apÉndice h coordinaciÓn interinstitucional

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 1/60 APÉNDICE H. DOCUMENTO GUIA PARA LA COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS Y LA SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN 1. GLOSARIO DE TÉRMINOS BÁSICOS 1.1 SIGLAS 1.2 PERSONAS QUE INTERVIENEN 1.3 DOCUMENTOS SOPORTE 1.4 TERMINOS 1.5 TIPIFICACIÓN DE OBRAS 2 ETAPAS DEL PROYECTO 2.1 FACTIBILIDAD 2.1.1 PROCEDIMIENTO INTERINSTITUCIONAL GENERAL 2.1.2 PARTICULARIDADES CON CODENSA 2.1.3 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES 2.1.4 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL 2.1.5 PARTICULARIDADES CON LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA 2.2.6 PARTICULARIDADES CON LA SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA 2.2 CONSULTORIA 2.2.1 PROCEDIMIENTO INTERINSTITUCIONAL GENERAL 2.2.2 PARTICULARIDADES CON CODENSA 2.2.3 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES 2.2.4 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL 2.2.5 PARTICULARIDADES CON LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA 2.2.6 PARTICULARIDADES CON LA SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA 2.3 CONSTRUCCION

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 1/41

APÉNDICE H. DOCUMENTO GUIA PARA LACOORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS EMPRESAS DE SERVICIOS

PÚBLICOS Y LA SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

1. GLOSARIO DE TÉRMINOS BÁSICOS

1.1 SIGLAS

1.2 PERSONAS QUE INTERVIENEN

1.3 DOCUMENTOS SOPORTE

1.4 TERMINOS

1.5 TIPIFICACIÓN DE OBRAS

2 ETAPAS DEL PROYECTO

2.1 FACTIBILIDAD

2.1.1 PROCEDIMIENTO INTERINSTITUCIONAL GENERAL

2.1.2 PARTICULARIDADES CON CODENSA

2.1.3 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES

2.1.4 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL

2.1.5 PARTICULARIDADES CON LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA

2.2.6 PARTICULARIDADES CON LA SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA

2.2 CONSULTORIA

2.2.1 PROCEDIMIENTO INTERINSTITUCIONAL GENERAL

2.2.2 PARTICULARIDADES CON CODENSA

2.2.3 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES

2.2.4 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL

2.2.5 PARTICULARIDADES CON LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA

2.2.6 PARTICULARIDADES CON LA SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA

2.3 CONSTRUCCION

2.3.1 FASE DE PRECONSTRUCCIÓN

2.3.1.1 PROCEDIMIENTO INTERINSTITUCIONAL GENERAL

2.3.1.2 PARTICULARIDADES CON CODENSA

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 2/41

2.3.1.3 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES

2.3.1.4 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL

2.3.1.5 PARTICULARIDADES CON LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA

2.3.1.6 PARTICULARIDADES CON LA SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA

2.3.2 FASE DE EJECUCIÓN

2.3.2.1 PROCEDIMIENTO INTERINSTITUCIONAL GENERAL

2.3.2.2 PARTICULARIDADES CON CODENSA

2.3.2.3 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES

2.3.2.4 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL

2.3.2.5 PARTICULARIDADES CON LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA

2.3.2.6 PARTICULARIDADES CON LA SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA

2.3.3 FASE DE LIQUIDACIÓN

2.3.3.1 PARTICULARIDADES CON CODENSA

2.3.3.2 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES

2.3.3.3 PARTICULARIDADES CON EAAB

2.3.3.4 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL

2.3.3.5 PARTICULARIDADES CON SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA

2.4 MANTENIMIENTO

2.4.1 DISTRITOS DE MANTENIMIENTO

2.4.2 CONTRATOS DE MANTENIMIENTO

3 EN CASO DE DAÑOS O ROBOS CAUSADOS A LA INFRAESTRUCTURA DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS - ESPs

4 CRUCE DE CUENTAS

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 3/41

INTRODUCCIÓN

El presente documento contiene la información necesaria, sobre el manejo de la Coordinación Interinstitucional, a fin de consolidar en un solo documento los procedimientos internos y externos para la correcta aplicación de los convenios suscritos con las Empresas de Servicios Públicos y los procedimientos que para el buen desarrollo de los proyectos se establecieron con la Secretaría de Tránsito.

1. GLOSARIO DE TÉRMINOS BÁSICOS

Todos estos relacionados con las Empresas de Servicios Públicos, la Secretaria de Transito y Transporte.

1.1. Siglas

DTC Dirección Técnica de Construcciones (IDU)

DTEP Dirección Técnica de Espacio Público (IDU)

DTMV Dirección Técnica de Malla Vial (IDU)

EAAB Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá

EPM Empresas Públicas de Medellín - Bogotá

ESPs Empresas de Servicios Públicos

ETB Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá ETB S.A ESP

IDU Instituto de Desarrollo Urbano

IGAC Instituto Geográfico Agustín Codazzi

PMT Plan de Manejo de Tráfico

SGT Subdirección General Técnica (IDU)

STCI Subdirección Técnica de Coordinación Interinstitucional (IDU)

STED Subdirección Técnica de Estudios y Diseños (IDU)

STT Secretaria de Tránsito y Transporte

TPO Transitoria Provisional de Obra

UEL Unidad Ejecutiva de Localidades

UESP Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos

1.2. Personas que intervienen

Consultor: Persona natural o jurídica a quién se le ha adjudicado un contrato de estudios y diseños.

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 4/41

Contratista: Persona natural o jurídica a quien se le ha adjudicado una licitación pública, convocatoria o contratación directa, con quien se celebra un contrato.

Coordinador del contrato: Persona encargada por la Dirección Técnica correspondiente del IDU para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Interventoría y el contratista en el desarrollo del contrato, e informar al IDU de los problemas que se puedan presentar en desarrollo de los mismos. Adicionalmente se encarga de hacer el acompañamiento administrativo para el buen manejo del contrato.

Coordinador Interinstitucional: Persona encargada por el IDU del acompañamiento y soporte en la relación IDU, ESPs, Interventoría y Contratista en la ejecución de los diferentes contratos, a quien se le asigna la coordinación de uno o varios convenios interinstitucionales. Los coordinadores interinstitucionales forman parte de la STCI.

Delegado o Supervisor: Profesional encargado de representar a la ESP en el desarrollo de cada proyecto. Para el caso de la EAAB se denominará supervisor.

Interventor: Persona natural o jurídica encargada de supervisar, controlar y fiscalizar el desarrollo de un contrato de consultoría o de obra, así como su manejo financiero, siendo el responsable del cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el contratista y de mantener informado al IDU de cualquier incumplimiento. / Es la persona natural o jurídica que representa al Instituto ante el contratista y que esta encargada del control técnico y administrativo, de vigilar y hacer cumplir el contrato en la ejecución de un proyecto, así como lo establecido en los convenios interinstitucionales vigentes.

Las partes: Para el caso de este documento las partes son: Interventoría, Contratista y Empresas de Servicios Públicos y Secretaría de Tránsito y Transporte.

1.3. Documentos soporte

Acta de seguimiento al Contrato: Formato F-C-008, en el cual se describen los temas tratados en una reunión, dejando constancia de los compromisos y tareas pactadas e indicando el responsable de cada uno de ellos, debe ser firmada por quienes intervienen.

Acta de recibo de obra por parte de la empresa: Formato F-C-IN-021, en el cual se describen las cantidades y valores de las actividades ejecutadas por el IDU a las ESPs, en desarrollo de los contratos, donde se discriminan las obras a cargo del IDU y a cargo de la Empresa, de acuerdo con lo establecido en los convenios interadministrativos vigentes. En este formato se deben incluir los trabajos que las ESP´s ejecutan para el IDU (Maniobras).

Acta de reporte de daños o robo a la infraestructura de las ESP. Formato F-C-049 Documento en el cual se reporta el daño o robo a la infraestructura de las ESP, registrando la imputabilidad o no del contratista.

Acta de Verificación de Redes: Documento que se suscribe previo al inicio de la obra donde se certifica el estado y se consigna el inventario de las redes.

Convenio interadministrativo : Acuerdo celebrado entre el IDU y las diferentes ESPs, con el fin de determinar el mecanismo para la ejecución de redes en desarrollo de las obras IDU, la competencia de pago de estas, las especificaciones técnicas y los mecanismos para los cobros respectivos.

Certificación de Redes: Documento mediante el cual se habilita, inhabilita o restringe una vía para su pavimentación, teniendo en cuenta su infraestructura de redes de

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 5/41

servicios públicos y el funcionamiento específico de las redes de Acueducto y Alcantarillado, así como del sistema de drenaje.

Contrato: Acuerdo celebrado entre el Instituto y el oferente favorecido con la adjudicación de una convocatoria, concurso de mérito, invitación, licitación pública o contratación directa, en el cual se fijan los valores, cantidades y pautas que rigen la naturaleza de los trabajos, derechos y obligaciones de las partes y los plazos para su liquidación.

Otrosí: Documento que se hace a un contrato para modificarlo, aclararlo ó suprimir estipulaciones en él contenidas.

Paz y Salvo: Documento expedido por las ESPs donde certifican el buen estado de su infraestructura en el área de intervención de un contrato. Este se solicitará una vez culminadas las respectivas obras. Es el documento en el cual la ESP deja constancia de que las redes que tienen influencia sobre el sector intervenido por el proyecto se encuentra sin problemas y no existen daños o cobros pendientes con el Contratista. El paz y salvo se solicita cuando no hay intervención durante la ejecución del contrato sobre las redes de una Empresa y hace las veces de Acta de Recibo de Obra por parte de esa Empresa.

Preacta de cruce cuentas con empresas: Formato STDO 00434. Documento en el cual se discriminan a partir de los diseños aprobados antes del inicio de la ejecución del contrato, las obras que se ejecutarán a cargo del IDU o de la ESP de acuerdo con lo establecido en los convenios interadministrativos vigentes. La ESP solo revisará las cantidades de obras a ejecutar, no se registrarán precios. Adicionalmente se deben consignar los posibles trabajos a ejecutar por parte de las empresas como interferencia de las obras IDU.

Planos Récord: Planos definitivos de la obra construida, as-built.

1.4. Términos.

Acometida: Alimentación a un predio de una red local de servicios públicos o de telecomunicaciones.

Corredor: Trazado longitudinal correspondiente al proyecto a ejecutar donde se encuentra instalada la infraestructura de la respectiva ESP.

Estructura Especial: Toda aquella estructura en la cual se requiere un diseño específico que no se encuentra estandarizada por la EAAB y se requiere para atender un requerimiento específico en sistemas de acueducto y/o alcantarillado.

Estudio Fotométrico: Estudio necesario para determinar las interdistancias, altura de montaje, tipo de luminarias y los niveles de luminosidad requeridos en un proyecto para cumplir con las normas establecidas para el sistema de Alumbrado Publico, exigidas por la UESP.

Infraestructura: En el caso de servicios públicos se refiere al conjunto de elementos y accesorios necesarios para el correcto funcionamiento del servicio.

Inventario de redes: Es la cuantificación de los elementos y componentes de la infraestructura existente, el cual se realiza con el fin de determinar, el estado, el cumplimiento de las especificaciones y la cantidad de componentes con que cuenta el corredor. Este debe quedar consignado en el Acta de Verificación de Redes.

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Paramentación: Límite físico de un corredor. Para secciones viales, se entiende como paramentación la línea que se forma con los puntos exteriores de la sección transversal.

Proyecto: Conjunto de estudios, diseños, especificaciones, presupuesto y demás documentos necesarios para realizar la construcción de una obra.

Redes: Conjunto de elementos que conforman la infraestructura lineal de una empresa de servicios públicos. En el caso de telecomunicaciones y energía son los cables y accesorios necesarios para prestar el servicio, los cuales son conducidos por medio de la infraestructura soporte de red. En el caso de acueducto, alcantarillado y gas natural son las tuberías y accesorios necesarios para prestar el servicio.

Semaforización: Conjunto de dispositivos tales como semáforos, equipos de control y demás elementos que interconectados y operados desde un centro de control de tráfico, permiten la regulación y ordenamiento del tránsito vehicular y peatonal.

Señalización: Grupo de dispositivos físicos o marcas especiales, que indican la forma correcta como deben circular los usuarios de calles y carreteras, tienen como función informar, prevenir y reglamentar el tránsito peatonal y vehicular de la ciudad.

Subterranización: Son las obras necesarias para pasar una red aérea a subterránea.

Topología: Recorrido de un circuito.

Valor de Vida Útil Remanente: Valor presente de la infraestructura existente que va a ser renovada.

1.5. Tipificación de obras

Obras derivadas de proyectos IDU (Interferencias): Son aquellas que con ocasión del desarrollo del Proyecto IDU se hacen necesarias para adecuar la infraestructura de las empresas de servicios públicos a las nuevas condiciones del espacio público. (Construcción, renivelación, traslado, modificación, reparación y protección de la infraestructura de la ESP).

Obras requeridas por la ESP (Ampliación y Renovación): Son aquellas que la empresa de servicio público solicita en desarrollo de los diferentes proyectos del IDU, para optimizar el uso de los recursos y evitar la afectación posterior del espacio público.

Obras de acometidas de redes: Son aquellas obras necesarias para la subterranización de la alimentación a un predio de una red local de energía o de telecomunicaciones. Se asume como una interferencia del proyecto IDU cuando es una acometida existente.

2. ETAPAS DEL PROYECTO

2.1 ETAPA DE FACTIBILIDAD

2.1.1 PROCEDIMIENTO INTERINSTITUCIONAL GENERAL

a. Para que el IDU realice la factibilidad de sus proyectos debe solicitar la localización de las redes del sector afectado a cada ESP con tres (3) meses de anticipación mínimo al inicio del contrato de Factibilidad y ésta responder dentro de los treinta (30) días siguientes. El suministro de esta información no generará costo al IDU.

