bases inter medio 2015

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FONDO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR 1 BASES DEL FONDO CONCURSABLE NACIONAL, DE INICIATIVAS DESARROLLADAS POR EJECUTORES INTERMEDIOS QUE TRABAJAN CON ADULTOS MAYORES, AÑO 2015 1. INTRODUCCIÓN Las presentes Bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a Concurso de los Proyectos 2015 del subprograma Fondo para Ejecutores Intermediosdel Fondo Nacional del Adulto Mayor. De acuerdo a la ley 19.828, el Servicio Nacional del Adulto Mayor, Senama, se encarga de “proponer las políticas destinadas a lograr la integración familiar y social efectiva del adulto mayor y la solución de los problemas que lo afectan” (Ley Nº 19.828, Título II, Art. 3º). Para cumplir con el mandato que fija la ley, el Senama a través del Fondo Nacional del Adulto Mayor, señalado en el artículo 7º de la misma ley, contempla para el año 2015 financiar iniciativas gestionadas por ejecutores intermedios, a través de un Fondo Concursable de carácter nacional, anual, destinado a financiar proyectos de apoyo al adulto mayor, desarrollados por organismos que muestren experiencia de trabajo con esta población. El Servicio Nacional del Adulto Mayor, en adelante “Senama”, invita a presentar proyectos para su financiamiento, según los montos máximos financiables y la disponibilidad presupuestaria. El procedimiento para concursar consta de las siguientes etapas: Postulación Admisibilidad Evaluación Selección - Adjudicación Firma del Convenio de Ejecución 2. DEL CONCURSO El Servicio Nacional del Adulto Mayor, Senama, en adelante el Servicio y los Comités Regionales para el Adulto Mayor, en adelante Comités Regionales, operarán el “Fondo para Ejecutores Intermedios”, en adelante el Fondo Intermedio, en cada región del país. Se adjunta anexo reglamento Comité regionales. El Senama tiene la responsabilidad de administrar el Fondo, transfiriendo los recursos para su operación a través de los Comités Regionales.

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    BASES DEL FONDO CONCURSABLE NACIONAL, DE INICIATIVAS

    DESARROLLADAS POR EJECUTORES INTERMEDIOS QUE TRABAJAN CON ADULTOS MAYORES, AO 2015

    1. INTRODUCCIN

    Las presentes Bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a

    Concurso de los Proyectos 2015 del subprograma Fondo para Ejecutores Intermedios

    del Fondo Nacional del Adulto Mayor.

    De acuerdo a la ley 19.828, el Servicio Nacional del Adulto Mayor, Senama, se encarga de proponer las polticas destinadas a lograr la integracin familiar y social efectiva del adulto mayor y la solucin de los problemas que lo afectan (Ley N 19.828, Ttulo II, Art. 3).

    Para cumplir con el mandato que fija la ley, el Senama a travs del Fondo Nacional del Adulto Mayor, sealado en el artculo 7 de la misma ley, contempla para el ao 2015 financiar iniciativas gestionadas por ejecutores intermedios, a travs de un Fondo Concursable de carcter nacional, anual, destinado a financiar proyectos de apoyo al adulto mayor, desarrollados por organismos que muestren experiencia de trabajo con esta poblacin. El Servicio Nacional del Adulto Mayor, en adelante Senama, invita a presentar proyectos para su financiamiento, segn los montos mximos financiables y la disponibilidad presupuestaria.

    El procedimiento para concursar consta de las siguientes etapas:

    Postulacin

    Admisibilidad

    Evaluacin

    Seleccin - Adjudicacin

    Firma del Convenio de Ejecucin 2. DEL CONCURSO El Servicio Nacional del Adulto Mayor, Senama, en adelante el Servicio y los Comits Regionales para el Adulto Mayor, en adelante Comits Regionales, operarn el Fondo para Ejecutores Intermedios, en adelante el Fondo Intermedio, en cada regin del pas. Se adjunta anexo reglamento Comit regionales. El Senama tiene la responsabilidad de administrar el Fondo, transfiriendo los recursos para su operacin a travs de los Comits Regionales.

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    Los proyectos a financiar mediante el programa deben considerar acciones de cuidado para adultos mayores en situacin de dependencia y vulnerabilidad que requieran de otros para realizar las actividades de la vida diaria. Esta situacin deber ser respaldada con documento que certifique la situacin de dependencia y vulnerabilidad de los beneficiarios. Para el ao 2015 se financiarn proyectos que se podrn realizar en una o ms de las distintas regiones del pas. Cada proyecto puede estar dirigido a una o ms comunas de la regin considerada. Se cuenta con un presupuesto total a nivel nacional de $ 340.827.000, para el

    financiamiento de proyectos.

    El llamado a concurso se realizar a travs de una publicacin en un diario de circulacin nacional y las Bases y Formularios de postulacin de proyectos estarn disponibles a travs de la pgina web de Senama, www.senama.cl, a partir de las fechas establecidas en la convocatoria. 3. DE LOS POSTULANTES AL CONCURSO.

    Para efectos de las presentes bases se entender como organismo ejecutor a aquellas instituciones que desarrollen acciones dirigidas a adultos mayores, con personalidad jurdica vigente de derecho pblico o privado, que presenten un proyecto en el marco de este llamado, en adelante ejecutores intermedios. Quedan expresamente excluidas las sociedades de hecho. Estos organismos podrn estar constituidos como Corporaciones, Fundaciones, Organismos No Gubernamentales, Municipios, entre otros, que hayan desarrollado acciones dirigidas a adultos mayores y tengan identificados a los potenciales beneficiarios del proyecto a postular. Podrn participar los organismos que trabajan con adultos mayores, que ofrezcan realizar acciones no contenidas en otros programas financiados por Senama, destinadas a mejorar sus condiciones de vida, dirigidas a personas mayores que vivan en situacin de dependencia y vulnerabilidad, mujeres y hombres, de acuerdo a los formularios de presentacin de proyectos entregados por el Senama. Los organismos ejecutores privados, debern contar con domicilio en la regin a la cual postulan, presentar certificado de vigencia de personalidad jurdica con una antigedad no mayor a 60 das contados desde su fecha de emisin, fotocopia del Rut, balance del ao tributario 2013, declaracin de renta 2013, y copia de escritura que acredite la calidad del representante legal de quien comparece por ese organismo. De no presentar la documentacin solicitada el proyecto ser declarado inadmisible. Los organismos ejecutores pblicos debern contar con domicilio en la regin a la cual postula, presentar copia Rut y copia del documento que acredite la calidad del representante legal de quien comparece por ese organismo. De no presentar la documentacin solicitada el proyecto ser declarado inadmisible.

