boletín oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de mejoramiento de la equidad educativa (...

173
Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina" 3939 26/06/2012

Upload: dokhue

Post on 28-Oct-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar

Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina"

3939

26/06/2012

Page 2: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Sumario Poder Legislativo

Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley-4169 Se aprueba Convenio de Adhesión al Subprograma 1 Mejoramiento del Desempeño del Sistema Educativo Pág.7

Resolución Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Resolución-99-LCABA/12 Se designan representantesante el Consejo Asesor del Deporte Pág.9

Poder Ejecutivo Resolución

Jefatura de Gabinete de Ministros Resolución-304-SSTRANS/12 Se autorizan cortes de tránsito solicitados por el Circuito Criollo El Rodeo Pág.10 Resolución-305-SSTRANS/12 Se autoriza corte de tránsito solicitado por la escuela Juana de Arco Pág.11 Resolución-306-SSTRANS/12 Se incluye texto en el Código de Tránsito y Transporte Pág.12 Resolución-307-SSTRANS/12 Se autoriza corte de tránsito solicitado por la Dirección General de Colectividades

Pág.14 Resolución-308-SSTRANS/12 Se autoriza corte de tránsito solicitado por la Embajada de los Estados Unidos

Pág.15 Resolución-451-MJGGC/12 Se aprueba modificación presupuestaria Pág.16

Ministerio de Justicia y Seguridad Resolución-130-SSJUS/12 Se designa Adscripto al Registro Notarial N° 1332 Pág.19 Resolución-131-SSJUS/12 Se designa Titular del Registro Notarial N° 1142 Pág.20 Resolución-132-SSJUS/12 Se acepta la renuncia como Titular del Registro Notarial N° 514 Pág.21 Resolución-274-SSEMERG/12 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 732/12 Pág.22

Ministerio de Educación Resolución-2217-MEGC/12 Se reconoce al personal que atendió las actividades vinculadas a la organización del Proyecto Buenos Aires Playa-2012 Pág.24

Ministerio de Desarrollo Económico Resolución-400-MDEGC/12 Se cesa como responsable de la administración y rendición de fondos a agente

Pág.26 Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Resolución-108-SSHU/12 Se encomiendan tareas de desmalezamiento, higienización y desratización en el inmueble sito en Don Bosco 3879 Pág.28 Resolución-135-SSHU/12 Se encomiendan tareas de desmalezamiento, higienización y desratización en el inmueble sito en Francisco Acuña de Figueroa 981 Pág.30 Resolución-655-MAYEPGC/12 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 247-SIGAF/11 Pág.32 Resolución-655-MAYEPGC/12 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 247-SIGAF/11 Pág.33

Ministerio de Modernización Resolución-441-SSGRH/12 Se modifica la Resolución N° 99-IVC/12 Pág.37 Resolución-457-SSGRH/12 Se acepta renuncia como Profesional de Guardia Médica Pág.37 Resolución-462-SSGRH/12 Se cesa por jubilación con incentivo a agente Pág.38

Secretaría Legal y Técnica Resolución-236-SECLYT/12 Se encomienda la atención de los asuntos y firma del despacho del Director General de Escribanía General en el Director General Técnico y Administrativo Pág.40

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Resolución-400-AGIP/12 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 443/12 Pág.41 Resolución-415-AGIP/12 Se cesan y designan Directores de área Pág.42

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Resolución-654-CDNNYA/12 Se autoriza la adscripción de agente Pág.44 Resolución-655-CDNNYA/12 Se designa personal de Planta de Gabinete Pág.44 Resolución-655-CDNNYA/12 Se designa personal de Planta de Gabinete Pág.45

Disposición Ministerio de Hacienda

Disposición-125-DGCYC/12 Se autoriza el alta y rehabilitación de unidades ejecutoras Pág.46 Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición-17-DGGAYE/12 Se aprueban gastos y planillas correspondientes a la Rendición de Caja Especial N° 1/12 Pág.48 Disposición-18-DGGAYE/12 Se aprueban gastos y planillas correspondientes a la Rendición de Caja Chica Común N° 2/12 Pág.49

Ministerio de Salud Disposición-30-IRPS/12 Se aprueba y adjudica Contratación Directa N° 4505-SIGAF/12 Pág.50

Page 3: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Disposición-133-HGNPE/12 Se aprueba y adjudica Licitación Pública N° 887/12 Pág.51 Disposición-137-HGNPE/12 Se aprueba y adjudica Licitación Pública N° 944/12 Pág.52 Disposición-143-HGNPE/12 Se aprueba y adjudica Licitación Pública N° 927/12 Pág.54 Disposición-145-HGNPE/12 Se aprueba y adjudica Licitación Pública N° 926/12 Pág.55

Ministerio de Desarrollo Urbano Disposición-66-DGTALMDU/12 Se aprueba pliego y se llama a Licitación Pública N° 1256/12 Pág.58 Disposición-67-DGTALMDU/12 Se aprueba pliego y se llama a Licitación Pública N° 1273/12 Pág.59

Ministerio de Desarrollo Social Disposición-64-DGNYA/12 Se autoriza el pago a participantes del programa Proyecto Por Nosotros - Talleres Adolescentes Pág.61 Disposición-84-DGNYA/12 Se autoriza el pago a participantes del programa Proyecto Por Nosotros - Talleres Adolescentes Pág.61

Ministerio de Ambiente y Espacio Público Disposición-160-DGTALMAEP/12 Se aprueba pliego y se llama a Licitación Pública N° 909/12 Pág.63

Ente de Turismo Disposición-39-DGTALET/12 Se deja sin efecto la Contratación Directa N° 5022-SIGAF/12 Pág.64 Disposición-40-DGTALET/12 Se deja sin efecto la Contratación Directa N° 5005-SIGAF/12 Pág.65 Disposición-43-DGTALET/12 Se aprueba ampliación de la Orden de Compra N° 19664/12 Pág.66

Agencia Gubernamental de Control Disposición-66-DGHP/12 Se rectifica la partida de inscripción del local que opera con nombre de fantasía Radio Studio Dance Pág.68 Disposición-67-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía Liv Pág.69 Disposición-68-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía Cocoliche Pág.70 Disposición-69-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía Dome Pág.71 Disposición-70-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía Rivadavia 9131 Pág.72 Disposición-70-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía Rivadavia 9131 Pág.73 Disposición-72-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía The Shamrock Pág.74 Disposición-75-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía La Ventana Barrio de Tango Pág.75 Disposición-76-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía Liv Pág.76 Disposición-77-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía Club 74 Pág.78 Disposición-78-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía Phuket (ex Kravi) Pág.79 Disposición-79-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía Montecarlo Pág.81 Disposición-81-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía Ink Buenos Aires Pág.82 Disposición-82-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía La Madeleine Pág.84 Disposición-85-DGHP/12 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con nombre de fantasía Glam Pág.85

Secretaría Legal y Técnica Disposición-132-DGTAD/12 Se aprueba pliego y se llama a Licitación Pública N° 1397/SIGAF/12 Pág.87

Organos de Control Resolución

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Resolución-165-ERSP/11 Se aprueban designaciones de personal de Planta de Gabinete Pág.89 Resolución-209-ERSP/11 Se aprueba el pase en colaboración de agente Pág.90 Resolución-211-ERSP/11 Se sanciona a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida con multa Pág.90 Resolución-215-ERSP/11 Se sanciona a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida con multa Pág.94 Resolución-217-ERSP/11 Se sanciona a la empresa Manteléctric ICISA con multa Pág.98 Resolución-10-ERSP/12 Se acepta la renuncia al cargo Jefa del Área Relaciones Institucionales Pág.101 Resolución-11-ERSP/12 Se aprueba pase en colaboración de agente Pág.102

Poder Judicial Resolución

Consejo de la Magistratura

Page 4: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Resolución-149-OAYF/12 Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 1/12 Pág.103 Resolución-338-CMCABA/12 Se aprueba el procedimiento de selección de cocontratante para la la readecuación de cableado para datos y telefonía del inmueble sito en Tacuarí 124 Pág.105

Comunicados y Avisos Comunicados

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Comunicados-1899815-DGELY/11 Pág.107

Ministerio de Educación Comunicados-362-DOCYDD/12 Pág.108 Comunicados-363-DOCYDD/12 Pág.108

Agencia Gubernamental de Control Comunicados-221-AGC/12 Pág.110 Comunicados-222-AGC/12 Pág.110 Comunicados-223-AGC/12 Pág.110 Comunicados-224-AGC/12 Pág.111 Comunicados-225-AGC/12 Pág.111 Comunicados-226-AGC/12 Pág.111 Comunicados-227-AGC/12 Pág.112 Comunicados-228-AGC/12 Pág.112 Comunicados-229-AGC/12 Pág.112 Comunicados-229-AGC/12 Pág.113 Comunicados-230-AGC/12 Pág.113 Comunicados-231-AGC/12 Pág.113 Comunicados-232-AGC/12 Pág.114 Comunicados-233-AGC/12 Pág.114 Comunicados-234-AGC/12 Pág.114 Comunicados-235-AGC/12 Pág.115 Comunicados-236-AGC/12 Pág.115 Comunicados-237-AGC/12 Pág.115 Comunicados-237-AGC/12 Pág.116

Licitaciones Licitación

Jefatura de Gabinete de Ministros Licitación-1124-DGTALMJG/12 Pág.117 Licitación-1262-DGTALMJG/12 Pág.117

Ministerio de Salud Licitación-807-DGADC/12 Pág.119 Licitación-1209-DGADC/12 Pág.119 Licitación-1339-IZLP/12 Pág.120

Ministerio de Educación Licitación-1-DGAR/12 Pág.122

Ministerio de Ambiente y Espacio Público Licitación-909-DGTALMAEP/12 Pág.123 Licitación-916-DGTALMAEP/12 Pág.123

Secretaría Legal y Técnica Licitación-1397-DGEGRAL/12 Pág.125

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Licitación-1131-AGIP/12 Pág.126

Ente de Turismo Licitación-1192619-DGTALET/12 Pág.127

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires Licitación-27-IVC/11 Pág.128 Licitación-14-IVC/12 Pág.128

Autopistas Urbanas S.A. Licitación-4-AUSA/12 Pág.129

Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana Licitación-1257-SECGCYAC/12 Pág.130 Licitación-1258-SECGCYAC/12 Pág.130 Licitación-1259-SECGCYAC/12 Pág.131 Licitación-1261-SECGCYAC/12 Pág.132 Licitación-1271-SECGCYAC/12 Pág.133

Ministerio de Salud Licitación-273-HGACD/12 Pág.134

Page 5: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Licitación-996-HNBM/12 Pág.135 Agencia Gubernamental de Control

Licitación-174-AGC/12 Pág.136 Agencia de Sistemas de Información

Licitación-844-ASINF/12 Pág.137 Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Licitación-27-FG/11 Pág.138 Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Licitación-42-IVC/11 Pág.141 Expediente

Ministerio de Salud Expediente-961537 Pág.142

Ministerio de Educación Expediente-640854 Pág.143 Expediente-1005221 Pág.143 Expediente-1050218 Pág.144 Expediente-1050309 Pág.144 Expediente-1088413 Pág.144 Expediente-1088413 Pág.145 Expediente-1199232 Pág.145 Expediente-1235511 Pág.145

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires Expediente-40092 Pág.147

Ministerio de Salud Expediente-1328 Pág.148 Expediente-1353 Pág.150

Ministerio de Ambiente y Espacio Público Expediente-867760 Pág.153

Carpeta Banco Ciudad De Buenos Aires

Carpeta-20116 Pág.155 Carpeta-20125 Pág.155

Actuación Banco Ciudad De Buenos Aires

Actuación-20125 Pág.157 Actuación-20206 Pág.157

Contratación Directa Ministerio de Salud

Contratación Directa-4744 Pág.158

Edictos Particulares Transferencias

Particular Transferencias-179-DGTAD/12 Pág.159 Transferencias-180-DGTAD/12 Pág.159 Transferencias-181-DGTAD/12 Pág.159 Transferencias-182-DGTAD/12 Pág.160 Transferencias-184-DGTAD/12 Pág.160 Transferencias-185-DGTAD/12 Pág.160 Transferencias-186-DGTAD/12 Pág.161 Transferencias-187-DGTAD/12 Pág.161 Transferencias-189-DGTAD/12 Pág.161 Transferencias-190-DGTAD/12 Pág.161 Transferencias-190-DGTAD/12 Pág.162

Otras Normas Particular

Otras Normas-188 Pág.163

Edictos Oficiales Citación

Ministerio de Ambiente y Espacio Público Citación-2019435-DGCEM/11 Pág.164

Justicia Penal, Contravencional y de Faltas

Page 6: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Citación-1256984-JPCF/12 Pág.165 Citación-1257608-JPCF/12 Pág.165

Notificación Ministerio de Salud

Notificación-293-HGARM/12 Pág.167 Notificación-294-HGARM/12 Pág.167 Notificación-295-HGARM/12 Pág.167

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires Notificación-63-IVC/11 Pág.169

Justicia Penal, Contravencional y de Faltas Notificación-1242842-UFSEFB/12 Pág.170

Page 7: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEY N.° 4169

Buenos Aires, 17 de mayo de 2012

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Apruébase el Convenio de Adhesión al Subprograma 1 "Mejoramiento del Desempeño del Sistema Educativo", en el marco del Programa de Apoyo a la Política de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo I- Prelación Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo a la Política de Mejoramiento de la Equidad Educativa PROMEDU II-, celebrado entre la Nación Argentina y Ciudad Autónoma de Buenos Aires con 27 de diciembre de 2011, que se encuentra financiado por el Contrato de Préstamo N° 2424/OC-AR (BID), suscripto el 26 de marzo 2011, entre la Nación Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), aprobado por el Decreto Nacional N° 270/11, y como tal forma parte integrante de la presente Ley. Art. 2°.- El Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires designará una Unidad Ejecutora Jurisdiccional (UEJ) responsable de la ejecución administrativa contable de los recursos del PROMEDU II asignados a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo establecido para el Subprograma I (Mejoramiento del Desempeño del Sistema Educativo Estatal). Art. 3°.- La Unidad Ejecutora Jurisdiccional (UEJ) ajustará su cometido a lo establecido en el Convenio de Adhesión aprobado por el artículo 1°, y a la demás normativa que lo complemente. Art. 4°.- Facúltase a la Unidad Ejecutora Jurisdiccional (UEJ) a abrir una cuenta bancaria exclusiva para la ejecución del programa conforme lo establecido en el contrato de Préstamo N° 2424/OC-AR (BID) y en el reglamento Operativo del Programa desde la cual se ejecutarán los pagos comprendidos para la adquisición de bienes y servicios. Art. 5°.- Facúltase a la Unidad Ejecutora Jurisdiccional (UEJ) a administrar en forma centralizada los fondos que sean remitidos en virtud del convenio de adhesión aprobado por el artículo 1°, debiendo ajustar el proceso de selección y los mecanismos para la adquisición de bienes y servicios a lo establecido en el Contrato de Préstamo N° 2424/OC-AR (BID), sus normas complementarias y modificatorias. Art. 6°.- La rendición de cuentas de los fondos transferidos se hará de acuerdo a lo determinado por el convenio de adhesión aprobado por el artículo 1°, sin perjuicio de las normas reglamentarias específicas que se dicten al respecto. Art. 7°.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez

ANEXO

Buenos Aires, 25 de junio de 2012

Página Nº 7Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 4.169 (Expediente N° 1152939/12), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 17 de Mayo de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 19 de Junio de 2012.

Page 8: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Clusellas

Página Nº 8Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 9: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Resolución Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 99/LCABA/12

Buenos Aires, 31 de mayo de 2012 Artículo 1°.- Designase a la señora Diputada Delia Bisutti y al señor Diputado Jorge Garayalde como representantes de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Asesor del Deporte, conforme lo dispuesto por la Ley 1624 (BOCBA N° 2120) y su Decreto Reglamentario. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez

Página Nº 9Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 10: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Poder Ejecutivo Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.º 304/SSTRANS/12

Buenos Aires, 19 de junio de 2012 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº 1205156-2012, Y CONSIDERANDO: Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma; Que, por el Expediente mencionado, Circuito Criollo El Rodeo solicita permiso para afectar varias calzadas, el día miércoles 20 de junio del 2012, en el horario de 07:00 a 13:00 horas, con motivo de realizar un evento, de acuerdo al siguiente recorrido: Partiendo desde la Iglesia Santo Domingo sita en Defensa entre Av. Belgrano y Venezuela, por Defensa, Moreno hasta Perú (sobre Perú peatonal autoriza la Dirección General Ordenamiento del Espacio Publica) y luego desde Perú y Av. De Mayo, por ésta, Av. Rivadavia hasta Gral. Paz; Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto a los cortes solicitados; Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar los cortes de tránsito solicitados, dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicitan los cortes de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar los cortes de tránsito solicitados por el Circuito Criollo El Rodeo, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día miércoles 20 de junio del 2012, con motivo de realizar un evento, de acuerdo al siguiente recorrido: Partiendo desde la Iglesia Santo Domingo sita en Defensa entre Av. Belgrano y Venezuela, por Defensa, Moreno hasta Perú (sobre Perú peatonal autoriza la Dirección General Ordenamiento del Espacio Publica) y luego desde Perú y Av. De Mayo, por ésta, Av. Rivadavia hasta Gral. Paz. Esquema: En el horario de 08:00 a 13:00 horas: _Cortes parciales, momentáneos y sucesivos, ocupando dos carriles de las arterias donde se desarrolla la caravana, debiendo colocar vallas rígidas continuas en toda la parte afectada, a fin de separar el tránsito pasante de la zona de la marcha. En el horario de 07:00 a 08:00 horas:

Página Nº 10Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 11: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

_Corte total de Defensa entre Av. Belgrano y Venezuela, sin afectar bocacalles. Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por las calles afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas más próximas de igual sentido de circulación. Artículo 3º.- En las arterias afectadas parcialmente se deberán colocar vallas rígidas en toda la parte afectada a fin de separar el transito vehicular de los participantes de la procesión. Artículo 4º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 5º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la Policía Metropolitana, y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 6º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4º y 5º de la presente, la misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Transporte. Luego gírese a la Dirección General de Tránsito, quien comunicará a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 305/SSTRANS/12

Buenos Aires, 19 de junio de 2012 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº 924.385-2012, Y CONSIDERANDO: Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma; Que, por el Expediente mencionado, la escuela Juana de Arco solicita permiso para afectar Araoz entre Lerma y Av. Córdoba, el día miércoles 20 de junio del 2012, en el horario de 10:00 a 17:00 horas, con motivo de realizar un evento; Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto a los cortes solicitados; Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar los cortes de tránsito solicitados, dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo;

Página Nº 11Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 12: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicitan los cortes de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar el corte de tránsito solicitado por la escuela Juana de Arco, de la calzada Araoz entre Lerma y Av. Córdoba, sin afectar bocacalles, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día miércoles 20 de junio del 2012, en el horario de 10:00 a 17:00 horas, con motivo de realizar un evento. Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por las calles afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas más próximas de igual sentido de circulación. Artículo 3º.- En las arterias afectadas parcialmente se deberán colocar vallas rígidas en toda la parte afectada a fin de separar el transito vehicular de los participantes de la procesión. Artículo 4º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 5º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la Policía Metropolitana, y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 6º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4º y 5º de la presente, la misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Transporte. Luego gírese a la Dirección General de Tránsito, quien comunicará a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 306/SSTRANS/12

Buenos Aires, 21 de junio de 2012 VISTO el expediente N° 1.522.916/2011 presentado por la empresa Autopistas Urbanas S. A., y CONSIDERANDO:

Página Nº 12Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 13: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que esa empresa hace referencia a que la Ley 3804 ha provocado que los camiones, legalmente, se encuentren autorizados a desarrollar mayores velocidades y a efectuar, en las vías rápidas, el sobrepaso de los colectivos; Que ello ha sido como consecuencia de la modificación, por dicha Ley, del texto de los artículos 6.2.2 y 6.2.3 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, relacionados, respectivamente, con los límites máximos de velocidad y con los límites especiales de velocidad; Que de la lectura del artículo 6.2.2 se observa que, además de lo expresado, existen otras dos situaciones que producen confusión, tales como la falta de mención de las calzadas de tránsito pesado con que cuenta la Av. General Paz entre Av. del Libertador y Autopista Ingeniero Pascual Palazzo y la inclusión de la Av. 27 de Febrero en el inciso b) y que se aconseja necesario enmendar; Que la Avenida General Paz, en el tramo comprendido entre Av. del Libertador y la Autopista Ingeniero Pascual Palazzo, posee dos calzadas para el tránsito pesado, por donde circulan algunas líneas de transporte urbano de pasajeros, con señalización de “Máxima 80 km/hora” sin que exista la norma legal respectiva; Que, por otra parte, esa ley incluye a la Av. 27 de Febrero en el inciso b) del citado artículo 6.2.2, en lugar de hacerlo en el inciso a, referido a vías rápidas, dado que según la Ley 2361 dicha arteria está considerada Vía Rápida, por lo cual cabe propiciar la inclusión de un punto 3), en el inciso a. del artículo en cuestión, como asimismo un artículo con la exclusión expresa de la mención en el inciso b.; Que procede, de acuerdo con la observación planteada por la empresa Autopistas Urbanas S. A. el dictado de una Resolución disminuyendo la velocidad máxima de los vehículos de transporte de carga de más de 3500 kilos de peso bruto, en las vías rápidas; Que conforme dicha modificación y las sugerencias realizadas por la Dirección General de Tránsito, para mantener los conceptos y claridad de los regímenes legales, resulta aconsejable propiciar una nueva ley. Por ello, conforme la facultad otorgada por los artículos 1.2.2 y 6.2.4 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto Nº 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Inclúyase en el texto del inciso h) del artículo 6.2.3 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, referido a la velocidad en las vías rápidas (máxima 60 km/hora, mínima 50 km/hora) a los vehículos de transporte de carga de más de 3.500 kilos de peso bruto y exclúyeselos del inciso a, punto 1 del artículo 6.2.2 del mismo cuerpo legal. Artículo 2º.- Diríjase nota, con Proyecto de Ley, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, propiciando, de acuerdo con la observación planteada por la empresa Autopistas Urbanas S. A. y las situaciones expresadas por la Dirección General de Tránsito, la nueva redacción de los artículos 6.2.2 y 6.2.3 para mantener los conceptos y claridad de los regímenes legales. Artículo 3º. - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, a la empresa Autopistas Urbanas S. A., al Cuerpo de Agentes del Control de Tránsito y Transporte y a las Direcciones Generales de Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido, continúese con el tramite dispuesto en el articulo anterior. Dietrich

Página Nº 13Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 14: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

RESOLUCIÓN N.º 307/SSTRANS/12

Buenos Aires, 21 de junio de 2012 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº 1.109.176-2012, Y CONSIDERANDO: Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma; Que, por el Expediente mencionado, la Dirección General de las Colectividades, solicita permiso para la afectación de la calzada Av. de Mayo entre Bolívar y Chacabuco, el día Domingo 24 de Junio de 2012, en el horario de 08:00 a 21:00 horas, con cobertura climática al día Sábado 30 de Junio de 2012 en el mismo horario, con motivo de realizar un evento denominado “Buenos Aires celebra Portugal”; Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado; Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito solicitado, dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar el corte total de tránsito solicitado por la Dirección General de las Colectividades, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, de la calzada Av. de Mayo entre Bolívar y Chacabuco, sin afectar bocacalles, el día Domingo 24 de Junio de 2012, en el horario de 08:00 a 21:00 horas, con cobertura climática al día Sábado 30 de Junio de 2012 en el mismo horario, con motivo de realizar un evento denominado “Buenos Aires celebra Portugal”. Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por la arteria afectada, deberá desviarse por la transversal inmediata anterior al corte y retomar por la calle paralela mas próxima de igual sentido de circulación. Artículo 3º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148.

Página Nº 14Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 15: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 4º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la Policía Metropolitana, y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Transporte. Luego, gírese a la Dirección General de Tránsito quien comunicará a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 308/SSTRANS/12

Buenos Aires, 21 de junio de 2012 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº 1.107.866-2012, Y CONSIDERANDO: Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma; Que, por el Expediente mencionado, la Embajada de los Estados Unidos, solicita permiso para la afectación de las calzadas Av. Colombia entre Av. Sarmiento y J. F. Kennedy, J. F. Kennedy entre Demaría y Av. Del Libertador, y Cerviño entre Av. Colombia y J. F. Kennedy, el día Miércoles 04 de Julio de 2012, en el horario de 10:00 a 15:00 horas, con motivo de celebrar el día de la Independencia Estadounidense; Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto a los cortes solicitados; Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar los cortes de tránsito solicitados, dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicitan los cortes de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar los cortes de tránsito solicitados por la Embajada de los Estados Unidos, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día Miércoles 04 de Julio de 2012, en el horario de 10:00 a 15:00 horas, con motivo de celebrar el día de la Independencia Estadounidense, según el siguiente esquema de afectaciones totales: a. Av. Colombia entre Av. Sarmiento y J. F. Kennedy, sin afectar estas últimas.

Página Nº 15Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 16: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

b. J. F. Kennedy entre Demaría y Av. Del Libertador, sin afectar bocacalles extremas. c. Cerviño entre Av. Colombia y J. F. Kennedy, sin afectar estas últimas. Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por las arterias afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas mas próximas de igual sentido de circulación. Artículo 3º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o

accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la Policía Metropolitana, y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Transporte. Luego, gírese a la Dirección General de Tránsito quien comunicará la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 451/MJGGC/12

Buenos Aires, 18 de junio de 2012 VISTO: El Decreto Nº 28/12, y el Expediente N°1.233.750 -MGEYA-MJGGC/12, y CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas de los Incisos 2- Bienes de consumo, 3- Servicios no personales, y 4- Bienes de uso, del presupuesto asignado a las Unidades Ejecutoras 318- Dirección General de Movilidad Saludable, 320- Subsecretaría de Transporte, 757- Dirección General de Transporte, y 2051- Jefatura de Gabinete de Ministros; Que, dicha modificación, responde a la necesidad de la Unidad Ejecutora 320- Subsecretaría de Transporte, de hacer frente a gastos derivados del Régimen de Caja Chica, para los cuales las partidas presupuestarias 3.5.2- Servicios especializados, y 3.5.3- Imprenta, publicaciones y reproducciones, del Programa 70- Administración y Control del Tránsito y el Transporte (Proyecto 1- Transporte Público Alternativo, Obra 52- B.R.T.), no cuentan con crédito suficiente; Que, a tal fin, se propone incrementar las partidas citadas anteriormente por compensación con el crédito asignado a la partida 4.2.2- Construcciones en bienes de dominio público, del Programa 35- Promoción y Desarrollo de la Movilidad Saludable (Proyecto 1- Movilidad Saludable, Obra 51- Sistema de Transporte por Bicicleta), dado que la misma cuenta con saldo suficiente para ello;

Página Nº 16Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 17: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, asimismo, la modificación obedece a la necesidad de la Unidad Ejecutora 320- Subsecretaría de Transporte, de hacer frente a la realización de obras varias, para lo cual la partida presupuestaria 4.2.2- Construcciones en bienes de dominio público, del Programa 70- Administración y Control del Tránsito y el Transporte (Proyecto 1- Transporte Público Alternativo, Obra 53- Sistema Inteligente de Tránsito y Transporte), no cuenta con crédito suficiente; Que, a tal efecto, se propone incrementar la partida citada anteriormente por compensación con el crédito asignado a la misma partida presupuestaria pero del Programa 35- Promoción y Desarrollo de la Movilidad Saludable (Proyecto 1- Movilidad Saludable, Obra 51- Sistema de Transporte por Bicicleta), dado que la misma cuenta con saldo suficiente para ello; Que, por otra parte, la modificación responde a la necesidad de la Unidad Ejecutora 320- Subsecretaría de Transporte, de hacer frente a la contratación de un servicio de mantenimiento de fotocopiadoras, para lo cual la partida presupuestaria 3.3.3- Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo, del Programa 8- Actividades Comunes a los Programas 31, 33, 36, 71, 72, 73 y 74, no cuenta con crédito suficiente; Que, a tal fin, se propone incrementar la partida citada anteriormente por compensación con el crédito asignado a las partidas 3.3.3- Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo, 3.5.3- Imprenta, publicaciones y reproducciones, y 3.9.9- Otros servicios no especificados, de los Programas 8- Actividades Comunes a los Programas 31, 33, 36, 71, 72, 73 y 74, 35- Promoción y Desarrollo de la Movilidad Saludable, 70- Administración y Control del Tránsito y el Transporte, y 74- Acciones de

Ordenamiento del Transporte Público y Privado de Pasajeros y Cargas, dado que las mismas cuentan con saldo suficiente para ello; Que, por último, la modificación obedece a la necesidad de la Unidad Ejecutora 2051- Jefatura de Gabinete de Ministros, de hacer frente a gastos de librería, para lo cual la partida presupuestaria 2.9.2- Útiles de escritorio, oficina y enseñanza, del Programa 1- Actividades Centrales de la Jefatura de Gabinete de Ministros, no cuenta con crédito suficiente para ello; Que, a tal efecto, se propone incrementar la partida citada anteriormente por compensación con el crédito asignado a la partida 3.5.3- Imprenta, publicaciones y reproducciones, del Programa 10- Campañas Transversales de Gobierno, dado que la misma cuenta con saldo suficiente para ello; Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones tendientes a dar curso a lo solicitado. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 28/12 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2012,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria, consistente en la compensación de los créditos asignados a los Incisos 2- Bienes de consumo, 3- Servicios no personales, y 4- Bienes de uso, de los Programas 1- Actividades Centrales de la Jefatura de Gabinete de Ministros, 8- Actividades Comunes a los Programas 31, 33, 36, 71, 72, 73 y 74, 10- Campañas Transversales de Gobierno, 35- Promoción y Desarrollo de la Movilidad Saludable, 70- Administración y Control del Tránsito y el Transporte, y 74- Acciones de Ordenamiento del Transporte Público y Privado de Pasajeros y Cargas, sin variación de metas físicas, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" que se adjunta.

Página Nº 17Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 18: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Página Nº 18Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 2º.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y gírese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido archívese. Rodríguez Larreta

Page 19: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.º 130/SSJUS/12

Buenos Aires, 21 de junio de 2012 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 4.013, sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nº 660/11 y 23/12, y el expediente N° 946.930/2012, y CONSIDERANDO: Que, por la actuación citada en el visto, la escribana Marta Eneida Lorenzo, titular del Registro Notarial Nº 1.332, solicita, a fojas 1, que se designe como adscripto a su registro al escribano Mariano Verzero, quien presta su conformidad con dicha propuesta; Que, se encuentra acreditado que la escribana titular cumple con el requisito de antigüedad establecido en el artículo 46, incisos a) y b), de la Ley Nº 404 y el artículo 22 del Decreto reglamentario Nº 1624/00, y que, conforme surge de las constancias obrantes en autos, se ha efectuado la inspección de protocolo correspondiente al Registro Notarial Nº 1.332, tal como estipula el art. 13 del Decreto Nº 1624/00, obteniendo resultado favorable; Que, el escribano Mariano Verzero ha obtenido un puntaje de 5 (cinco) puntos en la prueba escrita y de 5 (cinco) puntos en la prueba oral de la evaluación de idoneidad para acceder a la adscripción de registros notariales, cumpliendo, por ende, con lo dispuesto en el artículo 46, inciso c), de la ley citada; Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial; Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso y que no se han encontrado objeciones que formular a lo solicitado; Que, la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución; Que, la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que, por la Ley 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, mediante el Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, se encuentra la de “Administrar y supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los Registros Notariales”; Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se haga lugar a la propuesta de la escribana Marta Eneida Lorenzo y se adscriba al Registro Notarial Nº 1.332 al escribano Mariano Verzero. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 660/11 y Nº 23/12,

Página Nº 19Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 20: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 1.- Desígnase al escribano Mariano Verzero, D.N.I. Nº 28.750.074, matrícula Nº 5.274, como adscripto al Registro Notarial Nº 1.332. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Bujan

RESOLUCIÓN N.º 131/SSJUS/12

Buenos Aires, 21 de junio de 2012 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 4.013, sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nº 660/11 y Nº 23/12, y el expediente N° 969.777/12, y CONSIDERANDO: Que, por la actuación citada en el visto, tramita la presentación efectuada por la escribana Natalia Laura Piculin, por la cual solicita se lo designe como titular del registro notarial que le corresponde, en razón de haberlo obtenido en el concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales, convocado para el 28 de abril y 3 de octubre de 2.011; Que, atento al orden de mérito establecido por los artículos 11 y 12 del Decreto Nº 1.624/00, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires informa que corresponde se le adjudique a la peticionante el Registro Notarial Nº 1.142; Que, se encuentra acreditado que la escribana Natalia Laura Piculin, ha obtenido un puntaje de 1 (uno) puntos por antecedentes, 7 (siete) puntos en la prueba escrita y 8 (ocho) puntos en la evaluación oral del concurso de oposición y antecedentes, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Orgánica Notarial Nº 404, cumpliendo, por ende, el requisito previsto en el art. 35 de la citada ley; Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial; Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto, y no encuentra objeciones que formular a lo solicitado; Que, la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución; Que, la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que, por la Ley 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, mediante el Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia se encuentra la de “Administrar y Supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los registros notariales”;

Página Nº 20Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Page 21: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se haga lugar a la solicitud formulada por la escribana Natalia Laura Piculin, designándola como titular del Registro Notarial Nº 1.142. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 660/11 y Nº 23/12,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1.- Adjudícase a la escribana Natalia Laura Piculin, D.N.I. N° 30.408.412, matrícula Nº 5.325, la titularidad del Registro Notarial Nº 1.142. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad; y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a la interesada y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Bujan

RESOLUCIÓN N.º 132/SSJUS/12

Buenos Aires, 21 de junio de 2012 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 4.013, sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nº 660/11 y 23/12, y el expediente N° 931.658/12, y CONSIDERANDO: Que, por la actuación citada en el visto, tramita la renuncia presentada por el escribano Horacio Forn al cargo de titular del Registro Notarial Nº 514; Que, el peticionante ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 23 in fine del Decreto reglamentario de la Ley Orgánica Notarial al presentar su renuncia, por escrito, ante el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, quien la elevó a este Poder Ejecutivo con constancia de la situación del colegiado al momento de su presentación; Que, conforme surge de las constancias obrantes en autos, se ha efectuado la inspección de protocolo correspondiente al registro del cual el renunciante es titular, tal como estipula el art. 13 del Decreto Nº 1624/00, resultando la misma con resultado favorable; Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso y que no se han encontrado objeciones que formular a lo solicitado; Que, la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución; Que, la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que, por la Ley 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Página Nº 21Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 22: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, mediante el Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, se encuentra la de “Administrar y supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los Registros Notariales”; Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a la Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se acepte la renuncia a la titularidad del Registro Notarial Nº 514, formalizada por el escribano Horacio Forn; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 660/11 y Nº 23/12,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1.- Acéptase la renuncia del escribano Horacio Forn, D.N.I Nº 4.244.671, matrícula Nº 1.766, como titular del Registro Notarial Nº 514. Artículo 2.- Declárase vacante el Registro Notarial Nº 514, por renuncia de su titular. Artículo 3.- La renuncia aceptada en el artículo 1º, mantiene la responsabilidad disciplinaria del presentante y el cumplimiento de posibles sanciones que pudieran decretarse con posterioridad a la misma, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 147 de la Ley Nº 404 y 81 del Decreto Nº 1624/00. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente al interesado y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Bujan

RESOLUCIÓN N.º 274/SSEMERG/12

Buenos Aires, 18 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 323847/2012, la Ley Nº 2095/07 y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08, y CONSIDERANDO: Que, por la mencionada actuación tramita la solicitud de adquisición de agua mineral solicitada por la Dirección General de Logística, de la Subsecretaria de Emergencias, perteneciente al Ministerio de Justicia y Seguridad; Que, por Resolución N° 234-SSEMERG-2012 se llamó a Licitación Pública N° 732/12; Que, tanto el llamado a Licitación Pública como el Pliego de Bases y Condiciones Particulares fueron puestos en conocimiento de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda; Que, se cursaron las correspondientes invitaciones para cotizar a empresas del ramo inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP); Que, en el Acta de Apertura N° 1040/12 que obra fs. 44 se consigna que no se ha presentado empresa alguna a cotizar; Que, por Resolución N° 250-SSEMERG-2012 se declara desierto el primer llamado a Licitación Pública N° 732/12, aprobándose un segundo llamado a Licitación Pública de conformidad con lo establecido por el artículo 28 de la Ley N! 2095/07 hasta el día 18 de mayo del 2012;

Página Nº 22Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 23: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, en el Acta de Apertura N° 1271/12 agregada a fs. 55 se consignan las dos ofertas recibidas por parte de las siguientes empresas: 1) MELENZANE S.A. y 2) LOS FRUTOS S.A.; Que, a fs. 113 se encuentra agregado el Cuadro Comparativo de Precios; Que, las ofertas recibidas fueron remitidas para su análisis a la Dirección General de Logística, en su carácter de Dirección solicitante; Que, a fs. 112 obra agregado el Informe de la Comisión Evaluadora de Ofertas de la Dirección General de Logística; Que, por Dictamen de Evaluación de Ofertas N°1267/12 se preadjudica la Licitación Pública N° 732/12 , a la firma MELENZANE S.A. en orden a lo establecido por el artículo 108 de la Ley N° 2095/07 ; Que, habiéndose publicado el mencionado Dictamen y no presentándose impugnación alguna al mismo, se resuelve por ésta acto adjudicar la presente Licitación Pública a la firma MELENZANE S.A., en razón de haber ofertado el precio más conveniente para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Renglón N° 1 por la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 36.939,90.-); Que, la firma adjudicada se encuentra inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores y ninguno de sus representantes legales y apoderados, socios y miembros del directorio registran anotación alguna en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 2095,

EL SUBSECRETARIO DE EMERGENCIAS

RESUELVE Artículo 1: Apruébase la Licitación Pública N° 732/12 para la adquisición de agua mineral solicitada por la Dirección General de Logística de la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad. Artículo 2: Adjudícase la Licitación Pública Nº 732/2012 a la firma MELENZANE S.A., en el Renglón N° 1 por la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 36.939,90.-). Artículo 3: Emítase la correspondiente Orden de Compra a favor de la firma MELENZANE S.A. (CUIT30-63717570-6). Artículo 4: Regístrese. Publíquese. Notifíquese a los interesados. Cumplido, vuelva a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaria de Emergencias, para la prosecución del trámite licitatorio. Nicolás

Página Nº 23Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 24: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN N.º 2217/MEGC/12

Buenos Aires, 14 de junio de 2012 VISTO: El Decreto N° 215/GCBA/12, el Expediente Nº 1013290/12, y CONSIDERANDO: Que, la Jefatura de Gabinete de Ministros considera prioritaria la participación del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en las actividades del proyecto denominado “Buenos Aires Playa -2012”; Que, uno de los ejes fundamentales de este Ministerio de Educación es la Promoción de la Lectura; Que, es prioritario para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires brindar actividades de excelencia acordes a las necesidades de la población de la Ciudad que consten de actividades recreativas-deportivas, culturales, y educativas; Que, por intermedio del Decreto Nº 215/GCBA/12 se convalidó la Planta Transitoria Docente y No Docente creada para atender las actividades vinculadas al Proyecto “Buenos Aires Playa -2012”; Que, en el citado Decreto se delegó en el Señor Ministro de Educación la facultad de disponer el reconocimiento de servicio del personal que se han desempeñado en el referenciado proyecto. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 215/GCBA/12,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Reconózcase, al personal que atendió a las actividades vinculadas a la organización del Proyecto “Buenos Aires Playa-2012” de acuerdo Decreto N° 215/GCBA/12 por el período comprendido entre el 02/01/2012 y el 29/02/2012, cuyo detalle se establece en el Anexo, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Establécese que el personal comprendido en la presente Resolución, fue designado en carácter transitorio, carecerá de estabilidad y su cese podrá disponerse sin expresión de causa. Artículo 3.- La retribución del personal designado, conforme la dotación consignada en el Anexo es fija, no remunerativa y en cada caso se indica como retribución única para todo el período. Artículo 4.- Los deberes y derechos que corresponden al personal docente designado en los cargos descriptos en el Anexo son los previstos en la Ordenanza Nº 40.593 (Estatuto del Docente Municipal). Asimismo el personal no docente designado se regirá por las normas vigentes para el personal de carrera administrativa. Artículo 5.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Resolución, será afectado a la Jurisdicción 55 Inciso 1 Partida Principal 2.

