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1 Excmo. Ayuntamiento de Soria MAAG/mrm Sesión ordinaria número 11 En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día veintidós de marzo de dos mil trece, se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros: ASISTENTES: Alcalde-Presidente: D. Carlos Martínez Mínguez. 1º Tte. Alcalde: D. Luis A. Rey de las Heras. 2º Tte. Alcalde: Dª Rosa Romero Amaya. Concejal: D. Javier Antón Cacho. Concejal: Dª Rita Isabel López Lobera. Concejal: D. Mª Teresa Valdenebro Mateo Concejal: D. Jesús Juan Bárez Iglesias. Concejal: Dª. Lourdes Andrés Corredor. Interventor: D. José Luis López Navarro. Secretario General: _______ D. Mariano A. Aranda Gracia. 1.- APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 15 DE MARZO DE 2013. Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 15 de marzo de 2013. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el Acta es aprobada por unanimidad. 2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS. 2.1.- Se da cuenta de la Sentencia nº 99/2013 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Soria de fecha dieciocho de marzo de dos mil trece, dictada en el procedimiento ordinario nº 155/2012, interpuesto por D. Abilio Fernández Vicente frente a resolución de cuatro de abril de 2012 resolutoria de recurso de reposición interpuesto contra acuerdo de junta de gobierno local de 2 de marzo de 2012 denegatoria de licencia municipal de obra, cuyo contenido es el siguiente:

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Excmo. Ayuntamiento de Soria

MAAG/mrm

Sesión ordinaria número 11

En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes,

siendo las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día veintidós de marzo de dos mil trece, se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros:

ASISTENTES:

Alcalde-Presidente: D. Carlos Martínez Mínguez. 1º Tte. Alcalde: D. Luis A. Rey de las Heras. 2º Tte. Alcalde: Dª Rosa Romero Amaya. Concejal: D. Javier Antón Cacho. Concejal: Dª Rita Isabel López Lobera. Concejal: D. Mª Teresa Valdenebro Mateo Concejal: D. Jesús Juan Bárez Iglesias. Concejal: Dª. Lourdes Andrés Corredor. Interventor: D. José Luis López Navarro. Secretario General: _______ D. Mariano A. Aranda Gracia. 1.- APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 15 DE MARZO DE 2013.

Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 15 de marzo de 2013. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el Acta es aprobada por unanimidad. 2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS. 2.1.- Se da cuenta de la Sentencia nº 99/2013 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Soria de fecha dieciocho de marzo de dos mil trece, dictada en el procedimiento ordinario nº 155/2012, interpuesto por D. Abilio Fernández Vicente frente a resolución de cuatro de abril de 2012 resolutoria de recurso de reposición interpuesto contra acuerdo de junta de gobierno local de 2 de marzo de 2012 denegatoria de licencia municipal de obra, cuyo contenido es el siguiente:

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“Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Muro, he de anular y anulo la Resolución de cuatro de abril de 2012 resolutoria de recurso de reposición interpuesto contra acuerdo de Junta de Gobierno Local de 2 de marzo de 2012 denegatoria de licencia municipal de obra, declarando que el proyecto presentado por el acto cumple con las determinaciones urbanística de aplicación procediendo la concesión de la licencia solicitada. Se condena en costas a la parte demandada. Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de QUINCE DÍAS.”

La Junta de Gobierno Local propone a la Alcaldía la interposición de recurso de apelación, designando como Letrada en defensa de los intereses municipales a Dª. Olga Benito Serrano y procurador a D. César Gutiérrez Moliner. 3.- APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN, CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS MISMAS DE LA 1ª FASE DE LAS OBRAS Y EXPLOTACIÓN DEL BAR “CASA DEL GUARDA” CORRESPONDIENTE A LAS OBRAS DE DEMOLICIÓN EN EL BAR “CASA DEL GUARDA” DE LA ALAMEDA DE CERVANTES DE LA CIUDAD DE SORIA, PROMOVIDO POR SIMALACLA, 975 S.L.

Visto el Proyecto de Ejecución de la 1ª Fase de las obras y explotación del bar “Casa del Guarda” correspondiente a las obras de demolición en el Bar “Casa del Guarda” de la Alameda de Cervantes de la ciudad de Soria, promovido por Simalacla, 975 S.L., suscrito por el Técnico D. Felipe Ceña Jodra.

El expediente ha sido informado favorablemente por la Arquitecto Municipal, así como por la Técnico de Administración General en fecha en fecha 21 de marzo de 2.013.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

1º.- Aprobar el proyecto de ejecución de la 1ª Fase de las obras y explotación del bar “Casa del Guarda” correspondiente a las obras de demolición en el Bar “Casa del Guarda” de la Alameda de Cervantes de la ciudad de Soria, promovido por Simalacla, 975 S.L., suscrito por el Técnico D. Felipe Ceña Jodra, conceder la

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licencia de obras y autorizar el inicio de las mismas, debiendo cumplir con las siguientes prescripciones:

• Los trabajos de demolición consisten en:

o Demolición del anexo situado en su fachada oeste o Apertura de huecos en las fachadas norte, este y sur o Demolición de escaleras o Retirada banco de fábrica adosado a las fachadas

norte, este y sur. o Demolición de escaleras de acceso desde el Paseo de

San Andrés. o Demolición muro de configuración de ajardinamiento

situado junto a las escaleras al Paseo de San Andrés. o Levantamiento y retirada de solera en todo el porche

y el interior del edificio. • Se realizará vallado perimetral de la zona de trabajo

mediante malla de acero y pies de hormigón sobre os que se colocará malla textil tupida en color verde.

• Deberá de aportarse la Dirección Facultativa antes del inicio de las obras.

• De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL, deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes reglas:

� En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.

� El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y sin riesgo para la seguridad vial o para terceros.

2ª.- Los plazos para la ejecución de las obras contempladas

en proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia, serán los establecidos en la plica conforme a la cual se adjudicó el contrato. 4.- APROBACIÓN DE PROYECTO Y CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS PARA LA MODIFICACIÓN DE USO Y DIMENSIONES DE LOCALES Y VIVIENDA EN C/ CARO Nº 5.

Vista la solicitud de modificación de uso y dimensiones de locales y vivienda en C/ Caro, nº 5 de Soria, promovida por D. Enrique García Garcés y proyecto suscrito por el Técnico D.

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Francisco Javier Ceña Jodra.

El expediente ha sido informado favorablemente por los Servicios Técnicos Municipales en fecha 28 de febrero, así como por la Técnico de Administración General en fecha 18 de marzo de 2013.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

Aprobar el proyecto y conceder la licencia de modificación de

uso y dimensiones de locales y vivienda en C/ Caro, nº 5 de Soria promovida por D. Enrique García Garcés y proyecto suscrito por el Técnico D. Francisco Javier Ceña Jodra.

5.- RESOLUCIÓN DE EXPEDIENTE SANCIONADOR POR REALIZAR OBRAS PARA ENSANCHAR NAVE EN EL POLÍGONO 40, PARCELA 41 DEL BARRIO DE PEDRAJAS DE SORIA SIN LICENCIA MUNICIPAL. El Sr. Concejal de Vivienda y Urbanismo D. Luis Rey de las Heras, en Resolución de 1 de agosto de 2.012, acordó la incoación de Procedimiento Sancionador contra …, por realizar obras para ensanchar nave de cerdos en una anchura de 3 metros y unos 40 metros de largo con postes de hierro y suelo de placas de hormigón en el Polígono 40, parcela 41 del Barrio de Pedrajas de Soria sin licencia municipal. Con fecha 7 de septiembre de 2012 se formuló pliego de cargos contra el arriba mencionado, concediéndole un plazo de diez días para contestar a los hechos expuestos en el pliego, aportando las alegaciones y documentos que estime conveniente en defensa de su derecho. Con fecha 25 de septiembre de 2012 se presentaron alegaciones por el interesado reconociendo los hechos y manifestando que se había procedido a realizar las obras para dar cumplimiento a una ley intracomunitaria. Resultando probada la comisión de la infracción según se desprende de los datos obrantes en el departamento de urbanismo y de las propias manifestaciones realizadas por el interesado, concediéndose la preceptiva licencia municipal por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 15 de febrero de 2013. Concedido al interesado un plazo de 10 días para contestar a

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los hechos expuestos aportando las alegaciones y documentos que estimara convenientes en defensa de su derecho.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda: La imposición de una sanción de 1.000 € a …., por realizar obras para ensanchar nave de cerdos en una anchura de 3 metros y unos 40 metros de largo con postes de hierro y suelo de placas de hormigón en el Polígono 40, parcela 41 del Barrio de Pedrajas de Soria sin licencia municipal, conforme a lo establecido en los artículos 115.1.c) y 117.1.c) de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, en la redacción dada por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo. 6.- APROBACIÓN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DEL PLIEGO DE CONDICIONES FACULTATIVAS QUE HAN DE REGIR LA ENAJENACIÓN DEL APROVECHAMIENTO DE CAZA DEL MONTE “ROBLEDILLO Y DEHESA DE TOLEDILLO” DE LA PERTENENCIA DEL AYUNTAMIENTO DE SORIA.

