aplicación del sistema jurídico en el espacio
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APLICACIN DEL SISTEMA JURDICO EN EL ESPACIO
1.
LA NORMA EN RELACIN CON EL TERRITORIO Y EL PROBLEMADELOS CONFLICTOS
Por regla general, dentro del territorio de un Estado rigen sus propias leyes,
pero lasrelaciones entre los diversos pases y el desplazamiento de las
personas de un Estado aotro, originan los confictos de leyes en el
territorio.Desde el punto de vista del derecho positivo del problema consiste en
saber que ley seaplica: si la ley del pas o la ley etran!era. En este "ltimo caso,
la aplicaci#n
delderecho etran!ero requiere una prescripci#n del ordenamiento nacional que
as lodisponga, gracias a la cual se convierte en norma de Estado que lo
admite. $o disponga,gracias a la cual se convierte en norma del Estado que lo
admite.$os llamados sistemas de Derecho %nternacional Privado est&n
constituidos por
lasdoctrinas, elaboradas en un momento !urdico dado, que pretenden resolver
lascuestiones derivadas de la aplicaci#n de las leyes en el territorio.El sistema
de la personalidad e la ley corresponden al derecho de los pueblos b&rbarosque
invadieron Europa a la cada del %mperio 'omano y la ocuparon durante los
siglos posteriores. En aquellos pueblos, las tribus, cualquiera que (uera el territ
orio quehabitaran, estaban sometidas a su propio derecho, que coeista con el
de los habitantesdel pas que se regan por el suyo. $os visigodos, invasores de
Espa)a, se gobernaron por el *+#digo de Eurico mientras los
romanos regulaban sus relaciones por el*-reviario de niano.El sistema de la
territorialidad de la ley pertenece al (eudalismo. $os pueblos se ligaronal sueloy se volvieron sedentarios/ el araigo a la tierra uni# a los grupos y
estableci# bin#culos entre se)ores y vasallos, creando el poder de unos sobre
otros.$os (eudos se rigieron por su propio derecho vinculado al territorio de
cada uno deellos, que no poda ser aplicado dentro del territorio del otro.El
sistema de los estatutos debe su origen ala necesidad de superar el
eclusivismo de laterritorialidad de la ley.Esta doctrina, que constituye el
primer intento cient0co (ormulado para resolver losconfictos de leyes en el
espacio, naci# en %talia en el siglo %%% i se etendi# despu2s atrav2s de 3rancia
y 4olanda a todos los pases europeos. $a doctrina estatutaria se
basasobre los principios (undamentales: el m2todo indirecto y la distinci#n entre leyeslocales 5estatutos6 re(erentes a las personas y a las cosas. di(erencia
del m2todo directo, que aplica a los etran!eros un derecho civil propio
5!usgentium, romano6 el m2todo indirecto se)ala normas especiales aplicables
en cada caso.ldrico dio en el siglo %% el punto de partida. curcio, a
comienzos del siglo %%, enuna *glosa sobre el *corpus $uris,
de 7ustiniano, plantea el caso de un ciudadano de-olonia domiciliado en
8#derna, a quien es aplicable en este "ltimo lugar la ley del primero. *Desde
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entonces el m2todo indirecto escribe 9. oldschmidt "nico compatiblecon el
debido respeto a la legtima particularidad en cada pueblo, se mantuvo
triun(ante/y no eiste peligro de que desaparezca, a menos que de nuevo un
solo pueblo lograradominar a todos los dem&s, despreciando olmpicamente los
derechos de los pueblosvencidos.En lo que se re0ere a la aplicaci#n al derecho
etran!ero, esta doctrina distinguedosclases de estatutos: los personales, etraterritoriales, que acompa)an a la p
ersona,cualquiera que sea el lugar donde se encuentren/ y los reales, que son
territoriales.En %talia, -artolo de ;ao(errato, -aldo de ngentr2 que
compara el derecho etran!ero con une!ercicio invasor, se inclina por el
predominio de la ley territorial dentro de los nacientesestados europeos de esa2poca.$as ideas de D> ngentr2 (ueron acogidas, a partir del siglo =%, por los
pases queluchaban por su libertad contra las hegemona de los grandes
imperios y del Papado. ?ace as la escuela 4olandesa llamada 3lamenca, cuyos
m&s destacados representantesson -urgundus, +ristian 'oedenburg, Pablo y
7una =oet y 4uber.$a escuela holandesa, adem&s de acentuar el principio de
territorialidad de la ley, busc#un nuevo (undamento para los casos que se
pueda aplicar dentro de un pas la ley deotro, la ley etran!era. Este
(undamento no es otro que la *cortesa recproca que sedeben los pueblos o
como llama
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merced a principio de autonoma de lavoluntad.$as di0cultades del sistema son
notorias, no solo porque en muchos casos es di(cil precisar la nacionalidad
cuyos cambios son cada vez m&s (recuente en la 2poca actual,sino por la
con(usi#n que origina en los pases de inmigraci#n.
APLICACIN DEL SISTEMA JURDICO EN EL TIEMPO
1.
