au instituto de derechos humanos ignacio ellacuría

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H. Puebla de Zaragoza a 12 de septiembre de 2011 AU-35-2011 Emilio González Márquez Gobernador del estado de Jalisco Celso Rodríguez González Presidente del Poder Judicial de Jalisco Tomás Coronado Olmos Procurador de Justicia del estado de Jalisco Víctor Manuel Sánchez Orozco Coordinador General de Delegados Regionales de la Procuraduría de Justicia de Jalisco Ma. De La Luz Rodríguez Mendoza Delegada en Jalisco de la Procuraduría Agraria Magistrado: Lic. Agustín Hernández González Tribunal Agrario Distrito 16 Judith Berenice Paniagua Visitadora de la Procuraduría Agraria para los municipios de Ocotlán y Poncitlan Victoria Pacheco Jiménez Delegada Estatal en Jalisco de la PGR Carlos Maldonado Guerrero Presidente Municipal de Poncitlan Luis Gerardo González Blanquet Delegado de la SEMARNAT en Jalisco Raúl Antonio Iglesias Benítez Director General del Organismo de Cuenca Lerma Santiago Pacifico José Manuel Galindo Jaramillo Delegado de la PROFEPA en Jalisco Agencia del M.P. Delegación Regional Zona Ciénega (04) P R E S E N T E S.ACCIÓN URGENTE CESE AL ENJUICIAMIENTO Y PERSECUCIÓN A INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD INDÍGENA DE MEZCALA, JALISCO, Y LA RESTITUCIÓN INMEDIATA DE SU TERRITORIO

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ACCIÓN URGENTE DEL INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS IGNACIO ELLACURÍA SJ (Universidad Iberoamericana Puebla) : CESE AL ENJUICIAMIENTO Y PERSECUCIÓN A INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD INDÍGENA DE MEZCALA, JALISCO, Y LA RESTITUCIÓN INMEDIATA DE SU TERRITORIO

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Page 1: AU Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría

H. Puebla de Zaragoza a 12 de septiembre de 2011

AU-35-2011 Emilio González Márquez Gobernador del estado de Jalisco Celso Rodríguez González Presidente del Poder Judicial de Jalisco Tomás Coronado Olmos Procurador de Justicia del estado de Jalisco Víctor Manuel Sánchez Orozco Coordinador General de Delegados Regionales de la Procuraduría de Justicia de Jalisco Ma. De La Luz Rodríguez Mendoza Delegada en Jalisco de la Procuraduría Agraria Magistrado: Lic. Agustín Hernández González Tribunal Agrario Distrito 16 Judith Berenice Paniagua Visitadora de la Procuraduría Agraria para los municipios de Ocotlán y Poncitlan Victoria Pacheco Jiménez Delegada Estatal en Jalisco de la PGR Carlos Maldonado Guerrero Presidente Municipal de Poncitlan Luis Gerardo González Blanquet Delegado de la SEMARNAT en Jalisco Raúl Antonio Iglesias Benítez Director General del Organismo de Cuenca Lerma – Santiago Pacifico José Manuel Galindo Jaramillo Delegado de la PROFEPA en Jalisco Agencia del M.P. Delegación Regional Zona Ciénega (04)

P R E S E N T E S.‐

ACCIÓN URGENTE

CESE AL ENJUICIAMIENTO Y PERSECUCIÓN A INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD INDÍGENA DE MEZCALA, JALISCO, Y LA RESTITUCIÓN INMEDIATA DE SU TERRITORIO