Examinado el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares

y el Pliego de Condiciones Facultativas elaborado por el Servicio de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, que han de regir de enajenación del aprovechamiento de caza en el Monte “Robledillo y Dehesa de Toldillo”, de la pertenencia del Ayuntamiento de Soria, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

1º.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares

y el Pliego de Condiciones Facultativas elaborado por el Servicio de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León.

2º.- Fijar el precio de tasación en la cantidad de 598 €/año,

IVA 21% del importe de adjudicación, valor índice 1.196€/anuales. 3º.-Declarar el procedimiento de adjudicación negociado sin

publicidad. 4º.-Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta

la formalización del oportuno contrato.

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7.- APROBACIÓN DEl PLIEGO CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DEL SERVICIO EN RÉGIMEN DE ALQUILER DE OCHO CONTENEDORES DE OBRA, PARA LAS FIESTAS DE SAN JUAN.

Examinados los Pliegos de Cláusulas Administrativas

Particulares y de Prescripciones Técnicas que han de regir el contrato del servicio en régimen de alquiler de ocho contenedores de obra para las Fiestas de San Juan, a instalar en el Monte Valonsadero durante los diferentes festejos a celebrar de las citadas Fiestas, así como los necesarios para cualquier otra actividad que se requiera por parte del Excmo. Ayuntamiento de Soria.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de

conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

1º.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares

y el de Prescripciones Técnicas a los que habrá de ajustarse la prestación del servicio objeto del presente contrato.

2º.- El precio del presente contrato asciende a la cuantía de

8.800 €. El precio cierto anterior queda desglosado en un valor estimado de 7.272,72 euros y en el Impuesto sobre el Valor Añadido de 1.527,27 euros (1818,18 €/anuales y 381.81 €/anuales de IVA) este precio lleva incluido no sólo el IVA, sino también la recogida y el transporte al punto de reciclaje.

3º.-Declarar el procedimiento de adjudicación negociado sin

publicad. 4º.-Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta

la formalización del oportuno contrato.

8.- REQUERIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LAS FIESTAS DE SAN JUAN Y SAN SATURIO DE LA CIUDAD DE SORIA.

Visto que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 1 de febrero del actual se aprobaron tanto el expediente como el Pliego de Cláusulas Administrativas para la adjudicación del contrato de prestación del servicio de aseguramiento de las Fiestas de San Juan y San Saturio mediante procedimiento abierto.

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Visto igualmente el dictamen emitido por la Mesa de Contratación el día 14 de marzo de 2013, así como el informe emitido por el Secretario de la Comisión de Desarrollo y Participación Ciudadana de fecha 19 de marzo del actual, y examinada la documentación que la acompaña, de acuerdo con la misma y de conformidad y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO. Admitir la única proposición presentada por la empresa Seguros Alonso & Alonso S.L., según oferta de OCASO S.A. DE SEGUROS.

SEGUNDO. Notificar y requerir a Dñª. Esther Alonso Lapeña, en representación de la empresa Seguros Alonso & Alonso S.L., según oferta de OCASO S.A. DE SEGUROS, para que presente, en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el presente requerimiento, la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 53.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

9.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ADORNO FLORAL CON MOTIVO DE LAS FIESTAS DE SAN JUAN DE LA CIUDAD DE SORIA.

En el expediente tramitado para la adjudicación, mediante

procedimiento negociado sin publicidad, del contrato de suministro de adorno floral con motivo de las Fiestas de San Juan de la ciudad de Soria, D. Jesús Esteban Muñoz Romera, actuando en nombre de floristería MATRES, ha acreditado hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y ha constituido la garantía definitiva exigida por el Pliego de condiciones económico-administrativas.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público la

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Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar el contrato de suministro de adorno floral con motivo de las Fiestas de San Juan de la ciudad de Soria, a favor de D. Jesús Esteban Muñoz Romera, actuando en nombre de floristería MATRES, en el precio de 690,08 euros más 144,92 euros de IVA.

Segundo.- Que por parte de la Alcaldía se proceda a la firma del contrato administrativo. 10.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE 12 BASTONES ANUALES PARA LOS JURADOS DE CUADRILLA DE LAS FIESTAS DE SAN JUAN Y UNO MÁS ANUAL PARA LA FESTIVIDAD DE SANTA ÁGUEDA. En el expediente tramitado para la adjudicación, mediante procedimiento negociado sin publicidad del contrato de suministro de doce bastones anuales para los jurados de cuadrilla de las Fiestas de San Juan y uno más anual para la Festividad de Santa Águeda, D. José Luis Pérez García, en representación de la empresa MONJOY, S.L. UNIPERSONAL ha acreditado hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y ha constituido la garantía definitiva exigida por el Pliego de condiciones económico-administrativas.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Adjudicar el contrato de suministro de doce bastones anuales para los jurados de cuadrilla de las Fiestas de San Juan y uno más anual para la Festividad de Santa Águeda a favor de D. José Luis Pérez García, en representación de la empresa MONJOY, S.L. UNIPERSONAL, en el precio de 5.157,00 euros y 1.083,00 euros de IVA.

Segundo.- Que por parte de la Alcaldía se proceda a la firma del contrato administrativo.

11.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA ENAJENACIÓN DE APROVECHAMIENTOS DE CAZA EN LOS MONTES DEL CATÁLOGO DE UTILIDAD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE SORIA Y PERTENECIENTES AL AYUNTAMIENTO DE SORIA: Nº

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151, DENOMINADO “DEHESA Y MONTE DE OTERUELOS”, Nº 153, DENOMINADO “MONTE Y DEHESA DE PEDRAJAS”, Nº 154, DENOMINADO “ROBLEDILLO Y DEHESA DE TOLEDILLO”, Y Nº 255, DENOMINADO “TASUGUERAS”. En el expediente tramitado para la adjudicación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, de los aprovechamientos de caza en los montes del catálogo de utilidad pública de la provincia de Soria pertenecientes al Ayuntamiento de Soria números 151, denominado “Dehesa y Monte de Oteruelos”; nº 153, denominado “Monte y Dehesa de Pedrajas”; nº 154, denominado “Robledillo y Dehesa de Toledillo”; y nº 255, denominado “Tasugueras”, D. Arturo de Onís Sanz, en nombre propio, y a D. Martín Gómez García, en representación de la ASOCIACIÓN DE CAZADORES DE OTERUELOS, han acreditado hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y ha constituido la garantía definitiva exigida por el Pliego de condiciones económico-administrativas.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Inadmitir la proposición económica presentada por D. Mariano Arranz Martínez, actuando en nombre propio, ofertando al aprovechamiento de caza del monte nº 154, “Robledillo y Dehesa de Toledillo”, al haber ofertado la cantidad de 560 €/año más IVA, precio inferior al de base de licitación.

