binomio policia - fiscal en la investigacion del delito

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BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO Expositor: Abog. Hugo Muller Solón [email protected] Abog. Enrique Hugo Muller Solón 1

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Page 1: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

BINOMIO POLICIA - FISCAL

EN LA INVESTIGACION

DEL DELITO

Expositor:

Abog. Hugo Muller Solón

[email protected]

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 1

Page 2: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Exposición identifica necesidad de

consolidar Binomio Policía – Fiscal

como forma de recuperar la capacidad

operativa policial en el ámbito de la

Investigación Criminal del Delito,

función policial que la PNP no ha perdido

con la vigencia del NCPP del año 2004.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 2

Page 3: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Fiscal y Policia un Binomio de la Reforma

Procesal Penal

https://agendamagna.wordpress.com/2008/11/27/fiscal-y-policia-un-binomio-

de-la-reforma-procesal-penal

“Fiscal y Policia

deben trabajar

como un Equipo,

como Binomio,

solidariamente

unidos por los

fines de la

investigación,

pero preservando

la identidad de

sus roles. Art.

65.1 CPP.

DR. FLORENCIOMIXAN MASS

“Debe escuchar

sugerencias y

experiencias de

la Policía,

cuando sea

necesario

deliberar para

decidir diseño

de la estrategia

aplicada en

cada caso”. Art.

65.4 CPP.

“Importante y

apremiante en

investigación

delito es tratar

encontrar y

asegurar

autenticidad de

fuentes de

conocimiento

del caso”. Art.

67° CPP

Fiscal inculcará al

Policía

“No presionar imputado

para que acepte imputación,

porque bajo coaccion o

violencia carece de validez.

Tiene derecho libertad de

declaración y ser

asesorado un defensor”.

Art. IX TP CPP .Derecho de

Defensa.

Fiscal

Indicará

al Policía

Fiscal Directorde la

Investigación

Page 4: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO
Page 5: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO
Page 6: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Pag.13 Competente en Delito de Homicidio:

Fiscal Provincial de Turno que deriva al Juez

Instructor de Turno.¿?

Pag.14. Policia realiza Acta de levantamiento

del cadáver de ser posible con presencia del

Fiscal. Art.195.2 CPP: Levantamiento de

cadáver lo realiza el Fiscal de ser posible

con presencia de peritos policiales y medico

legista.

Pág.18. El encargado de la investigación

y quien practicó la ITP deben presenciar

la Necropsia correspondiente . Art. 1963

CPP: Fiscal decidirá si el o su adjunto

deban presenciarla. Pueden asistir

Abogados, incluso peritos de parte

Pág. 20: Imputado. Durante el periodo del

interrogatorio y verificación de la coartada, el

sujeto deberá permanecer incomunicado. Art.

IX TP.CPP. Derecho de Defensa y derechos

del imputado.

CONTRADICCIONES ENTRE

EL MANUAL Y EL CPP

Page 7: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

2

1 3

Page 8: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

TEMARIO

1

ANTECEDENTES

SOBRE

COMPETENCIA

POLICIAL EN LA

INVESTIGACION

CRIMINAL DEL

DELITO.

2

CODIGO

PROCESAL

PENAL Y LOS

CAMBIOS EN LA

INVESTIGACION

CRIMINAL DEL

DELITO.

3

NUDOS CRITICOS

EN LA RELACION

DEL BINOMIO

POLICIA – FISCAL.

4PARADIGMAS BASICOS QUE

DEBIERA ADOPTAR LA

POLICIA NACIONAL PARA

CONSOLIDAR EL BINOMIO

POLICIA – FISCAL EN LA

INVESTIGACION CRIMINAL

DEL DELITO.

5

RECOMENDACIONES

Page 9: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

1. ANTECEDENTES SOBRE

COMPETENCIA POLICIAL

EN LA INVESTIGACION DEL

DELITO

Page 10: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

1922: Se crea Guardia Civil, Cuerpo de Seguridad y

Brigada de Investigación y Vigilancia.

POLICIA INVESTIGA DELITOS

Vigente: Código de Procedimientos en Materia Criminal de 1920

1924: Brigada de Investigación y Vigilancia incorpora

Primer Laboratorio de Técnica Policial, un Archivo

Dactiloscópico, y una Sección de Fichamientos y Gabinete

Fotográfico. POLICIA INVESTIGA DELITOS.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 10

Page 11: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

1960: Cuerpo de Investigación y Vigilancia (1929) se

convierte en Policía Investigaciones del Perú.

POLICIA INVESTIGA DELITOS:

Vigente: Código de Procedimientos Penales de 1940: Art.

59. Policia investiga delito y faltas. Art. 60 Atestado

Policial.

Habían pasado 38 AÑOS desde inicio reforma policial de

1922 . POLICIA INVESTIGA DELITOSAbog. Enrique Hugo Muller Solón 11

Page 12: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

1979: Gobierno Fernando Belaúnde promulga Constitución

de 1979. Art. 250.5 crea Ministerio Público, con autonomía,

funciones y atribuciones: Vigilar e intervenir en la

investigación del delito desde la etapa policial: Constitución

reconoció que existía etapa policial de investigación del delito.

Había pasado 57 AÑOS desde la reforma policial de 1922 .

POLICIA SIGUE INVESTIGANDO DELITOS en adelante

con intervención limitada del M.P.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 12

Page 13: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

D.Leg. 052 – LOMP Publ. 18-03-81

Art.09: El MP, conforme inc.5 del art. 250 de laCPP vigila e interviene en la investigación deldelito desde la etapa policial. Con ese objetolas FFPP realizan la investigación. El MPinterviene en ella orientándola en cuanto a laspruebas que sean menester actuar y lasupervigila para que se cumplan lasdisposiciones legales pertinentes para elejercicio oportuno de la acción penal. Igualfunción corresponde al MP en las accionespoliciales preventivas del delito.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 13

Page 14: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

1981 D.Leg. 126 se modifica el Art. 62 del CPP de 1940:

“investigación Policial previa llevada a cabo con

intervención MP, constituye elemento probatorio que

deberá ser apreciado en su oportunidad, por Jueces yTribunales”.

Había pasado 59 AÑOS desde reforma policial de 1922 .

POLICIA INVESTIGA DELITOS reconociéndose la

importancia de la investigación policial.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 14

Page 15: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

1988 Se crea la Policía Nacional del Perú.

Pasaron 66 AÑOS desde la reforma policial de 1922 .

POLICIA INVESTIGA DELITOSAbog. Enrique Hugo Muller Solón 15

Page 16: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

D.Leg. 052 – LOMP Publ. 18-03-1981

Art.09: El MP, conforme inc.5 del art. 250 de la CPPvigila e interviene en la investigación del delito desde laetapa policial. Con ese objeto las FFPP realizan lainvestigación.

El MP interviene en ella orientándola en cuanto a laspruebas que sean menester actuar y la supervigila paraque se cumplan las disposiciones legales pertinentespara el ejercicio oportuno de la acción penal. Igualfunción corresponde al MP en las acciones policialespreventivas del delito.

• “Confrontar con el art. 159 de la CPP de 1993”

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 16

Page 17: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

1993: Gobierno Valentín Paniagua promulga Constitución

de 1993. Art. 159. Atribuciones del MP: Conducir desde

inicio investigación del delito. Con tal propósito, la PNP

está obligada a cumplir mandatos del MP en el ámbito desu función. (1979: Vigilar e intervenir)

Pasaron 71 AÑOS desde la reforma policial de 1922 .

