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DEFENSORIA DEL PUEBLO ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N° 23-2011-DP PRIMERA CONVOCATORIA 1 BASES ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 23-2011-DP Primera Convocatoria Derivado de la Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial N° 9-2011-DP ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE 2011

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DEFENSORIA DEL PUEBLO ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N° 23-2011-DP – PRIMERA CONVOCATORIA

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BASES

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 23-2011-DP

Primera Convocatoria

Derivado de la Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial N° 9-2011-DP

ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE

2011

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BASES

ADJUDICACIÓN MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 23-211-DP

Primera Convocatoria

CAPÍTULO I

GENERALIDADES 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE Nombre : DEFENSORIA DEL PUEBLO RUC N° : 20304117142

1.2 DOMICILIO LEGAL

Jr. Ucayali N° 388 – Lima Cercado.

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la adquisición del suministro de combustible para las unidades vehiculares de la Defensoria del Pueblo, por un periodo de 12 meses en conformidad a lo establecido en los requerimientos técnicos mínimos Capitulo IV de las Bases.

1.3.1 Código de la Ficha Técnica Aprobada:

1.4 VALOR REFERENCIAL TOTAL

El valor referencial total asciende a S/. 199,209.60 (CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NUEVE Y 60/100 NUEVOS SOLES), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del combustible a adquirir. El valor referencial ha sido calculado al mes de julio del 2011.

1.4.1 VALOR REFERENCIAL UNITARIO: Los valores referenciales unitarios de cada ítem, incluyen los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del combustible a adquirir, el mismo que se detalla a continuación:

CUADRO DEMOSTRATIVO

Ítem Denominación del Bien Cantidad

(12 meses)

Unidad de

medida

Valor referencial

Precio referencial

unitario S/.

Valor referencial total S/.

1 Gasohol 90 Plus

2268 Galón 13.20 29,937.60

2 Gasohol 97 Plus

7200 Galón 17.08 122,976.00

3 Diesel B5 S-50

3600 Galón 12.86 46,296.00

TOTAL S/. 199,209.60

Ítem Código de Ficha Técnica Denominación del Bien

1 A1510150600146103 Gasohol 90 Plus

2 A1510150600129874 Gasohol 97 Plus

3 A1510150500012018 Diesel B5 S-50

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15 VALOR DEL DECREMENTO MÍNIMO

El Decremento Mínimo por cada ítem es el siguiente:

Ítem

Denominación

del Bien

Cantidad (12 meses)

Unidad de medida

Precio referencial

unitario

S/.

Valor referencial Total S/.

Valor monetario

del Decremento Mínimo S/

1 Gasohol 90 Plus

2268 Galón 13.20 29,937.60 30.00

2 Gasohol 97 Plus

7200 Galón 17.08 122,976.00 123.00

3 Diesel B5 S-50

3600 Galón 12.86 46,296.00 47.00

TOTAL S/. 199,209.60 1.6 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante Formato 5 (Expediente de Contratación), el día 25 de julio del 2011.

1.7 FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Ordinarios

1.8 SISTEMA DE CONTRATACION El presente proceso se rige por el sistema de precios unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.9 MODALIDAD DE SELECCIÓN Por Subasta Inversa Electrónica

1.10 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El requerimiento está definido en el Capítulo IV de las presentes Bases.

1.11 BASE LEGAL Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011. Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017 Reglamento del Decreto Legislativo N° 1017- Ley de Contrataciones del Estado, aprobado

por Decreto Supremo N° 184-2008 –EF Directiva N° 006-2009-OSCE/CD “Lineamientos para la aplicación de la modalidad especial de

selección por Subasta Inversa”, aprobada por Resolución Nro. 168-2009-OSCE/PRE. Decreto Supremo Nº 061-2009-EM, Establecen criterios para determinar zonas geográficas

en que se podrá autorizar la comercialización de combustible diesel con un contenido de azufre máximo a 50 ppm.

Decreto Supremo Nº 21-2007-EM, Aprueban Reglamento para la Comercialización Biocombustibles.

Decreto Supremo Nº 024-2011-EM, Modifican el artículo 8 del Reglamento para la Comercialización de Biocombustibles.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

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CAPITULO II

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Convocatoria 27 de julio del 2011

Inscripción de participantes, registro y presentación de propuestas

Del 01 al 03 de agosto del 2011; la hora de cierre de esta etapa será a las 10:00 horas del día 03/08/2011.

Apertura de propuestas y periodos de lances

03 de agosto del 2011; inicia a las 10:01 horas y cierra a las 13:00 horas del mismo día.

Otorgamiento de la Buena Pro 03 de agosto del 2011

2.2 CONVOCATORIA La convocatoria de la Adjudicación de Menor Cuantía por Subasta Inversa Electrónica, se efectuará a través de su publicación en el SEACE.

