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BOLETÍN OFICIAL N.º 145 - VIERNES 7 DE DICIEMBRE DE 2012 Pág. 1 DE LA PROVINCIA DE ZAMORA www.diputaciondezamora.es

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BOLETÍN OFICIALN.º 145 - VIERNES 7 DE DICIEMBRE DE 2012 Pág. 1DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es

I. Administración del EstadoMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUEROCOMISARÍA DE AGUAS

Anuncio-Información públicaBernardino Hernández González (11723037Y), Encarnación Pascual Martín

(11934131Y) y Oliva González Calvo (11572815C), solicitan de la ConfederaciónHidrográfica del Duero modificación de características de concesión de un aprove-chamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de La Bóveda de Toro(Zamora), consistente en la construcción de un nuevo sondeo en sustitución delexistente, manteniendo los caudales y volúmenes de la concesión otorgada.

Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes:- Sondeo de 200 m de profundidad, 300 mm de diámetro, entubado, y de 6 mm

de espesor, situado en la parcela 1071 del polígono 9, paraje de Los Lastros, en eltérmino municipal de La Bóveda de Toro (Zamora).

- La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: Riego de unasuperficie de 12,625 ha, repartida entre las siguientes parcelas:Parcela Polígono Término municipal Provincia Superficie de la parcela riego1055 9 La Bóveda de Toro Zamora 8,8050 ha1071 9 La Bóveda de Toro Zamora 3,8200 ha- El caudal medio equivalente solicitado es de 7,57 l/s.- El volumen máximo anual solicitado de 75.750 m3, siendo el método de

extracción utilizado un grupo de bombeo de 24 CV de potencia.- Las aguas captadas se prevén tomar de la unidad hidrogeológica 02.17:

Región de Los Arenales.Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144.3

del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de un mes, contado a partir dela publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, pue-dan presentar reclamaciones los que se consideren afectados en el Ayuntamientode La Bóveda de Toro (Zamora), en la oficina de la Confederación Hidrográfica delDuero en Avda. Tres Cruces, 18, de Zamora, donde puede consultarse el expe-diente de referencia MC/CP-1524/2012-ZA (ALBERCA-CHD), o en el registro decualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 38.4. de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 9 de noviembre de 2012.-El Jefe de Área de Gestión del DPH, RogelioAnta Otorel.

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N.º 145 - VIERNES 7 DE DICIEMBRE DE 2012 Pág. 2

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I. Administración del EstadoMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUEROCOMISARÍA DE AGUAS

Concesión de aguas subterráneasSe ha presentado en este Organismo la siguiente petición de concesión: CP-

1515/2012-ZA (ALBERCA-CHD).Anuncio de competencia de proyectos

- Peticionarios: María Jesús Pérez Amigo (11709998P), Marino Amigo Amigo(14341816M) y Paulino Prieto Rodríguez (71002857V).- Destino del aprovechamiento: Riego de 13,6570 ha. - Caudal de agua solicitado: 8,62 l/s.- Acuífero o corriente de donde se han de derivar las aguas: Ciudad Rodrigo-Salamanca.- Término municipal donde radican las obras: Cuelgamures (Zamora).De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento del Dominio

Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, se abre unplazo de un mes a contar desde la publicación de esta nota en el Boletín Oficial dela Provincia.

Durante este plazo, el peticionario presentará su petición, por cuadriplicado, admi-tiéndose también otras peticiones que tengan el mismo objeto o sean incompatiblescon aquella, en las condiciones y con la documentación prevista con carácter generaly para los supuestos que se establecen en el artículo 106 del citado Reglamento. Lapresentación, mediante instancia, se hará ante esta Confederación Hidrográfica delDuero, C/ Muro, 5, de Valladolid, o ante cualquier registro administrativo (de conformi-dad con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que supongauna utilización de caudal superior al doble del que figure en la petición inicial sinperjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límitefijado pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 del artículo 105antes citado.

El desprecintado de los documentos técnicos, a que se refiere el artículo 107del mismo Reglamento, se realizará a las trece horas del séptimo día hábil tras laconclusión del plazo de presentación de peticiones. Se levantará acta del resulta-do, que deberán firmar los interesados presentes.

Valladolid, 9 de noviembre de 2012.-El Jefe de Área de Gestión del DPH,Rogelio Anta Otorel.

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II. Administración AutonómicaJUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ZAMORAOFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO

CALENDARIO FIESTAS LOCALES PARA EL AÑO 2013.Ref.ª: PMD/CLC.El artículo 37.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que

se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE del29), así como el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, en su redacción dada aeste artículo por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre (BOE del 6), tam-bién en relación con la Disposición Derogatoria Única del Real Decreto 1561/1995,de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo (BOE del 26), regulany establecen las fiestas laborales de ámbito nacional, de carácter retribuido y norecuperable y facultan a las Comunidades Autónomas a sustituir determinadas fies-tas laborales de ámbito nacional por otras que por tradición les sean propias.

El Decreto 30/2012, de 16 de agosto (BOCyL n.º 161 del día 22 de agosto) dela Junta de Castilla y León -Consejería de Economía y Empleo-, establece el calen-dario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para elaño 2013.

Por otra parte, el artículo 46 del Real Decreto 2001/83, precitado, señala queserán también inhábiles para el trabajo, retribuidas y no recuperables hasta dosdías de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición le seanpropias en cada municipio, determinándose por la autoridad laboral competente apropuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente.

Por todo lo expuesto, esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:Primero: Determinar como fiestas locales de Zamora capital y su provincia, para

el año 2013, las reflejadas en el Anexo I de la presente resolución, cuyos días ten-drán carácter retribuido y no recuperable.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia deZamora.

Zamora, 30 de noviembre del año 2012.La Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo. Por acumulación de funciones,

(Resolución Delegado Territorial 05/07/2010), Amparo Sanz Albornos.

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ANEXO IFiestas laborales en el ámbito territorial de esta provincia de Zamora para el

año 2013, de carácter retribuido y no recuperable, conforme a lo previsto en elartículo 37.2, del Real Decreto Legislativo 1/1995 por el que se aprueba el textorefundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 45 del RealDecreto 2001/1983 y Decreto 30/2012, de 16 de agosto, de la Junta de Castillay León, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito deesta comunidad.

1 de enero Año Nuevo.7 de enero Epifanía del Señor, por traslado. 28 de marzo Jueves Santo.29 de marzo Viernes Santo.23 de abril Fiesta de la Comunidad Autónoma.1 de mayo Fiesta del Trabajo.15 de agosto Asunción de la Virgen.12 de octubre Fiesta Nacional de España.1 de noviembre Todos los Santos.6 de diciembre Día de la Constitución Española.9 de diciembre Inmaculada Concepción, por traslado.25 de diciembre Natividad del Señor.

FIESTAS TRADICIONALES DE ÁMBITO LOCAL, EN ZAMORA CAPITAL Y PROVINCIA PARA EL AÑO 2013

Localidad Día y mes Denominación ALCAÑICES 3 de julio Virgen de la Salud

16 de agosto San Roque- ALCORCILLO 13 de junio San Antonio

31 de diciembre Santa Colomba- SANTA ANA 25 y 26 de julio Santa Ana- VIVINERA 21 de enero Santos Fabián y Esteban

5 de agosto Santo Domingo de GuzmánALCUBILLA DE NOGALES 30 de mayo Corpus Christie

1 de octubre San VerísimoALFARAZ 15 de mayo San IsidroALMARAZ DE DUERO 9 de mayo San Pelayo

6 de agosto San SalvadorALMEIDA 24 de junio San Juan

16 de agosto San RoqueANDAVÍAS 4 de mayo El Cristo

9 de septiembre Fiesta de la Virgen

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Localidad Día y mes Denominación ARCENILLAS 17 de enero San Antón

15 de mayo San IsidroARCOS DE LA POLVOROSA 15 de mayo San Isidro

6 de agosto El SalvadorARGAÑÍN 27 de junio San Pelayo

24 de agosto San BartoloméARGUJILLO 11 de febrero La Pega

19 de agosto Nuestra SeñoraARRABALDE 13 de mayo Santa Bárbara

19 de agosto El SalvadorASPARIEGOS 15 de mayo San Isidro Labrador

11 de noviembre San Martín de ToursASTURIANOS 19 y 22 de julio El Carmen- CEREZAL DE SANABRIA 30 de septiembre San Jerónimo- ENTREPEÑAS 13 de junio San Antonio

14 de agosto Ntra. Sra. de la Asunción- LAGAREJOS DE LA CARBALLEDA 29 de junio San Pedro

3 de agosto Beata Erundina- RIOCONEJOS 23 de mayo Corpus Christie

25 de julio Santiago Apóstol- VILLAR DE LOS PISONES 28 de enero San Tirso

5 de agosto Ntra. Señora del RosarioAYOÓ DE VIDRIALES 7 de agosto San Mamés

23 de agosto San Bartolomé- CARRACEDO 19 de agosto San Lucas

30 de septiembre San Miguel - CONGOSTA 5 de julio Corpus Christie

11 de noviembre San MartínBARCIAL DEL BARCO 15 de mayo San Isidro

18 de julio Santa MarinaBELVER DE LOS MONTES 20 de mayo Virgen del Retablo

16 de agosto San RoqueBENAVENTE 8 de abril La Veguilla

29 de mayo Toro Enmaromado

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Localidad Día y mes Denominación BENEGILES 9 de mayo San Gregorio

23 de diciembre Santo TomásBERMILLO DE SAYAGO 6 de mayo San Juan de los Huevos

2 de agosto Ntra. Sra. de la Asunción- FADÓN 20 de julio La Magdalena

7 de septiembre El Ofertorio- FRESNADILLO 25 y 26 de julio Santiago- GÁNAME 27 de septiembre San Miguel- PIÑUEL 14 de mayo San Isidro

14 de agosto Las Novenas- TORREFRADES 14 de mayo San Isidro

13 de junio San Antonio- VILLAMOR DE CADOZOS 4 de abril Pascua

7 de septiembre El Ofertorio- VILLAMOR DE LA LADRE 4 de mayo San Juan de los Huevos

14 de mayo San IsidroBÓVEDA DE TORO, LA 8 de abril Lunes de Aguas

5 de agosto Ntra. Sra. de las NievesBRETÓ 8 de abril La Pedrera

13 de agosto La AsunciónBRETOCINO 25 de enero San Pablo

25 de abril San MarcosBRIME DE SOG 4 de febrero San Blas

7 de junio Corazón de JesúsBRIME DE URZ 2 de mayo Fiesta Local

16 de mayo Fiesta LocalBURGANES DE VALVERDE 30 de abril La Virgen de Mayo

6 de agosto El Salvador- OLMILLOS DE VALVERDE 7 de junio Sagrado Corazón de Jesús

13 de septiembre Exaltación de la Santa CruzBUSTILLO DEL ORO 15 de mayo San Isidro

25 de julio SantiagoCAMARZANA DE TERA 27 de mayo Santísima Trinidad

16 de agosto Ntra. Sra. de la Asunción- CABAÑAS DE TERA 20 de mayo San Bernardino

25 de julio Santiago Apóstol- SAN JUANICO EL NUEVO 24 y 25 de junio San Juan

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Localidad Día y mes Denominación - SANTA MARTA DE TERA 23 de febrero Santa Marta

13 de junio San AntonioCAÑIZAL 3 de mayo Fiesta Local

6 de septiembre Fiesta LocalCAÑIZO 9 de mayo San Gregorio

26 de junio San PelayoCARBAJALES DE ALBA 15 de mayo San Isidro

10 de septiembre Virgen de ÁrbolesCARBELLINO 8 de mayo San Miguel

15 de mayo San IsidroCASASECA DE CAMPEÁN 3 de mayo San Isidoro

23 de agosto Fiesta de VeranoCASASECA DE LAS CHANAS 24 de junio San Juan

27 de diciembre Los Santos InocentesCASTRILLO DE LA GUAREÑA 15 de mayo San Isidro

10 de agosto San LorenzoCASTROGONZALO 17 de enero San Antón

16 de agosto San RoqueCASTRONUEVO 5 de enero Los Quintos

15 de mayo San IsidroCASTROVERDE DE CAMPOS 21 de enero Los Mártires

27 de mayo La FeriaCAZURRA 11 de noviembre San MartínCERECINOS DE CAMPOS 15 de mayo Fiesta Local

14 de junio Fiesta LocalCERECINOS DEL CARRIZAL 6 de agosto El Salvador

24 de septiembre Virgen de las MercedesCERNADILLA 2 de febrero Las Candelas

4 de febrero San Blas- SAN SALVADOR DE PALAZUELO 6 de agosto La Transfiguración

13 de diciembre Santa Lucía- VALDEMERILLA 28 de enero San Tirso

24 de junio San Juan

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Localidad Día y mes Denominación COOMONTE 25 de abril San Marcos

15 de mayo San Isidro LabradorCORESES 15 de mayo San Isidro

16 de agosto San RoqueCORRALES 15 de mayo San Isidro

13 de septiembre El Cristo- FUENTE EL CARNERO 17 de mayo Pentecostés- PELEAS DE ARRIBA 31 de mayo San Fernando

6 de septiembre Nuestra SeñoraCOTANES DEL MONTE 13 y 14 de junio San AntonioCUBILLOS 22 de mayo Santa Rita