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    Todo organismo ejecutor deber estar inscrito en el Registro de Personas Jurdicas Receptoras de Fondos Pblicos, de acuerdo a la ley N 19.862 y presentar el certificado de inscripcin. Los organismos postulantes debern estar facultados legal y administrativamente para desarrollar las acciones que proponen en el proyecto presentado, en especial aquellos organismos o instituciones que requieren de la resolucin sanitaria respectiva para su funcionamiento. 4. DE LOS BENEFICIARIOS DE LOS PROYECTOS.

    La ley 19.828 define como adulto mayor a toda persona que haya cumplido 60 aos. Los beneficiarios de este programa debern ser hombres y mujeres de 60 aos o ms, que vivan en situacin de dependencia, que requieran del cuidado de terceros y/o de apoyo para ejecutar acciones de la vida diaria. No se aceptarn proyectos que consideren entre sus beneficiarios directos a personas menores de 60 aos. En el caso que el proyecto presente beneficiarios menores de 60 aos, quedar inadmisible. Para efectos de este programa se considerar beneficiarios del programa a todas aquellas personas que hayan nacido el ao 1955 o antes. Los beneficiarios del proyecto debern encontrarse en situacin de dependencia, en cualquiera de sus grados, lo que deber ser respaldado en el primer informe de avance con la certificacin de dicha situacin de salud. Por otra parte la situacin de vulnerabilidad social deber ser acreditada a travs de la Ficha de Proteccin Social (FPS). La documentacin deber ser presentada en el primer informe de avance, incluyendo el listado alfabtico de los beneficiarios junto con las firmas que suscriben la participacin voluntaria en el proyecto, lo que ser requisito para Transferencia del primer avance de los recursos solicitados al Fondo 5. DE LOS OBJETIVOS DE LOS PROYECTOS.

    El Fondo Intermedio, financiar proyectos que consideren realizar acciones que favorezcan el logro de uno o ms de los siguientes objetivos: 5.1 Objetivos generales:

    Prestar un conjunto de servicios sociales, de cuidados, de salud u otros a adultos mayores que vivan en situacin de dependencia, que requieran de otros para realizar las actividades de la vida diaria, gratuitos que favorezcan la proteccin de sus derechos y calidad de vida.

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    5.2 Objetivos especficos

    Desarrollar acciones que favorezcan el financiamiento de acciones en una perspectiva socio sanitaria, en el cuidado de personas mayores dependientes.

    Desarrollar acciones de servicios sociales para el adulto mayor.

    Desarrollar acciones que contribuyan a mejorar las condiciones de salud para adultos mayores que requieran de cuidado de otros para las actividades de la vida diaria.

    6. DURACIN Y EJECUCIN DE LOS PROYECTOS

    Los proyectos tendrn un plazo mximo de seis meses para su ejecucin tcnica y de nueve meses para su rendicin financiera, salvo excepciones debida y oportunamente autorizadas por Senama, contados desde la fecha en que se recibe por parte de Senama el Acta de Inicio sealada en el punto 15.2 de estas bases. 7. DE LOS MONTOS QUE SE PUEDE SOLICITAR. Los organismos ejecutores que postulen podrn solicitar un monto destinado al financiamiento de proyectos hasta por un mximo de $20.000.000. Se estima un mnimo referencial de $5.000.000.- Se financiar solamente un proyecto por ejecutor en cada regin.

    8. DEL CONTENIDO DEL PROYECTO. El organismo ejecutor deber presentar una propuesta que considere la prestacin de servicios a las personas mayores beneficiarias, cuya accin contribuya al logro de los objetivos definidos en el punto 5 de estas bases.

    8.1 De las prestaciones. La propuesta deber especificar el tipo de prestaciones especficas para cada servicio que el organismo ejecutor realizar, el nmero de ellas y el nmero de beneficiarios que espera integrar por cada servicio. La prestacin de servicios ser enteramente gratuita para los beneficiarios. Si para la prestacin de uno o ms de los servicios se requiere de la habilitacin de infraestructura se debe justificar adecuadamente tal peticin, especificando los costos asociados. En el caso de los organismos que se comprometen a disponer de un espacio fsico propio o de otro organismo, debern presentar un documento que respalde la disponibilidad de la infraestructura para el periodo de ejecucin del proyecto (carta de compromiso), as como tambin evidenciar que el recinto cuenta con las disposiciones mnimas para el trabajo con adultos mayores que presenten alguna situacin de dependencia.

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    8.2 Del seguimiento. El organismo ejecutor presentar un diagnstico inicial de la situacin de cada uno de los potenciales beneficiarios, considerando las variables sobre las que se quiere influir mediante la aplicacin del proyecto. Ej: Estado de salud fsica, peso, estado nutricional, movilidad, etc. Y un plan de seguimiento de los beneficiarios incorporados a cada proyecto, seguimiento que se har efectivo durante toda la ejecucin del proyecto y hasta que todas las actividades comprometidas en l hayan sido realizadas en su totalidad.

