boletin salud laboral junio 2015

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Edita: UGT-Euskadi Autores: UGT-Euskadi Diseño Gráfico: UGT-Euskadi Impresión: Grafilur S.A. D.L. BI-779/2015 L.G. BI-779/2015 Reportaje Erreportaia ¿Qué se considera un accidente de Trabajo In Itinere? Siniestralidad Laboral Se registran 12.222 accidentes laborales hasta mayo de 2015 Boletín técnico jurídico de prevención de riesgos laborales número 2 junio 2015 In itinere lan-istripuak

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Boletin Tecnico Juridico de prevención de riesgos laborales nº 2 junio 2015

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Edita: UGT-EuskadiAutores: UGT-EuskadiDiseño Gráfico: UGT-EuskadiImpresión: Grafilur S.A.D.L. BI-779/2015L.G. BI-779/2015

ReportajeErreportaia

¿Qué se consideraun accidente deTrabajo In Itinere?

SiniestralidadLaboral

Se registran 12.222accidentes laboraleshasta mayo de 2015

Boletín técnicojurídico de prevención de riesgos laborales

número

2junio2015

In itinere

lan-istripuak

Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales2

www.ugteuskadi.org

Novedades legislativas 2

Publicaciones 2

Accidente In Itinere 3 y 4

Consultas de los delegados/as 5

l ¿La mutua corre con los gastos médicos en unaccidente de tráfico?

l ¿Qué ocurre si tengoun accidente cuandoestoy realizando unagestión personal?

l ¿Qué ocurre si tengoun accidente in itinereocasionado por unaimpudencia mia?

Datos siniestralidad laboral 6 y 7

Sumario

Aukibidea

Resolución de 4 de mayo de 2015,de la Secretaría de Estado de la Se-guridad Social, por la que se esta-blece el Plan general de actividadespreventivas de la Seguridad Social, aaplicar por las mutuas colaboradorascon la Seguridad Social en la planifi-cación de sus actividades para elaño 2015.

Decreto 18/2015, de 25 de marzo, por el que se determinan los ámbitos de ac-tuación de los Comités de Seguridad y Salud en la Administración.

Versión actualizada de la “Guíatécnica para la evaluación yprevención de los riesgosrelacionados con la exposición aagentes biológicos"

Publicación del Instituto Nacional deSeguridad e Higiene en el Trabajo,que proporciona criterios y reco-mendaciones para facilitar la inter-pretación y aplicación del RealDecreto 664/1997, de 12 de mayo,sobre la protección de los trabaja-dores contra los riesgos relaciona-dos con la exposición a agentesbiológicos durante el trabajo.

Versión actualizada de la “Guía téc-nica para la evaluación y prevencióndel riesgo eléctrico"

Publicación del Instituto Nacional deSeguridad e Higiene en el Trabajo, queproporciona criterios y recomendacio-nes para facilitar la interpretación yaplicación del Real Decreto 614/2001,de 8 de junio, sobre disposiciones mí-nimas para la protección de la saludy seguridad de los trabajadores frenteal riesgo eléctrico.

Novedades Legislativas enPRL y publicaciones

Reportaje Erreportaia

Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales 3

La Ley General de la Se-guridad Social define elaccidente de trabajo como“toda lesión corporal que eltrabajador sufra con oca-sión o por consecuenciadel trabajo que ejecute porcuenta ajena”. Y añadeque “tendrán la considera-ción de accidentes de tra-bajo: a) Los que sufra eltrabajador al ir o al volverdel lugar de trabajo”…

Para los tribunales, elaccidente in itinere esaquél que se produce enun desplazamiento queviene impuesto por la obli-gación de acudir al trabajoo volver de éste. Por ello,son importantes 3 ele-mentos: el lugar de trabajo,el domicilio del trabajador yla conexión entre ellos através del trayecto.

La jurisprudencia, con sussentencias, ha definido ylimitado lo que se consi-dera un accidente in itinerey lo que no, exigiendo laconcurrencia de estoscuatro requisitos:

l Geográfico: producirseen el trayecto habitual-

mente utilizado entre sudomicilio y el puesto detrabajo o viceversa.

l Cronológico: ocurrir entiempo inmediato o pró-ximo a la hora de entradao salida del lugar del tra-bajo.

l Intencional: la finalidaddel desplazamiento debeser el trabajo, sin quequepa interrupción pormotivos personales.

l Modal o mecánico: elmedio de transporte utili-zado debe ser racional yadecuado.