Segundo.- Adjudicar el contrato para la enajenación de los aprovechamientos de caza en los montes del catálogo de utilidad pública de la provincia de Soria y pertenecientes al Ayuntamiento de Soria: nº 151, denominado “Dehesa y Monte de Oteruelos”, nº 153, denominado “Monte y Dehesa de Pedrajas”, nº 154, denominado “Robledillo y Dehesa de Toledillo”, y nº 255, denominado “Tasugueras” a favor de:

- D. Arturo de Onís Sanz, actuando en nombre propio, ofertando al aprovechamiento de caza del monte nº 153, “Dehesa y Monte de Pedrajas”, en el precio de 2.830 €/año más IVA.

- D. Arturo de Onís Sanz, actuando en nombre propio, ofertando al aprovechamiento de caza del monte nº 255, “Tasugueras”, en el precio de 670 €/año más IVA.

- D. Martín Gómez García, en representación de la ASOCIACIÓN DE CAZADORES DE OTERUELOS, ofertando al aprovechamiento de caza del

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monte nº 151, “Dehesa y Monte de Oteruelos”, en el precio de 1.095 €/año más IVA.

Tercero.- Que por parte de la Alcaldía se proceda a la firma

de los contratos administrativos. 12.- APROBACIÓN DEL LISTADO PROVISIONAL DE MENORES QUE HAN SOLICITADO PARTICIPAR EN EL PROGRAMA “ESPACIO ABIERTO” VACACIONES SEMANA SANTA 2013. Visto el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Acción Social Cooperación e Igualdad de fecha diecinueve de febrero de 2013.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda: La aprobación de la lista de admitidos al Programa ESPACIO ABIERTO de vacaciones de Semana Santa, de acuerdo a la siguiente relación:

LISTADO PROVISIONAL DE MENORES QUE HAN SOLICITADO PARTICIPAR EN EL PROGRAMA “ESPACIO ABIERTO”.

VACACIONES SEMANA SANTA 2013. 1.- AROA PALOMAR TEJEDOR 2004 2.- JOSHEL ROMEO CRUZ BOADA 2005 3.- ESTEFANO ALEXANDRO CRUZ 2002 4.- ASIER GONZALEZ BRETÓN 2006 5.- ROCIO GARCÍA VALERO 2004 6.- LUCÍA ROMERO MOLINA 2003 7.- MARCOS EL KHARMOUCHI GARCÍA 2004 8.- DANIEL BRYAN LUCA ALVARADO 2006 9.- RODRIGO LOZANO MUÑOZ 2006 10. DIEGO GARCÍA TEJÓN 2005 11. RODRIGO GARCÍA TEJÓN 2006 12. MARCOS GÓMEZ GÓMEZ 2005 13. LEYRE DEL RÍO DEL CASTILLO 2006 14. DANIEL IRUELA GARCÍA 2002 15. SILVIA IRUELA GARCÍA 2006 16. AINOA ORTEGA FERNÁNDEZ 2005 17. YARA VALÉN RAMOS 2005 18. DIEGO SIMÓN ALMERIA 2005 19. ÁLVARO AYLLÓN LLORENTE 2004 20. MARIO ALONSO RUIZ 2003 21. EVA ALONSO RUIZ 2006 22. YOEL SANZ NATIVIDAD 2006 23. ADRIÁN VIÑARAS JIMÉNEZ 2006 24. LARA ÁLVAREZ ALMAZÁN 2003

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25. IVAN DOS ANJOS RODRÍGUEZ 2003 26. SOULEYMANE TRAORE CORSEI 2005 27. ÁLVARO BARNUEVO HERNÁNDEZ 2003

• La distribución por edades es la siguiente:

o 2 nacidos en 2002: 10/11 años o 5 nacidos en 2003: 9/10 años o 4 nacidos en 2004: 8/9 años o 7 nacidos en 2005: 7/8 años o 9 nacidos en 2006: 6/7 años

13.- APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACION A SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA Y CRUZ ROJA ESPAÑOLA EN SORIA, EN EL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA Visto el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Acción Social Cooperación e Igualdad de fecha diecinueve de febrero de 2013.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

La aprobación del convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Soria y Cruz Roja Española en Soria, en el Área de Servicios Sociales, para la prestación del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria, habilitando a la Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el siguiente: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA Y CRUZ ROJA ESPAÑOLA EN SORIA EN EL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA En Soria, a …………………. de 2013 REUNIDOS

De una parte, D. Carlos Martínez Mínguez, Alcalde-Presidente del Excmo.

Ayuntamiento de Soria. De otra, D Modesto Fernández Córdoba, Presidente del Comité Provincial

de Cruz Roja Española en Soria.

El primero, en nombre y representación en que concurre y con capacidad legal para celebrar estos actos en virtud de las competencias que le atribuye la Ley 7/1.985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

El segundo, en nombre en que concurre y con capacidad legal para el acto

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en representación del Comité Provincial de Cruz Roja en Soria, por nombramiento de 15 de Junio de 2011. EXPONEN 1.- Que el Excmo. Ayuntamiento de Soria tiene competencias en el Área de Servicios Sociales, específicamente en lo que se refiere a la creación de servicios dirigidos a sectores y grupos concretos, tendentes a mantener al individuo en su entorno social, según los art. 9 y 11 de la Ley 18/88, de 28 de diciembre, de Acción Social y de Servicios Sociales de Castilla y León. Dentro de estos colectivos se hallan las personas mayores. 2.-Que el Excmo. Ayuntamiento de Soria tiene competencias en materia de servicios sociales en lo que se refiere a la prestación de Teleasistencia, según los art. 45 y 48 g 6ª de la Ley 16/2010 de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León. 3.- Que de acuerdo al art. 19, la Teleasistencia es una prestación esencial que tiene el carácter de derecho subjetivo cuando las condiciones de reconocimiento y disfrute, así como su contenido, se ajusten a los términos establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Tendrá asimismo la condición de esencial para las personas de más de ochenta años. 4.- Que Cruz Roja Española es una entidad de carácter nacional, integrada en el Movimiento Internacional de la Cruz Roja u Media Luna Roja, auxiliar de los poderes públicos, que tiene como fin primordial promover el bienestar de los colectivos más desfavorecidos, y cuenta en Soria con una Asamblea Provincial con capacidad y competencia para gestionar recursos dirigidos a diferentes grupos sociales vulnerables, y específicamente, para el colectivo de personas mayores, lleva a cabo el siguiente Programa:

Personas mayores- Programa de Teleasistencia. Consiste en un dispositivo de recursos humanos y materiales de última tecnología, ubicados tanto a nivel autonómico como a nivel provincial para la atención de personas mayores con problemas de autonomía, en su propio domicilio. Cruz Roja ha mantenido ininterrumpidamente Convenio en esta materia con el Excmo. Ayuntamiento desde el año 1995. Este Programa cuenta con el Certificado de Calidad de AENOR. 5.- Que, por las razones anteriormente expuestas, ambas entidades manifiestan su voluntad de suscribir el presente Convenio de colaboración para la Prestación de la Teleasistencia, según se especifica en el Anexo I. 6.- La realización de las actividades que se llevarán a cabo, como consecuencia del presente Convenio, se harán a través de Cruz Roja Española en Soria y de todos los centros e instalaciones dependientes de ella, adecuados a estos fines.

7.-Los beneficiarios de este programa serán vecinos del municipio de Soria, que cumplan los requisitos que se especifican en el Anexo I.

8.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria colaborará con la Cruz Roja Española en Soria en la financiación de las actividades anteriormente citadas, mediante la aportación de 19 € por mes y usuario. Esta cantidad se fija de acuerdo con lo que establece la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León en el “Acuerdo entre la Gerencia de Servicios Sociales de

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Castilla y León y las Entidades Locales de más de 20.000 habitantes sobre la cofinanciación de los servicios sociales que hayan de prestarse por las mismas”, según la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 16/2010 de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León. 9.- El pago por parte del Excmo. Ayuntamiento se realizará previa facturación mensual por la Oficina de Cruz Roja, en función del número de usuarios de alta en el servicio en cada periodo. 10.- El presente Convenio tendrá vigencia desde el 1 de Enero de 2.013, hasta el 31 de Diciembre de 2.013 11.- En lo no previsto en este Convenio, se aplicará lo dispuesto en la vigente legislación de contratación de las Corporaciones Locales. 12.- Ambas partes, de mutuo acuerdo, a la firma del presente Convenio, dejan sin efecto el suscrito en 2012. 13.- El anexo I queda unido al Convenio como parte integrante del mismo a todos los efectos, firmándose por las partes intervinientes en todas las páginas

ANEXO I PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA EN SORIA CAPITAL ESTIPULACIONES PRIMERA.- OBJETO DE LA PRESTACIÓN.

