auditoria (segundo parcial teoria)-1
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AUDITORIA (SEGUNDO PARCIAL)
IMPUESTO DIFERIDO
Existen dos métodos para calcularlo:
1- Método tradicional (es el que aplicaba la norma anterior): en el cual se calcula aplicándole al resultado
impositivo la alícuota correspondiente, dando como resultado el impuesto determinado. Por ejemplo: Result
impositivo X 0.35 = Impuesto determinado, dando lugar al siguiente asiento.
Impuesto a las ganancias X
A Provisión Impuesto ganancias X
2- Método del impuesto diferido (es el que se aplica actualmente): el objetivo es que el cargo del impuesto a las
ganancias tenga correlación con el devengamiento contable. Este método solo se utiliza para diferencias
transitorias. Se deberán identificar las diferencias transitorias que van a generar activos o pasivos diferidos.
Estas diferencias transitorias van a surgir de la comparación entre el Balance contable y el Balance impositivo
Hay dos formas de hacerlo:
- A través del seguimiento de resultados: se debe hacer un seguimiento detallado todos los años.
- A través de la comparación de saldos patrimoniales: este es el que se utiliza en la práctica y se calcula de la
siguiente manera, por ejemplo en el caso de incobrables: Incobrables contables Incobrables Impositivos = $
X 0.35 = Impuesto diferido
Di ferenc i as
- Permanentes: las diferencias permanentes van a ser un mayor cargo al impuesto a las ganancias ya que nunca
van a poder deducirse. Se trata de deducciones que están prohibidas por la ley. Tal es el caso de las multas, la
donaciones no permitidas y demás exenciones. - Transitorias: son las que intervienen en el método y se reconocen en distintos momentos generando activos y
pasivos diferidos.
Si tiene ganancia contable, pero paga en el ejercicio siguiente tendrá un pasivo diferido.
Si tiene una perdida contable, pero pagas en este ejercicio tendrá un activo diferido.
Utilizando el método de comparación de saldos patrimoniales:
- Si el Activo Contable es menor al Activo Fiscal ----- Activo diferido
- Si el Activo Contable es mayor al Activo Fiscal ----- Pasivo diferido
- Si el Pasivo Contable es mayor al Pasivo fiscal ----- Activo diferido
- Si el Pasivo Contable es menor al Pasivo fiscal ----- Pasivo diferido
Por ejemplo: tenemos una contingencia por un juicio que nos iniciaron y es muy posible que se pierda. Hay una previs
contable por este juicio de $10.000, que no se puede deducir porque impositivamente para poder deducirla se debe
obtener la sentencia. En este caso el pasivo contable (previsión) es mayor que el pasivo impositivo por lo tanto genera
un activo diferido. Luego cuando obtenga una sentencia firme lo podrá deducir.
Situac i ones que pueden generar ac tiv os o pasiv os d i fer i dos
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- Amortización de bienes de uso (diferentes criterios, diferente vida útil, etc.)
- Previsión incobrables
- Costos financieros activados (que impositivamente no estén permitidos)
- Planes de retiro
- Previsión para despidos
- Honorarios a directores a pagar (solo se pueden deducir hasta un tope y si fueron abonados antes de la
presentación de la declaración jurada)
P asos para el cálc ulo del i mpuest o d i fer i do
- Primero se debe comparar el Balance impositivo con el Balance contable (estado de situación patrimonial)
aplicando el método de comparación de saldos patrimoniales.
- Una vez obtenido el activo o pasivo diferido, se deberá realizar un análisis de recuperabilidad de esos activos
pasivos.
- Esto va a afectar en el balance los resultados (Impuesto a las ganancias) y la variación de activos y pasivos
(diferidos)
Ejemplo 1
La compañía tiene un crédito por $1.000, que contablemente pasa a ser incobrable, pero impositivamente no se pued
deducir porque no cumple con los índices de incobrabilidad impositivos. Aunque ahora no tengo los indicios, y ningún
efecto impositivo por esto, puede que en un futuro lo pueda deducir.
Perdida contable $1.000
Perdida Impositiva $0
Al año siguiente se dan los indicios impositivos por lo tanto:
Perdida contable $0
Perdida impositiva $1.000 (Ahora lo puedo deducir)
- Año 1
Resultado contable $10.000
No se pueden deducir los $1.000 de incobrables por no cumplir con los índices de incobrabilidad:
Resultado contable $ 10.000
Ajuste Incobrables $ 1.000 (Lo sumo porque estaba restando al resultado)
Resultado impositivo $ 11.000X 0.35
Impuesto determinado $ 3.850
- Año 2
Resultado contable $20.000
En este año se dan los índices de incobrabilidad, puedo deducir lo que no pude deducir el año anterior.
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Resultado contable $ 20.000
Ajuste Incobrables $ -1.000 (Resto los incobrables no deducidos el año anterior)
Resultado impositivo $ 19.000
X 0.35
Impuesto determinado $ 6.650
La perdida contable de dio en el Año 1 y el efecto impositivo en el Año 2. Los asientos que surgen de esto serán:
- Año 1
(A+) Activo Impuesto diferido 350
(R-)Impuesto Ganancias 3500
(P+) a Provisión Impuesto ganancias 3850
Los $1.000 de perdida en el resultado contable por deudores incobrables que no pudieron deducirse impositivamente
generaron un activo diferido porque tendrá efecto en ejercicios futuros, ya que se presume que se darán los índices y
podrán deducir. Este efecto será el siguiente:
$1.000 X 0.35 = $350
- Año 2
(R-)Impuesto Ganancias 7000
(A-) a Activo Impuesto diferido 350
(P+) a Provisión Impuesto ganancias 6650
Como perdida siempre debo poner la perdida contable generada por el impuesto a las ganancias, la diferencia va a es
en la provisión de ganancias, cuenta de pasivo, que indica lo que debemos abonar y surge del impuesto determinado
diferencia va a ser un activo o pasivo diferido, o en el caso del segundo año la baja de ese activo o pasivo. Siempre se
deberá tener en cuenta la tasa del año siguiente, que en Argentina por lo general siempre es del 35%.
Quebrant os i mpositiv os
Si en un ejercicio tiene quebrantos, se puede utilizar por 5 años, entonces contablemente se puede activar, siempre
luego teniendo en cuenta el test de recuperabilidad. Este será un crédito que podrá ser utilizado en los próximos 5
ejercicios cuando tenga ganancia impositiva. El quebranto se acumula hasta que prescribe. Es importante siempre
realizar el test de recuperabilidad, que se basa en asegurarse que la compañía obtendrá ganancias en el futuro antes
que prescriba el crédito por quebrantos. En caso de que no esté seguro de que van a haber ganancias en ejerciciosfuturos se deberá previsionar.
Ejemplo 2
Una compañía inicia actividades, arrojando el siguiente resultado contable:
- Año 1
Resultado contable $ -10.000
Ajuste Incobrables $ 0
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Resultado impositivo $ -10.000
X 0.35
Q uebranto $ 3.500
Resultado antes de Impuesto $ -10.000
Impuesto Ganancias 3500 (En positivo porque fue quebranto)
Resultado $ -6.500
(A+) a Activo Impuesto diferido 3500
a Impuesto Ganancias 3500
- Año 2
Resultado contable $ 20.000
Ajuste Incobrables $ 0
Resultado impositivo $ 20.000
Resultado impositivo perdida año anterior $ -10.000
$ 10.000x 0.35
$ 3.500
Impuesto ganancia 7000
a Impuesto a pagar 3500
a Activo impuesto diferido 3500
E vi denc i as negativ as
- Pérdidas acumuladas de años pasados
- Se esperan perdidas para los próximos años
- Tiempo de prescripción de cada quebranto
- Instancias no resueltas, que si se resuelven general perdidas
Ex posi c ión
- Los activos y pasivos se deben separar en corrientes y no corrientes
- Las operaciones discontinuadas, los resultados que generen se deben exponer en una línea aparte y su impue
a las ganancias también. Lo mismo con los resultados extraordinarios
- AREA se expone neta del impuesto a las ganancias
- El resultado del impuesto a las ganancias, el efecto impositivo determinado, el efecto de activos y pasivosdiferidos y el efecto del cambio de tasa, el efecto por desvalorización, valorización y reversiones se deberá
exponer en notas a los estados contables.
- Se deberá abrir el activo y pasivo diferido por concepto
Aj ust e por i nflac ión de bi enes de uso
Impositivamente no es deducible por lo tanto genera que la valuación contable de bienes de uso sea distinta a la
impositiva y como consecuencia que la amortización sea distinta.
Esa diferencia en antes era considerada:
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- Transitoria para todo el país
- Permanente para la ciudad autónoma de buenos aires
Luego se unifico el criterio y se determino que es una diferencia transitoria, pero en el caso de las compañías de la
ciudad autónoma de buenos aires que la hayan considerado permanente en su momento se puede considerar
permanente pero se deberá exponer en notas.
CONTROL INTERNO
Uno de los procedimientos de auditoría es verificar que funcione el control el interno, el auditor deberá evaluarlos, pa
esto los sistemas deben ser eficientes.
La RT 7 establece que va a ser un proceso de auditoría si la estrategia es basarse en controles para realizar la auditoria
Esto se determina en la primera etapa que es en la que se debe definir la estrategia de auditoría, siempre que se opte
por la estrategia de basarse en controles.
Concepto
Es un proceso que está diseñado, ejecutado y monitoreado por la dirección del ente con el objetivo de proveer una
seguridad razonable de que se cumplan los objetivos en las siguientes dimensiones:
- Eficacia y eficiencia de las operaciones
- Confiabilidad en la información financiera y contable
- Cumplimiento de los aspectos legales y reglamentarios
Cada compañía tiene su estructura de control interno, que va a depender de la estructura de la compañía, por ejemp
en el caso de compañías grandes, tendrán estructuras de control más fuertes.
El control interno es para asegurarse razonablemente que se estén cumpliendo los objetivos. Como auditor se debe
evaluar si vale la pena el enfoque en controles, para eso deberá:
- Conocer como se instrumentan y comportan los sistemas
- Luego deberá relevar el sistema de la compañía
- Identificar los controles en que se pueda depositar confianza para la auditoria
- Planificar los procedimientos que permitan determinar que esos controles funcionan
- Por último se realiza un informe sobre las debilidades y sugerencias para mejorar el proceso.
Objetivo de los controles (es el ente quien los hace)
- Hacer que las operaciones se ejecuten con las debidas autorizaciones, por ejemplo para comprar que se emita
las correspondientes órdenes de pago o que las compras mayores a un determinado monto sean autorizadas
por el correspondiente personal jerárquico. - Lograr que las operaciones se registren en el momento correcto, en la cuenta correspondiente por el importe
que corresponda. Por ejemplo que el sistema no permita ingresar asientos que no balanceen, o de otro mes
cuando el mes ya está cerrado.
- Q ue el acceso a los activos sea permitido solamente a las personas autorizadas, por ejemplo que el acceso a lo
depósitos sea restringido
- Q ue los registros de control de los activos se comparen con los activos físicos existentes.
El objetivo general es que:
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- Los errores sean detectados
- Los errores sean corregidos oportunamente
Riesgo de auditoria
El riesgo de auditoría está compuesto por:
- Riesgo inherente
- Riesgo de control- Riesgo de detección
Ri esgo de cont rol
Es el riesgo de que los controles no funcionen, es decir que:
- Q ue no sean suficientes para cumplir el logro de los objetivos
- Q ue no se detecte en forma oportuna cualquier error.
El riesgo de control forma parte de la planificación. A mayor riesgo de control mayor riesgo de auditoría. Si el riesgo d
control es bajo, el riesgo de auditoría será menor y esto va a influir en los procedimientos de auditoría y en su alcance
Si el riesgo de control es bajo, disminuye la cantidad de pruebas sustantivas y el alcance de las mismas. Las mismas se
podrán realizar incluso antes del cierre.
Las pruebas de control se pueden realizar antes del cierre y se deberán seguir los siguientes pasos:
- Se debe lograr un entendimiento de la estructura del control interno del ente, dentro de la etapa de
planificación. Es decir relevar el control interno a nivel general.
- Identificar y relevar los ciclos y procesos de información financiera que van a ser importantes para la auditoria
- Identificar los riesgos de control presentes en los procesos
-
Identificar los controles que diseño e implemento el ente para mitigar esos riesgos- Se hace una evaluación preliminar de la efectividad de esos controles (para ver si son suficientes para mitigar
esos riesgos)
- Defino mi estrategia de auditoría, ventajas y desventajas de basarse o no en controles, teniendo en cuenta el
costo beneficio del enfoque sobre controles. Se puede hacer con algunos procesos de control y otros con
pruebas sustantivas
- Diseñar el programa de trabajo para probar esos controles, para verificar el cumplimiento durante todo el
periodo de auditoria
- Re evaluar si la estrategia de auditoría fue correcta, puede que tenga que cambiar la estrategia y realizar
pruebas sustantivas.
Para todo esto se deberá tener en cuenta la influencia de la tecnología en los sistemas. Hay que entender bien como
afecta porque puede simplificar la comprobación de los controles.
P rocesos y c i clos i mpor t ant es para la aud it or i a
Identificar y relevar los ciclos y procesos de información financiera que van a ser importantes para la auditoria
(segundo paso)
Riesgo de control: si el proceso funciona bien entiendo que el saldo de la cuenta estaría correcto. Si valido esos
procesos, obtengo cierta seguridad que el saldo es correcto.
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Los procesos están relacionados con las aseveraciones / afirmaciones que estamos buscando, por ejemplo compras
cuentas a pagar o ventas y cuentas a cobrar.
Por ejemplo: proceso de inventario y costo
- Existencia: el riesgo es que el inventario que está registrado en la contabilidad no exista físicamente. El contro
que se puede hacer es un inventario rotativo una vez por mes. Si se verifica, el riesgo de control disminuye y
consecuentemente el riesgo de auditoría. Se harán menos pruebas sustantivas
- Valuación: el riesgo es que este mal calculado, la compañía puede tener diferentes controles, que el sistema l
compare automáticamente por ejemplo y luego que haya comparaciones por parte de la gerencia.
- Propiedad: el riesgo es que no sean de la compañía. El control podría ser que estén en otro depósito o que es
debidamente notificados. De esta manera se reduce el riesgo de control, el riesgo de auditoría y las pruebas
sustantivas tendrán un menor alcance.