27 de julio Fiesta del VeranoCUBO DE BENAVENTE 7 de junio Corazón de Jesús

16 de agosto San RoqueCUBO DE TIERRA DEL VINO, EL 13 de junio San Antonio

9 de agosto Santo DomingoCUELGAMURES 17 de enero San Antón

3 de junio Los CorazonesENTRALA 8 de abril Pasquilla

16 de agosto Ntra. Sra. de la AsunciónESPADAÑEDO 23 de febrero Santa Marta

19 de julio Santa JustaFARAMONTANOS DE TÁBARA 11 y 12 de noviembre San MartínFERMOSELLE 2 de abril San Albín

20 de mayo Santa CruzFERRERAS DE ABAJO 24 y 25 de junio San JuanFERRERAS DE ARRIBA 2 de febrero Candelas-San Blas

16 de agosto San RoqueFERRERUELA DE TÁBARA 9 de mayo San Gregorio

16 de agosto San Roque- ESCOBER DE TÁBARA 15 de mayo San Isidro

26 de junio San Pelayo- SESNÁNDEZ DE TÁBARA 22 de julio La Magdalena

16 de Septiembre El Carmen

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Localidad Día y mes Denominación FONFRÍA 21 y 22 de agosto La Magdalena- ARCILLERA 29 de junio San Pedro

8 de agosto San Ciriaco- BERMILLO DE ALBA 15 de mayo San Mamés

17 de agosto San Mamés- BRANDILANES 14 de enero San Amaro

15 de mayo San Isidro- CASTRO DE ALCAÑICES 7 de junio Sagrado Corazón de Jesús

25 de julio Santiago Apóstol- CEADEA 15 de mayo San Isidro

30 de noviembre San Saturnino- FORNILLOS DE ALISTE 21 de enero Los Mártires

23 de agosto San Bartolomé- MOVEROS 8 de agosto San Ciriaco

31 de diciembre Santa ColumbaFRESNO DE LA POLVOROSA 12 de febrero Carnaval

15 de mayo San Isidro LabradorFRESNO DE LA RIBERA 13 de febrero Miércoles de Ceniza

15 de mayo San IsidroFRESNO DE SAYAGO 9 de septiembre La Natividad

30 de septiembre San MiguelFUENTE ENCALADA 30 de mayo Corpus Christie

9 de agosto San SalvadorFUENTELAPEÑA 20 de mayo Los Quintos

16 de agosto San RoqueFUENTES DE ROPEL 4 de febrero San Blas

16 de septiembre Santo Cristo de las IndiasFUENTESAÚCO 20 de mayo Virgen de la Antigua

8 de julio Visitación de Nuestra Señora

FUENTESECAS 24 de abril San Marcos10 de agosto Virgen de la Asunción

FUENTESPREADAS 15 de mayo San Isidro10 de julio San Cristóbal

GALENDE 21 de enero Los Mártires7 de agosto San Mamés

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Localidad Día y mes Denominación - CUBELO 1 de agosto Corazón de Jesús

2 de agosto Nuestra Señora- ILANES 13 de septiembre El Cristo

12 de noviembre San Martino- PEDRAZALES 11 de febrero Santa Eulalia

16 de agosto Virgen de la Guía- PUENTE, EL 12 de febrero Martes de Carnaval

2 de abril Martes de Pascua- RABANILLO 10 de mayo El Cristo

13 de mayo Fátima- RIBADELAGO 24 de junio San Juan Bautista

30 de noviembre San Andrés- SAN MARTÍN DE CASTAÑEDA 2 de septiembre Virgen de la Peregrina

12 de noviembre San Martino- VIGO 20 de mayo Virgen de Gracias

30 de mayo Corpus.GALLEGOS DEL PAN 15 de mayo San Isidro

7 de octubre Virgen del RosarioGAMONES 25 de abril San Marcos

13 de junio San AntonioGEMA 4 de febrero San Blas

7 de octubre El OfertorioGRANJA DE MORERUELA 25 de abril La Pedrera

16 de septiembre El CristoGRANUCILLO DE VIDRIALES 14 de junio Fiesta Local

13 de septiembre Fiesta Local- CUNQUILLA DE VIDRIALES 10 de mayo Fiesta Local

24 de septiembre Fiesta Local- GRIJALBA DE VIDRIALES 3 de mayo Fiesta Local

16 de agosto Fiesta LocalHERMISENDE 7 de junio Corazón de Jesús

16 de agosto San Roque- CASTRELOS 2 y 5 de agosto Fiestas Patronales- CASTROMIL 30 de mayo Corpus

12 de julio Santa Marina- SAN CIPRIÁN 16 de septiembre Fiesta Patronal

7 de octubre Fiesta Patronal- TEJERA, LA 10 de agosto Fiesta Patronal

11 de octubre Fiesta Patronal

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Localidad Día y mes Denominación HINIESTA, LA 25 de abril San Marcos

20 de mayo La HiniestaJAMBRINA 26 de enero San Geminiano

15 de mayo San IsidroJUSTEL 25 de julio Santiago Apóstol

23 de agosto San BartoloLOSACINO 4 y 5 de octubre Virgen del Rosario- CASTILLO DE ALBA 3 de agosto Santa Cruz- MUGA DE ALBA 20 y 21 de septiembre Virgen de la Merced- VIDE DE ALBA 6 y 7 de septiembre Virgen de la EncinaLUBIÁN 5 de agosto Fiesta Patronal

9 de septiembre Fiesta Patronal- ACIBEROS 5 y 12 de agosto Fiestas Patronales- CHANOS 5 de agosto Fiesta Patronal

20 de septiembre Fiesta Patronal- HEDRADAS, LAS 28 de junio Fiesta Patronal

5 de agosto Fiesta Patronal- HEDROSO 5 y 19 de agosto Fiestas Patronales- PADORNELO 5 y 16 de agosto Fiestas PatronalesLUELMO 15 de mayo San Isidro

29 de junio San Pedro- MONUMENTA 1 de abril 2º Día de Pascua

5 de octubre San AtilanoMADRIDANOS 20 de mayo Virgen del Aviso

3 de agosto San EstebanMAHÍDE 22 de febrero Fiesta Local

28 de mayo Fiesta Local- BOYA 2 de febrero San Blas

7 de septiembre San Adrián- POBLADURA DE ALISTE 16 y 17 de agosto Fiestas Locales- SAN PEDRO DE LAS HERRERÍAS 9 y 10 de agosto La Juventud- TORRE DE ALISTE, LA 6 y 7 de agosto Las Nieves

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Localidad Día y mes Denominación MAIRE DE CASTROPONCE 15 de mayo San Isidro LabradorMALVA 15 de mayo San Isidro

12 de septiembre Virgen del TobarMANGANESES DE LA LAMPREANA 31 de mayo Las Flores

14 de septiembre Santo Cristo- RIEGO DEL CAMINO 23 de mayo Santo CristoMANGANESES DE LA POLVOROSA 22 de enero San Vicente Mártir

15 de mayo San Isidro LabradorMANZANAL DE ARRIBA 22 de marzo Viernes de Dolores

8 de agosto San Mamés- CODESAL 3 de junio Corpus

26 de diciembre San Esteban- FOLGOSO DE LA CARBALLEDA 24 de agosto San Bartolomé

13 de diciembre Santa Lucía- LINAREJOS 2 de febrero Virgen de las Candelas

21 de mayo Fiesta Local- PEDROSO DE LA CARBALLEDA 10 de agosto San Lorenzo- SAGALLOS 30 de mayo Corpus Christie

6 de agosto San Salvador- SANDÍN 25 de julio Santiago Apóstol

26 de julio Santa Ana- SANTA CRUZ DE LOS CUÉRRAGOS 13 de mayo Virgen de Fátima

14 de septiembre Santa CruzMANZANAL DE LOS INFANTES 23 de agosto San Juan de Santo Domingo

30 de septiembre San Miguel- DONADILLO 4 de mayo Bendita Cruz

10 de agosto Corpus Christi- DORNILLAS 28 de enero San Tirso

18 de junio Corpus Christi- LANSEROS 18 de enero San Antonio

16 de agosto San Roque- OTERO DE LOS CENTENOS 3 de junio Corpus Christie

16 de agosto San Antolín- SEJAS DE SANABRIA 24 de junio San Juan

9 de septiembre La RiberaMANZANAL DEL BARCO 15 de mayo San Torcuato

16 de mayo San IsidroMATILLA DE ARZÓN 6 de agosto San Salvador

7 de octubre Virgen del Rosario

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Localidad Día y mes Denominación MATILLA LA SECA 19 de marzo San José

15 de mayo San IsidroMAYALDE 23 de marzo Fiesta Local

16 de agosto Fiesta LocalMELGAR DE TERA 27 y 28 de junio San Pedro- PUMAREJO DE TERA 25 y 26 de julio SantiagoMICERECES DE TERA 2 y 5 de agosto San Mamed- ABRAVESES DE TERA 25 de julio Santiago Apóstol

30 de agosto Virgen de las Encinas- AGUILAR DE TERA 20 de mayo San Bernardino

18 de julio Santa MarinaMILLES DE LA POLVOROSA 18 de mayo Santa Bárbara

28 de septiembre San MiguelMOLACILLOS 1 de febrero Las Candelas

24 de junio San JuanMOMBUEY 7 de junio Los Corazones

16 de agosto Ntra. Sra. de la Asunción- FRESNO DE LA CARBALLEDA 1 de junio El Corpus

23 de agosto San Bartolo- VALPARAÍSO 18 de julio Santa Marina

23 de agosto La JuventudMONFARRACINOS 15 de mayo San Isidro

11 de noviembre San MartínMONTAMARTA 15 de mayo San Isidro Labrador

16 de mayo Virgen del CastilloMORAL DE SAYAGO 6 de mayo Santa Marina

2 de agosto San Esteban- ABELÓN 30 de abril San Felipe

11 de noviembre San MartínMORALEJA DE SAYAGO 14 de septiembre Bendito Cristo de la PazMORALEJA DEL VINO 2 de febrero Las Candelas

22 de julio La MagdalenaMORALES DE REY 12 de febrero Carnaval

25 de abril San Marcos

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Localidad Día y mes Denominación - VECILLA DE LA POLVOROSA 29 de julio San Salvador

29 de noviembre San AndrésMORALES DE TORO 12 de febrero Martes de Carnaval

16 de agosto San RoqueMORALES DE VALVERDE 4 de febrero San Blas

20 de mayo Novena del Cristo- SAN PEDRO DE ZAMUDIA 28 de junio San Pedro

9 de septiembre El CristoMORALES DEL VINO 9 y 10 de mayo Cristo de Morales- PONTEJOS 25 y 26 de julio SantiagoMORALINA 8 de mayo San Miguel Arcángel

4 de octubre San AtilanoMUELAS DE LOS CABALLEROS 3 de junio Corpus Christie

2 de septiembre Ntra. Sra. Virgen PeregrinaMUELAS DEL PAN 2 de abril Cristo de San Esteban

25 de julio Santiago- CEREZAL DE ALISTE 9 y 12 de agosto Santos Justo y Pastor- RICOBAYO DE ALBA 14 y 16 de agosto Ntra. Señora de la Asunción- VILLAFLOR 20 de mayo San Boal

23 de agosto San MateoMUGA DE SAYAGO 22 de enero San Vicente

16 de agosto San RoqueNAVIANOS DE VALVERDE 13 de mayo Novena de la Virgen

16 de septiembre Romería Virgen del CarmenOLMILLOS DE CASTRO 15 de mayo San Isidro

18 de julio Santa Marina- MARQUÍZ DE ALBA 17 de enero San Antón

3 de mayo Santa Cruz- NAVIANOS DE ALBA 9 de mayo San Gregorio

7 de octubre Ntra. Sra. del Rosario- SAN MARTÍN DE TÁBARA 28 de mayo San Roque

11 de noviembre San MartínOTERO DE BODAS 15 de mayo San Isidro

26 de julio Santa Ana

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N.º 145 - VIERNES 7 DE DICIEMBRE DE 2012 Pág. 15

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Localidad Día y mes Denominación PALACIOS DE SANABRIA 25 de marzo Virgen de la Encarnación

26 de agosto El Cristo- OTERO DE SANABRIA 14 de junio Corpus

7 de octubre Los Remedios- REMESAL 23 de febrero Santa Marta

9 de agosto San Mamés- VIME DE SANABRIA 11 de noviembre San Martino

13 de diciembre Santa LucíaPALACIOS DEL PAN 22 de abril Bendito Cristo del Río

10 de diciembre Santa EulaliaPELEAS DE ABAJO 15 de mayo San Isidro

16 de julio Ntra. Sra. del CarmenPEÑAUSENDE 16 de julio Virgen del Carmen

11 de noviembre San MartínPEQUE 27 de mayo La Trinidad

23 de septiembre La ConsolaciónPERDIGÓN, EL 1 de febrero San Blas

2 de agosto Fiesta Local- SAN MARCIAL 1 y 2 de julio San Marcial- TARDOBISPO 6 y 7 de agosto San SalvadorPERERUELA 15 mayo San Isidro Labrador

16 de septiembre Santa EufemiaPERILLA DE CASTRO 25 de abril San Marcos

11 de noviembre San MartínPÍAS 1 y 2 de agosto Fiestas Patronales- BARJACOBA 4 y 5 de julio Fiestas Patronales- VILLANUEVA DE LA SIERRA 8 y 9 de agosto Fiestas PatronalesPIEDRAHITA DE CASTRO 15 de mayo San Isidro

16 de agosto San RoquePINILLA DE TORO 20 de mayo Cristo de San Sebastián

16 de agosto La Asunción y San RoquePIÑERO, EL 13 de junio San Antonio

22 de julio La Magdalena

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Localidad Día y mes Denominación POBLADURA DE VALDERADUEY 9 de mayo San Gregorio

