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Boletín Informativo de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales Año 2 • No.20 • septiembre • 2009
Resolución 173-09: Informe:
Pág. 3 Pág. 7
Discapacidad Laboral
Requisitos para auditores externos
Caamaño destaca aportes Presidente Fernández al SFS Pág. 6
Distribucióngeográfica de la población afiliada al SFSPágs. 4 y 5
2BOLETIN INFORMATIVO SISALRIL
SISALRIL comenta C
Con se jo Edi to rialFer nan do Caa ma ño, Su pe rin ten den te de Sa lud y Ries gos La bo ra les; Raúl Pe réz, Di rec tor Ad mi nis tra ti vo; Ve ri Can de la rio, Di rec to ra de Co mu ni ca cio nes y Re la cio nes Pú bli cas.
Co la bo ra do res Elías Pa che co, Di rec tor Ac tua rial; Syed Ja mal Yu nas, Di rec tor de Ase gu ra mien to Ré gi
men Con tri bu ti vo; Gra cie la Gil, Di rec to ra de Aseguramiento en Ries gos La bo ra les; Pe dro Ra mí rez, Di rec tor Ré gi men Sub si dia do; Radha més Ji mé nez Di rec tor Téc ni co; Ra món Flaquer, Di rec tor Tec no lo gía de la In for ma ción; Ra món E. Co lom bo, Ase sor Co mu ni ca cio nes, Faus to Pé rez, Di rec tor de Sub si dios, Darly So lís, Subdi rec to ra de Pro yec tos; y Margarita de la Rosa, Subgerente de Comunicaciones
Fo to gra fía:Iris Lizardo Di se ño y Dia gra ma ciónGBN Co mu ni ca ción e Ima gen/Hesner Smaili Ortiz M. Im pre sión Edi to ra Cen te na rio
Si sal ril In for ma es una pu bli ca ción men sual de ca rác ter in for ma ti vo.
Av. 27 de Febrero #261, Ens. Piantini, Distrito Nacional. TEL: 8092274050. Fax: 8095403640. email: [email protected]
El pasado primero de septiembre se cum-plió el segundo aniversario del inicio del Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud. A la fecha ya han entrado en vigencia todos los componentes inclui-dos por la Ley 87-01 en dicho régimen: como son el Plan de Servicios de Salud, los Subsidios por Maternidad, Lactancia y Enfermedad Común y los servicios de Estancias Infantiles. En lo que concierne al Plan de Servicios de Salud (PDSS), modalidad del Plan Básico de Salud consensuada en el acuerdo del 19 de diciembre del 2006 en la Cumbre de la Seguridad Social encabezada por el Presidente Leonel Fernández, hemos ido ampliando la cobertura, conforme el sistema ha mostrado su sostenibilidad y fortalecimiento.Con apenas cuatro meses de ejecución del Régimen Contributivo, la SISALRIL introdujo nuevas prestaciones en el PDSS mediante la Resolución 147-07 emitida en diciembre del 2007, prestaciones que fueron ampliadas en enero del 2008 con la Resolución 149-08, agregando nuevos procedimientos, cobertura para enfer-medades catastróficas y aumentando los montos para diversos servicios y cobertu-ras de alto costo; así como, mejorándo los honorarios médicos. Nuevamente en julio del 2008, mediante la Resolución 155-08, fue ampliado el PDSS para incluir la cobertura con alto costo a 90 cardiopatías congénitas y adquiridas.Para introducir en el PDSS esos benefi-cios, la SISALRIL se sustentó en la Ley 188-07, que modificó a la Ley 87-01 y que le otorgó transitoriamente durante un año la facultad de mejorar la oferta de cober-turas de salud. El pasado mes de junio, la SISALRIL sometió a consideración del Consejo Nacional de Seguridad Social una pro-
puesta para una nueva ampliación del Plan de Servicios de Salud que incluye: aumento de la cobertura para los afiliados mediante la reducción y disminución de los topes de cuotas moderadoras variables; aumento a un millón de pesos de cobertura en el grupo de altos costos y máximo nivel de complejidad; incremento de la cober-tura para medicamentos ambulatorios; ampliación e inclusión de nuevos pro-cedimientos en odontología, neurología, trasplantes de órganos, cirugía, emergen-cia, hospitalización, medios diagnósticos, coadyuvantes al tratamiento oncológico, coberturas ambulatorias y antirretrovira-les para VIH/SIDA, entre otros. En materia de afiliación, la SISALRIL ha emitido en tiempo oportuno las reso-luciones necesarias para garantizar los derechos de los afiliados, entre ellas la que establece los procedimientos para el cam-bio de ARS, conforme al mandato de la Ley 87-07, y otras dirigidas a la solución de situaciones diversas que se han presen-tado durante el desarrollo del sistema. En lo que tiene que ver con las tareas de control y fiscalización, la institución ha creado las herramientas y metodologías adecuadas para esos fines, como lo es el Sistema de Información y Monitoreo Nacional, mediante el cual se efectúa el proceso de monitoreo automatizado y sistemático, dinámico y transparente de todas las informaciones generadas por las ARS y la ARL.En la actualidad, la SISALRIL trabaja para la ejecución, a partir de enero del 2010, de un nuevo catálogo de cuentas y modelo de estados financieros que permi-tirá contar con un sistema de contabilidad uniforme para todas las ARS y la ARL, con lo que se logrará obtener información más exacta y transparente sobre el desempeño de esas entidades.
