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UNIVERSIDAD DE La adquisición es la forma más frecuente de obtener bienes de propiedad planta y equipo.
En la compra local o en el exterior, así como en la construcción de activos fijos tangibles e intangibles suele generarse el IVA; este impuesto puede contabilizarse como crédito tributario siempre y cuando la empresa que está adquiriendo el activo fijo facture sus ventas de bienes de comercio o sus servicios con tarifa del 12%, en caso contrario, el IVA deberá incluirse en el costo del respectivo activo comprado o construido, como un valor del activo.
LEY DE REGIMEN TRIBUTARIO INTERNO
Art. 66.- Crédito tributario.-
1.-Los sujetos pasivos del impuesto al valor agregado IVA, que se dediquen a:
la producción o comercialización de bienes para el mercado interno gravados
con tarifa doce por ciento (12%), a la prestación de servicios gravados con
tarifa doce por ciento (12%), a la comercialización de paquetes de turismo
receptivo, facturados dentro o fuera del país, brindados a personas naturales
no residentes en el Ecuador, a la venta directa de bienes y servicios gravados
con tarifa cero por ciento de IVA a exportadores, o a la exportación de bienes y
servicios, tendrán derecho al crédito tributario por la totalidad del IVA, pagado
en las adquisiciones locales o importaciones de los bienes que pasen a formar
parte de su activo fijo; o de los bienes, de las materias primas o insumos y de
los servicios necesarios para la producción y comercialización de dichos bienes
y servicios;
2.- Los sujetos pasivos del IVA que se dediquen a la producción,
comercialización de bienes o a la prestación de servicios que en parte estén
gravados con tarifa cero por ciento (0%) y en parte con tarifa doce por ciento
(12%) tendrán derecho a un crédito tributario, cuyo uso se sujetará a las
siguientes disposiciones: a) Por la parte proporcional del IVA pagado en la
adquisición local o importación de bienes que pasen a formar parte del activo
fijo; b) Por la parte proporcional del IVA pagado en la adquisición de bienes, de
materias primas, insumos y por la utilización de servicios;
REGLAMENTO A LA LEY DE REGIMEN TRIBUTARIO INTERNO
Art. 157.- Casos en los que no hay derecho a crédito tributario.- No habrá
lugar a crédito tributario en los siguientes casos:
UNIVERSIDAD DE 1. En las importaciones o adquisiciones locales de bienes que pasan a formar
parte del activo fijo del adquirente o utilización de servicios, cuando éste
produce bienes o presta servicios exclusivamente gravados con tarifa 0%. El
IVA pagado, por el que no se tiene derecho a crédito tributario pasará a formar
parte del costo de tales bienes.
2. En la importación o adquisición local de bienes, materias primas, insumos o
servicios cuando el adquirente transfiera bienes o preste servicios gravados
exclusivamente con tarifa 0% por lo tanto el IVA pagado en estas adquisiciones
se cargará al respectivo gasto.
Art. 153.- Crédito tributario.- Para ejercer el derecho al crédito tributario por las
importaciones o adquisiciones locales de bienes, materias primas, insumos o
servicios, establecidos en la Ley de Régimen Tributario Interno y cumplidos los
demás requisitos establecidos en la misma ley, serán válidos exclusivamente
los documentos aduaneros de importación y demás comprobantes de venta
recibidos en las operaciones de importación con su respectivo comprobante de
pago del impuesto y aquellos comprobantes de venta expresamente
autorizados para el efecto por el Reglamento de Comprobantes de Venta y de
Retención, en los cuales conste por separado el valor del Impuesto al Valor
Agregado pagado y que se refieran a costos y gastos que de acuerdo con la
Ley de Régimen Tributario Interno son deducibles hasta por los límites
establecidos para el efecto en dicha ley. a) Darán derecho a crédito tributario
total: El IVA pagado en la adquisición local o importación de: bienes, materias
primas, insumos o servicios y bienes que pasen a formar parte del activo fijo,
cuando únicamente: 1. Se transfiera bienes o preste servicios, en su totalidad
gravados con tarifa doce por ciento. 2. Se empleen en la fabricación o
comercialización de bienes que se exporten. 3. Se efectúen transferencias
directas a exportadores gravadas con tarifa cero por ciento. 4. Se
comercialicen paquetes de turismo receptivo, facturados dentro o fuera del
país, brindados a personas naturales no residentes en el Ecuador.
