articulo n4 pericia judicial social forense (1)

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EN LA BÚSQUEDA DE UN MARCO CONCEPTUAL Y OPERATIVO DE LA PERICIA SOCIAL FORENSE: EXPERIENCIA CHILENA 1  Paola Rojas Marín - Iván Cisternas Villacura 2  Resumen El presente artículo aborda la experiencia del Trabajo Social en el ámbito Jurídico en un contexto de transformación y cambio, donde la disciplina  junto con revisar y redefinir algunas de sus prácticas en esta área, ha debido revisar su posición frente al tema y definir de qué manera la disciplina aportará y responderá a los requerimientos nuevos del sistema judicial, en tanto procesos de alta complejidad y en términos de exigencias académicas y de formación temática. En este sentido, este artículo pretende abrir el tema e invitar a la reflexión y análisis del quehacer del Trabajo Social en contexto de transformación, principalmente, con miras hacia el descubrimiento de nuevos espacios de desarrollo y estudio, y la creación de propuestas y estrategias propias del Trabajo Social. 1  Síntesis de Ponencia presentada en el XIX Seminario Latinoamericano de Escuelas de Trabajo Social. El Trabajo Social en la coyuntura latinoamericana: desafíos para su formación, articulación y acción profesional Guayaquil   Ecuador (5, 6, 7,8 de Octubre de 2009) 2   Asistentes Sociales. Licenciados en Trabajo Social, Magíster © en Trabajo Social, Peritos Judiciales en el ámbito Penal y de Familias. Mediadores Familiares, Docentes Escuelas de Trabajo Social de la Universidad Católica Silva Henríquez, Universidad Alberto Hurtado, Universidad Academia de Humanismo Cristiano y Universidad Técnica Metropolitana UTEM.

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  • 5/28/2018 Articulo n4 Pericia Judicial Social Forense (1)

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    EN LA BSQUEDA DE UN MARCO CONCEPTUAL Y

    OPERATIVO DE LA PERICIA SOCIAL FORENSE:

    EXPERIENCIA CHILENA

    1

    Paola Rojas Marn - Ivn Cisternas Villacura2

    Resumen

    El presente artculo aborda la experiencia del Trabajo Social en el mbito

    Jurdico en un contexto de transformacin y cambio, donde la disciplina

    junto con revisar y redefinir algunas de sus prcticas en esta rea, ha

    debido revisar su posicin frente al tema y definir de qu manera la

    disciplina aportar y responder a los requerimientos nuevos del

    sistema judicial, en tanto procesos de alta complejidad y en trminos de

    exigencias acadmicas y de formacin temtica. En este sentido, este

    artculo pretende abrir el tema e invitar a la reflexin y anlisis del

    quehacer del Trabajo Social en contexto de transformacin,

    principalmente, con miras hacia el descubrimiento de nuevos espacios

    de desarrollo y estudio, y la creacin de propuestas y estrategias

    propias del Trabajo Social.

    1

    Sntesis de Ponencia presentada en el XIX Seminario Latinoamericano de Escuelas de TrabajoSocial. El Trabajo Social en la coyuntura latinoamericana: desafos para su formacin, articulaciny accin profesional Guayaquil Ecuador (5, 6, 7,8 de Octubre de 2009)

    2Asistentes Sociales. Licenciados en Trabajo Social, Magster en Trabajo Social, Peritos

    Judiciales en el mbito Penal y de Familias. Mediadores Familiares, Docentes Escuelas deTrabajo Social de la Universidad Catlica Silva Henrquez, Universidad Alberto Hurtado,Universidad Academia de Humanismo Cristiano y Universidad Tcnica Metropolitana UTEM.

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    A partir de lo anteriormente sealado, es posible decir que el aporte del

    Trabajador/a Social cobra gran relevancia como un/a experto/a que es

    requerido/a para entregar su particular comprensin de la realidad

    social; especialmente, cuando stos son hechos judicializados cuya

    resolucin no slo se centra en la aplicacin del Derecho, sino que

    necesita nutrirse de otras miradas. Ello en el marco de la investigacin

    judicial, tanto en el mbito de la justicia Penal, como en los procesos de

    Familia a partir del ao 2000.