Constituye el objeto de este documento, regular la colaboración de las partes firmantes en la prestación del Servicio de Teleasistencia, gestionado conjuntamente por el Excmo. Ayuntamiento de Soria y la Cruz Roja Española en Soria, destinado a garantizar durante las veinticuatro horas del día un dispositivo de seguridad, fundamentado en las nuevas tecnologías de la comunicación, que permita a las personas con problemas de autonomía residir en su hogar. Cruz Roja atenderá dicho Servicio a través de su Central Autonómica de Teleasistencia, realizándose la atención directa al usuario desde su Oficina Provincial de Soria.

El Programa de Teleasistencia de Cruz Roja cuenta con el certificado de calidad de AENOR, según la norma internacional UNE_EN ISO 9001:2000, lo que garantiza que permite satisfacer las necesidades y expectativas de los usuarios optimizando los recursos, y la mejora continua del Servicio.

SEGUNDA.- DEFINICIÓN.

La Teleasistencia es un servicio que, a través de la línea telefónica y con un equipamiento de comunicaciones e informática específico, permite que las personas con problemas de autonomía, ante situaciones de emergencia en el domicilio y con solo pulsar un botón que deben llegar consigo, constantemente y sin molestias, puedan entrar en contacto verbal “manos libres”, las 24 horas del día y los 365 días del año, con una central atendida por personal específicamente preparado para dar respuesta adecuada a la crisis presentada.

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Este servicio puede mejorarse complementándolo con otros elementos de protección personal o doméstica que, conectados al sistema, transmiten a la central determinadas situaciones anómalas o peligrosas del usuario. Algunos de estos elementos son: alarma de intrusismo, incendio, fuga de gas, detectores para control pasivo de la movilidad del usuario, etc.

Cruz Roja Española incluye en sus proyectos de Teleasistencia Domiciliaria los elementos básicos del sistema y sus propios recursos institucionales, añadiendo además la posibilidad de instalar elementos complementarios a fin de asegurar la mejor atención y dar la máxima seguridad.

Este sistema posibilita: - La conexión permanente entre el usuario y la Central del sistema. - El apoyo inmediato a través de la línea telefónica. - La movilización de los recursos necesarios que existan en su zona. - El servicio de enlace entre el usuario y el entorno socio-familiar. - La actuación en el propio domicilio ante situaciones de emergencia.

TERCERA.- BENEFICIARIOS.

Aquellas personas que tengan reconocido el servicio de Teleasistencia en los términos establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Personas mayores de 80 años. Personas que se encuentren en situación de aislamiento social, que vivan o permanezcan gran parte del día solas, o convivan con otras personas en similar situación.

Dado que el manejo del sistema requiere una mínima capacidad de comprensión y discernimiento, están excluidos como usuarios del sistema las personas demenciadas y enfermas mentales así como sordos y mudos absolutos.

CUARTA.- NUMERO DE USUARIOS El número inicial de usuarios titulares de Teleasistencia, dependientes del Excmo. Ayuntamiento de Soria, a fecha 31 de diciembre de 2012 es de 450.

La modificación en el número de usuarios será fijada anualmente por la Corporación Local, con el fin de que Cruz Roja incluya dicha variación en su previsión anual de instalaciones, atención y mantenimiento.

QUINTA.- COMPROMISOS DE CRUZ ROJA ESPAÑOLA Cruz Roja Española cuenta con una central de Teleasistencia y es propietaria de los terminales telefónicos, que pone a disposición de los usuarios.

Serán actividades objeto de realización por parte de Cruz Roja, para la correcta atención del Servicio las siguientes:

1. Dotar e instalar en el domicilio de los usuarios que el Ayuntamiento determine, la unidad básica: terminal y medallón o pulsera.

2. Familiarizar a los usuarios con el uso de su equipo individual en el momento de la instalación.

3. Mantenimiento del sistema y sus instalaciones.

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4. Comprobación continua del funcionamiento del sistema, a través del chequeo automático (autotest) cada 15 días.

5. Reparación de averías urgentes, o sustitución de equipos averiados en 48 horas como máximo.

6. Respaldo entre Centrales de Teleasistencia que aseguran el servicio ininterrumpido en caso de averías.

7. Atención permanente de las urgencias (crisis, soledad, accidentes domésticos, caídas, etc.) 24 horas al día durante todos los días del año: apoyo inmediato y su correspondiente movilización de recursos sanitarios y sociales y aviso en caso de emergencia a familiares o personas de referencia del usuario.

8. En caso de las llamadas para solicitar información sobre recursos de su territorio, se facilitará el contacto o los recursos necesarios.

9. Seguimiento permanente y personalizado de los usuario/as desde la central, al menos con una llamada telefónica cada quince días, realizada por profesionales.

10. Visitas presenciales previo aviso por profesionales o voluntarios, al menos una visita mensual, salvo que se acuerde otra cosa con el usuario.

11. Apoyo psicológico y social. 12. Agendas especiales. Recordatorio de citas, toma de medicación,

realización de gestiones, etc. 13. Custodia de llaves. 14. Control de suspensión temporal con seguimientos puntuales para verificar

el estado del Usuario. 15. Realización de llamadas puntuales para facilitar información y consejos

relacionados con la prevención de riesgos en el domicilio. 16. Realizar encuestas anuales para conocer el grado de satisfacción con el

servicio, donde se pueden trasladar a su vez las sugerencias, quejas o propuestas de mejora.

17. Estar en disposición de ofertar, a quien lo desee, un paquete de servicios avanzados diferenciado de este básico, como por ejemplo: detector de caídas, gas, humos, amplificar sonidos, sensor de ocupación, sensor de apertura de electrodomésticos, participación en actividades complementarias, unidad móvil de atención presencial (solo en capital de provincia), etc.

18. Incorporación al programa de voluntariado dirigido a mayores a los usuarios del servicio.

19. Realizar la formación necesaria del personal profesional y voluntarios adscritos al programa, a fin de garantizar la eficacia de los servicios que han de prestar.

20. Transmitir a los responsables de los Servicios Sociales de la Zona de Acción Social en que resida el usuario, las incidencias y necesidades de éste, detectadas a través del sistema y que requieran de una intervención posterior a la realizada ante la situación imprevista y de emergencia atendida desde la Central.

21. El envío mensual, al Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Soria, de un listado individualizado de las actividades.

22. Facilitar datos estadísticos de evolución del servicio con carácter mensual.

Cruz Roja Española en Soria se compromete a realizar el servicio en las condiciones establecidas y a comunicar al Departamento de Servicios Sociales del Excmo. Ayuntamiento, cualquier incidencia, necesidad o variación de circunstancias que se detecten, bien a través de la atención de llamadas o en visitas por situaciones imprevistas y de emergencia.

Quedan excluidas todas aquellas actividades ajenas al ámbito de la

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Teleasistencia: es decir, cualquier demanda social del usuario de Teleasistencia sólo será atendida por el Excmo. Ayuntamiento. En caso de ser detectada por Cruz Roja, derivará dicha demanda al Ayuntamiento sin realizar intervención alguna.

SEXTA: RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES Para el cumplimiento de los compromisos citados, Cruz Roja cuenta con los siguientes recursos:

Recursos del Centro de Atención Autonómico:

A) Humanos

• 1Director Centro.

• 3 Coordinadoras de sala • 1 Responsable Informático. • 40 Operadores.