Dos años
Con un Clic www.sisalril.gov.do
La Cifra...#Es la cantidad de dinero que el Gobierno ha aportado al Régimen Subsidiado del Seguro Familiar de Salud en el quinquenio 20042009.
RD$ 8,284,335,124.90
Breves…B
Durante los días 10 y 11 de septiembre fue celebrada en Lisboa, Portugal, la VII Conferencia Iberoamericana de Ministros y Máximos Responsables de la Seguridad Social de los países iberoamericanos en la que se llevó a cabo un intenso programa de trabajo en torno a tres aspectos transcendentales para la región. Los temas tratados fueron: Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social; Estrategia Iberoamericana de Seguridad y Salud en el Trabajo y Tecnología Aplicada a la Gestión de la Seguridad Social. En cuanto a la Estrategia Iberoamericana de Seguridad y Salud en el Trabajo, acordaron proponer su elevación a la próxima Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobiernos. Dicha estrategia constituye un instrumento básico para establecer de forma consensuada el marco general en el que habrán de desarrollarse las políticas de seguridad y salud en el trabajo a mediano y largo plazo en la región iberoamericana.
Iniciativa Iberoamericana
Si has gestionado tu cambio de ARS, puedes consultar sobre tu solicitud de traspaso ingresando a nuestro portal Web.
El Superintendente de Salud y Riesgos Laborales, Fernando Caamaño, sostuvo que la voluntad política expresada por el Presidente de la República, Doctor Leonel Fernández, y su compromiso con el Sistema Dominicano de Seguridad Social, ha constituido un importante impulso para la implementación y desarrollo del Seguro Familiar de Salud (SFS) en sus regímenes Subsidiado y Contributivo. “El Presidente Fernández ha contribuido de manera decisiva al desarrollo, fortalecimiento y crecimiento del Régimen Subsidiado, tanto en el aspecto de la afiliación, como en la dotación de los recursos económicos para su ejecución”, afirmó el funcionario al pasar balance al segundo año de implementación del Régimen Contributivo del SFS y al desarrollo del Régimen Subsidiado.“Del 2004 al 2009 se experimentó un avance significativo en materia de aseguramiento en el Régimen Subsidiado, período durante el cual la población afiliada pasó de 67,418 personas, a un total de 1,301,812 en el 2009”.Asimismo resaltó que los aportes del Gobierno Central para cubrir los gastos en salud de la población subsidiada pasaron de RD$102.0 millones en el 2004 a
RD$2 ,898 ,675 ,852 .00 en el 2009, completando una inversión total para el quinquenio 20042009 de algo más de RD$8,284,335,124.90.En lo relativo al Régimen Contributivo señaló que fue fundamental la intervención del Presidente Fernández para que el mismo se hiciera realidad.En ese sentido, resaltó que el acuerdo pactado el 19 de diciembre del 2008, suscrito por el Presidente Fernández y los representantes de los sectores que participan en la seguridad social y que tuvo como testigo al Vicepresidente de la República, Doctor Rafael Alburquerque, constituyó el compromiso que concluyó exitosamente con una negociación fundamental para el inicio de la ejecución del Régimen Contributivo del SFS.Resaltó que como parte de ese acuerdo, el gobierno asumió la cobertura de los tratamientos derivados de accidentes de tránsito, aunque la misma no corresponde al Seguro Familiar de Salud, ya que la Ley 8701 sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social establece que dichas prestaciones deben continuar otorgándose a través de lo estipulado en la Ley 4117 sobre Seguro obligatorio de Vehículos de Motor.