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 7/41

b. Al inicio del contrato de Factibilidad, el IDU debe enviar comunicación a las ESPs y STT oficializando el proyecto, en la cual se debe incluir el número de contrato, objeto, fecha de inicio, plazo, interventor, contratista, coordinador IDU y se solicitará a las ESPs y STT el nombramiento del delegado.

c. Las ESPs y la STT deben enviar comunicación al IDU, dentro de los 10 días hábiles después de recibida la solicitud, informando el nombramiento del delegado para el contrato quien debe atender los requerimientos de información del Consultor.

d. El IDU coordinará reunión inicial, dentro de los 5 días hábiles siguientes al recibo del nombramiento del delegado, a la cual deben asistir la Interventoría, el consultor, el profesional delegado de las ESPs y STT, y el coordinador del IDU para dar a conocer los detalles del proyecto y entregar los planos generales de localización del mismo. Debe suscribirse acta de la reunión.

e. El IDU y las ESPs deben formular el plan de trabajo basados en el cronograma de actividades presentado por el consultor, de acuerdo a lo establecido en el contrato de Factibilidad.

f. El IDU por medio del consultor debe solicitar a la ESP la información existente sobre planos de localización de su infraestructura , las especificaciones técnicas de construcción de obras civiles y la información sobre los proyectos de construcción de nueva infraestructura sobre el corredor del proyecto. Dicha información será suministrada dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud.

g. El consultor acompañado por la ESP realizará en terreno una inspección visual para verificar la información consignada en los planos. Durante esta verificación se realizará la tipificación de la infraestructura de la ESP en función de sus características físicas y operativas. A partir de esta información el consultor esquematizará las soluciones de interferencia en las diferentes alternativas del proyecto, en el tiempo definido en el contrato de factibilidad.

h. El consultor IDU debe entregar a la Interventoría los planos elaborados para cada una de las alternativas en estudio con la información suministrada por las ESPs, los datos obtenidos en terreno y la solución de interferencias teniendo en cuenta las normas y especificaciones de cada Empresa, y el presupuesto para cada alternativa. Los planos deben incluir los requerimientos de ampliación o renovación de la infraestructura de la ESP, en el tiempo definido en el contrato de factibilidad.

i. El consultor debe enviar al IDU avalados por cada ESP, el presupuesto preliminar y los planos que incluyan solución de interferencias y requerimientos de ampliación y/o renovación de infraestructura, debidamente aprobados por la Interventoría.

j. Una vez se tenga el presupuesto y los planos avalados por cada ESP, el consultor deberá presentar a la interventoía para su aprobación los términos de referencia de estudios y diseños previamente conciliados con cada Empresa en donde se consignen las obligaciones y consideraciones que se deben tener en cuenta para la correcta ejecución de los estudios y diseños

2.1.2 PARTICULARIDADES CON CODENSA

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a. El IDU por medio del consultor debe solicitar a CODENSA S.A. ESP: 1) la información existente sobre planos de localización de redes aéreas y subterráneas y demás infraestructura de su propiedad ubicada a lo largo del corredor vial afectado por el proyecto, 2) las especificaciones técnicas de construcción de obras civiles, 3) información sobre los proyectos de construcción de nueva infraestructura sobre el corredor. Dicha información será suministrada dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud.

b. El consultor IDU debe entregar a la Interventoría los planos elaborados para cada una de las alternativas en estudio con la información suministrada por CODENSA S.A., los datos obtenidos en terreno y la solución de interferencias teniendo en cuenta las normas y especificaciones de CODENSA S.A. E.S.P, y el presupuesto para cada alternativa. Los planos deben incluir los requerimientos de ampliación o renovación de la infraestrucura de CODENSA S.A. E.S.P, las fotometrías de secciones típicas en las zonas rectas, fotometrías en deprimidos, puentes y curvas, las cuales deben presentarse sin hacer referencia a fabricantes ni referencias de luminarias. (En el tiempo definido en el contrato de factibilidad).

2.1.3 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL

a. El consultor IDU debe entregar a la Interventoría los planos elaborados con cada una de las alternativas en estudio con la información suministrada por GAS NATURAL S.A. E.S.P., la solución de interferencias teniendo en cuenta las normas y especificaciones ,los requerimientos de ampliación o renovación de la infraestructura de GAS NATURAL S.A. E.S.P.. y el presupuesto para cada alternativa. .(En el tiempo definido en el contrato de factibilidad)

2.1.4 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (EPMBOGOTÁ S.A. ESP, COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP Y ETB)

a. El IDU por medio del consultor debe solicitar a cada Empresa de Telecomunicaciones: 1) la información existente sobre planos de localización de redes aéreas y subterráneas y demás infraestructura de su propiedad (postes, armarios, teléfonos públicos, etc) ubicada a lo largo del corredor vial afectado por el proyecto, 2) las especificaciones técnicas de construcción de obras civiles, 3) información sobre los proyectos de construcción de nueva infraestructura sobre el corredor. Dicha información será suministrada dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud.

b. El consultor IDU debe entregar a la Interventoría los planos elaborados cada una de las alternativas en estudio con la información suministrada por cada Empresa de Telecomunicaciones, los datos obtenidos en terreno y la solución de interferencias teniendo en cuenta las normas y especificaciones de cada empresa y el presupuesto para cada alternativa. Los planos deben incluir los requerimientos de ampliación o renovación de la infraestrucura de cada empresa de telecomunicaciones. (En el tiempo definido en el contrato de factibilidad).

2.1.5 PARTICULARIDADES CON LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA - EAAB

a. Para que el IDU inicie el contrato de factibilidad de los proyectos, debe solicitar los datos técnicos de las redes del sector afectado a EAAB con tres (3) meses de anticipación mínimo al inicio del contrato de Factibilidad. La EAAB debe responder

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dentro de los treinta (30) días siguientes. El suministro de esta información no generará costo al IDU.

b. El consultor debe obtener en la EAAB los Planos de Acueducto y Alcantarillado e investigar la infraestructura proyectada de la EAAB incluyendo lo relacionado con el Plan Maestro, para el corredor y sus áreas de influencia. El consultor debe investigar en la EAAB la información de redes matrices, redes principales, redes menores, materiales en que se encuentran construidas, años de servicio, con el fin de determinar las condiciones de traslado o renovación de redes y las recomendaciones a incluir en los términos de referencia para la Etapa de Diseño.

c. Para la etapa de Factibilidad la investigación de redes parte de la información suministrada por la EAAB y no por inspección con equipos realizada por el consultor en las redes existentes.

d. El consultor IDU debe entregar a la Interventoría los planos elaborados cada una de las alternativas en estudio con la información suministrada por EAAB, los datos obtenidos en terreno y la solución de interferencias teniendo en cuenta las normas y especificaciones de la EAAB, y el presupuesto para cada alternativa. Los planos deben incluir los requerimientos de ampliación o renovación de la infraestrucura de la EAAB. (En el tiempo definido en el contrato de factibilidad).

2.1.6 PARTICULARIDADES CON LA SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA - STT

a. El IDU debe solicitar a la STT los términos de referencia del alcance del estudio de tránsito y la metodología a utilizar, con mínimo dos (2) meses de anticipación al inicio del proceso licitatorio y esta responder dentro de los treinta (30) días siguientes.

b. El IDU y STT deben formular el plan de trabajo basados en el cronograma de actividades presentado por el consultor. Buscando agilizar la aprobación final de los estudios, se sugiere realizar entregas parciales de avance para el visto bueno de la STT.

c. La STT llevará una hoja de ruta de cada proyecto, la cual puede ser consultada por el IDU para establecer el cumplimiento de las obligaciones del Consultor y de STT.

d. Con base en el alcance definido en los términos de referencia, el Consultor solicitará por escrito a la STT al inicio del proyecto, el suministro de información secundaria que pueda requerir para cumplir con el objeto del proyecto. El suministro de esta información no generará costo alguno, el Consultor suministrará los medios que se requieran para obtenerla. La STT entregará la información solicitada dentro de los 10 días hábiles después de recibida la solicitud.

e. IDU, Consultor, Interventoría y STT durante el desarrollo del contrato de estudios y diseños en la etapa de factibilidad, adelantarán reuniones periódicas de acuerdo con el avance del proyecto y la Interventoría deberá realizar las actas resultado de dichas reuniones.

f. El consultor IDU debe entregar a la Interventoría el estudio de tránsito y los planos elaborados para cada una de las alternativas geométricas para su aprobación. (En el tiempo definido en el contrato de factibilidad).

g. Una vez se tengan los documentos finales de estudio de tránsito y transporte, la Interventoría deberá revisarlos y aprobarlos, y radicarlos en la STT para su

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 10/41

aprobación, mínimo con dos meses de antelación a la terminación del contrato, tiempo durante el cual se deben realizar los ajustes según lo observado por STT y hacer el seguimiento hasta lograr la aprobación dentro de los términos del Contrato.

h. La STT debe remitir por escrito las observaciones o aprobación del Estudio de Tránsito dentro de los 10 días hábiles siguientes a la radicación por parte de la Interventoría.

2.2 ETAPA DE CONSULTORIA (ESTUDIOS Y DISEÑOS)

2.2.1 PROCEDIMIENTO INTERINSTITUCIONAL GENERAL

a. El área ejecutora del IDU debe enviar comunicación a las ESPs y STT oficializando el inicio de la ejecución del proyecto en la etapa de consultoría, en la cual se debe informar el número del contrato, objeto del contrato, fechas de iniciación y terminación, datos de la firma consultora, número del contrato de Interventoría, datos de la firma Interventora, datos del coordinador IDU. Con este documento se debe solicitar el nombramiento del delegado por parte de cada ESP y STT.

b. Las ESPs y STT deben enviar comunicación al IDU, dentro de los 10 días hábiles después de recibida la solicitud, informando el nombramiento del delegado para el contrato quien debe realizar el acompañamiento en desarrollo de la Consultoría respecto a las redes de servicios públicos, y estudio de tránsito y señalización y semaforización.

c. El IDU a través del interventor, debe coordinar reunión inicial, dentro de los 5 días hábiles siguientes al recibo del nombramiento del delegado, a la cual deben asistir la Interventoría, el consultor, el profesional delegado de cada ESP, el profesional delegado de la STT y el coordinador del IDU para dar a conocer los detalles del proyecto y entregar los planos generales de localización del mismo. El interventor debe elaborar Acta de la reunión, la cual debe ser suscrita por los asistentes.

d. El consultor debe entregar en la reunión de iniciación el cronograma de actividades de la consultoría, el cual debe ser revisado y aprobado por la Interventoría.

e. El interventor IDU y el delegado de la ESP deben formular el plan de trabajo basados en el cronograma de actividades presentado por el consultor.

f. Las ESP´s y la STT llevarán una hoja de ruta de cada proyecto, la cual puede ser consultada por el IDU para establecer el cumplimiento de las obligaciones del Consultor y de la ESP.

g. El consultor IDU debe solicitar a la ESP la información existente sobre planos de localización de infraestructura de soporte de red, las especificaciones técnicas de construcción de obras civiles de la ESP y demás información sobre la localización de su infraestructura en la zona afectada por el proyecto. Dicha información será entregada por la ESP dentro de los 30 días hábiles siguientes a la solicitud.

h. El costo de la información solicitada por los consultores a la ESP debe ser asumido por los mismos. Los diseños deben cumplir con las normas y especificaciones técnicas vigentes de cada ESP. Los diseños aprobados por la ESP tienen una vigencia de dos (2) años a partir de la fecha de aprobación.