    Desde esa fecha (ao 2000), surge en Chile un gran proceso de cambio

    en el mbito jurdico, que se configura en reformulaciones de los textos

    legales para la justicia Penal y familiar. Es as como en el ao 2000, se

    inicia el proceso de Reforma Procesal Penal bajo la Ley 19.696 del 12 de

    Octubre del ao 2000 (Chile, 2000); y la Creacin de los Nuevos

    tribunales de Familia, con la Ley 19.968 del 30 de Agosto del ao 2004

    (Chile, 2004).

    Con dicha reforma se establecen nuevas formas para llevar a cabo los

    procedimientos, instalndose la investigacin judicial donde son

    requeridos los saberes y conocimientos prcticos de diversos expertos,

    dentro de los cuales figura el Trabajador Social y su contribucin a la

    generacin de pruebas procesales.

    Palabras clave

    Investigacin Social / Diagnstico Especfico / Trabajo Social Pericial /

    Trabajo Social Forense / Reforma Judicial

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    Antecedentes

    El presente artculo tiene por finalidad exponer sobre el proceso de

    modernizacin del sistema judicial chileno, en el mbito de Familias yPenal, y de cmo el Trabajo Social, se ha visto enfrentado al desafo de

    integrarse a esta nueva lgica de administracin de justicia, con

    demandas especficas a sus profesionales, reconocidos expertos en

    materia social.

    Se pretende motivar la discusin, y compartir estrategias que se han

    practicado desde el ao 2004, como un proceso en plena construccin,

    que requiere reflexin crtica, anlisis y estudio terico que le de

    contenido y mayor relevancia disciplinar. Asimismo, se procura

    compartir las dificultades que los trabajadores sociales deben enfrentar

    cuando son requeridos por las autoridades judiciales, como del mismo

    modo, se aborda la necesidad de herramientas aplicadas al trabajo

    forense, que le permitan entregar un trabajo con validez y confiabilidad

    para el mundo jurdico.

    La necesidad de formacin del perito social forense3

    La prctica del Peritaje en Chile el rol y funcin de la prueba pericial en

    el sistema de justicia ha generado escasa o ninguna preocupacin

    acadmica, siendo un tema del cual prcticamente no existe informacin

    salvo los anlisis generales que es posible encontrar en las obras sobre

    la reforma procesal chilena. (Duce, 2009).

    3Extracto documento acadmico La necesidad de formacin del perito social forense, Revista Electrnica

    del Colegio de Asistentes Sociales A. G. de Chile:www.trabajadoressociales.cl

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    Sin embargo, existe una necesidad creciente de los profesionales, que a

    travs de sus diversas prcticas, han sido requeridos como parte de la

    prueba pericial, de adquirir conocimientos, destrezas y habilidades en el

    quehacer especfico del perito judicial, crendose para ello instancias

    formativas especiales al alero de asociaciones gremiales e instituciones

    de capacitacin del rea privada4 que de alguna u otra manera han

    cubierto la necesidad de especializacin.

    Es en este contexto que la formacin de los trabajadores sociales en el

    campo de la pericia forense se hace cada vez ms urgente, puesto que

    debemos incidir en las pruebas y conceptos legales, familiarizndonos

    con la literatura relevante y en el asesoramiento ante los tribunales.

    La formacin del perito social debe ser en tres niveles: nivel acadmico,

    nivel de destrezas intelectuales y nivel profesional. As, un perito ante

    una actuacin en derecho penal necesita adquirir acadmicamente

    conocimientos de criminologa, de procedimientos en derecho penal y de

    familia, como tambin respecto al funcionamiento de los tribunales de

    justicia. Intelectualmente es necesario que desarrolle la capacidad para

    pensar y analizar crticamente, de manera rpida, y con clara capacidad

    para responder preguntas con un lenguaje claro, y bajo circunstancias

    que no estn siempre libres de ansiedad. Profesionalmente se necesita

    la suficiente perspicacia y experiencia para hacer observaciones, elicitar

    respuestas, y presentar y defender conclusiones (Taylor 1977).

