aspectos de seguridad para el almacenamiento del gasohol ing. josé c. lupérdiga torres

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ASPECTOS DE SEGURIDAD PARA EL ASPECTOS DE SEGURIDAD PARA EL ALMACENAMIENTO DEL GASOHOL ALMACENAMIENTO DEL GASOHOL Ing. José C. Lupérdiga Torres Ing. José C. Lupérdiga Torres Supervisor Regional – OR Arequipa Supervisor Regional – OR Arequipa Unidad de Registros y Operaciones Comerciales Unidad de Registros y Operaciones Comerciales Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos Mayo 2011 Mayo 2011

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ASPECTOS DE SEGURIDAD PARA EL ALMACENAMIENTO DEL GASOHOL Ing. José C. Lupérdiga Torres Supervisor Regional – OR Arequipa Unidad de Registros y Operaciones Comerciales Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos Mayo 2011. Contenido Marco Normativo - PowerPoint PPT Presentation

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ASPECTOS DE SEGURIDAD PARA EL ASPECTOS DE SEGURIDAD PARA EL ALMACENAMIENTO DEL GASOHOLALMACENAMIENTO DEL GASOHOL

Ing. José C. Lupérdiga TorresIng. José C. Lupérdiga TorresSupervisor Regional – OR ArequipaSupervisor Regional – OR Arequipa

Unidad de Registros y Operaciones ComercialesUnidad de Registros y Operaciones ComercialesGerencia de Fiscalización de Hidrocarburos LíquidosGerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos

Mayo 2011Mayo 2011

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Contenido1. Marco Normativo

2. Procedimiento para la Inspección, Mantenimiento y Limpieza de tanques de Combustibles Líquidos, Biocombustibles u Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos

3. Pruebas de Hermeticidad en el Sistema de tanques Enterrados (STE)

4. Responsabilidad Administrativa

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1.- Marco Normativo1.- Marco Normativo

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El Decreto Supremo 021-2007-EM, “Reglamento para la Comercialización de Biocombustibles”, establece que a partir del 1º de enero del 2010 todas las gasolinas que se comercialicen en el mercado peruano deberán contener 7,8% de etanol.

GASOHOL = 92,2% gasolina + 7,8% etanol

Según el grado de Octanaje se denominará Gasohol 98 Plus, Gasohol 97 Plus, Gasohol 95 Plus, Gasohol 90 Plus, Gasohol 84 Plus.

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Mediante el Decreto Supremo 024-2011-EM (13 mayo 2011):

se modificó el Cronograma de implementación del Gasohol, como sigue:

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2.- Procedimiento para la Inspección, Mantenimiento y Limpieza de tanques de

Combustibles Líquidos, Biocombustibles u Otros Productos Derivados de los

Hidrocarburos.

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Las actividades de inspección, mantenimiento y limpieza de tanques de Combustibles Líquidos, Biocombustibles u Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, ostenta un considerable nivel de peligrosidad; razón por la cual, es necesario que dichas labores sean previamente preparadas y autorizadas a través de Permisos de Trabajo y/o Permisos de Ingreso a Espacios Confinados.

El 06 de abril 2011 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Nº 063-2011-OS/CD mediante la cual se aprobó el Procedimiento para la Inspección, Mantenimiento y Limpieza de tanques de Combustibles Líquidos, Biocombustibles u Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos.

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2.1 Objetivo y Alcance

Objetivo : establecer los lineamientos técnicos y de seguridad mínimos que deberán ser considerados en las actividades de inspección, mantenimiento y limpieza de tanques de combustibles líquidos, biocombustibles u otros productos derivados de los hidrocarburos; así como, regular las actividades de adecuación de tanques del Gasohol. 

 Alcance : El procedimiento es aplicable a nivel nacional a los tanques, tuberías, conexiones, equipos y otras instalaciones (en adelante “Tanques”), que almacenen Combustibles Líquidos, Biocombustibles u Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos.

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2.2 Responsabilidades y Autorizaciones

El Titular de la Instalación es responsable del cumplimiento del presente procedimiento, por parte de su personal o de terceros, así como de las disposiciones técnicas y de seguridad del subsector Hidrocarburos aplicables a la instalación.

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2.3 Permisos de Trabajo y Permisos de Ingreso a Espacio Confinado 

Permisos de TrabajoDocumento escrito por el cual el responsable autoriza la realización de actividades de inspección, mantenimiento, reparación, instalación o construcción, entre otras, bajo ciertas condiciones de seguridad, en un período definido y sin el cual no se deberá realizar tales actividades.  

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Permisos de Ingreso a Espacio Confinado.Documento escrito por el cual el responsable autoriza el ingreso a un espacio confinado para la realización de actividades de inspección. En ningún caso para realizar trabajos en el interior.