    El organismo ejecutor deber llevar un registro de las acciones realizadas por cada beneficiario del proyecto. 8.3 Del financiamiento de los proyectos. Los Organismos Ejecutores podrn solicitar financiamiento para el tipo de servicios que ofrezcan realizar, especificando el tipo de acciones consideradas. Para efectos de costos, las unidades de anlisis sern: o El costo hora/profesional segn tipo de actividad profesional y tipo de

    prestacin. o El costo de las acciones complementarias realizadas en el marco de la

    propuesta. o El precio total de la propuesta. o El costo de habilitacin de infraestructura, si corresponde.

    9. DE LA POSTULACIN

    El Formulario nico de Postulacin (FUP) es el formato exclusivo disponible para la formulacin de proyectos permitiendo una elaboracin ordenada de los mismos, al proveer los campos necesarios para que el postulante exponga los detalles de su proyecto. El llenado de todos los campos del FUP ser obligatorio, salvo cuando sean indicados expresamente como opcionales. El FUP se encuentra disponible en la pgina web institucional: www.senama.cl.

    Los postulantes podrn postular sus proyectos de conformidad con lo establecido en las presentes Bases, desde el da de la apertura del concurso y hasta la fecha y hora de cierre de la convocatoria, establecida en el aviso del llamado a concurso publicado en un peridico de circulacin nacional. No se aceptarn postulaciones presentadas fuera de plazo. 9.1 De las fechas.

    Las propuestas se recibirn durante el perodo especificado en el aviso del llamado a concurso. Una vez vencido el plazo de presentacin de los proyectos, la Coordinacin Regional del Senama correspondiente, realizar en ceremonia pblica, la apertura de los proyectos a la que concurrirn los representantes de organismos de ejecutores intermedios que lo deseen.

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    Se levantar un acta de apertura de la presentacin de los proyectos, la cual deber ser firmada por el Coordinador Regional del Senama, como as tambin, por los integrantes del Comit Regional y representantes de organismos ejecutores intermedios que deseen hacerlo.

    Las propuestas que se presenten con posterioridad a la fecha y hora lmite de cierre del concurso, no sern recepcionadas. 9.2 Plazos

    ACTIVIDADES PLAZOS(contados desde la publicacin del llamado en un diario de circulacin nacional)

    1.1 Publicacin del llamado a concurso 0

    1.2 Consultas 15 das

    1.3 Respuestas, aclaraciones y rectificaciones 20 das

    1.4 Recepcin de Postulaciones 43 das

    1.5 Apertura de propuestas 43 das

    1.6 Revisin y evaluacin de proyectos 60 das

    1.7 Adjudicacin 90 das

    Los plazos establecidos en las presentes bases, sern de das corridos, salvo que

    expresamente se seale que corresponde a das hbiles. Si algn plazo del presente

    concurso venciera en da inhbil, se entender prorrogado hasta la medianoche del da

    hbil siguiente a su vencimiento.

    a) Consultas, aclaraciones y rectificaciones

    Las consultas se podrn realizar al correo electrnico [email protected] hasta

    las 17:00 horas del da dcimo quinto (15) contado desde la publicacin del llamado a

    concurso.

    Los interesados podrn formular las consultas que estimen necesarias, tanto de carcter

    tcnico como de ndole administrativo, dentro de los plazos dispuestos para ello. Las

    consultas se respondern siempre que se formulen de forma concreta y precisa, que sean

    pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre informacin

    confidencial.

    Las respuestas se entregarn hasta el da vigsimo (20) contado desde la publicacin del

    llamado a concurso, en la pgina web de SENAMA.

    SENAMA podr consolidar las consultas relacionadas al mismo tema publicando una sola

    respuesta general.

    En todo caso, el Servicio Nacional del Adulto Mayor podr efectuar aclaraciones a las

    Bases, para precisar su alcance, como tambin, complementar o interpretar algn

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    elemento de su contenido que no haya quedado suficientemente claro, y dificulte la

    obtencin de buenas propuestas.

    Estas aclaraciones se entregarn en la misma forma y oportunidad que las respuestas, y

    debern ser consideradas por los interesados en la preparacin de sus proyectos.

    En el caso que las Bases sean modificadas antes del cierre de recepcin de proyectos, se

    considerar un aumento de plazo de hasta de siete (7) das adicionales. Este plazo se

    contar desde que sean oportunamente comunicadas a los participantes, a travs de la

    pgina web del Servicio y una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto

    administrativo correspondiente, que aprueba la modificacin respectiva, para que las

    Instituciones puedan conocer y adecuar su propuesta, a tales modificaciones.

    En caso de indisponibilidad tcnica que hubiese impedido el ingreso oportuno de las

    consultas al correo de contacto sealado anteriormente, se ampliar el plazo de recepcin

    de las mismas, previa certificacin de esta circunstancia por la Direccin de SENAMA.

    b) Fecha de cierre de la convocatoria y lugar de recepcin de los proyectos

    La presentacin de proyectos se realizar hasta las 13.00 horas del da cuadragsimo

    tercero (43) desde el llamado a concurso, segn lo sealado en el punto nmero 9 de las

    presentes Bases.

    Los proyectos presentados fuera de plazo no sern recepcionados.

    c) Lugar y fecha de apertura de las propuestas

    La apertura de las propuestas se efectuar en las oficinas de las Coordinaciones

    Regionales respectivas de SENAMA, a partir de las 13:00 horas del da cuadragsimo

    tercero (43), contados desde la publicacin de la convocatoria o sus ampliaciones.

    d) Perodo de evaluacin

    Hasta el da sexagsimo (60) contado desde la fecha de publicacin de la convocatoria,

    sus ampliaciones o modificaciones.

    e) Fecha de adjudicacin y comunicacin de los resultados

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    La adjudicacin se llevar a cabo hasta el da nonagsimo (90) contado desde la fecha de

    publicacin de la convocatoria, sus ampliaciones o modificaciones.