b) Dará derecho a crédito tributario parcial: Cuando se transfieran bienes o se
presten servicios que en parte estén gravados con tarifa cero y en parte con
tarifa doce por ciento, para establecer la proporción del IVA pagado en la
adquisición local o importación de: bienes, materias primas, insumos o
servicios y bienes que pasen a formar parte del activo fijo, a ser utilizado como
UNIVERSIDAD DE crédito tributario, se deberá relacionar las transferencias: con tarifa doce por
ciento; exportaciones; directas a exportadores; paquetes de turismo receptivo,
facturados dentro o fuera del país, brindados a personas naturales no
residentes en el Ecuador; y las transferencias directas al exportador desde
regímenes especiales, respecto del total de ventas. Para establecer la
proporción, en el caso de contribuyentes que inician sus actividades
productivas deberá efectuarse la proyección de las transferencias con tarifa
doce por ciento; exportaciones; directas a exportadores; paquetes de turismo
receptivo, facturados dentro o fuera del país, brindados a personas naturales
no residentes en el Ecuador; y las transferencias directas al exportador desde
regímenes especiales, respecto del total de ventas. Cuando los sujetos pasivos
puedan diferenciar, inequívocamente, las adquisiciones de activos fijos
gravados con tarifa doce por ciento (12%) empleados exclusivamente en la
producción, comercialización de bienes o en la prestación de servicios
gravados con tarifa doce por ciento (12%); de las compras de activos fijos
gravados con tarifa doce por ciento (12%) pero empleados en la producción,
comercialización o prestación de servicios gravados con tarifa cero por ciento
(0%), podrán, para el primer caso, utilizar la totalidad del IVA pagado para la
determinación del impuesto a pagar. En caso de no poder diferenciar, aplicará
el factor de proporcionalidad. El Servicio de Rentas Internas podrá verificar, en
cualquier momento, la proporción utilizada. El Impuesto al Valor Agregado
pagado en las adquisiciones de bienes y servicios en etapas de preproducción,
constituye crédito tributario si las actividades que generan los ingresos futuros
corresponden a la señaladas en el literal a) de este artículo. }
COSTOS DE ADQUISICION Y/O CONSTRUCCION
4. Los activos fijos se valorizan, en principio, al costo, de adquisición o construcción de los respectivos bienes. Dicho costo debe actualizarse posteriormente para reflejar los efectos de la inflación (corrección monetaria), según se señala en los Boletines Técnicos Nos 3 y 13.
5. Los valores a que se registren los activos fijos deben incluir todos los costos que se relacionan directamente con su adquisición o construcción, incluso aquellos necesarios para que los bienes queden en condiciones de ser utilizados por el Comprador. Por consiguiente, el costo de los activos fijos debe incluir partidas tales como costo de diseño, cargos por transporte, costos de instalación; valores necesarios para alzar los gravámenes existentes, costos iniciales de reconstrucción, los honorarios legales y de
UNIVERSIDAD DE otra naturaleza que se devenguen, y los costos de financiamiento tratados en el Boletín Técnico Nº 31. Los descuentos obtenidos en la adquisición de un bien deben rebajarse del costo del mismo.
Debe aclararse que cuando se compren inmuebles como terrenos y edificios no
se aplica el IVA ya que, con la transferencia de inmuebles no se genera este
impuesto, tampoco se retiene el impuesto a la Renta, ya que las utilidades
obtenidas en la venta de inmuebles están exentan.
6. En el caso de bienes inmuebles, la contabilidad deberá registrar separadamente el valor asignado al terreno y a las construcciones, de haberlas, utilizando un método apropiado en las circunstancias. Si las construcciones existentes en los inmuebles comprados han de ser demolidas con el objeto de dejar el bien en condiciones de uso para el comprador, deben asignarse al valor del terreno el costo total de dichos inmuebles, más los costos de demolición, deduciendo los valores que se obtengan de la venta de los materiales de demolición.
2.2.1.1 Dentro del país:
“Constituyen el comercio interior los cambios que dentro del territorio nacional
hacen entre sí los habitantes del mismo” 16
Consiste en comprar y vender los bienes y servicios que buscan satisfacer
una necesidad interna, es decir en nuestro territorio ecuatoriano.
Ejercicio1.