2.3 INSCRIPCION DE PARTICIPANTES Para la inscripción como participante, el proveedor deberá tener en cuenta lo siguiente: a) Declarar la aceptación de las condiciones de uso del Sistema para participar en el proceso de

selección por Subasta Inversa Electrónica. Para tales efectos, y con carácter de Declaración Jurada, deberá aceptar el formulario que le mostrará el Sistema en el SEACE, que contendrá las siguientes estipulaciones: Tener conocimiento que el presente formulario tiene carácter de declaración jurada Conocer lo estipulado en la Ley y el Reglamento en lo referente a la participación en

procesos de selección a través del SEACE. Conocer la normativa aplicable al presente proceso. Asumir la responsabilidad por la información y documentación en formato digital

remitida a través del SEACE. Tener Conocimiento del manual del usuario del Módulo de Transacciones Electrónicas del

SEACE. b) El registro como participante será gratuito, a través del SEACE. c) Ingresar nuevamente su usuario y contraseña para ser verificado por el Sistema.

2.4 REGISTRO DE PROPUESTAS

Los participantes registrarán sus propuestas a través del SEACE, luego de su inscripción como participante, de acuerdo con las características, formatos y demás condiciones que sean establecidas en las Bases. Para el registro de Propuestas, los participantes deberán cumplir con lo siguiente:

2.4.1 El Registro de Propuestas se realizará por cada ítem, a los que postula el participante, mediante el formulario que deberá completar para tal efecto.

2.4.2 Los datos que debe ingresar en su propuesta son los siguientes:

a. Documentos de Habilitación : - El participante deberá añadir los archivos conteniendo los documentos de habilitación

solicitados en las Bases.

b. Propuesta Económica : La propuesta económica deberá presentarse en función al valor referencia total del ítem y será utilizada por el Sistema para asignarle el turno de inicio en el periodo de Lances con Agentes Electrónicos.

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Se considerarán como propuestas económicas validas aquellas que no superen el monto del valor referencial total del ítem consignado en las Bases; de lo contrario, el Sistema las excluirá automáticamente del proceso.

c. Configuración del Agente Electrónico:

El participante deberá indicar en el Sistema los siguientes datos:

- El monto del decremento aplicable al ítem en el que participa, que en ningún caso podrá ser inferior al monto del decremento mínimo establecido en las Bases y

- El precio límite inferior (monto más bajo) que está dispuesto a ofertar por cada ítem. Mediante estos parámetros el participante podrá programar los lances que realizará

automáticamente su agente en el Sistema, durante los Lances con Agentes Electrónicos. Cuando el participante no configure el Agente Electrónico, el Sistema considerará que el

precio límite inferior es igual a la propuesta económica.

2.4.3 El participante podrá realizar modificaciones a su propuesta sólo hasta antes de haber confirmado la presentación de su propuesta.

2.5 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Una vez finalizado el registro de la propuesta, el participante podrá presentar su propuesta a través del Sistema. Para tal efecto, previamente deberá aceptar con carácter de declaración jurada que: a) Cumple con las condiciones estipuladas en el artículo 42º del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado. b) Tiene vigente y habilitada su inscripción en el Registro Nacional de Proveedores en el

Capitulo de Bienes. c) Los productos ofrecidos cumplen con las especificaciones técnicas y de calidad

indicadas en la ficha técnica, así como todas las condiciones solicitadas en las Bases. d) No ha sobornado ni ejercido precisión sobre ningún funcionario con relación al

respectivo proceso de selección.

A continuación, el Sistema procederá a solicitarle la confirmación de la presentación de la propuesta para, de hacerse así, generará el respectivo aviso electrónico en la ficha del proceso, indicando que la propuesta ha sido presentada. En los procesos según reilación de ítems, la presentación de propuestas se efectuará en una sola oportunidad y por todos los ítems registrados.

2.6 DOCUMENTOS DE HABILITACIÒN

Los postores deberán presentar como parte de su PROPUESTA en el sistema un archivo de la documentación escaneada legible, “tener en cuenta las extensiones de Tipos de Archivos permitidos por el SEACE, son *.PDF, *.DOC y *.ZIP”, cualquiera sea el tipo escogido con la siguiente información: a) Copia simple deL certificado o constancia vigente de inscripción en el Registro Nacional de

Proveedores: Capitulo de Bienes. Cuando se trate de Consorcio, será presentada por cada uno de los consorciados.

b) Declaración Jurada conforme a lo establecido en el numeral 1) del Artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Anexo Nº 01. Cuando se trate de Consorcio, será presentada por cada uno de los consorciados.

c) Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación - Anexo Nº 02.

d) Declaración de estaciones de suministro de combustible – Anexo Nº 4 e) Copia de constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de

Hidrocarburos del OSINERGMIN.

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Los postores deberán presentar todos los documentos de su propuesta técnica (documentos de habilitación) a través del SEACE. Si el archivo que contiene la documentación de la propuesta técnica ingresado por el postor en el sistema SEACE no se puede abrir para la impresión y evaluación de los documentos, por algún defecto o error al momento del escaneo o cargado del archivo, el Comité Especial lo considerará como propuesta no presentada, ante la imposibilidad de bajarlo e imprimirlo, sin responsabilidad para el comité, habiéndose constar este hecho en el acta correspondiente.

2.7. PROPUESTA ECONOMICA:

La propuesta económica deberá presentarse en función al valor referencial total del ítem, de acuerdo al Anexo Nº 3; asimismo, registrará el valor del precio unitario del bien.