Una vez identificados los procesos debemos entender cómo funcionan (leer manuales, descripciones de procesos, se
puede realizar un flujo grama, etc.). Luego debe realizar una recorrida para verificar que funcionen de esa manera.
También deberá tener en cuenta la tecnología y la manera en que afecta al proceso. En ese recorrido se identifican lo
riesgos de control como los controles del ente. No se puede probar todos los controles, no sería eficiente hacerlo, po
eso es importante identificar los controles clave para la auditoria.
Como identificar un control clave:
- El auditor deberá fijarse si sirve para validar una afirmación de los EECC
- Deberá identificar si ese control se ve vulnerado por los controles generales o ambiente de control
- Deberá evaluar si es eficiente probar ese control
Puede haber distintos tipos de control:
- Los que no nos interesan, por ejemplo los controles de buena atención al cliente, los cuales no tienen ninguna
relación con alguna aseveración- Los que si nos interesan como auditores, por ejemplo las conciliaciones de cuentas.
Una vez identificados los controles, el auditor debe evaluar cuales son los más eficientes para probar. En el caso de q
sea difícil de probar no es eficiente. Se pueden proponer mejoras a la gerencia en algún punto. Siempre hay que ten
en cuenta que el control lo realiza el ente.
Anál i si s del cont rol i nt erno a niv el enti dad
Se analiza el control interno a nivel entidad para:
- Entender los riesgos del negocio y de los estados financieros
- Para hacer la evaluación del riesgo combinado
- Para hacer una primera estimación sobre el alcance y la naturaleza de los procesos de auditoria
Cuando analizamos el control interno a nivel entidad, tiene que ser positivo para decir que los controles a nivel
transacción funcionan bien.
Entender el control interno a nivel entidad, implica obtener la razonabilidad de los siguientes cinco componentes:
1- Ambiente general de control: controles más generales, sobre valores éticos, integridad, que tengan código de
conducta, etc.
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2- Evaluación de riesgo: que procedimientos y políticas tiene la dirección para analizar los riesgos
3- Actividad de control: son los procedimientos que ayudan a reducir esos riesgos para cumplir con los objetivos
por ejemplo aprobaciones, salvaguarda de activos, segregación de funciones, etc.
4- Información y comunicación: que se identifica la información relevante, cual es el flujo de la información, y si
fluye correctamente
5- Monitoreo: tiene que hacer alguien que monitoree que los controles sean llevados a la práctica y que se anali
los resultados.
Ley Sarbanes Oxley
Se genero con el objetivo de que el público vuelva a tener confianza en el mercado.
Establece que el auditor se debe basar si o si en una estrategia de control, porque si el control de la compañía no es
bueno, los EECC seguramente no lo sean. Las compañías que cotizan en bolsa tienen que presentar un informe
certificado por el auditor indicando:
- Deficiencias de control
- Detalle del control interno
También le dio más responsabilidad a los directorios y hace un fuerte hincapié en la independencia del auditor, requie
que se haga un comité que verifique la independencia del auditor.
Esto para las compañías implico un mayor costo y cambios en los procesos y controles.
También genero penalidades mucho más fuertes para los auditores y directores y creó un organismo de supervisión p
los auditores (PCAOB)
El grado de control interno requerido es muy detallado.
Distintas limitaciones que podemos encontrar al control interno dentro de la empresa
- Q ue la gerencia pueda o tenga intenciones de saltear la estructura de control interno para cometer un fraude
falsear los EECC
- Errores humanos, que pueden surgir por ejemplo por distracciones
- La falta de segregación de tareas
- Condiciones cambiantes, por ejemplo el cambio en un proceso puede provocar una debilidad en un control qu
hasta ese momento era adecuado.
Todas estas situaciones pueden favorecer a que nos encontremos con limitaciones en el control interno.
Clasificación de los controles
Ac tivi dades de cont rol
Son un conjunto de procedimientos que ayudan a encauzar los riesgos al cumplimiento de los objetivos de la empresa
Alguna de estas actividades es por ejemplo:
- Aprobaciones y autorizaciones
- Verificaciones
- Controles físicos
- Reconciliaciones
- Salvaguarda de activos
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- Segregación de funciones
- Revisión de performance de las metas y aprobaciones
- Controles de acceso lógico
T res ti pos de cont rol
Preventivo
Son los controles que eliminan los problemas en el origen, en el cual las excepciones pueden predecirse. Previene laocurrencia de errores durante el procesamiento de transacciones relacionadas con los estados financieros y se aplica
una transacción individual.
Detectivos
Son los que detectan errores difíciles de predecir y que se producen esporádicamente. Detectan con posterioridad
errores que pueden haber ocurrido en el procesamiento de transacciones relacionadas con los estados financieros. Se
aplican a un grupo de transacciones
El ideal es tener varios controles preventivos, y es más eficiente desde el punto de vista de auditoría.
Lo deseable son los controles preventivos porque impide que el error ocurra. Por otra parte si los controle son
automáticos tendrá más confianza en ellos. Esto va a depender de los sistemas.
Automático Automático
Detectivo Preventivo
CONFIABLE
Manual Manual
Detectivo Preventivo
DESEABLE
Controles IT
Hay dos tipos:
1- Controles de aplicación: son aquellos que ayudan a asegurarnos que las transacciones son validas, autorizada
adecuadamente y procesadas adecuadamente. Son los controles que en general los hace el sistema sobre la
información que procesa.
2- Controles generales: son los que afectan a nuestros controles de aplicación y por lo tanto la evaluación del
riesgo de control y la confiabilidad de otra información que usamos durante el proceso de revisión. Están
relacionados con los accesos lógicos y los cambios a los programas.
Pasos para documentar los controles
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1- Entrevistas con los denominados dueños de los procesos, son los que realizan la tarea.
2- Completar y documentar nuestro entendimiento del proceso a través de los narrativos
3- Completar la matriz de control que consiste en preguntar que podría salir mal en transacciones que afecten a
aseveraciones contables y deberá encontrar controles que mitiguen los riesgos identificados. La matriz de
control está formada por la identificación de riesgos y la identificación de controles para mitigar el riesgo.
4- Efectuar un reproceso del proceso y recompilar la documentación
Ejemplos: Identificar el riesgo, lo que puede fallar y los controles para mitigar ese riesgo
Remuneraciones y cargas sociales
Lo que puede fallar:
- Q ue se realicen pagos por tiempos no trabajados, esto afectaría la aseveración contable de
existencia/ocurrencia
- Q ue los gastos de sueldos y cargas sociales no se registren en el periodo correcto, esto afectaría la aseveració
de integridad
- Q ue los gastos de nomina incluidas las deducciones y beneficios no se registren correctamente, esto afecta la
aseveración medición/valuación
Cont roles, que miti gan lo que puede fallar:
- Q ue se defina una jerarquía en el sistema para controlar automáticamente los tiempos trabajados y su
liquidación
- Q ue el acceso a los archivos de información y transacción es adecuadamente restricto
- La actividad mensual de norma es comparada con el periodo anterior
- Q ue el sistema no permita liquidar dos veces el mismo código de empleado o que el reporte de horas trabajad
emitido por el sistema es revisado semanalmente
Inventarios
Lo que puede fallar:
- Q ue los ajustes del físico contra los libros no fueron correctamente calculados o registrados, afecta la
aseveración de integridad medición / valuación
- Q ue los recuentos físicos no incluyeron los inventarios fuera de los almacenes
- Q ue las compras no fueron registradas en los periodos adecuados
Cont roles, que miti gan lo que puede fallar:
- Q ue los ajustes por las diferencias entre libros y físico son revisadas y firmadas por personal jerárquico- Q ue existan instrucciones adecuadas para la toma de inventario físicos
- Q ue las excepciones al three way match sean revisadas. El control es que el sistema compara orden de compr
la factura y el remito con la orden de compra, es decir cruza toda la información
- Q ue el sistema automáticamente previsiona cuando se reciben los bienes
- Q ue las órdenes de compra sin aplicación (que no haya ingresado esa mercadería)
- sean revisadas periódicamente
Estos dos últimos mitigan que las compras no se registren en periodos adecuados.
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Ventas, créditos por ventas y cobranzas
Lo que puede fallar:
- Q ue no se registre la totalidad de las ventas, esto afecta la integridad
- Q ue se emitan notas de crédito sin la autorización apropiada, esto afecta la existencia/ocurrencia
- Q ue se emitan las facturas con anterioridad al despacho de los bienes, esto afecta existencia/ ocurrencia
- Q ue no se registren las cantidades y precios correctos de bienes despachados, esto afecta la medición/valuac
- Q ue las cobranzas no sean registradas en el periodo correcto
Cont roles, que miti gan lo que puede fallar:
- Verificar que con un remito o factura remito automáticamente el sistema realice un asiento por esa venta
- Para emitir las notas de crédito de determinado importe, se requiere la autorización de un determinado nivel
jerárquico
- Verificar que lo se despache coincida con la l ista de precios y se registre así
- Preparación y revisión oportuna de las conciliaciones bancarias
Conclusión de auditoría (parcial)
El procedimiento de conclusión que deberíamos hacer es:
y Resumen de hallazgos de auditoría. Van a haber dos resúmenes:
1- Con los desvíos detectados a las normas contables profesionales, esto es los ajustes de auditoría que
detectamos
2- Con las debilidades de control interno que considera importantes para ser incluidos en la carta de
recomendaciones
y La estimación definitiva de la materialidad. En la auditoria se utiliza una materialidad de planeación. Esto
significa realizar una revisión de materialidad después de los ajustes.
y Preparación y discusión de los ajustes y revisión de su contabilizacióny Obtención de la carta de la gerencia, verificar que la carta incorpora situaciones especificas que requieren
confirmaciones de la gerencia e incluye las diferencias de auditoría no registradas. Apunta a que expresen qu
no nos están ocultando ninguna información, que es toda la información, por ejemplo que no ocultan una
cuenta corriente en un banco.
y Preparación de la carta de recomendaciones en la cual se comunica a la gerencia las debilidades de control
interno identificadas
y Comunicación de fraudes, errores o actos ilegales. Debemos tenerlos en cuenta en su informe y comunicarlo
gerencia a través de la carta y deberá evaluar si lo debe comunicar a un organismo de contralor.
y Revisión final de los EECC
y Preparación del informe del auditor (se redacta)
y Revisión de hechos posteriores que tiene como objetivo determinar si entre la fecha de EECC y el informe, ha
ocurrido situaciones que por su naturaleza deban tenerse en cuenta para los EECC, hechos que confirmen
situaciones existentes a la fecha de cierre del balance, o hechos significativos para exponerlos en los EECC
y Revisión de los registros contables legales. Verificar la transcripción de los asientos del diario y subdiario a los
libros legales y que los EECC hayan sido transcriptos al libro de inventario y balances y que estén firmados
y Evaluación de la continuidad del ente. Es decir que no hay ningún problema de empresa en marcha
y Revisión final de la evidencia de auditoría en los papeles de trabajo y control de las confirmaciones
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INFORMES DEL AUDITOR
Las normas a aplicar para los informes de auditoría son:
- RT 7
- Informe 26
- Interpretación 5 de la federación
Los informes que normalmente pueden surgir como consecuencia de una auditoria de estados contables para serpresentados a terceros son los siguientes:
- Informe breve
- Informe extenso
- Informe de revisión limitada de EECC de periodos intermedios (en normas internacionales puede ser para
periodos anuales)
- Informe sobre las actividades de control de sistemas examinados
- Certificaciones
- Otros informes especiales
INFORME BREVE
Concept o
El informe breve sobre los estados contables, para ser presentados a terceros, es el que emite un contador público,
basado en el trabajo de auditoría realizado, mediante el cual el profesional expresa su opinión o declara que se abstie
de emitirla sobre la información que contienen dichos estados. El trabajo debe ser efectuado de acuerdo con las norm
contables de auditoría. Esta definición implica:
- No es posible informe breve sin auditoria
- Las normas de auditoría a su vez definen la forma y el contenido del informe y sus diferentes alternativas
Comparac ión con la cer ti f i cac ión
La parte esencial del informe breve del auditor es la denominada dictamen. Generalmente se confunde certificació
con dictamen, lo cual es erróneo.
En la certificación se trata de decir, de afirmar, de asegurar, de dar por cierta determinada información, situación o
documentación. No se emite opinión, ni juicio alguno, solo se manifiesta la concordancia debida, observada, mediant
una constatación de hecho que brindo al contador una evidencia natural. Algunos ejemplos de temas certificables
podrían ser el quórum de asambleas, aumentos de capital y forma de integración, cual es el saldo de una cuenta. Tod
estos ejemplos mencionados son hechos que pueden verificar los profesionales y sobre los cuales se puede afirmar si
son verdaderos o no.
La certificación se aplica a ciertas situaciones de hecho o comprobaciones especiales, a través de la constatación co
los registros contables y otra documentación de respaldo y sin que las manifestaciones del contador público al
respecto representen la emisión de un juicio técnico acerca de los que certifica.
El dictamen en cambio implica opinión y juicio que se forma o emite sobre una cosa. Esa opinión implica el punto de
vista de un profesional experto en contabilidad y auditoría, formado luego de una investigación (si embargo no se pue
decir que su opinión es verdad sin duda alguna). La opinión del auditor sobre la razonabilidad con la que los EECC
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exponen la situación patrimonial de las empresas al cierre del ejercicio y los resultados de sus operaciones por el
ejercicio, no puede, considerarse una certificación, sino un dictamen.
Cont eni do del i nforme brev e del aud it or
Primero se deberá realizar un procedimiento de auditoría para demostrar la independencia del auditor respecto del e
cuyos estados contables son objeto de auditoría. Alguno de estos procedimientos puede ser:
- Obtener la confirmación del equipo de trabajo de que no tengan alguna de las relaciones con el ente queatenten con la independencia según la RT7, por ejemplo que no sean parientes, o tengan alguna relación
- Evaluar las relaciones de negocio del estudio o del auditor con el ente auditado
El informe breve sobre estados contables se debe presentar con la siguiente sistematización, según la RT 7:
Titulo
El titulo es informe del auditor
Destinatario
El informe debe estar dirigido a quien hubiera contratado los servicios del auditor, o a quien el contratante indicara. E
el caso que el destinatario fuera un ente, el informe se debe dirigir a sus propietarios o a las máximas autoridades. Po
ejemplo: A los accionistas de XX S.A. En algunas jurisdicciones se requiere incluir Domicilio, lugar y CUIT.
