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Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016 página 230 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja BOJA ANEXO AL CUADRO RESUMEN II LÍNEA DE INCENTIVOS PYME SOSTENIBLE CATÁLOGO DE ACTUACIONES ENERGÉTICAS El presente Catálogo de Actuaciones Energéticas recoge los tipos de actuaciones que se incluyen en cada uno de los conceptos incentivables del apartado 2.a) del Cuadro Resumen, y contiene tanto la delimitación de cada una de las actuaciones y su objeto, como su alcance y condiciones específicas de ejecución, a los que se aplica una intensidad general de incentivo. Se distinguen, asimismo, intensidades específicas de incentivo que son de aplicación en función de la concurrencia de determinados elementos o características especiales de ejecución de la actuación incentivada. Estas intensidades específicas no son acumulables a la intensidad general de incentivo. Únicamente en el caso de la categoría C de conceptos incentivables, se prevén unos porcentajes adicionales que se sumarían a las intensidades de incentivo previstas para las tipologías de actuaciones de mejora energética del presente catálogo que se realicen ligados a contratos de servicios energéticos. Se podrá acceder al presente catálogo igualmente a través de la página web de la Agencia Andaluza de la Energía www.agenciaandaluzadelaenergia.es. 1. CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN 1.1.Condiciones referidas a las actuaciones: a) Las actuaciones incentivadas se dirigirán al desarrollo de un nuevo modelo de gestión de la energía por parte de las pymes en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para ello, previamente a la ejecución de la actuación incentivada, por parte de alguna de las empresas acreditadas conforme al Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, se emitirá un certificado que se pronunciará sobre la viabilidad y eficacia de las medidas energéticas solicitadas para satisfacer las necesidades identificadas, así como los resultados esperados, y una vez finalizada, se emitirá, igualmente por una de las referidas empresas, un nuevo certificado que se pronunciará sobre la eficacia y adecuación de las medidas ejecutadas para la mejora energética y para el logro de los objetivos y resultados esperados, todo ello conforme a los formularios que se establezcan junto a la convocatoria de incentivos, quedando constancia de su suscripción (previa y posterior a la ejecución) en la aplicación informática habilitada al 00105133

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja

BOJA

ANEXO AL CUADRO RESUMEN II

LÍNEA DE INCENTIVOS PYME SOSTENIBLE

CATÁLOGO DE ACTUACIONES ENERGÉTICAS

El presente Catálogo de Actuaciones Energéticas recoge los tipos de actuaciones que se incluyen en cada uno de los conceptos incentivables del apartado 2.a) del Cuadro Resumen, y contiene tanto la delimitación de cada una de las actuaciones y su objeto, como su alcance y condiciones específicas de ejecución, a los que se aplica una intensidad general de incentivo. Se distinguen, asimismo, intensidades específicas de incentivo que son de aplicación en función de la concurrencia de determinados elementos o características especiales de ejecución de la actuación incentivada. Estas intensidades específicas no son acumulables a la intensidad general de incentivo. Únicamente en el caso de la categoría C de conceptos incentivables, se prevén unos porcentajes adicionales que se sumarían a las intensidades de incentivo previstas para las tipologías de actuaciones de mejora energética del presente catálogo que se realicen ligados a contratos de servicios energéticos.

Se podrá acceder al presente catálogo igualmente a través de la página web de la Agencia Andaluza de la Energía www.agenciaandaluzadelaenergia.es.

1. CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN

1.1.Condiciones referidas a las actuaciones:

a) Las actuaciones incentivadas se dirigirán al desarrollo de un nuevo modelo de gestión de la energía por parte de las pymes en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para ello, previamente a la ejecución de la actuación incentivada, por parte de alguna de las empresas acreditadas conforme al Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, se emitirá un certificado que se pronunciará sobre la viabilidad y eficacia de las medidas energéticas solicitadas para satisfacer las necesidades identificadas, así como los resultados esperados, y una vez finalizada, se emitirá, igualmente por una de las

referidas empresas, un nuevo certificado que se pronunciará sobre la eficacia y adecuación de las medidas ejecutadas para la mejora energética y para el logro de los objetivos y resultados esperados, todo ello conforme a los formularios que se establezcan junto a la convocatoria de incentivos, quedando constancia de su suscripción (previa y posterior a la ejecución) en la aplicación informática habilitada al

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efecto. En el caso de personas jurídicas, dichos certificados serán suscritos con firma electrónica conjuntamente por la empresa acreditada, conforme al Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, y por el técnico cualificado de dicha empresa previsto en la citada norma. La información sobre la cumplimentación de dichos certificados será publicada en la página web la Agencia Andaluza de la Energía. El requisito del certificado previo y posterior a la ejecución será de aplicación a los conceptos y tipología de actuaciones, conforme al alcance de la intervención de las entidades colaboradoras, según se detalla a continuación:

Conceptos y tipologías de actuaciones incentivables Alcance de la intervención de entidades colaboradoras en

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A.1.1. Generación de energía mediante el aprovechamiento de energías renovables.

a) Suministro de bienes o prestación de servicios incentivables.

b) Ejecución material de las actuaciones incentivables.

c) Tramitación solicitudes de incentivo, en representación de las personas o entidades beneficiarias.

d) Cesionarias del derecho de cobro.

La intervención de entidades colaboradoras en las letras a) y b) será obligatoria cuando los solicitantes sean personas

A.1.2. Desarrollo de la cadena de la biomasa, mediante proyectos de producción y/o logística de la biomasa y biocombustibles.

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A.2.1. Reformas de instalaciones o procesos para la mayor eficiencia energética.

A.2.2. Mejora de las cogeneraciones existentes y promoción de la cogeneración de alta eficiencia.

A.2.3. Sustitución de combustibles o energías tradicionales por otros menos contaminantes.

B. Procesos o soluciones inteligentes para la evaluación y la gestión energética.

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físicas, y en el resto de casos, cuando los solicitantes opten por dicha intervención.

La intervención en las letras c) y d) será obligatoria cuando los solicitantes sean personas físicas, y en el resto de casos, siempre que los solicitantes hayan optado por alguna de las intervenciones de las letras a) o b).

C. Actuaciones de mejora energética en los procesos a través de servicios energéticos.

a) Prestación de los servicios energéticos incentivables.

b) Ejecución material de las actuaciones incentivables,

c) Tramitación solicitudes de incentivo, representación de las personas o entidades beneficiarias.

d) Cesionarias del derecho de cobro.

Las entidades colaboradoras intervendrán en las letras a) y b) en todo caso. Las intervenciones indicadas en las letras c) y d) serán de aplicación cuando los solicitantes sean personas físicas, y en el resto de casos, cuando los solicitantes opten por dicha intervención.

Los referidos certificados tendrán carácter positivo cuando concluyan, conforme a la información contenida en los mismos, que las medidas propuestas/ejecutadas son viables y eficaces para satisfacer las necesidades identificadas, se disponga de las autorizaciones y documentación que soporta la información proporcionada en dicho certificado, y supongan en su caso una mejora energética y permitan el logro de los objetivos y resultados esperados, adecuándose a las condiciones previstas en las bases reguladoras de los incentivos. En caso contrario los certificados tendrán carácter

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negativo, lo que supondrá que la actuación incentivada no cumple con las condiciones de ejecución exigidas para su incentivación, determinando la pérdida del derecho al cobro del incentivo concedido. Una vez emitido un certificado negativo por la empresa acreditada conforme al Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, no se admitirá que sea sustituido por un certificado positivo emitido por una entidad colaboradora distinta de la anterior.

b) Las actuaciones incentivadas deberán cumplir con el objeto, el alcance, las condiciones y elementos de ejecución previstos en el presente catálogo. La referida ejecución no puede derivarse del cumplimiento de la normativa nacional o comunitaria.

c) La intensidad de los incentivos se aplica sobre la inversión incentivable, salvo en el caso de aquellas actuaciones acogidas al Decreto 303/2015, de 21 de julio en las que la intensidad se aplica sobre los costes incentivables en los términos previstos en dicha norma.