POLICIA INVESTIGA DELITOS con intervención limitada

del M.P.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 17

Page 18: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

2004 Gobierno Alejandro Toledo – D. Leg. N° 957

NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL

(Publicad0 29-07-04) : Art. 332. Informe Policial

82 AÑOS después de la reforma policial de 1922

POLICIA CONTINUA INVESTIGANDO DELITOS

PERO: INTERVENCION DIRECTA DEL MINISTERIO

PUBLICOAbog. Enrique Hugo Muller Solón 18

Page 19: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

2

1 3

Page 20: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

2. CODIGO PROCESAL

PENAL Y LOS CAMBIOS EN

LA INVESTIGACION DEL

DELITO.

Page 21: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Nuevo Código Procesal Penal aprobado D. Leg. 957

29JUL04, inicio aplicación progresiva 01JUL06 en Distrito

Judicial de Huaura. – Finalizara en Lima según DS N°

0013-2020-JUS

Distrito Judicial Lima Sur 30 Abril 2021

Distrito Judicial Lima Centro 31 Mayo 2021

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 21

Page 22: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Lima Sur 30ABR21

Lima Centro

31MAY21

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 22

Page 23: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

PNP

ComisaríasUnidades

EspecializadasCriminalística

ETAPAS DEL PROCESO PENAL - NCPP

2 meses /8 /36 meses

2 meses /8 meses /36 meses

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 23

Page 24: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Cuál ha sido el cambio en la investigación del

delito que realizaba la PNP con el NCPP (2004)?

Estrategia de investigación lo define el Fiscal. Hipótesis de trabajo empezando por analizar los hechos, la norma jurídica y

los elementos de convicción.

Dirección y Conducción, alude al intercambio de ideas con la Policía, a efectos de que los medios probatorios actuados, sean suficientes, conducentes, pertinentes y útiles para el

debido esclarecimiento de los hechos.

Control Jurídico, es cautelar que las actuaciones policiales se lleven dentro de los estándares de legalidad, evitando

cuestionamiento de Actas de sus diligencias.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 24

Page 25: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

TEORIA FACTICA TEORIA PROBATORIA TEORIA JURIDICA

¿Cuándo?:

¿Dónde?:

¿Quien lo hizo?:

¿Qué hizo?:

¿Cómo lo hizo?:

Fiscal Define la Estrategia de investigación adecuada al caso: Hipótesis de Trabajo

RESULTADO : MUERTE POR ASFIXIA NECROPSIA

INFORME POLICIAL

ACTA POLICIAL NARRANDO UN HECHO

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 25

Page 26: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Dirección de la investigación

La dirección de la investigación la expresa el Fiscal alinstruir a sus colaboradores (Policías y Peritos)sobre:

Legalidad, la pertinencia, conducencia y utilidadque deben tener los elementos materiales,evidencias e información por recolectar, paracomprobar o descartar sus hipótesis de trabajo.

Ref. Art. 352.5 CPP: “Admisión medios de pruebarequiere la especificación del probable aporte alcaso y que el acto probatorio propuesto seapertinente conducente y útil.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 26

Page 27: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Control Jurídico de los actos de

investigación de la Policía

Para el Fiscal implica:

Cumplimiento de las normas penales,

Cumplimiento de las disposiciones

constitucionales y del Derecho Internacional de los

Derechos Humanos;

Carecen de efecto legal las pruebas obtenidas,

directa o indirectamente, con violación del

contenido esencial de los derechos fundamentales

de las personas. Art. VII.2 TP - CPPAbog. Enrique Hugo Muller Solón 27

Page 28: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

“Le corresponde al fiscal:

dirección de la

investigación (…) Le

corresponde a la policía:

realizar la investigación

operativa”

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 28

Page 29: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Cuál ha sido el cambio en la investigación del

delito que realizaba la PNP con el NCPP (2004)?

Atestado Policial ha sido reemplazado por Informe Policial

Atestado Policial era principal vía de inicio Proceso Penal , establecía cargos contra imputados. Primer documento de un

Expediente Judicial Penal, junto a la formalización de la denuncia penal Fiscal.

Informe Policial documento que hace conocer al Fiscal los actos de investigación que ha realizado sea por iniciativa propia (Art. 67 CPP), sea por delegación fiscal (Art. 65.2 o

330.1 CPP).Abog. Enrique Hugo Muller Solón 29

Page 30: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Informe Policial - Manual de Documentación Policial RD

N° 776-2016-DIRGEN/EMG-PNP DEL 27JUL16

Formula resultado diligencias presunta comisión delitos

Instrumento oficial denuncia autoridad judicial

competente.

Informe original cursado autoridad competente del MP

Comprende trascripción de denuncia

Diligencias efectuadas

Análisis de los Hechos

Condición legal en que los implicados resultan al final

de la investigaciónAbog. Enrique Hugo Muller Solón 30

Page 31: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Informe Policial de conformidad al Art. 332 CPP.

Antecedentes que motivaron su intervención

Relación de Diligencias efectuadas

Análisis de los hechos investigados

Actas Levantadas

Manifestaciones recibidas

Pericias realizadas

Recomendaciones sobe actos de investigación

Todo lo que considere indispensable para

esclarecimiento imputación

Comprobación domicilio y datos personales

imputado

PNP en todos los casos que intervenga elevará al

fiscal un Informe Policial

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 31

Page 32: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

EFECTO JURIDICO DEL

INFORME POLICIAL

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 32

Page 33: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Indicios reveladores de la existencia de un delito.

4

3

2

1

Que, la accion penal no ha prescrito.

Que se ha individualizado al imputado

De ser caso han satisfecho requisitos procedibilidad.

Art. 201 CPP. Preexistencia y Valorización.

Fifth place - Your text here

Efecto Jurídico del Informe Policial.

Art.336.1 CPP: Si de su contenido aparecen:

Fiscal dispondrá FORMALIZACION Y

CONTINUACION DE LA INVESTIGACION

PREPARATORIA.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 33

Page 34: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Importancia de las Actas adjuntas al Informe

Policial

Art. 337.2 CPP.- Las Diligencias Preliminares forman parte

de la Investigación Preparatoria, No podrán repetirse una

vez formalizada la investigación. Procede su ampliación si

dicha diligencia resultare indispensable siempre que se

advierta un gran defecto en su actuación (…)

Las Diligencias Preliminares documentadas en Actas

en el lnforme Policial, no podrán repetirse una vez

formalizada la Investigación Preparatoria

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 34

Page 35: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Efecto Jurídico del Informe Policial

Art. 382. Lectura de la Prueba Documental. Solo podrán ser

incorporadas al Juicio: (…) Las actas levantadas por la Policía

que contienen diligencias objetivas e irreproducibles actuadas

conforme a lo previsto en este Código o a la Ley, tales como las

actas de detención, reconocimiento, registro, inspección,

revisión, pesaje, hallazgo, incautación, reconocimiento,

allanamiento, entre otras.

Las Actas y Pericias adjuntadas en el Informe Policial,

constituyen Prueba Documental (Prueba

Preconstituida) en la Etapa de Juzgamiento.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 35

Page 36: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

CAMBIOS EN LA INVESTIGACION CRIMINAL DEL DELITO CON EL NCPP

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 36

Page 37: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

NINGUNO

Lo que ha cambiado han sido las formalidades que se deben seguir en el

procedimiento no la manera de investigar.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 37

Page 38: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

CONSOLIDAR EL BINOMIO

POLICIA - FISCAL

EN LA INVESTIGACION

DEL DELITO

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 38

Page 39: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Qué formalidades cambiaron con el NCPP?