Página Nº 24Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 25: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Página Nº 25Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 6.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales

de Educación de Gestión Estatal, Administración y Liquidación de Haberes dependiente de la Subsecretaría de Recursos Humanos, y Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Bullrich

ANEXO

Page 26: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Desarrollo Económico

RESOLUCIÓN N.º 400/MDEGC/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: El Decreto Nº 660/11 y su modificatorio Decreto Nº 236/12, y la Resolución Nº 78/MDEGC/12, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme su Anexo I; Que por Decreto Nº 236/12, se modificó parcialmente el Decreto Nº 660/12, y se aprobó la modificación de la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico, según sus Anexos I y II; Que oportunamente por Resolución Nº 78/MDEGC/12, se designó a los responsables de la administración y rendición de fondos en concepto de Caja Chica común, Caja Chica Especial, Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, Fondo de Viáticos, Alojamiento y Pasajes, y Fondo de Viáticos y Movilidad de la Dirección General de Hábitat de la Secretaría de Habitat e Inclusión dependiente de este Ministerio; Que por Nota NO-2012-1192872, la señora Subsecretaria de Habitat e Inclusión solicita el cese de la señora Gisela Urroz, DNI Nº 16.137.712, CUIL 27-16137712-6, como responsable de la administración y rendición de fondos de la Dirección General de Hábitat, y la designación en su reemplazo de la señora Claudia Licia Rojas, DNI Nº 17.408.982, CUIT 27-17408982-0; Que asimismo, se solicita la continuidad de la señora Patricia Howlin, DNI Nº 14.768.922, CUIL 27-14768922-0 como responsable de la administración y rendición de los fondos citados; Que de lo expresado precedentemente corresponde el dictado de la norma legal pertinente que modifique la designación de los responsables de fondos de la Dirección General de Hábitat. Por ello, y en uso de las facultades que le fueron conferidas,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONOMICO RESUELVE

Artículo 1.- Cese la señora Gisela Urroz, DNI Nº 16.137.712, CUIL 27-16137712-6 como responsable de la administración y rendición de fondos asignados a la Dirección General de Hábitat dependiente de la Secretaría de Habitat e Inclusión del Ministerio de Desarrollo Económico, en concepto de Caja Chica común, Caja Chica Especial, Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, Fondo de Viáticos, Alojamiento y Pasajes, y Fondo de Viáticos y Movilidad, y designase en su reemplazo a la señora Claudia Rojas, DNI Nº 17.408.982, CUIT 27-17408982-0. Artículo 2.- Ratifícase la designación de la señora Patricia Howlin, DNI Nº 14.768.922, CUIL 27-14768922-0 como responsable de la administración y rendición de fondos

asignados a la Dirección General de Hábitat dependiente de la Secretaría de Habitat e Inclusión del Ministerio de Desarrollo Económico, en concepto de Caja Chica común, Caja Chica Especial, Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, Fondo de Viáticos, Alojamiento y Pasajes, y Fondo de Viáticos y Movilidad, efectuada por Resolución Nº 78/MDEGC/12.

Página Nº 26Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 27: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Hábitat de este Ministerio, y gírese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Cabrera

Página Nº 27Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 28: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.º 108/SSHU/12

Buenos Aires, 19 de junio de 2012 VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Decretos Nº 2.075/GCBA/06, 1017/GCBA/2009, 583/GCBA/2010, el Expediente Nº 115244/2011 e inc. 436368/2012, la Resolución Nº 001/ SSATCIU/SSHU /20010 y; CONSIDERANDO: Que, por el Decreto consignado en el visto, el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires encomendó a la Subsecretaria de Atención Ciudadana y a la Subsecretaria Higiene Urbana la celebración de acuerdos específicos necesarios para la ejecución de las tareas necesarias tendientes a la higienización, desratización y saneamiento de los inmuebles que no cumplan con las condiciones de higiene y salubridad previstas en la normativa vigente; Que, de acuerdo a lo expresado en el párrafo que precede mediante la Resolución conjunta N° 001/SSATCIU/SSHU/2010, se aprobó el "CONVENIO DE EJECUCIÓN DE TAREAS TENDIENTES A LA HIGIENIZACIÓN, DESRATIZACIÓN Y/O SANEAMIENTO DE LOS INMUEBLES QUE NO CUMPLAN CON LAS CONDICIONES DE HIGIENE Y SALUBRIDAD PREVISTAS EN LA NORMATIVA" Que, de acuerdo a lo preceptuado en el Anexo II titulado "PROCEDIMIENTO PARA LA HIGIENIZACIÓN, DESRATIZACIÓN Y SANEAMIENTO DE INMUEBLES QUE NO CUMPLAN CON LAS CONDICIONES DE HIGIENE Y SALUBRIDAD ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA VIGENTE", obran los informes, denuncias e inspecciones realizadas en la finca de la calle Don Bosco N° 3879, las cuales obran en el Expediente ut supra consignado, surge en forma evidente que en dicho predio se encuentran afectadas las condiciones de higiene y sanidad pública (fs. 1, 3, 13, 14/17, 27, 31 y 39); Que, atento a lo expuesto, se procedió a diligenciar la correspondiente cédula de notificación al titular del predio, intimándolo a realizar las mejoras del inmueble de su propiedad en el plazo de veinte (20) días de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Nº 33.581 (fs. 30). En el mismo sentido, por medio de la publicación del correspondiente Edicto en el B.O.C.B.A., se intimó al propietario a fin de que proceda a regularizar la situación planteada (fs. 38); Que, transcurrido con creces el plazo otorgado para el cumplimiento de lo intimado, se comprobó que las tareas no fueron realizadas, conforme consta en los actuados obrantes, en el citado Expediente, permaneciendo las deficiencias que dieron origen al presente procedimiento (fs. 39); Que, resulta un deber imperativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de sus potestades, aplicar las disposiciones a las cuales debe ajustarse la población para el cuidado, el aseo y la limpieza de la Ciudad, determinadas por medio de la Ordenanza Nº 33.581 (B.M. Nº 15.540), A.D. 470.2 y su modificatoria Ordenanza Nº 33.681 (B.M. N° 15.575); Que, en consecuencia, resulta inexcusable el ejercicio del Poder de Policía de parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, velando por los intereses de la comunidad; Que, a su vez, mediante el Dictamen Nº 34.877, el Órgano Asesor de la Constitución aclaró respecto a la frase: "imposibilidad material de acceso a la finca" que el sentido que debe dársele implica un presupuesto de excepción, que determine la imposibilidad en forma absoluta de ingresar a la misma, siendo un deber inexcusable de la administración hacer cesar la afectación que trasciende a fincas linderas y afecta en forma actual o inminente el espacio urbano;

Página Nº 28Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 29: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, asimismo, el artículo 12 de la Ley de Procedimientos Administrativos, dispone que: "El acto administrativo goza de presunción de legitimidad; su fuerza ejecutoria faculta a la Administración a ponerlo en práctica por sus propios medios, a menos que deba utilizarse la coacción contra la persona o bienes de los administrados, en cuyo caso será exigible la intervención judicial. Sólo podrá la administración utilizar la fuerza contra la persona o bienes del administrado, sin intervención judicial, cuando deba protegerse el dominio público, desalojarse o demolerse edificios que amenacen ruina, o tengan que incautarse bienes muebles peligrosos para la seguridad, salubridad o moralidad de la población o intervenir en la higienización de inmuebles"; Que, en este sentido, mediante Dictamen Nº 34.877, el Órgano Asesor de la Constitución aclaró que "(...) la propia norma procedimental, regula lo referente al tema en cuestión, determinando específicamente que no resulta necesario contar con la intervención judicial, en los casos en que deba, entre otros supuestos, procederse a la higienización de inmuebles por parte de la administración"; Que, sin perjuicio de lo expuesto, en aquellos casos en que los predios privados se encuentren habitados y sus habitantes impidan el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad, se deberá requerir a la Procuración General del la Ciudad de Buenos Aires que gestione la pertinente orden de allanamiento, debiendo labrarse el acta correspondiente en la que se deje constancia de la negativa de los ocupantes de la finca; Que, por otra parte, la Procuración General recomienda que en todos los supuestos de intervención administrativa, se labre un acta circunstanciada in situ en la que conste en forma pormenorizada, en qué consiste la gravedad de la situación para proceder por Administración a la higienización de la finca, detallando el procedimiento llevado a cabo para hacerla cesar, haciendo constar si se ha requerido el auxilio de la fuerza pública ante la oposición u obstaculización del procedimiento y dejando asentado en qué consiste el riesgo para la salud o daño para el hábitat que determine la intervención del órgano de aplicación; Que, en virtud del referenciado Anexo II, titulado "PROCEDIMIENTO PARA LA HIGIENIZACIÓN, DESRATIZACIÓN Y SANEAMIENTO DE INMUEBLES QUE NO CUMPLAN CON LAS CONDICIONES DE HIGIENE Y SALUBRIDAD ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA VIGENTE" se infiere que la verificación del estado de los inmuebles, se encuentra a cargo de la Dirección General de Inspección de Higiene Urbana y de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sobre el temperamento a adoptar en la situación planteada, considerando que corresponde dictar el acto administrativo pertinente a fin de disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad y orden público; Que, a su vez, mediante el Informe Nº 657680-DGAINST/2012, el Órgano Asesor de la Constitución opinó que corresponde dictar el pertinente acto administrativo que ordene

la intervención administrativa del inmueble ubicado en la calle Don Bosco N° 3879 (fs.47/48). Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº 2075/GCBA/07, 1017/GCBA/2009 y la Resolución Nº 001/ SSATCIU/SSHU /20010,

EL SUBSECRETARIO DE HIGIENE URBANA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1°.- Encomiéndase a la Dirección General del Centro de Gestión y Participación Comunal para que junto con las áreas con competencia dependientes del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, procedan de inmediato a realizar en el inmueble sito en la calle Don Bosco N° 3879 por administración y costa de quien resulte ser propietario del mismo, las tareas de higienización, desmalezamiento y desratización. Artículo 2°.- Los organismos citados en el artículo primero, podrán requerir el auxilio de la fuerza pública a fin de cumplir con lo dispuesto precedentemente, con prescindencia de la previa intervención judicial, en todos aquellos casos en los cuales no se advierta signos de habitabilidad en los predios a higienizar.

Página Nº 29Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 30: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 3º.- Establécese que el organismo encargado de realizar la higienización deberá labrar un acta circunstanciada in situ en la que conste en que consiste la gravedad, de la situación para proceder por Administración a la higienización, detallando el procedimiento llevado a cabo para hacerla cesar, haciendo constar si se ha requerido el auxilio de la fuerza pública ante la oposición u obstaculización del procedimiento e informando en que consiste el riesgo para la salud o daño para el hábitat que determine la intervención del órgano de aplicación. Artículo 4°.- Encomiéndese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, para que en los casos en que el riesgo no sea grave ni inminente, y exista oposición a la intervención administrativa por parte de los ocupantes, recurra ante los tribunales competentes a fin de gestionar la orden de allanamiento del inmueble mencionado en el artículo primero, a fin de llevar a cabo las tareas dispuestas en la presente. Artículo 5º.- Los gastos que demanden los trabajos dispuestos por el artículo 1º deberán ser abonados por el propietario del inmueble en la Dirección General de Rentas, dentro del los treinta (30) días de la fecha de formulación del cargo que efectuará la Dirección General de Contaduría, bajo apercibimiento de iniciar las acciones pertinentes para su cobro por vía judicial. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General del Centro de Gestión y Participación Comuna y a las Direcciones Generales de Contaduría General y de Rentas. Elías

RESOLUCIÓN N.º 135/SSHU/12

Buenos Aires, 19 de junio de 2012 VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Decretos Nº 2.075/GCBA/06, 1017/GCBA/2009, 583/GCBA/2010, el Expediente Nº 147875/2011 e Inc. N° 2417256/2011, la Resolución Nº 001/ SSATCIU/SSHU /20010 y; CONSIDERANDO: Que, por el Decreto consignado en el visto, el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires encomendó a la Subsecretaria de Atención Ciudadana y a la Subsecretaria Higiene Urbana la celebración de acuerdos específicos necesarios para la ejecución de las tareas necesarias tendientes a la higienización, desratización y saneamiento de los inmuebles que no cumplan con las condiciones de higiene y salubridad previstas en la normativa vigente; Que, de acuerdo a lo expresado en el párrafo que precede mediante la Resolución conjunta N° 001/SSATCIU/SSHU/2010, se aprobó el "CONVENIO DE EJECUCIÓN DE TAREAS TENDIENTES A LA HIGIENIZACIÓN, DESRATIZACIÓN Y/O SANEAMIENTO DE LOS INMUEBLES QUE NO CUMPLAN CON LAS CONDICIONES DE HIGIENE Y SALUBRIDAD PREVISTAS EN LA NORMATIVA" Que, de acuerdo a lo preceptuado en el Anexo II titulado "PROCEDIMIENTO PARA LA HIGIENIZACIÓN, DESRATIZACIÓN Y SANEAMIENTO DE INMUEBLES QUE NO CUMPLAN CON LAS CONDICIONES DE HIGIENE Y SALUBRIDAD ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA VIGENTE", obran los informes, denuncias e inspecciones realizadas en la finca de la calle Francisco Acuña de Figueroa N° 981, las cuales obran en el Expediente ut supra consignado, surge en forma evidente que en dicho predio se encuentran afectadas las condiciones de higiene y sanidad pública (fs. 1, 3, 13, 20 y 24);

Página Nº 30Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 31: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, atento a lo expuesto, se procedió a diligenciar la correspondiente cédula de notificación al titular del predio, intimándolo a realizar las mejoras del inmueble de su propiedad en el plazo de veinte (20) días de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Nº 33.581 (fs. 23). En el mismo sentido, por medio de la publicación del correspondiente Edicto en el B.O.C.B.A., se intimó al propietario a fin de que proceda a regularizar la situación planteada (fs. 06); Que, transcurrido con creces el plazo otorgado para el cumplimiento de lo intimado, se comprobó que las tareas no fueron realizadas, conforme consta en los actuados obrantes, en el citado Expediente, permaneciendo las deficiencias que dieron origen al presente procedimiento (fs. 24); Que, resulta un deber imperativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de sus potestades, aplicar las disposiciones a las cuales debe ajustarse la población para el cuidado, el aseo y la limpieza de la Ciudad, determinadas por medio de la Ordenanza Nº 33.581 (B.M. Nº 15.540), A.D. 470.2 y su modificatoria Ordenanza Nº 33.681 (B.M. N° 15.575); Que, en consecuencia, resulta inexcusable el ejercicio del Poder de Policía de parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, velando por los intereses de la comunidad; Que, a su vez, mediante el Dictamen Nº 34.877, el Órgano Asesor de la Constitución aclaró respecto a la frase: "imposibilidad material de acceso a la finca" que el sentido que debe dársele implica un presupuesto de excepción, que determine la imposibilidad en forma absoluta de ingresar a la misma, siendo un deber inexcusable de la administración hacer cesar la afectación que trasciende a fincas linderas y afecta en forma actual o inminente el espacio urbano; Que, asimismo, el artículo 12 de la Ley de Procedimientos Administrativos, dispone que: "El acto administrativo goza de presunción de legitimidad; su fuerza ejecutoria faculta a la Administración a ponerlo en práctica por sus propios medios, a menos que deba utilizarse la coacción contra la persona o bienes de los administrados, en cuyo caso será exigible la intervención judicial. Sólo podrá la administración utilizar la fuerza contra la persona o bienes del administrado, sin intervención judicial, cuando deba protegerse el dominio público, desalojarse o demolerse edificios que amenacen ruina, o tengan que incautarse bienes muebles peligrosos para la seguridad, salubridad o moralidad de la población o intervenir en la higienización de inmuebles"; Que, en este sentido, mediante Dictamen Nº 34.877, el Órgano Asesor de la Constitución aclaró que "(...) la propia norma procedimental, regula lo referente al tema en cuestión, determinando específicamente que no resulta necesario contar con la intervención judicial, en los casos en que deba, entre otros supuestos, procederse a la higienización de inmuebles por parte de la administración"; Que, sin perjuicio de lo expuesto, en aquellos casos en que los predios privados se encuentren habitados y sus habitantes impidan el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad, se deberá requerir a la Procuración General del la Ciudad de Buenos Aires que gestione la pertinente orden de allanamiento, debiendo labrarse el acta correspondiente en la que se deje constancia de la negativa de los ocupantes de la finca; Que, por otra parte, la Procuración General recomienda que en todos los supuestos de intervención administrativa, se labre un acta circunstanciada in situ en la que conste en forma pormenorizada, en qué consiste la gravedad de la situación para proceder por Administración a la higienización de la finca, detallando el procedimiento llevado a cabo para hacerla cesar, haciendo constar si se ha requerido el auxilio de la fuerza pública ante la oposición u obstaculización del procedimiento y dejando asentado en qué consiste el riesgo para la salud o daño para el hábitat que determine la intervención del órgano de aplicación;

Página Nº 31Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 32: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, en virtud del referenciado Anexo II, titulado "PROCEDIMIENTO PARA LA HIGIENIZACIÓN, DESRATIZACIÓN Y SANEAMIENTO DE INMUEBLES QUE NO CUMPLAN CON LAS CONDICIONES DE HIGIENE Y SALUBRIDAD ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA VIGENTE" se infiere que la verificación del estado de los inmuebles, se encuentra a cargo de la Dirección General de Inspección de Higiene Urbana y de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sobre el temperamento a adoptar en la situación planteada, considerando que corresponde dictar el acto administrativo pertinente a fin de disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad y orden público; Que, a su vez, mediante Informe N° 549260-DGAINST/2012, el Órgano Asesor de la Constitución opinó que corresponde dictar el pertinente acto administrativo que ordene

la intervención administrativa del inmueble ubicado en la calle Francisco Acuña de Figueroa N° 981 (fs. 13/14). Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº 2075/GCBA/07, 1017/GCBA/2009 y la Resolución Nº 001/ SSATCIU/SSHU /20010,

EL SUBSECRETARIO DE HIGIENE URBANA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1°.- Encomiéndase a la Dirección General del Centro de Gestión y Participación Comunal para que junto con las áreas con competencia dependientes del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, procedan de inmediato a realizar en el inmueble sito en la calle Francisco Acuña de Figueroa N° 981 por administración y costa de quien resulte ser propietario del mismo, las tareas de desmalezamiento, higienización y desratización. Artículo 2°.- Los organismos citados en el artículo primero, podrán requerir el auxilio de la fuerza pública a fin de cumplir con lo dispuesto precedentemente, con prescindencia de la previa intervención judicial, en todos aquellos casos en los cuales no se advierta signos de habitabilidad en los predios a higienizar. Artículo 3º.- Establécese que el organismo encargado de realizar la higienización deberá labrar un acta circunstanciada in situ en la que conste en que consiste la gravedad, de la situación para proceder por Administración a la higienización, detallando el procedimiento llevado a cabo para hacerla cesar, haciendo constar si se ha requerido el auxilio de la fuerza pública ante la oposición u obstaculización del procedimiento e informando en que consiste el riesgo para la salud o daño para el hábitat que determine la intervención del órgano de aplicación. Artículo 4°.- Encomiéndese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, para que en los casos en que el riesgo no sea grave ni inminente, y exista oposición a la intervención administrativa por parte de los ocupantes, recurra ante los tribunales competentes a fin de gestionar la orden de allanamiento del inmueble mencionado en el artículo primero, a fin de llevar a cabo las tareas dispuestas en la presente. Artículo 5º.- Los gastos que demanden los trabajos dispuestos por el artículo 1º deberán ser abonados por el propietario del inmueble en la Dirección General de Rentas, dentro del los treinta (30) días de la fecha de formulación del cargo que efectuará la Dirección General de Contaduría, bajo apercibimiento de iniciar las acciones pertinentes para su cobro por vía judicial. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General del Centro de Gestión y Participación Comuna y a las Direcciones Generales de Contaduría General y de Rentas. Elías

Página Nº 32Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 33: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

RESOLUCIÓN N.º 655/MAYEPGC/12

Buenos Aires, 22 de junio de 2012 VISTO: Las Leyes de Obras Públicas Nº 13.064, aplicable en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria Nº 3 de la Ley Nº 70, la Ley N° 4013 y su decreto reglamentario, el Decreto Nº 61/GCBA/10, las Resoluciones Nº 225-MAYEPGC/11, 406-MAYEPGC/11, 415-MAYEPGC/11, 446-MAYEPGC/11, 216-MAYEPGC/2012, 219-MAYEPGC/2012, el Expediente Nº 624.959/10, y; CONSIDERANDO: Que por el Expediente Nº 624.959/2010, tramita la Licitación Pública Nº 247/SIGAF/2011 referente a la “Rehabilitación Inicial y Total de Arterias Urbanas y Mantenimiento Periódico, incluyendo baches y reclamos y Cierres de Empresas de Servicios Públicos, de las calles y/o arterias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Previal III” Que por el Decreto Nº 61/GCBA/10, el Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la realización de la obra pública en cuestión, autorizó al Señor Ministro de Ambiente y Espacio Público a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública por el régimen de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064 y delegó las facultades indicadas en el artículo 3º de dicho Decreto; Que por Resolución Nº 225/MAYEPGC/11, el Señor Ministro de Ambiente y Espacio Público fijó la fecha de apertura de ofertas correspondiente al Sobre Nº 1 de la Licitación Pública Nº 247/SIGAF/11 para el día 15 de abril de 2011 a las 12:00 hs.; Que por Resoluciones Nº 406-MAYEPGC/2011 y 415-MAYEPGC/2011, se postergaron oportunamente los llamados para la apertura del Sobre Nº 1, fijándose el mismo para el día 02 de mayo de 2011 a las 12:00 hs., de acuerdo a lo resuelto mediante Resolución Nº 446-MAYEPGC/2011; Que por Resolución Nº 216/MAYEPGC/2012 se aprobó el Dictamen de Preselección de Ofertas de la Licitación Pública Nº 247/SIGAF/2011 y, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º de la mencionada Resolución, se autorizó a la apertura del Sobre Nº 2 de las propuestas presentadas por las firmas preseleccionadas; Que de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 219/MAYEPGC/2012, de fecha 15 de marzo de 2012, el Señor Ministro de Ambiente y Espacio Público, llamó a la apertura del Sobre Nº 2 de la licitación de marras para el día 21 de marzo de 2012 a las 12:00 hs, lo cual fue debidamente publicado y notificado a los oferentes que hubieran sido considerados calificados para el mencionado acto de apertura; Que tal como surge del Acta de Apertura Sobre Nº 2/2011 del día 21 de marzo de 2012 a las 12:00 hs se llevó a cabo el Acto de Apertura del Sobre Nº 2, presentándose catorce (14) ofertas correspondientes a las siguientes firmas: Oferta Nº 1 presentada por CONSTRUCCIONES INGEVIAL S.A., Oferta Nº 2 presentada por MAQUIVIAL S.A., Oferta Nº 3 presentada por UTE: ELEPRINT S.A. – ILUBAIRES S.A., Oferta Nº 4 presentada por ROVELLA CARRANZA S.A., oferta Nº 5 UTE: MARCALBA S.A. –

FONTANA NICASTRO CONSTRUCCIONES S.A. – GRUPO FARRALLN DESARROLLOS INMOBILIARIOS, Oferta Nº 7 presentada por EQUIMAC S.A.C.I.F. e l., Oferta Nº 8 presentada por COARCO S.A., Oferta Nº 9 presentada por VIAL AGRO S.A., Oferta Nº 10 presentada por SEPEYCO S.R.L., Oferta Nº 11 presentada por UTE: LUCIANO S.A. – ALQUIMAC S.R.L., Oferta Nº 12 presentada por GREEN S.A., Oferta Nº 13 presentada por HOMAQ S.A., Oferta Nº 14 presentada por CONSTRUMEX S.A. y Oferta Nº 15 presentada por PETERSEN, THIELE Y CRUZ S.A;

Página Nº 33Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 34: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que seguidamente, la Comisión de Evaluación de Ofertas suscribió el Dictamen de Preadjudicación Nº 2, obrante a fs. 21522/21525, correspondiente al Sobre Nº 2 de la presente contratación, el cual carece de efectos vinculantes; como así también realizó el correspondiente cuadro comparativo de precios; Que la Comisión de Evaluación de Ofertas, luego de un exhaustivo análisis de las ofertas presentadas, en base a lo previsto en los artículos pertinentes de los pliegos licitarios, concluyó por unanimidad en recomendar la preadjudicación de la Zona Nº 1 a la empresa CONSTRUMEX S.A. por la suma total de pesos ochenta y tres millones cuatrocientos setenta y un mil seiscientos noventa y seis con cincuenta y nueve centavos ($ 83.471.696,59), la Zona Nº 2 a la empresa MAQUIVIAL S.A. por la suma total de pesos sesenta y siete millones ochocientos sesenta y siete mil trescientos cuarenta con once centavos ($ 67.867.340,11), la Zona Nº 3 a la empresa SEPEYCO S.R.L. por la suma total de pesos sesenta y ocho millones cincuenta y cuatro mil trescientos sesenta y siete con noventa y tres centavos ($ 68.054.367,93), la Zona Nº 4 a la empresa CONSTRUCCIONES INGEVIAL S.A. por la suma total de pesos ochenta y tres millones cuatrocientos mil veintiuno con sesenta centavos ($ 83.400.021,60), la Zona Nº 5 para la empresa GREEN S.A. por el monto total de pesos sesenta y ocho millones ciento sesenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y siete con setenta y cinco centavos ($ 68.166.457,75), la Zona Nº 6 por la suma total de pesos sesenta y ocho millones novecientos noventa y siete mil ochocientos cuatro con nueve centavos ($ 68.997.804,09) y Zona Nº 15 por la suma total de pesos setenta y ocho millones cuatrocientos ochenta y un mil trescientos dieciocho con veintitrés centavos ($ 78.481.318,23) a la empresa EQUIMAC S.A.C.I.F. e l., la Zona Nº 7 a la empresa ROVELLA CARRANZA por la suma total de pesos ochenta y dos millones ciento veinticinco mil sesenta y ocho con cuarenta y nueve centavos ($ 82.125.068,49), la Zona Nº 8 por la suma total de pesos setenta y siete millones trescientos cuarenta y cuatro mil quinientos setenta y ocho con sesenta centavos ($ 77.344.578,60) y Zona Nº 9 por la suma total de pesos ochenta millones novecientos treinta y dos mil trescientos setenta y ocho con sesenta centavos ($ 80.932.378,60) a la empresa UTE: LUCIANO S.A. – ALQUIMAC S.R.L., la Zona Nº 10 por la suma total de pesos setenta y cinco millones novecientos sesenta y nueve mil setecientos veintiséis con treinta y cuatro centavos ($ 75.969.726,34) y la Zona Nº 11 por el monto total de pesos setenta y nueve millones setecientos treinta y nueve mil quinientos quince con cuarenta centavos ($ 79.739.515,40) a la empresa UTE: MARCALBA S.A. – FONTANA NICASTRO CONSTRUCCIONES S.A. – GRUPO FARRALLON DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.A., la Zona Nº 12 a la empresa UTE: ELEPRINT S.A. – ILUBAIRES S.A. por el monto total de pesos ochenta y un millones ciento noventa y ocho mil cincuenta y cinco con sesenta centavos ($ 81.198.055,60), la Zona Nº 13 por la suma total de pesos noventa y un millones setecientos cincuenta y cuatro mil ochocientos setenta y nueve con noventa y cuatro centavos ($ 91.754.879,94) y la

Zona Nº 14 por la suma total de pesos setenta y nueve millones setecientos catorce mil cincuenta y tres con sesenta y nueve centavos ($ 79.714.053,69) a la empresa COARCO S.A.. Que por lo mencionado precedentemente, la erogación total para la presente contratación asciende a la suma de pesos mil ciento sesenta y siete millones doscientos diecisiete mil doscientos sesenta y dos con noventa y seis centavos ($ 1.167.217.262,96) el cual supera el presupuesta que fuera oportunamente establecido, aún así, teniendo en cuenta el tiempo que insumiera el análisis de la totalidad de las ofertas, como así también el aumento de costos que se han generado en el rubro que rige el objeto de la contratación, dicha erogación resulta conveniente a los intereses económicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Página Nº 34Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 35: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que producto de un error material en el Dictamen de Preadjudicación Sobre Nº 2, donde dice “En relación a la oferta formulada por dicho oferente para la Zona Nº 15, esta Comisión considera que el monto cotizado por GREEN S.A. con su correspondiente descuento resulta conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” debe leerse “En relación a la oferta formulada por dicho oferente para la Zona Nº 5, esta Comisión considera que el monto cotizado por GREEN S.A. con su correspondiente descuento resulta conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”; Que dicho Dictamen de Preadjudicación fue debidamente publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, exhibido en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, publicado en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificado a todos los Oferentes; Que luego de transcurrido el plazo legal no se recibieron impugnaciones a dicho Dictamen de Preadjudicación; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención correspondiente conforme lo que surge de la Ley Nº 1218 y su modificatoria Ley Nº 3167; Por ello, en un todo de acuerdo con la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, y en uso de las facultades conferidas por la Ley 4013 y su decreto reglamentario;

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º - Apruébase la Licitación Pública Nº 247/SIGAF/2011 destinada a la realización de la Obra Pública “Rehabilitación Inicial y Total de Arterias Urbanas y Mantenimiento Periódico, incluyendo baches y reclamos y Cierres de Empresas de Servicios Públicos, de las calles y/o arterias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Previal III”, al amparo de lo establecido en la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma total de pesos novecientos cincuenta millones quinientos cincuenta y dos mil novecientos setenta y nueve con diez centavos ($ 950.552.979,10). Artículo 2º - Adjudícanse las Zona Nº 1 a la empresa CONSTRUMEX S.A. por la suma total de pesos ochenta y tres millones cuatrocientos setenta y un mil seiscientos noventa y seis con cincuenta y nueve centavos ($ 83.471.696,59), la Zona Nº 2 a la empresa MAQUIVIAL S.A. por la suma total de pesos sesenta y siete millones

Página Nº 35Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 36: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

ochocientos sesenta y siete mil trescientos cuarenta con once centavos ($ 67.867.340,11), la Zona Nº 3 a la empresa SEPEYCO S.R.L. por la suma total de pesos sesenta y ocho millones cincuenta y cuatro mil trescientos sesenta y siete con noventa y tres centavos ($ 68.054.367,93), la Zona Nº 4 a la empresa CONSTRUCCIONES INGEVIAL S.A. por la suma total de pesos ochenta y tres millones cuatrocientos mil veintiuno con sesenta centavos ($ 83.400.021,60), la Zona Nº 5 para la empresa GREEN S.A. por el monto total de pesos sesenta y ocho millones ciento sesenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y siete con setenta y cinco centavos ($ 68.166.457,75), la Zona Nº 6 por la suma total de pesos sesenta y ocho millones novecientos noventa y siete mil ochocientos cuatro con nueve centavos ($ 68.997.804,09) y Zona Nº 15 por la suma total de pesos setenta y ocho millones cuatrocientos ochenta y un mil trescientos dieciocho con veintitrés centavos ($ 78.481.318,23) a la empresa EQUIMAC S.A.C.I.F. e l., la Zona Nº 7 a la empresa ROVELLA CARRANZA por la suma total de pesos ochenta y dos millones ciento veinticinco mil sesenta y ocho con cuarenta y nueve centavos ($ 82.125.068,49), la Zona Nº 8 por la suma total de pesos setenta y siete millones trescientos cuarenta y cuatro mil quinientos setenta y ocho con sesenta centavos ($ 77.344.578,60) y Zona Nº 9 por la suma total de pesos ochenta millones novecientos treinta y dos mil trescientos setenta y ocho con sesenta centavos ($ 80.932.378,60) a la empresa UTE: LUCIANO S.A. – ALQUIMAC S.R.L., la Zona Nº 10 por la suma total de pesos setenta y cinco millones novecientos sesenta y nueve mil setecientos veintiséis con treinta y cuatro centavos ($ 75.969.726,34) y la Zona Nº 11 por el monto total de pesos setenta y nueve millones setecientos treinta y nueve mil quinientos quince con cuarenta centavos ($ 79.739.515,40) a la empresa UTE: MARCALBA S.A. – FONTANA NICASTRO CONSTRUCCIONES S.A. – GRUPO FARRALLON DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.A., la Zona Nº 12 a la empresa UTE: ELEPRINT S.A. – ILUBAIRES S.A. por el monto total de pesos ochenta y un millones ciento noventa y ocho mil cincuenta y cinco con sesenta centavos ($ 81.198.055,60), la Zona Nº 13 por la suma total de pesos noventa y un millones setecientos cincuenta y cuatro mil ochocientos setenta y nueve con noventa y cuatro centavos ($ 91.754.879,94) y la Zona Nº 14 por la suma total de pesos setenta y nueve millones setecientos catorce mil cincuenta y tres con sesenta y nueve centavos ($ 79.714.053,69) a la empresa COARCO S.A., ascendiendo la erogación total de la presente contratación a la suma de pesos mil ciento sesenta y siete millones doscientos diecisiete mil doscientos sesenta y dos con noventa y seis centavos ($ 1.167.217.262,96). Artículo 3º - Impútese el gasto a las partidas presupuestarias correspondientes y efectúese el ajuste presupuestario correspondiente, dado que las ofertas adjudicadas para cada una de las zonas superan los respectivos presupuestos oficiales. Artículo 4º - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Exhíbase copia de la presente en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Comuníquese al Ente de Mantenimiento Urbano Integral dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Notifíquese a todos los interesados y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público para la prosecución de su trámite. Santilli

Página Nº 36Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 37: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Modernización

RESOLUCIÓN N.º 441/SSGRH/12

Buenos Aires, 18 de mayo de 2012 VISTO: El Expediente Nº 925227/2012, y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 99/IVC/2012, se designó, al señor Nicolás Roberto Echarri, D.N.I. 27.777.280, CUIL. 23-27777280-9, como Personal de la Planta de Gabinete, del Instituto de Vivienda de la Ciudad; Que según surge de los presentes actuados, en la precitada norma no se consigna la partida de planta que debe retener el nombrado; Que por lo expuesto resulta necesario regularizar la situación planteada; Que es del caso destacar, que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización ha dictaminado con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el Informe 79098/DGTALMOD/2012, que “…la Subsecretaría de Gestión de Recursos humanos tiene la facultad para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también sobre las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el anexo del Decreto 184/GCBA/2010.” Por ello, conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto Nº 660/2011,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Déjase establecido que el señor Nicolás Roberto Echarri, D.N.I. 27.777.280, CUIL. 23-27777280-9, quien fuera designado como Personal de la Planta de Gabinete, del Instituto de Vivienda de la Ciudad por Resolución Nº 99/IVC/2012, lo es reteniendo sin percepción de haberes la partida 5520.0000.A.A.01.0000, del Ministerio de Educación. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y al Instituto de Vivienda de la Ciudad. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 457/SSGRH/12

Buenos Aires, 30 de mayo de 2012 VISTO: El Expediente Nº 899084/2012, y CONSIDERANDO:

Página Nº 37Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 38: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que según surge de los presentes actuados, la Dra. Daniela Rocío Lemus, D.N.I. 33.016.949, CUIL. 23-33016949-4, legajo personal 460.964, presentó su renuncia a partir del 31 de mayo de 2012, como Profesional de Guardia Médica, suplente, perteneciente al Hospital General de Agudos “Dr. Juan A. Fernández”, del Ministerio de Salud, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que en consecuencia corresponde el dictado de la norma legal pertinente. Que es del caso destacar, que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización ha dictaminado con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el Informe 79098/DGTALMOD/2012, que “… la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tiene facultades para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el Anexo del Decreto Nº 184/GCBA/2010”. Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto N° 660/2011,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Acéptase a partir del 31 de mayo de 2012, la renuncia presentada por la Dra. Daniela Rocío Lemus, D.N.I. 33.016.949, CUIL. 23-33016949-4, legajo personal 460.964, como Profesional de Guardia Médica, suplente, perteneciente al Hospital General de Agudos “Dr. Juan A. Fernández”, del Ministerio de Salud, deja partida 4022.0706.Z.25.924, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.- La Gerencia Operativa de Asuntos Administrativos y Operativos, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 462/SSGRH/12

Buenos Aires, 31 de mayo de 2012 VISTO: Los Decretos Nros. 232/2008, 763/2008 y 58/2009 y la Resolución Nº 2893/MHGC/2010, el Expediente Nº 630389/2012, y CONSIDERANDO: Que es dable mencionar que por diversas normas legales, se dispuso el cese a partir de diferentes fechas a varios agentes, dado que poseían las condiciones de edad y acreditaban los años de aportes, conforme los términos de los artículos 59 y 61 de la Ley Nº 471, y previa obtención del beneficio jubilatorio; Que por el artículo 1 del Decreto N° 232/2008 y su modificatorio Decreto Nº 763/2008, prorrogado por Decreto Nº 58/2009 y la Resolución Nº 2893/MHGC/2010, se instituye por única vez, un incentivo no remunerativo, acorde los términos del artículo 7 de la Ley N° 24241, para aquellos trabajadores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que obtengan el beneficio jubilatorio, conforme las condiciones fijadas en el mismo;

Página Nº 38Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 39: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que por otra parte, se señala que se incluye a todos los trabajadores comprendidos en la Ley Nº 471, que hubieran alcanzado los requisitos para obtener cualquier beneficio jubilatorio -Capítulo XIV, artículo 59, Inc. c) de la citada Ley-, y los que cumplieran años hasta el 31 de marzo de 2009, contando con la aceptación expresa a la invitación efectuada a adherirse al régimen que nos ocupa; Que a tal fin resulta necesario disponer el cese por jubilación con incentivo, del agente Carlos Alberto Romero, D.N.I. 08.256.173, CUIL. 20-08256173-1, legajo personal 150.016, perteneciente a la Dirección General de Operaciones, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, quien presentó las constancias requeridas reuniendo en consecuencia los requisitos establecidos en el artículo 1 del Decreto N° 232/2008 y su modificatorio Decreto Nº 763/2008, prorrogado por Decreto Nº 58/2009 y la Resolución Nº 2893/MHGC/2010; Que por Resolución Nº 937/SECRH/2011, se dispuso el cese entre otros a partir del 1 de octubre de 2011, de la agente Hilda Elena Oliver, CUIL. 27-09169900-7, legajo personal 345.103, del Hospital “Dr. Braulio Moyano”, del Ministerio de Salud, por contar con las condiciones de edad y años de aportes, conforme los términos de los artículos 59 y 61 de la Ley Nº 471 y haber obtenido el pertinente beneficio jubilatorio; Que en consecuencia resulta necesario otorgar a la involucrada un incentivo de acuerdo con el artículo 1 del Decreto N° 232/2008 y su modificatorio Decreto Nº 763/2008, prorrogado por Decreto Nº 58/2009 y la Resolución Nº 2893/MHGC/2010. Que es del caso destacar, que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización ha dictaminado con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el Informe 79098/DGTALMOD/2012, que “…la Subsecretaría de Gestión de Recursos humanos tiene la facultad para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también sobre las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el anexo del Decreto 184/GCBA/2010.”