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 11/41

i. El Consultor debe solicitar por escrito a la STT al inicio del proyecto, el suministro de información secundaria que pueda requerir para cumplir con el objeto del proyecto. El suministro de esta información no genera costo alguno, el Consultor debe suministrar los medios que se requieran para obtenerla. La STT entregará la información solicitada dentro de los 10 días hábiles después de recibida la solicitud.

j. Los estudios de tránsito y diseños de señalización y semaforización deben cumplir con las normas y especificaciones técnicas vigentes de la STT y del Ministerio de Transporte. Los estudios de tránsito y diseños de señalización y semaforización aprobados por la STT tienen una vigencia de dos (2) años a partir de la fecha de aprobación.

k. La totalidad de los diseños deben partir de la información suministrada por la ESP, previa solicitud del consultor. El consultor IDU debe realizar el levantamiento topográfico de la zona del proyecto, el cual debe incluir la geometría actual y todos los elementos de la infraestructura de la ESP que se afectarán durante la ejecución del mismo. Como resultado se genera el denominado Plano Preliminar.

l. El consultor e interventor, deben realizar en compañía del delegado de la ESP, la verificación y actualización de las redes existentes y proyectadas y los inventarios georeferenciados. REMITIRSE A LAS PARTICULARIDADES DE CADA EMPRESA.

m. Para la ejecución de los Estudios de Tránsito el Consultor debe realizar un inventario de la ubicación y estado de la señalización, amoblamiento y redes semafóricas existentes con el fin de que al momento de terminar la ejecución de la obra se reinstale la señalización y mantenga las especificaciones técnicas necesarias que haya lugar

n. Si no existe infraestructura de soporte de red de alguna ESP en las zonas afectadas por el proyecto, la Empresa debe dejar constancia de esta condición en el acta de la reunión y lo oficializará mediante una comunicación escrita al IDU.

o. Las partes Interventor, consultor y la ESP o la STT, harán recorridos de verificación cuando se requiera y/o existan posibles interferencias presentadas en la etapa de diseño.

p. La elaboración de los diseños se regirán por las normas y especificaciones vigentes a la fecha de suscripción del contrato de consultoría. El riesgo por cambio de normatividad dentro del desarrollo de los proyectos será asumido por la ESP.

q. El IDU a través de la Interventoría debe verificar que los diseños de redes correspondan con los diseños geométricos aprobados por las entidades competentes, previamente a la radicación del proyecto ante cada ESP y la STT.

r. El diseño de redes con solución de interferencias e incorporación de infraestructura existente y proyectada, debe ser revisado y avalado por la Interventoría, y radicado por el consultor en la ESP, o el IDU para el caso de la EAAB.

s. Para la aprobación y sello por parte de la ESP, el consultor debe entregar a la Empresa los siguientes documentos: Dos (2) Planos Originales y Tres copias, y los documentos particulares exigidos por cada ESP.

t. Una vez se tengan los documentos finales del estudio de tránsito y transporte, diseños de señalización y diseños de semaforización, la Interventoría debe revisar,

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 12/41

aprobar y radicar en la STT para su aprobación, mínimo con dos (2) meses de antelación a la terminación del contrato, tiempo durante el cual se deben realizar los ajustes según lo observado por STT y hacer el seguimiento hasta lograr la aprobación dentro de los términos del Contrato.

u. Las ESP y STT mediante oficio debe devolver al consultor un juego de planos finales en original debidamente firmado por el área competente de la Entidad.

v. Una vez aprobado el proyecto por cada ESP, el consultor debe entregar el presupuesto de diseño a la Interventoría contratada por el IDU, incluyendo un listado de las obras a ejecutar. La Interventoría entregará al IDU la respectiva desagregación del presupuesto debidamente aprobado por cada ESP, según los criterios establecidos en el convenio. El presupuesto de referencia debe incluir la descripción de las actividades a ejecutar (unidades de obra, incluyendo el listado de materiales y equipos) de acuerdo con la norma técnica de cada ESP.

w. Una vez aprobado el proyecto por la STT, el consultor debe entregar el presupuesto de diseño a la Interventoría contratada por el IDU, incluyendo una estimación presupuestal por concepto del PMT durante la etapa de construcción. Dentro del presupuesto se deben contemplar los ítems de señalización o semaforización indicándolos por separado.

x. Dentro de los quince (15) días siguientes a la aprobación de los diseños, el interventor debe elaborar la Preacta de Cruce de Cuentas con Empresas Formato STDO-434 para que sea suscrita por el IDU y la ESP, con el fin de establecer los recursos que deben ser apropiados por cada entidad. Este documento no tiene carácter vinculante y el original debe ser entregado al área ejecutora del IDU.

y. El área ejecutora debe remitir a la STCI el original de la Preacta de Cruce de Cuentas con Empresas STDO-434.

z. En la Preacta de Cruce de Cuentas con Empresas STDO-434 para los proyectos de estaciones y patios de Transmilenio, únicamente se deben relacionar las obras eléctricas y de acueducto y alcantarillado externas.

aa. La ESP debe incluir en la Preacta de Cruce de Cuentas con Empresas STDO-434 los valores correspondientes a las maniobras a ejecutar por parte de las ESP´s según el diseño aprobado para la debida presupuestación estimada por las ESP´s. Además el tiempo estimado para la realización de las maniobras, con el fin de que sea tenido en cuenta en la elaboración del cronograma de obra

2.2.2 PARTICULARIDADES CON CODENSA

a. La verificación y actualización de las redes existentes y proyectadas y los inventarios georeferenciados recaen sobre el consultor e interventor. Estos inventarios deben incluir: la verificación en terreno donde se identifique la ocupación de ductos (redes eléctricas y telemáticos), número de postes y levantamiento topográfico de la infraestructura existente tanto aérea como subterránea, indicando el número del centro de distribución, puntos físicos e identificación de la infraestructura. Para el sistema de Alumbrado Público se debe registrar el número del rótulo de cada luminaria dentro de la zona de afectación del proyecto. El inventario de redes debe quedar consignado en el Acta de Verificación de la Red, suscrita por el consultor, la Interventoría el delegado de CODENSA S.A. y el coordinador IDU.

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b. El diseño de redes con solución de interferencias e incorporación de infraestructura existente y proyectada, debe ser revisado y avalado por el IDU a través de la Interventoría, y radicado por el consultor en CODENSA S.A. ESP. El consultor debe solicitar ante la UESP la carta de autorización de la expansión y/o modificación del Alumbrado Público, anexando copia de la geometría del proyecto aprobado por el DAPD.

c. Para iniciar el proceso de revisión y aprobación del proyecto de Alumbrado Público, el consultor debe presentar a CODENSA S.A. ESP la carta de autorización de la modificación y/o expansión del sistema, expedida por la UESP.

d. El consultor debe presentar el diseño fotométrico, a CODENSA S.A. ESP para su revisión y aprobación, previo visto bueno de la Interventoría. Dicha revisión debe ser entregada por CODENSA S.A. ESP dentro de los 30 días hábiles siguientes a la radicación de los documentos por parte del consultor.

e. De acuerdo con el Manual Único de Alumbrado Público, como resultado del diseño se deben especificar la altura de montaje, ancho de vía, interdistancia, inclinación y avance de la luminaria y posición de la bombilla. Adicionalmente, la UESP exige que dicha información sea incluida en los planos de diseños fotométricos y eléctricos en forma escrita y gráfica. Se debe dar claridad en el ángulo de inclinación del conjunto brazo-luminaria y su avance total, también mencionar la matriz con la cual se realizan los cálculos e indicar la posición de la bombilla a la cual corresponden. Igualmente, se deben presentar las memorias de cálculo de los diseños y la evaluación económica correspondiente.

f. Aprobado el estudio fotométrico, el consultor debe radicar en CODENSA S.A ESP la evaluación económica de las tres (3) alternativas fotométricas de acuerdo con lo estipulado por el Manual de Alumbrado Público vigente y el proyecto eléctrico con la alternativa más económica previo visto bueno de la Interventoría, en el cual se debe incluir los diseños de la infraestructura de soporte de red de CODENSA S.A. ESP, discriminando las obras de ampliación de red a cargo de CODENSA S.A. ESP, de las de traslado correspondientes al IDU. Además debe elaborar el cuadro de cantidades de obra con cargo a cada una de las partes del convenio. Dicha revisión debe ser entregada por CODENSA S.A. ESP dentro de los 30 días hábiles siguientes a la radicación de los documentos por parte del consultor.

g. Para la aprobación y sello por parte de CODENSA S.A. ESP, el consultor debe entregar a CODENSA S.A. ESP los siguientes documentos: Tres copias de planos, memorias de cálculo, facturas de pago por concepto de revisión y aprobación, presupuesto desagregado en cantidades de obra civil y de obra eléctrica, y el listado de materiales y equipos discriminado por capítulos de redes y Alumbrado Público.

h. Una vez aprobado el proyecto por CODENSA S.A. ESP, el consultor debe entregar el presupuesto de diseño a la Interventoría contratada por el IDU, incluyendo un listado de las obras a ejecutar (Alta Tensión, Media Tensión, Baja Tensión, Acometidas y Sistema de Alumbrado Público). La Interventoría debe entregar al IDU la respectiva desagregación del presupuesto debidamente aprobada por CODENSA S.A ESP, según los criterios establecidos en el convenio. El presupuesto de referencia debe incluir la descripción de las actividades a ejecutar (unidades de obra, incluyendo el listado de materiales y equipos) de acuerdo con la norma técnica de CODENSA S.A. ESP.

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 14/41

2.2.3 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (EPMBOGOTÁ S.A. ESP, COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP Y ETB)

a. El consultor IDU debe realizar el levantamiento topográfico de la zona del proyecto, el cual debe incluir la geometría actual y todos los elementos de la infraestructura de soporte de red de Telecomunicaciones que se afectarán durante la ejecución del mismo. Como resultado se debe generar el denominado Plano Preliminar. Esta actividad no incluye investigación de canalizaciones y por lo tanto el consultor IDU no puede ingresar a cámaras de inspección ni cajas de paso de la Empresa.

b. La verificación y actualización de las redes existentes y proyectadas y los inventarios georeferenciados recaen sobre el consultor e interventor. El consultor IDU y Empresa debe verificar en terreno, la información anterior y se debe efectuar el inventario de la infraestructura y la red existentes, indicando cámaras de inspección, cajas de paso, postes, armarios, teléfonos públicos, etc. También se registrará el número y características de los cables alojados, el número de ductos libres y ocupados, sus diámetros y materiales, la red aérea y la numeración de los elementos de red. El inventario de redes debe quedar consignado en un Acta suscrita por el consultor, la Interventoría el delegado de la Empresa y el coordinador IDU.

c. La Empresa debe suministrar el personal calificado para dirigir el inventario de la red y de la infraestructura soporte de red de su propiedad (especialista en redes e infraestructura de red). El IDU por su parte debe proveer el personal operativo necesario para destapar las cámaras y las cajas (2 auxiliares), la herramienta y equipos requeridos durante esta actividad (barra, escalera, punteros, linterna, motobomba, odómetro) y debe disponer los elementos para el control de impacto urbano (conos de señalización). Dicha información se registrará en los formatos de inventario diseñados por la Empresa.

d. El Interventor IDU debe remitir a la Empresa la Primera Digitación elaborada por el consultor (levantamiento topográfico más detalles del inventario) para su respectiva aprobación. En el evento en que los planos presenten inconsistencias La Empresa debe remitir a la Interventoría con copia del oficio al IDU las observaciones para su corrección y modificación.

e. El consultor IDU debe realizar un segundo juego de planos, denominado segunda digitación (planos de diseño definitivos) en el cual se debe incluir los diseños de la infraestructura de soporte de red de La Empresa, discriminando las obras de ampliación de red, a cargo de la Empresa, de las correspondientes a traslado a cargo del IDU. Además debe elaborar el cuadro de cantidades de obra con cargo a cada una de las partes del convenio. Tal como se indicó para la Primera Digitación, esta Segunda Digitación que contiene la infraestructura de soporte de red existente y de los proyectos futuros debe ser elaborada de acuerdo con las convenciones de La Empresa.

f. Una vez La Empresa apruebe los planos realizará sobre éstos el diseño de la nueva infraestructura de soporte de red para su adecuación al proyecto o ampliación futura. Esta información se debe ser devuelta al consultor IDU para que se integre al diseño del proyecto

g. Los planos de diseño final aprobados mediante la firma de las partes, deben ser entregados por el IDU a través de la Interventoría a La Empresa en dos (2) juegos

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originales y una copia. Se debe anexar el archivo digital y los planos de la primera digitación.

2.2.4 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL

a. La verificación de la localización de la red se debe coordinar conjuntamente con GAS NATURAL S.A. ESP para realizar apiques de ser necesario.

b. Con base en la geometría elaborada por el consultor ,GAS NATURAL S.A. ESP debe elaborar el diseño de redes existentes y proyectadas, el cual será suministrado al consultor, con el fin de incluir en el presupuesto la ejecución de traslados o ampliaciones de la red.

c. Los diseños finales aprobados por GAS NATURAL S.A. ESP no pierden vigencia pero deben ser revisados por el constructor y avalados por GAS NATURAL S.A. ESP antes de iniciar la ejecución de las obras.

2.2.5 PARTICULARIDADES CON LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA - EAAB

a. Con base en los datos técnicos suministrados por la EAAB al IDU y la geometría aprobada, el consultor elabora el diseño de las redes de acueducto y alcantarillado del proyecto. En caso que existan requerimientos adicionales por parte de la EAAB a los expuestos en los datos técnicos, estos deben ser informados en un plazo máximo de 15 días hábiles después de realizada la reunión inicial.

b. La responsabilidad de verificación y actualización de las redes existentes y proyectadas y elaboración de los inventarios georeferenciados recae sobre el consultor e interventor. Estos inventarios deben incluir la verificación sobre las condiciones estructurales y de funcionamiento de la tubería y debe realizarse a través de sondeos, apiques e investigación con equipos de CCTV. Los reportes sobre el estado de los colectores deben ser remitidos a la EAAB, para que a partir de ellos la Empresa defina, dentro de los 15 días siguientes, los colectores que requieren rehabilitación o renovación. El inventario de redes debe quedar consignado en un Acta suscrita por el consultor, la Interventoría el delegado de EAAB y el coordinador IDU.

c. Una vez los proyectos cumplan con los lineamientos definidos en los datos técnicos y con la normatividad vigente, debidamente revisados y aprobados por la Interventoría deben se remitidos al área coordinadora del contrato para su respectiva remisión a la STCI en cumplimiento del convenio 051/99 suscrito entre el IDU y la EAAB mediante el cual el IDU se compromete a elaborar las certificaciones de existencia de redes de servicios para pavimentos locales que ejecute el IDU, y a revisar y aprobar los proyectos de acueducto y alcantarillado necesarios para adelantar las obras a su cargo.

d. Para iniciar el proceso de revisión y aprobación de los proyectos de acueducto y alcantarillado por parte del grupo de redes de la STCI, el consultor debe entregar a través de la Interventoría al IDU los siguientes documentos:

1) Copia de los Datos Técnicos así como de sus anexos (esquinas, récord de obras construidas, proyectos acueducto y alcantarillado, planos redes matrices entre otros)

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2) Investigación Topográfica y de Campo.3) Investigación de Esquinas y Record de Obras construidas.4) Planos de alcantarillado en donde se presenten la Localización, Cotas de

Pavimento, Redes de alcantarillado (sanitario y pluvial), Perfiles de los tramos proyectados, Áreas de drenaje (sanitario y pluvial), con las siguientes especificaciones: El rótulo deberá corresponder al suministrado por la EAAB – ESP y

debidamente diligenciado. El diseño en planta debe estar en escala 1: 1000 o 1:500, en una

cuadrícula indicando coordenadas norte y este. Adicionalmente se debe indicar el Norte del proyecto. En el plano se deben definir claramente los pozos y colectores de alcantarillado sanitario, pluvial y/o combinado, sumideros e interferencias. En caso que en el sector del proyecto se desarrolle una red matriz esta deberá figurar en los planos para verificar las interferencias.