Objeto
Se debe identificar con precisión y claridad cada uno de los estados contables a los que se refiere el informe, la
denominación completa del ente a quien pertenecen y la fecha o periodo a que se refieren (identificación de los EECC
objeto de auditoría).no hace falta decir que se auditan notas y anexos, porque forman parte de los EECC. No es
obligatorio pero se puede mencionar. En el caso de que se mencionen los EECC del ejercicio anterior (información
comparativa), se toma responsabilidad por los EECC del ejercicio anterior y el auditor tiene la obligación de actualizarhechos posteriores que pueden afectar la información.
Alcance del trabajo de auditoría (importante)
El informe debe contener una manifestación acerca de si el examen se desarrollo o no se desarrollo de acuerdo con la
normas de auditoría vigentes.
Si existieran limitaciones al alcance de la tarea de auditoría que imposibilitaran la emisión de una opinión o implicara
salvedades a ésta, deberán ser claramente expuestas en el apartado denominado alcance del trabajo de auditoría.
Tales limitaciones deben indicar los procedimientos no aplicados, en su caso señalando:
- Si la restricción ha sido impuesta por el contratante del servicio de auditoria
- Si la restricción es consecuencia de otras circunstancias
Si parte del trabajo de auditoría se apoya en la tarea realizada por otro auditor independiente, la aclaración de esta
limitación será optativa. Si no se incluye, se supone que el auditor principal asume la responsabilidad sobre la totalida
de la información contenida en los estados contables sobre los que emite el dictamen.
Cuando un procedimiento usual se hubiera modificado, sustituido por otro alternativo o suprimido, y el auditor hubie
obtenido la evidencia valida y suficiente para sustentar adecuadamente su juicio, no es necesario dejar constancia en
apartado alcance del trabajo de auditoría del procedimiento omitido.
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Describe la responsabilidad de la compañía, la del auditor y el marco normativo, esos son los tres elementos del alcan
La responsabilidad de la compañía es:
- La emisión de los EECC
- Diseñar un sistema de control interno que posibilite obtener EECC conforme con las NCP vigentes
- Establecer políticas contables
- Efectuar estimaciones que resulten apropiadas a las circunstancias. Por ejemplo: contingencias, previsiones,
obsolescencia, desvalorizaciones, etc.
La responsabilidad del auditor es:
- Emitir una opinión en base a las normas de auditorías vigentes en Argentina
- Establecer el marco normativo bajo el cual se efectuó la auditoria (lo debe manifestar en el informe)
Aclaraciones especiales previas al dictamen
Puede incluirlas o no. Cuando, según el juicio del auditor que emite el informe, fuera necesario formular aclaraciones
especiales que permitan interpretar en forma más adecuada la información, dichas declaraciones debe exponerlas en
apartado específico previo a aquel en que incluya el dictamen.
Por lo general el auditor incluye las aclaraciones cuando hay salvedades o cuando hay algún asunto que el auditor qui
enfatizar porque considera es relevante para la toma de decisiones. No tiene impacto en la opinión, pero hay un hech
relevante para mencionar que sirve para una mejor toma de decisiones.
El auditor no debe incluir en este apartado manifestaciones que en realidad representaren salvedades o excepciones
que no reciban el tratamiento correspondiente en el párrafo del dictamen o de la opinión. Solo es necesario agregar
información aclaratoria para explicar una situación determinada o para fundamentar el tipo de dictamen que se emit
La exposición en notas a los EECC de estas declaraciones, excusa al auditor de incluirlas en su informe, pero deberá
indicar tal situación y remitirse a la nota respectiva.
Dictamen u opinión
En este apartado el auditor debe exponer su opinión, o abstenerse explícitamente de emitirla, acerca de si los EECC e
conjunto presentan razonablemente la información que ellos deben brindar de acuerdo con las normas contables
profesionales.
Puede o no emitir opinión sobre información comparativa:
- Si no lo hace: en mi opinión los EECC indicados presentan razonablemente la situación financiera y económic
de la compañía, los resultados de sus operaciones y su flujo de efectivo.- Si lo hace: se informa cual fue el informe y cuando se dio. Si la información comparativa sufrió cambios, hay q
decir si se auditaron o no y si estamos de acuerdo o no con aquellos cambios y sobre la razonabilidad respect
de las Normas contables profesionales. También se puede decir que la compañía hizo cambios y no fueron
auditados, pero lo ideal es que se auditen. La opinión no se actualiza. Se dice si los cambios son o no razonabl
es decir se emite una opinión sobre los cambios.
Información adicional
La información adicional requerida por leyes o disposiciones nacionales, provinciales, municipales o de organismos
públicos de control de la profesión, se agrega al dictamen como un último componente antes de la firma del auditor y
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dejar constancia del lugar y fecha de emisión. La información puede variar en cada jurisdicción dependiendo de las
disposiciones locales que se agreguen a los requerimientos nacionales, o también según la forma jurídica del ente o d
organismo bajo cuyo control se encuentre.
El auditor está obligado a opinar sobre la deuda devengada con la administración nacional de la seguridad social, y
deberá discriminar entre la deuda exigible y la no exigible.
También debe informar si la información surge de libros llevados en legal forma, esto es informar que los libros están
rubricados, y que en sus aspectos formales cumplen con las normas legales vigentes.
Hay jurisdicciones que requieren que se informe sobre la deuda devengada de IIBB como la provincia de Santa fe.
Todos los datos requeridos por alguna norma se agregan en este título.
Lugar y fecha de emisión
El lugar de emisión es aquel en que el contador público firma su informe (misma jurisdicción que la compañía). El
domicilio legal de la compañía debe ser el mismo donde el contador firma el informe y por lo tanto donde este ultimo
está matriculado.
La fecha de emisión (día, mes y año) es generalmente, aquella en que se hubiera concluido el trabajo de auditoría en
dependencias de la organización a que correspondan los estados contables examinados. Esta fecha limita la
responsabilidad del auditor en cuanto al conocimiento de hechos posteriores a la fecha de los estados contables que
pudieran tener influencia significativa en las informaciones que ellos contienen, ya fueran las siguientes:
- Aquellos que tuvieran una influencia directa en la situación patrimonial o en los resultados de las operaciones
mostrados en los EECC
- Aquellos que, si bien no tienen influencia indicada, deben incluirse en una nota a los EECC porque afectan la
apreciación del futuro de la situación patrimonial o de los resultados del ente.
Un ejemplo de esto último podría ser:
- Una cobranza posterior al cierre que tenga influencia en la valuación de cuentas por cobrar, o una devolución
importante de productos terminados que puede afectar la cifra de ventas, etc. (primer caso)
- El incendio total de una planta industrial, la perdida de contratos o convenios de venta de clientes importante
que podrá afectar significativamente los resultados futuros, etc. (segundo caso)
Hasta esta fecha se analizan los hechos posteriores, y es recién cuando los estados contables están disponibles,
completos y aprobados por el organismo de dirección. Esa fecha implica que el auditor concluyo con todo su trabajo.
Firma del auditor y forma de presentación
El informe del auditor debe llevar la firma del contador público, con la aclaración de su nombre y apellidos completos
título profesional y numero de inscripción en la matricula del consejo profesional correspondiente.
FIRMA
Nombre y Apellidos
Contador público (UBA)
C.P.C.E.C.A.B.A
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T° XX F° XX
Cuando se tratara de sociedades profesionales inscriptas en los consejos profesionales, se debe colocar su
denominación antes de la firma del contador público integrante que suscribe el informe respectivo, debiendo constar
carácter de socio.
La forma de la presentación es la siguiente:
El auditor debe presentar su informe por separado o adjunto a los estados contables objeto de auditoría. En amboscasos, las fojas de los EECC deben estar firmadas por el auditor y las restantes deben estar firmadas o inicializadas po
éste.
El dictamen u opinión
El componente más importante del informe del auditor, es aquel donde este emite su juicio o se abstiene de hacerlo
sobre la razonabilidad con la que los EECC exponen la situación del ente.
En este apartado el auditor debe exponer su opinión o abstenerse explícitamente de emitirla, acerca de si los EECC en
conjunto presentan razonablemente la información que ellos deben brindar de acuerdo con las normas contables
profesionales.
En el informe podrían distinguirse dos partes:
1. La opinión principal: es la opinión esencial
2. La opinión sobre uniformidad: es secundaria
Si la opinión principal es adversa. Invalida el estado, en cambio la opinión sobre uniformidad (si es adversa), solo invá
la comparación con el ejercicio anterior. La RT 7 establece que solo se incluirá la opinión sobre uniformidad cuando no
sea favorable.
Las distintas formas que puede adoptar este elemento fundamental del informe breve son:
Dictamen u opinión favorable: dictamen favorable sin salvedades
Cuando hubiere realizado su examen de acuerdo con estas normas el contador público debe opinar favorablemente,
siempre que pueda manifestar que los EECC objeto de la auditoria presentan razonablemente la información que ello
deben brindar de acuerdo con las normas contables profesionales.
Dictamen favorable es aquel que normalmente se espera que surja de una auditoría externa de EECC para uso de
terceros. Incluso la finalidad del auditor es tratar que su trabajo culmine con una opinión favorable, pues de ese modo
habrá contribuido a que la comunidad cuente con información confiable para reducir la incertidumbre involucrada en
proceso de toma de decisiones.
El dictamen favorable puede ser caracterizado como el que emite un contador público independiente cuando:
- No ha tenido limitaciones para desarrollar su investigación
- No subsisten, luego de la investigación, incógnitas sobre algunas afirmaciones importantes contenidas en los
EECC, que no pueden ser resueltas por medio de trabajo adicional.
- No subsisten sin corregir en los EECC errores u omisiones de medición
- No existen sin corregir errores de exposición de la información contable
- No ha existido cambios en las normas contables aplicadas con respecto al ejercicio anterior.
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De modo que el auditor se ha formado un juicio son observaciones sobre la razonabilidad con la que los EECC expone
situación de la empresa y sobre su uniformidad con los del ejercicio anterior.
Dictamen favorable con salvedades o excepciones
El dictamen favorable puede ser acotado con limitaciones que se denominan salvedades o excepciones. Las salvedade
su utilizan cuando se trata de montos o aspectos que por su significación, no justifican que el auditor deba emitir un
dictamen adverso o abstenerse de opinar sobre los estados objeto de la auditoria.
Al exponer su salvedad, ya fuera está determinada o indeterminada, el auditor debe dejar constancia de la razón de s
existencia y de la información adicional correspondiente.
Salvedad determinada: son aquellas originadas en discrepancias respecto de la aplicación de las normas contables
profesionales (de valuación o exposición) utilizadas para preparar y presentar la información contenida en los EECC
sujetos a la auditoria. Cuando correspondiera, debe dejar constancia de las partidas y montos involucrados.
Salvedad indeterminada: son aquellas originadas en la carencia de elementos de juicio validos y suficientes para pod
emitir una opinión sobre una parte de la información contenida en los EECC examinados. En estos casos debe expresa
su salvedad obedece a las limitaciones en el alcance de la tarea o a la sujeción de una parte o de toda la información
contenida en los EECC a hechos futuros cuya concreción no pudiera ser evaluada en forma razonable.
Los que produce una salvedad indeterminada:
- Existencia de limitaciones en el alcance
- Subsistencia de incertidumbres
Lo que produce una salvedad determinada es:
- Errores u omisiones de observación
- Errores u omisiones de medición
- Errores u omisiones de exposición
Con respecto a la opinión sobre uniformidad las salvedades determinadas son como consecuencia de un cambio
producido en las normas contables aplicadas con relación al ejercicio anterior.
Dictamen adverso
El auditor debe emitir un dictamen adverso cuando, como consecuencia de haber realizado su examen de acuerdo co
estas normas de auditoría, toma conocimiento de uno o más problemas que implican salvedades al dictamen de tal
magnitud e importancia que no justifican la emisión de una opinión con salvedades. El conocimiento suficiente de los
problemas por parte del auditor revela que es inapropiada una abstención de opinión.
En este caso, el auditor debe expresar que los EECC no presentan información pertinente de acuerdo con las normas
contables profesionales, explicando las razones que avalan su opinión (generalmente en un párrafo previo ubicado en
apartado aclaraciones previas al dictamen)
Abstención de opinión
El auditor se debe abstener de emitir su opinión cuando no ha obtenido elementos de juicio valido y suficiente para
poder expresar una opinión sobre los EECC en su conjunto. La necesidad de emitir un informe con abstención de opin
puede originarse en lo siguiente:
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- Limitaciones en el alcance de la auditoria
- Sujeción de una parte o de toda la información contenida en los EECC a hechos futuros, cuya concreción no
pudiera evaluarse en forma razonable y cuya significación potencial no admita la emisión de una opinión con
salvedad indeterminada.
La abstención de emitir una opinión puede ser aplicada a toda la información examinada o a una parte de ella.
El auditor debe indicar en su informe, en los apartados pertinentes (alcance del trabajo de auditoría o aclaraciones
previas al dictamen) las razones que justifican la abstención de opinión.
Opinión parcial
El auditor que hubiera emitido un dictamen adverso sobre los EECC en su conjunto o se hubiera abstenido de opinar
sobre ellos, puede emitir una opinión parcial sobre algunos aspectos de la información que contienen dichos EECC,
siempre que ocurra lo siguiente:
- Considere que esa opinión es de utilidad para los interesados en el informe
- El alcance de su trabajo, medido con respecto a la significación de los rubros parciales sobre los que dictamina
fuera suficiente, y cuando éstos fueran suficientemente importantes en su conjunto.
La opinión parcial debe ser redactada cuidadosamente para evitar que se cree una confusión en los interesados en el
informe con respecto al juicio adverso sobre los EECC en conjunto o a la abstención de emitirlo.
La opinión parcial es particularmente útil cuando las circunstancias impiden que en una primera auditoria el contador
público emita un dictamen favorable.
La opinión parcial se hará cuando el auditor se abstenga de opinar, o cuando sea una opinión adversa y siempre que
considere que esa opinión es importante para la toma de decisiones de los usuarios.