3 de agosto Fiesta del TuristaPOBLADURA DEL VALLE 9 de septiembre Nuestra Señora

21 de diciembre Santo TomásPOZOANTIGUO 17 de enero San Antón

2 de mayo Santa AdaliaPOZUELO DE TÁBARA 24 de junio San Juan

27 de diciembre San EstebanPUEBLA DE SANABRIA 9 y 10 de septiembre Las Victorias- CASTELLANOS 14 y 16 de agosto San Roque- ROBLEDO 23 y 26 de agosto San Bartolo- UNGILDE 8 y 9 de agosto San LorenzoPUEBLICA DE VALVERDE 23 de enero San Vicente

7 de octubre Virgen del Rosario- BERCIANOS DE VALVERDE 25 de junio San Pelayo

7 de octubre Virgen del RosarioQUINTANILLA DE URZ 16 de mayo Fiesta Local

27 de junio Fiesta LocalQUINTANILLA DEL MONTE 25 y 26 de abril San MarcosQUINTANILLA DEL OLMO 24 de enero San Babiles

3 de mayo Santa CruzQUIRUELAS DE VIDRIALES 20 de mayo La Novena

16 de agosto Ntra. Sra. de la Asunción- COLINAS DE TRASMONTE 13 de mayo La Novena

24 de junio San JuanRABANALES 1 de febrero San Blas

6 de agosto San Salvador- FRADELLOS 27 y 30 de septiembre San Miguel- GRISUELA 22 de julio Santa María Magdalena

8 de agosto San Ciriaco- MATELLANES 27 y 28 de junio San Pedro- MELLANES 17 de enero San Antonio

25 de julio Santiago Apóstol

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Localidad Día y mes Denominación - UFONES 10 y 11 de diciembre Santa EulaliaREVELLINOS 25 de abril San Marcos

20 de diciembre Santo TomásRIOFRÍO DE ALISTE 13 de junio San Antonio

23 de agosto Fiesta Patronal- ABEJERA 17 de enero San Antón

6 de septiembre La Natividad- CABAÑAS DE ALISTE 15 de enero San Amaro

16 de agosto Fiesta Patronal- SARRACÍN DE ALISTE 13 de junio San Antonio

27 de septiembre San MiguelRIONEGRO DEL PUENTE 2 de abril Martes de Pascua

16 de septiembre Carballeda- SANTA EULALIA DEL RÍO NEGRO 7 de agosto San Mamés

10 de diciembre Santa Eulalia- VALLELUENGO 4 de febrero San Blas

18 de julio Santa Marina- VILLAR DE FARFÓN 4 de febrero San Blas

1 de julio San PedroROALES 21 de enero San Sebastián

15 de mayo San IsidroROBLEDA-CERVANTES- CERVANTES 28 de enero San Tirso

16 de julio Virgen del Carmen- FERREROS 4 de febrero San Blas- PARAMIO 21 de enero San Vicente- ROBLEDA 26 de julio Santa Ana

14 de septiembre La Patrona- SAMPIL 21 de enero Los Mártires

3 de agosto Virgen del Perpetuo Socorro- SAN JUAN DE LA CUESTA 17 de enero San Antonio

17 de agosto Virgen del Rosario- TRIUFÉ 14 de enero San Amaro

19 de diciembre Virgen de la O- VALDESPINO 29 de junio San Pedro

22 de agosto La GuíaROELOS 9 de agosto Fiesta de la Amistad

4 de octubre Ofertorio

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Localidad Día y mes Denominación ROSINOS DE LA REQUEJADA 14 de septiembre Santo Cristo

17 de diciembre Santa Colomba- ANTA DE RIOCONEJOS 13 y 14 de septiembre Santo Cristo- CARBAJALINOS 2 de febrero Virgen de las Candelas

19 de agosto San Roque- DONEY DE LA REQUEJADA 10 y 12 de agosto Virgen de las Angustias- ESCUREDO 9 y 10 de septiembre Virgen de la Aparecida- GUSÁNDANOS 25 y 26 de abril San Marcos- MONTERRUBIO 5 y 6 de julio Virgen de la Consolación- RIONEGRITO 13 de mayo Virgen de Fátima

30 de noviembre San Andrés- SANTIAGO DE LA REQUEJADA 25 y 26 de julio Apóstol Santiago- VILLAREJO DE LA SIERRA 13 de mayo Fátima

16 de julio Virgen del CarmenSALCE 8 de mayo San Miguel

4 de diciembre Santa BárbaraSAMIR DE LOS CAÑOS 28 y 29 de agosto San Juan DegolladoSAN CEBRIÁN DE CASTRO 9 de mayo San Gregorio

20 de mayo Virgen del Realengo- FONTANILLAS DE CASTRO 9 de mayo San Gregorio

7 de diciembre La InmaculadaSAN CRISTÓBAL DE ENTREVIÑAS 27 de mayo La Trinidad

10 de julio San Cristóbal- SAN MIGUEL DEL ESLA 27 y 30 de septiembre San Miguel- SANTA COLOMBA DE LAS CARABIAS 24 y 25 de junio San JuanSAN ESTEBAN DEL MOLAR 2 de febrero Las Candelas

17 de mayo Cristo de la MisericordiaSAN JUSTO 9 de agosto Santos Justo y Pastor

9 de septiembre Ntra. Señora de la Alcobilla- BARRIO DE RÁBANO 28 de enero San Tirso

9 de septiembre Ntra. Señora de la Alcobilla- COSO 13 de junio San Antonio

9 de septiembre Ntra. Señora de la Alcobilla- RÁBANO DE SANABRIA 29 de junio San Pedro

9 de septiembre Ntra. Señora de la Alcobilla

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Localidad Día y mes Denominación - ROZAS 17 de enero San Antón

9 de septiembre Ntra. Señora de la Alcobilla- SAN CIPRIÁN 6 de agosto Ntra. Señora de las Nieves

9 de septiembre Ntra. Señora de la AlcobillaSAN MARTÍN DE VALDERADUEY 25 de abril San Marcos

14 de septiembre El Cristo del CoroSAN MIGUEL DE LA RIBERA 21 de enero San Sebastián

30 de septiembre San Miguel ArcángelSAN MIGUEL DEL VALLE 23 y 24 de septiembre Cristo de las AguasSAN PEDRO DE CEQUE 12 de febrero Carnaval

1 de julio San PedroSAN PEDRO DE LA NAVE-ALMENDRA 9 de mayo San Gregorio

27 de septiembre El OfertorioSAN VICENTE DE LA CABEZA 22 de enero San Vicente

9 de agosto San Lorenzo- BERCIANOS DE ALISTE 3 de mayo Santa Cruz

7 de agosto San Mamed- CAMPOGRANDE DE ALISTE 24 de junio San Juan

21 de octubre Virgen del Rosario- PALAZUELO DE LAS CUEVAS 1 de febrero Las Candelas

13 de junio San AntonioSAN VITERO 8 y 9 de mayo San Miguel- POYO, EL 14 y 16 de agosto Ntra. Sra. de la Asunción- SAN CRISTÓBAL DE ALISTE 25 y 26 de julio Santiago Apóstol- SAN JUAN DEL REBOLLAR 21 y 24 de junio San Juan Bautista- VILLARINO DE CEBAL 23 y 24 de agosto San BartoloméSANTA CLARA DE AVEDILLO 3 de mayo Santa Cruz

27 de diciembre Santos InocentesSANTA COLOMBA DE LAS MONJAS 13 de junio San Antonio de Padua

17 de septiembre Santa ColombaSANTA CRISTINA DE LA POLVOROSA 9 de mayo El Cristo

24 de julio Santa Cristina

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Localidad Día y mes Denominación SANTA CROYA DE TERA 1 de junio La Sacramental

3 de agosto San CayetanoSANTA EUFEMIA DEL BARCO 6 de mayo Bendición de Panes

16 de septiembre Santa Eufemia- LOSILLA 2 de febrero San Blas

14 de agosto Virgen de la Asunción- SAN PEDRO DE LAS CUEVAS 15 de mayo San Isidro

29 de junio San PedroSANTA MARÍA DE LA VEGA 15 de mayo San Isidro Labrador

16 de agosto San RoqueSANTA MARÍA DE VALVERDE 15 de mayo San Isidro Labrador

16 de agosto San RoqueSANTIBÁÑEZ DE TERA 24 de junio San Juan

19 de agosto San Tirso- SITRAMA DE TERA 13 de mayo La Octava

30 de septiembre San MiguelSANTIBÁÑEZ DE VIDRIALES 15 de mayo San Isidro

24 de junio San Juan- BERCIANOS DE VIDRIALES 25 de abril San Marcos

6 de julio La Visitación- MORATONES 11 de mayo El Cristo

25 de julio Santiago- POZUELO DE VIDRIALES 12 de agosto San Salvador

7 de diciembre La Inmaculada- ROSINOS DE VIDRIALES 27 de mayo La Trinidad

6 de agosto San Salvador- SAN PEDRO DE LA VIÑA 18 de mayo La Novena

29 de junio San Pedro- TARDEMÉZAR 18 de julio Santa Marina

11 de noviembre San Martino- VILLAOBISPO 20 de mayo Santa Bárbara

30 de septiembre San MiguelSANTOVENIA 3 de junio Corazón de Jesús

9 de septiembre Ntra. Señora del TobarSANZOLES 27 de junio San Zoilo

6 de septiembre San SebastiánTÁBARA 1 de abril San Mamés

16 de agosto San Roque

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Localidad Día y mes Denominación TAPIOLES 6 y 7 de septiembre Virgen de los RayosTORO 12 de febrero Martes de Carnaval

20 de mayo Cristo de las BatallasTORRE DEL VALLE, LA 3 de mayo Santa Cruz

14 de septiembre Bendito CristoTORREGAMONES 23 de enero San Ildefonso

27 de mayo San IldefonsoTORRES DEL CARRIZAL 17 de enero San Antonio Abad

3 de junio Día del SeñorTRABAZOS 8 de mayo San Miguel

26 de junio San Pelayo- LATEDO 25 de julio Santiago Apóstol- NUEZ 15 de mayo San Isidro Labrador

7 de septiembre Víspera de San Miguel- SAN MARTÍN DEL PEDROSO 9 de mayo San Gregorio

11 de noviembre San Martín- VILLARINO TRAS LA SIERRA 2 de febrero Las Candelas

8 de agosto San CiriacoTREFACIO 16 de julio Virgen del Carmen

17 de agosto San Mamés- CERDILLO 25 de julio Santiago

24 de agosto Los Remedios- MURIAS 13 de junio San Antonio

13 de agosto Fiesta Local- VILLARINO DE SANABRIA 4 de junio Bendito Cristo

13 de agosto Santa MarinaUÑA DE QUINTANA 6 y 7 de agosto Santos Justo y PastorVADILLO DE LA GUAREÑA 15 de mayo San Isidro

13 de junio San AntonioVALDESCORRIEL 29 y 30 de julio Santa MartaVALLESA DE LA GUAREÑA 11 de mayo Fiesta Local

13 de junio Fiesta Local- OLMO DE LA GUAREÑA 25 de mayo Fiesta Local

13 de junio Fiesta LocalVEGA DE TERA 17 de enero Fiesta Local

26 de junio Fiesta Local

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Localidad Día y mes Denominación - CALZADA DE TERA 22 de enero Fiesta Local

7 de agosto Fiesta Local- JUNQUERA DE TERA 30 de mayo Fiesta Local- MILLA DE TERA 28 de enero Fiesta LocalVEGA DE VILLALOBOS 30 de julio Los Santicos

18 de noviembre San RománVENIALBO 21 de marzo San Benito

27 de diciembre San JuanVEZDEMARBÁN 11 de febrero Lunes de Carnaval

9 de septiembre Ntra. Sra. de la CuestaVIDAYANES 25 de junio San Juan

6 de septiembre Virgen de la NatividadVILLABRÁZARO 27 de mayo Cristo de las Agonías

26 de agosto La Magdalena- SAN ROMÁN DEL VALLE 13 de mayo Fiesta del Convento

18 de noviembre San RománVILLABUENA DEL PUENTE 12 de febrero Martes de Carnaval

8 de abril Lunes de AguasVILLADEPERA 17 de mayo San Isidro

4 de octubre Ofertorio Virgen del RosarioVILLAESCUSA 20 de mayo Virgen del Olmo

29 de julio San GervasioVILLAFÁFILA 15 de mayo San Isidro

16 de agosto San RoqueVILLAFERRUEÑA 7 de junio Corazón de Jesús

23 de agosto San Juan BautistaVILLAGERIZ 13 de junio San Antonio de Padua

13 de julio La SacramentalVILLALAZÁN 4 de febrero San Blas

20 de mayo Virgen del AvisoVILLALCAMPO 11 y 12 de septiembre Virgen de la Encarnación- CARBAJOSA 29 y 30 de agosto La Magdalena

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Localidad Día y mes Denominación VILLALOBOS 4 de febrero San Blas

12 de agosto Santa ClaraVILLALONSO 3 de mayo Santa Cruz

11 de noviembre San MartínVILLALPANDO 25 de julio Santiago Apóstol

16 de agosto San RoqueVILLAMOR DE LOS ESCUDEROS 15 de mayo San Isidro

16 de agosto San RoqueVILLANÁZAR 13 de junio San Antonio

11 de noviembre San Martín- MÓZAR 28 de enero San Julián

22 de julio Santa María Magdalena- VECILLA DE TRASMONTE 8 de abril La Veguilla

25 de julio Santiago ApóstolVILLANUEVA DE AZOAGUE 9 de mayo San Gregorio

29 de mayo El Toro- CASTROPEPE 29 de mayo El Toro

23 de julio Ntra. Sra. de la MagdalenaVILLANUEVA DE CAMPEÁN 24 de enero La Paz

29 de agosto San Juan DegolladoVILLANUEVA DE LAS PERAS 15 de mayo San Isidro Labrador