    4Colegio Mdico, Colegio de Psiclogos , Colegio de Asistentes Sociales, entre otros (P.Rojas, I.Cisternas,.

    2008)

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    Concretizar esta preparacin en el desarrollo de cursos especficos de

    formacin que incluiran aspectos y conceptos legales, y

    procedimentales del sistema de justicia penal, derecho y familia,

    victimologa, abuso sexual, adiccin al alcohol y drogas, entre otras

    temticas (Fenster. et. al 1975).

    En el procedimiento penal moderno, en el que la aclaracin cientfica de

    cuestiones que no son jurdicas juega un papel cada vez ms

    importante, el perito ha alcanzado con frecuencia, una posicin

    dominante en la prctica (Roxin, 2006) Idea que se hace cada vez ms

    relevante, toda vez, que ha sido reformado el sistema jurdico actual en

    Chile.

    La meta de la formacin del Perito sera la adquisicin de conocimiento

    legal y experiencia forense, proporcionando a los profesionales y/o

    estudiantes una serie de experiencias forenses que llevar a un general

    entendimiento del sistema legal y a los diversos roles que los

    Trabajadores Sociales pueden jugar en este nuevo sistema de

    administracin de justicia.5

    5Rojas, P. Cisternas, I. Propuesta de Capacitacin en Pericia Social, Colegio de Asistentes Sociales, 2008.

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    La figura del perito en el nuevo sistema judicial penal

    chileno(Cdigo de Procedimiento Penal)

    Art. 314. Del C.P.P. Procedencia del Informe de PeritosEl Ministerio Pblico y los dems Intervinientes podrn presentar

    informes elaborados por peritos de su confianzay solicitar que stos

    fueren citados a declarar al juicio oral, acompaando los comprobantes

    que acreditaren la idoneidad profesional del perito (certificado de ttulo,

    currculo actualizado).

    Proceder el informe de peritos en los casos determinados por la ley y

    siempre que para apreciar algn hecho o circunstancia relevante para la

    causa fueren necesarios o convenientes conocimientos especiales de una

    ciencia, arte u oficio.

    Los informes debern emitirse con imparcialidad,atenindose a los

    principios de la ciencia o reglas del arte u oficio que profesare el perito.

    Art. 315 del C.P.P. Contenido del informe de Peritos.

    Sin perjuicio del deber de los peritos de concurrir a declarar ante el

    tribunal acerca de su informe, ste deber entregarse por escrito y

    contener:

    La descripcin de la persona o cosa que fuere objeto de l, del

    estado y modo en que se hallare.

    La relacin circunstanciada de todas las operaciones practicadas y su

    resultado, y

    Las conclusiones que, en vista de tales datos, formularen los peritos

    conforme a los principios de su ciencia o reglas de su arte u oficio.

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    Art. 316.- Admisibilidad del informe y remuneracin de los

    peritos.

    El tribunal admitir los informes y citar a los peritos cuando, adems

    de los requisitos generales para la admisibilidad de las solicitudes de

    prueba, considerare que los peritos y sus informes otorgan suficientes

    garantas de seriedad y profesionalismo. Con todo, el tribunal podr

    limitar el nmero de informes o de peritos, cuando unos u otros

    resultaren excesivos o pudieren entorpecer la realizacin del juicio.

    Art. 317.- Incapacidad para ser perito.

    No podrn desempear las funciones de peritos las personas a quienesla ley reconociere la facultad de abstenerse de prestar declaracin

    testimonial.

    Art. 319.- Declaracin de los Peritos.

    La declaracin de los peritos en la audiencia del juicio oral se regir por

    las normas previstas en el artculo 329 y, supletoriamente, por las

    establecidas para los testigos. Si el perito se negare a prestar

    declaracin, se le aplicar lo dispuesto para los testigos en el Artculo

    299 inciso segundo.

