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'y . COMISI'ON DE PLANIFICACIO 4 P0LITIC.A ECONOMICA Y FINANZAS INFORMA ASUNTO, P L --00312017-2018 "SE APRGEBA LA TRANSFERENCIA A T~TU'-c ONEROSO DE UN LOTE DE TERRENO DE PROPIEDAD DEL GOBIER~'3 AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA PAZ A FAVOR DE MANUEL APAZA MAMA"'!. UBICADO EN LA CALLE LIBERTAD, AVENIDA NACIONES UNIDADES, ZOr\1 9 "LA PORTADA. l. ANTECEDENTES En fecha 01 de febrero de 2017 fue recepcionado por la Comisión de Planificación Polític? Económica y Finanzas el Proyecto de Ley No. PL-00312017-2018, para el cumplimiento c"nl numeral 3 parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado que señala qlia son atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, dictar leyes, interpretarl~~, derogarlas, abrogarlas y modificarlas; por consiguiente se tramite la norma lec;r?l correspondiente. La normativa que fue considerada para el análisis y dkcusión del Proyecto de Ley p-. la siguiente: \ a) La Constitución Política del Estado: - Artículo 158, Parágrafo l. Numeral 13 dispone que son atribuciones de la Asamble;. Legislativa Plurinacional: "aprobar la enajenación de bienes de dominio Público c " ~ Estado". - Artículo 339, Parágrafo II. señala que "Los bienes de patrimonio del Estado y de 12- entidades públicas constituyen propiedad del pueblo boliviano, inviolabl=s inembargable, imprescriptible e inexpropiable; no podrán ser empleados en provecbf\ particular alguno. Su calificación, inventario, administración, disposición, regis'in obligatorio y formas de reivindicación serán regulados por la ley". b) Ley No 482 de 09 de Enero de 2014 de Gobiernos Autónomos Municipales - En su Artículo 30 dispone que los bienes de dominio municipal se clasifican en: ,a: Bienes Municipales de Dominio Público; b) Bienes de Patrimonio Institucional; c' Bienes Municipales Patrimoniales. Define en su Articulo 31 que los "Bienw Municipales de Dominio Público son aquellos destinados al uso irrestricto de 12 comunidad, estos bienes comprenden, sin que esta descripción sea limitativa": - a) Calles, avenidas, aceras, cordones de acera pasos a nivel, puentes, pasarela:, pasajes, caminos vecinales y comunales, túneles y demás vías de tránsito; b) plaza^. parques, bosques declarados públicos, áreas protegidas municipales y otras área. verdes y espacios destinados al esparcimiento colectivo y a la preservación del patrimonio cultural; d) Bienes declarados vacantes por autoridad competente, en favor del Gobierno Autónomo Municipal; e) Ríos hasta veinticinco (25) metros a cada lado del borde de máxima crecida, riachuelos, torrenteras y quebradas con sus lechos, I aires y taludes hasta su coronamiento. Asimismo en su Articulo 32 dispone que son Bienes de Patrimonio lnstitucional de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal, todos los que no estén destinados a la administración Municipal y10 a la prestación d- un servicio público Municipal, ni sean bjenes de dominio público. TEI t.: (iL)l 21 2201 1.V 1 ,\S: l 1 !?O l (>l> : WWMr.DI PIJTAL)OF.RO i .,<Y-- . .. .. - : 'A -+--y.--- .: ..___----- --- -z3T CÁMARA DE DIPUTADOS ,,,,,,,-.,,,,,,..,, ,\..,..,.. LO17 - LO18 PLAZA tv ASAM RLEA PLURINACION LA PAZ -

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' y . C O M I S I ' O N D E P L A N I F I C A C I O 4

P 0 L I T I C . A E C O N O M I C A Y F I N A N Z A S

INFORMA

ASUNTO, PL --00312017-2018 "SE APRGEBA LA TRANSFERENCIA A T~TU'-c ONEROSO DE UN LOTE DE TERRENO DE PROPIEDAD DEL GOBIER~'3 AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA PAZ A FAVOR DE MANUEL APAZA MAMA"'!. UBICADO EN LA CALLE LIBERTAD, AVENIDA NACIONES UNIDADES, ZOr\1 9 "LA PORTADA.

l. ANTECEDENTES

En fecha 01 de febrero de 2017 fue recepcionado por la Comisión de Planificación Polític? Económica y Finanzas el Proyecto de Ley No. PL-00312017-2018, para el cumplimiento c"nl numeral 3 parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado que señala qlia son atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, dictar leyes, interpretarl~~, derogarlas, abrogarlas y modificarlas; por consiguiente se tramite la norma lec;r?l correspondiente.