    Respecto a la comunicacin de los resultados, una vez totalmente tramitado el acto

    administrativo que adjudica el Concurso, SENAMA notificar personalmente en sus

    Oficinas Regionales el acto administrativo de adjudicacin al representante legal del

    organismo que haya adjudicado proyectos en este concurso. Adems, se informar el

    resultado a travs de la publicacin en la pgina web del Servicio. .

    Con todo, el Servicio se reserva el derecho de ampliar el plazo de adjudicacin estipulado

    en estas Bases por un mximo de diez (10) das hbiles, dependiendo del volumen de

    proyectos, durante el proceso de evaluacin y adjudicacin, lo que se har a travs de los

    actos administrativos que correspondan, que debern ser publicados en un diario de

    circulacin nacional o regional al igual que la publicacin de la convocatoria.

    9.3 De la presentacin de la propuesta.

    La postulacin se realiza a travs de la pgina web del Servicio: www.senama.cl. Se debe completar el FUP en la plataforma digital, acompaando la documentacin requerida, la cual se podr escanear y posteriormente subir en la misma plataforma. Los proyectos debern ser entregados cumpliendo las siguientes formalidades: o Los campos debern ser llenados de forma correcta, en su totalidad. o Se debe incorporar en la misma plataforma los Documentos Obligatorios y los

    Documentos Complementarios de Evaluacin que se estimen convenientes. o Se deber acompaar:

    - Certificado de vigencia de personalidad jurdica con una antigedad no mayor a 60 das contados desde su fecha de emisin,

    - Fotocopia del Rut, - Balance del ao tributario 2013, - Declaracin de renta 2013, - Copia de escritura que acredite la calidad del representante legal de

    quien comparece por ese organismo. - Certificado de inscripcin en el Registro de Personas Jurdicas

    Receptoras de Fondos Pblicos, de acuerdo a la ley N 19.862. De no presentar la documentacin solicitada el proyecto ser declarado inadmisible.

    10. DE LAS INHABILIDADES

    Estn inhabilitados(as) para postular y/o firmar convenio, las personas jurdicas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

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    a. Personas jurdicas en que tengan participacin como socio o accionista, autoridades y/o funcionarios de SENAMA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contrata o estar contratados(as) a honorarios) y cuya representacin sea igual o superior al 40% del capital social.

    b. Personas jurdicas, que en los proyectos presentados tengan como equipo de trabajo a autoridades y/o funcionarios de SENAMA, cualquiera sea su situacin contractual. Ser cnyuge o tener parentesco por consanguinidad o por afinidad hasta segundo grado en lnea recta y hasta segundo grado en lnea colateral, con el o la Directora(a) Nacional o con funcionarios directivos de SENAMA, hasta el nivel de Jefe de Departamento o su equivalente grado ocho (8) en la escala funcionaria. Al momento de postular deber individualizarse al equipo de trabajo del proyecto;

    c. Si durante el periodo de presentacin de postulaciones cesa la inhabilidad establecida en las letras a. y b. de este punto (10) que afecta a alguna institucin , sta se considerar hbil para concursar, pudiendo presentar su postulacin mientras se encuentre abierto el periodo de recepcin de postulaciones.

    En caso de incumplimiento de lo anterior, es decir, que los postulantes estn afectos a alguna inhabilidad, sus proyectos quedarn fuera de concurso.

    11. ACEPTACIN DE CONDICIONES DEL CONCURSO Y DEBER DE VERACIDAD

    Por la sola presentacin de proyectos a esta convocatoria, se entiende para todos los efectos legales que el postulante conoce y acepta el contenido ntegro de las presentes Bases. Los postulantes debern dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, especficamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la correspondiente ejecucin del proyecto. Al momento de postular, los concursantes declaran que toda la informacin ingresada al Formulario nico de Postulacin (FUP) es verdica y dan fe de su autenticidad. SENAMA se reserva el derecho de verificar dicha informacin y en caso que constate que contiene elementos falsos o inexactos, la postulacin ser declarada fuera de Bases. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que un proyecto presentase informacin que, a estimacin de SENAMA, pueda revestir caracteres de falta o delito, remitir los antecedentes al Ministerio Pblico y/o a la Contralora General de la Repblica, segn el caso.

    12. COMISIN DE APERTURA DE PROPUESTAS Y DE EVALUACIN DE ADMISIBILIDAD

    Por cada regin se constituir una Comisin de Apertura que estar integrada por el/la Coordinador/a Regional de SENAMA o quien lo/la subrogue, quien presidir, el/la Encargado/a de Programas de la Coordinacin Regional o un Profesional con responsabilidad Administrativa, designado por la Coordinacin Regional de SENAMA y el Profesional responsable del Fondo Nacional del Adulto Mayor de la regin respectiva.

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    La apertura de los proyectos ser pblica y la Comisin deber levantar un Acta de Apertura y de admisibilidad, en la que d cuenta de los proyectos presentados, y del cumplimiento de los requisitos sealados en el nmero siguiente de las presentes Bases, suscrita por todos sus integrantes y los proponentes que se encontraran presentes y quisieran firmar.

    12.1 Admisibilidad de los proyectos Se evaluar la presentacin de los documentos indispensables para la postulacin de proyectos. La lista de antecedentes tiene carcter taxativo, de manera que en caso de faltar cualquiera de ellos, la postulacin ser declarada inadmisible. Asimismo, los documentos que no se encuentren conforme a las formalidades exigidas, se considerarn como no presentados. Para el concurso, junto con el FUP, se exigirn los siguientes Antecedentes Obligatorios de Evaluacin, evaluado en trminos de si/no y considerar los siguientes aspectos:

    o Que la presentacin del proyecto la hace una organizacin que trabaja con

    personas mayores de 60 aos o ms, con personalidad jurdica vigente, con domicilio en la regin a la cual postula, inscrita en el Registro de Personas Jurdicas Receptoras de Fondos Pblicos, de acuerdo a la ley N 19.862 y cumple con todas las exigencias establecidas en estas Bases.