16 de agosto San RoqueVILLANUEVA DEL CAMPO 20 de mayo Virgen de Valdehunco

14 de septiembre Cristo de la VeracruzVILLAR DEL BUEY 4 de febrero San Blas

18 de julio Santa Marina- CIBANAL 22 y 23 de julio La Magdalena- FORMARIZ 31 de diciembre Santa Colomba- FORNILLOS DE FERMOSELLE 6 de junio Corazón de Jesús- PASARIEGOS 25 de junio San Juan- PINILLA DE FERMOSELLE 9 de mayo San MiguelVILLARALBO 23 de enero San Ildefonso

20 de mayo Virgen del Aviso

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Localidad Día y mes Denominación VILLARDECIERVOS 17 de enero San Antonio

30 de mayo Corpus Christi- CIONAL 3 de junio Corpus Christie

10 de diciembre Santa Eulalia de MéridaVILLARDIEGUA DE LA RIBERA 1 de abril San Amede de Pascua

31 de agosto San AmedeVILLÁRDIGA 15 de mayo San Isidro

7 de septiembre Virgen del CarmenVILLARDONDIEGO 15 de mayo San Isidro

12 de agosto Virgen de GraciaVILLARRÍN DE CAMPOS 8 de mayo Fiesta Local

30 de septiembre Cristo de los AfligidosVILLASECO 28 de junio San Pedro

16 de septiembre Santa EufemiaVILLAVENDIMIO 3 de mayo Fiesta Local

15 de mayo San IsidroVILLAVEZA DE VALVERDE 21 de mayo Novena de la Virgen

27 de agosto San SalvadorVILLAVEZA DEL AGUA 15 de mayo San Isidro

6 de agosto San SalvadorZAMORA 20 de mayo La Hiniesta

29 de junio San Pedro

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II. Administración AutonómicaJUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ZAMORAOFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO

En el expediente de conciliación número 49/2012/1182, seguido a instancia deMaría del Pilar Martín Alonso, frente a Regevicar, S.L., en reclamación de cantidad,esta Oficina Territorial de Trabajo, en virtud de las facultades conferidas por el RealDecreto 831/1995, de 30 de mayo, acuerda citar a la empresa, a instancia de parte,para que comparezca el próximo día 18 de diciembre de 2012, a las 10:10 horas,ante la Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación, sita en Zamora, Avda.Requejo, 4, al objeto de celebrar el pertinente Acto de Conciliación, obrando en elexpediente copia de la papeleta de demanda a disposición de los interesados.

Y para que así conste y sirva de citación a la empresa precitada, expido y firmola presente para su publicación urgente en el Boletín Oficial de la Provincia.

Zamora, 28 de noviembre de 2012.-La Jefe/a de la Oficina Territorial deTrabajo, Amparo Sanz Albornos.

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II. Administración AutonómicaJUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ZAMORAOFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO

En el expediente de conciliación número 49/2012/1134, seguido a instancia deElisa Rosón Montalvo, frente a Juan José Rodrigo Crespo (Administrador único) ySumeleza, S.L., en reclamación de cantidad, esta Oficina Territorial de Trabajo, envirtud de las facultades conferidas por el Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo,acuerda citar a la empresa, a instancia de parte, para que comparezca el próximodía 11 de diciembre de 2012, a las 11:10 horas, ante la Sección de Mediación,Arbitraje y Conciliación, sita en Zamora, Avda. Requejo, 4, al objeto de celebrar elpertinente Acto de Conciliación, obrando en el expediente copia de la papeleta dedemanda a disposición de los interesados.

Y para que así conste y sirva de citación a la empresa precitada, expido y firmola presente para su publicación urgente en el Boletín Oficial de la Provincia.

Zamora, 29 de noviembre de 2012.-La Jefe/a de la Oficina Territorial deTrabajo, Amparo Sanz Albornos.

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II. Administración AutonómicaJUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ZAMORAOFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO

En el expediente de conciliación número 49/2012/1130, seguido a instancia deSoraya Talegón Álvarez, frente a María Reyes Sáez Burgaleta, en reclamación decantidad, esta Oficina Territorial de Trabajo, en virtud de las facultades conferidaspor el Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, acuerda citar a la empresa, a ins-tancia de parte, para que comparezca el próximo día 13 de diciembre de 2012, alas 11:15 horas, ante la Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación, sita enZamora, Avda. Requejo, 4, al objeto de celebrar el pertinente Acto de Conciliación,obrando en el expediente copia de la papeleta de demanda a disposición de losinteresados.

Y para que así conste y sirva de citación a la empresa precitada, expido y firmola presente para su publicación urgente en el Boletín Oficial de la Provincia.

Zamora, 29 de noviembre de 2012.-La Jefe/a de la Oficina Territorial deTrabajo, Amparo Sanz Albornos.

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III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORAÁREA DE OBRAS Y PLANES PROVINCIALES

(Servicio Administrativo)

Anuncio de formalización de contratoAl objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 138 de la Ley

30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en la redaccióndada por el apartado veinticinco del artículo primero de la Ley 34/2010, de 5 deagosto, se hace pública la formalización de los contratos que se detallan a con-tinuación.

1.- Entidad adjudicatoria:a) Organismo: Diputación Provincial de Zamora.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio Administrativo del Área deobras.

c) Número de expedientes: 021/0031032, 022/0041032, 023/0071032 y024/0051032.

d) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.diputaciondezamora.es2.- Objeto del contrato: a) Tipo: Contrato de obra.b) Descripción: Obras financiadas al amparo del Proyecto Integrado de Desarrollo Local “Tierra

y Agua”, financiado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), apro-bado por Resolución de 13 de junio de 2008, del Secretario de Estado deCooperación Territorial, del Ministerio de Política Territorial.Núm. Expte. Denominación021/0031032 Comedor social en Calzadilla de Tera022/0041032 Comedor social en Porto023/0071032 Comedor social en Piedrahita de Castro024/0051032 Comedor social en Granja de Moreruela

3.- Tramitación y procedimiento:a) Procedimiento: Negociado sin publicidad.4.- Presupuesto base de licitación:

Importe ImporteN.º Expte. Denominación neto IVA (18%) total €021/0031032 Comedor social en Calzadilla de Tera 51.508,62 9.271,55 60.780,17022/0041032 Comedor social en Porto 55.928,25 10.067,09 65.995,34023/0071032 Comedor social en Piedrahita de Castro 46.411,71 8.354,11 54.765,82024/0051032 Comedor social en Granja de Moreruela 36.476,85 6.565,83 43.042,68

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5.- Adjudicación:Importe Importe

Denominación Fecha Contratista neto IVA (21%) total €Comedor social en Calzadilla de Tera 18/1012 Perca 2010, S.L. 46.820,70 9.832,35 56.653,05Comedor social en Porto 18/10/12 Hermanos Marcos Escudero, S.L. 51.593,81 10.834,70 62.428,51Comedor social en Piedrahita de Castro 18/10/12 Zamorana de Pavimentos Industriales,S.L. 42.200,00 8.862,00 51.062,00Comedor social en Granja de Moreruela 18/10/12 Construcciones Pordomingo, S.L. 32.099,22 6.740,84 38.840,06

6.- Formalización del contrato: Núm. Expte. Denominación Fecha021/0031032 Comedor social en Calzadilla de Tera 08/11/12022/0041032 Comedor social en Porto 14/11/12023/0071032 Comedor social en Piedrahita de Castro 09/11/12024/0051032 Comedor social en Granja de Moreruela 02/11/12

Zamora, 28 de noviembre de 2012.-El Presidente, Fernando Martínez Maíllo.

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III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORAÁREA DE OBRAS Y PLANES PROVINCIALES

(Servicio Administrativo)

Anuncio de formalización de contratoAl objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 154 del texto refundido

de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo3/2011, de 14 de noviembre, se hace pública la formalización del contrato que sedetalla a continuación.

1.- Entidad adjudicatoria.a) Organismo: Diputación Provincial de Zamora.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio Administrativo del Área deObras y Planes Provinciales.

c) Número de expediente: 013/0021232.d) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.diputaciondezamora.es2.- Objeto del contrato.a) Tipo: Contrato de obra.b) Descripción:

Núm. Expte. Denominación013/0021232 “Acondicionamiento y refuerzo de la carretera ZA-P-1510. Separata n.º 1.

Tramo: Brime de Sog-Uña de Quintana”.

c) Financiación: Proyecto integrado de Desarrollo Local “Tierra y Agua”, finan-ciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), aprobado porResolución de 13 de junio de 2008, del Secretario de Estado de CooperaciónTerritorial, del Ministerio de Política Territorial.

d) División por lotes y número: No hay lotes.e) Fecha del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia: N.º 77,de 2 de julio de 2012.

3.- Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.4.- Presupuesto base de licitación: Importe neto: 1.440.669,96 €. IVA (18%):

259.320,59 €. Importe total: 1.699.990,55 €.5.- Adjudicación.a) Fecha: 10 de octubre de 2012.b) Contratista: OPP 2002 OBRA CIVIL, S.L. c) Importe de adjudicación: Importe neto: 992.621,60 €. IVA (21 %) 208.450,54€. Importe total 1.201.072,14 €.

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6.- Formalización del contrato: 29 de octubre de 2012.Zamora, 30 de noviembre de 2012.-El Presidente, Fernando Martínez Maíllo.

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III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORAÁREA DE OBRAS Y PLANES PROVINCIALES

(Servicio Administrativo)

Anuncio de formalización de contratoAl objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 154 del texto refundido

de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo3/2011, de 14 de noviembre, se hace pública la formalización del contrato que sedetalla a continuación.

1.- Entidad adjudicatoria.a) Organismo: Diputación Provincial de Zamora.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio Administrativo del Área deObras y Planes Provinciales.

c) Número de expediente: 018/0051200.d) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.diputaciondezamora.es2.- Objeto del contrato.a) Tipo: Contrato de obra.b) Descripción:

Núm. Expte. Denominación018/0051200 Refuerzo de la carretera ZA-P-1405: P.K. 12+000 (Andavías)-P.K. 18+700

c) Financiación: Fondos Propios Carreteras anualidad 2012.d) División por lotes y número: No hay lotes.e) Fecha del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia: 10 deagosto de 2012.

3.- Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.4.- Presupuesto base de licitación: Importe neto: 637.742,48 €. IVA (18%):

114.793,65 €. Importe total 752.536,13 €.5.- Adjudicación.a) Fecha: 10 de octubre de 2012.b) Contratista: Viasgon Obras y Servicios, S.L.U.c) Importe de adjudicación: Importe neto: 411.981,64 €. IVA (21%) 86.816,14 €.Importe total 498.497,78 €.

6.- Formalización del contrato: 30 de octubre de 2012.Zamora, 30 de noviembre de 2012.-El Presidente, Fernando Martínez Maíllo.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ZAMORAEdicto

Habiéndose intentado la notificación a Herederos de D. Luis García da Silva delDecreto de esta Alcaldía de fecha 21 de septiembre de 2012 dictado en expedien-te EJ/56/2012 promovido de oficio sobre estado de los elementos de la fachadahacia la calle Puebla de San Torcuato del edificio sito en la Avda. Alfonso IX, 3, c/va la C/ Flores de San Torcuato, c/v C/ Puebla de San Torcuato, de esta ciudad, sinque haya podido ser practicada la notificación del mismo en su ultimo domicilioconocido en L´Eliana, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación através de edictos.

El contenido literal del Decreto de Alcaldía de fecha 21 de septiembre de 2012es el siguiente:

DECRETOVisto el expediente EJ/56/2012 iniciado de oficio sobre estado de los elemen-

tos de la fachada hacia la calle Puebla de San Torcuato del edificio sito en la Avda.de Alfonso IX, n° 3, c/v a la C/ Flores de San Torcuato, c/v a la C/ Puebla de SanTorcuato (parcela catastral 1289106), vistos los informes emitidos por la Sra.Arquitecta Municipal con fecha 19 de septiembre de 2012, una vez girada visita deinspección, informe que señala lo siguiente:

"Se trata del edificio sito en avenida de Alfonso IX, n.°3, c/v a la calle Flores deSan Torcuato, c/v a la calle Puebla de San Torcuato, incluido en la delimitación delConjunto Histórico y que se encuentra catalogado por el planeamiento con nivel deprotección 4 según figura en la ficha ALF 3 del Catálogo que se adjunta.

El inmueble es de propietario único conforme los datos catastrales que figuranen la certificación anexa al presente informe.

Conforme se describe en el Parte del Servicio de Extinción de Incendios cuyacopia se adjunta, la intervención tuvo lugar al haber caído un tramo de la bajantesobre la vía pública habiendo alcanzado a un peatón. Los bomberos revisaron elresto de esta bajante, comprobando su sujeción por lo que no realizaron más tare-as, entendiendo que no existe el peligro de nuevas caídas de algún elemento mása la vía pública.

En la inspección realizada por esta funcionaría, se observa que la bajante afec-tada forma parte de la evacuación de las aguas pluviales del edificio y se sitúa enel chaflán que presenta el edificio en las esquinas de las calles Flores de SanTorcuato y Puebla de San Torcuato, como se aprecia en las fotos adjuntas, corres-

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pondiendo al tramo de la planta baja. También se aporta una foto obtenida de lapágina web "google maps street view" en la cual se observa la bajante antes deldesprendimiento.

