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BOLETIN OFICIAL Municipalidad de Comodoro Rivadavia Fecha de publicación: 18 de Septiembre de 2014 Nº: 104 PODER EJECUTIVO MUNICIPAL Intendente Municipal Vice Intendente Secretario de Gobierno y Función Publica Sr. Sr. Sr. NESTOR JOSE DI PIERRO CARLOS ALBERTO LINARES CLAUDIO ADOLFO JURDANA Secretario General y de Relaciones Comunitarias Sra. GRACIELA VIVIANA Secretaria de Cultura Sr. DANIEL VLEMINCHX Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos Dr. Ing. DIEGO ALEJANDRO ABEL H Ñ ORACIO BOYERO Secretario de Desarrollo Humano y Familia Sra. ANA MARIA LLANOS MASSA Secretarios de Seguridad Sr. CARLOS ALBERTO MARSO Presidente Agencia Descentralizada “Comodoro Deportes” Sr. OTHAR MACHARASHVILI Presidente Ente Autárquico “Comodoro Conocimiento” Sr. ALBERTO RONCICH Asesor Lerado Dr. OSCAR RICARDO HERRERA TRIBUNAL DE CUENTAS Carlos Ignacio Júrich Eduardo Gastón Acevedo Osvaldo Daniel González Bloque Partido Justicialista Bloque Unión Cívica Radical Bloque Frente para la Marcelo Re y José Gaspar Juan Pablo Luque Viviana Almirón Pablo A3lejandro Martínez Viviana Navarro Néstor Espinoza Mario Alberto Soto Alberto Ricardo Gaitán Juan Carlos Vargas Luis Zafforoni Sonia Pere yra Resoluciones : 2118 HASTA 2198 Ordenanzas N°: 10.216-1/14, 10217-1/14, 11.450-3/14, 11.537/14, 11.539/14, 11.540/14, 11.541/14, 11.542/14, 11.543/14, 11.544/14, 11.545/14, 11.547/14, 11.551/14, 11.552/14, 11.556/14. Otros: DIRECCION BOLETIN OFICIAL DIRECCION GENERAL DE IMPRESIONES OFICIALES SUBSECRETARIA DE FUNCION PÚBLICA SECRETARIA DE GOBIERNO Y FUNCION PÚBLICA Complejo Ing. Luis A. Huergo – Bº Gral. Mosconi – Tel. 4559050 Comodoro Rivadaviaa Chubut Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00 hs E-mail: [email protected] 1

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BOLETIN OFICIAL Municipalidad de Comodoro Rivadavia

Fecha de publicación: 18 de Septiembre de 2014 Nº: 104

PODER EJECUTIVO MUNICIPAL

Intendente Municipal Vice Intendente Secretario de Gobierno y Función Publica

Sr. Sr. Sr.

NESTOR JOSE DI PIERRO CARLOS ALBERTO LINARES CLAUDIO ADOLFO JURDANA

Secretario General y de Relaciones Comunitarias Sra. GRACIELA VIVIANA Secretaria de Cultura Sr. DANIEL VLEMINCHX Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos

Dr. Ing.

DIEGO ALEJANDRO ABEL HÑORACIO BOYERO

Secretario de Desarrollo Humano y Familia Sra. ANA MARIA LLANOS MASSA Secretarios de Seguridad Sr. CARLOS ALBERTO MARSO Presidente Agencia Descentralizada “Comodoro Deportes” Sr. OTHAR MACHARASHVILI Presidente Ente Autárquico “Comodoro Conocimiento” Sr. ALBERTO RONCICH Asesor Lerado Dr. OSCAR RICARDO HERRERA

TRIBUNAL DE CUENTAS Carlos Ignacio Júrich

Eduardo Gastón Acevedo Osvaldo Daniel González

Bloque Partido Justicialista Bloque Unión Cívica Radical Bloque Frente para la Marcelo Re y José Gaspar Juan Pablo Luque Viviana Almirón Pablo A3lejandro Martínez Viviana Navarro Néstor Espinoza Mario Alberto Soto Alberto Ricardo Gaitán Juan Carlos Vargas

Luis Zafforoni Sonia Pere yra

Resoluciones : 2118 HASTA 2198

Ordenanzas N°: 10.216-1/14, 10217-1/14, 11.450-3/14, 11.537/14, 11.539/14, 11.540/14, 11.541/14, 11.542/14, 11.543/14, 11.544/14, 11.545/14, 11.547/14, 11.551/14, 11.552/14, 11.556/14. Otros:

DIRECCION BOLETIN OFICIAL DIRECCION GENERAL DE IMPRESIONES OFICIALES SUBSECRETARIA DE FUNCION PÚBLICA

SECRETARIA DE GOBIERNO Y FUNCION PÚBLICA Complejo Ing. Luis A. Huergo – Bº Gral. Mosconi – Tel. 4559050

Comodoro Rivadavia a – Chubut Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00 hs

E-mail: [email protected]

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RESOLUCION N°; 2118-2014 (19-08-2014) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.542/14.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Tierras. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2119-2014 (19-08-2014) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.543/14.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Tierras. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2120-2014 (19-08-2014) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.544/14.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Tierras Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2121-2014 (19-08-2014) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.556/14.- Art. 2º. REFRENDARAN la presente Resolución el Secretario de Gobierno y Función Pública, el Secretario

de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 3º. De forma. RESOLUCION N°; 2122-2014 (19-08-2014)

Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 10.216-1/14 Art. 2º. REFRENDARAN la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios

Públicos y el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2123-2014 (19-08-2014) Art. 1º. RENOVAR, el Contrato de Locación de Obra, del Sr. Diego Gabriel VEGA, DNI. 39.439.364, para

cumplir funciones en la Dirección General de Seguridad y Protección Patrimonial, dependiente de la Secretaria de Gobierno y Función Pública, por el lapso de 06 (seis) meses, durante el período 01 de Julio de 201¿f al 31 de Diciembre de 2.014.-

Art. 2º. AUTORIZAR, al Señor Subsecretario de Recursos Humanos, a suscribir los contratos de Locación de Obra de las personas contratadas de acuerdo al artículo anterior.-

Art. 3º. Los gastos que demande lo dispuesto en el Art. 1o de la presente serán imputados al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2014.-

Art. 4º. Refrendará la presente Señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el Señor Secretario-de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma. RESOLUCION N°; 2124-2014 (19-08-2014)

Art. 1º. CONTRATAR, mediante Locación de Obra, a la Sra. Celeste SCEBBA, DNI. N° 34.990.705, para cumplir funciones en la Dirección de Empleo y Desarrollo de la Subsecretaría de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaria de Gobierno y Función Pública, por el lapso de 05 (cinco) meses y fracción, durante el período 15 de Julio de 2014 al 31 de Diciembre de 2.014,-

Art. 2º. AUTORIZAR, al Señor Subsecretario de Recursos Humanos, a suscribir los contratos de Locación de Obra de las personas contratadas de acuerdo al artículo anterior.-

Art. 3º. Los gastos que demande el cumplimiento del Art. 1o de la presente serán imputados al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2014.-

Art. 4º. Refrendará la presente Resolución el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma. RESOLUCION N°; 2125-2014 (19-08-2014)

Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 1o de julio de 2014,a la agente Yesica PENCOFF (int, 3013 leg.3169) en el Departamento imputaciones, Dirección General de Servicios Administrativos dependiente de la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 2º. AUTORIZAR a partir de la presente, se proceda a la liquidación del Suplemento previsto en el Art. 38° inc, c de! EEPM en vigencia, al agente municipal designado en el Art. 1o, el que se remunerará conforme a la diferencia existente entre la categoría de revista (Cat.10) y la correspondiente al nivel jerárquico que subroga (cat.21).

Art. 3º. La agente mencionada en el Art. 1o no podrá titularizar el cargo hasta tanto hayan transcurrido 2 (dos) años de su ingreso a Planta Permanente municipal establecido el 1o de setiembre de 2013, en un todo de acuerdo a lo establecido en Resolución N° 1225/06 y sus modificatorias.-

Art. 4º. REFRENDARÁN la presente, el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

RESOLUCION N°; 2126-2014 (19-08-2014) Art. 1º. AUTORIZAR en un todo de acuerdo al Art. 9o de la Ordenanza N° 450/13, a la Secretaría de

Economía, Finanzas y Control de Gestión a pensar partidas, de acuerdo a! siguiente detalle: DESAFECTAR PROGRAMA: Despacho – Secretaria de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Partida Principal: 02.Gastos de Funcionamiento Partida: 02.4 Servicios Varios Subpartida: Contratación de Equipo Vial $250.000,00- Subpartida: Locaciones de Obras $100.000,00- TOTAL A DESAFECTAR: $350.000,00- AFECTAR PROGRAMA: Despacho –Secretaria de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Partida Principal: 02.Fastos de Funcionamiento Partida: 02.4 Servicios Varios Subpartida: Contratación de Automotores $200.000,00- Partida: 02.7 Otros Gastos Subpartida: Otros Servicios $150.000,00- TOTAL A AFECTAR: $350.000,00-

Art. 2º. REFRENDARA la presente el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, y el Sr. Secretario de Economia, Finanzas y Control de Gestion.

Art. 3º. De forma. RESOLUCION N°; 2127-2014 (19-08-2014)

Art. 1º. Autorizar a la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos a proceder a la apertura del Registro de Oposición para el proyecto de la obra “Pavimentación, repavimentación y cordón cuneta en 1000 Cuadras - 2o Etapa”, en base a ¡as condiciones generales que se definen en el Anexo I que se adjunta y forma parte de la presente.