En el rótulo debe indicarse el _BM placas de amarre certificado por el IGAC.

El plano debe contener las Notas Generales de la EAAB – ESP y las que el diseñador estime convenientes para claridad del proyecto, avaladas por la Interventoría.

El plano debe contener el Cuadro de Convenciones de alcantarillado de acuerdo a las especificadas de la EAAB – ESP.

El plano debe contener el Cuadro de Sumideros el cual debe contemplar por lo menos las siguientes columnas Identificación Sumidero Pozo de conexión Longitud, diámetro y pendiente. Cota Rasante pozo y sumidero Cota Clave de salida y llegada del sumidero Cota Clave del colector de conexión Tipo de Sumidero Tipo de Cimentación Si requiere o no protección las tuberías de conexión (cárcamo).

a. El plano debe contener la nomenclatura de vías y las características topográficas.

b. El plano debe contener el abscisado de la vía con la ubicación de la red de alcantarillado.

c. El plano debe contener la localización en planta y perfil de la interferencias de las redes de alcantarillado con la red de acueducto o red troncal de presentarse el caso. Adicionalmente se debe presentar la localización en perfil de las interferencias con otras redes de servicios públicos

5) Planos de acueducto (redes menores), con las siguientes especificaciones generales:d. El rótulo de los mismos deberá corresponder al suministrado por la EAAB –

ESP y debidamente diligenciado. e. El diseño en planta se debe presentar en escala 1:1000 o 1:500, en una

cuadrícula indicando coordenadas norte y este. Adicionalmente se debe indicar el Norte del proyecto.

f. En el rótulo debe indicarse el _BM placas de amarre certificado por el IGAC.

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 17/41

g. El plano debe contener las Notas Generales de la EAAB – ESP y las que el diseñador estime convenientes para claridad del proyecto, avaladas por la Interventoría.

h. El plano debe contener el Cuadro de Convenciones de alcantarillado de acuerdo a las especificadas de la EAAB – ESP.

i. El plano debe contener la nomenclatura de vías y las características topográficas.

j. El plano debe contener el abscisado de la vía con la ubicación de las redes menores.

k. El plano debe contener la localización en planta y perfil de la interferencias de las redes menores con la red alcantarillado. Adicionalmente se debe presentar la localización en perfil de las interferencias con otras redes de servicios públicos.

l. El plano debe contener la localización de válvulas e hidrantes.m. Cuadro de cantidades de obra.

6) Planos de acueducto (Redes Matrices, si aplica) con las siguientes especificaciones generales: n. El rótulo de los mismos deberá corresponder al suministrado por la EAAB –

ESP y debidamente diligenciado. o. El diseño en planta se debe presentar en escala 1:1000 o 1:500, en una

cuadrícula indicando coordenadas norte y este. Adicionalmente se debe indicar el Norte del proyecto.

p. En el rótulo debe indicarse el _BM placas de amarre certificado por el IGAC.

q. El plano debe contener las Notas Generales de la EAAB – ESP y las que el diseñador estime convenientes para claridad del proyecto, avaladas por la Interventoría.

r. El plano debe contener el Cuadro de Convenciones de alcantarillado de acuerdo a las especificadas de la EAAB – ESP.

s. El plano debe contener la nomenclatura de vías y las características topográficas.

t. El plano debe contener el abscisado de la vía con la ubicación de la red matriz.

u. El plano debe contener las Deflexiones horizontales y verticales de la red (grados, minutos y segundos)

v. El plano debe contener la localización en planta y perfil de la interferencias de la red matriz con la red alcantarillado y la red de acueducto. Adicionalmente se debe presentar la localización en perfil de las interferencias con otras redes de servicios públicos.

w. El plano debe contener la localización de válvulas, ventosas, pitómetros, purgas y demás accesorios.

x. El plano debe contener el tipo de entibado según Norma Técnica de Servicios NS – 072 “Entibados y Tablestacados”

7) Informes de acueducto y alcantarillado con las respectivas memorias de cálculo. Este informe debe contener como mínimo la descripción del proyecto, dimensionamiento hidráulico, sumideros y colectores, metodología de diseño, recomendaciones del estudio de suelos, conclusiones.

8) Informe de suelos

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e. Una vez aprobados los diseños hidrosanitarios por la STCI, el IDU debe solicitar a la EAAB, el número de aprobación. Para la aprobación de redes matrices y estructuras especiales el IDU debe revisar que los comentarios realizados por la EAAB, hayan sido considerados en los diseños.

f. El consultor debe remitir al IDU los planos en original, debidamente rebordeados y firmados, y dos copias de los mismos, los informes técnicos y los respectivos medios magnéticos en el formato establecido por la norma vigente de la EAAB.

g. El IDU a través de la STCI debe entregar los documentos antes mencionados a la EAAB.

h. La STCI dará respuesta al memorando de remisión de los documentos por parte del área ejecutora, anexando copia de la radicación de los mismos en la planoteca de la Empresa de Acueducto y dando formalmente la aprobación definitiva a los Diseños para su correspondiente liquidación.

i. Para los casos de ejecución de proyectos sobre la malla vial local, el IDU debe verificar la existencia y funcionamiento de las redes hidrosanitarios mediante la Certificación de Redes. El procedimiento para la solicitud y expedición de la certificación de redes por medio del grupo de redes de la STCI se describe a continuación:

1) Se debe solicitar certificación de redes a la STCI Grupo Asesor de Redes en los siguientes casos: Estudio, diseño, construcción y/o rehabilitación de vías locales (incluidas

las Rutas Alimentadoras) Estudio, diseño, construcción y/o rehabilitación de puentes peatonales. Estudio, diseño, construcción y/o rehabilitación de puentes vehiculares.

2) Para vías en proceso de licitación y/o contratación, la solicitud de certificación de redes debe radicarse en la STCI con dos meses de antelación a la fecha prevista para la adjudicación. Cuando se trate de un volumen considerable de vías a certificar, el área ejecutora deberá determinar las prioridades para la respectiva entrega de las certificaciones de redes.

3) Para contratos en ejecución en los cuales sea necesario adicionar vías, éstas deben contar con la certificación de redes. En los casos donde no se cuente con la certificación de redes, las solicitudes a la STCI se deben realizar con dos meses de anticipación a la ejecución de las mismas.

4) Todas las certificaciones deben ser solicitadas por el área ejecutora. En ningún caso se recibirán solicitudes de certificación de redes por parte de los contratistas. Para proyectos que no son ejecutados por el IDU, la EAAB es la entidad competente para realizar las certificaciones de redes.

5) El área ejecutora del IDU debe enviar a la STCI la localización de la vía en un plano en escala 1:1000 o 1:2000, en el cual se identifique claramente la vía. Adicionalmente debe remitir el CC_ID de las vías, nomenclatura inicial, nomenclatura final, barrio y localidad. Estos requisitos son indispensables para la elaboración de las certificaciones. En caso de no incluir esta información las solicitud serán devueltas.

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6) En caso de incumplir alguno de estos procedimientos y se inicie la intervención de la vía sin contar con la certificación correspondiente, la vía será diagnosticada como INTERVENIDA SIN CERTIFICACIÓN y cualquier problema que se derive con respecto a las redes de acueducto y alcantarillado será responsabilidad única y exclusiva del área ejecutora.

j. El tiempo de vigencia de la certificación de redes de una vía es de dos (2) años a partir de su fecha de expedición. Cumplido este tiempo se deberá proceder a solicitar una actualización de la certificación al grupo de redes de la STCI.

k. La STCI dará respuesta al memorando de solicitud de la certificación por parte del área ejecutora, anexando un documento original que contiene el formato de certificación generado en la INTRANET, el Anexo de Observaciones con el resultado de las investigaciones cartográfica y de terreno, así como el soporte técnico del concepto emitido en el formato de certificación, y Fotocopia de los planos del sector donde se ubican las vías objeto de la certificación consultados en la planoteca de la EAAB-ESP (Proyectos, récord de Obra y esquinas de acueducto).

l. Para la actualización de una certificación de redes de una vía se seguirán los siguientes lineamientos:

Se ratificará la información cartográfica consignada en la certificación realizando la respectiva consulta en la EAAB - ESP y en las gerencias de las zonas correspondientes.

Se realizará una inspección de campo a la vía. Se actualizaran, si es el caso, los datos e información de la certificación la

cual se emitirá con el mismo número original pero aclarando que se trata de una segunda versión.

m. Para los casos de ejecución de proyectos sobre la malla vial local, en los que el consultor contratado por el IDU verifica la existencia y funcionamiento de las redes hidrosanitarios, se debe elaborar la Autoertificación de Redes. El procedimiento para la aprobación de la autocertificación de redes por medio del grupo de redes de la STCI se describe a continuación:1) Para iniciar el proceso de revisión y aprobación de las autocertificaciones por

parte del grupo de redes de la STCI, el consultor debe entregar a través de la Interventoría al IDU el formato establecido para tal efecto, el cual debe contener la siguiente información:

Hoja No. 1: En la cual se consignan: La nomenclatura de la vía, el CCID con el cual se identifica la vía en el mapa digital de malla vial del IDU, el Esquema de localización de las redes existentes y/o proyectadas en el área de influencia. (incluye convenciones normalizadas por la EAAB-ESP) y el concepto definitivo respecto a la pavimentación de la vía que sólo puede ser: ADECUADA PARA PAVIMENTAR O REHABILITAR INADECUADA PARA PAVIMENTAR O REHABILITAR RESTRINGIDA PARA PAVIMENTAR O REHABILITAR

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Nota: Al respecto, en caso de definirse como inadecuada o restringida, el consultor deberá exponer técnicamente las razones del concepto y proponer las soluciones hidráulicamente viables, teniendo en cuenta las especificaciones de las normas vigentes expedidas por la EAAB-ESP.

Hoja No. 2: En la cual se consigna el resultado de la investigación cartográfica en la planoteca de la Empresa de Acueducto y en las dependencias de sus respectivas zonas, el resultado de la investigación de terreno, la cual incluye la inspección de pozos.

Hoja No.3: En la cual se consigna la Fotografía de la vía y comentarios de la comunidad.

Hoja No.4: En la cual se consignan las observaciones específicas a nivel técnico especto al estado y funcionamiento de las redes de Acueducto y Alcantarillado, según lo investigado.Nota: En esta hoja se intertan las observaciones generales del grupo asesor de redes de la STCI del IDU, definidas de acuerdo con la normatividad vigente de la EAAB.

2) La responsabilidad total por la información contenida en las autocertificaciones es única y exclusiva del CONSULTOR.

3) Una vez las autocertificaciones cumplan con los requerimientos mencionados, la STCI, mediante un memorando dirigido al área ejecutora, remite la relación de las autocertificaciones aprobadas y solicita al consultor la entrega de una copia en archivo magnético y físico de dichas autocertificaciones.

2.2.6 PARTICULARIDADES CON LA SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA - STT

a. El POT, decreto 619 de 2000, en el Artículo 172. Estudios de tránsito indica que “Todo plan parcial y proyecto de equipamiento metropolitano, urbano o zonal, deberá anexar el correspondiente estudio de tránsito, que contenga los análisis rigurosos de la situación con y sin proyecto y sus impactos sobre la vialidad circundante inmediata y de su zona de influencia.”

Los estudios de tránsito deben ser aprobados por la STT y están compuestos por:

Estudio de Tránsito y Transporte (Documento técnico - Informe Final)

Inventario de señalización actual, Diseño de Señalización y planes de circulación.

Diseño de semaforización.

Plan de manejo de tráfico.

b. Los términos de referencia del alcance del estudio de tránsito y la metodología a utilizar con los cuales el IDU contrata la consultoría, son los remitidos por la STT previa solicitud del Instituto con mínimo dos (2) meses de anticipación al inicio del proceso licitatorio.

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c. Antes del inicio de los estudios, la Interventoría debe informar a la STCI sobre los especialistas de tránsito del Consultor y de la Interventoría que participaran en el proyecto y su dedicación. Con el fin de llevar un registro sobre la dedicación de estos profesionales en los contratos IDU.

d. Antes del inicio de los estudios de tránsito, la Interventoría debe aprobar la metodología propuesta por el Consultor para el desarrollo de los estudios. La metodología incluye la toma de información. Esta propuesta debe ser radicada por la Interventoría en la Subsecretaría Técnica de la STT para su revisión y aprobación.

e. IDU, Consultor, Interventor y STT durante el desarrollo del contrato de estudios y diseños, deben adelantar reuniones periódicas de acuerdo con el avance del proyecto y la Interventoría debe realizar las actas resultado de dichas reuniones. A estas reuniones deben asistir los especialistas de tránsito de la Interventoría y la Consultoría. Se recomienda realizar entregas parciales de avance para visto bueno de la STT.

f. Cualquier modificación a la metodología planteada debe ser aprobada por la STT, previa aprobación de la Interventoría, quién debe enviar la solicitud a la STT.

g. El Estudio de Tránsito debe incluir el diseño del Plan General de Manejo de Tránsito, el cual debe ser aprobado únicamente por la Interventoría, como producto de la Consultoría para la presupuestación del PMT en obra.

h. El Consultor debe plantear en los diseños de señalización y semaforización la reutilización de los dispositivos de señalización y el amoblamiento semafórico y equipos de control que puedan ser reutilizados, indicando claramente este aspecto en los planos y en el presupuesto.

i. El documento final y los planos de diseño de señalización y semaforización, una vez avalados por la Interventoría, deben ser radicados por ésta a la STT con los nombres y firmas correspondientes (especialistas del contratista y la Interventoría que realizaron y revisaron los estudios y/o diseños), sin estas la STT no revisará ni emitirá concepto aprobatorio.

j. Estos estudios se deben presentar en forma impresa y en archivo magnético, incluyendo las bases de datos de la información de campo y los archivos que permitan reproducir el proceso de simulación.

k. La semaforización de nuevas intersecciones debe estar soportada por el análisis de tráfico, que permita determinar el cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos en el Manual de Planeación y Diseño para la Administración del Tránsito y Transporte de la STT, para su aprobación.

l. Una vez definidos los cruces a semaforizar, se debe adelantar el diseño de semaforización, canalización y amoblamiento semafórico y remitirlo a la Subsecretaría Técnica de la STT, para su aprobación. El desarrollo de esta etapa contempla el planeamiento y evaluación de alternativas de solución, proyecciones de tráfico, identificación de conflictos, manejo semafórico y cálculo de las condiciones del tráfico proyectadas.

m. Requisitos para la aprobación del diseño semafórico:

Estudios de tráfico con los aspectos mencionados anteriormente, donde se incluyan los movimientos vehiculares, peatonales y ciclovías.