El primero de enero la empresa “ Moda S.A.”, dedicada a la producción textil,
compra una maquinaria a la empresa “ELECTROMAX S.A.” la factura esta
por un valor de $ 20000no incluye IVA, como se paga en efectivo se otorga
descuento del 5% sobre el costo, esta maquinaria se usara para la
Fabricación de pantalones, el perito especializado determino que debe ser
desmantelado al final de su vida útil el costo de esto será $5000 con una tasa de
interés del 10% y la vida útil del bien es de 10 años, por último se paga a obreros
$2000 y materiales de construcción $1000 por adecuaciones para que esté de
acuerdo a las necesidades dela empresa “Moda S.A”.se paga a un profesional
para que de un curso intensivo de uso de maquinaria por un costo de $200
UNIVERSIDAD DE
Una vez determinado como partida de activo se procede al cálculo,
DESCRIPCION CALCULO VALOR DEL
ACTIVO
EXCLUYE
Pago a los obreros
Material comprado y
2000 2000
usado en adecuación 1000 1000IVA Material 120 120
Curso instructivo 200 200IVA servicio 24 24TOTAL VALOR ACTIVO 24294.69 3424
Su registro contable seria:
DESCRIPCION DEBE HABER
− X -
MAQUINARIA Y EQUIPO
IVA PAGADO
RETENCION IR 1%
RETENCION IR 10%
RETENCION IVA
100% BANCOS
24294.69
2424.00
200.00
20.00
24.00
26474.69
2.2.1.2 En el exterior:
“Constituyen el comercio exterior los cambios que los habitantes de una
nación hacen con los de otras naciones.” 17
=2094.692094.69
5000Valor presente:
(1 + 0.0909)10
Tasa de descuento: i/(1+i)=
0.10/(1+0.10)= 0.0909
Valor deldesmantelamiento
228019000*(IVA)12%= 2280Impuesto al ValorAgregado
10001900020000 – (descuento 5%)
1000= 19000Valor
de la factura
UNIVERSIDAD DE Consiste en comprar y vender los bienes y servicios que buscan satisfacer
una necesidad externa, es decir fuera de nuestro territorio ecuatoriano.
El CIF es la base para el cálculo de los tributos. Éste se lo obtiene sumando el
valor de la mercancía soportada en la factura, adicionando el valor del flete más
el costo del seguro.
2. Luego de obtener el cálculo del CIF, sobre éste se determinan todos los impuestos a
pagar.
EJEMPLO: Si usted trae algo que cuesta US$ 100 y pesa 2kg, deberá
hacer el siguiente cálculo:
PRECIO FOB US$ 100,00FLETE (US$ 1,50 x 2 kg) US$ 3,00SEGURO(2% del FOB + FLETE = US$ 103)
US$ 2,06
TOTAL CIF US$ 105,06
EJEMPLO
3. Los tributos aplicables a pagar serán calculados de la siguiente manera:
EJEMPLO: Si usted trae algo que cuesta US$ 100 y pesa 2kg, deberá
hacer el siguiente cálculo:
AD-VALOREM (Arancel cobrado a las mercancías)(Impuesto administrado por la Aduana del Ecuador = 20% del CIF)
US$ 21,01 (20% de US$105,06)
FODINFA (Fondo de Desarrollo para la Infancia)(Impuesto que administra el INFA = 0,5% del CIF)
US$ 0,52 (0,5% de US$105,06)
I.C.E. (Impuesto a Consumos Especiales)*(Administrado por el SRI • Cuando aplique)
US$ 0,00 No aplica en este ejemplo
SALVAGUARDIA (Recargo Ad-Valorem)** (Impuesto administrado por la Aduana del Ecuador • 35% del CIF)
US$ 36,77 (35% de US$105,06)
Subtotal para cálculo de I.V.A.(CIF + ADV + FODINFA + ICE + RECARGO = $163,36)
I.V.A. (Impuesto al Valor Agregado) (Administrado por el SRI = 12% del Subtotal I.V.A.)
US$ 19,60 (12% de US$163,36)
TOTAL IMPUESTOS US$ 77,90
UNIVERSIDAD DE
** Arancel adicional temporal, por medida de Salvaguardias adoptadas por el
Gobierno Nacional. Resolución Nº. 468 del Consejo de Comercio Exterior e
Inversiones, COMEXI.
Ejercicio 2.
La empresa “Parador Turístico Cía. Ltda.”, importa desde Guatemala un
tobogán por un valor de $4130, paga por Flete $452.51, y de Seguro $30,
paga los respectivos impuestos de importación, costos de ubicación del bien
17http://www.eumed.net/libros/2006a/ah-circ/1e.htm
UNIVERSIDAD DE
son: Mano de Obra $100, materiales usados y comprados a “Comercial
Orellana S.A.” $500, depreciación de maquinaria propia usada durante un
mes para poner al bien en la ubicación necesaria es de $200.