Por ello, conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto Nº 660/2011,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Cese por jubilación con incentivo al agente que se indica en el Anexo “I”, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que se señala, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1, del Decreto N° 232/2008 y su modificatorio Decreto Nº 763/2008, prorrogado por Decreto Nº 58/2009 y la Resolución Nº 2893/MHGC/2010, y conforme el Capítulo XIV, artículos 59, Inc. c) y 61, de la Ley N° 471. Artículo 2.- Otórgase un incentivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 1, del Decreto N° 232/2008 y su modificatorio Decreto Nº 763/2008, prorrogado por Decreto Nº 58/2009 y la Resolución Nº 2893/MHGC/2010, a la agente que se indica en el Anexo “II”, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- La Gerencia Operativa Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

ANEXO

Página Nº 39Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 40: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Secretaría Legal y Técnica

RESOLUCIÓN N.° 236/SECLYT/12

Buenos Aires, 21 de junio de 2012 VISTO: La licencia ordinaria del Dr. Mauricio Devoto CONSIDERANDO: Que el señor Director General de la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, Dr. Mauricio Devoto, se ausentará entre los días 21 al 29 de junio del corriente año, con motivo de hacer uso de su licencia ordinaria; Que por lo expuesto corresponde designar al funcionario que se hará cargo de la atención de los asuntos y firma del despacho de la Dirección General Escribanía General, mientras dura la ausencia de su Titular; Que en tal sentido se propicia designar al señor Director General de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, Cdor. Pedro Hadida como funcionario competente para quedar a cargo del despacho de la Dirección "ut-supra" mencionada, por el período citado precedentemente. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVE

Artículo 1º.- Encomiéndase en el señor Director General de la Dirección General Técnica y Administrativa, Cdor. Pedro Hadida, la atención de los asuntos y firma del despacho del Director General de la Dirección General Escribanía General, Dr. Mauricio Devoto. desde el 21 al 29 de junio del corriente año. Artículo 2º.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Clusellas

Página Nº 40Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 41: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

RESOLUCIÓN N.º 400/AGIP/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO: el Exp. Nº 379269/12, la Ley N° 2.603 promulgada por Decreto Nº 2.140/GCABA/07 (B.O.C.B.A. Nº 2.846) y reglamentada mediante el Decreto Nº 745/GCABA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2.961), la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCBA/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), su Decreto Reglamentario Nº 754/GCABA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2.960), la Resolución Nº 59/MHGC/12 (B.O.C.B.A. Nº 3895), la Resolución Nº 180-MHGC-08 (B.O.C.B.A. N° 2.875) y Disposición Nº 171/DGCyC/2008 (B.O.C.B.A. Nº 2.968), y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 175/AGIP/2012 de autos el suscripto aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que rigieron en la Licitación Pública Nº 443/2012, encuadrada en el Artículo Nº 31 de la Ley Nº 2.095, para la adquisición de equipamiento informático PC; Que asimismo por el Artículo 2° del aludido acto administrativo, se impulsó el correspondiente llamado para el día 11 de Abril de 2012 a las 12:00 horas, y conforme se desprende del Acta de Apertura Nº 834/2012, las firmas DISCTECNA S.A y FLORES LEANDRO NICOLAS, presentaron oferta; Que posteriormente la Comisión Evaluadora de Ofertas de esta repartición (Resolución Nº 699-AGIP-2009), en base al análisis de la documentación presentada y de la evolución de las muestras ha emitido mediante SIGAF el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1142/2012 por un monto total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA MIL SESENTA Y CINCO CON 74/100 ($. 1.970.065,74); Que conforme se desprende del precitado dictamen y en virtud de lo establecido por el Artículo 108 de la Ley Nº 2095, resultan preadjudicada por cumplir con las especificaciones técnicas y ser única oferta válida para el GCBA, a la firma DISTECNA S.A en los Renglones N° 1 / 3, por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA MIL SESENTA Y CINCO CON 74/100 ($ 1.970.065,74); Que habiéndose dado cumplimiento a los términos del Decreto 754/GCBA/08 en cuanto a la reglamentación del Artículo 108º de la Ley Nº 2095 respecto a la publicación del precitado dictamen y conforme a no haberse recibido impugnaciones al mismo, se procedió a efectuar la registración presupuestaria emitida por el SIGAF en su etapa de compromiso definitivo sobre el presupuesto 2012 por el importe correspondiente; Que, según lo establece el Decreto Nº 745/GCBA/08 reglamentario del Artículo 14º de la Ley 2603/07, esta Administración Gubernamental está excluida de las disposiciones del Decreto Nº 1023/MCBA/93 (B.M. Nº 19600), así como de cualquier otra normativa vigente o que se dicte en la que se restrinja de alguna manera la autarquía administrativa y financiera de la Administración en este aspecto, a excepción de aquellas que la citen expresamente, por lo que será el área solicitante quien brinde su asesoramiento técnico respecto de las propuestas recibidas con motivo del acto licitatorio a convocar; Que considerando las normas vigentes en cuanto a montos y competencias reglamentados por el Decreto Nº 754/GCBA/08 para las contrataciones que se efectúan en el ámbito del GCBA y el Artículo 2º de la Resolución Nº 180/MHGC/08 (B.O.C.B.A. Nº 2.875) la cual constituye esta Unidad Operativa de Adquisiciones, facultan al suscripto a aprobar lo actuado.

Página Nº 41Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 42: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

RESUELVE: Artículo 1.- Apruébase la Licitación Pública Nº 443/2012 para la adquisición de PC, y adjudíquese la provisión al amparo de lo establecido en el Artículo 108º de la Ley Nº 2095, a favor de la firma DISTECNA S.A en los Renglones N° 1 / 3 por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA MIL SESENTA Y CINCO CON 74/100 ($ 1.970.065,74), por cumplir con las especificaciones técnicas y única oferta valida, para el GCBA. Artículo 2.- Autorízase a la Dirección de Administración mediante el Departamento de Compras y Contrataciones a emitir las correspondientes Ordenes de Compra, de conformidad con la aprobación dispuesta en el Artículo 1º precedente, incluyendo la distribución sobre el presupuesto 2012 por el importe correspondiente. Artículo 3.- Notifíquese fehacientemente los términos de la presente a las firmas DISTECNA S.A y FLORES LÑEANDRO NICOLAS, de acuerdo a las previsiones establecidas en los Artículos Nº 60 y 61 del DNU Nº 1510/GCBA/97, aprobado por Resolución Nº 41/LCBA/98. Artículo 4.- Regístrese, publíquese, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección de Administración (Departamento Compras y Contrataciones) para la prosecución de su trámite y publicación en la cartelera del Departamento Compras y Contrataciones y en Internet, página Web: www.buenosaires.gov.ar - hacienda - licitaciones y compras - consultas de compras. Walter

RESOLUCIÓN N.º 415/AGIP/12

Buenos Aires, 22 de junio de 2012 VISTO: La Ley Nº 2.603 y su Decreto Reglamentario Nº 745-GCABA/2008 , la Resolución N° 500-AGIP/2008 y sus modificatorias, la Resolución Nº 216-AGIP/2008 , la Resolución Nº 551-AGIP/2009, la Resolución Nº 301-AGIP/2010, y el Expediente N° 1247806/2012, y CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a establecer la estructura de esta Administración; Que, el Decreto Nº 745/GCABA/2008, reglamentario de la precitada Ley, faculta al Señor Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a realizar ceses y designaciones en los cargos estructurales que conforman dicha Administración; Que, mediante la Resolución N° 500-AGIP/2008 se aprobó la Estructura Orgánica Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que, por el Anexo I de la Resolución Nº 216-AGIP/2008 se designó al Dr. Oscar Eduardo Zarate, F.C. 354.942, como Director de la Dirección de Legales de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que, por el Artículo 3º de la Resolución Nº 551-AGIP/2009 se designó al Dr. Jorge Alberto Rodríguez Terzano, F.C. N° 340.730 como Director de la Dirección de Coordinación Técnica, Legal y Administrativa de la Subdirección General Técnica Tributaria y Coordinación Jurídica, dependiente de la Dirección General de Rentas de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;

Página Nº 42Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 43: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, por Resolución Nº 301-AGIP/2010 se creó la Dirección General Legal y Técnica, dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, transfiriéndose al ámbito y con dependencias de ésta a las Direcciones de Legales, Control de Gestión y Mesa de Entradas y Despacho General, dependientes de la AGIP, con sus recursos humanos y físicos; Que, por Expediente N° 1.247.806/2012 el Dr. Oscar E. Zarate, FC N° 354.942, ha presentado su renuncia al cargo de Director de la Dirección de Legales dependiente de la Dirección General Legal y Técnica; Que, atento lo expuesto se torna necesario readecuar el funcionamiento de la Dirección de Legales de la Dirección General Legal y Técnica de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que, el Dr. Jorge Alberto Rodríguez Terzano cumple con las condiciones necesarias para desempeñarse en el precitado cargo. Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE

Artículo 1°.- Césase al Dr. Jorge Alberto Rodríguez Terzano, F.C. N° 340.730, como Director de la Dirección de Coordinación Técnica, Legal y Administrativa de la

Subdirección General Técnica Tributaria y Coordinación Jurídica, dependiente de la Dirección General de Rentas de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; agradeciéndosele muy especialmente los servicios prestados. Artículo 2º.- Acéptase la renuncia presentada por el Dr. Oscar Eduardo Zarate, F.C. Nº 354.942, al cargo de Director de la Dirección de Legales de la Dirección General Legal y Técnica de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Artículo 3º.- Desígnase al Dr. Jorge Alberto Rodríguez Terzano, F.C. N° 340.730 como Director de la Dirección de Legales de la Dirección General Legal y Técnica de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y pase, para la notificación fehaciente de los interesados al Departamento Recursos Humanos de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Walter

Página Nº 43Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 44: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes

RESOLUCIÓN N.º 654/CDNNYA/12

Buenos Aires, 19 de junio de 2012 VISTO: La Ley 114, la Ley 471, el Decreto Nº 148/11, y el Expediente N°712.600/2012, y; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 114, el Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que la Ley Nº471 dispone en su artículo 41 que “el personal puede revistar en forma transitoria y excepcional en alguna de las siguientes situaciones especiales de revista, conforme a normas que regulen la materia: a) ejercicio de un cargo superior, b) en comisión de servicio, c) adscripción, d) en disponibilidad”; Que la adscripción consiste en el ejercicio de las funciones del trabajador, en forma transitoria, fuera del asiento habitual de estas, a requerimiento de un organismo solicitante y para cumplir funciones específicas de dicho ente requiriente; Que conforme al Artículo 13 del Anexo del Decreto Nº 148/11, es condición ineludible revestir calidad de personal permanente del Gobierno de la Ciudad para ser sujeto susceptible de adscripción; Que el Artículo 16 del Anexo del Decreto antes mencionado establece que ninguna adscripción de personal puede ser autorizada por un plazo mayor un (1) año, pudiendo ser prorrogado dicho plazo; Que en el expediente citado, consta la solicitud por aprte del Señor Diputado Rafael Amadeo Gentile, del pase de la agente Mariana Alejandra García, DNI 22.960.092, Ficha 351.074, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que corresponde dictar el acto administrativo que resuelva sobre la adscripción de la agente Mariana Alejandra García; Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 y el Decreto Nº 701/11,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE: Artículo 1.- Autoriza la adscripción de la agente Mariana Alejandra García, DNI Nº 22.960.092, Ficha 351.074, a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, despacho del Señor Diputado Rafael Amadeo Gentile a partir de la publicación de la presente y por el término de un año. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Políticas y Programas del Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes y para su conocimiento, notificación y demás efectos pase a la Dirección Operativa de Recursos Humanos de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa. Cumplido, archívese. Bendel

Página Nº 44Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 45: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

RESOLUCIÓN N.º 655/CDNNYA/12

Buenos Aires, 19 de junio de 2012 VISTO: La ley 114, Resolución N° 8-CDNNyA-2012 y el Expediente N°1031823-2012, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 114, en el Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que por Decreto 660/2011 se instituyen a partir del 10 de diciembre de 2011 nuevas condiciones acerca del régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de Gobierno; Que por Resolución Nº 8-CDNNYA-2012, se designo a la señora Andrea Bruzos Beuchet como Directora General de la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; Que, por el Expediente Nº N° 1.031.823-2012, se propicia la designación Hernán Jeremías Alzura en la Planta de Gabinete de la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; Que, en atención a lo expuesto se requiere dictar la norma legal que posibilite lo requerido, no encontrándose inconvenientes administrativos para proceder a las designaciones que nos ocupan; Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 y en los Decretos Nº 638-2007 y N° 701-2011,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE: Artículo 1.- Designase a partir del 1 de junio de 2012, al señor Hernán Jeremías Alzura, CUIL 20-32238236-8, como Personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas de la Presidencia del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con la asignación mensual de dos mil (2000) Unidades Retributivas, en las condiciones establecidas en el Decreto 660-GCBA-2011. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección Operativa de Recursos Humanos para su conocimiento y comunicación a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Fecho, archívese. Bendel

Página Nº 45Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 46: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Disposición Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N.º 125/DGCYC/12

Buenos Aires, 19 de junio de 2012 VISTO: La Ley N° 2.095, los Decretos N° 754/08, N° 1.145/09, las Resoluciones N° 596-MHGC/11, Nº 1.160/MHGC/2011, Nº 46/MHGC/2012, el Expediente Electrónico Nº 1.221.472/MGEYA/DGTAD/2012, y; CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 46/MHGC/2012 se aprobó un nuevo procedimiento para la ratificación, baja o constitución de las Unidades Operativas de Adquisiciones para las jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que el Artículo 4º de la Resolución Nº 46/MHGC/12, establece que esta Dirección General tendrá la facultad de autorizar la implementación de las Unidades Operativas de Adquisiciones cuya constitución soliciten las jurisdicciones y entidades competentes; Que en ese orden de ideas el artículo 4º del Anexo I de la norma citada precedentemente, determina que esta Dirección General debe mantener actualizada la estructura de órganos del Sistema de Compras y Contrataciones y notificar de la mismas a la Dirección General Unidad Informática de Administración Financiera, para la modificación, alta o baja de usuarios en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) y en "Buenos Aires Compras (BAC)"; Que oportunamente se efectuó el relevamiento de las unidades operativas de adquisiciones que actúan o actuaran en el ámbito de las diferentes jurisdicciones; Que, en virtud de tal relevamiento, el suscripto dicto la Disposición Nº 59/DGCyC/12 que aprobó la ratificación, baja o constitución de las Unidades Operativas de Adquisiciones de cada jurisdicción; Que, por su parte, del Artículo Nº 3 del Anexo I de la Resolución Nº 46/MHGC/12 surge que cualquier propuesta de modificación, alta o baja de UOA y UE deberá informarse al Órgano Rector, quien deberá asimismo expedirse en forma expresa; Que por Informe Nº 1223532/DGTAD/2012 se solicita la creación de la Unidad Ejecutora 2006 Dirección General de Desarrollo Saludable y la rehabilitación de su respectiva oficina de Compras (UOA), Nº 2002 Dirección General Relaciones Internacionales y Protocolo, ambas dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad. Que tal requerimiento se encuentra motivado en la circunstancia de haberse omitido pedir su ratificación en el relevamiento antes aludido; Que ambas gerencias Operativas poseen la necesidad de adquirir bienes y contratar servicios para el correcto y eficiente desarrollo de sus objetivos, motivo por el cual, resulta menester la rehabilitación, en su ámbito, de las correspondientes Unidades Operativas de Adquisiciones; Por ello, en mérito del pedido recibido, y en uso de las facultades establecidas por el Artículo 4º de la Resolución Nº 46/MHGC/12 y en el Artículo 3º del Anexo I de la Resolución Nº 46/MHGC/2

Página Nº 46Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 47: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 1°: Autorízase el Alta y rehabilitación de las siguientes: Unidad Ejecutora y Unidad Operativa de Adquisición: 2006 - Dirección General de Desarrollo Saludable dependiente de la DGTAyL del Ministerio de Justicia y Seguridad. 2002 - Dirección General Relaciones Internacionales y Protocolo dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad. Artículo 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Desarrollo Saludable y a la Dirección General Relaciones Internacionales y Protocolo dependientes del Ministerio de Justicia y seguridad. Cumplido, archívese. Butera

Página Nº 47Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE

Page 48: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.º 17/DGGAYE/12

Buenos Aires, 11 de junio de 2012 VISTO: Los términos del Decreto Nº 67/2009; la Resolucion Nº 51 MHGC/2010, su similar Nº 52 MHGC/2010, la Disposición Nº 9 DGCG/2010, y; CONSIDERANDO: Que, por la última de la Normas citadas en el exordio se establece el procedimiento para la rendición y reposición de fondos en conceptos de Caja Chica Común y Especial entre otros; Que, por Resolución Nº 368-MHGC/12 le fueron oportunamente asignados fondos en concepto de caja chica especial a esta Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias, sin tope por comprobante y quedando eximida de los limites previstos en el punto 1 del Anexo III de la Disposición Nº 9/DGC/10; de los términos del Art. 20º del Anexo I Decreto Nº 67/10, permitiendo efectuar la rendición antes de la finalización del ejercicio 2012; de la presentación de los tres (3) presupuestos y de lo establecido en el articulo 10º de la Resolución Nº 51-MHGC-10 y de la Disposición Nº 10-DGC-10 y su ratificatoria Disposición Nº 9/DGC/11. Que, consecuentemente corresponde el dictado del Acto Administrativo aprobando la presente rendición, destacando las inversiones realizadas según los siguientes comprobantes de gastos: C. O1 y 02: Si bien la fecha de emisión de las facturas es anterior a la entrega de fondos, se abonaron el 21-3-2012 según se observa en Recibo Nº 5036521, ello obedeció a que fue la ÚNICA manera de mantener el servicio ininterrumpido. C. 11, 24, 27, 28, 35, 36 y 37: Si bien es cierto que este repuesto de automotor fue adquirido a posteriori del dictado del Decreto Nº 203/2012 que establece una serie de normas para el parque automotor del GCBA, se contó con la aprobación verbal del Señor Director General de Mantenimiento de la Flota Automotor toda vez que el mismo clasifica los automotores de esta Area de emergencias como “vehículos de características especiales” Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º: Apruébanse los gastos y las planillas correspondientes a la Caja Especial-Rendición 01-2012 según marco del Decreto Nº 67/2010, destinada a atender las erogaciones urgentes y necesarias por un monto total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS CON 67/100 ($ 399.916,67.-). Articulo 2º: Apruébanse y/o convalídanse los comprobantes de gastos Nº O1, 02, 11, 24, 27, 28, 35, 36 y 37 por los motivos expuestos en el considerando.

Articulo 3º: Apruébanse y/o convalídanse por única vez y con carácter de excepción la inversión efectuada a través de los comprobantes Nº 08; 09 y 10, correspondiente al Registro de Conductor del agente Juan Carlos Marquez que por error involuntario fue incluido en esta Caja Especial, cuando en realidad la totalidad de las demás inversiones efectuadas en este concepto, siempre se rindieron por su similar ¨Comun¨.

Página Nº 48Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 49: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Articulo 4º: Apruébase el temperamento adoptado puntualmente en lo que se refiere a la copia autenticada rotulada como Comprobante Nº 10, toda vez que el agente Marquez entregó su original y conservó la fotocopia para si mismo, en este mismo orden de cosas destacase la inteligencia que la Dirección General de Tránsito solo entrega la Licencia de conductor una vez abonados todos los aranceles. Artículo 5º: Adjúntase originales de la devolución de fondos no invertidos por la suma de PESOS OCHENTA Y TRES CON 33/100 ($83,33). Artículo 6º: Regístrese y comuníquese a la DGTALMJYS mediante copia autenticada en el cuerpo del actuado de rendición; Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, Archívese. Roldan

DISPOSICIÓN N.º 18/DGGAYE/12

Buenos Aires, 8 de junio de 2012 VISTO: Los términos del Decreto Nº 67/10; Resoluciones Nº 51-MHGC/2010, su similar Nº 52 MHGC/2010, la Disposición Nº 9 DGCG/10, su modificatoria A 8-DGCG-11 y la Resolución Nº 176-MJYSGC-10 CONSIDERANDO: Que, por las Normas citadas en el exordio se establece el procedimiento para la rendición y reposición de fondos en conceptos de Caja Chica Común y Especial entre otros como así también la designación de los responsables de la administración del capital asignado en tal concepto a esta Repartición. Que, consecuentemente corresponde el dictado del Acto Administrativo aprobando los gastos realizados dentro de las actividades competentes a esta Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias, lo cual cuenta con el suficiente respaldo crediticio en el Programa 52 de la Jurisdicción 26 que se rinden en esta oportunidad como Caja Chica Común 02-DGGAYE-2012. Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Apruébanse los gastos y las planillas correspondientes a la Caja Chica Común 02-DGGAYE-2012 otorgada en el marco de Decreto Nº 67/2010, destinada a atender las erogaciones urgentes y necesarias por un monto total de PESOS OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 92/100 ($ 8.985,92). Artículo 2º.- Regístrese y comuníquese a la DGTALMJYS mediante copia autenticada en el cuerpo del actuado de rendición en procura de la reposición del monto invertido; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, Archívese. Roldan

Página Nº 49Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 50: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.º 30/DIRPS/GOGAEYF/12

Buenos Aires, 5 de junio de 2012 VISTO: el Expediente Nº 548147/2012; y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Instituto de Rehabilitación Psicofísica tramita la adquisición de un clavo endomedular tibial con destino al paciente DOMINGUEZ, Ezequiel H.C. Nº 104.684, en el marco de lo dispuesto por la Ley 2095 promulgada por el Decreto Reglamentario Nº 754/GCABA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2960); Que, se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para ser frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario con cargo al Ejercicio 2012; Que, mediante Disposición Nº 48/DIRPS/2012 (fs.18) se dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 4505/SIGAF/2012 para el día 18 de mayo de 2012 a las 11:00 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 28º Apartado 6º de Ley Nº 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2960); Que, tal como luce en el Acta de Apertura Nº 1262/SIGAF/12 (fs.75) se recibieron dos (2) ofertas de las siguientes firmas: METAL IMPLANTS S.R.L.; MTG GROUP S.R.L.; Que, a fs.85 a 86 obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1102/SIGAF/12 (fs.88/89), por el cual resulta preadjudicataria la firma: METAL IMPLANTS S.R.L. (reng.1) basándose en el Artículo 108 de la Ley de Compras Nº 2095 y Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2960); Que, se ha notificado fehacientemente a los oferentes presentados el resultado de la Evaluación de las Ofertas, no habiéndose presentado impugnación alguna, respecto de la preadjudicación aconsejada; Que, por Resolución Nº 737/MJGGC/2010 fue cubierto el cargo de Director Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica; Que, por Decreto Nº 335/11 de fecha 22/06/2011 (B.O.C.B.A. Nº 3689) se modificó el nombre de las Direcciones Operativas pasando a denominarse Gerencias Operativas. Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2960), y lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto nº 392/10, en uso de las facultades conferidas,

LA JEFA DE UNIDAD A CARGO DEL DESPACHO DE LA SUBDIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA,

ECONÓMICA Y FINANCIERA DISPONE

Página Nº 50Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa Nº 4505/SIGAF/12, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 28º Apartado 6º de la Ley Nº 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08 (B.O.C.B.A. nº 2960) por el INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA y adjudícase la adquisición de un clavo endomedular tibial con destino al paciente DOMINGUEZ, Ezequiel H.C. Nº 104.684 a la siguiente firma: METAL IMPLANTS S.R.L. (reng.1) por la suma total de PESOS DOCE MIL OCHOCIENTOS ($12.800,00), según el siguiente detalle:

Page 51: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Renglón: 1 – Cantidad: 1 unid. – P.Unitario:$ 12.800,00 – P.Total:$ 12.800,00. Monto Total:$ 12.800,00. Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará al presupuesto para el Ejercicio 2012, de acuerdo a la afectación preventiva obrante a fs.16/17. Artículo 3º.- Autorízase a emitir la respectiva orden de compra, cuyo proyecto obra a fs.95 a 98. Artículo 4º.- Regístrese, cumplido, gírese a la Gerencia Operativa Gestión Contable para la afectación definitiva del gasto. Ajolfi - Gabás

DISPOSICIÓN N.º 133/HGNPE/12

Buenos Aires, 1 de junio de 2012 VISTO: la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960), el Expediente N° 404460/HGNPE/2012 y ; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la Adquisición de Catéteres de Ablacion, con destino al Servicio de Cardiología Que obra las Solicitudes de Gastos Nº 3671 /SIGAF/2012 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2012; Que, por Disposición Nº 178/HGNPE/2012 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 887/2012 para el día 17 de Mayo de 2012 a las 10:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095 Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 1226/2012 se recibieron 2 ofertas de la siguientes firmas: Storing Insumos Medicos SRL, ST Jude Medical Argentina SA Que se cumplimentó el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación, del cual es fiel reflejo el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1036/2012 y por el que se preadjudicó a favor de la siguiente firma :Storing Insumos Medicos S.RL "Oferta mas Conveniente", en un todo de acuerdo al asesoramiento técnico oportunamente brindado; Que el Dictamen de Evaluación emitido en consecuencia, fue comunicado fehacientemente al oferente, exhibido en cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 28//05/2012, y vencido el término para efectuar impugnación, no se recibió presentación alguna en tal sentido; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto reglamentario N° 754/ GCBA/2008 (B.O.C.B.A.N° 2.960/08) y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10;

Página Nº 51Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 52: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébase la Licitaciòn Publica Nº 887/2012 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095 y adjudìcase la adquisición de Catéteres de Ablacion, para el Servicio de Cardiologia a la siguiente Empresa: Storing Insumos Medicos SRL (Reng: 1-2 ) por un monto de pesos: Ciento cuartenta y nueve mil trescientos($ 149300,00); Ascendiendo la suma total de la Licitación Pública a un

monto de pesos : Ciento cuarenta y nueve mil trescientos( $ 149300,00),según el siguiente detalle: Storing Insumos Medicos SRL: Renglón: 1- cant 9 Unidades- precio unitario $ 6900,00 precio total $ 62100,00 Renglón: 2- cant 8 Unidades- precio unitario $10900,00 precio total$ 87200,00 Monto Total: $ 149300,00 Articulo 2º.- Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Articulo 3º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División Compras Contrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día. Articulo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires , notifíquese a las empresas oferentes. Articulo 5º - Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra cuyo Proyecto Obra en los presentes actuados. Articulo 6º - Regístrese y remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

DISPOSICIÓN N.º 137/HGNPE/12

Buenos Aires, 7 de junio de 2012 VISTO: la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960), el Expediente N° 838616/HGNPE/2012 y ; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de Suplementos Nutricionales con destino al Servicio de Alimentación; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 24212/SIGAF/2012 y 29117/SIGAF/2012 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2012; Que, por DI-2012-190-HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particula-res y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 944/2011 para el día 23 de Mayo de 2012 a las 10:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095 Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 1328/2012 se recibieron 6 ofertas de las siguientes firmas: Sancor Cooperativas Unidas Limitada, Axxa Pharma SA, Fresenius Kabi SA, Nutri Service SRL, Droser SA, Raul Jorge leon Poggi; Que se cumplimentó el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación, del cual es fiel reflejo el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1117/2012 y por el que se preadjudicó a favor de las siguientes firmas Sancor Cooperativas Unidas Limitada (Renglones: 1 y 9), Axxa Pharma SA (Renglones: 3, 5, 7, 10, 12 y 13), Fresenius Kabi SA (Renglones: 8 y 11), Nutri Service SRL (Renglones: 2, 4 y 6), Droser SA (Renglón: 11), “Oferta más Conveniente” y “Ünica Oferta”, en un todo de acuerdo al asesora-miento técnico oportunamente brindado;

Página Nº 52Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION

Page 53: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que el Dictamen de Evaluación emitido en consecuencia, fue comunicado fehacien-temente a los oferentes, exhibido en cartelera de la Unidad Operativa de Adquisicio-nes, Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 01/06/2012, y vencido el término para efectuar impugnación, no se recibió presentación alguna en tal sentido; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto reglamentario N° 754/ GCBA/2008 (B.O.C.B.A.N° 2.960/08) y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE NIÑOS “PEDRO DE ELIZALDE” EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA

DISPONEN Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nº 944/2012 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095 y adjudícase la adquisición de

suplementos Nutricionales para el Servicio de Alimentación a las siguientes empresas: Sancor Cooperativas Unidas Limitada (Renglones: 1 y 9) , por un monto de pesos: Seis mil novecientos sesenta y tres con 12/100 ($ 6.963,12.-) Axxa Pharma SA (Renglones: 3, 5, 7, 10, 12 y 13) por un monto de pesos: Ciento cinco mil novecientos sesenta y siete con 13/100 ($ 105.967,13.-), Fresenius Kabi SA (Renglones: 8 y 11) por un monto de pesos: Dos mil trescientos ochenta y cinco con 00/100 ($ 2.385,00.-), Nutri Service SRL (Renglones: 2, 4 y 6) por un monto de pesos: Quince mil seiscientos sesenta y tres con 77/100 ($ 15.663,77.-), Droser SA (Renglón: 11) por un monto de pesos: Tres mil quinientos once con 20/100 ($ 3.511,20.-) , Ascendiendo la suma total de la Licitación Pública a un monto de pesos: Ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos noventa con 22/100 ($ 134.490,22.-), según el siguiente detalle: Renglón 1: cantidad 144 kg - unitario $ 46,52 - total $ 6.698,88 Sancor Cooperativas Unidas Limitada Renglón 2: cantidad 60 kg - unitario $ 148,75 - total $ 8.925,00 Nutri Service SRL Renglón 3: cantidad 20 kg - unitario $ 1.451,35 - total $ 29.027,00 Axxa Pharma S.A. Renglón 4: cantidad 20 kg - unitario $ 281,938326 - total $ 5.638,77 Nutri Service SRL Renglón 5: cantidad 2 kg - unitario $ 2.021,05 - total $ 4.042,10 Axxa Pharma S.A. Renglón 6: cantidad 20 kg - unitario $ 55,00 - total $ 1.100,00 Nutri Service SRL Renglón 7: cantidad 1 kg- unitario $ 239,28 - total $ 239,28 Axxa Pharma S.A. Renglón 8: cantidad 10 kg- unitario $ 77,50 - total $ 775,00 Fresenius Kabi S.A. Renglón 9: cantidad 2 kg- unitario $ 132,12 - total $ 264,24 Sancor Cooperativas Unidas Limitada Renglón 10: cantidad 200 kg- unitario $ 286,25 - total $ 57.250,00 Axxa Pharma S.A. Renglón 11: cantidad 40 l - unitario $ 40,25 - total $ 1.610,00 Fresenius Kabi S.A. Renglón 11: cantidad 60 l - unitario $ 58,52 - total $ 3.511,20 Droser S.A. Renglón 12: cantidad 30 kg- unitario $ 89,625 - total $ 2.688,75 Axxa Pharma S.A. Renglón 13: cantidad 30 l - unitario $ 424,00 - total $ 12.720,00 Axxa Pharma S.A. Monto Total: $ 134.490,22 Articulo 2º.- Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Articulo 3º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División Compras Contrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día. Articulo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a las empresas oferentes. Articulo 5º - Autorízase a emitir las respectivas Ordenes de Compra cuyos Proyectos obran en los presentes actuados. Articulo 6º - Regístrese y remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

Página Nº 53Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 54: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

DISPOSICIÓN N.º 143/HGNPE/12

Buenos Aires, 11 de junio de 2012 VISTO: la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960), el Expediente N° 627425/HGNPE/2012 y ; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la Adquisición de Reactivos, con destino al Laboratorio de Inmunologia Que obra la Solicitud de Gastos Nº 18739 /SIGAF/2012 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2012; Que, por Disposición Nº 186/HGNPE/2012 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 927/2012 para el día 22 de Mayo de 2012 a las 10:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095 Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 1306/2012 se recibieron 4 ofertas de las siguientes firmas: Biodiagnostico S.A, Tecnolab S.A, Ernesto Van Rossum y Cia SRL, Cúspide SRL. Que se cumplimentó el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación, del cual es fiel reflejo el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1125/2012 y por el que se preadjudicó a favor de las siguientes firmas : Biodiagnóstico SA, (Reng: 1-2-3-4-5-6-8-9-10-11-12-13) Cúspide SRL ,( Reng: 7-14) "Oferta mas Conveniente" , en un todo de acuerdo al asesoramiento técnico oportunamente brindado; Que el Dictamen de Evaluación emitido en consecuencia, fue comunicado fehacientemente al oferente, exhibido en cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 05/06/2012, y vencido el término para efectuar impugnación, no se recibió presentación alguna en tal sentido; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto reglamentario N° 754/ GCBA/2008 (B.O.C.B.A.N° 2.960/08) y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION

ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébase la Licitaciòn Publica Nº 927/2012 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095 y adjudìcase la adquisición de Reactivos, para el Laboratorio de Inmunologia a las siguientes Empresas: Biodiagnostico S.A (Reng: 1-2-3-4-5-6-8-9-10-11-12-13) por un monto de pesos: Veinticuatro mil doscientos noventa y siete con 92/100 ($ 24297,92 ); Cúspide SRL

(Reng: 7-14) por un monto de pesos: Dos mil trescientos ( $2300,00) Ascendiendo la suma total de la Licitación Pública a un monto de pesos : Veintiséis mil, quinientos noventa y siete con 92/100( $ 26597,92),según el siguiente detalle: Biodiagnostico S.A Renglón: 1- cant 2 Eq. -precio unitario $ 1061,17- precio total $ 2122,34 Renglón: 2- cant 2 Eq- precio unitario $ 1061,17 precio total $ 2122,34 Renglón: 3- cant 2 Eq- precio unitario $ 1061,07 precio total $ 2122,14 Renglón: 4- cant 2 Eq- precio unitario $ 1061,07 precio total $ 2122,14 Renglón: 5- cant 2 Eq- precio unitario $ 1061.07 precio total $ 2122,14

Página Nº 54Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 55: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Renglón: 6 -cant 2 Eq Precio unitario $ 566,46 precio total $ 1132,92 Renglón: 8- cant 1 Eq Precio unitario $ 1207,50 precio total $ 1207,50 Renglón: 9- cant 1 Eq Precio unitario $ 1207,50 precio total $ 1207,50 Renglón:10-cant 2 Eq Precio unitario $ 1061,07 precio total $ 2122,14 Renglón:11-cant 2 Eq Precio unitario $ 1061,07 precio total $ 2122,14 Renglón:12-cant 2 Eq Precio unitario $ 1886,24 precio total $ 3772,48 Renglón:13-cant 2 Eq Precio unitario $ 1061,07 precio total $ 2122,14 Cúspide SRL: Renglón:7- cant 50 un. Precio unitario $ 25,00 precio total $ 1250,00 Renglón:14-cant 50 un Precio unitario $ 21,00 precio total $ 1050,00. Monto Total: $ 26597,92 Articulo 2º.- Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Articulo 3º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División Compras Contrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día. Articulo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires , notifíquese a las empresas oferentes. Articulo 5º - Autorízase a emitir las respectivas Ordenes de Compra cuyo Proyecto Obra en los presentes actuados. Articulo 6º - Regístrese y remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

DISPOSICIÓN N.º 145/HGNPE/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: el Expediente 283694/HGNPE/2012 , la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960) y sus modificatorios, y; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de Material Descartable, para el Servicio de Laboratorio Central; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 4456/SIGAF/2012 debidamente valorizadas y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2012; Que, por DI-2012-187-HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 926/2012 para el día 21 de mayo de 2012 a las 10:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 1282/2012 se recibieron 10 ofertas de las firmas: Droguería Farmatec S.A; GBO Argentina S.A; Tecnolab S.A; Insumos Coghland S.R.L; Eglis S.A; Tecnon S.R.L; Química Córdoba S.A; Medi Sistems S.R.L; Lobov y Cìa. SACI; Bioquímica S.R.L; Que se cumplimentó el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación, del cual es fiel reflejo el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1119/2012 y por el que se preadjudicó a favor de las siguientes firmas : Bioquímica S.A.(renglones:1 y 15); Lobov y Cìa. SACI. Renglones( 2,9,17,24,25 y 26); Insumos Coghland S.R.L. (renglón: 3); Tecnon S.R.L. ( renglones: 4 y 14); Química Córdoba S.A. (renglones:5,6,7,10,11,13,21 y 23); GBO Argentina S.A. (renglones: 8,16,18,19 y 20); Medi Sistem S.R.L. (renglones: 12 y 22), siendo " Oferta más conveniente" ; en un todo de acuerdo al asesoramiento técnico oportunamente brindado;

Página Nº 55Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 56: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que el Dictamen de Evaluación emitido en consecuencia, fue comunicado fehacientemente al oferente, exhibido en cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 06/06/2012, y vencido el término para efectuar impugnación, no se recibió presentación alguna en tal sentido; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto N° 754/ GCBA/2008 (B.O.C.B.A.N° 2.960/08) y lo dispuesto en el Artículo y 6º del Decreto Nº 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE NIÑOS "PEDRO DE ELIZALDE" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVA, ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nº 926/2012 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095 y adjudícase la adquisición de Material Descartable para el Servicio de Laboratorio Central a las firmas: Bioquímica S.A.. (renglones:1 y 15,); por un importe total de pesos: un mil seiscientos cuarenta y dos con 72/100 ( $ 1.642,72): Lobov y Cia. SACI. Renglones( 2,9,17,24,25 y 26) por un importe total de pesos doce mil seiscientos sesenta( $ 12.660,00); Insumos Coghland S.R.L. (renglón: 3) por un importe total de pesos: cinco mil setecientos ($ 5.700,00); Tecnon S.R.L. ( renglones: 4 y 14) por un importe total de pesos: doce mil noventa y ocho con 50/100 ( $ 12.098,50); Química Córdoba S.A. (renglones:5,6,7,10,11,13,21 y 23) por un importe total de pesos: seis mil dieciséis con 40/100 ( $ 6.016,40); GBO Argentina S.A. (renglones: 8,16,18,19 y 20) por un importe total de pesos: dos mil ciento setenta y cinco con 20/100 ( $ 2.175,20); Medi Sistem S.R.L. (renglones: 12 y 22) por un importe total de pesos: cinco mil ochocientos setenta y siete ( $ 5.877,00), ascendiendo la suma total de la Licitación Pública a un monto total de pesos: Cuarenta y seis mil ciento sesenta y nueve con 82/100 ( $ 46.169,82), según el siguiente detalle: BIOQUIMICA S.R.L.: Renglón: 1- cant 10000 Unid.. -precio unitario $ 0.12 -precio total $1.200,00 Renglón: 15- cant 8 Cjas. -precio unitario $ 55,34 -precio total $442,72 LOBOV Y CIA SACI: Renglón: 2- cant 2 Unid.. -precio unitario $ 2.730,00 -precio total $ 5.460,00 Renglón: 9- cant 10000 Unid.. -precio unitario $ 0.40 -precio total $4.000,00 Renglón: 17- cant 2 Unid.. -precio unitario $ 400,00 -precio total $800,00 Renglón: 24- cant 2 Unid.. -precio unitario $ 400,00 -precio total $800,00 Renglón: 25- cant 2 Unid.. -precio unitario $ 400,00 -precio total $800,00 Renglón: 26- cant 2 Unid.. -precio unitario $ 400,00 -precio total $800,00 INSUMOS COGHLAND SRL: Renglón: 3- cant 2000 Unid. -precio unit. $ 2,85 -precio total $5.700,00 TECNON S.R.L. Renglón: 4- cant 10000 Unid. -precio unit. $ 0,7599 -precio total $7.599,00 Renglón: 14- cant 5000 Unid. . -precio unit. $ 0,8999 -precio total $4.499,50 QUIMICA CORDOBA S.A Renglón: 5- cant 5 Unid. -precio unit. $ 9,52 -precio total $47,60 Renglón: 6- cant 100 Cajasx 100 U. -precio unit. $ 5,30 -precio total $530,00 Renglón: 7- cant 8 Unid. -precio unit. $ 88,90 -precio total $711,20 Renglón: 10- cant 100 Unid. -precio unit. $ 8,56 -precio total $856,00 Renglón: 11- cant 1000 Unid. -precio unit. $ 0,79 -precio total $790,00 Renglón: 13- cant 1000 Unid. -precio unit. $ 0,99 -precio total $990,00 Renglón: 21- cant 1000 Unid. -precio unit. $ 1,89 -precio total $ 1.890,00 Renglón: 23- cant 8 Unid. -precio unit. $ 25,20 -precio total $201,60 GBO ARGENTINA S.A Renglón: 8- cant 2 Unid. -precio unit. $ 295,60 -precio total $591,20 Renglón: 16- cant 8 Cajas. -precio unit. $ 44,70 -precio total $357,60