¿Dónde comienza o ter-mina el trayecto: domicilio?

En relación al domicilio, lajurisprudencia estableceque el riesgo comienza ytermina en la puerta de lacasa individual, o bien enla puerta de cada piso dela comunidad de viviendas.

Por domicilio habitual, nose entiende únicamente ellegal, también podría tra-tarse del que se empleausualmente, de una se-gunda residencia o del

lugar de descanso en va-caciones, pero no el domi-cilio de los padres, amigosu otras personas.

¿Qué es el lugar de tra-bajo?

Una vez que se entradentro de las instalacionesde la empresa, cualquieraccidente que pase ya esconsiderado como acci-dente de trabajo.

El lugar de trabajo englobatanto el centro de trabajo,el puesto de trabajo yotros que están relaciona-dos con la actividad labo-ral, como son las zonascomunes o los vestuarioso locales donde se realiza

la actividad laboral aunqueno sean titularidad delempleador.

¿Qué se considera tra-yecto habitual y normal?¿Pueden hacerse para-das?

Las interrupciones o des-viaciones del camino ha-bitual, siempre planteanproblemas de interpreta-ción. En estos casos, lajurisprudencia no es uná-nime y todo depende dela interpretación que eljuez haga de la ley.

Por camino habitual seentiende, cualquier tipo devía que se use con nor-malidad por las personas.

Accidente de Trabajo In Itinere

El accidente laboral in itinere es el que seproduce en el desplazamiento del trabajadoral ir o volver del trabajo a su domicilio

Sumario

Aukibidea

Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales4

Por lo general, las desvia-ciones o paradas no afec-tan al accidente in itineresiempre que sean brevesy no incrementen el riesgo.

Por ejemplo, un desvío endirección al trabajo, paradejar a los niños en el co-legio. Si, en cambio, elaccidente ocurre tras salirdel trabajo yendo a cenaro tomar una copa, se estárompiendo la causalidad, ypor tanto no hay vincula-ción al trabajo.

¿Tiene importancia el mediode transporte?

Se puede utilizar cualquiermedio razonable y ade-cuado para realizar el des-plazamiento, incluyendo losdesplazamientos a pie, enbicicleta e intermodales,siempre y cuando el tra-bajador no actúe con im-prudencia o la empresa nolo haya prohibido expresa-mente.

- Caídas en las zonas comunes de unedificio de viviendas, (pasillos, escaleras,garajes), siempre y cuando se hayaabandonado el domicilio para ir a traba-jar o todavía no se ha cruzado la puertadel mismo a la vuelta del trabajo.

- Desvío en el trayecto para cobrar lanómina o para efectuar una última ges-tión de carácter laboral.

- El acaecido tras una fiesta de despe-dida de un compañero o al finalizar lacena de navidad de la empresa.

- Accidente de tráfico de un trabajadorque volvía de su domicilio familiar el do-mingo, al municipio donde se encuentrala empresa y en el que vive durante lasemana.

- Accidente sufrido por un trabajador quevolvía a casa de trabajar en su patinete.

- El sufrido en el trayecto de ida del tra-bajo a un restaurante para comer.

- Los desplazamiento realizados desdeuna vivienda no habitual, como por ejem-plo el domicilio de los suegros, el de lanovia o el de los abuelos.

- Los que suceden cuando el trabajadorabandona el centro de trabajo antes definalizar la jornada y sin permiso del em-presario.

- Los que se producen cuando en el tra-yecto el trabajador realiza gestiones per-sonales, aunque sea con conocimiento yconsentimiento empresarial.

- El trabajador se ha desviado de su rutausual para dirigirse al colegio de sus hijoso al centro de trabajo del compañerosentimental.

- El que sobreviene en el propio domici-lio del trabajador.

- El que tiene lugar en las escaleras o elgaraje, cuando la vivienda es unifamiliar.