La normativa que fue considerada para el análisis y dkcusión del Proyecto de Ley p-.

la siguiente:

\ a) La Constitución Política del Estado:

- Artículo 158, Parágrafo l. Numeral 13 dispone que son atribuciones de la Asamble;. Legislativa Plurinacional: "aprobar la enajenación de bienes de dominio Público c " ~ Estado".

- Artículo 339, Parágrafo II. señala que "Los bienes de patrimonio del Estado y de 12-

entidades públicas constituyen propiedad del pueblo boliviano, inviolabl=s inembargable, imprescriptible e inexpropiable; no podrán ser empleados en provecbf\ particular alguno. Su calificación, inventario, administración, disposición, regis'in obligatorio y formas de reivindicación serán regulados por la ley".

b) Ley No 482 de 09 de Enero de 2014 de Gobiernos Autónomos Municipales

- En su Artículo 30 dispone que los bienes de dominio municipal se clasifican en: ,a:

Bienes Municipales de Dominio Público; b) Bienes de Patrimonio Institucional; c ' Bienes Municipales Patrimoniales. Define en su Articulo 31 que los "Bienw Municipales de Dominio Público son aquellos destinados al uso irrestricto de 12

comunidad, estos bienes comprenden, sin que esta descripción sea limitativa":

- a) Calles, avenidas, aceras, cordones de acera pasos a nivel, puentes, pasarela:, pasajes, caminos vecinales y comunales, túneles y demás vías de tránsito; b) plaza^. parques, bosques declarados públicos, áreas protegidas municipales y otras área. verdes y espacios destinados al esparcimiento colectivo y a la preservación del patrimonio cultural; d) Bienes declarados vacantes por autoridad competente, en favor del Gobierno Autónomo Municipal; e) Ríos hasta veinticinco (25) metros a cada lado del borde de máxima crecida, riachuelos, torrenteras y quebradas con sus lechos,

I aires y taludes hasta su coronamiento. Asimismo en su Articulo 32 dispone que son Bienes de Patrimonio lnstitucional de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal, todos los que no estén destinados a la administración Municipal y10 a la prestación d- un servicio público Municipal, ni sean bjenes de dominio público.

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CÁMARA DE DIPUTADOS ,,,,,,,-.,,,,,,..,, ,\..,..,.. LO17 - LO18

PLAZA tv ASAM RLEA

PLURINACION LA PAZ -

ASAMBLEA LEGISLATIVA I ' IURINACIONAL DE BOLIVIA CAMARA DE D I PUTADOS

c) Ley No 803, 9 de mayo de 2016 de modificaciones a la Ley No 247 de 5 de junio 2012, de Regularización del Derecho Propietario Sobre Bienes lnmuebles Urbanm Destinados a Vivienda.

En su Artículo 1, señala que la Ley tiene por objeto establecer modificaciones \(

ampliar los plazos para la aplicación de la Ley No 247 de 5 de junio de 2012, da Regularización del Derecho Propietario Sobre Bienes lnmuebles Urbanos Destinadc? a Vivienda. En su Artículo 2, Parágrafo II modifica los incisos b), f) y h) del Artículo 7 de la Ley No 247 de 5 de junio de 2012, de Regularización del Derecho Propietarl+-r Sobre Bienes lnmuebles Urbanos Destinados a Vivienda; inciso" h) Remitir a '7

Asamblea Legislativa Plurinacional para su aprobación, los Proyectos de Ley drl enajenación de bienes de dominio público a terceros y bienes inmuebles c'm

Patrimonio Institucional". En el Parágrafo V del mismo artículo modifica el numeral :' del Artículo 15 de la Ley No 247, con el siguiente texto: "Artículo 15 a efectos de 1 -

aplicación de la presente Ley:2) Las Entidades Territoriales Autónomas para realiz9.- las transferencias de bienes de dominio público y bienes inmuebles de patrimon;~ institucional, deberán contar con la aprobación de su Órgano Legislativo y de 19

Asamblea Legislativa Plurinacional, a efecto de cumplimiento de la presente Ley."