La opinión sobre uniformidad
No es necesario que el auditor haga referencia a que la información se presenta en forma uniforme respecto del
ejercicio anterior. La ausencia de la salvedad indica que se ha cumplido con esa característica de la información y solo
corresponde referirse a ella cuando hubiera sido violada, a través de la enunciación de la excepción.
La redacción de la salvedad por falta de uniformidad, con respecto a las pautas o a los criterios contables utilizados e
ejercicio anterior, debe contener una descripción clara del cambio, de las razones que lo motivan y de sus efectos
cuantitativos. Asimismo, el auditor debe manifestar si está de acuerdo con el cambio realizado.
Esto rige también para primeras auditorias, y no rige en los casos de opiniones adversas o abstención de opinión.
Aun cuando la opinión principal no hubiese sido afectada por limitaciones en el alcance, por incertidumbre, por errorde medición o por problemas de exposición y ella es favorable, queda por analizar cuál es la opinión sobre uniformida
Esta uniformidad es con respecto al ejercicio anterior que es el ejercicio contra el que se supone se compara la
información del último.
Si no ha existido uniformidad se afecta la comparabilidad con el ejercicio anterior por culpa de una variación en la
aplicación de las normas contables. Los efectos sobre la comparabilidad pueden ser importantes o no. Si no los son, n
corresponde que la opinión sobre uniformidad se mencione. En caso contrario, puede suceder que se exprese una
opinión sobre uniformidad con salvedades o una opinión adversa o una abstención de opinión.
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Si se expresa una opinión sobre uniformidad con salvedades porque se conoce cuales fueron los cambios en la aplicac
de la norma contable, se tratara de una salvedad determinada del tipo excepto por. Si la comparabilidad no es posi
se tratara de una opinión adversa. Si se expresa una opinión sobre uniformidad a la que se le incluye una salvedad
porque existen limitaciones en el alcance, se tratara de una salvedad indeterminada. Si las limitaciones en el alcance
afectan a muchas afirmaciones, de modo que si hubiese habido cambios la comparación no sería posible, correspond
abstención de opinión sobre uniformidad.
El informe puede ser:
Limpio
Con salvedades Determinadas Valuación
Exposición No se modifica el párrafo de objeto ni de alcance
Se debe incluir en aclaraciones previas
(En las aclaraciones previas se dice que hubo una distorsión
como lo hizo la compañía y como debió hacerse)
Cuando la salvedad es determinada en la Opinión se dice "excepto Por", lo mencionado
En aclaraciones previas.
Indeterminadas Alcance Cuando no puede efectuar algún procedimiento de auditoria
en este caso no se afecta el objeto, y en la opinión es "excepto por
en el alcance
Alcance del trabajo de auditoria
El párrafo se ve modificado por el excepto por en el marco normativo por limitaciones en el alcance. Se puede describ
la limitación en el alcance y aclaraciones previas.
Si es muy significativo afecta el alcance, las aclaraciones previas y la opinión.
El informe debe contener una manifestación acerca de si el examen se desarrollo o no se desarrollo de acuerdo con la
normas de auditoria vigentes.
Si existieran limitaciones al alcance de la tarea de auditoría que imposibilitaran la emisión de una opinión o implicaran
salvedades a ésta, aquéllas deben ser claramente expuestas en el apartado alcance del trabajo de auditoría. Tales
limitaciones deben indicar los procedimientos no aplicados, en su caso, señalando lo siguiente:
- Si la restricción ha sido impuesta por el contratante del servicios de auditoria- Si la restricción es consecuencia de otras circunstancias
Si parte del trabajo de auditoría se apoya en la tarea realizada por otro auditor independiente (caso de inversiones en
entes objeto de auditoría por este ultimo auditor), esta limitación al alcance será optativa. Si no se incluye, se supone
que el auditor principal asume la responsabilidad sobre la totalidad de la información contenida en los estados contab
sobre los que emiten el dictamen.
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Cuando un procedimiento usual, se hubiese modificado, sustituido por otro alternativo o suprimido, y el auditor hubie
obtenido evidencia valida y suficiente para sustentar adecuadamente su juicio, no es necesario dejar constancia en el
apartado alcance del trabajo de auditoría del procedimiento omitido.
Indeterminado
Por incertidumbre, hechos futuros. No afecta el objeto ni el alcance si se pueden realizar todos los procedimientos de
auditoría.
Se describe la incertidumbre en aclaraciones previas y la opinión va a estar sujeta a.
Si la incertidumbre es muy significativa me debo abstener de opinar.
Consideraciones generales
Para un dictamen favorable es necesario que se den una serie de condiciones. La primera de ellas es que no existieren
limitaciones para el desarrollo de la investigación. Estas limitaciones pueden originarse en situaciones de hecho o en
restricciones establecidas en el contrato de auditoria:
- Restricciones de hecho: inexistencia de elementos de juicio para verificar determinadas afirmaciones porque
ellos fueron extraviados o destruidos; el auditor fue contratado después del cierre y no pudo presenciar el
inventario físico de bienes de cambio ni aplicar procedimientos alternativos satisfactorios.
- Restricciones establecidas por contrato: prohibición de confirmar las cuentas por cobrar, o no relevamiento
físico de los bienes de cambio o negación de autorización para acceder a la documentación considerada
fundamental.
Cuando se produce una limitación en el alcance del examen se produce una salvedad indeterminada a la opinión del
auditor (o una abstención de opinión), porque el auditor no puede determinar si determinadas afirmaciones son
confiables o no. Deberá exponerse en el párrafo de alcance y luego debe incluirse la opinión que corresponda (opinió
con salvedad indeterminada o abstención de opinión)
Revi sión parc i al real izada por ot ro profesi onal
Si el contador fuese el auditor de EECC, parte de cuyo contenido está avalado por el dictamen de otro profesional, de
decidir qué responsabilidad asumen respecto de este dictamen (por ejemplo en el caso de análisis de estados
consolidados y cuando la empresa valúa a VPP). Si el auditor no hace mención alguna en su informe se supone que
asume plena responsabilidad por ese dictamen, como si el mismo hubiese realizado el trabajo. Esta situación es
frecuente cuando el otro profesional es socio o representante o el auditor se ha satisfecho plenamente de la
independencia y competencia del colega y ha efectuado una revisión del trabajo realizado por este, caso contrario se
produce una limitación en el alcance que debe tener efecto correspondiente en la opinión.
Ex i st enc i a de i ncer ti d umbres
La segunda condición para lograr un dictamen favorable es que no subsistan incertidumbres sobre las afirmaciones
contenidas en los EECC, luego de desarrollada la investigación y hecho todo lo posible por obtener los elementos de
juicio validos, pertinentes y suficientes.
Si a pesar de que el auditor ha aplicado todas las pruebas que ha considerado necesarias, subsisten incertidumbres
sobre la confiabilidad de determinadas afirmaciones de los EECC, debido a razones de hecho que están fuera del
dominio del auditor, este no puede emitir un dictamen favorable.
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Si la afirmación o afirmaciones sobre las cuales pesa la incertidumbre son importantes pero no afectan las afirmacion
generales, el auditor emitirá un dictamen con una excepción o salvedad indeterminada.
Si las afirmaciones las cuales pesa la incertidumbre son muy importantes, tanto que afectan la confiabilidad con la qu
los EECC exponen la situación patrimonial y los resultados de la empresa, el auditor emitirá un informe con abstenció
de opinión.
Ex posi c ión i ncomplet a o i ncorrec t a
Si existen errores en la exposición de la información o se omiten datos importantes los EECC también están
distorsionados y pueden afectar las decisiones que tomen sus usuarios.
Si la distorsión es importante respecto de determinadas afirmaciones particulares, pero no afecta las afirmaciones
genéricas, el auditor emitirá una opinión con salvedades o excepciones. Se debe incluir en el párrafo de aclaraciones
previas y debe indicar el error de exposición y el modo en que debería haber sido expuesto.
También se debe incluir la salvedad correspondiente en el párrafo de la opinión principal que contendrá la expresión
excepto por.
Si la distorsión es muy importante respecto de determinadas afirmaciones y afecta significativamente los EECCconsiderados en conjunto, corresponderá una opinión adversa.
INFORME EXTENSO
El informe extenso generalmente está compuesto por el informe breve e información complementaria. Esta informac
complementaria se suele incluir como consecuencia de convenios con el cliente, por exigencias de terceros o por el
deseo del auditor de proporcionar a la empresa mayor información.
El informe extenso debe contener, además de lo requerido por el informe breve, las indicaciones sobre lo siguiente:
- Q
ue el trabajo de auditoría ha sido orientado, primordialmente, a la posibilidad de formular una opinión sobrlos estados básicos
- Q ue los datos que se adjuntan a los EECC básicos se presentan para posibilitar estudios complementarios, per
no son necesarios para una presentación razonable de la información que deben contener los citados estados
básicos.
- Q ue la información adicional:
Ha sido sometida a procedimientos de auditoría durante la revisión de los EECC básicos y está razonablement
presentada en sus aspectos significativos, con relación a los citados estados tomados en su conjunto o
No ha sido sometida a procedimientos de auditoría aplicados para la revisión de los EECC básicos. En este cas
el auditor debe citar la fuente de la información, el alcance de su examen y eventualmente, la responsabilidad
asumida.
En el informe extenso deben quedar claramente identificadas las manifestaciones del ente cuyos EECC e información
complementaria han sido objeto de la auditoria y las manifestaciones del contador público que emite dicho informe
extenso.
INFORME DE REVISION LIMITADA DE LOS EECC DE PERIODOS INTERMEDIOS
En los informes sobre los EECC de periodos intermedios, cuando no se hubiera realizado un trabajo de auditoría simila
al que hubiera correspondido con respecto a los periodos anuales, corresponderá emitir un informe según la normas
auditor debe hacer lo siguiente:
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- Dejar constancia de la limitación al alcance de su trabajo con respecto a los procedimientos de auditoría
aplicables a la revisión de los EECC anuales.
- Indicar que no emite una opinión sobre los EECC en su conjunto, en razón de la l imitación referida en el párra
anterior.
- Indicar que no tiene observaciones que formular o de existir alguna, señalar sus efectos en los EECC
- Informar sobre los aspectos particulares requeridos por las leyes o las disposiciones nacionales, provinciales o
municipales de los organismos públicos de control o de la profesión
Este informe tiene los mismo elementos que el informe breve, lo que cambia es el alcance y el objeto. Solo emite una
manifestación respecto de si existen o no observaciones que formular sobre la razonabilidad de los EECC con respecto
las NCP vigentes.
INFORME ESPECIAL
Describe el objeto sobre el cual aplica procedimientos de auditoría. Debe ser muy preciso sobre la información objeto
del trabajo de auditoría.
Alcance: se describen los procedimientos
Aclaraciones previas: pueden o no haber
Manifestación: conclusión sobre la información con observaciones o sin observaciones
INFORME SOBRE LOS CONTROLES
El informe resultante de la evaluación de los sistemas operantes realizado durante el examen, incluirá las debilidades
control estructurales (falta de controles) y de funcionamiento (controles que operan mal).
Dicho informe será diseñado para exponer, respecto de dichas debilidades de control:
-
Descripción de las deficiencias- Efectos posibles
- Sugerencias para su solución
- Opinión de los sectores afectados
Este informe es para el ente auditado y para quien este indique. Surge como un subproducto de la auditoria de los EE
pero constituye un servicio de primer nivel para el ente, ya que puede utilizarse para mejorar el grado de control
existente.
El informe sobre el funcionamiento de los controles se los sistemas examinados, en los casos que se emitiera, es
conveniente que incluya:
- El alcance de la tarea realizada, indicando si ha sido efectuada solamente en su relación con la auditoria de lo
EECC (y por lo tanto tiene las limitaciones inherentes a su objetivo principal), o bien si se origino en un estudio
especial sobre los sistemas examinados.
- Las faltas de cumplimiento de las funciones de control de los sistemas establecidos por el ente
- Las debilidades detectadas en las funciones de control de los sistemas y sus efectos
- Las sugerencias para la corrección de las debilidades detectadas.
- Las opiniones de la gerencia sobre los temas tratados
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CERTIFICACION
La certificación se aplica a ciertas situaciones de hecho o comprobaciones especiales, a través de la constatación con
registros contables y otra documentación de respaldo y sin que las manifestaciones del contador público al respecto
representen la emisión de un juicio técnico acerca de lo que se certifica. El objeto será el mismo que para el informe
especial.
La certificación contendrá:
- Destinatario
- Detalle de lo que se certifica
- Alcance de la tarea realizada: sin juicio profesional, son manifestaciones de hecho. Describe procedimientos.
- Manifestación o aseveración del contador publico
- Lugar y fecha de la emisión
- Firma del contador público.
Informe breve o resumido sobre los EECC:
(para ser presentado a terceros): es el que emite un Contador Público, basado en el trabajo de auditoría realizadomediante el cual el profesional expresa su opinión o declara que se abstiene de emitirla, sobre la información que
contienen dichos EECC. La conclusión puede ser:
y opi nión fav orable: a su juicio los EECC exponen razonablemente la situación patrimonial y los resultados.
y opi nión fav orable con sal v edades: los EECC presentan en general razonablemente la información, pero el
auditor discrepa con alguna norma contable aplicada, o no ha podido obtener suficientes evidencias o bien
alguna información depende de hechos futuros que no ha podido estimar.
y abst enc ión de opi nión: está imposibilitado de opinar porque no pudo aplicar una parte importante de las NA
bien la información de gran importancia depende de hechos futuros.
y opi nión ad v ersa: obtuvo suficientes elementos de juicio como para entender que los EECC no exponen
razonablemente la respectiva información.
Esquema de informe breve:
DESTINATARIO
IDENTIFICACIÓN DE LOS EE.CC.
ALCANCE
DICTAMEN
INFORMACION POR DISPOSICIONES LEGALES
LUGAR Y FECHA
FIRMA
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Informe extenso
Compuesto por el informe breve e información complementaria, auditada al igual que los EECC examinados o no. Esta
información complementaria es un subproducto del trabajo y muchas veces se incluye un análisis e interpretación de
EECC. Debe indicar que principalmente el trabajo se orienta a brindar una opinión sobre los EECC básicos, y que la
información complementaria posibilita estudios complementarios, pero no son necesarios para una presentación
razonable de la información de los EECC.