    Art. 320.- Instrucciones necesarias para el trabajo de los

    peritos.

    Durante la etapa de investigacin o en la audiencia de preparacin del

    juicio oral, los intervinientes podrn solicitar del juez de garanta que

    dicte las instrucciones necesarias para que sus peritos puedan acceder a

    examinar los objetos, documentos o lugares a que se refiriere su pericia

    o para cualquier otro fin pertinente.

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    El juez de garanta acceder a la solicitud, a menos que, presentada

    durante la etapa de investigacin, considerare necesario postergarla

    para proteger el xito de sta.

    Art. 321.- Auxiliares del Ministerio Pblico como peritos.

    El Ministerio Pblico podr presentar como peritos a los miembros de los

    organismos tcnicos que le prestaren auxilio en su funcin

    investigadora, ya sea que pertenecieren a la polica, al propio Ministerio

    Pblico o a otros organismos estatales especializados en tales funciones.

    La figura del perito en la ley n 19.968: Ley de Tribunales de

    Familia

    Artculo 45.- Procedencia de la prueba pericial

    Las partes podrn recabar informes elaborados por peritos de su

    confianza y solicitar que stos sean citados a declarar a la audiencia de

    juicio, acompaando los antecedentes que acreditaren la idoneidad

    profesional del perito. Proceder la prueba pericial en los casos

    determinados por la ley y siempre que, para apreciar algn hecho ocircunstancia relevante para la causa, fueren necesarios o convenientes

    conocimientos especiales de una ciencia, arte u oficio.

    Los informes debern emitirse con objetividad, atenindose a los

    principios de la ciencia o a las reglas del arte u oficio que profesare el

    perito.

    Artculo 46: Contenido del informe de peritos

    Sin perjuicio del deber de los peritos de concurrir a declarar ante el juez

    acerca de su informe, ste deber entregarse por escrito, con la

    finalidad de ponerlo en conocimiento de la parte contraria.

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    Tratndose de la prueba pericial decretada por el juez, de conformidad

    con lo dispuesto en el inciso final del artculo anterior, el informe deber

    entregarse con, a lo menos, tres das de anticipacin a la audiencia de

    juicio.

    Dicho informe escrito deber contener:

    La descripcin de la persona, hecho o cosa que fuere objeto de l,

    del estado y modo en que se hallare.

    La relacin circunstanciada de todos los procedimientos practicados y

    su resultado, y

    Las conclusiones que, en vista de tales datos, formularen los peritosconforme a los principios de su ciencia o reglas de su arte u oficio.

    Artculo 49.- Declaracin de Peritos.

    La declaracin de los peritos en la audiencia se regir por las normas

    establecidas para los testigos. Si el perito se negare a prestar

    declaracin, se le aplicar lo dispuesto para los testigos en el artculo34. (Se proceder a apercibirlo con arresto por falta de comparecencia.

    Adems, podr imponrsele el pago de las costas provocadas por su

    inasistencia) Excepcionalmente, el juez podr, con acuerdo de las

    partes, eximir al perito de la obligacin de concurrir a prestar

    declaracin, admitiendo en dicho caso el informe pericial como prueba.

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    Proceso Pericial Social

    Principales requerimientos que el sistema penal hace a los peritos

    trabajadores sociales:

    Para contrastar peritajes de la contraparte.

    Para solicitar revisin de medidas cautelares y salidas alternativas.

    Para los efectos de solicitar beneficios alternativos al cumplimiento

    efectivo de la pena.

    Los elementos relevantes, estn ntimamente relacionados con los

    objetivos del peritaje. As, por ejemplo si lo que se quiere acreditar es

    que el imputado es una persona apta para beneficios alternativos a la

    condena de privacin de libertad, importar cul es su entorno social,

    que redes sociales tiene, etctera.