2.8 APERTURA DE PROPUESTAS Y PERIODO DE LANCES

La etapa de Apertura de Propuestas y Periodo de Lances consta de los siguientes ciclos consecutivos:

1. Apertura de Propuestas y Lances con Agentes Electrónicos. 2. Mejora de Precios mediante Lances en Línea.

2.8.1 APERTURA DE PROPUESTAS Y LANCES CON AGENTES ELECTRONICOS 2.8.1.1 Apertura de Propuestas El Sistema realizará la apertura de propuestas e iniciará los Lances con Agentes Electrónicos de forma automática, en la fecha y hora señaladas para tal efecto en el calendario, y conforme a los valores configurados por el postor en su Agente Electrónico (valor de decremento y el precio límite inferior). Para tales efectos, el Sistema procesará la información de las propuestas económicas por ítem, determinará las propuestas válidas y las ordenará según el valor total de la oferta, lo que determinará el turno de los lances. Cuando dos (2) o más postores presentan el mismo monto en la propuesta económica, el Sistema efectuara automáticamente un sorteo para establecer el turno de los lances. 2.8.1.2 Lances con Agentes Electrónicos Los lances se iniciarán con la propuesta económica de menor precio y se desarrollará conforme al siguiente procedimiento: a) A la propuesta económica de menor precio se le descontará el decremento programado por

el postor obteniendo así el “menor precio”. b) Para efectuar el lance del siguiente postor, el Sistema restará al “menor precio” el

decremento programado por este postor, pudiendo resultar que : - El precio obtenido sea mayor o igual que su precio límite inferior, en cuyo caso el

Sistema lo registrará como el nuevo “menor precio”. - El precio obtenido sea menor que su precio límite inferior, en cuyo caso el Sistema

registrará su precio limite inferior y lo excluirá de la siguiente ronda. c) El procedimiento continuará de la forma prescrita en el literal anterior con los agentes de las

siguientes propuestas económicas y en rondas sucesivas hasta que quede solo una propuesta con posibilidad de participar en la siguiente ronda; en ese momento, la propuesta económica que aún participa será declarada como ganadora de los Lances con Agentes Electrónicos, con lo cual concluirá dicho ciclo.

Durante el desarrollo de los Lances con Agentes Electrónicos, el Sistema registrará el detalle de los lances efectuados en las rondas y el monto de la propuesta ganadora. Al concluir el ciclo de Lances con Agentes Electrónicos para todos los ítems del proceso, el Sistema registrará los resultados finales, los cuales serán considerados como los precios de inicio para el ciclo de Mejora de Precios, quedando abiertos todos los ítems con prepuestas validas para el desarrollo de dicho ciclo. 2.8.2 MEJORA DE PRECIOS MEDIANTE LANCES EN LINEA

La mejora de Precios permitirá que los postores cuyas propuestas económicas participaron en los Lances con Agentes Electrónicos, puedan mejorar sus precios a través de lances sucesivos a ser realizados en línea.

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La Mejora de Precios se desarrollará conforme al siguiente procedimiento: a) En la fecha y hora indicadas en la convocatoria, el postor accederá al Modulo de Transacciones

Electrónicas del SEACE, ingresando su clave y contraseña asignada por el Registro Nacional de Proveedores.

b) El postor visualizará la propuesta económica ganadora de los Lances con Agentes Electrónicos (menor precio) y el monto de su propuesta.

c) El postor podrá mejorar el monto de la propuesta económica de menor precio hasta ese momento y/o mejorar su propia propuesta económica durante el periodo indicado en la convocatoria, enviando lances sin considerar el decremento mínimo establecido por la Entidad.

d) El postor no esta obligado a enviar lances inferiores al menor precio vigente a ese momento, pero sus lances deberán ser siempre inferiores a su último precio ofertado.

Cinco (5) minutos antes de la finalización del horario indicado en la convocatoria para efectuar las mejoras de precios, el Sistema enviará una alerta indicando el inicio del cierre aleatorio. La duración del cierre aleatorio será determinada por el Sistema en forma aleatoria, pudiendo variar entre uno (1) a treinta (30) minutos, tiempo durante el cual los postores podrán enviar sus últimos lances. Cerrado este ciclo no se admitirán más lances en el proceso.

2.9 DETERMINACIÓN DE ORDEN DE PRELACION

Una vez culminada la etapa de Apertura de propuestas y Periodo de Lances, el Sistema procesará los lances recibidos del ítem o ítems del proceso de selección, ordenando a los postores por cada ítem según el monto de su último lance, estableciendo el orden de prelación de los postores, generando el Acta con el detalle del desarrollo de la etapa de Apertura de Propuestas y Periodo de Lances, la cual quedará registrada en el Sistema y publicada automáticamente en la respectiva ficha del proceso. En caso de empate, el Sistema realizará un sorteo automático con valores aleatorios para seleccionar el orden de prelación.