Informe de revisión limitada a los EECC de los periodos intermedios:
Cuando no se hubiera realizado un trabajo de auditoría similar al que hubiera correspondido con respecto a periodos
anuales, el auditor debe dejar constancia de la limitación al alcance de su trabajo y aclarar que no emite una opinión
sobre los EECC en su conjunto.
Informe sobre actividades de control de los sistemas examinados:
Incluirá las debilidades de control estructurales (falta de controles) y de funcionamiento (controles que operan mal),
descripción de las deficiencias, los efectos posibles y las sugerencias para su solución.
Certificación:
Se aplica a ciertas situaciones de hecho o comprobaciones especiales, a través de la constataron con los registros
contables y otra documentación de respaldo y sin que las manifestaciones del Contador Público al respecto represent
la emisión de un juicio técnico acerca de lo que se certifica.
Informes especiales:
Se rigen en cuanto fuera de aplicación por las normas III.C.1 a III.C.43 de la RT 7. En cada caso, se deben tener en cuen
las finalidades específicas para las cuales se requieren estos informes.
UNIFORMIDAD
Se trata de la uniformidad de la aplicación de los criterios contables. Eso asegura que se mantiene en el tiempo y
asegura la comparabilidad de los EECC. La uniformidad de da cuando hay una aplicación uniforme de los criterios
contables.
Si no hay uniformidad ---- no hay comparabilidad
Si hay uniformidad ---- puede no haber comparabilidad (por ejemplo si caen las ventas en un 50%,
tiene que ver con el contexto económico
Por ejemplo:
Si abre 90 nuevas sucursales, y antes tenía 10
ANTES DESPUES
10 sucursales x 10$ = 100$ 100 sucursales x 10$ = 1000$
Ventas $100 Ventas $1000
Puede haber motivos que aunque se apliquen las mismas normas contables, los balances no sean comparables. Si es
significativo como en este caso se deberá exponer en notas.
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Ejemplo 1
Una compañía que recibe un aporte de capital de $100 y compra bienes de cambio en marzo (no tiene operaciones
durante el ejercicio) y lo valuó al costo (mal valuado pero uniformemente mal)
El costo de reposición para los distintos años fue:
X1 = $105
X2 = $120
X3 = $150
Balance X1 y X2
Bienes de Cambio $100 (siempre valúa así)
Capital $100
En el X3 comienza a valuar a reposición (comienza a valuar bien los bienes de cambio)
Balance X3
Opción A
Bienes de cambio $150
Capital $100
Resultado del ejercicio $50
Este año el dictamen será (opinión principal y uniformidad):
- Opinión principal: los bienes de cambio y el capital están bien valuados, pero el resultado está mal porque los
$50 los gane a través de los 3 ejercicios, no solo en este
- Uniformidad: se ve afectada
Opción B
Bienes de cambio $150
Capital $100
Resultado del ejercicio $30 (ganancia de este ejercicio, del X2 al X3)
AREA $20 (ganancia del ejercicio anterior)
Este año el dictamen será (opinión principal y uniformidad):
- Opinión principal: está todo bien valuado
- Uniformidad: se ve afectada
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Opción C
Bienes de cambio $150
Capital $100
Resultado del ejercicio $30 (ganancia de este ejercicio, del X2 al X3)
AREA
RNA $20
Y el Balance X1 debería ser:
Bienes de cambio $120
Capital $100
Resultado del ejercicio $15 (conforman los $20 de RNA)
AREA $5
Ahora si puedo comparar y está todo bien valuado. Esta sería la alternativa correcta y el dictamen seria:
Opinión principal: bien valuados
Uniformidad: mismos criterios contables
Se puede aclarar que hubo un cambio de criterio con respecto al anterior y que estamos de acuerdo.
Puede haber cambios de criterios ambos aceptados como es el caso del cambio de una norma y puede afectar la
comparabilidad.
Otro ejemplo: tiene bienes de uso que se amortizan en 3 años, y por el avance tecnológico son obsoletos y se depreci
todo en un año. Esto es un hecho nuevo, por lo que no va a haber problemas de uniformidad. El hecho nuevo es lo ún
que está por arriba de la uniformidad.
En este caso no va a haber problema de uniformidad y puedo no nombrarlo en el dictamen. La condición es que sea u
hecho nuevo que no podía prever.
El problema de uniformidad puede ser cuantificable o no cuantificable.
Si paso de un criterio no aceptado a uno aceptado, va a haber un problema de uniformidad, ya que se trata de un
cambio que fue decisión del ente no se trata de un cambio de norma.
Uniformidad:
Solo si varia se opina y se cuantifican los efectos, en la medida que el auditor este de acuerdo con el cambio.
Aclaración especial previa: ej.: valuó con costo de reposición, antes lo hacía con costo re expresado, entonces aument
bienes de cambio y disminuyo CMV en $...
Dictamen: En mi opinión.... favorable... con excepción de lo indicado en el apartado anterior, lo que afecta la
uniformidad con respecto al ejercicio anterior.
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(La uniformidad afecta la valuación)
Tipificación de las salvedades (se indican en las aclaraciones previas):
y Det ermi nadas: errores en existencia, valuación o exposición
y Importantes: Dictamen adverso.
y No tan importantes: Dictamen favorable con salvedades.
y I ndet ermi nadas: -hechos futuros inciertos cuantificables o no; -limitaciones al alcance
y Importantes: Abstención de opinión.
y No tan importantes: Dictamen favorable con salvedades.
Limitaciones al alcance:
Se explicitan en el párrafo de alcance y surgen por:
y apoyo en tarea de otro auditor.
y limitaciones impuestas por el contratante
y consecuencia de otras circunstancias.
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA
Principales diferencias con la RT 7
RT 7 NORMAS INTERNACIONALES
Figura solo el marco de desarrollo de la Contienen un marco conceptual amplio
auditoría externa de información contable y actualizado, definiendo claramente
a cargo del contador y no limita expresamente incumbencias de los contadores públicos
las incumbencias profesionales
No lo menciona Brinda los lineamientos sobre el acuerdo
de los términos del trabajo, definiendo el
contenido de las cartas compromiso de
auditoria
No lo menciona Ofrece una orientación sobre las políticas
y procedimientos de una firma de auditoria
vinculados con el Control de calidad, el
trabajo en general, así como los procedimientos
respecto de la labor delegada en colaboradores
No lo menciona El auditor debe reconocer que el incumplimiento
por parte de un ente con leyes y reglamentos
puede afectar significativamente a los EECC,
definiendo el termino incumplimiento
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Solo expresa que la planificación se debe Existen normas especificas sobre la planificación
formalizar por escrito y dependiendo de la que detallan la manera de hacerla
importancia del ente debe comprender programas
de trabajo detallados
Solo establece que el auditor debe evaluar la Se explica que es materialidad, su cálculo y el
significación de lo que se debe examinar concepto de error tolerable
La evidencia solo la nombra a través de ejemplos y Sobre evidencia describe los procedimientos y
solo determina que se deben reunir elementos de clasificación, bien detalladoJuicio valido y suficiente.
No nombra como se auditan los valores Ctes. Establece claramente como determinar los
valores corrientes
No brinda detalles sobre hechos posteriores, solo Detalles específicos sobre los hechos posteriores
habla de la responsabilidad del auditor
No lo menciona Sobre empresa en marcha menciona el concepto
Sobre la utilización del trabajo de otro solo Indica los lineamiento y detalla el procedimiento,
establece que puede limitar el alcance si lo hace además de tratar la responsabilidad
No incluye modelos del informe del auditor Incluye modelos del informe del auditor, bien
detallados
Acerca de la revisión limitada tiene una norma
separada que la explica, su alcance, pruebras, etc.
Sobre la independencia establece que es la
condición Tiene un código de ética que trata con gran
básica para el ejercicio de la auditoria y establece extensión el tema
taxativamente cuando hay falta de independencia
RT 22
La norma tiene como objetivo definir los criterios de medición y pautas de exposición aplicables a los rubros específic
de la actividad agropecuaria. Así también como su reconocimiento.
Es aplicable a todos los entes que realicen actividades agropecuarias, esto significa que se aplica independientemente
del tipo de ente (ya sea cooperativas como SA)
Definiciones
- Actividad agropecuaria: consiste en producir bienes económicos a partir de la combinación del esfuerzo del
hombre y la naturaleza, para favorecer la actividad biológica de plantas y animales incluyendo su reproducció
mejoramiento y /o crecimiento. Es decir que la actividad agropecuaria es cuando por ejemplo sembró frutilla
luego las recojo para comerciar, no si las levanto del bosque y las vendo. Otro ejemplo seria si crio truchas y
luego las saco para vender, no así si voy al rio pesco y luego vendo.
- Transformación biológica: comprende los procesos de crecimiento, deterioro, producción y procreación que
produce cambios cualitativos y cuantitativos en los activos biológicos.
La mayoría de los productos agropecuarios tienen un valor de mercado conocido (concepto subyacente) aunque no
tenga un mercado transparente. Además la comercialización no requiere de esfuerzos significativos para venderlos. P
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eso el criterio de valuación es de valores corrientes. En este caso el proceso de generación de ganancia se da en la
transformación biológica, ya que si planto soja ya sé que voy a venderla y ganar, por lo que no gano cuando vendo sin
medida que crece se genera el proceso de ganancia. (Esta característica se aplica a todos los bienes de cambio que
cumplan con estas características)
- Activos biológicos: están compuestos por los vegetales y animales vivientes utilizados en la actividad
agropecuaria.
Clasi f i cac ión de ac tiv os bi ol ógi cos
- Activos biológicos en desarrollo: son aquellos que aun no han completado su proceso de desarrollo hasta pod
ser considerados como en producción, es decir no se pueden considerar en régimen de producción todavía.
Independientemente que se puedan obtener de ellos durante el desarrollo bienes secundarios comercializab
(Todavía no alcanzaron la producción normal)
- Activos biológicos en producción: son aquellos cuto proceso de desarrollo les permite estar en condiciones de
producir sus frutos.
- Activos biológicos terminados: son aquellos que han concluido su proceso de desarrollo y se encuentran en
condiciones de ser vendidos, transformados en productos agropecuarios o utilizados en otros procesos
productivos.
Obtención de productos agropecuarios
Es la separación de los frutos de un activo biológico o la cesación de su proceso vital. Los productos agropecuarios son
producido de esta acción.
Proceso de activos biológicos
Activos Biológicos
En desarrolloEnproducción
Obtención PRODUCTOS
Etapa Terminados AGROPECUARIOS
Inicial / Posterior
Los activos biológicos pueden estar en desarrollo tanto en su etapa inicial como en su etapa posterior y después pued
ser terminados o en producción. Todo esto a través del proceso de transformación biológica.
En la etapa inicial: los costos incurridos son mayores al valor de los activos biológicos. En este caso se valúa al costos
En la etapa posterior: los costos incurridos son menores al valor corriente de los activos biológicos. En este caso valúa
valores corrientes.
Luego hay un proceso de obtención y tenemos productos agropecuarios.
Por ejemplo:
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Un activo biológico en desarrollo podría ser un árbol frutal del cual se pueden obtener productos secundarios (por
ejemplo frutas inmaduras para hacer mermeladas) que son comercializables. El activo biológico esta en desarrollo pe
todavía no entro en régimen de producción. El producto terminado, es decir el producto agropecuario seria la fruta q
se deberá valuar al costo de Reposición (que se supone es igual al VNR de un activo biológico).
También hay activos biológicos que son utilizados como factores de producción, por ejemplo la vaca que da leche es u
activo biológico en producción, y la vaca que se vende como carne es un activo biológico terminado.
Reconocimiento de activos biológicos
Se reconoce un activo biológico cuando cumple con lo que determina la RT 16 acerca de los activos, es decir:
Se reconoce un activo cuando, debido a un hecho ya ocurrido, el ente controla los beneficios económicos que produc
un bien (material o inmaterial con valor de cambio o de uso para el ente)
Un bien tiene valor para un ente cuando representa efectivo o equivalente de efectivo o tiene aptitud para generar (p
sí o en combinación con otros bienes) un flujo positivo de efectivo o equivalentes de efectivo.
Debe cumplir con el requisito de confiabilidad con la medición. Es decir debe ser verificable y se debe aproximar a la
realidad.
Medición
Los activos biológicos pueden estar destinados a:
- La venta en el curso normal de la actividad (por ejemplo: soja, fruta, uva)
Los activos biológicos para vender se exponen como bienes de cambio (también los de producción continua)
- La utilización como factor de la producción en el curso normal de la actividad (por ejemplo: viñedo, vaca que d
leche)
La tierra agropecuaria es un factor de producción, esta incluida en el alcance de la RT 22, solo se deprecia cuando est
sujeta a agotamiento, sino tiene el mismo tratamiento que un terreno.
Los factores de producción se exponen como bienes de uso 8activos biológicos)
- Con proceso productivo continuo (por ejemplo: cuando sacas la corteza y luego vuelve a crecer entonces está
continuamente en producción, todo esto es poco tiempo)
En este caso el árbol seria un bien de uso y la corteza un bien de cambio.
M ed
i c ió
n para ac tiv
os bi ol ó
gi cos des
ti nados a la
v en
t a
Mercado activo en la condición actual VNR
(Por ejemplo: la soja por ser cosechada, la vaca que esta por subir al camión)
Sin mercado activo en la condición actual
pero con un mercado activo para bienes Etapa inicial 1- Costo de Reposición de bienes y servicios
similares terminados o en proceso necesarios para obtener bienes similares
2- Costo Original
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Etapa posterior 1- Valuó al VA del flujo futuro de fondos
( es la dif. flujo de fondos que tengo que erogar
para terminar y cuanto voy a recibir por
la venta)
Esto incluye un % de ganancia que si no puedo
determinarlo, valúa a:
2- Costo de Reposición3- Costo Original
(Por ejemplo: la soja no está para cosechar pero está cerca de estarlo, no hay mercado para la soja en ese estado
pero si para la soja terminada)
la valuación en la etapa posterior al VAFF, es una aproximación al VNR, que no lo uso porque no hay
mercado para la soja en ese estado.