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    Propuesta metodolgica de trabajo social y su

    integracin a la investigacin forense del perito social

    Las disciplinas asociadas a las ciencias sociales, en su afn de

    desarrollar la tarea de Investigacin han adoptado la metodologa de la

    investigacin cientfica6 entendida como:Conjunto de Estrategias y

    Actividades que se aplican en la elaboracin de teoras, en la

    formulacin y prueba de los principios generales que vinculan variables

    y en la explicacin y prediccin de aquellos fenmenos a los cuales estos

    principios y teoras se refieren (Pastn, 1988). En este sentido, el

    Trabajo Social como disciplina, tambin se nutre de las ciencias sociales,

    utilizando dicha metodologa, la adapta e integra a la prctica social, con

    el objeto de generar un marco estratgico para una aproximacin y

    conocimiento de la realidad-problema, que para estos efectos, es un

    conflicto judicial o un delito.

    La disciplina de Trabajo Social es variada y compleja, en tanto aborda a

    los sujetos en su Situacin Total, con miras a otorgar un aporte

    constructivo para el tratamiento de sus problemticas y necesidades, y

    apoyar tcnicamente el restablecimiento de su autonoma y

    autodeterminacin, como ejes fundamentales para la autocomposicin

    de su proyecto de vida. Ya sea que la o el Trabajador Social se ubique

    en el Nivel de Atencin Directa o Atencin Indirecta, su prctica

    profesional se ve enfrentada, en forma permanente, a la tarea

    diagnstica, entendida como Conocer a travs o Conocer por medio

    de y llegar a una definicin de la situacin actual (Genissans, 1988);

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    o como :Constructo sistemtico, ordenado y racional que posibilita el

    anlisis de la realidad desde un enfoque mltiple y globalizador,

    permitiendo la contrastacin, verificacin y evaluacin de la prctica

    profesional (fortunecity)7 Intervencin que busca un anlisis fidedigno,

    completo, y que refleje aspectos puntuales de la realidad de quienes se

    encuentran comprometidos en una problemtica puntual. Desde esta

    Perspectiva permite:

    Sistematizacin de las variables que comprenden el complejo

    interaccional del sujeto, en sus diferentes niveles de insercin y

    desarrollo social.

    Conocimiento, anlisis y comprensin de los elementos que cruzan el

    desarrollo del sujeto, sus vivencias personales, condiciones de ajuste

    posible para la realizacin de cambios.

    Dar cuenta de necesidades que no son estticas, cambian, se

    modifican, conforme a las interacciones del sujeto en su medio o

    contexto y cmo ste a su vez influye en l.

    Dimensiones del Diagnstico (Aylwin, N., & Jimenez, M. 1982).

    Diagnstico General: Conjunto de informacin terico-emprica de la

    unidad de trabajo que la caracteriza individualmente y relacionarla

    con el contexto en que se inserta. Precisar Problemticas centrales y

    adyacentes, jerarquizarlos e identificar recursos.

    Diagnstico Especfico: estudio en profundidad de las problemticas y

    sus variables previamente detectadas o definidas.

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    Diagnstico Especfico y su relacin con el Trabajo Social

    Forense

    Tal como se ha planteado anteriormente, la propuesta metodolgica

    para llevar a cabo la investigacin pericial social, obedece a la necesidad

    de responder a las nuevas exigencias provenientes de un sistema

    judicial reformado en Chile a partir del ao 2004, donde se suprimen

    algunos actores y nacen otros, dentro de los cuales aparece la figura del

    o la perito judicial social. Como participante activo tanto en los

    conflictos de familias y vulneracin de derechos en la infancia y

    adolescencia; como para aportar en el esclarecimiento de hechos

    constitutivos de delito, pertinentes a la justicia penal.

    Es en este escenario, que es posible realizar un levantamiento desde los

    propios elementos tericos-metodolgicos del Trabajo Social, sumados a

    las caractersticas de la nueva lgica de hacer justicia en Chile, y las

    exigencias que este sistema hace a la disciplina. Como resultante deello, es que se configura este perfil general, en pleno proceso de

    revisin y construccin, con otros profesionales del rea y las

    autoridades judiciales que requieren de este elemento tcnico como

    medio de prueba.

    Por lo anterior se tiene que:

    La labor pericial en Trabajo Social se relaciona directamente con el

    diagnstico, y la investigacin social.