Art. 2º. Refrendará la presente el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma. ANEXO I La Municipalidad de Comodoro Rivadavia comunica a los vecinos frentistas a las calles que se detallarán a continuación que, a partir del día de Agosto de 2.014 se haya abierto el Registro de Oposición para el proyecto de “Pavimentación, repavimentación y cordón cuneta en 1000 Cuadras — 2° Etapa”. La ejecución de todos los trabajos incluye la provisión de los materiales necesarios. Renglón I Intervención en aproximadamente 104 cuadras con pavimento de hormigón, de 15 cm en calles residenciales colocado sobre una base granular de 20 cm. Se incluye un conducto pluvial en calle Olegario Andrade del B° Ceferino: Namuncurá. Ejecución de cordones cuneta para prever una futura pavimentación — y Repavimentación de las calles de hormigón en Zona Centro. • Renglón II Intervención en aproximadamente 46 cuadras con pavimento asfáltico, con una capa de 5 cm de carpeta sobre base granular de 20 cm en calles residenciales y, dos capas de 5 cm cada una o de 4 cm cada una, en las avenidas. • Renglón III Intervención en aproximadamente 69 cuadras con pavimento asfáltico, con una capa de 5 cm de carpeta sobre base granular de 20 cm. Se ampliarán las cunetas a fin de conducir los aluviones de agua pluvial. Para algunas cuadras que tienen pendientes longitudinales muy elevadas, se ha previsto la pavimentación en adoquines Intertrabados Ejecución de cordones cuneta para prever una futura pavimentación Sobre calles de hormigón y de asfalto se hará un recapado y restitución de gálibo con gálibo. Con el mismo material se re pavimentarán calles de asfalto en Zona Centro y en B° Laprida. Renglón IV Intervención en aproximadamente 63 cuadras con pavimento asfáltico, con una capa de 5 cm de carpeta sobre base granular de 20 cm en calles residenciales y, capas de 6 o 7 cm en las avenidas. Ejecución de cordones cuneta para prever una futura pavimentación Repavimentación de las calles de

Asfalto en barrio General Mosconi, con el mismo material.

El Monto del Presupuesto asciende a: Renglón I: $ 28.538.613,00- (Pesos veintiocho millones quinientos treinta y ocho mil seiscientos trece) Renglón II: $ 31.896.158,00- (Pesos treinta y un millones ochocientos noventa y seis cinto cincuenta y ocho) Renglón III: $ 32.945.266,00- (Pesos treinta y dos millones novecientos cuarenta y cinco mil doscientos sesenta y seis ) Renglón IV: $ 31.536.276,00 (Pesos treinta y un millón quinientos treinta y seis mil doscientos setenta y seis)

El plazo en ejecución para todos y cada una de los renglones será de 6 Meses . Los frentistas podrán optar por los siguientes planes de pago: a) Al Contado. b) En cuotas mensuales y consecutivas. El registro permanecerá abierto por el termino de 05 (cinco) días hábiles a partir de la fecha al comienzo se indica , estando a disposición de los señores frentistas, en el Despacho de la Secretaria de Infraestructura , Obras y Servicios Públicos sita en Moreno N°: 815 – 4° Piso en Horario de atención al público.

RESOLUCION N°; 2128-2014 (19-08-2014) Art. 1º. RENOVAR, el Contrato de Locación de Obra, del Sr. Rubén Marcelo GOMEZ, DNI. 23.117.627,

para cumplir funciones en la Dirección General de Transito, Educación Vial y CCT., dependiente de la Secretaria de Gobierno y Función Pública, por el lapso de 06 (seis) meses, durante el período 01 de Julio de 2014 al 31 de Diciembre de 2.014.-

Art. 2º. AUTORIZAR, al Señor Subsecretario de Recursos Humanos, a suscribir los contratos de Locación de Obra de las personas contratadas de acuerdo al artículo anterior.-

Art. 3º. Los gastos que demande lo dispuesto en el Art. 1o de la presente serán imputados al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2014,-

Art. 4º. Refrendará la presente el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma. RESOLUCION N°; 2129-2014 (19-08-2014)

Art. 1º. ADJUDICAR la Licitación Pública N° 50/13 referente a la obra: “EJE CUCIÓN DE VEREDAS COMUNITARIAS PARA LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA - LICEO MILITAR FENERAL ROCA - TRAMO SOBRE RUTA NACIONAL N° 3”, a la Empresa FREILE CONSTRUCCIONES S.R.L. por un monto de: $ 4.512.134,19 (Pesos cuatro millones quinientos doce mil ciento treinta y cuatro con diecinueve centavos), que se imputarán a la Partida Principal. Obras de Infraestructura y ordenamiento urbano Ley de Hidrocarburos - Partida: Obras de Planeamiento Urbano - Sub -Partida: Veredas frente del Liceo del presupuesto Municipal en vigencia.

Art. 2º. POR el Área correspondiente confecciónese el respectivo Contrato. Art. 3º. REFRENDARA la presente el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el

Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N°; 2130-2014 (19-08-2014) Art. 1º. ADJUDICAR, la Licitación Pública N° 40/2014, referente a la obra: “RED ELECTRICA ETAPA 2 -

BARRIO LAS ORQUÍDEAS NORTE”, a la Empresa NITENS S.R.L. por un monto de $ 2.215.941,00 (Pesos dos millones doscientos quince mil novecientos cuarenta y uno con cero centavos), que se imputarán a la Partida Principal: Obras de Infraestructura y ordenamiento urbano Ley de Hidrocarburos - Partida: Programas especiales - Sub -Partida: Lotes con servicio del presupuesto Municipal en vigencia.

Art. 2º. REFRENDARA la presente el Sr. Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos y el Señor Secretario de Economía Finanzas y Control de Gestión.

Art. 3º. POR el Área correspondiente confecciónese el respectivo Contrato. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N°; 2131-2014 (19-08-2014) Art. 1º. AUTORIZAR, en un todo de acuerdo al artículo 9°de la Ordenanza 11.405/13, a la Secretaria de

Economía, Finanzas y Gestión de Control a compensar partidas, de acuerdo al siguiente detalle: DESAFECTAR PROGRAMA: DESAPACHO DE SECRETARIA PARTIDA PRINCIPAL: Gastos de Funcionamiento PARTIDA: Adquisición de Bienes SUBPARTIDA: Bienes Primarios $60.000,00- PROGRAMA: DESPACHO DE SECRETARIA PARTIDA PRINCIPAL: Gastos de Funcionamiento PARTIDA: Otros Gastos SUBPARTIDA: Otros Servicios $60.000,00- PROGRAMA: DIR. GENERAL DE PROTECCION INTEGRAL DE DERECHOS PARTIDA PRINCIPAL: Gastos de Funcionamiento PARTIDA: Otros Gastos SUBPARTIDA: Gastos de Menores por caja chica $ 25.000,00- TOTAL A DESAFECTAR $145.000,00- AFECTAR PROGRAMA: DIR. GENERAL DE PROTECCION INTEGRAL DE DERECHOS.

PARTIDA PRINCIPAL: Gastos de Funcionamiento PARTIDA: Otros Gastos SUBPARTIDA: Otros Servicios $80.000,00- PROGRAMA: DIR. GENERAL DE PROTECCION DE DERECHOS PARTIDA PRINCIPAL: Gastos de Funcionamiento PARTIDA: Otros Gastos SUBPARTIDA: Sonido e Iluminación $40.000,00- PROGRAMA: DIR. GENERAL DE PROTECCION DE DERECHOS. PARTIDA PRINCIPAL: Gastos de Funcionamiento PARTIDA: Servicios Varios SUBPARTIDA: Viáticos y Estadía $25.000,00- TOTAL A AFECTAR $145.000,00-

Art. 2º. REFRENDARA: la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia, y el Sr,.Secretaria de Economia, Finanzas y Control de Gestion.

Art. 3º. De forma, RESOLUCION N°; 2132-2014 (19-08-2014)

Art. 1º. Declarar de utilidad pública la obra “Pavimentación, repavimentación y cordón cuneta en 1000 Cuadras”, en ejecución por parte de las empresas contratistas Freile Construcciones S.R.L., Contreras Hnos. S.A., Rigel S.R.L., y Edisud S.A.;

Art. 2º. Disponer el recupero de las erogaciones que implican la ejecución de la obra mencionada en el Artículo 1o de la presente, entre todos los beneficiarios de la misma, una vez efectuada la Recepción Provisoria de los trabajos.

Art. 3º. Refrendarán la presente el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y, el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2133-2014 (19-08-2014)

Art. 1º. RECHAZAR el Reclamo Administrativo formulado por el Sr. Fazekas Juan Carlos, en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.-

Art. 2º. NOTIFICAR al reclamante de lo dispuesto en el Artículo Io de la presente resolución.- Art. 3º. REFRENDARÁ la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública y el Sr. Secretario de

Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N°; 2134-2014 (19-08-2014) Art. 1º. OTORGAR subsidio sin cargo a rendir por un monto total de PESOS CIEN MIL QUINIENTOS

($100.500) a favor de las SESENTA Y CINCO (65) personas y valores detallados en el anexo I, que forma parte de la presente Resolución.-

Art. 2º. Lo dispuesto en el artículo anterior se imputa a la Partida Transferencia Corrientes. Art. 3º. REFRENDARAN la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función bíblica, la Sra. Secretaria de

Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N°; 2135-2014 (19-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR subsidio sin cargo a rendir por un monto total de PESOS CUENTA MIL ($50.000) a favor de las TREINTA Y DOS (32) personas y valores detallados en el anexo I y II que forma parte de la presente Resolución.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputa a la Partida Transferencia Corrientes. Art. 3º. REFRENDARAN la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función Publica, la Sra. Secretaria

de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economia, finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma. ANEXO I MES DE AGOSTO 2014.

ANEXO II MES DE AGOSTO 2014. LISTADO 1008

RESOLUCION N°; 2136-2014 (19-08-2014)

Art. 1º. APROBAR el pliego de Bases y Condiciones elaborado por la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos , destinado a realizar la Licitación Pública para la Obra: “PUESTA EN VALOR DEL PARQUE Y CIRCUITO AERÓBICO - CHALET HUERGO Km.3 PARA LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA - 1o ETAPA”, con un presupuesto Oficial de $ 13.102.569,(30 (Pesos trece millones ciento dos mil quinientos sesenta y nueve con cero centavos) que se imputará de la siguiente manera: $ 13.000.000,00 ( Pesos trece millones con cero centavos) a la Partida principal: Obras de Infraestructura y Ordenamiento urbano Ley de Hidrocarburos - Partida: Convenio complementario PAE - Subpartida: 1o etapa parque de la ciudad - Chalet Huergo y $ 102.569,00 (ciento dos mil quinientos sesenta y nueve con cero centavos) a la Partida principal: Obras de Infraestructura y Ordenamiento urbano Ley de Hidrocarburos - Partida: Obras de Planeamiento

Urbano – Art. 2º. Subpartida: Intervención urbana en zona costera centro norte del presupuesto municipal en

vigencia. Art. 3º. AUTORIZAR a la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos a realizar Licitación

Pública N° 80/2014 para los fines indicados en el Art. 1o. Art. 4º. REFRENDARA la presente el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el

Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 5º. De forma.