“El gobierno desembolsó mensualmente durante un año RD$, 25,000,000 para cubrir dichas eventualidades y ha continuado erogando recursos para el Fondo Nacional de Accidentes de Tránsito (FONAMAT)” especificó el funcionario.Recordó que el Régimen Contributivo no pudo arrancar en la fecha pactada, el primero de junio del 2007, por las divergencias entre algunos de los actores involucrados.“Nuevamente el Presidente Fernandez dio muestras de su firme compromiso con el Sistema Dominicano de Seguridad Social, al dirigir un discurso a la nación el 29 de mayo del 2007, en el que presentó las soluciones a los diferentes problemas existentes, y estableciendo el primero de septiembre de ese año como fecha de inicio de dicho régimen”, puntualizó Caamaño.Señaló que otra iniciati
va de gran trascendencia dictada por el Presidente Fernández fue la emisión del Decreto 34209, del 31 de abril del 2009, para beneficiar con la cobertura en el Plan de Servicios de Salud a más de 80 mil pensionados y jubilados que reciben sus retribuciones a través de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, de la Secretaría de Estado de Hacienda.
“Asimismo de gran significación ha sido la promulgación de la Ley 17709 el 22 de junio de 2009, iniciativa que surgió del propio Presidente Fernandez, para otorgar una amnistía a todos los empleadores públicos y privados que tuvieran retrasos en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, con lo que se facilitó la incorporación al sistema de más de 130 mil trabajadores”, precisó Caamaño.
3BOLETIN INFORMATIVO SISALRIL
Destaca aportes del Presidente Fernández al
Seguro Familiar de Salud
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BOLETIN INFORMATIVO SISALRIL
La Seguridad Social se extiende a lo largo y ancho del territorio nacional. En cada una de las provincias que conforman el tejido geográfico del país hay presencia de afiliados al Seguro Familiar de Salud (SFS), pertenecientes tanto al Régimen Subsidiado como al Contributivo.
Los datos estadísticos sobre población afiliada y su distribución geográfica presentados en esta edición de “SISALRIL Informa”, corresponden al cierre del mes de agosto y están agrupados de acuerdo a la división territorial utilizada por la Secretaría de Estado de Salud Pública; es decir, por Regiones de Salud que van de la 0 a la VIII.
El área geográfica del país que concentra la mayor cantidad de afiliados es la Región 0, que comprende el Distrito Nacional, la Provincia de Santo Domingo y Monte Plata.
Dicha región aglutina 1,083,633 afiliados, representando el 32.9% de toda la población cubierta por el SFS, sumados el Régimen Subsidiado y el Contributivo. De las tres demarcaciones que integran la Región 0, el Distrito Nacional y la provincia de Santo Domingo agrupan el mayor número de afiliados.
Por régimen de financiamiento del SFS, la mayor cantidad de afiliados al Subsidiado está en la provincia de Santo Domingo con 149, 473, lo que constituye el 54.5%, de la población total afiliada en ese régimen; mientras que para el Contributivo, su gran masa de afiliados se ubica en el Distrito Nacional con 668, 943, representado el 40.7 % del total de los que tienen cobertura en dicho régimen.
En términos de cantidad de afiliados por zona geográfica, en segundo lugar está la Región II, que comprende las provincias Espaillat, Puerto Plata y Santiago de los Caballeros. Con un total de 390, 055 personas con cobertura, la Región II concentra el 11.8% de la población total afiliada al SFS.
Dentro del grupo de provincias que conforman la Región II, Santiago de los Caballeros es la que tiene más afiliados, con 251,715 personas sumados ambos regímenes. En el Régimen Subsidiado hay registradas 63,698 personas con cobertura; en tanto que en el Régimen Contributivo los afiliados son 188,017.