2.10 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Una vez publicada el Acta con el detalle del desarrollo de la etapa de Apertura de Propuestas y Periodo de Lances el Comité Especial deberá verificará que los postores que han obtenido el primer y el segundo lugar hayan presentado la documentación exigida Bases. Dicha información documentación estará accesible a través del Sistema. En caso que dicha documentación reúna las condiciones requeridas por las Bases, el Comité Especial, otorgara la Buena Pro al postor que ocupa el primer lugar; en caso de que alguna de ellas o ambas no reúnan dichos requisitos, se procederá a descalificarlas y revisar las demás propuestas respetando el orden de prelación. Para otorgar la Buena Pro a la propuesta de menor precio que reúna las condiciones requeridas en las Bases, el Comité Especial debe verificar la existencia como mínimo de dos (2) propuestas validas.

2.11 ACTA DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO El Comité elaborará el Acta de Otorgamiento de la Buena Pro con el resultado de la

evaluación de los postores por cada ítem y con el sustento debido en los casos en que los postores sean descalificados. El acta se publicará en el SEACE el mismo día de otorgada la Buena Pro.

2.12 CONSENTIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

El otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentido en el plazo de 05 días de otorgado la Buena Pro en el SEACE, según lo establecido en el Artículo 96 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado si ningún participante hubiera interpuesto recurso de apelación.

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2.13 RECURSO DE APELACIÓN Las discrepancias que surjan desde la convocatoria hasta la celebración del contrato inclusive, podrán dar lugar a la interposición de recurso de apelación ante el Titular de la Entidad o el Tribunal, según corresponda, debiendo cumplirse los requisitos y garantías establecidos por la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado.

2.14 SOLUCION DE CONTROVERSIAS Las controversias que surjan durante la ejecución contractual serán resueltas mediante conciliación y/o arbitraje. Si las controversias estuvieran referidas a la adecuación que debe existir entre las características del bien entregado y/o servicio prestado por el contratista a la Entidad y las especificaciones técnicas o términos de referencia contenidos en la ficha técnica respectiva, las partes podrán conciliara en función al dictamen pericial que emita el perito designado de común acuerdo por ellas.

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CAPITULO III

INFORMACIÓN ADICIONAL

3.1. DE LOS CONTRATOS Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, se procederá conforme a los plazos y procedimientos para suscribir el contrato que se establecen en el artículo 148° del Reglamento.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento.

3.2 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Adicionalmente, conforme al artículo 141º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, podrá requerirse, entre otros, los siguientes documentos:

a) Copia de DNI del Representante Legal; b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa; c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado; d) Copia del RUC de la empresa; e) Código de Cuenta Interbancario (CCI), de conformidad al FORMATO Nº 01.

Asimismo, el postor ganador de la buena pro deberá presentar una CARTA FIANZA para efectos de garantizar lo siguiente:

- El fiel cumplimiento del contrato (de ser el caso). - El monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

3.3 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la buena pro deberá presentar toda la documentación requerida para la suscripción del contrato en el plazo de Cinco (05) días hábiles. La citada documentación deberá ser presentada en el Área de Gestión Documentaria de la Defensoría del Pueblo, sito Jr. Ucayali Nº 394 – 398 Cercado de Lima.

3.4 PLAZO PARA EL PAGO La Entidad se compromete a efectuar el pago al contratista en un plazo máximo de veinte (20) días calendarios, posteriores a la fecha de recepción del documento del área usuaria que otorga la conformidad de recepción de la prestación.

3.5 FORMA DE PAGO De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad del Área de Logística de la Oficina de Administración y - Finanzas. - Informe del funcionario responsable del área usuaria (Área de Logística) emitiendo su

conformidad de la prestación efectuada. - Factura. - Vales que sustente el consumo realizado.

3.6 REAJUSTE DE LOS PAGOS

Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes de acuerdo a los incrementos o decrementos de los precios ex-planta establecidos por las refinerías, debiendo estar debidamente sustentados por el Contratista, en concordancia con lo establecido con el Artículo 49º del Reglamento.

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CAPÍTULO IV

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS DE LA ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE

FINALIDAD PÚBLICA La adquisición de combustible tiene como finalidad pública, permitir el funcionamiento de las unidades vehiculares de la entidad; funciones con la finalidad de mejorar la gestión y la atención a la ciudadanía. DESCRIPCION GENERAL DEL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE

El suministro del combustible será realizado en los puntos de distribución que el postor designe, los que se encontrarán ubicados dentro de la ciudad de Lima; teniendo en cuenta que la Defensoría del Pueblo se encuentra ubicado en el Jr. Ucayali N° 388- Lima Cercado.

Para que el postor cumpla con la distribución de combustible a los vehículos que la Defensoría del Pueblo

designe, previamente y en coordinación con el personal encargado de la dotación de combustible de la Defensoría del Pueblo, hará entrega de los vales de consumo debidamente enumerados y firmados; para ser llenados posteriormente con la cantidad de galones autorizados por el Área de Logística.

Cada quince días el postor hará entrega de los vales atendidos acompañados de una hoja de liquidación y

de la factura correspondiente para su cancelación de acuerdo al contrato suscrito

El Combustible que oferte el postor será debidamente filtrado, y estar en condiciones técnicas de ser administrado a los vehículos, sin que estos posteriormente presenten desperfectos relacionados al combustible administrado. Así mismo deberá cumplir con las normas técnicas de calidad.