    El Trabajo Social en la actividad pericial debe ser un conocedor de la

    metodologa de investigacin, asociada al conocimiento y

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    actualizacin de enfoques tericos aportados principalmente por las

    Ciencias Sociales.

    El Trabajo Social dedicado a la labor pericial debe ser capaz dedesarrollar un diseo de investigacin en la lnea del estudio de caso,

    con marcos referenciales consistentes que le den validez.

    La investigacin pericial debe tener como resultado un anlisis y

    relacin de variables que permitan a la autoridad comprender desde

    una ptica de la cual no es experto, el cmo se entiende la ocurrencia

    de los hechos.

    Estructura general de un proceso de investigacin pericial

    La particularidad de la propuesta, es que si bien se enmarca en la

    metodologa general utilizada por el Trabajo Social, estos elementos son

    tomados e integrados de manera especfica y singular para cada caso

    investigado. Es decir, el delito, la vulneracin de derechos o el conflicto

    familiar, y quienes se han visto involucrados en dichos eventos. Lo que

    requiere de una comprensin profesional, adems de la teora del caso

    manejada por jueces, fiscales, defensores, abogados; que permitan

    delimitar posibilidades de respuestas tcnicas por parte de la o el perito

    social. Segn lo anterior los lineamientos bsicos son:

    Definicin de un diseo de investigacin: Enfoque, modelos, hiptesis,

    variables, tcnicas, instrumentos: elementos alineados con la teora

    del caso judicial, que requiere adems claridad del punto pericial o

    punto de prueba.

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    Definicin de las unidades de anlisis: individuo periciado, individuos

    y redes; testigos del evento investigado, fuentes materiales, fuentes

    documentales.

    Recoleccin de informacin en funcin del punto pericial, eje central

    del diseo, y de los indicadores construidos por el perito, desde la o

    las perspectivas tericas y temticas consideradas adecuadas para la

    investigacin.

    Contrastacin de la informacin recogida y anlisis de las variables,

    como accin para lograr hallazgos conducentes y pertinentes a la

    respuesta del punto de prueba, como asimismo, contrastacin de la

    hiptesis pericial del diseo que gua el proceso de investigacin.

    Sntesis, conclusiones, sistematizacin en documento: Informe

    Pericial, a fin de generar la prueba pericial social solicitada, que

    pasar a formar parte de la prueba global de la parte que solicita la

    investigacin.

    Preparacin de defensa tcnica del proceso e Informe Pericial Social,

    fase del proceso pericial, fundamental, pues no slo se trata de dar

    cuenta del contenido literal del informe, sino que adems, exponer

    alcances relativos a la investigacin como proceso, a la opinin

    profesional con el correspondiente manejo terico.

    La evaluacin pericial: alcances y consideraciones

    De acuerdo a la experiencia recogida en Chile, y de los resultados en

    cuatro aos de desarrollo del peritaje social forense, se obtiene que ste

    permita:

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    Otorgar a las autoridades judiciales un marco comprensivo

    globalizante, integrado, con una mirada multidimensional del o los

    individuos involucrados en el litigio, desde la perspectiva de una

    dinmica relacional, lo menos fragmentada posible.

    Permite, en muchos casos, articular diversos medios de prueba, que

    en su naturaleza se centran en la focalizacin del individuo: vctima o

    victimario, testigos y otros. Donde el peritaje social forense permite

    vincularlos y relacionarlos entre s.

    El peritaje social forense ha favorecido dar validez y confiabilidad a

    otros medios de prueba, cuando estos en forma nica no alcanzan

    resultados concluyentes, por caractersticas de las dinmicas

    relacionales de los involucrados.

    Este medio de prueba, entrega un marco que pone en dinmica y

    relacin los hechos y eventos investigados por diferentes

    profesionales, dndole un sentido ms comprensivo de ellos.

    Ha sido un medio de prueba importante para graduar y conmutar

    penas, como asimismo revisin de medidas de cautela determinadas

    durante el perodo de investigacin.

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