En la planta baja, a la izquierda de esta bajante, y ya en la fachada hacia lacalle Puebla de San Torcuato existen restos de otra conducción vertical en desuso.Asimismo, en este frente se aprecian deterioros en la pintura y sobre todo variosgrafiti en la zona de la esquina.

Por lo anteriormente expuesto, la técnico informante propone a V.l. se requieraa la propiedad del edificio sito en la avenida de Alfonso IX, n.° 3, c/v a la calle Floresde San Torcuato, c/v a la calle Puebla de San Torcuato para la realización de lassiguientes actuaciones destinadas a garantizar las mínimas condiciones de segu-ridad, conservación y ornato exigibles a toda construcción máxime a esta situadaen el ámbito del Conjunto Histórico y además catalogada por el planeamiento connivel de protección 4:

A) Reposición del tramo de bajante que se desprendió con el mismo material ytratamiento que el resto, garantizando la correcta sujeción.

B) Retirada de los restos de otra conducción vertical en desuso situada en laplanta baja, a la izquierda de esta bajante, en la fachada hacia la callePuebla de San Torcuato.

C) Pintura de todo el paramento de fachada hacia la calle Puebla de SanTorcuato en color similar la existente eliminando los grafitis existentes.

Se estiman en un valor de unos 1.200 €.Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común,

HE ACORDADO1.° Poner de manifiesto el expediente a los Herederos de D. Luis García da

Silva, como propietarios del edificio sito en Avda. Alfonso IX, n.° 3, c/v a la C/ Floresde San Torcuato, c/v a la C/ Puebla de San Torcuato (parcela catastral 1289106),a fin de que en el plazo máximo de diez días, contados a partir del día siguiente alde notificación de este acuerdo, pueda alegar y presentar cuantos documentos yjustificaciones estime pertinentes, significándole que transcurrido dicho plazo pro-cedería ordenarle la ejecución de las obras propuestas por la Sra. ArquitectaMunicipal en su informe de fecha 19 de septiembre de 2012, en virtud del deber deconservación que compete a todo propietario de un bien inmueble (artículo 8 de laLey 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León).

Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos".Zamora, 26 de noviembre de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ZAMORAEdicto

El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 4 de diciembre de2012, acordó:

1.º Aprobar inicialmente el Presupuesto Municipal para 2013.2.º Aprobar el anexo de las inversiones a realizar y su plan financiero.3.º Aprobar los anexos de personal del Excmo. Ayuntamiento.4.º Aprobar las Bases de Ejecución del Presupuesto para 2013.El Presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el plazo de

exposición al público no se hubieran presentado reclamaciones.Lo que se hace público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundi-do de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, para que los interesadosdurante el plazo de quince días hábiles puedan examinar el expediente y presen-tar las reclamaciones ante el Pleno Corporativo.

Zamora, 5 de diciembre de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOBENAVENTE

EdictoAzulejos Benavente, C.B. (Expte. 6937), tiene en trámite solicitud para la obten-

ción de licencia ambiental para el ejercicio de la actividad de “Tienda de azulejos,pavimentos, sanitarios, manparas, grifería y material de construcción”, en Avda.Federico Silva, n.º 10, de esta ciudad.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 27.1 de la Ley 11/2003,de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León y demás disposicionesconcordantes y complementarias, se somete a información pública el expediente,para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionadaactividad que se pretende instalar puedan examinarlo y deducir, en su caso, lasalegaciones u observaciones pertinentes, en el plazo de diez días, a contar desdeel siguiente a la inserción de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia ytablón de anuncios del Ayuntamiento.

El expediente se halla a disposición del público en el Negociado de Obras deeste Ayuntamiento.

Benavente, 29 de noviembre de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

VILLALBA DE LA LAMPREANAAnuncio aprobación inicial y exposición pública del proyecto “2.ª fase de proyecto

básico y de ejecución Comedor Social en Villalba de la Lampreana”El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el

día 22 de noviembre de 2012, aprobó inicialmente el proyecto técnico y de ejecu-ción “2.ª fase de proyecto básico y de ejecución Comedor Social en Villalba de laLampreana”, redactado por el arquitecto D. Teodoro Chillón Ramos, con un presu-puesto de 66.279,96 euros. Dicho proyecto se encuentra incluido en el ProgramaPIDL “Agua y Tierra”, convocado por la Diputación Provincial de Zamora.

Lo que se hace público para que todos los interesados puedan examinar el cita-do expediente en la Secretaría de este Ayuntamiento, en horario de atención alpúblico (martes y viernes de 9:00 a 14:00 horas) en el plazo de veinte días, conta-dos a partir del siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial dela Provincia de Zamora y realizar cuantas alegaciones o reclamaciones estimenoportunas, quedando aprobado definitivamente de no presentarse ninguna sinnecesidad de nuevo acuerdo expreso.

Villalba de la Lampreana, 22 de noviembre de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

VILLAGERIZ DE VIDRIALESAnuncio

Advertido error en el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º141, de fecha 28 de noviembre de 2012.

Donde figura:“El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 20 de noviembre de

2013, ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio 2013”.Debe decir:El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 20 de noviembre de

2012, ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio 2013”.Lo que se hace público para general conocimiento y con el fin de rectificar dicho

error.Villageriz de Vidriales, 28 de noviembre de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAUINTAMIENTO

BRETÓ DE LA RIBERAEdicto

Por el Pleno de esta Corporación municipal, en sesión de fecha 25 de octubrede 2012, se ha aprobado inicialmente la siguiente modificación presupuestaria conel n.º 1/2012, vía transparencia de crédito, que afecta al Presupuesto para el ejer-cicio 2012.PRESUPUESTO DE GASTOS:Transferencias de crédito:Partida presupuestaria 4-61 ......................................................................... 9.828 €Total transferencia de créditos ...................................................................... 9.828 €FINANCIACIÓN:Bajas por anulación:Partida presupuestaria 1-14 ......................................................................... 7.328 €Partida presupuestaria 1-16 .......................................................................... 2.500 €Total transferencia de crédito ....................................................................... 9.828 €Total modificación presupuestaria ................................................................ 9.828 €Total financiación .......................................................................................... 9.828 €

Dicho acuerdo se expone al público por espacio de quince días hábiles, duran-te los cuales, los interesados podrán interponer alegaciones contra el mismo, pasa-do dicho plazo sin que hubiera reclamaciones, el acuerdo quedará elevado a defi-nitivo de forma automática.

Bretó de la Ribera, 27 de noviembre de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

LUBIÁNEdicto

Por medio del presente se notifica que la inscripción padronal de los que serelacionan a continuación caducó en la fecha que se indica, por lo que deberánconfirmar su residencia, personándose en este Ayuntamiento en el plazo de quin-ce días, advirtiéndole que de no hacerlo se procederá a la baja en el Padrón deHabitantes de este municipio.

Fecha deNombre Domicilio caducidadSpirea, Cristian Toader Ctra. Galicia, n.º 15, Padornelo 06/09/2012Cristea, Gheorghe Ctra. Galicia, n.º 15, Padornelo 06/09/2012

Lubián, 26 de noviembre de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOVILLAR DEL BUEY

AnuncioAl no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al

público queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisio-nal del Ayuntamiento de Villar del Buey sobre imposición de la tasa por la utiliza-ción privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local a favor delas empresas explotadoras de servicios de suministros del sector eléctrico, agua,telecomunicaciones e hidrocarburos, así como la ordenanza fiscal reguladora de lamisma, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL SUELO, SUBSUELO

Y VUELO SOBRE EL DOMINIO PÚBLICO LOCAL A FAVOR DE LAS EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS

DEL SECTOR ELÉCTRICO, AGUA, TELECOMUNICACIONES E HIDROCARBUROS.

A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2 y 142 dela Constitución Española y artículo 106 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Basesde Régimen Local sobre potestad normativa en materia de tributos locales y, deconformidad, asimismo, a lo establecido en los artículos 57, 15 y siguientes deltexto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo y artículos 20 y siguientes del mismo texto nor-mativo y, en especial, el artículo 24.1 del propio cuerpo normativo, se regulamediante la presente ordenanza fiscal, la tasa por la utilización privativa o el apro-vechamiento especial del suelo, subsuelo y vuelo del dominio público local, confor-me al régimen y a las tarifas que se incluyen en la presente ordenanza.

Artículo 1.º Ámbito de aplicación.Vienen obligados al pago de la tasa que regula la presente ordenanza, todas

las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes ydemás entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciem-bre, General Tributaria, que, siendo operadores de electricidad, agua e hidrocarbu-ros, así como las redes de comunicación, lleven a cabo la utilización privativa o sebeneficien de cualquier modo del aprovechamiento especial del dominio públicolocal, con las especificaciones y concreciones del mismo que se dirán, o que ven-gan disfrutando de dichos beneficios y que afecten en cualquier forma al suelo,subsuelo y vuelo de dicho dominio local.

La aplicación de la presente ordenanza se hará de la forma siguiente:a) En régimen general.b) En régimen especial o de compensación.

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Se entiende por ámbito de aplicación en el régimen general, la tasa a satisfa-cer establecida en el artículo 24.1 a), del texto refundido de la Ley de HaciendasLocales, por parte de las empresas de los sectores de energía, agua, comunicacio-nes e hidrocarburos, por la utilización privativa o el aprovechamiento especial delsuelo, subsuelo y vuelo del dominio público local, en las que no concurran las cir-cunstancias de ser empresas suministradoras de servicios de interés general queafecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario y que ocupen elsuelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales.

Se entiende por ámbito de aplicación en el régimen especial, la tasa a satisfa-cer por la utilización privativa o aprovechamiento especial del subsuelo, suelo yvuelo de las vías públicas municipales a favor de las empresas explotadoras de losservicios de suministros que resulten de interés general o afecten a una generali-dad o a una parte importante del vecindario, entendiéndose comprendidas lasempresas distribuidoras y comercializadoras, conforme al artículo 24.1 c) del textorefundido de la Ley de Haciendas Locales y ello, únicamente, en lo que se refiereal aprovechamiento especial o utilización privativa de sus instalaciones en las víaspúblicas municipales.

Articulo 2.º Hecho imponible.Constituye el hecho imponible de la tasa, la utilización privativa o el aprovecha-

miento especial del dominio público local, que se concreta en esta ordenanza.A los efectos de la presente ordenanza, se entiende por dominio público local,

todos los bienes de uso, dominio o servicio público y los comunales o pertenecien-tes al común de los vecinos, exceptuándose por ello los denominados bienes patri-moniales; y por dominio vía pública, el espacio del suelo, subsuelo y vuelo que, for-mando parte del dominio público local, estén comprendido por calles, plazas, cami-nos municipales y demás espacios del dominio público local con la consideración de“vías públicas”, que se hallen dentro del perímetro del suelo urbano y urbanizable.

A tal fin, las personas físicas o jurídicas contribuyentes por esta ordenanza,vendrán obligadas a presentar en el Ayuntamiento durante el primer mes del año,relación comprensiva y específica de todas sus instalaciones y elementos afectosa esta ordenanza. En otro caso, será determinado por los Servicios TécnicosMunicipales.

Las tasas reguladas en esta ordenanza, son compatibles con los impuestosmunicipales y con otras tasas que tenga establecidas o que pueda establecer elAyuntamiento, tanto por la utilización privativa o aprovechamiento especial delsuelo, subsuelo y vuelo de las vías públicas municipales, como por prestación deservicios o realización de actividades de competencia local. - Las tasas compren-didas conforme al artículo 24.1 c) del texto refundido de la Ley de HaciendasLocales, son compatibles con los impuestos municipales y con otras tasas estable-cidas o que se establezcan, por prestación de servicios o realización de activida-des de competencia local -.

Artículo 3.º Sujetos pasivos.Son sujetos pasivos de las tasas, en concepto de contribuyentes, las personas

físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35 de la LeyGeneral Tributaria, que tengan la condición de “operadores o explotadores” de lossectores de agua, electricidad, telecomunicación e hidrocarburos, siempre que dis-fruten, utilicen o aprovechen especialmente el dominio público local en beneficioparticular, conforme a alguno de los supuestos previstos en los artículos 20 y

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siguientes de la Ley de Haciendas Locales y, especialmente, las empresas queproducen, transportan, distribuyen y comercializan energía eléctrica, redes decomunicación mediante sistemas de fibra óptica, televisión por cable o cualquierotra técnica, e hidrocarburos y sus elementos anexos y necesarios para prestar elservicio, afectando con sus instalaciones al dominio público local y las empresas alas que se aplica el ámbito del régimen especial o compensatorio ya contenidoanteriormente.

Artículo 4.º Cuota tributaria.La cuantía de las tasas reguladas en la presente ordenanza será la siguiente:a) Para los sujetos pasivos sometidos al régimen general de la tasa y ordenan-za, constituye la cuota tributaria, la contenida en las tarifas que figuran en elanexo.

Tratándose del régimen general por la utilización privativa o el aprovechamien-to especial del dominio público local, exceptuado el comprensivo de las vías públi-cas municipales, en los términos de esta ordenanza fiscal, el importe de las tasasprevistas por dicha utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominiopúblico local, se fijará tomando como referencia el valor que tendría en el merca-do la utilidad derivada de dicha utilización o aprovechamiento, como si los bienesafectados no fuesen de dominio público.