    o Que la organizacin postulante se encuentra habilitada para participar en este concurso de acuerdo a lo sealado en el punto 10 de las presentes bases.

    o Que el FUP se presenta completo, con toda la informacin solicitada, se acompaan todos los documentos solicitados y la presentacin se hizo dentro de los plazos establecidos.

    o Que se presente copia de Rut de la organizacin, balance del ao tributario 2013, declaracin de renta ao 2013 y copia de escritura que acredite la calidad del representante legal de quien comparece por el organismo ejecutor, segn corresponda.

    o Que se presente certificado de vigencia de personalidad jurdica con una antigedad de no ms de 60 das, contados desde la fecha de su emisin, segn corresponda

    o Que el aporte solicitado a Senama para financiar el proyecto se ajusta a los montos de referencia establecidos, sealados en el nmero 7 de estas Bases.

    o Que toda la documentacin solicitada se adjunta como copia digital. o Que todas las personas sealadas en el listado de beneficiarios, tengan 60

    aos o ms o hayan nacido el ao 1955 o antes. Este proceso podr arrojar como resultado el rechazo de la propuesta de no cumplir con los requisitos solicitados, o bien su admisibilidad para continuar con el proceso de evaluacin.

    De constatarse algn incumplimiento con posterioridad a la etapa de admisibilidad, la postulacin quedar inmediatamente fuera de concurso.

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    13. DE LOS CRITERIOS Y FASES DE EVALUACIN DE LOS PROYECTOS.

    Senama en conjunto con los Comits Regionales evaluarn todas las propuestas conforme a los criterios definidos a continuacin, reservndose el derecho de requerir informacin aclaratoria a los Organismos Ejecutores sobre ellas, sin que esto implique modificacin de las mismas y sin que afecte el trato igualitario a los proponentes. La comisin de evaluacin, expresamente convocada por el Comit Regional, ser presidida por el o la Coordinador(a) Regional de Senama, y actuar como secretario tcnico el profesional encargado del Fondo Nacional del Adulto Mayor en la Regin o el Profesional encargado de Programas de SENAMA. Esta Comisin estar constituida por profesionales con experiencia en evaluacin de proyectos sociales, preferentemente del sector pblico y por los integrantes de los Comits Regionales que lo requieran y cuenten con el perfil tcnico necesario. 13.1 Evaluacin Tcnica de los proyectos El proceso considera una evaluacin tcnica de la propuesta, la cual podr incluir visitas a terreno. Se considerarn cuatro dimensiones de evaluacin, ponderadas cada una de ellas de acuerdo a lo especificado en el punto Dimensiones e tems siguiente. Cada dimensin estar compuesta por distintos tems que se evaluarn en trminos de notas 1-3-5-7. El promedio ponderado de stos conformar la nota para cada dimensin y el promedio ponderado de las cuatro dimensiones ser la nota final de evaluacin del proyecto. Las notas se evaluarn de acuerdo a lo siguiente:

    Nota 7 : Cumple plenamente con el criterio establecido o lo supera

    Nota 5 : El cumplimiento del criterio establecido requiere de readecuaciones que en todo caso no ponen en riesgo la ejecucin del proyecto

    Nota 3 : El cumplimiento del criterio requiere de readecuaciones menores para no poner en riesgo la ejecucin del proyecto.

    Nota1 : La informacin consignada no permite visualizar el cumplimiento del criterio, la informacin no se relaciona con el tem o no se consigna la informacin

    Las postulaciones que cumplan con los requisitos y condiciones de la convocatoria, sern puestas a disposicin de las instancias de evaluacin y seleccin por parte del o la Secretaria(o) de la comisin evaluadora del Fondo. Con posterioridad, la Comisin evaluadora se reunir como instancia colectiva para asignar las nota finales de evaluacin, definiendo los respectivos puntajes conforme a las ponderaciones respectivas.

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    Las decisiones que se adopten sern debidamente fundadas, proporcionando a los postulantes argumentos justificados que tiendan a facilitar la comprensin de stas, en coherencia con los proyectos, todo lo cual quedar registrado en la Ficha nica de Evaluacin (FUE). Sern considerados elegibles todos aquellos proyectos que obtengan un puntaje final de evaluacin igual o superior a 3. 13.2. Criterios de evaluacin, ponderaciones y puntajes

    La evaluacin de los proyectos ser realizada de acuerdo a los criterios que se exponen a continuacin, y los puntajes sern asignados en consideracin a las ponderaciones sealadas en el punto 13.1: 1) Experiencia Institucional (20%):

    Experiencia de la institucin en diseo y ejecucin de proyectos dirigidos al adulto mayor dependiente.

    Formacin profesional y/o tcnica del equipo de trabajo.

    Experiencia del equipo en diseo/desarrollo/ejecucin de proyectos dirigidos al adulto mayor o desarrollo social.

    Experiencia de trabajo en los territorios definidos o similares.

    2) Pertinencia de la propuesta (Metodologa y Organizacin) (30%):

    Metodologa general. Adecuacin a las caractersticas de la poblacin objetivo y a la realidad local.

    Adecuacin de las acciones especficas a realizar con la poblacin objetivo, considerando adems reducir las desigualdades de gnero en que se encuentran los adultos mayores por su condicin exclusiva de ser hombre o ser mujer.

    Sustentabilidad de la propuesta en el tiempo, considerando tambin la participacin de otras instituciones con experiencia de trabajo en personas mayores o en desarrollo comunitario o salud, tanto en la formulacin como en la ejecucin del proyecto.

    Capacidad en Infraestructura e Instalaciones. Adecuacin de la infraestructura e instalaciones a las acciones propuestas.

    3) Coherencia Interna de la propuesta (30%):

    Objetivos Beneficios. Actividades Objetivos. Actividades - Tiempo.

    Productos Solicitados - Gantt de Actividades.

