LA LÍNEA DE CERCANÍAS R-3 ENTRE PAR ETS Y LA GARRIGA (BARCELONA). Ap. 2 – Pág. 47

Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

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Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

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Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

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Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

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Les Franqueses del Vallés. Zona con conflicto acúst ico.

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La Garriga. Zona con conflicto acústico.

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La Garriga. Zona con conflicto acústico.

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La Garriga. Zona con conflicto acústico.

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La Garriga. Zona con conflicto acústico.

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La Garriga. Zona con conflicto acústico.

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La Garriga. Zona con conflicto acústico.

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14. CONCLUSIONES

Tras el análisis acústico -en situación actual y futura- del tramo de la Línea R-3 objeto del presente estudio, se localizaron varias zonas donde se incumplen los límites de inmisión permitidos indicados en el apartado 5:

•••• Término Municipal de Parets del Vallés •••• Término Municipal de Granollers •••• Término Municipal de Canovelles •••• Término Municipal de Les Franqueses del Vallés •••• Término Municipal de La Garriga

Teniendo esto en cuenta, para solucionar dichos conflictos en el tramo de proyecto, se ha propuesto la instalación de las siguientes medidas correctoras (Ver Plano 2.7. Planta Medidas Correctoras).

Pantalla Nº Municipio Margen Pk inicial Pk final Long (m) Altura (m) tipo pantalla

1 Parets del Vallés derecha 20+356 20+387 31 3 absorbente

2 Parets del Vallés derecha 20+493 20+525 32 3 absorbente

3 Parets del Vallés derecha 20+617 20+632 15 3 absorbente

4 Granollers derecha 29+000 29+043 43 3 absorbente

5 Granollers izquierda 29+002 29+317 315 3 absorbente

6 Canovelles derecha 29+284 29+601 314 3 absorbente

7 Les Franqueses derecha 30+806 30+986 180 3 absorbente

8 Les Franqueses derecha 30+077 31+197 120 3 absorbente

9 Les Franqueses derecha 31+329 31+392 64 3 absorbente

10 Les Franqueses derecha 31+680 32+113 433 3 absorbente

11 Les Franqueses derecha 32+655 32+696 40 3 absorbente

12 Les Franqueses derecha 33+276 33+400 125 3 absorbente

13 Les Franqueses izquierda 34+754 34+821 66 3 absorbente

14 Les Franqueses izquierda 35+151 35+187 36 3 absorbente

15 La Garriga izquierda 36+540 36+627 87 3 absorbente

16 La Garriga izquierda 36+971 37+001 31 3 absorbente

Pantalla Nº Municipio Margen Pk inicial Pk final Long (m) Altura (m) tipo pantalla

17 La Garriga derecha 36+987 37+003 15 3 absorbente

18 La Garriga derecha 37+225 37+288 62 3 absorbente

19 La Garriga derecha 37+407 37+540 132 3 absorbente

20 La Garriga izquierda 37+449 37+527 78 3 absorbente

21 La Garriga derecha 37+686 37+900 215 3 absorbente

22 La Garriga izquierda 37+711 37+933 222 3 absorbente

23 La Garriga derecha 38+042 38+060 18 3 absorbente

24 La Garriga izquierda 38+008 38+024 16 3 absorbente

Con esto, se ha realizado el análisis de la situación futura (puesta en servicio) con las medidas correctoras de la tabla anterior. Los resultados obtenidos, demuestran que con estas se consiguen solucionar los conflictos acústicos generados por la duplicación de vía en las plantas bajas de las edificaciones más cercanas a la infraestructura.

Ver Plano 2.10. Planta Medidas Correctoras sobre Ortofoto, donde se indican las edificaciones afectadas con los niveles acústicos antes y después de la instalación de las pantallas absorbentes.