A tal fin, y en consonancia con el apartado 1 a) del artículo 24 de la LeyReguladora, atendiendo a la naturaleza específica de la utilización privativa o delaprovechamiento especial, se han establecido las tarifas anexas, atendidas lasespeciales circunstancias de los sujetos pasivos, principalmente empresas sumi-nistradoras de servicios de suministro de interés general, entre las que cabe citara empresas hidroeléctricas que transportan fluido eléctrico para su posterior distri-bución o comercialización a otras compañías o entidades o particulares, empresasde abastecimiento de agua, suministro de gas y empresas que explotan la red decomunicación y que lo hacen mediante torres, soportes, postes, tuberías, líneas,repartidores, etc., que se asientan y atraviesan bienes de uso, dominio o serviciopúblico y bienes comunales y que, en consecuencia, no teniendo propiedad sobrelos terrenos afectados, merman, sin embargo, su aprovechamiento común o públi-co y obtienen sobre los mismos una utilización privativa o un aprovechamientoespecial para su propia actividad empresarial.

b) Para los sujetos pasivos de la tasa a los que se aplica la ordenanza en régi-men especial o compensatorio, aquellas empresas explotadoras de serviciosde suministros constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públi-cas municipales, a que se refiere el artículo 24.1 c) de la Ley de HaciendasLocales, el importe de la tasa y, en consecuencia de la cuota tributaria con-sistirá, en todo caso, en el 1,5% de los ingresos brutos procedentes de la fac-turación que obtengan anualmente en cada término municipal las referidasempresas.

A efectos de este régimen de cuantificación de la tasa, se aplicará a las empre-sas a que se refiere el párrafo a) y c) del n.º 1 del artículo 24 del texto refundido dela Ley de Haciendas Locales de 5 de marzo de 2004, tanto si son titulares de lascorrespondientes redes a través de las cuales se efectúan los suministros, comosi, no siendo titulares de dichas redes, lo son de derechos de uso, acceso o inter-conexión a las mismas.

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Artículo 5.º Obligación de pago.1.- La obligación de pago de la tasa regulada en esta ordenanza nace:a) Tratándose de concesiones de nuevos aprovechamientos o utilizaciones pri-vativas del dominio público local, en el momento de solicitar la correspon-diente licencia o, aún careciendo de ella en el momento de la autorización oconcesión administrativa por quien proceda.

b) Tratándose de concesiones de aprovechamientos o utilizaciones privativasya autorizados, aunque no cuenten con licencia municipal y, sin perjuicio desu regularización por el sujeto pasivo o titular de la actividad, el día primerode cada uno de los períodos naturales de tiempo señalados en la tarifa.

2.- El pago de la tasa se realizará:a) Tratándose de concesiones de nuevos aprovechamientos o utilizaciones pri-vativas nuevas, por ingreso directo en las dependencias municipales odonde determine el Ayuntamiento y, siempre antes de retirar la correspon-diente licencia, sin perjuicio del importe de otras obligaciones tributarias.

Este ingreso tendrá el carácter de depósito previo, de conformidad con lo esta-blecido en el artículo 26 de la Ley de Haciendas Locales, quedando elevado a defi-nitivo al concederse la licencia correspondiente.

b) Tratándose de concesiones de aprovechamientos o utilizaciones privativasya autorizados, una vez incluidos en los padrones o matrículas de esta tasa,por semestres naturales en las oficinas de la Recaudación Municipal desdeel día 16 del primer mes del semestre, hasta el día 15 del segundo mes; noobstante, el Ayuntamiento puede disponer el ingreso anual de una sola yúnica vez con las notificaciones previas a los contribuyentes de las tasas.

Artículo 6.º Régimen de ingreso de las tasas.1.- La tasa se exigirá normalmente en régimen de autoliquidación. También se

exigirá mediante notificación de las cuotas al sujeto pasivo cuando no exista auto-liquidación o no se presente declaración por el sujeto pasivo en cuanto a los ele-mentos y demás para hallar las cuotas tributarias.

2.- Cuando se hayan suscrito convenios con representantes de los interesadoso los propios sujetos pasivos, según lo previsto en esta ordenanza, las declaracio-nes de inicio del aprovechamiento especial o utilización privativa o de las variacio-nes de los elementos tributarios, así como el ingreso de la tasa, se realizaránsegún el convenio.

3.- En supuestos diferentes del previsto en el apartado 2, las cantidades exigi-bles con arreglo a las tarifas, se liquidarán por cada aprovechamiento solicitado orealizado y por cada utilización privativa y serán irreducibles por los periodos detiempo señalados en los respectivos epígrafes de la siguiente forma:

a) En los supuestos de concesiones de nuevos aprovechamientos, junto con lasolicitud de autorización para disfrutar del aprovechamiento especial, se presentarádebidamente cumplimentado el impreso de autoliquidación de la tasa o, en otro caso,se aplicará el apartado 1 de este artículo, en relación con el párrafo siguiente.

Alternativamente, pueden presentarse en Secretaría los elementos de la decla-ración al objeto de que el funcionario municipal competente preste la asistencianecesaria para determinar la deuda. En este supuesto, se expedirá un abonaré alinteresado, al objeto de satisfacer la cuota en aquel momento o en el plazo queproceda, en los lugares de pago indicados en el propio abonaré.

b) En supuestos de aprovechamientos o utilizaciones ya existentes o autoriza-dos, el pago de la tasa se efectuará en el primer trimestre de cada año o den-

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tro de los plazos que se establezcan la liquidación si se diera este supuesto.Con el fin de facilitar el pago, el Ayuntamiento podrá remitir al domicilio delsujeto pasivo un documento apto para permitir el pago en entidad bancariacolaboradora.

No obstante, la no recepción del documento de pago citado, no invalida la obli-gación de satisfacer la tasa en el período determinado por el Ayuntamiento.

4.- El sujeto pasivo podrá solicitar la domiciliación del pago de la tasa, en cuyocaso se ordenará el cargo en cuenta bancaria durante la última quincena del perí-odo de pago voluntario, estableciéndose en tales casos una bonificación del 5% dela cuota tributaria de esta tasa, de conformidad a lo establecido en el artículo 9apartado 1 de la Ley Reguladora.

Artículo 7.º Notificaciones de las tasas.1.- La notificación de la deuda tributaria en supuestos de aprovechamientos o

utilizaciones a que se refiere esta ordenanza, se realizará al interesado en elmomento en que se presenta la autoliquidación o en que se lleva a cabo la liquida-ción de la misma.

No obstante lo previsto en el apartado anterior, si una vez verificada la autoli-quidación resultara incorrecta, se practicará liquidación complementaria.

2.- En los supuestos de tasas por aprovechamientos especiales o utilización pri-vativa objeto de esta ordenanza continuados que tienen carácter periódico, se noti-ficará personalmente al solicitante el alta en el registro de contribuyentes entendién-dose en todo caso notificado con la aprobación del padrón y su anuncio de habersido aprobado. La tasa de ejercicios sucesivos se notificará colectivamente, median-te la exposición pública del padrón en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, porel periodo correspondiente que se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia.

Artículo 8.º Normas de gestión.1.- Las cantidades exigibles con arreglo a las tarifas, se liquidarán por cada

aprovechamiento solicitado o realizado, o por la utilización privativa del dominiopúblico local y serán irreductibles por los períodos de tiempo señalados en los res-pectivos epígrafes.

2.- Las personas físicas o jurídicas y demás entidades interesadas en la con-cesión de aprovechamientos o en la utilización privativa regulados en esta orde-nanza o titulares de concesiones administrativas u otras autorizaciones legales queno cuenten con la oportuna licencia municipal, deberán solicitar la misma y cumplirlos trámites legales que resulten de aplicación, sin que la falta de la misma lesexima del pago de la tasa.

3.- Una vez autorizada la ocupación sobre los bienes a que se refiere esta orde-nanza, o establecida la misma, si no se determinó con exactitud la duración de laautorización que conlleve el aprovechamiento o la utilización privativa, se entende-rá prorrogada a efectos de esta ordenanza, hasta que se presente la declaraciónde baja por los sujetos pasivos.

4.- La presentación de la baja surtirá efectos a partir del día primero del perio-do natural de tiempo siguiente señalado en los epígrafes de las tarifas. La no pre-sentación de la baja determinará la obligación de continuar abonando la tasa.

5.- Se podrán establecer convenios de colaboración con organizaciones repre-sentativas de los sujetos pasivos, o con entidades que deban tributar por loshechos imponibles previstos en esta ordenanza, con el fin de simplificar los proce-dimientos de declaración, liquidación o recaudación.

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Artículo 9.º Infracciones. Las infracciones de esta ordenanza y defraudaciones que se cometan serán

sancionadas con arreglo a las disposiciones vigentes en la materia.Constituyen casos especiales de infracción, calificados de defraudación:c) La realización de algún aprovechamiento o utilización privativa de los regu-lados por esta ordenanza, sin la necesaria licencia municipal.

d) La ocupación del dominio público local excediendo los límites fijados en lalicencia.

La imposición de sanciones no impediría, en ningún caso, la liquidación y cobrode las cuotas devengadas no prescritas.

Disposición final:La presente ordenanza entrará en vigor el día de su publicación íntegra en el

Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enerode 2013, conforme a lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, permaneciendo en vigor para ejercicios sucesivos hasta sumodificación o derogación expresa.

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ANEXO 1TABLA DE TARIFAS IDENTIFICATIVAS POR TIPOS: Constituirán la cuota tributaria/anual

GRUPO I: ENERGÍA ELÉCTRICA A B CTOTAL TARIFA

ELEMENTOS OCUPACIÓN M2 CUOTA €/M2 a aplicarTIPO A. Un metro lineal de línea de tensión 8,6 3,17 27,27de categoría especial (=> 220 KV)TIPO B. Un metro lineal de línea de tensión 5,6 3,17 17,76de categoría primera (<200 KV - >66 KV)TIPO C. Un metro lineal de línea de tensión 4,2 3,17 13,32de categoría segunda (=<66 KV - > 30 KV)TIPO D. Un metro lineal de línea de tensión 3,54 3,17 11,22de categoría tercera. (<30 KV - >1 KV)TIPO E. Un poste, torre o apoyo de madera, hierro 5,5 3,17 17,44u hormigón sencillo (altura aproximada de 6 metros)TIPO F. Una torre metálica de hasta 30 mts. de altura 30 3,17 95,12TIPO G. Una torre metálica superior 45 3,17 142,68TIPO H. Un transformador o similar 10 3,17 31,71

GRUPO II: AGUA, GAS, HIDROCARBUROSTOTAL TARIFA

ELEMENTOS OCUPACIÓN M2 CUOTA €/M2 a aplicarTIPO A. Un metro de tubería de hasta 25 cm. 6 3,17 19,02de diámetro TIPO B. Una instalación de bombeo de agua. 500 3,17 1.585,35TIPO C. Una instalación de bombeo de hidrocarburos 1000 3,17 3.170,70(petróleo) 1000 m2

TIPO D. Una instalación de impulsión o depósito 100 3,17 317,07o tanque de gas de hasta 10 m3

TIPO E. Una instalación de impulsión o depósito 500 3,17 1.585,35o tanque de gas superior TIPO F. Un metro de tubería de hasta 10 cm. de diámetro 3 3,17 9,51TIPO G. Un metro de tubería de hasta 25 cm. de diámetro 6 3,17 19,02Tipo H. Un metro de tubería de 25 hasta 50 cm. de diámetro 8 3,17 25,37TIPO I. Un metro de tubería superior a 50 cm. de diámetro 10 3,17 31,71TIPO J. Una arqueta de agua o gas 2 3,17 6,34

GRUPO III.- COMUNICACIONESTOTAL TARIFA

ELEMENTOS OCUPACIÓN M2 CUOTA €/M2 a aplicarTIPO A. Una antena repetidora de telefonía o TV 6 3,17 19,02TIPO B. Un metro lineal de cable de comunicaciones 3 3,17 9,51TIPO C. Un metro lineal de cable de fibra óptica 4 3,17 12,68

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Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesadosrecurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir deldía siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Villar del Buey, 4 de diciembre de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

GALLEGOS DEL RÍOAnuncio de autorización de uso excepcional en suelo rústico

y licencia ambiental para velatorio en Gallegos del RíoQue se somete a información pública el expediente que se tramita a instancia

de Ayuntamiento de Gallegos del Río (Zamora), de autorización de uso excepcio-nal en suelo rústico y licencia ambiental, para instalación de un velatorio enGallegos del Río (Zamora), en la parcela n.º 140, del polígono 15, al sitio de La Era,de conformidad al proyecto técnico básico y de ejecución redactado por la arqui-tecta doña Concepción Macho Jiménez.

En cumplimiento de lo dispuesto en lo dispuesto en los artículos 23 y 25.2.b) dela Ley 5/1999 de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y los artículos 293.4y 307.3 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, y el artículo 27.1 de laLey 11/2003 de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.

Se procede a abrir un periodo de información pública durante el plazo de vein-te días, contados a partir de la última inserción del presente anuncio en el BoletínOficial de Castilla León, en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, o en elperiódico la Opinión de Zamora, y el tablón de edictos del Ayuntamiento, para quequienes se vean afectados, presenten las alegaciones y observaciones que consi-deren pertinentes.

El expediente se encuentra a disposición del público en la Secretaría delAyuntamiento.

Gallegos del Río, 28 de noviembre de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOSAN JUSTOAnuncio

Por el presente se publica la modificación del anuncio del Boletín Oficial de laProvincia número 131, de fecha 7 de noviembre de 2012, referente a la modifica-ción de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida domiciliaría de basu-ras o residuos sólidos, procediendo a modificar el apartado relativo a la aprobación,quedando transcrito de forma literal del siguiente modo:

Aprobación: La presente ordenanza fue aprobada con carácter definitivo, el díaveinte de agosto de 2012.