La región I, integrada por Azua, Peravia, San Cristóbal y San José de Ocoa, ocupa el tercer lugar con 305,326 afiliados, que representa el 9.3% de la población con cobertura en el SFS. De esos afiliados, la mayor parte se localiza en San Cristóbal, que cuenta con 161,637 personas afiliadas, de los cuales 85,596 pertenecen al Régimen Subsidiado y 76, 041 al Contributivo.
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de los afiliados al SFSDistribución geográfica
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EDAD PROMEDIO DE LA POBLACIÓN AFILIADA POR REGIÓN SEGÚN RÉGIMEN Y SEXO DEL AFILIADO
Agosto 2009
RegiónTOTAL Subsidiado Contributivo
Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total Hombres MujeresTotal 30 30 31 33 31 34 29 29 28
0 30 29 30 33 30 35 29 29 29I 30 29 30 31 30 32 27 28 27II 29 29 30 36 35 37 28 28 27III 32 32 33 33 33 34 29 29 29IV 30 30 31 30 30 31 29 29 28V 30 29 31 32 30 34 28 29 27VI 32 32 32 32 32 32 29 29 28VII 32 32 32 35 34 35 29 30 29VIII 30 30 30 33 32 34 28 28 27
Fuente: SISALRIL. Septiembre 2009
Los cuadros presentados en esta edición, además de las estadísticas de “Población Afiliada por Región de Salud y Provincia”, exponen otros datos interesantes como son las características por sexo en las diferentes demarcaciones geográficas, el índice de masculinidad, la edad promedio de los afiliados y el tipo de afiliación. Es preciso aclarar que en lo que concierne al Régimen Contributivo hay 358,335 afiliados cuya ubicación por provincia no está determinada, y así se hace saber en los cuadros.
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No especificada
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Los Contadores Públicos Autorizados y las firmas de Auditorías que deseen ofrecer sus servicios como auditores externos para las Administradoras de Riesgos de Salud y la Administradora de Riesgos Laborales deben cumplir nuevos requisitos y contar con la previa autorización y acreditación de la Superintendencia de Salud y
Riesgos Laborales (SISARIL), conforme dispuso la institución mediante resolución. Los procedimientos para la acreditación y registro de auditores externos y los requerimientos mínimos que deben cumplir en la ejecución de las auditorias a las ARS, y a la ARL están contenidos en la Resolución Administrativa 17309.El Superintendente de Salud y Riesgos Laborales, Fernando Caamaño, explicó que con las nuevas disposiciones se procura contar con auditores externos que dominen las tecnologías, metodologías y herramientas con las cuales operan los sistemas especializados, como son los utilizados por las entidades administradoras de riesgos de salud. “En enero del 2010 las ARS y la ARL comenzarán a reportar a la SISALRIL su contabilidad y sus estados financieros mediante un nuevo sistema contable, por lo que se hace necesario que los
entes que realicen las auditorías estén actualizados”, sostuvo Caamaño.Precisó que los auditores externos ya acreditados por la SISALRIL, al igual que cualquier otro que nunca haya sido autorizado, deberán dar cumplimiento a todos los requerimientos establecidos en la indicada resolución, en un plazo de noventa días.Enfatizó que los CPA y las firmas de Auditorías que en el plazo anteriormente indicado no cumplan con los requisitos y disposiciones contenidas en dicha Resolución, quedarán inhabilitados para continuar realizando los trabajos de auditorías a las ARS y a la ARL, hasta tanto cumplan satisfactoriamente con los requisitos.Informó que los interesados pueden procurar copia de la referida resolución a través de nuestro Portal Web: www.sisalril.gov.do, o gestionarlo en la sede de la SISALRIL, ubicada en la Av. 27 de Febrero N. 261, Ensanche Piantini.
El Contador Público Autorizado interesado en calificar para auditar a las ARS o la ARL, debe acompañar su solicitud de acredita-ción de los siguientes documentos:
• Copias del Exequátur expedido por el Poder Ejecutivo.
• Título universitario.
• Certificación que lo acredite como miembro activo del Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana (ICPARD).
• Certificación expedida por la Procuraduría General de la República, donde conste que el solicitante no ha tenido antecedentes pena-les.
• Cualquier otra información que la SISALRIL considere pertinente para la evaluación del solicitante.
En tanto que las firmas de Auditorias deben entregar a la SISALRIL:
• Copia del registro del nombre comercial en la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) • Documentos constitutivos de la compañía.