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Plano a escala 1:200 del diseño geométrico definitivo de cada intersección, en el cual se incluya el diseño de redes eléctricas y de interconexión telefónica (canalizaciones y cajas), amoblamiento semafórico (bases para postes, equipo de control y semáforos), amoblamiento urbano (sumideros, hidrantes, postes, teléfonos públicos árboles), señalización vertical (informativa, preventiva, reglamentaria), señalización horizontal (líneas de pare, cebras, flechas direccionales de carril), líneas de flujo, carga vehicular, pasos peatonales y ciclovías, número de carriles, bahías de giro, carriles de aceleración y desaceleración, separadores, islas, agujas, retornos.

Planos a escala 1:500 de las redes eléctricas y telefónicas con las cajas de paso, cámaras de inspección y canalizaciones, indicando diámetros, número de tubos existentes y cantidad de tubos disponibles. Los puntos de interconexión eléctrica y telefónica requieren la aprobación de Codensa S. A. y ETB.

En caso de observaciones y una vez efectuadas las correcciones de las observaciones de la STT, se debe remitir dos copias en papel mantequilla (110 gr) tamaño pliego, de cada intersección y en medio magnético (archivo DWG)

n. La Interventoría puede radicar en la STT los Estudios de Tránsito y Diseños de Señalización y Semaforización entregados por el Consultor adjuntando sus observaciones, con el fin de agilizar los procesos de revisión.

o. El Consultor debe obtener por parte de la STT un oficio de aprobación de los estudios y diseños de tránsito, cuya copia debe ser remitida a la STCI.

p. La STT no dará aprobación parcial a los estudios, por lo tanto es importante que la documentación sea presentada en forma completa.

q. El Consultor teniendo en cuenta el Estudio de Tránsito presentado y aprobado por la STT, debe informar al IDU, previo concepto favorable de la Interventoría, las recomendaciones o condicionamientos que tiene el proyecto para su optima operación en cuanto a movilidad y seguridad sobre el corredor y su área de influencia y que generan obras o intervenciones adicionales por fuera de la vía a intervenir. Para el estimativo del presupuesto para la ejecución del contrato de construcción, la dependencia ejecutora IDU debe tener en cuenta la pertinencia de las recomendaciones del estudio de tránsito, entregadas por el Consultor que puedan generarse en el área de influencia del proyecto.

2.3 ETAPA DE CONSTRUCCION

2.3.1 FASE DE PRECONSTRUCCIÓN

2.3.1.1 PROCEDIMIENTO INTERINSTITUCIONAL GENERAL

a. El área ejecutora del IDU debe entregar a la Interventoría del contrato de obra los diseños aprobados por cada ESP y el estudio de tránsito y los diseños de señalización y semaforización aprobados por la STT, además de los documentos necesarios para la ejecución de las obras (inventarios realizados en la etapa de estudios y diseños, etc); la Interventoría debe verificar la vigencia de los mismos, y de no encontrarse vigentes las aprobaciones, es responsabilidad de la Interventoría advertir al contratista para que tramite la actualización.

b. El área ejecutora del IDU debe enviar comunicación a cada ESP y STT oficializando el inicio de la ejecución del proyecto en la etapa de preconstrucción,

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en la cual se debe informar el número del contrato de obra, objeto del contrato, fechas de iniciación y terminación, datos de la firma contratista, número del contrato de Interventoría, datos de la firma Interventora, datos del coordinador IDU. Con este documento se debe solicitar a cada ESP el nombramiento del delegado. Las ESPs solo nombrarán delegado para esta etapa si el proyecto cuenta con diseño aprobado y vigente.

c. Cada ESP y STT debe enviar comunicación al IDU, dentro de los 10 días hábiles después de recibida la solicitud, informando el nombramiento del delegado para el contrato quien debe realizar el acompañamiento en desarrollo de la Etapa de Preconstrucción respecto a las redes de servicios públicos y señalización y semaforización.

d. El IDU a través del interventor, debe coordinar reunión inicial, dentro de los 5 días hábiles siguientes al recibo del nombramiento del delegado, a la cual deben asistir la Interventoría, el consultor, el profesional delegado de cada ESP, el profesional delegado de la STT y el coordinador del IDU para dar a conocer los detalles del proyecto y entregar los planos generales de localización del mismo. El interventor debe elaborar Acta de la reunión, la cual debe ser suscrita por los asistentes.

e. Si como resultado del análisis de los planos entregados no existe nueva situación de interferencia con la infraestructura de soporte de red de cada ESP, se debe dejar constancia de esta condición mediante oficio escrito del contratista IDU, confirmando el diseño aprobado en la primera etapa.

f. Si existe una modificación al diseño general del proyecto que genere una nueva interferencia con la infraestructura de alguna ESP, el contratista a través de la Interventoría debe informar mediante oficio al IDU para realizar una actualización a los inventarios y precisar las nuevas condiciones de interferencia. Esta situación debe ser confirmada por la ESP.

g. El IDU a través de la Interventoría y el contratista, en compañía de cada ESP debe actualizar el inventario de redes y realizar las inspecciones necesarias a fin de establecer el estado de la infraestructura soporte de red antes de iniciar la ejecución de las obras. REMITIRSE A LAS PARTICULARIDADES DE CADA EMPRESA

h. La ejecución de las obras se regirán por las normas y especificaciones vigentes a la fecha de aprobación de los Diseños El riesgo por cambio de normatividad dentro del desarrollo de los proyectos será asumido por la ESP correspondiente.

i. El contratista de obra tiene la alternativa de adoptar o modificar los diseños entregados por el IDU. Si el contratista decide adoptar los diseños, asume como suya la información allí consignada. En caso de no adoptar los diseños entregados debe contar con el acompañamiento de la Interventoría, la ESP o la STT, según el caso, para su ajuste y obtener durante la etapa de preconstrucción la correspondiente aprobación. PARA EL CASO DE LA EAAB, REMITIRSE A LAS PARTICULARIDADES DE LA EMPRESA.

j. En caso de modificación, el contratista o concesionario IDU debe actualizar los planos de diseño, las cantidades de obra de acuerdo con lo solicitado por la ESP y la Interventoría, previo concepto favorable, los debe remitir a la Empresa para su aprobación.

Nota: Teniendo en cuenta que existe un diseño aprobado por cada ESP, en el evento en que el contratista o concesionario decida realizar alguna modificación o

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 24/41

ajuste al mismo, debe ser en puntos específicos los cuales serán avalados por la Interventoría y por la ESP.

k. En este caso debe suscribir nuevamente la Preacta de Cruce de Cuentas con Empresas STDO-434 con 15 días de anticipación al inicio de la Etapa de Construcción, para cada una de las ESPs.

2.3.1.2 PARTICULARIDADES CON CODENSA

a. La Interventoría, contratista, coordinador IDU, en compañía del profesional delegado por CODENSA S.A. ESP deben realizar una visita a terreno para revisar el estado de la infraestructura de Alumbrado Público y dejar constancia por escrito para la aplicación del Valor de Vida Útil Remanente.

b. De acuerdo a lo establecido por la UESP y CODENSA ,al inicio de la preconstrucción se debe aplicar el PLAN DE MANEJO DEL ALUMBRADO PUBLICO vigente a la fecha.

2.3.1.3 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (EPMBOGOTÁ S.A. ESP, COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP Y ETB)

a. El IDU a través de la Interventoría y el contratista, en compañía de La Empresa deben actualizar el inventario de redes y realizar la inspección mediante sondeos a fin de establecer el estado de la infraestructura soporte de red antes de iniciar la ejecución de las obras. Previa iniciación de obras de la Empresa debe entregar al IDU probados la totalidad de los cables existentes en la zona del proyecto a través del reporte del sistema establecido por cada empresa de telecomunicaciones donde conste que a la fecha existen cero fallas. (Ejemplo: Sistema Integrado de Monitoreo Red de Acceso para ETB)

2.3.1.4 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL

a. En caso de presentarse alguna duda con respecto a la ubicación de la red de gas natural en la zona de afectación del proyecto, la Interventoría debe coordinar con el profesional delegado por GAS NATURAL S.A. ESP para realizar visita a terreno y confirmar la ubicación exacta de la red, en compañía del contratista y coordinador IDU. Se debe dejar constancia en un Acta de visita.

2.3.1.5 PARTICULARIDADES CON LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA - EAAB

a. En caso que el contratista decida modificar parte de los diseños de acueducto y alcantarillado; las modificaciones deben ser presentadas para revisión y aprobación por parte del grupo de redes, con el debido acompañamiento de la ESP, a excepción de los diseños relacionados con redes matrices y estructuras especiales, los cuales de acuerdo al convenio interinstitucional requieren del concepto aprobatorio de la EAAB.

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 25/41

2.3.1.6 PARTICULARIDADES CON LA SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA - STT

a. El IDU debe entregar al Contratista al iniciar el contrato, el documento del plan de manejo de tránsito general aprobado por la Interventoría en la etapa de estudios y diseños, para que el Contratista si lo considera pertinente lo tome como base para la elaboración de su propio plan de manejo de tránsito o lo adopte bajo su responsabilidad.

b. El Contratista debe adoptar y/o ajustar el documento del PMT y debe presentarlo a la STT debidamente revisado y aprobado por la Interventoría. Para proyectos de Troncales Transmilenio, el Contratista debe presentar el PMT sesenta (60) días antes de la finalización de la etapa de preconstrucción, tiempo durante el cual se deben realizar los ajustes de acuerdo con las observaciones de la STT y en concordancia con los términos del contrato hasta obtener la aprobación y realizar las actividades previas a la implementación.

c. La Interventoría es la encargada de velar por la presentación del plan de manejo de tráfico, realización de ajustes y seguimiento hasta obtener la aprobación por parte de la STT y verificar la realización de las actividades previas a la implementación tales como la divulgación, adecuación de vías de desvío y señalización requeridas.

d. Para la iniciación de la fase de ejecución, el Contratista debe haber realizado las actividades previas de divulgación, adecuaciones viales y geométricas y señalización requeridas. Esto debe ser verificado conjuntamente entre la Interventoría y la STT.

e. Antes del inicio de la fase de ejecución, si el Contratista realizó ajustes a los diseños geométricos, diseños de señalización y/o diseños de semaforización entregados, debe contar con la aprobación final de los estudios y diseños ajustados por parte de la STT.

2.3.2 FASE DE EJECUCION (CONSTRUCCIÓN)

2.3.2.1 PROCEDIMIENTO INTERINSTITUCIONAL GENERAL

a. En los casos en que no exista la etapa de preconstrucción o no se haya suscrito la Preacta de Cruce de Cuentas con Empresas STDO-434 en la Etapa de Estudios y Diseños, en esta etapa se deben surtir los trámites correspondientes al nombramiento del delegado, entrega de documentos de la consultoría previa, verificación del estado de la infraestructura existente y suscripción de la Preacta.

b. Se deben realizar comités semanales de seguimiento de obra a los cuales deben asistir los delegados de: IDU, Interventoría, contratista y las ESP, para la definición de manejo de interferencias y coordinación con las diferentes ESPs y entidades distritales, dejando constancia en el acta respectiva.

c. Al inicio de la etapa de construcción, la Interventoría debe coordinar una reunión con el propósito de aclarar la responsabilidad de la STT e IDU durante el desarrollo del Contrato, específicamente en lo relacionado con señalización y semaforización.