EL SIGNIFICADO DE LA RETROACTIVIDAD DE LA NORMA
$a delimitaci#n del contenido del principio de irretroactividad es uno de los
ob!etos principales de esta tesis. ;in embargo, parece que, para que esta
delimitaci#n sea posible, se debe dar un paso previo, es decir, determinar qu2
es la retroactividad.El hecho de que la doctrina penal no se cuestione qu2 es la
retroactividad, y de que latrate como un concepto absolutamente de0nido, no
signi0ca necesariamente que estosea cierto@A.+reo no eagerar si digo que la
elucidaci#n del concepto de retroactividad ha sido y esun problema constantede la dogm&tica !urdica por la importancia pr&ctica que 2steconlleva en todas
las ramas del ordenamiento !urdico, y a ese 0n se han dedicado
m"ltiples es(uerzos. B creo que tampoco (altar2 a la verdad si concluyo que
dichoses(uerzos pueden cali0carse de poco (ruct(eros.Pero es precisamente el
hecho de que los es(uerzos han sido de tipo dogm&tico lo quequiz& ha
impedido llegar a un concepto general de retroactividad, puesto que se
haintentado dar una de0nici#n de 2sta sin tratar de salir, al mismo tiempo, del
marcodogm&tico concreto en que se realizaba la b"squeda. B ello ha tenido
como
resultadoque el concepto resultara inde0nible dentro de dicho &mbito@C, o bien
que los presupuestos del concepto (ueran tan feibles que, partiendo de las
mismas premisas, se pudiese llegar a soluciones radicalmente
di([email protected] de entrar en una b"squeda pro(unda de un concepto de
retroactividad, se debe ser consciente de que, pese a que no eiste ning"n
concepto incontrovertible que de0na laretroactividad, el concepto de
retroactividad se utiliza a menudo en la pr&ctica !urdica eincluso se halla
plasmado en determinados preceptos constitucionales y de la
legislaci#nordinaria los rt. .A y F.1 de la +onstituci#n, y el apartado A del
artculo F del +#digocivil.simismo, si en este mismo momento se plantease un
caso a un grupo de !uristas, en elque se hallasen implicados determinadoselementos clave, quiz& sera sorprendentecomprobar la seguridad con la que
a0rmaran que es un caso de retroactividad y que,dependiendo de la materia,
quiz& pudiese ser ob!eto de una acci#n !udicial por vulnerar el principio de
irretroactividad.unque la a0rmaci#n de la ineistencia de un concepto de
retroactividad y, al mismotiempo, la aplicaci#n retroactiva habitual de las
normas en la pr&ctica !urdica parezca parad#!ica, nada hay, sin embargo, m&s
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le!os de la realidad.Esta situaci#n parad#!ica es solamente el sntoma de que,
pese al hecho de que no
eisteun concepto de retroactividad, s que eisten determinadas intuiciones so
bre lascaractersticas que tiene o debiera tener dicho concepto, las cuales son
transmitidas
deuna (orma m&s o menos pr&ctica, y que permiten determinar algunas de lascaractersticas de dicho concepto lo que a su vez, por e!emplo, permite aplicar d
isposiciones como, por e!emplo, las que prohben la retroactividad.Estas
intuiciones b&sicas sobre la retroactividad son las que me dispongo a
intentar eponer en las p&ginas siguientes. ;in embargo, sera bueno que, con
anterioridad, se pusieran de relieve algunas cosas.$a primera es que el
problema de la de0nici#n del concepto de retroactividad no puedeser resuelto,
simplemente, por el mero hecho de la eistencia de dichas intuiciones y
sueplicitaci#n, por la sencilla raz#n que dichas intuiciones no tienen por qu2 s
er correctas, coherentes o adecuadas.$a segunda es que se debe distinguir un
estudio de las intuiciones presentes en lamateria con un estudio doctrinal
ehaustivo sobre el concepto de retroactividad, que nohe pretendido hacer, y
que se puede hallar en otros lugares@@. ;obre la retroactividad seha vertido
mucha tinta, con 0nalidades que han apuntado a la soluci#n de
problemasdogm&ticos concretos. Por esta raz#n, aqu no se eaminar&n todos
estos intentos, sinoque se pretende reconstruir el nivel previo a todas estas
construcciones doctrinales,reduci2ndolas si se me permite el smil a su mnimo
com"n denominador.4echas estas salvedades, eisten ya las condiciones para
comenzar el eamen de lasintuiciones b&sicas que se detectan sobre el
concepto de retroactividad.%. ;e entiende normalmente por retroactividad la
aplicaci#n de una norma a hechos quetienen lugar con anterioridad a su
vigencia.%%. $a retroactividad vulnera la seguridad !urdica
%%%. $as normas se aplican durante su perodo de vigencia.%=. $a retroactividad
se encuentra relacionada con el cambio normativo.=. $a eistencia y la vigencia
de las normas coinciden.