B) Materiales

• 2 Servidores de Bases de Datos que trabajan en Clúster (Alta Disponibilidad). Servidores PROLIANT de HP.

• 2 Servidores CTI que proveerán de comunicación al sistema. Servidores PROLIANT de HP.

• 4 Servidores para la gestión de aplicaciones. Servidores HP o COMPAQ

• Unidad grabadora seguridad base de datos. • 1 grabadora de voz. MYNAIVOCE CYBERTECH. • 1 grabadora de video. ICENTER 8CH. • Puestos de atención y gestión, enlazados mediante cable

estructurado CAT6 y electrónica de red CISCO. • 5 Pantallas de 40” para la presentación de información en tiempo

real del estado del Centro. • Respaldo continuado en Madrid, como sistema de emergencia tanto

de voz como de datos. • Líneas de teléfono para gestión. • 98 líneas de teléfono para atención. • 3 líneas digitales para datos (MACROLAN y ADSL), como servicio

principal y respaldos. • 4 S.A.I de alta capacidad. • 1 potente grupos electrógeno. • 1 línea de fax. • 4 líneas móviles. • 1 teléfono vía satélite.

Recursos provinciales

- Humanos

• 1 Trabajadora Social, responsable del programa. • 1 Trabajadora Social • 1 Técnico de instalaciones • Dispositivo de recursos humanos y materiales para dar respuesta a

las demandas que conlleven uso de llaves

- Materiales :

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• Servidor: Dell PowerEdge R210 II Windows 2003 Server Intel Xeon E31240 3,30 Ghz 4GB

• Ordenadores sobremesa: *Dell Vostro 200 Windows Vista Business, Intel Core 2 Duo 2,4 Ghz 2 GB *Dell Vostro 220S Windows 7 Pro,Intel Pentium III Xeon 4 GB *Dell Optiplex 380 Windows XP Pro Intel Pentium Core 2 Duo 3 Ghz 3

GB *Dell Optiplex 390 Windows 7 Pro Intel Core I3-2120 P 4 GB

• Ordenadores portatiles :

*Dell Vostro 3500 Windows 7 Pro 32 bits Intel I3-370 3 GB *Dell Latitude D520 Windows XP Pro Intel T2300 1,66 Ghz 1 GB

• Impresoras: *HP LaserJet 1022 *Canon iR C3080

• Scaner: ScanSnap S 1500 , Canon iR C3080 • Switch • Cisco Catalyst WS-C3560G-24TS-S • Router • Cisco 2801 • Conexiones : HDSL con RED VPN IP , Línea backup RDSI, Modem 3G • Almacenamiento: Iomega Stor Center ix2, Sistema de alimentación

ininterrumpida (SAI) • Fax • 2 Cajas fuertes para la custodia de las llaves de los usuarios.

NOTA. El sistema da opción a la instalación de elementos complementarios

(detectores de humo, gas, intrusismo, control de actividad, altavoces, micrófonos...) 14.- APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN A SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA Y CRUZ ROJA ESPAÑOLA EN SORIA, PARA LA GESTIÓN DEL CENTRO DE ACOGIDA PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE MALOS TRATOS Y/O ABANDONO FAMILIAR Y LOS MENORES A SU CARGO, DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA Visto el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Acción Social Cooperación e Igualdad de fecha diecinueve de febrero de 2013.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

La aprobación del convenio de colaboración a suscribir entre el Excmo. Ayuntamiento de Soria y Cruz Roja Española en Soria, para la gestión del centro de acogida para mujeres víctimas de violencia de malos tratos y/o abandono familiar y los menores a su cargo, del Excmo. Ayuntamiento de Soria, habilitando a la Alcaldía

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para su firma, cuyo contenido es el siguiente:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA Y CRUZ ROJA ESPAÑOLA EN SORIA PARA LA GESTIÓN DEL CENTRO DE ACOGIDA PARA MUJERES VICTIMAS DE MALOS TRATOS Y/O ABANDONO FAMILIAR Y LOS MENORES A SU CARGO, DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA

R E U N I D O S

De una parte, el Sr. D. Carlos Martínez Mínguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Soria.

De otra, D. Modesto Fernández Córdoba, Presidente de la Oficina Provincial de Cruz Roja Española en Soria. El primero, en nombre y representación en que concurre y con capacidad legal para celebrar este acto en virtud de las competencias que le atribuye la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

El segundo, en nombre y representación en que concurre y con capacidad legal para celebrar este acto en virtud de nombramiento de fecha de 28 de junio de 2007 por la Presidenta de Cruz Roja en Castilla y León, con el VºBº del Presidente de Cruz Roja Española.

E X P O N E N

La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local establece, en sus artículos 25 y 26, que los municipios ejercerán en todo caso, competencias en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en materia de prestaciones de Servicios Sociales y de promoción e integración social. En el art. 28 de dicha ley, se dispone además que los municipios pueden realizar actividades complementarias de las propias de otras Administraciones Públicas, en particular, las relativas a la promoción de la mujer, entre otras. La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, estructura el Sistema de Acción Social y señala que son competencias municipales: “La creación, organización, mantenimiento, dirección y gestión de otros programas, servicios, centros y recursos en relación con las prestaciones cuya titularidad les corresponda según las leyes” (art. 48.g) y contempla, entre las finalidades del sistema, “favorecer el desarrollo integral, la autonomía, la integración, la igualdad de oportunidades y la integración plena de las personas mediante la detección de sus necesidades personales básicas y sus necesidades sociales, la prevención de las situaciones de riesgo, la eliminación o tratamiento de las situaciones de vulnerabilidad, desprotección, desamparo, dependencia o exclusión, y la compensación de los déficits de apoyo social”(art. 5.2). La Red de Asistencia a la Mujer víctima de maltrato o abandono familiar en Castilla y León se crea por Decreto 5/2000, de 13 de Enero y por Orden de 3 de Abril de 2000, regulando las características y uso de los centros. Actualmente, la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León constituye el marco normativo en el que se encuadran las actuaciones de asistencia a la mujer víctima de violencia. En su Título II,

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capítulo I, se regula la estructura de la Red de Atención a las mujeres víctimas de violencia de género de Castilla y León concibiéndola como “el conjunto de centros y servicios destinados a la atención integral de las mujeres víctimas de alguna de las formas de violencia de género previstas en esta ley, así como de las personas de ellas dependientes, menores o mayores.”

Dicha ley clasifica los centros en centros de emergencia, casas de acogida y pisos tutelados, definiendo, en su art. 25, las Casas de Acogida como “aquellas viviendas que tienen por objeto dispensar por personal especializado alojamiento seguro, así como manutención a las mujeres víctimas y, en su caso, a las personas dependientes de ellas, para llevar a cabo su recuperación integral, desde los ámbitos psicológico, educativo, sanitario, laboral y jurídico, actuando en coordinación con las entidades competentes, y favoreciendo la superación de los efectos de la violencia de todas las personas afectadas.”

En este marco normativo, el Excmo. Ayuntamiento de Soria gestiona un Centro de Acogida para mujeres víctimas de maltrato y/o abandono familiar y para los menores a su cargo. Cruz Roja Española es una entidad de carácter nacional, integrada en el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y Media Luna Roja, auxiliar de los poderes públicos, que tiene como fin primordial promover el bienestar de los colectivos más desfavorecidos, y cuenta en Soria con una Oficina Provincial con capacidad y competencia para gestionar este tipo de recursos. Cruz Roja en Soria forma parte de la misma Institución en Castilla y León, entidad que gestiona cuatro centros de Emergencia para mujeres víctimas de maltrato y/o abandono familiar, situados en Burgos, Ponferrada, Valladolid y Salamanca, dentro del Plan de Intervención Social y dentro del Programa “Mujer con dificultades sociales”, ofreciendo una respuesta inmediata y adecuada a sus necesidades. Así como el Centro de Igualdad en Valladolid. Por otro lado, la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, en su Título VIII (arts. 86 a 97), regula la participación de las entidades privadas en la elaboración y realización de los programas de servicios sociales, indicando, en su art. 87.3, que la participación en el sistema de servicios sociales de las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, como Cruz Roja Española, merecerá una atención especial. Por todo lo expuesto, se considera la firma de Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Soria y Cruz Roja Española en Soria como el instrumento jurídico más adecuado para regular la gestión del Centro de Acogida para mujeres víctimas de maltrato y/o abandono familiar del Excmo. Ayuntamiento de Soria

E S T I P U L A C I O N E S

PRIMERA.- Objeto

Constituye el objeto del presente Convenio la colaboración de las partes firmantes para la gestión del Centro de Acogida y Emergencia para mujeres víctimas de malos tratos y/o abandono familiar, y en su caso, para los menores a su cargo, del Excmo. Ayuntamiento de Soria.