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d. El delegado de cada ESP para la supervisión de las obras IDU debe asistir a los comités de obra, previa citación de la Interventoría. Las observaciones y aprobaciones impartidas por el delegado deben ser por escrito, o quedar en el libro de obra.

e. La ejecución de las obras se regiran por las normas y especificaciones vigentes a la fecha de aprobación de los Diseños. El riesgo por cambio de normatividad dentro del desarrollo de los proyectos sera asumido por la ESP correspondiente.

f. Cuando por situaciones especiales de las obras no sea posible dar cumplimiento a las especificaciones técnicas exigidas por la ESP, la Interventoría verificará expresamente dicha imposibilidad y planteará alternativas técnicas de solución que deberán ser sometidas a aprobación de la ESP. Una vez aprobada por la ESP, o el IDU para el caso de diseños de la EAAB, el consultor procederá a su implementación. El consultor no puede hacer ninguna modificación al proyecto original sin aprobación de la ESP, o el IDU para el caso de la EAAB.

g. Las ampliaciones de infraestructura de Servicios Públicos que no estén en los proyectos aprobados, deben ser solicitadas al IDU en forma escrita por cada ESP. En caso de modificaciones que afecten el presupuesto de obra del IDU, se debe viabilizar solo en la medida de la disponibilidad de recursos basados en el cronograma y avance de obra, una vez sea aprobado por la Interventoría y los ordenadores directos del gasto.

h. Durante el primer mes de ejecución del contrato de obra, El contratista IDU a través de la Interventoría, debe entregar a cada ESP el cronograma detallado de la obra para que la Empresa programe la ejecución de las maniobras a partir de la entrega de la obra civil. El IDU debe entregar a la STT el cronograma detallado de la obra para coordinar lo relacionado con la implementación de obras de señalización y semaforización. Este documento debe ser elaborado por el contratista y aprobado por la Interventoría.

i. Cada ESP debe realizar las observaciones por escrito sobre el cronograma de obra entregado o solicitar las aclaraciones en un plazo no superior a 15 días luego de su recibo. La programación de maniobras debe ser ajustada de acuerdo con los avances de obra y en el evento en que se presenten adelantos en las actividades la Interventoría debe oficiar al IDU para informar a la ESP para la respectiva reprogramación, por lo menos con un (1) mes de anticipación a la ejecución de la actividad.

j. Cuando las obras de canalizaciones estén terminadas la Interventoría debe confirmar por escrito al IDU para que el área ejecutora del IDU oficialice la solicitud del traslado de redes a la ESP respectiva. Estas maniobras se deben programar de acuerdo con lo establecido en el cronograma de obras en el cual se consideraron los tiempos requeridos para esta actividad. De no cumplirse las condiciones anteriores, la ESP debe notificar al IDU y no ejecutar el traslado de red solicitado hasta que el Instituto proceda conforme a lo establecido en este procedimiento. (NO APLICA PARA EAAB)

k. Los traslados de redes por interferencia deben ser ejecutados por cada ESP siempre y cuando los mismos no hagan parte integrante de los ítems contractuales pactados entre el IDU y el Contratista respectivo.

l. Una vez ejecutada la maniobra, la ESP debe suscribir el Formato de Verificación de Ejecución de Maniobras, firmado por la Interventoría, para dejar constancia de

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la ejecución de la misma, este documento será el soporte requerido por el IDU a la ESP para el respectivo pago a través del cruce de cuentas.

m. Las ESPs pueden recibir tramos de obra civil terminados con avance de espacio público, que permita una adecuada funcionalidad de la Red a través del Acta de Medición de Obra, Formato F-C-050 de redes de servicios públicos.

n. La Interventoría debe elaborar el Acta de Medición de Obra de Redes de Servicios Públicos F-C-050., con los documentos soporte establecidos con cada ESP entregados por el contratista. Se debe presentar esta Acta de Avance para efectos del cruce de cuentas entre las partes en formato IDU incluyéndose las maniobras realizadas por la ESP, Firmado por el contratista, Interventoría, delegado de la ESP y coordinador IDU.

o. Para la intervención de los contratistas de las ESP´s en los corredores de obras del IDU, se debe cumplir con los requerimientos Socio ambientales, de Calidad y de Tráfico que rigen para los Contratos del IDU. De lo contrario, la Interventoría debe notificar por escrito al IDU para requerir a la ESP correspondiente.

2.3.2.2 PARTICULARIDADES CON CODENSA

a. Las ampliaciones de infraestructura de Servicios Públicos que no estén en los proyectos aprobados, deben ser solicitadas al IDU en forma escrita por CODENSA S.A. ESP. En caso de modificaciones que afecten el presupuesto de obra del IDU, se debe viabilizar solo en la medida de la disponibilidad de recursos basados en el cronograma y avance de obra, una vez sea aprobado por los ordenadores directos del gasto. Las interferencias con redes de energía no previstas ó que se presenten durante el desarrollo de las obras, se estudiarán individualmente para su respectiva solución.

b. En los planos de los diseños aprobados, la nota “Se debe dejar 1/3 de la ductería libre una vez terminado el proyecto”, se refiere a los ductos libres necesarios para los circuitos de alumbrado público, media tensión y baja tensión. Esta nota aplica para aquellos casos en que la información consignada en el plano no corresponde a lo encontrado en terreno, se debe optimizar la cantidad de ductos en las canalizaciones con el fin de colocar solamente lo necesario y solicitado por CODENSA S.A. E.S.P.

c. Durante el primer mes de ejecución del contrato de obra, El contratista IDU a través de la Interventoría, debe entregar a CODENSA S.A. ESP el cronograma detallado de la obra para que la Empresa programe la ejecución tanto de las maniobras como de la obra eléctrica definitiva a partir de la entrega de la obra civil. Este documento debe ser elaborado por el contratista y aprobado por la Interventoría. CODENSA S.A. ESP requiere como mínimo de tres (3) meses para la implementación de las obras eléctricas definitivas a ejecutar.

d. El cronograma debe indicar la fecha aproximada de terminación de las obras civiles de canalización y la proyección del nivel de ejecución del espacio publico. El contratista a través del interventor debe entregar un plano que indique la topología de los circuitos que puedan ser incorporados al sistema eléctrico, con el objeto de programar y presupuestar internamente en CODENSA S.A. ESP, las actividades a que haya lugar.

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e. El IDU debe solicitar por escrito a CODENSA S.A ESP la ejecución de maniobras con un (1) mes de anticipación.

f. Para que CODENSA S.A.ESP programe la maniobra requerida, bastará con un oficio del IDU, firmado por el área ejecutora, en el cual se solicita y se aprueba la ejecución de la misma, e informará a cargo de cual de las dos Entidades se realizará.

g. Los trabajos a realizar con las empresas de telemáticos deben ser coordinados por CODENSA S.A ESP.

h. El contratista deberá prever, por su cuenta, la continuidad del servicio de alumbrado publico realizando los traslados y energización de la infraestructura existente que sea afectada por la obra, garantizando el servició de alumbrado publico para el normal transito vehicular y peatonal. El contratista debe reportar mensualmente a la Interventoría para su envío al IDU, .las modificaciones al sistema de alumbrado público.

i. CODENSA S.A ESP recibirá tramos de obra civil terminados con avance de espacio público, que permita una adecuada funcionalidad de los circuitos eléctricos a través del Acta de Avance de Obra de redes de servicios públicos. En el evento de existir interferencia con predios, se debe garantizar la continuidad de la canalización para el circuito correspondiente, una vez se liberen las interferencias se realizarán las obras definitivas en el tramo respectivo.

2.3.2.3 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (EPMBOGOTÁ S.A. ESP, COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP Y ETB)

a. El IDU a través del área ejecutora, mediante oficio debe solicitar a La Empresa de Telecomunicaciones la ejecución de maniobras con un mes de anticipación, aclarando a cargo de cual de las dos Entidades se asume el costo para llevar a cruce de cuentas.

b. La Empresa recibirá tramos de obra civil terminados que permitan una adecuada funcionalidad de las redes de telecomunicaciones a través del Acta de Avance de Obra de redes de servicios públicos formato F-C-050. En el evento de existir interferencia con predios, se debe garantizar la continuidad de la canalización para la red correspondiente, una vez se liberen las interferencias se realizarán las obras definitivas en el tramo respectivo.

2.3.2.4 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL

a. El IDU debe solicitar por escrito a GAS NATURAL S.A ESP la ejecución de maniobras con un (1) mes de anticipación.

b. Sí el presupuesto estimado por GAS NATURAL S.A ESP es menor a 5 millones de pesos, la Interventoría debe autorizar la ejecución mediante Acta o formato (por definir) en comité de obra, con el Vo. Bo. del Coordinador IDU. La ESP debe enviar el presupuesto al IDU y paralelamente programar y ejecutar la maniobra según su disponibilidad del recurso humano, equipo y materiales. Estos trabajos estan amparados por el rubro para GAS NATURAL S.A ESP que tiene Transmilenio.

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c. Sí el presupuesto es mayor a 5 millones de pesos, después de concertar la mejor alternativa junto con Interventoría, GAS NATURAL S.A. ESP debe enviar el presupuesto al IDU para apropiación de la Disponibilidad Presupuestal. Una vez autorizada la maniobra, se debe programar y ejecutar por parte de GAS NATURAL S.A. ESP.

2.3.2.5 PARTICULARIDADES CON LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA

a. El contratista debe abstenerse de manipular directamente la infraestructura de válvulas de acueducto. En caso de requerir cierres programados debe seguirse el procedimiento establecido por la EAAB.

b. La EAAB recibirá tramos de obra civil terminados que permita una adecuada funcionalidad de las redes de acueducto y alcantarillado a través del Acta de Avance de Obra de redes de servicios públicos formato F-C-050. En el evento de existir interferencia con predios, se debe garantizar la continuidad de la red, una vez se liberen las interferencias se realizarán las obras definitivas en el tramo respectivo.

c. La Dirección de Apoyo Técnico de la EAAB, una vez suscrita el Acta por la EAAB remitirá el original al IDU, dentro de los 5 días hábiles siguientes, como soporte para efectuar los respectivos cruces de cuentas.

2.3.2.6 PARTICULARIDADES CON LA SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA

a. El IDU debe enviar comunicación a STT oficializando el inicio de la etapa de construcción, en la cual se debe incluir el número del contrato, nombre del Interventor, contratista, objeto del contrato, nombre de coordinador IDU y se debe solicitar a STT el nombramiento del delegado(s) para el acompañamiento técnico. En esta comunicación se debe informar además sobre los estudios de tránsito y transporte y diseños de señalización y semaforización y plan de manejo de tránsito finales aprobados.

b. Antes de dar inicio a la obra, la Interventoría y el Contratista deben verificar que se cuente con los siguientes documentos aprobados por la STT:

Estudios de Tránsito y Transporte.

Diseño de Señalización Vertical y Horizontal.

Diseño Semafórico.

Plan de Manejo de Tráfico ó Apéndice F de Especificaciones para el PMT.

c. En obras de alto impacto que requieran la realización se comités de tránsito, la Interventoría debe solicitar el acompañamiento de la Policía de Tránsito y de la STT e informar sobre la periodicidad de los comités de tránsito para el seguimiento, ajustes y retroalimentación requeridos al PMT de acuerdo con el avance del contrato.

d. Al Comité de Manejo de Tránsito deben asistir los especialistas de tránsito de la Interventoría, Contratista, delegados de la STT, IDU y Policía Metropolitana de Tránsito.

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e. Para obras de medio o bajo impacto al tránsito, el Contratista debe presentar a la STT el PMT aprobado por la Interventoría, teniendo en cuenta que la STT da aprobación a obras IDU los días jueves y requiere que estos PMT sean radicados como mínimo ocho días antes en la STT.

f. Cualquier modificación en la geometría que obligue a cambios en los diseños de señalización o semaforización, debe ser presentada a la STT para su aprobación, previa aprobación de la Interventoría.

g. Si el Contratista requiere de desvíos de tráfico para la ejecución de la obra, la Interventoría debe comunicar al Coordinador del proyecto, previa aprobación al PMT por parte de la STT, sobre las vías a utilizar y el tráfico a desviar, para obtener por parte de la Subdirección Técnica de Administración de Activos del IDU la correspondiente viabilidad de utilización y evitar la posible afectación de la garantía de estabilidad de la vía utilizada como desvío.

h. De acuerdo con el avance de la obra, la Interventoría debe coordinar oportunamente la implementación de la señalización y semaforización con el acompañamiento de los delegados de STT correspondientes a partir de los diseños aprobados teniendo en cuenta las especificaciones técnicas y de acuerdo a las responsabilidades ya definidas.

i. La ubicación definitiva de las bases para postes de semáforos se determinará en el terreno, con el funcionario que la STT designe para tal fin.

j. Para la implementación del amoblamiento semafórico definitivo y equipos de control, se debe hacer entrega a la STT de los elementos para que ellos se encarguen de su instalación, planeamiento, programación, operación y mantenimiento.

k. Al finalizar la implementación de la señalización y semaforización, el Contratista debe suscribir con la STT el acta de entrega de los elementos instalados, la cual debe hacer parte de los documentos de entrega final. El acta debe establecer claramente cuales son los costos a cargo del IDU y cuales a cargo de la STT.

l. Durante la etapa de construcción y cuando por condiciones de obra se requiera el retiro de la señalización y/o semaforización existente, el Contratista debe hacer entrega a la STT mediante oficio relacionando los elementos a entregar, siempre y cuando estos no se requieran en el proyecto definitivo.

m. Cuando las obras a ejecutar afectan la infraestructura del Sistema Transmilenio sobre rutas Troncales o Rutas Alimentadoras, los PMTs requieren la aprobación de la División de Operaciones de Transmilenio S.A.

n. Para los cambios de rutas alimentadoras del sistema Transmilenio, se requiere la adecuación de paraderos provisionales y dar información a los usuarios del Sistema con una semana de anterioridad a su implementación.

o. La implementación de semáforos provisionales se realiza de acuerdo a los diseños aprobados por la STT; cuando la intersección a implementar corresponde a cruces ya priorizados por la STT, el contratista IDU se encargará de realizar las obras civiles que serán entregadas para que la STT implemente el amoblamiento semafórico, suministre los equipos necesarios y se encargue de su operación y mantenimiento. Cuando la intersección corresponde a un cruce provisional requerido únicamente por obra, el Contratista del IDU se encargará de la realización de las obras civiles y del suministro del amoblamiento semafórico y

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cableado al igual que del pago de consumo de energía a CODENSA. La STT suministrará el equipo de control. y se encargará del planeamiento y programación de los equipos de control.

p. Los movimientos semafóricos provisionales que se requieren durante la obra son actividades que debe realizar a su costo el Contratista, la STT se encargará de realizar el planeamiento y programación de los equipos de control.

q. Al finalizar la obra, la Interventoría debe verificar que el Contratista haya realizado el retiro de toda la señalización provisional utilizada para el PMT, so pena de ser multado por la autoridad de tránsito competente. (Código en archivo magnético Nacional de Tránsito Ley 769 de 2002, artículo 101).