LA RETROACTIVIDAD COMO UN PROBLEMA DE APLICABILIDAD.ELEMENTOS PARA UNA TEORA DE LA DINMICA JURDICA
En este estadio del traba!o puede que sean ya evidentes las di0cultades para
esbozar
unconcepto determinado e unvoco de retroactividad, y que ni siquiera desde laperspectiva de la teora general del Derecho se avanza con (acilidad en este
camino.+omo se ha comprobado en el apartado anterior, la "nica conclusi#n
de0nitiva que puede trazarse a partir de la teora de la norma es que las
normas que se aplicanretroactivamente, en cuanto act"an como tales, s#lo
gozan de uno de los dos aspectosque caracterizan a las normas de
comportamiento: su aspecto de pauta de valoraci#n.Por muy "til que esa
a0rmaci#n nos pueda resultar a la hora de en!uiciar las normas
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decomportamiento, creo, no obstante, que no resulta su0ciente para trazar un
concepto deretroactividad.Pese a los eiguos resultados que hasta el momento
haya podido o(recer el estudio de lateora general del Derecho, creo sin
embargo que merece la pena pro(undizar por estecamino,
puesto que muestra algunos horizontes prometedores en el &mbito de laretroac
tividad y de la sucesi#n de leyes.Por otro lado, y tomando en consideraci#n lasdi0cultades que comporta el lidiar conuna disciplina la teora del Derecho cuyos
(undamentos no s#lo no se hallan asentados,sino que se discuten
continuamente, y en la que surgen constantemente nuevos
modeloseplicativos, opino no obstante honestamente que es la "nica
posibilidad de aportar claridad a los problemas que constituyen el ob!eto de mi
investigaci#n.Ello se debe no s#lo al hecho de que este problema ha gozado
hasta el momento de pocaatenci#n en el Derecho penal, como ya indiqu2 con
anterioridad, sino porque en elDerecho penal (altan las herramientas
conceptuales necesarias para abordarlo con 2ito.8is pretensiones al realizar
esta segunda incursi#n en la teora del Derecho son lassiguientes. El ob!eto
principal de mi b"squeda, como se eplic# ya al inicio, es
la(ormulaci#n de una de0nici#n lo m&s unvoca posible de retroactividad 5yultra
actividad6, que permita eplicar el (uncionamiento de este (en#meno
!urdico.+on esta 0nalidad, se hace necesario volver al planteamiento que se
haca al inicio deltraba!o, a las intuiciones b&sicas en materia de
retroactividad.$a primera cuesti#n que se debe poner de relieve es que la casi
totalidad de lasintuiciones que se han propuesto al inicio no iban dirigidas a
considerar la naturaleza dela norma, sino que, por el contrario, parecan
apuntar hacia otro
lado.En cuanto a la propia retroactividad, las intuiciones se)alaban una de0nici
#n deretroactividad de la que se debe destacar su car&cter relacional. En la(ormulaci#n propuesta, la relaci#n se da entre el momento en que se producen
determinados hechosy la vigencia de la norma que se aplica. ?o obstante, se
pudo comprobar que hablar devigencia no era, desde el punto de vista de la
intuici#n de los !uristas, decisivo pararealizar dicha a0rmaci#n.
Parece de inter2s, por tanto, reconsiderar esta a0rmaci#n, es decir, el car&cter
relacionalque presenta la retroactividad, y esclarecer en qu2 sentido se habla
de relaciones, ascomo los componentes de dicha relaci#n.Gtra a0rmaci#n que
se realizaba en conei#n con la retroactividad es que su estudio perteneca al
&mbito de la aplicaci#n del Derecho, por lo que sera adecuado estudiar este
concepto, el concepto de aplicaci#n, para determinar su alcance y signi0cado.
?osera ocioso, por otro lado, determinar en que &mbito de los que marcan los
0l#so(os delDerecho se puede situar la aplicaci#n del Derecho y si, sin ir m&s
le!os, se halla ligadocon la teora de las normas y la teora del sistema
!urdico.;in embargo, y aunque no siempre ha de suceder as, tambi2n se ha
visto que el problema de la retroactividad parece hallarse conectado al
problema de la eistencia delcambio normativo. Ello sucede sobre todo en los
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(en#menos denominados de
Hsucesi#nde leyesI. En estos casos, la determinaci#n de la eistencia, la eten
si#n y lasconsecuencias del cambio normativo son (undamentales para poder h
ablar [email protected] indudable, entonces, que para alcanzar estos
ob!etivos resulta
absolutamentenecesario pro(undizar en el estudio de la din&mica !urdica. Peroello tampoco se presenta como posible si se prescinde de otros aspectos de la
teora general de lossistemas !urdicos, como son los criterios de eistencia o
pertenencia de las normas a unsistema !urdico, y la posibilidad de postular una
estructura de dicho sistema.+omo resulta obvio, la e!ecuci#n de esta tarea no
s#lo supera los ob!etivos de estetraba!o, sino que constituye el programa de
investigaci#n de un te#rico del Derecho.F.
EL SIGNIFICADO DE LA IRRETROACTIVIDAD DE LA NORMA
Desde los canonistas antiguos Pedro $ombardo, se consideraba que, para que
una ley(uese retroactiva, deba tener unas razones muy especiales queameritaran tal e(ecto
extraor!"ar!o
. $os estudiosos del derecho can#nico estimaban la irretroactividadcomo
derecho divino, al paso que la retroactividad era de derecho humano.$a
irretroactividad nace en el derecho romano y se etiende luego por el
mundo,convirti2ndose en un principio de aplicaci#n de la ley aceptado
universalmente/ es decir,v&lido en todos los tiempos y en todos los lugares.4ay
que plantearse tres interrogantes acerca de la irretroactividad de la ley: en
primer lugar, cu&l es su (undamento/ en segundo lugar, cu&l es su esencia y,en tercer lugar, cu&les su 0nalidad. s puede darse un concepto ntido sobre la
naturaleza !urdica del principio de irretroactividad.