En las actuaciones de la tipología C, la intensidad de los incentivos se aplica sobre el coste de la inversión de la mejora energética.

d) En las actuaciones de la categoría A de conceptos incentivables, la inversión mínima será de 3.000 euros (IVA excluido), y la dotación de equipos, instalaciones o procesos energéticamente sostenibles serán utilizados para la mejora energética en el desarrollo de las actividades que realizan las pymes o el mayor uso de las energías renovables en Andalucía.

e) Las actuaciones de la categoría B de conceptos incentivables, con una inversión mínima que será de 3.000 euros (IVA excluido), deberán estar dirigidas a avanzar en la evaluación de la eficiencia energética y el fomento de una gestión energética eficiente.

f) Las actuaciones de la categoría C de conceptos incentivables, consistirán en la mejora energética sobre procesos mediante la dotación de equipos, instalaciones o procesos energéticamente eficientes, realizada en el marco de los contratos de servicios energéticos. La inversión mínima será de 3.000 euros (IVA excluido). Asimismo, las inversiones asociadas a la mejora energética deberán estar finalizadas durante el período de la puesta en marcha del contrato de servicios energéticos y, en cualquier caso, con carácter previo al pago del incentivo.

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g) Los plazos máximos para la ejecución de las actuaciones incentivadas se valorarán técnicamente en función del objetivo o finalidad y características de cada actuación, y se establecerán en las correspondientes resoluciones de concesión del incentivo. Previamente, la Agencia Andaluza de la Energía informará a través de las correspondientes guías o comunicaciones informativas publicadas en su página web de los plazos estimados con carácter general, para cada una de las actuaciones previstas en el presente catálogo.

h) Los elementos de ejecución para los que se distinguen intensidades específicas de incentivo, son los siguientes:

i. Actuación a través de entidad colaboradora. La opción de la persona o entidad beneficiaria por la intervención de una entidad colaboradora en la tramitación del incentivo, el suministro y/o ejecución material de la actuación objeto de incentivo determina un valor añadido y una especial contribución al desarrollo económico local, que conlleva una intensidad específica de incentivo. La intervención de las entidades colaboradoras en la elaboración de los certificados previo y posterior a la ejecución no conllevan una intensidad específica de incentivo.

ii. Ámbito prioritario RIS3. El ámbito de las prioridades de especialización se identifica en la Estrategia de Innovación de Andalucía 2014-2020 RIS3 y comprende a aquellas actuaciones realizadas en los sectores de movilidad y logística, industria avanzada vinculada al transporte, turismo, cultura y ocio, así como salud y bienestar social, incluyéndose, en su caso, la industria agroalimentaria, las energías renovables, eficiencia energética y la construcción sostenible, y distinguiéndose los sectores que se incluyen en cada categoría de actuaciones. La persona o entidad beneficiaria deberá identificar. si su actividad empresarial se incluye dentro de uno de los referidos sectores.

iii. Contrato de rendimiento energético. El acuerdo contractual entre la persona o entidad beneficiaria y el proveedor de una medida de mejora de la eficiencia energética, verificada y supervisada durante la vigencia del contrato, en el que las inversiones (obras, suministros o servicios) en dicha medida se abonan como resultado de un nivel de mejora de la eficiencia energética acordado contractualmente o de otro criterio de rendimiento energético acordado, como, por ejemplo, el ahorro financiero o la garantía de ahorros contractuales. Los gastos objeto de incentivo deben estar condicionados por el nivel de mejora de la eficiencia

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energética acordado contractualmente o de otro criterio de rendimiento energético acordado.

iv. Tecnologías incluidas en el Programa NER300. En caso de actuación de energías renovables el objeto del proyecto se corresponde con alguna de las siguientes categorías tecnológicas impulsadas a través del Programa de la Unión Europea NER300: Bioenergía, energía solar concentrada, energía solar fotovoltaica, energía geotérmica o gestión descentralizada de energías renovables (autoconsumo).

v. Mayor contribución a la reducción del consumo de energía. Actuaciones en las que se identifiquen, al menos, tres tipos de elementos diferentes entre equipos, medios, actividades o procedimientos, que faciliten la reducción del consumo de energía.

vi. Uso de TIC para la medición y seguimiento energético. Instalación de equipos que permitan realizar una evaluación del desempeño energético tras la realización de las medidas de mejora energética.

1.2. Condiciones referidas a las entidades colaboradoras:

a) En los casos en que la entidad colaboradora tramite el incentivo en representación de la persona o entidad beneficiaria, y no vaya a realizar íntegramente la actuación incentivada, deberá seleccionar a otra entidad colaboradora previamente inscrita en el Registro de Entidades Colaboradoras de la Agencia Andaluza de la Energía para que realice la ejecución de la parte de la actuación que corresponda. Dicho extremo deberá comunicarse a la Agencia Andaluza de la Energía en los términos establecidos en el apartado 8 del Cuadro Resumen.

Dentro de la realización de la actuación incentivada se incluye la emisión de los certificados previo y posterior a la ejecución por parte de una empresa acreditada conforme al Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, en los términos definidos en las presentes bases reguladoras y en las correspondientes convocatorias. La entidad acreditada debe tener igualmente la condición de entidad colaboradora de la Agencia Andaluza de la Energía. Ambos certificados deberán ser expedidos por la referida empresa con fecha anterior a la emisión de la factura/s por parte de la entidad colaboradora que ostente la representación de la persona o entidad beneficiaria.

En todas las categorías intervendrán las entidades colaboradoras en la elaboración de los certificados previo y posterior a la ejecución. Dichos certificados se emitirán por la

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entidad colaboradora que represente a la persona o entidad beneficiaria, por otra entidad colaboradora seleccionada por esta última, o bien por la entidad colaboradora seleccionada por la persona o entidad beneficiaria en el caso de que no opte por tramitar el incentivo a través de una entidad colaboradora.

En el caso de las actuaciones acogidas a la categoría C de conceptos incentivables:

i. Los servicios energéticos se llevarán a cabo por una entidad proveedora de servicios energéticos de las previstas en el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero. Dicha entidad podrá coincidir con la entidad colaboradora que emita los certificados previo y posterior a la ejecución, debiendo en tal caso estar adherida como entidad colaboradora para intervenir en ambas actividades.

ii. Las empresas que intervengan en la ejecución material de las inversiones de mejora energética vinculada a los servicios energéticos objeto del contrato incentivado, deberán adherirse previamente como entidad colaboradora en la tipología/s de actuación/es que vayan a ejecutar.

b) La documentación que soporta la emisión de los certificados previo y posterior a la ejecución será la relacionada en dichos formularios y deberá conservarse por parte de la empresa que expida los referidos certificados conforme a lo establecido en el artículo 140 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

c) En el caso de personas jurídicas con participación pública sometidas a la legislación de contratos del sector público, deberán prever como condición de solvencia técnica o profesional de sus licitaciones, incluidas las licitaciones de los contratos menores, la inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras de la Agencia Andaluza de la Energía, www.agenciaandaluzadelaenergia.es, asumiendo la adjudicataria las obligaciones que correspondan a su condición de entidad colaboradora en los términos previstos en las presentes bases reguladoras.

d) En los casos en que las personas o entidades beneficiarias posean políticas de compra, debidamente auditadas, mediante las cuales se asegure la adquisición de los bienes o servicios objeto de incentivo a precios de mercado, dichas políticas de compra se podrán sustituir de la solicitud de las tres ofertas previstas en el artículo 4.12 de las bases tipo, siempre que quede acreditada la superación de las condiciones impuestas en el citado

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artículo. Cuando se trate personas jurídicas con participación pública sometidas a la legislación de contratos del sector público, las referidas ofertas podrán ser sustituidas por la resolución de adjudicación del expediente de contratación.