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Permisos de Trabajo y Permisos de Ingreso a Espacio Confinado •El Titular de la Instalación deberá designar a un Ingeniero colegiado y habilitado, debidamente entrenado y calificado como Responsable del Área, quien autorizará la ejecución de las actividades de inspección, mantenimiento y limpieza de los tanques, mediante la emisión de los Permisos de Trabajo o Permisos de Ingreso a Espacio Confinado, según corresponda. •El Permiso de Trabajo y el Permiso de Ingreso a Espacio Confinado serán emitidos en:

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√ Original y una copia (cartulina).√ En el lugar donde se realizarán las actividades de inspección, mantenimiento o limpieza.√ Antes de que se inicie la labor correspondiente.√ El permiso otorgado sólo es válido para el lugar, personal, trabajo específico, fecha y horas indicadas.

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El Responsable del Área emitirá el correspondiente Permiso de Trabajo o el Permiso de Ingreso a Espacio Confinado, según corresponda, al Responsable del Trabajo, previa verificación de las condiciones operativas y de seguridad existentes en el lugar donde se ejecutará las actividades de inspección, mantenimiento o limpieza.

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El Responsable del Trabajo deberá ser un Ingeniero colegiado y habilitado, debidamente entrenado y calificado para la ejecución de las labores de inspección, mantenimiento y limpieza de tanques.

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Permiso de Trabajo Permiso de Ingreso a Espacio Confinado

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Durante la ejecución de las actividades de inspección, mantenimiento o limpieza, el Responsable del Área podrá verificar las condiciones de seguridad y suspender o cancelar el Permiso de Trabajo o el Permiso de Ingreso a Espacio Confinado, si verifica que no se cumplen las disposiciones de seguridad, no usar equipos o elementos de protección exigidos, entre otros.

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Al término de las actividades, el Responsable del Trabajo deberá dejar el área limpia y segura y entregará el Permiso de Trabajo o el Permiso de Ingreso a Espacio Confinado, según corresponda, debidamente suscrito, al Responsable del Área, quién deberá evaluar el lugar de trabajo verificando que las actividades encomendadas fueron concluidas y que se cuenta con las condiciones de seguridad para reiniciar las operaciones. Asimismo, el Responsable del Área deberá suscribir el Permiso de Trabajo o el Permiso de Ingreso a Espacio Confinado, según corresponda, en señal de conformidad. 

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2.4 Riesgos en la inspección, mantenimiento o limpieza

Los riesgos involucrados antes, durante y después de las actividades de inspección, mantenimiento o limpieza de tanques, así como los procedimientos de control y respuesta ante emergencias que se puedan presentar, deberán ser considerados en el Plan de Contingencias, el cual deberá ser puesto a disposición de OSINERGMIN cuando lo solicite.

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2.5 Aspectos generales sobre la inspección, mantenimiento y limpieza

Cada instalación deberá contar con un Procedimiento Interno de Inspección, Mantenimiento y Limpieza que establezca los mecanismos y frecuencias para la ejecución de dichas actividades. 

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Dicho Procedimiento debe considerar que el personal encargado de dichas actividades, antes, durante o después de dichas actividades, deberá cumplir con requisitos mínimos de seguridad.

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Aspectos generales sobre la inspección, mantenimiento y limpieza

•El Procedimiento Interno de Inspección, Mantenimiento y Limpieza deberá ser elaborado de acuerdo a las características de cada instalación, pudiendo tomar como referencia las normas y prácticas recomendadas. •El Titular de la Instalación será responsable por el contenido del Procedimiento Interno de Inspección, Mantenimiento y Limpieza, y por los sucesos que pudieran ocurrir por un defecto u omisión en el mismo. •En el Procedimiento se deberá señalar expresamente el nombre, documento de identidad y profesión del Responsable del Área designado por el Titular de la Instalación, además de los cambios de dicho personal que pudieran ser efectuados.

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2.6 Registro de las actividades realizadas

•Los resultados obtenidos de las actividades de inspección deberán ser anotados en el Libro de Registro de Inspección de la instalación, el cual debe ser puesto a disposición de OSINERGMIN, cuando lo solicite.

•Los resultados obtenidos de las labores de mantenimiento serán anotadas en el Libro de Registro de Mantenimiento de la instalación, el cual debe ser puesto a disposición de OSINERGMIN, cuando lo solicite.

•Las actividades de limpieza realizadas y los resultados de las pruebas correspondientes deberán ser anotadas en el Libro de Registro de Limpieza de la instalación, el cual debe ser puesto a disposición de OSINERGMIN, cuando lo solicite.

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Requerimientos de Información

OSINERGMIN podrá solicitar cuando lo considere pertinente, lo siguiente: •El Procedimiento Interno de Inspección, Mantenimiento y Limpieza de la instalación, para efectuar la revisión del contenido del mismo.•La documentación correspondiente que certifique el entrenamiento, calificación y competencia técnica del Responsable del Área, Responsable del Trabajo y del personal a cargo de la ejecución de los trabajos para la inspección, mantenimiento y limpieza de los tanques.•Cualquier otra documentación que OSINERGMIN considere pertinente para verificar el cumplimiento del mencionado Procedimiento.