- En las Disposiciones finales; Artículo final 3" modifica los numerales 21 y 22 dnl Artículo 16 y los numerales 27 y 28 del Artículo 26, de'la Ley Nb 482 de 9 de enero c'c

l

2014, de Gobiernos Autónomos Municipales, modificada por la Ley No 733 de 14 c'" septiembre de 201 5, con el siguiente texto:

"Artículo 16 el Concejo Municipal tiene las siguientes atribuciones :21) Autorizrii- mediante Resolución Municipal emitida por dos tercios de votos del total de sc- miembros, la enajenación de bienes de dominio pública y bienes inmuebles d i Patrimonio lnstitucional del gobierno autónomo municipal, para que Ir Alcaldesa o el Alcalde prosiga con lo dispuesto en el numeral 13 del Parágrafo del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado. 22) Aprobar mediant~ Ley Municipal por dos tercios de votos, la enajenación de Bienes Municipalec: Patrimoniales y Bienes Muebles de Patrimonio Institucional, debiendo cumplir con lo dispuesto en la Ley del nivel central del Estado".

"Artículo 26 la Alcaldesa o el Alcalde Municipal, tiene .las siguiente? atribuciones: 27) Presentar al Concejo Municipal, el Proyecto de Ley Municipal de enajenación de Bienes Municipales Patrimoniales y Bienes Muebles d- Patrimonio Institucional.28) Presentar al Concejo Municipal, el Proyecto de Le;, Municipal de autorización de enajenación de Bienes de Dominio Público ~1

Bienes lnmuebles de Patrimonio Institucional; una vez promulgada, remitirl;, a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su aprobación."

d) Ley de Inscripción de Derechos Reales de 15 de noviembre de 1887

- Su Artícula 1, establece que ningún derecho real sobre inmuebles, surtirá efecto si no se hiciere público en la forma prescrita en esta ley, publicidad que se adquiere por medio de la inscripción del título de que procede el derecho, en el respectivo registro de los derechos reales.

e) Decreto Ley No 12760 Código Civil de fecha 6 de agosto de 1.975.

- El Artículo 1538, en sus Parágrafos 1, II y 111 señala que:"Ningún derecho real sobre inmuebles surte efectos contra terceros sino desde el momento en que se hace público según la forma prevista por este Código "La publicidad se

L 2 ..----. : ., .-- . . -:,-=>.:: .. - - - . -.--.--. m-. . &_____ - -

CÁMAKA D E - DI PUTADOS ~,,,.,,.,,,. \,,...~.,,\~..\\\.\. 2017 - 2018

PLAZAN i

ASAMIILFA L ' I IVA PLllRlNACION 1 OLIVIA

LAPAZ- I t l \

ASAMBLEA LEGISLATIVA 1 ' I .URINAClONAL DE B O L I V I A CAMARA DE D I P U T A D O S

INF-COM-PL-OTO 5

PL-00312017-20 1 ') adquiere mediante la inscripción del título que origina el derecho en el registro c ' 1 3

los derechos realesn-, "Los actos por los que se constituyen, trasmiten, modifican o limitan los derechos reales sobre bienes inmuebles, y en los cuales no se h u b i e ~ ~ ~ i llenado las formalidades de inscripción, surten sus efectos sólo entre las par t~s contratantes con arreglo a las leyes, sin perjudicar a terceros interesados".

f) Decreto Supremo No 27957 Reglamento, Modificación y Actualización a la Lpq.r de Inscripción de Derechos Reales de 24 de diciembre de 2004.

- En su Artículo 4, determina que "Con arreglo a lo dispuesto en los Arts. 1, 7, 8 y 9 :la la Ley de Inscripción de Derechos Reales y en concordancia con los art. 1538, 1540 \ 1

1541 del Código Civil, se inscribirán en los registros respectivos, no sólo los actos l!

contratos especificados en ellos, sino también todos aquellos relativos a derechci; cuya y publicidad convenga a los interesados, siempre que se cumplan los requisit?? legales".