Sin mercado activo en la condición actual
pero sin un mercado activo para bienes 1- Valor de Mercado (puede derivar de un conjunto de bienes)
similares terminados o en proceso 2- Costo de Reposición
3- Costo originalPor ejemplo:
Si posee un viñedo un terreno y todo eso vale $10.000, si se que el terreno vale $5.000 puedo averiguar
cuando sale construir un viñedo igual y por diferencia calcular el valor de la Uva
Viñedo $ 4.500
Terreno $ 5.000
Uva $ 500
Total $ 10.000
M ed i c ión para ac tiv os bi ol ógi cos desti nados a ser fac t ores de prod ucc ión
Con Mercado activo en la condición actual 1- Costo de Reposición directo a terceros
2- Por aproximación de bienes similares
o conjuntos excluyendo otros bienes
Con Mercado activo de bienes
similares al inicio de producción 1- Costo de Reposición directo a terceros
("bienes nuevos) neto de depreciaciones
Por ejemplo: la vaca comienza a dar leche a los 3 años y tiene una vida útil de 7 años
Puede que haya un mercado para vaca de 3 años pero no para vacas de 6 años.en este caso la vaca de 3 años la amortizo en 4 años hasta llegar a los 7 años de vida
util que tiene. Trato de corregir el valor del bien nuevo.
Esto va a dar un RXT de activos fijo por valuar a costo de Reposición, ya que el
costo de reposición fluctúa y las amortizaciones por lo tanto también
Sin mercadoactivo En etapa de desarrollo 1- H/ inicio de producción
2- H/ Producción en cantidad comercial
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3- D/ producción comercial H/ fin de desarrollo
1- H/ inicio de producción 1- Costo de Reposición de bienes y servicios
(Año 2) 2- Costo Original
2- H/ Producción en cantidad comercial 1- Costo de Reposición de bienes y servicios - Vta. Del producto
(Año 3) 2- Costo Original
3- D/ producción comercial H/ fin de desarrollo 1- Costo de Reposición de bienes y servicios
(Año 4)
2- Costo Original neto de
depreciaciones
Fin de desarrollo H/ 1- Costo de Reposición de bienes y servicios
fin de vida útil 2- Costo Original neto de depreciaciones
Por ejemplo: Un árbol de duraznos que alcanza el desarrollo en 5 años.
En el año 2 no da duraznos
En el año 3 todavía no da productos comerciales en grandes cantidades. En este caso resto su venta
del costo del bien
En el año 4 da productos comerciales y entra en régimen de producción
Luego llega al fin del desarrollo donde aumenta el valor asociado con ese desarrollo biológico
Exposición
- Ac tiv os bi ol ógi cos
Se exponen en bienes de cambio o bienes de uso según corresponda, separados de otros bienes en nota.
Se debe realizar obligatoriamente una apertura en:
- En desarrollo
- Terminados
- En producción
También se debe realizar una apertura en corrientes y no corrientes
Además se deberá aclarar la naturaleza de los bienes en cada categoría en las notas.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
Existen tres tipos de responsabilidades:
- Profesional
- Civil
- Penal
Responsabi l i dad profesi onal
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La responsabilidad profesional está relacionada con sanciones impuestas por el organismo de la profesión, en este ca
el consejo que es la policía de la profesión. La responsabilidad profesional será determinada por los tribunales de étic
de los consejos. Sus fallos son publicados.
Las sanciones aplicables pueden ser:
Las sanciones disciplinarias, que se graduarán según la gravedad de la falta y los antecedentes del imputado, serán las
siguientes:
a) Advertencia.
b) Amonestación privada.
c) Apercibimiento público
d) Suspensión en el ejercicio de la profesión de UN (1) mes a UN (1) año.
e) Cancelación de la matrícula.
El código de ética establece requisitos éticos para ejercer la profesión. Las tres dimensiones son:
- El público en general ( por ejemplo no se pueden realizar publicidades engañosas)
- Los colegas (por ejemplo no se puede robar la clientela, no se puede menoscabar la profesión etc.)
- Los clientes ( por ejemplo el trabajo debe hacerse con compromiso y competencia, y se debe respectar el
secreto profesional)
Con respecto al secreto profesional, está establecido en el código penal y penado en el mismo. Solo puede ser revelad
para defensa propia y con la autorización expresa del cliente o decisión judicial (pregunta de parcial)
Dichas normas y principios tienen su fundamento en la responsabilidad de los profesionales hacia la sociedad.
Constituyen la guía necesaria para el cumplimiento de las obligaciones contraídas con la casa de estudios en que se
graduaron, con la profesión, con sus colegas, con quienes requieren sus servicios y con terceros. En virtud de esa
responsabilidad y de tales obligaciones, deben realizar los mayores esfuerzos para mejorar continuamente su idoneidy la calidad de su actuación, contribuyendo así al progreso y prestigio de la profesión.
Art. 18 El ofrecimiento de servicios profesionales debe hacerse con objetividad, mesura y respeto por el público, po
los colegas y por la profesión. Se presume que no cumple con estos requisitos la publicidad que contenga expresiones
a) falsas, falaces o aptas para conducir a error a cualquier persona razonable, incluyendo:
1. la formulación de promesas sobre el resultado de la tarea profesional,
2. el dar a entender que el profesional puede influir sobre decisiones de órganos administrativos o judiciales;
b) de comprobación objetiva imposible;
c) de auto elogio;
d) de menoscabo explícito o implícito para colegas (por ejemplo, a través de comparaciones de calidades supuestas dlos trabajos profesionales)
e) que afecten la dignidad profesional; o
f) de evidente mal gusto.
Los matriculados integrantes de asociaciones de profesionales no podrán agregar la denominación de la sociedad si é
no se encuentra inscripta en el Consejo.
Art. 19 La relación de los profesionales con sus clientes debe desarrollarse dentro de la más absoluta reserva. Los
profesionales no deben revelar conocimiento alguno adquirido como resultado de su labor profesional sin la
autorización expresa del cliente.
Art. 20 Los profesionales están relevados de la obligación de guardar secreto profesional cuando imprescindibleme
deban revelar sus conocimientos para su defensa personal, en la medida
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Q ue la información que proporcionen sea insustituible.
Cuando se inicia acción contra el auditor se debe seguir con el debido proceso. Tiene derecho a defensa.
Las denuncias que dan origen a la investigación para ver si el auditor incumple y determinar si tiene responsabilidad
puede ser por particulares o los tribunales de ética pueden actuar de oficio.
Si fue condenado en la justicia ordinaria, en el tribunal de ética lo más probable es que lo condenen.
Las sanciones son para los profesionales individualmente (particularmente) no para la sociedad a la que pertenecen.
FraudeLa responsabilidad del auditor es detectar desvíos significativos en los EECC que pueden ser originados en fraude o er
Siempre debe considerar el riesgo de fraude, en la medida que pueda tener un impacto material en los EECC.
La responsabilidad del auditor relacionada con el fraude, es solamente detectar desvíos y tener en cuenta el riego de
fraude. Si encuentra que hay fraude deberá medir el impacto en los EECC y en su informe. Luego deberá informar al
cliente.
Por lo tanto si encuentra fraude deberá: 8pregunta de parcial)
- Evaluar el impacto en los EECC y su informe
- Comunicar a la alta dirección
Si encuentra fraude cometido por la alta dirección lo debe denunciar ante los accionistas, previa consulta a su abogad
El auditor no tiene la obligación y no debe denunciar el fraude frente a organismos de contralor.
Si el auditor es cómplice del fraude va a tener una responsabilidad penal.
En estos caso es fundamental la carta acuerdo que proteja al auditor. Debe contemplar que ante el hallazgo de un
fraude puede renunciar. Además es importante que el auditor tenga un proceso de aceptación de clientes muy robus
para no caer en la disyuntiva de la moral por la denuncia del fraude.
El fraude puede ser por información financiera fraudulenta o malversación de activos. En la planificación y ejecución d
la auditoria siempre debe considerar el riesgo de fraude. Para esto es importante por ejemplo entender cómo se paga
los bonos a los gerentes.
Responsabi l i dad c ivi l
Se manifiesta a través de indemnizaciones a terceros determinadas por un tribunal de mediación o de justicia. Se trat
de sanciones pecuniarias. Consiste en consecuencias patrimoniales para el auditor.
La carta acuerdo es un contrato profesional y está dentro de los contratos regulados en el código civil.
Art. 1.197. Las convenciones hechas en los contratos forman para las partes una regla a la cual deben someterse com
la ley misma.
Art. 1.198. Los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe y de acuerdo con lo que
verosímilmente las partes entendieron o pudieron entender, obrando con cuidado y previsión.
En los contratos bilaterales conmutativos y en los unilaterales onerosos y conmutativos de ejecución diferida o
continuada, si la prestación a cargo de una de las partes se tornara excesivamente onerosa, por acontecimientos
extraordinarios e imprevisibles, la parte perjudicada podrá demandar la resolución del contrato. El mismo principio se
aplicará a los contratos aleatorios cuando la excesiva onerosidad se produzca por causas extrañas al riesgo propio del
contrato.
En los contratos de ejecución continuada la resolución no alcanzará a los efectos ya cumplidos.
No procederá la resolución, si el perjudicado hubiese obrado con culpa o estuviese en mora.
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La otra parte podrá impedir la resolución ofreciendo mejorar equitativamente los efectos del contrato.
Art. 1.201. En los contratos bilaterales una de las partes no podrá demandar su cumplimiento, si no probase haberlo e
cumplido u ofreciese cumplirlo, o que su obligación es a plazo.
Las convenciones realizadas en los contratos deben ser ejecutados de buena fe. La falta de cumplimiento de una de la
partes debe ser probada (por eso es importante dejar claro en la carta acuerdo los derechos y responsabilidades de l
partes)
Las acciones civiles aplican cuando hay negligencia, en caso de existir dolo se aplica la responsabilidad penal.
Las acciones civiles tienen como objetivo resarcir a la parte damnificada. Por ejemplo indemnizar cualquier daño o
pérdida sufrida por la negligencia del auditor más los intereses que determine el juez, y también resarcir cualquier da
moral ocasionado.
Las sanaciones civiles son resarcimiento pecuniarios y tienen el origen en la negligencia o incumplimiento del contrato
(carta acuerdo)
Responsabi l i dad penal
Está vinculada con la comisión de un delito y puede tener consecuencias personales (como la privación de la libertad)
consecuencias patrimoniales (una pena pecuniaria) o consecuencias profesionales (por ejemplo una inhabilitación)
A los fines de determinar la responsabilidad del profesional, el auditor solo tiene que responder por su informe, en
ningún caso por la preparación de los EECC, cuya responsabilidad es de la gerencia del ente.
El auditor debe diseñar una auditoria para detectar desvíos ya sea por error o fraude (el auditor brinda confianza
razonable, no absoluta). Se realiza una auditoria basada en el riesgo.
En la carta acuerdo se debe realizar una descripción detallada de la responsabilidad y obligaciones de las partes.
El auditor debe poder probar que cumple con el requisito de independencia. Esto es importante para la responsabilid
ya que es más difícil defenderse si no cumple con las normas de independencia.
Tiene como sanciones:
- La privación de la libertad
- Sanción pecuniaria
- Privación del ejercicio de la profesión o limitación para hacerlo.
Para que haya responsabilidad penal debe haber un delito. El concepto de delito está definido en el código penal, encaso de que no esté contemplado como delito en el código penal, no se considera un delito. Para que haya delito tien
que haber dolo, es decir actuar con intención, a sabiendas.
Los delitos que tienen como consecuencia una responsabilidad penal son:
- Balance falso: (no hay antecedentes de auditores condenados por esto) si el auditor fue partícipe de la
confección del balance falso, si es responsable, además de la falta de independencia que implica. Pero el
responsable principal por la confección del mismo es el directorio de la compañía y principalmente el preside
del directorio.
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- Estafa
- Administración fraudulenta
- Fraude a la administración publica
- Lavado de dinero
La ley no es tan severa con los auditores como para los síndicos. La función de sindicatura es más riesgosa por que la l
es más severa con respecto a sus responsabilidades. Por ejemplo los síndicos son responsables solidaria e
ilimitadamente.
Ley penal tributaria
Delito: Habrá delito cuando se facilita la comisión de la evasión.
Sanción: inhabilitación para el ejercicio profesional por el doble de la condena (la condena es la privación de la l iberta
Dolo: debe haber sido doloso, es decir debe haber tenido la intención de hacerlo
Consecuencias: puede que tenga que indemnizar al cliente o puede ser solidariamente responsable si participo en lacomisión del delito (deberá indemnizar además de la privación de la libertad)
El delito debe probarse en la justicia. Si hay un auditor que es sindico concursal tiene la obligación de denunciar si
encuentra que se comete delito de evasión, no así el auditor cuando es solamente un asesor impositivo. Está ampara
por el secreto profesional.
El auditor es responsable por el informe, si hay pasivos omitidos lo informa en el informe. Luego puede evaluar si sigu
trabajando con ese cliente.
La negligencia no está penada.
Existen otros regímenes penales:
Como el cambiario que pueden importar sanciones para el directorio pero no para el auditor ya que no tiene funcione
administrativas.
El auditor debe corroborar que los efectos de los sumarios estén correctamente registrados, caso contrario darle el
tratamiento correspondiente en el informe.
Lavado de dinero
Los profesionales de ciencias económicas que sean auditores tienen la obligación de informar a la UIF sin previo aviso
cliente para que este analice si realiza la denuncia judicial. El trabajo del auditor va a depender del tipo de ente (hay u
controversia de si viola el secreto profesional)
APUNTES DEL PRIMER PARCIAL
Control interno
Hay que entender el control interno. Tiene dos dimensiones:
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y A nivel entidad: es el proceso de control efectuado por el directorio la gerencia y el resto de los empleados pa
obtener un grado razonable de certeza acerca del cumplimiento de objetivos de las siguientes dimensiones:
- Confiabilidad de la información financiera
- Eficacia y eficiencia de las operaciones
- Cumplimiento de leyes y obligaciones
Las dimensiones (información financiera, eficacia y eficiencia en operaciones y el cumplimiento de leyes) tienen 5
componentes:
- El entorno de control: cuál es la visión de la alta gerencia del control interno, nivel de concientización y
compromiso. El entorno de control da una sensación u opinión sobre la cultura de control de la compañía (po
ejemplo si ellos no la respetan menos los empleados)
- Evaluación de riesgo: como la compañía evalúa aquellos factores que no le permiten a la compañía cumplir co
los objetivos
- Información y comunicación: como hace el directorio y gerencia para comunicar la política y procedimiento al
resto de la organización y como fluye la información dentro de la organización (los canales establecidos)
- Actividad de control: controles que se aplican a cada transacción que es procesada por la compañía (incluye
procesamiento de información, controles físicos, segregación de las funciones,etc)
- Monitoreo: como se asegura la gerencia que los controles se cumplan (autoevaluación, listados de excepción,
auditorías internas). Controlan que los controles funciones como fueron diseñados.