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3.- Pruebas de Hermeticidad en el Sistema de Tanques enterrados (STE)

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BASE LEGALMediante el Decreto Supremo Nº 064-2009-EM, se aprobó

la Norma para la Inspección periódica de Hermeticidad de Tanques y Tuberías Enterrados que almacenan Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos (publicado el 09.set.2009).

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Antes de la publicación de esta norma, la legislación del subsector hidrocarburos, sólo regulaba las pruebas en la etapa inicial de construcción. No se habían considerado las pruebas de hermeticidad para la etapa operativa.

En consecuencia, fue necesario complementar los Reglamentos existentes, con el objetivo de establecer la frecuencia y métodos de las pruebas de hermeticidad en la etapa operativa.

La filtración y fuga de los STE es causa de una creciente preocupación de seguridad pública y ambiental.

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CERTIFICADOS DE INSPECCION

Todo STE existente deberá contar con un Certificado de Inspección de Hermeticidad emitido por una Entidad Acreditada por el INDECOPI.

En tanto se implemente el Registro de Entidades Acreditadas, OSINERGMIN ha creado un Registro Provisional de Entidades que evaluarán la hermeticidad del STE y emitirán el Certificado de Inspección (a la fecha, existen dos empresas inscritas. Para ingresar a dicho registro en la página web de OSINERGMIN la dirección es:

http://www.osinerg.gob.pe/newweb/pages/GFH/1700.htm)

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Asimismo, los operadores de los STE existentes deberán presentar a OSINERGMIN un Informe del Indice de Riesgo del STE, elaborado por una Entidad Acreditada. En dicho Informe se establecerá la periodicidad de inspección de la hermeticidad del STE.

Para determinar el Indice de Riesgo, es necesario tener en cuenta factores como:. Antigüedad del tanque.. Protección anticorrosiva del tanque.. Tipo de suelo circundante.. Presencia de agua subterránea, etc.

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Con el valor del Indice de Riesgo, se debe determinar la frecuencia de las pruebas de hermeticidad, según la matriz que se encuentra como anexo de la norma. La frecuencia puede resultar cada 5 años, 3 años, 2 años, 1 año.El resultado de esta evaluación de riesgo también puede implicar el reemplazo inmediato o reparación del tanque.El Informe del Indice de Riesgo debe ser suscrito por el operador del STE y por el profesional responsable de dicha evaluación de la Entidad Acreditada. En tanto no exista una entidad acreditada para elaborar este informe, será aceptable que lo elabore un profesional competente, colegiado y habilitado.

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SISTEMA DE DETECCION DE FUGAS EN TANQUES

Donde se instale tanques enterrados, se debe implementar un sistema de detección de fugas que cumpla con:

1.- Control de Inventarios (fuga: V˃0,5% V manipulado en el mes).

2.- Sistema de detección de mezclas explosivas (Gasolina, Gasohol).

3.- Pruebas de inspección de hermeticidad (detectar un Indice de fuga promedio de 0,1 galón por hora).

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SISTEMA DE DETECCION DE FUGAS EN TUBERIAS

Donde se instale tuberías enterradas, se debe implementar un sistema de detección de fugas que cumpla con:

1.- Contar con detectores automáticos de fugas (debe alertar una fuga de por lo menos 3 galones/hora a una presión de 3 psi durante 1 hora).

2.- Efectuar Pruebas de inspección de hermeticidad (detectar por lo menos un Indice de fuga de 0,1 galón por hora).

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OBLIGACIONES DE LOS OPERADORES DE STE

- Dentro del plazo de dos (02) años de entrada en vigencia de la norma, deberán obtener el Certificado de Inspección de la Hermeticidad del STE; el plazo vence el 09 de octubre del 2011).

- Mantener por un plazo mínimo de 10 años, la información relacionada a las pruebas de hermeticidad.

- Suspender el uso de tanques y tuberías con fugas.

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4.- Responsabilidad Administrativa

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Responsabilidad administrativa

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Tipo de Establecimiento Sanción Otras Sanciones

Establecimientos de Venta al Públicode Combustibles y/o Gasocentros Hasta 15 UIT

CE, RIE, STA,SDA, CB

Consumidor Directo de Combustibles Líquidos o de Otros productos derivados de los Hidrocarburos

Hasta 50 UIT CI, RIE

Plantas de Abastimiento, Plantas deAbastecimiento en Aeropuerto,Terminales y Otros Sistemas deDespacho de Combustibles de Aviación

Hasta 300 UITCIE, RIE, STA,SDA

Refinerías y Plantas de ProcesamientoHasta 300 UIT CIE, RIE, STA,

SDA

Incumplimiento de normas relativas a la información de libros, registros internos y/u otros documentos.

Hasta 25 UIT

Incumplimiento de las normas sobre pruebas, inspección,mantenimiento, reparación y/o destrucción, Estudio de Riesgos ySistema de Integridad de Ductos

Sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar, constituye infracción administrativa sancionable el incumplimiento de las disposiciones del presente procedimiento

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Gracias por su atenciónGracias por su atención

[email protected]@gfhl.supervisores.gob.peb.pe