- En su Artículo 17, establece que "El Folio Real con toda la información vigente c ' r l inmueble constituye certificación y10 lnforme de su estado jurídico actual y tot? conteniendo especificación sobre la descripción y características del inmueble, titul;+- del derecho, restricciones y gravámenes que pesan sobre el bien y cancelaciones clr- aquellos".

g) Decreto Supremo No 0181 de 28 de junio de 2009 Normas Básicas del Sistemr de Administración de Bienes y Servicios. -

- El Artículo 204, conceptualiza a la enajenación, como la transferencia definitiva del derecho propietario de un bien a otra persona natural o jurídica; el Artículo 205 señala que podrán enajenarse los bienes de uso de propiedad de la entidad pública La enajenación de bienes inmuebles de entidades públicas deberá sujetarse a Ic establecido en la Constitución Política del Estado; el Articulo 208 define que I,= enajenación a título gratuito es la cesión definitiva del derecho propietario de un bier sin recibir una contraprestación económica a cambio del mismo y su Artículo 21P dispone que la transferencia a título gratuito podrá darse solamente entre entidades públicas, consistiendo en el traspaso del derecho propietario de bienes, de una entidad a otra.

Documentación Adjunta:

- Exposición de motivos y Proyecto de Ley (Original en Secretaria General). - Resolución Municipal No. 1503181, de fecha 22 de septiembre de 1981, que resuelv~

en adjudica a vía de compensación y consolidación en favor de 26 afectados, emitidr por Municipalidad de La Paz. (Copia Legalizada).

- Resolución Municipal N0.482/89, de fecha 21 de julio de 1989, en complementación ;. la Resolución Municipal No 1503181 autoriza de girar las minutas de adjudicación en favor de 26 afectados, emitido por la Municipalidad de La Paz. (Copia Legalizada en Secretaria General).

- Resolución Municipal N0.154/95, de fecha 30 de mayo de 1995, que enmienda 12 Resolución Municipal N0.482/88, emitido por la Municipalidad de La Paz. (Copia Legalizada en Secretaria General).

- lnforme Legal INFORME D.G.A.J.-D.A.L. N0.59512016 de fecha 20 de diciembre de 2016, emitido por la Dirección de Asesoría Legal del Gobierno Autónomo Municipa' de La Paz (Copia Legalizada).

3 PLAZA h 1

AsAMIILEA I l l l IVA PLURINACION N )LIVIA

LA PA7 - I

ASAMBLEA LEGISLATIVA I ' I U R I N A C I O N A L D E H O L l V l A C A M A R A D E D I P U T A D O S

I N F-COM-PL-070 PL-00312017-20" 8

Oficio CITE. DESP. GAMLP No 109012017, de fecha 17 de agosto de 2017, emitic'o por el Alcalde Municipal de La Paz.(Original).

INFORME GAMLP-SAMP-UAT No 71712012 de fecha 22 de agosto de 2012, ccn referencia de Apaza Vda de Sanjines Clotilde presenta Documentación de Derecho Propietario y Resoluciones Municipales, emitido por la Unidad de Adrninistraci~>~ Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (Copia Legalizada).

- Oficio CITE: DESP. GAMLP No 142312017 de fecha 06 de noviembre de 2017, emitido por el Alcalde Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de La Pez (Original).

- Certificado de Registro Catastral con código Catastral actual 2 01 038 448 0030 0007 de fecha 10 de Marzo de 2016, emitido, emitido por el Departamento de Catastro dol Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (Copia Legalizada).

- Formulario Único de Registro Catastral emitido por el Departamento de Defensa c'? Propiedad Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz de fecha 26 c'? Enero de 2016 (Copia Legalizada).

- Mosaico Catastral de fecha 10 de Marzo de 2016, emitido por la Dirección de Administración Territorial y Catastral. (Copia Legalizada).

- Folio Real con Matrícula Computarizada No. 2.01.0.99.023353 VIGENTE, de fecha 12 de septiembre de 2017, emitido por las Oficinas de Derechos Reales de La Paz (Original).

- Formulario de Información Rápida de Derechos Reales, con Tramite 2583373 de fecha 27 de Noviembre del 2017. (Original).