Page 2: AU Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría

El Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría SJ ha recibido información sobre una serie de violaciones a los derechos humanos cometidas por distintas autoridades en contra de la mujer indígena Rocío Moreno y los integrantes de la Comunidad Indígena Coca de Mezcala de Asunción, municipio de Poncitlán, Jalisco, quienes cuentan con información y documentación de su defensa de su territorio invadido desde el año de 1999 por el empresario Guillermo Moreno Ibarra y su prestanombres Crescenciano Santana Sánchez (quien es miembro de la comunidad) con la complacencia de autoridades municipales, estatales y federales. ANTECEDENTES A).- La Comunidad indígena Coca de Mezcala tiene muy presente su pasado. En pleno movimiento de Independencia, Mezcala refugió a insurgentes buscados por los Realistas tras la derrota de Puente de Calderón. De 1812 a 1816 mantuvo la defensa de su isla. La comunidad cuenta con títulos primordiales que datan de 1534 por la corona española. Ya en 1668 existen documentos que ordenan la restitución de tierras a su favor, reconociéndose sus derechos territoriales y de su isla, así como sus autoridades. Vale mencionar que el Congreso de Jalisco y el Ejecutivo de la entidad, aprobaron y publicaron respectivamente, la Ley Sobre los Derechos y el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de Jalisco, en la cual no se le reconoció ese carácter al pueblo Coca de Mezcala. B).- En 1999, el empresario Guillermo Moreno Ibarra se apoderó de diez hectáreas del territorio comunal y forestal, motivo por el cual las autoridades indígenas demandaron su inmediata restitución ante el Tribunal Unitario Agrario número 16, con sede en Guadalajara, Jalisco. El magistrado Agustín Hernández González, a cargo del expediente 653/167/2006 (antes el expediente se encontraba en el Tribunal de Atotonilco, Jalisco, y luego de 7 años paso a Tribunal 16), no ha resuelto el juicio, el cual ha informado que se encuentra en la etapa de dictar sentencia. La falta de resolución ha permitido al invasor continuar atentando contra el patrimonio territorial de la comunidad. C).- Es importante mencionar que a partir de la ilegal ocupación hasta ahora, el invasor ha desmontado el área forestal y removido el suelo para construir una gran mansión, la cual se encuentra bordeada por una malla metálica electrificada y una brecha exclusiva para que circulen sus vehículos. Además, a desviado cauces de ríos, todo con la complacencia o permisibilidad de las autoridades del municipio de Poncitlán, de la Comisión Nacional de Agua (CNA), de la Procuraduría Federal para la Protección del Medio Ambiente (PROFEPA), de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), de la Procuraduría Agraria (PA), entre otras. D).- Además de los daños ocasionados al territorio de Mezcala, las agresiones de Guillermo Moreno contra habitantes y líderes de la comunidad son frecuentes, como la ocurrida el 10 de abril del presente año, cuando los habitantes de la comunidad decidieron manifestarle de manera pacífica su rechazo a la invasión de su territorio. En respuesta fueron recibidos con detonaciones de armas de fuego disparados por personas armada que se encontraban en las inmediaciones de la casa de Moreno Ibarra. Los hechos fueron denunciados ante la delegación en Jalisco de la Procuraduría General de la República (PGR), sin embargo, a la fecha no ha sido informada la comunidad sobre el curso de las investigaciones. En esa ocasión, las autoridades de Bienes Comunales acatando un acuerdo de Asamblea del 22 de marzo del año en curso, decidieron desmontar un panel solar que se estaba construyendo en territorio comunal. Señalan los comuneros que la instalación de dicho panel era para obtener agua desviando los arroyos de Mezcala y de la comunidad vecina de San Juan Tecomatlán, quienes requieren del vital líquido para llevar a cabo las labores de siembra y crianza de ganado.