Página Nº 56Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 57: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Renglón: 18- cant 8 Cajas -precio unit. $ 48,30 -precio total $386,40 Renglón: 19- cant 2000 Unid. -precio unit. $ 0,22 -precio total $440,00 Renglón: 20- cant 4000 Unid. -precio unit. $ 0,10 -precio total $400,00 MEDI SISTEM SRL: Renglón: 12- cant 2000 Unid. -precio unit. $ 0.610 -precio total $ 1.220,00 Renglón: 22- cant 1000 Unid. -precio unit. $ 4,657 -precio total $ 4.657,00

Total: Total: cuarenta y seis mil ciento sesenta y nueve con 82/100 ($46.169,82) Articulo 2º.- Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Articulo 3º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División Compras Contrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día. Articulo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la empresa oferente. Articulo 5º - Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra cuyo Proyecto Obra en los presentes actuados. Articulo 6º - Regístrese y remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

Página Nº 57Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 58: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Desarrollo Urbano

DISPOSICIÓN N.º 66/DGTALMDU/12

Buenos Aires, 11 de junio de 2012 VISTO: La Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960), el expediente 344097/2012 y CONSIDERANDO: Que, mediante el presente actuado, la Dirección General Registro de Obras y Catastro solicita la “Instalación de Aires Acondicionados”; Que, se encuentra debidamente valorizada la Solicitud de Gastos Nº 16967/2012, con su correspondiente afectación presupuestaria con cargo del ejercicio 2012, la cual ha sido conformada por la repartición solicitante, que además procedió a elaborar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conforme luce en las presentes actuaciones; Que, obra el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Anexos; Que, por Disposición Nº 171(B.O.C.B.A. Nº 2.968) la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 85 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Que, mediante la Resolución N° 91/MDUGC/10 se constituyó como responsable de la Unidad Operativa de Adquisiciones en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Urbano, al Director General Técnico Administrativo y Legal, conforme a la normativa vigente; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto 754-GCBA-08 reglamentario de la ley 2.095/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatorio Decreto 232-GCBA-10,

EL TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE

Articulo 1°.- Apruébese el pliego de condiciones particulares, para la presente licitación. Articulo 2°.- Llámese a Licitación Pública Nº 1.256/12, dentro de los lineamientos del Art. 31 de la mencionada Ley. La apertura de ofertas de la misma tendrá lugar el día 22 de Junio de 2.012, a las 13:00 hs., a llevarse a cabo en la Unidad Operativa de Adquisiciones, dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, Ministerio de Desarrollo Urbano, sita en C. Pellegrini 211, 9° piso, Subgerencia Operativa de Compras Licitaciones y Suministros, para la “Instalación de Aires Acondicionados”; con destino a la Dirección General Registro de Obras y Catastro, por un monto aproximado de PESOS DOSCIENTOS CUATRO MIL ($ 204.000,00). Articulo 3°.- La entrega de los pliegos será a titulo gratuito en la Subgerencia Operativa de Compras Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano, sito en Carlos Pellegrini 211 9º Piso. Articulo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.compras.buenosaires.gov.ar Articulo 5°.- Regístrese, comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro y remítase a la Subgerencia Operativa de Compras Licitaciones y Suministros, dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, Ministerio de Desarrollo Urbano, para la prosecución de su trámite. Cumplido archívese. Codino

Página Nº 58Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 59: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

DISPOSICIÓN N.º 67/DGTALMDU/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO: La Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960), el expediente 1046453/2012 e incorporado y CONSIDERANDO: Que, mediante el presente actuado, la Secretaria de Planeamiento y la Subsecretaria de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura solicitan la “Adquisición de Equipos Informáticos”; Que, se encuentran debidamente valorizadas las Solicitudes de Gastos Nº 23637/2012 y 22426/12, con su correspondiente afectación presupuestaria con cargo del ejercicio 2012, la cual ha sido conformada por la repartición solicitante, que además procedió a elaborar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conforme luce en las presentes actuaciones; Que, obra el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Anexos; Que, por Disposición Nº 171(B.O.C.B.A. Nº 2.968) la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 85 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Que, mediante la Resolución N° 91/MDUGC/10 se constituyó como responsable de la Unidad Operativa de Adquisiciones en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Urbano, al Director General Técnico Administrativo y Legal, conforme a la normativa vigente; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto 754-GCBA-08 reglamentario de la ley 2.095/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatorio Decreto 232-GCBA-10,

EL TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE

Articulo 1°.- Apruébese el pliego de condiciones particulares, para la presente licitación. Articulo 2°.- Llámese a Licitación Pública Nº 1.273/12, dentro de los lineamientos del Art. 31 de la mencionada Ley. La apertura de ofertas de la misma tendrá lugar el día 25 de Junio de 2.012, a las 13:00 hs., a llevarse a cabo en la Unidad Operativa de Adquisiciones, dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, Ministerio de Desarrollo Urbano, sita en C. Pellegrini 211, 9° piso, Subgerencia Operativa de Compras Licitaciones y Suministros, para la “Adquisición de Equipos Informaticos”; con destino a la Secretaria de Planeamiento y la Subsecretaria de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, por un monto aproximado de PESOS TRESCIENTOS TRES MIL ($ 303.000,00). Articulo 3°.- La entrega de los pliegos será a titulo gratuito en la Subgerencia Operativa de Compras Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano, sito en Carlos Pellegrini 211 9º Piso. Articulo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.compras.buenosaires.gov.ar

Página Nº 59Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 60: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Página Nº 60Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Articulo 5°.- Regístrese, comuníquese a la Secretaria de Planeamiento y la Subsecretaria de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura y remítase a la Subgerencia Operativa de Compras Licitaciones y Suministros, dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, Ministerio de Desarrollo Urbano, para la prosecución de su trámite. Cumplido archívese. Codino

Page 61: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Desarrollo Social

DISPOSICIÓN N.º 64/DGNYA/12

Buenos Aires, 22 de mayo de 2012 VISTO: El Decreto Nº 428/GCBA/07, la Resolución Nº 35/MDSGC/11, modificatoria de la Resolución Nª 288/MDSGC-2009, la Resolución Nº 1107/MDSGC/11 y el Expediente Nº 1042677/2012, y CONSIDERANDO: Que, mediante las normas legales mencionadas en el visto de la presente, se creó y reglamentó el Programa “Proyecto por Nosotros”; Que, la Resolución Nº 35-MDSGC-2011 faculta a la titular de la Dirección General de Niñez y Adolescencia a dictar los actos de ejecución pertinentes al cumplimiento de los objetivos del Programa “Proyecto por Nosotros/as” dispuesto por el Decreto N° 428/GCBA/07, Anexo I; Que la Resolución Nº 1107-MDSGC-11 reemplaza el Anexo I de la Resolución Nº 35-MDSGC-11 en lo que respecta a la convocatoria e inscripción del programa Adolescencia para el año 2012; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por Resolución Nº 35-MDSGC-2011,

LA DIRECTORA GENERAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase a hacer efectivo el pago de los beneficios a los participantes del programa Proyecto Por Nosotros – Talleres Adolescentes, Cuotas Nº 1 correspondiente al mes de abril, equivalente a la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CON CERO CENTAVOS ($1.339.000/00) en concepto de Becas Sociales no remunerativas, cuya nómina se acompaña como Anexo a esta Disposición. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Banco Ciudad de Buenos Aires, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido, Archívese. Molina

ANEXO

DISPOSICIÓN N.º 84/DGNYA/12

Buenos Aires, 13 de junio de 2012 VISTO: El Decreto Nº 428/GCBA/07, y la Resolución Nº 35/MDSGC/11, modificatoria de la Resolución Nª 288/MDSGC-2009, y el Expediente Nº 1234704 –MGEYA -12, y; CONSIDERANDO:

Página Nº 61Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 62: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, mediante las normas legales mencionadas en el visto de la presente, se creó y reglamentó el Programa “Proyecto por Nosotros”; Que, la Resolución Nº 35-MDSGC-2011 faculta a la titular de la Dirección General de Niñez y Adolescencia a dictar los actos de ejecución pertinentes al cumplimiento de los objetivos del Programa “Proyecto por Nosotros/as” dispuesto por el Decreto N° 428/GCBA/07, Anexo I. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por Resolución Nº 35-MDSGC-2011,

LA DIRECTORA GENERAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase a hacer efectivo el pago de los beneficios a los participantes del programa Proyecto Por Nosotros - Lazos Cuota Nº 5 correspondiente al mes de mayo 2012 y adeudadas, equivalente a la suma de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL QUINIENTOS CON CERO CENTAVOS ($125.500,00) en concepto de Becas Sociales no remunerativas, cuya nómina se acompaña como Anexo a esta Disposición. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Banco Ciudad de Buenos Aires, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido, Archívese. Molina

ANEXO

Página Nº 62Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 63: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

DISPOSICIÓN N.º 160/DGTALMAEP/12

Buenos Aires, 19 de junio de 2012 VISTO: La Ley de Obras Públicas N° 13.064, aplicable en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de la Ley Nº 70, el Decreto N° 481/GCBA/11, el Decreto N° 1.254/GCBA/08, Decreto Nº 663/GCBA/09, el Expediente Nº 383.114/12, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita la contratación de la Obra Pública: "Juegos de Agua en Varios Espacios Públicos" mediante el procedimiento de Licitación Pública; Que por el Decreto Nº 1254/GCBA/08, y su modificatorio Decreto Nº 663/GCBA/09, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para las Obras Públicas Mayores; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión. Que la Ley Nº 13.064 en su Artículo 10° establece los distintos plazos de anticipación y publicación para las licitaciones públicas; Que asimismo dicha norma permite reducir los plazos en casos de urgencia; Que en ese orden de ideas, resulta de vital importancia instrumentar, en el menor tiempo posible, las acciones tendientes a lograr la optimización del uso del espacio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Por ello, en un todo de acuerdo con la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE AMBIENTE ESPACIO PUBLICO

DISPONE Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus respectivos Anexos para la contratación de la Obra Pública: "Juegos de Agua en Varios Espacios Públicos", cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO CON CINCO CENTAVOS ($3.696.335,05.-); Artículo 2°.- Llámese a Licitación Pública N° 909/2012 para el día 16 de julio de 2012 las 12:00 hs., al amparo de lo establecido en la Ley Nacional N° 13.064, cuya apertura de ofertas se llevará a cabo en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570 Piso 5°. Artículo 3°.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la ciudad de Buenos Aires por el termino de 7 (siete) días y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y exhíbase copia de la presente Disposición en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y

Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Espacios Verdes.Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público en prosecución del trámite. Greco

Página Nº 63Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 64: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ente de Turismo

DISPOSICIÓN N.º 39/DGTALET/12

Buenos Aires, 31 de mayo de 2012 VISTO: la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08, su modificatorio Nº 232/10, la Disposición Nº 37/DGTALET/12, el Expediente Nº 897.909/12 y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado actuado tramita la Contratación Directa Nº 5.022/SIGAF/12, para la adquisición de cuarenta mil (40.000) ejemplares de la guía turístico cultural "Mapa de las Artes de Buenos Aires", con destino a la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto total aproximado de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS ($ 223.200,00), autorizada por Disposición Nº 37/DGTALET/12; Que en la fecha y horario indicados en la Disposición citada, los funcionarios designados al efecto mediante Disposición N° 13DGTALET-2008, han procedido a la apertura de la oferta presentada, conforme da cuenta el Acta de Apertura N° 1.444-SIGAF-2012, en un todo de acuerdo con lo preceptuado por el Artículo 102° ap. 4) del Anexo I del Decreto N° 754/08, verificándose la siguiente oferta: Oferta Única: TEMARTE S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-70773419-8, cuyo precio por la adquisición en cuestión asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS ($ 223.200,00); Que ha tomado la intervención de su competencia la Comisión de Evaluación de Ofertas designada por Resolución Nº 166-ENTUR-2011, la que a través del Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1.177-SIGAF-2012, aconseja la adjudicación a favor del único oferente TEMARTE S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-70773419-8, por la suma PESOS DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS ($ 223.200,00), basando su opinión en el Artículo 28° inc. 4) de la Ley Nº 2.095; Que el oferente se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (R.I.U.P.P.), según constancia de vigencia emitida por el sistema habilitado por el Órgano Rector; Que, no obstante, durante el periodo transcurrido entre el inicio del procedimiento de compra y el dictamen emitido por la Comisión de Evaluación de Ofertas, se observa que la fecha de salida al mercado de la tirada de ejemplares correspondientes al bimestre abril mayo se encuentra cumplida, no pudiéndose adjudicar en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige para la presente contratación; Que como resultado de lo expuesto, corresponde modificar los términos del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, así como la cantidad de ejemplares requeridos, entendiéndose oportuno en este punto dejar sin efecto el presente procedimiento de compra, al amparo del Artículo 82º y 109º de la Ley Nº 2.095. Por ello, y en uso de la competencia delegada por el Artículo 13º del Anexo I del Decreto Nº 754/08, según texto del Artículo 1º del Decreto Nº 232/10, LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Articulo 1º.- Déjase sin efecto la Contratación Directa Nº 5.022-SIGAF-2012, conforme los términos de los Artículos 82º y 109º de la Ley Nº 2.095.

Página Nº 64Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 65: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Articulo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de un (1) día, y en el Portal de Internet http://www .buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/backoffice/, comuníquese al oferente y a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y de Promoción Turística y a la Unidad de Auditoria Interna y, para su intervención y trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Porto

DISPOSICIÓN N.º 40/DGTALET/12

Buenos Aires, 31 de mayo de 2012 VISTO: la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08, su modificatorio Nº 232/10, la Disposición Nº 38-DGTALET/12 y el Expediente Nº 897.961/12 y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado actuado tramita la Contratación Directa Nº 5.005-SIGAF/12, para la adquisición de cuarenta mil (40.000) ejemplares de la guía turístico cultural "Mapa del Teatro", con destino a la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto total aproximado de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS ($ 223.200,00), autorizada por Disposición Nº 38-DGTALET/12; Que en la fecha y horario indicados en la Disposición citada, los funcionarios habilitados han procedido a la apertura de la oferta presentada, conforme da cuenta el Acta de Apertura N° 1.441-SIGAF/12, en un todo de acuerdo con lo preceptuado por el Artículo 102° ap. 4) del Anexo I del Decreto N° 754/08, verificándose la siguiente oferta: Oferta Única, Oferente TEMARTE S.R.L., CUIT Nº 30-70773419-8, cuya cotización asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS ($ 223.200,00); Que ha tomado la intervención de su competencia la Comisión de Evaluación de Ofertas designada por Resolución N° 166-ENTUR/11, la que a través del Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1.175-SIGAF/12, aconseja la adjudicación a favor del único oferente TEMARTE S.R.L., CUIT Nº 30-70773419-8, por la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS ($ 223.200,00), basando su opinión en el Artículo 28º inciso 4) de la Ley Nº 2.095; Que el oferente se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (R.I.U.P.P.), según constancia de vigencia emitida por el sistema habilitado por el Órgano Rector; Que, no obstante, durante el periodo transcurrido entre el inicio del procedimiento de compra y el dictamen emitido por la Comisión de Evaluación de Ofertas, se observa que la fecha de salida al mercado de la tirada de ejemplares correspondientes al bimestre abril mayo se encuentra cumplida, no pudiéndose adjudicar en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige para la presente contratación; Que como resultado de lo expuesto, corresponde modificar los términos del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, así como la cantidad de ejemplares requeridos, entendiéndose oportuno en este punto dejar sin efecto el presente procedimiento de compra, al amparo del Artículo 82º y 109º de la Ley Nº 2.095. Por ello, y en uso de la competencia delegada por el Artículo 13º del Anexo I del Decreto Nº 754/08, según texto del Artículo 1º del Decreto Nº 232/10,

Página Nº 65Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 66: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.- Déjase sin efecto la Contratación Directa Nº 5.005-SIGAF/12, conforme los términos de los Artículos 82º y 109º de la Ley Nº 2.095. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de un (1) día, y en el Portal de Internet http://www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda /compras/backoffice/, comuníquese al oferente y a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y de Promoción Turística y a la Unidad de Auditoria Interna y, para su intervención y trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Porto

DISPOSICIÓN N.º 43/DGTALET/12

Buenos Aires, 18 de junio de 2012 VISTO: la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/06, su Decreto Reglamentario Nº 754/08, su modificatorio Nº 232/10, la Disposición Nº 20-DGTALET/12, el Expediente Nº 471.564/12 y; CONSIDERANDO: Que por el citado actuado tramita la Licitación Pública Nº 563-SIGAF/12, para un Servicio de Limpieza Integral y Mantenimiento de Espacios Verdes con destino al Centro de Exposiciones de la Ciudad, administrado por la Dirección General Desarrollo y Competitividad de la Oferta del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Disposición Nº 20-DGTALET/12; Que en la misma se emitió la Orden de Compra Nº 19.664/12 a favor de la empresa adjudicada, Obras y Servicios Ecológicos S.A., C.U.I.T. Nº 30-70704887-1, por un monto total de PESOS DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL, ($ 216.000,00); Que la realización de diversas actividades en el predio del Centro de Exposiciones han determinado un importante deterioro de los espacios verdes, deterioro no atribuible a la empresa responsable de su mantenimiento, que determina una mayor labor por parte de ésta para su puesta en condiciones en vista de los compromisos asumidos para el segundo semestre del cte. en el citado Centro; Que la norma de aplicación, la Ley Nº 2.095, así como su Decreto reglamentario, prevé la ampliación de la Orden de Compra como un mecanismo para hacer frente a este tipo de situaciones, según lo establecido en su Artículo 117º, razón por la que se puso en conocimiento de la empresa adjudicada la voluntad de esta administración y los alcances de las tareas requeridas; Que el monto de la ampliación asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS, ($ 43.200,00) monto que se ha registrado en el Sistema Integral de Gestión y Administración Financiera, (SIGAF) según da cuenta el formulario de compromiso definitivo Nº 242.508/12 con cargo al presente ejercicio; Que se ha confeccionado el proyecto de Orden de Compra Ampliatoria que establece la reglamentación vigente, a favor de la empresa adjudicada. Por ello, y en uso de la competencia delegada por el Artículo 13º del Anexo I del Decreto Nº 754/08, según texto del Artículo 1º del Decreto Nº 232/10,

Página Nº 66Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 67: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Articulo 1º.- Apruébase la ampliación de la Orden de Compra Nº 19.664/12, a favor de la empresa Obras y Servicios Ecológicos S.A., C.U.I.T. Nº 30-70704887-1, por la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS, ($ 43.200,00).

Articulo 2º.- Autorízase en consecuencia, a la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a emitir la pertinente Orden de Compra a favor de Obras y Servicios Ecológicos S.A., C.U.I.T. Nº 30-70704887-1. Articulo 3º.- El gasto que involucra el cumplimiento de la presente ampliación es imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2012. Articulo 4º.- La Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones verificará la adecuación de la garantía de oferta conforme los términos del Artículo 100º del Decreto Nº 754/08. Articulo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, comuníquese a la empresa Obras y Servicios Ecológicos S. A., a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones, de Contaduría y de Desarrollo y Competitividad de la Oferta; a la Unidad de Auditoría Interna y, para su intervención y trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Porto

Página Nº 67Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL

Page 68: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Agencia Gubernamental de Control

DISPOSICIÓN N.º 66/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 4 de mayo de 2012 VISTO el expediente Nº 20814/05, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 56-SSCC/05 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13-SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC/06, la Ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07 y; CONSIDERANDO: Que, el local ubicado en la calle O'Brien Nº 1226/28/30/32/34 y P. Echagüe Nº 1225/31 PB Sótano y EP, UF 1, 2, 9, 10, 23, 24, 25 y 26 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía RADIO STUDIO DANCE y posee habilitación por expediente Nº 21.948/2008 concedida para el rubro local de baile clase "C", con una capacidad máxima para funcionar de tres mil cincuenta (3050) personas y que se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 060/05 por Disposición Conjunta Nº 072/05 de fecha 13 de Junio de 2005 obrante a fs. 227; Que, el establecimiento renovó la inscripción por el término de un año por Disposición Conjunta N° 098/11 obrante a fs. 1515, de fecha 25 de agosto de 2011; Qu e , co n fo r me n o ta o b r a nt e a fs. 1582 se presenta la Sra. Marisa Alejandra Gomez (DNI 13.529.949) en su carácter de apoderado de la firma NORTIA SRL y solicita el cambio de titularidad atento la transferencia otorgada en el expediente de habilitación N° 2119697/2011 de fecha 01 de marzo de 2012 (ver fs. 1583).- Que, atento lo expresado en los considerandos este Registro procederá a rectificar la partida de inscripción en lo que hace a la titularidad; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la rectificación de la inscripción en el Registro Público. Por ello y, en uso de las facultades dispuestas en la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Y, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN:

Artículo 1º: Rectifíquese la partida de inscripción respecto de la titularidad, del local que posee inscripción bajo Nº 060/05 y que opera con nombre de fantasía RADIO STUDIO DANCE encontrándose inscripto por Disposición Conjunta Nº 072/05 de fecha 13 de Junio de 2005, ubicado en la calle O'Brien Nº 1226/28/30/32/34 y P. Echagüe Nº 1225/31 PB Sótano y EP, UF 1, 2, 9, 10, 23, 24, 25 y 26 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee transferencia de habilitación por expediente Nº 2119697/2011 a nombre de NORTIA S.R.L. para el rubro local de baile clase "C", con una capacidad máxima para funcionar de tres mil cincuenta (3050) personas.-

Página Nº 68Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 69: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 2º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a NORTIA S.R.L. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Boscoboinik

DISPOSICIÓN N.º 67/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 9 de mayo de 2012 VISTO el Expediente Nº 23.794/2009 los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 (B.O.C.B.A. Nº 2126) y Nº 2-GCBA/2005 (B.O.C.B.A. Nº 2136), la Resolución 02/SSCC/05 (B.O.C.B.A. Nº 2136), la Resolución Nº 11/SSCC/2005 (B.O.C.B.A. Nº 2194) la Resolución Nº 12 SSCC-2005 (B.O.C.B.A. Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (B.O.C.B.A. 2352), la Resolución Nº 12-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. Nº 2370) y la Resolución Nº 68 -SSEMERG-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. Nº 2521), la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07, y CONSIDERANDO: Que, el Sr. Nicolás FASCETTO (DNI 25.020.128) en carácter de Presidente de la firma GEADA S.A. ha solicitado, la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/05, para el local ubicado en la Avenida Juan B. Justo Nº 1658 y Darwin Nº 1550/54 planta baja y planta alta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla su actividad con nombre de fantasía "LIV", conforme constancia obrante a fs. 516; Que el mencionado local, posee Habilitación expediente Nº 567026/2010 para el rubro local de baile clase "C" y transferencia de habilitación a nombre de la firma GEADA S.A. por Expediente N° 232816/2011 de fecha 03 de junio de 2011, con una capacidad máxima autorizada para funcionar de setecientas cuarenta y dos (742) personas, conforme constancia obrante a fojas 540; Que, el local fue inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 105/09 mediante Disposición Nº 053/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2009 y renovación de la inscripción anual mediante Disposición Nº 60/ DGHP-DGFYC-DGFYCO/2010 de fecha 23 de abril de 2010 y por Disposición N° 27/ DGHP-DGFYC-DGFYCO/2011 de fecha 04 de marzo de 2011; Que, en fecha 8 de marzo de 2012, personal de la DGFyC, se constituyó en la finca de referencia y constato que el plano visado no se ajustaba a la realidad, en tal sentido se intimó al titular a adecuar el plano de habilitación a lo existente en el terreno; Que por Disposición Conjunta N° 034/12, de fecha 09 de marzo de 2012, se inscribió provisoriamente por el termino de 60 días corridos, a los efectos de cumplimentar con lo observado oportunamente en el párrafo anterior; Que, a fs. 602/3 se procede a adjuntar el Plano Visado con la Redistribución de Usos y la Disposición N° 4901/DGHP/2012 que aprueba la misma; Que, por Disposición N° 350/DGFyCO/12 de fecha 01 de Junio de 2012, el Director General de Fiscalización y Control de Obras encomendó la firma de la Dirección General, por el período comprendido desde el día 4 de junio de 2012 hasta el día 14 de junio de 2012, ambos inclusive, al Arq. Sebastián Uberti; quien se desempeña como director de la Dirección de Fiscalización y Control de Obras; Que, del análisis de la documentación presentada conforme surge del informe obrante precedentemente se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los demás requisitos establecidos en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/SSCC/05 y Nº

Página Nº 69Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 70: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

2/SSCC/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en éste Registro Público Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 y por Ley Nº 2624/2007, promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN

Artículo 1º Renuévese a partir del día de la fecha y hasta el 4 de marzo de 2013, la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables, creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/GCBA/2005, al local con nombre de fantasía "LIV", ubicado en la Avenida Juan B. Justo Nº 1658 y Darwin Nº 1551/54 , planta baja y planta alta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación otorgada Nº 567026/2010 para el rubro local de baile clase "C" y transferencia de habilitación por Expediente N° 232816/2011 a nombre de la firma GEADA S.A. con una capacidad máxima autorizada para funcionar de setecientas cuarenta y dos (742 ) personas.- Artículo 2º Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Artículo 3º Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la firma GEADA S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control, y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página Web oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Boscoboinik

DISPOSICIÓN N.º 68/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 11 de mayo de 2012 VISTO el expediente Nº 21.782/2007, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 ( BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007 y; CONSIDERANDO: Que, el Sr. Nicolás Alejandro DARCH en el carácter de Socio Gerente de la firma COCOLICHE S.R.L. solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, para el local ubicado en la Av. Rivadavia Nº 878 Planta baja, subsuelo, entre piso y 1º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía COCOLICHE conforme constancia obrante a fs. 812; Que, local posee Certificado de Transferencia de Habilitación por expediente Nº 1.171.097/2009 concedida para el rubro Local de Baile Clase "C" y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 090/07 con una capacidad máxima para funcionar de doscientas sesenta y ocho (268) personas por Disposición Conjunta Nº 062/07 de fecha 11 de mayo de 2007 obrante a fs. 158;

Página Nº 70Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 71: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 049/08, Nº 056/09, N° 064/10 y N° 60/11, de fecha 09 de mayo de 2008, 08 de mayo de 2009, 07 de mayo de 2010 y 10 de mayo de 2011, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un año en cada una ellas; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante de la renovación de inscripción, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables. Por ello y, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN

Art. 1º Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de un (1) año, la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, al local que opera con nombre de fantasía COCOLICHE que posee inscripción bajo Nº 90/07 otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 062/07, ubicado en la Av. Rivadavia Nº 878 Planta baja, subsuelo, entre piso y 1º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires perteneciente a la firma COCOLICHE S.R.L. que le fuera otorgado Certificado de Transferencia de Habilitación por expediente Nº 1.171.097/2009 de fecha 15 de octubre de 2009 en carácter de local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de doscientas sesenta y ocho (268) personas. Art. 2º Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la firma COCOLICHE S.R.L. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la Web y el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Boscoboinik

DISPOSICIÓN N.º 69/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 16 de mayo de 2012 VISTO el expediente Nº 14497/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 ( BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007, y CONSIDERANDO:

Página Nº 71Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 72: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, el Sr. Rodolfo Guillermo Mouriño (DNI 11.956.191), invocando la condición de apoderado de la firma AKOSLI S.R.L., solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, para el local ubicado en Av. Cabildo Nº 4653/63/65/67, planta baja, primer piso, entrepiso y azotea, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "DOME" conforme constancia obrante a fojas 1516; Que, dicho local posee habilitación por Expediente Nº 066587/1998, concedida para el rubro local de baile clase "C"; y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 053/05, por Disposición Conjunta Nº 057/05 de fecha 4 de mayo de 2005; Que, por Disposición Conjunta Nº 122/05 de fecha 18 de agosto de 2005, obrante a fojas 199, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de un mil doscientos noventa y siete (1297) personas; Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 072/06, Nº 061/07, Nº 048/08, Nº 055/09, N° 0063/10 y N° 061/11, de fechas 12 de mayo de 2006, 10 de mayo de 2007, 9 de mayo de 2008, 8 de mayo de 2009, 07 de mayo de 2010 y 13 de mayo de 2011 el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un año en cada una de ellas; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge de los correspondientes informes, y del análisis efectuado de la documentación presentada, se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN

Art. 1º: Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 053/05 y opera con nombre de fantasía "DOME", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 057/05, correspondiente al establecimiento ubicado en Av. Cabildo Nº 4653/63/65/67, planta baja, primer piso, entrepiso y azotea, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee habilitación por expediente Nº 066587/1998, a nombre de AKOSLI S.R.L., en carácter de local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de un mil doscientos noventa y siete (1297) personas. Art. 2º: Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a AKOSLI S.R.L. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra. Publíquese en la página Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Boscoboinik

Página Nº 72Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 73: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

DISPOSICIÓN N.º 70/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 18 de mayo de 2012 VISTO el expediente Nº 316734/11, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 ( BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007 y; CONSIDERANDO: Que, ALEJANDRO INAFUKU en carácter de apoderado del local con nombre fantasía RIVADAVIA 9131, solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, para el local ubicado en AV. RIVADAVIA 9131 PB, 1º Y 2º PISO de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme constancia obrante a fs.153; Que, el local posee habilitación por expediente Nº 19148/06, concedida para los rubros, casa de lunch, café bar, despachos de bebidas, wisquería, cervecería y local de local de baile clase "C" actividad complementaria, con una capacidad máxima autorizada de CIENTO VEINTE (120) personas y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 124/2011 por Disposición Conjunta Nº 063/2011, de fecha 13 de mayo de 2011, obrante a fs.93; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN

Art. 1º: Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 124/2011 que opera con nombre de fantasía "RIVADAVIA 9131", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 063/2011, a nombre de RUBEN OMAR HAGER, correspondiente al establecimiento ubicado en la calle AV. RIVADAVIA 9131 PB, 1º Y 2º PISO, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por

Expediente Nº 19148/06, concedida para los rubros, casa de lunch, café bar, despachos de bebidas, wisqueria, cervecería y local de local de baile clase "C" actividad complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de ciento veinte (120) personas. Art. 2º: Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa.

Página Nº 73Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 74: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a RUBEN OMAR HAGER. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la Web y el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Boscoboinik

DISPOSICIÓN N.º 72/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 22 de mayo de 2012 VISTO el expediente Nº 10.556/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 ( BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007, y CONSIDERANDO: Que, el Sr. Jason MURPHY (DNI 93.619.958), invocando la condición de Vicepresidente de la firma EDIFICIOS TORRES DEL CENTENARIO S.A., solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, para el local ubicado en Rodríguez Peña Nº 1220, planta baja, subsuelo y planta alta, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "THE SHAMROCK", conforme constancia obrante a fojas 1521/2; Que, dicho local posee habilitación por Expediente Nº 40.124/1999, concedida para los rubros café, bar, despacho de bebidas wisquería, cervecería y local de baile clase "C" actividad complementaria; y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 054/05, por Disposición Conjunta Nº 064/05 de fecha 18 de mayo de 2005; Que, por Disposición Conjunta Nº 063/06 de fecha 12 de abril de 2006, obrante a fojas 426, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de trescientos noventa y seis (396) personas; Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 074/06, Nº 064/07, Nº 053/08, Nº 61/09, N° 68/10 y N° 67/11 de fechas 1º de junio de 2006, 31 de mayo de 2007, 22 de mayo de 2008, 22 de mayo de 2009, 20 de mayo de 2010 y 20 de mayo de 2011 respectivamente el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un año en cada una de ellas; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge de los correspondientes informes, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

Página Nº 74Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 75: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN

Art. 1º: Renuévese a partir del día 22 de mayo de 2012 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables, creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 054/05 y opera con nombre de fantasía "THE SHAMROCK", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 064/05, correspondiente al establecimiento ubicado en Rodríguez Peña Nº 1220, planta baja, subsuelo y planta alta, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee habilitación por expediente Nº 40.124/0999, a nombre de EDIFICIOS TORRES DEL CENTENARIO S.A., para los rubros de café bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y local de baile clase "C" actividad complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de trescientos noventa y seis (396) personas. Art. 2º: Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a EDIFICIOS TORRES DEL CENTENARIO S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra. Publíquese en la página Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Boscoboinik

DISPOSICIÓN N.º 75/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 28 de mayo de 2012 VISTO el Expediente Nº 89485/2006, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 (B.O.C.B.A. Nº 2126) y Nº 2-GCBA/2005 (B.O.C.B.A. Nº 2136), la Resolución 02/SSCC/05 (B.O.C.B.A. Nº 2136), la Resolución Nº 11/SSCC/2005 (B.C.B.A. Nº 2194) la Resolución Nº 12 SSCC-2005 (B.O.C.B.A. Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (B.O.C.B.A. 2352), la Resolución Nº 12-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. Nº 2370) y la Resolución Nº 68 -SSEMERG-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. Nº 2521), la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07, y CONSIDERANDO: Que, la Sra. Mirta O. Cidanes en carácter de Apoderado de La Ventana Restaurante SRL y Ventana SRL, solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005, para el local ubicado en la calle Balcarce 425/27/31 y 5 de Julio Nº 426/28/34 Subsuelo, Entrepiso s/subsuelo, Planta Baja, Entrepiso s/Planta Baja, 1ºPiso y Entrepiso s/1ºPiso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "LA VENTANA BARRIO DE TANGO" conforme constancia obrante a fs. 1.107; Que, el local posee habilitación por expediente Nº 57446-2006 concedida para los rubros Restaurante, Cantina, Casa de Lunch, Café-Bar, Despacho de bebidas, Wisquería, Cervecería, Com. Min. Elab. y Vta. Pizza, Fugazza, Faina, Empan. Postres, Flanes, Churros, Grill, Parrilla, Confitería, Local de baile clase "C" actividad complementaria y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 89/07, por Disposición Conjunta Nº 0059-DGHP-DGFYC-DGFOC/07, de fecha 10 de mayo de 2007 obrante a fs 473/5;

Página Nº 75Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Page 76: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, mediante Disposición Nº 0059-DHGP-DGFYC-DGFOC/2007 de fecha 10 de mayo de 2007 que se citara precedentemente, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas cuarenta y nueve (449) personas; Que, mediante Disposiciones Nº 54/DGHP-DGFYC- DGFOC/2008, Nº 62/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2009, N° 70/DGHP-DGFYC-DGFYCO/10 y N° 070/DGHP-DGFYC-DGFYCO/11, de fechas 28 de mayo de 2008, 28 de mayo de 2009, 27 de mayo de 2010 y 27 de mayo de 2011 respectivamente, se renovó la inscripción por el término de un (1) año en cada una de ellas; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables, evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge de los correspondientes informes y, de análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables. Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 2005 y la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN:

Artículo 1º Renuévese a partir del día 28 de mayo de 2012 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005, del local que posee inscripción bajo Nº 89/07, que opera con nombre fantasía "LA VENTANA BARRIO DE TANGO", otorgada mediante Disposición Nº 0059-DGHP-DGFOC-DGFYC/07 a nombre de la empresa, LA VENTANA RESTAURANTE SRL y VENTANA SRL correspondiente al establecimiento ubicado en la calle Balcarce 425/27/31 y 5 de Julio Nº 426/28/34 Subsuelo, Entrepiso s/ subsuelo, Planta Baja, Entrepiso s/ Planta Baja,1º Piso y Entrepiso s/ 1º Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por expediente Nº 57446-2006 en el carácter de Restaurante, Cantina, Casa de Lunch, Café-Bar, Despacho de bebidas, Wisquería, Cervecería, Com. Min. Elab. y Vta. Pizza, Fugazza, Faina, Empanadas Postres, Flanes, Churros, Grill, Parrilla, Confitería, Local de Baile Clase "C" actividad complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas cuarenta y nueve (449) personas mediante Disposición Nº 0089-DHGP-DGFYC-DGFOC /2007. Artículo 2º Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Artículo 3º Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la firma LA VENTANA RESTAURANTE SRL y Ventana SRL. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Boscoboinik

DISPOSICIÓN N.º 76/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 7 de junio de 2012 VISTO

Página Nº 76Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

el Expediente Nº 23.794/2009 los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 (B.O.C.B.A. Nº 2126) y Nº 2-GCBA/2005 (B.O.C.B.A. Nº 2136), la Resolución

Page 77: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

02/SSCC/05 (B.O.C.B.A. Nº 2136), la Resolución Nº 11/SSCC/2005 (B.O.C.B.A. Nº 2194) la Resolución Nº 12 SSCC-2005 (B.O.C.B.A. Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (B.O.C.B.A. 2352), la Resolución Nº 12-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. Nº 2370) y la Resolución Nº 68 -SSEMERG-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. Nº 2521), la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07, y CONSIDERANDO: Que, el Sr. Nicolás FASCETTO (DNI 25.020.128) en carácter de Presidente de la firma GEADA S.A. ha solicitado, la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/05, para el local ubicado en la Avenida Juan B. Justo Nº 1658 y Darwin Nº 1550/54 planta baja y planta alta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla su actividad con nombre de fantasía "LIV", conforme constancia obrante a fs. 516; Que el mencionado local, posee Habilitación expediente Nº 567026/2010 para el rubro local de baile clase "C" y transferencia de habilitación a nombre de la firma GEADA S.A. por Expediente N° 232816/2011 de fecha 03 de junio de 2011, con una capacidad máxima autorizada para funcionar de setecientas cuarenta y dos (742) personas, conforme constancia obrante a fojas 540; Que, el local fue inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 105/09 mediante Disposición Nº 053/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2009 y renovación de la inscripción anual mediante Disposición Nº 60/ DGHP-DGFYC-DGFYCO/2010 de fecha 23 de abril de 2010 y por Disposición N° 27/ DGHP-DGFYC-DGFYCO/2011 de fecha 04 de marzo de 2011; Que, en fecha 8 de marzo de 2012, personal de la DGFyC, se constituyó en la finca de referencia y constato que el plano visado no se ajustaba a la realidad, en tal sentido se intimó al titular a adecuar el plano de habilitación a lo existente en el terreno; Que por Disposición Conjunta N° 034/12, de fecha 09 de marzo de 2012, se inscribió provisoriamente por el termino de 60 días corridos, a los efectos de cumplimentar con lo observado oportunamente en el párrafo anterior; Que, a fs. 602/3 se procede a adjuntar el Plano Visado con la Redistribución de Usos y la Disposición N° 4901/DGHP/2012 que aprueba la misma; Que, por Disposición N° 350/DGFyCO/12 de fecha 01 de Junio de 2012, el Director General de Fiscalización y Control de Obras encomendó la firma de la Dirección General, por el período comprendido desde el día 4 de junio de 2012 hasta el día 14 de junio de 2012, ambos inclusive, al Arq. Sebastián Uberti; quien se desempeña como director de la Dirección de Fiscalización y Control de Obras; Que, del análisis de la documentación presentada conforme surge del informe obrante precedentemente se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los demás requisitos establecidos en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/SSCC/05 y Nº 2/SSCC/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en éste Registro Público Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 y por Ley Nº 2624/2007, promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN

Página Nº 77Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1º Renuévese a partir del día de la fecha y hasta el 4 de marzo de 2013, la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables, creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/GCBA/2005, al local con nombre de fantasía "LIV", ubicado en la Avenida Juan B. Justo Nº 1658 y Darwin Nº 1551/54 , planta baja y planta alta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación otorgada Nº 567026/2010 para el rubro local de baile clase "C" y transferencia de habilitación por Expediente N° 232816/2011 a nombre de la firma GEADA S.A. con una capacidad máxima autorizada para funcionar de setecientas cuarenta y dos (742 ) personas.-

Page 78: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 2º Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Artículo 3º Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la firma GEADA S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control, y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página Web oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Uberti

DISPOSICIÓN N.º 77/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 8 de junio de 2012 VISTO el expediente Nº 10836/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007, y CONSIDERANDO: Que, el Sr. Miguel Ángel MAURO invocando la condición de titular del local, solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, para el local ubicado en Av. Pte. Figueroa Alcorta Nº 7474, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "CLUB 74", conforme constancia obrante a fojas 1198; Que, el local posee habilitación por Expediente Nº 184.407/1969, concedida para el rubro local de baile clase "B" y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 055/05, por Disposición Conjunta Nº 065/05 de fecha 18 de mayo de 2005; Que, por Disposición Conjunta Nº 076/06 de fecha 1º de junio de 2006, obrante a fojas 231, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de ciento ochenta (180) personas; Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 076/06, Nº 065/07, Nº 056/08, N° 069/09, N° 76/10 y N° 71/11 de fechas 1º/06/2006, 31/05/2007, 30/05/2008, 08/06/2009, 08/06/10 y 08/06/11 respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un año en cada una de ellas;

Página Nº 78Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 79: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, por Disposición N° 350/DGFyCO/12 de fecha 01 de Junio de 2012, el Director General de Fiscalización y Control de Obras encomendó la firma de la Dirección General, por el período comprendido desde el día 4 de junio de 2012 hasta el día 14 de junio de 2012, ambos inclusive, al Arq. Sebastián Uberti; quien se desempeña como director de la Dirección de Fiscalización y Control de Obras; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge de los correspondientes informes, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07; EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

DISPONEN Art. 1º: Renuévese a partir del día 08 de junio de 2012 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 055/05 y que opera con nombre de fantasía "CLUB 74", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 065/05, correspondiente al establecimiento ubicado en Av. Pte. Figueroa Alcorta Nº 7474, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por expediente Nº 184.407/1969, a nombre de MIGUEL ÁNGEL MAURO y ERNESTO JOSÉ JULIO MAURO, en carácter de local de baile clase "B" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de ciento ochenta (180) personas. Art. 2º: Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a MIGUEL ÁNGEL MAURO y ERNESTO JOSÉ JULIO MAURO. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la página Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Uberti

DISPOSICIÓN N.º 78/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 8 de junio de 2012 VISTO el expediente Nº 20810/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 ( BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007, y CONSIDERANDO:

Página Nº 79Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 80: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, el Sr. Jorge Gatti (D.N.I. 13.431.470), invocando la condición de apoderado de la firma TRINAIT S.A., solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, para el local ubicado en Av. La Plata Nº 731/33/35, planta baja, entrepiso y primer piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "PHUKET" (EX KRAVI) conforme constancia obrante a fojas 1170; Que, el local posee habilitación por Expediente Nº 54.768/2000, concedida para los rubros, restaurant, cantina, casa de lunch, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, parrilla, confitería, elab. y venta de flanes, churros, grill y local de baile clase "C" actividad complementaria y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 057/05, por Disposición Conjunta Nº 067/05 de fecha 8 de junio de 2005, obrante a fojas 231, por la cual se otorgó una capacidad máxima para funcionar de un mil quinientas noventa y tres (1593) personas; Que, mediante las Disposiciones Conjuntas Nº 080/06, Nº 068/07, Nº 059/08, Nº 64/09, N° 73/10 y N° 75/11 de fechas 9 de junio de 2006, 7 de junio de 2007, 5 de junio de 2008, 28 de mayo de 2009, 4 de junio de 2010 y 9 de junio de 2011 respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un año en cada una de ellas; Que, por Disposición N° 350/DGFyCO/12 de fecha 01 de Junio de 2012, el Director General de Fiscalización y Control de Obras encomendó la firma de la Dirección General, por el período comprendido desde el día 4 de junio de 2012 hasta el día 14 de junio de 2012, ambos inclusive, al Arq. Sebastián Uberti; quien se desempeña como director de la Dirección de Fiscalización y Control de Obras; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge de los correspondientes informes, y del análisis se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

DISPONEN Art. 1º: Renuévese a partir del 9 de junio de 2012 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 057/05 que opera con nombre de fantasía "PHUKET" (EX KRAVI), otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 067/05, correspondiente al establecimiento ubicado en, Av. La Plata Nº 731/33/35, planta baja, entrepiso y primer piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee habilitación por expediente Nº 54.768/2000, a nombre de TRINAIT S.A., en carácter de restaurant, cantina, casa de lunch, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, parrilla, confitería, elab. y venta de flanes, churros, grill y local de baile clase "C"; actividad complementaria, y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de un mil quinientas noventa y tres (1593) personas. Art. 2º: Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a TRINAIT S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra. Publíquese en la página Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Uberti

Página Nº 80Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 81: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

DISPOSICIÓN N.º 79/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 8 de junio de 2012 VISTO el expediente Nº 10673/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007, y CONSIDERANDO: Que, el Sr. Feliciano CONDORI, invocando la condición de presidente de la firma MEJIRIOS S.A., titular del local ubicado en la calle México Nº 1861/63 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "MONTECARLO", solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 para el mencionado local, conforme constancia obrante a fs. 1229; Que, dicho local posee habilitación por Expediente Nº 033235/1993, concedida para el rubro local de baile clase "C" y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 056/05 por Disposición Conjunta Nº 066/05 de fecha 08 de junio de 2005 obrante a fs.150; Que, por Disposición Conjunta Nº 006/06 de fecha 10 de enero de 2006, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientos sesenta (460) personas; Que, mediante las Disposiciones Conjuntas Nº 077/06, Nº 077/07, Nº 057/08, 068/09, 075/10 y N° 72/11 de fechas 08 de junio de 2006, 07 de junio de 2007, 05 de junio de 2008, 05 de junio de 2009, 04 de junio de 2010 y 08 de junio de 2011 respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de 1 (un) año en cada una de ellas; Que, por Disposición N° 350/DGFyCO/12 de fecha 01 de Junio de 2012, el Director General de Fiscalización y Control de Obras encomendó la firma de la Dirección General, por el período comprendido desde el día 4 de junio de 2012 hasta el día 14 de junio de 2012, ambos inclusive, al Arq. Sebastián Uberti; quien se desempeña como director de la Dirección de Fiscalización y Control de Obras; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante y, de dicho análisis se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en éste Registro Público; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN

Página Nº 81Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Art. 1º: Renuévese a partir del día 08 de junio de 2012 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 056/05 y opera con nombre de fantasía "MONTECARLO", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 066/05 correspondiente al establecimiento ubicado en la calle México Nº 1861/63 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee habilitación por expediente Nº 033235/1993 a nombre de MEJIRIOS S.A., para el rubro local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientos sesenta (460) personas.

Page 82: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Art. 2º: Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a MEJIRIOS S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra. Publíquese en la página Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Uberti

DISPOSICIÓN N.º 81/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 8 de junio de 2012 VISTO el expediente Nº 20.819/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007, y CONSIDERANDO: Que, la Sra. Vidal Verónica (25.999.510), invocando la condición de apoderado de la firma BALROM S.A., titular del local ubicado en la Avenida Cnel. Niceto Vega Nº 5629/35, planta baja y entrepiso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "INK BUENOS AIRES", solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 para el mencionado local, conforme constancia obrante a fs. 1387; Que, el local posee habilitación por Expediente Nº 62.603/2002, concedida para los rubros restaurant, cantina, café bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, estudio de grabación de sonido, local de baile clase "C" actividad complementaria, y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 059/05 por Disposición Conjunta Nº 069/05 de fecha 08 de junio de 2005 obrante a fs. 280; Que, por Disposición Conjunta Nº 079/06 de fecha 9 de junio de 2006, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientos nueve (409) personas; Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 079/06, Nº 069/07, Nº 060/08, Nº 065/09, N° 77/10 y N° 73/11 de fechas 9 de junio de 2006, 07 de junio de 2007, 05 de junio de 2008, 05 de junio de 2009, 08 de junio de 2010 y 8 de junio de 2011 respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de 1 (un) año en cada una de ellas;

Página Nº 82Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 83: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, a fs. 1456/57 y 1460/3 personal de la Agencia Gubernamental de Control se constituyó en la finca de referencia y constató la existencia de una faja de interdicción en el Entrepiso cuya resolución fue dictada en el marco del Legajo N° 52660/UAFE/11 y que a la fecha no ha sido resuelta.- Que, en atención al párrafo anterior resulta prudente otorgar un plazo perentorio a los fines de que el titular continúe desarrollando la actividad, condicionando al mismo a comprometerse a prohibir el ingreso en el sector del entrepiso permaneciendo cerrado al uso público hasta tanto se obtenga el levantamiento de clausura correspondiente; Que, atento lo expuesto, teniendo en cuenta el derecho a desarrollar la actividad comercial por parte de la sociedad y atento que el local mantiene las mismas condiciones de seguridad en cuanto a su funcionamiento y lugares cerrados al uso público, amerita otorgar un plazo provisorio y perentorio de treinta días corridos (30) hasta tanto el titular acredite el levantamiento de la medida de interdicción dispuesta en el Legajo 52660/UAFFE/11, pudiendo, conforme surge de la resolución que levanta parcialmente la clausura, utilizar dicho sector, individualizado como "Sector 22", en los términos que la Dirección General de Habilitaciones y Permisos visó el citado plano de redistribución; Que, por Disposición N° 350/DGFyCO/12 de fecha 01 de Junio de 2012, el Director General de Fiscalización y Control de Obras encomendó la firma de la Dirección General, por el período comprendido desde el día 4 de junio de 2012 hasta el día 14 de junio de 2012, ambos inclusive, al Arq. Sebastián Uberti; quien se desempeña como director de la Dirección de Fiscalización y Control de Obras; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del correspondiente informe, y del análisis, se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en éste Registro Público; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN

Art. 1º: Renuévese provisoriamente a partir del día 08 de junio de 2012 y por el término de treinta (30) días corridos o hasta tanto el titular acredite el levantamiento de la medida de interdicción que afecta al sector individualizado como "Sector 22", lo que suceda primero, la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 059/05 y opera bajo el nombre de fantasía "INK BUENOS AIRES", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 069/05 correspondiente al establecimiento ubicado en la avenida Cnel. Niceto Vega Nº 5629/35, planta baja y entrepiso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee habilitación por expediente Nº 62.603/2002, a nombre de BALROM S.A., para los rubros restaurant, cantina, café bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, estudio de grabación de sonido, local de baile clase "C" actividad complementaria, y que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientos nueve (409) personas. Art.2º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a BALROM S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra. Publíquese en la página Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Uberti

Página Nº 83Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 84: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

DISPOSICIÓN N.º 82/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 12 de junio de 2012 VISTO el expediente Nº 80.621/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007, y CONSIDERANDO: Que, el Sr. Martín BETANCOUR invocando la condición de apoderado de la firma AVIMEBAR SA, solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, para el local ubicado en la Avda. Alicia M. de Justo Nº 102 (PB) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía LA MADELEINE conforme constancia obrante a fs. 1326; Que, dicho local posee habilitación por Expediente Nº 20.554/2004 concedida para el rubro restaurante, cantina, casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, casa de comidas, rotisería, bar lácteo, parrilla, comercio minorista de helados, confitería, elab. y venta de flanes, churros, grill y local de baile clase "C" act. complementaria y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 077/06 por Disposición Conjunta Nº 075/06 de fecha 1º de Junio de 2006 obrante a fojas 349, por la cual se otorgó una capacidad máxima para funcionar de 205 (doscientas cinco) personas; Que, mediante las Disposiciones Conjuntas Nº 070/07, Nº 055/08, Nº 66/09, N° 81/10 y N° 78/11de fecha 15 de junio de 2007, 28 de junio de 2008, 05 de junio de 2009, 15 de junio de 2010 y 15 de junio de 2011 respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de 1 (un) año en cada una de ellas; Que, por Disposición N° 350/DGFyCO/12 de fecha 01 de Junio de 2012, el Director General de Fiscalización y Control de Obras encomendó la firma de la Dirección General, por el período comprendido desde el día 4 de junio de 2012 hasta el día 14 de junio de 2012, ambos inclusive, al Arq. Sebastián Uberti; quien se desempeña como director de la Dirección de Fiscalización y Control de Obras; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante y, del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en éste Registro Público; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

DISPONEN

Página Nº 84Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 85: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Art. 1º: Renuévese a partir del día 15 de junio de 2012 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 077/06 y opera con nombre de fantasía LA MADELEINE, otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 075/06 correspondiente al establecimiento ubicado en la Avda. Alicia M. de Justo Nº 102 (PB) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee habilitación por expediente Nº 20.554/2004 a nombre de AVIMEBAR SA, en el rubro restaurante, cantina, casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, casa de comidas, rotisería, bar lácteo, parrilla, comercio minorista de helados, confitería, elab. y venta de flanes, churros, grill y local de baile clase "C" act. complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de doscientos cinco (205) personas. Art. 2º: Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a AVIMEBAR SA. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra. Publíquese en la página Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Uberti

DISPOSICIÓN N.º 85/DGHP/DGFYC/DGFYCO/12

Buenos Aires, 15 de junio de 2012 VISTO el expediente Nº 10.634/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/05 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/05 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/05 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13-SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC/06, la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/2007 y; CONSIDERANDO: Que, el Sr. Rubén Marcelo BIONDO en su carácter de actual explotador comercial del local bailable con nombre fantasía GLAM, ubicado en la calle J. A. Cabrera Nº 3046 PB, PI, PA, EP y Sótano, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, conforme constancia obrante a fs. 1257; Que, dicho local se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 023/05 por Disposición Conjunta Nº 026/05 de fecha 11 de marzo de 2005 y posee habilitación por expediente Nº 71.811/1996 concedida para el rubro restaurante, cantina, casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y, local de baile clase "C" como actividad complementaria a nombre de KOREL SRL y se encuentra en trámite transferencia de habilitación a favor del actual explotador comercial por expediente Nº 64.846/2005; Que, por Disposición Conjunta Nº 060/07 de fecha 10 de mayo de 2007, se otorgó al local una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas ochenta y nueve (489) personas;

Página Nº 85Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 86: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 070/06, Nº 060/07, Nº 051/08, Nº 057/09, N° 66/10 y N° 80/11, de fechas 05 de mayo de 2006, 10 de mayo de 2007, 15 de mayo de 2008, 15 de mayo de 2009, 13 de mayo de 2010 y 17 de junio de 2011, obrantes a fs. 437, 642 832, 961, 1075 y 1236 respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un año en cada una de ellas; Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello y, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, LA DIRECTORA GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN

Art. 1º Renuévese a partir del día 17 de junio de 2012 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 023/05 que opera con nombre de fantasía "GLAM", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 026/05 correspondiente al establecimiento ubicado en la calle J. A. Cabrera Nº 3046 PB, PI, PA, EP y Sótano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación mediante expediente Nº 071811/96 a nombre de la firma KOREL SRL y tramita transferencia de habilitación por expediente Nº 64.846/2005 a favor del actual explotador comercial RUBÉN MARCELO BIONDO para los rubros de restaurante, cantina, casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y, local de baile clase "C" actividad complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas ochenta y nueve (489) personas. Art. 2º Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento al Sr. Rubén M. BIONDO. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Sandberg Haedo - Roldán - Boscoboinik

Página Nº 86Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 87: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Secretaría Legal y Técnica

DISPOSICIÓN N.º 132/DGTAD/12

Buenos Aires, 25 de junio de 2012 VISTO: El Expediente Nº 1287265/12, la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 754-GCABA/08, y CONSIDERANDO: Que, mediante el presente actuado se tramita la adquisición de “Estructuras Semifijas para la implementación de Estaciones Saludables”, con destino a la Dirección General Desarrollo Saludable de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno; Que, obra la Solicitud de Gastos Nº 32630-SIGAF/12 debidamente valorizada, con cargo al Presupuesto del Ejercicio 2012; Que, mediante Expediente Nº 1307663/12 se solicitó el permiso de Espacio Público para la ubicación de las estructuras semifijas, y el Seguro de Responsabilidad Civil correspondiente; Que, por Disposición Nº 171-DGCyC/08 el Director General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 85 de la Ley 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, mediante Resolución Nº 129-SECLyT/08, se constituyó la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Secretaría Legal y Técnica en el ámbito de la Dirección General Técnica y Administrativa, conforme la normativa vigente, y sus respectivas modificatorias Resoluciones Nros. 180-SECLyT/08, 218-SECLyT/08, 08-SECLyT/09, 66-SECLyT/09 y 19-SECLyT/12; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 232-GCABA/10 modificatorio del Artículo 13 del Decreto Nº 754-GCABA/08, reglamentario del Artículo 13 de la Ley 2095,

LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, para la adquisición de “Estructuras Semifijas para la implementación de Estaciones Saludables”, con destino a la Dirección General Desarrollo Saludable de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, por un monto total aproximado de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL, ($ 2.415.000.-).- Artículo 2°.- Llámase a Licitación Pública Nº 1397/SIGAF/12, para el día 04 de julio de 2012, a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley 2095 promulgada por Decreto Nº 1772-GCABA/06.- Artículo 3°.- Establécese el Pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado y retirado en la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y

Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, sita en Avda. de Mayo 525 - Piso 4º - Oficina 432, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Artículo 4°- Remítanse las invitaciones de rigor, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 93 del Decreto N° 754-GCABA/08.- Artículo 5°- Exhíbase copia de la presente en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones por el término de un (1) día.-

Página Nº 87Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 88: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 6°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, página Web: www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta, conforme lo normado en los Artículos 97 y 98 de la Ley 2095 y de su Decreto Nº 754-GCABA/08.- Artículo 7°- Regístrese y remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, para la prosecución de su trámite. Hadida

Página Nº 88Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 89: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Organos de Control Resolución Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 165/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 84 del 2 de diciembre de 2003, las Actas de Directorio Nº 279 del 3 de mayo de 2007, Nº 432 del 6 de abril de 2011, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, mediante la Ley Nº 210 se reglamentó su constitución estableciendo el Art. 11 incs. c) y d) que son funciones de su Directorio determinar la estructura orgánica del Ente, contratar personal y también proceder a su remoción por acto fundado respetando el debido proceso; Que, la Resolución Nº 84/EURSPCABA/2003 que aprueba el Estatuto del Personal, vigente a partir del 1º de diciembre de 2003, rige las relaciones laborales del personal del Organismo, prevé la conformación de una planta no permanente y establece las condiciones laborales de la misma; Que, a través del Acta Nº 279 el Directorio creo la Planta de Gabinete, cuyas relaciones laborales se rigen por lo dispuesto en el Art. 76 del Estatuto de Personal, y demás condiciones establecidas en el Título III del referido Estatuto; Que, por conducto del Acta de Directorio Nº 432 se aprobaron las novedades de la Planta de Gabinete correspondientes al mes de abril de 2011; Que, el servicio jurídico ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Articulo 1°.- Aprobar las designaciones de Planta de Gabinete que como Anexo forma parte de la presente resolución a partir del 1º de abril de 2011. Articulo 2°.- Aprobar la modificación a partir del 1º de abril de 2011 del sueldo básico del agente de planta de gabinete Sebastián Mariano Calleja (DNI: 27.144.320) a pesos cuatro mil cuatrocientos setenta y dos ($4.472). Articulo 3°.- Efectúense las imputaciones presupuestarias correspondientes. Articulo 4°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Gerencia de Administración. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

ANEXO

Página Nº 89Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 90: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

RESOLUCIÓN N.º 209/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 84 / EURSPCABA/2003, el Acta de Directorio Nº 445 del 6 de julio de 2011, el Expediente Nº 4045/EURSPCABA/2010, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, la Ley Nº 210, reglamentaria de su creación, establece en su Art. 11, incs c) y d), que son funciones del Directorio determinar su estructura orgánica, contratar personal y también proceder a su remoción por acto fundado, respetando el debido proceso; Que, el Diputado de la Ciudad de Buenos Aires, Martín Ocampo, solicitó, oportunamente, el pase en colaboración del agente Adolfo Cristian Rogelio Trevissan para prestar servicios en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires partir del 1º de julio de 2011; Que, el Directorio, a través del Acta 445, aprobó el pase en colaboración del mencionado agente desde 1º de julio de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011; Que, el servicio jurídico ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Articulo 1º.- Aprobar el pase en colaboración del agente de planta permanente Adolfo Cristian Rogelio Trevissan -DNI: 28.323.631-, para prestar servicios en el despacho del Diputado de la Ciudad de Buenos Aires Martín Ocampo, desde el 1º de julio de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- Comuníquese a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a las Gerencias de Administración y de Control. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

RESOLUCIÓN N.º 211/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, el Pliego de Bases y Condiciones para el Servicio de Higiene Urbana Licitación Nº 6/2003, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, el Acta de Directorio Nº 408 del 22 de septiembre de 2010, el Expediente Nº 310/EURSPCABA/2009, y

Página Nº 90Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 91: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

CONSIDERANDO: Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final; Que, el Art. 3º incs. b), e), j), k) y l) de la Ley Nº 210, establece como funciones de este Ente, entre otras, controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; recibir y tramitar las quejas y reclamos de los usuarios en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso; Que, el Expediente Nº 310/EURSPCABA/2009, se inicia a raíz de la denuncia efectuada por el Usuario Sr. Héctor Oscar López, con fecha 22/12/08 bajo el Nº 1382/08, por la cual se denuncia la omisión de levantamiento de restos de obras y demoliciones, en la calle Homero 1124, entre Avda. Directorio y Tandil. El usuario consigna denuncia en la empresa Níttida bajo el Nº 432353/08 del día 12/12/08 a las 16:18 hs.; que el incumplimiento denunciado se produce en la denominada Zona 4, a cargo de la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida; Que, no genera dudas, entonces, la calificación como servicio público y la inclusión entre las prestaciones sujetas al control del Ente, del servicio de recolección de restos de obras y demoliciones, como es el caso en cuestión, conforme Anexo VIII, apartado 1.5 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003;

Que, respecto a los restos de obras y demoliciones que obran en Acta de Fiscalización Nº 066191/ATO/2009 a fs. 6, y por la cual se verifica incumplimientos en el servicio de recolección de restos de obras y demoliciones, se ha procedido a comprobar rótulo (etiqueta 107216) observándose la permanencia en la vía pública por un lapso mayor a las 48 hs., y con ello la comisión de la infracción; Que, la prestataria incumple con el precepto Ciudad Limpia que es el que debe tomarse como guía de interpretación final a los fines de establecer, pacíficamente y junto a las demás estipulaciones contractuales, si corresponde o no aplicar una sanción leve, en el marco contractual ya aludido; Que, manifiesta la sumariada en su descargo de fojas 30/32, la existencia de una supuesta "superposición de funciones sancionatorias entre el Ente y la Dirección General de Higiene Urbana" y asimismo, una "eventual duplicidad de sanciones", atento lo dispuesto por la Ley Nº 210, Art. 61 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Nº 06/2003; Que, las facultades otorgadas por los Arts. 58 a 61 establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Nº 06/2003 no invalida, ni resulta oponible al curso de este sumario, ni a la posible aplicación de sanciones por parte de este Organismo, ya que, como se menciona previamente, existen potencialmente infracciones distintas, metodología que, vale mencionar, fue aceptado por las empresas prestatarias del servicio de higiene urbana; Que, de ser válido el razonamiento esgrimido por la sumariada, el Pliego no hubiera previsto la existencia de faltas leves, ni la tipificación de las mismas, ya que sólo se sancionaría en caso de incumplimiento al Índice de Prestación, pero en el Pliego las faltas leves fueron incorporadas, tipificadas y graduadas;

Página Nº 91Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 92: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, respecto a la eventual duplicidad de sanciones, cabe aclarar que cuenta el Ente con facultades específicas para aplicar sanciones por las penalidades previstas en el Pliego, en su Art. 61, que dice claramente "... El Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá en el marco de la Ley Nº 210/99 aplicar las penalidades pertinentes a su competencia debiendo informar a la Dirección General de Higiene Urbana sobre su intervención y resolución final de la misma...". Una vez finalizado el sumario, corresponde informar a la Dirección General de Higiene Urbana lo que se resuelva. Vale decir que el Pliego, como no puede ser de otra manera, otorga al Organismo facultades para aplicar sanciones. No hace más que cumplir con la Ley Nº 210, que le da competencia en dicho sentido. Aunque el Pliego no lo previera expresamente, el Ente debiera aplicar sanciones, considerando lo dispuesto en la Ley Nº 210; Que, respecto de las deficiencias imputadas, los argumentos de la sumariada en su descargo no logran conmover los fundamentos expuestos, ni quitarle o eximirle de responsabilidad en estas actuaciones sumariales, por lo cual se ha de concluir y se debe resolver este sumario aplicando las sanciones leves estatuidas en el Art. 59 del Pliego de Bases y Condiciones, dado que las conductas comprobadas encuadran típicamente, en lo singular, a los casos de marras; Que, vale destacar respecto de la facultad sancionatoria del Ente, lo resuelto en forma unánime por la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, en oportunidad de expedirse sobre el recurso interpuesto por Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida, (Expte. 7639/0), donde reconoce la facultad sancionatoria del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmando el acto administrativo apelado, es decir, la sanción aplicada a través del procedimiento sancionatorio establecido en la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001, reconociendo a este Organismo como autoridad de aplicación; Que, el punto 3 del voto del Dr. Esteban Centanaro señala que "... la autoridad de aplicación -en cumplimiento de lo normado por el Capítulo III del Reglamento de Procedimientos y Controversias- imputó a la empresa mencionada una presunta infracción del Art. 54, deficiencias Nº 1, 4 y 46 del Pliego de Bases y Condiciones correspondientes a la Licitación Pública de Firmas o Consorcios de Firmas Consultoras Nacionales para realizar la Inspección de los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires en la Zona 1, Licitación Nº 122/98 (corregido luego por la propia denunciada a fs. 28, resaltando que el Pliego correspondiente a la Licitación Pública en la que resultara adjudicataria era el 14/97)..."; Que, en el último párrafo del punto 10 del mismo voto, hace una breve reseña del procedimiento diseñado por el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones dictado por el Ente, señalando "...en resumidas cuentas, tales circunstancias establecen en forma indudable que el trámite administrativo que diera origen al presente recurso se llevó a cabo dentro del marco del procedimiento sancionatorio establecido por el reglamento ut supra aludido, por ende, las disposiciones según las cuales habrán de ser analizadas las quejas relativas a la regularidad del procedimiento son las contenidas en los Arts. 10 a 20 de la norma mencionada..."; Que, asimismo, entendemos que las Actas labradas por agentes del Organismo gozan de entidad suficiente para dar inicio a un sumario, y de corresponder, aplicar las penalidades previstas; Que, el Área Técnica en su Informe Nº 1624/ACA/2010, señala que ratifica el criterio expuesto en primera instancia, es decir, incumplimiento a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003, en su Anexo VIII, servicio de recolección de residuos sólidos urbanos; Que, la Dirección General de Limpieza a través de su Nota Nº 2013/DGLIM/09, expresó que "...no puede bajo ningún concepto dejar de cumplir con la orden de descuento establecida, a excepción que se le instruya una orden por parte del Ente o en sede judicial...";

Página Nº 92Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 93: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, a su vez la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, expresó en el Dictamen Nº 070470, que "...ante la falta de pago voluntario sólo puede el Ente promover y llevar adelante las acciones judiciales pertinentes coordinando con la Procuración General, de conformidad con la facultad acordada en el Art. 3º, inc. q) de la Ley Nº 210...". Continúa diciendo en el párrafo décimo del punto II, Análisis, que los Art. 60 y 61 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/2003 que regula las relaciones entre el Gobierno de la Ciudad y los prestadores del servicio público involucrado, sólo admiten el descuento de la facturación mensual de las faltas graves y leves resultantes del incumplimiento de las pautas contractuales y de conformidad con el procedimiento establecido en el mismo. En los siguientes párrafos de este punto, Análisis, el Procurador General, expresa "Ello revela que las multas de las que resultan pasibles los prestadores del servicio público responden a dos órdenes distintos, el legal a cargo del Ente y el contractual, responsabilidad de la Dirección General de Limpieza, sujetos a sus propios procedimientos y mecanismos ejecutorios, existiendo una previsión expresa en el Art. 61 in fine del Pliego...". Concluye, el citado

funcionario que "...resulta improcedente descontar de la facturación mensual de las prestadoras del servicio público concesionado mediante Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/2003 multas que no resulten de los procedimientos contractualmente establecidos en el marco de la misma."; Que, sin perjuicio de lo antedicho, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, al resolver en el Expte. "Ecohábitat SA c/ EURSPCABA s/Impugnación de actos administrativos", Nº 7639/00, reconoció la facultad sancionatoria del Ente, confirmando la validez del acto administrativo emitido por el mismo, en el cual se disponía el descuento del 0,01% de la facturación mensual correspondiente al servicio específico, el cual multiplicado por cada punto de multa dispuesto como sanción, da el monto en pesos a descontar de la facturación mensual a abonar por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la empresa prestataria sancionada; Que, pese a estar reconocida la facultad sancionatoria de este Organismo, la Dirección General de Limpieza no da cumplimiento a los descuentos ordenados por el Ente; Que, en uso de las facultades otorgadas a este Organismo por la Ley Nº 210 y a los fines de evitar un dispendio administrativo que genere dilaciones en las funciones de este Ente, resulta procedente la aplicación de las multas prescindiendo de la solicitud de descuento a la Dirección General de Limpieza; Que, corresponde la aplicación de la sanción prevista para las faltas leves en el Art. 59, inc. 17º del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 6/2003, imponiendo a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida una penalidad de cuarenta (40) puntos, equivalentes a pesos quinientos sesenta y ocho con 03/100 ($568,03.-), calculados sobre el servicio de recolección de restos de obras y demoliciones, y que las mencionadas deficiencias afectan la calidad de la prestación del servicio, teniendo en cuenta que cada, punto será equivalente a 0,01 % del monto de la factura del servicio específico en el que se cometió la infracción; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.- Sancionar a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida con una multa de cuarenta (40) puntos, equivalentes a pesos quinientos sesenta y ocho con 03/100 ($ 568,03.-) calculados sobre el servicio de recolección de restos de obras y demoliciones, correspondientes al mes de enero del año 2009, conforme el Art. 59 inc. 17 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la contratación de los Servicios de Higiene Urbana.

Página Nº 93Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 94: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 2º.- El Monto correspondiente a la multa fijada en el artículo precedente deberá ser depositado en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28060/6 -Sucursal Centro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires- dentro de los treinta (30) días de notificada la presente resolución, debiendo acreditar en el Organismo y en el expediente el cumplimiento del depósito en igual plazo.

Artículo 3º.- Poner en conocimiento de la Dirección General de Limpieza, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo dispuesto en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 4º.- Notifíquese al Sr. Héctor Oscar López (DNI 1.497.828) y a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida. Artículo 5º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Usuarios, de Proyectos, de Administración y a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

RESOLUCIÓN N.º 215/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, el Pliego de Bases y Condiciones para el Servicio de Higiene Urbana Licitación Nº 6/2003, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28 del 4 de octubre de 2001 y su modificatoria Nº 51 del 12 de diciembre de 2002 , el Acta de Directorio Nº 409 del 29 de septiembre de 2010, el Expediente Nº 2623/EURSPCABA/2009, y CONSIDERANDO: Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final; Que, el Art. 3º incs. b), e), j), k) y l) de la Ley Nº 210, establece como funciones de este Ente, entre otras, controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; recibir y tramitar las quejas y reclamos de los usuarios en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso;

Página Nº 94Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 95: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, el Expediente Nº 2623/EURSPCABA/2009 se inicia a raíz del Plan de Control ordenado por la Gerencia de Control en el mes de agosto de 2009, y conforme se agrega a fs. 1 la respectiva planilla de control de deficiencias. A través de la referida intervención se procedió a verificar incumplimientos en el servicio de Falta de Mantenimiento en el Vaciado de Cestos Papeleros, llenos al 100%; todo ello en la denominada zona 4. Que, no genera dudas, entonces, la calificación como servicios públicos y la inclusión entre las prestaciones sujetas al control del Ente, el servicio de recolección de residuos sólidos urbanos, como es el caso en cuestión, conforme Anexo IX del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana, Licitación Pública Nº 6/2003;

Que, manifiesta la sumariada la supuesta existencia de superposición de funciones sancionatorias haciendo a paso seguido una segunda presunción respecto de una eventual duplicación de sanciones, ello entre el Ente y la Dirección General de Higiene Urbana; Que, las facultades otorgadas por los Arts. 68 a 61 establecido en el Pliego de Bases y Condiciones no invalida, ni resulta oponible al curso del sumario, ni a la posible aplicación de sanciones por parte del Organismo, ya que, como se menciona previamente, existen potencialmente infracciones distintas, metodología que, vale mencionar, fue aceptado por las empresas concesionarias del servicio de higiene urbana; Que, de ser válido el razonamiento esgrimido por la sumariada, el Pliego no hubiera previsto la existencia de faltas leves, ni la tipificación de las mismas, ya que sólo se sancionaría en caso de incumplimiento al índice de prestación, pero en el Pliego las faltas leves fueron incorporadas, tipificadas y graduadas; Que, respecto a la eventual duplicidad de sanciones, cabe aclarar que cuenta el Ente con facultades específicas para aplicar sanciones por las penalidades previstas en el Pliego, en su art. 61, que dice claramente "... El EURSPCABA podrá en el marco de la Ley 210/99 aplicar las penalidades pertinentes a su competencia debiendo informar a la DGHU sobre su intervención y resolución final de la misma...". Una vez finalizado el sumario corresponde informar a la Dirección General de Higiene Urbana lo que se resuelva. Vale decir que el Pliego, como no puede ser de otra manera, otorga al Organismo facultades para aplicar sanciones. No hace más que cumplir con la Ley Nº 210, que le da competencia en dicho sentido. Aunque el Pliego no lo previera expresamente, el Ente debiera aplicar sanciones, considerando lo dispuesto en la Ley Nº 210; Que, cabe acotar asimismo, se ha comprobado en las 10 detecciones fiscalizadas, puntualmente en estas actuaciones, sendos Cestos Papeleros llenos al 100% de su capacidad, lo que los hace inutilizables para los usuarios. De este modo, la prestataria incumple con el precepto Ciudad Limpia que es el que debe tomarse como de guía de interpretación final a los fines de establecer, pacíficamente y junto a las demás estipulación contractuales, si corresponde o no la aplicar una sanción leve, en el marco del contractual ya aludido; Que la normativa específica es muy clara al establecer la penalidad a la infracción correspondiente:"Capítulo V - de las faltas y sus penalidades, en el apartado Faltas leves, Tipificaciones y puntos: 26: Falta de provisión , de conservación -cantidad y calidad-, limpieza, desinfectación y reposición de contenedores y/o cestos papeleros. Por cada uno y por día 5 (cinco) puntos"; Que, en consecuencia y respecto de las deficiencias puntuales antedichas, los argumentos de la sumariada en su Descargo de fs. 45/47, no logra conmover ni quitar responsabilidad a la sumariada, por lo cual los argumentos allí vertidos no pueden prosperar; lo anterior, a tenor de lo claramente dispuesto en los Anexo IX del Pliego de Bases y Condiciones correspondiente;

Página Nº 95Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 96: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, vale resaltar asimismo respecto de la facultad sancionatoria del Ente lo resuelto, en forma unánime, por la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, en oportunidad de expedirse sobre el recurso interpuesto por Ecohábitat SA (expte. 7639/0), donde reconoce la facultad sancionatoria del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmando el Acto Administrativo apelado, es decir, la sanción aplicada a través del

procedimiento sancionatorio establecido en la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001, reconociendo a este Organismo como autoridad de aplicación; Que, el punto 3 del voto del Dr. Esteban Centanaro señala que "... la autoridad de aplicación -en cumplimiento de lo normado por el Capítulo III del Reglamento de Procedimientos y Controversias- imputó a la empresa mencionada una presunta infracción del Art. 54, deficiencias Nº 1, 4 y 46 del Pliego de Bases y Condiciones correspondientes a la Licitación Pública de Firmas o Consorcios de Firmas Consultoras Nacionales para realizar la inspección de los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires en la zona 1 (Licitación Nº 122/98) (corregido luego por la propia denunciada a fs. 28, donde puso de resalto que el Pliego correspondiente a la Licitación Pública en la que resultara adjudicataria era el 14/97)..."; Que, el último párrafo del punto 10 del mismo voto hace una breve reseña del procedimiento diseñado por el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones dictado por el Ente, donde en el último párrafo señala: "... en resumidas cuentas, tales circunstancias establecen en forma indudable que el trámite administrativo que diera origen al presente recurso se llevó a cabo dentro del marco del procedimiento sancionatorio establecido por el reglamento establecido ut supra aludido; por ende, las disposiciones según las cuales habrán de ser analizadas las quejas relativas a la regularidad del procedimiento son las contenidas en los Arts. 10 a 20 de la norma mencionada..."; Que, asimismo, entendemos que las Actas labradas por agentes del Organismo gozan de entidad suficiente como para dar inicio a un sumario, y de corresponder, aplicar las penalidades previstas; Que, el Área Técnica en su Informe Nº 1273/ACA/2010, señala que ratifica el criterio expuesto en primera instancia, es decir, incumplimiento a lo establecido en lo dispuesto por el Anexo IX, del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana, Licitación Pública Nº 6/2003; Que, en cuanto a las restantes consideraciones planteadas en el descargo ofrecido por la sumariada y la prueba producida en las presentes actuaciones, entendemos que los mismos no logran desvirtuar el criterio expuesto; Que, la Dirección General de Limpieza a través de su Nota Nº 2013/DGLIM/09, expresó que: "...no puede bajo ningún concepto dejar de cumplir con la orden de descuento establecida, a excepción que se le instruya una orden por parte del Ente o en sede judicial..." ; Que, a su vez la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, expresó en el Dictámen Nº 070470, que: "... ante la falta de pago voluntario solo puede el Ente promover y llevar adelante las acciones judiciales pertinentes coordinando con la Procuración General, de conformidad con la facultad acordada en el artículo 3º, inciso q) de la Ley Nº 210. . . ." . Continúa diciendo en el párrafo décimo, del punto II, Análisis, que los Arts. 60 y 61 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/03 que regulan las relaciones entre el Gobierno de la Ciudad y los prestadores del servicio público involucrado, solo admiten el descuento de la facturación mensual de las faltas graves y leves resultantes del incumplimiento de las pautas contractuales y de conformidad con el procedimiento establecido en el mismo. En los siguientes párrafos de este punto Análisis, el Procurador General, expresa: "Ello revela que las multas de las que resultan pasibles los prestadores del servicio público responden a dos órdenes

Página Nº 96Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 97: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

distintos, el legal a cargo del Ente y el contractual, responsabilidad de la Dirección General de Limpieza, sujetos a sus propios procedimientos y mecanismos ejecutorios, existiendo una previsión expresa en el artículo 61 "in fine" del pliego...". Concluye, el citado funcionario que: "...resulta improcedente descontar de la facturación mensual de las prestadoras del servicio público concesionado mediante Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/03 multas que no resulten de los procedimientos contractualmente establecidos en el marco de la misma."; Que, sin perjuicio de lo antedicho, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, al resolver en el Expte. "Ecohábitat SA c/ EURSPCABA s/Impugnación de actos administrativos", Nº 7639/00, reconoció la facultad sancionatoria del Ente, confirmando la validez del acto administrativo emitido por el mismo, en el cual se disponía el descuento del 0,01% de la facturación mensual correspondiente al servicio especifico, el cual multiplicado por cada punto de multa dispuesto como sanción, da el monto en pesos a descontar de la facturación mensual a abonar por el Gobierno de la Ciudad a la empresa concesionaria sancionada; Que, pese a estar reconocida la facultad sancionatoria de este Organismo, la Dirección General de Limpieza no da cumplimiento a los descuentos ordenados por el Ente; Que por ello y en uso de las facultades otorgadas a este Organismo por la ley 210 y a los fines de evitar un dispendio administrativo que genere dilaciones en las funciones de este Ente resulta procedente la aplicación de las multas prescindiendo de la solicitud de descuento a la Dirección General de Limpieza; Que, corresponde la aplicación de la sanción prevista para las faltas leves en el Art. 59, inc. 14, del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana, Licitación Pública 6/03, imponiendo a la empresa Níttida (Ecohábitat S.A. - Emepa S.A. U.T.E.) una penalidad conistente en una multa de 50 (cincuenta) puntos, equivalentes a la suma de pesos treinta y un mil seiscientos sesenta y uno con 16/100 ($31.661,16.-); ello, por el incumplimiento en el Mantenimiento de Vaciado de Cestos Papeleros, llenos en un 100%; y que la mencionada deficiencia afectan la calidad de la prestación del servicio, teniendo en cuenta que cada punto será el equivalente al 0,01% del monto de la factura del servicio específico en el que se cometió la infracción, correspondiente a los meses en que se cometió; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia; Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.- Sancionar a la Empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida con una multa de 50 (cincuenta) puntos, equivalentes a la suma de pesos tres mil seiscientos sesenta y uno con 16/100 ($ 31.661,16.-), respecto del servicio de Falta de Mantenimiento en el Vaciado de Cestos Papeleros, correspondientes a los mes de agosto del año 2009, conforme el Art. 59, incs. 14 del Pliego de Bases y Condiciones. Artículo 2º.- El monto de la multa fijada en el artículo 1º deberá ser depositado en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28060/6 - Sucursal Centro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires - dentro de los treinta (30) días de notificada la presente resolución, debiendo acreditar dicho depósito en el Organismo y en el Expediente en igual plazo. Artículo 3º.- Poner en conocimiento de la Dirección General de Limpieza, dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo dispuesto en el artículo 1º de la presente resolución; Artículo 4º.- Notifíquese a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA UTE - Níttida.