F#"a$e"to e %a !rretroa&t!'!a
El (undamento es la base sobre la cual se asienta o estriba una realidad, y
cuando se pregunta cu&l es la
(a)e *#e +#"a %a rea%!a ,#r-!&a e% r!"&!!o e!rretroa&t!'!a
, se observa que es la necesidad de dar estabilidad al
ordenamiento !urdico. Porque sin el mencionado principio se presentan con(usiones sobre laoportunidad de regulaci#n, de suerte que en muchas ocasiones
con una conveniencia presente se regulaba una situaci#n pasada, que
resultaba eorbitante al sentido de la !usticia, por (alta de adecuaci#n entre el
supuesto de hecho y la consecuencia !urdica.*En general escribe =alencia Kea,
el e(ecto retroactivo est& prohibido por razones deorden p"blico. $as personas
tienen con0anza en la ley vigente, y con(orme a ellacelebran sus transacciones
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y cumplen sus deberes !urdicos. Dar e(ecto retroactivo a unaley equivale a
destruir la con0anza y seguridad que se tiene en las normas !urdicas.dem&s
especialmente cuando se trata de la reglamentaci#n de toda una
instituci#n !urdica, eiste verdadera imposibilidad para regular el e(ecto
retroactivo
El orden p"blico eige, en materia tributaria, la eistencia del principio deirretr
oactividad. B lo tiene que eigir, porque la noci#n de orden es la
ar$o"-a e %a)arte) e"tre )- / e 0)ta) &o" e% too
. B no puede haber armona si no eisteadecuaci#n !urdica y sentido de
oportunidad de la ley en su aplicaci#n en el tiempo. ;ila e0cacia de una norma
es (uera de oportunidad, es inadecuada, y al serlo se torna eninconveniente/ y
lo que es contrario al principio de conveniencia regulativa es tambi2ncontrario,
por l#gica coherencia, al orden p"blico, pues 2ste ri)e con toda (altadearmona.El tiempo, dimensi#n necesaria para el entendimiento humano,
determina siempre,directa o indirectamente, el sentido de la oportunidad
normativa. Es evidente que la leytributaria debe tener una e0cacia temporal/
de ah que, sobre todo cuando se impone unaobligaci#n de hacer, el aspecto
temporal es substancial, y entonces el acto de retrotraer abstractamente los
e(ectos reales a situaciones de hecho, que en su momento
generaronconsecuencias !urdicas proporcionadas a las circunstancias de
t!e$o
, modo y lugar,equivale a otorgar un e(ecto no adecuado a la verdaderacausa.%gualmente, la seguridad !urdica es requisito para la con0guraci#n del
orden p"blico. ;ino hay una estabilidad en cuanto a la consecuencia !urdica,
obviamente no pueden losdestinatarios de la ley estar gozando del derecho a
la seguridad. $a incertidumbre antela actuaci#n del Estado impide la seguridad
debida a cada uno de los asociados. ;i
la leytributaria modi0ca situaciones !urdicas de0nidas por el mismo legislador,
sin una0nalidad de (avorabilidad en cuanto a las cargas tributarias, por
e!emplo, incurre,
nos#lo en una contradicci#n, sino en el desconocimiento del derecho adquirido
ylegtimamente constituido. $a consecuencia, entonces, es que la actividad dellegislador estatal de!a de cumplir con una 0nalidad esencial a su raz#n de ser:
la seguridad ytranquilidad de los asociados.
La e)e"&!a e %a !rretroa&t!'!a
$a esencia del principio de irretroactividad de la ley tributaria es la
imposibilidad dese)alar consecuencias !urdicas a actos, hechos o situaciones
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!urdicas que ya est&n(ormalizados !urdicamente, salvo que se prescriba un
e(ecto m&s per(ecto tanto para elsu!eto de derecho, como para el bien com"n,
de manera concurrente, caso en el cual laretroactividad tiene un principio de
raz#n su0ciente para operar. Pues lo imper(ectosiempre se su!eta a lo m&s
per(ecto, dada la naturaleza per(ectible de la legalidad.
La 1"a%!a e %a !rretroa&t!'!a
Es el sentido teleol#gico del principio, es decir, el para qu2 eiste. $a respuesta
es paradar seguridad al ordenamiento !urdico. l respecto son pertinentes las
anotaciones quetrae 7uan 7os2 ;oler en la Enciclopedia 7urdica Gmeba:*
La !rretroa&t!'!a e %a %e/
es una medida t2cnica escogida para dar seguridad alordenamiento !urdico. ;u
zona ontol#gica no est&, pues, en la 0loso(a !urdica sino enla !urisprudencia o
ciencia del derecho. $a irretroactividad es dentro de la t2cnica !urdica, un
principio de aplicaci#n m&s que de interpretaci#n previa. $a interpretaci#nyla aplicaci#n son operaciones de tracto sucesivo.
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que(avorezcan, tanto al destinatario de la norma como a la consecuci#n del
bien com"n, demanera concurrente.$o anterior indica que no se trata de un
principio absoluto, pues el universo !urdico noadmite posiciones de tal
car&cter, por ser una coordinaci#n de posibilidades racionales.$a racionalidad
eige, pues, antes que (ormas "nicas e infeibles, una sana adecuaci#nde la
(orma !urdica al contenido material que se ha de ordenar.Es por ello que elprincipio de irretroactividad no ri)e con la necesidad de mutacionesnormativas,
que impiden la petri0caci#n de un orden !urdico que ha de ser din&mico, yque
en materia tributaria debe amoldarse a las eigencias de la equidad tributaria,
en elsentido de a!ustar a las condiciones y circunstancias
actuales tanto el valor de lasdeudas, como otros (actores determinables por
la realidad 0scal del momento, sin queesto implique el desconocimiento de
situaciones !urdicas de0nidas de acuerdo con laley, ni la vulneraci#n de los
derechos adquiridos. l respecto, la !urisprudencia de
esta+orporaci#n es clara. En e(ecto en la ;entencia +L11 de 1F, con
ponencia del8agistrado Dr. Eduardo +i(uentes 8u)oz, la +orte se)al#:
En principio la +onstituci#n no establece una proscripci#n de los per!uicios
que puedan atribuirse a las mutaciones legislativas, de otra parte necesarias y
permanentes.;i bien el ordenamiento constitucional garantiza los derechos
adquiridos con arreglo alas leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos
ni vulnerados por leyes posteriores 5+onstituci#n Poltica, artculo M6,
ellos se circunscriben a las situaciones !urdicas individuales, sub!etivas o
concretas, creadas o consolidadas ba!o el imperio dela ley 5+onse!o de Estado,
;ala de lo +ontencioso dministrativo, 8agistrado PonenteDr. 7acobo P2rez
Escobar6
.