REQUERIMIENTO

La cantidad de combustible que solicita la Defensoría del Pueblo es por el periodo de doce (12) meses de acuerdo al siguiente detalle:

ITEM

DESCRIPCION

GALONES POR 12 MESES

1 Gasohol 90 Plus 2268

2 Gasohol 97 Plus 7200

3 Diesel B5 S-50 3600

PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO El suministro del combustible se realizará en forma diaria durante las 24 horas, a los vehículos que la Defensoría del Pueblo designe; el postor hará entrega del combustible a través de los surtidores de combustible de los locales que proponga para el suministro, para lo cual el chofer de cada vehículo en cada ocasión hará entrega del “vale de consumo” emitido y debidamente firmado por un representante del Área de Logística.

OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR o Atender a los vehículos que la Defensoría del Pueblo ha designado, durante las 24 horas. o Informar inmediatamente al Área de Logística, sobre ocurrencias que se ocasionen con los

conductores de los vehículos de la Defensoría del Pueblo. o Otros que se determine en el contrato.

LUGAR DE ENTREGA

El suministro del combustible deberá realizarse en el grifo (s) o estación (es) de servicio que señale el Contratista y deberá estar ubicado dentro de la ciudad de Lima, teniendo presente que la Sede Central de la Defensoría del Pueblo se encuentra ubicado en el Jr. Ucayali N° 388 – Lima Cercado.

Que para brindar las facilidades necesarias al acopio del combustible, por lo menos uno de los grifos o estaciones de servicio propuestos por el postor se encuentre ubicado en los siguientes lugares: Lima – Cercado, Breña, La Victoria, Jesús María, Lince, Pueblo Libre, Rimac.

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DEL REAJUSTE DE PRECIOS Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes de acuerdo a los incrementos o decrementos de los precios ex-planta establecidos por las refinerías, debiendo estar debidamente sustentados por el contratista. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO La prestación del contrato se ejecutará en la Ciudad de Lima. PLAZO MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 12 meses, contados a partir de la emisión de la conformidad PERIODO DE EJECUCIÓN Doce (12) meses CRONOGRAMA DE ENTREGAS El cronograma de entregas es el siguiente:

Entrega Mes de ejecución

estimado (*)

Cantidad en galones

(estimado) Ítem Nº 1

Cantidad en galones

(estimado) Ítem Nº 2

Cantidad en galones

(estimado) Ítem Nº 3

1 Agosto 94.5 300 150 2 Setiembre 189 600 300 3 Octubre 189 600 300 4 Noviembre 189 600 300 5 Diciembre 189 600 300 6 Enero 189 600 300 7 Febrero 189 600 300 8 Marzo 189 600 300 9 Abril 189 600 300 10 Mayo 189 600 300 11 Junio 189 600 300 12 Julio 189 600 300 13 Agosto 94.5 300 150

(*) Periodo de ejecución estimado: del 16 de agosto del 2011 al 15 de agosto del 2012

LAS FICHAS TÉCNICAS APROBADAS Las fichas técnicas contienen las características y especificaciones técnicas que deben tener los bienes objeto de la convocatoria, al momento de su entrega a la Defensoría del Pueblo. Las Fichas Técnicas Aprobadas forman como parte integrante de estas Bases y se encuentran descritas en tres ítems, según lo siguiente:

Page 12: BASES - defensoria.gob.pe · Diesel B5 S-50 3600 Galón 12.86 46,296.00 TOTAL S/. 199,209.60 Ítem Código de Ficha Técnica Denominación del Bien 1 A1510150600146103 Gasohol 90

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ITEM Nº 1 GASOHOL 90 PLUS

Tuesday 26 de July de 2011, 02:15:19 PM

FICHA TECNICA APROBADA

CARACTERISTICAS GENERALES

Características generales del bien Denominacion del Bien : GASOHOL 90 PLUS Denominacion tecnica : GASOHOL 90 PLUS Grupo/clase/familia/item : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y materiales

anticorrosivos/Combustibles/Petróleo y destilado/Gasolina o Petróleo Nombre del Bien en el catalogo del SEACE

: GASOHOL 90 OCTANOS

Codigo : A1510150600146103 Unidades de medida : GALONES Descripcion general : El Gasohol 90 Plus, es la mezcla que contiene un volumen de 7.8 % de

Alcohol Carburante y el restante de Gasolina de 90. Caracteristicas generales de la Ficha Version : 1 Estado : Aprobada Periodo para recibir sugerencias en el SEACE

: del 26/09/2010 al 06/10/2010

Fecha de inscripcion en el SEACE : 12/10/2010 20:56 FICHA TECNICA

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INFORME TECNICO

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Cargado el : 12/10/2010 14:41 Por :mdiaz Recomendacion : SI se recomienda incluir en el listado de Bienes Comunes

FICHA TÉCNICA

APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del Bien : GASOHOL 90 PLUS