Página Nº 97Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 98: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 5º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Proyectos, de Administración y a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

RESOLUCIÓN N.º 217/ERSP/11

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nº 210, el Pliego de Bases y Condiciones del Servicio Público para la Contratación del Mantenimiento del Alumbrado Público, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, el Acta de Directorio Nº 410 del 6 de octubre de 2010, el Expediente Nº 1904/EURSPCABA/2009, y CONSIDERANDO: Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, según lo prescribe el Art. 2º, inc. b) de la Ley Nº 210, se entiende como servicio público a los efectos de la aplicación de la misma, al alumbrado público; Que, conforme lo establece el Art. 3º incs. a), b), e), i) y l) de la Ley Nº 210, el Ente tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar las actividades de los prestadores de los servicios públicos en todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto de la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y efectuar las denuncias pertinentes implementando las acciones tendientes a hacer cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso; Que, el Expediente 1904/EURSPCABA/2009 se inicia a raíz de la denuncia Nº 587/009 de una usuaria, la Sra. Romina Valderrey, efectuada ante este Organismo el día 25 de junio de 2009, respecto de una (1) luminaria en suspensión intermitente, ubicada en la calle Chacabuco 747, entre Av. Independencia y Chile, no consignando la usuaria denuncia ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a fs. 3 se agrega Solicitud de Normalización de fecha 26 de junio de 2009, siendo la anomalía registrada bajo el Nº 65.344; Que, a fs. 6 obra Acta de Inspección Nº 072566/ATO/2009, de fecha 29 de junio de 2009, verificando en la calle Chacabuco 747, luminaria en suspensión intermitente, etiqueta 13386;

Que, a fs. 7, el 30 de junio de 2009, se detecta que la anomalía consistente en una (1) luminaria en suspensión intermitente ubicada en la calle Chacabuco 747, entre Av. Independencia y Chile se encontraba normalizada;

Página Nº 98Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 99: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, a fs. 8/9 se incorpora Informe Nº 670/AVP/2009 del Área Vía Pública de la Gerencia de Control, solicitando la apertura del sumario correspondiente a la empresa Manteléctric ICISA por presunto incumplimiento en los plazos máximos de reparación establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares que rigen la Licitación Pública para la Contratación del Mantenimiento del Alumbrado Público Nº 93/97; Que, el Pliego de Bases y Condiciones correspondiente a la Licitación Pública Nº 93/97 para la Contratación del Servicio de Mantenimiento Correctivo y Preventivo del Alumbrado Público, en el punto 68.1 -Plazos de Reparación- Metodología- prescribe "...La reparación de toda falla que acontezca lo será en los plazos que se establecen en este artículo, entendiéndose que los lapsos consignados son máximos y que los mismos se computarán a partir del momento en que la contratista tome conocimiento del evento, ya sea por sus propias recorridas, por reclamos recepcionados en su Centro de Atención del Servicio o por indicación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires...". Asimismo, determina como plazo máximo de reparación para este tipo de fallas, 24 horas; Que, a fs. 13 la Asesoría Legal, compartiendo el criterio expuesto por el Área Técnica, ordena la apertura del sumario y designa Instructor Sumariante; Que, a fs. 15 la Instructora Sumariante formula cargos contra la empresa concesionaria, notificándola de conformidad con las constancias de fs. 17/17 vuelta, el 14 de octubre de 2009; Que, a fs. 18/70, mediante Registro Nº 2.165/ERSP/2009, se presenta la empresa Manteléctric ICISA formulando descargo y ofreciendo prueba respecto a los hechos que se le imputaran; Que, en fecha 11 de noviembre de 2009 se procede a la apertura a prueba de los presentes actuados ordenando el libramiento del oficio solicitado a la Dirección General de Alumbrado Público, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, a fs. 74/75 se incorpora Registro Nº 112/ERSP/2010, consistente en Nota Nº 57.920/DGALUM/10 suscripta por el Director General de Vías Peatonales del Ministerio de Ambiente y Espacio Público haciendo saber que, se "...ha omitido acompañar a la presente requisitoria, los "Informes" y "Dictámenes" que presuntamente obran en el Expediente, motivo por el cual deviene imposible proveer a lo solicitado..."; Que, no quedando prueba pendiente de producción, se remiten los actuados al Área Técnica, a fin de dictaminar conforme lo establecido por el Art. 28 del Reglamento de Controversias y Sanciones de este Organismo y, en caso de corresponder la aplicación de una multa, se determine y calcule el monto de la misma; Que, a fs. 77/95 consta Informe Nº 371/AVP/2010 del Área Vía Pública informando el cálculo del monto máximo de la penalidad aplicable a la empresa sumariada, conforme Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública para la Contratación del Mantenimiento del Alumbrado Público Nº 93/97, dando cumplimiento a lo solicitado por la Instrucción; Que, en su descargo Manteléctric ICISA expresa "...Del presunto incumplimiento que aduce el Ente, constan los reclamos recibidos en nuestra empresa en el día 25/06/2009, los cuales fueron reparados el mismo día 25/06/2009, de conformidad con los partes de trabajo que se adjunta a las presentes actuaciones, uno previo, por el llamado telefónico de un vecino y el posterior del Ente...". En consecuencia, rechaza que la reparación se haya realizado fuera de los plazos contractuales, por cuanto, la empresa el mismo día que fue notificada de la falla, procedió a su pronta reparación..."; Que, adicionalmente, la prestataria adjunta como prueba documental -en copia simple- Parte Diario de Reclamos Telefónicos donde constan los reclamos recibidos por la empresa, Parte Diario de Reclamos de los operarios que intervinieron en la ejecución de la reparación y copia del Parte de Novedades con que se informa al Departamento de Inspección y Cómputos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, todos correspondientes al 25 de junio de 2009;

Página Nº 99Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 100: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que, contrariamente a lo manifestado en su descargo y la documentación acompañada por Manteléctric ICISA, el reclamo realizado por este Organismo, a través de la correspondiente solicitud de normalización, respecto de una (1) luminaria en suspensión intermitente ubicada en la calle Chacabuco 747, resulta ser de fecha 26 de junio de 2009, asignándose el Nº 65.344, y no del día 25 de junio de 2009; Que, en relación a la prueba documental acompañada, es de remarcar que la misma no cumple con lo normado por el Art. 77 -Documentación de los Trabajos- del Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación del Mantenimiento del Alumbrado Público, en tanto establece que "...el contratista llevará un registro detallado de las novedades ocurridas, en un libro especial habilitado a ese fin con hojas numeradas correlativamente y rubricadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o quien ésta designe para realizar la inspección...", no resultando ser prueba fehaciente; Que, sin perjuicio de ello, resulta conveniente aclarar que, según la copia simple del Parte de Reclamos Telefónicos el día 25 de junio de 2009 se registró un reclamo realizado por una usuaria Sra. Romina, respecto de una luminaria intermitente ubicada en la calle Chacabuco 747, entre Av. Independencia y Chile, asignándose el Nº 65.248. Es dable destacar que, según fs. 2, la usuaria denunciante ante este Organismo, Sra. Romina Valderrey, no consignó, al momento de realizar la misma, denuncia ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, en relación a la prueba informativa ofrecida, no habiendo la sumariada acompañado al oficio la documentación allí detallada, según lo informado por la Dirección General de Vías Peatonales, ni instado la realización de la misma, la Instructora Sumariante entendió que correspondía tenerla por desistida; Que, en relación a las restantes consideraciones planteadas en el descargo ofrecido por la sumariada y la prueba producida en las presentes actuaciones, no logran desvirtuar el criterio expuesto; Que, la Instrucción consideró que la empresa ha incurrido en incumplimiento de las obligaciones emergentes del Art. 68.1 -Plazos de Reparación- que establece un plazo máximo de 24 horas para la reparación de este tipo de fallas; Que, conforme lo analizado existe responsabilidad de Manteléctric ICISA por la omisión a su deber de operar y mantener las instalaciones cumpliendo con lo establecido por el Pliego de Bases y Condiciones; obligación que ha sido asumida por la contratista en forma indelegable al celebrarse el Contrato de Operación de los Servicios de Mantenimiento de Alumbrado Público; Que, corresponde determinar la sanción aplicable teniendo en cuenta para ello las pautas contenidas en los Arts. 68.1 y 55 del referido Pliego, con especial consideración a la gravedad de la falta y los antecedentes de la contratista;

Que, la penalidad es por un (1) día de incumplimiento, con un máximo de doscientos (200) puntos por una (1) luminaria en suspensión intermitente ubicada en la calle Chacabuco 747, entre Av. Independencia y Chile, graduándose conforme lo previsto por los Arts. 68.1 y 55 del Pliego de Bases y Condiciones; Que, el mencionado plazo surge de las inspecciones obrantes en autos; Que, es de destacar que cada punto será equivalente a 0,01 % del total de la facturación mensual del servicio; Que, asimismo, conforme Acta Acuerdo aprobada por Resolución Nº 219/SJG/2002, firmada el 15 de julio de 2002, suscripta entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la empresa Manteléctric ICISA, la facturación mensual disminuye un 4% respecto del monto total de la certificación mensual; Que, a los fines de determinar el monto de la penalidad, se solicitó al Área Técnica la realización del cálculo correspondiente; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Página Nº 100Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 101: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 1º.- Sancionar a la empresa Manteléctric ICISA con multa de pesos dos mil setecientos cuarenta y ocho con 40/100 ($2.748,40.-), por el incumplimiento en los plazos máximos de reparación de una (1) luminaria en suspensión intermitente, ubicada en la calle Chacabuco 747, entre Av. Independencia y Chile, conforme los Arts. 2º, 3º, 20 y 22 de la Ley Nº 210. Artículo 2º.- El monto correspondiente a la multa fijada en el artículo precedente deberá ser depositado en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28.060/6 -Sucursal Centro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires- dentro de los treinta (30) días de notificada la presente resolución, debiendo acreditar dicho pago ante el Organismo y en el Expediente en igual plazo. Artículo 3º.- Notifíquese a la Sra. Romina Valderrey (DNI 27.092.907) y a la empresa Manteléctric ICISA. Artículo 4º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Usuarios, de Proyectos, de Administración y a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - García - Michielotto - Rozenberg

RESOLUCIÓN N.º 10/ERSP/12

Buenos Aires, 14 de marzo de 2012 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 84/2003, el Acta de Directorio Nº 472 del 31 de enero de 2012, el Expediente Nº 4140/EURSPCABA/2011, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, mediante la Ley Nº 210 se reglamentó su constitución estableciendo en el Art. 11, incisos c) y d), que son funciones de su Directorio determinar la estructura orgánica del Ente, contratar personal y también proceder a su remoción por acto fundado, respetando el debido proceso; Que, la Sra. Manuela Linari presentó su renuncia al cargo de Jefa de Relaciones Institucionales a partir del 31 de diciembre de 2011 mediante Registro Nº 3057/ERSP/2011; Que, el Directorio a través del Acta Nº 449 del 10 de agosto de 2011 dispuso aceptar la renuncia de la citada agente a la Planta de Gabinete del Organismo; Que, teniendo en cuenta lo establecido por el Art. 11 inc. n) del Estatuto del Personal del Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución Nº 84/EURSPCABA/2003 y no existiendo impedimento que lo amerite, autorizó a la Sra. Linari a cesar en sus funciones a partir de la fecha de su renuncia; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LO SERVICIOS PUBLICOS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Página Nº 101Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 102: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 1º.- Acéptese la renuncia presentada por la señora Manuela Linari, DNI Nº 25.670.477, al cargo de Jefa del Área Relaciones Institucionales, a partir del 31 de diciembre de 2011, y autorícese a la citada a cesar en sus funciones a partir de esa fecha, conforme los Art. 11 inc. n) del Estatuto del Personal del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Gerencia de Administración. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - Michielotto - García - Rozenberg

RESOLUCIÓN N.º 11/ERSP/12

Buenos Aires, 14 de marzo de 2012 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 84/2003, el Acta de Directorio Nº 472 del 31 de enero de 2012, el Expediente Nº 25/EURSPCABA/2012, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, la Ley Nº 210, reglamentaria de su creación, establece en su Art. 11, incs c) y d), que son funciones del Directorio determinar su estructura orgánica, contratar personal y también proceder a su remoción por acto fundado, respetando el debido proceso; Que, el Diputado de la Ciudad Aníbal Ibarra, solicitó, oportunamente, el pase en colaboración del agente Roberto Francisco Cichello para prestar servicios en el Bloque Frente Progresista y Popular de la Legislatura a partir del 1º de enero de 2012; Que, el Directorio, a través del Acta Nº 472, aprobó el pase en colaboración del mencionado agente desde 1º de enero de 2012 y hasta el 30 de junio de 2012; Que, el servicio jurídico ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Articulo 1º.- Aprobar el pase en colaboración del agente de planta permanente Roberto Francisco Cichello -DNI: 21.483.431, para prestar servicios en el Bloque Frente Progresista y Popular de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, desde el 1º de enero de 2012 y hasta el 30 de junio de 2012. Artículo 2º.- Comuníquese a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a las Gerencias de Administración y de Control. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - Michielotto - García - Rozenberg

Página Nº 102Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 103: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Poder Judicial Resolución Consejo de la Magistratura

RESOLUCIÓN N.º 149/OAYF/12

Buenos Aires, 22 de junio de 2012 VISTO: el expediente DCC 073/12-0, caratulado “DCC s/ Servicio de Recolección de Residuos Patogénicos” y CONSIDERANDO: Que a fs. 28/34, la Oficina de Administración y Financiera, mediante Resolución OAyF Nº 72/2012, autorizó el llamado a Contratación Menor en cuestión, con un presupuesto oficial de pesos nueve mil seiscientos ($ 9.600,00) IVA incluido y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones. Asimismo, se instruyó a la Dirección de Compras y Contrataciones a que proceda a remitir invitaciones a no menos de tres (3) posibles oferentes y a realizar los anuncios en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Consejo de la Magistratura de la CABA y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también las comunicaciones a los funcionarios interesados. Finalmente, se estableció el 3 de mayo a las 16.00 horas como fecha para la apertura pública de ofertas. Que a foja 36 se encuentra la constancia de publicación de la Resolución OAyF Nº 72/2012 en la página web del Poder Judicial de la Ciudad(www.jusbaires.gov.ar.) y a foja 37 la correspondiente a la publicación en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Consejo de la Magistratura de la CABA. Que a fs. 38/51 se encuentran los mails con las invitaciones cursadas a diversos proveedores por parte de la Dirección de Compras y Contrataciones con las respectivas constancias de recibido. Que a foja 144, se encuentra el Acta de Ofertas Recibidas, en la cual se deja constancia que solamente se ha presentado una (1) oferta, correspondiente a Soma SA, la cual fuera incorporada mediante Actuación Nº 8332/12, recibida el 3 de mayo de 2012 a las 11.33 hs., y cuya oferta económica es por un abono mensual de pesos setecientos ochenta ($ 780,00) por un plazo de doce (12) meses, con lo cual el monto total asciende a la suma de pesos nueve mil trescientos sesenta ($ 9.360,00) -conforme surge de fs. 56/7-. Que a fs. 145/6 lucen incorporados el Cuadro Comparativo de Precios y el Cuadro de Documentación, los cuales fueron elaborados por la Dirección de Compras y Contrataciones. Que a foja 151, la Dirección General de Asuntos Jurídicos observa que existe una diferencia entre el plazo de contratación que establece el artículo 20º del Pliego de Bases y Condiciones de Contratación Menor (24 meses) y la oferta acompañada por Soma SA (12 meses) y requiere que el Administrador General tome la intervención que le compete. En cumplimiento de lo solicitado, a foja 153 se le peticiona a la Dirección de Compras y Contrataciones que le solicite a la firma referida las aclaraciones pertinentes. Que a foja 155 se encuentra el mail que envía la Dirección de Compras y Contrataciones a Soma SA y a foja 158 la empresa confirma que “la cotización

realizada por nuestra Empresa corresponde a un período de 24 meses de servicio. Siendo la oferta total por (24) meses $ 9.360. (Nueve mil trescientos sesenta con 00/100).”

Página Nº 103Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 104: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Que conforme surge del artículo 106º inc. d) del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, respecto de los defectos de forma, se estipula que “No podrán ser desestimadas aquellas ofertas que contengan defectos de forma. Se entenderán como defectos de forma: 1. Falta de precio unitario (en su caso se divide el precio total por la cantidad de bienes, o la cantidad de meses del servicio). 2. Falta de precio total (para su cálculo se multiplica el precio unitario). 3. Diferencias entre precio unitario y total (para su cálculo se toma el precio unitario como precio cotizado). 4. Falta de firmas en documentación institucional o de propaganda. 5. Falta de constitución de domicilio especial, cuando del membrete de la oferta o de otro lugar de la oferta, aún siendo indicación preimpresa, surja un domicilio cierto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 6. Falta de integridad de documentación anexa. 7. Otros defectos de forma que no impidan su exacta comparación con las demás presentadas, y siempre que su subsanación no vulnere el principio de igualdad ni mejore la posición del oferente en la compulsa. La enumeración precedente es meramente enunciativa y no taxativa. En los casos que correspondan, la Comisión Evaluadora de Ofertas intimará a los oferentes a subsanar los defectos de forma, otorgándoles un plazo que no podrá superar los tres (3) días, bajo apercibimiento de desestimar la oferta”. Por lo que corresponde entender que se ha subsanado el defecto de forma de la oferta presentada por Soma SA y tenerla como válida. Que a foja 163, mediante Dictamen Nº 4553/2012, la Dirección General de Asuntos Jurídicos entiende que “teniendo en cuenta que no se vulnera el principio de igualdad ni se mejora la posición del oferente atento que hubo tan sólo una presentación en el marco del presente proceso de selección, y en virtud de los Principios de Economía y Razonabilidad conforme art 7 de la Ley Nº 2095, este Departamento entiende que previo a dictarse el acto administrativo se deberá solicitar a la empresa SOMA S.A., la rectificación del abono mensual conforme fuera arriba mencionado, a fin de la prosecución del trámite de esta Contratación Menor” Que atento a lo solicitado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Dirección de Compras y Contrataciones remitió la consulta, vía correo electrónico a la oferente (foja 168) y la firma manifestó que “De acuerdo a lo solicitado, mencionamos a Uds. que el Abono Mensual es de $ 390.” (foja 170). Que de tal modo, oído el dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y con el objeto de actuar conforme a derecho y garantizar la regular prestación de los servicios administrativos a la Jurisdicción, es menester autorizar el gasto del servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final, con provisión de insumos y contenedores, de los residuos patogénicos generados por la Dirección de Medicina Forense del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la firma Soma SA, por un plazo de veinticuatro (24) meses y por un total de pesos nueve mil trescientos sesenta ($ 9.360,00), con un abono mensual de pesos trescientos noventa ($ 390,00). Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificada por 3389);

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º: Aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 1/2012, que tiene por objeto la contratación del servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final, con provisión de insumos y contenedores, de los residuos patogénicos generados por la Dirección de Medicina Forense del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares. Artículo 2º: Adjudicar la Contratación Menor Nº 1/2012 a la firma Soma SA, por un plazo de veinticuatro (24) meses y por un total de pesos nueve mil trescientos sesenta ($ 9.360,00), con un abono mensual de pesos trescientos noventa ($ 390,00), conforme oferta económica a fs. 56/7 y aclaraciones a fs. 158 y 170.

Página Nº 104Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 105: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también notificar a la adjudicataria. Artículo 4º: Regístrese, publíquese como se ordena. A ese fin pase a la Dirección de Compras y Contrataciones. Rabinovich

RESOLUCIÓN N.º 338/CMCABA/12

Buenos Aires, 21 de junio de 2012 VISTO: El Expte. CM Nº DSGYOM-216/12; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, tramitan las contrataciones necesarias para la readecuación, acondicionamiento y cableado estructurado universal para datos y telefonía del inmueble sito en la calle Tacuarí 124, pisos 1º, 2º y 3º, donde tendrán asiento las nuevas dependencias del Poder Judicial de la Ciudad creadas en virtud de la ampliación de la Ley Nº 7. Que la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores realizó una propuesta para adecuar dicho inmueble. Asimismo la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones dictaminó aconsejando que, en atención a las condiciones edilicias existentes y considerando las necesidades de quienes se desempeñarán en dicho inmueble, se disponga un mecanismo de contratación que posibilite alcanzar el resultado propuesto en el menor lapso posible. Que el artículo 22, inc. “b”, numeral “3” de la ley 31 faculta al Plenario de Consejeros para “autorizar procedimientos de selección de cocontratantes” diversos a la licitación o el concurso. Para extender esa autorización, la ley exige sesionar con un quórum especial de siete miembros y obtener el voto favorable de seis representantes. Que respecto de la procedencia del procedimiento de excepción establecido en el art. 22 inc. 3 de la Ley 31, la Dirección de Asuntos Jurídicos se expresó oportunamente en forma favorable, tal como ya lo hubo hecho en el Dictamen 2503/08, cuyas conclusiones ratificó también en múltiples expedientes. Que también cabe señalar que mediante la Res. CM Nº 698/05, el Plenario utilizó dicho mecanismo de selección de contratantes para la adquisición de toner que tramitó en el Expediente CM Nº 126/04, para la adquisición del inmueble sito en la calle Tuyú 82/88 tramitada en el Expediente CM Nº 055/05-0 (Res. CM Nº 1053/06), para la adquisición del inmueble de la calle Libertad (Res. CM Nº 676/2007) y para la readecuación de la sede de Beruti 3342 (Res. CM Nº 885/2011) entre otras. Que dichas decisiones, y la que se propicia en el presente, encuentran sustento normativo en lo establecido por el inciso 15 del artículo 20 de la Ley 31, según el cual este Plenario está facultado para disponer las contrataciones que resulten necesarias para el correcto desempeño del Poder Judicial de la Ciudad, así como para determinar la modalidad de selección del cocontratante, cuando razones debidamente fundadas lo aconsejen, de conformidad y según el procedimiento establecido por la ley. Que, decididos ya a valernos de la herramienta del quórum especial y la mayoría calificada, luce conveniente autolimitarse en el ejercicio de las potestades antedichas y seleccionar al contratista que llevará adelante la obra en cuestión a través de las formalidades de la licitación privada, aunque con ciertas correcciones tendientes a favorecer la celeridad del procedimiento, a través de un concurso cerrado de precios,

Página Nº 105Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 106: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

realizado con un universo acotado de oferentes preseleccionados, invitados expresamente a participar en él. Que, asimismo, a fin de garantizar la transparencia en el procedimiento, se prevé la intervención de la Comisión de Preadjudicaciones, quien deberá emitir el correspondiente dictamen previo a la adjudicación y la exigencia de un informe técnico, elaborado por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores. Que, por otra parte, teniendo en vista que resulta indispensable acelerar al máximo la puesta en marcha de las refacciones en cuestión, luce razonable aprobar el cronograma de acciones pertinente y delegar en la Presidencia la adjudicación de la obra. Que, finalmente, cabe dejar constancia que bajo el Nº 275/06-2012 se efectuó la correspondiente afectación preventiva, la que da cuenta de la existencia de recursos presupuestarios para afrontar la obra en cuestión. Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley Nº 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Art. 1°: Aprobar la puesta en marcha del procedimiento de selección de cocontratante para la la readecuación, acondicionamiento y cableado estructurado universal para datos y telefonía del inmueble sito en la calle Tacuarí 124, pisos 1º, 2º y 3º, para su utilización por áreas del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la modalidad prevista en el artículo 22 inc. b) numeral 3 de la Ley Nº 31, por las razones y en los términos descriptos en los considerandos y autorizar el correspondiente llamado. Art. 2º: Aprobar el pliego de especificaciones técnicas obrante a fs. 1 a 88 del Expte. C.M.Nº DSGYOM-216/12. Art. 3º: Aprobar el cronograma obrante que como Anexo I forma parte de la presente resolución y encomendar su cumplimiento a las áreas técnicas pertinentes. Art. 4º: Delegar en la Presidencia del Consejo de la Magistratura la adjudicación de la obra aprobada en el artículo 1º. Art. 5°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, cúmplase y, oportunamente, archívese. Candarle - Olmos

ANEXO

Página Nº 106Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 107: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Comunicados y Avisos Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 1.899.815-MGEYA/11 Se solicita a los Sres. Jefes de las Mesas de Entradas y Salidas de las distintas dependencias del GCBA que realicen la búsqueda y/o se sirvan informar si en el organismo al que pertenecen se encuentra la siguiente actuación: Expediente Nº 1.899.815/11. La información ha de ser enviada a la Subdirección General de Fiscalización, sita en la calle Esmeralda Nº 638, 1º piso.

Juan Carlos Pérez Colman Director General

CA 365 Inicia: 26-6-2012 Vence: 28-6-2012

Página Nº 107Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 108: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN OPERATIVA DE CLASIFICACIÓN Y DISCIPLINA DOCENTE Exhibición de listado El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 40.593 y su Reglamentación complementaria, comunica que la Junta de Clasificación Docente Área Media y Técnica Zona I procederá a exhibir el Listado provisorio para Interinatos y Suplencias Inscripción abril 2009/10, en horario y lugar que a continuación se detalla: Días de exhibición: del 25 al 29 de junio de 2012. Lugar: EEM Nº 7 DE 9º, Yerbal 25. Horario: 10 a 15 horas. Reclamos de Puntaje. Días: 2, 3 y 4 de julio de 2012. Lugar: Mesa de Entradas, Paseo Colón 315, 3º piso. Horario: 10 a 15 horas. Presentación de Reclamos por Antigüedad. Días: 2, 3 y 4 de julio de 2012. Lugar: DGPDYND, Paseo Colón 255, 1º piso contrafrente. Horario: 10 a 12 y de 14 a 16 horas. Observación: los puntajes podrán ser consultados en la siguiente página: www.buenosaires.gob.ar/areas/educacion/docentes/juntas/puntaje

Roberto Galíndez Sainz Director Operativo

CA 362 Inicia: 25-6-2012 Vence: 29-6-2012

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN OPERATIVA DE CLASIFICACIÓN Y DISCIPLINA DOCENTE Exhibición de listado El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 40.593 y su Reglamentación, comunica que la Junta de Clasificación Docente Escuelas Normales Superiores (Niveles Inicial, Primario, Curricular y Medio), procederá a exhibir el Listado Complementario Provisorio 2011, por Orden de Mérito de aspirantes para Interinatos y Suplencias, Cargos de Base y horas Cátedras, Inscripción marzo 2012, correspondiente al Área de Educación Superior, Niveles Inicial, Primario, Curricular y Medio, en horario y lugar que a continuación se detalla: Días de exhibición: del 25 al 29 de junio de 2012.

Página Nº 108Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 109: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Lugar: Av. Jujuy 467 2º piso frente (sede Junta de Clasificación de Escuelas Normales Superiores). Horario: 10 a 14 horas. Reclamos de Puntaje. Días: 2, 3 y 4 de julio de 2012. Lugar: Av. Jujuy 467 2º piso frente (sede Junta de Clasificación de Escuelas Normales Superiores). Horario: 10 a 14 horas. Presentación de Reclamos por Antigüedad. Días: 2, 3 y 4 de julio de 2012. Lugar: DGPDYND, Paseo Colón 255, 1º piso contrafrente. Horario: 10 a 12 y de 14 a 16 horas.

Roberto Galíndez Sainz Director Operativo

CA 363 Inicia: 25-6-2012 Vence: 29-6-2012

Página Nº 109Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 110: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Agencia Gubernamental de Control

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 40.441/02 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Expediente Nº 40.441/02.

Mario Boscoboinik Director General

CA 366 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 74.625/05 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Expediente Nº 74.625/05.

Mario Boscoboinik Director General

CA 367 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Registro Nº 17.531-MGEYA/08 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Registro Nº 17.531-MGEYA/08.

Página Nº 110Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 111: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Mario Boscoboinik

Director General CA 368 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 32.352/08 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Expediente Nº 32.352/05.

Mario Boscoboinik Director General

CA 369 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 90.443/07 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Expediente Nº 90.443/07.

Mario Boscoboinik Director General

CA 370 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Nota Nº 15.700-DGFYCO/08

Página Nº 111Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 112: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original de la Nota Nº 15.700-DGFYCO/08.

Mario Boscoboinik Director General

CA 371 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Nota Nº 15.498-DGFOC/07 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original de la Nota Nº 15.498-DGFOC/07.

Mario Boscoboinik Director General

CA 372 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Registro Nº 16.270-CGPC6/10 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Registro Nº 16.270-CGPC6/10.

Mario Boscoboinik Director General

CA 373 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

Página Nº 112Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 113: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Registro Nº 16.617-MGEYA/06 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Registro Nº 16.617-MGEYA/06.

Mario Boscoboinik Director General

CA 374 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Registro Nº 5354-CGPC4/08 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Registro Nº 5354-CGPC4/08.

Mario Boscoboinik Director General

CA 375 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Registro Nº 5721-DGFOC/07 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Registro Nº 5721-DGFOC/07.

Mario Boscoboinik

Página Nº 113Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 114: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Director General CA 376 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Registro Nº 2422-CGPC14/08 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Registro Nº 2422-CGPC14/08.

Mario Boscoboinik Director General

CA 377 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Nota Nº 3471-DGFYCO/08 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original de la Nota Nº 3471-DGFYCO/08.

Mario Boscoboinik Director General

CA 378 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Nota Nº 15.693-DGFOC/06

Página Nº 114Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 115: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original de la Nota Nº 15.693-DGFOC/06.

Mario Boscoboinik Director General

CA 379 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Registro Nº 16.617-DGFOC/07 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Registro Nº 16.617-DGFOC/07.

Mario Boscoboinik Director General

CA 380 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Registro Nº 1536-MGEYA/07 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Registro Nº 1536-MGEYA/07.

Mario Boscoboinik Director General

CA 381 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

Página Nº 115Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 116: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 71.390/07 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintas Secretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informar al Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original del Expediente Nº 71.390/07.

Mario Boscoboinik Director General

CA 382 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

Página Nº 116Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 117: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Licitaciones Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Obra: Plan DH 9/2012 “Demarcación Horizontal en diferentes áreas de la Ciudad” - Licitación Pública N° 1124/2012. Llámese a Licitación Pública Nº 1124/SIGAF/2012 con fecha de apertura programada para el día 27 de julio de 2012, a las 13:00 hs. Expediente N° 213529/2012 – Autorizante: Resolución Nº 400 - MJGGC/12. Valor del pliego: Pesos Cinco Mil ($ 5000.-) Adquisición y consulta de pliegos: Unidad Operativa de Adquisiciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros sita en Av. de Mayo 591, 3º piso, de lunes a viernes en el horario de 11:00 a 18:00 horas, hasta Cuarenta y Ocho (48) horas antes de la apertura de las ofertas. Presentación de las Ofertas: de lunes a viernes de 11:00 a 18:00 horas exceptuando el día de la apertura de ofertas que se recibirán hasta las 12:50 horas, en la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Av. de Mayo 591, 3° piso. Fecha y Lugar de Apertura: 27 de julio de 2012 a las 13:00 horas en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Av. de Mayo 591, 3º piso.

Horacio Rodriguez Larreta

Jefe de Gabinete de Ministros

OL 2073 Inicia: 6-6-2012 Vence: 27-6-2012

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Construcción del denominado “Corredor Sur Metrobus” - Licitación Pública de Obra Mayor Nº 1262/12 Construcción del denominado “Corredor Sur Metrobus”, que tendrá su localización en Av. General Paz por los ramales Fernández de la Cruz – Chiclana – Garay / Brasil y Gral. Roca – Rabanal – Sáenz – Almafuerte – Garay / Brasil hasta Constitución. Actuado: Expediente N° 604.062/12. Rubro Comercial: Obras en general. Llámese a Licitación Pública de Obra Mayor Nº 1262/12 con fecha de apertura programada para el día 16 de Agosto de 2012, a las 13:00 hs. Autorizante: Resolución Nº 466 - MJGGC/12. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consulta de pliegos: Unidad Operativa de Adquisiciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros sita en Av. de Mayo 591, 3º piso, de lunes a viernes en el horario de 11:00 a 18:00 horas. Presentación de las Ofertas: de lunes a viernes de 11:00 a 18:00 horas exceptuando el día de la apertura de ofertas que se recibirán hasta las 12:55 horas, en la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Av. de Mayo 591, 3° piso.

Página Nº 117Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 118: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Fecha y Lugar de Apertura: 16 de Agosto de 2012 a las 13:00 horas en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Av. de Mayo 591, 3º piso.

Guillermo Dietrich Subsecretario de Transporte

OL 2378 Inicia: 25-6-2012 Vence: 17-7-2012

Página Nº 118Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 119: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Obra: Remodelación de patios y galería de internación del Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García - Expediente Nº 274.419/12 Llámase a Licitación Pública Nº 807-SIGAF/12 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para contratar la siguiente obra: “Remodelación de patios y galería de internación del Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García, sito en Ramón Carrillo 315 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la provisión de mano de obra, materiales y equipos”. Autorizante: Disposición Nº 80-DGRFISS/12. Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 1.170.634,38. Plazo de ejecución: doscientos cuarenta (240) días corridos. Fecha de apertura: 31 de julio de 2012 a las 11 hs. Visita lugar de obra: los días 5 y 6 de julio de 2012 a las 11 horas, en el Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García de la C.A.B.A. - lugar de Encuentro en la Dirección del Hospital. Consultas técnicas: deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud - Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A., de lunes a viernes de 9 a 17 hs., hasta el día 20 de julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A. de lunes a viernes de 9 a 17 hs. o en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: www.buenosaires.gob.ar - Hacienda - Compras y Contrataciones - Licitaciones y Compras - Consulta de Compras y Contrataciones. Se deja constancia que la página de Internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A. Repartición destinataria: Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García de la C.A.B.A. Valor del pliego: sin valor comercial.

Mónica González Biondo Gerente Operativa Compras y Contrataciones

OL 2338 Inicia: 22-6-2012 Vence: 5-7-2012

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE –GOCYC- Construcción de un Nuevo Edificio sede del Centro de Salud y Acción Comunitaria Nº 16 (Relocalización) y del Centro de Gestión de la Vigilancia Epidemiológica Ambiental (VigEA), en el predio ubicado en la calle Osvaldo Cruz Nº 2045 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Licitación Pública Nº 1209/SIGAF/12.

Página Nº 119Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 120: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Llámase a Licitación Pública Nº 1209/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para contratar la siguiente obra: “Construcción de un Nuevo Edificio sede del Centro de Salud y Acción Comunitaria Nº 16 (Relocalización) y del Centro de Gestión de la Vigilancia Epidemiológica Ambiental (VigEA), en el predio ubicado en la calle Osvaldo Cruz Nº 2045 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, con la provisión de materiales, equipos y mano de obra especializada, Expediente Nº: 861.863/2012 Autorizante: Resolución Nº 298/SSASS/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 6.160.000. Plazo de Ejecución: Trescientos sesenta y cinco días (365) días corridos Fecha de Apertura: 18 de Julio de 2012 a las 11:00 horas. Visita Lugar de Obra: el día 3 de Julio de 2012 a las 11:00 horas.- Lugar de Encuentro: Predio ubicado en la calle Osvaldo Cruz Nº 2045 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – C. Pellegrini Nº 313 Piso 4º C.A.B.A., de lunes a viernes de 9 a 17 hs., hasta el día 6 de Julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313 4º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 9 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: www.buenosaires.gob.ar – Hacienda – Compras y Contrataciones – Licitaciones y Compras – Consulta de Compras y Contrataciones. SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÀ SER CONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISION DE CIRCULARES. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A. Repartición Destinataria: Centro de Salud y Acción Comunitaria Nº 16 y del Centro de Gestión de la Vigilancia Epidemiológica Ambiental (VigEA) de la C.A.B.A. Valor del Pliego: Sin valor comercial.