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trica

par

a au

toco

nsum

o.

•En

el c

aso

de in

stal

acio

nes

eléc

trica

s, s

e in

clui

rán

las

inst

alac

ione

s ai

slad

as d

e la

red

el

éctri

ca

o aq

uella

s en

la

s qu

e el

gr

ado

de

gene

raci

ón

para

co

nsum

o pr

opio

(a

utoc

onsu

mo)

sea

sup

erio

r al 5

0 %.

•La

s in

stal

acio

nes

incl

uirá

n eq

uipo

s pa

ra

el

segu

imie

nto

ener

gétic

o de

su

fu

ncio

nam

ient

o.

30 %

35

%

35 %

c)Gr

ande

s si

stem

as s

olar

es

térm

icos

par

a pr

oces

os

Dot

ació

n de

nu

evas

in

stal

acio

nes

sola

res

térm

icas

con

sup

erfic

ie d

e ca

ptac

ión

sola

r tér

mic

a su

perio

r a

25 m

etro

s cu

adra

dos,

diri

gido

s a

la

gene

raci

ón d

e ca

lor d

e pr

oces

o.

•El

uso

de

la e

nerg

ía té

rmic

a se

rá d

ifere

nte

de la

pre

para

ción

de

agua

cal

ient

e sa

nita

ria.

•La

s in

stal

acio

nes

incl

uirá

n eq

uipo

s pa

ra e

l seg

uim

ient

o en

ergé

tico

de s

u fu

ncio

nam

ient

o.

35 %

40

%

40 %

0010

5133

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016

página 240

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja

BOJA

165

d)So

luci

ones

av

anza

das

para

la

gen

erac

ión

ener

gétic

a co

n en

ergí

as

reno

vabl

es

Solu

cion

es

de

gene

raci

ón

ener

gétic

a, d

e ac

uerd

o al

alc

ance

y

cond

icio

nes

esta

blec

idas

en

lo

s tip

os

de

actu

acio

nes

“Nue

vos

sist

emas

de

ener

gías

ren

ovab

les”

o

“Gra

ndes

sis

tem

as s

olar

es té

rmic

os

para

pr

oces

os”,

en

lo

s qu

e se

es

tabl

ecen

con

dici

ones

esp

ecífi

cas

adic

iona

les

a la

s es

tabl

ecid

as p

ara

esos

tipo

s de

act

uaci

ones

.

•En

el c

aso

de in

stal

acio

nes

aisl

adas

o c

onec

tada

s a

red

a tra

vés

de la

red

inte

rior

de u

n co

nsum

idor

, co

nsis

tirá

en a

lgun

a de

las

tecn

olog

ías

de c

olec

tore

s ci

líndr

ico-

para

bólic

os,

cicl

o or

gáni

co d

e Ra

nkin

e, s

iste

mas

abi

erto

s co

mo

los

mot

ores

Stir

ling,

o b

ien

incl

uir

equi

pos

de a

cum

ulac

ión,

sup

eran

do e

l 70

% c

omo

grad

o de

gen

erac

ión

eléc

trica

par

a co

nsum

o pr

opio

.

Alte

rnat

ivam

ente

a la

ant

erio

r con

dici

ón, d

eber

án c

oncu

rrir

las

tres

sigu

ient

es:

•La

s in

vers

ione

s re

aliz

adas

se

iden

tific

arán

a p

artir

de

una

audi

toría

ene

rgét

ica,

rea

lizad

a de

acu

erdo

a n

orm

as U

NE-

EN.

•La

per

sona

o e

ntid

ad b

enef

icia

ria d

eber

á te

ner

impl

anta

do u

n Si

stem

a de

Ges

tión

Ener

gétic

a, d

e ac

uerd

o a

la n

orm

a IS

O 5

0.00

1. A

sim

ism

o, la

ent

idad

col

abor

ador

a de

berá

co

ntar

, pa

ra la

eje

cuci

ón d

e la

act

uaci

ón,

con

la c

ertif

icac

ión

de s

u Si

stem

a de

Ges

tión

Ener

gétic

a, d

e ac

uerd

o a

la n

orm

a IS

O 5

0.00

1.

•La

s in

stal

acio

nes

incl

uirá

n eq

uipo

s pa

ra e

l seg

uim

ient

o en

ergé

tico

de s

u fu

ncio

nam

ient

o,

incl

uida

s fu

ncio

nes

de c

ontro

l a d

ista

ncia

.

40 %

45

%

45 %

0010

5133

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016

página 241

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja

BOJA

166

A

.1. A

prov

echa

mie

nto

efic

ient

e de

rec

urso

s au

tóct

onos

o r

esid

uale

s A

.1.2

. D

esar

rollo

de

la

ca

dena

de

la

bi

omas

a,

med

iant

e pr

oyec

tos

de

prod

ucci

ón y

/o l

ogís

tica

de l

a bi

omas

a y

bioc

ombu

stib

les.

Obj

eto:

pro

ducc

ión

y/o

logí

stic

a de

bio

mas

a y

bioc

ombu

stib

les

sost

enib

les,

des

tinad

os a

su

apro

vech

amie

nto

ener

gétic

o, q

ue c

umpl

an c

on lo

s cr

iterio

s de

so

sten

ibili

dad

esta

blec

idos

en

la D

irect

iva

2009

/28/

CE d

el P

arla

men

to E

urop

eo y

del

Con

sejo

, de

23

de a

bril

de 2

009,

rel

ativ

a al

fom

ento

del

uso

de

ener

gía

proc

eden

te d

e fu

ente

s re

nova

bles

o a

quel

la q

ue la

sus

tituy

a o

com

plem

ente

.

•Se

incl

uyen

las

inve

rsio

nes

nece

saria

s pa

ra la

impl

anta

ción

de

equi

pos,

inst

alac

ione

s y

proc

esos

que

per

mita

n el

apr

ovec

ham

ient

o m

ás e

ficie

nte

(en

com

para

ción

con

otro

s eq

uipo

s, i

nsta

laci

ones

o p

roce

sos,

que

se

iden

tific

arán

) de

la

ener

gía

nece

saria

en

nuev

as p

lant

as/p

roce

sos,

o e

xiste

ntes

, de

stin

adas

a la

pro

ducc

ión

de b

ioco

mbu

stib

les

sólid

os, l

a fa

bric

ació

n de

bio

carb

uran

tes

puro

s o

la p

rodu

cció

n de

bio

gás.

•As

imis

mo,

se

incl

uyen

: -

Com

o in

vers

ione

s pa

ra la

pro

ducc

ión

de c

ombu

stib

les

a pa

rtir d

e fu

ente

s re

nova

bles

, los

pro

yect

os d

e re

cogi

da y

pre

trata

mie

nto

de la

bio

mas

a.

-Co

mo

actu

acio

nes

nece

saria

s pa

ra l

a lo

gíst

ica

y di

strib

ució

n, e

l tra

nspo

rte,

y di

strib

ució

n ha

sta

el c

entro

de

trans

form

ació

n en

ergé

tica

de l

a bi

omas

a, b

iogá

s y

acei

tes

usad

os p

ara

su u

so c

omo

bioc

arbu

rant

es, a

sí c

omo

los

proy

ecto

s de

infra

estru

ctur

as m

óvile

s o

fijas

par

a la

dis

tribu

ción

ha

sta

el u

suar

io fi

nal d

e bi

ocom

bust

ible

s só

lidos

, líq

uido

s o

gase

osos

.

•En

el á

mbi

to d

e lo

s bi

ocar

bura

ntes

, se

cum

plirá

n la

s co

ndic

ione

s pa

rticu

lare

s es

tabl

ecid

as e

n el

artí

culo

11

del D

ecre

to 3

03/2

015,

de

21 d

e ju

lio.