Ley N° 30558 modificó literal f del inciso 24.f del articulo 2° de laConstitución Política del Perú: “ (…) en caso de flagrante delito. .. eldetenido debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente,dentro del PLAZO MÁXIMO DE 48 HORAS o en el término de la distancia.(Policía debe informar al Fiscal en caso de detención por flagrancia Art.253CPP).

Solo se puede detener por DELITO FLAGRANTE. Art.

259 CPP.

NO: Detener para investigar o

Investigar para detener

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 39

Page 40: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Una persona victima de asalto y robo 28, ABRIL 2019 a

las 15:00 Hrs., se presenta a la Comisaría denuncia el

hecho y describe al presunto autor. 01 MAYO 2019, esta

misma persona se presenta en la Comisaría informando

que persona denunciada se encuentra en ese momento

en el interior de un Bar y solicita su intervención.

La ley solo permite detener una persona por delito

flagrante y de acuerdo al CPP hasta dentro de las 48

hrs. de producido el hecho.

NO SE LE PUEDE DETENER

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 40

Page 41: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Se puede solicitar Detención Preliminar Judicial. Art. 261.2 CPP

Recepción de la

denuncia: Solicitar

denunciante señale

caraceristicas fisicas

individualizar presunto

autor.xt Here

Investigación: PNP

Identifica al presunto

autor.xt Here

Resultado: Nombres y

apellidos completos,

edad, sexo, fecha

nacimiento.

Informe Policial:PNP solicita al Fiscal

Detención Preliminar

Judicial denunciado

ya identificado

Fiscal: Solicita JIP

denunciante Detención:

72 hrs., 7 días casos

complejos, 10 OOCC,

15 días TID, TEO,

ESPIONAJE. (Art. 264

CPP) Here

Page 42: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Qué formalidades cambiaron con el NCPP?

El imputado tiene DERECHO A GUARDAR SILENCIO,

no puede ser obligado o inducido a declarar o

reconocer culpabilidad contra si mismo Art. IX.2 TP

CPP

El imputado tiene el derecho de abstenerse

a declarar Art. 71.d CPP

Su decisión de no declarar no será utilizada

en su contra Art. 87.2 CPP

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 42

Page 43: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Confesión Imputado Art. 160.2 CPP

Su confesión solo tendrá valor probatorio si es brindada ante el

Fiscal y en presencia de su Abogado Defensor de manera

sincera y espontánea.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 43

Page 44: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Las diligencias policiales se documentan en ACTAS.

Art. 68.2 CPP y son adjuntadas al INFORME POLICIAL

Actas deben contener formalidades Art. 120

CPP fin no privarla de sus efectos o tornar

invalorable su contenido

Debe identificar al personal policial que ha

intervenido y dejar constancia

cumplimiento de formalidades previstas

para actuaciones que así lo requieran.

¿Qué formalidades cambiaron con el NCPP?

Ejm. Art. 214 CPP.

Motivos

determinaron

allanamiento sin

orden judicial deben

constar

detalladamente en

Acta

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 44

Page 45: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Hechos que invalidan Actas Policiales

ACTA

No deja constancia

cumplimiento disposiciones

especiales para

actuaciones que así lo

requieran

No se justifica elaborar

Acta en Dependencia

Policial y no en el lugar de

los hechos.

Contenido

Art.120° - 121° CPP

No existe

certeza

personas han

intervenido

Falta firma

funcionario

que ha

redactado

Se ha

firmado

sin previa

lectura

No cumple

requisitos

formales

elaboración

Page 46: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Art. 165.1 CPP. Acta de Declaración de Testigo: Abstención para rendir testimonio.

PODRÁN

ABSTENERSE :

Cónyuge del imputado

Parientes 4° consanguinidad o 2°

afinidad

Serán advertidos antes de la

diligencia:

Del derecho que les asiste para

rehusar a prestar testimonio en

todo o en parte

Page 47: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Art. 170.1 CPP. Acta de Declaración de Testigo: Desarrollo del interrogatorio.

ANTES DE COMENZAR

DECLARACIÓN:

Testigo será instruído obligación

decir la verdad.

Incumplimiento.

Art. 409 CP. Falsedad en Juicio

Prestará juramento o promesa de decir

la verdad segun sus creencias.

Deberá ser advertido no está obligado

responder preguntas de las cuales pueda

surgir su responsabilidad penal.

Page 48: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Acta de Reconocimiento de Personas y

otros reconocimientos. Art. 189.1 CPP

1. Cuando fuere necesario

individualizar a una persona se

ordenará su reconocimiento

Quien lo realiza, previamente

describirá a la persona aludida.

Acto seguido, se le pondrá a la

vista junto con otras de aspecto

exterior semejantes (…)

Page 49: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Acta de Allanamiento de domicilio sin orden judicial.

Art. 214.3 CPP: Los

motivos que

determinaron el

allanamiento sin orden

judicial constarán

detalladamente en el

Acta..

Page 50: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Acta de Registro de Personas.

Art. 210.5 CPP: De todo

lo acontecido se

levantará un Acta, que

será firmada por todos

los concurrentes. Si

alguien no lo hiciera se

expondrá la razón.

Page 51: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Acta de Información de Derechos.

ACTA DE INFORMACION DE

DERECHOS.

Art. 263 CPP: 1. La Policía

que ha efectuado la

detención en flagrante delito

(…) informará al detenido el

delito que se le atribuye (…)

3. En todos los casos,

advertirá al detenido que le

asiste los derechos

previstos en el art. 71°. De

todo lo acontecido se

levantará un Acta, firmada

por todos los concurrentes.

Si alguien no lo hiciera se

expondrá la razón.

Page 52: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

ACTAS POLICIALES MAS FRECUENTES CPP

1. ACTA DE RECEPCION DE DENUNCIA. Art.68.1.a CPP

2. ACTA DE PROTECCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS. Art.68.1.b

CPP.

3. ACTA DE REGISTRO DE PERSONAS Art.68.1.c CPP

4. ACTA DE LEVANTAMIENTO DE INDICIOS Art.68.1.d CPP

5. ACTA DE IDENTIFICACION FISICA DE AUTORES Y

PARTICIPES DEL DELITO. Art.68.1.e CPP

6. ACTA DE DECLARACION DE TESTIGOS. Art.68.1.f CPP

7. ACTA DE LEVANTAMIENTO DE PLANOS TOMAS

FOTOGRAFICAS Y OTRAS OPERACIONES TECNICAS O

CIENTIFICAS. Art.68.1.g CPP

8. ACTA DE DETENCION DE OFICIO. Art.68.1.h CPP

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 52

Page 53: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

ACTAS POLICIALES MAS FRECUENTES CPP

09. ACTA DE DERECHOS DEL IMPUTADO. Art.71.3 CPP

10. ACTA DE DECLARACION DEL PRESUNTO AUTOR. Art.

68.1.l CPP

11. ACTA DE DECLARACION DE LOS PARTICIPES DE

DELITOS. Art.68.1.l CPP

12. ACTA DE TRADUCCION, TRASCRIPCION Y

VISUALIZACION DE DOCUMENTOS. Art.187.3 CPP

13. ACTA DE ASEGURAMIENTO DE DOCUMENTOS

PRIVADOS. Art.68.1.i CPP

14. ACTA DE ALLANAMIENTO LOCALES USO PUBLICO.

Art.68.1.j CPP

15. ACTA DE INCAUTACION. Art.68.1.k CPP

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 53

Page 54: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

ACTAS MAS FRECUENTES CPP

16. ACTA DE INFORMACION DE DERECHOS DEL

AGRAVIADO Art. 95.2 CPP

17. ACTA DE DERECHO DE ABSTENCION PARA RENDIR

TESTIMONIO. Art. 165.1 CPP

18. ACTA DE DECLARACION DE LOS PARTICIPES DE

DELITOS. Art.68.1.l CPP

19. ACTA DE RECONOCIMIENTO DE PERSONA. Art.189

CPP.