Alquiler de las herramientas necesariaspor un mes de utilización es de $200
a una persona natural no obligada a llevar contabilidad.
Ejecución:
En primer lugar se analiza si cumple con las condiciones de Propiedad,
Planta y Equipo o Activo Fijo:
1) ¿Es un recurso controlado por la empresa, resultado de sucesos
pasados del que se espera obtener beneficios económicos futuros?
SI
2) ¿Es tangible, se espera que dure por más de un periodo y que sea
utilizado en la producción de bienes y servicios, para
arrendamiento o para sede administrativa?SI
Una vez determinado como partida de activo se procede al cálculo,
DESCRIPCION CALCULO VALOR DEL EXCLUYE ACTIVO
Valor de la factura 4130.00 4130.00
Flete 452.51 452.51
Seguro 30 30
AD/VALOREM (Valor de la factura + flete +Seguro)
4612.51*30%1383.75
UNIVERSIDAD DE
FODINFA(Valor de la factura + flete + Seguro)
4612.51*0.5%
23.06
Impuesto al Valor(Valor de la factura
+ flete + Seguro +722.32
Agregado AD/valore + FODINFA) 6019.33*12%
Mano de obra 100 100
Materiales 500 500IVA materiales 60 60
Depreciación maquinaria propia
200 200
Alquiler de herramientas 200 200IVA servicio alquiler 24 24
TOTAL VALOR ACTIVO 7019.32 806.32
Su registro contable mientras se efectúe la importación del tobogán:
DESCRIPCION AUXILIAR DEBE HABER
− X -ACTIVOS FIJOS PROCESO DE IMPORTACION
6019.32PAGO DEL BIEN 4130.00FLETE 452.51SEGUROS 30.00AD/VALOREM 1383.75FODINFA 23.06IVA pagado
BANCOS722.32
6741.64
Registro contable en el momento que se recibe el tobogán en la empresa
UNIVERSIDAD DE
DESCRIPCION DEBE HABER
− X -
TOBOGÁN 6019.32
ACTIVOS FIJOS 6019.32
PROCESO DE
IMPORTACION
Registro contable de desembolsos necesarios para la ubicación del tobogán.
DESCRIPCION DEBE HABER
− X -
TOBOGÁN 1000
IVA PAGADO 94
RETENCION IR 1% 5
RETENCION IR 2% 4
RETENCION IVA 70% 42
BANCOS 1043
Si el activo es construido por la misma empresa el costo será el material y
mano de obra usada más los gastos razonables de fabricación, honorarios del
diseñador, permiso de construcción, etc.
F
7. Cuando se construyen propiedades, el costo debe incluir los honorarios de los arquitectos, los costos de excavación, los pagos a contratistas de construcción, los materiales y la mano de obra directos, los permisos y los seguros de construcción. Los costos extraordinarios incurridos durante
2.2.4 Activos fijos construidos
“Existen casos en que la empresa fabrica sus propios activos fijos
depreciables; en este caso, el costo del activo será igual a la sumatoria de
los costos directos e indirectos, incluyendo el valor de los intereses, en caso
UNIVERSIDAD DE
de construcciones con financiamiento.” 24
Ejemplo 10.