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    4) Capacidad Institucional y evaluacin econmica de la propuesta (20%):

    Desempeo como ejecutor de programas financiados por SENAMA , si corresponde.

    Cumplimiento de compromisos contrados con el Estado de Chile, si correspondeAntecedentes financieros del Organismo Ejecutor.

    Evaluacin econmica de la propuesta, costo por beneficiario.

    14. DE LA ADJUDICACIN DE LOS PROYECTOS.

    Corresponde a los Comits Regionales la seleccin definitiva de los proyectos. Una vez evaluadas las propuestas, aquellas declaradas tcnicamente elegibles, es decir que hayan obtenido una nota final de evaluacin del proyecto igual o superior a 3 (tres), sern presentadas a los Comits Regionales, para proceder a su seleccin. Los proyectos que pasen a la fase de seleccin por parte del Comit Regional, sern presentados en estricto orden de puntaje de evaluacin, esto es de mayor a menor, segn la cual el Comit Regional efectuar la seleccin. No se podrn aplicar criterios distintos a los establecidos en las presentes Bases para la seleccin de los proyectos. El Comit Regional seleccionar los proyectos por estricto orden de precedencia, de acuerdo a la nota de evaluacin obtenida y considerando adems los recursos financieros disponibles. Para estos efectos el Comit elaborar un acta de seleccin de proyectos en que se identificar el o los proyectos seleccionados y una lista de espera por estricto orden de puntaje con aquellos proyectos que podran ser seleccionados si existieren recursos financieros para tal efecto. Los integrantes del Comit Regional que estn participando como oferentes en el concurso, debern abstenerse de participar en la comisin de evaluacin de proyectos mencionado en el punto 13 de las presentes bases. Asimismo, no podrn votar en la sesin de seleccin de proyectos, lo que quedar registrado en el acta correspondiente.

    Senama elaborar la resolucin de adjudicacin de proyectos del Fondo Intermedios 2015, acto administrativo que sanciona la adjudicacin de los proyectos seleccionados. Se adjudicar slo un proyecto regional por organismo ejecutor. La Directora(o) Nacional de Senama, mediante acto administrativo fundado, podr declarar desierto el concurso total o parcialmente, si fuese necesario. Se entiende como remanente los fondos no asignados, los que conformarn un fondo comn nacional que podr ser nuevamente adjudicado regionalmente respetando las listas de espera consignadas en las actas de seleccin de proyectos elaboradas por los Comits Regionales en las sesiones de adjudicacin.

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    La adjudicacin de un proyecto de la lista de espera deber considerar el orden de prioridad establecido originalmente, respetando los puntajes de evaluacin y los montos disponibles, tambin eventualmente se podr ajustar los montos de acuerdo a las necesidades del proyecto y la factibilidad de ejecucin de este. De no existir ningn proyecto tcnicamente elegible, Senama podr convocar a un nuevo concurso hasta adjudicar el total de los recursos existentes. En la eventualidad que el proyecto no pudiese realizarse por el organismo ejecutor adjudicado, ya sea por circunstancias ajenas o imputables a ste, SENAMA estar facultado para adjudicar estos recursos al ejecutor que aparezca en primer lugar de la lista de espera nacional y as sucesivamente, sin perjuicio de aplicar, en su caso, las sanciones que fueren procedentes, de conformidad a estas Bases y al convenio firmado. Se financiar slo un proyecto a nivel regional por organismo ejecutor, con un mximo de 3 proyectos por organismo ejecutor, a nivel nacional. No podrn ser seleccionados en este concurso, aquellos organismos ejecutores que habiendo adjudicado anteriormente proyectos, no hayan rendido los gastos correspondientes de acuerdo a lo solicitado por SENAMA.

    15. ETAPAS POSTERIORES A LA ADJUDICACIN.

    15.1 Notificacin de adjudicacin, celebracin de convenios y garanta.

    SENAMA notificar personalmente en sus Oficinas Regionales el acto administrativo de adjudicacin al representante legal del organismo que haya adjudicado proyectos en este concurso. Adems, se informar el resultado a travs de la publicacin en la pgina web del Servicio. Se dejar constancia en la carpeta de proyectos de dicha notificacin. Se informar tambin de las gestiones a realizar para la firma del convenio de ejecucin con SENAMA, lo cual se podr llevar a cabo en este mismo acto cumpliendo con todos los requisitos necesarios para este fin. El convenio de ejecucin tendr una vigencia de nueve meses, contados desde la fecha de notificacin del acto administrativo que lo aprueba y podr prorrogarse automticamente por perodos sucesivos e iguales de 3 meses, hasta el total cumplimiento de las obligaciones sealadas en el convenio hasta un mximo de 24 meses contados desde la fecha del Acta de Inicio del proyecto, debiendo el Ejecutor renovar y reemplazar la Boleta de Garanta con un plazo de vigencia de hasta 90 das despus de terminado el mes 24 de ejecucin. Dicho convenio comenzar a regir desde la fecha de la total tramitacin del acto administrativo que lo aprueba.

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    En el convenio se especificarn las condiciones en que se ejecutar el proyecto, su forma de pago, plazo de ejecucin, las obligaciones de las partes contratantes y las garantas pertinentes, la certificacin que acredite la condicin de dependencia de los beneficiarios, entre otros. El organismo ejecutor deber haber presentado una garanta de fiel cumplimiento a favor de SENAMA, consistente en una boleta de garanta bancaria, pliza de seguro de ejecucin inmediata o vale vista por el 10% del monto solicitado a SENAMA, la cual deber mantenerse vigente hasta 90 das despus de la fecha estimada de finalizacin de las actividades del proyecto.