• Acta de la última Asamblea General.
• Organigrama de la firma, con sus responsa-bles y currículum vitae de los socios.
• Certificación del ICPARDC
• Copia del Registro Nacional de Contribuyente (RNC).
• Ultimo Estado Financiero.
• Constancia de que se encuentra al día con sus obligaciones frente al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
• Declaración expresa del solicitante de que las informaciones suministradas son verda-deras y, por lo tanto, autoriza a la institución para su verificación por los medios y en la forma que estime conveniente.
SISALRIL establece nuevos requisitos para auditores externos
En su informe correspondiente al trimestre junioagosto, la Comisión Técnica sobre Discapacidad para el Seguro de Riesgos Laborales (CTDSRL) da cuenta de que conoció 139 expedientes de trabajadores que reclamaron prestaciones por discapacidad a consecuencia de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Del total de casos reclamados, 114 fueron certificados; es decir, un 82% de los expedientes. Los 25 expedientes restantes fueron devueltos a las Comisiones Médicas Regionales por diferentes causas; entre ellas, documentos incompletos e inconformidad con el dictamen por parte de las personas afectadas, o de la Administradora de Riesgos Laborales.
De los 114 expedientes certificados, 52 correspondieron a discapacidades en extremidades superiores; lo que representa el 46% de los casos reclamados. En tanto que 47 expedientes correspondieron a lesiones en las extremidades inferiores, quedando en el segundo lugar con un 41.23%. Los dos grupos sumados representan el 87% de los casos reclamados.Los reclamos restantes correspondieron a discapacidades provocadas en las siguientes regiones anatómicas: cabeza, con un caso; tronco, con seis; ambas extremidades, con dos); piel, con uno; Tronco y ambas extremidades, con uno. Dos casos correspondieron a la pérdida de capacidad sensorial, y uno por afecciones SíquicasSiquiátricas. En relación a las edades de los trabajadores afectados, la mayor cantidad se encuentra en el rango de los 30 a 39 años, con 38 reclamantes, para un 33:3%. Para los grupos de edad de 20 a 29 años y de 40 a 49 años,
se presentaron igual cantidad de reclamantes, es decir 27 personas para cada segmento.En el rango de 50 a 59 años de edad, se presentaron 14 reclamos; mientras que de 60 años en adelante hubo ocho solicitudes. Conforme al artículo 197 de la Ley 8701 sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social, las declaraciones por discapacidad serán revisables por agravación, mejoría o error en el diagnóstico.Dicho artículo agrega que, en cualquier caso, durante los primeros diez años contados desde la fecha del diagnóstico de discapacidad, el trabajador afectado deberá someterse a examen cada dos años.
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Informe trimestral de la CTD-SRL
Prestaciones garantizadas En su artículo 192, la Ley 8701 sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social garantiza a los afiliados al Seguro de Riesgos Laborales prestaciones en especie y en dinero.
I. Prestaciones en especie:a) Atención médica y asistencia odontológica.b) Prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos, y su reparación.II. Prestaciones en dinero:a) Subsidio por discapacidad temporal, cuando el riesgo del trabajo hubiese ocasionado una discapacidad temporal para trabajar conforme a lo establecido en el Código de Trabajo.b) Indemnización por discapacidad.c) Pensión por discapacidad.
Grados de discapacidad
Conforme a lo establecido en la Ley 8701, la discapacidad que otorga el derecho a una indemnización, se clasifica en los siguientes grados:a) Discapacidad permanente parcial para la profesión habitual.b) Discapacidad permanente total para la profesión habitual.c) Discapacidad permanente absoluta para todo trabajo.d) Gran discapacidad.Dicha ley define como profesión habitual la que el trabajador desempeña normalmente en el momento de sufrir el riesgo del trabajo. Puntualiza que en caso de que el trabajador tuviera más de una profesión habitual, predominará aquella a la que le dedique mayor tiempo.
La Comisión Técnica sobre Discapacidad para el Seguro de Riegos Laborales (CTD-SRL) tiene como función certificar el procedimiento administrativo de las evaluaciones médi-cas sobre discapacidad laboral que realizan las Comisiones Médicas Regionales sobre el grado de discapacidad de aquellos trabajadores afectados por accidentes laborales, o enfermedades profesionales. Con dichas certificaciones, la Administradora de Riesgos Laborales procede a reconocer y otorgar las prestaciones económicas que apliquen, ya sean indemnizaciones o pensiones.