El informe CASA (Informe del congreso de EEUU) utiliza este marco conceptual de control interno.
y A nivel aplicativo
Se trata de identificar aquellos controles que son importantes para la auditoria, que tengan que ver con esas
dimensiones, para luego evaluar el diseño y que los controles hayan sido implementados. Por último se analiza si es
apropiado. Es decir se hace un relevamiento para ver si tiene herramientas, como por ejemplo línea de denuncias,
manuales de ética, etc. por último se llega a una conclusión, si es bueno el control tendrá mayor confianza y menor
riesgo de desvió de los EECC. Habrá menor trabajo de auditoría.
Nos enfocamos para ver los riesgos de desvió.
RT 23
Beneficios a los empleados posteriores a la terminación de la relación laboral
Son los beneficios que se pagan una vez que el empleado cesa en el desempeño de sus funciones.
Se registra el pasivo por ese beneficio que le va a dar al empleado (mientras presta servicios)Existen dos clases:
1- Planes de contribuciones definidas: son planes de beneficio post relación laboral en los cuales un empleado
realiza contribuciones a un fondo, sin asumir obligación legal ni implícita de realizar contribuciones adicionale
en el caso de que el fondo no mantuviese suficiente activos para atender los beneficios a los que los emplead
tengan derecho. La obligación legal o implícita del empleador se limita a la contribución de lo que haya acord
entregar al fondo. De esta forma, el importe de los beneficios a recibir por el empleado estará determinado p
el importe de las contribuciones que haya realizado el empleador al plan de beneficios post relación laboral
junto con el rendimiento obtenido por las inversiones efectuadas con los fondos aportados al plan y cuando
estuviera previsto en el plan, la porción de beneficios no reclamados por otros participantes, que se distribuy
en las cuentas de los empleados participantes del plan. En consecuencia el riesgo de que los beneficios sean
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menores de los esperados y el riesgo de inversión (ya que estos fondos pueden generar ganancias o pérdidas)
son asumidos por el empleado.
2- Planes de beneficios definidos: la obligación del empleado consiste en suministrar los beneficios acordados a
empleados una vez terminada la relación laboral (por ejemplo pagarle la obra social hasta la muerte). En este
caso el beneficio ya está definido. En consecuencia el riesgo de que los beneficios tengan un costo mayor que
esperado es asumido por el empleador
RT 7
Propósito de este informe
Estas normas son aplicables a la auditoria en general y en particular a la auditoría externa de estados contables.
Regulan la condición básica para el ejercicio de la auditoria, ósea la independencia y las pautas referidas al desarrollo
trabajo y a la preparación del informe del auditor.
Existe una necesidad de que las normas de auditoría de estado contables sean uniformes y adecuadas a la importanci
relevante que tienen para la comunidad, debido a la diversidad de intereses que existe entre todos los usuarios de los
EECC y los entes que lo emiten. El cumplimiento de esa necesidad asegurara que se logre el necesario grado de
confiabilidad de la información contable, para que la comunidad la utilice como base para orientar adecuadamente su
decisiones.
NORMAS DE AUDITORIA EN GENERAL
Normas para el desarrollo de la auditoria
y El auditor a través del desarrollo de su tarea, debe obtener elementos de juicio validos y suficientes que
permitan respaldar las aseveraciones (afirmaciones) formuladas en su informe. Su tarea debe ser planificada
función de los objetivos de la auditoria.
y El auditor debe conservar por un plazo adecuado a la naturaleza de cada circunstancia, los papeles de trabajo
que constituyan la prueba del desarrollo de su tarea.
y Los papeles de trabajo deben contener:
- La descripción de la tarea realizada
- Los datos y antecedentes recogidos durante el desarrollo de su tarea, tanto los que preparo el auditor como l
que hubiere recibido de terceros.
- Las conclusiones particulares y generales.
y El auditor debe realizar su tarea dentro del principio de economía aplicable a todo control. Para que su labor s
económicamente útil debe culminar en un lapso y a un costo razonable. Esas imitaciones de tiempo y costo
deben ser evaluadas por el auditor a fin de determinar si no representan un inconveniente para la realización
adecuada de su tarea.
y En la aplicación de los procedimientos de auditoría, el auditor puede actuar sobre bases selectivas determina
según su criterio exclusivamente o apoyándose en el uso de métodos estadísticos.
Normas sobre informes
y Los informes deben evitar los vocablos o expresiones ambiguas o que pudieran inducir a error a los interesado
en el informe.
y Los informes deben ser escritos. Si las circunstancias lo aconsejaran pueden ser orales, pero se recomienda en
este caso luego la rectificación por escrito.
y Los informes escritos deben contener:
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- La identificación del objeto del examen
- La indicación de la tarea realizada
- La opinión que ha formado el auditor a través de la tarea realizada, claramente separada de cualquier otro tip
de información.
- Los elementos adicionales necesarios para su mejor comprensión.
NORMAS SOBRE AUDITORIA EXTERNA DE LA INFORMACION CONTABLE
Condición básica para el ejercicio de la auditoria
y Independencia
El contador público debe tener independencia con relación al ente al que se refiere la información contable.
y Falta de independencia
El auditor no es independiente en los siguientes casos:
- Cuando estuviera en relación de dependencia, con respecto al ente cuyos EECC sean objeto de la auditoria o crespecto a los entes que estuvieran vinculados económicamente, o lo hubiere estado en el ejercicio al que se
refiere la información que es objeto de la auditoria. No se considera relación de dependencia a la preparación
de EECC y la realización de otras tareas similares remuneradas mediante honorarios, en tanto no coincidan co
funciones de dirección, gerencia o administración del ente.
- Cuando fuera cónyuge o pariente por consanguinidad, en línea recta o colateral hasta el cuarto grado inclusiv
por afinidad hasta el segundo grado de alguno de los propietarios, directores, gerentes generales o
administradores del ente o de los entes económicamente vinculados a él.
- Cuando fuera socio, asociado, director o administrador del ente o de los entes económicamente vinculados, o
hubiese sido en el ejercicio al que se refiere la información contable que es objeto de auditoría. No existe falt
de independencia cuando el auditor fuese socio o asociado de entidades civiles sin fines de lucro o de
sociedades cooperativas cuya información contable sea objeto de la auditoria o de los entes vinculados
económicamente a aquel del que es auditor.
- Cuando tuviera intereses significativos en el ente cuya información contable sea objeto de la auditoria o en lo
entes que estuvieran económicamente vinculados a aquel. O los hubiera tenido en el ejercicio al que se refier
la información que es objeto de la auditoria.
- Cuando la remuneración sea contingente o dependiente de las conclusiones o resultados de su tarea de
auditoría.
- Cuando la remuneración fuera pactada sobre la base de resultados del periodo a que se refieren los EECC
sujetos a la auditoria.
y Vinculación económica
Se entiende por entes (personas, entidades o grupos de entidades) económicamente vinculados a aquellos que, a pas
de ser jurídicamente independientes, reúnen algunas de las siguientes condiciones:
- Cuando tuvieran vinculación significativa de capitales
- Cuando tuvieran los mismos directores, socios o accionistas.
- Cuando se trate de entes que por sus especiales vínculos debieran ser considerados como una organización
económica única.
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y Alcance de las incompatibilidades
Los requisitos de independencia son de aplicación para el contador público que emite su informe, como para todos lo
integrantes del equipo de trabajo. En caso de sociedades de profesionales las incompatibilidades se extienden a todo
los socios o asociados del contador público.
Normas para el desarrollo de la auditoria
A través del desarrollo de la tarea, el auditor debe obtener elementos de juicio de valor validos, y suficientes que
respalden su informe relativo a lo siguiente:
- Auditoría realizada para determinar la razonabilidad de la información presentada por los EECC básicos.
- Revisión limitada de los EECC correspondiente a periodos intermedios
- Situaciones de hecho o comprobaciones especiales que no requieren de la emisión de un juicio técnico
8certificacion)
- Investigaciones especiales
y Auditoria de EECC
Para obtener los elementos de juicio validos y suficientes que le permitan emitir su opinión o abstenerse de ella sobre
los EECC, el auditor debe desarrollar su tarea siguiendo los siguientes pasos:
Obtener un conocimiento apropiado de la estructura del ente, sus operaciones y sistemas, las normas legales
que le son aplicables, las condiciones económicas propias y las del ramo de su actividad
Identificar el objeto del examen (los EECC, las afirmaciones que los constituyen)
Evaluar la significación de lo que se debe examinar, teniendo en cuenta su naturaleza, la importancia de los
posibles errores o irregularidades y el riesgo involucrado. Planificar en forma adecuada el trabajo de auditoría, teniendo en cuenta la finalidad del examen, el informe a
emitir, las características del ente (naturaleza, envergadura y otros elementos) y las circunstancias particulare
del caso. La planificación debe incluir la selección de los procedimientos a aplicar, su alcance, su distribución e
el tiempo y la determinación de si han de ser realizados por el auditor o por sus colaboradores. Preferenteme
se debe formalizar por escrito, y dependiendo de la importancia del ente debe comprender programas de
trabajo detallados.
Reunir los elementos de juicio validos y suficientes que permitan respaldar su informe a través de la aplicació
de los siguientes procedimientos de auditoría:
Evaluación de las actividades de control de los sistemas que son pertinentes a su revisión. Es
evaluación es conveniente que se desarrolle en la primera etapa porque sirve de base paraperfeccionar la planificación en cuanto a la naturaleza, extensión y oportunidad de las prue
de auditoría a aplicar. El desarrollo de este procedimiento implica seguir los siguientes paso:
- Relevar las actividades formales de control de los sistemas
- Comprobar que se aplican en la practica
- Evaluar las actividades reales de control de sistemas
- Determinar el efecto de la evaluación mencionada sobre la planificación de modo de replantear en su caso la
naturaleza, extensión, y oportunidad de los procedimientos de auditoría seleccionados previamente.
- Emitir en su caso un informe con las observaciones recogidas durante el desarrollo de la tarea y las sugerencia
para mejorar los controles de los sistemas examinados.
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Cotejo de los EECC con los registros contables
Revisión de la correlación entre registros y entre éstos y la correspondiente documentación
comprobatoria.
Inspecciones oculares (por ejemplo arqueos de caja)
Obtención de confirmaciones directas de terceros (por ejemplo bancos)
Comprobaciones matemáticas
Revisiones conceptuales
Comprobación de la información relacionada Comprobaciones globales de razonabilidad (por ejemplo análisis comparativos e investigación
de fluctuaciones de significación)
Examen de documentos importantes (por ejemplo contratos, estatutos)
Preguntas a funcionarios y empleados del ente.
Obtención de una confirmación escrita de la dirección del ente de las explicaciones e
informaciones suministradas.
Los procedimientos usuales mencionados pueden ser modificados, reemplazados por otros alternativos o suprimidos
según cada situación. En estos caso el auditor debe demostrar que el procedimiento usual no fue practicable o de
razonable aplicación, y que a pesar de la modificación, reemplazo o supresión, pudo obtener elementos de juicio validy suficientes.
Si estos procedimiento son aplicados deben ser utilizados además en la revisión de operaciones o hechos posteriores
la fecha del cierre de los EECC objeto de la auditoria, para verificar en qué medida pudieron afectarlos.
En la aplicación de los procedimientos de auditoría, el auditor debe tener cuenta que puede actuar sobre bases
selectivas determinadas según su criterio o con el uso de métodos estadísticos.
Controlar la ejecución de lo planificados con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos fijados; y en su
caso modificar la planificación. Con tal propósito el auditor también debe hacer una revisión cuidadosa del
trabajo de sus colaboradores. Evaluar la validez y suficiencia de los elementos de juicio examinados para respaldar el juicio del auditor sobre
las afirmaciones particulares contenidas en los EECC. Para ello, el auditor utilizando el criterio profesional, de
hacer lo siguiente:
- Considerar su naturaleza y la forma en que se obtuvieron.
- Considerar la importancia relativa de lo examinado en su relación con el conjunto.
- Estimar el grado de riesgo inherente que depende en buena parte del grado de seguridad que ofrezcan las
actividades de control de los sistemas involucrados.
Sobre la base de los elementos de juicio obtenidos, el auditor debe formarse una opinión acerca de la
razonabilidad de la información que contienen los EECC básico en conjunto, de acuerdo con normas contable
profesionales, o concluir que no le ha sido posible la formación de tal juicio. Emitir su informe teniendo en cuenta las disposiciones legales, reglamentarias y profesionales que fueran de
aplicación.
Revisión limitada de estados contables de periodos intermedios
Para obtener los elementos de juicio validos y suficientes que respalden el informe relativo a la revisión de los EECC d
los periodos intermedios, de alcance inferior al necesario para emitir una opinión sobre la razonabilidad de la
información que contienen dichos estados del ente, el auditor debe desarrollar su tare de acuerdo a los siguientes
pasos:
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Obtener un conocimiento apropiado de la estructura del ente, sus operaciones y sistemas, las normas legales
que le son aplicables, las condiciones económicas propias y las del ramo de su actividad
Identificar el objeto del examen (los EECC, las afirmaciones que los constituyen)
Evaluar la significación de lo que se debe examinar, teniendo en cuenta su naturaleza, la importancia de los
posibles errores o irregularidades y el riesgo involucrado.
Planificar en forma adecuada el trabajo de auditoría, teniendo en cuenta la finalidad del examen, el informe a
emitir, las características del ente (naturaleza, envergadura y otros elementos) y las circunstancias particulare
del caso. La planificación debe incluir la selección de los procedimientos a aplicar, su alcance, su distribución eel tiempo y la determinación de si han de ser realizados por el auditor o por sus colaboradores. Preferenteme
se debe formalizar por escrito, y dependiendo de la importancia del ente debe comprender programas de
trabajo detallados.