RESOLUCION N°; 2137-2014 (19-08-2014) Art. 1º. APROBAR el pliego de Bases y Condiciones elaborado por la Secretaría de Infraestructura, Obras

y Servicios Públicos, destinado a realizar la Licitación Pública para la Obra: “CONTINUACIÓN DEL PASEO COSTANERO EN COMPLEJO COSTANERA SHOPPING”, con un presupuesto Oficia! para de $ 16.612.195,33 (Pesos dieciséis millones seiscientos doce mil ciento noventa y cinco con treinta y tres centavos) que se imputará a ¡a Partida principal: Obras de Infraestructura y Ordena-miento urbano Ley de Hidrocarburos - Partida: Convenio complementario PAE - Subpartida: Paseo Costanero - Avenida Ducos del presupuesto municipal en vigencia.

Art. 2º. AUTORIZAR a la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos a realizar Licitación Pública N° 79/2014 para los fines indicados en el Art. 1o.

Art. 3º. REFRENDARA la presente el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2138-2014 (19-08-2014)

Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.545/14.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Tierras. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2139-2014 (19-08-2014) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.547/14 Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Gobierno y Función Pública. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2140-2014 (19-08-2014) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.539/14.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Tierras. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2141-2014 (19-08-2014) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.540/14.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Tierras. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2142-2014 (19-08-2014) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.541/14.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Tierras. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2143-2014 (19-08-2014) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.537/14.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Economia Finanzas y Control de Gestión y

Secretario de Gobierno y Función Pública. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2144-2014 (20-08-2014) Art. 1º. DESIGNAR, a partir de la presente, al SR. DIEGO MARTIN RULLIER D.N.I.: 20.844.197 en el

cargo de Coordinador en el ámbito de la Secretaria de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.- Art. 2º. El funcionario designado en el artículo anterior de la presente percibirá los haberes en las normas

administrativas en vigencia, correspondiente al 30 % (treinta por ciento) de la remuneración del Sr. Intendente Municipal-

Art. 3º. REFRENDARAN la presente el Secretario de Gobierno y Función Publica y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestion y el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2145-2014 (20-08-2014)

Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.551/14.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2146-2014 (20-08-2014) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.552/14.-

Art. 2º. REFRENDARAN la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 3º. De forma. RESOLUCION N°; 2147-2014 (20-08-2014)

Art. 1º. AUTORIZAR, en un todo de acuerdo al Artículo 9o de la Ordenanza N° 11.450/13, a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a compensar partidas, de acuerdo al siguiente detalle: DESAFECTAR Secretaria de Economia, Finanzas y Control de Gestion. GASTOSD DE FUNCIONAMIENTO Adquisición de Bienes Bienes Primarios. 3.500,00- TOTAL A DESAFECTAR 3.500,00- AFECTAR Secretaria de Economia, Finanzas y Control de Gestion. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Servicios Varios Locaciones de Obras 3.500,00- TOTAL A AFECTAR 3.500,00-

Art. 2º. REFRENDARA la presente el Sr. Secretario de Economia, Finanzas y Control de Gestion. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2148-2014 (20-08-2014) Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión a TRANSFERIR a la

Cuenta Corriente del Banco del Chubut S.A., nro. 4600278/9, a nombre de la Agencia “Comodoro Conocimiento”, la suma de Quinientos mil pesos ($ 500.000) como aporte presupuestario para atender los gastos de dicha Área para el mes de agosto 2014, en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 2º. IMPUTESE el gasto que Implique el cumplimiento del presente a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.

Art. 3º. REFRENDARA la presente el señor Secretarlo de Economía, Finanzas y Control de Gestión, Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N°; 2149-2014 (20-08-2014) Art. 1º. AUTORIZAR en un todo de acuerdo al artículo 9o de la Ordenanza N° 11450/13, a la Secretaria de

Economía, Finanzas y Control de Gestión a compensar partidas, de acuerdo al siguiente detalle: AFECTAR Programa Secretaría de Cultura - Dirección General de Gestión Cultural 02- GASTOS DE FUNCIONAMIENTO SERVICIOS VARIOS Contratación de Automotores 160.000,00.- DESAFECTAR Programa Secretaría de Cultura — Dirección General de Gestión Cultural 02-GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADQUISICIÓN DE BIENES Bienes Primarios 160.000,00.

Art. 2º. El importe mencionado en el Artículo 1o será imputado al Presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFREENDARAN la presente el Sr., Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y el

Sr. Secretario de Cultura. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N°; 2150-2014 (20-08-2014) Art. 1º. AUTORIZAR en un todo acuerdo al Artículo 9° de la Ordenanza n°: 11.405/13, A LA Secretaria

de Economia, Finanzas y Control de Gestion a compensar partidas, de acuerdo al siguiente detalle: DESAFECTAR Secretaria de Seguridad BIENES DE CAPITAL Otros Bienes de Capital 40.000,00- TOTAL A DESAFECTAR 40.000,00- AFECTAR Secretaria de Seguridad BIENES DE CAPITAL Software 40.000,00- TOTAL A AFECTAR 40.000.00.-

Art. 2º. REFRENDARA la presente el Sr. Secretario de Seguridad y el Sr. Secretario de Economia,

Finanzas y Control de Gestion. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2151-2014 (20-08-2014) Art. 1º. AUTORIZAR en un todo acuerdo al Artículo 9° de la Ordenanza n:° 11.405/13, A LA Secretaria de

Economia, Finanzas y Control de Gestion a compensar partidas, de acuerdo al siguiente detalle: DESAFECTAR: PROGRAMA: DESPACHO DE SECRETARI PARTIDA PRINCIPAL: Bienes de Capital PARTIDA: Bienes de Capital SUBPARTIDA: Flota Liviana $300.300,00- TOTAL A DESAFECTAR $300.300,00- AFECTAR PROGRAMA: DESAPACHO DE SECRETARIA PARTIDA PRINCIPAL: Bienes de Capital PARTIDA: Bienes de Capital SUBPARTIDA: Flota Pesada $300.300,00- TOTAL A AFECTAR $300.300,00-

Art. 2º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economia, Finanzas y Control de Gestion.

Art. 3º. De forma. RESOLUCION N°; 2152-2014 (20-08-2014)

Art. 1º. DECLARAR de Legítimo Abono las facturas presentadas en la Secretaria de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, que se detallan en el Anexo I por las empresas Transredes S.A., Nitens S.R.L., Cargo S.R.L., Golfo San Jorge S.A. y Agro El Trébol S.R.L., y que forma parte de la presente Resolución, por la suma Pesos seis millones quinientos diecinueve mil ciento sesenta ($ 6.519.160.-).

Art. 2º. El importe mencionado en el artículo 1o será imputado en: Fuente de Financiamiento- Cuenta de Tercero - Recuperación de Infraestructura Vial.

Art. 3º. Por el Área de Sumarios, dependiente de la Asesoría Letrada Municipal, inicíese el Sumario Administrativo, conforme lo establece el Artículo de la Ordenanza de Contabilidad.

Art. 4º. REFRENDARÁN la presente el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y el Sr. Secretarlo de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

Art. 5º. De forma. ANEXO I Expediente N°: 2745-M-2014.

RESOLUCION N°; 2153-2014 (20-08-2014)

Art. 1º. DEROGAR del ANEXO I de la Resolución N° 2361/11, donde se Pre adjudica en Venta la parcela “19” de la manzana “97” del barrio DON BOSCO de esta ciudad, Partida N° 61.015, a favor de los Sres. BARRIENTOS MAURO LEANDRO (DNI N° 33.316.476) y LEIVA JOANA ELIZABETH (DNI N° 33.450.902).

Art. 2º. PREADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO conforme al Art. 62° a.2.2 de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12, a favor de los Sres. MANSILLA GONZALEZ CARLOS HUMBERTO (DNI N° 13.253.090) y NAVARRO ZAPATA EDICIA (DNI N° 94.081.865) la parcela “19” de la manzana “97” del Barrio DON BOSCO de esta Ciudad, con una Superficie de 200,00 m2, Partida N° 61.015.

Art. 3º. ACREDITACION: El reconocimiento como ocupante y alta definitiva de la Partida será otorgado por la Dirección General de Catastro; quedando supeditada a la firma del pacto Comisorio establecido por el Art. 13° de la Ordenanza N° 10.417-2/12, en la Dirección General de Rentas, por parte del

Pre-adjudicatario de la presente Resolución. Art. 4º. OTORGAR un plazo de 180 días corridos a partir de la notificación de la presente Resolución, para

la presentación de la documentación técnica, mediante la correspondiente iniciación del expediente de obra ante la Dirección de Obras Particulares.

Art. 5º. PROHIBICION DE CESION: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de Pre-adjudicación o adjudicación; será nula y de ningún valor la transferencia título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece el Art. 15°) de la Ordenanza precitada.

Art. 6º. PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art. 100) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12.

Art. 7º. CUMPLIDO con la Pre-Adjudicación, se procederá a la Adjudicación en venta conforme lo establecido en el Art. 12°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales.

Art. 8º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Tierras. Art. 9º. De forma.

ANEXO I Manzana “107” Circunscripción “04” Sector “09” Barrio PRESIDENTE ORTIZ

RESOLUCION N°; 2154-2014 (20-08-2014)

Art. 1º. RECONOCER como Ocupante, según lo normado en la Ordenanza General de Tierras Fiscales N°: 10.417/12, Art. 62 Inc. A 2.2 a favor de la Sra. FIAD SILVA ALEJANDRA DNI N°: 29.585.128, por el lote “08” de la Manzana “48” del Barrio Laprida de esta ciudad .Partida N°: 42.981.

Art. 2º. PROHIBICION DE CESION: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos será nula y de ningún valor la transferencia título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece el Art. 15°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12.-

Art. 3º. CUMPLIDO con la efectiva ocupación de la parcela, se procederá a Adjudicar en venta conforme lo establecido Articulo 62°) de la Ordenanza General de Tierras, estableciéndose que el valor de venta tendrá un recargo del 30% de acuerdo del art.67 de la citada norma.-

Art. 4º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Tierras. Art. 5º. De forma.

RESOLUCION N°; 2155-2014 (20-08-2014) Art. 1º. ADJUDICAR EN VENTA CON PACTO COMISORIO al 50% de su valor, conforme a la Ordenanza

General de Tierras N° 10.417/12 y a la Ordenanza N° 10.809/12 a favor la Sra. Patricia Beatriz POMAR D.N.I N° 16599.876 la parcela 04 de la manzana 54 (nomenclatura Provincial) del Barrio MARIO ABEL AMAYA de esta ciudad, con una superficie de 200,00 m2 Partida Inmobiliaria N° 56725.