EFECTOS DE LA LEY EN RELACION AL TIEMPO2 ELPRINCIPIO DEIRRETROACTIVIDAD DE LA LEY EN EL CODIGO.
rt. A del +.+. dice: partir de su entrada en vigor, las leyes se aplicaran aun a
lasconsecuencias de las relaciones y situaciones !urdicas eistentes. ?o tiene e
(ectoretroactivo, sean o no de orden publico, salvo disposici#n en contrario. $a
retroactividadestablecida por la ley en ning"n caso podr& a(ectar dichos
derechos amparados por garantas constitucionales.Por lo tanto el legislador esdue)o de su!etar a un cierto comportamiento la conducta presente de los
hombres y prever una cierta su!eci#n (utura de la misma. ?o es due)o
decambiar lo pasado, que ocurri# de con(ormidad al r2gimen legal, ni de
declarar que lo
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que (ue a!ustado a derecho en su tiempo, no es legitima por que tal
declaraci#n seriaabsurda.;i no obstante lo epuesto, el legislador se arrogara
el poder de gobernar el pasado eintroducir modi0caciones en lo ya acontecido
que era legitimo por ser con(orme aderecho se caera en
unainseguridad!urdica por que nadie estarasegurode lo que hoyrealiza no
pudiese quedar aniquilado por una ley posterior. En este sentido el principiodeirretroactividad protege la paci0ca subsistencia de la sociedad humana.Este
principio no compromete la aplicaci#n inmediata de la nueva ley a los e(ectos
delas relaciones !urdicas pendientes que requiera de tiempo para ser
producidos.
ESTUDIO DEL ARTICULO 3 DEL CODIGO.
El principio de irretroactividad constituye un criterio normativo para el !uez,
pero norige para el legislador, el cual puede de!arlo de lado con relaci#n a
ciertas materias, queen su opini#n deban quedar al margen de ese principio.El
art. A del +.+. determina un criterio de interpretaci#n obligatorio para los!ueces, perono para el legislador. ;e ha discutido si proyecta su infuencia sobre
toda clase de leyeso no habi2ndose concluido en (unci#n de la categora del
cuerpo de leyes que locontiene, que solo rigen a las leyes de derecho privado o
a las que puede dictar elcongreso nacional en e!ercicio de las atribuciones que
le con0ere el art. @J inc. 11 de la+.?. por tanto pueden ser interpretadas por
los !ueces retroactivamente las leyes de otrandole, tales como las
administrativas, y sean estas nacionales o provinciales.Para nosotros, no es
dudoso que siendo el principio de irretroactividad un criterio puramente
interpretativo, no impide que las legislaturas provinciales o las
municipalesdentro de su orden y en uso de sus atribuciones propias, dispongan
de otra manera.
EFECTOS DE LA LEY CON RELACION ALTERRITORIO24 APLICACIN TERRITORIAL2
En nuestro pas las leyes son en principio deaplicaci#n territorial, el art. 1 del
+.+. dice: N$as leyes son obligatorias para todos losque habitan en el territorio
de la rep"blica, sean ciudadanos o etran!eros, domiciliadoso transe"ntesN.
+omo regla general aparece la aplicaci#n territorial de la ley. ;olocuando esta
ley lo dispone se har& en ciertos casos la aplicaci#n etraterritorial de la ley,es
decir, aplicaci#n de la ley etran!era, por los !ueces de nuestro pas. ;eg"n el
art. 1Cdel +.+. N$as leyes etran!eras no ser&n aplicables, cuando su aplicaci#n
se oponga alderecho publico o criminal de la rep"blica, a lareligi#ndel Estado, a
latoleranciadecultos, o a la moral y buenas costumbresN. Derecho publico
5es decir al derechoconstitucional y administrativo, penal y0scal/ estas dos
ultimas son estrictamenteterritoriales por eso nuestros !ueces nunca
hacen aplicaci#n de las leyes etran!eras deesa ndole. Ooda vez que alguna ley
etran!era resulte lesiva de lasinstitucionesdela organizaci#nsocial de nuestro
http://www.monografias.com/trabajos/inseguridad/inseguridad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/segu/segu.shtmlhttp://www.monografias.com/Religion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/tole/tole.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/segu/segu.shtmlhttp://www.monografias.com/Religion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/tole/tole.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/inseguridad/inseguridad.shtml -
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pas, como las re(erentes al r2gimen de (amilia, el !uezdeber& prescindir de
ella y aplicar la ley nacional, encuadre o no el caso en algunos delos inc. Del
art. 1C6.
4 APLICACIN E5TRATERRITORIAL2
+uando la ley territorial lo dispone cesa laaplicabilidad de esta para hacer lugara la aplicaci#n de la ley etran!era. +omo estaviene a aplicarse (uera de su
propio territorio se habla de aplicaci#n etraterritorial de laley. $a enunciaci#n
de las situaciones integra el contenido delderecho internacional privadoque se
ocupa de determinar en tales casos cual es la ley etran!era aplicable: $aley de
la situaci#n de la cosa, o de celebraci#n del derecho, o del lugar y tribunal que
lo !uzga, o de la ley personal de los su!etos que intervienen. 5En esta la mayor
parte de las
legislaciones Europeas se atienen a la que indican la nacionalidad de lapersona, enlugar de atener a su domicilio como establece nuestro c#digo6.A.