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HECHOS E).- El pasado 14 de abril del presente año, el prestanombres Crescenciano Santana presentó ante la Agente Ministerio Público de Ocotlán, Jalisco, Lucero Moreno Murguía, una denuncia por daño a las cosas en contra de Rocío Moreno y diez integrantes más de la Comunidad. Posteriormente el empresario Moreno Ibarra presentó una denuncia igual por los mismos hechos y contra las mismas personas. Pese a la inconsistencia jurídica de la denuncia, la licenciada Lucero Moreno, jamás citó a Rocío Moreno para que conociera del contenido de la denuncia, saber quien la acusa, así como las pruebas que presuntamente la incriminaban. El domicilio particular de Rocío es conocido por los pobladores, así que debió haber sido citada por la representante social sin ningún problema. Cabe mencionar que en el momento de los hechos Rocío Moreno no se encontraba presente cuando la asamblea decidió desmontar la estructura del área comunal. F).- Con una averiguación previa plagada de irregularidades consideradas violaciones a los derechos al debido proceso, seguridad jurídica y personal, el expediente fue consignado al Juez Penal de Ocotlán, licenciado Oscar Martín Morales Vázquez, quien en lugar de analizar a detalle el expediente, y advertir de las inconsistencias jurídicas por parte de la ministerio público, de manera irresponsable giró las ordenes de aprehensión en contra de Rocío Moreno y 10 personas más. G).- La líder indígena Rocío Moreno, fue detenida el martes 6 de septiembre del 2011, a las 17:30 horas en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, por dos agentes de la policía investigadora de la Procuraduría General de Justicia, uno de los cuales se hizo pasar por periodista y mediante engaños la citó a través de su teléfono celular para realizarle una entrevista sobre la isla de Mezcala. Estando en la puerta del diario Milenio Jalisco, llegó una persona quien se hizo pasar como miembro de la redacción de dicho periódico, pero en verdad era uno de los dos agentes. Le argumentaron a Rocío Moreno que la detenían debido a que recibieron reportes de periodistas del diario Milenio donde la acusaban de amenazarlos vía telefónica. Es importante resaltar que el teléfono celular de Rocío al parecer se encontraba intervenido por ese par de agentes, pues se reían cuando trataba de hacer algunas llamadas pues el aparato estaba bloqueado. H).- A las 18:00 horas la estuvieron interrogando en las instalaciones de la Procuraduría de Justicia ubicadas en la calle 14, de la Zona Industrial, en cuatro oficinas distintas y al final puesta en una celda. El 7 de septiembre a las 8 de la mañana fue trasladada a Ocotlán, Jalisco, donde fue puesta a disposición del Juez Penal, Oscar Martín Morales Vázquez, responsable de girar la orden de aprehensión. Luego de pagar una exorbitante fianza, fue puesta en libertad. I).- El próximo martes 13 de septiembre, el Juez Penal resolverá la situación jurídica tanto de Rocío Moreno como para el resto de los comuneros, es decir, decidirá si les deja en libertad o se les procesará por los delitos denunciados por Guillermo Moreno Ibarra y su prestanombres Crescenciano Santana Sánchez. Por todo lo expuesto con anterioridad, les exigimos lo siguiente: PRIMERO.- Que los representantes de la Procuraduría de Jalisco, se desistan de la acción dentro del juicio penal número de expediente 318/2011-C, celebrado ante el licenciado Oscar Martín Morales Vázquez, esto debido a las irregularidades cometidas por la Ministerio Público, Lucero Moreno Murguía, dentro de la averiguación previa 1327/2011 de Ocotlán, Jalisco. SEGUNDO.- Que el Juez Penal, licenciado Oscar Martín Morales Vázquez resuelva dejar en plena libertad a Rocío Moreno y al resto de los comuneros, así como dejar sin efectos las órdenes de aprehensión, debido a que no existen elementos constitutivos de delitos, y por ende, asentar las inconsistencias legales de hecho y de derecho, todas ellas violatorias de los derechos humanos de las personas de la comunidad.

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TERCERO.- Que de una vez por todas, el magistrado del Tribunal Unitario Agrario número 16, resuelva en definitiva el expediente 653/167/2006, en el sentido de restituirle a la Comunidad Indígena de Mezcala el territorio invadido por el empresario Guillermo Moreno Ibarra. CUARTO.- Al las autoridades delegacionales de la SEMARNAT, PROFEPA, CNA, PA, para que de una vez por todas, resuelvan las acciones interpuestas por las autoridades comunales, tanto para los casos del desmonte del arbolado, el uso de suelo, el desvío de los causes hídricos, entre otros daños medioambientales. Asimismo, se les reconozcan y garanticen los plenos derechos de la comunidad indígena Coca de Mezcala. QUINTO.- Que se investigue y se llegue al fondo sobre el grupo paramilitar que resguarda el predio comunal invadido por el empresario Guillermo Moreno Ibarra. Esta petición les es formulada bajo el manto de la garantía consagrada en el artículo 8 de la Constitución General de la República, la cual se realiza en los términos establecidos en dicho numeral.

En espera de una pronta acción y respuesta, agradecemos de antemano.

Director del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría SJ

Universidad Iberoamericana Puebla