Art. 2º. PROHIBICION DE CESION. Conforme lo dispuesto por el Artículo 15° de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.809/12, queda - - terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de adjudicación que se confieren por la presente. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente.

Art. 3º. CUMPLIDO con los requisitos exigidos precedentemente OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor de la Sra. Patricia Beatriz POMAR, DNl. N° 16.599.876 por la parcela 04 de la manzana 54 (nomenclatura Provincial) del Barrio MARIO ABEL AMAYA de esta ciudad, con una superficie de 200,00 m2 Partida Inmobiliaria N° 56.725.

Art. 4º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Tierras. Art. 5º. De forma.

RESOLUCION N°; 2156-2014 (20-08-2014) Art. 1º. ADJUDICAR EN VENTA CON PACTO COMISORIO al 50% de su valor, conforme a la Ordenanza

General de Tierras N° 10.417/12 y a la Ordenanza N° 10.809/12 a favor de la Sra. Griselda Lorena VENTURA D.N.I. N° 27.814.489 la parcela 07 de la manzana 53 (nomenclatura Provincial) del Barrio MARIO ABEL AMAYA de esta ciudad, con una superficie de 192,00 m2' Partida Inmobiliaria

N° 56.712, Art. 2º. PROHIBICION DE CESION. Conforme lo dispuesto por el Artículo 15o de la Ordenanza General de

Tierras Fiscales N° 10.809/12, queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de adjudicación que se confieren por la presente. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente.

Art. 3º. CUMPLIDO con los requisitos exigidos precedentemente OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor de la Sra. Griselda Lorena VENTURA D.N.I. N° 27.814.489 la parcela 07 de la manzana 53 (nomenclatura Provincial) del Barrio MARIO ABEL AMAYA de esta ciudad, con una superficie de 192,00 m2 Partida inmobiliaria N° 56.712.

Art. 4º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Tierras.- Art. 5º. De forma

RESOLUCION N°; 2157-2014 (20-08-2014) Art. 1º. RECONOCER COMO OCUPANTE conforme a la Ordenanza General de Tierras N° 10.417/12 a la

Sra. HESS Silvina Florencia D.N.I 29.239.524 de ¡a parcela “10” de la manzana “C" del macizo “08” (nomenclatura provisoria) del Barrio Isidro Quiroga de esta Ciudad,-

Art. 2º. PROHIBICION DE CESION: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de Pre-adjudicación o adjudicación. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece el Art. 10°) de la Ordenanza precitada.

Art. 3º. PROCEDASE a través de la Dirección de impuesto Inmobiliario y Contribución de Mejoras al cobro del impuesto en concepto de derecho de ocupante por la partida 95.291.-

Art. 4º. La TITULARIDAD definitiva de la tierra, queda supeditada al registro de la mensura. Art. 5º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Sr. Secretario de Tierras. Art. 6º. De forma.

RESOLUCION N°; 2158-2014 (20-08-2014) Art. 1º. MODIFICAR del Anexo I de la Resolución N° 3378/10, lo detallado en el Anexo I que forma parte de

la presente Resolución. Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Tierras. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2159-2014 (22-08-2014) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 11.450-3/14.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2160-2014 (22-08-2014) Art. 1º. OTORGAR a la Empresa Patagonia Argentina SRL un subsidio de PESOS CINCO MILLONES

SEISCIENT SESENTAY DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON CINCUENTA CENTAVOS ($5.662.395,50) a fin de mantener el cuadro tarifario del transporte Público de Pasajeros, en un todo de acuerdo a la Ordenanza N° 8827/07 y a los considerandos de la presente.-

Art. 2º. Lo dispuesto en el Art. 1o se imputará a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia.-

Art. 3º. REFRENDARAN la presente el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y el Secretario de Gobierno y Función Pública.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2161-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR subsidios-sin cargo a rendir- a favor de los cinco beneficiarios detallados en el Anexo I, por un monto Total de Pesos Treinta y Seis mil ($36000,00.-), pagaderos en tres (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, por el valor expresado en él mismo, a partir de la fecha; con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes - Subsidios Generales.-

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N°; 2162-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR en concepto de subsidio -sin cargo a rendir- por un monto Total de Pesos Quince Mil ($15000,00), a favor de la Sra. Barría Gladys Mabel DNI 18.289.831, pagaderos en seis (06) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Dos Mil Quinientos ($2500,00), a partir de la fecha; con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes -Subsidios Generales.-

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Señora Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma RESOLUCION N°; 2163-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. REINTEGRAR a la Sra. Ana María LLANOS MASSA - Secretaria de Desarrollo Humano y Familia, la suma de $ 1.224,00.- (Pesos Mil Doscientos Veinticuatro), en concepto de pasajes vía terrestre; según lo detallado en los considerandos.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la partida correspondiente del presupuesto vigente.- REFRENDARÁN la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 3º. De forma. RESOLUCION N°; 2164-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR subsidios -sin cargo a rendir- a favor de los cuatros beneficiarios detallados en e! Anexo I, por el monto Total de Pesos seis Mil ($6.000,00), los cuales forman parte de la presente Resolución, por los montos especificados en cada uno.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes — Subsidios Generales.-

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N°; 2165-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR subsidio -sin cargo a rendir- por un monto Total de Pesos Nueve Mil ($9.000,00), pagaderos en Seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de Pesos Un mil Quinientos ($1.500,00), a favor de la Asociación de Padres de Autistas de Comodoro Rivadavia (APADEA), el que será recepcionado por el Sr. PINTOS Ornar DNI 11.473.098, con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Entidades- Sub partida Subsidios a Entidades Varias.-

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión,

Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N°; 2166-2014 (22-08-2014) Art. 1º. OTORGAR en concepto de subsidio -sin cargo a rendir- por un monto Total de Pesos Dieciocho Mil

($18000,00), a favor de la Sra. Varela Claudia Marcela DNI 17.642.704, pagaderos en cuatro (04) cuotas ¡guales, mensuales y consecutivas de Pesos Cuatro Mil Quinientos ($4500,00) con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. -LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes -Subsidios Generales.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Señora Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economia, Finanzas y Control de Gestion.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2167-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR en concepto de subsidio -sin cargo a rendir- por un monto Total de Pesos Diecisiete Mil Quinientos ($17500,00), a favor del Sr. Núñez Alberto Emiliano Nicolás DNI 32.186.915, pagaderos en cinco (05) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Tres Mil Quinientos ($3500,00) el cual será percibido por la Sra. Llancapan Norma Elvira DNI 11.518.899 persona autorizada, con el alcance de los considerado expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes -Subsidios Generales.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Señora Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2168-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR en concepto de subsidio -sin cargo a rendir- por un monto Total de Pesos Diecisiete Mil Quinientos ($17500,00), a favor del Sr. Núñez Alberto Emiliano Nicolás DNI 32.186.915, pagaderos en cinco (05) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Tres Mil Quinientos ($3500,00) el cual será percibido por la Sra. Llancapan Norma Elvira DNI 11.518.899 persona autorizada, con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes -Subsidios Generales.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Señora Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2169-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar dos (02) días a cada una de las personas que se detallan, atento que van a asistir a la reunión del Consejo Provincial de Responsabilidad Fiscal a realizarse en la ciudad de Rawson, el día 07 de agosto del corriente año:

.Directora General de Rentas, Contadora Marcela Villata (categoría 24)

. Directora General de Ingresos Brutos, Contadora Nora Cabaleiro (categoría 24)

.Directora de Impuesto Automotor y Rentas Diversas, Sra. Patricia Zeballos (categoría 23) Art. 2º. Impútese el gasto que implica el cumplimiento del artículo primero a la partida correspondiente del

presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARA la presente el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N°; 2170-2014 (22-08-2014) Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor de la Sra. MILLALONCO María Verónica (D.N.I.

N°25.962.409), por un monto Total de Pesos Dos Mil quinientos ($ 2.500,00.-) a partir de la fecha. con el alcance de los considerados expuestos en la presente.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes - Subsidios Generales.-

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestion.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2171-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor del Centro de Jubilados Jorge Newbery, el cual será recepcionado por la Sra. AGUILAR GOMEZ María (DNI N° 18.290.042); por un monto Total de Pesos Quinientos Cuarenta y Cuatro ($ 544,00.-); con el alcance de los considerados expuestos.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes - Subsidios a Entidades Varias,-

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N°; 2172-2014 (22-08-2014) Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor de la Sra. GOMEZ María de los Ángeles (DNI N°

12.245.131), por un monto Total de Pesos Siete Mil Quinientos ($ 7.500,00.-), pagaderos en tres (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Dos Mil Quinientos ($ 2.500,00.-); a partir de la fecha; con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes - Subsidios Generales.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente, la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr, Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2173-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 10217-1/14.- Art. 2º. REFRENDARAN la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios

Públicos y el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2174-2014 (22-08-2014) Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de gestión a adquirir un vehículo

utilitario de hasta la suma de Pesos Seiscientos Mil ($ 600.000), con capacidad mínimo para 12 personas, el cual deberá contener una rampa hidráulica a los efectos de poder trasladar niños, adultos con capacidades diferentes, con la obligación de rendir cuentas, en el marco del “Programa Integración de Personas con Necesidades Especiales” (Resolución N° 2957/12).

Art. 2º. IMPUTAR lo dispuesto en el artículo anterior a la Cuenta Especial de Responsabilidad Social Empresaria Nro. 06-01-4600624/4 del Banco del Chubut S.A.

Art. 3º. Refrendarán la presente el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2175-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar 2 (dos) días de viáticos a favor de las agentes: Arq. VENTO Viviana (Cat. 23) y Geol. RODRIGUEZ, Marcela (Cat. 23) quien viajaran a la Ciudad de Buenos Aires a participar del Curso, los días 14 y 15 de Agosto del cte. año.

Art. 2º. Lo dispuesto en el artículo 1o será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de gastos en vigencia.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente Resolución el señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestion.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2176-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión a TRANSFERIR a la cuenta Corriente del Banco del Chubut S.A., nro. 006-001-0004600357/1, a nombre del Ente Comodoro Deportes, la suma de pesos Ciento veintiséis Mil ($ 126.000, 00) el pago plan cuotas de pagos comprometido con AFIP, para el presente año, en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 2º. Imputar el gasto que implique el cumplimiento del presente a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.