TEMPORALIDAD DE LA LEYOBJETIVO
En elob!etivode estetraba!ohemos tratado de que queden claras muchas partes
deltema y lo hemos clasi0cado en los siguientes puntos:
que al lector le sea dedominioconceptos b&sicos que constituyen el artculo
dean&lisisy estudio.
Que conozca los antecedentes en las principales 2pocas y como ha ido
desarrollandoaquellosprincipiosde aplicaci#n deleyen eltiempo.
Que mane!e los conceptos de aplicaci#n de la ley en el tiempo y saber cuales
son los(undamentos b&sicos de aquellos principios y son estudiados en el
contenido de estetraba!o.
Que tenga nociones de lasteorasque eponen y se relacionan con este tema
ascomo doctrinas de aquellos !uristas que destacan con sus opiniones.
I. GENERALIDADES.
http://www.monografias.com/trabajos7/deri/deri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/deri/deri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/doin/doin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/deri/deri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/deri/deri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/doin/doin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtml -
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Dado que en el artculo %%% del titulo preliminar delc#digo civilque es ob!eto de
nuestroestudio, se hace re(erencia a t2rminos !urdicas empleados y se dar&n
las siguientesde0niciones que evitaran, en el transcurso
deldesarrolloy lainvestigaci#ndel tema,con(usiones de entendimiento.
6e&7o ,#r-!&o.
;iguiendo al eminente maestro 8'+%$ '
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vuelve a ser positivado en suartculo %%% de su titulo preliminar, el que trata
sobre el e(ecto irretroactivo de las leyes,sabiendo la omisi#n en que haba
incurrido el c#digo intermedio.
ELCONFLICTODE LEYES EN EL TIEMPO2
Queda mucho por decir cuando se habla se presenta el problema de aplicaci#nde la leyen el tiempo por confictosque suceden entre ellas. Esta problem&tica
que nos
tocadesarrollar ha tomado como (undamento teoras y principios hasta muchas
vecesconceptos para dar soluci#n a este llamado conficto de leyes en el
tiempo.Elhombrecomo ente social y su!eto de derecho adquiere una situaci#n
!urdica quevincula a trav2s de interrelaciones con los dem&s integrantes de
lasociedad. Dado esto,hay que tener en cuenta que con el avanzar del tiempo
la sociedad cambia y desarrolladiversas (ormas de vida, modos, costumbres,
etc.S dondeel hombre,necesariamente,tiene que adecuarse a esa realidad
social.En ese periodo de desarrollo, el derecho va de mano con(orme avanza lasociedad paraadaptarse a las situaciones hechos y relaciones !urdicas que el
hombre produce durantediversos &mbitos
!urdicos.;in embargo en la doctrina y la !urisprudenciavamos a encontrar aque
llasconsecuencias !urdicas en donde la aplicaci#n de la ley se hace, como
mani0esta los partidarios de la retroactividad, para hacer !usticia, mientras
que los partidarios del principio de irretroactividad de la ley (undamentan
laseguridad!urdica. +uando secambia, modi0ca o deroga una ley que estuvo
vigente al constituirse una relaci#n !urdica que por otra parte rige en el
momento de dictarse una sentencia sobre cualquier
litigio derivado, se origina un conficto de leyes en el tiempo que ser& un arduoproceder del !uez el aplicar la norma correspondiente a la consecuencia !urdica
de dicha relaci#n.Esta problem&tica denominada conficto de leyes en el
tiempo se ha pretendido dar soluci#n a trav2s de diversas teoras, antes dicho,
ninguna de las cuales ha podido zan!ar el problema.4ay una con(usi#n que se
quiere que quede clara cuando nos re(erimos al termino ley ynorma, en todo
caso nos avocamos a lo epuesto por el eminente maestro 8arcial 'ubio+orrea
quien nos dice que: lateorahabla de conficto de leyes en el tiempo
peronosotros hablamos de conficto de normas en el tiempo porque
este problema se presenta con cualquier tipo de cuerpo normativo.
Entonces simplemente era recalcar la intenci#n gramatical de
norma y ley
en nuestroestudio.
http://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtml -
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APLICACIN DE LA NORMA EN EL TIEMPO
8arcial 'ubio +orrea distingue la siguiente terminologa de acuerdo a como
debe procederse en la aplicaci#n de la norma en eltiempo:
APLICACIN INMEDIATA DE LA NORMA
. Es aquella que se hace a hechos,situaciones o relaciones !urdica que ocurren
durante la entrada en vigencia de lanorma hasta el momento de quiebre,
modi0caci#n o derogatoria.Esta aplicaci#n inmediata o necesaria de la norma
se debe a lo que nosotros llamamos yvemos con (recuencia en los dictados de
sentencia por los !ueces o sanciones quecorresponden a consecuencias
!urdicas que tienen lugar o son consumados durante el periodo, desde que
entra en vigencia la norma.Entonces podemos decir que 7
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antes de su aplicaci#n inmediata.Esta aplicaci#n retroactiva conoce dos
modalidades:
Aplicacin retroactiva restitutiva:
Es aquel caso en que la aplicaci#n retroactiva esabsoluta de acuerdo con las
consecuencias !urdicas que derivan de sus supuestos. Esdecir, modi0ca en su
totalidad los hechos, relaciones o situaciones !urdicas. ?os re(erimos en su
totalidad y suabsolutismoya que puede modi0car las sentencias !udiciales que
hayan pasado a cosa !uzgada. Estemodelode aplicaci#n retroactivo de lanorma
es pr&cticamente ineistente en nuestro derecho actual.