Denominación Técnica : GASOHOL 90 PLUS

Grupo/clase/familia : Combustibles, aditivos para combustibles,

lubricantes y materiales anticorrosivos /

Combustibles / Petróleo y destilado

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : GASOHOL 90 PLUS

Código : X151015 060006

Unidad de medida : GALONES

Page 13: BASES - defensoria.gob.pe · Diesel B5 S-50 3600 Galón 12.86 46,296.00 TOTAL S/. 199,209.60 Ítem Código de Ficha Técnica Denominación del Bien 1 A1510150600146103 Gasohol 90

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Descripción General : El Gasohol 90 Plus, es la mezcla que contiene

un volumen de 7.8 % de Alcohol Carburante y el

restante de Gasolina de 90.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

El Gasohol 90 Plus deberá estar sujeto a las características técnicas (físico-químicas) o

especificaciones de calidad que se establecen en el siguiente cuadro:

Características Min. Max.

Método de Ensayo

ASTM

Apariencia

- Color Comercial Transparente

Volatilidad

- Destilación, ºC (a 760 mm Hg)

D 86

10% recuperado 70

50% recuperado 140

90% recuperado 200

Punto Final 221

Residuo, %V. 2

- Presión de Vapor Reid, psi 11 D 323, D 4953, D 5190,

D 5191, D 5482

Corrosividad

- Corrosión Lámina de Cobre, 3 h, 50 ºC, Nº 1 D 130

- Azufre Total, % Masa 0.2 D 1266, D 4294, D 2622

Antidetonancia

- Nº Octano Research 90 (*) D 2699

Estabilidad a la Oxidación

- Minutos 240 D 525

Contaminantes

- Goma Existente, mg/100 mL 5 D 381

- Plomo, g Pb /L 0.013 D 3237, D 5059

(*)/ Valor mínimo sujeto a control en la Refinería, que se incrementa debido a la adición del 7.8% en volumen de Alcohol Carburante (porcentaje reportado bajo los Métodos de Ensayo ASTM D 4815 y ASTM D 5845) en la gasolina de 90.

REQUISITOS

Constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN.

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CERTIFICACIÓN

Opcional.

OTRAS ESPECIFICACIONES

Las Entidades Públicas que son consumidores directos autorizados, es decir aquellas que

cuentan con instalación fija o móvil y cuya capacidad mínima de almacenamiento es de 1m3

(264.17gl), deberán hacer uso del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) del

OSINERGMIN, para registrar la información de las órdenes de pedido del combustible líquido

requerido.

ITEM Nº 2 GASOHOL 97 PLUS

Tuesday 26 de July de 2011, 02:19:55 PM

FICHA TECNICA APROBADA

CARACTERISTICAS GENERALES

Caracteristicas generales del bien Denominacion del Bien : GASOHOL 97 PLUS Denominacion tecnica : GASOHOL 97 PLUS Grupo/clase/familia/item : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y materiales

anticorrosivos/Combustibles/Petróleo y destilado/Gasolina o Petróleo Nombre del Bien en el catalogo del SEACE

: GASOHOL 97 PLUS

Codigo : A1510150600129874 Unidades de medida : GALONES Descripcion general : El Gasohol 97 Plus, es la mezcla que contiene un volumen de 7.8 % de

Alcohol Carburante y el restante de Gasolina de 97. Caracteristicas generales de la Ficha Version : 1 Estado : Aprobada Periodo para recibir sugerencias en el SEACE

: del 26/09/2010 al 06/10/2010

Fecha de inscripcion en el SEACE : 12/10/2010 20:56 FICHA TECNICA

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INFORME TECNICO

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Cargado el : 12/10/2010 14:39 Por :mdiaz Recomendacion : SI se recomienda incluir en el listado de Bienes Comunes

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FICHA TÉCNICA

APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del Bien : GASOHOL 97 PLUS

Denominación Técnica : GASOHOL 97 PLUS

Grupo/clase/familia : Combustibles, aditivos para combustibles,

lubricantes y materiales anticorrosivos /

Combustibles / Petróleo y destilado

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : GASOHOL 97 PLUS

Código : X151015 060008

Unidad de medida : GALONES

Descripción General : El Gasohol 97 Plus, es la mezcla que contiene

un volumen de 7.8 % de Alcohol Carburante y el

restante de Gasolina de 97.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

El Gasohol 97 Plus deberá estar sujeto a las características técnicas (físico-químicas) o

especificaciones de calidad que se establecen en el siguiente cuadro:

Características Min. Max.

Método de Ensayo

ASTM

Apariencia

- Color Comercial Transparente

Volatilidad

- Destilación, ºC (a 760 mm Hg)

D 86

10% recuperado 70

50% recuperado 140

90% recuperado 200

Punto Final 221

Residuo, %V. 2

- Presión de Vapor Reid, psi 11 D 323, D 4953, D 5190,

D 5191, D 5482

Corrosividad

- Corrosión Lámina de Cobre, 3 h, 50 ºC, Nº 1 D 130

- Azufre Total, % Masa 0.2 D 1266, D 4294, D 2622

Antidetonancia

- Nº Octano Research 97 (*) D 2699

Estabilidad a la Oxidación

- Minutos 240 D 525

Contaminantes

- Goma Existente, mg/100 mL 5 D 381

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- Plomo, g Pb /L 0.013 D 3237, D 5059

(*)/ Valor mínimo sujeto a control en la Refinería, que se incrementa debido a la adición del 7.8% en volumen de Alcohol Carburante (porcentaje reportado bajo los Métodos de Ensayo ASTM D 4815 y ASTM D 5845) en la gasolina de 97.