Art. 3º. REFRENDARA la presente el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N°; 2177-2014 (22-08-2014) Art. 1º. DECLARAR de Legítimo Abono la factura “B” N° 0001-00004190 por la suma de PESOS SESENTA

Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($62.284) de fecha 06 de Junio de 2014 favor de la Empresa Patagonia Argentina SRL-, en un todo de acuerdo a los considerandos expuestos.-

Art. 2º. EI importe mencionado en el Art. 1o será imputado al presupuesto de gastos en vigencia. Art. 3º. Por el Área de Sumarios, dependiente de la Asesoría Letrada Art. 4º. Municipal, inicíese el Sumario Administrativo correspondiente (Art 79 de la Ordenanza N° 3834/91) Art. 5º. REFRENDARÁN la presente Resolución el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública y el

Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 6º. De forma.

RESOLUCION N°; 2178-2014 (22-08-2014) Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor de la Organización de la Sociedad Civil Ce.Vio.F

(Centro de Violencia Familiar), el cual será recepcionado por la Sra. LUZ CLARA Silvia Mabel (DNI N° 10.651.255), por un monto Total de Pesos Cuatro Mil ($ 4.000,00.-); con el alcance de los considerados expuestos.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes -

Subsidios a Entidades Varias.- Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario

de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N°; 2179-2014 (22-08-2014) Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor de la Asociación Vecinal del Barrio Eco.

Pietrobelli, el cual será recepcionado por el Sr TELLEZ Juan Carlos (DNI N° 12.879.107); por un monto Total de Pesos Un Mil Quinientos ($ 1.500,00.-); con el alcance de los considerados expuestos.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes — Subsidios a Entidades Varias.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2180-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor del Sr. CUESTA, Salvador Roberto DNI N° 10.028.462 por un monto Total de Pesos Seis Mil ($ 6.000,00.-); pagaderos en tres (3) cuotas ¡guales, mensuales y consecutivas de Pesos Dos Mil ($ 2.000), a partir de la fecha con el alcance de los considerandos expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes - Subsidios Generales.-

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma RESOLUCION N°; 2181-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor del Sr. AGÜERO Jorge Manuel, DNI. (24.038.432), por un monto Total de Pesos Tres Mil ($3.000,00.-), pagaderos en dos (2) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Un Mil Quinientos ($ 1.500,00.-), a partir de la fecha; con el alcance de los considerandos expuestos en la presente.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes - Subsidios Generales.-

Art. 3º. REFRENDARÁ la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2182-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR becas por la suma total de Pesos Veinticinco Mil Quinientos ($25.500,00) a favor de 26 (veintiséis) BENEFICIARIOS por un monto de Pesos Quinientos ($ 500,00) a cada uno y 6 (seis) TALLERISTAS 2 por un monto de Pesos Tres Mil ($3.000,00) a cada uno, 2 por un monto de Pesos Dos Mil ($2.000,00) a cada uno, 1 por un monto de Pesos Mil Quinientos ($1.500,00) y 1 por un monto de pesos un Mil ($1.000,00) detallados en el Anexo I adjunto, correspondiente al mes de agosto/14, por las actividades desarrolladas en el Barrio Máximo Abásolo con el alcance de los considerandos expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes -Personas Físicas- Becas.-

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N°; 2183-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR subsidios -sin cargo a rendir- a favor de los beneficiarios detallados en el Anexo I, por un monto Total de Pesos Mil cuatrocientos ($ 1.400.-),a partir de la fecha; con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. : LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes — Subsidios Generales,-

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Señora Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N°; 2184-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR becas por la suma total de Pesos: Veintidós Mil ($22.000,00) a favor de 26 (Veintiséis) BENEFICIARIOS por un monto de Pesos Quinientos ($500,00) a cada uno y 3 TALLERISTAS por un monto de pesos Tres Mil ($3.000,00) a cada uno, detallados en el Anexo I adjunto, correspondiente al mes de agosto/ 14, por las actividades desarrolladas en el Barrio Máximo Abásolo, con el alcance de los considerandos expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes -Personas Físicas Becas.-

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N°; 2185-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR subsidios -sin cargo a rendir- a favor de los beneficiarios detallados en el Anexo I, por un monto Total de Pesos Veintisiete Mil ($ 27.000,00.-), pagaderos en dos (2) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, por el valor expresado en el mismo, a partir de la fecha; con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución,-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes - Subsidios Generales.-

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma.

ANEXO I RESOLUCION N°; 2186-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor del señor MEDINA, Oscar Ramón DNI 10.378.022 por un monto Total de Pesos Cuatro Mil Quinientos ($ 4.500,00.-); pagaderos en tres (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos un Mil Quinientos ($ 1.500), a partir de la fecha con el alcance de los considerandos expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes - Subsidios Generales.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2187-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a adquirir equipamiento necesario hasta la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000), con obligación de rendir cuentas, en el marco del “Programa de Centros de Promoción Barrial” (Resolución N° 2957/12).

Art. 2º. IMPUTAR lo dispuesto en el artículo anterior a la Cuenta Especial de Responsabilidad Social Empresaria Nro. 06-01-4600624/4 del Banco del Chubut S.A.

Art. 3º. Refrendarán la presente el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2188-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. AUTORIZAR, a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar dos (02) días de viáticos a favor del Subsecretario de Salud, Doctor Cátala Carlos Arturo DNI N°14.731.588 Categoría: Subsecretario de Salud Interno M.C.R. 2399, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano y Familia, más la suma de Pesos Seiscientos Doce ($612.) en concepto de gastos de pasajes con cargo a rendir.

Art. 2º. IMPUTAR los gastos que demande el cumplimiento deI artículo 1o de la presente a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia

Art. 3º. REFRENDARÁN el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y la Señora Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y Secretaria de Gobierno y Función Pública.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2189-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR subsidios por la suma total de Pesos Seis Mil Ciento Cincuenta y Dos ($6.152,00), a favor de las Asociaciones Vecinales detalladas en el Anexo I adjunto a la presente y por los montos indicados en el mismo, correspondiente a las liquidaciones de servicios de gas.-

Art. 2º. IMPUTAR lo dispuesto en el artículo anterior a la Partida de Transferencias Corrientes - Subpartida Sector Privado - Entidades - Subsidios a Uniones Vecinales, de la Secretaría General y de Relaciones Comunitarias.-

Art. 3º. REFRENDARA la presente la Sra. Secretaria General y de Relaciones Comunitarias y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma.

ANEXO I RESOLUCION N°; 2190-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor del Comedor Hogar del B° Las Flores “Mirella” y del Refugio, el cual será recepcionado por la Sra. ANGULO Norma (DNI N° 18.382.205); por un monto Total de Pesos Dos Mil Ochocientos Treinta y Cuatro ($ 2.834,00.-); con el alcance de los considerados expuestos.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes - Subsidios a Entidades Varias.-

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2191-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor de la Asociación Iglesia Cristiana Bet-EI, el cual será recepcionado por la Sra. UTRERA Lorena Paola (DNI N° 29.572.056); por un monto Total de Pesos Quinientos ($ 500,00.-); con el alcance de los considerados expuestos.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes - Subsidios a Entidades Varias.-

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2192-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. MODIFICAR el artículo primero de la resolución nro. 1965/14, en donde dice: “AFECTAR (...) Asesoría Letrada PERSONAL DE PLANTA Sueldos Básicos y SAC $36.000” Debe decir: “AFECTAR (...) Asesoría Letrada AUTORIDADES SUPERIORES Sueldos Básicos y SAC $36.000”

Art. 2º. REFRENDARA la presente el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N°; 2193-2014 (22-08-2014) Art. 1º. AUTORIZAR en un todo de acuerdo al Art. 9o de la Ordenanza 11450/13, a la Secretaría de Economía,

Finanzas y Control de Gestión a compensar las partidas, de acuerdo al siguiente detalle: DESAFECTAR OBRAS PÚBLICAS. PARTIDA: 5.03 Obras en Ejecución SUBPARTIDA: 01 Construcción planta de residuos sólidos $100.000,00- 07 Red de Agua potable de B°: Las Orquídeas Norte $ 100.690,00- 23 Redeterminaciones $15.000,00- TOTAL A DESAFECTAR $4215.690, 00 AFECTAR OBRAS PÚBLICAS PARTIDA: 5.03 Obras en Ejecución SUBPARTIDA: Mantenimiento de escombro municipal aledaño al Basural Stella Maris $215.690,00- TOTAL A AFECTAR $215.690,00-

Art. 2º. REFRENDARA la presente el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el Sr. Secretario de Economia, Finanzas y Control de Gestion.

Art. 3º. De forma. RESOLUCION N°; 2194-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor del Sr, OSES, Rubén Alfredo DNI N° 14.470.982 por un monto Total de Pesos Seis Mil ($ 6.000,00.-); pagaderos en tres (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Dos Mil ($ 2.000), a partir de la fecha con el alcance de los considerandos expuestos en la presente Resolución.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes - Subsidios Generales.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2195-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR subsidios -sin cargo a rendir- a favor de los beneficiarios detallados en el Anexo 1, por un monto Total de Pesos Veinticuatro Mil Cuatrocientos ($ 24.400,00.-), pagaderos en dos (2) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, por el valor expresado en el mismo, a partir de la fecha; con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Art. 3º. Transferencias Corrientes — Subsidios Generales.- Art. 4º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario

de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 5º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N°; 2196-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- a favor de la señora CARDENAS Lorena de los Ángeles, DNI N° 18.792.299, por un monto Tota! de Pesos Quince Mil ($ 15.000,00.-), pagaderos en seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Dos Mil Quinientos ($ 2.500,00.-); con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a ia Partida de Transferencias Corrientes — Subsidios Generales.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N°; 2197-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR becas por la suma total de Pesos Dieciséis Mil ($16.000,00) a favor de 5 (cinco) BENEFICIARIOS por un monto de Pesos Trescientos ($300,00) a cada uno y 6 (seis) TALLERISTAS, 1 por un monto de Pesos Dos Mil Quinientos ($2.500), 2 por un monto de Pesos Tres Mil ($ 3.000) a cada uno y 3 por un monto de Pesos Dos Mil ($2.000) a cada uno, detallados en el Anexo 1 adjunto, correspondiente al mes de agosto 14, por las actividades desarrolladas en el Barrio Máximo Abásolo, con el alcance de los considerandos expuestos en la presente Resolución.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes-Personas Físicas- Becas.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N°; 2198-2014 (22-08-2014)

Art. 1º. OTORGAR subsidios -sin cargo a rendir- a favor de los beneficiarios detallados en el Anexo I, por el monto Total de Pesos Trece MU Ochocientos ($ 13.800,00.-), el cual forma parte de la presente Resolución, por los montos especificados en el misma-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes — Subsidios Generales.-

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestion.