Aplicacin retroactiva ordinaria:
es aquel caso en el que la aplicaci#n de la norma sehace de manera relativa.
Esto quiere decir que modi0ca de manera parcial los hechos,relaciones osituaciones lo que signi0ca que puede modi0car actuaciones anteriores
almomento del punto de quiebre de la norma, pero salvo las sentencias
!udiciales quehayan pasado encalidadde cosa !uzgada.
Antecedentes:
;i nos dedicamos a la revisi#n de laconstituci#nde 1J nosotros vamos a
encontrar que la aplicaci#n retroactiva en tres materias
delsistema!urdico:derecho laboral,derecho penaly derecho tributario.$a
retroactividad en el derecholaboral, es aquella que se daba cuando era
(avorable altraba!ador. $a retroactividad en elderecho tributario, es aquella quese daba cuando eram&s (avorable al contribuyente/ y $a retroactividad en el
derecho penal, es aquella quese hace cuando es m&s (avorable al reo.
Actualidad:
+on la entrada en vigencia de la constituci#npolticadel Per" de 1A se tuvo
quecambiar en modo de ver la retroactividad conrespetoa dichas materias del
sistema !urdico, puesto que nosotros vamos a encontrar en el articulo
constitucional 1RA que laretroactividad se da enmateriapenal salvo cuando es
(avorable al reo.
APLICACIN DIFERIDA DE LA NORMA.
Es aquella en que la norma, demanera epresa, ha se)alado que deber&
aplicarse en un momento (uturo.Entonces, aqu nos encontramos a un modelo
de norma especial, porque esta misma,epresamente, se)ala cuando debe
http://www.monografias.com/trabajos/absolutismo/absolutismo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adolmodin/adolmodin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/consti/consti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/derecho-laboral/derecho-laboral.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/evde/evde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/renla/renla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/detribb/detribb.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/absolutismo/absolutismo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adolmodin/adolmodin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/consti/consti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/derecho-laboral/derecho-laboral.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/evde/evde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/renla/renla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/detribb/detribb.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtml -
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aplicarse. Esto no signi0ca que cuando no se)ala suaplicabilidad
esta derogada temporalmente, sino que esta norma establece una
vacatiolegis
que es caracterstica de esta norma.
LA TEORA GENERAL DEL DEREC6O FRENTE A LA APLICACIN DELANORMA EN EL TIEMPO
A)Teoradederechosadquiridos.
$os antecedentes de los derechos adquiridos se encuentra en
losderecho romano, la primera a0rmaci#n de los derechos adquiridos y las
simples epectativas se atribuyen a-%G?DE< en 1F@.$os derechos
adquiridos son los que han entrado en nuestropatrimonio, hace en partede el y
nadie no los pude arrebatar, eso es hablando en un sentido
patrimonial.nalizando la teora de los derechos adquiridos en(unci#nde losesquemas temporalesdise)ados al inicio de estetraba!o, podremos (&cilmente
comprobar que lo que enverdad propugna es que la norma ba!o la cual naci# el
derecho, contin"e rigi2ndolomientras tal derecho surta e(ectos, aunque en el
trayecto eista un momento de quiebreen el que dicha norma sea derogada o
sustituida. En otras palabras, lo que (ormalmente plantea la teora de los
derechos adquiridos es la ultractividad de la normatividad ba!ocuya aplicaron
inmediata se origino el derecho adquirido.$os espectadores de la teora,
sin embargo, han planteado los casos de manera distintasostienen que el
derecho adquirido no puede ser modi0cado por normas posteriores porque, en
ese caso, se estara haciendo aplicaci#n retroactiva de ellos.En otras palabras,
la teora de los derechos adquiridos no hace sino crear una 0cci#n,llamando
aplicaci#n retroactivo a lo que en verdad es aplicaci#n inmediata en a(&n dedar
estabilidad normativa al llamado derecho adquirido.En esta teora encontramos
a cada paso de nuestro estudio las epectativas y (acultadesque se di(erencia
en los derechos adquiridos seg"n la misma teora.+omo ya hemos visto la
teora del los derechos adquiridos se puede de0nir como
expectativa
, seg"n 8'+%$ '
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abstractas y situaciones concretas que soncriterios distintos que apuntan al
mismo 0n:Epone que unaleyes retroactiva cuando modi0ca o etingue una
situaci#n !urdicaconcreta/ no lo es, encambio,cuando simplemente limita o
etingue una situaci#nabstracta, creada por la ley precedente.$a situaci#n
!urdica ser& abstracta cuando se re0ere a la manera de ser eventual ote#rica
en relaci#n con una ley determinada. Por e!emplo: nuestra legislaci#n actual0!ala mayora de edad en 1M a)os. ;i se emitiera una nueva ley que la 0!ara en
F1, losmenores de 1M a)os se encontraran en una situaci#n !urdica abstracta,
es decir te#rica o
eventual respecto de dicha ley, y por lo tanto no eistira retroactividad cuando
se lesaplicara la nueva ley. hora, los mayores de 1M pero menores
de F1 a)os ya seencuentran en una situaci#n concreta respecto de la ley
actual, la cual les ha con(eridolas venta!as yobligacionesinherentes a la
mayora de edad y si la nueva ley
lesrestringiera o suprimiera la calidad de mayores, estaramos en presencia de
unaaplicaci#n retroactiva de la ley, pues se modi0cara una situaci#n !urdicaconcreta.$a
situacin jurdica abstracta
es el marco 5por e!emplo el parentesco de cierto
gradoen la sucesi#n hereditaria6 dentro del cual puede producirse la situaci#n !