Algunos ejemplos quelos tribunales SÍ han

considerado como accidentede trabajo in itinere

Algunos ejemplos que lostribunales NO han

considerado como accidentede trabajo in itinere

Consultas Kontsultak

Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales 5

En estos casos, hay quecomunicar a la empresa loocurrido, y acudir a lamutua o a urgencias, si esfuera del horario de aten-ción de la mutua, y al díasiguiente ir a la mutua. Enestos accidentes, el traba-jador es quien debe de-mostrar que ha ocurridodurante el trayecto al tra-bajo, o a la salida delmismo. Las prestacionesque debe satisfacer lamutua son las derivadasde accidente de trabajo:

u Prestación de asisten-cia sanitaria: tratamientomédico, quirúrgico, cirugíaplástica y reparadora, re-habilitación, prótesis...

u Prestación económicade incapacidad temporal:subsidio del 75% sobre labase de cotización deaccidentes de trabajo delmes anterior a la baja mé-dica, salvo mejoras enconvenio colectivo.

u Prestación por secue-las: Lesiones permanentesno invalidantes o baremos:Indemnizaciones por lesio-nes, cicatrices, mutilacio-nes y deformidades decarácter definitivo causa-das por AT o EP, que noincapacitan para el trabajo,pero suponen una dismi-nución o alteración en laintegridad física.

u Prest. por secuelas: In-capacidad Permanente.

lParcial: Indemnizaciónde 24 mensualidadesde la base de cotiza-ción del mes anteriora la baja médica.Compatible con el tra-bajo anterior al acci-dente.

lTotal: Pensión vitaliciadel 55% (75% mayo-res de 55 años y sinempleo) del salario, porsecuelas que impidenel ejercicio de la profe-sión habitual.

lAbsoluta: Pensión vi-talicia del 100% delsalario, por secuelasque impiden toda pro-fesión o empleo.

lGran Invalidez: Pen-sión vitalicia del 150%del salario, por secue-las que impiden haceractividad remunerada,y la persona necesitede otra para la reali-zación de actos másesenciales de la vida.

u Prestación por muertey supervivencia.

u Prestación de asisten-cia social: ayudas y servi-cios para atender estadosy situaciones de necesi-dad a los beneficiarios quecarezcan de recursos.

Accidente de tráfico al salir detrabajar. ¿Se encarga la mutuade los gastos médicos?

Si la interrupción del tra-yecto se debe a unasunto personal se rompeel nexo causal entre eltrabajo y el domicilio deltrabajador. En este caso,no sería consideradocomo accidente “in itinere”,aunque se realice duranteuna interrupción autorizadade la jornada laboral, ya

que el mismo no guardaninguna relación con eltrabajo.

Si la interrupción se debea un encargo de la em-presa, se considera acci-dente “en misión” y sípodría considerarse acci-dente de trabajo.

¿Qué ocurre si tengo unaccidente cuando estoyrealizando un desplazamientopara una gestión personal?

Se consideraría roto elnexo causal y deja de

tener la consideración deaccidente de trabajo.

¿Qué ocurre si tengo unaccidente "in itinere" causado poruna imprudencia (saltarse unsemáforo en rojo, conducir bajolos efectos del alcohol, etc.)?

Acude al sindicato. En la Secretaríade Salud Laboral te asesoraremos

sobre éste y otros temas.

Siniestralidad Lan Ezbehar-kopuru

Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales6

Entre enero y mayo de2015 se han registrado12 .222 accidentes labo-rales con baja en Euskadi,4 16 más que en el mismoperíodo de 2014. Esto su-pone un aumento del 3,5%de la siniestralidad.

El 5 1% de los siniestroslaborales con baja de Eus-kadi han ocurrido en Biz-kaia, seguido de Gipuzkoa

con un 30% y de Arabacon el 19%.

Analizando las cifras másdetalladamente por Territo-rios, en Bizkaia, 6.224trabajadores han sufridoun accidente de trabajo, delos cuales 24 han sidograves y 5 mortales.

En Gipuzkoa, se han pro-ducido 3.627 accidentes

laborales, de enero a mayo,siendo 27 de ellos de ca-rácter grave y 3 mortales. Con respecto a Araba sehan registrado 2 .35 1accidentes laborales, 19 deellos graves y un fallecido.

Estos datos suponen endefinitiva un aumento del3,5% de la siniestralidadlaboral en Euskadi. Apesar de todo ello, cabe

señalar que aunque losaccidentes de trabajoleves han aumentado, losgraves y los mortales handisminuido.