SEGUNDA.- Características del Centro

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1. El Centro de Acogida se configura como un Centro Mixto que dispone de 5 plazas (capacidad para 14 personas) distribuidas:

• 3 plazas de acogida con funcionamiento dentro de la Red de Asistencia

a la Mujer Víctima de maltrato y/o abandono familiar de Castilla y León, destinadas a "dar alojamiento alternativo a las mujeres que se encuentran en una situación de desamparo por violencia y/o abandono familiar y a los menores a su cargo, durante un periodo determinado" (art. 6 del Decreto 5/2000, de 13 de enero).

• 2 plazas de emergencia exclusivamente para mujeres residentes en

Soria y su provincia destinadas a "prestar asistencia a las mujeres maltratadas y a los menores a su cargo durante las veinticuatro horas del día, todas los días del año, facilitándoles con carácter inmediato el alojamiento y la protección necesaria y, en su caso, derivándoles a los recursos sociales, psicológicos y jurídicos que más se adecuan a sus necesidades." (art. 5 del Decreto 5/2000)

2. Para la gestión del Centro, el Ayuntamiento dispone de tres pisos de

propiedad municipal, acondicionados y reformados a tal fin, cuya descripción y equipamiento es la siguiente:

• Bajo: Destinado a albergar las plazas de emergencia y la oficina de

recepción del Centro. Cuenta con dos dormitorios (seis camas y una cuna), cocina, baño y sala-despacho. Tiene 72,82 m2.

• Dos primeros: Destinados a albergar las plazas de acogida y los espacios comunes. Cuenta con cuatro dormitorios (ocho camas y una cuna), 2 baños, cocina, lavadero, comedor y salón. Los pisos están unidos a través del comedor y salón y tiene un total de 116,62 m2.

3. La estructura, organización y funcionamiento del Centro se regulan en

el Reglamento del Régimen Interior aprobado por el Excmo. Ayuntamiento de Soria y asumido por Cruz Roja.

TERCERA.- Compromisos de Cruz Roja.

Cruz Roja adquiere los siguientes compromisos:

a) Poner a disposición del Centro de Acogida el siguiente personal:

• Una Coordinadora a media jornada, sin horario concreto de presencia en el Centro.

• Una Educadora a jornada completa, que alternará las jornadas semanales de 37,5 horas en horario de mañana y tarde.

• Dos cuidadoras, a jornada completa, que realizarán el resto de horas presenciales y localizadas.

b) Cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Higiene en el trabajo.

c) Aportar la documentación relativa al personal contratado (contratos registrados en el Servicio Público de Empleo, altas en la S. Social, titulación académica,…) tanto del personal fijo como eventual.

d) Gestionar la cantidad económica acordada para los gastos de manutención y gastos corrientes.

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e) Colaborar con el Ayuntamiento en todo momento en aras a un buen funcionamiento del Centro mediante los mecanismos de coordinación que se establecen en la Cláusula Quinta del presente Convenio, así como adoptando las medidas o aportando los documentos (relativos siempre al objeto del convenio) que sean requeridos por el Ayuntamiento en caso de necesidad.

CUARTA.- Compromisos del Ayuntamiento de Soria.

El Excmo. Ayuntamiento de Soria se compromete a:

a) Poner a disposición de Cruz Roja, en la forma prevista en la cláusula sexta, la cantidad económica acordada para los gastos de personal, gastos de manutención, gastos corrientes y de gestión.

b) Mantener los pisos de propiedad municipal donde se encuentra ubicado el Centro, acondicionados y amueblados para el fin al que se destinan, realizando las reparaciones necesarias para su conservación y las mejoras posibles.

QUINTA.- Coordinación

Para una buena gestión y funcionamiento del Centro, se considera fundamental la coordinación entre las partes firmantes.

La comunicación entre el Centro y el Ayuntamiento será siempre fluida, estableciéndose los protocolos de actuación necesarios para ello.

Se establece una reunión cuatrimestral, cuya fecha fijarán de común acuerdo las personas responsables de ambas partes, así como las que se consideren necesarias, por circunstancias extraordinarias, a petición de cualquiera de las partes. Estará integrada por dos personas en representación del Ayuntamiento y dos personas de Cruz Roja en Soria.

La Coordinadora (o persona en quien delegue) del Centro formará parte

de las Comisiones Técnica y de Seguimiento previstas en el Reglamento de Régimen Interior.

SEXTA.- Aportación Económica y forma de pago.

1. Para la consecución del Convenio, el Ayuntamiento abonará a Cruz Roja la

cantidad anual de 104.000,00 €, con la siguiente distribución:

Gastos de personal1 ………………………………...….. 87.000,00€

Gastos de manutención y gastos corrientes2…………… 13.000,00 €

Gastos de gestión (4%)…………….………….……….. 4.000,00 €

TOTAL…………………..…………………………….. 104.000,00 €

1 Hace referencia a la cantidad máxima admitida a justificación. La sustitución de bajas por I.T. se consensuará entre Cruz Roja y el Ayuntamiento. 2 Excepto teléfono fijo e internet, electricidad, gas, agua, seguro, comunidad y grandes reparaciones. Este gasto puede variar en función de la justificación anual.

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2. Forma de pago. El Ayuntamiento abonará mensualmente a Cruz Roja la parte proporcional, es decir, 8.666,66 €.

3. Una vez presentada la justificación del último cuatrimestre se procederá en su caso, al correspondiente ajuste que se hará efectivo en el siguiente ejercicio.

SÉPTIMA.- Justificaciones y documentación.

Cruz Roja presentará a Concejalía de Acción Social Cooperación e Igualdad del Excmo. Ayuntamiento, la siguiente documentación:

1. Cuatrimestralmente, certificación de la entidad con la relación detallada de gastos de personal y gastos generales.

2. La justificación del cuarto cuatrimestre se presentara antes del 15 de febrero del año siguiente.

OCTAVA.- Compatibilidad.

La aportación económica establecida en la Cláusula Sexta del presente Convenio, será compatible con otras ayudas concedidas o que puedan conceder otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados, siempre que se utilicen para complementar o mejorar el servicio prestado a las usuarias.

En tal caso, Cruz Roja presentará junto con la justificación final, certificado que acredite las ayudas concedidas, la Administración o Entidad concedente y el destino de las mismas.

NOVENA.- Vigencia.

El presente Convenio comenzará al regir el 1 de Enero de 2013 y durará hasta el 31 de Diciembre del mismo año. A partir de esta fecha, se entenderá que se prorroga tácitamente por años naturales siempre que no haya denuncia por alguna de las partes, debiendo realizarse ésta en el plazo de los tres meses anteriores al 31 de Diciembre.

Ambas partes, a la firma del presente Convenio, dejan sin efecto el suscrito en fecha 12 de febrero de 2004.

DÉCIMA.- Revisión.

Las partes se reservan la facultad de revisar el Convenio anualmente cuando existan modificaciones sustanciales en las circunstancias que se han tenido en cuenta para su redacción. La revisión se formalizará mediante la firma de Anexo a este Convenio.

DÉCIMO PRIMERA.- Extinción.

Serán causas de extinción del presente Convenio:

A) La denuncia hecha por cualquiera de las partes firmantes en el plazo previsto en la cláusula novena.