2.3.3 FASE DE LIQUIDACIÓN

2.3.3.1 PROCEDIMIENTO INTERINSTITUCIONAL GENERAL

a. Una vez terminada la obra IDU, la Interventoría, contratista y coordinador IDU, en compañía del delegado de cada ESP deben realizar una visita a terreno para confirmar el estado de la infraestructura y hacer entrega de las obras de redes ejecutadas en desarrollo del proyecto IDU. Este inventario se debe comparar con el realizado en el recorrido previo al inicio de la obra.

b. Las ESPs como requisito para hacer recorrido de recibo de obra requiere que la obra este recibida a satisfacción por la Interventoría y estén revisados y aprobados los planos récord realizados por el contratista.

c. La Interventoría una vez recibidas las obras, debe solicitar por escrito a la ESP, el recorrido de recibo de las obras un mes antes a la finalización de la etapa de Construcción, adicionalmente debe proponer fecha de recorrido no menor a diez (10) días posterior al radicado de la solicitud. REMITIRSE A PARTICULARIDADES DE CADA EMPRESA

d. Se debe realizar el recorrido de forma conjunta con la Interventoría, contratista, coordinador IDU y delegado de la ESP. Se debe suscribir un acta de recorrido con las observaciones "NO CONFORMIDADES" a cumplir para efectos del recibo a satisfacción y el plazo para atenderlas, la cual a través de la Interventoría debe ser remitida al IDU para su conocimiento.

e. Una vez el Interventor notifique nuevamente a la ESP de la corrección de las no conformidades se debe programar nueva visita (dentro de los 5 días hábiles siguientes) para la verificación final del estado de la infraestructura y proceder con la legalización del acta de recibo por parte de la ESP.

f. Previa a la suscripción del Acta de Recibo por parte de cada ESP, Formato F-C-IN-021, se deben consolidar los documentos soporte exigidos por cada ESP. REMITIRSE A LAS PARTICULARIDADES DE CADA EMPRESA.

g. El Acta de Recibo de Obra por parte de la Empresa según formato IDU debe ser elaborada por la Interventoría, discriminando las competencias de pago de acuerdo a los convenios interinstitucionales vigentes.

h. El Acta de Recibo por parte de la ESP se requiere cuando hay afectación, ampliación y adecuación a la infraestructura de la ESP. De lo contrario, el contratista debe solicitar a la E.S.P. el Paz y Salvo

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 32/41

i. La Interventoría una vez recibidas las obras, debe solicitar por escrito a la ESP respectiva, y al IDU, LA VERIFICACIÓN DE NO INTERVENCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE LA ESP para la obtención de PAZ y SALVO. Esta solicitud debe contener como mínimo la siguiente información: Nombre del contratista, Objeto y numero del contrato, Nombre y teléfono (preferiblemente celular) de la persona encargada de llevar a cabo el trámite por parte del contratista y por la Interventoría, Nombre del Delegado de la ESP, Borrador de la versión a la fecha de los planos record, avalados por la Interventoría y copia de la hoja del contrato en la cual contenga el objeto.

j. la Interventoría debe proponer fecha de recorrido no menor a 5 días posterior al radicado de la solicitud de verificación un mes antes a la finalización de la etapa de Construcción. El recorrido se debe realizar de forma conjunta con la Interventoría, contratista, coordinador IDU y delegados de las ESP del cual se debe firmar un acta de verificación dejando constancia que no se intervino infraestructura de la ESP.

2.3.3.2 PARTICULARIDADES CON CODENSA

a. La Interventoría una vez recibidas las obras, debe solicitar por escrito a la Subgerencia de Ingeniería y Obras de CODENSA S.A. ESP, el recorrido de recibo de las obras un mes antes a la finalización de la etapa de Construcción, adicionalmente debe proponer fecha de recorrido no menor a diez (10) días posterior al radicado de la solicitud.

b. Esta solicitud debe contener como mínimo la siguiente información:

Nombre del contratista Objeto y número del contrato.

Nombre y teléfono (preferiblemente celular) de la persona encargada de llevar a cabo el trámite por parte del contratista y por la Interventoría.

Nombre del Delegado de CODENSA S.A. ESP

Borrador de la versión a la fecha de los planos record, avalados por la Interventoría.

c. Requisitos para la suscripción del Acta de Recibo por parte de CODENSA S.A. ESP:

d. Planos Record de obra y carteras debidamente aprobados y firmados por la Interventoría, elaborados según norma CODENSA S.A. ESP en la versión vigente a la suscripción del contrato de obra, en un original y medio magnético. Los planos deben presentarse en escala 1:500 y utilizar las convenciones utilizadas por CODENSA S.A. ESP

e. Memorias de cálculo de las cantidades de obra de los items incluidos en el acta de recibo por parte de CODENSA S.A. ESP

f. Certificación expedida por la Interventoría de la verificación final del estado de la infraestructura realizada mediante sondeo y del cumplimiento de las especificaciones y normas CODENSA S.A ESP.

g. Copia de la hoja del contrato en la cual contenga el objeto.

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h. Copia de la lista de cantidades y valores contractuales relacionados con la infraestructura de CODENSA S.A. ESP. Actas de aprobación de precios no previstos.

i. Cuadro resumen por circuito de media tensión de las actividades a cargo de CODENSA S.A. ESP descritas en el Acta de Recibo final.

j. Justificación de las competencias de pago mediante documento escrito y esquemas descriptivos, según convenio, elaborada por la Interventoría.

k. Encontrarse a paz y salvo con CODENSA S.A. ESP por concepto de daños causados a las redes durante la ejecución del contrato.

l. Surtido los tramites anteriores y con los documentos mencionados, el interventor debe radicar ante la Subgerencia de Ingeniería y Obras de CODENSA S.A. ESP con copia al IDU el Acta de recibo de obra por parte de CODENSA S.A. ESP, firmada por el IDU, para la debida suscripción.

m. La Subgerencia de Ingeniería y Obras una vez suscrita el Acta por CODENSA S.A. ESP debe remitir el original al IDU, dentro de los 5 días hábiles siguientes, y el área ejecutora del contrato debe enviar de manera inmediata una copia de este documento a la S/T de Coordinación Interinstitucional del IDU como soporte para efectuar los respectivos cruces de cuentas.

n. Para la suscripción del acta de recibo de las obras de estaciones y patios de Transmilenio, es requisito el perfeccionamiento del servicio público, el cual debe ser exigido por el interventor o contratista.

o. En el acta de recibo final de obra por parte de CODENSA S.A ESP debe quedar consignado el valor de vida útil remanente de la infraestructura existente que debe ser reemplazada, según el diseño aprobado, definido por CODENSA S.A. E.S.P.–UESP e IDU. Este valor resulta de los siguientes porcentajes: Luminaria de Mercurio 33.%, Luminaria de Sodio 43%, Redes y Postes Modalidad A 83% Transformadores 74% . Este valor debe ser descontado de las actividades de obra civil de alumbrado público realizadas por el IDU, que deben ser cobradas a CODENSA S.A ESP en el respectivo cruce de cuentas.

p. En la etapa del recibo de obras se establece un tiempo de acuerdo con lo consignado en el Acta de recorrido, para que el contratista arregle los pendientes de obra identificados por CODENSA S.A ESP en el recorrido de verificación. En el evento de que el contratista no cumpla, CODENSA S.A. E.S.P., procederá a ejecutarlos con cargo al IDU para ser descontados al contratista, previa autorización expresa del mismo y valoración conjunta entre la Interventoría y la ESP.

2.3.3.3 PARTICULARIDADES CON EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (EPMBOGOTÁ S.A. ESP, COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP Y ETB)

a. La Interventoría una vez recibidas las obras, debe solicitar por escrito a la ESP, el recorrido de recibo de las obras un mes antes a la finalización de la etapa de Construcción, adicionalmente debe proponer fecha de recorrido no menor a diez (10) días posterior al radicado de la solicitud.

b. Esta solicitud debe contener como mínimo la siguiente información:

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Nombre del contratista Objeto y número del contrato.

Nombre y teléfono (preferiblemente celular) de la persona encargada de llevar a cabo el trámite por parte del contratista y por la Interventoría.

Nombre del Delegado de la Empresa de Telecomunicaciones

Borrador de la versión a la fecha de los planos record, avalados por la Interventoría.

c. Para el caso de ETB, se debe dirigir la comunicación a la Dirección Construcción de Red de ETB

d. Para el caso de EPM-BOGOTA, se debe dirigir la comunicación a la Coordinación de Proyectos IDU de EPMBOGOTA-BOGOTÁ S.A. ESP

e. Para el caso de COLOMBIA TELECOMUNICACIONES, se debe dirigir la comunicación a la Jefatura Operación Red Acceso - Regional Zona Centro Vicepresidencia Telefonía Local - COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP

f. Requisitos para la suscripción del Acta de Recibo de Obra por parte de las Empresas de Telecomuinicaciones: Planos Record de obra y carteras debidamente aprobados y firmados por la Interventoría, elaborados según norma de la Empresa en la versión vigente a la suscripción del contrato de obra, 3 copias con las respectivas firmas y medio magnético. Los planos deben presentarse en escala 1:500 y utilizar las convenciones utilizadas por ETB, EPM-BOGOTA o COLOMBIA TELECOMUNICACIONES, según el caso.

g. Certificación expedida por la Interventoría de la verificación final del estado de la infraestructura (realizada mediante sondeo) y del cumplimiento de las especificaciones y normas ETB, EPM-BOGOTA o COLOMBIA TELECOMUNICACIONES, según el caso.

h. Copia de la hoja del contrato en la cual contenga el objeto.

i. Copia de la lista de cantidades y valores contractuales relacionados con la infraestructura de telecomunicaciones. Actas de aprobación de precios no previstos.

j. Justificación de las competencias de pago mediante documento escrito y esquemas descriptivos, según convenio.

k. Encontrarse a paz y salvo con ETB, EPM-BOGOTA o COLOMBIA TELECOMUNICACIONES, según el caso, por concepto de daños causados a las redes durante la ejecución del contrato.

l. Surtido los tramites anteriores y con los documentos mencionados, el interventor debe radicar ante la ESP con copia al IDU el Acta de recibo de obra por parte de la Empresa, firmada por el IDU, para la debida suscripción.

m. La dependencia encargada al interior de la Empresa de Telecomunicaciones, una vez suscrita el Acta, debe remitir el original al IDU, dentro de los 5 días hábiles siguientes, y al área ejecutora del contrato debe enviar de manera inmediata una copia de este documento a la S/T de Coordinación Interinstitucional del IDU como soporte para efectuar los respectivos cruces de cuentas.

n. En la etapa del recibo de obras se establece un tiempo de acuerdo a lo consignado en el Acta de recorrido, para que el contratista arregle los pendientes

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 35/41

de obra identificados por la Empresa de Telecomunicaciones en el recorrido de verificación. En el evento de que el contratista no cumpla, la Empresa, debe proceder a ejecutarlos con cargo al IDU para ser descontados al contratista, previa autorización expresa del mismo y valoración conjunta entre la Interventoría y la ESP.

2.3.3.4 PARTICULARIDADES CON LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA

a. La Interventoría una vez recibidas las obras, debe solicitar por escrito a la Zona respectiva con copia a la Dirección de Apoyo Técnico de la EAAB y al IDU, el recorrido de recibo de las obras un (1) mes antes a la finalización de la etapa de Construcción. En el oficio se debe informar si se requiere la asistencia de un delegado de Red Troncal y Red matriz adicional al delegado de la zona. Se debe proponer fecha de recorrido no menor a diez (10) días posterior al radicado de la solicitud.

b. Esta solicitud debe contener como mínimo la siguiente información:

Nombre del contratista Objeto y número del contrato.

Nombre y teléfono (preferiblemente celular) de la persona encargada de llevar a cabo el trámite por parte del contratista y por la Interventoría.

Nombre del Delegado de la EAAB y Zona a que pertenece.

Borrador de la versión a la fecha de los planos record, avalados por la Interventoría.

c. Requisitos para la suscripción del Acta de recibo por parte de la EAAB.

d. Planos Record de obra y carteras debidamente aprobados y firmados por la Interventoría, elaborados según norma EAAB NS 046 en la versión vigente a la suscripción del contrato de obra, en un original y medio magnético.

e. Memorias de cálculo de las cantidades de obra de los ítems incluidos en el acta de recibo por parte de la EAAB..

f. Copia de la hoja del contrato en la cual contenga el objeto.

g. Copia de la lista de cantidades y valores contractuales relacionados con la infraestructura de la EAAB. Actas de aprobación de precios no previstos.

h. Justificación de las competencias de pago mediante documento escrito y esquemas descriptivos, según convenio.

i. Encontrarse a paz y salvo con la EAAB por concepto de daños causados a las redes durante la ejecución del contrato.

j. Suscripción del Acta de recibo de obra por parte de la EAAB. 5 días hábiles después de la solicitud

k. El Acta de Recibo de Obra por parte de la Empresa según formato IDU debe ser elaborada por la Interventoría, discriminando las competencias de pago de acuerdo al convenio vigente.

l. Surtido los tramites anteriores y con los documentos mencionados, el interventor radicará ante la zona correspondiente con copia a la Dirección de Apoyo Técnico y al IDU el Acta de recibo de obra por parte de la EAAB, firmada por el IDU, para la debida suscripción.