Siniestralidad laboral porsectores

Al analizar los datos de los5 primeros meses del añovemos cómo es el sectorServicios el que registra el

Aumenta la siniestralidad de enero a mayode 2015 en Euskadi con respecto al 2014

Araba2015

Araba2014

Bizkaia2015

Bizkaia2014

Gipuzkoa2015

Gipuzkoa2014

CAPV2015

CAPV2014

Leve 2 .35 1 2 .276 6. 195 5.795 3.597 3.645 12 . 143 1 1 .7 16

Grave 19 7 24 28 27 42 70 77

Mortal 1 2 5 6 3 5 9 13

Total 2 .37 1 2 .285 6.224 5.829 3.627 3.692 12 .222 1 1 .806

Gráfico 1. Accidentes con baja en Euskadi hastamayo de 2015 por sectores

Tabla 1. Accidentes con baja en Euskadi hasta mayo de 2015 por territorio

Gráfico 2. Comparativa de INDICES de INCIDENCIAen EUSKADI. Mayo 2014 – mayo 2015

59% de los accidentes la-borales con baja (7. 1 55 ),seguido del sector Indus-trial con un 31%, la Cons-trucción con un 8% y elsector Primario con un 2%.

Accidentes laboralesIn Itínere

Los accidentes laboralesIn Itínere con baja supo-nen el 14% de los acci-dentes laborales registra-dos de enero a mayo de2015, habiéndose produ-cido un considerable au-mento del 15% respectodel mismo periodo del añopasado.

Índices de incidencia

En cuanto a los indices deincidencia, que representanel número de accidentescon baja que se producenpor cada mil trabajadoresafiliados a la SeguridadSocial en un período de-terminado hay que desta-car que su evolución nosmuestra un ligero des-

censo de la siniestralidadlaboral en Euskadi, conrespecto al mismo periododel año anterior. Teniendoen cuenta dicho factor, laprobabilidad de que un tra-bajador sufra un accidentelaboral con baja en su tra-bajo es superior en Cons-trucción, seguido deAgricultura, Pesca y Ga-nadería, de Industria yServicios.

EnfermedadesProfesionales en 2015

De enero a mayo de 2015se han declarado un totalde 1 . 1 3 1 EnfermedadesProfesionales en Euskadi,2 más que el año pasado.El 36% han sido EEPPcon baja y el 64% res-tante sin baja.

El sector más afectadopor las EEPP es el sectorIndustrial, seguido de Ser-vicios. El 89% de lasEEPP declaradas han sidoproducidas por agentes fí-sicos.

Boletín técnico - jurídico de prevención de riesgos laborales 7

Con Baja

Sin Baja Total

Araba 59 133 192

Bizkaia 167 3 1 1 478

Gipuzkoa 18 1 280 46 1

Total 407 724 1 . 1 3 1

Tabla 2. Enfermedades Profesionales hasta mayo 2015

Este año con motivo de la celebración del día Internacional porla Salud y la Seguridad en el trabajo, y bajo los lemas “Eliminarla exposición a las sustancias peligrosas en el trabajo” (LemaCSI). “Los recortes atentan contra la democracia y la salud enel trabajo”, UGT-Euskadi ha celebrado un encuentro de delega-dos y delegadas de Prevención en su sede de Bilbao. El prin-cipal objetivo de la jornada ha sido recordar a todas las personasque han sido víctimas de un accidente de trabajo o que hancontraído una enfermedad profesional como consecuencia delmismo y a sus familiares y compañeros.

En el acto, han intervenido Raúl Arza, Secretario General UGT-Euskadi y Esperanza Morales, Secretaria Salud Laboral, PolíticasSociales y Medio Ambiente UGT-Euskadi. Entre los ponenteshan estado Begoña Lasa Ibarreche, Jefa de la Inspección de tra-bajo de Bizkaia y Nerea Cortaberria, Abogada Laboralista delsindicato. Tras el encuentro, se han entregado los premios del IXConcurso de Fotografía del sindicato, convocado por la OficinaTécnica de Prevención de Riesgos Laborales, donde UGT-Eus-kadi pretende mostrar, a través de la fotografía, los valores dela Prevención de Riesgos Laborales.

Premio a la mejor fotografia artistica

Autor: Silvia Pérez BerdoncesTítulo de la fotografía: “Manifestación En Bilbao”

Premio a la mirada critica de UGT:

Autor: Jose Luis MendezTítulo de la fotografía: “Equilibrio Perfecto”

28 de abrilDía Internacional de la salud

y seguridad en el trabajo

OTPRLTeléfonos:

94 425 76 65

945 150 028

94 425 76 83

[email protected]

mano a manopor tus derechos

En el trabajo, tu seguridad es lo primero

No mires para otro lado

CONTACTA CON LA OFICINATÉCNICA DE PREVENCIÓN DERIESGOS LABORALES(OTPRL) DE UGT-EUSKADI,DONDE TE OFRECEMOSASESORAMIENTO,TRAMITACIÓN DE DENUNCIASA EMPRESAS, FORMACIÓN YAPOYO SINDICAL