La exposición de motivos refiere que en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Municipal NO0482189 de fecha 21 de julio de 1989, la entonces Honorable Alcaldía Municipsl de La Paz, dispone que en vía de complementación a la Resolución Municipal No 1503181 d? fecha 22 de septiembre de 1981, que por la entonces denominada Asesoría Jurídica de l? Alcaldía Municipal de La Paz, se proceda a girar las minutas de adjudicación a favor d~ los 26 (veintiséis) a afectados de dicha disposición señala, por haberse acreditado a ' entonces Tesoro General de la Nación por cuenta del entonces Ministerio de Urbanismo Vivienda, a favor de la Honorable Comuna Paceña la suma de Bs.70.214:OI (Setenta P

doscientos catorce 011100 Bolivianos) por concepto del valor total de los lotes adjudicado: cuyo derecho de propiedad municipal se encuentra inscrito en el registro de Derecho Reales bajo la Partida No 53, fojas 26 del libro lo "Bu de 1962; encontrándose entre lo beneficiarios a Manuel Apaza Mamani, del lote de terreno No 140 del manzano "S" con I superficie de 100,78m2.

Asimismo expone, conforme lo recomendado por el Informe D.G.A.J. - D.A.L. No 59512016 de fecha 20 de diciembre de 2016, la Dirección de Asesoría Legal dependiente de 1 ' Dirección General de Asuntos Jurídicos, señaló que corresponde remitir el Anteproyecto dl Ley para que sea puesto a conocimiento de la Asamblea Legislativa Plurinacional; con E

objeto de que se considere y se apruebe la enajenación a Título Oneroso a favor de Manue Apaza Mamani; del lote de terreno signado con el código catastral No. 038-0448-0030, COI una superficie de 132,65m2; ubicado en la calle Libertad, Avenida Naciones Unidas.

De la documentación adjunta al proyecto de ley se tiene la siguiente relación:

A

PLAZA h/ ASAMBLFA

P L U R l NAClON LA PA7 -

ASAMBLEA 1 EGISLATIVA Pl.URINACIONAL CAMAM DE DIPUTADOS

DE BOLIVIA

INF-COM-PL-O- U PL-003/2017-20' 8

- La Resolución Municipal N0.1503181, de fecha 22 de septiembre de 1981, emitido ~ 9 r la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, resuelve: "...Adjudicase en vía .-'e compensación y consolidación a los veintiséis expropietarios de la Autopista La Pa-r - El Alto, que se hallan asentados en terrenos de H. alcaldía Municipal, los mismos a'le son: ... Manuel Apaza Mamani ... Mza. S, No Lote 140, Superficie 100,78 ...".

La Resolución Municipal No 482189, de fecha 21 de julio de 1989, emitido por la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz resuelve: "...En la vía de complementaciór a la Resolución Municipal No. 1503181 de fecha 22 de Septiembre de 1981, se dispoi~e que por Asesoría Jurídica de la H. Alcaldía Municipal de La Paz, se proceda a gil.ir las minutas de adjudicación en favor de los 26 afectados que dicha disposici~)n señala, por haberse acreditado que el Tesoro General de la Nación por cuenta c'?l Ministerio de Urbanismo y Vivienda, ha cancelado a la H. Comuna paceña la suma (-'e Bs 70,214.01 (SETENTA MIL DOSCIENTOS CATORCE 011100 BOLIVIANOS) f3n concepto del valor total de los lotes adjudicados, cuyo derecho de propiednd municipal se encuentra inscrito en el Registro de Derechos Reales bajo la Partida P" 53, fojas 26 del Libro 1 o. "Bu de 1962; y sea de acuerdo al detalle siguiente:

NOMBRES MZNA. ,No. Lote Superficie ... ... ... ... Manuel Apaza Mamani S 140 100,78

- La Resolución Municipal No 154195, de fecha 30 de mayo de 1995, emitida por el Honorable concejo Municipal de La Paz, resuelve: "ARTICULO ÚNICO.- En la vía c'e complementación y enmienda a la Resolución Municipal No. 482188, en el cayo concreto de Manuel Apaza Mamani extiendan la minuta de adjudicación de un lote r'e terreno de 133,78 m2. ubicado en el manzano "S", lote 140, zona rincón "La Portad;.", en compensación a la expropiación dispuesta por la Resolución Municipal No 78/72. previo pago del valor por el excedente de 33 m2. al Tesoro Municipal".