San Justo, 26 de noviembre de 2012.-La Alcaldesa.

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R-201204859

III. Administración LocalAYUNTAMIENTOVILLALCAMPO

EdictoEl Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de

2012, ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio de 2013.En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba al texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), el expediente completo quedaexpuesto al público en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficinapor plazo de quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en elart. 170.1 del citado TRLHL puedan presentar las reclamaciones que estimen opor-tuno, por los motivos que se indican en el punto 2.° de citado último artículo, anteel Pleno de este Ayuntamiento.

En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art.169 depredicha Ley, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesi-dad de acuerdo expreso.

Villalcampo, 30 de noviembre de 2012.-El Alcalde.

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R-201204857

III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

OTERO DE BODASEdicto

El Pleno de este Ayuntamiento ha aprobado inicialmente el PresupuestoGeneral para el ejercicio de 2012.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del RDL 2/2004, el expedien-te completo queda expuesto al público en la secretaria de esta entidad, durante lashoras de oficina y por plazo de quince días, a fin de que los interesados que seseñalan en el art. 170 de dicho RDL puedan presentar las reclamaciones que esti-men, por lo motivos que se indican en el punto 2.° de citado último articulo, ante elpleno de este Ayuntamiento. En el supuesto de que durante dicho plazo quecomenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia no se presentaran reclamaciones, el presupuesto seconsiderará definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Otero de Bodas, 29 de noviembre de 2012.-El Alcalde.

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R-201204856

III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

MUGA DE SAYAGOAnuncio de aprobación inicial

El Pleno del Ayuntamiento de Muga de Sayago, en sesión extraordinaria cele-brada el día 29 de noviembre de 2012, acordó la aprobación inicial del expedientede concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquidode Tesorería, con el siguiente resumen por capítulos:

Presupuesto de gastosConsignación Consignación

Capítulo Descripción inicial definitiva1.609.00 Otras inversiones 10.001,00 20.001,003.609.01 Obra reforma consultorio médico 1,00 31.003,774.609.01 Obras Planes Provinciales 1,00 27.090,90

Presupuesto de ingresosConsignación Consignación

Capítulo Descripción inicial definitiva8 Activos financieros 0,00 68.093,67Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2

del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a expo-sición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publi-cación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesa-dos puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimenoportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consi-derará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Muga de Sayago, 29 de noviembre de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

SAN PEDRO DE LA NAVE

Ordenanza fiscal número 8.ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN

PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCALA tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2 y 142 de

la Constitución Española y artículo 106 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Basesde Régimen Local sobre potestad normativa en materia de tributos locales y deconformidad asimismo a lo establecido en los artículos 57, 15 y siguientes, deltexto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, y artículos 20 y siguientes del mismo texto nor-mativo, y en especial el artículo 24.1 del propio cuerpo normativo, se regulamediante la presente ordenanza fiscal la tasa por la utilización privativa o el apro-vechamiento especial del dominio público local conforme al régimen y a las tarifasque se incluyen en la presente ordenanza.

Artículo 1.° Ámbito de aplicación.Vienen obligados al pago de la tasa que regula la presente ordenanza todas las

personas físicas o jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y demásentidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,General Tributaria, que lleven a cabo la utilización privativa o se beneficien de cual-quier modo del aprovechamiento especial del dominio público local con las especi-ficaciones y concreciones del mismo que se dirán, o que vengan disfrutando dedichos beneficios.

La aplicación de la presente ordenanza se hará de la forma siguiente:a) En régimen general.b) En régimen especial.Se entiende por ámbito de aplicación en el régimen general, la tasa a satisfa-

cer establecida en el articulo 24.1.a), del texto refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, por la utilización privativa o el aprovechamiento especialdel dominio público local, en las que no concurran las circunstancias de ser empre-sas suministradoras de servicios de interés general que afecten a la generalidad oa una parte importante del vecindario y que ocupen el suelo, subsuelo o vuelo delas vías públicas municipales.

Se entiende por ámbito de aplicación en el régimen especial la tasa a satisfa-cer por la utilización privativa o aprovechamiento especial del subsuelo, suelo yvuelo de las vías públicas municipales a favor de las empresas explotadoras deservicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidado a una parte importante del vecindario, entendiéndose comprendidas las empre-sas distribuidoras y comercializadoras conforme al artículo 24 1, c) del texto refun-dido de la Ley de Haciendas Locales y ello únicamente en lo que se refiere al apro-vechamiento especial o utilización privativa de sus instalaciones en las vías públi-cas municipales.

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Artículo 2.° Hecho imponible. Constituye el hecho Imponible de la tasa, conforme al articulo 20 del texto

refundido de la Ley de Haciendas Locales de 5 de marzo de 2004, la utilización pri-vativa o el aprovechamiento especial del dominio público local en su suelo, sub-suelo y vuelo con:

a) Surtidores de gasolina.b) Contenedores, sacos industriales u otros elementos de contención de resi-duos inertes.

c) Obras de apertura de calicatas, pozos, zanjas, tendido de carriles, coloca-ción de postes, canalizaciones, acometidas y, en general, cualquier remociónde pavimento o aceras en dominio público.

d) Ocupaciones del suelo, vuelo o subsuelo para usos particulares con cajasregistradoras, bocas de carga de combustible, arquetas y transformadores,cables, tuberías, rieles y otros elementos análogos.

e) Ocupaciones del suelo, vuelo o subsuelo del dominio público local mediantecajas de amarre, torres metálicas, transformadores, instalaciones o líneas detransporte de energía, gas u otros suministros energéticos, instalaciones debombeo y otros elementos análogos.

f) Cualesquiera otros aprovechamientos o utilizaciones del dominio públicolocal no recogidos en apartados anteriores.

Asimismo, constituye el hecho imponible de la tasa el disfrute de la utilizaciónprivativa o los aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo ovuelo de las vías públicas municipales, a favor de empresas o entidades que utili-zan el dominio público para prestar los servicios de suministros de interés generalo afecten a la generalidad o una parte importante del vecindario.

El aprovechamiento especial del dominio público local se producirá siempreque para la prestación del servicio de suministro se deban utilizar antenas, instala-ciones , líneas, tuberías o redes que materialmente ocupan el suelo, subsuelo ovuelo de las vías públicas municipales, o del dominio público en general, con inde-pendencia de quien sea el titular de aquéllas.

A los efectos de la presente ordenanza se entiende por dominio público localtodos los bienes de uso, dominio o servicio público y los comunales o pertenecien-tes al común de vecinos, exceptuándose por ello los denominados bienes patrimo-niales; y por vía pública, el espacio del terreno sobre cuyo suelo, subsuelo o vueloexistan los bienes relacionados, que formando parte del dominio público local, estécomprendido por calles, plazas, caminos municipales y demás espacios del domi-nio público local con la consideración de "vías públicas" que se hallen dentro delperímetro del suelo urbano y urbanizable.

Artículo 3.° Sujetos pasivos.Son sujetos pasivos de las tasas, en concepto de contribuyentes, las personas

físicas y jurídicas así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la LeyGeneral Tributaria, Ley 58/2003, que disfruten, utilicen o aprovechen el dominiopúblico local o las vías publicas municipales, en beneficio particular conforme aalguno de los supuestos previstos en el artículo anterior.

En particular, serán sujetos pasivos de esta tasa las personas físicas y jurídicasasí como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria,Ley 58/2003, que tengan la condición de operadores o explotadores de los secto-res de agua, electricidad, telecomunicación, e hidrocarburos, siempre que disfru-ten, utilicen o aprovechen especialmente el dominio público local en beneficio par-

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ticular, conforme a alguno de los supuestos previstos en los artículos 20 y siguien-tes de la Ley de Haciendas Locales tales como las empresas que, producen, trans-portan, distribuyen y comercializan energía eléctrica, redes de telecomunicaciónmediante sistemas de fibra óptica, televisión por cable o cualquier otra técnica ehidrocarburos, y sus elementos anexos y necesarios para prestar el servicio, afec-tando con sus instalaciones al dominio público local, o a las vías públicas munici-pales y las empresas a las que se aplica el ámbito del régimen especial de cuanti-ficación de la tasa mencionado anteriormente.

También tendrán la consideración de sujetos pasivos las empresas o entidadesexplotadoras a que se refiere el párrafo anterior, tanto si son titulares de las corres-pondientes redes mediante las que se ocupa el dominio público local como si, nosiendo titulares de dichas redes, lo son de derechos de uso, acceso o intercone-xión a las mismas.

Artículo 4.° Bases, tipos y cuotas tributarias. La cuantía de las tasas reguladas en la presente ordenanza será la siguiente:A) Para los sujetos pasivos sometidos al régimen general de la tasa y ordenan-za, constituye la cuota tributaria la contenida en las tarifas que figuran en elanexo, conforme a lo previsto en el articulo 24.1.a) del TRLHL, por la utiliza-ción privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, o enlas vías públicas municipales, exceptuado las empresas que se gravan porla utilización o aprovechamiento sólo de las vías públicas conforme al artícu-lo 24.1.c) del TRLHL.

El importe de las tasas previstas por dicha utilización privativa o el aprovecha-miento especial del dominio público local, se fijará tomando como referencia elvalor que tendría en el mercado la utilidad derivada de dicha utilización o aprove-chamiento, como si los bienes afectados no fuesen de dominio público.

A tal fin y en consonancia con el apartado 1, a) del artículo 24 de la LeyReguladora, atendiendo a la naturaleza específica de la utilización privativa o delaprovechamiento especial, se han establecido las tarifas anexas, atendidas lasespeciales circunstancias de los sujetos pasivos, principalmente empresas sumi-nistradoras de servicios de suministro de interés general entre las que cabe citar alas empresas eléctricas que transportan fluido eléctrico para su posterior distribu-ción o comercialización a otras compañías, entidades o particulares, empresas deabastecimiento de agua, suministro de gas y empresas que explotan la red decomunicación, y que lo hacen mediante torres, soportes, postes, tuberías, líneas,repetidores, etc..., que se asientan y atraviesan bienes de uso, dominio o serviciopúblico y bienes comunales y las vías públicas con la excepción referida anterior-mente, y que en consecuencia no teniendo la propiedad sobre los terrenos afecta-dos, merman sin embargo su aprovechamiento común o público y obtienen sobrelos mismos una utilización privativa o un aprovechamiento especial para su propiaactividad empresarial.

Una vez hallado el valor, al mismo se aplicarán las fórmulas del estudio técni-co-económico-jurídico, que forma parte integrante obligada de la ordenanza que sehalla en el expediente para consulta pública, lo que supondrá la cuota tributaria dela tasa, que es la que figura en las tarifas anexas, producto de aplicar al valor delaprovechamiento los porcentajes indicados obtenidos de la legislación.

Cuando se utilicen procedimientos de licitación pública, el importe de la tasavendrá determinado por el valor económico de la proposición sobre la que recaigala concesión, autorización o adjudicación.

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B) En el caso de los sujetos pasivos de la tasa a los que se aplica la ordenan-za en régimen especial, aquellas empresas explotadoras de servicios desuministros constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías publicasmunicipales, a que se refiere el articulo 24.1.c) de la Ley de HaciendasLocales, la base imponible está constituida por la cifra de ingresos brutosprocedentes de la facturación que obtengan anualmente en el términomunicipal.

Cuando para el disfrute del aprovechamiento especial a que se refiere el párra-fo anterior, el sujeto pasivo haya utilizado redes ajenas, la base imponible de latasa está constituida por la cifra de ingresos brutos obtenidos anualmente en el tér-mino municipal minorada en las cantidades que deba abonar al titular de la red, porel uso de la misma, siempre que así se justifique al Ayuntamiento.

A los efectos de este apartado, tienen la consideración de ingresos brutos pro-cedentes de la facturación aquéllos que, siendo imputables a cada entidad, hayansido obtenidos por la misma como contraprestación por los servicios prestados eneste término municipal, en desarrollo de la actividad ordinaria.

A título enunciativo, tienen la consideración de ingresos brutos las facturacio-nes por los conceptos siguientes:

a) Suministros o servicios de interés general, propios de la actividad de laempresa que corresponden a consumos de los abonados efectuados en elmunicipio.

b) Servicios prestados a los consumidores necesarios para la recepción delsuministro o servicio de interés general propio del objeto de la empresa,incluyendo los enlaces en la red, puesta en marcha, conservación, modifica-ción, conexión, desconexión y sustitución de los contadores o instalacionespropiedad de la empresa.

c) Alquileres, cánones, o derechos de interconexión percibidos de otras empre-sas suministradoras de servicios que utilicen la red de la entidad que tiene lacondición de sujeto pasivo.

d) Alquileres que han de pagar los consumidores por el uso de los contadores,u otros medios utilizados en la prestación del suministro o servicio.

e) Otros ingresos que se facturen por los servicios resultantes de la actividadpropia de las empresas suministradoras.

No se incluirán entre los ingresos brutos, a estos efectos, los impuestos indirec-tos que gravan los servicios prestados ni las partidas o cantidades cobradas porcuenta de terceros que no constituyan un ingreso propio de la entidad que es suje-to pasivo de la tasa.

No tienen la consideración de ingresos brutos procedentes de la facturación losconceptos siguientes:

a) Las subvenciones de explotación o de capital que las empresas puedan recibir.b) Las indemnizaciones exigidas por daños y perjuicios, a menos que seancompensación o contraprestación por cantidades no cobradas que se han deincluir en los ingresos brutos definidos en el apartado 3.

c) Los ingresos financieros, como intereses, dividendos y cualesquiera otros denaturaleza análoga.

d) Los trabajos realizados por la empresa para su inmovilizado.e) Las cantidades procedentes de enajenaciones de bienes y derechos que for-man parte de su patrimonio.