B) El mutuo acuerdo entre las partes C) La conclusión o cumplimiento del objeto del Convenio. D) La resolución por incumplimiento total o parcial del Convenio E) La supresión y/o reformulación del recurso.

DÉCIMO SEGUNDA.- Régimen Jurídico.

1.- La naturaleza jurídica de la relación que vinculará a Cruz Roja y al Ayuntamiento de Soria será de carácter administrativo y se regirá por el presente Convenio, y, en su defecto, por la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios

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Sociales de Castilla y León, y Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León y demás Derecho supletorio que le sea de aplicación.

2.- La jurisdicción Contencioso-Administrativa será la única competente para conocer las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este Convenio.

15.- APROBACIÓN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DEL PLIEGO DE CONDICIONES FACULTATIVAS QUE HAN DE REGIR LA ENAJENACIÓN DEL APROVECHAMIENTO DE CAZA DEL MONTE Nº 174 DEL CATÁLOGO DE LOS DE UTILIDAD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE SORIA, DENOMINADO “RIVACHO” DE LA PERTENENCIA DEL AYUNTAMIENTO DE SORIA.

Examinado el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares

y el Pliego de Condiciones Facultativas elaborado por el Servicio de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, que han de regir de enajenación del aprovechamiento de caza del monte nº 174 del catálogo de los de utilidad pública de la provincia de Soria, denominado “Rivacho”, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

1º.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares

y el Pliego de Condiciones Facultativas elaborado por el Servicio de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León.

2º.- Fijar el precio de tasación en la cantidad de 10.001,10

€/año IVA 21% del importe de adjudicación, valor índice 20.002,20€. 3º.-Declarar el procedimiento de adjudicación negociado sin

publicidad. 4º.-Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta

la formalización del oportuno contrato.

16.- CONCESIÓN DE ABONO PARA AYUDA DE REHABILITACIÓN EN VIVIENDA SITA EN LA C/ FUERTEVENTURA, 4, 4º IZDA., SOLICITADA POR Dª ELENA SORIA BALLESTEROS.

Vista la solicitud de abono ayuda de rehabilitación de vivienda

sita en la C/ Fuerteventura, 4, 4º izda., formulada por Dª Elena Soria Ballesteros.

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Informado favorablemente por los Servicios Técnicos municipales, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos exigidos para proceder al abono de la ayuda provisionalmente concedida.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

Abonar la cantidad de 3.606,08 € en concepto de ayuda de

rehabilitación en Casco Antiguo a Dª Elena Soria Ballesteros para rehabilitación interior de vivienda sita en C/ Fuerteventura nº 4, 4º izda.

17.- CONCESIÓN DE ABONO PARA AYUDA DE REHABILITACIÓN FACHADA DE VIVIENDA SITA EN C/ INSTITUTO 1º SOLICITADA POR Dª Mª PILAR SÁNCHEZ GONZÁLEZ.

Vista la solicitud de abono ayuda de rehabilitación en Casco Antiguo formulada por Dª Mª Pilar Sánchez González.

Informado favorablemente por los Servicios Técnicos municipales, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos exigidos para proceder al abono de la ayuda provisionalmente concedida.

Abonar la cantidad de 2.437,69 € (incluye bonificación del 50% de la tasa por catalogación) en concepto de ayuda de rehabilitación en Casco Antiguo a Dª Pilar Sánchez González para adecentamiento de fachada de vivienda sita en C/ Instituto nº1º.

18.-APROBACIÓN DE PRÓRROGA DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE SORIA Y LA ASOCIACIÓN CULTURAL CELTIBÉRICA TIERRAQUEMADA PARA LA GESTIÓN DE LOS PUNTOS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA.

Vista la propuesta emitida por la Sra. Concejala de Comercio y Turismo de fecha 18 de marzo de 2013, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha veintiuno de junio de dos mil once, por unanimidad, acuerda:

Aprobar la prórroga del convenio específico de colaboración

para la gestión de los puntos de información turística suscrito entre este Excmo. Ayuntamiento de Soria y la Asociación Cultural Celtibérica Tierra quemada, habilitando a la Alcaldía para su firma,

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cuyo contenido es el siguiente:

En Soria, a -- de marzo de 2013

REUNIDOS

DE UNA PARTE, D. Carlos Martínez Mínguez, en su calidad de Alcalde- Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Soria, actuando en su nombre y representación en virtud de las facultades que le confiere el artículo 21.1.b) de la Ley 7/85, de 2 de abril de Bases de Régimen Local.

DE OTRA PARTE, el Sr. D. Alberto Santamaría Calvo, Presidente de la Asociación Cultural Celtibérica Tierraquemada, cargo que ostenta desde su fundación el 18 de diciembre de 2002. Intervienen en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Soria y de la Asociación Cultural Celtibérica Tierraquemada, en uso de las facultades que les confiere la legislación vigente y se reconocen mutua y recíprocamente capacidad para convenir y, al efecto

MANIFIESTAN

PRIMERO. Que ambas partes suscribieron un convenio específico de colaboración para la gestión de los puntos de información turística municipales el pasado 27 de marzo de 2012, que entró en vigor el día 1 de abril de 2012, y con vigencia hasta el 31 de marzo de 2013. SEGUNDO Que el Ayuntamiento de Soria considera muy positiva la labor que está desempeñando la Asociación Cultural Celtibérica Tierraquemada, respecto a la difusión de la cultura celtíbera en particular y de los atractivos turísticos de Soria en general, por lo que considera importante establecer una prórroga del citado convenio de colaboración, para que dicha asociación continúe con la gestión de los puntos de información turística municipales y los servicios que desde ellos se ofrecen.

A la vista de lo anterior, y reconociéndose ambas partes capacidad suficiente,

ACUERDAN

PRIMERO En virtud del apartado cuarto del convenio de colaboración suscrito, se acuerda la prórroga del referido convenio de colaboración hasta el 31 de diciembre de 2013, que por lo tanto tendrá una vigencia desde el 1 de abril de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013.

SEGUNDO Que los calendarios de apertura de los centros y horarios, así como el de la prestación del servicio de visitas guiadas para el periodo de la presente prórroga se recogen en el ANEXO I.

TERCERO El Ayuntamiento dispondrá de un total de 20 visitas guiadas, a repartir por la ciudad de Soria y por el Yacimiento de Numancia a su elección. Respecto de las

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fechas y grupos en los que se llevarán a cabo dichas visitas, se comunicará con antelación suficiente al personal de la Asociación Tierraquemada. CUARTO. APORTACIÓN ECONÓMICA:

a. El Ayuntamiento de Soria se compromete a aportar la cantidad de 35.280 € (treinta y cinco mil doscientos ochenta euros), como subvención directa, en concepto de GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS TURÍSTICAS MUNICIPALES.

b. Se efectuará un primer pago (anticipo) del 30%, 10.584 €, a la firma del convenio y antes del 30 de abril de 2013.

c. Se efectuará un segundo pago de un 30%, 10.584 €, entre el 10 y el 15 de junio de 2013.

d. Se efectuará un tercer pago de un 20%, 7.056 €, entre el 10 y el 15 de septiembre de 2013

e. Y último pago del 20%, 7.056 €, previa justificación económica trimestral de las anteriores cantidades, que se abonará una parte de la cuenta común entre el 10 y el 15 de diciembre y el resto, según se presente la correspondiente justificación económica.