•N

o se

incl

uyen

las

inst

alac

ione

s qu

e ha

yan

empe

zado

a fu

ncio

nar n

i las

ope

raci

ones

hab

itual

es d

e m

ante

nim

ient

o y

sust

ituci

ón d

e co

mpo

nent

es d

e la

s pl

anta

s.

Tipo

de

proy

ecto

Al

canc

e es

pecí

fico

Con

dici

ones

esp

ecífi

cas

Inte

nsid

ad d

e in

cent

ivo

Gene

rale

s Es

pecí

ficas

Uso

de

TIC

para

la m

edic

ión

y se

guim

ient

o en

ergé

tico

a)Ac

tuac

ione

s o

proy

ecto

s de

pr

oduc

ción

o

logí

stic

a de

bi

omas

a

Inve

rsio

nes

en

nuev

os

equi

pos,

si

stem

as o

pro

ceso

s qu

e ab

arca

n un

a pa

rte d

e la

cad

ena

de l

a bi

omas

a,

bien

des

tinad

os a

la p

rodu

cció

n, b

ien

a la

log

ístic

a y/

o di

strib

ució

n ha

sta

los

usua

rios

de la

mis

ma,

que

llev

an

a ca

bo s

u tra

nsfo

rmac

ión

ener

gétic

a.

•Lo

s pr

oyec

tos

no p

odrá

n co

nsis

tir, e

xclu

siva

men

te, e

n el

alm

acen

amie

nto

sin

que

exis

ta

trata

mie

nto

de la

bio

mas

a.

•Se

exc

luye

la a

yuda

a a

utoc

arga

dore

s fo

rest

ales

. 35

%

40 %

0010

5133

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016

página 242

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BOJA

167

b) A

ctua

cion

es

o pr

oyec

tos

de

prod

ucci

ón o

lo

gíst

ica

de

biom

asa

arbó

rea

o he

rbác

ea

Inve

rsio

nes

en

nuev

os

equi

pos,

si

stem

as o

pro

ceso

s qu

e ab

arca

n un

a pa

rte d

e la

cad

ena

de l

a bi

omas

a ar

bóre

a,

herb

ácea

o

mez

cla

de

amba

s,

proc

eden

te

de

resi

duos

ag

rícol

as y

/o v

eget

ales

urb

anos

, bi

en

dest

inad

os

a su

re

cogi

da

o tra

tam

ient

o, b

ien

a la

log

ístic

a y/

o di

strib

ució

n ha

sta

los

usua

rios

de l

a m

ism

a,

que

lleva

n a

cabo

su

tra

nsfo

rmac

ión

ener

gétic

a.

•Lo

s pr

oyec

tos

no p

odrá

n co

nsis

tir, e

xclu

siva

men

te, e

n el

alm

acen

amie

nto

sin

que

exis

ta

trata

mie

nto

de la

bio

mas

a.

•Se

exc

luye

la a

yuda

par

a pr

oyec

tos

de b

iom

asa

fore

stal

o d

e re

sidu

os a

groi

ndus

trial

es.

40 %

45

%

c) S

oluc

ione

s in

tegr

ales

par

a pr

oduc

ción

, di

strib

ució

n y

logí

stic

a de

la

biom

asa

o fa

bric

ació

n de

bi

ocar

bura

ntes

Inve

rsio

nes

en

nuev

os

equi

pos,

si

stem

as o

pro

ceso

s qu

e ab

arca

n la

to

talid

ad d

e la

cad

ena

de la

bio

mas

a,

con

inde

pend

enci

a de

su

pr

oced

enci

a,

desd

e su

pr

oduc

ción

ha

sta

su

expe

dici

ón

para

su

us

o en

ergé

tico

o co

mer

cial

izac

ión.

Se

in

cluy

e,

asim

ism

o,

las

inve

rsio

nes

para

la fa

bric

ació

n de

bio

carb

uran

tes,

au

n no

con

tem

plan

do s

u di

strib

ució

n o

logí

stic

a.

•Pa

ra lo

s bi

ocom

bust

ible

s se

deb

erá

certi

ficar

el c

umpl

imie

nto

de la

s no

rmas

de

calid

ad

aplic

able

, se

gún

está

ndar

es n

acio

nale

s o

inte

rnac

iona

les.

En

parti

cula

r, en

el

caso

de

que

las

actu

acio

nes

se d

irija

n a

la p

rodu

cció

n o

dist

ribuc

ión

de p

elle

ts d

e m

ader

a, e

stos

de

berá

n es

tar c

ertif

icad

os s

egún

está

ndar

inte

rnac

iona

l ISO

172

25-2

.

•En

el

ca

so

de

plan

tas

de

fabr

icac

ión

de

bioc

arbu

rant

es

o de

pr

oduc

ción

de

bi

ocom

bust

ible

s só

lidos

, la

cap

acid

ad d

e pr

oduc

ción

anu

al s

erá

al m

enos

de

1.00

0 te

p/añ

o.

45 %

50

%

A

.1.

Apro

vech

amie

nto

efic

ient

e de

rec

urso

s au

tóct

onos

o r

esid

uale

s A

.1.3

. Apr

ovec

ham

ient

o de

ene

rgía

res

idua

l

Obj

eto:

impl

anta

ción

del

equ

ipam

ient

o e

inst

alac

ione

s, a

sí c

omo

refo

rma

de in

stal

acio

nes

exis

tent

es,

nece

saria

s pa

ra e

l apr

ovec

ham

ient

o de

ene

rgía

s re

sidu

ales

en

los

proc

esos

. •

Se d

eber

á pr

opic

iar

un a

horr

o de

ene

rgía

prim

aria

en

com

para

ción

con

la s

ituac

ión

inic

ial,

sin

apro

vech

amie

nto

de e

nerg

ía r

esid

ual,

adem

ás d

e un

a re

ducc

ión

de e

mis

ione

s de

gas

es d

e ef

ecto

inve

rnad

ero.

•El

apr

ovec

ham

ient

o de

la e

nerg

ía r

esid

ual e

xced

ente

pue

de d

arse

den

tro d

e la

mis

ma

empr

esa

bene

ficia

ria o

ent

re v

aria

s en

tidad

es q

ue ll

egue

n a

acue

rdos

de

sum

inis

tro y

con

sum

o de

ene

rgía

, sie

mpr

e qu

e no

se

conf

igur

en c

omo

sist

emas

urb

anos

de

cale

facc

ión

y/o

refri

gera

ción

.

0010

5133

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016

página 243

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja

BOJA

168

Tipo

de

actu

ació

n Al

canc

e es

pecí

fico

Con

dici

ones

esp

ecífi

cas

Inte

nsid

ades

de

ince

ntiv

o

Gene

rale

s Es

pecí

ficas

Actu

ació

n a

travé

s de

ent

idad

co

labo

rado

ra

a)In

corp

orac

ión

de e

quip

os q

ue

perm

itan

el

apro

vech

amie

nto

de e

nerg

ías

resi

dual

es

Inco

rpor

ació

n de

eq

uipo

s re

cupe

rado

res

de

calo

r o

mej

ora

ener

gétic

a de

los

equi

pos

exis

tent

es

para

el

ap

rove

cham

ient

o de

en

ergí

as re

sidu

ales

.

•La

s ac

tuac

ione

s co

nsis

tirán

en

la in

stal

ació

n de

los

equi

pos

e in

stal

acio

nes

nece

saria

s pa

ra e

l pre

cale

ntam

ient

o de

l aire

de

com

bust

ión

con

los

gase

s de

sal

ida,

la in

stal

ació

n de

ec

onom

izad

ores

de

agua

en

cald

eras

, la

rec

uper

ació

n de

l ca

lor

resi

dual

gen

erad

o en

los

si

stem

as d

e co

mpr

esió

n de

aire

, la

recu

pera

ción

del

cal

or d

e un

circ

uito

de

cond

ensa

ción

, o

la r

ecup

erac

ión

de c

onde

nsad

os o

del

cal

or d

e pu

rgas

, y

de o

tros

equi

pos

e in

stal

acio

nes

anál

ogas

, con

tem

plán

dose

la g

ener

ació

n de

flui

do té

rmic

o pa

ra u

so e

n pr

oces

o.