20. ACTA DE RECONOCIMIENTO DE VOCES, SONIDOS,

OTROS. Art.190 CPP

21. ACTA DE RECONOCIMIENTO DE COSAS. Art. 191 CPP

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 54

Page 55: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

ACTAS MAS FRECUENTES CPP

22. ACTA DE INSPECCION JUDICIAL Y RECONSTRUCCION

Art. 192 CPP

23. ACTA DE LEVANTAMIENTO DE CADAVER. Art. 195 CPP

24. ACTA DE CONTROL DE IDENTIDAD. Art.205.3 CPP

25. ACTA DE CONTROLES POLICIALES PUBLICOS EN

DELITOS GRAVES. Art. 206.2 CPP.

26. ACTA DE INSPECCIONES O PESQUISAS EN

LUGARES ABIERTOS. Art.208.2 CPP

27. ACTA DE EXAMEN CORPORAL DEL IMPUTADO. Art.

211.4 CPP

28. ACTA DE COMPROBACION DEL DOMICILIO DEL

IMPUTADO. Art. 332.3 CPP

29. ACTA DE OPERATIVO DE REVELACION DEL DELITO. Art.

68-A CPP

30. ACTA DE RETENCION. Art. 209 CPP

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 55

Page 56: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Todos los integrantes de la PNP

estarán debidamente capacitados

para elaborar Actas Policiales con

las formalidades establecidas en la

Ley?

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 56

Page 57: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Qué formalidades cambiaron con el NCPP?

Función de investigación policial debe cumplir

formalidades establecidas CPP

CPP señala expresamente c/u formalidades

deben ser observadas por la PNP en

intervenciones.

Omisión en Acta de alguna formalidad la privara de

sus efectos o convertirá en invalorable cuando no

pueda ser suplida con certeza sobre la base de otros

elementos de la misma actuación (…) (…) Art. 121.2

CPPAbog. Enrique Hugo Muller Solón 57

Page 58: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Qué formalidades cambiaron con el NCPP?

La Policía necesariamente debe trabajar en estrecha

comunicación y coordinación con el Fiscal

Desde primer momento que se recibe

denuncia que motiva intervención policial.

PARA LOGRAR ESA COORDINACION BINOMIO POLICIA -

FISCAL, SE FORMO UNA COMISION

MANUAL PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE

INVESTIGACION

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 58

Page 59: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

• EQUIPOS TÉCNICOS DE REVISIÓN Y REFORMULACIÓN DEL PLAN DE

INVESTIGACIÓN, QUE CONSENSUÓ EL MANUAL PARA LA FORMULACIÓN

DEL PLAN DE INVESTIGACIÓN:

EQUIPO TÉCNICO DEL MINISTERIO PÚBLICO

• Dr. Juan QUISPE MANSILLA, Fiscal Adjunto Supremo.

• Dr. Erick David RIVERA RUIZ, Fiscal Provincial Especializado en Delitos Anticorrupción de Lima.

• Dra. Virginia ALCALDE PINEDA Secretaria Técnica de la Comisión de Implementación del NCPP del Ministerio

Público.

• Dr. José DEL CASTILLO FLORES – Veedor del MP

• Economista César ALIAGA AZALDE– Metodólogo del MP

EQUIPO TÉCNICO DE LA POLICÍA NACIONAL

• Coronel PNP Cluber Fernando ALIAGA LODTMANN, Jefe de

equipo.

• Mayor PNP Víctor MANDUJANO SANTIVAÑEZ.

• Mayor PNP Alberto CASTRO ALATA.

• Comandante PNP Marco Antonio LARA VERGARA-Veedor.

Moderador y Coordinador de las Reuniones de Trabajo y Representante del Vice Ministro de Orden

Interno, Dr. Martín CASTILLO NIZAMA.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 59

Page 60: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

MANUAL PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE INVESTIGACION

(Equipo de Trabajo PNP-MP).- APROBADO:

MINISTERIO PUBLICO

RFN Nº 1590-2011-MP-PN del 11AGO20011

Fdo. José Antonio PELAEZ BARDALES.

Fiscal de la Nación

POLICIA NACIONAL

RD Nº 5663-2011-DIRGEN/EMG del 19JUL2011

Fdo. Raúl Becerra Velarde

Director General de la Policía Nacional del Perú

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 60

Page 61: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 61

Page 62: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 62

Page 63: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Cuál ha sido el Cambio en la Investigación que realizaba la

Policia con el NCPP?

Fiscal asume su rol Constitucional (1993) Conducir la

Investigación del Delito. (Metodología del Plan de Investigación)

Determinar necesidades de Personal

Desarrollar investigación inicial para recolectar información

Definir Cronograma de actividades y tareas de investigación

Planear investigación fin identificar posibles involucrados

Definir roles de cada participante

Fuentes donde obtener la información que necesitamos

Determinar recursos con los que se cuenta

Aseguramiento preservación y custodia medios convicción

Mantener comunicación y control gestión reuniones trabajoAbog. Enrique Hugo Muller Solón 63

Page 64: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Plan de Investigación proporciona orientación y

organización del trabajo de investigación.

Utilización de formatos estandarizados

Permiten el desarrollo ordenado del objeto

específico de la investigación:

- Identificar actos urgentes,

- Identificación e individualización de los

responsables,

- Análisis de la estructura del delito (F-J-P);

- Construcción de la teoría del caso que

determinará la existencia del delito como la

responsabilidad de los imputados.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 64

Page 65: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Actividades

previas

Actividades

propias

Conocimiento

del hecho:

Noticia criminal

PNP

Comprobación

del hecho PNP

Diligencias

preliminares MP

-PNP

De lo anterior surge

Formulación de

hipótesis

A partir Hipótesis

se desarrolla

Plan de

investigación

Recopilación de

información:

Actos de

investigación

Salidas

alternativas.

Preparación de

acusación y

juicio: utilización

información

obtenida para

elaborar teoría

del caso

Análisis

información

recolectada

MÉTODO GENERAL DEL PLAN DE INVESTIGACION

Actividades

posteriores

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 65

Page 66: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

FORMATO EJECUTIVO DEL PLAN DE INVESTIGACION

1. HECHOS 2. DATOS DE LA CARPETA FISCAL

3. DATOS DEL CASO: Delito, imputado, lugar, fecha inicio PI, Abogado, N°

Registro Acta Policial.

4. EQUIPO DE TRABAJO: Fiscal asignado, Unidad Policial, Superior

responsable PNP, Instructor, otros integrantes, fechas de reuniones de

trabajo, ubicación.

5. HECHOS PENALMENTE RELEVANTES: Identificar el hecho en concreto

que resulta relevante para la imputación penal. Ej. Entrega dinero. Cohecho

Activo Genérico. Soborno. 397 CP.

6. HIPOTESIS: Juan entregó billete 10 soles para evitar ser sancionado PNP.

7.OBJETIVOS: Obtener elementos convicción útiles, que diligencias se

requieren, quien se hace responsable, en que plazo se puede obtener.

8. MEDIDAS SOBRE BIENES INCAUTADOS, 9. SOBRE VICTIMAS,

10. TEORIA DEL CASO, 11. SALIDAS ALTERNATIVAS.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 66

Page 67: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

TEORIA JURIDICA TEORIA FACTICA

TEORIA

PROBATORIA

El día 24 de Octubre del

2020.