23 ZAPATA SÁNCHEZ, Pedro, Contabilidad General Séptima edición, Bogotá Colombia,‐ p.179
24ZAPATA SÁNCHEZ, Pedro, Contabilidad General Séptima edición, Bogotá Colombia, ‐ p.178
La empresa “REPRESENTACIONES GIRASOL S.A.” dedicada a servicios de
instalación técnicas, construye una máquina para regular la temperatura de
un cuarto de mando de servidor técnico. Utiliza lo siguiente
Materiales a “MEGAHIERRO S.A.” 18250
Mano de obra 6300
Costos generales
Dirección y fiscalización a “TECNICA S.A.” 1445
Supervisión técnica a Ing. técnico 500
Depreciación máquinas y herramientas 220
Alquiler trajes especiales a “Tarjes S.A.” 158
Mientras dura la construcción
DESCRIPCION AUXILIAR DEBE HABER− X -
CONSTRUCCIONES EN CURSO 26873.00MATERIALES 18250MANO DE OBRA 6300COSTOS GENERALES 2323IVA PAGADO 2442.36
RETENCION IR 1% 182.50RETENCION IR 10% 50.00RETENCION IR 2% 32.06RETENCION IVA 100% 60.00BANCOS 10926.30
UNIVERSIDAD DE En el momento que la maquinaria esta lista para el uso
DESCRIPCION DEBE HABER
Pago a los obreros
Material comprado y
2000 2000
usado en adecuación 1000 1000IVA Material 120 120
Curso instructivo 200 200IVA servicio 24 24TOTAL VALOR ACTIVO 24294.69 3424
Su registro contable seria:
DESCRIPCION DEBE HABER
− X -
MAQUINARIA Y EQUIPO
IVA PAGADO
RETENCION IR 1%
RETENCION IR 10%
RETENCION IVA
100% BANCOS
24294.69
2424.00
200.00
20.00
24.00
26474.69
http://www.sri.gob.ec/de/153http://www.captur.travel/web2011/informacion_juridica/documentos/tributario/informacionIVA.pdf
2.2.4.1 Donación de activos fijos“El valor monetario con el que se dan de alta los activos fijos recibidos en
donación generalmente es aquel que consta en el informe de peritos-
valuadores, que son profesionales expertos en la tasación de activos en
cualquier estado físico de uso; para tal efecto utilizan su experiencia,
26873.00
26873.00−X -
PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO MAQUINARIA Y EQUIPO
CONSTRUCCIONES EN CURSO
UNIVERSIDAD DE
investigación de campo y criterios internacionales generalmente aceptados.”23
Ejemplo 9.
La Empresa “GOTITAS S.A.” recibe en donación un paquete de cinco computadoras
portátiles de marca HP, El perito avalador emite su informe con respecto al estado
físico en el que se encuentran las computadoras, la vida útil restante y los costos en
relación a las condiciones en las que se están las maquinas, en dicho informe revela
que el costo actual de las portátiles es de $ 2500 basándose en el informe, el registro
será:
DESCRIPCION DEBE HABER
RECONOCIMIENTO Y REGISTRO DE INTANGIBLES
Un activo podrá ser reconocido como un intangible y manejado según las disposiciones de la NIC 38, si además de
cumplir con la definición de activo intangible, es probable que genere beneficios económicos futuros y que su costo
pueda ser medido con fiabilidad.
Sin embargo, debe tenerse en cuenta, además, que en los casos en que el activo intangible se genere internamente no se
pueden reconocer como tal, las erogaciones surgidas en la fase de investigación, sino solamente las de la fase de
desarrollo.
Veamos un ejemplo:En el 2014 la empresa “Belleza.S.A.S” incurrió en los gastos que se detallan a continuación, en materia prima y mano
de obra para inventar una crema rejuvenecedora.
Descripción Valor
Etapa de experimentación. $ 1.000.000
Prueba piloto y evaluación de reacción.
$ 3.000.000
Desarrollo de prototipo de producción.
$ 2.300.000
2500
2500−X
EQUIPOS DE COMPUTACION PATRIMONIODONACION RECIBIDAS EN
UNIVERSIDAD DE Registro de patente. $ 1.500.000
Publicidad. $ 2.000.000
Fase de producción comercial inicial.
$ 5.000.000
Del primer lote producido, la mitad logró venderse antes de finalizar el período sobre el que se informa, es decir antes
de diciembre 31 del 2014. En este contexto para determinar si un desembolso debe ser capitalizable como activo
intangible o no, se debe clasificar la actividad de generación interna del activo intangible, en las fases de investigación
y desarrollo, de la siguiente forma:
Actividad Fase Descripción Valor
Etapa de experimentación
InvestigaciónReconocido como gastos
$ 1.000.000
Prueba piloto y evaluación de reacción
InvestigaciónReconocido como gastos
$ 3.000.000
Desarrollo de prototipo de producción
DesarrolloCapitalizado como activo
$ 2.300.000
Registro de patente DesarrolloCapitalizado como activo
$ 1.500.000
Publicidad ComercializaciónReconocido como gastos
$ 2.000.000
Fase de producción comercial inicial
ComercializaciónCosto de producto vendido (50%)
$ 2.500.000
Bajo el panorama planteado, teniendo en cuenta las disposiciones de la NIC 38, sobre activos intangibles generados
internamente, se podrán reconocer como tal, solo los desembolsos relacionados con la fase de desarrollo, es decir:
Actividad Valor
Desarrollo de prototipo de producción
$ 2.300.000
Registro de patente $ 1.500.000
Total $ 3.800.000
UNIVERSIDAD DE
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