30 %

35

%

b) R

edis

eño

de

proc

esos

que

pe

rmita

n el

ap

rove

cham

ient

o de

ene

rgía

s re

sidu

ales

Inco

rpor

ació

n de

nue

vos

sist

emas

de

ap

rove

cham

ient

o de

en

ergí

as

resi

dual

es

o re

form

a de

lo

s ex

iste

ntes

, qu

e im

pliq

uen

una

mod

ifica

ción

sus

tanc

ial d

el p

roce

so.

•La

s in

vers

ione

s re

aliz

adas

se

iden

tific

arán

a p

artir

de

una

audi

toría

ene

rgét

ica,

rea

lizad

a de

acu

erdo

a n

orm

as U

NE-

EN, o

bie

n m

edia

nte

un e

stud

io e

spec

ífico

ace

rca

del p

oten

cial

de

apro

vech

amie

nto

de la

ene

rgía

resi

dual

de

los

proc

esos

. •

Las

inst

alac

ione

s in

clui

rán

equi

pos

para

el s

egui

mie

nto

de s

u fu

ncio

nam

ient

o m

edia

nte

sist

emas

de

gest

ión

ener

gétic

a.

35 %

40

%

A.2

. M

ejor

a de

la

efic

ienc

ia e

nerg

étic

a y

m

ayor

co

ntri

buci

ón

a la

pr

otec

ción

am

bien

tal

A.2

.1.

Refo

rmas

de

in

stal

acio

nes

o pr

oces

os

para

la

m

ayor

ef

icie

ncia

en

ergé

tica

Obj

eto:

Mej

ora

ener

gétic

a de

equ

ipos

, ins

tala

cion

es o

pro

ceso

s m

edia

nte

la re

ducc

ión

del c

onsu

mo

ener

gétic

o gr

acia

s a

la a

dopc

ión

de m

edid

as d

e ah

orro

y

efic

ienc

ia e

nerg

étic

a, s

alvo

aqu

ella

s di

rigid

as a

ope

raci

ones

de

trans

porte

.

•La

act

uaci

ón d

e m

ejor

a en

ergé

tica

será

cap

az d

e pe

rmiti

r un

a re

ducc

ión

anua

l de

al m

enos

el 1

0 %

del c

onsu

mo

de e

nerg

ía, e

n tér

min

os d

e en

ergí

a pr

imar

ia,

estim

ada

en b

ase

a la

s ca

ract

erís

ticas

de

los

equi

pos,

ins

tala

cion

es o

pro

ceso

s an

tes

y de

spué

s de

la a

ctua

ción

de

mej

ora

ener

gétic

a.

Asim

ism

o, la

act

uaci

ón d

eber

á pr

opic

iar u

na re

ducc

ión

de e

mis

ione

s de

gas

es d

e ef

ecto

inve

rnad

ero.

Tipo

de

actu

ació

n Al

canc

e es

pecí

fico

Con

dici

ones

esp

ecífi

cas

Inte

nsid

ades

de

ince

ntiv

o

Gene

rale

s Es

pecí

ficas

Ámbi

to

Uso

de

TIC

Actu

acio

nes

a

0010

5133

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016

página 244

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

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BOJA

169

prio

ritar

io

RIS3

pa

ra la

m

edic

ión

y se

guim

ient

o en

ergé

tico

travé

s de

en

tidad

es

cola

bora

dora

s

a)Re

nova

ción

de

equ

ipos

e

inst

alac

ione

s pa

ra m

ayor

ef

icie

ncia

en

ergé

tica

Reno

vaci

ón d

e un

o o

vario

s de

los

eq

uipo

s o

elem

ento

s de

la

s in

stal

acio

nes

por

otro

s qu

e la

dot

en

de u

na m

ayor

efic

ienc

ia e

nerg

étic

a.

•La

s ac

tuac

ione

s co

nsis

tirán

en

la r

enov

ació

n de

equ

ipos

gen

erad

ores

o c

onsu

mid

ores

fin

ales

de

ener

gía

por o

tros

de m

ayor

efic

ienc

ia e

nerg

étic

a.

25 %

30

%

35 %

35

%

b)M

ejor

a en

ergé

tica

de lo

s pr

oces

os

Mod

ifica

cion

es

en

proc

esos

qu

e pe

rmita

n un

a m

ayor

ef

icie

ncia

en

ergé

tica

en e

l de

sarr

ollo

de

las

activ

idad

es

de

prod

ucci

ón

de

bien

es o

ser

vici

os.

•La

s in

stal

acio

nes

incl

uirá

n eq

uipo

s pa

ra e

l se

guim

ient

o de

su

func

iona

mie

nto

med

iant

e si

stem

as d

e ge

stió

n en

ergé

tica.

•La

mej

ora

ener

gétic

a de

be a

barc

ar a

la to

talid

ad d

e eq

uipo

s o

elem

ento

s qu

e fo

rman

par

te

de a

lgun

o de

los

proc

esos

de

la p

yme

bene

ficia

ria.

30 %

35

%

40 %

40

%

c)So

luci

ones

av

anza

das

para

la

refo

rma

de

inst

alac

ione

s o

proc

esos

Solu

cion

es p

ara

la m

ayor

efic

ienc

ia

ener

gétic

a de

in

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acio

nes

o pr

oces

os,

de a

cuer

do a

l al

canc

e y

cond

icio

nes

esta

blec

idas

en

lo

s tip

os

de

actu

acio

nes

“Ren

ovac

ión

de

equi

pos

e in

stal

acio

nes”

o

“Mej

ora

ener

gétic

a de

los

pro

ceso

s en

lo

s qu

e se

es

tabl

ecen

co

ndic

ione

s es

pecí

ficas

adi

cion

ales

a

las

esta

blec

idas

par

a es

os t

ipos

de

act

uaci

ones

.

•La

act

uaci

ón d

e m

ejor

a en

ergé

tica

será

cap

az d

e pe

rmiti

r un

a re

ducc

ión

anua

l de

al

men

os e

l 20

% d

el c

onsu

mo

de e

nerg

ía,

en té

rmin

os d

e en

ergí

a pr

imar

ia,

estim

ada

en

base

a la

s ca

ract

erís

ticas

de

los

equi

pos,

inst

alac

ione

s o

proc

esos

ant

es y

des

pués

de

la

actu

ació

n de

mej

ora

ener

gétic

a.

•La

s in

stal

acio

nes

incl

uirá

n eq

uipo

s pa

ra e

l seg

uim

ient

o de

su

func

iona

mie

nto,

med

iant

e si

stem

as d

e ge

stió

n en

ergé

tica.

Al

tern

ativ

amen

te a

las

ante

riore

s co

ndic

ione

s, d

eber

án c

oncu

rrir

las

sigu

ient

es:

•La

s in

vers

ione

s re

aliz

adas

se

iden

tific

arán

a p

artir

de

una

audi

toría

ene

rgét

ica,

real

izad

a de

ac

uerd

o a

norm

as U

NE-

EN.

•La

pe

rson

a o

entid

ad

bene

ficia

ria

debe

tene

r im

plan

tado

un

Si

stem

a de

Ges

tión

Ener

gétic

a, d

e ac

uerd

o a

la n

orm

a IS

O 5

0.00

1. A

sim

ism

o, la

ent

idad

col

abor

ador

a de

berá

co

ntar

, pa

ra la

eje

cuci

ón d

e la

act

uaci

ón,

con

la c

ertif

icac

ión

de s

u Si

stem

a de

Ges

tión

Ener

gétic

a, d

e ac

uerd

o a

la n

orm

a IS

O 5

0.00

1.