    A la firma del convenio, el organismo ejecutor deber presentar en original, la documentacin establecida en el punto N 3 de estas bases: certificado de vigencia de personalidad jurdica con una antigedad no mayor a 60 das contados desde la fecha de postulacin, Rut, Balance del ao tributario 2013, Declaracin de Renta 2013, y copia de escritura que acredite la calidad del representante legal de quien comparece por ese organismo, segn corresponda. De no presentar algunos de los documentos en original, el proyecto no se financiar. Podr ponerse trmino al convenio de comn acuerdo entre las partes. SENAMA se reserva el derecho de hacer efectiva la garanta de fiel cumplimiento en caso de incumplimiento de las obligaciones sealadas en cada convenio. SENAMA podr poner trmino al convenio en forma administrativa, unilateral y anticipadamente y sin forma de juicio, si el Organismo Ejecutor incumple gravemente las obligaciones sealadas en cada convenio. Adicionalmente, en caso que los perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones por el Organismo Ejecutor ocasione excedan los montos de las sanciones aplicadas, SENAMA podr perseguir judicialmente la indemnizacin de perjuicios correspondientes.

    15.2 Ejecucin de los proyectos.

    Los Organismos Ejecutores podrn dar inicio al proyecto una vez que los convenios estn aprobados mediante el acto administrativo totalmente tramitado, sin ningn trmite pendiente ni impedimento para que se giren fondos al ejecutor. Al inicio de las actividades del proyecto el organismo ejecutor y SENAMA, elaborarn un documento denominado Acta de Inicio del Proyecto, en que se especificar el detalle de las prestaciones a otorgar por el organismo ejecutor, la cobertura de las mismas, las fechas de inicio y cierre estimado del proyecto y todos aquellos aspectos relevantes para su ejecucin. Este documento ser firmado por un supervisor designado por SENAMA Regional y por el encargado del proyecto por parte del organismo ejecutor, en una ceremonia organizada por este mismo organismo, en la cual se invitar a autoridades, profesionales y personas mayores vinculadas con el proyecto tanto por parte de SENAMA como del organismo ejecutor. La fecha de recepcin por parte de SENAMA del Acta de

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    Inicio, fijar la fecha especfica de apertura de las actividades del proyecto lo que servir de base para las supervisiones posteriores del mismo.

    16. PAGOS POR LA PRESTACIN DE SERVICIOS ADJUDICADOS.

    El traspaso de los fondos por parte de SENAMA al organismo ejecutor se efectuar en dos cuotas.

    La primera de ellas, correspondiente al 60% del valor total del proyecto solicitado a SENAMA, se har efectiva a la aprobacin y entrega por parte de SENAMA del Primer Informe de Avance, acompaado del Acta de Inicio, entregado por el organismo ejecutor, el que deber contener el detalle de los beneficiarios del proyecto, con indicacin del nombre, cdula de identidad, fecha de nacimiento, sexo, firma, de acuerdo al formato del Primer Informe. En aquellos casos en que no se tenga identificada en su totalidad a la poblacin beneficiaria, el primer informe de avance deber contener, a lo menos, un listado con el 50% de los beneficiarios comprometidos. Con posterioridad y previo al envo del Segundo Informe de avance, el organismo deber hacer envo del listado de beneficiarios pendientes, si corresponde, y su respectiva documentacin. El primer informe debe adjuntar carta que acredite que los beneficiarios directos estn en conocimiento del proyecto y comprometen su participacin; Ficha de Proteccin Social que indique la vulnerabilidad de la persona mayor; Certificado que respalde la situacin de dependencia, en cualquiera de sus grados, dependiendo de la naturaleza del proyecto. En caso de que esta persona, se encuentre en condicin de dependencia severa, el cuidador o familiar deber autorizar la participacin mediante la firma de la carta. Para proceder al primer pago se deber contar con el primer informe entregado por el organismo ejecutor, aprobado por SENAMA. La segunda cuota correspondiente al 40% del valor total del proyecto, se har efectiva una vez entregado por el organismo ejecutor y aprobado por SENAMA, un Segundo Informe de Avance, el que deber contener un detalle del progreso del proyecto, con las prestaciones otorgadas junto a la rendicin del primer traspaso de recursos y el listado de los beneficiarios atendidos, de acuerdo al formato entregado por SENAMA. Este informe deber ser presentado dentro de los 90 das corridos, contados desde la fecha de recepcin por parte de SENAMA del acta de inicio. Para proceder al segundo pago se deber contar adems con un informe de supervisin realizado por SENAMA, que certifique la realizacin de las acciones consideradas en el Segundo Informe de Avance. Esto sin perjuicio de que las visitas de supervisin debern realizarse a lo menos tres veces durante la vigencia del convenio de ejecucin. Los formularios para la presentacin de los informes solicitados, la rendicin de los recursos y el formato del acta de inicio del proyecto, sern provistos por SENAMA.

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    La rendicin de la segunda cuota, junto al informe final, debern ser entregados a SENAMA dentro de los 10 das hbiles siguientes al trmino de las actividades del proyecto, de acuerdo a lo indicado en el acta de inicio. SENAMA en el plazo de veinte das hbiles, aprobar o realizar observaciones a la rendicin presentada por los Organismos Ejecutores. El Organismo Ejecutor tendr un plazo de diez das hbiles para subsanar dichas observaciones, desde su notificacin. En caso de no presentar la rendicin e informe en los plazos establecidos o no corregirlos de acuerdo a las observaciones realizadas, SENAMA se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan y el cobro de la garanta por concepto de fiel cumplimiento, si procediere. Las rendiciones de gastos deben ser enviadas a la Coordinacin Regional de SENAMA mensualmente, a ms tardar el da cinco (05) de cada mes. Lo anterior, se basa en la normativa vigente referida a normas y procedimientos sobre rendiciones de cuentas instruida por la Contralora General de la Repblica, en su Resolucin N 759 de 23 de diciembre de 2003. En la eventualidad que a algn organismo ejecutor, le quedaren recursos sin utilizar al finalizar el proyecto adjudicado, stos debern ser restituidos a SENAMA, y presentar los comprobantes de dicha devolucin junto a la rendicin final del proyecto.