Acta de Intervención

Policial

En el Hospital de la

Maternidad de Lima.

Historia Clínica de

atención Sala de

Partos

Margarita Ramos

DNI, Historia Clínica

de Admisión.

Asfixió a su hijo recién

nacido

Informe Medico de

nacido vivo.

Declaración presunta

autora

Utilizó sus manos para

estrangularlo.

Testimonial

Enfermera Sala Parto

Resultado Estrategia de investigación adecuada al caso:Teoría del Caso

RESULTADO MUERTE POR ASFIXIA NECROPSIA

Seguin ActaPolicial, de fecha……… Margarita Ramos……

acababa de dar a luz y dio muerte a su

hijo NNN asfixiandolo

con sus propias manos

en la misma cama donde se

encontraba junto al occiso.

INFANTICIDIO

ART.110 CP.

EL QUE MATA A

SU HIJO

DURANTE EL

PARTO O BAJO

LA INCLUENCIA

DEL ESTADO

PUERPERAL

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 67

Page 68: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Catorce años después la experiencia de la

implementación del nuevo modelo procesal penal se

sigue evidenciando falta de relaciones horizontales

entre Fiscales y Policías en función de investigación

del delito; Manual para Desarrollo Plan de

Investigación y Protocolos de Actuación

interinstitucionales que son desarrollados por

representantes PNP-MP no son tomados en cuenta.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 68

Page 69: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

NO SE TOMAN EN CUENTA, NO SE CONOCEN, NO

SE CUMPLENAbog. Enrique Hugo Muller Solón 69

Page 70: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

3. NUDOS CRITICOS EN LA

RELACION POLICIA –

FISCAL.

Page 71: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Nudos críticos en la relación Policía – Fiscal.

Brecha, cuello de botella, problema, generadointerior PNP por la aplicación (2006) de un cambiooperativo – procedimental en la investigacióncriminal del delito (CPP), que establecía un nuevotipo de relación y trabajo con el MP.

CAUSA: Ausencia de capacitación lo cual nopermitió internalizar ni comprenderadecuadamente el cambio.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 71

Page 72: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

El 01 Abril 2007 se inició en Distrito Judicial La

Libertad aplicación NCPP (*).

ADECUACION POLICIA NACIONAL DEL PERU SI NO

TRABAJO PARA LOGRAR CAMBIO DE MENTALIDAD X

CAPACITACION POR PARTE MININTER – MINJUS - PNP X

ADECUACION DE INFRAESTRUCTURA POLICIAL X

ADECUACION ORGANIZACIONAL X

APOYO LOGISTICO X

ADECUACION DE PROCEDIMIENTOS POLICIALES X

ADECUACION DOCUMENTACION POLICIAL X

ENTRENAMIENTO PREVIO X

CAPACITACION EXTERNA X

*

*El autor de esta presentación fue Coordinador de la PNP ante la Comisión de Implementacióndel Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de La Libertad.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 72

Page 73: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

NUDOS CRITICOS EN LA RELACION DEL BINOMIO

POLICIA - FISCAL

Algunos Fiscales no sabían como

interrelacionarse con Policías. Se

produjeron algunos excesos.

Policías formación castrense

consideraban Fiscal comportaba

como si fuera su Superior

Falta de capacitación generó

sensación de un Fiscal usurpador

de funciones policiales.

Dirección, conducción jurídica de

la investigación y definición

estrategia, se consideró

intromisión en la investigación

material.

Falta de coordinación y

comunicación, determinó

Fiscales demostraran

desconfianza en la PNP sobre

diligencia a realizar, lo cual

generó incomodidad.

Si el Fiscal es el que conduce la

investigación entonces la PNP no

puede hacer nada si no se

presenta en el lugar de los

hechos.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 73

Page 74: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

NUDOS CRITICOS EN LA RELACION DEL BINOMIO

POLICIA - FISCAL

La Policía no puede desarrollar

ningún acto de investigación si no

se presenta en el lugar.

La Fiscalía investiga y la Policía

ha sido relegada a cumplir

órdenes del Fiscal.

Existe duplicidad de funciones de

Criminalística por parte del MP y

PNP.

Existen artículos del NCPP que

conceden facultades de policía al

Fiscal, restringiendo función de la Policía Nacional.

Existen disposiciones que

restringen la función de

investigación de la PNP, emitida

por los Fiscales.

No creación organismo de

coordinación Art. 333 CPP

No aplicación del Plan de

Investigación PNP-Fiscal

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 74

Page 75: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

EL nuevo modelo de la Investigación Criminal, exige un

trabajo en equipo (Fiscal – Policía), como la única forma

de desarrollar conjuntamente las actividades de

investigación material con el fin de buscar y asegurar los

medios probatorios necesarios para asegurar una

acusación y posteriormente una condena.

Diligencias Preliminares e Investigación Preparatoria

deben obedecer a un Plan de Investigación

elaborado conjuntamente entre el MP-PNP – NO SE

HACE HASTA LA FECHA.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 75

Page 76: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

4. PARADIGMAS BASICOS

QUE DEBIERA ADOPTAR LA

POLICIA NACIONAL PARA

CONSOLIDAR EL BINONIO

POLICIA – FISCAL.

Page 77: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿En que se basa el éxito de la investigación del delito en el nuevo

sistema penal acusatorio?

RPTA: EN EL BINOMIO POLICIA –FISCAL

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 77

Page 78: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

BINOMIO POLICIA - FISCAL

Art. 65°.1 CPP : “… finalidadgarantizar mayor eficacia lucha contradelito, MP y la PNP deben cooperar yactuar de forma conjunta ycoordinada, debiendo diseñarprotocolos de actuación, sin perjuiciodar cumplimiento Arts. 69° (Instrs.Fiscal de la Nación) y 333° (OrganoEspecializado encargado coordinarfunciones investigación PNP y MP)

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 78

Page 79: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

BINOMIO POLICIA - FISCAL

Art. 65°.3 CPP : “Cuando Fiscaldisponga intervención policial, entreotras indicaciones, precisará su objetoy, de ser el caso las formalidadesespecíficas que deberán reunir losactos de investigación para garantizarsu validez.” ART. VIII LEGITIMIDAD DELA PRUEBA – TP. CPP.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 79

Page 80: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

BINOMIO POLICIA - FISCAL

Art. 65°.4 CPP : “Fiscal decide laestrategia de investigación adecuadaal caso. Programa y coordina conquienes corresponda sobre el empleode pautas, técnicas y mediosindispensables para la eficacia de lamisma. La PNP brinda susrecomendaciones a tal efecto.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 80

Page 81: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Y los policías actualmente encargados

de la investigación del delito tendrán la

experticia, conocimiento y capacidades

que tenían los integrantes de la

Policia de Investigaciones del Perú?

RPTA: NO. Ni siquiera se toma en cuenta la especialización funcionalAbog. Enrique Hugo Muller Solón 81

Page 82: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

VIOLACION DE MENOR

DE EDAD ART. 173 CP.:

CADENA PERPETUAAbog. Enrique Hugo Muller Solón 82

Page 83: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Y el Binomio Policía – Fiscal para la investigación del delito se encuentra

consolidado?

RPTA: SE ENCUENTRA EN ETAPA DE TRANSICION. AUN NO SE HA

CONSOLIDADO. FALTA DECISION EFECTIVA PARA CAPACITAR A LA PNP

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 83

Page 84: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

NO TODOS LOS POLICIAS COMPRENDEN

Si el Fiscal solicita que en el día le remitan los actuados sin haberse concluido los actos de

investigación que la Policía estaba realizando por disposición del mismo Despacho Fiscal.