- El Informe Jurídico D.G.A.J.-D.A.L. No 59512016 emitido por la Dirección de Asesor'a Legal del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, menciona, "...como manifestacic 1n de voluntad del municipio, el cual se evidencia mediante Resolución Municipa' NO1 503181 de fecha 22 de septiembre de 1981, Resolución Municipal No 0482189 c e fecha 21 de julio de 1989, y Resolución Municipal NO154195 de fecha 30 de mayo r e 1995. Por lo expuesto y bajo el principio de ultractividad, reconocido por la normati fa legal boliviana no siendo aplicable la emisión de Ley Municipal que autoriza 'a transferencia a título oneroso conforme a lo dispuesto por Ley No 803 de fecha 9 +e mayo de 2016 de modificaciones a la Ley No 247 de 5 de junio de 2012, r e Regularización del Derecho Propietario sobre Bienes lnmuebles Urbanos Destinados a Vivienda; más aún cuando las citadas: Resolución Municipal NO1 503181, Resoluci;\r Municipal No 0482189 y Resolución Municipal N0154195, no fueron abrogad~s, derogadas ni modificadas, encontrándose plenamente vigentes ... corresponde chr cumplimiento a lo establecido por el numeral 13) del artículo 158 de la Constitucirv Política del Estado; debiendo permitirse a la Asamblea Legislativa Plurinacional, s" Anteproyecto de Ley. para la transferencia a titulo oneroso el lote de terre,-o municipal signado con el cbdigo catastral N0038-0448-0030, con una superficie r'e 132,65m2; ubicado en la calle Libertad, Avenida Naciones Unidas Pasaje SIN de a zona de La Portada de la ciudad de La Paz, inmerso en la "Planimetría del Su+ Unidad Vecinal Manzanos "S1 a VI" (La Portada)" de esta ciudad; a favor de Manuel Apaza Mamani; registrado bajo la Matricula de Folio Real No 2.01.0.99.0023353..."

Iur, 1 I 1 1 0 A\AMRLF ' , I \ I ATIVA

PLIJRINACIO 1 ) L BOLIVIA LA I'A ) I I'JIA

ASAMBLEA LEGISLATI\//\ 1'1 U R I N A C I O N A L DE KOLlVlA C A M A M DI: D IPUTAI )OS

1NF-COM-PL-u í 0 ' PL-003/2017-20 1 S

Oficio CITE: DESP. GAMLP No 109012017 de fecha 17 de agosto de 2017 emitido por el Alcalde Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, señala lo siguient~: "...Aprobación de Transferencia de un bien de dominio público a favor de MANUE1- APAZA MAMANI, no se requiere de la emisión de Ley Municipal alguna conforme a los argumentos vertidos oportunamente en el lnforme DJUAL No 59512016 de fecha 20 de diciembre de 2016, emitido por la ahora Dirección General de Asuntos Jurídicos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, y sobre el cual no S?

encuentra discrepancia en la actualidad. De igual forma aclarar que está plenamenas vigente la Resolución Municipal No 1503181 de fecha 22 de septiembre de 1981, y 17

Resolución Municipal No 482189 de fecha 21 de julio de 1989, al no haber sich derogados ni abrogados.. .".

Mediante Oficio CITE: DESP. GAMLP No 142312017 de fecha 06 de noviembre ds 2017, emitido por el Alcalde Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de La Pa: el cual refiere: "...Si bien la Resolución Municipal No 154195 de fecha 30 de mayo d? 1995, la superficie no corresponde a la superficie individualizada a transferirse -7

favor de Manuel Apaza Mamani de acuerdo al Certificado Catastral No 038-044P- 0030 establece una superficie de 132,65m2, la divergencia obedece a aup actualmente se utiliza instrumentos de medición más avanzados que hacen variar la- mediciones y por ello no coincide; sin embargo, ese 1,13m2 de diferencia s~ encuentra dentro de los márgenes de tolerancia de mediciones y no será objeto d~ observación en Derechos Reales, por lo que se debe transferir al adjudicado 132,65m2, coincidiendo así la superficie de la Minuta de Transferencia con la d e l

Certificado Catastral.. . ".