    El informe final contendr un reporte con la identificacin de los beneficiarios del proyecto, descripcin de las actividades realizadas durante la ejecucin del proyecto y el nivel de cumplimiento de los objetivos del proyecto, de acuerdo a los formatos entregados por SENAMA. Las rendiciones tcnicas y rendicin financiera a travs de documentacin de respaldo debern ser entregadas en las oficinas de las Coordinaciones Regionales de SENAMA.

    17. SUPERVISIN Y SEGUIMIENTO.

    SENAMA supervisar el cumplimiento de este Programa, con el objeto que se realice acorde a lo dispuesto en estas Bases, lo estipulado en los convenios pertinentes y en el acta de inicio de proyecto. El organismo ejecutor deber adoptar las medidas conducentes a permitir el libre acceso de los supervisores que el SENAMA disponga, a los lugares e instancias en que se realiza el proyecto, asimismo facilitar al supervisor la informacin que sea requerida para tal efecto. Los supervisores de cada uno de los proyectos debern ajustarse a las normas generales contempladas en estas Bases, en el convenio que se suscriba y en la propuesta adjudicada. Adems, debern tener en consideracin los siguientes aspectos:

    Cumplimiento de los objetivos de acuerdo a la programacin de avance establecida para cada propuesta, al acta de inicio y con un nivel de satisfaccin aceptable por parte de los beneficiarios.

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    Realizacin de las actividades de la propuesta con la infraestructura y equipamiento apropiados para el logro de los objetivos, de acuerdo a lo ofrecido en el proyecto presentado.

    Prestaciones totalmente gratuitas para los beneficiarios.

    Que los beneficiarios estn informados que la propuesta es financiada y administrada por SENAMA con recursos del Estado y que el organismo ejecutor es aquel a quien SENAMA encomend la realizacin de la propuesta.

    Para los efectos anteriores, los supervisores podrn entrevistar a los beneficiarios con o sin la presencia de personal del organismo ejecutor. Las visitas de supervisin debern realizarse a lo menos tres veces durante la vigencia del convenio de ejecucin. La primera visita de supervisin corresponder a la firma del acta de inicio del proyecto. La segunda visita se realizar para constatar que las acciones y servicios realizados en el marco de la propuesta corresponden a lo especificado en el segundo informe de avance entregado por el organismo ejecutor. La tercera visita de supervisin se realizar para constatar que las acciones y servicios realizados en el marco de la propuesta estn de acuerdo a lo especificado en el informe final de ejecucin del proyecto entregado por el organismo ejecutor. Sin perjuicio de lo anterior, SENAMA mantendr un registro de los contactos establecidos con el Organismo Ejecutor en el marco de la ejecucin del proyecto de acuerdo al formulario de supervisin del SENAMA.

    18. OTRAS NORMAS.

    18.1 Los Organismos Ejecutores harn llegar a SENAMA, en el plazo de diez das hbiles, luego del trmino de las actividades comprometidas, un informe final de lo acontecido en la ejecucin de la propuesta, que abarque aspectos sobre su duracin, adecuacin a la realidad comunal o regional, el listado con el detalle del 100% de los beneficiarios incorporados al proyecto entre otros, de acuerdo al formato provisto por SENAMA.

    18.2 Todo lo concerniente a coordinadores, monitores, profesionales u otras

    personas que acten por cuenta del organismo ejecutor en el desarrollo de actividades de la propuesta son de su exclusiva responsabilidad, no existiendo vnculo contractual alguno entre stos y SENAMA. Durante la ejecucin de la propuesta los Organismos Ejecutores debern cumplir con todas las disposiciones legales vigentes en lo que se refiere a las contrataciones de dichas personas.

    18.3 Todas aquellas situaciones relacionadas con la ejecucin especfica de uno

    o ms de los proyectos adjudicados en el marco de este concurso y que no estn explcitamente consideradas en estas Bases, sern resueltas por SENAMA a travs de sus oficinas regionales.

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    18.4 Ante eventuales discrepancias en la interpretacin de las bases que rigen el concurso, primar el pronunciamiento dictado por el o la Directora(o) Nacional de Senama.

    18.5 Finalmente y de acuerdo al principio de probidad administrativa presente en

    todos los actos de la administracin, los funcionarios pblicos participantes en este proceso debern dar estricto cumplimiento a dicho principio.

    18.6 No podrn suscribir Convenio aquellos proponentes u organismos

    ejecutores que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones respecto de recursos entregados por el SENAMA, sean derivadas de postulaciones a fondos concursables u otro tipo de programas o acciones de los que hayan sido beneficiarios con anterioridad a la presente convocatoria:

    a. Morosos en la rendicin de cuenta ntegra de recursos concedidos con

    anterioridad, segn antecedentes que maneje SENAMA;

    b. Rendiciones rechazadas sin reintegro de los recursos correspondientes o sin que se hayan corregido las respectivas observaciones en el plazo otorgado para ello, segn antecedentes que maneje SENAMA.

    Si al momento de la suscripcin del convenio el organismo ejecutor an mantiene incumplimiento de acuerdo a lo sealado en la letra a y b de este punto, se entender que el postulante renuncia automticamente.

    18.7 Las actividades que se sealen en los proyectos debern iniciarse y efectuarse dentro del plazo estipulado en el Convenio, de conformidad con lo expresado en las presentes Bases. No obstante lo anterior, SENAMA se reserva los derechos de accionar judicialmente para obtener la restitucin de los fondos adjudicados y entregados.

    18.8 Se deja constancia que los postulantes son expresamente responsables de la veracidad, Integridad y legibilidad de la informacin acompaada a la respectiva postulacin y declarada en el FUP; y que el incumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes Bases o la falta de veracidad en la postulacin, ser causal de termino anticipado del respectivo Convenio de Ejecucin de Proyecto, sin perjuicio del ejercicio por parte de SENAMA de las acciones legales que sean pertinentes.