35 %

40

%

No

aplic

a 40

%

0010

5133

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016

página 245

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BOJA

170

A.2

. M

ejor

a de

la

efic

ienc

ia e

nerg

étic

a y

may

or

cont

ribu

ción

a

la

prot

ecci

ón

ambi

enta

l A

.2.2

. M

ejor

a de

la

s co

gene

raci

ones

ex

iste

ntes

y p

rom

oció

n de

la

coge

nera

ción

de

alta

efic

ienc

ia

Obj

eto:

Impl

anta

ción

de

coge

nera

ción

de

alta

efic

ienc

ia e

n re

laci

ón c

on c

apac

idad

es re

cién

inst

alad

as o

reno

vada

s.

•La

act

uaci

ón d

eber

á se

r ca

paz

de p

erm

itir

un a

horr

o de

ene

rgía

prim

aria

, res

pect

o a

la s

ituac

ión

inic

ial,

adem

ás d

e un

a re

ducc

ión

de e

mis

ione

s de

ga

ses

de e

fect

o in

vern

ader

o.

Tipo

de

actu

ació

n Al

canc

e es

pecí

fico

Con

dici

ones

esp

ecífi

cas

Inte

nsid

ades

de

ince

ntiv

o

Gene

rale

s

Espe

cífic

as

Ámbi

to p

riorit

ario

RI

S3

Actu

ació

n a

travé

s de

ent

idad

co

labo

rado

ra

a)Re

nova

ción

de

co

gene

raci

ones

ex

iste

ntes

Mej

ora

de

una

unid

ad

de

coge

nera

ción

ya

ex

iste

nte

o la

co

nver

sión

de

un

a ce

ntra

l de

ge

nera

ción

de

el

ectri

cida

d ya

ex

iste

nte

en

una

unid

ad

de

coge

nera

ción

•El

ah

orro

de

en

ergí

a pr

imar

ia

glob

al,

prop

orci

onad

a po

r la

nu

eva

unid

ad

de

coge

nera

ción

, c

on r

espe

cto

a la

pro

ducc

ión

sepa

rada

de

calo

r y

elec

trici

dad

de

conf

orm

idad

con

lo d

ispu

esto

en

la D

irect

iva

2012

/27/

UE

del P

arla

men

to E

urop

eo y

del

Co

nsej

o, d

e 25

de

octu

bre

de 2

012,

rel

ativ

a a

la e

ficie

ncia

ene

rgét

ica,

por

la

que

se

mod

ifica

n la

s D

irect

ivas

200

9/12

5/CE

y 2

010/

30/U

E y

por

la q

ue s

e de

roga

n la

s D

irect

ivas

200

4/8/

CE y

200

6/32

/CE.

30 %

35

%

40 %

b)Im

plan

taci

ón

de n

ueva

co

gene

raci

ón

Impl

anta

ción

de

un

a nu

eva

coge

nera

ción

de

alta

efic

ienc

ia,

de

pote

ncia

men

or o

igua

l a 1

.000

kW

, y

siem

pre

que

el

grad

o de

au

toco

nsum

o de

en

ergí

a el

éctri

ca

sea

de a

l men

os e

l 50

%, in

clui

da la

co

gene

raci

ón a

par

tir d

e en

ergí

as

reno

vabl

es.

35 %

40

%

45 %

0010

5133

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016

página 246

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BOJA

171

A

.2.

Mej

ora

de l

a ef

icie

ncia

ene

rgét

ica

y m

ayor

co

ntri

buci

ón

a la

pr

otec

ción

am

bien

tal

A.2

.3.

Sust

ituci

ón

de

com

bust

ible

s o

ener

gías

tr

adic

iona

les

por

otro

s m

enos

co

ntam

inan

tes.

Obj

eto:

Dot

ació

n de

equ

ipos

e i

nsta

laci

ones

, de

stin

ada

a co

nseg

uir

una

redu

cció

n de

l co

nsum

o de

ene

rgía

med

iant

e la

sus

tituc

ión

de c

ombu

stib

les

o fu

ente

s de

ene

rgía

trad

icio

nale

s, q

ue n

o se

an d

e or

igen

ren

ovab

le, p

or o

tros

men

os c

onta

min

ante

s, c

omo

el g

as n

atur

al o

gas

es li

cuad

os d

el p

etró

leo

GLP,

en

tre o

tros.

•La

act

uaci

ón d

e m

ejor

a en

ergé

tica

debe

rá s

er c

apaz

de

perm

itir u

na re

ducc

ión

de e

mis

ione

s re

spec

to a

la s

ituac

ión

de p

artid

a.

Tipo

de

actu

ació

n Al

canc

e es

pecí

fico

Con

dici

ones

esp

ecífi

cas

Inte

nsid

ades

de

ince

ntiv

o

Gene

rale

s

Espe

cífic

as

Ámbi

to

prio

ritar

io

RIS3

Uso

de

TIC

para

la

med

ició

n y

segu

imie

nto

ener

gétic

o

Actu

ació

n a

travé

s de

en

tidad

co

labo

rado

ra

a)Re

nova

ción

de

equ

ipos

e

inst

alac

ione

s pa

ra la

su

stitu

ción

de

com

bust

ible

s o

ener

gías

tra

dici

onal

es

Impl

anta

ción

de

in

stal

acio

nes

de

gene

raci

ón

térm

ica

que

usan

co

mbu

stib

les

de

men

or

impa

cto

ambi

enta

l, co

n o

sin

alm

acen

amie

nto

de c

ombu

stib

le e

n la

pro

pia

inst

alac

ión.

•La

act

uaci

ón d

e m

ejor

a en

ergé

tica

debe

rá s

er c

apaz

de

perm

itir

una

redu

cció

n an

ual d

el

5 %

del

cons

umo

de e

nerg

ía.

Este

por

cent

aje

esta

rá r

efer

ido

al c

onsu

mo

del e

quip

o o

proc

eso

obje

to d

e la

mej

ora,

o b

ien

a la

ene

rgía

sus

titui

da.

25 %

30

%

35 %

35

%

b) S

oluc

ione

s av

anza

das

para

la

sus

tituc

ión

de

com

bust

ible

s o

ener

gías

tra

dici

onal

es

Impl

anta

ción

de

in

stal

acio

nes

de

gene

raci

ón

térm

ica

que

usan

co

mbu

stib

les

de

men

or

impa

cto

ambi

enta

l, co

n o

sin

alm

acen

amie

nto

de c

ombu

stib

le e

n la

pro

pia

inst

alac

ión,

gra

cias

a l

as

que

se

cons

igue

un

a m

ayor

•La

act

uaci

ón d

e m

ejor

a en

ergé

tica

debe

rá p

erm

itir

una

redu

cció

n an

ual

del

10 %

del

co

nsum

o de

ene

rgía

. Es

te p

orce

ntaj

e es

tará

ref

erid

o al

con

sum

o de

l equ

ipo

o pr

oces

o ob

jeto

de

la m

ejor

a, o

bie

n a

la e

nerg

ía s

ustit

uida

.

•La

s in

stal

acio

nes

incl

uirá

n eq

uipo

s pa

ra e

l seg

uim

ient

o de

su

func

iona

mie

nto

med

iant

e si

stem

as d

e ge

stió

n en

ergé

tica.

30 %

35

%

40 %

40

%

0010

5133

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016

página 247

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja

BOJA

172

cont

ribuc

ión

a la

re

ducc

ión

del

cons

umo

de e

nerg

ía.