QUINTO. MANTENIMIENTO DEL RESTO DE CONDICIONES DEL CONVENIO. El resto de condiciones y cláusulas aplicables durante el periodo de duración de la presente prórroga son las establecidas en el marco de colaboración inicial, el Convenio de Colaboración específico entre el Excmo. Ayuntamiento de Soria y la Asociación Cultural Celtibérica Tierraquemada para la gestión de los puntos de información turística municipales, aprobado por Junta de Gobierno Local de 23 de marzo de 2012 y firmado por ambas partes el 27 de marzo de 2012. EL ALCALDE DE SORIA EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN

CULTURAL CELTIBÉRICA TIERRAQUEMADA

D. Carlos Martínez D. Alberto Santamaría

ANEXO I: CALENDARIO DE APERTURA PUNTOS DE INFORMACIÓN

Page 27: ASISTENTES - Soria

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M a rt e s M ié r c o le s J u e v e s V ie rn e s S á b a d o D o m ig o L u n e s M a r te s M ié rc o le s J u e v e s V ie rn e s S á b a d o D o m in g o

1 2 3 1 2 3 4 5 6 7

5 6 7 8 9 1 0 8 9 1 0 1 1 1 2 1 3 1 4

1 2 1 3 1 4 1 5 1 6 1 7 1 5 1 6 1 7 1 8 1 9 2 0 2 1

1 9 2 0 2 1 2 2 2 3 2 4 2 2 2 3 2 4 2 5 2 6 2 7 2 8

2 6 2 7 2 8 2 9 3 0 3 1 2 9 3 0

M a rt e s M ié r c o le s J u e v e s V ie rn e s S á b a d o D o m in g o L u n e s M a r te s M ié rc o le s J u e v e s V ie rn e s S á b a d o D o m in g o

1 2 3 4 5 1 2

7 8 9 1 0 1 1 1 2 3 4 5 6 7 8 9

1 4 1 5 1 6 1 7 1 8 1 9 1 0 1 1 1 2 1 3 1 4 1 5 1 6

2 1 2 2 2 3 2 4 2 5 2 6 1 7 1 8 1 9 2 0 2 1 2 2 2 3

2 8 2 9 3 0 3 1 2 4 2 5 2 6 2 7 2 8 2 9 3 0

F e s t iv o a b ie r to m a ñ a n a y ta r d eD ía s S a n J u a n C e r ra d o

M a rt e s M ié r c o le s J u e v e s V ie rn e s S á b a d o D o m in g o L u n e s M a r te s M ié rc o le s J u e v e s V ie rn e s S á b a d o D o m in g o

2 3 4 5 6 7 1 2 3 49 1 0 1 1 1 2 1 3 1 4 5 6 7 8 9 1 0 1 1

1 6 1 7 1 8 1 9 2 0 2 1 1 2 1 3 1 4 1 5 1 6 1 7 1 8

2 3 2 4 2 5 2 6 2 7 2 8 1 9 2 0 2 1 2 2 2 3 2 4 2 5

3 0 3 1 2 6 2 7 2 8 2 9 3 0 3 1

M a rt e s M ié r c o le s J u e v e s V ie rn e s S á b a d o D o m in g o L u n e s M a r te s M ié rc o le s J u e v e s V ie rn e s S á b a d o D o m in g o

1 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 7 8 9 1 0 1 1 1 2 1 3

1 0 1 1 1 2 1 3 1 4 1 5 1 4 1 5 1 6 1 7 1 8 1 9 2 0

1 7 1 8 1 9 2 0 2 1 2 2 2 1 2 2 2 3 2 4 2 5 2 6 2 7

2 4 2 5 2 6 2 7 2 8 2 9 2 8 2 9 3 0 3 1

M a rt e s M ié r c o le s J u e v e s V ie rn e s S á b a d o D o m in g o L u n e s M a r te s M ié rc o le s J u e v e s V ie rn e s S á b a d o D o m in g o

1 2 3 1

5 6 7 8 9 1 0 2 3 4 5 6 7 8

1 2 1 3 1 4 1 5 1 6 1 7 9 1 0 1 1 1 2 1 3 1 4 1 5

1 9 2 0 2 1 2 2 2 3 2 4 1 6 1 7 1 8 1 9 2 0 2 1 2 2

2 6 2 7 2 8 2 9 3 0 2 3 2 4 2 5 2 6 2 7 2 8 2 9

3 0 3 1

N a v id a d c e r r a d o

S e p t ie m b re

N o v ie m b re

L u n e s

L u n e s

2 5

F e s t iv o a b ie r to m a ñ a n a y ta rd e

F e s t iv o a b ie r to m a ñ a n a y ta rd e , lu n e s d ía 9

4

1 1

1 8

3 0 F e s t iv o a b ie r to s o lo m a ñ a n a

D ic ie m b re

2

9

1 6

2 3

O c tu b re

2 2

2 9

S a n J u a n C e r ra d o F e s t iv o a b ie r to m a ñ a n a y ta rd e

L u n e s

18

1 5

2 0

2 7

F e s t iv o J u e v e s la S a c a c e r ra d o

J u l io A g o s to

L u n e s

6

1 3

2 5T e m p o ra d a B a ja : D e m a r te s a s á b a d o y f e s t iv o s d e 1 0 a 1 4 y d e 1 6 a

1 9 h y d o m in g o s d e 1 0 a 1 4 h o ra s , e x c e p to f e s t i v o e n lu n e s d e 1 0 a 1 4 ( re c o g id o e n a n te r io r c o n v e n io )

F e s t iv o a b ie r to m a ñ a n a y ta rd e

M a y o J u n io

4

1 1

1 8

C A L E N D A R IO O F IC IN A M U N IC IP A L D E IN F O R M A C IÓ N T U R ÍS T IC A - A Ñ O 2 0 1 3

M a rz o A b r i lL u n e s

Horario: Temporada Alta: Abril, Julio y Agosto: De martes a domingo y festivos de 10h a 14h y de 16h a 20h. Temporada Baja: Mayo, Junio y de Octubre a Diciembre: De martes a sábado de 10h a 14h y de 16h a 19h y domingos de 10h a 14h. Los festivos en lunes de 10h a 14h. Se dispondrán de una persona de refuerzo a razón de 6 h adicionales al día, o la parte proporcional, para los periodos siguientes: viernes, sábado y domingo del mes de julio y agosto y de martes a domingo desde el 16 de julio hasta el 25 de agosto, y del 11 al 13 de octubre de 2013.

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Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo

1 2 3 1 2 3 4 5 6 75 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 1412 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 2119 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 2826 27 28 29 30 31 29 30

Festivos semana santa Lunes mañana y tarde(Se incluye en el convenio anterior)

Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo

1 2 3 4 5 1 2

7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9

14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16

21 22 23 24 25 26 17 18 19 20 21 22 23

28 29 30 31 24 25 26 27 28 29 30

Festivo mañana y tardeDías San Juan Cerrado

Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo

2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

30 31 26 27 28 29 30 31

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo

1 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 28 29 30 31

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo

1 2 3 1

5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8

12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15

19 20 21 22 23 24 16 17 18 19 20 21 22

26 27 28 29 30 23 24 25 26 27 28 29

30 31

25

Septiembre

NoviembreFestivo dia 2 cerrado

Diciembre

Octubre

2

22

9

15

San Juan Cerrado Festivo mañana y tarde

4

11

18

16

2330

Marzo Abril

25Festivo solo mañana

Mayo Junio

29

13

20

27

Festivo Jueves la Saca cerrado

Julio Agosto

8

Lunes

1

6

Lunes

18

Lunes

411

CALENDARIO CENTRO DE RECEPCIÓN DE VISITANTES AÑO 2013

Horarios: Temporada alta: Julio y Agosto. De martes a domingo y festivos de 10h a 14h y de 16h a 20h. Temporada baja: Abril, Mayo, Junio. Viernes tarde, fines de semana, festivos y puentes. De 10h a 14h y de 16h a 19h, según calendario. En el mes de abril los domingos por la tarde de 16h a 19h y el viernes 5 también de 10h a 14h. Temporada baja: Septiembre y Octubre: De martes a sábados, y lunes vísperas de festivos de 10h a 14h y de 16h a 19h, domingos y festivos en lunes de 10h a 14h según calendario. Las Visitas Guiadas se realizarán una por la mañana y otra por la tarde, excepto los domingos por la tarde en los que la Oficina Municipal permanece cerrada y en el periodo en el que se realizan los fines de semana el viernes sólo por la tarde. Como regla general una de las visitas deberá incluir el centro de la ciudad.

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A las diez horas y treinta minutos finaliza la sesión, doy fe, el

Secretario General. Vº Bº EL ALCALDE,