FISCAL SE ABSTIENE DE EJERCER ACCION PENAL POR APLICACIÓN DEL

PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 84

Page 85: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Principio de Oportunidad Art. 2 NCPP

Constituye una estrategia político-criminal

del Estado ante sobrecarga procesal.

Es un mecanismo de selección de delitos

para diferenciar aquellos de menor

gravedad de los considerados de mediana

y gran criminalidad, dedicando el mayor

esfuerzo fiscal y judicial a los último y

procurando el archivamiento de los

primeros bajo fórmulas de

consenso.onsenso.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 85

Page 86: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

EJEMPLOS:

- AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL

GRUPO FAMILIAR ART. 122 CP

- EXPOSICION O ABANDONO DE PERSONAS EN PELIGRO ART. 125 CP

- ABANDONO DE MUJER GESTANTE ART. 150 CP

- CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD ART. 274 CP

PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD ART. 2.1 CPP:

AGENTE RESULTA AFECTADO GRAVEMENTE CONSECUENCIA DE SU

DELITO CUANDO LA PENAL NO SEA MAYOR DE 4 AÑOS.

FISCAL PROMUEVE ACUERDO Y PAGO REPARACION CIVIL, SI

AMBAS PARTES SE PONEN DE ACUERDO FISCAL SE ABSTIENE

DE EJERCER LA ACCION PENAL.

ES VALIDO DOCUMENTO NOTARIAL.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 86

Page 87: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD ART. 2.6 CPP:

TAMBIEN RESULTA PROCEDENTE ACUERDO REPARATORIO Y PAGO

REPACION CIVIL, SALVO PLURALIDAD IMPORTANTE VICTIMAS O

CONCURSO CON OTROS DELITOS.

- DELITOS CULPOSOS: HOMICIDIO CULPOSO /LESIONES

- LESIONES LEVES ART. 122 CP

. HURTO SIMPLE ART. 185 CP

- HURTO DE USO ART. 187 CP

- ABIGEATO ART. 189.A PRIMER PARRAFO

- APROPIACION ILICITA ART. 190 CP

- SUTRACCION DE BIEN PROPIO ART. 191 CP

- APROPIACION IRREGULAR ART. 192 CP

- APROPIACION DE PRENDA ART. 193 CP

- ESTAFA ART. 196 CP

- DEFRAUDACION ART. 197 CP

- ADMINISTRACION FRAUDULENTA ART. 198 CP

- DAÑO SIMPLE ART. 205 CP

- GIRO ILEGAL DE CHEQUES ART. 215 CPAbog. Enrique Hugo Muller Solón 87

Page 88: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

SI LA ACCION PENAL YA HUBIERA SIDO PROMOVIDA PROCEDENTE

REQUERIMIENTO FISCAL DE SOBRESEIMIENTO

PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD ART. 2.8 CPP:

TAMBIEN ES APLICABLE PRINCIPIO OPORTUNIDAD SIGUIENTES

DELITOS RELACIONADOS MINERIA ILEGAL A CONDICION DE QUE

AGENTES SUSPENDAN SUS ACTIVIDADES DE MANERA

VOLUNTARIA

MINERIA ILEGAL ART. 307-A- CP

FORMAS AGRAVADAS DE MINERIA ILEGAL ART. 3O7-B - CP

FINANCIAMIENTO DE MINERIA ILEGAL ART. 307-C – CP

OBSTACULIZACION ADMINISTRATIVA DE MINERIA ILEGAL ART. 307-D – CP

TRAFICO ILICITO INSUMOS DESTINADOS MINERIA ILEGAL ART. 307.E - CP

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 88

Page 89: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

COMO VEMOS NO TODOS CASOS SE

INVESTIGAN. Por ese motivo es que

corresponde al MP decidir casos que se

investigarán, plantear hipótesis a

desarrollarse, ordenar actuaciones o

diligencias que se realizaran y, en

general, establecer líneas o directrices

generales de la investigación para

asegurar se obtendrán todos los

elementos que permitan resolver el caso

o se adopten decisiones mas adecuadas

en torno al mismo.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 89

Page 90: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

ADEMAS NO TODOS LOS PROCESOS LLEGAN AL JUICIO

ORAL: PROCESO INMEDIATO ART. 446 CPP - JUICIO

INMEDIATO:

APLICABLE EN LOS SUPUESTOS DE:

1. IMPUTADO SORPRENDIDO Y DETENIDO EN DELITO FLAGRANTE

2. IMPUTADO CONFIESA DELITO TERMINOS DEL ART. 160 DEL CPP

3. ELEMENTOS CONVICCION ACUMULADOS DURANTE DILIGENCIAS

PRELIMINARES SEAN EVIDENTES.

TAMBIEN ES APLICABLE EN LOS DELITOS DE:

4. OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR.

5. CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION

En todos estos casos procede Art. 447.3 procede

aplicación del ¨Principio de Oportunidad, Acuerdo

Reparatorio o Terminación Anticipada, según correspondaAbog. Enrique Hugo Muller Solón 90

Page 91: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Que es lo mas importante para consolidar el

Binomio Policía - Fiscal?

CAMBIO DE MENTALIDAD. Mayor reto y desafíoPNP Implica:

- Entender que el trabajo de Investigación quecondujo y realizó de manera autónoma ahoradebe hacerlo de manera conjunta con el MPpor mandato de la Ley.

- El objeto de investigación ya no es la confesióndel imputado ni la captura .

. Lo importante es identificación autor(s),construcción de la verdad mediante acopio demedios probatorios.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 91

Page 92: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Cómo lograr el cambio de mentalidad?

CAPACITACION. Para adaptarse a nuevas formas detrabajo con certeza operativa, técnica y jurídica enfunción de investigación del delito coordinandopermanente con FISCAL. Deben programarse auténticosniveles de capacitación básico, intermedio y avanzado atodo el personal policial y a nivel nacional sin excepción.

La experiencia de la Región La Libertad, es un claroejemplo que no hubo el interés necesario de lasentidades responsables, de capacitar a los Policías paraque emprendieran el reto del nuevo sistema penalacusatorio debidamente capacitados: NO SE LOGRO ELCAMBIO DE MENTALIDAD.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 92

Page 93: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Y cuales son los paradigmas básicos mas importantes para consolidar el

Binomio Policía – Fiscal?

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 93

Page 94: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

1. Lo mas importantes es dar cumplimiento al Art.

333 del CPP que desde el año 2004 encarga a la

PNP la creación de un órgano de coordinación

interinstitucional de la PNP con el MP.

Coordinar las funciones de investigación entre el MP y la PNP

Establecer mecanismos de comunicación con los órganos de

gobierno del MP y con las Fiscalías

Centralizar información sobre criminalidad violenta y

organizada

Aportar su experiencia en la elaboración de los programas y

acciones para la adecuada persecución del delito

Desarrollar programas de protección y seguridadAbog. Enrique Hugo Muller Solón 94

Page 95: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

PNP-MP podrían centralizar, documentar y analizar en forma

periódica y conjunta, sus respectivas problemáticas

institucionales a fin de garantizar atención y solución oportuna en

cada uno de sus niveles

Solucionar problemática que genera la demora en la devolución

al MP de las Carpetas Fiscales por parte de las Comisarías.