Mónica González Biondo Gerente Operativa Compras y Contrataciones

OL 2381 Inicia: 25-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO DE ZOONOSIS LUIS PASTEUR Adquisición de Alimento Balanceado para Animales - Licitación Publica Nº 1339/SIGAF/2012 Llámese a Licitación Publica Nº 1339/SIGAF/2012 a realizarse el día 29 de junio de 2012 a las 11 horas, para la adquisición de Alimento Balanceado para animales. Expediente Nº 853490/MGEYA/2012 Rubro: Salud. Autorizante: Disposición Nº 47-IZLP-2012 Valor del pliego: gratuito Adquisición y consultas de pliegos: Oficina de Compras de este Instituto, sito en Av. Díaz Vélez 4821, 1º piso Capital Federal, días hábiles de 10:30 a 14 horas. Lugar de Aperturas: Oficina de Compras, Instituto de Zoonosis Luis Pasteur, Av. Días Vélez 4821, 1º, Ciudad de Buenos Aires.

Página Nº 120Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 121: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Oscar E. Lencinas

Director OL 2368 Inicia: 25-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 121Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 122: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACION GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Contratación de servicio de consultoría - Expediente N° 990640/12. Llámase a Concurso Privado 1 Nº 1/12, cuya apertura se realizará el día 29/06/12, a las 15:00 hs, para la contratación de un servicio de consultoría para desarrollar un procedimiento para la elaboración de un plan operacional de objetivos y resultados. Repartición destinataria: Subsecretaría de de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos. Valor del pliego: SIN VALOR. Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones – departamento compras del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón Nº 255 2º piso frente, de lunes a viernes en el horario de 11:00 a 17 hs. Lugar de apertura: Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones – departamento compras del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón Nº 255 2º piso frente. Nombre del Responsable

Graciela Testa Gerente Operativa

OL 2391 Inicia: 26-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 122Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 123: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: Juegos de Agua en Varios Espacios Verdes - Expediente Nº 383.114/12 Llámase a Licitación Pública Nº 909/12 para el día 16 de julio de 2012, a las 12 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley Nº 13.064, para la realización de la Obra “Juegos de Agua varios Espacios Verdes - Dirección General Espacios Verdes (DGEV)”. Presupuesto oficial: pesos tres millones seiscientos noventa y seis mil trescientos treinta y cinco con cinco centavos ($3.696.335,05.-). Plazo de ejecución: 120 (ciento veinte) días corridos. Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden ser obtenidos en forma gratuita y consultados, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5º piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 15 hs. Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 16 de julio de 2012 a las 12 hs., momento en que se realizará la apertura de las ofertas, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ANEXO

Lisandro Greco Director General

OL 2340 Inicia: 22-6-2012 Vence: 2-7-2012

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: Gimnasios (Juegos 3ª edad y postas aeróbicas) - Expediente Nº 383.147/12 Llámase a Licitación Pública Nº 916/12 para el día 16 de julio de 2012, a las 14 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la contratación de la Obra “Gimnasios (Juegos 3ª edad y postas aeróbicas)”. Presupuesto oficial: pesos tres millones ciento treinta mil treinta y cinco con cinco centavos ($ 3.130.035,05). Plazo de ejecución: 120 (ciento veinte) días corridos. Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden ser obtenidos en forma gratuita y consultados, en Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 17 hs.

Página Nº 123Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 124: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 16 de Julio de 2012 a las 12 hs., momento en que se realizará la apertura de las ofertas, en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Lisandro Greco Director General

OL 2341 Inicia: 22-6-2012 Vence: 2-7-2012

Página Nº 124Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 125: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Secretaría Legal y Técnica

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Contratación de Estructuras Semifijas para la implementación de Estaciones Saludables - Expediente Nº 1.287.265/12. Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Pública Nº 1397/SIGAF/12.- Objeto de la contratación: “Estructuras Semifijas para la implementación de Estaciones Saludables”.- Llámase a Licitación Pública Nº 1397/SIGAF/12, apertura de sobres para el día 04 de julio de 2012, a las 11 horas, para la adquisición de “Estructuras Semifijas para la implementación de Estaciones Saludables” de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2 de la Disposición Nº 132-DGTAD/12, en las condiciones fijadas en Ley 2095 y normas reglamentarias.- Presupuesto Oficial - Monto Total Aproximado: PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL ($ 2.415.000.-).- Valor del pliego: Sin Valor.- Adquisición y Consulta del Pliego: El Pliego puede ser adquirido y consultado en la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, sita en Rivadavia 524 – Piso 4º - Oficina 432. Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De lunes a viernes de 9:30 a 15:00 horas.- Fecha de Presentación y Apertura de Ofertas: Se recibirán ofertas hasta el 04 de julio de 2012 a las 11:00 horas, momento en que se realizará el Acto de Apertura.- Lugar de Apertura de Ofertas: Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica. – Rivadavia 524 – Piso 4º - Oficina 432. Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Pedro Hadida Director General Técnico y Administrativo

OL 2392 Inicia: 26-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 125Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 126: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Obra Mayor Actualización y Puesta en Valor del Sector Jerárquico y Ampliación y Remodelación del Sector de Capacitación - Expediente Nº 2.021.847/11 Llámese a Licitación Pública Nº 1131/SIGAF/2012, cuya apertura se realizará el día 25/07/12, a las 12:00hs., destinados a la Obra Mayor Actualización y Puesta en Valor del Sector Jerárquico y Ampliación y Remodelación del Sector de Capacitación. Repartición destinataria: AGIP. Adquisición y consultas de pliegos: en el Departamento Compras y Contrataciones de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, sito en la calle Viamonte 900, Capital Federal, de lunes a viernes en el horario de 9,00 a 15,00 Hs. T.E. 4323-8899/8872 hasta el día 25/07/12 11:45hs y en Internet página Web: www.buenosaires.gov.ar – hacienda – licitaciones y compras – consultas de compras. Lugar de apertura: Departamento Compras y Contrataciones de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, sito en la calle Viamonte 900, Capital Federal.

Fabián Fernández Director de Administración

OL 2209 Inicia: 14-6-2012 Vence: 29-6-2012

Página Nº 126Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 127: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ente de Turismo

MINISTERIO DE CULTURA ENTE DE TURISMO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Servicio de Mantenimiento y Recarga de Matafuegos - Licitación Pública Nº 1.360-SIGAF-2012 El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama Licitación Pública Nº 1.360-SIGAF-2012, para la contratación de un Servicio de Mantenimiento y Recarga de Matafuegos, con destino al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus dependencias, para el día 29 de junio de 2012, a las 12:00 hs Expediente Electrónico Nº 1.192.619/12 Repartición destinataria: ENTE DE TURISMO (ENTUR)

Marta Porto Directora General Técnica Administrativa y Legal

OL 2393 Inicia: 26-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 127Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 128: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Maquinaria Vial y Camiones - Licitación Pública Nº 27/11 Se llama a Licitación Pública Nº 27-11 para la contratación de Maquinaria Vial y Camiones – Nota Nº 6259/IVC/2011 Fecha de Apertura: lunes 2 de julio de 2012 a las 11:00 hs. Presupuesto Oficial: $ 4.370.350,00.- (mes base: agosto 2011) El Pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en el horario de 9:30 a 15:30 hs. En la Subgerencia de Compras y Licitaciones, Carlos Pellegrini 211, 6º Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los oferentes deberán presentar junto con su oferta el certificado de retiro gratuito del pliego emitido por la Subgerencia de Compras y Licitaciones.

Ivan Kerr Gerente General

CV 15 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Mantenimiento y Atención de Emergencias de la Red Eléctrica y Alumbrado Público Interno de Asentamientos y Barrios - Contratación Directa Nº 14/12 Se llama a Contratación Directa Nº 14/12 para Servicio de Mantenimiento y Atención de Emergencias de la Red Eléctrica y Alumbrado Público Interno de Asentamientos y Barrios. Nota Nº 12766/IVC/2011 Fecha de Apertura: Miércoles 4 de Julio de 2012 a las 11.00 hs. Plazo Vigencia de Contrato: 365 días corridos. Presupuesto Oficial: $ 3.000.000,00.- (monto estimado para el mes de Septiembre 2011) El Pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en el horario de 9:30 a 15:30 hs. En la Subgerencia de Compras y Licitaciones, Carlos Pellegrini 211, 6º Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Ivan Kerr Gerente General

CV 14 Inicia: 21-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 128Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 129: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Autopistas Urbanas S.A.

AUTOPISTAS URBANAS S.A. Servicio de Limpieza en Edificios – Licitación Pública Nº 4/12 Llamase a Contratación Nº 2012-01-0004-00, cuya apertura se realizará el día 10 de julio de 2012, a las 15:30 hs., para la contratación: “Servicio de Limpieza en Edificios”. Valor del pliego: Sin cargo. Obtención de pliegos y consultas: a través del sitio Web del AUSA, a partir del 25 de Junio al 4 de julio de 2012, ingresando en el siguiente link: http://www.ausa.com.ar/licitaciones/listado.aspx. Lugar de apertura: En Autopistas Urbanas S.A. Piedras 1260, Edificio “A” 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Presentación de ofertas: En Autopistas Urbanas S.A., Piedras 1260 Edificio A Piso 1°; Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el día 10 de julio de 2012 a las 15:30 hs.

Gustavo Gené Director Operativo de Áreas de Soporte

OL 2389 Inicia: 26-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 129Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 130: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana

SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES –GOCYC- Obra: “Pasaje la Porteña” - Expediente Nº 288.955/12 Llámase a Licitación Pública Nº 1257/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 481/GCBA/11, para contratar la siguiente obra: “Pasaje la Porteña” al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1.254/GCBA/08 Autorizante: Resolución N° 202/SECGCYAC/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 1.386.393,56.- Plazo de Ejecución: Ciento veinte (120) días corridos. Fecha de Apertura: 20 de julio de 2012, a las 15:00 hs. Visita Lugar de Obra: Los días 6 y 11 de julio de 2012 a las 11:00 horas, en la intersección de las calles Av. Rivadavia y Pasaje la Porteña de la C.A.B.A.- Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 13 de julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591 1º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 10 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÁ SER CONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISION DE CIRCULARES. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Repartición Destinataria: Comuna 7 Valor del Pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2197 Inicia: 13-6-2012 Vence: 27-6-2012

SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES –GOCYC- Mejoramiento de la Accesibilidad en la Comuna 2- Expediente Nº: 287.144/2012

Página Nº 130Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 131: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Llámase a Licitación Pública Nº 1258/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1254/GCBA/08, para contratar la siguiente obra: “Mejoramiento de la Accesibilidad en la Comuna 2”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 209/SECGCYAC/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 1.556.348,08.- Plazo de Ejecución: Ciento ochenta (180) días corridos. Fecha de Apertura: 23 de julio de 2012, a las 12:00 hs. Visita Lugar de Obra: El día 11 de julio de 2012 a las 11:00 horas, en la intersección de las calles Uriburu y Marcelo T. de Alvear de la C.A.B.A.- Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, sita en Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 16 de julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591 1º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 10 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÁ SER CONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISION DE CIRCULARES. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Repartición Destinataria: Comuna 2 Valor del Pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2222 Inicia: 14-6-2012 Vence: 28-6-2012

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES –GOCYC- Continuación del Boulevard Iriarte desde la calle Santa María del Buen Ayre hasta la Av. Vélez Sarsfield - Expediente Nº: 288.137/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1259/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1254/GCBA/08, para contratar la siguiente obra: “Continuación del Boulevard Iriarte desde la calle Santa María del Buen Ayre hasta la Av. Vélez Sarsfield”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 201/SECGCYAC/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 1.782.372,79.- Plazo de Ejecución: Noventa (90) días corridos. Fecha de Apertura: 20 de julio de 2012, a las 12:00 hs. Visita Lugar de Obra: Los días 05 y 10 de julio de 2012 a las 11:00 horas, en la intersección de las avenidas Vélez Sarsfield y Gral. Iriarte (cantero central) de la C.A.B.A.-

Página Nº 131Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 132: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 13 de julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591 1º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 10 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÁ SER CONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISION DE CIRCULARES. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Repartición Destinataria: Comuna 4 Valor del Pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2196 Inicia: 13-6-2012 Vence: 27-6-2012

SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES –GOCYC- Obra: Patio Salguero - Licitación Pública Nº 1261/SIGAF/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1261/SIGAF/2012 para contratar la siguiente obra: “Patio Salguero”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Expediente Nº: 279.346/2012 Autorizante: Resolución N° 199/SECGCYAC/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 1.108.022,66.- Plazo de Ejecución: Ciento veinte (120) días corridos. Fecha de Apertura: 19 de Julio de 2012, a las 15:00 hs. Visita Lugar de Obra: Se efectuará los días 04 y 06 de Julio de 2012 en Salguero 751 a las 11 hs. Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 12 de julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591, 1° Piso, C.A.B.A., en el horario de 10:00 a 17:00 Hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÁ SER CONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISION DE CIRCULARES. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Repartición Destinataria: Comuna 5

Página Nº 132Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 133: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Valor del Pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2172 Inicia: 12-6-2012 Vence: 26-6-2012

SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES –GOCYC- Obra: Revalorización Acceso Balbin - Licitación Pública Nº 1271/SIGAF/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 1271/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1254/GCBA/08, para contratar la siguiente obra: “Revalorización Acceso Balbin”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Expediente Nº: 299.646/2012 Autorizante: Resolución N° 198/SECGCYAC/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 1.895.895,53.- Plazo de Ejecución: Ciento Cincuenta (150) días corridos. Fecha de Apertura: 19 de julio de 2012, a las 12:00 hs. Visita Lugar de Obra: Se efectuará los días 05 y 10 de Julio de 2012 en Av. Balbín y Pico (Cantero Central) a las 11 hs. Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A., de lunes a viernes de 10 a 17 hs., hasta el día 12 de Julio de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo Nº 591 Piso 1º - Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Horario: 10 a 17 Hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÁ SER CONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISION DE CIRCULARES. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Repartición Destinataria: Comuna 12 Valor del Pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2171 Inicia: 12-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 133Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 134: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD REPARTICION Hospital General de Agudos Carlos Durand Preadjudicación - Expediente N°147501-HGACD/12 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Pública N° 273-HGACD/12. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1403/12 Acta de Preadjudicación N° 1403 de fecha 21 de 06 de 2012. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Adquisición de Antigeno crithidia lucillae, esófago de mono, etc Firma(s) pre o adjudicada(s): Bioars S.A Renglón 1- cantidad: 1680 DET - precio unitario:$6,22- precio total: $ 10.449,60 Renglón 3- cantidad: 560 DET - precio unitario:$21,21- precio total: $ 11.877,60 Renglón 4- cantidad: 280 DET - precio unitario:$21,71- precio total: $ 6.078,80 Renglón 12- cantidad: 672 DET - precio unitario:$17,23- precio total: $ 11.578,56 Renglón 13- cantidad: 528 DET - precio unitario:$91,66- precio total: $ 48.396,48 Renglón 18- cantidad: 15 Equipo - precio unitario:$2.164,69- precio total: $ 32.470,35 Subtotal: $ 120.851,39 Biodiagnostico S.A. Renglón 2- cantidad: 192 DET - precio unitario: $13,77- precio total: $ 2.643,84 Renglón 7- cantidad: 3600 DET- precio unitario: $3,18- precio total: $ 11.448,00 Renglón 8- cantidad: 15 Equipo- precio unitario: $1.346,45- precio total: $ 20.196,75 Subtotal: $ 34.288,59 Cuspide SRL Renglón 14- cantidad:2 Equipo - precio unitario: $10.200,00- precio total: $ 20.400,00 Renglón 15- cantidad:10 Equipo- precio unitario: $1.670,00- precio total: $ 16.700,00 Renglón 16- cantidad:10 Equipo- precio unitario: $10.400,00- precio total: $ 104.000,00 Renglón 17- cantidad:10 Equipo- precio unitario: $202- precio total: $ 2.020,00 Subtotal: $ 143.120,00 Tecnolab S.A. Renglón 10- cantidad: 10 ml- precio unitario: $ 1.526,30- precio total: $ 15.263,00 Renglón 11- cantidad: 5 ml- precio unitario: $ 1.526,30- precio total: $ 7.631,50 Subtotal: $22.894,50 Total preadjudicado: trescientos veintiún mil ciento cincuenta y cuatro con cuarenta y ocho ($ 321.154,48). Fundamento de la preadjudicación: Miembros de la Comisión Preadjudicación. Norma M. Alegre Jefa Div. Compras; Dr Gabriel Carballo - Inmunologia; Martín I. Cagliolo Jefe Dto. Recursos Humanos y Adm. Vencimiento validez de oferta: 19/07/12. Lugar de exhibición del acta: Compras sito en Av. Díaz Vélez 5044 , 1 día a partir de 26/06/2012 en Av. Diaz Velez 5044

Carlos D. Rosales Director

Marcela E. Rojo

Gerente Operativa De Gestión Administrativa Económica Financiera OL 2386 Inicia: 26-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 134Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 135: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

MINISTERIO DE SALUD REPARTICION: Hospital Braulio A. Moyano Preadjudicación - Expediente Nº 952201/HNBM/12 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Pública N° 996-HNBM/12. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1336/12. Clase: etapa única. Rubro comercial: Materia Prima y/o Semi Elaborada No Metálica. Objeto de la contratación: Materiales para Carpintería. Firmas preadjudicadas: Madershop S.R.L. Renglón: 1 -cantidad: 10 hoja- precio unitario: $ 382,00 - precio total: $ 3.820,00. Renglón: 2 -cantidad: 10 hoja- precio unitario: $ 193,00 - precio total: $ 1.930,00. Renglón: 3 -cantidad: 50 unid.- precio unitario: $ 114,50 - precio total: $ 5.725,00. Total preadjudicado: Once Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco.- ($ 11.475,00). Fundamento de la preadjudicación: Se preadjudica según Informe Técnico. Redondo Sandra – Ibalo Javier – Dra. Beraja Delia. Según Art. 108- Ley 2095/06- Decreto 754/08. Vencimiento validez de oferta: 31/08/12. Lugar de exhibición del acta: Departamento de Compras, Brandsen 2570, plazo de exhibición 3 días, a partir del 16/05/12. Cartelera 1º Piso Departamento Compras y Contrataciones.

Alberto Monchanblon Espinoza Director

Luisa M. Gavechesky

Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera OL 2370 Inicia: 25-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 135Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 136: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Agencia Gubernamental de Control

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Adjudicación – Expediente N° 115563 -AGC/2012 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Privada N° 174-AGC/2012 Clase: etapa única. Rubro comercial: Servicios Objeto de la contratación: S/seguro de personal contratado Firma preadjudicadas: CAJA DE SEGUROS S.A. Total adjudicado: CAJA DE SEGUROS S.A. Renglón Nº 1, precio mensual: PESOS SIETE MIL QUINIENTOS CINCO ($7.505,00), precio total: PESOS NOVENTA MIL SESENTA ($ 90.060,00). Período: 12 meses. Fundamento de la preadjudicación: Oferta mas conveniente. Cumplimiento de pliegos. Lugar de exhibición de la disposición: Agencia Gubernamental de Control, Departamento de Compras y Contrataciones, sito en TTE. GRAL JUAN D. PERON 2933 2º PISO.

Raúl Alberto Maroni Director Administrativo y Financiero

OL 2390 Inicia: 26-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 136Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 137: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Agencia de Sistemas de Información

AGENCIA DE SISTEMA DE INFORMACIÓN Preadjudicación - Expediente N° 488219/10 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Pública N° 844/2012. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1389/2012. Clase: etapa única. Rubro comercial: 7060 "Construcción". Objeto de la contratación: Mantenimiento Integral de Ascensores y Montacargas Firma(s) preadjudicada(s): ASCENSORES LEMA SERVITEC S.R.L.- OFERTA Nº 1: Renglón: 1 - cantidad: 1 Servicio - precio unitario: $ 50.400 - precio total: $ 50.400- Renglón: 2 - cantidad: 1 Servicio - precio unitario: $ 25.000 - precio total: $ 25.000- Renglón: 3 - cantidad: 36 Mes - precio unitario: $ 1.900 - precio total: $ 68.400- Renglón: 4 - cantidad: 36 Mes - precio unitario: $ 1.500 - precio total: $ 54.000- Observaciones: NO REGISTRADO.- OFERTA Nº 2: EMPRESA TEAS S.A. Desestímese la oferta presentada en virtud de no cumplir con lo normado en el art. 22º del decreto Nº 754-GCABA08, reglamentario del art. 22º de la ley 2095, ya que la empresa realizo la preinscripción ante el RIUPP el 17/11/2005, y según el estado registral emitido el 18/06/2012 no regularizó su situación. Fundamento de la preadjudicación: Se aconseja adjudicar a favor de: ASCENSORES LEMA SERVITEC S.R.L. (OFERTA Nº 1): Los renglones Nros. 1, 2, 3 y 4 en la suma total de pesos ciento noventa y siete mil ochocientos ($ 197.800). La adjudicación aconsejada lo ha sido por ser la oferta más conveniente conforme los términos del art. 108 de la ley 2095 y según el asesoramiento técnico oportunamente brindado (Fs. 247). Se deja constancia que el dictamen de evaluación de oferta se emite superado el plazo previsto en el art. 106 del decreto 754-GCABA-2008 en virtud de haber solicitado documentación aclaratoria a las empresas oferentes y por la compleja evaluación de las ofertas presentadas. Vencimiento validez de oferta: 15/06/12. Lugar de exhibición del acta: Agencia de sistema de Información, sito en Av. Independencia 635, 1 (un) día, a partir de 26/06/2012 en Av. Independencia 635.

Marcelo Scodellaro Director General Técnico Administrativo y Legal

OL 2387 Inicia: 26-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 137Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 138: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

FISCALÍA GENERAL Preadjudicación - Licitación Pública Nº 27/11 DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS, Buenos Aires, 15 de junio de 2012. Ref: Expediente OAyF Nº 112/11-0 s/ provisión y mantenimiento de relojes fechadores para las distintas dependencias del Pode Judicial. Llega este expediente a conocimiento de la Comisión de Preadjudicaciones, a fin de dictaminar en la Licitación Pública Nº 27/2011, referida a la provisión y mantenimiento de relojes fechadores, con un presupuesto oficial de pesos seiscientos setenta y dos mil setecientos ochenta y cinco con 20/100 ($ 672.785,20.-) IVA incluido De fs. 1 surge la necesidad de impulsar a la presente contratación. En respuesta a la invitación a participar de la presente adquisición cursada por la Dirección de Compras y Contrataciones, el Ministerio Público Fiscal, de la Defensa y Asesoría Tutelar informan que no intervendrán. A fs. 53 la Dirección de Compras y Contrataciones realiza la estimación del presupuesto oficial para la contratación. Asimismo, a fs. 54 entiende viable el llamado a Licitación Pública de etapa única, bajo la modalidad de orden de compra abierta, conforme lo dispuesto por los arts. 25, 27, 31, 32 y cc de la Ley 2095 y Res. CM Nº 810/2010. A fs. 55/64 luce agregada la Resolución CM Nº 810/2010 aprobatoria del Pliego de Bases y Condiciones Generales aplicable a la presente licitación junto con sus modificatorias resoluciones 967/2010 y 1041/2010. A fs. 65/68 se acompaña el proyecto de Pliego de Condiciones Particulares. A fs. 69 luce el modelo de publicación en el boletín oficial. A fs. 70/73 obra el listado de las empresas que serán invitadas a participar en este proceso, el cual fue confeccionado con la información surgida de las consultas realizadas al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la C.A.B.A., como así de las cámaras del sector. A fs. 74/75 la Dirección de Programación y Administración Contable informa que ha tomando razón y conocimiento del compromiso adquirido para el ejercicio contable del período 2012 y parte del 2013. A fs. 84 emite dictamen la Dirección General de Asuntos Jurídicos, expresando que resulta viable el llamado a la contratación y considerando que el contenido del pliego de condición particular que regulará el proceso es correcto. A fs. 86/92 obra Res. OAyF Nº 245/11 del 27 de diciembre de 2011, la cual autoriza el llamado a Licitación Pública Nº 27/11 de etapa única. Asimismo, aprueba el Pliego de Condiciones Particulares para el proceso y el modelo de publicación para el Boletín Oficial. Asimismo, dicha resolución fija como fecha de apertura el día 06 de febrero de 2012 a las 12.00 hs. A fs. 97 y 117 la Dirección de Compras y Contrataciones procede a designar a los funcionarios que participarán en el acto de apertura y en la Comisión de Preadjudicaciones. De fs. 116, 127/131 y 142 surgen las publicaciones efectuadas en la página de internet y en la cartelera de este Consejo, así como en el B.O. de la CABA.

De fs. 94/96, 100/115 y 118/126 se incorporan las invitaciones cursadas vía correo electrónico a los posibles oferentes junto con sus respectivas confirmaciones de recepción. A fs. 143/144 se agregan las constancias de retiro de pliegos de bases y condiciones junto con el informe respectivo. A fs. 147/148 obra Acta de Apertura de sobres, donde se registra que se han presentado dos (2) ofertas ante la Mesa de Entradas de este Consejo.

Página Nº 138Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 139: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

OFERTAS 1. Susana Lidia Galan (Control Service) CUIT Nº: 27-12836585-6 Domicilio: Uruguay 292 14 A Correo Electrónico: [email protected] A fs. 167/173 presenta el presupuesto con la propuesta económica por un total de pesos seiscientos sesenta y nueve mil cien ($ 669.100,00). Cotiza, además, dos opciones de menor valor. Se deja constancia que el plazo de entrega de la opción 1 es de 60 días de fabricación dado que no hay existencia en fábrica. Además hay que sumarle 27 días por tramite de aduana y flete. En cuanto a las opciones 2 y 3, el plazo se reduce a 15 días de fabricación más 18 de aduana y flete. A fs. 164vta/165 se acompaña la DDJJ solicitada en el Art. 10 del PBCG. De fs. 166 surge la constancia de adquisición de pliego. A fs. 179 se agrega copia del Certificado Fiscal para Contratar expedido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura de sobres. Conforme lo dispuesto en el art. 6 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, el oferente constituyó garantía de su oferta con póliza de seguro de caución Nº 1.639.678 de “La Mercantil Andina S.A.”, hasta la suma de treinta y tres mil seiscientos cincuenta pesos ($ 33.650,00), reservándose el original en la caja fuerte del Consejo y obrando su copia a fs. 180/182. A fs. 184 se acompaña copia del Certificado expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, vigente a la fecha de apertura. A fs. 227/228 se incluye el resultado de la consulta de Estado Registral efectuada por esta Comisión al R.I.U.P.P, de la que surge que el oferente se encuentra inscripto en dicho registro. Asimismo, del mismo surge el domicilio constituido en la CABA. De fs. 173 se puede obtener una dirección de correo electrónico válida. Por todo lo expuesto, corresponde declarar a la presente oferta como ADMISIBLE. 2. Andres Fraga CUIT Nº: 20-14565867-6 Domicilio: Honorio Pueyrredón 1033 3º B. Correo Electrónico: [email protected] A fs. 190 presenta el presupuesto con la propuesta económica por un total de pesos setecientos treinta y siete mil seiscientos ochenta ($ 737.680,00). Se deja constancia que el plazo de entrega puede tener demoras debido a que los insumos provienen de USA. A fs. 192/193 se acompaña la DDJJ solicitada en el Art. 10 del PBCG. A fs. 196/203 acompaña copia de la solicitud de inscripción en el RIUPP de donde surge el domicilio constituido en la CABA y la dirección de correo electrónico.

A fs. 229/230 se incluye el resultado de la consulta de Estado Registral efectuada por esta Comisión al R.I.U.P.P, de la que surge que el oferente se encuentra inscripto en dicho registro. No se acompaña la constancia de adquisición de pliego. No se acompaña copia del Certificado Fiscal para Contratar expedido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura de sobres. No se acompaña copia del Certificado expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, vigente a la fecha de apertura. No se acompaña garantía de oferta. Conforme el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por el Art. 14.1 del Anexo III de la Res. CM Nº 810/2010, dicha omisión resulta insubsanable. Por todo lo expuesto, corresponde declarar a la presente oferta como NO ADMISIBLE Conclusión Como bien se detalla en el informe técnico obrante a fs. 221 elaborado por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, la opción 3 presentada por Susana Galván resulta la más viable y la más económica para los intereses de este consejo.

Página Nº 139Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 140: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

El problema radica en que dicha tecnología no se tuvo en cuenta a los momentos de elaborar el PBCP que rige esta licitación pública, por lo que se trata de una completa innovación y una propuesta totalmente distinta a lo allí solicitado. Por lo aquí detallado, es que esta comisión solicitó la intervención de la Secretaría de Innovación, que a fs. 225 emite su informe del cual se desprende que actualmente se esta trabajando en la actualización de los sistemas electrónicos del Poder Judicial de la CABA. Así se sostiene que “...la secretaría de innovación ha iniciado el análisis y evaluación de factibilidad de la tecnología de sellado a tiempo en línea (conocida como timestamp). Se trata de equipos que empleen protocolo para asegurar la identidad e integridad de un documento y reemplazar así los vetustos y costosos “relojes fechadores”.” En conclusión, del análisis efectuado a las ofertas presentadas en la Licitación Pública Nº 27/2011, y conforme los informes obrantes a fs. 221 y 225 es que esta Comisión aconseja dejar sin efecto el procedimiento en los términos del art. 20 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Federico Carballo Eduardo Tagliani Abel F. Prota

Miguel Angel Espiño Titular de la Unidad Operativa de Adquisiciones

OL 2363 Inicia: 22-6-2012 Vence: 25-6-2012

Página Nº 140Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 141: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Circular Con Consulta Nº 1 - Servicio de Seguridad Privada - Licitación Pública Nº 42/11 - Nota N° 9733/IVC/2011. Se expide la presente circular con la siguiente disposición: PREGUNTA: "Solicito aclaración respecto del alcance otorgado al art. 15 del Pliego de condiciones Particulares que dispone: " todo el personal afectado a este servicio estará bajo exclusiva relación de dependencia con la empresa adjudicataria..". Ello por cuanto mi representada es una cooperativa de trabajo que no posee personal en relación de dependencia sino que aquellos que prestarían servicios son asociados y no empleados. Por lo expuesto, solicito se aclare si una cooperativa de trabajo puede participar de la licitación con posibilidad de ser adjudicataria del servicio a pesar de lo dispuesto en el artículo citado." RESPUESTA: "Conforme a lo indicado en el Art. 15 del PCP, todo el personal afectado a este servicio estará bajo exclusiva relación de dependencia con la empresa adjudicataria, corriendo por su cuenta, salarios, seguros, leyes sociales y previsionales, así como también toda otra erogación que deba afrontar con motivo del vínculo laboral que los une. Dicho personal, sin excepción alguna, no tiene relación de dependencia con el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por otra parte queda entendido que este Organismo no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se pudiera generar por cuestiones de índole laboral, gremial o sindical entre el adjudicatario y el personal que éste ocupara para prestar el servicio que se le ha contratado. Cada trabajador deberá ser fehacientemente notificado respecto de lo aquí señalado, y suscribir una declaración jurada de estilo, declarando que la única relación de dependencia laboral existente es la que lo vincula con la empresa adjudicataria. Estas declaraciones deberán ser entregadas en Gerencia Logística (Subgerencia de Administración Logística) del Instituto de Vivienda de la CABA, junto con las nóminas que seguidamente se requieren en el punto VIII) Art. 16º del presente Pliego. Todo el personal mencionado precedentemente sin excepción alguna, deberá contar con el correspondiente seguro de accidentes de riesgos del trabajo (ART)."

Ivan Kerr Gerente General

OL 2395 Inicia: 26-6-2012 Vence: 28-6-2012

Página Nº 141Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 142: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIATRICO “DR. BRAULIO MOYANO” Adquisición de Equipamiento Hospitalario - Expediente Nº 961537-HNBM/12 Licitación Publica N° 1309-SIGAF/12. Adquisición: “equipamiento hospitalario” Fecha de apertura: 04/07/2012, a las 10 hs. Retiro o adquisición de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 13 hs. Antes de la fecha de apertura. Consulta de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 12 hs. Presentación de ofertas: de lunes a viernes de 8 a 13 hs. Cierre de ofertas: 04/07/2012, a las 10 hs (fecha de apertura) Oficina de Compras y Contrataciones, Hospital Braulio Moyano, Brandsen 2570, 1º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Alberto Monchanblon Espinoza Director

Luisa Gavechesky

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2384 Inicia: 26-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 142Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 143: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS Trabajos de ampliación y rehabilitación integral - Expediente Nº 640.854/2012 Programa Plan de Obras - Financiamiento del Ministerio de Educación de la Nación. Licitación Pública Nº 10-12 Objeto del llamado: Trabajos de ampliación y rehabilitación integral en el edificio de la Escuela N° 33 “Fundición Maestranza del Plumerillo” D.E. Nº 19, sita en Av. Intendente Rabanal 1549 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10:00 hs. a 17: 00 hs. Valor del Pliego: $ 800 (Pesos ochocientos) Presupuesto oficial: $ 3.174.306,22 (Pesos tres millones ciento setenta y cuatro mil trescientos seis con veintidós centavos) Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones, Avda. Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 19 de julio de 2012 a las 13:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 4 de julio de 2012 a las 11:00 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de ejecución de las obras: 210 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Marcelo Aníbal Loprete Director General

OL 2015 Inicia: 8-6-2012 Vence: 29-6-2012

MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Quimicos – Expediente Nº 1005221/2012 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratacion Directa Nº 02/11 (Segundo Llamado) Objeto de la contratación: Adquisición de Quimicos Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día 29 de Junio de 2012. Vencimiento validéz de oferta: 29/07/12 Consulta de pliegos: [email protected] Acto de Apertura: 29 de Junio de 2012, a las 11:00hs, Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo

Página Nº 143Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 144: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Coordinador General Ejecutivo OL 2258 Inicia: 18-6-2012 Vence: 27-6-2012

MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Equipamiento Informático y Electrónico – Expediente Nº 1900218/2011 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratacion Directa Nº 1/11 Objeto de la contratación: Adquisición de Equipamiento Informático y Electrónico Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día 21 de Noviembre de 2011. Vencimiento validéz de oferta: 21/12/11. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de Apertura: 21 de Octubre de 2011, a las 11:00 hs, Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

OL 2306 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Insumos Informáticos – Expediente Nº 1050309/12 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratación Directa Nº 02/11 Objeto de la contratación: Adquisición de Insumos Informáticos Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día 29 de Junio de 2012. Vencimiento validez de oferta: 29/07/12. Consulta de pliegos: [email protected]. Acto de Apertura: 29 de Junio de 2012, a las 11:40hs, Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

OL 2305 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 144Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 145: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Elementos para Química – Expediente Nº 1088413/12 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratacion Directa Nº 01/11. Objeto de la contratación: Adquisición de Elementos para Quimica Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día 29 de Junio de 2012. Vencimiento validéz de oferta: 29/07/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de Apertura: 29 de Junio de 2012, a las 12:00hs, Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

OL 2304 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Herramientas II – Expediente Nº 1199232/2012 Tipo de Procedimiento de Selección: Contratación Directa Nº 01/12 (Tercer Llamado) Objeto de la contratación: Adquisición de Herramientas II Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día 11 de Julio de 2012. Vencimiento validez de oferta: 11/08/12. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de Apertura: 11 de Julio de 2012, a las 11:40hs, Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

OL 2367 Inicia: 25-6-2012 Vence: 3-7-2012

MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Equipamiento Electrónico + Guardarropas – Expediente Nº 1235511/2012

Página Nº 145Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 146: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Tipo de Procedimiento de Selección: Contratación Directa Nº 01/11 (Tercer Llamado) Objeto de la contratación: Adquisición de Equipamiento Electrónico + Guardarropas. Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día 11 de Julio de 2012. Vencimiento validez de oferta: 11/08/2012. Consulta de pliegos: [email protected] Acto de Apertura: 11 de Julio de 2012, a las 12:00hs, Unidad Ejecutora Jurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Marcelo Lorenzo Coordinador General Ejecutivo

OL 2383 Inicia: 26-6-2012 Vence: 29-6-2012

Página Nº 146Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 147: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Preadjudicación – Expediente Nº 40092/SA/11 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Pública - N° 31/2011. Acta de Preadjudicación N° 12/CEO/2012, de fecha 12/06/2012. Rubro comercial: 2090 – Servicios Profesionales, Técnicos y Operativos. Objeto de la contratación: Transmisión de Sesiones. Fundamento de la preadjudicación: ARTÍCULO PRIMERO: ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 31/11 a la firma CPS COMUNICACIONES S.A. por el monto total de PESOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS ($62.436,00) por resultar la única oferta ajustada al Pliego. Sr. Federico Méndez Casariego, Cont. Karina Tur, Lic. Laura Ferreirós y Prof. Daniela Borsalino. Lugar de exhibición del acta: Dirección General de Compras y Contrataciones, sito en Perú 130/160, dos (2) días a partir del día 26 de junio de 2012 en la cartelera de esta Dirección General. Vencimiento de período de impugnación: 2/7/2012

Marcelo Del Sol Director General de Compras y Contrataciones

OL 2388 Inicia: 26-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 147Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 148: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE Preadjudicación – Expediente Nº 374150/HGNPE/2012 Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1353/2012 Licitacion Publica Nº 1072/12/HGNPE/12 Rubro: REACTIVOS – LAB. CENTRAL. Firmas preadjudicadas: QUIMICA CORDOBA S.A ; LABORATORIOS BRITANIA S.A; QUIMICA EROVNE S.A; ERNESTO VAN ROSSUM Y COMPAÑÍA SRL; MEDICA TEC SRL; MONTEBIO SRL; Renglón:1 cantidad 1 fco precio unitario $ 32.precio total $ 32 QUIMICA CORDOBA S.A Renglón: 2 cantidad 3 env x 100 g precio unitario $ 87.15- precio total $ 261.45 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 3 cantidad 2 env x 500 g precio unitario $ 128- precio total $ 256 QUIMICA CORDOBA S.A Renglón: 4 cantidad 2 cajas precio unitario $ 1085- precio total $ 2170 QUIMICA EROVNE S.A Renglón:5 cantidad 10 env x 25 det-precio unitario $ 31.49 precio total $ 314.90 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 6-cantidad 2 env x 100 g - precio unitario $ 130.89- precio total $ 261.78 ERNESTO VAN ROSSUM Y COMPAÑÍA SRL Renglón: 7-cantidad 4 env x 100 g - precio unitario $ 635- precio total $ 2540 MEDICA TEC SRL Renglón: 8-cantidad 1 env x 100 g - precio unitario $ 230.65- precio total $ 230.65 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 9-cantidad 3 env x 100 g - precio unitario $ 305.84- precio total $ 917.52 ERNESTO VAN ROSSUM Y COMPAÑÍA SRL Renglón: 10-cantidad 1 env x 100 g - precio unitario $ 195- precio total $ 3120 BIOARTIS SRL Renglón: 11-cantidad 16 env - precio unitario $ 1095- precio total $ 1095 MEDICA TEC SRL Renglón: 12-cantidad 1 fco - precio unitario $ 26.83- precio total $ 26.83 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 13-cantidad 2 fcos x 500 g - precio unitario $ 1095- precio total $ 1095 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 14-cantidad 1 fco x 25 g - precio unitario $ 29.40- precio total $ 29.4 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 15-cantidad 4 env x 500 g - precio unitario $ 279- precio total $ 1116 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 16-cantidad 3 env x100 g - precio unitario $ 139.82- precio total $ 419.46 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 17-cantidad 4 fco - precio unitario $ 628- precio total $ 2512 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 18-cantidad 2 equipo - precio unitario $ 3320.24- precio total $ 6640 BIOARTIS SRL Renglón: 19-cantidad 8 equipo - precio unitario $ 167- precio total $ 1336 MONTEBIO SRL Renglón: 20-cantidad 1 env x 100 g - precio unitario $ 229.50- precio total $ 229.50 BIOARTIS SRL Renglón: 21-cantidad 1 env x 500 g - precio unitario $ 1095- precio total $ 1095 MEDICA TEC SRL