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Uno de los beneficios que concede la Ley 8701 sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social al trabajador cotizante al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud, es la incorporación de sus padres como afiliados adicionales. Un estudio reciente realizado por la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) reveló que de 176 personas consultadas, el 42% no sabía que podía afiliar a sus padres, y un 5% dijo que no los había afiliado por falta de dinero. El 10 % respondió que sus padres están afiliados por su cuenta; mientras que un 15% dijo que sus padres están en el exterior o fallecidos.De esos datos se desprende que la mayoría de las personas no ha incluido a sus padres en la cobertura del Plan de Servicios de Salud por desconocimiento de que existe ese beneficio. Es importante que los afiliados a la seguridad social se acerquen a la DIDA o a la SISARIL para informarse sobre sus derechos y los beneficios establecidos en la Ley 8701. Pueden hacerlo visitando las oficinas de dichas instituciones, por la vía telefónica, o a través de sus páginas Web El proceso de incorporación de los padres es sencillo; el trabajador sólo tiene que informar de su decisión a la oficina de Recursos Humanos de la empresa para la cual labora y autorizar que se haga el descuento correspondiente de su salario. También puede solicitar el ingreso de sus progenitores al SFS, directamente en la ARS en la cual está inscrito el trabajador cotizante. El trabajador afiliado debe llevar su Acta de Nacimiento, copia de su cédula y la de su padre o madre al momento de solicitar su incorporación al Plan de Servicios de Salud ((PDSS).Los afiliados adicionales, dependientes del trabajador cotizante, tienen garantizados todos los servicios contenidos en el PDSS, sin discriminación por edad, sexo o condición de salud.
El Superintendente de Salud y Riesgos Laborales, Fernando Caamaño, felicitó a la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), en la persona de su Directora, Nélsida Marmolejos, por la apertura de los programas de orientación a los afiliados a la Seguridad Social y a la ciudadanía en sentido general, a través de la radio y la televisión.
“Nos llena de regocijo que los ingentes esfuerzos por usted desplegados para contar con canales de información y orientación que permitan a la DIDA llegar a una amplia audiencia, como lo son la radio y la televisión, hayan logrado materializarse exitosamente”, manifestó Caamaño a tra
vés de una comunicación enviada a Marmolejos.
El funcionario extendió su felicitación al equipo de trabajo de la DIDA, a quienes les deseó éxitos en el desarrollo de la iniciativa y le ofreció su colaboración.
El programa “Seguridad Social”, se transmite de lunes a viernes en horario de 8:00 a 9:00 p.m. a través de Dominicana 98.9 FM, para todo el país y 99.9 FM para la región del Cibao y línea noroeste, y los sábados en horario de 12:00 a 1:00 de la tarde, por el Canal 4 de la Corporación Estatal de Radio y Televisión (CERTV).
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Doctora en Medicina General con Especialidad en Salud Ocupacional y maestrías en: Prevención de Riesgos Laborales; Seguridad e Higiene Industrial; y Gestión de los Sistemas de Seguridad Social. Ha realizado varios cursos de especialización entre ellos: Gestión de las Prestaciones Económicas de la Seguridad Social; Recaudación de los Recursos de la Seguridad Social; Gestión de la Administración Pública; y Supervisión de Entidades Aseguradoras. Diplomado en Administración Hospitalaria y Gestión de Calidad de los Servicios Sanitarios. Son algunas de sus funciones: Supervisar y monitorear la gestión de la ARL en el reconocimiento y otorgamiento de los beneficios del SRL; vigilar y fomentar las mejoras en el Sistema de Información de la ARL en lo relativo al registro de los accidentes de trabajo y/o Enfermedades Profesionales; evaluar los expedientes médicos por reclamaciones o recursos de inconformidad frente a la calificación de una enfermedad o accidente de trabajo; recomendar y fomentar mejoras en el ámbito regulador de los Accidentes de Trabajo y/o Enfermedades Profesionales; y coordinación técnica del CTDSRL.
Doctora Mercedes García Gerente Aseguramiento
en Riesgos Laborales
Felicita a la DIDA
809-920-0200