Establecer criterios de uniformidad en la

elaboración de informes policiales, teniendo en consideración la

importancia de la información que contienen

Estandarizar procedimientos tipo por ejemplo, allanamiento o

incautaciones para evitar cuestionamientos posteriores

Con la creación del Organo de CoordinaciónInterinstitucional de la PNP con el MP. Logros:

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 95

Page 96: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

La existencia de este importante organismo de

coordinación permitiría finalmente, fortalecer el desarrollo y

trabajo conjunto de la investigación del “binomio policía –

fiscal”.

Establecer mecanismos de comunicación y coordinación entre

fiscal y policía mediante reuniones periódicas.

Establecer una metodología de delegación de investigaciones de

oficio del MP y PNP al amparo de los Arts. 67 y 69 CPP

garantizando mayor eficiencia y seguridad en el personal PNP.

Definir en casos tipo, las diligencias urgentes e imprescindibles

que realizaría la PNP por tipo de delitos en sus intervenciones

como primer respondiente.

Consensuar criterios en el trabajo conjunto de investigación

(Plan de Investigación, elaboración de Actas y diligencias varias).

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 96

Page 97: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

2. La PNP debe internalizar que el

momento en que se inicia la

investigación del delito es cuando

interviene el primer respondiente

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 97

Page 98: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 98

Page 99: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿En la práctica quien es el Policía Primer Respondiente?

1. Policía que recibe la orden de dirigirse al lugar

(Mandato de su Jefe)

2. Policía que se encuentra en el mismo lugar de la intervención

(Flagrancia)

3. Policía que recibe la denuncia fuera del lugar

de la intervención (Denunciante).

4. Policía que recibe la denuncia sin identificar al denunciante (Anónima).

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 99

Page 100: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Porqué es tan importante el trabajo del Policía Primer Respondiente?

Porque son los primeros en conocer la noticia

criminal que dará inicio a la investigación.

Actas que elaboran constituyen “Prueba Preconstituida ”para

fines de Iinvestigación y Proceso Penal.

Son los primeros en tomar contacto con el lugar de los hechos donde probablemente se encuentre la mayor

cantidad de medios probatorios.Abog. Enrique Hugo Muller Solón 100

Page 101: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Prueba Preconstituida (Primer Respondiente)

Son aquellas que resultan de la actividad policialgeneralmente al momento de la intervenciónpolicial y que no requieren para obtenerla,presencia del Fiscal, ni orden judicial: ACTAS.

Alcanzan valor probatorio cuando cumplenrequisitos y garantías tanto legales comoconstitucionales.

Tienen base legal Art. 383.1.e

Ej. Detención, reconocimiento, registro, revisión.Pesaje, hallazgo, incautación, allanamiento, otras.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 101

Page 102: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

DILIGENCIAS URGENTES E IMPRESCINDIBLES ART. 67 CPP

Detener presunto imputado caso flagrancia.

Verificar y constatar el hecho

Auxiliar víctimas: obtenerinformación

Aislar y proteger escena del crimen

Control de identidad. Registro. Incautaciones.

Fijar, perennizar, levantar, embalar, transportar y

entregar indicios

Asegurar documentos privados

Realizar allanamientos en caso de flagrancia. Otros

Identificar testigosAbog. Enrique Hugo Muller Solón 102

Page 103: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Primer Respondiente: Elabora Acta de Intervención y su testimonio en Juicio Oral, serán fundamentales

para evitar la impunidad. Desarrollo de Cadena de Custodia garantiza transparencia intervención.

120° CPP

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 103

Page 104: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

ACTA DE INTERVENCION Y CUSTODIA DE LA ESCENA DEL CRIMEN

1. Deja constancia lugar, fecha y hora de llegada.

ENTREGA AL FISCAL ACTA DE INTERVENCIÓN

Y CUSTODIA DE LA ESCENA DEL CRIMEN.

4. Personas autorizadas que ingresaron,

indicando motivo y tiempo permanencia.

3. Describe la escena del crimen al hacerse cargo

de la custodia.

2. Identifica Policías que estuvieron a cargo de la

custodia.5. Otras novedades.

Fecha/ hora de entrega Escena del Crimen

identificando persona que recibe el Acta.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 104

Page 105: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

PROCESAMIENTO ESCENA DEL CRIMEN: Significa:Aislar, Observar, Ingresar, Fijar, Perennizar, Levantar,Embalar, Transportar, entregar.

AISLAR OBSERVAR

FIJAR

PERENNIZAR

LEVANTAR

EMBALAR

TRANSPORTAR

ENTREGAR

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 105

Page 106: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

PRESERVACION DE LA ESCENA DEL CRIMEN: Responsabilidad PNP

2. D. Leg. N° 1219 – Ley Fortalecimiento Función

Criminalística Policial. Art. 10. Aislamiento, protección y

vigilancia escena del crimen compete al personal policía

(2015).

1. D.Leg. 1267 – Ley de la PNP. Art. 2. inc.8.1: Custodiar, asegurar, trasladar y procesar

indicios, poniéndolos a disposición de autoridad

competente. (2016)

3. CPP. D.Leg. 957. Art.68°. Atribuciones de

la Policía vigilar y proteger el lugar de los

hechos. (2004)

EL POLICIA PRIMER RESPONDIENTE ESTARA

PREPARADO?Abog. Enrique Hugo Muller Solón 106

Page 107: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 107

Page 108: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

EL PROCESAMIENTO DEL LUGAR DE LOS HECHOS SIGNIFICA GARANTIZAR LA CADENA DE CUSTODIA

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 108

Page 109: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

CADENA DE CUSTODIA

INDIVIDUALIZACION

SEGURIDAD

PRESERVACION

PROCEDIMIENTO QUE TIENE POR OBJETO ASEGURAR LA:

DE LOS ELEMENTOS

MATERIALES Y EVIDENCIAS

RECOLECTADOS EN EL LUGAR

DE LOS HECHOS

CON EL OBJETO DE

GARANTIZAR SU AUTENCIDAD

PARA LOS FINES DEL PROCESO

PENAL

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 109

Page 110: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Y QUE INTEGRANTE DE LA POLICIA NACIONAL EN LA PRACTICA ACTUA

COMO PRIMER RESPONDIENTE?

CUALQUIER INTEGRANTE DE LA PNPQUE POR RAZON DEL SERVICIO SECONSTITUYE AL LUGAR DE LOSHECHOS, SE CONVIERTE EN PRIMERRESPONDIENTE.

LA ACTUACION DEL PRIMERRESPONDIENTE COMO PRIMERESLABON DE LA INVESTIGACION DELDELITO TIENE COMO RESPALDO ELART. 67° CPP.our Text Here

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• Click to add your text.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 110

Page 111: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿Y TODOS LOS INTEGRANTES DE LA POLICIA NACIONAL ESTARAN

CALIFICADOS PARA ACTUAR COMO PRIMER RESPONDIENTE?

NO. PRACTICA DEMUESTRA QUE NOTODOS SE ENCUENTRAN CALIFICADOSPARA INTERVENIR COMO PRIMERRESPONDIENTE EN LUGAR DE LOSHECHOS.

PRIMER ESLABON DE INVESTIGACIONDEL DELITO NO SE HADESARROLLADO EFICAZMENTE ENPERJUICIO DEL RESULTADO FINAL DELA INVESTIGACION DEL DELITO.d yourtext. Abog. Enrique Hugo Muller Solón 111

Page 112: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿LA FALTA DE CAPACITACION POLICIAL RESPECTO AL NCPP

GENERA ALGUNA CARENCIA DE OPERATIVIDAD EN LA INVESTIGACION

DEL DELITO?