Art. 4º. De forma. ANEXO I

ORDENANZA N°: 10.216-1/14. EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA

DE: Artículo_1°: MODIFICAR el artículo 4°) de la Ordenanza N° 10.216/11, el que quedara redactado de (a siguiente manera: Artículo 4°: AUTORIZAR A COMPENSAR el monto total del valor de la fracción de la tierra fiscal adjudicada que asciende a PESOS DIECISEIS MILLONES CIENTO OCHENTA MIL CON 001100 ($ 16.180.000,00) con la ejecución de las siguientes Obras: a) Ejecución de Obras en las Instalaciones del Club Ingeniero Luis A. Huergo por TRES MILLONES DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 00/100 ($ 3.018.270,00). b) Ejecución de Redes de Cloacas, de distribución de agua, de Energía Eléctrica, y de Alumbrado Público en la urbanización correspondiente a 87 lotes, Barrio Ciudadela, por un valor de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON 701100 ($2.534.824,70). c) Ejecución de Redes de Cloacas de distribución de agua, de Energía Eléctrica, de Alumbrado Público y de nexo en media tensión, en a urbanización correspondiente a 121 jotes, Barrio Km. 14, por un valor de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETESCIENTOS SEIS CON 101100 ($ 3.231.706,00). d) Construcción del Centro Comunitario Municipal en Barrió StelIa Maris, por un valor de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON 00/100 ($1.944.154,00). e) Relevamiento planialtimétricos y amanzanamiento fracción 14 y 15, por un valor de PESOS DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 200.000,00),

f) Ejecución de Red de Energía Eléctrica y Alumbrado Público; y Red de Distribución de Agua Potable en futuras urbanizaciones: a definir por LA MUNICIPALIDAD; para un total de 251 lotes y por un importe de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUARENTA Y CINCO CON 27H00 ( $ 5.251.045,27). Las obras quedarán sujetas a las condiciones que se establezcan en el PACTO COMISORIO, como así también los detalles del Proyecto y Cronograma de Trabajo. Los Proyectos se aprobarán, autorizará su ejecución y se recibirán las obras a satisfacción por el Poder Ejecutivo Municipal, a través de las áreas técnicas de competencia en cada temática específica. Artículo_2°: MODIFICAR el artículo 7°) de la Ordenanza N° 10.216/11, el que quedara redactado de la siguiente forma: Artículo 7°: INCORPORAR como condición Resolutiva del PACTO COMISORIO establecido en el artículo 2°), el destino y usos del conjunto a urbanizar, y la aprobación definitiva de los proyectos que compensan el valor de la tierra. Artículo 3°: ABROGAR el articulo 5°) y 6°) de la Ordenanza N° 10.216/11.- Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín

Oficial, regístrese y cumplido ARCHIVESE. DADA EN L SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA DECIMAQUINTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 07 DE AGOSTO DE 2014.-

ORDENANZA N°: 10.217-1/14. EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA

DE: Artículo 1°: RATIFICAR en todas sus partes la ADDENDA al ACUERDO ORIGINAL, firmado el día 19 de Junio de 2.013, entre la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, representada por el Sr. Intendente Municipal Dn. Néstor José DI PIERRO, y la firma RIGEL S.R.L — EDISUD S.A — UTE, representada por el Ingeniero Massoud Ighani, en su carácter de apoderado, registrado bajo el Protocolo N° 7033 al Folio N° 11.180181, el día 24’de Junio de 2.013.- Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHIVES E. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA DECIMOQUINTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDAEL 07 DE AGOSTO DE 2014.-

ORDENANZA N°: 11.450-3/14. EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA ,SANCIONA CON FUERZA

DE: Artículo 1°: INCREMENTASE en la suma de PESOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS MIL ( $ 20.400.000), el cálculo de Recursos del Presupuesto Municipal para el Año Fiscal 2014, según Ordenanza N°11450113 de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y con el detalle que figura en el ANEXO I, de Recursos que forma parte del presente artículo: RECURSOS DE OTRAS JURISDICCIONES $ 17.000.000 RECURSOS PROPIOS $ 3.400.000 TOTAL $ 20.400.000 Artículo 2°: INCREMENTASE en la suma de PESOS VEINTE MILLONES CUATROSCIENTOS MIL ( $ 20.400.000,00), el total de erogaciones del Presupuesto de Gastos correspondientes al PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, para el Año Fiscal 2014 con destino a las finalidades que se indican en las siguientes Partidas Principales y Analítica de los ANEXOS IV y XIV.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES (ANEXO IV) $ 17.000.000 TRANSFERENCIAS A ENTES AUTARQ. (ANEXO XVI) $ 3.400.000 Artículo 3°: FIJASE en la suma de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 3.400.000,00), el total de erogaciones del Presupuesto de Gastos correspondiente al incremento del ENTE AUTARQUICO COMODORO DEPORTES, para el Año Fiscal 2014, con destino a las finalidades que se indican en las siguientes Partidas Principales y Analítica en el ANEXO XIV: GASTOS DE PERSONAL $ 1.000.000,00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES (ANEXO XIV) $ 2.400.000 Artículo 4°: Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estimase el siguiente Resultado Financiero: RECURSOS $ 20.400.000 EROGACIONES $ 20.400.000 Artículo 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido. ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO DE LIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA , EN LA DEMOSEXTA REUNION, DECIMOPRIMERA SESION DE TABLAS , OCURRIDA EL 21 DE AGOSTO DE 2014. ANEXO I

ORDENANZA N°: 11.537/14.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA,SANCIONA CON FUERZA DE:

Artículo 1°: ADHERIR en todos sus términos a la Ley Provincial IV — N° 9 (Antes Ley 4546), por lo expuesto en los considerando de la presente. Artículo 2°: Será obligación exhibir ante el Público, la matricula habilitante otorgada por el Superior Tribunal de Justicia que acredite su Profesión. Artículo • 3°: La mencionada Ley, forma parte la presente corno ANEXO I, Ley Provincial IV — N° 9 (Antes Ley 4546).- Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido. ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMACUARTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 31 DE JULIO DE 2014.-

ANEXO I

AMBITO COMERCIAL LEY IV - N2 9 (Antes Ley 4546) Artículo 1°.- Sin perjuicio de las disposiciones de los artículos 88 a 112 del Código de Comercio, la actividad de los Corredores queda sujeta a los artículos 1 2 32; 42; 59; 6 y 23 de la LEY IV N 4 (Antes Ley 3.330) de Martilleros Públicos, y supletoriamente por sus restantes disposiciones, en lo que resultare aplicable. Artículo 2°.- La actividad de Corretaje Inmobiliario sólo podrá ser ejercida por quien posea matrícula provincial de Martillero o Corredor. Aquellos establecimientos dedicados a la intermediación inmobiliaria deberán estar a cargo de un Martillero o Corredor matriculado. Artículo 3°- Quienes infrinjan la norma del artículo precedente serán sancionados por la Cámara de Apelaciones correspondiente en la forma prevista por el artículo 23 de la LEY IV N 4 (Antes Ley 3.330). Artículo 4°- Quienes realicen actos de corretaje sin estar matriculados no tienen derecho al cobro de honorarios, aunque hubieren pactado lo contrario con el comitente o interesado. Artículo 5°- El Superior Tribunal de justicia otorgará la matrícula de Corredor sin el requisito del examen de idoneidad establecido por el inciso e) del artículo 12 de la LEY IV N 4 (Antes Ley 3330), a aquellas personas que, al tiempo de entrada en vigencia de esta Ley, acrediten mediante información sumaria haberse desempeñado en forma habitual como Corredores Inmobiliarios en la Provincia del Chubut por un lapso no inferior a dieciocho (18) meses sucesivos e inmediatamente anteriores a la fecha de entrada en vigencia de esta Ley, ello aún cuando no reunieren el requisito establecido por el inciso b) del artículo 12 de la LEY IVN 4

(Antes Ley 3.330). Artículo 6°- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo. LEY IV - N° 9 (Antes Ley 4545) TABLA DE ANTECEDENTES Artículo del Texto Definitivo Fuente 1 Texto original (se agrega referencia a la Ley 4733 por modificación implícita) 2/5 Texto original 6 Texto original. Artículo Suprimido: anterior artículo 6 (caducidad por vencimiento de plazo) LEY IV – N°: 9 (Antes Ley 4546) TABLA DE EQUIVALENCIAS Número de artículo del Texto Definitivo Número de artículo del Texto de Referencia (Ley 4546) Observaciones 1/51/567. LEY IV N°:4 (Antes Ley 3330) CAPITULO I Personales y de inscripción y todo lo que produzca modificaciones en los mismos. Estos legajos públicos y estarán a cargo del Superior Tribunal de Justicia del Chubut. Articulo 6°. Afectación de la Garantía.- La garantía a la que se refiere el artículo 1°, inciso d) es inembargable y queda afectada exclusivamente al pago de los daños y perjuicios que causare su actividad profesional. CAPITULO IV INCOMPATIBILIDADES Artículo 7°. Empleados Públicos.- Los empleados públicos aunque estuvieren matriculados como Martilleros, tendrán incompatibilidad, salvo disposiciones de leyes especiales y el supuesto del artículo 24, para efectuar remates ordenados por la rama del poder o administración de la cual formen parte. CAPITULO V FACULTADES Artículo 8°. Enumeración.- Son facultades de los Martilleros: a) Efectuar ventas en remate público de cualquier clase de bienes, y/o derechos y acciones sobre los mismos; excepto las limitaciones resultantes de leyes especiales; b) Practicar tasaciones, peritajes y evalúo de los bienes determinados en el inciso anterior; sin perjuicio de las facultades otorgadas a otros profesionales para realizar peritajes, por leyes especiales; c) Recabar directamente de las oficinas públicas y bancos oficiales y particulares los informes o certificados necesarios, para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 9°; d) Medidas de garantía: solicitar de las autoridades competentes las medidas necesarias para garantizar el normal desarrollo del acto de remate, pudiendo requerir el auxilio de la fuerza pública para resguardar el normal desenvolvimiento de la subasta judicial o particular. CAPITULO VI OBLIGACIONES Artículo 9°. Enumeración.- Son obligaciones de los Martilleros: a) Llevar los libros que se establecen en el Capítulo VIII; b) Comprobar la existencia de los títulos invocados, por el legitimado para disponer del bien a rematar. En el caso de remate de inmueble, deberán también constatar las condiciones de dominio de los mismos; c) Convenir por escrito con el legitimado para disponer del bien, los gastos del remate y la forma de satisfacerlos, condiciones de venta, lugar de remate, modalidades del pago del precio y demás instrucciones relativas al acto, debiéndose dejar expresa constancia en los casos en que el Martillero queda autorizado para suscribir el instrumento que documenta la venta en nombre de aquel; d) Anunciar los remates con la publicidad necesaria, debiendo indicar en todos los casos su nombre, domicilio especial y matrícula, fecha, hora y lugar del remate y descripción y estado del bien y sus condiciones de dominio. En caso de remates realizados por las sociedades, deberán indicarse además los datos de inscripción en el Aceptar el cargo, podrá acompañarse el convenio de honorarios pactado con el ejecutante. En caso de fijar porcentajes superiores a los previstos en esta Ley, la diferencia será a cargo del ejecutante. En caso de efectuarse el remate, las comisiones serán a cargo del comprador, con excepción del realizado con pluralidad de comitentes, en exposiciones rurales, ferias y mercados, los que estarán a cargo de comprador y vendedor por partes iguales, sin perjuicio de la que el rematador convenga con el comitente, a cargo de éste. A los fines del cumplimiei4o de su cometido, el martillero deberá estimar detallada y previamente la suma máxima a destinar a gastos, la que podrá ser reajustada por aumentos imprevistos. Si así lo solicitare, el Juez de la causa intimará al ejecutante y/o a quienes impulsen la subasta para que consigne el importe de la suma estimada, bajo apercibimiento de ordenar la paralización de los autos y quedar facultado el martillero para dar por cumplido su cometido. Si el martillero hubiere solventado los gastos de la subasta, podrá retenerlos del