Página Nº 148Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 149: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Renglón: 22-cantidad 3 equipo - precio unitario $ 925- precio total $ 2775 MEDICA TEC SRL Renglón: 23-cantidad 1 caja - precio unitario $ 1085- precio total $ 1085 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 24-cantidad 4 caja - precio unitario $ 1648- precio total $ 6592 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 25-cantidad 8000 placa - precio unitario $ 2457- precio total $ 19656 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 26-cantidad 4 env x 500 g - precio unitario $ 2990- precio total $ 11960 MEDICA TEC SRL Renglón: 27-cantidad 600 placa - precio unitario $ 2.44- precio total $ 1464 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 28-cantidad 1 env x 500 g - precio unitario $ 318.46- precio total $ 318.46 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 29-cantidad 2 caja - precio unitario $ 952- precio total $ 1904 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 30-cantidad 2 caja - precio unitario $ 1648- precio total $ 3296 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 31-cantidad 2 env x 500 g - precio unitario $ 319- precio total $ 638 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 33-cantidad 1 env x 100 g - precio unitario $ 126- precio total $ 126 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 34-cantidad 4 fcos - precio unitario $ 156.21- precio total $ 624.48 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 35-cantidad 3 env x 500 g - precio unitario $ 289- precio total $ 16940 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 36-cantidad 7000 - precio unitario $ 2.42- precio total $ 1095 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 37-cantidad 1 fco 100 g - precio unitario $ 97.16- precio total $ 97.16 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 38-cantidad 1200 placa - precio unitario $ 5- precio total $ 6000 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 39-cantidad 450 env x 50 - precio unitario $ 19- precio total $ 8550 BIOARTIS SRL Renglón: 40-cantidad 6 e x 25 discos - precio unitario $ 33.56- precio total $ 201.36 LABORATORIOS BRITANIA S.A. Renglón: 41-cantidad 10 e 50- precio unitario $ 19- precio total $ 190 BIOARTIS SRL Renglón: 42-cantidad 6 fco- precio unitario $ 34.51- precio total $ 207.06 LABORATORIOS BRITANIA S.A. Renglón: 43-cantidad 5 fco - precio unitario $ 24.12- precio total $ 24.12 ERNESTO VAN ROSSUM Y COMPAÑÍA SRL

Renglón: 44-cantidad 1 fco 500g - precio unitario $ 43.90- precio total $ 43.90 QUIMICA CORDOBA S.A Renglón: 45-cantidad 1 fco 500 g - precio unitario $ 2150- precio total $ 2150 MEDICA TEC SRL Renglón: 46-cantidad 6 fco - precio unitario $ 55.05- precio total $ 330.30 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 47-cantidad 2 env x 100 g - precio unitario $ 480- precio total $ 960 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 48-cantidad 7500 placa - precio unitario $ 2.42- precio total $ 960 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 49-cantidad 500 u - precio unitario $ 1.59- precio total $ 795 ERNESTO VAN ROSSUM Y COMPAÑÍA SRL. Encuadre legal: Art 108 y Art. 109 Ley 2.095; Decreto Nº 754/08 Observaciones: Se preadjudicó según Informe Técnico

Norberto R. Garrote Director Médico (I)

Página Nº 149Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 150: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Marcelo Fakih

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera OL 2372 Inicia: 25-6-2012 Vence: 26-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE Preadjudicación – Expediente Nº 374150/HGNPE/2012 Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1353/2012 Licitacion Publica Nº 1072/12/HGNPE/12 Rubro: REACTIVOS – LAB. CENTRAL. Firmas preadjudicadas: QUIMICA CORDOBA S.A ; LABORATORIOS BRITANIA S.A; QUIMICA EROVNE S.A; ERNESTO VAN ROSSUM Y COMPAÑÍA SRL; MEDICA TEC SRL; MONTEBIO SRL; Renglón:1 cantidad 1 fco precio unitario $ 32.precio total $ 32 QUIMICA CORDOBA S.A Renglón: 2 cantidad 3 env x 100 g precio unitario $ 87.15- precio total $ 261.45 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 3 cantidad 2 env x 500 g precio unitario $ 128- precio total $ 256 QUIMICA CORDOBA S.A Renglón: 4 cantidad 2 cajas precio unitario $ 1085- precio total $ 2170 QUIMICA EROVNE S.A Renglón:5 cantidad 10 env x 25 det-precio unitario $ 31.49 precio total $ 314.90 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 6-cantidad 2 env x 100 g - precio unitario $ 130.89- precio total $ 261.78 ERNESTO VAN ROSSUM Y COMPAÑÍA SRL Renglón: 7-cantidad 4 env x 100 g - precio unitario $ 635- precio total $ 2540 MEDICA TEC SRL Renglón: 8-cantidad 1 env x 100 g - precio unitario $ 230.65- precio total $ 230.65 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 9-cantidad 3 env x 100 g - precio unitario $ 305.84- precio total $ 917.52 ERNESTO VAN ROSSUM Y COMPAÑÍA SRL Renglón: 10-cantidad 1 env x 100 g - precio unitario $ 195- precio total $ 3120 BIOARTIS SRL Renglón: 11-cantidad 16 env - precio unitario $ 1095- precio total $ 1095 MEDICA TEC SRL Renglón: 12-cantidad 1 fco - precio unitario $ 26.83- precio total $ 26.83 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 13-cantidad 2 fcos x 500 g - precio unitario $ 1095- precio total $ 1095 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 14-cantidad 1 fco x 25 g - precio unitario $ 29.40- precio total $ 29.4 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 15-cantidad 4 env x 500 g - precio unitario $ 279- precio total $ 1116 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 16-cantidad 3 env x100 g - precio unitario $ 139.82- precio total $ 419.46 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 17-cantidad 4 fco - precio unitario $ 628- precio total $ 2512 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 18-cantidad 2 equipo - precio unitario $ 3320.24- precio total $ 6640 BIOARTIS SRL

Página Nº 150Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 151: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Renglón: 19-cantidad 8 equipo - precio unitario $ 167- precio total $ 1336 MONTEBIO SRL Renglón: 20-cantidad 1 env x 100 g - precio unitario $ 229.50- precio total $ 229.50 BIOARTIS SRL Renglón: 21-cantidad 1 env x 500 g - precio unitario $ 1095- precio total $ 1095 MEDICA TEC SRL Renglón: 22-cantidad 3 equipo - precio unitario $ 925- precio total $ 2775 MEDICA TEC SRL Renglón: 23-cantidad 1 caja - precio unitario $ 1085- precio total $ 1085 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 24-cantidad 4 caja - precio unitario $ 1648- precio total $ 6592 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 25-cantidad 8000 placa - precio unitario $ 2457- precio total $ 19656 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 26-cantidad 4 env x 500 g - precio unitario $ 2990- precio total $ 11960 MEDICA TEC SRL Renglón: 27-cantidad 600 placa - precio unitario $ 2.44- precio total $ 1464 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 28-cantidad 1 env x 500 g - precio unitario $ 318.46- precio total $ 318.46 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 29-cantidad 2 caja - precio unitario $ 952- precio total $ 1904 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 30-cantidad 2 caja - precio unitario $ 1648- precio total $ 3296 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 31-cantidad 2 env x 500 g - precio unitario $ 319- precio total $ 638 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 33-cantidad 1 env x 100 g - precio unitario $ 126- precio total $ 126 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 34-cantidad 4 fcos - precio unitario $ 156.21- precio total $ 624.48 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 35-cantidad 3 env x 500 g - precio unitario $ 289- precio total $ 16940 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 36-cantidad 7000 - precio unitario $ 2.42- precio total $ 1095 QUIMICA EROVNE S.A Renglón: 37-cantidad 1 fco 100 g - precio unitario $ 97.16- precio total $ 97.16 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 38-cantidad 1200 placa - precio unitario $ 5- precio total $ 6000 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 39-cantidad 450 env x 50 - precio unitario $ 19- precio total $ 8550 BIOARTIS SRL Renglón: 40-cantidad 6 e x 25 discos - precio unitario $ 33.56- precio total $ 201.36 LABORATORIOS BRITANIA S.A. Renglón: 41-cantidad 10 e 50- precio unitario $ 19- precio total $ 190 BIOARTIS SRL Renglón: 42-cantidad 6 fco- precio unitario $ 34.51- precio total $ 207.06 LABORATORIOS BRITANIA S.A. Renglón: 43-cantidad 5 fco - precio unitario $ 24.12- precio total $ 24.12 ERNESTO VAN ROSSUM Y COMPAÑÍA SRL

Renglón: 44-cantidad 1 fco 500g - precio unitario $ 43.90- precio total $ 43.90 QUIMICA CORDOBA S.A Renglón: 45-cantidad 1 fco 500 g - precio unitario $ 2150- precio total $ 2150 MEDICA TEC SRL Renglón: 46-cantidad 6 fco - precio unitario $ 55.05- precio total $ 330.30 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 47-cantidad 2 env x 100 g - precio unitario $ 480- precio total $ 960 LABORATORIOS BRITANIA S.A Renglón: 48-cantidad 7500 placa - precio unitario $ 2.42- precio total $ 960 QUIMICA EROVNE S.A

Página Nº 151Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 152: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Renglón: 49-cantidad 500 u - precio unitario $ 1.59- precio total $ 795 ERNESTO VAN ROSSUM Y COMPAÑÍA SRL. Encuadre legal: Art 108 y Art. 109 Ley 2.095; Decreto Nº 754/08 Observaciones: Se preadjudicó según Informe Técnico

Norberto R. Garrote Director Médico (I)

Marcelo Fakih

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera OL 2372 Inicia: 25-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 152Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 153: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO ENTE DE HIGIENE URBANA Preadjudicación - Expediente Nº 867760/12 Contratación Directa Nº 5366 –EHU - 2012 Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1414/2012 Clase: etapa única Rubro comercial: Electricidad y Electrónica Objeto de la contratación: Materiales Eléctricos Firma pre adjudicada: LUICO SyC de Cohen Luisa Beatriz Renglón: 1 - cantidad: 20 - precio unitario: $ 165,00 - precio total: $ 3.300,00 Renglón: 2 - cantidad: 40 - precio unitario: $ 368,20 - precio total: $ 14.728,00 Renglón: 3 - cantidad: 10 - precio unitario: $ 5.960,05 - precio total: $ 59.600,50 Renglón: 4 - cantidad: 1000 - precio unitario: $ 2,55 - precio total: $ 2.550,00 Renglón: 5 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 2,58 - precio total: $ 1.290,00 Renglón: 6 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 33,60 - precio total: $ 6.720,00 Renglón: 7 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 1,55 - precio total: $ 775,00 Renglón: 8 - cantidad: 2000 - precio unitario: $ 2,40 - precio total: $ 4.800,00 Renglón: 9 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 19,55 - precio total: $ 1.955,00 Renglón: 10- cantidad: 200 - precio unitario: $ 16,30 - precio total: $ 3.260,00 Renglón: 11 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 50,60 - precio total: $ 10.120,00 Renglón: 12 - cantidad: 1000 - precio unitario: $ 2,80 - precio total: $ 2.800,00 Renglón: 13 - cantidad: 1000 - precio unitario: $ 1,60 - precio total: $ 1.600,00 Renglón: 14 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 87,90 - precio total: $ 17.580,00 Renglón: 15 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 1,96 - precio total: $ 196,00 Renglón: 16 - cantidad: 1000 - precio unitario: $ 8,10 - precio total: $ 8.100,00 Renglón: 17 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 6,90 - precio total: $ 3.450,00 Renglón: 18 - cantidad: 1000 - precio unitario: $ 9,80 - precio total: $ 9.800,00 Renglón: 19 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 23,50 - precio total: $ 11.750,00 Renglón: 20 - cantidad: 2000 - precio unitario: $ 1,20 - precio total: $ 2.400,00 Renglón: 21 - cantidad: 2000 - precio unitario: $ 1,20 - precio total: $ 2.400,00 Renglón: 22 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 1,20 - precio total: $ 600,00 Renglón: 23 - cantidad: 1000 - precio unitario: $ 1,45 - precio total: $ 1.450,00 Renglón: 24 - cantidad: 10 - precio unitario: $ 81,50 - precio total: $ 815,00 Renglón: 25 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 3,60 - precio total: $ 1.800,00 Renglón: 26 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 71,80 - precio total: $ 14.360,00 Renglón: 27 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 11,90 - precio total: $ 5.950,00 Renglón: 28 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 14,80 - precio total: $ 1.480,00 Renglón: 29 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 35,80 - precio total: $ 1.790,00 Renglón: 30 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 80,40 - precio total: $ 8.040,00 Renglón: 31 - cantidad: 10 - precio unitario: $ 247,90 - precio total: $ 2.479,00 Renglón: 32 - cantidad: 10 - precio unitario: $ 305,50 - precio total: $ 3.055,00 Renglón: 33 - cantidad: 20 - precio unitario: $ 146,90 - precio total: $ 2.938,00 Renglón: 34 - cantidad: 20 - precio unitario: $ 110 - precio total: $ 2.200,00 Renglón: 35 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 52,30 - precio total: $ 26.150,00

Renglón: 36 - cantidad: 20 - precio unitario: $ 103,10 - precio total: $ 2.062,00 Renglón: 37 - cantidad: 2000 - precio unitario: $ 1,62 - precio total: $ 3.240,00 Renglón: 38 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 2,25 - precio total: $ 1.125,00 Renglón: 39 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 44,60 - precio total: $ 2.230,00 Renglón: 40 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 62,30 - precio total: $ 12.460,00 Renglón: 41 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 21,80 - precio total: $ 1.090,00 Renglón: 42 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 5,20 - precio total: $ 1.040,00

Página Nº 153Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 154: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Renglón: 43 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 4,40 - precio total: $ 880,00 Renglón: 44 - cantidad: 1000 - precio unitario: $ 3,35 - precio total: $ 3.350,00 Renglón: 45 - cantidad: 1000 - precio unitario: $ 8,80 - precio total: $ 8.800,00 Renglón: 46 - cantidad: 1000 - precio unitario: $ 5,60 - precio total: $ 5.600,00 Renglón: 47 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 3,35 - precio total: $ 1.675,00 Renglón: 48 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 18,65 - precio total: $ 9.325,00 Renglón: 49 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 33,60 - precio total: $ 6.720,00 Renglón: 50 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 79,60 - precio total: $ 7.960,00 Renglón: 51 - cantidad: 30 - precio unitario: $ 30,20 - precio total: $ 906,00 Renglón: 52 - cantidad: 1000 - precio unitario: $ 17,80 - precio total: $ 17.800,00 Renglón: 53 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 4,60 - precio total: $ 920,00 Renglón: 54 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 4,60 - precio total: $ 920,00 Renglón: 55 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 57,10 - precio total: $ 2.855,00 Renglón: 56 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 145,10 - precio total: $ 29.020,00 Renglón: 57 - cantidad: 300 - precio unitario: $ 87,70 - precio total: $ 26.310,00 Renglón: 58 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 257,50 - precio total: $ 12.875,00 Renglón: 59 - cantidad: 50 - precio unitario: $ 695,35 - precio total: $34.767,00 Renglón: 60 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 62,60 - precio total: $ 12.520,00 Renglón: 61 - cantidad: 200 - precio unitario: $ 39,20 - precio total: $ 7.840,00 Renglón: 62 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 26,60 - precio total: $ 2.660,00 Renglón: 63 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 21,00 - precio total: $ 2.100,00 Renglón: 64 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 54,30 - precio total: $ 5.430,00 Renglón: 65 - cantidad: 5 - precio unitario: $ 184,60 - precio total: $ 923,00 Renglón: 66 - cantidad: 5 - precio unitario: $ 207,00 - precio total: $ 1.035,00 Renglón: 67 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 26,40 - precio total: $ 2.640,00 Renglón: 68 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 3,20 - precio total: $ 1.600,00 Renglón: 69 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 15,50 - precio total: $ 7.750,00 Renglón: 70 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 16,60 - precio total: $ 8.300,00 Renglón: 71 - cantidad: 500 - precio unitario: $ 14,50 - precio total: $ 7.250,00 Total: $ 496.260,00 Total preadjudicado: Pesos cuatrocientos noventa y seis mil doscientos sesenta.

Ángel Peña Director General

OL 2394 Inicia: 26-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 154Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 155: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Banco Ciudad De Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Postergación - Carpeta de Compras N° 20.116 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Pública N° 20.116/12. Objeto de la contratación: Contratación de un servicio para la instalación de software en pc’s y notebook’s, instalación y desinstalación de terminales de autoservicio y cajeros automáticos en sucursales, dependencias centrales y edificios descentralizados del Banco- Texto a Publicar: Por intermedio de la presente llevamos a vuestro conocimiento que la fecha de apertura de la Licitación Pública de referencia, prevista para el día 26/06/2012 a las 11 hs., ha sido postergada para el día 28/06/2012 a las 13 hs. Los respectivos Pliegos de Condiciones se encuentran a disposición de los interesados en la página web del Banco (www.bancociudad.com.ar / licitaciones) Lugar de apertura de ofertas: Gerencia de Compras, sita en Florida 302 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Diego Arduini. Jefe de Equipo Sistemas y Tecnología

Mario Selva Coordinador – Gerencia de Compras

Nicolas Pepe Gerente – Gerencia de Compras

BC 141 Inicia: 26-6-2012 Vence: 26-6-2012

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Postergación - Carpeta de Compras N° 20.125 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Pública Objeto de la contratación: Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de detección automática de incendios para dependencias varias de la Institución. Texto a Publicar: Se comunica a los Sres. Oferentes que la fecha de apertura de la Licitación Pública de referencia (Carpeta de Compras N° 20.125), prevista para el día 25.06.2012 a las 11 hs., ha sido postergada para el día 04.07.2012 a las 11 hs.

Página Nº 155Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 156: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

BC 139 Inicia: 26-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 156Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Lugar de apertura de ofertas: Gerencia de Compras, sita en Florida 302 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Jessica Maiolo Jefe de Equipo

Contrataciones Diversas

Page 157: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Banco Ciudad De Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Postergación - Carpeta de Compras N° 20.125 Tipo de Procedimiento de Selección: Licitación Pública Objeto de la contratación: Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de detección automática de incendios para dependencias varias de la Institución. Texto a Publicar: Se comunica a los Sres. Oferentes que la fecha de apertura de la Licitación Pública de referencia (Carpeta de Compras N° 20.125), prevista para el día 25.06.2012 a las 11 hs., ha sido postergada para el día 04.07.2012 a las 11 hs. Lugar de apertura de ofertas: Gerencia de Compras, sita en Florida 302 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Jessica Maiolo Jefe de Equipo

Contrataciones Diversas BC 139 Inicia: 26-6-2012 Vence: 26-6-2012

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS

Postergación - Carpeta de Compra Nº 20.206 Se comunica a los Sres. Oferentes que la fecha de apertura de la Licitación Pública correspondiente a la Carpeta de Compra Nº 20.206, que tramita la “Provisión e instalación de cajas de tesoros móviles para Dependencias Varias del Banco Ciudad de Buenos Aires”, se posterga para el día 03/07/2012 a las 12 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (Son pesos: Sin Cargo) Consultas de pliegos: Gerencia de Compras, sita en Florida 302 - 7mo. Piso – Capital Federal, en el horario de 10.00 a 15.00 horas. Fecha tope de consultas: 27/06/2012.-

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo de Obras BC 140 Inicia: 26-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 157Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 158: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACION FRANCISCO SANTOJANNI” Adjudicación - Expediente Nº 1317952-MGEYA/11 Disposición aprobatoria Nº 198-HGADS/12 Contratación Directa Nº 4744/12. Rubro: Mantenimiento preventivo y correctivo de Planta de Tratamiento de Agua, con destino al Servicio de Nefrologia. Firma Adjudicada: Luna Alejandro y Putero Norberto S.H. Renglón: 01– Cantidad: 12 Mes - Precio unitario: $6.100,00– Precio Total: $73.200,00.- Total pesos setenta y tres mil doscientos ($73.200,00) Encuadre legal: Art. 28 inc. 4) Ley Nº 2095/06; Decreto Nº 754/08. Observaciones: Se adjudico según Informe Técnico.

Eduardo O. Tognetti Director Medico

Diego A. Rizzo

Coordinador de Gestión Económico Financiero OL 2385 Inicia: 26-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 158Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 159: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Edictos Particulares

Transferencia de Habilitación Carlos Adrián Romero Abogado, tomo 84 Folio 695 C.P.A. C.A.B.A., con oficinas en Belgrano 342 Piso 2º Of. 23 C.A.B.A avisa que transfiere la habilitación municipal del local sito en Baez 227 PB y PA C.A.B.A que funciona como: “Restaurante, cantina - café bar - despacho de bebidas, wisquería, cervecería - parrilla” Expte. Nº 72680/2007 Superficie: 241,93 m2 a Baez 227 S.A. Reclamos de Ley y domicilio de partes en mis oficinas Belgrano 342 Piso 2º Of. 23 C.A.B.A.

Solicitantes: Baez 227 S.A.

EP 179 Inicia: 19-6-2012 Vence: 26-6-2012

Transferencia de Habilitación Maria Beatriz Brumana dom. en la calle Ramon L. Falcon 4974 C.A.B.A. transfiere la habilitación municipal, rubro comercio minorista cerrajería (venta y confeccion); comercio minorista de maquinas para oficina, calculo, computación, informática; comercio minorista de artículos de librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetes, discos y grabaciones por exp. 67.964/95, ubicado en la Avenida Rivadavia 9693 de la Planta Baja, UF 1 C.A.B.A. a Gomez Brumana S.R.L. con dom. en la calle Ramon L. Falcon 4974 C.A.B.A. Reclamos de ley en el mismo local.

Solicitantes: Gomez Brumana S.R.L.

EP 180 Inicia: 19-6-2012 Vence: 26-6-2012

Transferencia de Habilitación Alberti, Gabriela Juliana, en carácter de apoderada de “Jardín de la Luna y el Sol S.A.”, transfieren a Masterblas SRL., la habilitación municipal del rubro “Escuela Infantil”, aprobada por Expediente 19777-2003, en fecha 23/12/2003 mediante Decreto Nº 2516/1998, para el inmueble ubicado en la calle Blanco Encalada Nº 4860 PB, de Capital Federal, con una superficie total de 142.38 m². Observaciones: Capacidad 20 niños por turno, jornada simple, 9 cunas. Numero de Habilitación anterior por Expediente 38823/2000. Los valores de superficie son los consignados en la Habilitación Original. Se procesa según Decreto 919/GACBA/02 e informe de fs. 18 vta del presente expediente, oposiciones de ley en la misma dirección.

Solicitantes: Masterblas SRL.

EP 181 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 159Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 160: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Transferencia de Habilitación Se avisa que Rosana Delfina Berlocco con DNI 22-608-119, domicilio en Valentín Gómez Nº 3519 planta baja. C.A.B.A. transfiere la habilitación con Exp. 93349/2007 del local sito en Valentín Gómez Nº 3519/23 planta baja, uf.1 y 2 C.A.B.A a Ramivi S.R.L. representada por su gerente Natalia Andrea Berlocco con DNI 23-904309 con domicilio en Valentín Gómez Nº 3525 1º piso C.A.B.A. habilitado como elaboración de masas, pasteles, sándwiches y productos, similares, 500.200, elaboración de productos de panadería con venta directa al públicos 500.202. Comercio minorista de productos alimenticios envasados 601005, comercio minorista de bebidas en general envasadas 601010, comercio minorista masas bombones sándwiches (sin elaboración) 601030 casa de comida rotiseria 602040. Reglamos de ley en Valentín Gómez Nº 3519 planta baja.

Solicitantes: Natalia Andrea Berlocco

EP 182 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

Transferencia de Habilitación Bedwood S.A. C.U.I.T 30-63897735-0, representada por la señora Lubel Dora Berta De Hellman D.N.I Nº 2.785.551 con domicilio legal en la calle Parana Nº 378 piso 1º de esta C.A.B.A avisa que transfiere a Fridens S.R.L. C.U.I.T 33-71215096-9 representada por Javier Ricardo Kupferman con domicilio en la Avenida Rivadavia Nº 8022 de esta C.A.B.A, la habilitación municipal otorgada el 01/04/2009 del local sito en la Avda Rivadavia 8016/22 P.B. piso 1º, sotano, con una superficie de 599.54 m2 de esta C.A.B.A, otorgada por Disposición 2190/DGHP/2009, mediante el Expediente Nº 60334/2006, para los rubros “Centro Médico u Odontológico y Laboratorio de Análisis Clínicos”. Reclamos de ley en Parana Nº 378 piso 1º C.A.B.A

Solicitantes: Javier Ricardo Kupferman

EP 184 Inicia: 25-6-2012 Vence: 29-6-2012

Transferencia de Habilitación Juan Manuel Alonso Calvo, con D.N.I. 92.042.344, con domicilio en Teniente General Pablo Ricchieri N° 2901, Planta Baja de la C.A.B.A., avisa que transfiere la habilitación municipal del local sito en Teniente General Pablo Ricchieri N° 2901, Planta Baja, UF 1 y 2 unificadas, con una superficie de 117,50 mts.2., para funcionar en el carácter de “Com. Min. Golosinas Envasadas (Kiosco) y todo lo comprendido en la Ord. 33266 – Café Bar – Casa de Comidas Rotisería, por Expediente N° 39547/2009, en fecha 21/06/2011 mediante Disposición N° 7154/DGHP/2011 a Ricchieri 2901 S.R.L. CUIT 30-71216560-6, con domicilio en Teniente General Pablo Ricchieri N° 2901, Planta Baja de la C.A.B.A. Reclamos de ley en el mismo local. Observación: Se concedió la habilitación en idénticos de la habilitación anterior otorgada por Expediente N° 17154/1996.

Página Nº 160Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 161: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Solicitante: Ricchieri 2901 S.R.L. (Socio Gerente Juan Manuel Alonso Calvo)

EP 185 Inicia: 25-6-2012 Vence: 29-6-2012

Transferencia de Habilitación Sergio Fabián Cosentino DNI 25.370.38S con domicilio en Zelarrayana 1603 CABA. avisa que transfiere habilitación municipal del local sito en Hortiguera 1853/55 PB CABA. que funciona como Taller de partes y accesorios excl. chapa, pintura y rectific. de motores y reparación de cámaras y cubiertas (gomería) con o sin vulcanización Exp. Nro 32724/2004 con una superficie de 353.72 m2, a Horacio Ángel Blasi LE 4542275 domiciliado en Zañartu 1558 PB CABA. Reclamos de ley en el local.

Solicitantes: Horacio Ángel Blasi

EP 186 Inicia: 25-6-2012 Vence: 29-6-2012

Transferencia de Habilitación Martín Manuel Campos L.E.4.409.826, con domicilio en la calle Talcahuano 638 CABA. Transfiere la Habilitación de: depósito de consignatarios en general, por Expediente N° 27886-2002, en fecha 25-07-2002 mediante Decreto Nº 2516-1998, para el Inmueble ubicado en la calle Ancaste 3650-60 PB CABA, a Marcelo Marino Astutti DNI:17.102.389 con domicilio en la calle Ancaste 3650 PB CABA. Habilitación anterior por Expediente N° 38971-2000, superficie total 592.00mts2. Reclamo de ley en la calle Ancaste 3650-60 PB CABA.

Solicitantes: Marcelo Marino Astutti

EP 187 Inicia: 25-6-2012 Vence: 29-6-2012

Transferencia de Habilitación Jose Maria Gesto, con domicilio constituido en Gral. Enrique Martínez Nº 731, CABA, avisa que transfiere la habilitación comercial de su propiedad ubicada en Francisco Acuña de Figueroa Nº 127, CABA habilitado por Carpeta N° 22687/83 como Hotel sin servicio de comida a Manuela Señaris, con domicilio constituido en Acuña de Figueroa Nº 127, CABA. Reclamos de Ley en Acuña de Figueroa Nº 127, CABA .

Solicitantes: Manuela Señaris

EP 189 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

Página Nº 161Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 162: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Transferencia de Habilitación Roemmers S.A.I.C.F. (CUIT 30-50093812-5), comunica que, según lo resuelto en Acta de Directorio de fecha 14/09/2011, transfiere un 25% (veinticinco por ciento) de su Habilitación Comercial a la firma Nova Argentia S.A. (CUIT 30-70946724-3) y otro 25% (veinticinco por ciento) de su Habilitación Comercial a la firma Ethical Pharma S.A. (CUIT 30-54014271-4), para desarrollar los rubros: Taller de Reparación de Vehículos Automotores y Laboratorio para la Preparación de Productos Medicinales, para el inmueble sito en calle Carlos Calvo 2756/64/66/68 otorgada mediante Expediente N° 43402/1961 y ampliación por Carpeta N° 763/1984. Se deja constancia que la firma Roemmers S.A.I.C.F. conserva el 50% restante de la aludida habilitación Comercial en el citado inmueble.

Solicitantes: Roemmers S.A.I.C.F.

EP 190 Inicia: 26-6-2012 Vence: 2-7-2012

Página Nº 162Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 163: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

CAMARA ARGENTINA DE SALAS DE BINGO Y ANEXOS ASOC. CIV. Asamblea General Extraordinaria Se convoca a los Señores socios a la asamblea general extraordinaria a celebrarse el día 04 de Julio de 2012, en primera y segunda convocatoria simultanea a las 14:00 y 16:00 horas respectivamente, en la sede social de Pasaje Carabelas 241, Piso 9º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: , a los efectos de tratar los siguientes putos del ORDEN DEL DIA: 1) Designacion de dos asociados para firmar el acta; 2) Cambio de la denominación social; 3) Modificación del estatuto social. Nota: Se ruega a los Señores socios cumplir con su obligación de mantener actualizado su legajo en cuanto a la documentación que acredite la representatividad de quienes la representen ante esta asociación, y en su caso, concurrir con la documentación que acredite la identidad y la representación invocada. Para el caso de concurrir por apoderado no acreditado anteriormente en el legajo, deberá depositar el poder con 72 horas hábiles de anticipación. Se encuentra a disposición el proyecto de reforma del estatuto que será puesto a consideración. Daniel Mautone. Presidente designado por acta de asamblea Nº 51, del 4 de julio de 2012.

Daniel Mautone Presidente

Solicitantes: Camara Argentina de salas de bingo y anexos asoc. civ.

EP 188 Inicia: 26-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 163Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 164: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Edictos Oficiales Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Citación - Expediente Nº 2.019.435/11 Cítase por el termino de cinco (5) días a doña Dominga E. de Sabes Titular de la Bóveda formada por las sepulturas 9 y 10 del Nº 78, sección 19 del Cementerio de la Recoleta en la Dirección General de Cementerios, Departamento Obras y Mantenimiento sita en la calle Guzmán 730 de esta Capital a los efectos de tomar conocimiento de que dicho sepulcro presenta alto grado de deterioro y abandono todo esto producto de la falta de mantenimiento ocasionando daños a bóvedas vecinas. Deberá comparecer a los efectos que arbitren las acciones necesarias tendientes a solucionar los problemas planteados, caso contrario se declarará de oficio su caducidad (Art.l 58 Ordenanza Nº 27.590 B.M. 4537 AD. 480.1).-

Néstor Pan Director General

EO 296 Inicia: 25-6-2012 Vence: 29-6-2012

Página Nº 164Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 165: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Justicia Penal, Contravencional y de Faltas

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUSTICIA PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 7 CITACIÓN (OFICIO JUDICIAL Nº 1256984/12) AUTOS: “VASQUES, Oscar Adrián s/infr. art (s) 85 del CC" CAUSA Nº 4088/11 "En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los cinco días del mes de Junio de dos mil doce RESUELVE: I. Tener presente la solicitud de revocación de la suspensión del juicio a prueba solicitada por la Sra. Fiscal; II.- ordenar el libramiento de edictos por el término de cinco (5) días a fin de lograr la comparecencia del Sr. Oscar Adrián Vásques, bajo apercibimiento en caso de nueva incomparecencia de declararlo rebelde y ordenar su inmediata captura; III.- Regístrese en los libros del Juzgado. Notifíquese a las partes presentes y, firme que fuere ejecútese. - Fdo: Dr. Norberto Tavosnanska, Juez (P.R.S.). Ante mí: Dr. Martín Serantes, Prosecretario Coadyuvante." Dado en la Sala de mi Público Despacho, a los 5 días del mes de Junio de 2012.

Norberto R. Tavosnanska Juez

OJ 96 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUSTICIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 15 CITACIÓN (OFICIO JUDICIAL Nº 1257608/12) AUTOS: "PAREDES, SILVIO JAVIER S/ INF. ART (S). 149 BIS AMENAZAS - CP (P/L2303)" El Dr. Santiago Otamendi, Juez interinamente a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 15 del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la calle Beruti nro. 3345, piso 4, de esta ciudad (Tel 011-4014-5886/5887), Secretaria Única a cargo del Dr. Ariel Sáenz Tejeira, cita por cinco (5) días y emplaza a Silvio Javier Paredes, DNI N° 29.868.419, nacido el día 19 de noviembre de 1982 en la localidad de Florencia Varela, de nacionalidad argentina, con último domicilio en la calle 519 N° 2462 de la localidad de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, para que comparezca ante este Tribunal dentro de los cinco (5) días posteriores a la última publicación del presente edicto, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y su consecuente captura.

Página Nº 165Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 166: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Santiago Otamendi Juez

OJ 97 Inicia: 21-6-2012 Vence: 27-6-2012

Página Nº 166Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 167: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JOSÉ MARÍA RAMOS MEJÍA Notificación - Nota Nº 293-HGARM/12 (15-HGA/08) El Director del Hospital de Agudos José María Ramos Mejía, notifica a la ex agente Carla Luciana Tonetti, Ficha Nº 459.127, CUIL 27-31877996-7, que mediante Resolución Nº 190-SSGRH/12, le fue aceptada su renuncia al cargo de Médica Residente de 1º año, Cardiología, 1/10/11. Queda Ud. notificado.

Carlos Mercau Director

EO 299 Inicia: 26-6-2012 Vence: 28-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JOSÉ MARÍA RAMOS MEJÍA Notificación - Nota Nº 294-HGARM/12 (15-HGA/08) El Director del Hospital de Agudos José María Ramos Mejía, notifica a la ex agente Carla Luciana Tonetti, Ficha Nº 392.050, CUIL 27-22751531-2, que mediante Resolución Nº 481-SSGRH/12, le fue aceptada su renuncia al cargo de Profesional de Guardia Médica, titular, 30 horas semanales, a partir del 19/3/12, de conformidad con lo establecido en el art. 60 de la Ley Nº 471. Queda Ud. notificado.

Carlos Mercau Director

EO 297 Inicia: 26-6-2012 Vence: 28-6-2012

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS JOSÉ MARÍA RAMOS MEJÍA Notificación - Nota Nº 295-HGARM/12 (15-HGA/08) El Director del Hospital de Agudos José María Ramos Mejía, comunica a la Sra. Marta Nilda Larrosa, DNI 18.553.191, que deberá presentarse ante el Departamento Recursos Humanos de este Hospital a los fines de notificarse del informe Nº 553.191-DGAYDRH/12 del Expediente Nº 1.137.958/10. Queda Ud. notificado.

Carlos Mercau

Página Nº 167Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 168: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Director EO 298 Inicia: 26-6-2012 Vence: 28-6-2012

Página Nº 168Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 169: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a los Sres. Basteiro, Barbara Soledad (DNI 32.171.919) y Cuarterola, Gabriel Alfredo (DNI 29.313.572), que por Acta Nº 63/CEC/2011 con fecha 08/06/2011 la Comisión Evaluadora de Créditos ha dejado sin efecto el crédito hipotecario otorgado por Acta Nº 90/CEC/10 en razón de lo manifestado por la Escribanía interviniente en virtud del desinterés demostrado por el tomador del crédito en realizar la operación. El Acta dictada es susceptible de impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o jerárquico en subsidio, los que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos, respectivamente, conforme lo dispuesto por los art. 103 y 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/GCBA/97. La Presente Notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art 62 ley citada).

Mariano A. Abraham Gerencia de Asuntos Jurídicos

EO 295 Inicia: 22-6-2012 Vence: 26-6-2012

Página Nº 169Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 170: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Justicia Penal, Contravencional y de Faltas

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES JUSTICIA PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS UNIDAD FISCAL SUDESTE-UNIDAD TRAMITACIÓN COMÚN NOTIFICACIÓN (OFICIO JUDICIAL Nº 1242842/12) AUTOS: LEGAJO 51619/0-2011 "QUINTANA, SERGIO DANIEL s/INFR. ART(s). 85, PORTAR ARMAS NO CONVENCIONALES EN LA VÍA PUBLICA, SIN CAUSA QUE LO JUSTIFIQUE - CC" "Hágase saber a Sergio Daniel QUINTANA DNI N° 24.166.863 que deberá comparecer a esta Unidad Fiscal Sudeste, Equipo "B" (situada en Bartolomé Mitre 1735 piso 4° de esta Ciudad) dentro del tercer día hábil de notificada a partir de la última publicación y en el horario comprendido entre las 9:00 y 14:00 horas, a los efectos de ser intimada en los términos del art 41 de la ley 12, bajo apercibimiento en caso de incomparencia injustificada de solicitar su rebeldía (art. 158 CPPCABA de aplicación supletoria según art. 6 de la ley 12). Comuníquese al nombrado el derecho que le asiste de ser asistido por un abogado de su confianza o por el defensor oficial que por turno corresponda. Déjese constancia Queda Ud. notificado. Buenos Aires 07 de junio de 2012 OJ 95 Inicia: 19-6-2012 Vence: 26-6-2012

Julio Barreto Prosecretario Administrativo

Unidad de tramitación Común

Página Nº 170Nº3939 - 26/06/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 171: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo
Page 172: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.ar · de Mejoramiento de la Equidad Educativa ( PROMEDU II) y el Anexo IPrelación - Normativa en la Ejecución del Programa de Apoyo

Factor Puntaje máximo por factorExamen escrito de oposición 40 Evaluación de antecedentes curriculares y laborales 35 Entrevista personal 25 Metodología de Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales

Factor Subfactor Forma de Evaluación Puntaje Máximo del Subfactor

Máx

Antecedentes Curriculares

Nivel educativo requerido

Posee nivel educativo requerido para el cargo

5

10

Nivel superior al requerido

Posee nivel superior al requerido para el cargo

Programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera.

4 Cursos, Congresos y/o Jornadas en el Instituto Superior de la Carrera o en instituciones de reconocido prestigio. (Se evaluarán hasta 10 cursos de capacitación relacionados con el cargo).

Experiencia Docente Posee experiencia docente 1

Antecedentes Laborales

Experiencia en el Sector Público o Privado, relacionada con los requisitos específicos del cargo.

15

25 Experiencia en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, relacionada con los requisitos específicos del cargo.

10