SI. PNP POR FALTA DE CAPACITACIONRESPECTO NCPP NO HACE USOEFICIENTE DE LAS PRERROGATIVASFACULTADAS POR LEY REPECTO A LAINVESTIGACION DEL DELITO

NCPP ESTABLECE QUE POLICIA YFISCAL DEBEN TRABAJR DE MANERACONJUNTA Y COORDINADA LO CUALEN LA PRACTICA NO SE CUMPLE.d yourtext.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 112

Page 113: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Intervenir durante su comisión

Identificar y de ser el

caso detener autores

Descubrir elementos materiales

delito

Agente encubierto no deberá provocar el

delito

SI PNP TIENE CONOCIMIENTO

INMINENTE PERPETRACION

DELITO Y HA REUNIDO

SUFICIENTES ELEMENTOS CONVICCION

PARA SUSTENTAR UN

OPERATIVO

¿SE REALIZAN OPERATIVOS DE REVELACION DEL

DELITO, CONFORME FACULTADES CONTENIDAS EN

ART. 68-A Y 341 DEL NCPP? (DIVIAC División de

Delitos de Alta Complejidad)

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 113

Page 114: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 114

Page 115: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Control de Identidad, persona

intervenida no pueda

identificarse. Art. 205.4 CPP

Cuando resulte necesario para

realizar una pesquisa. Art. 209

CPP

Examen corporal a prueba de alcoholemia. Art.213.2 CPP

Si se requiere, solicitara por

intermedio Fiscal al Juez extender el tiempo Art. 209.2

CPP

POLICIA INFORMANDO FISCAL PUEDE

DISPONER QUE DURANTE UNADILIGENCIA LAS PERSONAS NO SE AUSENTEN

DEL LUGAR HASTA POR 4

HORAS.

¿TODOS LOS EFECTIVOS POLICIALES CONOCEN

QUE PUEDEN HACER RETENCIONES ART. 209

NCPP?

Retenciones: Atribución PNP Art. 5, inciso 5 Rgto. D. Leg- 1267 Ley PNP (DS. 026-2017-IN)Abog. Enrique Hugo Muller Solón 115

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¿ART. 266 - CPP. DETENCION JUDICIAL EN CASO DE FLAGRANCIA

TRANSCURRIDO EL PLAZO DE LA DETENCION POLICIALEN CASO DE FLAGRANCIA (AMPLIADO A 48 HRS. LEY30558) LA POLICIA PODRIA COORDINAR CON EL FISCALPARA PARA QUE ESTE A SU VEZ, SOLICITE AL JIPAMPLIACION DE LA DETENCION HASTA POR SIETE DIAS.

NADA LE IMPIDE A LA POLICIA QUE ENCUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES DEINVESTIGACIONES HAGA USO DE ESTE RECURSO ENCOORDINACION CON EL MINISTERIO PUBLICO.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 116

Page 117: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿ART. 269 - CPP. PELIGRO DE FUGA

PARA DECLARAR FUNDADO PRISION PREVENTIVA, JIPTIENE EN CUENTA ARRAIGO DOMICILIARIO, FAMILIAR YLABORAL DETERMINADO POR DOMICILIO, RESIDENCIAHABITUAL, ASIENTO DE FAMILIA Y TRABAJO ACTUALDEL IMPUTADO, ASI COMO DE LAS FACILIDADES PARAABANDONAR DEFINITIVAMENTE EL PAIS OPERMANECER OCULTO.

NADA LE IMPIDE A LA POLICIA COLABORAR CON ELMINISTERIO PUBLICO POV EN TODAS SUSINTERVENCIONES. ART. 332.2 INFORME POLICIAL:“comprobación del domicilio y datos personales de losimputados”

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 117

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¿ART. 341 - CPP. AGENTE ENCUBIERTO

TRATANDOSE DE ORGANIZACIONES CRIMINALES, EN ELTRANSCURSO DE LA INVESTIGACIONES PRELIMINARESY CON LA FINALIDAD DE IDENTIFICAR PERSONAS,BIENES Y ACTIVIDADES, EL MINISTERIO PUBLICOPODRA AUTORIZAR A LA POLICIA REALIZAROPERACIONES ENCUBIERTAS CON PERSONAL POLICIALESPECIALIZADO.

NADA LE IMPIDE A LA POLICIA QUE ENCUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES DEINVESTIGACIONES HAGA USO DE ESTE RECURSO ENCOORDINACION CON EL MINISTERIO PUBLICO.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 118

Page 119: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

¿ART. 472 - CPP. PROCESO POR COLABORACIÓN EFICAZ

EL ART. 473.1 CPP FACULTA A LA POLICIA REALIZARINDAGACIONES PREVIAS Y ELEVAR UN INFORMEPOLICIAL RESPECTO DILIGENCIAS DE CORROBORACIÓNDE COLABORACION EFICAZ DE PERSONAS SOMETIDASO NO A UN PROCESO PENAL.

NADA LE IMPIDE A LA POLICIA EN EL EJERCICIO DE SUSFUNCIONES DE INVESTIGACION Y POR INICIATIVAPROPIA, PRESENTAR AL MINISTERIO PUBLICO A ESTOSINFORMANTES QUE DESEEN APORTAR INFORMACIONIMPORTANTE A LOS FINES DEL PROCESO PENAL.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 119

Page 120: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

5. RECOMENDACIONES.

Page 121: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

RECOMENDACIONES

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 121

Page 122: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

CAPACITAR PNP

Certeza operativa, tecnica y juridica

Funcion de Investigación del Delito

INCORPORAR CURRICULA ESTUDIOS PNP

Curso Criminalística de Campo

Primer Respondiente

CREAR ORGANISMO DE COORDINACION ART. 333° CPP

Mejorar relaciones Policía - Fiscal

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 122

Page 123: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

RESPETAR ESPECIALIDAD FUNCIONAL PNP

Prestar servicios su especialidad

Consolidando Investigación Criminal

ADECUAR CURRICULAS ESCUELA NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL POLICIAL

Competencias y Capacidades

Función Investigación NCPP

LLEVAR A LA PRACTICA MANUAL PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE INVESTIGACION

Protocolos Policía - Fiscal

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 123

Page 124: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

Finalmente todos los policías sin excepcióndeberían tener una adecuada capacitacióninicial en cuestiones de investigacióncriminal: Primer Respondiente.

Capacitación que debe ser obviamenteprofundizada en el caso de aquéllos quedesarrollaran específicamente tareas deinvestigación por especialidad.

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 124

Page 125: BINOMIO POLICIA - FISCAL EN LA INVESTIGACION DEL DELITO

A 14 AÑOS DE APLICACIONPROGRESIVA DEL NCPP Y APOCOS DIAS DE SUIMPLEMENTACION YCONSOLIDACION FINAL(01DIC2020 LIMA SUR Y LIMACENTRO)

PNP DEBE RECUPERAR SUCAPACIDAD OPERATIVA ENLA INVESTIGACION DELDELITO CONSOLIDANDO ELBINOMIO POLICIA – FISCAL:RESPONSABILIDAD UNICA YEXCLUSIVA DEL COMANDOPOLICIAL.

Conclusion Final

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 125

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Abog. Enrique Hugo Muller Solón 126

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Pagina en Facebook del expositor dedicada a la

Capacitación del Personal de la Policía Nacional del Perú

en temas de su participación en la Investigación del Delito

bajo las pautas del Nuevo Código Procesal Penal

https://www.facebook.com/NCPP17/?view_public_for=38

0231405744895

Abog. Enrique Hugo Muller Solón 127