importe que perciba de su comprador siempre y cuando hubiese sido judicialmente aprobada en forma previa a la subasta la rendición de los gastos efectuados. Los gastos que demande la subasta serán a cargo del obligado al pago de las costas, con los privilegios de los gastos causídicos. En los casos en que el martillero actúe como perito tasador, percibirá en concepto de honorarios un monto de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de lo que correspondería como comisión en caso. de subasta de bienes similares, y el Juez interviniente lo fijará sobre la base del morito resultante de la pericia una vez aprobada la misma y los trabajos efectivamente realizados. En caso de no ser aprobada, la base para determinar el honorario será el valor fiscal del bien. Artículo 12. Suspensión de la Subasta,- En los casos en que iniciada la tramitación del remate el martillero no lo llevare a cabo por causas que no le fueren imputables, tendrá derecho a percibir la comisión que determine el juez de acuerdo con la importancia del trabajo que hubiere realizado con más los gastos efectuados. Igual derecho tendrá si el remate fracasare por falta de postores. La comisión así determinada no podrá ser inferior al DIEZ POR CIENTO (10%) ni superior al VEINTE POR CIENTO (20%) de lo que hubiese correspondido como comisión de haberse realizado la subasta si tuvo lugar el secuestro de los bienes y/o su constatación, ni inferior al VEINTE POR CIENTO (20%) ni superior al CUARENTA POR CIENTO (40%) si se hubieren publicado los edictos. Artículo 13. Determinación de la Comisión.- La comisión se determinará sobre el precio obtenido en la subasta. Si la venta no se llevare a cabo, en defecto de acuerdo de partes, la comisión se determinará sobre el valor fiscal del bien a subastar. Artículo 14. Regulación Judicial.- En los supuestos contemplados por el artículo 12 de la presente Ley, el martillero podrá solicitar la regulación de la comisión que le correspondiere y ejecutar el crédito que resulte por dicho concepto con más el de pago de los gastos realizados, Acreditada la imposibilidad de pago por parte del ejecutado, el martillero podrá continuar la acción sin más trámite contra la otra parte del principal. Artículo 15. Sociedades.- Los martilleros pueden constituir sociedades de cualquiera de los tipos previstos por la Ley 19.550 con el objeto de realizar exclusivamente actos de remate. No podrán constituir sociedades cooperativas a tal fin, Artículo 16. Sociedades para Actos de Remate.-’ En las sociedades que tengan por objeto la realización de actos de remates, el Martillero que lo lleve a cabo y los administradores o miembros del directorio de la sociedad serán responsables ilimitada, solidaria y conjuntamente con ésta por los daños y perjuicios que pudieren ocasionarse como consecuencia del acto de remate. Estas sociedades deben efectuar los remates f) Retener el precio percibido o parte de él, en lo que exceda del monto de los gastos convenidos y de la Emisión correspondiente; g) Utilizar de cualquier forma las palabras “judicial “, “oficial” o “municipal’, cuando el remate no tuviera tal carácter, o cualquier otro término o expresión que induzca a engaño o confusión. h) Aceptar ofertas bajo sobre y mencionar su admisión en la publicación, salvo el caso de leyes que así lo autoricen; i) Suspender los remates extiendo posturas, salvo que habiéndose fijado base la misma no se alcance. CAPITULO X SANCIONES Artículo 20. Sanciones. Apelabilidad.- El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Capítulo VI y la realización de los actos prohibidos en el Capítulo IX hacen pasible al Martillero de sanciones que podrán ser multas que serán aplicables de acuerdo a los criterios y montos determinados en la LEY V N° 3 (Antes Ley 37) para Magistrados y Funcionarios, suspensión de la matrícula de hasta dos (2) años y su cancelación. La determinación, aplicación y graduación de estas sanciones estarán a cargo de la Cámara que tenga jurisdicción sobre la causa y serán apelables por ante el Superior Tribunal de Justicia. Artículo 21. Anotación.- Las sanciones que se apliquen serán anotadas en el legajo individual del Martillero previsto en el artículo 5°. Artículo 22. Pérdida de la Comisión.- El Martillero por cuya culpa se suspendiere o anulare un remate perderá su derecho a cobrar la comisión y a que se le reintegren los gastos, y responderá por los daños y perjuicios ocasionados. Artículo 23. Remates por Personas no Matriculadas.- Ninguna persona podrá anunciar o realizar remates sin estar matriculada. Quienes infrinjan esta norma serán sancionados por la Cámara de Apelaciones de la circunscripción correspondiente con una multa de hasta PESOS DIEZ MIL ($10.000), y además se dispondrá la clausura del local u oficina respectivas; todo ello sin perjuicio de la responsabilidad penal que• pudiera corresponder. A los efectos de constatar la infracción a las normas de la presente, la Cámara de Apelaciones respectiva podrá disponer el allanamiento de domicilios. En todos los casos, las sanciones de multa y clausura podrán ser recurridas ante el Superior Tribunal de Justicia. Artículo 24. Remates Oficiales.- El Estado Nacional, las provincias y municipalidades, cuando actúen como personas de derecho privado, así como las entidades autárquicas, bancos y empresas del Estado Nacional, de las provincias o municipalidades, podrán realizar las operaciones de remate a que los autorizan leyes especiales, por intermedio de dependientes que sean Martilleros matriculados.

Artículo 25. Subastas Judiciales.- Las subastas públicas dispuestas por autoridad judicial se rigen por el Código Procesal Civil y Comercial, y en lo que no se oponga a ellas, por la presente Ley. Artículo 26.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

ORDENANZA N°: 11.539/14. EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA SANCIONA CON FUERZA

DE: Artículo 1°: ADJUDICAR EN VENTA CON PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el artículo 12°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417112, a favor de Sr. GUEVARA, Juan Carlos, DNI N° 07.812.986, la superficie de 122,10 rn2 de parte del lote “18” de la manzana “38 Bis” para ser incorporado al lote “20” de la manzana “38 E3is” del Barrio Prospero Palazzo según Plano de Mensura N° 24467, Protocolizado a TOMO 230 — Eolio 1 de la Dirección de Catastro e Información Territorial de la Provincia del Chubut, quedando registrado como Parcela “24” de la manzana “38 Bis”, del Barrio Prospero Palazzo, cuyo valor total de venta es de $ 8.547. Expediente Municipal N° 2642-V-2014.- Artículo 2°: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo, “Disposiciones Reglamentarias” de la Ordenanza Tributaria Anual vigente. Artículo 3°: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización Municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por esta Ordenanza. Artículo 4°: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD a favor del Sr. GUEVARA, Juan Carlos, DNI N° 07.812.986.- Artículo 5°: La presente Ordenanza se dicta de manera excepcional al artículo 2°) de la Ordenanza N° 10.417-2114 y en concordancia con lo dispuesto por el articulo 3°) de la misma. Artículo 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido. ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMACUARTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 31 DE JULIO DE 2014.-

ORDENANZA N°: 11.540/14. EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA SANCIONA CON FUERZA

DE: Artículo 1°: ADJUDICAR EN VENTA CON PACTO COMISC)RIO, conforme lo establecido en el artículo 12°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417I12, a favor del Sr. GUEVARA, Juan Carlos, DNI N° 07.812.986, la superficie de 120,45 rn2 de parte del lote “18” de la manzana “38 Bis” para ser incorporado al lote “19” de la manzana “38 bis” del Barrio Prospero Palmo según Plano de Mensura N° 24467, Protocolizado a TOMO 230 — Folio 1 de la Dirección de Catastro e Información Territorial de la Provincia del Chubut, quedando registrado como Parcela “23” de la manzana “38 Bis”, del Barrio Prospero Palazzo, cuyo valor total de venta es de $ 8.431,45. Expediente Municipal N° 2642-V-2014.- Artículo 2°: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo, “Disposiciones Reglamentarias” de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.- Artículo 3°: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización Municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por esta Ordenanza. Artículo 4°: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD a favor del Sr. GUEVARA, Juan Carlos, DNI N° 07.812.986.- Artículo 5°: La presente Ordenanza se dicta de manera excepcional al artículo 2°) de la Ordenanza N° 10.417-2114 y en concordancia con lo dispuesto por el articulo 3°) de la misma. Artículo 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido. ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMACUARTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 31 DE JULIO DE 2014,-

ORDENANZA N°: 11.541/14. EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA SANCIONA CON FUERZA

DE: Artículo 1°: ADJUDICAR EN VENTA CON PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el artículo 12°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12, a favor de la Sra. GIL, Ana María, DNI N°