REQUISITOS

Constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN.

CERTIFICACIÓN

Opcional.

OTRAS ESPECIFICACIONES

Las Entidades Públicas que son consumidores directos autorizados, es decir aquellas que

cuentan con instalación fija o móvil y cuya capacidad mínima de almacenamiento es de 1m3

(264.17gl), deberán hacer uso del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) del

OSINERGMIN, para registrar la información de las órdenes de pedido del combustible líquido

requerido.

ITEM Nº 3 DIESEL B5 S-50

Tuesday 26 de July de 2011, 02:21:38 PM

FICHA TECNICA

APROBADA CARACTERISTICAS GENERALES

Caracteristicas generales del bien Denominacion del Bien : DIESEL B5 S-50 Denominacion tecnica : DIESEL B5 S-50 Grupo/clase/familia/item : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y materiales

anticorrosivos/Combustibles/Petróleo y destilado/Diesel Nombre del Bien en el catalogo del SEACE

: BIO DIESEL B2

Codigo : A1510150500012018 Unidades de medida : GALONES Descripcion general : El Diesel B5 S-50 es la mezcla que contiene un volumen de 5 % de

Biodiesel B100 y el restante de Diesel Nº 2, con un contenido máximo de 50 partes por millón de azufre.

Caracteristicas generales de la Ficha Version : 1 Estado : Aprobada Periodo para recibir sugerencias en el SEACE

: del 18/01/2011 al 28/01/2011

Fecha de inscripcion en el SEACE : 07/03/2011 18:10 FICHA TECNICA

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INFORME TECNICO

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FICHA TÉCNICA

APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : DIESEL B5 S-50

Denominación técnica : DIESEL B5 S-50

Grupo/clase/Familia : Combustibles, aditivos para combustibles,

lubricantes y materiales

anticorrosivos/Combustibles/Petróleo y

destilado/Diesel

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : DIESEL B5 S-50

Código : A1510150500233280

Unidad de medida : GALONES Descripción General : El Diesel B5 S-50 es la mezcla que contiene un

volumen de 5 % de Biodiesel B100 y el restante de Diesel Nº 2, con un contenido máximo de 50 partes por millón de azufre.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

El Diesel B5 S-50 deberá estar sujeto a las características técnicas (físico-químicas) o

especificaciones de calidad que se establecen en el siguiente cuadro:

CARACTERÍSTICAS Especificación Método

Min. Máx. ASTM / Otros

VOLATILIDAD

Destilación, ºC (a 760 mm Hg) 90% recuperado a 282 360 D-86 Punto de inflamación Pensky Martens, ºC 52 D-93

Densidad a 15ºC, kg/m3 Reportar D-1298 , D-4052

FLUIDEZ

Viscosidad Cinemática a 40ºC, cSt 1,9 4,1 D-445

Punto de Escurrimiento, ºC 4 D-97

COMPOSICIÓN

Número de Cetano 45 D-613

Índice de Cetano 40 D-4737 , D-976

Cenizas, % masa 0,01 D-482

Residuos Carbón Ramsbottom 10% fondos, % masa 0,35 D-524 , D-189

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Azufre Total, mg/Kg (ppm) 50 D-2622 , D-4294 , D-5453

CORROSIVIDAD

Corrosión Lámina de Cobre, 3 h a 50ºC, Nº 3 D-130

CONTAMINANTES

Aguas y Sedimentos, % vol. 0,05 D-1796 , D-2709

LUBRICIDAD Lubricidad, diámetro rasgado de uso corregido, HFRR a 60ºC, micrón

520 D-6079

REQUERIMIENTOS DE OPERATIVIDAD Punto de obstrucción del filtro, flujo en frio, ºC (CFFP) o (POFF)

-8 D-6371

CONDUCTIVIDAD

Conductividad, pS/m 25 D-2624 , D-4308

BIODIESEL (B100)

Contenido, % vol. 5 D-7371 , EN-14078

REQUISITOS

Constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de Hidrocarburos del

OSINERGMIN.

CERTIFICACIÓN

Opcional.

OTRAS ESPECIFICACIONES

Las Entidades Públicas que son consumidores directos autorizados, es decir aquellas que cuentan con instalación fija o móvil y cuya capacidad mínima de almacenamiento es de 1m3 (264.17gl), deberán hacer uso del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) del OSINERGMIN, para registrar la información de las órdenes de pedido del combustible líquido requerido.