B. P

roce

sos

o so

luci

ones

inte

ligen

tes

para

la e

valu

ació

n y

la g

estió

n en

ergé

tica

B

. Pr

oces

os o

sol

ucio

nes

inte

ligen

tes

para

la

eval

uaci

ón y

la g

estió

n en

ergé

tica

Obj

eto:

im

plan

taci

ón d

e si

stem

as o

pro

ceso

s qu

e pe

rmita

n av

anza

r en

la

eval

uaci

ón d

e la

efic

ienc

ia e

nerg

étic

a o

en la

ges

tión

ener

gétic

a, in

clui

da la

do

taci

ón d

e eq

uipo

s e

inst

alac

ione

s de

stin

adas

a c

onse

guir

un m

ejor

des

empe

ño e

n el

func

iona

mie

nto

de la

s in

stal

acio

nes

ener

gétic

as e

n lo

s pr

oces

os,

med

iant

e ap

licac

ión

de la

s te

cnol

ogía

s de

la in

form

ació

n y

com

unic

ació

n TI

C.

•Lo

s eq

uipo

s o

sist

emas

obj

eto

del i

ncen

tivo

debe

rán

tene

r un

a re

laci

ón d

irect

a co

n el

seg

uim

ient

o o

gest

ión

ener

gétic

a. P

artic

ular

men

te, s

e in

cluy

e la

do

taci

ón d

e lo

s el

emen

tos

nece

sario

s pa

ra e

l con

trol i

ntel

igen

te d

e pr

oces

os o

flo

tas

de v

ehíc

ulos

, ex

clus

ivam

ente

diri

gido

s al

seg

uim

ient

o y

cont

rol

ener

gétic

o de

dic

hos

proc

esos

o fl

otas

.

•La

act

uaci

ón s

e ac

ompa

ñará

de

elem

ento

s (e

quip

os, m

edid

as, a

ctiv

idad

es o

pro

cedi

mie

ntos

) qu

e se

diri

jan

a fa

cilit

ar u

na r

educ

ción

del

con

sum

o de

en

ergí

a y

de la

em

isió

n de

gas

es d

e ef

ecto

inve

rnad

ero.

Se

requ

erirá

que

exis

ta, a

l men

os, u

no d

e lo

s re

ferid

os e

lem

ento

s po

r act

uaci

ón.

•La

s ac

tuac

ione

s de

berá

n in

clui

r inv

ersi

ones

en

equi

pos

o el

emen

tos

para

la e

valu

ació

n o

la g

estió

n en

ergé

tica.

Tipo

de

actu

ació

n Al

canc

e es

pecí

fico

Con

dici

ones

esp

ecífi

cas

Inte

nsid

ades

de

ince

ntiv

o

Gene

rale

s

Espe

cífic

as

Ámbi

to

prio

ritar

io

RIS3

May

or

cont

ribuc

ión

a la

redu

cció

n de

l con

sum

o de

ene

rgía

Actu

ació

n a

travé

s de

en

tidad

co

labo

rado

ra

0010

5133

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016

página 248

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja

BOJA

173

a)El

emen

tos

de

cont

abili

zaci

ón y

se

guim

ient

o.

Inve

rsio

nes

en

la

adqu

isic

ión

de

equi

pos

o si

stem

as

para

la

m

edic

ión

y se

guim

ient

o de

l co

nsum

o o

gene

raci

ón d

e en

ergí

a,

incl

uida

s la

s so

ndas

u

otro

s el

emen

tos

nece

sario

s pa

ra

su

anál

isis

que

per

mita

n un

aná

lisis

po

r se

ctor

es o

tip

olog

ía d

e eq

uipo

s o

inst

alac

ione

s de

un

pr

oces

o o

conj

unto

de

proc

esos

.

•Lo

s el

emen

tos

de m

edic

ión

será

n ad

icio

nale

s a

los

prop

ios

del c

ontro

l del

pro

ceso

.

•La

s in

vers

ione

s o

gast

os o

bjet

o de

l in

cent

ivo s

e di

rigirá

n ex

clus

ivam

ente

a l

a pu

esta

en

mar

cha

o am

plia

ción

de

sist

emas

de

cont

abili

zaci

ón y

seg

uim

ient

o en

ergé

tico.

25 %

30

%

30 %

35

%

b) Im

plan

taci

ón

de s

iste

mas

de

gest

ión

en

ergé

tica

de

flota

s de

tra

nspo

rte

Inco

rpor

ació

n de

si

stem

as

de

gest

ión

ener

gétic

a de

una

flo

ta d

e tra

nspo

rte,

ya

sea

de

vehí

culo

s lig

eros

o p

esad

os, c

uya

final

idad

sea

su

mej

ora

ener

gétic

a.

•El

si

stem

a de

ge

stió

n de

berá

in

clui

r un

a op

timiz

ació

n de

la

s ru

tas

a tra

vés

de

la

loca

lizac

ión

y co

mun

icac

ión

cent

ral,

adem

ás d

e un

sis

tem

a de

seg

uim

ient

o y

cont

rol d

e lo

s pa

rám

etro

s de

func

iona

mie

nto

de lo

s ve

hícu

los.

•La

im

plan

taci

ón d

el s

iste

ma

de g

estió

n en

ergé

tica

será

cap

az d

e pe

rmiti

r un

a re

ducc

ión

anua

l de

l co

nsum

o de

com

bust

ible

res

pect

o de

la

situ

ació

n in

icia

l, en

con

dici

ones

si

mila

res

de s

ervi

cio,

de

al m

enos

el 5

% d

el c

onsu

mo

de e

nerg

ía, n

o co

ntem

plán

dose

la

impl

anta

ción

de

sist

emas

que

se

dirij

an e

xclu

siva

men

te a

la

de g

eolo

caliz

ació

n y/

o co

mun

icac

ión.

•El

núm

ero

de v

ehíc

ulos

de

la fl

ota

obje

to d

el s

iste

ma

de g

estió

n in

cent

ivad

o de

berá

ser

de

al m

enos

cin

co v

ehíc

ulos

.

30 %

35

%

35 %

40

%

c) Im

plan

taci

ón

de s

iste

mas

de

gest

ión

en

ergé

tica

Impl

anta

ción

de

sist

ema

de g

estió

n en

ergé

tica

que

perm

ita

la m

ejor

a co

ntin

ua

y si

stem

átic

a en

el

de

sem

peño

ene

rgét

ico

de a

lgun

o/s

de lo

s pr

oces

os d

e la

em

pres

a.

•El

sis

tem

a de

ges

tión

ener

gétic

a es

tará

cer

tific

ado

por

un o

rgan

ism

o in

depe

ndie

nte

con

arre

glo

a no

rmas

eu

rope

as

o in

tern

acio

nale

s,

parti

cula

rmen

te

med

iant

e no

rma

ISO

50

.001

. 30

%

35 %

40

%

40 %

d) E

valu

ació

n en

ergé

tica

com

para

da d

e la

ef

icie

ncia

en

ergé

tica

Real

izac

ión

de e

stud

ios

o au

dito

rías

ener

gétic

as e

n un

gru

po d

e py

mes

, in

corp

oran

do

una

eval

uaci

ón

com

para

tiva

de

su

dese

mpe

ño

ener

gétic

o.

•La

s en

tidad

es b

enef

icia

rias

sólo

pod

rán

ser

entid

ades

sin

áni

mo

de lu

cro

o ag

rupa

cion

es

de p

erso

nas

físic

as o

jur

ídic

as,

desa

rrol

land

o la

act

ivid

ad e

conó

mic

a qu

e co

nlle

va l

a re

aliz

ació

n de

la a

ctua

ción

.

•El

gru

po d

e em

pres

as q

ue p

artic

ipen

en

la a

ctua

ción

ser

á de

, al

men

os c

inco

em

pres

as,

que

no t

enga

n el

car

ácte

r de

aso

ciad

as o

vin

cula

das

de a

cuer

do a

l de

l An

exo

I de

l

35 %

40

%

45 %

45

%

0010

5133

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016

página 249

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja

BOJA

174

Regl

amen

to (U

E) n

úm. 6

51/2

014

de la

Com

isió

n, d

e 17

de

juni

o de

201

4.