La cuantía de la tasa se determina aplicando el 1,5 por 100 a la base imponi-ble definida en este apartado.

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Resulta compatible el gravamen indiciario del art. 24.1 c) con el contempladoen el artículo 24.1.a) para las empresas cuyas instalaciones sean sujetos pasivospor el régimen indiciario anterior del 1,5%, en cuanto a las instalaciones que sehallen fuera de las vías públicas, pero ocupan partes del dominio público distinto aaquellas.

Artículo 5.° Periodo impositivo y devengo.1. El periodo impositivo coincide con el año natural salvo los supuestos de ini-

cio o cese en la utilización o aprovechamiento especial del dominio público local,casos en que procederá aplicar el prorrateo trimestral, conforme a las siguientesreglas:

a) En los supuestos de altas por inicio de actividad, se liquidará la cuota corres-pondiente a los trimestres que restan para finalizar el ejercicio, incluido el tri-mestre en que tiene lugar el alta.

b) En caso de bajas por cese de actividad, se liquidará la cuota que correspon-da a los trimestres transcurridos desde el inicio del ejercicio, incluyendoaquel en que se origina el cese.

2. La obligación de pago de la tasa regulada en esta ordenanza nace en losmomentos siguientes:

a) Cuando se trata de concesiones o autorizaciones de nuevos aprovecha-mientos o utilizaciones privativas del dominio público local, en el momento desolicitar la licencia correspondiente.

b) Cuando el disfrute del aprovechamiento especial o la utilización del dominiopúblico local a que se refiere el artículo 1 de esta ordenanza no requieralicencia o autorización, desde el momento en que se ha iniciado el citadoaprovechamiento o utilización privativa del dominio público local. En el casode la tasa por el régimen especial de cuantificación, se entiende que hacomenzado el aprovechamiento especial cuando se inicia la prestación deservicios a los usuarios que lo soliciten.

3. Cuando los aprovechamientos especiales o utilizaciones privativas del domi-nio público local se prolonguen durante varios ejercicios, el devengo de la tasa ten-drá lugar el 1 de enero de cada año y el período impositivo comprenderá el añonatural.

Artículo 6.º Normas de gestión.1.- La tasa se exigirá normalmente en régimen de autoliquidación.- También se

exigirá mediante notificación de las cuotas al sujeto pasivo cuando no exista auto-liquidación o no se presente declaración por el sujeto pasivo en cuanto a los ele-mentos y demás para hallar las cuotas tributarias-

2.- Las cantidades exigibles con arreglo a las tarifas se liquidarán por cadaaprovechamiento solicitado o realizado y por cada utilización privativa de la siguien-te forma:

a) En los supuestos de concesiones de nuevos aprovechamientos, junto con lasolicitud de autorización para disfrutar del aprovechamiento especial, se pre-sentará debidamente cumplimentado el impreso de autoliquidación de latasa o en otro caso se aplicará el apartado 2 de este artículo en relación conel párrafo siguiente.

Alternativamente, pueden presentarse en Secretaría los elementos de la decla-ración al objeto de que el funcionario municipal competente preste la asistencianecesaria para determinar la deuda. En este supuesto, se expedirá un abonaré al

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interesado, al objeto de que puede satisfacer la cuota en aquel momento, o en elplazo que proceda, en los lugares de pago indicados en el propio abonaré.

b) En supuestos de aprovechamientos o utilizaciones ya existentes o autoriza-dos, el pago de la tasa se efectuará en el primer trimestre de cada año. Conel fin de facilitar el pago, o en el supuesto de que el sujeto pasivo no aportedatos, el Ayuntamiento llevará a cabo la pertinente liquidación y podrá remi-tir al domicilio del sujeto pasivo un documento liquidatorio apto para permitirel pago en entidad bancaria colaboradora o en caja municipal.

No obstante, la no recepción del documento de pago citado no invalida la obli-gación de satisfacer la tasa en el período determinado por el Ayuntamiento.

3.- El sujeto pasivo podrá solicitar la domiciliación del pago de la tasa, en cuyocaso se ordenará el cargo en cuenta bancaria durante la última quincena del perí-odo de pago voluntario estableciéndose en tales casos una bonificación del 5% dela cuota tributaría de esta tasa, de conformidad a lo establecido en el artículo 9apartado 1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Articulo 7°.- Notificaciones de las tasas.1.- La notificación de la deuda tributaria en supuestos de aprovechamientos o

utilizaciones a que se refiere esta ordenanza se realizará al interesado, en elmomento en que se presenta la autoliquidación o en que se lleva a cabo la liquida-ción de la misma, si aquella no se presentara.

No obstante lo previsto en el apartado anterior, si una vez verificada la autoli-quidación resultara incorrecta, se practicará liquidación complementaria.

2.- En los supuestos de tasas por aprovechamientos especiales o utilización pri-vativa continuados, objeto de esta ordenanza, que tiene carácter periódico, se noti-ficará personalmente mediante liquidación, entendiéndose desde ese momento elalta en el registro de contribuyentes. La tasa de ejercicios sucesivos podrá notifi-carse personalmente al sujeto pasivo, o colectivamente mediante la exposiciónpública del padrón en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el períodocorrespondiente que se anunciará en este último caso el Boletín Oficial de laProvincia.

3.- Las personas físicas o jurídicas y demás entidades interesadas en la con-cesión de aprovechamientos o en la utilización privativa regulados en esta orde-nanza o titulares de concesiones administrativas u otras autorizaciones legales,que no cuenten con la oportuna licencia municipal, deberán solicitar la misma ycumplir los trámites legales que resulten de aplicación, sin que la falta de la mismales exima del pago de la tasa.

4.- Una vez autorizada la ocupación sobre los bienes a que se refiere esta orde-nanza, o establecida la misma, si no se determinó con exactitud la duración de laautorización que conlleve el aprovechamiento o la utilización privativa, se entende-rá prorrogada a efectos de esta ordenanza, hasta que se presente la declaraciónde baja por los sujetos pasivos.

5.- La presentación de la baja surtirá efectos a partir del día primero del perio-do natural de tiempo siguiente señalado en los epígrafes de las tarifas.- La no pre-sentación de la baja determinará la obligación de continuar abonando la tasa.

Artículo 8.º Infracciones y sanciones.En todo lo relativo a infracciones tributarias y sus distintas calificaciones, así

como a las sanciones que a las mismas correspondan, se aplicará lo dispuesto enla vigente Ley General Tributaria.

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Disposición final:La presente ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín

Oficial de la Provincia, y comenzará a aplicarse a partir del día 1.° de enero de2013, permaneciendo en vigor para ejercicios sucesivos hasta su modificación oderogación expresa.

Aprobada inicialmente por el Ayuntamiento de San Pedro de la Nave en Pleno,en sesión ordinaria de 26 de septiembre de 2012, elevada a definitiva al no haber-se presentado reclamaciones (o en su caso aprobada definitivamente por el Plenoen sesión de fecha ........................).

El Alcalde.

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III. Administración LocalOTRAS ENTIDADES LOCALES

MANCOMUNIDAD “TIERRA DEL VINO”Anuncio

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto defini-tivo de esta Mancomunidad “Tierra del Vino”, para el ejercicio de 2011, resumidopor capítulos, tal como a continuación se detalla:

IngresosCapítulo Euros

A) Operaciones corrientes1 Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,002 Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,003 Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 385.400,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.000,005 Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100,00

B) Operaciones de capital6 Enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,008 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total estado de ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 408.500,00Gastos

Capítulo EurosA) Operaciones corrientes

1 Gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58.700,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 151.650,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.500,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 163.850,00

B) Operaciones de capital6 Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,008 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.800,00

Total estado de gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 408.500,00

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Contra la aprobación definitiva del presupuesto, podrá interponerse recursocontencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León,en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente al de la publicación del pre-sente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de cualquier otrorecurso.

Morales del Vino, 26 de noviembre de 2012.-El Presidente.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2

ZAMORANIG: 49275 41 1 2011 0000101. Procedimiento: CONCURSO ABREVIADO 0000001/2011. SECCIÓN VLIQUIDACIÓN 0000001/2011. Sobre OTRAS MATERIAS.

EdictoD. Ángel Javier Martín Sánchez, Secretario del Juzgado de Primera Instancia

n.º 2 de Zamora.Hace saber: Que en virtud de lo acordado en la resolución del día de la fecha

dictado en el procedimiento Sección V, Liquidación 1/2011, que se sigue en esteJuzgado en el que aparece como concursada Carpintería Metálica Joisfer, S.L., seha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, la siguiente fincapropiedad del ejecutado:

- Nave industrial n.º 82, bloque B, polígono industrial Los Llanos, inscrita en elRegistro de la Propiedad de Zamora n.º 1, con el n.º 75.251.

Por un importe de salida de 350.000 €.La subasta se celebrará el próximo día 16/01/13, a las 10:00 horas en la Sala

de Audiencias de este Juzgado, sito en calle del Riego, n.º 5-2.°, conforme con lassiguientes condiciones:

No se puede hacer constar la situación posesoria del inmueble.La finca sale a subasta libre de cargas, realizándose los pagos a los acreedo-

res con privilegio especial sobre el bien conforme a lo previsto en el segundo párra-fo del 155.3 de la Ley Concursal.

La subasta se desarrollará conforme a lo dispuesto en los artículos 669 y 670de la LEC, en relación con el 647 del citado texto legal.

El edicto con todas las condiciones generales y especiales estará expuesto enel tablón de anuncios de este Juzgado y en los lugares públicos de costumbrehasta la fecha de celebración de la subasta y se publicará en tablón de anunciosde este Juzgado.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en Zamora, a veintiséis denoviembre de dos mil doce.

El Secretario Judicial.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5

ZAMORANIG: 49275 41 1 2012 0008048. Procedimiento: JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. GENERAL 0000288/2012.EXPEDIENTE DE DOMINIO. REANUDACIÓN DEL TRACTO 0000288/2012. Sobre OTRAS MATERIAS. DeD. JULIÁN LORENZO CALZADA, D.ª ANTONIA LORENZO CALZADA, D.ª MARTA LORENZO CALZADA.Procurador D. LUIS ÁNGEL TURIÑO SÁNCHEZ. Contra: D.ª TOMASA LORENZO CALZADA. Procurador D.LUIS ÁNGEL TURIÑO SÁNCHEZ.

EdictoD.ª M.ª Inés Santiago Alejos, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción n.º 5 de Zamora. Hago saber: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento Expediente

de dominio. Reanudación del tracto 0000288/2012 a instancia de D. Julián LorenzoCalzada, D.ª Antonia Lorenzo Calzada, D.ª Marta Lorenzo Calzada, expediente dedominio de las siguientes fincas:

Finca 4893.- Inscrita al tomo 1476, libro 49, folio 158, Inscrip. 1.ª.Actualmente esta descrita catastralmente:Rústica.- N.º 1918 del polígono n.º 2 del Plano General de Concentración

Parcelaria de la zona de Canal de Villalazán (Zamora) en el término municipal deMadridanos. Terreno dedicado al regadío de El Palomar.

Linda: Norte, finca 1683 y 1735; sur, finca 1734 y 1733; este, fincas 1734 y1735; y oeste, con fincas 1733,1685 y 1686.

Referencia catastral: 49116A002019180000GX.Finca 4712.- Inscrita al tomo 1471, libro 48, folio 227, Inscrip. 1.ª. Actualmente esta descrita catastralmente:Rústica.- N.º 1735 del polígono n.º 2 del Plano General de Concentración

Parcelaria en el término municipal de Madridanos. Terreno dedicado al regadío deEl Palomar.

Linda: Norte, finca 1683 y 1736; sur, finca 1918 y camino publico; este, caminopúblico y fincas 1736; y oeste, con fincas 1683 y 1918.

Referencia catastral: 49116A002017350000GZ.Finca 4713.- Inscrita al tomo 1471, libro 48, folio 228, Inscrip. 1.ª. Actualmente esta descrita catastralmente:Rústica.- N.º 1736 del polígono n.º 2 del Plano General de Concentración

Parcelaria en el término municipal de Madridanos. Terreno dedicado al regadío deEl Palomar.

Linda: Norte, finca 1683 y 1737; sur, finca 1735 y camino publico; este, caminopúblico y finca 1737; y oeste, con fincas 1683 y 173

Referencia catastral: 49116A002017360000GU.Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se con-

voca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicita-

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da para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edic-to puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Zamora, a treinta y uno de julio de dos mil doce.El/La Secretario/a Judicial.

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VI. Anuncios particularesCOMUNIDAD DE REGANTES CANAL “MARGEN DERECHA DEL TERA”Aprobación provisional e información pública del canon de mantenimientoFormado y aprobado por el pleno de la Comunidad con fecha 18 de diciembre

de 2011, el Padrón para el cobro del canon de mantenimiento del ejercicio 2011,se expone al público en la sede de la Comunidad, sita en calle General Mola, s/n,de Navianos de Valverde, a fin de que durante el plazo de quince días, a contardesde el siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,puedan los interesados examinarlos y formular las reclamaciones u observacionesque estimen pertinentes. Se entenderán definitivamente aprobados en todo aque-llo que no sean objeto de reclamación.

Oficina de recaudación: San Antón Viejo, 17 bajo, de Benavente.Fecha de pago en periodo voluntario: Del 20 de diciembre de 2012 al 20 de

febrero de 2013.Navianos de Valverde, 23 de noviembre de 2012.-El Presidente.

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