Folio Real de fecha 12 de septiembre de 2017 y el Formulario de Información Rápid: de Derechos Reales de fecha 27 de noviembre de 2017 y emitido por las oficinas df Derechos Reales de la ciudad de La Paz, registra un lote de terreno con Matricul; Vigente No. 2.01.0.99.0023353, a nombre del Gobierno Autónomo Municipal de Lr7 Paz; establece que no existen gravámenes ni cancelaciones y registra la siguientt información:

UBICACIÓN: REGIÓN DE "COAHUYO" O "LA PORTADA. DESlGNAClON S/TIT Proximidades del Cementerio General SUPERFICIE: 480898.91 ~ e t r o s ~ . SUPERFICIE RESTANTE: 475681 .O5 ~etros* . COLINDANCIAS: no consigna. PROPIETARIOS VIGENTES: Gobierno Autónomo Municipal de La Pa

- El lnforme Jurídico D.G.A.J.-D.A.L. No 59512016 emitido por la Dirección de Asesoría Legal del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, menciona :uarto párrafo:

COLINDANCIAS: Al Norte con pasaje de servidumbre Al Sur con la Av. Kollasuyo. ' Al Este con Calle slnombre. Al Oeste con el Lote s/n.

10, Forn - El Certificado de Registro Catastral 2 01 038 0448 0030 00( nulario Único de Registro Catastral de fecha 10 de marzo de 2016, indica )que el terren I superficie registra 132,65 m2.

- El informe del Comité de Presupuesto Política Tributaria y Contraloría, INF - CPPTC- 01812017-2018 concluye que el Proyecto de Ley cuenta con la documentación suficiente y recomienda su aprobación con Modificaciones.

A S A M B L E A L F C I 5 I A T I V A 1 ' L U R I N A C I C ) N A L DE 00' " CAV I PUTADOS

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" "-COM-PL-070 '

0031201 7-201 8 En cor rd a la Constitución F del Estz su: Art 58, Parágrafo l. Numeral 13; Artículo 339, Parágrafo II; Ley No 482 de 9 de enero de 2014 de Gobiernos Autónomos Municipales en sus Artículos 30, 31 y 32; Ley No 803, 9 de mayo de 2016 de modificaciones a la Ley No 247 de 5 de junio de 2012; así como de la revisión de fa documentación presentada y la Resolución Municipal N0.1503/81, la Resolución Municip-il N0482/89, la Resolución Municipal N0154/95 del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. La Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas, considera que es viable la aprobación del proyecto de ley presentado por Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

Por lo expuesto an'teriormente, la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzaq, recomienda la APROBACIÓN CON MODIFICACIONES del Proyecto de Ley No. Pl- 0031201 7-201 8. salvo mejor opinión de los Di~utados Nacionales.

PROYECTO DE LE) . - . - 00312017-2018

,A ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACION

Artículo Único. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Articulo 158 d c la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título oneroso, de un lote de terreno con una superficie de 132,65 metros cuadrados (m2), fracción de un3 superficie restante de 475.681 ,O5 metros cuadrados (m2), de propiedad del Gobierno Autónomo. Municipal de La Paz, ubicado en la zona de La Portada del Municipio de La Paz, Provincia Murillo del Departamento de La Paz, registrado en las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de La Paz, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada No 2.01.0.99.0023353, cuyas colindancias son: al Norte, con pasaje de servidumbre; al Sur, con la Av. Kollasuyo; al Este, con Calle slnombre; y al Oeste, con el Lote s/n; a favor del señor Manuel Apaza Mamani, de conformidad a la Resolución Municipal N0.1503/81, de fecha 22 de septiembre de 1981, Resolución Municipal No 482189, de fecha 21 de julio de 1989 y Resolución Municipal No 154195, de fecha 30 de mayo de 1995, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

Es dac Sala de Sesioni

La Paz,

Asam bl ea Legislativa Plurinacic

I ' I A Z A M l l 1

SAMRLTA LI i \ I IVA X INACIONAI I 1 1:OLIVIA

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Dip. Lindaura Lourdes Millares Ríos Dip. Toribia Pomacusi chipana SECRETARIO DEL COMITÉ DE SECRETARIO DEL COMITÉ DE

PLANIFICACI~N E INVERSIÓN PÚBLICA PRESUPUESTO, POL~T~CA TRIBUTAYIA Y CONTRALOR~A

Dip. Orlando Egüez Algarañaz SECRETARIO DEL COMITÉ DE POL~TICA

FINANCIERA, MONETARIA Y DE SEGUROS T E C N O ~ G ~ A

Dip. &i&Mel< YOCAL

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Dip. Alvaro Rodrigo Guzmán Collao VOCAL

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