C. A

ctua

cion

es d

e m

ejor

a en

ergé

tica

en lo

s pr

oces

os a

trav

és d

e se

rvic

ios

ener

gétic

os.

C.

Actu

acio

nes

de

mej

ora

ener

gétic

a en

lo

s pr

oces

os a

trav

és d

e se

rvic

ios

ener

gétic

os.

Obj

eto:

Pue

sta

en m

arch

a de

con

trato

s de

ser

vici

os e

nerg

étic

os li

gado

s a

inve

rsio

nes

de m

ejor

a en

ergé

tica

en lo

s pr

oces

os, e

n lo

s qu

e la

s in

vers

ione

s y/

o ga

stos

nec

esar

ios

para

dic

has

mej

oras

no

son

asum

idos

dire

ctam

ente

por

la p

erso

na o

ent

idad

ben

efic

iaria

com

o cl

ient

e fin

al.

•El

con

trato

de

serv

icio

s en

ergé

ticos

obj

eto

del i

ncen

tivo

tend

rán

una

vige

ncia

no

infe

rior

a 3

años

, est

ará

vinc

ulad

o a

un c

ontra

to p

ara

la r

ealiz

ació

n de

inve

rsio

nes

o ga

stos

de

mej

ora

ener

gétic

a in

clui

das

en a

lgun

a de

las

tipol

ogía

s de

act

uaci

ones

est

able

cida

s en

las

cond

icio

nes

espe

cífic

as d

e la

pr

esen

te c

ateg

oría

, y d

eber

á cu

mpl

ir la

s co

ndic

ione

s es

tabl

ecid

as p

ara

las

mis

mas

. Est

as in

vers

ione

s no

pod

rán

cons

istir

en

bien

es y

a us

ados

.

•El

con

trato

de

serv

icio

s en

ergé

ticos

deb

erá

esta

r su

scrit

o en

tre l

a en

tidad

ben

efic

iaria

del

inc

entiv

o y

una

empr

esa

prov

eedo

ra d

e se

rvic

ios

ener

gétic

os, o

bie

n en

tre la

ent

idad

ben

efic

iaria

y o

tra p

erso

na o

ent

idad

que

adq

uier

a el

com

prom

iso

de la

real

izac

ión

de la

s in

vers

ione

s de

mej

ora

ener

gétic

a y

la p

rest

ació

n de

los

serv

icio

s en

ergé

ticos

, que

ser

án ll

evad

os a

cab

o po

r un

a o

varia

s em

pres

as p

rove

edor

as d

e se

rvic

ios

ener

gétic

os,

adhe

ridas

com

o en

tidad

es c

olab

orad

oras

.

•El

alc

ance

de

los

serv

icio

s en

ergé

ticos

con

trata

dos

abar

cará

al

men

os e

l m

ante

nim

ient

o to

tal,

tant

o pr

even

tivo

com

o co

rrec

tivo,

así

com

o el

se

guim

ient

o de

los

res

ulta

dos

del

proy

ecto

o a

ctua

ción

, pu

dien

do c

orre

spon

der

la f

inan

ciac

ión

de la

s in

vers

ione

s y/

o ga

stos

nec

esar

ios

para

la

real

izac

ión

de l

as m

ejor

as e

nerg

étic

as o

su

titul

arid

ad a

otra

s en

tidad

es d

ifere

ntes

de

la e

mpr

esa

o em

pres

as p

rest

ador

as d

e lo

s se

rvic

ios

ener

gétic

os.

En c

ualq

uier

cas

o, l

os s

ervi

cios

ene

rgét

icos

se

lleva

rán

a ca

bo p

ara

aseg

urar

el

func

iona

mie

nto

óptim

o de

los

bie

nes

obje

to d

e la

s in

vers

ione

s re

aliz

adas

y s

u se

guim

ient

o, d

ebie

ndo

com

enza

r los

mis

mos

una

vez

que

se

real

icen

dic

has

inve

rsio

nes

y es

tén

disp

onib

les

para

ope

rar.

•El

per

íodo

de

pues

ta e

n m

arch

a de

l con

trato

obj

eto

de in

cent

ivo

será

de

un a

ño d

esde

la fi

rma

del m

ism

o.

0010

5133

Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2016

página 250

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja

BOJA

175

Tipo

de

actu

ació

n

Alca

nce

espe

cífic

o C

ondi

cion

es e

spec

ífica

s

Porc

enta

jes

adic

iona

les

sobr

e la

s in

tens

idad

es d

e in

cent

ivo

de la

s tip

olog

ías

de a

ctua

cion

es d

e m

ejor

a en

ergé

tica

Gene

rale

s Es

pecí

ficas

Cont

rato

de

rend

imie

nto

ener

gétic

o

a)M

edid

as d

e m

ejor

a en

ergé

tica

Actu

acio

nes

que

incl

uyen

so

luci

ones

sica

s pa

ra l

a m

ejor

a en

ergé

tica

en

proc

esos

e in

stal

acio

nes

exis

tent

es,

de

acue

rdo

al a

lcan

ce e

stab

leci

do e

n el

ap

arta

do A

del

pre

sent

e Ca

tálo

go d

e Ac

tuac

ione

s En

ergé

ticas

.

•La

s in

vers

ione

s re

aliz

adas

en

el m

arco

de

los

cont

rato

s de

ser

vici

os e

nerg

étic

os s

e ad

ecua

rán

al a

lcan

ce y

con

dici

ones

est

able

cida

s en

alg

una

de la

s si

guie

ntes

tip

olog

ías

de a

ctua

cion

es d

e m

ejor

a en

ergé

tica

del p

rese

nte

catá

logo

: A.

1.1.

b),

A.1.

3.a)

, A.

2.1.

a),

A.2.

2.a)

, A.2

.2.b

), A.

2.3.

a) o

Ba)

. +

5 %

+ 10

%

b)Ac

tuac

ione

s av

anza

das

de

mej

ora

ener

gétic

a

Actu

acio

nes

que

incl

uyen

so

luci

ones

av

anza

das

para

la m

ejor

a en

ergé

tica

en

proc

esos

e in

stal

acio

nes

exis

tent

es,

de

acue

rdo

al a

lcan

ce e

stab

leci

do e

n el

ap

arta

do A

del

pre

sent

e Ca

tálo

go d

e Ac

tuac

ione

s En

ergé

ticas

.

•La

s in

vers

ione

s re

aliz

adas

en

el m

arco

de

los

cont

rato

s de

ser

vici

os e

nerg

étic

os s

e id

entif

icar

án a

par

tir d

e un

a au

dito

ría e

nerg

étic

a, r

ealiz

ada

de a

cuer

do a

nor

mas

UN

E-EN

, y

se a

decu

arán

al a

lcan

ce y

con

dici

ones

est

able

cida

s en

alg

una

de la

s si

guie

ntes

tip

olog

ías

de a

ctua

cion

es d

e m

ejor

a en

ergé

tica

del p

rese

nte

catá

logo

: A.

1.1.

c),

A.1.

1.d)

, A.

1.3.

b), A

.2.1

.b),

A.2.

1.c)

, A.2

.3.b

) y A

.3.b

) o B

b).

•La

ent

idad

col

abor

ador

a de

berá

con

tar,

para

la e

jecu

ción

de

las

inve

rsio

nes

de m

ejor

a en

ergé

tica

obje

to d

el c

ontra

to, c

on la

cer

tific

ació

n de

su

Sist

ema

de G

estió

n En

ergé

tica,

de

acu

erdo

a la

nor

ma

ISO

50.

001.

+ 10

%

+

15 %

0010

5133