Page 19: BASES - defensoria.gob.pe · Diesel B5 S-50 3600 Galón 12.86 46,296.00 TOTAL S/. 199,209.60 Ítem Código de Ficha Técnica Denominación del Bien 1 A1510150600146103 Gasohol 90

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ANEXO N.° 01

DECLARACIÓN JURADA

(ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 023-2011-DP - Primera Convocatoria Presente.-

De nuestra consideración:

El que suscribe …………….. (o representante legal de …………), identificado con DNI Nº ................, con RUC Nº ……………, domiciliado en .........................................., que se presenta como postor de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 23-2011-DP – Primera Convocatoria, declaro bajo juramento: 1.- No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado,

conforme al Art. 10º de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección. 3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente

proceso de selección. 4.- Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en

caso de resultar favorecido con la Buena Pro. 5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley N° 27444, Ley del

Procedimiento Administrativo General. Lima, …………………………………..

………………………….……………………….. Firma, Nombre / Razón social del postor

* Cuando se trate de Consorcio, será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO N.° 02

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO

(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 023-2011-DP - Primera Convocatoria Presente.- De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta en la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 13-2011-DP - Primera Convocatoria, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido en el artículo 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Designamos al Sr. ..................................................................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y formalizar la contratación correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal común en......................................... OBLIGACIONES DE ……..: % Participación OBLIGACIONES DE ……: % Participación

Lima, …………………….. ............................................ ………………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal empresa 1 Representante Legal empresa 2

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ANEXO N.º 03

CARTA DE PROPUESTA ECONOMICA (MODELO)

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 023-2011-DP - Primera Convocatoria Presente.- De nuestra consideración, A continuación, hacemos de conocimiento que nuestra propuesta económica es la siguiente:

Ítem Denominación del bien Cantidad (12 meses)

Unidad medida

Precio unitario por galón

S/.

Precio total S/.

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar.

Lima,……………………………………

……………………………….…………………..

Firma y sello del representante legal Nombre / Razón social del postor

NOTA: El documento en mención (Anexo Nº 3) debe el presentarse por cada ítem que postule el postor.

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ANEXO N.º 04

DECLARACIÓN DE ESTACIONES DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 023-2011-DP - Primera Convocatoria Presente.- De nuestra consideración, A continuación, hacemos de conocimiento la ubicación del local principal, y de la infraestructura con que contamos, según lo siguiente: a) Local principal y locales para el suministro de combustible:

LOCAL UBICACIÓN

PROPIO

(SI / NO)

AREA TOTAL

CLASE (S) DE COMBUSTIBLE

CANTIDAD DE SURTIDORES

Principal

Otros (…)

Lima,………………………………………

…….………………………….………………….. Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

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ANEXO Nº 05

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, la contratación de ……….., que celebra de una parte ……………………., en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por …………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 23-2011-DP – Primera Convocatoria, derivado de la Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 9-2011-DP, para la contratación de …………………………….. (indicar objeto de contratación), a ……………………… (indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO ………………………. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a ………………… a todo costo, incluido IGV ( en caso de corresponder). Este monto comprende el costo del suministro, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes de acuerdo a los incrementos o decrementos de los precios ex-planta establecidos por las refinerías, debiendo estar debidamente sustentados por EL CONTRATISTA. CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO1 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Nuevos Soles, en el plazo de ……………………… (indicar el plazo en el que la Entidad efectuará el pago), luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos. En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48º de la Ley, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución de la prestación se extenderá desde …..……… hasta……………………….(deberá indicarse desde cuándo se computa el plazo de ejecución de las obligaciones a cargo del contratista y hasta cuándo se extienden éstas). CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, 1 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte

pertinente a efectos de generar el pago.

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importes y vigencias siguientes: - De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., a través de la Carta Fianza. Cantidad que es

equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tiene una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente: - Garantía por el monto diferencial de la propuesta: S/…………………., de ser el caso, …………………., a

través de la Carta Fianza, con una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación. Esta(s) garantía(s) es (son) emitida(s) por una empresa bajo el ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberán encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA.2 CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento del la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de un (1) año CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES3 Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

2 De manera excepcional, en aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la

suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

3 Deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días

Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el Monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inciso c), y 44º de la Ley, y los artículos 167º y 168º de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, se utilizarán las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS4 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º y 177º del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52º de la Ley. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

4 De conformidad con los artículos 216º y 217º del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte

necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, podría indicarse si la controversia será resuelta por un tribunal arbitral o un árbitro único.

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CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de ………. al ………………………… “LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATO Nº 01

CARTA AUTORIZACIÓN (Para el pago con abonos en la cuenta bancaria del proveedor)

Lima, Señora Alicia Yaipen de Guevara Jefa (e) de la Oficina de Administración y Finanzas DEFENSORÍA DEL PUEBLO Presente.- Asunto: Autorización para el Pago con Abonos en Cuenta Por medio de la presente, comunico a Ud. que el número del Código de Cuenta Interbancario (CCI) en Nuevos Soles, de la empresa que represento es el ..........................................................................................................................................., (Indicar el CCI, así como el nombre o razón social del proveedor titular de la cuenta y su número de R.U.C.)

agradeciéndole se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados en la cuenta que corresponde al indicado CCI en el Banco ............................................... Asimismo, dejo constancia que las facturas a ser emitidas por mi representada, una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra o las prestaciones materia del contrato quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de las referidas facturas a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente. Atentamente, -------------------------------------------------- Firma y sello del Representante Legal