Aplicar los siguientes procedimientos de auditoría:
- El cotejo de los EECC con los registros de contabilidad
- Las comprobaciones matemáticas de la información contenida en los EECC.
- La revisión conceptual de los estados contables
- La lectura de las actas de asamblea y directorio.
- La revisión comparativa de los estados contables en su relación con los del último cierre del ejercicio, con los
los periodos intermedios anteriores y con los de los periodos intermedios similares de ejercicios anteriores.- Las comprobaciones globales de razonabilidad (por ejemplo investigación de las fluctuaciones significativas)
- Los comentarios con los funcionarios del ente acerca de los aspectos importantes que pudieran afectar la
información contenida en dichos estados.
La extensión de los procedimientos depende de lo siguiente:
- Las características del ente
- La realización de la auditoria de los EECC anuales anteriores por el mismo contador que efectúa esta revisión.
- El conocimiento por parte del auditor de las debilidades en las funciones de control de los sistemas aplicados
el ente.
- El conocimiento del cambio importante en la naturaleza o en el volumen de las operaciones del ente.
Controlar la ejecución de lo planificados con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos fijados; y en su
caso modificar la planificación. Con tal propósito el auditor también debe hacer una revisión cuidadosa del
trabajo de sus colaboradores.
Evaluar la validez y suficiencia de los elementos de juicio examinados para respaldar el juicio del auditor sobre
las afirmaciones particulares contenidas en los EECC. Para ello, el auditor utilizando el criterio profesional, de
hacer lo siguiente:
- Considerar su naturaleza y la forma en que se obtuvieron.
- Considerar la importancia relativa de lo examinado en su relación con el conjunto.
- Estimar el grado de riesgo inherente que depende en buena parte del grado de seguridad que ofrezcan las
actividades de control de los sistemas involucrados.
Emitir su informe teniendo en cuenta las disposiciones legales, reglamentarias y profesionales que fueran de
aplicación.
Certificación
Para emitir una certificación, el auditor debe obtener elementos de juicio validos y suficientes que respalden las
aseveraciones que aquella incluya.
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Investigaciones especiales
Para obtener elementos de juicio valido y suficiente que respalden el informe relativo a las investigaciones especiales
contador público debe desarrollar su tarea aplicando las etapas del proceso de formación del juicio del auditor (audit
de EECC)
Papeles de trabajo
Los programas escritos con la indicación de su cumplimiento y las evidencias reunidas por el auditor en el desarrollo dsu tarea, constituyen el conjunto de sus papeles de trabajo.
Los papeles de trabajo deben contener:
- La descripción de la tarea realizada
- Los datos y los antecedentes recogidos durante el desarrollo de la tarea, tanto los que preparo el auditor com
los que hubiera recibido de terceros.
- Las conclusiones sobre el examen de cada rubro o área y las conclusiones finales o generales de trabajo.
El auditor debe conservar por el plazo que fijen las normas legales o por 6 años, el que fuese mayor, los papeles de
trabajo, la copia de los informes emitidos, y en su caso la copia de los EECC objeto de la auditoria, firmada por elrepresentante legal del ente al que éstos correspondan.
Normas sobre los informes
En todos los casos en que el nombre de un contador público se encuentre vinculado con los EECC destinados a ser
presentados a terceros, debe quedar en evidencia en todas las paginas que componen dichos estados, la relación que
con ellos tiene el citado profesional (en ningún caso el contador debe incorporar a los estados contables únicamente
firma y sello.
Los informes del contador público deben evitar los vocablos o expresiones ambiguas o que pudieran inducir a error a
interesados del informe.
En todos los informes del contador público, las opiniones del profesional deben quedar claramente separadas de
cualquier otro tipo de información.
Los informes del contador público se clasifican del siguiente modo:
- Informe breve o resumido
- Informe extenso
- Informe de revisión limitada de los estados contables de los periodos intermedios.
- Informe sobre las actividades de control de los sistemas examinados
- Certificación- Otros informes especiales
Informe breve
Definición
El informe breve sobre los EECC (para ser presentados a terceros) es el que emite un contador público, basado en el
trabajo de auditoría realizado, mediante el cual el profesional expresa su opinión o declara que se abstiene de emitirl
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sobre la información que contienen dichos estados. El trabajo debe ser efectuado de acuerdo con estas normas de
auditoría.
Contenido
El informe breve sobre estados contables se debe presentar con la siguiente sistematización:
Titulo: el titulo es informe del auditor
Destinatario: el informe debe estar dirigido a quien hubiera contratado los servicios del auditor, o quien elcontratante indicara. Si el destinatario fuera un ente, debe ser dirigido a sus propietarios o a las máximas
autoridades.
Identificación de los EECC objeto de auditoría: se debe identificar con claridad cada uno de los EECC a los que
refiere el informe, la denominación completa del ente a quien pertenecen y la fecha o periodo a la cual se
refieren.
Alcance del trabajo de auditoría: el informe debe contener una manifestación acerca de si el examen se
desarrollo o no de acuerdo a las normas de auditoría vigentes. Si existieran limitaciones al alcance de la tarea
auditoría que imposibilitaran la emisión de una opinión, aquellas deben ser claramente expuestas en el apart
denominado alcance del trabajo de auditoría. Tales limitaciones deben indicar los procedimientos no
aplicados, en su caso señalando lo siguiente:- Si la restricción ha sido impuesta por el contratante del servicio de auditoria
- Si la restricción es consecuencia de otras circunstancias
- Si parte del trabajo de auditoría se apoya en la tarea realizada por otro auditor independiente. En este último
caso si no se incluye se supone que auditor principal asume la responsabilidad sobre la totalidad de la
información contenida en los estados contables sobre los que emite dictamen.
Cuando un procedimiento usual de los nombrado anteriormente se hubiera modificado suprimido o sustituido po
otro alternativo, y el auditor hubiera obtenido evidencia valida y suficiente para sustentar adecuadamente su juic
no es necesario dejar constancia en el apartado alcance del trabajo de auditoría del procedimiento omitido.
Aclaraciones especiales previas al dictamen: cuando según el juicio del auditor que emite el informe, fuera
necesario formular aclaraciones especiales que permitan interpretar en forma más adecuada la información,
dichas aclaraciones debe exponerlas en un apartado especifico previo a aquel en que incluya el dictamen. La
exposición en notas a los EECC de las aclaraciones mencionadas, excusa al auditor de incluirlas en su informe,
pero debe indicar tal situación y remitirse a la norma respectiva.
Dictamen u opinión sobre los EECC en su conjunto o la indicación por la cual no se emite opinión: en el dictam
el auditor debe exponer su opinión o abstenerse explícitamente de emitirla, acerca de si los estados contable
en su conjunto presentan razonablemente la información que ellos deben brindar de acuerdo con las normas
contables profesionales.
El dictamen puede ser:
- Dictamen favorable sin salvedades
Cuando hubiera realizado su examen de acuerdo con estas normas el contador público debe opinar favorablemente,
siempre que pueda manifestar que los EECC objeto de la auditoria presentan razonablemente la información que ello
deben brindar de acuerdo con las normas contables profesionales.
- Dictamen favorable con salvedades
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Las salvedades se emplean cuando se trata de montos o aspectos que por su significación, no justifican que el auditor
deba emitir un dictamen adverso o abstenerse de opinar sobre los estados objetos de la auditoria. Las salvedades
determinadas son aquellas originadas en discrepancias respecto a la aplicación de las normas contables profesional (d
valuación o exposición) utilizadas para preparar y presentar la información contenida en los estados contables sujeto
la auditoria. Las salvedades indeterminadas son aquellas originadas en la carencia de elementos juicio validos y
suficientes para poder emitir una opinión sobre una parte de la información contenida en los EECC examinados.
No es necesario que el auditor haga referencia a que la información se presenta en forma uniforme respecto del
ejercicio anterior. La ausencia de la salvedad indica que se ha cumplido con esa característica de la información y solo
corresponde referirse a ella cuando hubiera sido violada. La redacción de la salvedad por falta de uniformidad, debe
contener una descripción clara del cambio, de las razones que lo motivan, y de sus efectos cuantitativos. Asimismo, e
auditor debe manifestar si está o no de acuerdo con el cambio realizado.
Cuando la información a la que se refiere la salvedad o excepción estuviera contenida en las notas a los EECC excusa
auditor de incluirlas en su informe pero debe indicar tal situación y remitirse a la nota respectiva.
- Dictamen adverso
El auditor debe emitir un dictamen adverso cuando, como consecuencia de haber realizado se examen de acuerdo coestas normas de auditoría, toma conocimiento de uno o más problemas que implican salvedades al dictamen de tal
magnitud e importancia que no justifican la emisión de una opinión con salvedades y es inapropiada una abstención d
opinión. En este caso el auditor debe expresar que los EECC no presentan la información pertinente de acuerdo con la
normas contables profesionales, explicando las razones que avalan su opinión (generalmente en un párrafo previo
ubicado en el apartado aclaraciones previas al dictamen).
- Abstención de opinión
El auditor debe abstener de emitir opinión cuando no ha obtenido elementos de juicio validos y suficientes para pode
expresar una opinión sobre los EECC en su conjunto. La necesidad de emitir un informe con abstención de opinión
puede originarse en lo siguiente:
o Limitaciones importantes en el alcance de la auditoria
o Sujeción de una parte o de toda la información contenida en los EECC a hechos futuros, cuya concreción no
puede evaluarse en forma razonable y cuya significación potencial no admita la emisión de una opinión con
salvedades indeterminada(ósea una parte o toda la información de los estados contables depende de un hech
futuro que no se puede determinar con precisión)
La abstención de emitir una opinión puede ser aplicada a toda la información examinada o a una parte de ella. El aud
debe indicar en su informe las razones que justifican la abstención.
- Opinión parcial
El auditor que hubiera emitido un dictamen adverso sobre EECC en su conjunto o se hubiera abstenido opinar sobre
ellos, puede emitir una opinión parcial sobre algunos aspectos de la información que contienen dichos EECC, siempre
que considere que esa opinión es de utilidad para los interesados en el informe, y el alcance de su trabajo fuera
suficiente y los rubros fueran suficientemente importantes en conjunto. La opinión parcial debe ser redactada
cuidadosamente para evitar que se cree una confusión en los interesados en el informe con respecto al juicio adverso
la abstención de emitirlo.
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Información especial requerida por leyes o disposiciones o de los organismos públicos de control o de la
profesión.
Lugar y fecha de emisión: el lugar de la emisión, es aquel en que el contador público firma su informe. La fech
de emisión (día, mes y año) es generalmente aquella en que se hubiera concluido el trabajo de auditoría. Esta
fecha limita la responsabilidad del auditor en cuanto al conocimiento de hechos posteriores a la fecha de los
EECC que pudieran tener influencia significativa en las informaciones que ellos contienen, o que si bien lo tien
esa influencia deben incluirse en una nota a los EECC porque afectan la apreciación del futuro de la situación
patrimonial o de los resultados del ente. Firma del auditor: el informe debe llevar la firma del contador público, con la aclaración de su nombre y apell
completos, título profesional y numero de inscripción en la matricula del consejo profesional correspondiente
Cuando se trata de sociedades profesionales inscriptas en los consejos profesionales se debe colocar la
denominación antes de la firma del contador público, debiendo constar su carácter de socio.
Forma de presentación
El auditor debe presentar su informe por separado o adjunto a los EECC. En ambos casos las fojas de éstos que
contuvieran los estados básicos deben estar firmadas por el auditor y las restantes deben estar firmadas por este seg
lo establecido en el punto de firma del auditor
- Informe extenso
El informe extenso debe contener, además delo requerido para el informe breve la indicaciones sobre lo siguiente:
Q ue el trabajo de auditoría ha sido orientado a la posibilidad de formular una opinión sobre los estados básico
Q ue los datos que se adjuntan a los estados contables básico se presentan para posibilitar estudios
complementarios pero no son necesarios para una presentación razonable de la información que deben
contener los estados básicos.
Q ue la información adicional que se adjunta a los estados contables básicos:
- Ha sido sometida a procedimientos de auditoría durante la revisión de los estados contables básicos y está
razonablemente presentada en sus aspectos significativos
- No ha sido sometida a procedimientos de auditoría aplicados para la revisión de los estados contables básicos
En este caso el auditor debe citar la fuente de la información, el alcance de su examen y eventualmente la
responsabilidad asumida.
En el informe extenso deben quedar claramente identificadas las manifestaciones del ente y las del contador público
que emite dicho informe.
- Informe de revisión limitada de los estados contables de periodos intermedios
En los informes sobre estados contables de los periodos intermedios, cuando no se hubiera realizado un trabajo de
auditoría similar al que hubiera correspondido con respecto a los periodos anuales (en cuyo caso corresponderá emit
un informe como los mencionados anteriormente), el auditor debe hacer lo siguiente:
Dejas constancia de la limitación al alcance de su trabajo con respecto a los procedimientos de auditoría
aplicables a la revisión de los estados contables anuales.
Indicar que no emite una opinión sobre los estados contables en su conjunto
Indicar que no tiene observaciones que formular, o, de existir alguna, señalar sus efectos en los EECC
Informar sobre aspectos particulares requeridos por las leyes o las disposiciones de los organismos públicos d
control o de la profesión.
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El auditor debe respetar todas las normas sobre los informes en lo que fuera de aplicación.
- Informe sobre los controles
El informe sobre el funcionamiento de los controles de los sistemas examinados, en los casos que se emitiera, es
conveniente que incluya lo siguiente:
El alcance de la tarea realizada
Las faltas de cumplimiento de las funciones de control de los sistemas establecidos por el ente Las debilidades detectadas en las funciones de control de los sistemas y sus efectos
Las sugerencias para la corrección de las debilidades detectadas
Las opiniones de la gerencia sobre los temas tratados.
- Certificación
La certificación se aplica a ciertas situaciones de hecho o comprobaciones especiales, a través de la constatación con
registros contables y otra documentación de respaldo y sin que las manifestaciones del contador público constituyan
emisión de un juicio técnico acerca de lo que se certifica.
La certificación contendrá:
Titulo: certificación
Destinatario
Detalle de lo que se certifica
Alcance de la tarea realizada manifestación o aseveración del contador publico
Lugar y fecha de la emisión
Firma del contador publico
- Informes especiales
Los informes especiales se rigen por las normas sobre los informes
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