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 36/41

m. Surtidos los trámites anteriores y con los documentos mencionados, el interventor debe radicar ante la zona correspondiente con copia a la Dirección de Apoyo Técnico y al IDU el Acta de recibo de obra por parte de la EAAB, firmada por el IDU, para la debida suscripción.

n. Para la suscripción del acta de recibo de las obras de estaciones y patios de Transmilenio, es requisito el perfeccionamiento del servicio público, el cual debe ser exigido por el interventor o contratista.

2.3.3.5 PARTICULARIDADES CON GAS NATURAL

a. Si se ejecutan obras civiles de ampliación de la red de gas natural, dentro de la ejecución de un proyecto IDU se debe surtir el siguiente trámite pare al recibo. De lo contrario solo se debe tramitar ante Gas Natural el paz y salvo por concepto de cancelación de daños y no afectación a sus redes.

b. La Interventoría una vez recibidas las obras, debe solicitar por escrito a la Gerencia de Distribución de GAS NATURAL S.A. ESP, el recorrido de recibo de las obras un mes antes a la finalización de la etapa de Construcción, adicionalmente debe proponer fecha de recorrido no menor a diez (10) días posterior al radicado de la solicitud.

c. Esta solicitud debe contener como mínimo la siguiente información:

Nombre del contratista Objeto y número del contrato.

Nombre y teléfono (preferiblemente celular) de la persona encargada de llevar a cabo el trámite por parte del contratista y por la Interventoría.

Nombre del Delegado de GAS NATURAL S.A. ESP

Borrador de la versión a la fecha de los planos record, avalados por la Interventoría.

d. Requisitos para la suscripción del Acta de recibo por parte de GAS NATURAL S.A. ESP.

e. Planos Record de obra y carteras debidamente aprobados y firmados por la Interventoría, elaborados según norma GAS NATURAL S.A. ESP en la versión vigente a la suscripción del contrato de obra, en un original y medio magnético. Los planos deben presentarse en escala 1:500 y utilizar las convenciones utilizadas por GAS NATURAL S.A. ESP

f. Memorias de cálculo de las cantidades de obra de los ítems incluidos en el acta de recibo por parte de GAS NATURAL S.A. ESP

g. Copia de la hoja del contrato en la cual contenga el objeto.

h. Copia de la lista de cantidades y valores contractuales relacionados con la infraestructura de GAS NATURAL S.A. ESP. Actas de aprobación de precios no previstos.

i. Justificación de las competencias de pago mediante documento escrito y esquemas descriptivos, según convenio.

j. Encontrarse a paz y salvo con GAS NATURAL S.A. ESP por concepto de daños causados a las redes durante la ejecución del contrato.

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DOCUMENTO GUIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CON LAS ESPs, Y LA STT 37/41

k. Suscripción del Acta de recibo de obra por parte de GAS NATURAL S.A. ESP. 5 días hábiles después de la solicitud

l. La Gerencia de Distribución una vez suscrita el Acta por GAS NATURAL S.A. ESP debe remitir el original al IDU, dentro de los 5 días hábiles siguientes, y el área ejecutora del contrato debe enviar de manera inmediata una copia de este documento a la S/T de Coordinación Interinstitucional del IDU como soporte para efectuar los respectivos cruces de cuentas.

2.3.3.6 PARTICULARIDADES DE LA ETAPA DE RECIBO DE OBRA CON STT

a. La Interventoría una vez recibidas las obras, debe solicitar por escrito a la Subsecretaría Técnica de la STT, el recorrido de recibo de las obras un mes antes a la finalización de la etapa de Construcción, adicionalmente debe proponer fecha de recorrido no menor a diez (10) días posterior al radicado de la solicitud.

b. Se debe solicitar a la STT la visita conjunta Interventoría - Contratista - STT, para verificar que la señalización fue instalada de acuerdo a las especificaciones dadas, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

La implementación de la señalización se realiza con base en los diseños y especificaciones aprobados por la STT.

Las señales instaladas deberán tener al respaldo una calcomanía donde se indique el número del contrato y la fecha de instalación.

Se debe entregar carta de recibo a satisfacción de la Interventoría y el certificado de garantía de los materiales.

El contratista entregará a la STT en archivo magnético la información georreferenciada de la señaliización vertical y horizontal implementada.

c. Esta solicitud debe contener como mínimo la siguiente información:

Nombre del contratista Objeto y numero del contrato.

Nombre y teléfono (preferiblemente celular) de la persona encargada de llevar a cabo el trámite por parte del contratista y por la Interventoría.

Nombre del Delegado de la STT y Zona a que pertenece.

Borrador de la versión a la fecha de los planos record, avalados por la Interventoría.

d. Requisitos para la suscripción del Acta de recibo por parte de la STT.

e. Planos Record de obra firmados por la Interventoría, elaborados según formato STT en la versión vigente a la suscripción del contrato de obra, en 3 copias con las respectivas firmas y medio magnético. Los planos deben presentarse en escala 1:500 y utilizar las convenciones utilizadas por STT

f. Certificado de conformidad de producto o materiales.

g. Encontrarse a paz y salvo con STT por concepto de daños causados a las redes durante la ejecución del contrato.

h. Suscripción del Acta de recibo de obra por parte de la STT. 5 días hábiles después de la solicitud

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i. La Subsecretaría Técnica una vez suscrita el Acta por STT debe remitir el original al IDU, dentro de los 5 días hábiles siguientes, y el área ejecutora del contrato debe enviar de manera inmediata una copia de este documento a la S/T de Coordinación Interinstitucional del IDU.

2.4 MANTENIMIENTO

2.4.1 En contratos de Distritos de Mantenimiento

a. El IDU a través del área ejecutora debe solicitar el suministro de las tapas, una vez iniciado el contrato y verificado con la ESP la necesidad de reposición de los elementos removibles de su infraestructura.

b. Para agilizar el proceso de reposición, la ESP se debe mantener un stock de veinte (20) tapas normalizadas para cámaras tipo vehicular por cada diámetro.

c. La ESP debe entregar en sus bodegas al delegado del IDU las respectivas tapas dejando constancia de la entrega para lo cual el delegado del IDU debe firmar el documento respectivo.

d. El IDU debe informar mensualmente los sitios donde se instalen las tapas con el objeto de llevar un control y mantener de manera continua el stock.

2.4.2 En contratos con Etapa de Mantenimiento

a. La reposición de tapas y demás elementos de la infraestructura de la ESP que sea realizada por el IDU a través de sus contratistas será con cargo a la ESP de acuerdo al convenio vigente, previa verificación del informe de los sitios en los cuales fueron instaladas.

b. En el evento de realizar en la Etapa de Mantenimiento una actividad adicional a la reposición de tapas relacionada con la infraestructura de la ESP, se debe realizar con el previo acuerdo con la Empresa a fin de establecer el valor a compensar.

c. Para adelantar labores de mantenimiento sobre vía o espacio público, el Contratista debe presentar el respectivo PMT a la STT para su aprobación.

3. EN CASO DE DAÑOS O ROBOS CAUSADOS A LA INFRAESTRUCTURA DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS – ESPs

a. Con el fin de minimizar la posibilidad de daños a la infraestructura existente de las ESPs y STT, la Interventoría debe efectuar junto con el contratista y la ESP una verificación de redes en terreno y elaborar antes del inicio de las obras un protocolo para la seguridad de las redes.

b. Tanto el contratista como la interventoría deben velar por la seguridad y la minimización de los posibles daños en el desarrollo de las obras, por tal motivo se debe disponer de una cuadrilla para la protección y seguridad de las mismas, previniendo adicionalmente el robo de materiales en horas nocturnas para lo cual es indispensable dejar las cámaras tapadas y la infraestructura protegida

c. En caso de daños a redes de las ESPs y/o de la STT ,o en caso de robo o vandalismo, se debe reportar a la Interventoría con copia al IDU, y adicionalmente

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dar inmediato aviso a la Empresa con el fin de minimizar el tiempo fuera de servicio de la red.

d. El visto bueno a la cuenta debe ser condicionado por la Interventoría, hasta tanto el contratista cancele los daños. La cancelación de las cuentas del contratista y el visto bueno a estas están condicionadas al pago de los daños hechos a las redes durante la ejecución del contrato.

e. Es deber de la Interventoría hacer seguimiento al pago de los daños por parte del contratista a las ESPs y STT, e informar de estos al IDU.

f. Máximo 2 días después de la ocurrencia de los daños o robos en las redes, la Interventoría del contrato debe reportar a la Dirección Técnica correspondiente y a la STCI. Este reporte debe contener un informe y un registro fotográfico.

g. El Acta de Aceptación y Reparación de Daños o reposición de elementos robados debe ser elaborada por la Interventoría, la cual debe ser firmada por: el contratista, interventor, coordinador IDU y el delegado de la ESP y/o STT.

h. En caso de no existir acuerdo entre las partes para firmar el acta de daños o robos, es responsabilidad de la Interventoría definir si los mismos son imputables o no al contratista e informar por escrito a la Dirección Técnica correspondiente y a la STCI con los soportes correspondientes.

i. Toda solución de conflictos respecto a daños ocasionados a las redes de las ESPs y/o STT en desarrollo de la obra, es responsabilidad exclusiva de la Interventoría y el Contratista.

j. La Interventoría debe hacer seguimiento a la expedición del paz y salvo por concepto de daños causados por el contratista a la infraestructura de las ESP´s y verificar que se obtengan estos documentos como requisito para la liquidación del contrato.

k. Las demoras en la liquidación del contrato, debidas a la falta de Actas de Recibo o paz y salvos por parte de las ESPs y/o STT, que no se hayan podido firmar por daños no reportados o solucionados oportunamente, serán responsabilidad de la Interventoría.

l. Por lo tanto, las demoras en la liquidación de los contratos causados por problemas no resueltos con las ESPs y/o STT, no podrán generar reclamaciones posteriores al IDU.

4. CRITERIOS PARA CRUCE DE CUENTAS

Con el fin de aplicar los criterios generales para el cruce de cuentas establecidos en los Convenios Interinstitucionales vigentes se han tipificado las obras de la siguiente manera:

4.1 OBRAS DERIVADAS DE PROYECTOS IDU (INTERFERENCIAS):

Son aquellas que con ocasión del desarrollo del Proyecto IDU se hacen necesarias para adecuar la infraestructura de las ESP a las nuevas condiciones del espacio publico. (Construcción, renivelación, traslado, modificación, reparación y protección de la infraestructura soporte de la red).

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Los trabajos de subterranización de telecomunicaciones y energía correspondientes a domiciliarias, serán a cargo del IDU y se trabajaran como interferencia de obra ya que no son propiedad de la ESP sino del Usuario.

Los drenajes de las vías y las modificaciones requeridas por interferencia de la obra serán a cargo IDU.

Los costos por interferencias correspondientes a la mano de obra y materiales requeridos para el efecto serán asumidos por el IDU.

4.2 OBRAS REQUERIDAS POR LAS ESP (AMPLIACIÓN Y RENOVACIÓN)

Son aquellas que las ESP solicitan en desarrollo de los diferentes proyectos del IDU, para optimizar el uso de los recursos y evitar la afectación posterior del espacio público.

Los costos correspondientes a la mano de obra y materiales requeridos para el efecto serán asumidos en su totalidad por las ESP, a los precios que el IDU tenga acordados con sus contratista de obra.

Toda renovación de redes solicitada para cumplir con las especificaciones vigentes, infraestructura nueva y traslado de redes serán a cargo de la ESP.

Cuando la Empresa solicite ampliación del diámetro de las redes existentes o la reparación o mejoramiento de redes en mal estado, que deban ser trasladadas por interferencia de la obra, su costo será a cargo de la ESP y el valor a cruzar será el equivalente al del diámetro renovado.

Si dentro de la obra nueva requerida para el drenaje de la vía, la Empresa solicita ampliación de diámetro esta ampliación será a cargo de la EAAB y el valor a cruzar será el equivalente al del diámetro adicionado.

En caso de presentarse obras no previstas por interferencia de redes en el desarrollo de las obras, las condiciones deben ser pactadas mediante Acta de Compromiso y firmadas por la Interventoría, contratista, el delegado de las ESP y el IDU.

En caso de requerirse mejoramiento o actualización de infraestructura que se encuentra fuera de norma, dichos trabajos serán a cargo de las ESP.

Todas las obras ejecutadas para las ESPs a solicitud especial del IDU en desarrollo de los contratos, así como las obras ejecutadas por parte de las Empresas a cargo del IDU deberán ser incluidas en el formato F-C-IN-021 Acta de Recibo de Obra por Parte de la Empresa.

El valor de las obras a cargo de las ESP, debe incluir adicionalmente a los ítems de la obra ejecutada, lo siguiente:

Porcentaje de AIU Ajuste Porcentaje de Interventoría Porcentaje de estudios y diseños

El valor de Interventoría correspondiente a las obras a cargo de la ESP, se calcula con la siguiente fórmula: ( Excepto con EPM Bogotá)

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Donde: INT Valor de Interventoría obras a cargo de la ESPInterventoría Valor total del Contrato de Interventoría Construcción Valor total del Contrato de ConstrucciónObras Valor total de las obras a cargo de la ESP a cruzar

El valor de estudios y diseños correspondiente a las obras a cargo de la ESP se calcula con la siguiente fórmula (únicamente para Codensa y EAAB):

Donde: VED Valor de Estudios y diseños obras a cargo de la ESPConsultoría Valor total del Contrato de Consultoría Construcción Valor total del Contrato de ConstrucciónObras Valor total de las obras a cargo de la ESP a cruzar