13.564.729, la superficie de 150,00 m2 de parte del lote “18” de la manzana “38 Bis” para ser incorporado al lote “21” de la manzana “38 Bis” del Barrio Prospero Palazzo según Plano de Mensura N° 24467, Protocolizado a TOMO 230 — Folio 1 de la Dirección de Catastro e Información Territorial de la Provincia del Chubut, quedando registrado como Pamela “25” de la manzana “38 Bis”, del Barrio Prospero Palazzo, cuyo valor total de venta es de $ 10.500. Expediente Municipal N° 2642-V-2014.- Artículo 2°: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo, “Disposiciones Reglamentarias” de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.- Artículo 3°: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización Municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por esta Ordenanza. Artículo 4°: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD a favor de la Sra. GIL, Ana María, DNI N° 13.564.729. Artículo 5°: La presente Ordenanza se dicta de manera excepcional al artículo 2°) de la Ordenanza N° 10.417-2114 y en concordancia con lo dispuesto por el articulo 3°) de la misma.- Artículo 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido. ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMACUARTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 31 DE JULIO DE 2014.-

ORDENANZA N°: 11.542/14. EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA SANCIONA CON FUERZA

DE: Artículo 1°: ADJUDICAR EN VENTA CON PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.41 7112, a favor del Sr. CARCAMO GUERRERO, Luis Humberto, DNI N° 92.835.966, la parcela “15” de la manzana “167” deI Barrio Centro de esta ciudad, cuyo valor asciende a $ 118.500,00. Partida Inmobiliaria N° 58807.- Expediente Municipal N° 3586-G-1 986.- Artículo 2°: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme la Ordenanza Tributaria Anual vigente (OTA).Artículo 3°: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibido toda transferencia de derecho de adjudicación, será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por esta Ordenanza. Artículo 4°: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos por la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10,417112, OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor del Sr. CARCAMO GUERRERO, Luis Humberto, DNI N° 92.835.966, la parcela “15” de la manzana “167” deI Barrio Centro de esta ciudad. Partida Inmobiliaria N 58.807.- Artículo 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido. ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA , CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMACUARTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 31 DE JULIO DE 2014.-

ORDENANZA N°:11.543/14. EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA

DE: Artículo__1°: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el art. 12°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12, los lotes a favor de los Pre-adjudicados detallados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2°: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de Tierras Fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme la Ordenanza Tributaria Anual vigente.- Artículo 3°: POR el área que corresponda proceder al cobro del valor de venta de la Tierra aplicando el art. 67°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12 en los casos que corresponda.- Artículo 4°: CUMPLIDO con la CANCELACION los valores de venta y los requisitos exigidos por la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12, OTORGAR TITULOS DE PROPIEDAD a favor de los beneficiados detallados en el ANEXO I. Artículo 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMACUARTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 31 DE JULIO DE 2014.- ANEXO I

ORDENANZA N°: 11.544/14.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA,SANCIONA CON FUERZA DE:

Artículo 1°: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el art. 12°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12, los lotes a favor de lo Píe-adjudicados detallados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2°: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de Tierras Fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme la Ordenanza Tributaria Anual vigente. Artículo 3°: PROHIBICIÓN DE CESIÓN, queda terminantemente prohibida toda transferencia de derechos de Adjudicación, sin previa autorización Municipal, será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.- Artículo 4°: CANCELADO los valores de venta y cumplido con los requisitos exigidos por la Ordenanza General de Tierras Fiscales, se otorgaran los TITULOS DE PROPIEDAD a los beneficiados detallados en el artículo 1°) de la presente Ordenanza.- Artículo 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMACUARTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 31 DE JULIO DE 20 14.- ANEXO I

ORDENANZA N°: 11.545/14.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

Artículo 1°: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el art. 12°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12, los lotes a favor de los Pre-adjudicados detallados en el ANEXO 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza, estableciéndose un valor de venta de acuerdo al art. 67°) de la citada norma. Artículo 2°: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de Tierras

Fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme la Ordenanza Tributaria Anual vigente.- Artículo 3°: PROHIBICIÓN DE CESIÓN, queda terminantemente prohibida toda transferencia de derechos de Adjudicación, sin previa autorización Municipal, será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza. Artículo 4°: CANCELADO los valores de venta y cumplido con los requisitos exigidos por la Ordenanza General de Tierras Fiscales, se otorgaran los TITULOS DE PROPIEDAD a los beneficiados detallados en el artículo 1°) de la presente Ordenanza. Artículo 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido. ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMACUARTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 31 DE JULIO DE 2014.- ANEXO I

ORDENANZA N°:11.547/14

EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA SANCIONA CON FUERZA DE:

Artículo 1°: OTORGAR Diez (10) metros lineales de reserva de estacionamiento para transporte de caudales al BANCO DEL CHUBUT SA sobre Avda. Polonia N° 702, de acuerdo a lo normado por Ordenanza Municipal N° 4324193, de Lunes a Viernes desde las 08:00 hasta las 15:00 horas.- Artículo 2°: El Ejecutivo Municipal mediante las áreas correspondientes, deberá fiscalizar el cobro del canon correspondiente, estipulado en la Ordenanza normativa.- Artículo 3°: El Poder Ejecutivo Municipal a través de la Dirección General de Señalización y Serigrafía, deberá proceder a la adecuación e instalación de las señales respectivas, a los efectos de dar cumplimiento a lo normado en los artículos precedentes.- Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMACUARTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 31 DE JULIO DE 2014.-

ORDENANZA N°: 11.551/14. EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA SANCIONA CON FUERZA

DE: Artículo 1°: ACEPTAR en los términos del artículo 73°) inciso 10, de la Carta Orgánica Municipal, la restitución que mediante la Resolución N° 2216 IPV y DU, de fecha 16 de Setiembre de 2013, realiza el Instituto de la Vivienda y Desarrollo Urbano a favor de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia del Inmueble individualizado catastralmente como Parcela “2” — Manzana “104 —- Sector ‘5” — Circunscripción “4” Ejido “6” de Comodoro Rivadavia Provincia del Chubut. Artículo 2°: INSCRIBIR, por el área de Títulos, dependiente de la Dirección General de Catastro, e Inmueble identificado en el artículo anterior, a favor de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia Arlículo3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMAQUINTA REUNIÓN, DECIMA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 07 DE AGOSTO DE 2014.-

ORDENANZA N°: 11.552/14. EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA SANCIONA CON FUERZA

DE: Artículo 1°: DECLARESE de INTERES PÚBLICO la iniciativa presentada por el Poder Ejecutivo Municipal del Proyecto y Construcción “PASEO COSTERO ZONA CENTRO: PARADOR de SERVICIOS — EXPANSIONES y ESTACIONAMIENTO” Sector comprendido al este de la Fracción J4, calle Luis Mora al Sur de la prolongación de la calle San Martin hasta la Fracción K (Zona Portuaria). Artículo 2°: APROBAR en SEGUNDA LECTURA el Pliego de Bases y Condiciones para la Obra “PASEO COSTERO ZONA CENTRO: PARADO* de SERVICIOS — EXPANSIONES y ESTACIONAMIENTO”, conforme lo establecido en el Artículo 87° inciso 7) de la Carta Orgánica Municipal.

Artículo 3°: Una vez finalizado el proceso licitatorio y en forma previa a la Adjudicación el Concejo Deliberante deberá Aprobar la Concesión de uso del “PASEO COSTERO ZONA CENTRO: PARADOR de SERVICIOS — EXPANSIONES y ESTACIONAMIENTO”, Sector comprendido al este de la Fracción J4, calle Luis Mora al Sur de la prolongación de la calle San Martin hasta la Fracción K (Zona Portuaria). Artículo 4°: REFORMULAR la 3° Sección del Pliego Particular de Condiciones en su artículo 4°, último párrafo, del Pliego de Bases y Condiciones para la Obra: “PASEO COSTERO ZONA CENTRO: PARADOR de SERVICIOS — EXPANSIONES y ESTACIONAMIENTO”, que quedara redactado de la siguiente manera: “La decisión que en definitiva adopte el Ejecutivo Municipal en relación a la propuesta como oferta, será definitiva e irrecurrible” Artículo 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCI-IIVESE. DADA EN SEGUNDA LECTURA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMAQUINTA REUNIÓN, NOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 07 DE AGOSTO DE 2014.-

ORDENANZA N°:11.556/14. EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA SANCIONA CON FUERZA

DE: Artículo 1°: CREAR el “PARQUE de INVESTIGACIÓN y DESARROLLO TECNOLOGICO (PIDTec)” de iniciativa pública. Se determina para este uso y función al Terreno designado catastralmente bajo la Nomenclatura: Circunscripción 5 — Sector 5 — Macizo “115” — Parte Parcela ‘1”, de aproximadamente 2 has, que se denominará ahora como Parque Tecnológico - Km. 4.- Artículo 2°: CEDER a la Agencia Comodoro Conocimiento, Ente Autárquico de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, la responsabilidad y al ejecución de los actos de administración sobre el predio mencionado, el cual solo se afectará al desarrollo del Parque de investigación y Desarrollo Tecnológico (PIDTec), tal como se establece en el artículo 1° de la presente.- Artículo 3°: APROBAR el Reglamento de Administración y Funcionamiento del Parque de Investigación y Desarrollo Tecnológico (PIDTec) que, como ANEXO único, acompaña a la presente y es parte integrante de ésta. Artículo 4°: INCORPORESE a la presente Ordenanza como complementaria al Plano de Zonificación previsto por la normativa vigente. Artículo 5°: DEJASE SIN EFECTO todas las reservas de tierras fiscales dispuestas sobre el Sector delimitado por el artículo 1°.- Artículo 6°: CREAR la Comisión de Administración del Parque de lnvestigaci6n y Desarrollo Tecnológico (PIDTec-GESTION), la cual se regirá de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Administración y Funcionamiento aprobado en el artículo 3° de la presente. Artículo 7°: ESTABLECER que quienes radiquen sus Emprendimientos en el Parque de Investigación y Desarrollo Tecnológico (PlDTec) están obligados a solventar los gastos de mantenimiento de éste, obligándose a tal fin, a abonar la Contribución de Mantenimiento prevista en el Reglamento de Administración y Funcionamiento aprobado en el artículo 3° de la presente. Artículo 8°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, EN LA DECIMAQUINTA REUNIÓN, DECIMA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 07 DE AGOSTO DE 2014.-