urdicaconcreta 5calidad de heredero6 en virtud de un hecho 5muertedel
causante6Para determinar si una persona se encuentra en situaci#n !urdica
abstracta o
concretarespecto de cierta ley, habr& que establecer si se ha producido el supu
esto quecondiciona el nacimiento de la consecuencia.7G;;E'?D de0ende la(ormula de los derechos adquiridos pero admite que no
es posible (ormar una lista invariable de los derechos adquiridos o de las simpl
esepectativas, sino que trata tambi2n de una cuesti#n de tacto, de sentimient
o,reoportunidad.-G'D
sostiene que con las epresiones: *he adquirido un derecho, *tengo underecho
adquirido, se sabe muy bien lo que se quiere epresar. ;e trata de un
derechoque me pertenece, del cual soy titular, que esta incorporada en m
patrimonio si es dendole econ#mica.En elc#digocivil derogado de 1A@ adopto
en (orma epresa la doctrina de losderechos adquiridos como medio de
soluci#n deconfictossurgidos a consecuencia dela aplicaci#n de lasleyesen eltiempo.
B) teora de los hechos cumplidos.
Esta teora signi0ca que la nueva ley alcanza a los hechos (uturos, pues los yav
eri0cados 5cumplidos6 se rigen con la ley antigua entonces lo que hay que
investigar,no es si un derecho se adquiri# ba!o el r2gimen de ley antigua, sino,
http://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/tanatologia/tanatologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/tanatologia/tanatologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtml -
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si un hecho !urdicose cumpli# totalmente estando vigente la norma
derogada.;eg"n 8'%G $K8G'
=$DEK epresa lo siguiente: la teora del hechocumplido, a0rma que los
hechos cumplidos durante la vigencia de la antigua ley se rige por esta/ los
cumplidos despu2s de su promulgaci#n por la nueva.
Latesisde Planiol:
$as leyes son retroactivas cuando vuelven sobre el pasado, sean para apreciar
lascondiciones delegalidadde un acto, sea para modi0car o suprimir los e(ectos
yarealizados de un derecho.3uera de esos casos no hay retroactividad y la ley
puede modi0car los e(ectos (uturos dehechos o de actos incluso anteriores, sin
ser retroactiva.
C9
teora de lanaturalezay fnalidad social de la nueva ley.
8E;;%?EG eplica esta teora en los siguientes t2rminos: seg"n se trate de
leyes sobreadquisici#n de derechos, o bien de leyes sobre la eistencia o el
modo ser de losderechos, se debera aplicar el principio de la irretroactividad,
o, respectivamente el dela retroactividad. Esta distinci#n corresponde, en
de0nitiva, a la distinci#n entre derecho privado 5donde domina la eigencia de
la certeza !urdica y se tiene en cuenta losintereses delindividuo6 y derecho
publico 5donde domina la eigencia o puesta de lassalvaguarda,inter2sgeneral
y donde todo puede ser modi0cado aun sin respeto de losderechos de los
individuos6.El an&lisis de este traba!o nos llevo a las siguientes conclusiones
que creo que
tambi2nhemos tratado en el contenido dando nuestras opiniones de acuerdo a
ilustresdoctrinarios. ?uestras conclusiones son:
Que en el estudio de la materia nosotros vamos a encontrar el principio deirretr
oactividad que nos permite aplicar la ley inmediata o %tractivamente, pues
este principio solo hace re(erencia que la ley no se debe aplicar
retroactivamente.
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Queda claro que la retroactividad en material civil no es acatada, puesto que
solo loes en materia penal cuando es (avorable al reo, pero teniendo en cuenta
que laretroactividad se da en sus dos modalidades y que solo una de ellas es la
aplicable ennuestro sistema !urdico, esto es seg"n 8arcial 'ubio +orrea.
;obre la teora de los hechos cumplidos, nosotros recogemos la tesis
de planiol, porque en su tesis es masconcretoy especi0co en sus de0niciones
dadas.
?os quedo claro cada uno de los conceptos de aplicaci#n de la norma en el
tiempo,donde la aplicaci#n inmediata es la que se hace durante el momento de
la vigenciade la norma/ la aplicaci#n ultractiva es aquella que se hace aconsecuencias !urdicasque ocurren luego de la aplicaci#n inmediata de la
norma/ la aplicaci#n retroactivaque es aquella que se hace a antes de la
aplicaci#n inmediata de la norma y por
ultima tenemos a una aplicaci#n di(erida que es aquella norma que de
maneraepresa se)ala su aplicaci#n en el (uturo, pero mientras tanto en su no
aplicaci#nesto no quiere decir que este derogada sino en su vacatio legis.
Que lasteorasestudiadas sobre la aplicaci#n de la norma en el tiempo nos
quedaclara puesto que cada una de ellas se mani0esta con el tipo de
aplicaci#n de lanorma como es el caso de la teora de los derechos adquiridos
que se mani0esta conla aplicaci#n ultractiva de la norma, pero para ser
ultractiva que la otra se rige ahechos que han sido a las situaciones que se
dieron en su totalidad ba!o el imperio
desu norma ,es decir, que ba!o la vigencia de la norma antigua se rigen lascons
ecuencias que se dieron durante su r2gimen y los hechos que se
cumplendespu2s de su derogatoria se rigen por la norma vigente, pero para
que esto seae(ectivo hecho !urdico se cumpli# totalmente estando vigente la
norma derogada
http://www.monografias.com/trabajos/histoconcreto/histoconcreto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histoconcreto/histoconcreto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtml -
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